Manila
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- Manila
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- Philippines -- Places -- Luzon
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Location of Manila
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Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencias a la silla apostólica en su legado.

Papeles de importancia pertenecientes
a la misión de China, cuyo contenido se hallará
en la lista que se pone al final.
Frater. Petrus Orense
Fecit illam
Cajón N. 4 Italones
y China. Legajo 1

y de otros cualquiera que fuesen causa de aquellos excesos, todos los daños y perdidas
que su religion, y religiosos, padeciesen por causa de dichas violencias
respondió dicho Fabellion que no podia dar dicho traslado y testimonio sin licencia
de sus superiores=
El Gayo instaba mucho que se hiciese luego la entrega del y echa
se fuesen luego sin dilación alguna a embarcar y a si fue que dicho
Prior bajase para eso ala sacristía bajaron en su el Presbítero
Cayetano Fonceca, Escribano, y Meriño dela Curia episcopal, Gayo Fabellion,
Jorge Machado, y Algunos Soldados. En este tiempo llegaron al
los señores Joseph Ignacio Cordero y Domingo Marquini, y viendo el
Vice Provincial Thomas Ortiz, y Fray Joseph de San Antonio, que no podían conseguir
el testimonio, que pretendían del Fabellion, pidieron a dicho señor
Marquini, volviese a llamar (como de echo llamo) al señor Anderes Candela
notario Apostolico, para que diese fee de todo lo que pasaba y repetida ante el
la sobre dicha protesta, diese testimonio de ella, vino dicho señor Andres
Candela, vino dicho señor Candela en del señor [==Lavaluert]
[Jaualeure] Aplico los cuales después de tomada noticia de todo el caso, y esperado
hasta cerca de las Ave Marias, bajaron a la sacristía en delos
misioneros españoles, y el Joseph de San Antonio y Fray Martin dela
Cruz a donde estaba el. Prior entregando los Ornamentos al sobre
dicho Cayetano Fonceca y Fabelion, Jorge Machado y otros=
Luego que dicho Prior saludo al dicho notario con los demás, advertido
por el Joseph de San Antonio, del fin y intento de aquella visita, en
vos alta. Reconvino al dicho Fabellion, con la protesta que ante el tenia antes
echa, y volviendo de nuevo a repetirla, pidió testimonio de dicha protesta
y traslado de los ordenes del General que hasta entonces se le
habían negado; y saliendo después a despedir a dichos señores, en
de dichos dixo = tenia por mucha honora y Gloria suya y de su
religion el Padecer aquellas Violencias por la obediencia ala silla
En su Legado, y delos decretos pontificios a que siempre estaban muy obedientes;
lo qual no obstante se confesaba fiel vasallo y mui obediente
al serenísimo rey de Portugal, en todo aquello que según derecho le
competía=
Alas nuebe dela noche en poca diferencia, vino un ayudante con un orden
del General, contra los tres Misioneros españoles, Thomas Ortiz, Juan Barruelos, y Juan Nuñes, que en sumo era decir, que el dia
siguiente, temprano saliesen dichos misioneros del por que ya estaba
entregado al ordinario, o y o el Thomas Ortiz lo que el Ayudante
decía, y no quiso responder hasta que el le arguyo de que no quería
responder al General entonces dijo, que para evitar semejantes
violencias y escándalos saldrían de allí; mas que no tenían casa alguna
donde poder ir y así que su General viese si tenia alguna casa
que mandar darles por su plata; y de no que les diese banco para ir a
Manila, adonde ya estuvieran sino les hubieran impedido su viaje =
Alas dies dela noche volvio dicho con segundo orden, diciendo, que
el General ordenaba, que en todo caso mañana temprano no estuviesen
dichos tres misioneros en el ; respondió el dicho Vice
Provincial diciendo que primero se pondrían en medio dela calle, que dar lugar
a que se cometiesen nuevas violencias, y escándalos, y que para evitar las
el día siguiente saldrían del ; No tuvo dicho ayudante que
Relación de la muerte y honorífico entierro del Ilustrísimo y Reverentísimo Señor M.B. F. Álvaro de Benavente, Obispo Ascalonense y Vicario Apostólico de la Provincia de Kiangsi [Jiangxi]. 17 de abril del 1709.

escribió a los Reverendos Padres de la Corte despidiéndose de ellos y suplicándoles no perdiesen
ocasión alguna de mirar por ella y procurasen por todas las vias que fuese posible
su restauración porque era la Unica , y principal prenda de su amor . Por ella tres ve-
ces atravesó estos mares , para asistir a su cultura ; y para procurar su conservación
que peligraba con la sujeción de Regulares , que los años de 1685, y 86 [sepretundio]
establecer , fue a Roma dando vuelta a todo el mundo y lo que mas es de ponderar , si-
empre con muy poco salud y muy achacoso sin que esto ni tantos caminos fuese
bastante a retardarle el cuidado de su alma , la afición a los libros y asistencia a to-
dos los negocios de su orden , y Mision.
Antes de morir comenzaron a tratar del contierro el Reverendo Padre Vicario Provincial de San
Agustin Fray Thomas Hortiz, y el Reverendo Padre Joan Mourao y discurriendo por todas partes ,
nunca pudieron allanar las dificultades, que sobra el entierro se ofrecían por cau-
sa de están opuestas las dos jurisdicciones eclesiástica y secular de esta Ciudad contra
La Jurisdicción del excelentísimo Señor Patriarca , a quien obedecían los Padres Agustinos y por eso
como esta dicho, estaba prohibida por el Vicario General y Capitan General la entrada en
dicho Convento e Iglesia por ultimo acordaron que luego que espinarse poner el cada-
ver en un Palanquin y ocultamente llevarlo a la Iglesia del Gran pa-
ra después allí hacer los oficios del entierro. Supo el Gobernador y
de este presidio y Ciudad Diego de Pino y Fereira el accidente del Señores Ascalonen-
se , y lo peligroso de el y luego como a las once del día vino a su casa y conociendo in-
faliblemente se moría , o bien llevado de piedad Cristiana con un Señor obispo , pobre
estranjero , desterrado y puesto en los limites de su gobierno , o bien agradecido del afec-
to , que dicho Señor Obispo tuvo a esta Ciudad y que diversas veces explicó en especial
negociando de la católica cedula Real , para que en Manila no se impidiese
el comercio con esta Ciudad de Macao , o ya en atención de la Ciudad de Manila , y su
Gobernador y General; por estas pues o por otras razones , no aprobó la determina-
ción , que tenían echa los dichos dos de llevar el cadaver oculto a la Iglesia del Gran
determinando tomar a su cuidado y gastos la funebre función del entierro.
De esta determinación del General quiso el Reverendo Padre Joan Mourao dar parte
a dicho Reverendo Padre Vicario Provincial de San Agustin y para eso le mando un recado diciendo se llega-
se a casa del Señores Abbad de San Jorge para tratar cierto negocio. Estando alli in presen-
cia de dicho Señor Abbad y del Señores Abbad Cordero y otros Misioneros de aquella ca-
sa ; dicho Reverendo Padre Mourao refirió la determinación del Capitan Respondió dicho
Padre Vicario diciendo no carecía de inconvenientes la propuesta , por causa de que en-
tonces
Carta de Juan Nicolás de Rivera a Álvaro de Benavente desde Xao-King-fu el 23 de octubre de 1686

En conformidad de lo que vuestra señoría me ordena en el ruego y encargo
de arriba, saqué la relación siguiente de las cartas del padre lector Fray Miguel
Rubio vicario provincial de los religiosos que esta provincia del Santísimo Nombre
de Jesús de Filipinas del orden de los ermitaños de nuestro padre San Agustin. Tiene ocupados
en las misiones de los reinos de la gran China en la propagación de
nuestra santa fe. Con las cuales contesta las demás que escriben los religiosos nuestros de
dicha misión, que al presente son cuatro conviene. A saber dicho padre lector Fray Miguel
Rubio vicario provincial, el padre predicador Fray Juan de Rivera, el padre lector
Fray Juan de Aguilar, y el padre predicador Fray Joseph Gil. Repartidos entres iglesias
de la provincia de Cantón que son la Concepción de Nuestra Señora de la ciudad de
Xao King Fu Nang Hing Fu la del santísimo nombre de Jesús de la ciudad de Nan Hing Fu,
y la de la Asunción de Nuestra Señora del pueblo de Foki. En los cuales, mediante
la divina providencia, han hecho dichos religiosos muchas y admirables conversiones
así de gente principal como plebeya, pues solo desde octubre de 1686
hasta noviembre de 1687 han convertido más de mil y doscientas almas de gentiles adultos,
sin grande número de niños recién nacidos arrojados en las calles,
costumbre lastimosa de los chinos. Los cuales, lo grando recibir el santo bautismo,
han alcanzado la eterna felicidad. Los prodigios que la divina omnipotencia
obra cada día para justificación y aumento de nuestra santa fe
son tantos que necesitaban demás copiosa relación y no tan precisada como
esta. Y así solamente apuntaré algunos de las que se contienen en las cartas
de dichos religiosos.
En la ciudad de Nan Hiung Fu ha convertido el padre Fray
Juan de Rivera mas de trescientos infieles. Y en un aldea, un dia de camino
de dicha ciudad, va haciendo una grande cristiandad y le han dado
sus aldeanos una casa muy buena para que haga iglesia y habitación, cosa
jamas oída en el interés de la nación china, y en otra aldea así mismo
cercana a dicha ciudad, le dieron otra casa para el mismo efecto habiendo
sucedido un caso digno de contarse. Y es que andaba por aquella comarca
un demonio de pueblo en pueblo y de casa en casa, haciendo grandes
daños en las familias a donde se iba poniéndo los a todos en notable

confusión viendo que no les aprovechaba acudir a sus ídolos. Lo cual sabido
por dicho padre Fray Juan de Rivera les predicó el santo evangelio exhortándoles
a recibir el santo bautismo y sucedió que todos aquellos que se bautizaron. [B: stopped here, 11 Apr] Fueron
hices de maltratamiento de dicho demonio. Y con este buen sucejos
convirtió muchas familias, porque el demonio huya luego de las casas de los
bautizados y habiendo un recién convertido de estos apostatado de la fee [le]
sucedio que pasando un rio se acio del el demonio llevando le [y que]
con otro tres que se hacieron del para librarle por lo cual reconozco suyo
y volviéndose a Dios arrepentido quedo libre de la opresíon del demonio,
y fue a delante buen Cristiano.
En la ciudad de Xao King Fu en solas tres meses convirtió el padre vicario
provincial Fray Miguel Rubio sesenta y cinco personas, y muchos niños arrojados
en las calles y hasta el [postres] despacho tenía bautizados dos cientos animas. En
un aldea de la comarca de Nanhiung después de haber predicado el santo evangelio
el padre Fray Juan de Rivera y su catequista se convirtieron cuatro
manos porque aquella noche se les apareció visiblemente un hermoso [joven]
y le dijo que por que no hacían cristianos y respondiendo que no estaban [instodos ]
ni sabían persignarse el joven les instruyo y enseño hacer la señal [dela]
cruz, amonestando les que se bautizaren, y habiendo conferido de pues lo cual
avisa sucedido separan a pedir el bautismo en compañía de otras muchas
vidas de este portento.
En la ciudad de Nanhiung fu donde estaba el padre Lector
Juan de Aguilar por haber ido a predicar al padre Fray Juan de Rivera
las aldeas circunvecinas sucedió que se apesto un barrio de los arrabales
de dicha ciudad muriendo lastimosamente muchos pobres y miserables [gentiles]
supo lo un buen cristiano y les dijo que siguerian ver se libres de sementajes
[tapio] que se hicieren cristianos; ellos lo prometieron y el cristiano les llevó [agua]
bendita y imagines del salvador y del María Santísima y de [repa]
se hallaron libres de aquel mortal achaque movidos de lo cual vinieron
mas de cuarenta a nuestra iglesia a bautizarse, menos uno, que por muy enfermo no pudo
al cual fue a bautizar a su casa el padre lector Fray Juan de Aguilar, y despues
media hora de bautizado fuimos servido de llevarse le [parar].
Carta anónima e incompleta de un agustino en el sur de China. Ca. 1687

En otra aldea cercana a Nanhing Fu vivía un hombre muy [honrado] el
cual dijo a un muchacho, su sobrino, como se le había aparecido una mujer
muy hermosa con una corona de flores, y un niño muy hermoso en los brazos
y que le dijo que solo [le] faltaba la [bañarse] en el agua de una fuente, que juntamente
le mostraba; el hombre estaba admirado de esta visión, y el muchacho le dijo
que era señora era la madre del Tien Chu la madre de Dios que él la había
visto pintada en nuestra iglesia. El hombre vino a la ciudad haber si era
verdad, y hallo ser así porque con las mismas señas tenía el padre Fray Juan
de Rivera una imagen de nuestra señora. [Bautizóse] el hombre y ha sido el
juntamento de aquella cristiandad, que son ya más de doscientos, donde
se hizo una iglesia en la cual se colocó la dicha imagen.
Los trabajos que padecen dichos ministros son incomparables así de parte de las [dn
nas] como de los cooperarios espirituales obispos y clerigos franceses expedidos
por la Sagrada Congregación de Propaganda fide, de los cuales son los
nuestros tenidos por excomulgados por no querer hacer el juramento de obediencia
a dichos obispos y [pro vicarios] franceses de los cuales el administrador general el
señor Don Luis Lanay obispo de Metelopolis asistente en Siam, que entró
en lugar del Señor Palu el cual a nombrado por su vicario general Don Carlos
[Maygrot] y asi mismo ay han entrado en China otros muchos misioneros
franceses que son de gran de mortificación y estorbo a los nuestros para hacer el
fruto que desea en aquella cristiandad. Porque lo que han logrado de su trabajo
ha sido asombra y patrocinio del señor obispo de Argolis don Fray Buenaventura
de la iglesia religioso franciscano y veneciano de nación afecto
a España y defensor de los regulares, el cual por ser vicario apostólico de Canton
y de las demás provincias meridionales ha dado licencia a nuestros religiosos
para administrar con grande repugnancia de los franceses y por instantes
se espera de Roma la resolución de esta materia con las esperanzas en
Dios nuestro señor y los informes de dicho señor obispo Argolicensé de que vendrá resolución
[a gusto] de los [nuestros]. El año de 86 llegó a Siam el Abad Palu
sobrino del señor obispo Don Francisco Palu con comisión de visitador general de las misiones
del oriente y a quince días de llegado murió en Siam. Y se dice que venía
a seguir [acérrimamente] los dictámenes de su tío.
El año de 87 aportaron cinco franceses al puerto de Ning Po de

la provincia de Che Kiang in mediata a la de Nan King que dijeran ser religiosa
de la [compañia] y matemáticos, y que si lo recibían en China sequesarian [lo
da] su vida en ella. El corregidor los los aseguró, y dio [ha sido] al virrey de la provincia,
y envío el memorial al [emperador], y de su real mano se remitió al
consejo de Ritos de donde salío decreto, que los padres matemáticos, sus libros, [sus]
instrumentos se vuelvan a Europa, y que se guarden todos los puertos que no entre
Europeo alguno. Difícil parece de creer que los dichos cinco padres sean verdaderos
padres de la compañia y hagan semejante oposición a los reverendos padres de la cortes
también se teme grande persecución por parte de la chinas por cuanto el Mascobita
esta a la vista del gran muro de china con un ejercito de cincuenta
mil hombres, y ha enviado a Peking un embajador al emperador de china pidiéndole
cuatro capítulos el primero la satisfacción de cierto agravio, que años
pasados se hizo a otro embajador el Mascobita envío a la corte de aquel imperio.
El segundo que se les abra el comercio que hasta ahora se les ha negado. El tercero
la entrega de ciertas ciudades que están fuera del muro a que [alegan]
derecho muy antiguo. El cuarto le pide unas fortalezas, y laguna [Celebes]
donde se cogen con grande abundancia ricas perlas. El emperador le concedió [con g]
de liberalidad todo lo que pedía, pero el embajador no ha aceptado porque
dice ser solo vice embajador, y es preciso dar antes cuenta al [primos]
que viene con el ejercito, de donde se discurre, que el intento el otro y que [a]
pretexto de embajada juzgando que no concedería el emperador lo que pedía, [Vie]
a declarar sangrienta guerra; el emperador esta con grande miedo, la
corte medio alborotada y los religiosos en gran peligro porque las Moscobitas
colgado en el pecho [margen izquierda] traen todos un crucifijo patente con que las chinas juzgan que somos todos [d]
una misma religión y facción. Y aunque los padres de la corte de Peking no [cosan]
de persuadir al emperador que aunque somos Europeos no somos todos chinos
antes si enemigos por ser cismáticos inobedientes a la santa iglesia romana,
y se teme persuadan al emperador que somos espías y enemigos en cubiertos
y que han hecho tantos cristianos los misionarios [paracer]
gente y levantarse con el reino. Y así si el Moscovita declara
guerra es muy [verosímil] se levante persecución contra los religiosos porque
así se practica ya en los tribunales de la corte de Pe King y [expenal]
el tribunal de Lipu, que es como congregación de Ritos, en el cual ha salido [conde]
da una [seta] de las de China que exhorta a la Anarquia, y dos [obediencia] a los
Relación de los sucesos de esta nuestra misión de la Orden de Predicadores en China en este año de 1682

a abrazar rendidos nuestra santa fe crecidos manojos de es-
pigas nos prometíamos este año, según las disposiciones en mu-
chos se descubrían. Como la envidia del enemigo de todo lo
bueno, no había de clavar aquellos ojos teniéndolo por blanco
principal de sus iras? Así lo hizo, tomando por instrumento
aun corredigor que vino de nuevo a dicha villa, que si en lo sediento
de plata es como todos; en la malicia entiendo, es más que otro
ninguno. Residía yo entonces en aquella iglesia, y con el deseo
de continuar la paz en que la había hallado, procuré esmerarme
en que no se faltase con dicho corregidor al menor ápice de los
cumplimientos que piden las leyes de la urbanidad chinesca;
sin acortarme aun en lo que toca a los presentes o regalos, por
hallarme como me hallaba con provisión de algunas curiosidades,
que poco antes me habían llegado de Manila. Todo no basto para
que dicho corregidor aunque al principio se mostró suave
al primer lance no se torciese dándonos en retorno desabridos
ratos, que pudo bien asegurar los europeos, de que si en China
se toca a labrar cruces; tienen habilidad sus naturales
para dar a [tener] muy subidos de punto los amargones.
[2] El corregidor de la villa de Ningtē que esta cercana a la
de Fogān al cual tenía visitado y agasajado el Padre Fray Pedro de la
Piñuela; porque en ausencia de este el Padre Fray Lucas Estevan, que
quedó en su lugar en la iglesia que allí tienen los Padres de San
Francisco no le ofreció presente, como es costumbre en el día de su
natal, no obstante que no fue descuido de dicho Padre sino yerro
del catequista, y otros cristianos que poco esta distas por fiaron
en que no era menester; el tal corregidor en muestra de su
sentimiento público un edicto a los primeros de diciembre
del año pasado de ochenta y uno, el cual mandó fijar a la
puerta de la iglesia , y era del tenor siguiente.
Yo, el corregidor de esta villa de Ningtē por cuanto me consta
que la ley de Dios es mala, siniestra, y pervertidora de la [verdad]
y de toda y buena ley, y que sus secuaces pervierten la plene to-
do lo cual necesita del remedio; y como a tal la del tierro de estes
territorio para que pose el pueblo de paz; y quietud en
sus negocios. Y por que me consta que unos hombres naturales
de Europa han exigido dentro de esta villa templo de dicha ley
con

tan [osenas], y sucias que fuera manchar el papel el refe-
rirlas, y señalado por lugar a donde las ejercitábamos
a la iglesia pequeña antigua, citando a lo último por cóm-
plices en los delitos a los cristianos graduados con fin de que
les quitasen los grados y que [ dasen] de bajo de su dominio.
A este informe que remitió por modo de su suplica arrimo para
hacer la eficaz la común persuasiva del mundo, y con alguna
especialidad de China que es la plata, disfrazando la mali-
cia de cohecho entre ceremonias de regalo. Aún antes de
salir el informe de Fogān ya en el sentir de algunos se
daba por tras tornado al gobernador de Foning así sucedió,
que no es mucho que al corazón de un infiel le rinda tal
contra mina. Explicó luego lo flaco de su poca rectitud des-
pachando un decreto en que mandaba se derribase la iglesia
antigua de Fogān: Si bien que se aguardase para ponerlo
en ejecución que viniese de la metrópoli confirmación
de esta su sentencia, y remitiendo dicho decreto a Fo-
gān, al mismo tiempo remitió el informe de nuestro enemi-
go multiplicado en traslados auténticos a los tribunales
superiores. A que fue donde el cordel dió su segunda
vuelta al recelo de que este negocio no podía menos que
llegar a la corte, pues pasaba ahora a manos del Virrey,
y del Capitán General que son los dos que solamente pueden
segun las leyes de China informar al emperador si bien que
el haber el Virrey recibido de nosotros el año anteceden-
te un regalo, dejaba algún resquicio a la esperanza de
que ahora nos favorecería.
[13] Visto el estado que había tomado el negocio pareció ne-
cesario que el Padre Fray Francisco Varo como mas apto, que era para
el intento, se partiese luego para la metrópoli, como de
hecho se puso a toda prisa en camino no obstante, que hu-
bo pareceres que lo dificultaron, por hallarse la misión falta
de socorro y sin esperanza de que viniese este año de Manila,
por haber nos escrito de [Ruang tuñg] como un chino que había
venido

No goza el dicho Joseph de los privilegios que su hermano,
por no estar graduado: y asi se podría presumir que no obra-
ría con tanto [aviso] por temor de las vejaciones que le haría
el corregidor, estando como esta de bajo de su jurisdiccíon.
Pero no fue así, sino que despreciando la vida por hallarse
falto de salud; teniendo en poco los azotes, que su ponía por
ciertos, en pudiendo haberlo a las manos el tirano, y atro-
pellando con el amor de mujer y hijos, y menos cabo que
con su ausencia padecería su [haciendas] se ofrecío a ir, como
de hecho fue en compañía del Padre Fray Francisco Varo a la me-
trópoli. Y importo tanto su ida por ser hombres
muy activo, y de gran expedicíon en los negocios, que pasan
en los tribunales, y trabajo tanto que llegó a decir el dicho Padre
Fray Fancisco en una de las cartas que me escribió, que si los
cristianos pesaran ahora a dicho Joseph, no era premio su-
ficiente a lo que el merecía. Con estos ejemplares que-
da confirmado, y se confirma más con otros que se veran
adelante lo que dije en el número séptimo de este pá-
rrafo, que el obrar con fortaleza en estas ocasiones lo
da Dios a quien quiere, cuando, y como su majestad es ser-
vido. Bendita sea su infinita bondad por siempre.
[16] Llegado el Padre Fray Francisco a la ciudad de Fòcheû, que
es la metrópoli de aquella provincia de Fōrîn, se hallo
allí un cristiano natural de Macao llamado Juan Cor-
tez que con especial providencia había Dios traídole en a-
quella ocasión porque teniendo como tenía mucha intro-
ducción con el Virrey por correr con algunos negocios de im-
portancia suyos, pudo apadrinarnos, como lo hizo. Por medio
suyo se le introdujo al Virrey un presente de algunas cosas
europa, con cuyo prólogo de cortesía se le dispuso el ánimo
para que oyese el informe de la persecución de Fogān. El
Virrey acordándose del regalo que el año pasado le habíamos
hecho del perrillo que los padres trajeron de Manila jun-
tándolo con lo que ahora se le ofrecía se hallo tan obligado
que quiso dar especiales muestras de agradecido, siendo las
pri
Carta de João Ferreira, desde Goa, a los agustinos de Macao prohibiéndoles que vayan a Filipinas

Frei João de Ferreira, Prior Provincial dos Eremitas de Nosso Santo Padre Santo Agostinho da Congregação da Índia Oriental, etc.
Por razões justificadas que nos foram apresentadas, entendemos que não é conveniente que os religiosos desta congregação viajem para Manila. Por este documento, ordenamos que os nossos religiosos, tanto os conventuais do nosso convento em Macau quanto os visitantes de qualquer grau e preeminência, não sejam obrigados a ir para Manila sob qualquer pretexto ou disfarce de santa obediência, sob pena de excomunhão maior incorrida ipso facto.
Declaramos que, por este decreto, quaisquer licenças anteriormente concedidas aos nossos súditos para viajarem para Manila são invalidadas sem exceção. Para garantir que esta decisão chegue ao conhecimento de todos, instruímos o muito reverendo padre prior do convento de Macau a ler este decreto para a comunidade.
Dado neste convento de Nossa Senhora da Graça em Goa em 22 de abril de 1700, sob nosso sinal e selo maior de nosso ofício, etc.
Fr. João Ferreira, Provincial
Carta del P. Carlos Turcotti de la Compania de Jesús en Cantón para el comisario de San Francisco

Carta del padre Carlos Turcotti de la compañia de Jesus vicario de vara en Cantón para el muy reverendo padre comisario de San Francisco
[Muito] reverendo padre comisario
El señor obispo dispensa a todos los neófitos de estas dos provincias de Cantón y Guangxi: los dos primeros
días de su año nuevo sínico, cuales caen en viernes y sábado, para poder comer carne, y ordena que se les
notifique esta su disposición en todas las iglesias, y con eso yo le avise si todos los reverendos padres [sus súbditos] misioneros
se conforman a esta ordenación suya. Y así suplico a vuestro padre se sirva de avisar a cada uno de los reverendos padres sus
súbditos, y hacerme favor de la respuesta, para podersela yo dar al señor obispo con que etc.
de vuestro padre siervo
Carlos Turcotti de la compañía de Jesús, vicario etc.
Respuesta del padre comisario
Muito reverendo padre Carlos Turcotti
De las varias respuestas, que en otras semejantes ocasiones se han dado le consta a vuestro padre claramente de la opinión
en que yo, y los demás misioneros españoles estamos, no teniendo por revocada aún en estas misiones la jurisdicción,
y autoridad, que ejercitan los señores vicarios apostólicos: hasta que aparecen de Roma el decreto revocativo
de lo que les han concedido los summos pontifices en sus bullas. Y así en la dispensación que a vuestro padre me dice
tiene hecha el señor obispo de Macao con los neófitos de las dos provincias de Cantón y Guanxi dándoles permiso
para poder [comer] carne en el viernes y sábado de su año nuevo sínico, y vuestro padre me notifica ahora en su carta firmándose
en ellas con el título de vicario. Digo que vuestro padre podrá avisar de este punto al señor vicario o provicario
de esta provincia cuyo juicio, y respuesta en la materia será más acertada que la mía y muy conforme a las necesidades
de las misiones, y gusto de Dios nuestro señor, el cual guarde a vuestro padre como deseo. Cantón 20 de enero 1696
Menor siervo de vuestro padre
Contrarespuesta del Padre Carlos Turcotti a la sobredicha del padre comisario
Muito reverendo padre comisario
A la respuesta de vuestro padre no tengo que replicar, si no que supuesto que se le niega al señor obispo el poder ejercitar
su jurisdicción en cosa alguna, tan poco el dispensar unos ayunos a estos neófitos sus ovejas. Desde ahora yo renuncio [todo] el
oficio y título de vicario, que al mismo señor me tiene encomendado, lo cual tuviera hecha mucho antes si no fuera. Lo [procuro]
porque aunque bien sé, y sabía que vuestro padre es de opinión no estar aún revocados los vicarios apostólicos. Y por la misma razón, y mucho
más por otras más seguras de los privilegios, que gozan los [regulares] no extrañaba, que vuestro padre no se sujetase a pedir licencia
para las confesiones etc. con todo absolutamente ignoraba que vuestro padre fuese también de parecer, que dado que aún dure la jurisdicción
delegada etc. no pueda el señor obispo ejercitar su ordinaria en cosa alguna. Pues puedo mostrar algunas cartas asimismo
del mismo señor obispo, el cual testifica, que vuestros padres por sus escritos confiesan y conocen por obispo con toda su jurisdicción ordinaria
en Cantón y Guanxi, como del seño de Cice. El cual dice, que vuestros padres, y el mismo señor Baset concederán todo lo que le
toca por su jurisdicción ordinaria especificando entre otras cosas en los ayunos y causas matrimoniales etc. Y asimismo de
los reverendos padres Fray Miguel Rubio y Fray [Jose] de Olivera, con que dicen no habrá pleitos como el señor obispo se contente de su jurisdicción,
que le dan los sagrados cánones [salvos] privilegios etc. Por esto confieso haber estado hasta ahora engañado en mi concepto y
por la misma razón quedo admirado por no alcanzar las causas de tal mudanza. Y como siendo tan claras las bullas del papa
que dan al señor obispo total jurisdicción como a cualquier obispo de Portugal en su diócesis totalmente se le pueda negar hasta
dispensar ayunos y publicar algunos jubileos del papa que se los envió por su nuncio en Portugal.
Lo segundo porque admití tal oficio, y con eso el peso y pesadumbres, que por el [tiempo] sufrido hasta ahora solamente para
estorbar los escándalos, que ya se hubieran seguido en todas las iglesias de estas provincias si yo no lo tuviera admitido o

renunciando antes: y allí [quantum est ex me] doy gracias a vuestros padres (a quienes después de Dios juzgue hacer un buen servicio con
tal título de vicario) de serme librado de él. Y [folgaré] mucho que el señor obispo no envíe más otro, o si le enviará [...]
con más prudencia y paciencia que yo, y no sea tan o más valiente (por tener más razón) del señor Basset, cuyo juicio y rep[...]
que tiene dado contra la jurisdicción y autoridad del señor Macaense y también contra el patronato, y decoro del [serenísimo]
rey de Portugal sepa vuestro padre que por hombres píos y doctos han sido juzgadas por descompuestas etc. y también dignas
de [ser en] remetidas al supremo juicio de la inquisición de Roma. Pues algunas de sus proposiciones son directamente [opuestas] a [las]
clausulas de la bulla del papa para el señor obispo macaense, no solo limitándola, mas totalmente frustrando la
misma bulla, y mente de su santidad; con otras cosas, y casos reservados in bulla [cena]. Y aún por esto mucho
más quedó admirado, que misioneros españoles tan prudentes y píos como vuestros padres se remitan a sí mismos, y a [...]
y también al mismo señor obispo, al juicio y respuestas (según dice vuestro padre más acertadas, que las suyas, y muy conformes
a la necesidad de las misiones, y gusto de Dios nuestro señor) de un clérigo francés y [intruso] etc.
Pero me parece que dirá vuestro padre, que no niega su jurisdicción ordinaria al señor obispo, mas solamente remite a los
vicarios apostólicos la respuesta si le toca o no al señor obispo el dispensar los ayunos. Con todo yo digo, que no vale este m[...]
termino, por 20 razones en contrario, que dejo por brevedad y la principal es porque es cierto que el papa dio la
jurisdicción total ordinaria sobre estos neófitos al señor Don Joao de Casal obispo macaense, y no tienen autoridad
los vicarios apostólicos, ni los mismos nuncios y legados del papa sobre los ordinarios sobre lo tocante a la
jurisdicción ordinaria. Y mucho menos la tienen para juzgar, limitar, [irritar] las bullas de su santidad, y lo
que los mismos les dan a los obispos. Y por eso los regulares no pueden ni deben recurrir, o remitirse a los vicarios
apostólicos y por esso para negar a los señores obispos lo que el papa, y los sagrados cánones les dan y no [...]
contra sus privilegios. Pues como escribió el señor obispo en una suya; [os ordinarios en todos seus bispados
tem jus pera mandar les pastrorais, dispensasoés jesuns, impedimentos matrimoniais publicar indulgecias e jubileos
não so em as paroquias mas ainda nos conventos i sentos etc.] cuanto más, que en este caso por vicarios apostólicos
no pueden ser jueces por ser también parte y tan dudosa su jurisdicción. Pues lo más cierto es, que ya acabó, antes
nunca la tuvo aquí el señor Maigrot etc. y por eso dejarlo incierto [por lo] incierto parece voluntariamente ser
amar o peligro, qui amat periculus etc.
Otra razón más breve y clara es del mismo señor obispo, el cual dice así: [O papa no enganou ao serenísimo rey de
Portugal concedendolhe seu jus patronato, eos bispos de China etc.] Ni engañó al señor obispo de Macao dándole tal
jurisdicción ordinaria en este Cantón etc. Luego si el papa revocó a los vicarios apostólicos o al menos no limitó su jurisdicción, mas[...]
la dejó toda entera como antes de enviar los obispos según siente vuestro padre [talmente] que, no pueda el señor obispo ejercitar
su jurisdicción en cosa alguna ni poner aquí vicario para el mismo fin sin ser juzgado, y amenazado el mismo [...]
señor Basset, y el reverendo Padre Fray Bernardino de las Llasas juzgaron, y amenazaron en sus respuestas. Claramente
se sigue que su santidad tendría engañado al serenísimo rey de Portugal y al señor obispo de Macao. Pues según la
opinión de vuestro padre no les concedió in [praxi] cosa alguna, más todo lo dejó como antes a los vicarios apostólicos.
Todo esto muy reverendo padre comisario supuesta la renuncia del oficio, y título de vicario, que dije al principio
de estas, hice. No es más entre nos que disputa, y cuestión [mera] especulación; y así non obstante ser los
de contraria opinión, yo soy como siempre.
De vuestro padre muy amigo y siervo
Traslado de una carta que Thomas Ortiz escribió al Capitán General de la Ciudad de Macao. 1608

Traslado de una carta que el reverendo padre lector Fray
Tomás Ortiz escribió al Capitán General de
la ciudad de Macao.
La obligación de mi oficio me compele a representar a vuestra señoría el agravio que padece esta misión agustiniana,
no con ánimo de querellarme ni pedir contra persona alguna, sino sólo para suplicar a vuestra señoría
[que] se sirva de defendernos de él y ayudarnos para la propagación del evangelio y salvación de tantas almas,
cuantas por nuestra ausencia de la misión de China en adelante se condenarán, que serán muchas,
y no serán pocas las que hasta el día de hoy se habrán ya condenado por esta misma causa.
Salimos de China no voluntarios, sino forzados o desterrados por la causa que todos saben,
y vinimos a Macao por orden del [chungto] y virrey, los cuales se despacharon un decreto (que
se conserva en esta ciudad) en que mandaban [que] estuviésemos en Macao y aquí esperásemos ocasión
oportuna para volver a entrar en China e ir a la corte, o por mejor decir esperásemos los
ordenes de Roma, para según ellos elegir camino.
Cuando esperábamos dicha ocasión, se interpuso la ciudad de Macao, poniendo escrito al
mandarín, en que dice: que "para evitar males, certifica que los cuatro religiosos agustinianos que
se hallan en Macao no quieren ir a la Corte a tomar diploma y espontáneamente desean volver
a sus reinos." Decreta el mandarín diciendo: que "dichos religiosos son mandados por el [chungto] y virrey
estar en Macao y no volver a su reino. Y así que vea si es que dichos religiosos desean irse, o si
es invención de la ciudad para echar de sí esta obligación" [etc.]
Vuelve la ciudad a poner segunda petición o escrito, diciendo: que habiendo examinado lo
que se la mandaba, halla que dichos religiosos dicen que "no desean ir a la corte, y que espontáneamente
desean volver a su reino." Decreta el mandarín que "dichos religiosos no tienen causas para tan
atropelladamente querer volver a su reino, y que parece que la ciudad por propia voluntad suya
pide esto por ellos" [etc.]
De todas estas cosas estábamos muy ajenos, cuando el mandarín de la Villa de Hiangxan llegó a
esta ciudad. Con su llegada tuvimos noticia de todo, no sin grande admiración nuestra. Mas procurando
olvidar agravios, el día 11 de este mes, en que el mandarín vino a este convento, sólo le representamos
como deseábamos ir a Cantón para allí esperar la ocasión, que aquí estábamos esperando. Y para
ello le suplicamos que nos ayudase. Respondió que lo haría de muy buena gana, mas que para
eso sería bien que el procurador de esta ciudad pusiese una petición representando esto mismo, que
entonces él la despacharía según nosotros deseábamos.
No quiero detenerme a ponderar todas estas cosas, porque no dudo que vuestra señoría lo podrá hacer mejor
que yo, a quien suplico sea de tal suerte la ponderación de ellas, que más le mueva a compasión, que
a enojo contra los que así tienen obrado. A mí no me duele tanto el agravio que padecemos, cuanto a
considerar que los gentiles son noticiosos de nuestras faltas, porque de esto sólo se puede seguir un gran
descredito de la nación europea, y un sumo menosprecio de la ley de Dios que profesamos.
No ignoro que para echarnos de Macao se valdrán de decir [que] hay ordenes reales, y que así conviene
para el servicio de su majestad. Pero es cierto que el servicio de su majestad no consiste en que las almas, por las
cuales Cristo nuestro bien derramó su sangre, se condenen, sino sólo en que se salven. Yo no puedo saber si el
día de hoy hay tales ordenes de su majestad. Pero sé que nunca nos las mostraron, y que en otras ocasiones no las había.
Y no obstante eso se procuró hacer esto mismo en Macao con los misionarios con título o pretexto de que
había ordenes de su majestad para ello. Pero dado caso que el día de hoy las hubiese, es cierto que nunca se pueden
entender con los misionarios desterrados de China por la obediencia a la Silla Apostólica, ni con los
regulares españoles, ni tampoco en la forma que se practican.
El derecho que tienen los misionarios para predicar la ley de Dios a las gentes se le dio Cristo
nuestro bien cuando en el evangelio les manda. Que caminando por el universo mundo siembran su evangelio
y le prediquen, y también cuando San Pablo dijo: que la palabra de Dios ni está ni debe estar
atada, esto es que no sólo éste o aquél, sino que todos la deben predicar. Y para no ser largo en referir
textos de la sagrada escritura etc. basta el precepto de caridad, que Dios puso en el Decálogo, por el cual
estamos obligados a procurar la salvación de las almas, así como por la justicia somos necesitados a no impedirla,
so pena de padecer los tormentos del infierno por una eternidad.
Para mejor cumplimiento de los preceptos divinos la majestad de Felipe 3.°, rey de España, y Portugal
alcanzó de la santidad de Paulo 5.° una bulla su data a 11 de junio, de 1608, en que después de

revocar cualquiera prohibición que hubiese sobre este punto, dio facultad para que todos los regulares
puedan libremente venir a China y demás reinos de estas partes. Después la majestad de Felipe 4.°, rey
también de España y Portugal alcanzó de la santidad de Urbano 8.° otra bulla su data a 22 de febrero,
de 1633, en que revalida la de Paulo 5.° y manda debajo de descomunión mayor [que] ninguna los
impida. A estas bullas se dio cumplimiento no sólo por cédulas reales, sino también por leyes, que su
majestad estableció, como consta del libro [1. Tit. 1A.] Ley 32. y 33. Últimamente Clemente X en su bulla
de 23 de diciembre de 1673 revalida las sobredichas bullas y las extiende a todos los sacerdotes
etc. y vuelve a descomulgar con descomunión mayor a todos los que los impidieren entrar en
dichos reinos. Si de todo esto fuere necesaria más amplia noticia, no me será difícil darla.
La causa, que aquí he tratado, no es de poca entidad, ni digna de echar en olvido, pues es
la misma que la majestad divina hecho hombre trató en la cruz. Por ello, aunque miserables, queremos
sacrificar nuestras vidas, y nos ofrecemos a padecer muchos trabajos y aflicciones. Y suplico a vuestra señoría
[que] la ponga ante sus ojos, a fin de ayudarnos en nuestra pretensión de entrar en Cantón. Si así lo
hiciere, no obstante que le es muy fácil, el premio que recibirá de Dios será muy grande. Pero si
no lo hiciere, puede estar cierto que tendrá tantas almas en el tribunal divino contra sí, cuantas se
condenarán en el tiempo futuro por falta nuestra y de mi religión en China. Y si vuestra señoría u otra cualquiera
persona fuere causa de no poder nosotros volver a la misión, les protesto en la mejor forma que en derecho
puedo y le hago cargo de todas nuestras iglesias y cristiandades de China y todos los demás
daños, que así la misión de China como nuestras personas y mi religión por eso padecieren. Suplico a vuestra señoría
[que] perdone la molestia que en esto le hubiere dado, y [que] me mande cosas de su mayor agrado. Cuya vida
guarde Dios muchos años como deseo. Macao y octubre, 14 del 1710. = De vuestra señoría su menor siervo y
capitán = Fray Tomás Ortiz. = Señor Don Francisco Mello de Castro capitán general y gobernador de esta ciudad
de Macao.
Suprascripta copia [fuit perme] infrascriptum [vicarium provincialem]
fideliter transcripta etc. in cuius fidem etc. Macai. dic 19
aprilis, annum 1712.
Fray Tomás Ortiz
[Vicarium provincialis]
O motivo que teve Donna Breatriz de Gusmão, mother de Amaro Gomez, para ir a casa do Frei Álvaro de Benavente, Obispo de Ascalon.

Diz o padre Joan Mourão da Companía de Jesus, que para certo requerimiento lhe é
necessário ter a certeza do motivo que teve Donna Breatriz de Gusmao molher
de Amaro Gomez para ir a casa do S dom fray Albaro de Benavente, bispo
de Ascalon, e vicario? a?co da Provincia de Kiang Sy, defunto nesta cidade de Macao p. q.
Pa VM senhor ouvidor de Santa
Magestad seja servido ordenar ao tabalião
Miguel Vaz Pacheco, e u outro qual quer efi-
cial da fe para que va a casa da? donna Bre-
atriz e tome testemonho auténtico do que lhe
ouvir nesta materia e ??
O tabalião Miguel Vaz Pacheco vai as
pouzadas de dona Breatriz de Guzmão,
molher de Amaro Gómez e tome seu de
puhimento? judicialmente sobre o conteúdo na
petição acima. Macao 24 de abril de
1709 ano. Carneiro.
Miguel Vaz Pacheco Tabalião público proprietário das notas e do judicial por
Su Magestade que Dios guarde nesta ciudade de Macao do nome de Deos na China certifi-
co por minha fe, que aos veinte e seis días do mes de abril de mil setecientos e no-
ve anos em comprimento de despacho acima do ouvidor de Sua Magestade que Deos
guarde. Joan Carneiro Iuzarte? de Vasconcellos a requerimento do Reverendo Padre Joan Mourão
da Companía de Jesus, fui as pouzadas de Dona Beatriz de Gusman,molher de
Amaro Gómez, e sendo ella ahí de presente lhe de a juramento dos santos evange-
lios, em que por sua mão direita, para dizer a verdade sobre a conteúdo na
petição atrás, que foi por mim lida, e sendo por ella ouvida e bem entendida,
dise, que na cidade de Manila tem ella um hermão clérigo por nome Joan
Gonzalez de Gusman, que é amigo do ilustrísimo señor bispo Dom Fray
Albaro de Benavente, por cuya vía corrió também ella sempre com o dicho
señor bispo, o qual tem notícia que o dito seu hermão deseja muito que
ella torne para Manila em companhia de dito seu marido, para ser la mora-
dor, le mandou preguntar se quería ir nesta ocaçião en que vai o dito seu marido por
Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

Muy ilustre señor.
Mandó me vuestra señoría [que] le noticiase el estado de las
misiones del Imperio de China y moradores
en él, extranjeros de Holanda, Inglaterra, con
lo demás que de su ruego y encargo que se me hizo
notorio en cuatro del corriente mes y año. Parece [que]
diferí mi obedecimiento a él, con no pequeña mortificación
por faltarme noticias para el más pleno informe
que pide negocio de tamaña entidad. Pues aunque
en dicho imperio mi religión de San Agustín
mantiene sus religiosos hijos de esta provincia de
Filipinas, como el principal y único empleo es la
propagación de nuestra santa fe, se contentan con participar
a sus superiores lo que anualmente en el
particular dicho [adelantan]. Y sobre qué pudiera informar
a vuestra señoría y desde los años de 1680 con evidentes
testimonios de que fue del agrado de la majestad divina
la manutención de religiosos de mi orden en dicho
imperio, favoreciéndolos su majestad tanto, que por su
predicación llegaron a la fuente del santo bautismo
gran número de Chinas en diecisiete iglesias que en
diversas ciudades y villas de dicho imperio administraban
los santos sacramentos y predicaban la palabra
divina. Pero éstas ya hoy desamparadas de sus ministros
en fuerza de un decreto del señor patriarca de
Antioquia en orden a las praxis, contrario a la mente

del emperador y seguido por los más misioneros regulares
por muchos años, porque los religiosos misioneros
de mi orden y los más de los que en dicho
imperio se hallaban, no habiendo sido oídos [en]
la apelación que interpusieron de dicho decreto [para]
ante su santidad, como hijos de la iglesia [tuvieron]
por bien sujetar su dictamen y opinión a la [decoración]
que dicho señor patriarca dio, y no a sacar
el Piao o licencia del emperador para continuar sus
misiones, conforme los ritos chinicos y [opinión]
del reverendo Padre Mateo Ricio, que es con la que [permitió]
dicho emperador [que] se predique el santo evangelio [de que]
resultó [que] fuesen desterrados los dichos misioneros, [y]
se hallan hoy en la ciudad de Macao del Reino [de]
Portugal, de donde dicho señor patriarca les impide [salir]
para volver a estas islas, como ya vuestra señoría sabrá
por las relaciones que ha tenido. Y esto es, señor,
cuanto yo a vuestra señoría puedo informar del estado
del Imperio de China y por noticia que me ha [dado]
el padre lector Fray Miguel Rubio, religioso [de la]
orden misionero que fue en el dicho imperio [por]
espacio de veinticuatro años, sujeto de [ciencia]
y conciencia, y uno de los europeos más [versados]
en las cosas de China, y que estando en ella [merece]
la amistad de los mandarines, digo que.
Las provincias de China son quince. Kuang tung = [Kuang sy =]
Hu kuang = Yu nan = Cu chuen = Kiang sy = Fo kien = [O]
kiang = Nan king = Ho nan = Xen sy = Xan sy = [Xan tung =]
Pe king = La decimaquinta provincia cree se llama [Co a].
De estas quince provincias se compone el Reino de China, y por
años de seiscientos ochenta y nueve, su santidad se las concedió
todas el rey de Portugal. Y el de 1698 el mismo [su]
Pontífice hizo división de las dichas provincias de suerte que al
rey de Portugal le concedió tres obispados, y en ellos seis provincias
al obispo de Macao, a Kuang tung y Kiang sy. [Al]
obispo de Nan king, dicha provincia de Nan king y
[nang]. Al de Pe king, donde está la corte de China, la dicha
provincia de Pe king y Xan tung. Este obispo y el de [Macau]

viven hoy. La provincia de Kiang sy se dio con título de vicariato
apostólico y obispado de Ascalón al señor don Fray Álvaro de Benavente
de la Orden de San Agustín, hijo de Salamanca, que murió
en Macao a 20 de marzo, de este presente año de 1709.
La provincia de Fo kien se dio con título de vicariato apostólico
y obispo titular al señor don Carlos Megrot, clérigo francés, y
el año de 707 salió desterrado de China por los pleitos de las
[praxis] de la Compañía contraria a las [praxis] de los clérigos y
padres domínicos. La provincia de Che kiang se dio con título
de vicario apostólico al padre Fray Pedro Álcala, español que murió por agosto,
de 709. Por muerte de este hizo al señor patriarca vicario apostólico de dicha
provincia a un clérigo italiano, llamado [media falze], que también
salió desterrado con el señor Megrot y por la misma causa. En Hu kuang,
fue nombrado por vicario apostólico y obispo titular el señor don Fray Francisco
Leonisa, italiano, de la Orden de San Francisco reformado, que antes de
venirle dichos puestos se fue a Roma, y allá se quedó. En la provincia
de Yu nang, fue nombrado vicario apostólico el señor Feliberto LeBlanc.
En la provincia de Cu chuin, fue nombrado por vicario apostólico y obispo
de [Rosalía] un clérigo francés, y sin tomar posesión de dicho vicariato,
se fue a Roma. Y cuatro clérigos que envió allá, el uno murió, dos
salieron de China con dicho LeBlanc, y el otro llamado a Piani Piamontés
está preso en la casa de la Compañía francesa en Pe king por
orden del emperador por pleitos que hubo con los que gobiernan aquella
provincia. En la provincia que cree se llama Cu choey, fue
electo un vicario apostólico el Padre Carlos Turcote, milanés de la
Compañía de Jesús y obispo auxiliar, murió más ha de dos años sin
haber visto su provincia. En la provincia de Xen sy, fue electo un
vicario apostólico el padre Fray Basilio Clemona, franciscano reformado
del señorío de Venecia, murió por los años de 704.
En su lugar puso el señor patriarca otro religioso franciscano reformado
también italiano. En la provincia de Xan sy, fue electo
por vicario apostólico un padre de la Compañía italiano y a poco que había
tomado posesión murió el año de 709.
A ocho de abril, de dicho año de 1709, llegó a Cantón el señor
patriarca y se hospedó en la casa que tienen los religiosos agustinos
en dicha ciudad. Y a nueve de septiembre, de dicho año se partió
para Pe king por orden del emperador. Llegó a dicha ciudad a cuatro
de diciembre, de dicho año donde fue bien recibido del emperador.

Y a 27 de agosto, del año de 706 fue echado de la corte con
gran vituperio por las [cuestiones] de las [praxis], porque el emperador
quiere que en su reino se sigan el de la Compañía. Llegó dicho
señor patriarca a Nan king, y mandó que de ninguna manera
se siguieran las [praxis] de la Compañía, con censuras a todos
los ministros de China que la siguieran. Apelaron del dicho
decreto todos los padres de la Compañía menos unos cinco o seis.
También apeló a su santidad el señor don Fray Álvaro (que Dios [halla])
y todos tuvieron repulsa. El emperador crece que picado de esto,
mandó llevar al dicho señor patriarca preso a Macao, y mandó publicar
un decreto por todo su reino, que todos los que quisieren [quedarse]
predicando el evangelio en él habían de guardar las [praxis]
de la Compañía, y que fueran a la corte a sacar su diplomo y jurar
guardar dichas [praxis], decir su edad, reino, nación
y religión y no poder salir de China jamás. Casi todos los
padres de la Compañía obedecieron dicho mandato, y todos los
padres de San Francisco, españoles de esta provincia de San Gregorio menos
uno. Todos los padres domínicos, españoles y agustinos también españoles,
con todos los clérigos y vicarios apostólicos franceses y clérigos
italianos con algunos padres de San Francisco italianos están
desterrados de China por haber seguido el decreto del señor patriarca.
Los extranjeros casi todos han tirado para Europa, los religiosos españoles
están en Macao, sin dejarlos salir el señor patriarca para estas Islas
Filipinas. Los ministros que había en China serían hasta setenta y
uno o dos, más o menos.
Dicho señor patriarca empezó en Macao a ejercer su jurisdicción,
habiéndole rogado antes [que] no ejerciera ninguna hasta saber lo que [hay]
ponían en Goa. Opuso se el obispo de dicha ciudad, y el señor patriarca
descomulgó a dicho señor obispo, al padre provincial de la Compañía y al
capitán general en dicha ciudad. Y el señor obispo a dicho señor patriarca
y el capitán general le puso guardias en su casa casi a [esrrio]
sin dejar entrar ni salir sino los que ellos querían. Y [años]
dice que le tienen con una o dos guardas por ceremonia
y puede salir a pasearse libremente, pero dicho señor patriarca
se da por preso.
El diciembre, próximo, pasado con los padres de San Agustín

fue el señor don Fray Álvaro a Macao, no porque seguía el dictamen del
dicho señor patriarca, sino por ser ministro inmediato de la sede apostólica,
(salió de China por quitar la nota que podía haber). Fue le a
visitar dicho señor don Fray Álvaro, y no se dejó ver. Escribió le, y respondió
le dicho señor patriarca una muy cruda carta, porque no seguía su dictamen.
Con estos y otros trabajos, fue servido nuestro señor de llevarle
para sí al dicho señor don Fray Álvaro a 20 de marzo, próximo pasado.
Y adviértase que haberle resistido en la ciudad de Macao al dicho
señor patriarca ha sido por no haber manifestado el poder que trae
de su santidad sobre dicha ciudad de Macao y tierras sujetas a la
corona de Portugal.
Por julio, del año próximo pasado, dicho señor patriarca publicó un edicto
en que manda con censuras reservadas, así que ningún sacerdote
clérigo o religioso pueda entrar ni salir de China sin su licencia
y que ningún superior de cualquier religión que sea pueda gobernar
a sus súbditos sin licencia especial suya.
En el reino de Tun king, confinante con el de China, hay
dos vicariatos apostólicos. El uno es de un clérigo francés que juntamente
es obispo titular con otro obispo también clérigo francés con la
futura sucesión y cuatro o cinco clérigos franceses y algunos naturales
también clérigos. En el otro vicariato estaba un padre
domínico milanés también obispo auxiliar [ha cerca] dos años que
murió, y el señor patriarca nombró por vicario apostólico en su lugar
al padre Fray Juan de Santa Cruz, domínico natural de cerca de Valladolid
en Castilla la Vieja. A este todos los ministros de su vicariato
le han dado la obediencia como a tal, menos los padres de la Compañía
que se han resistido, diciendo que aquel reino es del patronato real
de Portugal, y así que no le han de reconocer por vicario apostólico
hasta que venga decidido de Roma, adonde apelaron.
En el reino de Cochinchina, que se sigue a el de Tun kin,
está por vicario apostólico un clérigo portugués de la India,
y tiene otro obispo clérigo sucesor suyo. Este reino hay
pocos clérigos franceses y algunos padres de la Compañía, y entre
ellos el Padre Juan Antonio Arnedo de la Compañía de Jesús
y natural de la ciudad de Tarazona en el reino de Aragón. Este es
muy estimado del rey por la matemática del rey, y ha servido y sirve

mucho a dicha misión donde de algunos [años] a esta parte, hay persecución
contra nuestra santa ley, como también en Tung kin,
aunque ahora está algo lenta. Por los años de 702 hubo algunos
mártires en este reino de Cochinchina, así de los naturales
como de los ministros evangélicos en que los ha favorecido mucho dicho
padre.
Por el mes de mayo, de este año, vino nueva de China como
el hijo mayor del emperador acusó al segundo hijo (que estaba
jurado por heredero de dicha corona) y al décimo y decimotercio
que querían matar al emperador y levantarse con el reino.
Mandó dicho emperador ponerlos en rigurosas prisiones, y un [bellaco]
mató al decimotercio. Hízose la averiguación y halló se
ser testimonio, dieron libertad a los dos y prendieron al
calumniador, y toda la corte le pidió al emperador [que] le perdonase.
Hizo lo así.
En este tiempo se reveló un pedazo de la provincia de Nan king
con la provincia de Xen sy. El emperador envió socorro, y estando [ya]
los enemigos para conquistar una ciudad, dio sobre ellos y con
gran matanza se deshizo del ejército enemigo. Hubo muchos
muertos en diversas ciudades y provincias por sospechas, y en la
ciudad de Pe king más de trescientos hombres.
Tiene se noticia que el emperador de China enfermó casi hasta la
muerte, y que unos médicos europeos lo curaron. [Él, agradecido,]
hizo un decreto publicándolo por todo su reino, concediendo que
todos los europeos que vivían en él pudieran escribir inmediatamente
a su persona. Y si querían enviar algún regalo lo entregarán
a el que gobernaba la tierra, donde se hallaba
y a su costa se lo remitiera. Y con tal favor los pobres ministros
evangélicos que estaban ultrajados por las cosas requeridas
han subido a tanta estimación, que no solo la plebe sino los
que gobiernan les hacen cortesías y agasajos, y a millares piden
el santo bautismo. Sin duda quiere Dios conservar [aquella]
trabajada misión.
Los franceses seculares llegaron a Cantón a poner factoría el año
de 1698, donde han estado ultrajados y con muchísimos trabajos
y gastos de hacienda hasta el año de 708, que del todo se [acabó]
dicha factoría, y solo ha quedado que los que quieren ir [acorto]
lo hacen en cuatro o cinco meses, y se vuelven a sus tierras.
Por los años de 708 con poca diferencia los ingleses hicieron

fuercilla en la isla de Puricondol desierta. Y habiéndose vuelto sus
navíos a Europa, [quedó] alguna gente en dicha fuercilla. Y los de
Camboya o Cochinchina fueron allá, destruyeron la, y echaron
toda la gente fuera. Y así quedó desierta como antes.
[Guarde] Dios a vuestra señoría [majestad] y felices años como desea de
este Convento de San Agustín nuestro padre de Macabebe
en 10 de junio, de 1709 años.
Besa la mano de vuestra señoría su siervo y capellán
Fray Juan Bautista de Olarte
[R.or] Provincial de San Agustín
Muy ilustre señor maestro de campo don Domingo
[Zabálburu Echávarri], gobernador y capitán general
de estas Islas Filipinas.

Informe que [señor nuestro] Padre [R.or] Provincial dio al señor gobernador sobre
el Imperio de China - año de 1709
Carta de Fray Álvaro de Benavente a Francisco de Zamora desde Macao. 1708.

Pocos días a que escribí a vuestra reverencia por esta via, y porqué el cuñado de
Quintero dice hay mejor portador, [escribió] esta pero con gran prisa, y así
solo avisaré de lo más importante. Ya allá saben como los padres dominicanos
están en Macao, de donde algunos salieron por abril y arribaron, otro
queda en Fokién, mas ya viene echado por Macao. Los franciscanos
de las [partes provisionales] con cierta epiqueya obtuvieron licencia de
estar en China, los de estas [partes] apelando del edicto del [señor Parsiano]
por [octubre] [pasieron] a sacarle a Pekín. Los augustínos y yo
con ellos avisando de quebrar con el [señor Parsiano] si íbamos. Y por muchas
causas no hemos querido ir a Pekín y así fueron echados de sus
iglesias aún están aquí esperando los echen a Macao. A mí se me
intimó el destierro el día de la presentación, y pasado mañana a 27
soy compelido a ir para Macao. Los clérigos, lo más fueron ya a Macao
o están embarcados en un navío francés, que vino por el [Piru], y vuelve
por allí, uno anda escondido, otro ya viene desterrado. Los padres jesuitas
(menos 5 que están aquí detenidos) apelaron y tienen licencia, los de Pekín
valientemente trabajan por conservar estas misiones, pero los miserables no
pueden más, porque el emperador está muy ofendido.
Suplique a vuestra reverendísima, que por parte de las [iglesias] se pidiese al señor [Guia] que
mandase a los chinos de Cantón, que tomasen en sus champanes la misión
desterrado en Macao. Si esto no se ha echo, no sé como podemos ir a Manila
y quizá algunos serán echados a la Costa. Y yo aunque [tengo] salvo del
capitán general para pasar por Macao, y [desunirme] hasta que haya ocasión de
pasar a tierra de católicos: no se que dispondrán de mi si me [desmayo]
demasiado. Los españoles estamos muy desunidos, y a no ser así pudiéramos

tomar, o fletar algún barco para ir a Manila, mas parece [em]
jurado de no convenir en nada.
Llegó el barco en que venía el socorro y demás cosas, ya he enviado al
[conocimiento] de [Baluha] al padre [L] Fontanilla para que lo cobre todo. Doy a [H]
las gracias de los 500 pesos y regalos. Ya he avisado que del dinero que le [pagase]
al padre [L] Sanz, que son seiscientos o 700 pesos se saquen 60 pesos que se le dieron
aquí al pasarse. Está en la Costa en San Thome esperando su plata que
pide. Yo había tomado de ella 270 pesos mas los [restituiré] al padre [vicario]
[provincial] porque soy de parecer, que pues vuestra reverendísima envió el socorro que [entero] y
no es menester más, se le envió su dinero, como lo pide, más [traérselo]
[90 manual] de villa de [Dueñas]. No es de ese parecer, por eso entregará
lo recibido, y que allá se lo haya.
Llegó la suma menos del [chapeleo] a este Cantón. Falta la [...]
[...] donde viene la plata de los padres dominicanos, y ya [tarda] mucho
el champán en que venía Felix y el criado del padre Guardian de San Francisco
por [...] estaba en Isla Hermosa quebrado el árbol, no sabemos si
ha llegado ya a Chinchiu. A los padres de San Francisco aún no le han llegado
las cartas con el nombramiento de prelado, que era harto necesario, porque el
padre fray Bernardino de las llagas, que lo era, estando muy enfermo, se huyó para
Macao por julio, aprehendiendo, que allí sanaría. Y así fue, mas dejamos
hartos enfados por su fuga, que aún duran. Ítem tiene gran pleito
con los suyos pretendiendo, que no pudieran apelar sin su licencia y sobre
esto ha cometido grandes [atentados], que consisten en que alcanza muy poco
y no falta quien lo avisa contra los suyos, que reírse de él, y de ellos, mas
ellos se han defendido con valor, y mayor justicia. A Europa no vino [návio]
este año, y solo sabemos lo que ha venido para Manila. Y así no me alargo
más por la prisa. A [reverendos] padres y a los amigos mis cordiales memorias, y a todos
pido muchas oraciones, que son muy necesarias. Nuestro señor guarde a vuestra reverencia muchos
años. Cantón y 1708-11-25
Vuestra reverendísima siervo y amigo que [S.M.O]
Fray Álvaro [Aq.o de Arcalon]
reverendísimo padre señor [Grad] Fray Francisco de Zamora
Pregunta que Álvaro de Benavente hizo a un superior sobre la falta del uso del hábito de algunos religiosos en Macao. 1709

Pregunta
La ciudad de Macao es una población de cristianos, donde a más de 130 años que es libre el ejercicio de las
religión católica, tiene conventos de padres dominicos, franciscanos, agustinos, y jesuitas y uno de monjas,
iglesia catedral, y dos parroquias: Y solo se distingue de Manila en que un esta los pobladores son españoles
y en Macao portugueses, y que en Manila los chinos moran fuera, y en Macao moran mezclados
con las casas de los portugueses. Los religiosos de los dichos conventos, moradores o huéspedes, siempre han
andado y andan con los hábitos de su orden respectiva, menos la excepción, que abajo se notara de dos
años a este parte. No obstante al presente se hallan en Macao quince religiosos misionarios echados
de la China, de las cuales los siete, en que entraba el Obispo de [Ascalon], andan con sus hábitos, como si estuviesen
en Manila sin el menor inconveniente. Y los ocho restantes andan vestidos de chinos no solo en casa
sino en las calles, plazas, y iglesias en el converso de los sermones con nota de todos los que lo ven y escándalo:
por lo cual se pregunta.
¿Si es lícito a los dichos ocho religiosos, andar así sin los hábitos de sus órdenes?
Por la parte negativa está el derecho en el [cap ut periculosa. He clericivel Morin 6.o ] donde se ordena
que sean descomulgados ipso facto los regulares que anduviesen sin sus hábitos y Santo Concilios de
Trento en la sección 25 , capítulo 19 de [regul], ordena que no se le dé licencia a regular alguno para traer oculto su
hábito, luego menos se le considera, quien absolutamente ande sin hábito, pues [disuene]menos traerle oculto
que no traerle. ¿Y qué más oculto?
No obstante por la afirmativa están los excomulgados diciendo ser cierta y sin duda, mas no convienen
con la razón. Dirán se las sin razones que [alegan]. Unos dicen, que pueden andar sin hábito, por qué están
con propósito de volver a las misiones de la China, aunque en la humana, no hay alguna esperanza por ahora
de volver. Por qué si se desnudan el hábito de sangley y se vistan el de su orden, se les resfriara el [epia]
de [misionarios] de China, un grave prejuicio de muchas almas. Mas esto causa grave dificultad, por qué
no se comprende de que manera el [layo] de sangley tiene más virtud para conservar estos propósitos tan [santos]
más que los hábitos benditos y sagrada de las religiones. Y [um] por qué los siete en habitados no están menos [prontos]
ni menos aptos para eso que los excomulgados. Y porque cuantos han venido de Manila, o [Goa por la China] han
estado en Macao con sus hábitos, hasta el día que se partieron por China. Y los [que] han salido de la China luego que
[ctraven] en Macao se pusieron sus hábitos.
Otros dicen, "mi superior anda de sangley, y gusta que yo ande también así, y siguiendo la dirección de
mi superior voy seguro sin pecado o censuras." Mas esto tiene más que pensar. El superior es un mero
delegado del padre provincial de Filipinas, y si [decir] que se puede y aún debe obedecer al viceprovincial
contra mandato expreso y prohibición del provincial es falso y temerario. Y aún más, que será afirmar, que es
licito traspasar los mandatos del Papa, y censuras de este, y de las constituciones de su orden por dar
gusto al [buen] delegado vicario provincial. ¿Y qué así se camina seguramente?
Otros dicen, que es licito andar sus..o sin hábitos, por qué el ilustrísimo [S.r Jan.n] de Antiochia [su s.a Ag.io con]
Carta de Basilio de Gemona a Álvaro de Benavente desde Nanking. 1695.

[V.S.M.S.]
Muy reverendo Padre Fray Alvaro mi [Catisso]
Resto non poco [amirato], di non veder sue lettere, già due anni sono;
(por [cierto] empiezo en italiano, paciencia, que acabaré en español) con todo no quiero
dejar de [elencar] a vuestro padre lo que hay de nuevo en China, [suponiendo] que su
zelo en provecho de esta misión será aún lo mismo que conocí en su persona,
cuando mozo en China, y cuando se salió de ella y el no llegar sus
cartas procederá de otro accidente y no [o] de olvido de los amigos, o de poco
cuidado de la misión. Vamos pues al sustantivo. Los nuevos obispos
aún no aparecen. Los bulas para el señor de Argolis, debían ser llegadas
en la pasada moción y no llegaron, con sospechas, que desde Goa le habían
remitido a Portugal. La causa que más parece es porque los portugueses lo
quieren obispo de Nankín y Roma lo hizo de Pekín: y quien [detuviera]
que ni lo quieren de Nankín ni de Pekín por ventura [a su] [aversario]: [Padre] Pekín
ha sido nombrado el Padre Alejandre Cicero jesuita. Dirá vuestro padre puesto
esto que ¿aún no hay obispos en China, que es de los vicarios apostólicos? Si
quiere que responda [di cuál] diré que son lo que eran. Pues hasta el día de
hoy nada de auténtico ha llegado en China que perjudique a su
autoridad. Si de facto; los padres portugueses los dan por acabados
ya son dos años, y ahora mucho más [valindizo] de una carta privada
del [reverendísimo] señor secretario de propaganda al difunto Señor Basilisano. En la cual
no dice nada más sino que siendo él ordinario cesará la autoridad del
señor Maigrot e [Pin], para probar (a su parecer) evidentemente que ya cesó
lo que [d.o] señor secretario solamente escribe que cesará. Ridículo fundamento en
el cual estribando deben temer de dar una gran cabezada en el suelo.
Dios les ayuda y nos de la paciencia nuestra para no causar escándalos.
[Dio lacee] que en Cochinchina el vicario de Vara excomulgó públicamente
al vicario apostólico, y todos sus misioneros? Aquí espero en Dios no llegaremos
a estos extremos. Pues antes se dejarán hacer todo lo que quieren,
que no ocasionar tales escándalos. Se dijo que vénia el Padre Espinola jesuita
por prefetto sobre los vicarios apostólicos. Él murió de frente de Cochinchina y delegó
(dijeron) sus facultades al Padre Emanuel [Sà] portugués, cual llegado a Macao,
[trata] de volverse y nada de tal oficio. [Trazia] de [mais] cartas del summo
pontifice con presentes para este emperador, cual envió a Macao un [tajín] con el

, [fú ciên] y otros grandes mandarines de Cantón a tomarlas. No será fácil a lo
en que pesarán estas cosas en la corte. Pues pasamos con estes con mucha dificultad
y los padres franceses ya le concertaron por agencia del Padre Grimaldi sujetándose
con [que daba] en la casa, que el emperador les dio. Nos aquí estamos en [...]
casa de Nankín esperando, [quid parturiant] montes, el señor obispo con el [...]
Fray Juan Francisco envían a vuestro reverendísimo muy cordiales memorias. Y yo encomendando
en sus santos sacrificios y de los padres Gil y secretario, haré siempre [cual] [fue]
Nankín y [enero 15: 1695]
DVPMR
Muy humilde y [Af.o siervo in Deo]
Fray Basilio de Gemona

Al Muy Reverendo Padre Letor Fray Alvaro
de Benavente al Padre General Definidor del orden
del padre San Agustín
Carta de "Fray Salvador" a Álvaro de Benavente desde Lo Yuen. 1696.

Muy Reverendo Padre Nuestro Fray Álvaro de Benavente +
139 181
el M.
La de Vuestro Padre muy reverendo Rocaberti con mas que ordinario aprecio, por el tiempo
que fue servido gastar en escribirla tan precioso a un prelado que lo
sabe ser y por la mala disposición en que les cogio el despacho, vuelto de las
visitas, naufragios, y achaques antiguos, dificiles de desarrimar de que
también me acusan otras cartas lastimandose todos de lo mal que trata a
Vuestra Real la prelasia, en que le quisieran eterno. Muchos años a que vuestra real la
carga y así no puede extrañar supeso mas el sujeto después de tantos
trabajos no es maravilla se vinda. Nuestro Padre San Agustín cercano ya a su
muestre preciosa decia a los que le lloraban: non erit magnus magnum putans
quod cadunt ligna et laspides, et moriunt mortales.
Yo me hallo a la fecha de esta con algunas treguas que mis muchos
achaques me conceden y aunque no las [casas], las admito con accion de
grandes receloso siempre del invierno que se acerca en que padezco mucho.
Novedades de este Reino, teniendo aquí vuestra real sus cronistas parece ocioso
referirlas. Mas por si llegare esta antes, en cargo al Padre Comissario
Fray Baltasar remita a vuestra real la gaceta que vino de Macao con
unos versos contra gallos (segun se sospecha del Padre Arnado) que
es hoy el aquí les de el patronato y [sunis] don del Macaense.
Otras relaciones de la corte como es salida del Rey acompaña al uso de
Reyes católicos, acompañado de sus dos obispos, presente y sucesor,
y otro padre con el manjo de el tren de la artillería que disparada a tiempo
auyento al enemigo, y canto la Victoria vicaria no lo hoy a persona muy
dignas de credito. Y así tanque son n. [dictriz.] en la gaceta de Kuang Tuay vendra
mas fide aligno.
De estos señores clerigos he entendido tienen nueva cierta que su compa-
ñero el Padre Kemener ha llegado a la costa y con [buen] de Roma
digo: despacho de Roma. Puede ser sea bueno para ellos y no para nosotros
aun siendo contra la extensión de el Patronato. Porque franceses y
portugueses son para los frailes Scilla y Caribdis y de todos es ne-
cesario retirarse con cuento recato nos ea possible.
Ruego.

Ruego al Señor nos traiga esta despacho mejores nuestras de
la salud de vuestra real. Quitandonos el susto en que nos puso el [poss]
de verse privada esta misión de tal Patrono. Y nos legados de como le [pod]Lo Yuen y Noviembre quince de mil seiscientos noventa y seis.
Beso las manos de Vuestro Padre más Reverendo.
El menor de sus clientos.

Al Muy Reverendísimo Padre Fray Álvaro de Benavente
Gu.e Nuestro Señor Provincial de los Ermitaños de San Agustín
Nuestro Padre en las islas Philippinas.
Carta de Fray Agustín de San Pascual a Álvaro de Benavente desde Cantón con noticias de Goa y Macao. 1692.

[190]
[Pax cristi]
Muy reverendo Padre Fray Álvaro de Benavente mi amigo y señor.
Por veinte y tantos de agosto recibí la gratísima de vuestra reverencia de 6 de junio,
y suponiendo ser para mi sensible el achaque de asma que entonces molestaba
la persona de vuestra reverencia que estimo, deseándole muy cumplida, y superabundante
salud, paso a los negocios, cuya relación se me encarga.
Este año los navíos de la India, llegaron a Macao muy temprano, con noticias de
haber venido nuevo virrey a Goa, y juntamente nuevos órdenes para estas misiones
mas todos misteriosos y estos tan profundos, que hasta el tiempo presente no
han salido a luz, aunque las voces son muy repetidas de ser derogados los vicarios apostólicos
y según buenas conjeturas inferimos ser verdad, pero sin instrumento de donde
conste. Sea la primera el haber negado los padres de la compañía la autoridad a todos
los vicarios apostólicos sin hacer caso de ninguno y esto no se hiciera tan grave fundamento.
Y hablando yo sobre este punto con el Padre Vidal me respondió que era cierto
estaban derogados, mas porque esta certeza no podía hacer fe fuera de la compañía
no la mostraban. La segunda este año envió el señor obispo de Macao un jubileo
de nuestro Santa Papa Inocencio XII mandando se publicase en Cantón, y todo su obispado,
por mano del Padre Turcotti, a quien tiene constituido su vicario de Vara. Llegó
{Al margen izquierdo: Nota a la carta del
señor Lopez.
Después de escrita esta me llegaron cartas
del señor de Argolis, y en una
de este señor hay esta cláusula: "Recibo
carta del ilustrísimo señor secretario de
propaganda de con la sobrescrita de vicario apostólico vean ahora
estes vicarios de Vara, como en el
mismo tiempo aquí quieren quitarlos"
y en esta misma carta me dice
le envía la congregación 600
escudos por vicario apostólico. Ajuste
vuestra reverencia estos [celos]. Remito a vuestra reverencia el
original de las praxis de Maigrot
que nos puede ser más auténtico. El
señor de Argolis me remitió unas
cartas para Roma pidiéndome
[se] las pusiera en un navío de}
con el primero a nosotros, y nosotros le respondimos, que fuera primero al señor de Cice
fue allá, y les respondió con sus derechos de vicario apostólico y que no lo publicara sin primero
traérselo para refrendarlo aquí salió lo de ser derogados etc. Pidió las letras
de la derogación al Padre Turcotti, y con una carta muy cortés al señor obispo de Macao
y al cabo de días presentó el Padre Turcotti el traslado de una carta del secretario de propaganda escrita
al señor Lopez en 19 de enero de en la cual hay un periodo que dice: "Vuestra señoría etc.
constituido obispo de Nankín, y el Señor de Argolis de Pekín, y con esto de aquí adelante
no habrá más vicarios apostólicos amovibles." Mostró también una carta del Padre
Baiar francés de nación que este año llegó a Macao y al presente esta allí, la tal carta
era escrita a otro padre de la compañía que esta en Tunquin. En ella le dice: "Los vicarios
apostólicos están derogados, y el decreto de la derogación está en mi poder." Note vuestra reverencia aquí el
haber dado los padres de la compañía la carta del Señor Lopez para que se trasladase, y autenticase
y no dar este decreto de la derogación que dice tiene en su poder el Padre Baiar

y de esta ocultación infiera lo quisiese. La tercera diome quejas el Padre Lampria de parte
del señor obispo porque no quisimos publicar el jubileo a que le respondí con la nota antecedente
y a esto responde que leyéndole la carta al señor obispo respondió: yo he leído el decreto
de la derogación. La primera corrió voz que el Padre Espinola (que murió ya cerca de Macao) [tenía]
hecho perfecto apostólico y esta noticia se confirma verdadera por carta del padre [tanci]
escrita al señor de Cice, en que le dice por cierto que venía el Padre Espinola hecho perfecto apostólico
antecedente que [arguie] lo mismo. Hasta aquí las conjeturas: mas lo profundo de esta misteriosa
ocultación no se acaba de penetrar, si bien que la palabra que [olim] vuestra reverencia escribió de que les
han concedido lo que no querían y les negaron lo que querían. Con tal ocultación se hace verdadera
en fin el tal jubileo de la segunda conjetura aún no se ha publicado hasta ahora: porque
uno de esta en [sus trece], este en que me lo habéis de enseñar, y los otros en que no lo veréis. El señor
de Cice confiado en lo paisano escribió una carta al Padre Baiar pidiéndole con la [conciencia]
de buen francés le dijese lo que contenía el tal decreto. Y en lugar de decirle lo que contenía
le escribió muchas persuasiones y buenos consejos de que se sujetase al obispo de Macao. Y esto
sabía estaban derogados los vicarios apostólicos y que siempre se quedaban sus mercedes misteriosas
de la sagrada congregación con todos sus privilegios (y el mismo padre dice en esta carta). Y yo luego que llegué aquí
intimé al señor obispo que yo era misionero de la sagrada congregación y por virtud de mis privilegios
nada dependía de su señoría ilustrísima y que así podían quedar sus mercedes, y que bien [co]
a tales señores obedientísimos a la iglesia romana. Y el no dejar al señor obispo ejercitar
su jurisdicción ya sabía no era por ellos que como obedientísimos a la más mínima insinuación
largarían toda pretensión, mas no ignoraban era por la instancia que le hacían los [religiosos]
de Cantón. Todo esto me contó el señor de Cice delante del Padre Rubio con estos fundamentos
eche vuestra reverencia las líneas que quisiese.
Este año por junio llegó a Macao el Padre Grimaldi y aunque su llegada fue muy [se]
más llena de azares, el primero fue un pleito que tuvo con el [hû pú] sobre que había [...]
aduana de todo lo que traía. El segundo fue en Cantón porque los mandarines no le dejaron
a recibir fuese a su iglesia y luego el virrey fue a visitarle y el le dio [co]
[tō pái xáng] y que en el Kung Kuon [se verían]. Detúvose aquí más de mes y medio
que por no estar en la ciudad el [iē chûen táo] que había de [dudar] el despacho del [Kān hò] cuando
{Al margen izquierdo: Zurrate que estaba en Cantón, cuando llegaron ya se había ido. Yo las remito ahora al Padre Maximo. Las ponga en uno de los dos navios de Zurrate
que están en Hiámuên. Y si se hubiesen ido que se las remita al vuestro reverendísimo a quien suplico haga esta caridad al señor obispo de remitirse las por España
o por Zurrate si hay ocasión. Y si van por España detenga vuestra reverencia la carta que va para el superior de los Capuchinos de Zurrate etc}

llegó a la corte le preguntó el emperador que como había tardado tanto en Cantón, y respondió
que por no haberle dado con más brevedad el [Kānhò]. Y por esto les vino a los mandarines
una buena reprehensión, y mucho más áspera al [Húpu] por haber querido tomar aduana
de las cosas que venían para el emperador con que los mandarines de aquí están comiendo hierro
contra los europeos. Dijo al emperador como el papa le enviaba un padre (era el Espinola), con
una carta y un presente. Informóse de quién era el papa, y dijo a quién nos honra honrarlo
envió un [tajín] y orden a todos los mandarines de Macao desde el virrey hasta el más
inferior fuesen a Macao a hacer [iû chí] al padre muerto y que llevara la carta, y el presente
vino también otro [tajín] para llevar las cosas del Padre Grimaldi, y dos religiosos legos de la
compañía, uno boticario y otro pintor. El Padre Coplet murió cerca de Goa, porque en una tormenta
con un balance cayó un fardo, y lo mató. Este año en esta provincia hubo muchas aguas.
Salieron los ríos y anegaron muchas aldeas, y se ahogaron en la provincia más de 30000 personas.
Y en esta ciudad hizo grande estrago derribando muchísimas casas en este [chîng vuai].
Fray Lucas Thomas fue a Xâo gù fù, compró una casa, y el [úlfù] sacó un [kaóxí] que no entrarán en
la ley. Quitaronle los criados del padre y anduvo [lagresea] Fray Lucas fue preso a [Fò chúo] salió Maigrot
por su fiador, y lo pusieron en su iglesia, despachóse bien, y le volvieron a enviar
a Xáo gú los mandarines. De allí no lo quisieron admitir, volvióse a la metrópoli, y le dieron
otros despachos, y volvió de tercera, que le haya sucedido después acá aún no lo sabemos. El
chocolate que vuestra reverencia me promete lo espero. Venga el y sea por el título que quisiese, que ya tengo
60 años, y necesito de él. A dios que a vuestra reverencia [meg]. De saludes de los amigos. Cantón
y noviembre 18 de
De vuestra reverencia
muy cordial siervo in [domino]
Fray Agustín de San Pascual
Carta de Fray Jaime Tarin a Fray Álvaro de Benavente desde Cantón sobre la pérdida de comunicación por el lado español a causa de la pérdida de dos naos

Mi padre Fray Álvaro de Benavente y señor mío
[P.C.]
La de vuestra reverencia que vino este año por Fo kien recibí, y con ella el sumo
consuelo que tengo de saber de su salud, menos el asma, que siendo
originada de causa fría como vuestra reverencia escribe, no faltando canícula en
Manila, no irá tantas veces a la horca. Aquí nuestro Fray Blas padece bastantemente
de este mal, y vuestra reverencia le dio el alivio cuando le aprietan los
cordeles con los cigarrillos de [Hien Kie], y muchas veces le he oído
dar las gracias a quien le enseñó el remedio. Por acá ha Dios bendito
por todo. No hay al presente enfermos de consideración, aunque no
le falta a cada uno sus achaques, que la China bien sabe vuestra reverencia que cría
malos humores. Las nuevas que este año nos enviaron de Manila
todas fueron unas peores que otras, y más con la pérdida de dos naos y
una arribada. Consideramos los moradores de esa tierra bien afligidos
y castigados con fuerte mano del Señor. Y si los seculares lloran pérdidas
y desgracias, no hay duda que lo mismo pasará en las religiones, sintiéndose
y experimentándose el común trabajo. El Señor nos acuda a todos
por su infinita misericordia.
La falta de los viajes de Manila a la Nueva España
habrán detenido y frustrado las diligencias que hacen las religiones
con el gobierno para acudir a estas misiones, dando noticias a nuestro
rey, para que acuda por nosotros con el remedio a Roma. No sé si pudo
lograrse alguna vía pasando la noticia a España. Vuestra reverencia nos avise de este
punto para nuestro consuelo. Este año que esperábamos por la vía de Portugal
algunas novedades, y más con la venida del [Min Lao Ye] a China
nos hemos quedado tan a oscuras como antes estábamos. Primero publicaron
los padres de la Compañía, que ya estaba en Macao, la revocación de los
vicarios apostólicos con otras órdenes de Roma. Llegó el Padre Grimaldi a
China y no mostraron nada, diciendo [que] lo traía todo otro padre que venía detrás
llamado el Padre Espínola, y su padre compañero un portugués, el Padre Sa. Murió
el Padre Espínola en el viaje de Goa a Macao y quedó su compañero
con los papeles que traía. Llegó este a Macao, y pensando saldría luego a luz

a luz el decreto revocatorio de vicarios apostólicos, que es el que les importa a los
portugueses para sus intentos, hasta ahora no hemos visto nada. El señor
obispo de Macao quiso publicar un jubileo en Cantón, nombrando
primero por vicario de vara al Padre Turcotti. Resistióle el señor provicario
Don Luis de Cisse, diciendo que a él le pertenecía el ver la bulla del
jubileo y publicarlo hasta que le mostrasen nula su autoridad con
decreto dimanado de la silla apostólica, y que si lo tenían se lo mostrasen
luego, que él estará pronto a obedecerlo. Esperaríamos [que] se [concluya]
el pleito con él, mas no ha aparecido hasta el presente, aunque el señor
obispo de Macao certifica haberlo visto y leído. Por último el jubileo
se ha quedado sin publicar en nuestras iglesias, impidiéndole el [Señor]
de Cisse, y sólo los padres de la Compañía lo publicaron en su iglesia.
Este obrar nos causa admiración, no pudiendo penetrar el misterio
de decir [que] hay decreto [revocatorio] de vicarios apostólicos, y no querer sacarlo para
fuera los portugueses y más, viéndose el señor obispo de Macao atadas
las manos para no poder ejecutar lo que pretende de jurisdicción. Algunos
discurren que lo que se dio en Roma en favor de los portugueses no es
a su gusto, y aunque acaben los vicarios apostólicos, deben de quedar las
misiones con alguna particular disposición en favor de los misionarios,
y de disgusto para los portugueses padres de la Compañía. Las noticias
no han llegado por ninguna vía. Si en Manila se sabe algo
vuestra reverencia nos avisará. Y si no, esperamos siempre algún buen efecto de
lo que en nuestro favor trabajare nuestro Rey Carlos, que Dios guarde.
Lo que traían de nuevo el Padre Espínola difunto y el
Padre Sa, su compañero, fue una carta que los padres de la Compañía diligenciaron
en Roma del pontífice para el emperador, agradeciéndole el favor
hecho a los ministros europeos. Acompañaron la carta con un
[zaguate], que buscó la Compañía, diciendo que el Papa lo enviará
de particular afecto y memoria. Dio aviso el Padre Min al emperador
luego que llegó a la corte, diciendo ser muerto el padre que lo traía y []
que dispusiese Su Majestad lo que gustase. Despachó el emperador un [tapi]
de la corte, con orden que fuera a Macao acompañado del virrey
y otros mandarines de Cantón, ordenándoles [que] hicieran al difunto
su ceremonia de sentimiento de su muerte, y recibiesen la carta y la

y [zaguate] del Papa, y lo trajeran a la corte. Todo se ejecutó puntualmente,
y la carta y [zaguate] va caminando hacia la corte, sucediendo
más bien de lo que se pensaba, aunque no sabemos de qué cosa
hará más estimación el emperador: o del [zaguate], o de la carta
del pontífice.
Las historias de padres de la Compañía en la corte entre franceses
y portugueses ya vuestra reverencia juzgo que tiene noticia por el padre Fray Agustín.
Pasó el negocio bien adelante con notable escándalo público por las
descomuniones que echó el Padre Pereira a todos los cristianos que iban
a comunicar con los franceses, diciendo que si morían en tal mal estado
serían privados de eclesiástica sepultura. Fue la cosa tan
pública que dicen que el emperador y los [muon chens] ya saben hoy la
materia de descomunión. Mucho se ha temido alguna destrucción
de esta misión originada de ellos mismos. Si el emperador no fuera
tan político y prudente tratando de aprovecharse de unos y otros
en su servicio, el Min Lao Ye dicen que traía autoridad de su
general para componerlo todo, ello dirá. Lo que sabemos es que los padres
franceses son los que más reinan en la gracia del emperador, de quien nuevamente
han conseguido un grande territorio, cerca de la casa
que tienen, para en el fabricar una iglesia grande.
El socorro nuestro y de vuestra reverencia que vino por Fo kien
está ya, gracias a Dios, en casa. Que fue muy acertado el enviarnos
algo por allá, pues faltando el barco de Cantón, todo falta, y
así paciencia y aguantar esperando el mejor tiempo. El señor
obispo de Argolís, sin bullas y sin sustento, ni juzgo que lo tendrá
mientras quiera ser obispo de Portugal, pues el de Macao se lo
dan los nobles hidalgos de la ciudad, amenazándoles con descomuniones.
Harto me he alargado en esta carta, y porque podrá ser [que] no
escriba tanto a otros. Suplico a vuestra reverencia [que] la comunique a los amigos
y deseosos de saber algunas cosas de China, no olvidándose
de nosotros en sus santos sacrificios y oraciones, recibiendo las
saludes que todos le mandan. Y a Dios que a vuestra reverencia guarde. Cantón. 20
de noviembre de 1694.
De vuestra reverencia
humilde siervo y más afecto
Fray Jaime Tarin
Carta del franciscano Fray Agustín de San Pascual desde Cantón a Fray Álvaro de Benavente. 1697

Muy reverendo padre, Fray Álvaro de Benavente
Los días pasados escribí a vuestro padre en que le daba noticia de las cosas de
por acá en order de vicarios apostólicos y obispos y lo que nosotros en Cantón
comunicábamos sin determinación por el mismo tiempo lo determinó
el señor obispo de Argolis en Nanking enviando al padre Fray Juan
Francisco de Leonita a Cantón para por esas islas pasar a Roma y aconséjanos
a nosotros que en todo caso conviene vaya uno de nuestra misión
con él, dando la razón para por nuestra parte proponer nuestros negocios,
porque el padre Fray Juan Francisco no se puede hacer parcial agenciando
las cosas de los españoles que esa será arriesgar el negocio común
que lleva por el bien de toda la misión. Y el nuestro también quizás no
tendrá el efecto que podemos desear. Estuvimos ya determinados
de ir por Fokien por decir los españoles que aquí están no pueden llegar
a Manila temprano, ni dar tiempo más de el que puede gastarse
en enfardar la ropa. Más considerando que la idea de Fokien
es bien incómoda, lo uno por el viaje de aquí a Hiamuen, lo otro
por lo champanes de los chinas, teniendo este viaje por tal vía sólo
el fin de ganar tiempo para que los tres provinciales se junten y
traten este punto entre sí, y con el gobierno tuvimos por más
conveniente enviar con las cartas un mozo por esta vía. Y nosotros
ir con el navío de los españoles que así se consigue el fin
que [se] pretende, y nos libramos de las molestias de tal camino.
En fin, mi reverendo padre, la principal agencia de de nuestro negocio en orden
a despachos para Madrid tanto de vuestro padres como de gobierno lo
pongo yo en la agencia, cuidado, y celo misionario de vuestro padre que
en esta ocasión no dejara de hacer en Manila lo que hizo en
Madrid y en Roma por ella, coronando con tal trabajo el buen
efecto que comenzó en referidas partes, dando la última mano a
conseguir la promesa que nuestro rey y señor que Dios guarde nos tiene
prometido afianzada su palabra en la carta que remitió a los
provinciales de Manila, por mano de vuestro padre y así le suplico [hable]

por allá sobre este punto con el afecto que siempre tiene a [esta]
misión. En la carta de mi padre provincial verá vuestro padre los motivos [que]
causan nuestra idea de vuestro padre en distintas ocasiones bien augurados [en]
víspera de navidad murió después de prolongada y [penosa]
enfermedad el padre Fray Juan Gómez asistió sele en esta casa con el
cuidado que Fray Blas suele tener con semejantes enfermos. Estuvo a la
cabecera siempre el padre Fray Miguel Rubio de cuya mano recivió el
viático y la extremaunción. Enterrámosle en nuestro Xingtio acudiendo
al entierro los más de los españoles y y diez religiosos entre
los cuales el uno es portugués, padre de la Compañía y el Padre [Tua]
[ti] causa de no asistir el Señor Basset por las competencia que entre
dos están de [prov.co ]a postólico y vicariato de bara en esta ocasión.
No escribe el padre vicario provincial Fray Miguel Rubio que fue a Xao King
uno por la visita del Chingiue al Chungto y lo otro por [concl]
la compra de una caja para iglesia en que Hungto y lo otro por conseguir
la compra de una caja para iglesia en Quchu y aún no tiene más
de nuestra determinación porque aunque el padre Fray Juan Francisco la propuso luego
llegó no luego pudimos de terminar procurando saber el parecer de
los religiosos que están en esta provincia de Cantón en la cual todos vinieron
por esta causa. El padre vicario provincial no podrá escribir si no en el navío de los
españoles. Lo demás que da a la vista si nos lleva con bien. El señor lo
guarde. Cantón y febrero 3 de 1697.
de vuestro padre muy reverendo
menor siervo en el señor
Fray Augustín de Pascual.

[Escrito de lado]
Al mas reverendo padre Fray Álvaro de
Benavente que nuestro señor guarde,
ministro provincial de su muy religiosa
provincia del nombre de Jesús
de la orden de San Agustín y en su ausencia
al muy reverendo padre prior del convento de
Manila
Fray Basilio de Gemona desde Kiang-Ning a Fray Álvaro de Benavente. 1696

Al Muy Reverendo Padre Fray Álvaro de Benavente
de la Orden de Nuestro Padre San Agustín Provincial de
la Provincia del Santísimo Nombre de Jesús en
Manila
[sellado con tinta roja]
Fray Joseph Navarro desde Cantón a Fray Álvaro de Benavente. 1697

Muy reverendo padre Fray Álvaro de Benavente
ministro provincial
Sirvan estas dos líneas sólo de Vuenheu a vuestro padre
deseándole muy perfecta salud para emplearla
en el bien de esas islas y de estas misiones, el que
conduce esta es carta viva, el cual deo favente
llegando supervacaneu est el repetir puntos.
Sólo si suplicara vuestro padre que [secundu gratia sividatam
a deo], interponga su autoridad en estos
negocios. Puesto que por acá todos le reconocemos
único en dar el más acertado parecer y
solicitan el mejor despacho en las presentes
ocurrencias de negocios. Y siendo estos negocios
no a todos prácticos, juzgo que como dice el
adagio castellano “a lo tuyo tú,” que era conveniente
que uno [que sea] práctico en ellos se encargue
de solicitarlos. La experiencia
[nes]enseña que despachos van y despachos
vienen. Y en muchos años no se adelantar,
si bien lo más [conviene] es abrasar los negocios,
[ya que] lo que se consigue es comúnente
lo que mirando [se] como propio, se trata con
eficacia. Dejo lo todo a la nuestra prudencia y
experiencia y ponderación de vuestro padre
procurado a nuestro padre provincial hacerle capaz de lo importante
[de] estas materias y entre tanto y [quedo]
a las órdenes de vuestro padre en cuyo santos sacrificios un encomiendo
desde esta su iglesia extramuros de Cantón.
a 16 de marzo de 1697.
Fray Blas Tochy y de que vuestro padre su menor y más afecto. [Señor],
agredere el chocolate
que le fortalece su mano
[tremblique hicieran]
Carta desde Manila a Fray Álvaro de Benavente de Fray Diego. 4 de abril 1698.

He recibido su dilatada carta de vuestra reverendísima, y
considerando muy [aspacio] su contenido, discurro
que todo el remedio que puedo poner
ha de parar en que lo padezcan estos miserables
indios. Y así recurriré a quien me prevenga
la verdadera inteligencia del concilio,
aun siendo tan expresas sus cláusulas
como a quien pueda poner todo el consuelo,
que tanto deseo, como el que nuestro señor
guarde a vuestra reverendísima los dilatados años que le suplico.
Manila, y abril 4 del 1698 años.
Beso la mano de vuestra reverencia su menor servidor,
Diego, Arzobispo de Manila
Reverendísimo padre Fray Álvaro de Benavente
Provincial de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús.
Fray Tomás Ortiz le pide al provincial de Manila que le pague al que le trajo plata a Jiangju, 1695.

Padre nuestro
El capitán del barco nos entregó la plata pero
nos apretaba a que le pagásemos ciento y cinquenta pesos
que dice le quitaron o que el dio a los ministros de los
Mandarín por callar el pecado de habernos traído, pero
con ruegos le vencimos a que nos lo dilatase hasta
Manila en donde le aseguramos a que sin falta se le
entregaría la plata que se le debía y así vuestra reverencia se sirva
de entregarle la parte que a nosotros nos toca. En
la otra carta, doy a vuestra reverencia noticia por más extenso asi
de esto como sucedió y de nuestro viaje y así a ella me
[remito.] Dios guarde vuestra reverencia muchos años. Chanchue y
agosto 24 de 1695 años. La manta espero porque el
Padre Gómez tiene una del sargento mayor y otra del padre
prior de Bulacan la cual servirá a otro padre.
Padre nuestro
De vuestra reverencia su más afecto hijo [q.s M.B]
Fray Tomás Ortiz
{Al margen izquierdo: Nosotros no aplicamos misa por el convento
de Manila hasta noviembre inclusive
entonces también comenzarán vuestra reverencia
los padres otros padres a decir diez.}
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1703

[Graa] Christi
Padre nuestro
Escribió esta con poca seguridad de que llegue. Y así
seré breve, porque si se perdiere se pierda poco. Alegraréme
que esta hallé a vuestra reverencia con mucha salud, a qua todos
la gozamos, y siempre para servir y obedecer sus órdenes.
Las noticias que tenemos son pocas pero gordas. De la
Costa avisan que el ejército Frances destruyó a Holanda
soltando los diques y también se dice que destruyó
al ejército imperial sin dejar hombre a
vida. De Francía se escribe que el sumo pontífice
ha despachado al Patriarca de Antioquía por visitador
general y nuncio a [latere] de estas misiones. Dios
quiera que no nos mortifique etcétera. Después de cuaresma
que fue cuando escribí a vuestra reverencia la última vez, han proseguido
los niños expuestos bastantemente. Murieronse los
antiguos y los nuevos, menos tres que crío en casa y dos
que tengo dados a criar. El Padre Barruelo en Guchiu
tiene también esta fruta y al presente esta criando
dos en casa sin los que se han muerto que son algunos etcétera.
Dios guarde a vuestra reverencia muchos años como deseo. Xao Fu y
octubre 20 de 1703
Padre nuestro,
Hijo de vuestra reverencia que su mano besa
Fray Tomás Ortiz
{Al margen de izquerdo: nuestro Padre Fray Francisco de Zamora. Provincial Absoluto etcétera.}
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1699

[J.M.J]
Padre nuestro
Tengo escrito a vuestra reverencia por mano del Padre Fray Blas que fue en busca
de plata a esa tierra. Y por haber sido largo entonces y a ver las
novedades que supe haberlas echado todas en un talego ahora me hallo
como dicen impuris y sin materia que escribir, pero con el deseo de
que vuestra reverencia goce muy cumplida salud para que la emplea en servicio de esta
santa provincia. Yo suelo andar a la cuarta pregunta pero siempre
en pie. En cuanto a los 100 pesos me ha parecido necesario esperar
hasta el julio que es cuando se cree vendrá misión. Y con ella es
muy factible que venga algún religioso conocido y aún puede ser un hermano
que tengo en la orden. De quienes (si vinieron) suplico a vuestra reverencia tome
noticia y según ella vuestra reverencia disponga de los cien pesos de la misma manera
que si fueran para su padre de vuestra reverencia o de la misma manera que yo si
me hallará en esas islas. Y eso sin recelo de que yo en algún tiempo
me queje si fue acertado o errado. Y en caso que la noticia que vuestra reverencia hubiere
noticia suficiente para o la necesidad de mi padre no fueren una ni otra suficientes,
vuestra reverencia se sirva de remitirmelos a China en dos veces, que aquí hay
harto en que emplearlos. Y para que no faltemos a todas las diligencias, si
yo tuviere carta de España vuestra reverencia la abra y la lea, que puede ser que por él
la tenga vuestra reverencia alguna noticia. A nuestro Padre Fray Álvaro escribí que de los
cien pesos me sacase un p la plata necesaria para que comprar los libros
que vuestra reverencia por la mía a nuestro Padre Fray Álvaro [habrá] visto. A los cuales solo
añado un tomo de Durando que trata de las ceremonias de la iglesia explicando
la significación de todas ellas. Yo cuando estaba en esa tierra
saqué uno de la librería y como entonces no sabía lo preguntones que eran
los Chinas lo alargué me parece al Padre Escos. Dice vuestra reverencia que andan
los obispados de por acá baratos. Yo digo que no es mucho. Pues es milagro

mucha virtud o demasiada segura que haya quien los quiera, pues, ni para el cuerpo ni para el alma tienen conveniencia [no]
alguno, sino mucha miseria. En fin ella es piltrafa zancarrón toda [queso] y sin migaja de carne []
[te] tantos obispos yo no veo uno, siquiera algunos, reciben la enhorabuena. Pero no oigo decir que [tratan]
consagrarse. Y así me parece que se están con él nomine tenus [sembrion] cómo vuestra reverencia dice. Recibí del []
[gial] (honora difuntos) más antiguo las pistolas con harto dolor de su muerte. Que aunque no fuese lo [bien]
inmediato siempre me acordará de él en la misa, mas ahora parece que pide justicia. Y así por los dos [t]
me he visto obligado a hacerlo y, ya que no le puedo por esta darlas gracias, se las doy a vuestra reverencia. Pues, eran ánima []
ultra que bien creo vuestra reverencia tiene parte también en ellas o a lo menos no le falta a vuestra reverencia el buen deseo de que
ellas me defienda de los ladrones y les dé a conocer mi valor. Cierto que vuestra reverencia me hace muy poca falta
eso. Pues, me apoca tanto mi valor que para qué se dé a conocer nizessi dice necesita de los pistolillas [__lor]
el mío de esa laya. Ni menos es valor que se pueda encubrir para que los Chinos no le conozcan. [Sabe]
bien que soy valiente, aunque no saben que soy de [Duinos] que fuera si supieron que era de [Duinos]
atrevieran a mirarme a la cara sin dar en tierra de cabeza. Y así aunque me hurtaron la plata []
ignorancia que tenían de mi valor, antes por tenerlo muy conocido, esperaron a que fuese a las aldeas, [q]
traidores me asaltaron la casa y como alra no hay valentía que pueda resistir una traición, me [agarraron]
plata y me dejaron a la luna de Valencia. No obstante que los ladrones me llevaron la plata, Dios [ha dejado]
tanto que he podido pagar la casa que tenía comprada y compuesto esta iglesia que estaba [harto sa]
e indecente. Pues, dos caminos que había para entrar en la casa, el uno estaba debajo del altar [cogenera]
el otro delante del mismo altar por donde pasaban cuantas cargas entraban y salían de[]
he hecho una iglesia de nuestra señora para las mujeres que no la había. Y con ella habitación para []
cuida de ella, he hecho mucha parte de esta casa nueva y casi todo lo demás he aderezado, con [bien verdad]
que aún hay un pedazo harto trabajoso de hacer y mientras no tuviere compañero no es factible [porque]
ciertamente los ladrones me agarrarán lo que tengo, si no hay quien quede en casa, si a caso me [llame]
para administrar los sacramentos. Y para que sepa vuestra reverencia que soy valiente no la [ha costado] a la [m_sino]
24 taes. No se maraville vuestra reverencia de que no haya quien admita el deanato de [Ascalona][]
lo tengo proveído en persona muy fidedigna y benemérita y por última se le debía, pues, a la [dig]
canónigo solo sigue la de deán. Y sobre ello me tiene dado benedictus el Padre Fray Juan Nuñez [(]
[ja] decir) conque queda hecho deán en embrión aunque huero. La carta en que dice vuestra reverencia escribe
largo no ha llegado. Y así vuestra reverencia la empuje [por acá] que me alegraré de verla.[El]
Padre Bosqued me escribe una cláusula de este tenor. [Remito 50 pesos que juzgando]
Por mano de nuestro Padre Zamora remito 50 pesos, que juzgando estaban ya con vuestra reverencia
duda por haberse perdido las cartas, no se han remitido. Pero vuestra reverencia los reciba y me perdone etcétera.
[moria] que vuestra reverencia envía de lo que viene a esta misión. Dice que el Padre Bosqued envía 50 pesos []
misión. Esto supuesto vuestra reverencia se sirve de avisar (en [caso] de venir los 50 pesos) si es yerro de []

o de pluma o si es así voluntad de vuestra reverencia que de cualquiera suerte será muy acertado. Supongo
que cuando esta llegue estará nuestro Padre Fray Álvaro echando bendiciones, si acaso no está ya en camino
para su obispado o vicariato, porque todos los padres le es (menos yo) le escriben que conviene o que debe venir
y así juzgo superfluo escribirle. Por cuya causa no me resuelvo a escribir. Juzgo será mejor esperarlo.
Si acaso no hubiere salido vuestra reverencia se sirva de hacerlo calzar la calzona y butifarras y calzalas que
creo que será [deber] y uno de los mejores ratos que vuestra reverencia ha de tener en su trienio. El canónigo de los
[Maltiles] no le he visto después que estoy en China sino una vez y esa por espacio de dos o tres años
días y [habrá] casi tres años. Y así no puedo dar noticia de como le va con su deanato supongo le irá
muy bien y por lo menos mejor que con el canonicato de la parroquial de Santa Antolín. Pues, por no
serlo in actu ejército se vino para China temiendo que la justicia o alcaldes de Medina del Campo
por justicia le hiciesen serlo. Tan baratos como eso andan los canonicatos en aquella buena tierra.
Estoy en vísperas de partir para Guchiúfú a ver aquella miserable casa que sobre ser
no la faltan sus droguillas fruta dela tierra, pero en fin tal cual es bastante para que
quede la fe en aquella ciudad y aun en aquella provincia que es todo lo que pretendemos. Si cuando
llegue no hubieren salido los champanes avisaré a vuestra reverencia de lo que por allá hubiere de nuevo.
Vuelvo a suplicar a vuestra reverencia me haga favor de buscarme los libros dichos junto con el Durando para
lo cual vuestra reverencia puede sacar la plata necesaria de los cien pesos. Acerca de los cien pesos vuestra reverencia dé la
última resolución en esta año, o ya sea de enviarlos a mi padre, o ya sea de remitirlos a China. Todo
queda en manos de vuestra reverencia. Suplicando a vuestra reverencia se acuerde de mí en sus oraciones que bien lo he de menester,
que yo aunque malo haré alg lo mismo. Y con esto Dios guarde a vuestra reverencia muchos años como deseo
Xáo Kiné Fú y abril 20 de 1699 años.
Padre nuestro
De vuestra reverencia su más afecto hijo que su mano besa
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702

Padre nuestro
Escribo está después de dos o tres [días] con poca esperanza de que
llegué y mucha de que se pierda, en que se perderá bien poco. Después
que soy vicario provincial he estado muy poco en casa y mucho fuera. Y lo
más del tiempo en la ciudad de [Guichiu] adonde he estado pleiteando sobre
que me querían impedir de comprar una casa. Y después que la compré
me querían echar de ella mas no lo pudieron conseguir y así me quedé con la
casa y en paz. Y ahora se está disponiendo el Padre Barruelo para ir
este mes de septiembre a lo más por obispo de aquella ciudad y aun de aquella
provincia. El señor obispo se halla en esta iglesia camino de []
[Nan hiceng] a quién iré sirviendo hasta allá, adonde voy para
ver el estado de aquellas casas y ver quién ha de quedar Mrn por ministro
de la casa o iglesia que nuevamente hemos comprado en la ciud provincia de
Kiangsi. Dicho señor obispo aún queda guardián de [Nangon.] Y yo
deseoso de servir a vuestra reverencia a quién guarde Dios muchos años como deseo Xa
[Xao King fu] y agosto 22 de 1702.
Los 30 pesos que vinieron para el padre [Recoleto] y los 25 que vinieron para
el señor de Ascalon de que escribí no habían llegado. Lo escribí entonces y lo que
del Padre [Señor ]Rubio y los entregué etcétera. Tengo recibidos tres tomos juntamente de
Barcia, mas no sé por qué mano vienen. Ni de ello hay más noticia que decir en el
aforro son de nuestro uso, mas no obstante creo que vendrán por mano de vuestra reverencia
y así le doy repetidas gracias etcétera.
Padre nuestro
Hijo de vuestra reverencia que su mano besa
{Al margen izquierdo: Nuestro Padre Fray Francisco de Zamora, provincial absoluto etcétera.}

A nuestro Padre Fray Francisco de Zamora
guarde Dios nuestro señor
calificador del santo officio y p
provincial absoluto etcétera.
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702.

Padre nuestro
El barco de Macao llegó con todo nuestro socorro y con el cumplimiento de
las limosnas que vuestra reverencia a mi y a los demás padres hace, de que rindo muchas gracias.
Las novedades de por acá las tengo ya escritas por vía del Fukien en dos de sobre
dos veces y así en esta hay poca materia de moler, de [ruinas] que es de adonde vuestra reverencia
podía esperar algunas buenas nuevas y gustosas no he tenido carta alguna y menos del
colegial de San Gabriel y predicador de [Cubillas.] Con que por todas vías estoy [negado demás]
obligado a ser breve. Y si hubiere alguna novedad por acá vuestra reverencia la podrá ver en la
carta que escribo al señor gobernador vago de esas islas. Diceme vuestra reverencia que me envía
el testamento de nuestro rey y otros papeles mas no los he visto ni espero ya verlos
sé adonde vienen a que se hicieron. Los padres vagos trajeron solo un socorro, no dos
como se juzga por allá. Ítem en las memorias que ahora vienen hay además 30 pesos
para el padre Fray Juan de San Augustin que le envía el padre provincial de los recoletos. Ítem 25
pesos que envía Quintero al señor arzobispo, y un tibor de chocolate que envía nuestro padre
provincial a dicho señor obispo todo lo qual no [parece] no obstante que el capitán entregó todo lo
que traía según el reconocimiento que hizo en Manila. Y así vuestra reverencia se sirva de
examinar si se olvidó el padre procurador general de remitirlo o si acaso fue yerro de pluma
etcétera. Lo que vino el año pasado en la bolsa solo fueron 842 pesos y un real
no 1142 y un real como ahora dicen algunos. Los padres de la compañía me pidieron
respuesta a unas dificultades sínicas o por mejor decir teológicas acerca de las praxis
sínicas. Dilas con aprobación del Padre [Señor] Rubio y consejo del señor obispo, pero por qué
en ellas decimos que los padres franciscanos permitían las praxis de la compañía an han [dado]
dichos padres [franciscanos] muchas quejas contra nosotros y hicieron una protesta [intentada]
que nuestro testimonio fuese nulo. Yo, luego que lo supe, hice mi contra protesta, probando
las con testimonios suyos ser mucha verdad lo que teníamos dicho en nuestras respuestas.
Con que así respuestas como contra protesta está ya camino de Roma, adonde la llevan
dos padres de la compañía que van a litigar las [inquisiciones] de este reyno y defender sus praxis
ante la sagrada congregación de propaganda contra los señores clérigos [Franceses]. Hemos comprado
casa en Kiangsi a expensas [qua si] del señor obispo pero para nosotros, es verdad
que también le ayude en algo la misión. La de [Geichiu] está y también comprado

y así este año tendremos dos [ministros] más en ellas que serán el Padre [Rubio]
y el Padre [Señor] Fontanilla. Y con esto vuestra reverencia me encomiende a Dios que le guarde [muchos]
años como deseo. De esta iglesia de nuestro Padre San Agustín de [Xioking]
a 16 de Febrero de 1702.
Padre Nuestro
Humilde hijo de vuestra reverencia que su mano besa
Nuestro Padre Fray Francisco de Zamora, provincial absoluto etcétera.
Recibo en lengua china de items recibidos junto con la plata por Fray Joseph Ferrer, 1717.

[En el margen derecha]
氆氌鞍唑一個 存舊鐙一副 破羽縀褂一件
另外拉馬經三部 免國書一本 千里鏡一個
時晨表一個 西洋書二本 西洋經三本
[Escrito de lado, en el margen izquierdo]
Recibido en Canton a 26 de septiembre de 1717 y 22 de la [8.a] [L.a] del Kang hy 56=

Recibí lo contenido en esta lista Sínica juntamente con la plata de que di recibo en 29 de septiembre de 1717.
[En el margen derecha]
por [triplicado]
計開所收衣物列後
狐淺皮袍一件 羊皮袍一件 猞狸猻馬褂一件
灰鼠馬褂一件 混淺馬褂一件 銀鼠馬褂一件
貂鼠帽一頂 貂領一條 獺皮戰裙一條
斗掤一件 多羅尼袍一件 多羅尼褂一件連雨帽
通海納夾袍一件 通海紬袍一件 通海縀綿袍一件
月白綾綿襖一件 夾紗袍一件 漏地紗馬褂一件
紗包一件 白紬大褂一件 藍綾小領褂一件
白紬小褂一件 紬單夾綿縀褲三條
白氆氌二個共九丈 花氆氌二個 紅氆氌一個O
巴紬一疋 紗蚊幛一個 舊夾羢蚊幛一個
花彈一條 皮褥一條 手巾四條 帶子一腰
氆氌鞍唑一個 存舊鐙一副 破羽縀褂一件
另外拉馬經三部 免國書一本 千里鏡一個
時晨表一個 西洋書二本 西洋經三本
Memoria de varias obras en las casas de Xao King Fu y Cantón y de algunas mejoras que se han ofrecido desde enero 1709 hasta principios de 1717, costeados con la plata de nuestro estipendio.

Memoria de varias obras en las casas de Xao King fu, y Cantón, y de algunas mejoras, que se
han ofrecido, desde enero de 1709 hasta principios de 1707, costeados con la plata de nuestro
estipendio.
Casa de la ciudad de Xao King Fu
- En varias obrillas y remiendos de la casa de la ciudad de Xao King fu, desde enero de
1709 hasta fin de 1711, se han gastado más de dos taeles. {Al margen derecho: 2000}
- Por enero de 1712, de un pozo de agua, que abrí en la casa del Xing mu tang, con 1 [chang]
y 5 [zhun] de fondo, un tael y cuatro reales. Hasta fin del año, en varias puestas, composiciones
de celdas, y remiendos de tejados, y tejadillos, más de cuatro taeles. {Al margen derecho: 5400}
- A 28 de diciembre, de siete trozos de [ly mo] para la puerta grande de la calle, un tael,
un real, y 5 [fuenes]. Para labrarlos, con otras obrillas, 24 jornales de carpintero costaron
un tael, cinco reales, y seis [fuenes]. {Al margen derecho: 2710}
- Por el año de 1715 en componer el tejado de la iglesia con una pared suya, otros tejados de
celdas, reformar las necesarias de la casa, y otros obrillas y remiendos, se gastaron más
de ocho taeles. Por marzo y agosto de 1716, para reforzar el Ke Ting, que se le pudieron
algunas bigas, y ya se venía abajo, se gastaron más de dos taeles y cinco [fuenes]. {Al margen derecho: 10050}
Suman: Veinte taeles, un real, y seis [fuenes] {Al margen derecho: 20160}
Y no se han asentado los gastos de varias obrillas menudas, que se han ofrecido.
Casa de Tien ma hiang de Cantón
- Desde enero de 1709 hasta fin de 1712, en varios remiendos de ventanas, puertas, y
tejados, se gastaron más de cuatro taeles. {Al margen derecho: 4.000}
- Por enero de 1713 de un cuarto junto a la portería, y algunos remiendos, en ladrillos,
maderas, etcétera, se gastaron más de seis taeles y tres reales. {Al margen derecho: 6300}
- Por junio del dicho año de 1713, sé cayó el Kung pung de la iglesia con una media pared.
En componerla y en algunos remiendos, se gastaron más de cinco taeles. {Al margen derecho: 5000}
- Por agosto, noviembre, y diciembre de 1714, para cerrar la puerta de la calle de la casa accesoria
de la iglesia, remendar los tejados de la iglesia, y componer sus ventanas, y su
[ping fung], y otros remiendos, más de un tael y siete reales. {Al margen derecho: 1700}
- Por febrero y mayo de 1716, en varios remiendos, componen el [ping fung] de la portería,
el tablado del aposento de las tablas de libros, y algunas puertas, más de
dos taeles y cuatro reales. {Al margen derecho: 2400}
Suman: diez y nueve taeles y cuatro reales. {Al margen derecho: 19400}
Y no se han asentado los gastos de varias obrillas menudas que entre año se
han ofrecido a cada paso en la casa de Tien ma hiang; ni menos los que se han
ofrecido inexcusables en la casa de la villa de Sin hing hien; y también
en las dos iglesias de los leprosos de la ciudad de Xao King fu.
Fecha en Cantón y enero 2 de 1717 = Fray Ignacio de Santa Teresa
Memoria de las alhajas de la misión agustiniana que se han ido perdiendo desde enero de 1709.

Memoria de las alhajas de la misión agustiniana que se han ido perdiendo
desde enero, de 1709 =
Por enero, de 1709 hurtaron de la iglesia de la ciudad de Xao king fu unos
candeleros de [calain].
Por julio, de 1709 en la dicha iglesia hurtaron un frontal de [lama] con otras
alhajas para decir misa.
Por mayo, de 1712 me encontré en la iglesia de Tien ma hiang de Cantón con un
aparadorcillo de libros sínicos y algunos libros europeos, convertido totalmente
en ceniza y hormiga blanca. Entre los libros había dos de asientos de bautismos,
el antiguo del ministerio de Xao king fu, y el otro del ministerio de
la ciudad de Nan hiung fu, y otro de Sin hing hien. = Dicho mes me encontré también en la dicha
iglesia con siete imágenes europeas de lienzo, todas comidas de hormiga
blanca. Eran de las que se llevaron de la casa de Xao king fu el año de 1708. =
Por agosto, del dicho año de 1712 me encontré en la dicha casa de Tien ma hiang
en un cajón inglés perdido de la hormiga blanca, y algunos vestidos de seda, de
los que vinieron de Macao dicho año, y varios papeles de cuentas que estaban dentro
de él, convertidos en gusanos o hormiga blanca.
Por [octubre], de 1713 entraron los ladrones de noche en la casa de Xao king fu
y hurtaron de la petaquilla de bautizar lo que quisieron, dejando solo el ritual y
la cajuela de santos óleos, y también varios trastos de la casa.
Por agosto, de 1714 en la casa de Xao king fu me abrieron los ladrones la celda,
y se llevaron alguna plata y varios vestidos.
Por mayo, de 1715 en la iglesia de Xao king fu abrieron los ladrones una ventana, rompiendo
una barandilla, y se llevaron ocho candeleros de [calain] y otras alhajas de
[calain] y de bronce.
Por julio, de 1715 entraron los ladrones de noche en la casa de Xao king fu y se
llevaron todos los trastos de cocina etc.
Por mayo, de 1716 en la casa de Tien ma hiang me encontré una petaca de libros
sínicos del Confucio, y otros comidos de la hormiga blanca. Y dicho mes en la
casa de Xao king fu me encontré con otra petaca de libros sínicos de la ley
de Dios y otros, todos comidos de hormiga blanca.
Por abril, de 1713 en la casa de Xao king fu hurtaron los ladrones todo el recaudo de
bronce, que servía para los entierros de los cristianos, y otras alhajas de bronce, y [calain].

Por marzo, de 1715 en la iglesia reedificada de San Nicolás de Tolentino de la aldea de
Xuy keng puse una imagen nueva de lienzo de Nuestra Señora de Guadalupe de México,
de casi vara y media de alto; ítem una imagen de lienzo del salvador, de cuerpo entero,
poco más de dos palmos de largo, con su tabernáculo [enchalanado], todo viejo.
Cantón, y enero, 2 de 1717 años.
Memoria del recibo y gasto den los niños expósitos desde las últimas cuentas y que se embió a Manila al Padre Lector Tomás Ortiz por abril de 1713.

Memoria del recibo y gasto en los niños expósitos desde las últimas cuentas que
envié a Manila a nuestro padre lector Ortiz por abril, de 1713
A 26 de abril, de 1713, la plata de los niños expósitos sólo eran ochenta
y tres pesos y cuatro tomines. - 83 pesos 4 tomines.
A 30 de diciembre, de 1714 puse en el talego de los niños expósitos veinticinco
pesos por carta de nuestro padre Ortiz a cuenta de otros tantos, que en
Manila entregó el General Don Joseph Oscorta a nuestro padre Foronda. - 25 pesos.
Hoy 11 de febrero, de 1717 hallo que hay [error] de cuenta, o falta de asiento
en el recibo o sobra de asiento en el gasto. No sé en qué está el
[error]. Aún hay, como abajo se verá, catorce taeles, ocho reales
y un [fuen] para los gastos de los niños expósitos. = Según sale, hay
unos 17 taeles de exceso del gasto al recibo asentado, que serán más de 23 pesos.
Y así los agrego al recibo de estas cuentas. = 23 pesos.
Gasto.
El gasto del rescate y sustento de los niños del año de 1713 importó
diecinueve taeles, un real, un [fuen] y ocho [lyes] - 19118.
El gasto del año de 1714 importó dieciocho taeles, un real y seis [lyes] - 18106.
El gasto del año de 1715 importó veintiún taeles, dos reales y ocho [fuen] - 21280.
El gasto del año de 1716 hasta 10 de febrero, de 1717, día último de la duodécima
luna del año sínico del Kang hy 55, importó, en 13 lunas que ha tenido el
año sínico, dieciocho taeles, cinco reales, siete [fuenes] y dos [lyes]. - 18572.
Suman setenta y siete taeles, siete [fuenes] y seis [lyes]. = [£]77076.
A 11 de febrero, de 1717 y primero de la primera luna del Kang hy 56, ajusté las cuentas de los niños expósitos
hasta dicho día. Y he hallado que aún tienen catorce taeles, ocho reales y un [fuen] para
sus gastos desde el dicho día primero de la luna presente. En el bolsillo están los nueve taeles,
ocho reales y un fuen. Y el Ma fung Domingo, con quien hoy ajusté cuentas, las dará
de cinco taeles que están a su cargo para el gasto de los niños expósitos, que están en
su Hospital de Sta. Rita = Xao king fu, y febrero, 11 de 1717 años.
Hay en [ser]: 14 taeles, 8 reales y un fuen = Fray Ignacio de Santa Teresa.
Venta del esclavo Juan, casta malabar, de la casa de Antonio Bolaco, principal, al Padre Predicador Fray Juan de Vergara, prior del pueblo de Pasig. 1673

En el pueblo de Pasig jurisdicción de Tondo en doce días del mes de marzo de mill y seiscientos y setenta y tres años. Ante mi el escribano y testigos parecieron Don Alonso Alvaro y Don Juan de Velasquez y Don Augustin Pagauayan y como albaceas que dijeron ser los dos primeros y el postrero heredero de Don Sebastián Mangilog difunto por testamento que exhibió ante mi en lengua tagala hecho ante Don Juan Marlangysip Tanto escribano del gobernador deste dicho pueblo. Que por no conocer yo el escribano, dieron por testigos de su conocimiento al dicho Don Juan Marlangysip Tanto y Don Atanacio de la Cruz Gatdola fiscal mayor de este dicho pueblo que certificaron conocer a los otorgantes y serlos [contados] que llamarse assi como sea nombrado los cuales en presencia del reverendo padre Fray Carlos Bautista presidente de este dicho pueblo sin embargo de ser algo entendidos en nuestra lengua Castellana otorgaron todos tres juntos de [mancomund] y a voz de uno y cada uno por el todo insolidum renunciando como espressamente renunciaron las leyes de la mancomunidad división excursión como en ella se contiene que venden realmente con efecto al padre predicador Fray Juan de Vergara prior de este dicho pueblo es a saber un esclavo llamado Juan Casta Malabar criollo de la casa de Don Antonio Bolaca principal del pueblo de Mandada la visita de este de Pasig de edad de dies y ocho años poco más o menos, el cual le vende sin se lo asegurar de ninguna tacha defecto ni enfermedad pública ni secreta que tenga o tuviere más de que es esclavo de buen título y cautiverio sujeto a servidumbre libre de empeño hipoteca y de otro enajenación alguna por precio y quantia de sesenta y dos pesos y quatro tomines que por el dicho esclavo les ha dado y pagado en reales de contado de que se dieron por contentos y pagado a su voluntad por no parecer el dinero de presente renunciaron la excepción de la [pecunia] leyes de la entrega prueba y paga como en ella se contiene y como reales vendedores se obligaron al saneamiento del dicho esclavo en aquella vía y forma que más

haya lugar de derecho y a la firmeza obligación los bienes del dicho difunto con poderío a las justicias y jueces de su magestad con su misión a ellas y renunciación de leyes con la general del derecho en forma y así lo otorgaron en presencia de dicho reverendo padre siendo testigos Pedro de la Cruz, Capitán Don Augustin Hota y Juan Talag y los dichos Don Alonso Alvaro y Don Augustin Pagauayan lo firmaron y el dicho Don Juan de Veles que dijo no saber y así ruego yo firmó un testigo de los arriba nombrados fecho ut supra = enmendado = pecunia = [vale]
Hago mi signo = En testimonio de verdad
[N.s 6 t.o] en el papel
Joseph Nuñez de la Torre
Escribano Publico
Auto prohibiendo que presenten comedias, saraos y danzas sin autorización previa del vicario provincial. 1701.

[Im. 1]
Nuestro tanto simple del auto del Señor Camacho
mandando se presenten las comedias y entremeses al
vicario provincial antes de representarle
Caja Número 9 =
Legajo 5 =
Papeles de Tagalos =

[Im. 3]
[Nos], el doctor don Diego Camacho y Ávila, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica,
Arzobispo de Manila Metropolitano de estas islas Filipinas y gobernador
apostólico del obispado, sufragáneo de la Nueva Segovia, vacante del consejo
de su majestad = A vos los fieles cristianos, estantes, habitantes, y residentes en
la ciudad de Manila y en todo este nuestro arzobispado y en el Obispado de la Nueva Segovia
sede vacante que es a nuestro cargo, salud a nuestro señor Jesucristo. Ya sabéis
o debéis saber que la obligación principal del cargo y oficio pastoral que Dios nuestro señor
fue servido poner sobre nuestros flacos hombros, es evitar todas y cualesquier ocasiones
de pecados que se puedan perpetrar contra su divina majestad, más en estos tiempos en
que estamos experimentando todos los de la monarquía de España sus justos
enojos con tantos azotes de pestes, guerras, hambres, y la falta de sucesión a la
real corona en nuestro católico monarca, indignaciones todas que debemos considerar
merecemos de la divina justicia por nuestros pecados. Sobre que ya visteis y oísteis
las rogativas públicas que por tiempo de nueve días se hicieron por mandato de nuestro
rey y señor (que Dios guarde), para que con la reformación de costumbres, enmienda
de vidas, y frecuencia de sacramentos, se aplaque la justísima indignación de
Dios contra nosotros, que debemos temer más rigurosa si de nuestra parte no ejecutamos
tan católicos preceptos. En cuya atención, y porqué de la concurrencia
de hombres y mujeres en donde se representan comedias ya obscenas, ya trá[gicas]
y ejemplares se han experimentado y cada dia se experimentan muchas of[ensas contra]
Dios nuestro señor, cuya bondad inmensa debe ser infinitamente amada [ ] [recurso]
mismo de entrambos sexos en que el enemigo común no cesa ja[más] []
citar incentivos con que abrazar las almas en el fuego infernal de la concupiscencia,
como por lo que de semejantes comedias y representaciones se origina, ya por ser
ellas mismas arte diabólico de enseñar venganzas, duelos, liviandades, y de poner en
práctica modos y medios ilícitos y deshonestos de ofender la majestad de Dios. Y haciendo [stop here, 7-9-2024, decide whether this sentence belongs to the previous or next sentence]
ellos mismos el tropiezo y ocasión de semejantes culpas y maldades y de otras
muchas que vosotros no ignoráis y sabéis muy bien. Circunstancias todas que atentamente
vistas son saludablemente prohibidas por los sagrados cánones y especialmente por el
Concilio Toledano, cuya saludable resolución se tomó también en tiempo de nuestros católicos monarcas
(que santa gloria hayan) los señores Don Felipe segundo y Don Felipe cuatro,
el grande, habiendo sido este dictamen cristiano y político de la
mayor parte del real y supremo Consejo de Castilla, sobre que deseando como de-seamos
ejecutarlo para poner el remedio que ataje tan perniciosos daños en
vuestras almas, para que Dios nuestro señor sea más dignamente loado, servido, y venerado.
Y cumpliendo con nuestra obligación y oficio pastoral, desde luego para en adelante,
et in perpetuum, quitamos y prohibimos absolutamente todas, y cualesquiera
comedias, de cualquier especie que sean coloquios y entremeses de
cualquier idioma que fueren y escuadrones de mujeres de cualquiera

calidad que sean, y los saraos y danzas de dalagas que pasen de diez años de [edad]
y mandamos que no se puedan representar y hacer extramuros de la ciudad de Manila
en cualquier parte que sea. Y exhortamos, requerimos, y en virtud de [santa]
obediencia mandamos que todos los ministros doctrineros, seculares, o regulares, [párrocos]
de todos los pueblos, beneficios, o curatos de este nuestro arzobispado, y de el Obispado
de la Nueva Segovia vacante, alcaldes mayores, jueces y demás ministros [[de]]
su Majestad así de justicia como militares de todas las provincias y territorios de [[su]]
jurisdiccion, no manden, ni permitan que se representen en dichos sus pueblos, beneficios,
curatos, provincias, y territorios cualesquiera comedias, coloquios, o entremeses. Ni que [[se]]
hagan cualesquiera escuadrones de mujeres de cualquiera calidad y condición [[que]]
sean, ni saraos y danzas de dalagas que pasen de la dicha edad de diez años.
Ni para estas ni aquellas representaciones den favor, consejo, ayuda, ni presten [ vestidos,]
joyas u otras cosas para ellas, sopena de excomunión mayor latae sententiae
ipso facto incurrenda reservada años en que desde luego, y para entonces intentum
contraventionis. A todos los que así concurren los declaramos incursos,[[por]]
apercibimos que luego que por testimonio, o en cualquiera forma legítima, [nos] [evite]
de la violación de estos preceptos, serán denunciados puramente por [excomulgados.]
Y asimismo imponemos pena de cien azotes, y dos años de [galeras]
a cualesquiera indios, mestizos, japones, sangleyes, o de otra cualquiera
[[raíz]] que sean que representaren dichas comedias, coloquios, o entremeses [ ]
mujeres, dalagas o no dalagas, de cualquiera calidad y edad que sean [[que]],
hicieran dichos escuadrones dos años de reclusión en el Real Colegio de [Santa] Potenciana
para servicio personal de el. Y a las dalagas o mujeres que para [más]
de diez años de edad e hicieran dichos saraos y danzas en cualquiera [parte]
que se hagan, les imponemos pena de cinquenta azotes dados [públicamente]
a vista de todo su pueblo que se ejecutará irremisiblemente. Y asimismo
mandamos en virtud de santa obediencia a todas y cualesquiera [personas]
de cualquier estado, dignidad, preeminencia, condición, y [profesión]
que sean, que no hagan representar, ni representen semejantes comedias,
coloquios, o entremeses dentro de la dicha ciudad de Manila
si no fueren con las calidades y condiciones siguientes: Primero, []
que siempre et in perpetuum empiezen las dichas comedias de día [y]
concluyan antes de ponerse [el] sol, esto es luego que den las [asa[ ]]
[rias] en nuestra Santa Iglesia Catedral Metropolitana de [estas]
Islas. Ítem que los representantes de ellos sean todos [hombres]

[Im. 5]
y de ninguna suerte ni manera mujeres. Yten que las comedias,
coloquios, o entremeses que así se representaren sean honestas
es a saber de vidas de santos, o trágicas y ejemplares, y de
ningún modo obscenas, y de amores ilícitos, e incitativas a mal. Y para
efecto de ver y reconocer si en dichas comedias, coloquios, o entremeses
que se hubieren de representar dentro de dicha ciudad de Manila,
en cualquiera parte que sea, contienen algunas
proposiciones irrisorias de las cosas sagradas, o contra las buenas
costumbres de las virtudes morales, mandamos que
todas las dichas comedias, coloquios, o entremeses que en adelante
se hubieren de representar dentro de la dicha ciudad
se presenten dos meses antes de su representación ante nuestro provisor
y vicario general para que las apruebe, cometiendo su censura
a la persona que le pareciere convenir para que vistas mande lo que
conviniere conforme a las dichas condiciones y moderaciones. A las
cuales mandamos en virtud de santa obediencia sea []
todos así los españoles, como otros de cualquiera [forma]
y condición que sean, so pena de excomunión mayor latae sententiae
ipso facto incurrenda, reservada años en que luego
que contravengan y falten a cualquiera de las dichas
condiciones y moderaciones, los declaramos incursos. Y amonestamos
a todos los mencionados en este edicto españoles,
indios, o de otra cualquiera nación que sean, que de faltar
segunda vez a todo lo mandado y expresado, además
de las penas arriba impuestas se les impondrá la de perdimiento
de la mitad de todos sus bienes, luego que constare
de la violación y quebrantamiento de estos preceptos. Y para
que venga a noticia de todos, y ninguno pueda alegar ignorancia,
mandamos se publiquen y fijen estos nuestros
edictos en las partes acostumbradas así de este nuestro arzobispado,

[Im. 6]
como del Obispado de la Nueva Segovia sede vacante. Y el
mismo se remitan a todos los alcaldes mayores de toda esta archidiócesis,
y de la dicha de Nueva Segovia, para que habiendo los [leído]
y entendido los entreguen a los jueces eclesiásticos, ministros
doctrineros, seculares, o regulares de todas sus provincias [para que]
los manden publicar, y den a entender a sus feligreses [como]
está expresado y mandado, so las penas impuestas dado [en]
esta casa del río extramuros de la ciudad de Manila.
Firmado de nuestro nombre, sellado con el sello de nuestras armas, y represendado
de nuestro infrascrito secretario en el veinte y ocho días del mes de febrero de mil setecientos y un años
= Diego Arzobispo de
Manila = Por mando de su señyoría ilustrísima el arzobispado mi señor
Don Francisco Santos de Oliveros, secretario.
Sobre pleito que este Convento de Tondo siguio contra el guardia de Bangcosey. 1683

Tanto del
pleito que
este Convento de Tondo siguió
contra el guardia de
Bangcosey
Sobre el amparo
en la posesión
de las tierras llamadas
Lalangoyan
Año de 83
y otros papeles
Tondo
Caja número 9
Papeles de tagalos
Legajo quinto

{Al margen derecho: Folio 1}
Tanto del pleito
de Bangcosey
Fray Gaspar de San Agustín procurador general de esta provincia
del santísimo nombre de Jesús de Filipinas del Orden de los Ermitaños
de nuestro padre San Agustín. Digo que al derecho de dicha mi provincia conviene
y especialmente al Convento de Tondo que el presente
escribano de gobernación y guerra me dé un testimonio y tanto de
los autos que ante vuestra señoría sean seguido contra el Capitán Francisco
de Rivera guarda mayor que fue del estero llamado Bangcosey que
está en tierras propias del dicho Convento de Tondo sobre haber
pretendido dicho guardia eximirse de pagar cinco pesos que desde el tiempo
en que se abrió dicho estero se han pagado al dicho Convento de Tondo por
orden de los señores gobernadores antecesores de vuestra señoría el cual se
siguió con vista del señor fiscal de su majestad hasta la sentencia
definitiva por tanto.
A vuestra señoría pido y suplico se sirva de mandar se me dé dicho tanto y testimonio
de los autos en pública vía y forma que haga fe en juicio quien
ello recibiré justicia que pido y juro in verbo sacerdotis no ser de malicia
este mi pedimento. Fray Gaspar de San Agustin.
Manila y diciembre 1 de 1683 años. Dé se le. Luego está una
rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador y capitán general de
estas islas - Velmonte.
En cumplimiento del decreto de esta otra parte de su señoría el señor
presidente gobernador y capitán general de estas islas Filipinas, yo el capitán
Don Francisco Velmonte oficial mayor de la secretaría de gobernación
y guerra de estas islas y escribano público, uno de los del número de esta
ciudad de Manila su término y jurisdicción por su majestad hice
sacar y saqué el testimonio que por la petición de esta otra parte se pide
y por dicho decreto se manda que su tenor a la letra es como se sigue.

{Al margen izquierdo: Petición}
El Capitán Francisco de Rivera, guardia mayor del pueblo de Tondo.
Dice que todos los meses efectivos está pagando cinco pesos del río
por donde pasan las bancas al Convento de Tondo por cuanto
dice el padre prior de dicho pueblo que son tierras del convento
donde se abrió el estero. Por lo cual, a vuestra señoría pide
y suplica sea servido de que no pague tal imposición que en
ello recibirá bien y merced de vuestra señoría etcétera. Francisco de Rivera.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila, y julio diecisiete de mil seiscientos ochenta y dos años.
Informe el alcalde mayor lo que hay en ello. Al pie está
una rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador y capitán
general de estas islas. Perea.
{Al margen izquierdo: Informe}
El alcalde mayor de la jurisdicción de Tondo. Dice que se ha
informado de los principales del pueblo de Tondo
que cuando se abrió el estero de dicho pueblo para comunicarse
con el río que va al de Tambobo por haberse
cerrado la boca de Bangcosey con el grande baguio que hubo.
Se convino el guardia mayor que, entonces, era el Capitán
Juan de Castro y Valdés de dicho pueblo, con el reverendo
padre Fray Dionisio Suárez, prior del convento de él, por estar
entonces reedificando la iglesia de que daría cinco pesos
todos los meses para ayudar a los gastos de dicha iglesia
y convento hasta que se acabase la obra de ella por decir dicho reverendo
padre que la tierra que rompieron para hacer dicho estero
era de dicho convento y que, a tres años, se acabó la iglesia
y convento de dicho pueblo y, sin embargo, se prosigue
con la saca de los cinco pesos. Sobre ello vuestra señoría mandará lo que
fuere servido que será lo mejor. Tondo y julio dieciocho
de mil seiscientos ochenta y dos años. Don Joseph
de Samonte.
{Al margen izquierdo: Decreto}

{Al margen derecho: 2}
Al asesor. Rubricado de su señoría. Velmonte.
Manila y agosto diecisiete de mil seiscientos y ochenta
y dos años. El reverendo padre prior del pueblo
de Tondo, dentro del tercero día exhiba en el superior
gobierno el título que tuviere por el cual cobra
cinco pesos cada mes del guardia mayor de la estacada y pueblo
de Tondo, y en el ínterin, este retenga en sí la cantidad
que corriere hasta la determinación de este negocio. Al pie
está una rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador
y capitán general de estas islas. Licenciado Lezama. Perea.
En el pueblo de Tondo en veinte horas del mes de agosto
de mil seiscientos ochenta y dos años. Yo, el capitán Don Joseph
de Samonte y Ramírez, alcalde mayor y capitán a guerra en
esta jurisdicción por su majestad y juez [regidor] en ella en virtud
de auto de los señores presentes y oidores de la Audiencia y
Chancillería Real de estas islas y con asistencia de mis testigos acompañados
que lo fueron Felipe de Páez y Tomás Guerrero por
mi nombrados y jurados como consta del recaudo original
que está en el archivo de este juzgado a qué me refiero. Leí
y notifiqué el decreto de esta otra parte de su señoría al señor
presidente gobernador y capitán general de estas dichas islas al reverendo
padre Fray Carlos Bautista prior del convento de este dicho
pueblo de Tondo. Según y como en él se contiene y entendido,
dijo que no tiene recaudo ninguno que exhibir y esto dio.
Por su respuesta de que doy fe y lo firmé con mis testigos acompañados
siéndolos instrumentales. Andrés Navarro y Don Marcos
de los Santos, Samonte, Felipe de Páez, Tomás Guerrero.
Fray Miguel Rubio religioso del Orden de Nuestro Padre San
Agustín y prior del convento del pueblo de Tondo con la licencia

de mi presidente que con esta presentó como de derecho mejor lugar hubiere,
parezco ante vuestra merced y digo que dicho convento tiene derecho
a la cobranza, de un cuartillo de cada embarcación de las que entran
y salen por el estero de dicho pueblo cuyo derecho, tuvo su principio
por razón de haberse [havicitto] dicho estero en tierras de dicho convento
de que cobraba sus arrendamientos. Y después los padres priores,
mis antecesores arrendaron la dicha cobranza de un cuartillo [a]
algunas personas por cinco pesos en cada un mes los cuales pagaron
con mucha puntualidad los bantayes antecesores de este. Y el que
al presente guardia mayor de dicho pueblo de Tondo, no quiere dar la
cantidad referida, diciendo no pertenecer a dicho convento siendo
como es así el derecho de la propiedad como el de la posesión
de la cobranza, constante por instrumentos conviene se me [reciba]
información de lo referido, por ser público y notorio son dichas
tierras de dicho convento. Y dada la parte que baste se me entregué
originalmente, para el título en lo venidero, atento a lo cual
ya que el General Sebastián Rayo Doria es el testigo de más
excepción que en la materia puede deponer como alcalde mayor
que era el tiempo que dicho estero se abrió y tiene las individuales
noticias de todo como lo da a entender en su carta misiva
que presentó con el juramento necesario por tanto.
A vuestra merced pido y suplico se sirva de haberla por presentado y que mande la
reconozca en lo que hiciere al caso y declare como testigo y
se me examinen los demás que presentare. Y hecha la dicha información
se me entregué como llevó pedido y para su mayor
justificación, sea con citas de la comunidad del dicho pueblo y del guardia
mayor, que en ello pido justicia y juro en forma no ser
de malicia y lo necesario etcétera. Otro así pido y suplico
a vuestra merced se sirva por excusar gastos de cometer el reconocimiento
y declaración del General Sebastián Rayo a cualquier
escribano público o real y la demás información al escribano público
de dicha jurisdicción y relator de la Real Audiencia

{Al margen derecho: 3}
de estas islas pido justicia. Ut supra. Fray Miguel Rubio.
En la ciudad de Manila en quince días del mes de junio de
mil seiscientos y ochenta y tres años, ante el señor capitán Don Alonso
de León alcalde ordinario de esta ciudad su término y jurisdicción
por su majestad. Se leyó esta petición que presentó el contenido en ella
con los demás recaudos visto por su merced, uno y otro
lado por presentado y mandó se haga como esta parte lo pide,
y que el presente escribano u otro público o real de los de esta
ciudad, reciba la declaración y juramento, al General Sebastián
Rayo Doria. Y para la información que ofrece daba
y dio comisión en bastante forma la que de derecho se requiere
y sea necesario al capitán Don Luis de Escobar relator de la
real audiencia de estas islas que para ello, y su autoridad desde
luego sellada en forma y conforme a derecho, y por este
auto así lo proveyó, mandó y firmó. Don Alonso de León.
Ante mí Baltazar de Lerma escribano público.
{Al margen izquierdo: Licencia}
Fray Joseph Duque comisario del santo oficio y provincial, de
esta Provincia del Santísimo Nombre de Jesús de Filipinas, del
orden de los ermitaños de nuestro padre, San Agustín, etcétera.
Por la presente doy licencia al padre lector Fray Miguel Rubio
prior de nuestro Convento de Tondo para que pueda parecer en
juicio ante cualquier justicias de su majestad para seguir y contestar
cualquiera pleitos perteneciente al útil de dicho nuestro
convento y fenecerles hasta la definitiva representando jurídicamente
nuestra persona y usando de toda aquella autoridad
que según nuestras sagrados constituciones le puedo comunicar.
Dada en nuestro Convento de San Pablo de Manila
en catorce de junio de mil seiscientos y ochenta y tres años, sellada
con el sello menor, de nuestro oficio y refrendada
de nuestro secretario. Fray Joseph Duque provincial.
Por mandado de nuestro padre provincial Fray Francisco de Zamora
definidor y secretario de provincia.
{Al margen izquierdo: Carta}
Mi padre lector Fray Miguel Rubio. Dios dé a vuestro padre las Pascuas

que me comunica, con el misterio del espíritu del señor para que
haga las operaciones de su santo servicio en beneficio de sus
criaturas con el don que recibieron sus apóstoles con la prometida,
venida esmaltándole su gozo con aquel inefable fíat.
Para que lo que el sacrificio de su voluntad a mayor honra y
gloria suya como lo confío de su infinita misericordia para
que propague y fecunde en los ciegos la luz del evangelio.
El reverendo padre Fray Antonio Gutierrez se fue sin respuesta
porque llegó a ocasión que citado esperaba dos religiosos
dejándole, con el general Don Nicolás de Pamplona, quién
fue llamado y quedó solo con alto sentimiento mío pídale vuestra padre
de mi parte me perdone. Que no estuvo en mi mano lo atento
y lo cortes, los papeles han de estar en el archivo de Tondo
o en él de ese santo convento por donde consta tuve orden
del señor maestro de campo Don Manuel de León siendo
presidente gobernador y capitán general de estas islas. Para que
abriese el estero providente a reparar los daños que se reconocían
en muchas bancas que se pierdan para entrar
por la barra del río en tiempo de vendavales y reconociendo,
que el sitio por donde le abrieran tierras de ese santo
convento para abreviar su abertura, me compuse con el reverendo
padre Fray Luis de Montúfar prior de ese santo convento
a la sazón de qué diesen las embarcaciones de trato. Que por él pasasen
un cuartillo de limosna al convento de que se dio parte
al señor gobernador por mi y convinieron en ello. Y mediante
el permiso que dio el reverendo padre prior Fray
Luis de Montúfar se abrió el estero con gozo universal
por ser el beneficio procomunal que todos reconocieron
después. Entendí dio su facultad el padre prior al guardia
mayor para que cobrase por un tanto que le daba cada
mes, y que en esa forma se fue continuando todo

{Al margen derecho: 4}
el tiempo que [fue] alcalde mayor y después cesando la
inopia, que antes se padecía en todo me tiene vuestro padre [d.] muy
reconocido a su servicio deseando verle para mi consuelo
la divina majestad guarde a vuestro padre muchos años y conserve
en su gracia. Fuerza Santiago y junio seis de mil seiscientos
y ochenta y tres años. De vuestro padre [d.] servidor y amigo
que su mano besa. Sebastián Rayo Doria.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En el pueblo de Tondo extramuros de la ciudad
de Manila en dieciséis días del mes de junio de mill seiscientos
ochenta y tres años. Yo el escribano cite en forma para
efecto de lo que el auto proveído a la petición de la primera
hoja a los maestros de campo Don Lorenzo Bernal de Guevara,
Don Melchor Márquez de los Reyes, y a los capitanes
Don Fernando Salonga, Don Francisco Javier
de León, Don Jerónimo de Lara, Don Juan Ligua,
y Don Matías de Herrera, principales y cabezas de barangay
del dicho pueblo y a otros que se hallaron presentes en
voz y en nombre de la comunidad de dicho pueblo ladinos bastantemente
en nuestra lengua castellana que porque fueron no
fue necesario intérprete y habiéndolo entendido. Dijeron
que lo oyen y se dan por citados y lo firmaron lo que supieron.
Don Lorenzo Bernal de Guevara. Don Melchor
Márquez. Don Matías de Herrera. Don Juan Manimtim
Liuag. Don Francisco Javier de León. Don Fernando
Salonga. Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Notación}
En dicho pueblo de Tondo en dieciocho de junio de mil seiscientos
y ochenta y tres años. Yo el escribano hice otra citación como
la de arriba al Capitán Francisco de Rivera guardia mayor de este
dicho pueblo para el dicho efecto el cual habiéndolo entendido
dijo que lo oye y se da por citado y lo firmó de que doy fe.

Francisco de Rivera. Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Notación}
En la Fuerza Santiago de la ciudad de Manila
en dieciocho días de junio de mil seiscientos y ochenta y
tres años yo el presente escribano en virtud del auto
del señor capitán Don Alonso de León alcalde ordinario
de la ciudad su término y jurisdicción por su majestad. Al General
Sebastián Rayo Doria para que haga la declaración que
pide el reverendo padre Fray Miguel Rubio prior del Convento
de Tondo el cual en su cumplimento juro por Dios nuestro señor
y una señal de la cruz en forma de derecho, su cargo del cual prometió
decir verdad en lo que supiere y siéndole preguntado
{Al margen izquierdo: Declaración}
por el tenor de la carta presentada. Dijo que la reconoce por
suya y la escribió a dicho reverendo padre Fray Miguel Rubio
en respuesta de otra, que recibió suyo y que todo lo que contiene
en ella pasó el tiempo de querer abrir el estero en que sea
firma y ratificó y declaró ser de más de cincuenta años y que las
generales de la ley no le tocare y lo firmó. Sebastián Rayo Doria.
Ante mí Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Información. Testigo.
Capitán Juan Ramos
de 73 años}
En el pueblo de Binondo en veintidós días del
mes de junio de mil seiscientos ochenta y tres años. El reverendo
padre Fray Miguel Rubio prior del Convento del Pueblo
de Tondo para la información que ofreció en su escrito
de quince del corriente, presentó por testigo al Capitán
Juan Ramos de quien en virtud de la comisión que por el auto
a dicho escrito proveído se me da. Le recibió juramento que lo
hizo por Dios nuestro señor dicha señal de la cruz según forma
de derecho y so cargo del prometió de sin verdad en
lo que supiere y se le fuere preguntado y siéndolo por
el tenor de dicho escrito. Dijo que lo que sabe

y pasa el que cuando se abrió el estero del pueblo de Tondo
era este testigo guardia mayor que por haberse abierto en tierras
que eran del convento de dicho pueblo con consentimiento
del padre prior que entonces era Fray Luis de Montúfar.
El General Sebastián Rayo que era alcalde mayor
le ordenó a este testigo, cobrase un cuartillo de las embarcaciones
y se diese al dicho convento. Y este testigo se concertó
con dicho padre prior en que le daría tres pesos por cada cobranza
al mes y que después dio cuatro pesos y todo el tiempo que
fue guardia mayor acudió a dicho convento con dicho cuatro pesos
al mes y que los guardias mayores que les subsidiaron daban cinco
pesos por cada cobranza en cuya conformidad los dichos
guardias mayores cobran de las embarcaciones. Y por dicha cobranza
pagan los dichos cinco pesos y esto dijo ser la verdad
so cargo del juramento que ha hecho en que sea firmó y ratificó
y declaró ser de setenta y tres años de edad y lo firmó. Juan
Ramos. Don Luis de Escobar escribano público.
{Al margen izquierdo: Testigo Alférez
Roque López de
Meza de 50 años}
Incontinenti dicho padre prior de Tondo para su dicha información.
Presenté por testigo, al Alférez Roque López de
Meza residente en el pueblo de Tondo, de quien en virtud
de dicha comisión recibí juramento, que lo hizo por Dios nuestro
señor y la señal de la cruz y so cargo del prometió decir verdad
en lo que supiere y se le fuere preguntado y siéndolo por el
tenor de dicho escrito. Dijo que lo que sabe y ha visto
como quien a muchos años que vive en dicho pueblo de Tondo
es que desde que se abrió el estero de dicho pueblo los guardias
mayores que han sido, han dado al convento de dicho pueblo
cinco pesos y los primeros meses, a tres, y a cuatro. Y que la
razón según de público y notorio se sabe, es, y ha sido
porque dicho estero se abrió por tierras que tenía dicho convento

y las arrendaba y que para que el padre prior que era de
Tondo cuando se abrió diese permiso para abrirse el General
Sebastián Rayo de orden del señor Don Manuel de León dio
permiso para que las bancas que entrasen y saliesen por dicho estero
a contratar diesen un cuartillo a dicho convento en recompensa
de lo que rentaban y que esta cobranza la arrendó y la
arrendado los padres priores a los guardias mayores. Y que corrió
a dichos los primeros meses fue por tres pesos y luego a cuatro y por
último llegó a cinco pesos en lo cual se ha quedado. Y todos
los guardias mayores han acudido a dicho convento en cada
un mes con dicho cinco pesos lo cual como ha dicho ha sido público
y notorio y voz comunidad sin que haya habido cosa en contrario
y esta dijo ser la verdad verdad so cargo del juramento
que ha hecho en que sea firmó y ratificó después de haber
lo leído y declaró ser de más de cincuenta años y lo firmó,
de que doy fe. Roque de Meza. Don Luis de Escobar
escribano público.
{Al margen izquierdo: Testigo capitán Don
Jerónimo de Lara de
47 años}
En dicho pueblo de Binondo en veintiocho días del
mes de junio de mil seiscientos ochenta y tres años. El dicho
padre prior para su información, presentó por testigo,
a Don Jerónimo de Lara principal del pueblo de Tondo,
del cual recibí juramento que lo hizo por Dios nuestro
señor y la señal de la cruz, y so cargo de él prometió
decir verdad en lo que supiere y se le fuere preguntado
y siéndolo por dicho escrito. Dijo que como
quien asiste de escribiente al General Sebastián
Rayo Doria todo el tiempo que fue alcalde mayor
de esta jurisdicción, y como quien fue gobernador [de] dos años, de dicho
pueblo de Tondo. Sabe que cuando se trató de abrir el
estero de dicho pueblo se reconoció la tierra por donde se había
de abrir y porque eran del convento de dicho pueblo

{Al margen derecho: 6}
y la tenía arrendadas a diferentes personas el dicho General Sebastián
Rayo Doria, escribió por medio de este testigo al señor
Don Manuel de León gobernador y capitán general, que era de estas
islas, diciéndole que para que se consiguiese la abertura del estero
que tan necesario era al [común] por las muchas pérdidas que
en tiempo de vendavales había en las embarcaciones, en la
costa diese permiso para que después de abierto, las embarcaciones
que entrasen con géneros para vender, pagase cada una
un cuartillo para dicho convento. Y que dicho señor gobernador dio
su permiso para ello. Por cuya razón, y enterado de ello
el padre Fray Luis de Montúfar, que era prior, dio consentimiento
para que se abriese dicho estero y que el Capitán Juan
Ramos, que en la ocasión era guardia mayor asentó con
dicho padre prior el darle un tanto, en cada un mes por
dicha cobranza. Y que no se acuerda, este testigo, cuánto fue lo
que daba, pero que el Capitán Juan de Castro que le subsidió
y todos los demás guardias mayores han dado cinco pesos en cada
un mes a los padres priores. Y que esto lo sabe así de público
notorio como porque el tiempo de los dos años que fue gobernador
de dicho pueblo de Tondo, se pagaban dichos cinco pesos en cada
un mes por mano de este testigo que las mismas guardias llevaban
dichos cinco pesos y los entregaban al padre prior. Y que
esto es y ha sido tan público y notorio que no se puede decir
con verdad cosa en contraria por serlo solo lo que lleva referido.
En lo cual después de habérselo leído se afirmó y ratificó
y declaró ser de cuatro y siete años de edad. Y no firmó
porque dijo que ha cuatro años que está impedido de la
vista de que doy fe y de que no fue necesario intérprete por ser

ladino. Don Luis de Escobar escribano público.
{ Al margen izquierdo: Testigo Don Juan Polintan de 60 años}
Incontinenti dicho padre prior para dicha información
[presentó] por testigo a Don Juan Polintan natural y principal
del pueblo de Tondo, del cual sin necesidad de intérprete por
ser ladino. Recibí juramento que lo hizo por Dios nuestro señor
y la señal de la cruz so cargo del cual prometió decir verdad
en lo que supiere y se le fuere preguntado y siéndolo por dicho escrito.
Dijo que lo que sabe como natural de dicho pueblo, es que
la tierra, que se rompió para abrir el estero que hoy tiene el
pueblo era del convento de él y que los padres priores la tenían
siempre arrendada a sangleyes, lecheros y pateros. Y que cuando
se trató de abrir dicho estero fue pública voz que se le prometió al
padre prior se le cobraría un cuartillo de todas las embarcaciones
que entrasen a vender [maga valijas]. En cuya virtud el
padre prior que era entonces Fray Luis de Montúfar, dio licencia
para que se abriese dicho estero. Y que asimismo sabe de público y notorio
que los guardias mayores han tenido a su cargo esta cobranza
y por ella han dado cada un mes al padre prior cinco pesos
y que muchas veces se ha hallado presente este testigo al tiempo
que dichos guardias mayores han ido a entregar dichos cinco pesos.
Y que no sabe ni tiene noticia que haya habido en esto contradicción
ni reparo alguno. Y esto dijo ser la verdad so cargo
del juramento que ha hecho en que después de habérselo leído
se afirmó y ratificó y declaró ser de sesenta años y lo firmó
de que doy fe. Don Juan Polintan. Don Luis de
Escobar escribano público.
{Al margen izquierdo: Petición}
Fray Miguel Rubio religioso de la Orden de San Agustín
y prior del Convento del Pueblo de Tondo dice que como
consta de los recaudos que presenta con la solemnidad

{Al margen derecho: 7}
necesaria dicho convento tiene derecho a la cobranza de un cuartillo
de cada una de las embarcaciones que entran por el estero de
dicho pueblo de Tondo que traen géneros para vender por haberse abierto
dicho estero por tierras de dicho convento que antes le rendían arrendamiento.
Y no solo ha perdido dicho convento las tierras que cogen
dicho estero sino otras cercanas por anegarse con agua salada
que le entra por dicho estero. Y asimismo consta por dichos recaudos
que el derecho de dicha cobranza desde su principio y después acá le han
arrendado los guardias mayores de dicho pueblo por cinco pesos, en
cada un mes, que han dado a dicho convento. Y porque con el transcurso
del tiempo no se pierda la noticia y origen de este derecho ni
los guardias mayores dejen de acudir con dichos cinco pesos o un cuartillo
de cada banca de las que trajeran que vender, y para que
siempre consta de él legítimo título que se tiene para lo referido,
a vuestra señoría pide y suplica se ha servido de haber por
presentados dichos recaudos. Y en su virtud se sirva de mandar
al alcalde mayor que hoy es de Tondo y a los que en adelante fueren
notifique al guardia mayor que es y a los que le subsidiaren
acudan a dicho convento con dichos cinco pesos o el cuartillo como
dicho es, en cada un mes. Y de no querer se abstengan y alcen
en la mano en la cobranza para que el prior la encomiende
a quien la haga. Y en caso necesario apruebe y conforme, vuestra señoría
lo tratado en razón de dicha cobranza al tiempo que se abrió
dicho estero que en todo recibirá merced de la mano de vuestra señoría.
Fray Miguel Rubio.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y julio ocho de mil seiscientos y ochenta y tres. Al asesor.
Al pie está una rúbrica que parece ser de su señoría el señor
presidente gobernador y capitán general de estas islas. Perea.
{Al margen izquierdo: Ítem}
Manila y julio diecisiete de mil seiscientos ochenta
y tres. El guarda mayor de Tondo [pagué] al reverendo padre

prior del pueblo de Tondo los cinco pesos que constan haberse pagado
en cada un mes de arrendamiento del estero por donde
pasan las bancas o de razón suficiente por qué no lo deba hacer
dentro del segundo día. Rubricado de su señoría. Licenciado
Lezama. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En el pueblo de Tondo en veintiuno de julio
de mil seiscientos y ochenta y tres años. Yo escribano, leí y notifiqué
el auto de arriba del señor, gobernador y capitán general
de estas islas según y como en él se contiene al Capitán
Francisco de Rivera guardia mayor de dicho pueblo el cual
habiéndolo entendido dijo que lo oye y que se le entreguen
los autos para responder y esto dio por su respuesta
de que doy fe y lo firmó. Francisco de Rivera. Ante mi,
Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Memorial}
El Capitán Francisco de Rivera guardia mayor del pueblo de Tondo
en lo que tiene pedido el reverendo padre Fray Miguel Rubio prior
del convento de dicho pueblo, sobre que el suplicante como tal
guardia mayor le pague cinco pesos todos los meses por el estero, en
que pasan las bancas del trajino por decir pertenecer las tierras
a dicho convento. Dice que habiendo notificado el decreto de vuestra señoría
de diecisiete de agosto del año pasado al reverendo padre
Fray Carlos Bautista prior entonces de dicho convento para que
exhibiera, los títulos que tuviese, de ser las tierras de dicho estero
perteneciente a dicho convento respondió no tener ninguno. Y
para a continuación de dicha cobranza dicho reverendo padre
prior en virtud de otro decreto, ha dado información
sin haber representado recaudo de compra de limosna, o por otra
causa o razón, a dicho convento por lo cual y para
el caso se concluya. A vuestra señoría pide y suplico se sirva de

{Al margen derecho: 8}
mandar se acumule, a este memorial y recaudos que presenta
la información que dio dicho reverendo padre prior y con vista
de ellos, se remita, al fiscal de su majestad, como protector general
de los naturales de estas islas que en ello recibirá bien y merced, etcétera.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Francisco de Rivera. Manila y julio veintiocho de mil seiscientos
y ochenta y tres. Vista al señor fiscal con los autos que contiene
este escrito. Rubricado de su señoría. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Informe del
fiscal de su majestad}
El fiscal de su majestad ha visto el memorial del Capitán Francisco
de Rivera guardia mayor del pueblo de Tondo con los recaudos
adjuntos sobre pretender que no debe pagar cinco pesos en cada
un mes al reverendo padre prior del convento de dicho pueblo de la
Orden del Señor San Agustín por razón del pasaje y trajino
de las bancas por el estero del por no haber presentado dicho
padre prior títulos ni recaudos algunos por donde conste
haberse abierto dicho estero por tierras del dicho convento con
los demás alegado. Dice que vuestra señoría tiene ya dada providencia
sobre esta materia, pues con vista de la información que dio
dicho padre prior en que probó la cuasi posesión en que estaba
dicho convento de cobrar los reverendos padres priores del
cinco pesos en cada un mes de dichos guardias mayores. Fue vuestra señoría
servido de mandar por su decreto de diecisiete de julio de
este presente año que el guardia mayor de Tondo pague el reverendo
padre prior de dicho pueblo los cinco pesos que constan haberse
pagado en cada un mes de arrendamiento del estero por
donde pasan las bancas o que diese razón suficiente
por qué no lo debe hacer dentro de segundo día. Y habiéndosele
notificado este decreto a dicho guardia mayor en veintiuno
de dicho mes y año. No ha mostrado hasta ahora razón
alguna por donde se pudiese eximir de hacer la dicha

paga ni dentro del término de los dos días como debía, ni aún
después de ellos. Pues aunque presentó memorial siete días después
de dicha notificación (caso negado que se le debiese admitir
razón alguna fuera del término que se le señaló). La
que alega en dicho memorial es frívola y sin fundamento
alguno como es decir que dicho padre prior actual no ha exhibido
títulos ni recaudos algunos de compra o donación
de las tierras por donde se abrió el estero. Porque aunque vuestra señoría
por su primer decreto de diecisiete de agosto del año pasado
de ochenta y dos proveído a otro memorial de dicho guardia mayor.
Fue servido de mandar que el reverendo padre prior del
pueblo de Tondo exhibiese dentro de tercero día en el superior
gobierno el título que tuviese por el cual cobra cinco pesos
cada mes del guardia mayor de la estacada y pueblo de Tondo.
Y que el ínterin este retenga en sí la cantidad que corriere
hasta la determinación de este negocio. Pero habiéndose después
probado dicho padre prior en la información que presentó, en
defecto de títulos, la cuasi posesión en que han estado siempre
los reverendos padres priores de dicho pueblo de cobrar por arrendamiento
los cinco pesos de los guardias mayores de Tondo. Con vista
de esta información, recayó el segundo decreto referido
de diecisiete de julio de este año que miró a la manutención
de dicha cuasi posesión, por el cual quedó evacuada ya la obligación
de presentar dicho padre prior actual títulos algunos de las tierras
por donde se abrió el estero. Y porque en el interdicto posesorio
retinende (de qué se vale dicho padre prior), solo se atiende
a la posesión vel quasi en que alguno está al tiempo en que se movió
el pleito para que deba ser manutenido y amparado en ella
en el ínterin que se ventila sobre el juicio de la propiedad y justicia
de dicha posesión por las reglas ordinarias de la manutención. Conforme
a derecho, siguiese de necesidad precisa que hallándose los

reverendos padres priores de dicho convento en la cuasi posesión de cobrar
dichos cinco pesos cada mes de arrendamiento. Y el prior actual,
estando en ella al tiempo que se movió este litigio confesada
dicha cuasi posesión por el guardia mayor, presente en su primer memorial
de diecisiete de julio de ochenta y dos, debe ser manutenido
y amparado dicho padre prior absolutamente en ella en cuya atención.
Vuestra señoría siendo servido podrá mandar que su decreto de
diecisiete de julio de este año corra absoluto. Y que en su
consecuencia, se le manutenga llanamente al reverendo padre prior
que hoy es. Y a los que en adelante lo fueren en la cuasi posesión
en que se hallaba al tiempo que le inquietó en ella dicho
guardia mayor y que éste le restituya todos los corridos que ha
retenido en su poder desde diecisiete de agosto de ochenta
y dos los cuales por el primer decreto de vuestra señoría. Se mandó los
retuviese hasta el fenecimiento de este negocio, pues dichos corridos
le pertenecen jurídicamente a dicho padre prior en consecuencia
de la manutención condenándole asimismo al dicho guardia
mayor a que pague a la otra parte las costas que hubiere causado
en este litigio por haber aquello litigado injustamente. Y que en caso
que dicho guardia mayor se quiera excusar por algún pretexto o color
de haber la dicha paga, alce la mano, en dicho arrendamiento
y cobranza del pasaje de las bancas por dicho estero, para que dicho padre
prior la encomiende a persona, que la haga reservando su derecho a salvo
al real fisco, para que sobre el juicio de la propiedad de dichas
tierras, pida lo que le convenga. Manila y septiembre veinticuatro
de mil seiscientos y ochenta y tres. Doctor Fuentes.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y noviembre dos de mil seiscientos y ochenta
y tres. Asesor rubricado de su señoría. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Ítem}
Manila y noviembre cinco de mil seiscientos y ochenta y tres
amparase al reverendo padre prior del pueblo de Tondo que es y en los

que en adelante fueren en la posesión de la cobranza de cinco pesos
en cada un mes en el estero del pueblo de Tondo y el guardia mayor
de Bangcosey, a cuyo cargo esta dicho estero pagará los cinco pesos
en cada un mes a dicho reverendo padre prior. Y se reserva
el derecho a salvo a los naturales de dicho pueblo y al real fisco
para que sobre la propiedad de dichas tierras tuviesen que pedir lo haga
como les convenga. Y así lo mandó y firmó su señoría comparecer
de su asesor y se comete la notificación a cualquier escribano público
o real. Urtado. Licenciado Don Miguel de Lezama Altamirano
y Reynoso. Ante mí Don Francisco Velmonte,
escribano público.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En la ciudad de Manila en diez días del mes de noviembre de
mil seiscientos y ochenta y tres años. Yo el escribano notifiqué el auto de la
vuelta de esta hoja según y cómo se contiene proveída por su señoría
el señor gobernador y capitán general de estas islas al alférez Don
Jacinto de Salazar guardia mayor de Tondo quien habiéndolo
entendido. Dijo que lo oye y que usara del derecho que le convenga.
Esto dio por su respuesta y lo firmó de que doy fe. Jacinto de Salazar.
Ante mí Don Francisco Velmonte escribano público.
Concuerda con los autos originales que queda en el oficio de gobernación
y guerra de estas islas a que me remito y para que conste de pedimento de esta
parte y mandato de dicho señor gobernador y capitán general que va por principio de este
traslado, doy el presente en la ciudad de Manila en cuatro días del mes de
diciembre de mil seiscientos y ochenta y tres años. Siendo testigos a lo ver, sacar,
corregir y concertar Joseph de Vargas, Lucas de la Cruz, Don Juan de
Masangcay. Hago mi signo en testimonio de verdad, Don Francisco
Velmonte, escribano público.
Concuerda con el tanto jurídico que para en el archivo de la provincia y que [volví al padre]
procurador general Fray Gaspar de San Agustín de quién lo recibí y por verdad lo firmé en veintidós de
diciembre de mil seiscientos ochenta y tres años.
{Al margen izquierdo: Va en nueve hojas
con esta}
Monacillos que sean hijos de mestizos de sangley. 1732

= Monacillos, que lo sean los hijos de los
Mestizos =
= Testimonios sobre que los Mestizos y naturales
de Vetuz y Pasay sean monacillos en
el servicio de la iglesia.
= Mestizos de Sangley que sean monacillos
de la iglesia sus hijos y que no se opongan
a ello =
Hay dos tantos, el uno es este, y el otro el que se sigue,
y es de la confirmación =
Pertenece al aparador fuera de la pared
Cajón número 9, papeles de Tagalos
Legajo 5.º =

Sello cuarto, un cuartillo,
años de mil setecientos
y treinta y uno
y treinta y dos.
{Al margen izquierdo: Memorial}
Muy ilustre señor =
Fray Pedro Orense del Orden de Nuestro
Padre San Agustín, y ministro
doctrinero del pueblo de Malate
ante vuestra señoría me presento y digo
que al derecho de mi iglesia conviene [que]
se me den dos tantos jurídicos
del escrito y su proveídos con
el decreto y demás sobre que
los naturales y Mestizos de Vetuz
y Pasay concurren a que sus hijos sirvan
de monacillos en esta iglesia
resultado dicho decreto a continuación
de lo que dijo el señor fiscal
de su majestad la fecha de
dicho decreto a primero de este
presente mes de agosto, por lo que =
a vuestra señoría pido y suplico [que] se sirva
de haberme por presentado
y mandar según que llevo pedido
por ser justicia que espero
de vuestra señoría etcétera = Fray Pedro
Orense

{Al margen izquierdo: Decreto.}
Manila y agosto, catorce de mil setecientos
treinta y dos = Hágase
como lo pide el suplicante =
Rubricado de su señoría =
Allanegui
En ejecución de lo dispuesto y mandado por [el]
decreto y pedimento de arriba, hice [sacar]
y saqué los recaudos que por él se manda [y]
se pide que el tenor de ellos uno en pos de
otro son como se siguen.
{Al margen izquierdo: Petición.}
Muy reverendo padre nuestro provincial = El
capitán Don Francisco Nicolás,
gobernador actual de este pueblo
de Malate, los cabezas de barangay y demás
principales que abajo firmamos
por nosotros, y en nombre del común
de este dicho pueblo ante
vuestro reverendísimo con la sumisión debida,
nos presentamos y decimos
que sólo hay dieciséis muchachos
de nuestros hijos que puedan servir
de monacillos, por lo que hay
[semanería] de un monacillo no más,
pues suele acontecer el caer
enfermo los otros, que en todo
son cuatro, y esta semana
sólo hay tres, y el uno recién

salido de la escuela, causa por que
no podemos dar cumplimiento a los
seis monacillos que nos [vide] el muy
reverendo padre ministro. Y respecto
a que así en Pasay como Vetuz y demás
distrito de esta jurisdicción hay bastantes
hijos baguntaos, así de Mestizos
como de Tagalos, y otras naciones
a quienes, cuando se ofrece, van
nuestros hijos a llevar los ornamentos
y demás necesario para la administración
de los sacramentos, viático
y extremaunción de que
resulta el que alguno (como ha sucedido)
darle mal viento a nuestros
hijos por la suma fatiga de caminar
a pie nuestros hijos a paraje tan
dilatados, y a horas muy incómodas
por la suma reverberación del sol
o frialdad de aguaceros sin que atiendan
dichos Mestizos, ni demás
naciones el que nosotros no somos
sus esclavos, ni tenemos hecha
obligación de servirlos no sirviéndonos
ellos para cosa alguna
pues hasta para hacer bantayes
para los fuegos no quieren concurrir

valiéndose del pretexto de que están
distantes de este pueblo, lo que
debieran callar o pesarles por ser
contra toda razón y justicia el que vivan
tan apartados de la iglesia.
Por lo que vuestra reverencia, usando de su acostumbrada
piedad, se ha de servir de mandar
que todos los estantes y habitantes
en esta administración den
sus hijos para sacristanes, exceptuando
sólo los ochenta reservados
de la hacienda de Pasay, pues
estos tienen reserva del superior
gobierno para que no acudan sus
hijos a ser sacristanes, por ocuparse
en servicio de la iglesia
y Convento de San Pablo de la
ciudad de Manila. Por todo lo cual =
a vuestro padre muy reverendo pedimos y
suplicamos [que] se sirva de habernos por
presentado y mandar según que llevamos
pedido, y juramos en forma
no ser [de mal vía] y en lo
necesario etcétera = Francisco Nicolás =
Juan Feliz Punsalan =
Manuel Bagsic de Leon = Joseph
de Valencia = Pedro Cervantes

Pangaya = Juan de la Cruz =
Juan Perez = Baltasar
Perez = Santiago de Robles =
Juan Hipólito = Juan Benítez
Paglingasan = Juan Gonzales =
{Al margen izquierdo: Auto.}
Malate y abril, veintidós de mil setecientos
treinta y dos años = Aunque
conozco ser muy justa la
petición de los suplicantes, por no
estar en mi mano su despacho, doy
por éste licencia al padre prior
de este nuestro convento para
que se presente, o ante el señor
gobernador o señor fiscal de su
majestad para que por su medio
puedan lograr lo que pretenden.
Así lo proveyó nuestro muy
reverendo padre provincial Fray
Félix de Trillo de que doy fe =
Trillo = Fray Miguel [Vivas] =
Secretario.
{Al margen izquierdo: Petición.}
Muy ilustre señor = Fray
Pedro Orense de la Orden de Nuestro Padre
Padre San Agustín, prior y
ministro doctrinero del pueblo de
Malate, jurisdicción de Tondo,
ante vuestra señoría como mejor

haya lugar en derecho, me presento y digo
que mi provincial, estando en visita,
me ordenó [que] ocurra a vuestra señoría para que, atendiendo
al justo pedimento de los Indios
naturales de dicho pueblo, que presento
en debida forma, se sirva de dar las
providencias que hallaré por conveniente,
pues es cierto que no hay sino
dieciséis muchachos que puedan
servir de monacillos para el servicio
de la iglesia, y estos es preciso
que se remuden por semanas,
y que se les dé un mes de descanso.
Y acontece la más veces que sólo
hay dos monacillos en la semana
por estar enfermo el otro compañero,
y a veces uno, de manera que
no hay quien asista [a] ayudar a
misa y a las demás funciones que
se ofrece de llevar el viático
a los enfermos y administrarle
los sacramentos de la extremaunción,
y que ha sucedido haberse
caído los monacillos desmayados
en el camino por ser muchachuelos
de tierna edad y haber
ido a pie en mi asistencia a la administración

los santos sacramentos
de la extremaunción con la aceleración
que de ordinario pide el caso y estar distante
casi una legua donde fuimos sin que
estos ejemplares les haya movido a los Mestizos
ni demás que viven tan apartados de la iglesia
para que coadyuven en dar sus hijos para monacillos
y que recíprocamente se ayuden
los unos a los otros, a lo menos en lo que es del
servicio de la iglesia y bien común de todos
ellos, pues no hay duda que no habiendo dichos
monacillos, será preciso alguna detención
para que no se lleven los santos sacramentos
a los enfermos sin la decencia debida
de que resultará precisamente detrimento al
enfermo que estuviese en sumo peligro
por todo lo cual = A vuestra señoría pido y suplico
[que] se sirva de haberme por presentado con
el escrito de dichos naturales y su proveído
y mandar según que llevo pedido por
ser justicia la que espero de vuestra señoría y en lo
necesario etcétera = Fray Pedro Orense
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y abril, veintitrés de mil setecientos
treinta y dos = Vista al señor fiscal
de su majestad = Rubricado de su señoría. Allanegui
{Al margen izquierdo: Respuesta del señor fiscal de su majestad}
El fiscal de su majestad ha visto
este expediente y para su providencia
en lo que hubiere lugar mandará
vuestra señoría informe el alcalde
mayor de la provincia de Tondo, Manila
y abril, veintiocho de mil setecientos
treinta y dos años = Licenciado Vedaya

{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y abril, treinta de mil setecientos
treinta y dos = Por asesoría al Doctor
Don Joseph Correa Villarreal = Rubricado
de su señoría = Allanegui
{Parecer del asesor}
Muy ilustre señor = La representación
que hace de padre ministro
del pueblo de Malate y a que dio motivo
el pedimento de los naturales es
muy arreglada a justicia, y debiéndose
distribuir el trabajo por igual
en todos los que son beneficiados, podrá
vuestra señoría mandar que el alcalde mayor
de la jurisdicción de Tondo obligue
a los hijos de los naturales y Mestizos
que residen en Vetuz y Pasay
a que vengan a servir a la
iglesia alternativamente,
como les tocare en el ministerio
de monacillos. Y que sus
padres y parientes no puedan
embarazarles en manera
alguna, vuestra señoría sobre todo mandará
lo que fuere de su superior
agrado que será como
siempre lo mejor. Manila
y mayo, seis de mil setecientos
treinta y dos =
Doctor Don Joseph Correa
Villarreal.
{Al margen izquierdo: Decreto}

= Como
parece al asesor y se notifique
al provincial governor de Tondo,
haga cumplir según se previene
en el parecer accesorio =
Rubricado de su señoría = Allanegui
{Al margen izquierdo: Notación}
En el sitio de Anloague en seis
de mayo, de mil setecientos treinta
y dos años, yo, el presente escribano
receptor y teniente del escribano
mayor de este superior gobierno,
notifiqué el superior decreto
accesorio de arriba al
Capitán Don Joseph Ruiz, alcalde
mayor y capitán a guerra
por su majestad de
la provincia de Tondo, que
enterado dijo = Quedará
el debido cumplimiento
a lo que por dicho superior
decreto se manda, lo cual
respondió y firmó de que
doy fe. = Joseph Ruiz =
Domingo Cortez de Arquiza,
escribano receptor.
{Al margen izquierdo: Petición}
Muy ilustre señor = El común
de Mestizos labradores del sitio
de Pasay doctrina de la iglesia

del pueblo de Malate, jurisdicción
de Tondo, postrados a los pies de
vuestra señoría. Nos presentamos y decimos que
por mandamiento de nuestro alcalde
mayor se nos hizo notorio el día
once de mayo, próximo pasado de
este presente año, dos superiores decretos
de vuestra señoría [el un pedimento] se dirige
a que nuestros hijos asistan
a la iglesia de monacillos. Y porque
a este pedimento se ofrece
el que gozamos de dos decretos
testimoniados sobre el mismo
asunto el año de mil setecientos
y dos, y el otro de mil
setecientos y once, como consta
de dichos recaudos que en debida
forma adjunto, presentamos
con toda solemnidad,
alegando en ellos lo acostumbrado
inmemorial que
por Mestizos y labradores
jamás se nos ha obligado
a semejante estilo respecto
a que labramos
tierras arrendadas y a costa
de fatigas pagamos los arrendamientos
y los reales tributos
a su majestad que Dios guarde y

así ha sucedido y sucede por estar
dicho sitio inmediato [alexido] y
a los matorrales y manglares habitación
y centro de ladrones, pues
los domingos y fiestas yendo todo
el concurso a misa han salido
dichos ladrones a ejecutar sus atrocidades.
Por lo que [se quitó] no asistiesen
las dalagas y baguntaos
los viernes y sábados, habiendo
presidido litigio siendo prior de
dicho pueblo el reverendo padre
Fray Juan Serrano, que fue
el que lo impuso, por el atraso
tan notable que se sigue a los
pobres labradores el privarles
dos días a la semana de sus
sementeras, siendo los hijos los
que pastorean los animales y
nos acompañan en los cultivos
y otras que se ofrece. Y siendo así
que al labrador se le dispensa
la misa del día festivo cuando
es urgente la necesidad de que
se quede sin ella, por el detrimento
o pérdida de sus sembrados.

Todo lo dejamos a la alta comprensión
y recta benignidad de vuestra señoría.
Por todo lo cual = A vuestra señoría pedimos
y suplicamos que, en atención a los
recaudos, que con la debida veneración
presentamos, prefiriendo
a todos la acostumbrada misericordia
de vuestra señoría, se sirva mandar
por su superior decreto como
lo pedimos favor, que esperamos
de la generosidad y grandeza
de vuestra señoría etcétera = Simón de los
Santos = Fernando Núñez =
Juan Dizon = Francisco Feliz =
Diego de la Cruz = Luis Eusebio
= Francisco Naval = Juan
Adriano = Manuel Esguerra =
Domingo de la Cruz = Domingo
de la Cruz = Gabriel Ayson =
Juan Lona.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y julio, dieciséis
de mil setecientos treinta y dos = Vista al señor fiscal de su
majestad = Rubricado de
su señoría = Allanegui
{Al margen izquierdo: [Decreto al] señor fiscal de su majestad}
El fiscal de su majestad
ha visto lo que se representa

y pide por el común de Mestizos
labradores del sitio de Pasay,
doctrina del pueblo de Malate,
jurisdicción de Tondo, con
los recaudos con que se dice justifican
su representación
y pedimento el tenor de todo
por repetido = Dice que
los recaudos a que se refiere
dicha representación de los
dos decretos sólo halla el
fiscal el de veintisiete de octubre,
de setecientos y once, y éste,
defiriéndose como se refiere su
providencia por la dada
en otro superior decreto de
cuatro de septiembre, del mismo
año que no consta éste
en dichos recaudos no se puede
venir en el conocimiento de
su justificación. Y por la misma
razón, no hallándose
en dichos recaudos el otro decreto
del año de mil setecientos
y dos que expresan
en su representación, se reconoce
la [ninguna] justificación
en lo que representan. Y si quiere

entender dicho común de Mestizos
el auto testimoniado
del alcalde mayor de Tondo
con fecha de diecisiete de
octubre, de setecientos y dos
por dicho decreto, tampoco favorece
éste a su representación,
antes sí lo contrario, pues
se dirige su providencia
a que no se introduzcan
novedades de [derramas] ni
otras contribuciones y subsidios
a los de dicha nación y sus
hijos, sino que se siga la costumbre,
que con estos hubiere en los
demás partidos en que son feligreses,
sin ser visto dispensarles
en lo que sea de su precisa
obligación cristiana y
la que tengan de asistir al reverendo
padre ministro de doctrina
de dicho pueblo, en cuya inteligencia
siendo como es dirigida
la representación y pedimento
de dicho común a que
no acudan sus hijos ni hijas
los viernes y sábados a la

precisa obligación cristiana
de ser enseñados e instruidos
en el rezo de la doctrina cristiana
como ni que sus hijos acudan a la
iglesia de monacillos, precisa obligación
para la asistencia a dicho
ministro al culto divino, es
evidente que dicha representación
es directamente opuesta a la
providencia de dicho auto, y sólo
dirigida a querer evadir a sus hijos
de las obligaciones de cristianos
que oficiosamente como buenos
padres y tales cristianos debían estimular
y precisar a sus hijos a
ellas por lo que sea. Y debe servir
vuestra señoría mandar [que] cumpla con lo
mismo que resiste dicho común
con apercibimiento que
de cualquiera novedad que se
extienda por este superior gobierno
en contrario se pasará a la debida
punición y castigo de los
contraventores. Manila y julio,
veinticuatro de mil setecientos
treinta y dos años = Licenciado Vedaya
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y julio, veintinueve de mil setecientos treinta y dos

= Póngase
con los autos de su materia y [al]
asesor en ellos = Rubricado de su señoría =
Allanegui
{Al margen izquierdo: Decreto accesorio}
Manila y agosto, primero de mil setecientos
treinta y dos = Guárdese lo proveído
por superior decreto de cinco de mayo,
de este año, y el alcalde mayor de la jurisdicción
de Tondo haga que los Mestizos y naturales
del sitio de Pasay cumplan precisa
y puntualmente con lo que se les está
mandado, haciendo que sus hijos concurran
al servicio de la iglesia en todas las ocasiones
que les toque y sean avisados y señalados
por el padre ministro del pueblo
de Malate con apercibimiento que por su renuencia
se procederá contra sus personas a lo
que haya lugar. Proveyó lo así su señoría el señor
brigadier de los reales ejércitos, gobernador y capitán general de estas
islas y presidente de la real audiencia de ellas, comparecer
de asesor = Rubricado de su señoría =
Doctor Correa = Allanegui.
{Al margen izquierdo: Notación}
En el sitio de Anloague, extramuros
de Manila, en nueve de agosto, de mil
setecientos treinta y dos años, yo, el escribano mayor
de la superior gobernación y guerra de estas islas, hice
saber el superior decreto accesorio de la hoja antes
de esta al Capitán Don Joseph Ruiz, alcalde mayor y
capitán a guerra de la jurisdicción de Tondo, quien enterado
dijo = Que lo oye y dará el
debido cumplimiento. Y lo firmó de que

hago fe = Don Joseph Ruiz = Miguel
de Allanegui.
{Al margen izquierdo: Notación}
En la ciudad de Manila, en trece
de septiembre, de mil setecientos
treinta y dos años, yo, escribano mayor
de la superior gobernación y guerra de estas
islas, por medio de Nicolás de Soto y Zúñiga,
intérprete de los del [numero] de esta
real audiencia, notifiqué el superior decreto
accesorio de la hoja antes de esta para
los efectos que en él se mandan a Domingo
de la Cruz, Francisco Naval, Simón de los Santos,
Domingo de la Cruz e Ignacio Galindo,
mestizos labradores contenidos en
estos autos, quienes enterados, dijeron
que suplican con todo rendimiento a su señoría el
muy ilustre señor presidente gobernador y capitán general
[que] se sirva de mandar [que] se les entreguen estos
autos para representar lo que a su derecho deban,
sin ser visto ni entendido en manera
alguna oponerse a lo mandado en dicho superior decreto,
lo cual respondieron y lo firmó el
dicho Domingo de la Cruz, y no los otros porque dijeron
no saber. Y asimismo firmó dicho intérprete de
que hago fe = Domingo de la Cruz =
Nicolás de Soto y Zúñiga = Miguel
de Allanegui = Enmendado = Malate y abril,
veintidós = Hago vale.
Es copia de sus originales que quedan en el oficio [de la]
superior gobernación y guerra de estas
islas Filipinas de donde corregí

y concerté este traslado a que me remito y en
virtud de dicho mandato y pedimento que van por principio
compulsados, doy el [precedente] que es fecho en esta ciudad
de Manila en diecinueve días del mes de septiembre,
de mil setecientos treinta y dos años, siendo testigos el
Capitán Don Diego de Monterroca y Miranda, Don Miguel
de Mercado y Don Diego de Tapia, [presentes] de que hago
fe.
En lo [f] de que hago fe - Miguel de Allanegui
Relación y otros instrumentos sobre el desacato de los Naturales de Dongalo. 1717.

Ang comunidad nang lahat nang mañga caguinoohan sa tatlong manga visitas,
Palanyag, Las Piñas, at San Nicolas, na may mañga firma dito, ang maalam
somolat at ang di maronong somolat ypinamintacasi sa maronong
na yfirma ang canilang panĝalan; Cami nagsisipaniclohod nang pospos
na galang sa camahal-mahalang harapan nang nuestro muy reverendísimo padre provincial
dito sa caniyang pagvivizita dito sa convento at simbahan nitong aming bayan
at ang uica po namin; yquinahihiya, at yquinaâalapap nang aming
manĝa ysip, at bait ang alborotong napasar nahayag sa lahat, na nacarating
sa caniyang mañga mahal na tainĝa, na sa ngalan nitong bayang Palanyag,
ang [uicari't haca] nang di nacatatanto nang bagay, ay cami casama ring
lahat doon sa alboroto, na ytong bagai na yto, siyang nacapilit sa aming
maghain cami nito, na bilang aming descargo, lalo pa doon sa ang uica'y nanhihinampo
na caming manĝa taga-Palaniag sa aming dating Ama, at Pañginoon
na manĝa padre augustino at cami hongmihingi sa ilustrísimo señor arsobispo nang
ybang horden clerigo baga, na siang mag-administrar sa amin; doon sa hiñging
yaon nang nanĝagsihinĝi hindi cami casama, at hindi pa ayon sa
gaion canilang yniysip; condi ang dati na naming Ama at Panĝinoon
na manĝa padre San Agustin na aming quinaguisnan capag [caracana] ang maalindog
nilang pagcopcop at pagcacalinĝa sa canilang manĝa anac at alaga, na siya
naming pinagcaquitaan nang totoong caliuanagan nang pananangpalataya
sa Santísima Trinidad, na sila rin ang nacapag-alis nang bendang nacatataquip sa aming
maporol na bait, na sa canilang matiagang pag-aral sa canilang manĝa predicaciones
naguin maliuanag [nasula] sa aming maporol at maicling bait na manĝa
caaua-auang tagalog dito sa bayan nang Palaniag. Na cami ualan sucat may ganti
sa canilang pagaadministar sa gabi't, sa arao, na yto ang aming quiniquilalang
malaquing otang; At ang bocod pa dito 'y ang pagtolong sa ycagagaling nang bayan
na ang hindi macayanan nang canilang sariling cataoan, ay napatotolong at
tinotolonĝan nang nang canilang pono at provincial na quinacalinĝang totoo; caya
sa aming pañginoon nuestro muy reverendísimo padre provincial hinihinĝi nami't; ynaamo [am]
na huag caming ypaquidamay sa galit, at hinanaquit sa manĝa di congmiquilala
dito sa madlang mañga caotanĝan na aming nasabi na sa ytaas nito ang hinĝi
[nami' i] ampon, at misericordia etc
Don Juan Mamonong

Don Guillermo de Velasco - Don Pantaleón de Salazar -
[Don itepganilang] - Don Juan Pérez -
Don Juan [u] de de Mendoza - Esteban de León -
Don Bartolomé Mabitang -
Don Pedro de [Mulac] - Por ruego Domingo de Cabrera -
Don Pablo Suárez - Don Juan Pascual - Pedro de los Santos -
Francisco Rodríguez - Por ruego Don Pedro de Mercado -
Don Diego Bernaldo - Por ruego - Fray Don Juan Sulit -
Por ruego=Don Antonio Pagiligan - Por ruego- Don Juan de Guzmán -
Por ruego= Don Agustín Marcelo -
Mateo Sarmiento - [ Don Jhbay ] -
Por ruego Don Pedro Dalandan -
Por ruego - Don Agustín Ramos - Pedro Suárez-
Juan Moninca - [%] Joseph Palomares -
Andrés Rodrigues - Don Pedro delos Reyes -
Por ruego- Juan del Castillo -
Por ruego- Cayetano Bautista - Sebastián Esquivel -
Nicolás delos Santos -
Don Joseph González -
Andrés de Salazar - Don Pedro de Velasco -
Por ruego Don Nicolás de san Pedro -
Don Andrés Rodríguez - Don Bartolomé Vitales -
Ruego = Francisco de los Santos -
Clemente Deodicho - Don Juan Rodríguez -

SS.n Juan Lucas = Simón de León -
Nicolás de Legazpi - Joseph de Mendoza -
Don Tomás Dumaval - Don Bernabé Onguinlibot -
Don Agustín Rodrigues - Ignacio Bautista Pantaleón -
Agustín Bautista - Don Joseph de Rosález -
Don Felipe Bautista - Don Bartolomé Carlos Mamonong -
Don Nicolás Carabeo - Por ruego - Marcos del Castillo -
Por ruego - Juan de la Cruz - Don Tomás Bautista -
Por ruego Don Juan Fulgencio - Don Marcos Cuevas -
Por ruego Joseph de la Rosa -
Don Joseph Cortés - Por ruego - Nicolás Rodríguez -
Don Joseph de Leon - Luis de la Rosa -
Bernardo Arnillos - Don Juan del Castillo -
Don Joseph Selerio - Por ruego - Don Pedro Alejandrino -
Por ruego - Don Marcelo Pantaleón - Don Francisco Landicho de la Cruz -
Miguel Mendes -
Natural de Dongalo -
En el Convento de San Andrés del Orden de Nuestro Padre San Agustín del Pueblo de
Parañaque a veinte y uno de agosto de mil setecientos y diez y siete años ante nuestro
muy reverendo padre lector Fray Tomás Ortiz provincial de esta Provincia del Santísimo Nombre de
Jesús del dicho orden se presentó este escrito por los contenidos en él. Y habiéndole
[en tendo] [tenido] su padre muy reverendo mediante el padre predicador Fray Gabriel de la Fuente,
prior de dicho convento, quien se le interpretó y explicó en lengua castellana. Dijo:

por presentado y guárdese en el archivo de dicha provincia para que
en todo tiempo conste la declaración que hacen los contenidos en dicho
escrito sobre no tener parte en el desacato y atrevimiento que algunos
del barrio de Dongalo ejecutaron en el Padre Predicador [Fray]
Serrano, prior y ministro de dicho pueblo. Y juntamente el deseo y voluntad
que expresan sobre no querer otros ministros que los religiosos agustinos
quienes lo han sido desde el principio de la cristiandad de estas [islas].
Y por este auto así lo proveyó determinó y firmó nuestro [muy reverendo]
padre provincial de que doy fe.
Fray Tomás Ortiz,
provincial
Fray Francisco Cenzano,
secretario

El día 28 de mayo me avisó el Hermano Fray Diego
cómo había tenido noticias de que el juez
mayor había mandado que todos los indios
de Dongalo salieran a la sábana para señalarles
adonde habían de hacer la cerca, y
que si que yo le podía hablar para que no hiciera
tal cosa. Aquel mismo día por la tarde
estando sentado en la puerta del campo en
presencia del español que trajo el recado
y del fiscal mayor el Capitán Don Pedro de los
Santos, y de otro principal llamado Don Diego
Bernal llamé al juez mayor y le pregunté
si es verdad había echado bando para
que todos los de Dongalo fueran a la sábana
para señalarles adonde habían de hacer la cerca
y me respondió que era verdad. Porque todo
el común de Dongalo le habían presentado un
escrito pidiéndole lo hiciera así y que tenían
orden verbal del señor oidor fiscal para hacer allí
la cerca. Yo le respondí que pues el pleito estaba

estaba pendiente en la real sala y no se ha todavía había
sentenciado, que se estuviera quedo, y que no anduviera
alborotando a los indios. Y que eso de órdenes
verbales que no servían, y que así que esa orden
que la pidiera por escrito, para que hiciera
fuerza, y que me la enseñara para yo darle parte
de ella a mi prelado. Y que si tenía que responder
que respondiera, y que mirara que esto era lo que
debía hacer, y que bastaba el que yo se lo pidiera por
ser su ministro, y con esto se fue, y esto fue viernes
en la tarde. Y esto que digo es lo que pasó al
pie de la letra. Y todo se lo dije con palabras
mansas y términos corteses como lo juraran siempre
que se ofrezca estos dos principales que se
hallaron presentes, y los cite por testigos. Y así
firmaron conmigo. - Fray Juan Serrano
Pedro de los Santos - Don Diego Berlado -
Y esto se lo leí a los dos
en presencia de dos
principales llamados
Don Ignacio Pantaleón
y Don Nicolás Carabeo

El día 30 de mayo de 1717: Pasé a Manila a la fiesta del
domingo infraoctavo del Corpus y le conté a nuestro muy reverendo padre lector
Fray Joseph López lo que había pasado con el juez mayor y lo que me
había respondido dicho juez mayor. Y también le dije a su reverencia
como había oído decir que el dicho juez, había mandado que toda la
gente de Dongalo saliera el día siguiente lunes a hacer de facto
la cerca adonde él les había señalado, y su reverencia me dijo que
sería bueno el ver si se podía sacar un testimonio del escribano de todo lo
que respondiere el juez acerca de hacer la cerca adonde la hacía, o mandaba
que se hiciera. Y yo respondí a su reverencia que se haría como su reverencia
lo mandaba, y que le acompañaría al Hermano Fray Diego hasta el sitio
adonde los indios habían de estar haciendo la cerca, y que allí en presencia
de todos se le preguntaría al juez la razón que tenía para mandar
que se hiciera la cerca en aquel sitio. Llegado el día siguiente le
avisé al gobernadorcillo que mirara [que] habíamos de ir a la tarde al
sitio donde los indios de Dongalo estaban cercando las sementeras
y que mirara que había de ir junto su escribano y el juez mayor
y que había de ser después de vísperas, y este recado se lo
envié por dos veces con mi criado. Y respondió que sí, que iría,
y también envié a mi fiscal mayor con el mismo recado, y respondió
lo mismo. Y llegada la hora de vísperas o mucho después
de vísperas fue mi criado a decirle que ya era hora, y también envié
al fiscal mayor con el mismo recado, y que le dijera que allá le aguardaba
en la pedrera porque estaba la marca grande, y que yo había
de ir embarcado. Y después de haber llegado yo a la pedrera llegó
el fiscal mayor y el fiscal pasado que eran los que me habían de

acompañar. Y le pregunté por el gobernadorcillo y su escribano, y me dijo que
decía el gobernadorcillo que estaba aguardando su caballo, y que en []
iría, y yo desde allí le envié otros dos recados con [baguntaos]
que le dijeran que allí le estaba aguardando, y que
así que se despachara a ir cuanto antes porque ya era [tarde].
Y estando yo en este sitio aguardando llegó el Hermano Fray [Diego]
y allí estuvimos como cosa de una hora poco más o menos aguardando
al gobernadorcillo y su escribano. Y luego que yo llegué a la pedrera
llegué a un cobillo que estaba allí y desperté a mi criado que [estaba]
durmiendo por estar cansado de componer un pedazo []ca
que había compuesto desde por la mañana con dos [sirvientes de]
cocina, que le ayudaba para poder tener allí mis caballos [].
Y le mandé que me cogiera mi caballo que estaba allí []
y que cogiera otro para él, y otro para el chiquillo que
iba con los cojinillos y le dije que había de ir junto [conmigo].
Y viendo nosotros que no llegaba el gobernadorcillo [dijímonos]
poco a poco hasta ver si llegaba el gobernadorcillo. Y [dejamos un]
bantay en la pedrera para luego que llegara el que fuera al [sitio]
lado. Y por fin nos la pegó y no fue. Y discurro que fue por tener [cuñado]
casado en Dongalo llamado Don Luis Ramos que [fue uno de]
los muy desatentos aquella tarde, o por mejor decir, desvergonzados
sus obras y palabras. Y dicho gobernadorcillo se ha visto el que hace []
las partes de los de Dongalo. Y yo le dije al Hermano Fray Diego
camino en presencia de los dos principales que iban conmigo el que
les había de hacer cosa ninguna a los indios luego que llegáramos
donde ellos estaban. Y habiendo llegado allá, esto es [adonde estaba]

haciendo su cerca [que] era el sitio que llaman Santa Lucía. Y cuando llegamos, hallamos
que estaba toda la gente de Dongalo viejos, y mozos, y hasta los muchachos,
y todos los baguntaos, y sacristanes, que al parecer había más
de trescientas personas. Y luego que nos vieron llegar a donde estaba el
juez y sus compañeros, los motores del pleito, se acercó la mayor parte de
la gente, y nos fueron cogiendo en medio. Yo [reparé] que todos tenían
en las manos fuera de los bolos muy buenos garrotes y otros tenían
machetes y garrotes y algunos lanzas cortas, y el juez mayor su
alfanje. Y habiéndome yo llegado [donde] estaba el juez mayor le dije
que como hacía lo que hacía de haber echado [bando] para que toda la
gente saliera a hacer la cerca que estaban haciendo, habiéndole yo dicho
lo que le dije el día viernes en la tarde, me respondió que no podía
hacer otra cosa porque bastaba que [si lo] hubieran pedido todos los del común
de su pueblo. Y que bastaba la orden verbal del señor oidor fiscal que les había
dado para hacer la cerca donde la hacían. Y que así que ellos sabían
muy bien lo que se hacía. Yo le dije que nada de lo que había mandado
ni hacían era puesto en razón. Pues si él era [justicia] debía obrar como
Dios manda, y no hacer [una] sin razón como la que estaban haciendo.
Pero que Dios [cuidado] y que se resultare alguna cosa que él lo había
de pagar por fin [por] haber mandado hacer lo que todo el común
de Dongalo estaba haciendo. Y que esperaba en Dios el que no habían
de ganar el pleito, y también le dijimos que como decían que
se lo había mandado el señor oidor fiscal pues al Hermano Fray Diego le había
dicho dicho señor oidor fiscal que él no había mandado tal cosa, y a
eso respondieron ellos que a ellos se lo había dicho verbalmente. Y que
así [se veían] muy bien lo que se hacían, y yo le dije tanto a él como
al Capitán Pablo, y a sus compañeros: "con que vosotros diréis más verdad

que el padre." Y todo esto se le dije con palabras corteses, y sin [descomponer]me
en cosa alguna. Y le dijimos: "mira hijos nosotros no [venimos]
haceros ningún daño o vejación pues las armas que [traemos]
son esta correa de nuestro padre San Agustín" y se la enseñamos. [Y] [viendo]
con el modo que estaba el Capitán Pablo le dije: "[tu]
el peor de todos pues a todos los estás alborotando y todos [hacen]
lo que tú quieres porque te tienen miedo. Y andáis yendo
de ramas, para pleitear y [encogiendo] la plata [sus]
Dios adonde va a parar." Y me respondió: "yo sé muy bien lo que
me hago, y sé cuáles son nuestras tierras, y vosotros no y pues
hacemos la cerca [porque]sabemos que hasta aquí son nuestras [tierras]
y vosotros no sabéis lo que es vuestro. Y así esto que es nuestro [nos]
queréis quitar". A que le respondí, "¿cómo tienes atrevimiento de decir
una cosa como esa pues nosotros antes pecamos de sórdidos
que de avarientos pero solo tu podías decir eso que
eres cristiano. Pues, en todo el tiempo que he estado aquí []
no te he visto acción que huela a cristiano. Pues en todo evento
no has entrado en la iglesia ni una vez siquiera a oír misa. Ni
tampoco has cumplido con la iglesia. Mira si todo eso que haces
es lo que manda Dios. Y si es lo que yo digo, el que no hace acción
que sea de cristiano... Y a mí me toca como tu ministro
averiguar si oyes o no. Mas ya, pues no tengo por donde mecerte
el que la oyes en otra parte." Y me respondió: "es verdad que [no]
oigo en esta iglesia sino donde me parece porque os tengo [miedo]
porque todos me tenéis rencor. Porque decir que yo soy el [caso]
de este pleito de las tierras, y así no quiero ponerme delante []
ninguno de vosotros. Y tocante así oigo o no oigo [misa].
Muy bien, lo que me hago [es] que soy cristiano. Y me dijo [otras]

muchísimas desatenciones. Y todo me lo decía con un modo muy
malo y con muchos ademanes de manos quey con voz bastante alta
cuando yo le hablaba con voz baja, y sin ademanes, y me dijo otras
muchísimas cosas descompuestas que no es fácil el poder me acordar
de todas ellas. Sólo sí digo que todas eran provocativas a
que un hombre se calentara, y le diera algún golpe bien dado.
Pero aunque yo lo diga me armé bien de paciencia porque más parecían
sayones que cristianos según sus operaciones. Y después
me dijo una cosa que me hizo calentar, que me baje del caballo
a darle satisfacción a su letraduría. Y sólo llevaba yo en las
manos un bejuquillo blanco delgadito de aquellos de la costa
y mi criado se apeó de su caballo para tener asido de las riendas
el mío por ser algo arisco. Y después que yo acabé de darle
satisfacción a sus letradurías le dije: "anda letradillo." Y con
el bejuquillo que tenía yo en mi mano y asido por la mitad
le di un al revés, y al instante hizo un medio [compás] para atrás e
iba a desenvainar su alfanje para darme. Y viendo mi
criado está acción, largó el caballo y se arrojó a él a quitarle
el alfanje con que me quería dar, y aún no se había arrojado
cuando dijo el Juez Santiago, (que parece era la seña) y comienzan a
llover garrote y machetes sobre el muchacho. Y todos éramos a
meter paz y pedirles el que se soportaran. Yo se lo pedía por amor de
Dios. "¿Cómo hacían eso cuando nosotros no les íbamos a hacer ningún
daño?." Yo les dije: "ah, hijos, mirad que yo soy vuestro ministro y vuestro padre,"
y otras muchas cosas que le decía, pero nada me valió sino

antes el oír cosas que no quisiera oírlas. Y así todo se lo [o]
a Dios, y el muchacho mi criado por fin le quitó el alfanje
de la mano, y al quitárselo como el indio hacía fuerza [de]
soltarlo, se cortó el mismo con su mismo alfanje de la [mano]
un poco de la banda de adentro. Y, ya viéndose sin alfanje
otro de sus compañeros, le dio otro alfanje, y lo jugaba muy [bien]
no obstante de tener su mano lastimada. Y mi criado [se retiró]
dos pasos atrás defendiéndose de tanto garrote y alfanje [como]
llovían sobre él, y al retirarse para atrás se [enredó]
rodaja de la espuela en la rienda de mi caballo, y [cayó]de bruzas
porque el caballo tiró un [gelon] para atrás, y [entonces]
le rompieron la cabeza de un palo. Y un brazo se lo maltrataron
muy bien cómo se puede ver por esa certificación de
cirujano que le curó. Y si uno no llega y corta la [rienda de]
mi caballo paraque no se hubiera levantado. Y lo hubieran [ acabado]
de matar. Y yo con mi mano derecha cogí la rienda de mi [caballo]
para que no se me fuera porque estaba muy alborotado. Y yo [tuviera que]
pedirles el que se apaciguaran con la mano izquierda [que]
me servía como de broquel cuando les hablaba, cuando se [arrimó]
el hijo del Capitán Pablo, y me tiró un palo a la mano que
la dejó sin poderla menear por entonces. Y cuando yo [volví la cara]
vi que el Hermano Fray Diego, y sus vaqueros, y mi [muchacho]
iban corriendo a caballo, y la mayor parte de la gente iban corriendo
tras ellos. Yo me quedé allí con mi fiscal y mi [chiquillo]
que iba con los cojinillos. Y no pudiéndome yo poner a caballo

{Al margen izquierdo: mi fiscal pasado}
me ayudó a poner a caballo y juntamente con el teniente pasado que
estaba allí por ser de Dongalo, pero no se metió jamás en
bueno, ni en malo. También el segundo mayor que se hallaba también
allí, y ellos fueron los que me amarraron un paño en
la mano porque no me entraba frío en ella. Y me parece que
si a esos dos los llamaren, y debajo del juramento les preguntaren
lo que pasó, dirán la verdad por ser indios bien intencionados.
Y después que la mayor parte de la gente se había ido tras
del Hermano Fray Diego, y el juez mayor se había quedado allí con
[cha]otra parte de gente que vino se meneaban a cosa alguna.
Y le dije al juez mayor: "mira, Dios [ha] cuidado contigo pues ha sido
la causa de todo esto, y que a mí siendo tu ministro y tu
padre me han lastimado de esta suerte siendo siempre mi ánimo
el no haceros ningún mal, sino antes mucho bien.
Y si yo no fuera sacerdote y tuviera un alfanje en las
manos no había de haber quien a mí se me hace arrimara
porque antes que me llegaran al pelo de la ropa había se de caer
una media docena. Pero soy padre y así no puedo hacer
nada de eso y más cuando mi intención siempre ha sido
buena, y vine solamente porque no hubiera ninguna cosa
por ser vuestro ministro. Porque juzgué estando yo delante ninguno
se había de propasar, a lo que se propasaron." Estando ya
para querernos volver, y mi fiscal y mi chiquillo, llegó
el Capitán Pablo con toda la gente que le acompañaba que habían
ido tras del Hermano Fray Diego. Pegó ael Capitán Pablo lo primero

contra el fiscal mayor que le hizo arrojarse del caballo [pe]
le hizo amago con el alfanje, y dijo: "tú has de morir [ahora]."
Y a mí me comenzó a maltratar de palabras, y viendo [el]
fiscal que le querían matar, el pobre se fue a favorecer [de]
mí. Y yo le eché mi justacor encima pareciéndome que por [haber]
ido a favorecer de mí no le harían mal alguno. No le [valió]
mi sagrado porque fueron los indios con sus [garrotes], y [machetes]
adonde yo estaba a caballo haciendo ademanes de []
con ellos, y gran gritería [por]que parecían diablos del infierno.
Y mi caballo como era arisco luego que vio que se le [acercaban]
aquella turba multa de gente con sus garrotes levantados
para dar con ellos arrancó a correr. Y viendo eso el
Capitán Pablo dijo a gritos: "corran tras de ese padre y [cójanle]
y a él le llevaremos preso a Manila." Y lo hicieron [así]
y lo mismo hicieron otros tras mi chiquillo, y como mi
caballo era ligero, ya iba desbocado, no me pudieron coger.
Y más de dos leguas anduvo corriendo mi caballo [sin]
poderlo sujetar. Milagrosamente, me escapé de que [no se]
hubiera muerto el caballo según por las partes por donde
corría por los muchos árboles que había. Y los muchos [garrotes]
que llevé cuando iba corriendo en la cerca que ellos [habían]
hecho, y en otros palos. Y cuando fue a parar el caballo
de una casilla donde habitaban los negros del señor obispo [de]
Camarines y, allí le pude parar contra una cerca. Y [brevemente]
porque llegó mi criado y se le atravesó por delante [mi]
caballo, y de allí proseguí a Malate, y Manila, y a mi

criado lo dejé en Malate, para que el día siguiente lo fuera
a curar el Capitán Rafael, como lo hizo. Y el alfanje del
Capitán Pablo con que me quería cascar, queda en Malate con
el padre prior por si acaso fuere necesario. Y el pedazo de machete
que los indios de Dongalo cogieron, que es verdad [que] era de mi criado
pero no lo quebraron en su mano sino en la de otro mozo
que estaba allí por no tener cosa alguna en su mano, se lo arrancó
de la cintura. Y le guardaba las espaldas porque no le
mataran. Y en su mano se lo quebraron de un palo. Y todo esto
que está escrito en estas hojas es la pura verdad y muchas
más cosas que pasaron que no es posible el poderme acordar de
ellas y más estando como estoy. Y todo esto se lo leí a los dos
principales que firman abajo para que vieran si todo esto era cierto
por haberse hallado presentes y dijeron ser verdad. Y algo más:
que "ay, no has puesto padre porque se te ha olvidado que dijeron aquel
día los indios e hicieron en la función." Y lo que después ha
pasado el padre prior de Malate podrá dar razón y lo que
vio también aquella noche cuando pasó a Parañaque. Cuando le
leí todo esto fue en presencia de Don Ignacio Pantaleón, y Don
Nicolás de Carabeo el día 16 de julio de 1717 años.
Fray Juan Serrano
Ignacio Pantaleón de Salazar - Miguel Mendes
Don Nicolás Carabeo - Pedro de los Santos
Vocabulario Visaya de Pedro de San Nicolás y otros. 1700s.

Data de los depósitos y demás fondos
Nuestro Padre López [] – 3
Padre Sebastián de Foronda - 3
Nuestro Padre [] Cristóbal Tomás - 5
Nuestro Padre Pedro de San Nicolás - 8

Data de nuestro Padre López
Primeramente sacó nuestro padre por mano del Padre Fray [Antt.o]
[S.ntin] de que trajo [carta] cien pesos _ 100 pesos
Por mano de Fray Francisco Álvarez sacó cuarenta pesos _ 40 pesos
Yten por mano del dicho Fray Francisco sacó sesenta pesos _ 60 pesos
En 25 de agosto di a nuestro padre cincuenta pesos _ 50 pesos
Sacó por mano de Fray Francisco en 23 de septiembre cuarenta pesos _ 40 pesos
Por orden de nuestro padre envié a China veinte pesos _ 20 pesos
De la libranza de cantores _ 1 peso
Por orden nuestro padre di a Fray Juan Correas un peso para el [azogue] _ 1 peso
312
Después de ajustadas [las] cuentas llevó nuestro Padre López 25
gantas de cacao, a quatro por ganta _ 100 pesos.

DATA
de los depósitos de esta Provincia
Nuestro Padre Lector Fray Joseph López= a folio- 01
Padre Fray Pedro de San Nicolás= a folio- 13
Padre Fray Domingo Ruiz= a folio- 18

Data del padre predicador Fray Domingo Ruiz
Acostarse. Vide. Saling
Acostumbrarse o abituarse. Lumno
Acostumbrarse o al ocio o a la virtud. Dalila
Acrecentar o añadir más. Lunga
Acrisolados ut oro o hierro. Tunac
Acribar arriba en bilao. Tingting
Acuela de carpintero. Daras
Acienda caudal.
Acucar o incitar al perro que muerda. Cato
Acul de color. Yrao
Acusar ut a superior. Sumbung
Acto veneno. Vide. Catuan
Abrió. Busngi

Andar el otro. Daicdic
Andar cayéndose ut niño o viejo por falta de fuerzas. Dampag
Andar colla con cabeza ut sanguijuela. Dangan
Andar desatinado ut borracho. Losong
Andariego que par encaja. Vala
Andar o como ella para cargar tierra entre dos. Calapay. Langcayan
Anejo ut tabaco arroz o sementeras a dos o tres años que no se labra. Laon
Andrado de vestido viejo o de petate. Gabil
Anguila talonaza otra specie. Palus
Anguila o como ella. Puyanguitan
Anegarse ut por avenida pueblo. Albug. Aldam
Animales y aves pequeños que aún no han parido. Dumalaga
Animalejo rojo que entra por el cutis y de comezón. Tungao
Animal pintado de diversos colores. Tolocambing
Animarse o hacer aprisa. Mona
Animarse. Vide. Caladua
Aniquilarse. Agda
Aniquilar a no dar. Vide. Raip
Aniquilar o destruir la cosa. Bating
Anís como el que viene de China. Sanggui
Año de doce meses. Vide. Banua
Anochecer. Silim
Anteponer. Vide. Lalo
Antes. Bayi
Antes bien. Bagus
Antiguo. Ngean. Antigua. Sadia
Ahora. Ngeni. Ngeta. Ngeti.
Ansias del que sea o de agonizarte. Ongre
Ansia amorosa. Simi.
Antojo de preñada. Vide. Agli
Anteojos. Salamin
Antorcha o de caña rajada o candela etcétera. Polo
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Montemayor, Sobre los dones: 1 tomo
Terrones, Instrucciones para predicadores: 1
Valades, Rectórica cristiana: 1
Villamoros, Simulacros morales: 1
Ameyugo, Rectorica sagrada: 1
Rodríguez, el Predicador de las gentes: 1
Bravo, Cuaresma: 1
Fomperosa, Fiestas de San Francisco Borja en Madrid y Manila: 2
Fiestas de San Francisco Regis en Manila: 1
Pacheco, Sobre el Padre Nuestro: 1
Paredes, Adviento y Cuaresma: 2
Vieira, Excelencias del Rosario: 1
Avedaño, Santoral: 2
Lizama, Advertimiento marial y santoral: 3
Andrade, Sermones varios: 4
Ribera, Impresión, Panegérico de San Juan de Sahagún: 1
Nuñez, Advertencias sobre los evangelios: 1
Niseno, Sermones varios: 7
Aro, Racional de la fe: 1
Stella, Vanidad del mundo: 1
Teatro evangélico: 1
Santiago, Cuaresma y sanctoral: 2
Fiestas de San Juan de la Cruz: 1
Triunfos del agua bendita: 1
Estremera, Grandezas del Nombre de Jesus: 1
Saona, Discursos predicables: 1
Huelamo, Sobre la Salve: 1
Herrera, Sermones varios: 1
José de Jesús María, Sermones de Santa Teresa: 1

Presentación, Sermones de San Juan de la Cruz: 2
Feneri, Cura y cristiano instruido: 7
Fiestas reales de Manila: 1
Almeida, Sermones varios: 2
Mendo, Sermones varios: 2
Oratorio de cuaresma complutense: 2
Buges, Cuaresma: 1
Barona, Sobre el Ave María: 1
García, Sobre el Deprofundis: 1
Ayala, Adviento: 1
Morales, Mercurio evangélico: 1
Murillo, Discursos predicables: 2
Estante 6
Osorio, Marial y maravilla de Dios: 2 tomos
Baeza, Sermones funerales: 1
Muso, Sermones varios: 1
Mata, Sermones varios: 3
Garcés, Sermones varios: 2
Vega, Sermones varios: 3
Fray Gabriel, Cuaresma: 1
Miranda, de Concepción: 1
Rodríguez, Panegírico augusto: 1
Florilegium oratorum: 1
Vieyra, Sermones varios: 21

Abecedario delos Libros que Pertenecen ala Librería de San Pablo de Manila, según Tomos, Cajones, y Estantes.
A
Abad Panormitano Opera. 8 Tomos. Cajones 10 (7), estante 4 (6)
Abas Joachim. 1 Tomo, Cajones 2, estante 5 (4)
Abelio Theologo et Moral. 2 Tomos, Cajones 4 (9), estante 6 (4)
Acosta Comentaria. 1 Tomo, Cajones 3, estante 2 (4)
Acosta de Bulla Cruziata. 1 Tomo, Cajones 5 (8), estante 5 (4)
Acosta de Droga. 1 Tomo, Cajones 6 (14), estante 6 (4)
Acosta de Natura Novi Orbis. 1 Tomo, Cajones 5 (8), estante 6 (4)
Acuna de Confesor Solicito. 1 Tomo, Cajones 5 (8), estante 6 (4)
Adamo Probab. Opinion. 1 Tomo, Cajones 5 (8), estante 6 (4)
Adamo Política. 1 Tomo. Cajones 7 (9), estante 2 (1)
Aegiduis Opera. 3 Tomos, Cajones 4 (7), estante 5 (4)
Aegiduis Romanus. 7 Tomos, Cajones 1 (2), estante 5 (4)
Aeliani Historius varias. 1 Tomo. Cajones 7 (5), estante 6 (5)
Afflictum Decrison (¿) sac. Reg. Concil Neapol. 1 Tomo. Cajones 11 (6), estante 3
Agia de Auxilijis exhibendis. 1 Tomo, Cajones 10 (7), estante 5
Agricomius Theatru Terra Sancte. 1 Tomo. Cajones 3, estante 1
Aguado del Santissimo Sacramento y christia sabio. 2 Tomos, Cajones 9 (11), estante 2 (4)
Aguilera Curas (¿) Philosop. 3 Tomos. Cajones 6 (13), estante 3
Aguilony (¿) Optica. 1 Tomo, Cajones 6 (14), estante 2
Agovero Cirufia (¿). 1 Tomo. Cajones 6 (14), estante 4 (3)
Aguirre Coletio Concilionum Hispania. 4 Tomos. Cajones 8 (10), estante 2 (3)
Aguirra Opera. 2 Tomos, Cajones 4 (9), estante 4 (3)
Ayala adviento. 1 Tomo, Cajones 9 (11), estante 5 (3),

F
Fabii, Manipulus exemplorum. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Fachino, Opus Controversiarum. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 6 (5)}
Fagnano, in Decretables. {6 Tomos. Cajón 10 (7), estante 3}
Fallentiae regular juris. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 4}
Farinacii, Declarat.s sacri concilii. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 4}
Fajardo, Corona gótica. [(3)] {1 Tomo. Cajón 7 (6), estante 2}
Felino, in Decret. {3 Tomos. Cajón 10 (7), estante 2 (1)}
Feo, Tratado de las Vidas de los Santos. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 1}
Fernandez, Alma instruida. { 2 Tomos. Cajón 12 (4), estante 3}
Fernandez, Demostraciones católicas. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3}
Fernandez, Milagros del Rosario. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Fero, Gramática italiana y francesa. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 7 (5)}
Ferrario, Epitome geográfico. {1 Tomo. Cajón 6 (14), estante 6 (3)}
Fiestas de San Francisco Regis en Manila.{ 1 Tomo. Cajón 9 (16), estante 3 (2) (4)}
Fiestas de San Juan de la Cruz. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 3}
Fiestas Reales de Manila. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 5 (4) (2)}
Figueroa, Templo militante. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 2 (3)}
Figuera, Summa espiritual. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (5)}
Filguera, Censura pontificia. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Fero, Opera. {5 Tomos. Cajón 3, estante 6 (4)}
Filguera, Lucerna decretal. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5 (4)}
Fiol, Razones para convencer al pecador. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (5)}
Filutio, Opera et comped. { 3 Tomos. Cajón 5 (8), estante 2 (1)}
Fiorentino, Gramática italiana y española. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 7 (4)}
Flaminius, in Psalmos. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Flosculum Bibliorum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Flores, Cursus theolog.es. {4 Tomos. Cajón 4 (9), estante 6 (4)}
Flores, de Inelito agone. {1 Tomo. Cajón 3, estante 4 (3)}
Flores, Sancta Sanctorum Patrum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Florencia, Historia de Nuestra Señora de Loreto. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6}
Florencia marial. {2 Tomos. Cajón 9 (11), estante 1}

Florencia Pandectas. {2 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 2 (1).}
Florilegium oratorum. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 6 4 3.}
[Focher] Itinerario Catolico. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (5).}
Fomperosa Fiestas de señor Francisco de Borja en Madrid y en Manila. {2 Tomos. Cajón 9 (12). Estante 3 2.}
Foniana Fabricas de Roma. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 7 (10).}
Fontanella Decisiones. {4 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 2 (1).}
Fonteca Medicina. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 5 (4).}
Forerio in Ysayam. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 6 (4).}
Fragoso Cirugía. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 4 (3).}
Fray Francisco Ignacio Vida de la Madre Ysabel de Jesus.{ 1 Tomo. Cajón 13 (12). Estante 6 (3).}
Francisca Jesus in Apocalipsim. {1 Tomo. Cajón 3. Estante 2.}
Franciscus de Leon in Parce mihi. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
San Francisco Thesoro Celestial. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 4.}
Franco Doctrina Philosophia. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 5 (3).}
Frasso de Regio [Patronatos]. {2 Tomos. Cajón 10 (7). Estante 2.}
Freyre in judicum. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
Freyjo theatro chritico. {(7) 8 Tomos. Cajón 7 (5). Estante 3 (4).}
Fresneda in Aristot. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 1 (3).}
Froylan Curso Philosophia. {3 Tomos. Cajón 6 (13). Estante 3. item sumulas 1 tomo cajon 13 estante 3.}
Froylan de justitut. Novitiorum. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Fuentelapeña escuela de la verdad. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Fuero de la conciencia. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 5.}
Fuero jusgo. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 5.}
Fulgosius Factorum, et dictorum. {1 Tomo. Cajón 7 (5). Estante 5.}
Fumo summa Aurea. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (4).}
Fusario de substitutionibus. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 4.}
Flores españa sagrada. {(16) 13 16 Tomos. Cajón 12. Estante 3.}
Ferrares Biblioteca. {8 Tomos. Cajón 10. Estante 4.}
Fulgensio a [judize] filosofia.{ Cajón 13. Estante 2.}
Al Virrey de Nueva España que ponga todo cuidado en que las naos de Filipinas al puerto de Acapulco se despachen con brevedad y sin retardasen en su retorno: por que no pierdan el tiempo de su viaje. 1669, 1707.

Al virrey de Nueva España que
ponga todo cuidado en que las naos
de Filipinas al puerto de Acapulco
se despachen con brevedad y sin retardación
en su retorno, porque
no pierdan el tiempo de su viaje.
El rey. Muy reverendo Cristo
padre don Fray Paio de Rivera, arzobispo de
la iglesia metropolitana de la Ciudad de México, de mi
consejo, mi virrey, gobernador y capitán general de la
Nueva España y presidente de mi audiencia real de
ella en ínterin, o a la persona o personas a cuyo
cargo fuere su gobierno por ser cédula de treinta
y uno de diciembre del año pasado de mil seiscientos
y setenta y siete, os mando que tomando
informes de personas prácticas en la
navegación de esa Nueva España a las islas
de Filipinas [diese seis] órdenes que fuesen
necesarias para que se ejecutase lo que se tuviese
por más conveniente a esta navegación,
atendiendo a lo que fuere de más beneficio
y menos riesgo de ella, como se
refiere en la dicha cédula a que me remito.
Y ahora Don Diego de Villatoro, procurador
general de la ciudad de Manila, me haré
presentado entre otras cosas que de no ejecutase

con puntualidad lo ordenado por la cédula citada
resultar muchos inconvenientes y pérdidas
muy considerables a los vecinos de aquellas islas,
con disminución de mi real hacienda porque de
la conservación del comercio de Filipinas
con esa Nueva España pende el mayor aumento
de ella. Suplicándome [que] fuese servido demandar
que luego que lleguen al puerto de Acapulco
las naos de Filipinas se despachen con puntualidad,
sin que haga retardación en su retorno
porque no pierdan el tiempo de su viaje.
Y habiéndose visto en mi Consejo de Indias
con lo que dijo mi fiscal de él, he tenido
por bien de ordenaros y mandaros como
lo hago [que] pongáis todo cuidado en el breve despacho
de las naos que de Filipinas vienen
al puerto de Acapulco, dando las
órdenes que sean necesarias para
que luego que lleguen a él se despachen
con toda brevedad, sin que se retarde el
tiempo de su viaje. Y que se atienda mucho
al alivio de aquel comercio, pues de su
conservación y crédito pende el mayor
aumento de aquellas islas con beneficio
de mi real hacienda. Hecha en
Madrid a veinticuatro de junio de mil
seiscientos y sesenta y nueve años.

Al pie de esta real cédula están cuatro rúbricas,
que al parecer son de los señores del supremo
Consejo de las Indias.
Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy actual de las reales
galeras, que su majestad (que Dios guarde) tiene en estas
islas para su guardia y custodia, y escribano mayor en propiedad
del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima ciudad
de Manila y su diputación con voz y voto de privilegio
en él, en virtud de un acuerdo celebrado el día trece
de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco, por
los muy ilustres señores de ciudad que se halla a fojas
sesenta y cuatro a sesenta y cinco de libro número
treinta y siete, hice sacar y saqué este traslado
de la real cédula arriba inserta que está en el libro tercero
de cédulas reales en el archivo de mi cargo, y
va cierto y verdadero, corregido y concertado con su
original en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo
testigos Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado
y Pascual Casinag, presentes a ocho de enero de este
presente año de mil y setecientos y siete.
Al Virrey de la Nueva España que dé las órdenes que convengan para que vengan a estas islas médicos, letrados y escribanos. 1660, 1705

{Al margen derecho: Al virrey de la Nueva España que dé las ordenes que convengan para que vengan a estas islas, médicos, letrados, y escribanos.}
El Rey = Marqués de Leyva y del Adrada
conde de Baños pariente a quien he proveído por mi
virrey gobernador y capitán general de la Nueva
España, y presidente de mi real audiencia de
ella, o a la persona, o personas que la gobernare
en memorial que ha presentado en mi consejo real
de las indias: Máxino Sola de la Compañía
de Jesús ha [representado] entre otras cosas la
mucha falta que hay en las islas Filipinas,
de donde ha venido por procurador
general de ellas, de médicos, letrados, y escribanos
entendidos en su facultad. Pues por la
falta de ellos se hacen yerros y nulidades
en los pleitos y negocios de importancias.
Y que por no haber escribanos reales, hallan
en esa Nueva España dificultades en las escrituras
que de allá vienen. Y aunque de esto se
siente mucha falta, mayor es la que hay de
médicos. Pues es bien de reparar que en su viaje
tan dilatado y peligroso, [se] embarque tanta
gente sin médico que en las enfermedades
sepa aplicar algún remedio. Y que los presidios
de Terrenate y [Zamboanga] con
tanta infantería española estén sin
un médico o cirujano que siquiera sirva
de consuelo a los enfermos. Y que
en la ciudad de Manila algo suplen los chinos,
pero es poco y con poco seguridad de los enfermos.

Y que es justo se acuda al remedio
y consuelo de tantos y tan fieles vasallos. Y que no
faltaba a quien pase si para ello se les da alguna
ayuda de costa y comunidad buena
en la nao, y en Manila se les sitúa algún salario
así por la ciudad como de los conventos
y comunidades con permiso también de poderse
volver. Pues yendo unos y volviendo otros
se acudirá a la necesidad de los que pasan con
médicos a ida y vuelta. Suplicándome fuese
servido de proveer del remedio que más
convenga, y habiéndose visto en mi consejo
real de las indias, con lo que dijo mi
fiscal de él, deseando que se provea a la necesidad
que hay de médicos, letrados, y escribanos
en las islas Filipinas, he tenido por
bien de dar la presente. Por lo cual os
mando dé esas órdenes que más convenga
para que vayan a las islas médicos, letrados,
y escribanos para que empleen cada uno en su
ministerio [pus es beis] la necesidad tan grande que hay de ellos
haciéndoles así en el viaje como en todo lo demás
el buen pasaje que pudiere [des] sin que a los que
quisieren volver a esa Nueva España se les ponga
embarazo. Pues con esto se alentaran a pasar
a las dichas islas sujetos de las dichas facultades
que en ello me serviréis. Fecha en Madrid
a ocho de marso de mil seiscientos y
sesenta años. Yo el rey. Por mandado
del rey nuestro señor, Juan de Subiza.
Al pie de esta real cédula está una rúbrica y
atrás están seis rúbricas al parecer son de
los señores del supremo consejo de las indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy

actual de las reales galeras que su majestad
(que Dios guarde) tiene en estas islas para su
guardia y custodia, escribano mayor en propiedad
del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima
ciudad de Manila y su diputación con voz y
voto de privilegió en él, en virtud de un acuerdo
celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores
de ciudad que se halla a fojas sesenta
y cuatro a sesenta y cinco de libro número treinta
y siete, hice sacar y saque este traslado de la real
cédula arriba inserta que está en el libro tercero
de cédulas reales en el archivo de mi cargo. Y
va cierto y verdadero corregido y concertado con
su original en virtud del mandato de dicha ciudad,
siendo testigos Ignacio Álvarez, Simeón
de Mercado, y Pascual Casinag, presentes a ocho
de enero de este presente año de mil setecientos
y siete.
Al gobernador de Filipinas: sobre que los indios que fueren por grumetes en las naos del comercio, que todos sean de la costa de aquellas islas enseñados a navegar, y que lleven vestidos para la defensa del frío. 1620, 1707.

{Al margen derecho: Al gobernador de Filipinas sobre que los indios que fueren por grumetes en las naos del comercio todos de la costa de aquellas islas y que lleven vestidos para la defensa del frío y al fiscal lo que había de hacer en razón de ello. }
El Rey = Don Alonso Fajardo de
Tenza caballero de la Orden de Alcántara mi
gobernador y capitán general de las islas Filipinas
o a la persona o personas a cuyo cargo
fuere su gobierno. Hernando de los Ríos Coronel
en nombre y como procurador general de
esas islas me ha hecho relación que los grumetes
que sirven en las naos del comercio son siempre
indios. Y que contiene que sean todos gente
de esa costa, que están enseñados a navegar, y
que llevan vestidos con que se abriguen. Que por
no haberse, y meter otros de la tierra a dentro,
que no son marineros ni saben navegar, se
mueren los más en la altura, y por ser pobre
se embarcan sin tener vestidos. Y habiéndose
visto en mi consejo real de las indias
he tenido por bien de dar la presente. Por la cuales
os mando [proveía] y ordenáis que los dichos
indios que así fueren por grumetes en las dichas
naos sean todos gente de esa costa. Y que lleven
vestidos para la defensa de los fríos del viaje. Y a
mi fiscal de esa audiencia que [tome] por memoria,
y [aliste] todos los grumetes e indios que fueren
embarcados, y que se tome cuenta a vuelta de

***viaje a los oficiales que fueren en las dichas
naos las pagas de tratamientos que
les hubieren hecho. Y si algunos de los indios y
grumetes que hubieren muerto por maltratamiento
o por alguna de las causas referidas, [se querelle]
de ellos hasta que sean castigados con la demostración
y ejemplo que requiere la calidad de este delito.
Y para que mejor se ejecute sea este uno de los
capítulos principales de la residencia de los tales
oficiales, de manera que queden obligados a dar
cuenta de los tales indios. Y si alguno muriere
por enfermedad o caso fortuito, tengan obligación
de hacer información en el mismo
bajel luego como suceda de la verdad del
caso. Y si no lo hicieren y faltarse el tal indio, se
han habido por confesos y reos delincuentes del
delito. Fecha en Madrid a veinte y nueve
de mayo de mil seiscientos y veinte años =
Yo el rey = Por mandado del rey
nuestro señor = Pedro de Ledesma =
Al pie de esta real cédula está una rúbrica
y atrás están seis rúbricas al parecer
son de los señores del supremo consejo de
las indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad
(que Dios guarde) tiene en estas islas para
su guardia y custodia y escribano mayor
en propiedad del cabildo y ayuntamiento de
esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación
con voz y voto de privilegio en él

en virtud de un acuerdo celebrado el día trece
de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco
por los muy ilustres señores de ciudad que
se halla a fojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco
de libro número treinta y siete, hice sacar y saque
este traslado de la real cédula arriba inserta
que está en el libro tercero de cédulas reales en
el archivo de mi cargo. Y va cierto y verdadero
corregido y concertado con su original en virtud
del mandato de dicha ciudad, siendo testigos
Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado, y Pascual
Casinag, presentes a ocho de enero de este
presente año de mil setecientos y siete.
Sobre las tierras y los esclavos que la difunta Doña Agustina de Morales dejó para el Convento de Nuestra Señora de Guadalupe. 1633.

En la ciudad de Manila en diez y siete de diciembre de
mil y seiscientos y treinta tres años, ante mí el escribano y testigos
pareció el capitán y Sargento Mayor Sebastián Pérez de Acuña, vecino
de esta dicha ciudad y alguacil mayor de ella a quien doy fe que conozco
y otorgo, que vende a los albaceas de Doña Agustina de Morales,
difunta, para el patronazgo del Convento de Nuestra Señora de Guadalupe
o para la obra pia o capellanía que lo aplicaran, ciento y treinta y
siete pesos y cuatro tomines de oro común de censo y tributo en cada
un año; redimible y al quitar, y de a veinte mil el millar conforme
a la nueva pragmática; puestos y pagados en esta ciudad o donde le
fueren pedidos llanamente con las costas de la cobranza que ha de correr
y contarse desde hoy día de la fecha en adelante por razón de
dos mil y setecientos y cincuenta pesos de oro común de principal que
recibió en reales de contado de los dichos albaceas por mano de Fernando
de Caravajal, procurador de causas de la real audiencia
de estas islas como persona que tiene su poder. De cuyo [recibo], yo el presente
escribano, doy fe por qué se hizo en mi presencia y de los testigos
y [uso] escritos en reales de contado. Los cuales son y proceden
de los cinco mil y quinientos pesos, en que se remató en este otorgante
la huerta, casas, y tierras que en el río frontero del pueblo
de Santa Ana, quedó por fin y muerte de la dicha difunta, con los
esclavos de su servicio y lo demás pertenecientes a ellas que son los que conforme
el dicho remate habían de quedar a censo sobre la dicha huerta, casas
y tierras. Por qué la otra mitad, de los dichos cinco mil y quinientos
pesos los ha dado y pagado de que hoy dicho día el dicho Fernando de Caravajal
en el dicho nombre le ha otorgado, carta de pago, ante mí. Y los
dichos dos mil y setecientos y cincuenta pesos, del dicho censo impone
carga y sitúa sobre todos sus bienes derechos y acciones y especial-
y señaladamente sobre la dicha huerta, casas de piedra, y tierras, que
como [dicho es] se le remataron por bienes de la dicha Doña Agustina
de Morales, difunta. Las cuales son y alinde, por una parte, con huerta
y casa de Doña Josepha Girón, viuda del Sargento Mayor Antonio
Luis Vezerra, difunto, y por otra tierra de este dicho otorgante y por frente
el dicho río, en medio el dicho pueblo de Santa Ana, con todo lo anejo
y perteneciente a la dicha huerta y tierras; las cuales son libres de otros
censos, hipoteca, ni enajenación; con cargo de guardar y cumplir las
condiciones siguientes.
Lo primero que en todo tiempo tendrá la dicha huerta, casas, y tierras
bien reparadas de todas las labores y reparos de que tuvieren
necesidad de suerte que siempre vayan en aumento y no en disminución
y si no lo hiciere pueda quien fuere parte hacer los reparos
necesarios a su costa. Y por lo que se gastare sea ejecutado con solo
su simple juramento, de quien como dicho es fuere parte, sin que sea

necesaria otra diligencia ni averiguación de que desde luego le relieva.
Ítem que cada y cuando que haya de vender la dicha huerta, casas, y tierras
sea obligado a hacerlo saber a quién fuere parte por el dicho censo; para que
si las quisiere por el tanto que otra diere las pueda tomar; y para responder
si las quiere o no, tenga de término ocho días que se cuenten desde que
se le diere la noticia. Y si pasados no hubiere respondido ha de poder y pueda
efectuar la venta o traspaso con que sea en persona le [hallan a y] abonada
y no en ninguna de las en derechos prohibidas, y con el cargo de este
dicho censo y condiciones de esta escritura y la venta y enajenación;
que en otra manera se hiciere sea en sí ninguna y no valga.
Ítem que aunque la dicha huerta, casas, y tierras venga a poder de
sus herederos divisa proindivisamente no sean de poder partir ni dividir
sino que sean de obligar ellos o los que sucedieren por venta o traspaso,
si fueren más que una persona de mancomún, de por sí por el todo
in sólidum a la paga de este dicho censo haciendo nueva obligación y reconocimiento
de él.
Ítem que cada y cuando que diere y pagaré los dichos dos mil y setecientos
y cincuenta pesos del dicho principal con más los réditos que
hasta aquel día se debieren, o parte del dicho principal, tengan obligación
los dichos albaceas, o quien fuere parte, a los recibir y otorgar
le escritura de redención del dicho censo. Y en caso que no los
quieran recibir [componerlos] en poder del depositario general de esta
corte y con un testimonio de escribano público o real haya cumplido para
quedar libre él y las dichas casas, huerta, y tierras del dicho censo.
Y con las dichas condiciones se obligó a la paga del dicho censo y para
mayor seguridad de la demás de la dicha hipoteca de dichas casas,
huerta, y tierras sobre que se impone hipoteca por expresa y especial
hipoteca sin que derogue a la general de sus bienes ni, por el contrario,
la una a la otra se perjudique una estancia de ganado mayor y tierras de
labor que tiene y poseé frontero del dicho Convento de Nuestra Señora
de Guadalupe en el dicho río con todo lo a ellas anejo y perteneciente
para no poder disponer de ellas si no fuere con el cargo de esta dicha hipoteca
y no de otra manera mientras no se redimiere y quitaré y la venta
y enajenación que en otra forma se hiciere, sea en sí ninguna
y no valga aunque pasen a poder de otro tercero. Y en cuanto a la cantidad
del dicho censo desde luego se desiste y aparta del derecho y
acción que tiene a las dichas casas, huerta, y tierras sobre que se impone
y lo cede, renuncia, y traspasa en los dichos albaceas o quien como
dicho es fuere parte, reservando en sí la propiedad y usufructo de ellas
y se obligó a la seguridad y saneamiento de todos los dichos bienes
en tal manera que en todo tiempo será cierto y seguro y de paz el dicho
censo, sin que a ello salga embargo ni impedimento alguno y si le
hubiere, o algún litigio sobre ello se recreciere, saldrá a la defensa
y los seguirá a su costa por todas instancias y sentencias hasta

que el censo quede seguro y en paz. Y en caso que salgan inciertos los
dichos bienes referidos volverá y pagará los dichos dos mil y setecientos
y cincuenta pesos del dicho principal con más los réditos corridos,
para cuya firmeza y cumplimiento obligó su persona y bienes
y dio poder a los jueces y justicias del rey nuestro señor de cualquier
parte que sean a cuyo fuero y jurisdicción se somete y renuncia el
suyo propio y su domicilio y vecindad y la ley si convenerit de jurisditione
omnium judicium para que le compelan y apremien a ello como
por sentencia pasada en cosa juzgada renunció las leyes de su
favor y la general del derecho y así lo otorgó y firmó de su nombre
siendo testigos el Alférez Domingo Ruiz, Antonio Manrique, y
Diego Díaz, vecino y testigos en esta dicha ciudad = Sebastián Pérez de
Acuña = Ante mí Juan Vásquez de Miranda, escribano público.
Concuerda con su original que está en un protocolo de escrituras públicas que
pasaron y se otorgaron ante Juan Vásquez de Miranda, escribano público
que fue de los del número de esta ciudad de Manila el año pasado de mil y seiscientos
y treinta y tres que queda en el archivo de mi oficio a que me remito y
doy fe. Con el cual corregí y concerté este traslado y va cierto y verdadero según
que de él parece. Y para que conste de dicho pedimento y mandamiento, doy el
presente en la ciudad de Manila en diez y seis días del mes de julio de mil
y seiscientos y setenta y cuatro años siendo testigos el Alférez Juan Rodríguez
del Castillo, Nicolás de la Cruz, y Agustín Capolong.
Gerónima Esguerra, viuda de esta ciudad de Manila sobre el bando que pide que presenten los recaudos de las tierras que posee, 1697.

Gerónima Esguerra, viuda, vecina de esta ciudad. Ante vuestra señoría,
me presento en la mejor vía y forma que de derecho lugar haya. Digo
que en virtud del bando que se publicó en esta dicha ciudad sobre que
presenten los recaudos de las tierras que llegamos a poseer, y porque las
que al presente obtengo por mías están en el sitio del Mandaluyong,
doctrina de él de Santa Ana en la jurisdicción de Tondo como consta de los recaudos
que con esta hago presentación en debida forma en cuya virtud
la he poseído por tanto.
A vuestra señoría pido y suplico habiéndome por presentado con dichos recaudos, que
vistos, se me vuelvan originalmente a un tanto de ella autorizado para en
guardo de mi derecho, por ser justicia que pido y juro en forma no sea de
malicia etcétera. Enmendado habiendo vale.

{en la margen izquierda: Auto}
En la ciudad de Manila en veinte y dos días de mes
de mayo de mil seiscientos noventa y siete años. Ante
el señor licenciado Don Juan de Sierra Ozorio caballero de
Orden de Calatrava del consejo de su majestad, su oidor en
la audiencia y real chancillería de estas islas juez privativo
para la [recaudación] y cobro de todo lo que se estuviere diciendo
a su majestad por razón de compras de tierras, composiciones y lo demás
que en la real cédula de comisión se expresa, se presentó
esta petición con los recaudos que refiere por la
contenida en ella. [Él está] por dicho señor oidor, dijo
trasladó al promotor fiscal. Y se le notifiqué responda dentro
de tercero día y esta parte otorgue poder a procurador
conocido con quien se siga esta causa con apercibimiento que
de no hacerlo se seguirá con los estrados de esta audiencia
y le parará entero perjuicio. Y por este auto así lo proveo
mando rubrico de que doy fe.
Ante mí, Francisco Puyo
[publico y real]
{En la margen izquierda: Notificación al promotor fiscal.}
En dicho día, mes y año, yo el presente escribano leí y notifiqué
el auto de arriba y di el traslado que en el se manda
al Capitán Juan de Angulo promotor fiscal de comisiones
y habiéndolo oído y entendido, dijo que lo oye [por] y
que se da por notificado, de que doy fe.

En la ciudad de Manila, en diez
días del mes de julio de mil seiscientos y
setenta y cinco años, ante mí, el escribano
y testigos, el General Don Francisco de Ocampo
que doy fe conozco, vecino de esta ciudad, como
administrador de los bienes que quedaron por
fin y muerte del Sargento Mayor Don Nicolás
Sarmiento y Paredes por nombramiento de la justicia
ordinaria. Y discernidole el dicho cargo cuyos autos
pasaron ante mí, de que doy fe, y de que quedan
en el archivo de mi oficio a que me [remito] estando
haciendo pregonar en la plaza pública en la
puerta de la secretaria de gobierno y guerra un
quiñón de tierra perteneciente a dichos [bienes]
que está en el río de San Juan del Monte por
voz de Andrés de Poli a tambor de la compañía
del señor gobernador y capitán general de estas islas
que sirvió de pregonero para efecto de rematarlo
en la persona que más diere por él, por bienes de los
hijos menores del dicho difunto a quien se citaron
para su remate y en su nombre al Alférez Jorge
Rodríguez su defensor y al Almirante Don
Diego Cortes como albacea del Alférez Don Nicolás
Sarmiento y Romero su yerno y por lo que toca
a Doña Nicolasa Cortes su hija viuda del dicho
alférez y de quien dice tener su poder y al Capitán
Don Pedro Sarmiento y Leos como acreedor a
dichos bienes, según consta con las que se hicieron, pareció
Gerónima Esguerra residente en esta ciudad
a quien yo el escribano doy fe conozco. Y dijo que
en conformidad de la postura que tenía hecha
a dicho quiñón de tierra de ciento y once pesos en
siete del corriente mes y año. No habiendo otro
mayor ponedor se le rematase en dicha cantidad.
Y dicho General Don Francisco de Ocampo como tal
administrador mandó se prosiguiese con los
pregones y se repitiesen por si hubiese otra persona
que diese más por dicho quiñón de tierra. Y se
fue prosiguiendo con dicho pregones diciendo
dicho pregonero "ciento y once pesos dan por en el
quiñón de tierra que quedó por bienes del Sargento
Mayor Don Nicolás Sarmiento y Paredes
que está en el río del San Juan del Monte". Hay quien
puje y quien diga más [apercibo] de remate
repitiéndolo muchas veces y pues no hay quien
puje "a la una a las dos a la tercera que buena."

"Que buena pro le haga." Con que quedó rematado
el dicho quiñón de tierra, en la dicha Gerónima Esguerra
en la dicha cantidad de dichos ciento y once
pesos luego de contado, al dicho General Don Francisco
de Ocampo, el cual estando presente otorgó que
recibía y recibió la dicha cantidad de los ciento
y once pesos de oro común en reales de la
dicha Gerónima Esguerra que así mismo esta
presente, que por no parecer la entrega y
paga renunció las leyes de ella y su prueba. Y
como entregado de ellos otorgo carta de pago
y recibo en forma. Y lo firmo. Y la dicha Gerónima
Esguerra por no saber escribir, a su ruego lo
firmó un testigo que lo fueron Pedro Sarmiento
de la Cruz, Ignacio Fajardo y Juan Gaña. Don
Francisco de Ocampo. A ruego y por testigo Ignacio
Fajardo. Ante mí, Nicolás de Herrera,
escribano público y real.
E hice mi signo en testimonio de verdad
Nicolás de Herrera
[Frm.e publico y real]
Índice de todas las escrituras que se hallan en este libro de las tierras comprehendidas con el nombre de San Isidro pertenecientes al Convento de San Agustín

Índice de todas las escrituras que se hallan en este
libro de las tierras nombradas Potag, Socong, Mabilog,
Paquita, Majayjay, Pedrera Amaya,
Estero de Ventura, Pangpang
y Manibo en los términos y altos
de Dongalo comprendidos
con el nombre de San
Isidro, pertenecientes
al Convento
de San Agustín.
En siete de agosto de mil seiscientos y veintitrés,
Don Agustín Sungab, indio del pueblo de
Dongalo vendió a Francisco Coro un pedazo de tierra
nombrada Potag en términos del pueblo
de Dongalo, cuya escritura pasó ante Sebastián
Zambrano, escribano de su majestad y se halla
en este libro, desde hojas 2 a 4.
En nueve de enero de mil seiscientos y
veinticuatro, Francisco Coro presentó escrito ante
la real justicia, pidiendo que en virtud
de dicha venta le metiera en posesión en nombre
de la real justicia de las tierras que había
comprado con citación de los linderos. Dichas
diligencias se hallan desde hojas 4 vuelta
hasta 8 vuelta.
En veinticinco de enero de mil seiscientos
veinticuatro, Francisco Coro ofrece informaciones
que no le es de utilidad el tener las
dichas tierras sino venderlas, para lo cual
presentó cuatro testigos. Y en virtud de las declaraciones
de ellos, pidió [que] les concediese licencia
para otorgar la venta de dichas tierras. Concedió

se le licencia con tal que fuese con
intervención del señor fiscal de su majestad
como protector de los naturales. Todas las
diligencias se hallan en este libro desde
hoja 8 vuelta hasta 15 de él.
{Al margen izquierdo: 325 pesos}
En tres de febrero de mil seiscientos y veinticuatro,
Francisco Coro vendió dichas tierras
al Convento de San Agustín, cuya escritura
está desde hojas 15 de este libro hasta
17, ante Pedro de Valdés, escribano público.
{Al margen izquierdo: Putac}
En cinco de febrero de mil seiscientos y veinticuatro,
pide la parte de San Agustín
a la real justicia [que] le meta en posesión de
las dichas tierras en virtud de dicha escritura
con citación de los linderos. Las diligencias
se hallan en este libro desde hoja
17 vuelta hasta 20 de él.
En ocho de marzo de mil seiscientos y veinticuatro,
Don Alonso Datal y demás consortes
presentaron escrito ante la real justicia,
diciendo que como tenían unas tierras altas
nombradas Socong [y] Mabilog en términos de
dicho pueblo de Dongalo, ofreciendo información
de que no les era de provecho. Y así [que]
les concediera licencia para venderlas. Recibió se
la información en cuya virtud la justicia
ordinaria remitió al señor fiscal de su
majestad para que les concediera licencia.
Y habiéndola concedido, se mandó por
dicha justicia ordinaria [que] se otorgase la
venta. Todas estas diligencias se hallan en
este libro desde hoja 20 vuelta hasta 26 de él.

{Al margen derecho: 250 pesos}
En diecisiete de marzo de mil seiscientos
y veinticuatro el dicho Don Alonso Datal
y demás consortes otorgaron escritura en virtud
de las diligencias arriba citadas de las
dichas tierras a favor del señor San Agustín
ante Pedro de Valdés, escribano público, cuya
escritura se hallan [sic] en este libro desde hoja 26
vuelta hasta 29 de él.
{Al margen derecho: Socong Mabilog}
En dieciocho de marzo de dicho año de
mil seiscientos veinticuatro, la parte de dicho
Convento de San Agustín, en virtud de
dicha escritura de venta, pidió [que] le metiera
en posesión de dichas tierras con citación de los
linderos ante la real justicia, quien mandó
por su auto [que] le metiera en posesión por cualquier
teniente de alguacil mayor, las cuales diligencias
se hallan en este libro desde hoja 29 vuelta
hasta 33 de él.
{Al margen izquierdo: Sipit}
{Al margen derecho: 30 pesos}
En ocho de enero de mil seiscientos veintiséis
la parte del convento del pueblo de Parañaque
otorgó escritura de venta en forma
a favor del Convento de San Pablo de un pedazo
de tierra que está en una isleta junto
a la pedrera ante Pedro de Valdés, escribano
público. Está en este libro desde hoja 33 a 34 de él.
En siete de junio de mil seiscientos y veintisiete
Fray Francisco Bonifacio, provincial,
concedió licencia a Fray Diego de
Águila, prior del pueblo de Parañaque para
que pueda hacer donación de un pedazo de
tierra que posee al Convento de San Pablo en
cuya virtud el dicho Fray Diego de Águila
y otros padres conventuales hicieron donación

de dicho pedazo de tierra. Y está en
este libro desde hoja 34 vuelta a 35 de él.
En ocho de enero de mil seiscientos
y veintiséis Fray Luis Brito, prior de dicho
Convento de Parañaque, vendió dos pedazos
de tierra al Convento de San Pablo que
en términos de dicho pueblo ante Pedro de
Valdés, escribano público, cuya escritura
se halla en este libro desde hoja 35 vuelta
hasta 38 de él.
En veintisiete de enero de mil seiscientos
y veintiséis Don Salvador Martín presentó
escrito, diciendo que como poseía un
pedazo de tierra en los altos de Dongalo
nombrada Amaya, y por ser altas
y montuosas no le era de provecho. De lo cual
ofreció información y las hubo de Don Agustín
Sungab y demás consortes, según consta
de escritura que presentó con dicho escrito
el dicho Don Salvador Martín. Su fecha
a los ocho de enero de mil seiscientos y
veintiséis ante Pedro de Valdés, escribano
público. Y habiendo dado las informaciones
y dado algunos pregones, la real
justicia ordinaria, habiendo visto todas
las diligencias, las remitió al señor fiscal
de su majestad como protector de
los naturales, quien concedió licencia
para otorgar la venta de dichas tierras, las
cuales diligencias se hallan en este libro
desde hoja 38 vuelta hasta 50 de él.
{Al margen izquierdo: Amaya}
En cinco de febrero de mil seiscientos y
veintiocho años la parte del Convento de San Agustín

{Al margen derecho: Casa de San Isidro}
{Al margen derecho: 230 pesos}
presentó escrito, haciendo
obligación de una escritura, que dicho Don
Salvador Martín otorgó de las dichas tierras
a favor de dicho convento en virtud de dichas
diligencias. Su fecha a los cuatro de dicho
mes y año ante Pedro de Valdés, escribano
público. Y pidió que en nombre de la
real justicia metiese en posesión de dichas
tierras. Y en su virtud se despachó mandamiento
y la parte de dicho convento tomó posesión
de dichas tierras. Y todas las diligencias
se hallan en este libro desde hoja 50 hasta
57 de él.
En veinte de junio de mil seiscientos veintiocho
años Fray Francisco Bonifacio, provincial,
concedió licencia a la parte del Convento
de Parañaque para que pueda hacer donación
de unas tierras al Convento de San Pablo,
en cuya virtud Fray Juan de Montemayor,
prior de dicho Convento de Parañaque hizo donación
de las tierras del río y brazos del Estero
de Ventura. Y dicho provincial aplicó
dichas tierras a dicho Convento de San Pablo y
están estos recaudos en este libro desde hoja 57 a 58 de él.
{Al margen derecho: Paquita Yumabon Majayjay}
{Al margen derecho: 101 pesos 6 tomines}
En ocho de marzo de mil seiscientos y noventa
y siete Fray Pedro Zambrano, por escrito que
presentó, adjuntó diferentes ventas de tierras
en lengua tagala ante la real justicia, y pidió
que dos intérpretes trasuntasen dichos recaudos.
Y está a hojas 58 a 59 de este libro.
Don Miguel García, Alonzo Ogtong, Don Juan
Astingal, Don Gerónimo Paslao, Francisco
Bilang, Doña Juana Amlang vendieron

{Al margen izquierdo: Yumabon}
unos pedazos de tierra que poseían
en Paquita y Majayjay a la parte
de dicho convento, cuyas escrituras
pasaron ante Juan Banguis, escribano
de los naturales del pueblo
de Parañaque. Y está a hojas 59 a 64 de
este libro.
{Al margen izquierdo: Yumabon}
En ocho de marzo de mil seiscientos
ochenta y nueve la parte de dicho convento
pidió a la Real Justicia [que] se trasuntase
un recaudo que hizo presentación
de él por estar en la lengua tagala.
Y está a hojas 64 a 65 de este libro.
En veintiocho de marzo de mil
seiscientos veintiocho Don Francisco
Baguio, Don Cristobal Pasco y Doña
Inés Panian hicieron gracia y donación
al Convento de Parañaque como hermanos
de Don Pedro Dayag, difunto,
cuyas eran para el bien de su alma, dos
pedazos de tierra que tenía en Yumabong
y Pangpang, cuya escritura pasó
ante dicho Juan Banguis. Y en virtud
de ella tomó posesión de ellas Fray Luis
Caro. Y está en este libro a hojas 65 a 67.
{Al margen izquierdo: 151 pesos 4 reales}
{Al margen izquierdo: Yumabon}
En trece de mayo de mil seiscientos
veintiocho Don Juan Suy vendió a la
parte de dicho convento diferentes
pedazos de tierra en virtud de información
y licencia del señor fiscal,
que todo se halla inserta en la escritura
de venta que otorgó el susodicho

Ante Martín de la Roca, escribano público,
que está a hojas 67 a 81 de este libro.
En siete de julio de mil seiscientos
veintiocho la parte de dicho convento
pidió a la real justicia [que] metiese en posesión
de las tierras contenidas en dicha
escritura con citación de los linderos,
la cual se le dio. Y está en este libro a
hojas 81 a ochenta y cuatro.
{Al margen derecho: Yumabon. 60 pesos}
En veintiséis de junio de mil seiscientos
veintiocho Don Francisco Baguio,
en virtud de licencia de la justicia
y parecer fiscal, vendió a la parte de
dicho Convento de San Pablo tres pedazos
de tierra que están en Yomanbo, cuya
escritura pasó ante Pedro de Valdés,
escribano público. A hojas 84 a 88 vuelta.
{Al margen derecho: 27 pesos 11 pesos 10 pesos}
Don Cristobal de Águila, Gabriel Cagan [y]
Doña Magdalena Asad vendieron
unos pedazos de tierras que poseían
en Paquita y Mabilog a la parte de dicho
convento, cuyas escrituras pasaron ante
dicho Juan Banguis y está a hojas 88 a 91 de
este libro.
{Al margen derecho: San Isidro 6 pesos 8 pesos 36 pesos 6 pesos 6 pesos 12 pesos}
En ocho de marzo de mil seiscientos
noventa y siete, la parte de dicho convento
hizo presentación de seis escrituras
en lengua tagala otorgadas por
diferentes personas a favor de Don
Pedro Tello ante la justicia ordinaria
para efecto de que se trasuntase.
Y está a hojas 91 vuelta a 93 de este libro.

{Al margen izquierdo: San Isidro}
Doña Margarita Malay, Doña Luisa
Carohin, Don Juan Pezo, Don Gerónimo
Paslao, Pablo Panayon, Doña Inés Pitahin [y]
María Vidal vendieron cada uno
por sí diferentes pedazos de tierra a Don
Pedro Tello, cuyas escrituras pasaron
ante Don Cristobal Bayani, escribano
de naturales del pueblo de Parañaque.
Y están en este libro a hojas 93 a 99.
{Al margen izquierdo: San Isidro}
Don Alonzo Fira, Don Lázaro Dalansic,
Don Martín de la Cruz [y] Don Agustín
Mercado vendieron diferentes pedazos
de tierras a Don Felipe Vasco, cuyas
escrituras pasaron ante Hernando
de Cabrera, escribano de naturales
del pueblo de Parañaque. Y están
a hojas 99 a 104.
En veintitrés de diciembre de mil
seiscientos y veintiséis Don Felipe
Vasco vendió todas las tierras a Don
Pedro Tello, cuya escritura pasó ante
dicho Hernando de Cabrera a hojas 104
a 105 de este libro.
{Al margen izquierdo: 120 pesos}
En nueve de agosto de mil seiscientos
cuarenta y siete Don Pedro Tello, en
virtud de la licencia de la justicia ordinaria
y parecer del señor fiscal, que se
halla inserta en la escritura, vendió
todas las tierras que posee a la parte de
dicho convento. Y la escritura se otorgó
ante Diego de Aldave, escribano público real,
y está a hojas 105 de este libro a 107.
Sobre las mentiras de Don Juan de Rosales, escrito por el General Don Franco de Figueroa

Demonstración de la verdad que
saca contra las mentiras del
papel de Don Juan de Rosales
El general
Don Francisco de Figueroa, castellano de Cavite
Amicus. Amicus Plato sed magis
amica veritas.
Amigo, ya es tiempo de decir verdades que así
se lo escribí los días pasados al señor Don Juan Manuel
y bien sabe vuestra merced que ninguno mejor que yo puede decirla,
siquiera contra lo que se miente en el papel de
vuestra merced. Yo quiero decirla antes que me obliguen a decirla
aunque no quiera. Sálvese quien pudiere, que
aunque yo he mojado en el plato más que todos, no
será la primera vez que salgo con las manos limpias,
aunque las demás queden manchadas. Por lo menos,
he de probar ventura que quizás no estará cansada
de asistirme, y si lo estuviere y me ahorcasen, servirá
me de confesión. Esto me obliga a responder a su

papel y porque estoy muy en los puntos de todo he de responder
a él punto por punto. Ya veo que no soy letrado,
pero pocas letras son menester para decir lo que pasó.
Y faltando vuestra merced al hecho poco cuidado, me dará
responder al derecho, que sin lo primero, es nulo.
En el primer número, dice vuestra merced es obligación
precisa decir la verdad y torpeza decir lo que no es.
Según el sabio, qui quod novit loquitur index
iustitiae est qui autem mentitur testis est fraudulentus.
Y que llevado de este afecto, saca vuestra merced esta demostración
jurídica a este número. Digo dos cosas, lo
primero que se acuerde vuestra merced bien de este texto para
lo de adelante y procure corresponder a su afecto,
porque yo con él solo le he de argüir. Lo segundo, que
podía vuestra merced haber escusado el término demostración
jurídica y se podía dar por sobradamente dichoso si
fuera probabilidad y el señor Don Juan Manuel por
muy servido de vuestra merced.
En el número segundo, refiere vuestra merced el hecho
sobre que había vuestra merced de fundar todo el derecho que vuestra merced
pretendía del señor Don Juan, pero tal es el derecho que
su merced tiene, como el hecho que vuestra merced refiere de
minuto, truncado, alterado e invertido. Vamos
al caso. Dice vuestra merced que al pasar a la obediencia
del gobierno militar que su majestad manda, tenga
el señor oidor más antiguo se presumió entrase
en dicho gobierno el señor Don Francisco Coloma, pero que
le contradijo el señor Don Francisco Mansilla. Yo quisiera

preguntar a vuestra merced quien lo presumió, si vuestra merced que
aquí lo escribe o el señor Don Juan Manuel que lo manda
imprimir. El señor Don Juan sabe vuestra merced no lo presumió,
pues dijo allí mismo aquella mañana antes que se
excitase la controversia a uno de la ciudad que
la había de haber. Y para que es andar por rodeos hartas
veces, nos lo ha dicho a las dos como se urdió esta
tela. Baste decir que le estaba bien él no lo presumir,
y así mal permite que se imprima esto
vuestra merced. Aunque lo presumiese, no presume tanto de sí como
discreto que juzgue hacia al caso su presunción
para ponerlo en este papel contra la del señor
Oidor Mansilla, a quien vuestra merced debe, si tiene presunción, mostrarse
más agradecida de lo que aquí se muestra con su presunción.
Y porque no olvidemos el texto del sabio, que
vuestra merced cita en su primer número, pregunto, ¿no sabe
vuestra merced lo que le pasó a la ciudad cuando fue a dar cuenta
al Señor Coloma de la prisión del gobernador? Si dice
vuestra merced que sí, ¿cómo ajusta vuestra majestad en esta noticia su presunción
y el qui quod novit loquitur? Si dice vuestra merced
que no, ¿cómo ajusta vuestra merced la carta que vuestra merced cita en
el número [57]?
También dice vuestra merced en ese número, «se iba agravando
la controversia con circunstancias que casi parecían
contra la decencia de tan soberano tribunal». Vuestra merced
es como los predicadores de estos tiempos que con un [casi]
hacen un santo simple la santísima trinidad.
Y no dice vuestra merced su [casi] con tanta simpleza que no dé
mucho que reparar aún a los más simples y dé que

hacer caso aún a los entendidos. Pues el decir con lo
que alegó el señor fiscal sin decir lo que alegase que
está dicho con simpleza y que no hace mucho al caso.
Para la frívola escusa de recusarle, señor mío, esto no es
lo concertado. O borrar el texto del sabio del
número primero o si quiere que vamos con el qui
quod novit loquitur, ya ve, vuestra merced, que es forzoso que
no cumpliendo vuestra merced con lo primero, hayamos de añadirle
a vuestra merced lo segundo del texto, y diciendo
vuestra merced, que llevado de ese afecto, saca este papel.
No podremos sufrir le cuadre a vuestra merced lo demás
de lo que le tenemos afecto.
Lo demás que vuestra merced cita en este número que
es en siete renglones, no tiene cosa ninguna que
se ajuste al hecho. Antes todo lo contrario, pues sabe
vuestra merced que toda la real audiencia puso el bastón
en el señor maestre de campo Don Agustín de Zepeda. Sabe
vuestra merced se salieron de la sala los señores Coloma
y Mansilla y quedaron en ella el señor Don Juan
y señor fiscal para determinar la competencia
y que entonces estaba el bastón en poder del
señor maestre de campo. Sabe vuestra merced que se salieron
de la real audiencia sin determinarlo allí. Luego
porque no le estaba bien al señor Don Juan Manuel
que pidió autos y que, pasando junto con el señor
fiscal delante de los dos señores que estaban en
la sala de afuera, dijo por dos días mientras
los autos se vean, traería su merced el bastón.

Pues con esta verdad irrefragable como ajusta vuestra merced
la renunciación de político y militar dada en la
real audiencia pues ni entonces se la dieron, ni
jamás se han vuelto a ver juntos en ella. ¿Quién se la
dio? Fuimos nosotros. Y así a nosotros nos lo debe agradecer,
no a los señores oidores que no le darán
sino una soga para que se ahogue.
En el número 3, pone vuestra merced el auto con
que dice vuestra merced renunciación. Sepa vuestra merced, ya lo sabe
que este auto es [suplicando] y bien se echa deber. Se hizo
aprisa, pues en él hay tantas contradicciones, en que
me admiro no haya reparado vuestra merced que lo imprime,
porque aquellas palabras dijeron que se traigan
los autos que precedieron sobre dicho antigüedad. No
las entiendo que señores son los que la dijeron
Coloma y Mansilla eran parte. Y esa era
acción de jueces Don Juan Manuel y el señor
fiscal, esos sí que las podían decir. Pero cuando
lo dijeron, no estaban presentes el Señor Coloma
ni Mansilla. Pues si esto es evidente, ajuste
vuestra merced lo demás de este número, que tal puede ser careciendo
de sólido fundamento. Y si no, dígame vuestra merced
si es verdad que se dieron político y militar
[ínter] que determinaba, como [ínter] que determinaba
no ejerció solo el señor Don Juan político
y militar. Y con eso había verdadera la causa que da
para que no cesase el curso de los despachos.
Estas palabras echaron a perder todo el auto.

Valga el diablo a Zurbarán que los puso y a vuestra merced
que no la hurtó que para todo hay traza y no costaba
tanto alterar una firma. Ni sería la primera,
porque el curso de los despachos es el gobierno político.
Estuvieron despachando dichos señores a un
ínter que Don Juan Manuel determinaba.
Luego ejercían el gobierno político, luego o la
razón del auto es nula, o es nula la posición
del gobierno político en Don Juan. O por mejor
inferir, luego no cedieron lo político en
Don Juan, de donde se infiere con la misma evidencia,
que ni lo militar, porque parte lo cedieron
simul. No cedieron lo político, ni lo militar
fuera de que si allá luego en la real audiencia
lo cedieron y allí parte le dieron la posición, como
no firmó allí el señor Don Juan, sino en su casa,
luego no se la dieron allí, pues allí no la aceptó,
y como no firmó ante el Secretario Perea,
ante quien dice pasó el auto, sino ante Zurbarán
y como tampoco dice quien lo llevó. Estáis
durmiendo Don Juan, pues no está el tiempo
para dormidos, que por Dios que los más despiertos
estamos temblando.
En el número 4, 5, 6 y 7, pretende vuestra merced probar
que el señor Don Juan es capitán general.
Si vuestra merced lo consiguiera, merecía que partiese con vuestra merced
el sueldo de capitán general a que parece se enderezan
dichos numerosos. Pero en ello, hallo pruebas

vuestra merced que el gobernador propietario de estas islas es capitán
general, pero no el interino. Dado que justifica
[dam.de] lo fuese, vuestra merced pregunta a los señores jueces,
oficiales reales, donde están dos cédulas que dicen
el sueldo que ha de llevar y verá como no es de capitán
general, y como no lleve el sueldo, llámese generalísimo.
Pero si lo tiene y ha llevado, que remedio
fácil. Yo diré donde está ese, y lo demás que quizá
con eso me salvaré. Haced voz, lo mismo, amigo,
y cada zorra guarde su cola, y cada puta, hile y coma.
En el número 8, dice vuestra merced que los señores oidores
Coloma y Mansilla se impidieron asimismo.
Yo digo lo mismo, pero no en el sentido que el
de vuestra merced. No dudo que han de llegarlo a sentir y mucho
en que se impidieron, señor mío. Responde
vuestra merced en que recayó el gobierno en el señor
Don Juan y que le dieron posición en la
real audiencia y que se continuó despachándose a las
provincias diferentes provisiones. El laberinto
de Creta es este. Cojamos el hilo de oro de la verdad,
amigo. Aquí no se contenta vuestra merced con que
los señores Coloma y Mansilla estuviesen impedidos,
sino con recaídas, solo el señor Don Juan
estuvo suelto. Más, pregunto estas provisiones
que vuestra merced alega quien las firmaba Don Juan, no eran
reales todos. Luego, todos ejercían lo político, luego
no lo habían renumerado, luego no poseía el
señor Don Juan ni se continuó despachándose. Para

otra vez hablar más claro, señor mío, que no sólo
escribe vuestra merced para los de Madrid que no lo han visto,
sino para los de Manila a quien vuestra merced les da a ver
su papel. Yo he andado más avisado que una carta
que escribí de este Jaez, mintiendo a dos carrillos
por alabar a Don Juan Manuel. Por lo menos no
lo imprimí.
En el número 9, alaba vuestra merced al Señor
Coloma de que esperaba, callando la resolución
del señor Don Juan, sin ambición del mando
y vitupera que el Señor Mansilla presentase
escritos, queriendo que esto sea ambición. Aunque
a vuestra merced le hizo el señor Don Juan juez de la
controversia, no le hizo ni le puede hacer
juez de las intenciones, ni es bien que vuestra merced se adelante tanto
en juzgar. Mucho había en esto que decir pero
pasó un argumento que vuestra merced hace en dicho número,
o por mejor decir a un supuesto para lo de adelante
y prueba de lo que tantas veces ha dicho, que
los señores habían renunciado político y militar.
Dice vuestra merced que el un señor esperaba y el otro
señor presentaba escritos, sin que entre ambos
señores dudasen de la jurisdicción con que se hallaban
para determinar, y que ambos le reconocieron
por juez legítimo al señor Don Juan,
que infiere vuestra merced de allí que le habían cedido
lo militar. Graciosa ilación por cierto porque

no era juez de controversia militar ninguna. Pues,
tan graciosa será si infiere que le habían renunciado
lo político. Lo uno porque para ser juez de la controversia,
no era necesaria tal renunciación, pues
sin ella lo era el señor fiscal. Lo otro porque
si de allí, no prueba le habían cedido lo militar, tampoco
lo político pues. O no se lo cedieran de ningún
modo o fue simul. Y así nada prueba vuestra merced en este
número sino su intención.
En el número 10, dice vuestra merced que el señor
Don Juan podía solo resolver, pero que como era
en negocio propio, no asentaba. Y así llamó a vuestra merced
y al licenciado Don Eugenio. También podía decir
que me llamó a mí, o que sin llamarme, me
metió. Y no hace poco al caso, pues sabe vuestra merced
que aunque vuestra merced tenía movida la pena, yo le cabe
de despenar. Pero yo no sé como podía solo
resolver si no era juez. Solo que la frívola
recusación del señor fiscal en su número
tendrá su respuesta. Tampoco sé como siendo aún
los rústicos demóstenes en su negocio, haga
vuestra merced al señor Don Juan tan rústico en el suyo, fuera
que hasta que lo vi impreso, siempre entendí
que era negocio del rey nuestro señor este,
no de Don Juan Manuel. Y es fuerte caso que un letrado
tan grande confiese, le llamó para su negocio

y que de jurista le quiera hacer negociante.
Lo demás que vuestra merced refiere de inquietudes
y demás motivos de su auto, vea lo respondido
y rechazado con la respuesta que la nobilísima
ciudad dio cuando se le notificaron. Y
yo me espanto de que entonces en el auto
lo pusiesen por motivo, sino que ahora nos lo
pongan a los ojos impresos, conocida tiene vuestra merced
la tierra imprima cuanto quisiere.
En el número 11, dice vuestra merced se le hizo
saber al señor maestre de campo. Aquí no puede dejar
de repetir su texto, qui quod novit loquitur.
No sabe vuestra merced el como se le hizo saber, pues qué espera
de su merced si lo acierta a leer.
Número 12. Dice vuestra merced se notificó al Señor
Coloma que respondió tan docto como erudito. Poca
erudición era menester para responder uno
redondo y al escribano hacerle rodar por las
escaleras abajo, pero aunque él no fuese rodado,
vuestra merced, que es letrado, no conoce que por lo menos fue
ruejo. No dice que reserva la posesión de oidor
más antiguo y que ha de ser sin perjuicio de ella.
Luego si no puede ser sin tal perjuicio, de ningún
modo pudo ser, ni quiso el Señor Coloma que fuese.
En el número 13, dice vuestra merced que por ser ya de
noche, no se notificó a los señores Mansilla

y fiscal, no está puesto con poca traza él ya como
si de día. Se hubiera comenzado a notificar
al Señor Coloma y no a las nueve de la noche
sino para dejar a buenas noches al Señor Mansilla.
Pasó esto, pero no puedo llevar en paciencia
que diga vuestra merced que el señor fiscal asintió y tuvo
por acertado lo resuelto en el auto cuando nos
consta con evidencia de lo contrario. Pero ya que
vuestra merced levanta este testimonio al señor fiscal,
porque está muerto, por qué le levanta otro, no
menos al Señor Mansilla, diciendo que no
replicó. Yo no hallo otra respuesta sino que pensó
vuestra merced que el Señor Mansilla había de correr
la misma fortuna que el señor fiscal mediante
las buenas diligencias que para ello hemos puesto
Don Juan Manuel, y yo sabe Dios que estoy
arrepentido y quede procurar soldarlo valga
lo que valiere.
Lo del número 14 de la vista de los alcaldes,
la noche buena y el pleito amenacé
y todo lo restante es graciosísimo. Yo no sé qué
me hiciera si fuera alcalde y tal testimonio
contra mí se imprimiera, aunque fuese alcalde
de palo. Pero gracias a Dios que si el un alcalde
no es de palo, es de rayo. No hay sino prevenir
cruces de Caravaca que bien son
menester.

El supuesto del número 15 de que tomó la
posición a vista del Señor Coloma. Violó, instaló y
no lo resistió. Es gran fundamento de letrado para
inferir mayores consecuencias. Aquí entra el
[qui tacet el digestis, Bartolo y Baldo amontones
y el fortiato]. Hará su papel Bovadilla
y más que ninguno, porque para bobos, es bueno
el supuesto. Miren que es [carraman], rajabroqueles,
o que gran capitán con una escuadra de
corazas era el Señor Coloma para resistir
la posición que nadie le daba, sino él usurpaba,
asistido de un tercio de infantería
en batallón puesto. Pero no hay cosa como lo del
Señor Montemayor que dice tampoco lo resistió
como lo había de resistir si vivía fuera y mandó
la cerrasen las puertas porque así se lo advirtió
que no dormía, y por su merced esta misma escusa
que por el Señor Coloma.
En el número 16 dice vuestra merced estas palabras
en esta seguridad, paz, y quietud estábamos,
cuando el día siguiente nos sobresalto un
peligro. No sé si diga el mayor que, contra esta
ciudad, se pudo recelar que por lo que tuvo de
más extraordinarias las causas, tuvo de más
horrible por lo menos esperado. Y fue la noticia
de que los señores oidores y señor fiscal
se habían retirado al colegio de la Compañía de Jesús.

Hasta aquí vuestra merced y yo digo le viene
tan de molde como su escrito al adagio castellano,
«aramos, dijo la mosca y iba en el
cuerno del buey. Estábamos, ¿quiénes estábamos?
Porque la ciudad estaba para perderse el día
antecedente cuando resistió entregarle las llaves
y al fin lo hubo de hacer, viéndose cercado de un
escuadrón. Los nobles y cuerdos estaban admirados
de tan desleal resolución. Los señores togados
no sabían qué medio elegir para poner en
relación a Don Juan Manuel que, contra la expresa
voluntad de su merced, se había alzado
con el gobierno. Pues aquel estábamos en paz
y seguridad. Por quien lo dice vuestra merced,
por Don Juan Manuel que seguridad podía
tener, habiéndose levantado y al fin no bastaba,
aunque la tuviese para llenar el[estábamos].
Pues que otro hay para llenar este término
a vista de los togados que no lo estaban, de los
nobles, de los leales, de los cuerdos. Que yo saco mi
blanca que vive Dios, que no estaba seguro sino
temblando. Sin duda que es vuestra merced que lo escribe
y como ha dado en imprimir, quiere también
dar en hacer papel. Y no entendí yo que
a vista de una ciudad y república que no lo estaba,
podía vuestra merced atreverse a imprimir el [estábamos]

en esta paz, si no fiado en el adagio que cité, «aramos,
dijo la mosca y iba en el cuerno del buey».
En el número 17, dice vuestra merced que el vulgo
se incitaba a novedades, y podía vuestra merced decir
que le incitaba que era el señor Don Juan Manuel,
que, de su ventana, decía a los soldados que les
parece a vuestras mercedes señores, lo que ustedes me han dado.
Las palabrillas son bobas y las que vuestra merced
fomentaba, estando siempre a su lado que cada
una era un barril de fina pólvora. Y yo,
que mandaba nísperos, ya hablando aquí,
ya engañando allí, y dando en aquella admirable
traza de poner el sello en un
bufete con candelas que fue lo que acabo de encandilar
a los pobres inocentes.
Lo que vuestra merced añade, refiriendo los que
entraron en la compañía con el real
acuerdo, no sé con que cara se lo atreve a imprimir,
faltando tanto a la verdad o para que Diablos
puso a que texto qui quod novit loquitur
sino para que ya de enfadados. Le acabemos de
añadir el testis est fraudulentus, pues no lo cumple
como [osa] decir que fueron a la compañía
particulares personas y algunos de la ciudad.

No sabe que estaba en ella, la nobilísima ciudad
en forma con su secretario, regidor y depositario.
No sabe estaba el maestre de campo, sargento
mayor, general de la caballería, capitán de la guardia,
castellano de esta fuerza en su teniente que
envió por estar el achacoso. Y yo, que lo soy de la
de Cavite y que el no estar más, fue porque no llamaros
a más, y porque cercando la compañía Don Juan Manuel
como si fuera la rochela. No dejó entrar más que
sino todos los leales entraron, y porque sobraban
los que estaban dentro para dar cumplimiento a
la real cédula, pues eran todos las cabezas de la república.
El recaudo que dice vuestra merced envió Don
Juan Manuel a los señores y que respondieron,
dando a entender estaban en misa, es supuesto. Y
no sé yo que haga a vuestra merced al caso. Y así por tan poca
cosa, ¿por qué quiere le pongamos la ceniza del qui
autem mentitur testis est fraudulentis? Que por ser de
su texto de vuestra merced, no le puede dejar de venir,
porque no dice vuestra merced quien llevó el tal recaudo
como dice quien llevó el segundo que fue el Capitán
Padilla y Secretario Delgado, y si a estos no
les dejaron dar el suyo como le dio el primero
y volvió con la respuesta, «amigo, paciencia
que hallaba el testis est fraudulentus», vos tenéis

la culpa. Pusisteis a vuestro papel este tema.
En el número 18, dice vuestra merced que personas
de autoridad avisaron al señor Don Juan Manuel
trataban los señores de elegir nuevo gobernador
y que viendo se alteraban y conmovían los
ánimos de todos y de las naciones en perjuicio
de la paz público, se resolvió a creerlo el
tal señor Don Juan Manuel, sobre lo cual le canta
vuestra merced sonoras laudes con textos que es bendición.
Amigo, Don Juan ya que estáis más desembarazado
de temores o más desapasionado que cuando imprimisteis
este papel, decidme así Dios os saque
bien del que es lo más que podéis desear en esta
vida, no os pesa de haber dicho disparate, tal
mentira, tal falsedad, tal encarecimiento
de que se alteraban las naciones en perjuicio
de la paz pública en que se hallaba la república.
[Venid] acá esto leído en Madrid
si se creyera no era forzoso que inquietará y [diese]
cuidado a vuestro rey a quien vos, por lisonjear
un oidor, no reparáis en engañar
e inquietar, esto visto y leído de la real audiencia
y acuerdo contra quien vos lo escribís. No es forzoso
que os inquiete a vos. No basta el trabajo
que os costó cuando lo imprimisteis, obligado

a vivir en clausura, sino que después de ese,
queréis tener otro mayor, y tras de etcétera, apaleado.
¿Con qué verdad dice vuestra merced trataban de elegir
nuevo gobernador? La palabra elegir tiene
más misterio de lo que parece, y bien sé yo quien
trató, solicitó y pidió que le eligiesen a él. Todo
tendrá su tiempo, amigo letrado. Vuestra merced ha leído la cédula
de su majestad que manda sea el gobernador de las
armas el oidor mas antiguo, pues que hay que tratar
de elegir, se pase quien es el más antiguo.
Y no hay que tratar dudase, averiguase no se puede,
o no se puede averiguar, pues dos hay más antiguos
que Don Juan Manuel, atropéllese el uno por sus
conveniencias para que se obedezca de rey.
A solo el Señor Mansilla declaró con la real audiencia,
ser el más antiguo el Señor Coloma, pues en esto que
quita a Don Juan Manuel, ni se acuerdan de él,
sino de su rey y señor a quien se trataba
de obedecer y no de elegir.
Llama vuestra merced junta o congregación en
dicho número el real acuerdo, queriendo
no lo sea el que se hizo en la Compañía de Jesús.
Yo también le llamé del mismo modo en la
carta que escribí al rey, y aún peor, no lo imprimí
que aunque soy loco, no lo quiero ser de molde.

Y no había por allí un par de textos perdidos para
persuadir esto, por lo menos a los que no entienden
latín que al fin, viendo que vuestra merced lo decía y citaba,
[digestis glossa farinaceo], no dejarían con
esa harina de cegarse. Y mientras tanto pasaba
por congregación el real acuerdo y le hacía
esto a Don Juan Manuel y a otros muy al
caso. Terrible punto es este Don Juan, real acuerdo
fue el que se hizo en los Teatinos, y Don Juan
y vos y otros no lo obedecieron, que yo allá,
entré y obedecí. Y no me consuela esto poco,
que aunque volví a entran para todo, hay entradas
y salidas y yo las tengo buenas sin ser
calvo. Aseguro os tenía muchos textos claros
y expresos en términos para probarás
lo era cuando estabais imprimiendo este papel,
porque me decían que vuestro estudio se enderezaba
a probarlo, pero ahora que veo
que os contentáis con decirlo y mal dicho,
yo me contento con negarlo y muy bien negado
y pasemos a otra cosa.
Dice más en dicho número que Don Juan
Manuel, con resolución varonil, hizo tocar
las cajas. Ha visto que tan varonil es y tan

guapo, eso me contenta. O bizarro oidor y
contra quien las tocaba y prevenía los infantes.
Amigo Don Juan venía contra Manila,
el Tártaro, no sino contra la congregación. Aquí
viene bien la congregación, porque decir contra
el real acuerdo, Dios nos libre quien
lo ha de creer de un fiel y noble vasallo,
pero mejores lo que vuestra merced dice que fue para
defender las cajas reales llenas de las preseas
de oro y plata de Salcedo que podían despertar
la codicia. Esto es yerro de imprenta
sin duda. Me río yo que Don Juan de Rosales,
siendo tan buen filósofo de esta cabeza,
porque por esta razón se habían de estar
tocando hasta la hora de esta y con eso 400 [pesos]
que había en ellos no se habían desparecido, pero
ellos parecerán y con eso las islas no [perecerán],
y si no, pregúntenme a mí que reventó
ya por hablar.
El número 19, está respondido varias
veces. Vamos al 20 en que dice vuestra merced
que de parte de los señores oidores retirados,
llevarían un recaudo a Don Juan Manuel
el reverendo padre provincial de la Compañía de
Jesús Miguel Solana y el padre Ministro Tiburcio de Cifuentes

en cuyos elogios se delata
vuestra merced con razón para que fuese ha llamado
del real acuerdo y dice vuestra merced respondió
estaba llano a obedecer. Pero que no obedeció,
pues no fue adonde lo llamaban y debía ir
como fiel vasallo, sin que le valga la frívola
excusa de no desamparar las cajas. Pues estaban
bien guardadas con un cabo cualquiera
que fuese, válgate el diantre, las cajas.
Y el cuidado que vosotros tiene Don Juan
Manuel, cierto que le debéis mucho, pero
pienso que más os debe él a vosotros, hace decir
verdad Don Juan. Y hemos de cumplir
con vuestro texto que pusisteis al principio,
qui quod novit loquitur, nunca vos lo
pusiera después. Por Dios que vos y yo tuvimos
la culpa de que no fuese a la compañía
que él ya estaba ciscado, con perdón de vuestras
pocas y malas barbas, así que oyó real
acuerdo.
En dicho número, dice vuestra majestad que la Compañía de Jesús,
su madre y maestra solicitaba de su parte,
con vivo celo, la unión y concordia entre
los señores magistrados. Doy os el parabién Don
Juan que tenéis madre tal como la compañía

hay es como quiera. Madre, vive Dios, que la
tomara yo para mí. Hice de punta si es bobo el Don
Juan y no escoge madre de importancia, el Diablo
que se meta con ella. Pero al fin, ose decir un
chiste advertido. Mal hicisteis en poner eso, porque
os dirán que tuvisteis madre de compañía y ya
que os gloriáis de tal madre, ¿por qué no procedéis como
su hijo? Y pues vuestra madre trataba y solicitaba
la unión entre los señores magistrados, ¿por qué
vos tratabais y defendíais la desunión? Que
yo, aunque decía lo mismo, no digo que tenía tal
madre.
En el número 21, dice vuestra merced que [idos]
los padres, hizo Don Juan una junta abierta
de personas de letras y prudencia, a quienes
pidió parecer si había de ir a llamado de real
acuerdo. Y que fueron de parecer que no y esto se
firmó de muchos en el número 22, y que
fueron testigos el señor deán Don Joseph Milán
de Poblete, el maestre [de] escuela Cordero, el reverendo
Padre Solier provincial de San Francisco y Fray
Mateo Ballón su guardian.
En dicha propuesta, hay tantas cosas que notar,
reparar y tildar cuantas palabras tiene, porque
todos los motivos queda. Son supuestos vanos,

frívolas y de ningún fundamento, solamente reparo
en lo que se repara. Vuestra merced no lo imprimiera
porque se contradice. Vuestra merced dice que una junta
abierta de personas de letras y prudencia, y luego
en la propuesta, solo consulta y propone
a los cabos militares que están presentes, cuyas
firmas constarán abajo y con las firmas
de estos, se conforma. Pues, ¿donde están las personas
de letras? Ya que pasemos que algunas cabos militares
lo serían de prudencia, por lo menos para
su negocio. ¿Qué firmas nos propone vuestra merced de personas
de letras? Ningunas, luego ninguna persona
de letras se consultó. No hay cosa que más memoria
pida que el mentir con consecuencia
y sin que le cojan. Vuestra merced, para imprimir otro
papel, tome la anacardina o trate de decir
más verdad o si ha de mentir tan a las claras,
no ponga textos que le sean tan en contra
como el primero con que comienza. Podía
decir como mientras leía el [vendido]
Zurbarán, estaba yo detrás de la silla, diciendo
con señas a los circunstantes dijesen
de no. Y vuestra merced enaguándose la boca
con dos [bártulos] que engañaba a los pobres [bartolas]
que le oían.

Pero dirá vuestra merced que ya consultó al Licenciado
Manuel Suárez y dijo que si dicho licenciado
fuese de parecer de que fuese a la compañía
al llamado del real acuerdo [iría], y tiene
vuestra merced razón y dice verdad. Pero qué razón
hay para que habiéndose remitido al parecer
de dicho licenciado que montaba más que el de todos
cuantos en la junta abierta estaban,
y dicho le por escrito dicho licenciado debía ir, y
que no tenía derecho ninguno para tener el gobierno
militar con todo eso, ni fuese Don Juan Manuel
ha llamado del real acuerdo, ni desistido de
su porfiada intención. Aquí, no hay que responder
sino que los cabos militares fueron
del parecer contrario y que lo firmaron. Pues
los cabos lo firmaron, que lo defiendan,
y el que sigue su parecer contra el mandamiento
del real acuerdo, que lo pague, que
yo en la compañía estuve.
En el número 23, no hay que responder
y paso al número 24, por el cual merecía
vuestra merced otros tantos de buen pulso. Hay cosa
más graciosa que decir puso una compañía
de infantes para respecto de los magistrados.
Señor Don Juan, esto es qui quod novit loquitur.

A fe que si yo magistrado, fuera que había de hacer,
tuviesen a vuestra merced y a Don Juan Manuel
respecto y dar orden como le tenían los soldados,
para que no dejasen entrar sustento ni un
buyo. Este nuevo modo de respectar, no lo
había yo visto hasta ahora y es bueno saberlo
para cuando oyéremos que el turco nos cerca
una plaza y que no deja entrar vituallas, consolarnos
que lo hace por nuestro respecto. Poco respecto tiene vuestra merced
a los hambres ante quienes imprime tal falsedad.
En el número 26, dice vuestra merced amaneció
la aurora. Tiene relación que vuestras mercedes estaban muy
a oscuras. Pero aunque la aurora amaneciese para
todos buenos y malos, no parece amaneció
para vuestras mercedes, pues se quedaron en sus tinieblas.
Dice vuestra merced en dicho número que se supo había
vuelto a renunciar su derecho en el Señor
Coloma. Decía bien, pero en el vuelto, merecía
digo el Señor Mansilla, niego el supuesto
porque supone vuestra merced lo había renunciado antes,
en el señor Don Juan. Si dijera vuestra merced que
renunció en el Señor Coloma, decía bien, pero
en el vuelto, merecía una vuelta por la mentira.
Dice vuestra merced había empuñado el bastón
de gobernador de las armas el Señor Coloma

y [se echó] obedecer, por tal tiene relación que lo empuñó,
pero él [se echó] obedecer esta hecho con malicia.
No se hizo obedecer, que allí no había fuerza, sino
prontísima fidelidad. Que yo estuve allá y lo vi y
aún porque no había fuerza, y penetré que el
negocio por fuerza había de ir y las tenía Don
Juan Manuel engañada la milicia, y así
lo que vuestra merced añade, de que muchos de los que allí
estaban creyendo peligrar, le obedecieron.
Ellos le pedirán cuenta a vuestra merced si son
hombres tan valientes ahora como lo fueron
entonces y leales. Dice más vuestra merced que así que
vieron desunidos los señores y nada firme
lo resuelto en la salida del Señor Coloma,
y venida a la palacio sin bastón, prosiguieron
con aplauso en la obediencia del
señor Don Juan. Lo resuelto siempre estuvo
y estará firme, que la verdad no quiebra.
Y después de salida, el Señor Coloma dijo
a todos el Señor Mansilla que eso era lo que
se había de seguir, que quizás si no lo hubiera
dicho, no le hubiera preso y desterrado. Pero
padezca que para eso [aceptó] el cargo de ministro
del rey y el que sin peligro no se
atreviese hacerlo, déjelo de ser, que no les paga

su rey tres mil pesos al año para estarse en su cama
y regazo de sus mujeres, comiendo bodigos.
El aplauso que vuestra merced dice por ver los señores
desunidos, dígalo lo que por esa desunión ha padecido
la república y tantas desterradas. Y lleve
el Diablo a vuestra merced que me hace acordar
el destierro del Señor Mansilla, para mí
mal que hasta aquí no iba tan malo. Y
al Señor Peña, que allá me lo envío, que
si no, yo hiciera ahora piernas y no que temo
me hagan pernear.
En el número 27, dice vuestra merced que ha de
desvanecer los motivos que tuvo el
real acuerdo y establecen los que Don Juan
Manuel tuvo para su auto y se pone a probar
hasta el número 33. No era nulo por haber excluido
al señor fiscal, diciendo debía ser
excluido porque el señor fiscal no podía
ser juez por ser parte y de todos estos números
halló se podía formar este silogismo. El señor
fiscal no pudo ser juez en los negocios
en que es parte en el pleito de la antigüedad
que traían los Señores Coloma y Mansilla,
luego de tal pleito, no podía ser juez. La mayor
es verdadera y eso solo prueba cuanto vuestra merced

dé textos y cédulas [su faranze], que sin ellos
se lo concediéramos. Porque no solo el señor
fiscal pero ni otra persona ninguna puede ser
juez en lo que es parte, sino Don Juan Manuel
que lo fue para adjudicarse asimismo el gobierno
de las armas. Pero la menor que
era la que vuestra merced hacía al caso, con que la prueba
ni la puede probar, porque el señor fiscal
es parte solo en los negocios del fisco y real
hacienda. Pues, ¿qué tiene que ver el fisco con
pleitos de antigüedad? Dice vuestra merced había de
pedir ejecución de la cédula gran fundamento.
Pues amigo, esa no estaba ya pedida y ejecutada,
fuera que si esa era causa, como no reparó
en ella cuando se quedó a juzgar en
la audiencia la controversia con el señor fiscal,
su conjuez, y ya que todo esto no valiese,
quien le dio autoridad al señor Don Juan
para excluirle, no aguardará a que le excluyera
las partes.
Bien reconoce vuestra merced la sutilidad de sus
fundamentos y por eso en el número 34, da otro
como de tan gran letrado y es que el señor fiscal
había propalado su voto a favor del no
de los dos señores. Aquí, no puedo detener

la risa ni dejarme de admirar de su necedad,
pues aunque eso sea verdad, ¿qué jurisdicción tiene el conjuez
para excluir al otro? Eso se deja a las partes,
fuera de que yo muy bien sé que Don Juan Manuel
había declarado el suya tan bien y por esa causa
le podía excluir a él, el señor fiscal. Y fuera
esto más acertado que, por lo menos, el señor
fiscal hubiera dado el bastón a uno de los
dos más antiguos y no se hubiera quedado con él.
Pasa vuestra merced al número 33 y desde él
hasta 46 con infinidad de textos, pretende vuestra merced
que la renunciación que el Señor Mansilla
hizo de antigüedad en el Señor Coloma, no es
válida por que en lo una vez renunciado,
no hay regreso. No me meto en si hay o no hay regreso,
que eso se lo probaban los letrados. Solo
digo no prueba vuestra merced nada porque va fundado
sobre falso, pues los señores nunca renunciaron
en Don Juan Manuel. Pero doy que
cediesen por dos horas mientras determinaba.
Ya determinó bien mal, luego, ya
cesaba la sesión, no es tan sutil, amigo
el argumento que, por Dios, que aunque
no soy lógico y vos lo sois, no lo soltáis
por más que lo pretendéis.
En el número 47, pone vuestra merced el auto

que hizo Don Juan Manuel y vos firmasteis
a cuantas veces. Os habrá pesado si sois
discreto, porque él contiene más nulidad que palabras.
Uno de ellos, nos mostró Don Juan Manuel
con unas márgenes que como son en
romance castellano las entendí y di
gracias a Dios de no ser letrado ni firmado
tales disparate. Mucho temo os las pongan
en este papel impreso, de que quedaréis
corrido si tenéis vergüenza.
En el número 48, dice vuestra merced una
verdad y quiere sacar una mentira. La verdad
es que, en el señor Don Juan Manuel estaba
la jurisdicción de la real audiencia
para dirimir la competencia entre los dos
Señores Mansilla y Coloma sobre la
[mejor] antigüedad. La falsedad que de
eso se infiere que lo que sentenció el señor
Don Juan Manuel haya sido bien sentenciado.
Lo primero, porque en él solo
no estaba la jurisdicción de la real audiencia
para sentenciar sino también en el señor
fiscal que con él, era juez. Y no sentenciado
con él, fue nula la sentencia. Lo segundo,
dado que fuese el solo juez y en él solo
residiese la jurisdicción, no tenía más que

juez, solo pudo determinarlo solo, o ya determinó
bien o mal, o dijo que no le tocaba
determinar. Con todo eso debiese proseguir con
el bastón, pues este le tuvo en depósito.
Mientras bien o mal determinase, no le decía
yo a vuestra merced, que le hubiera estado mejor
estarse hasta ahora, sin determinar
que no tomar tan loca determinación.
Dirá vuestra merced que yo lo determiné allá. Yo
respondo que no me lo podrá probar, pero sí, vuestra merced,
que lo firmo y yo ando con mucho cuidado en firmas
que soy perro viejo. Pero vuestra merced que no
repara en firmar, comerás ahora pan de
perro y verás si el número 52 y 53 le
defienden, que son de tan poca sustancia
como los pasados. Y así vamos al 54.
Este es gran número porque de él saca
vuestra merced un argumento horrendo. Veamos
si yo lo acierto a formar después de haber
consultado al cura de este puerto. Digo así
el Escribano Zurbarán, dio fe de que había
cuatro años, poco más o menos, que los Señores
Mansilla y Coloma habían dado parte
de esta competencia al real consejo de
Indias. [Deus] sic est, este latín, dice el cura,

viene bien aquí. [Deus] sic est, que en lo que está
dado parte al consejo, no se puede innovar aquí
hasta que de ella venga determinado. Igitur,
esto también, dice el cura, viene bien
aquí, y como suena a cosa de hijos, lo entiendo
yo muy bien. Igitur, igitur. Vive Dios, me
salen hijos como palabras, igitur, no pudo
ni debió aquí el señor Don Juan innovar.
Esta consecuencia sale de aquellas premisas
y vuestra merced la concede y yo, aunque una de ellas
es falsa. Pero concedido todo, este argumento
no saca vuestra merced nada en su favor antes todo
lo contrario. Porque si no debió ni pudo innovar,
había de dejar las cosas como se estaban.
Estaba en posesión de la antigüedad
el Señor Coloma. Luego él se había de quedar
con la antigüedad hasta que del real
consejo viniese determinado lo contrario
y gobernar lo militar como oidor
más antiguo.
Dirá vuestra merced ya dejó las cosas como
se estaban porque estaba Don Juan Manuel
con el bastón y se dejó estar con el. Yo no me
espantó de que se dejase estar con él y
que vuestra merced le dejase estar porque le está y le estuvo
bien para el oficio de Tondo y a mí para

proseguir en mi potosí de Cavite. Sí me espanto
de que los demás le dejasen estar, mas, dejemos
esto y vamos al caso. Pregunto,¿ hicieron le
juez de la causa hasta que viniese la
resolución del real consejo, o hasta que la
resolviese él, a juzgarse no podía resolverlo?
¿O hicieron le juez de sí? El bastón había de quedar
en él o de quien de los dos señores. Había
de tocar, claro está, que de esto segundo.
Luego si resolvió, había de resolver (el bastón
no había de estar en quien antes). Digo, como
buen juez por una de los dos, si no resolvió
ni debía resolver el bastón, no había de estar
en quien antes de esta competencia estaba
la antigüedad. Amigo, por Dios que soy
mejor lógico de lo que pensaba y desde que el
cura me dijo el Igitur, me como las manos
por Igitur. Dije que una de las premisas
es falsa y con todo eso, la asienta
vuestra merced por sólido fundamento porque ha dado
en ser tonto. Y por Dios que se ha de salir
con ello, la premisa es aquella mejor. El Escribano
Zurbarán dio fe que había cuatro años
poco más o menos que los Señores Mansilla
y Coloma habían dado parte al consejo

de su competencia. No digo que es falso que el
Escribano Zurbarán diese fe, sino que la
fe que dio es falsa. Los recaudos que Zurbarán
comprobó cuatro años están en la
secretaria de Nicolás de Herrera, secretario,
y son un poder general para todos los negocios
sin hacer ni la menor acción de antigüedad.
Mire si la fe que da es falsa, pero
doy que no lo fuese. Vuestra merced, que presume de letrado,
no sabe que en el número de 24 se da fe
como no reparó aquella noche del auto en que Zurbarán
le daba de cuatro años. Dirá vuestra merced que era de
noche y cierto que yo no hallo otra respuesta.
Dirá también que Don Juan Manuel no quitó
la antigüedad al Señor Coloma, que con ella se ha quedado
y firma primero y es presidente. Hambre de
los Diablos, no diga eso que se degüella. Pues, si ha quedado
con la antigüedad como se quedó con el
bastón, respóndame vuestra merced que se quedó allá
en los teatinos, donde lo empuñó y se salió
sin él. Y pues, él no le quiere no le hace agravio
Don Juan Manuel, bien está. Pero si él no
le quiere, no estaba allí el Señor Mansilla barbado,
me replicará vuestra merced. Pues, ¿para qué lo desterró

y aprisionó Don Juan Manuel sino para
que no le tuviese? Valga el Diablo su alma.
El letradillo no le hecho que no me traiga a la
memoria el destierro y prisión de Mansilla.
Piensa que no le entiendo que lo hace para que me
ahorquen, porque le desobedecí en Cavite, siendo
mi gobernador en lo político, y le traté tan
indignamente y más no teniendo yo por gobernador
en lo militar a Don Juan Manuel. Pues
obedecí en la compañía al Señor Coloma. Y porque
he jurado contra su merced lo que no he visto ni
podido ver, todo por agradar a Don Juan Manuel.
Pero yo haré de las mías para librarme, que [ungüento
hay sana] lo todo para todo.
El número 55 está bueno porque en él, tácitamente
confiesa vuestra merced que era real acuerdo
el que se hizo en la compañía. Ya yo me espantaba
que un tan gran letrado como vuestra merced lo negase, basta
que por lo que tiene de sutil, lo disimule. Pero
no puedo yo disimular un argumento ad
hominem, que de este número se hace contra vuestra merced y todos
sus autos firmas y pataratas, y aunque yo mejor
sé hacer argumentos ad feminam. Con todo eso
hallaba, dice vuestra merced, los Señores Mansilla
y Coloma como partes esenciales en el auto.

Pronunciaban no podían ser jueces, y así que
la renunciación allí hecha era nula, siendo
uno el que renunciaba y otro el que declaraba
por válida la renunciación, bien está. Luego
fue nulo también el auto de Don Juan Manuel,
adjudicándose así el gobierno militar.
Pues, en eso es parte esencial.
Esta consecuencia es evidente de sus principios
de vuestra merced y así mal hizo en ponerlos,
pero podrá responder. Don Juan Manuel
no sentenció en su favor sino que retuvo todo.
El pecado de Don Juan Manuel es retener, dice
bien vuestra merced, pero no responde bien. Porque en
virtud de que retuvo, en virtud de su auto
es nulidad. [Porque], en virtud de auto de los
señores, es falsedad. Argumento cornuto,
me dijo el cura que se llamaba este. Y como
vuestra merced no se trata como casado (aunque lo es),
me lo atrevo a poner más, aunque todo este
argumento cornuto no valiese. No ve vuestra merced
una gran disparidad que hay entre los señores
y Don Juan Manuel, que digo una gran disparidad
muchas. La primera, estos señores
no juzgaban sino se componían, y así como
solos sus señores, se podían componer solos

ellos. En esto, podían entrar en la composición.
Don Juan Manuel, juzgó, se adjudicó y no podía
juzgar. Segunda, dado que solos sus señores no
bastasen y fuese necesario otro juez, no estaba allí
y estuvo el señor fiscal que lo firmó. No
estaba allí el señor Licenciado Manuel
Suárez que firmó y obedeció el auto también.
Y con esta gran diferencia que al señor fiscal
y Licenciado Manuel Suárez, dado que fuesen necesarios
para la tal renunciación, cesión y apartamiento,
lo podían nombrar los señores como parte.
Y a vuestra merced y Don Eugenio no los señalaron las
partes que litigaban y así no pudieron entrar
por todas partes. Estáis cogido Don Juan, nunca vos
hubierais impreso este papel o ya que lo
imprimisteis, lo hubierais sepultado, sino que
lo gana de parecer os hará perecer.
El número 56. Le he leído y releído
y vuelto a leer y, por Dios, que no lo entiendo, ni a
que venga a propósito sino para vuestro desempeño.
Porque con él, habláis mal de los teatinos
y los alabáis. Habláis mal del Señor Coloma y le
alabáis. Levantáis testimonio a la ciudad,
haciendo muy vidriosa su fidelidad. Del
Señor Mansilla, habláis tan mal, que no pueda
ser más, diciendo aventuró la paz de la república

por pedir restitución de lo que injustamente se le había
quitado. Y solo habláis bien de Don Juan Manuel
(más juicio Juanico). Yo, de las dos cosas antes
escogiera hablar mal de uno tan malo
que no hablar mal de tantos buenos. En los teatinos
queréis motejar la mayor fidelidad
en el Señor Coloma. Queréis alabar el mayor
miedo con que le vituperáis en el Señor
Mansilla el derecho natural con que cada
uno puede pedirlo que es suyo. En la república
queréis dudar del más leal amor a su rey.
Pues, los teatinos que os azoten como [añino],
los oidores que os ahorquen como alevoso
contra la suprema dignidad, la república
que os trate como hay indigno de vivir en
ella. Diréis que sois de la tierra, ya lo sabemos,
pues que os entierren luego en ella.
En el número 57, dice vuestra merced que
algún curioso, preguntará porque no cedió
también el señor Don Juan Manuel
en el Señor Coloma en quien había cedido
el Señor Mansilla, con que cesaba todo.
Digo que no será curioso sino majadero
el que tal dijera que había de renunciar
el señor Don Juan en el Señor Coloma si no tenía nada que renunciar.

Pero pasó a la respuesta que vuestra merced da, que solo
ella basta para descubrir la maldad, con que
procedió Don Juan Manuel. La nulidad de
sus autos, el mal juicio de vuestra merced que pone en
un papel impreso y público, lo que estaba tan secreto
ahora lo verá. Dice vuestra merced con palabras formales
que trasladó aquí de su informe, que el
muy reverendo padre, comisario del santo oficio, prudentemente
advertido y cristianamente político,
sabiendo la primer competencia, luego que
fue preso dicho maestre de campo previno cuerdamente
obrar con su autoridad y celó
justo todo género de inquietudes en la república.
Y así con razones que a ello le persuadieron, dio
aviso al señor Don Juan, en recaudo auténtico,
proveyese de suerte que uno de los dos señores
no entrase en dicho gobierno militar por entonces.
Hasta aquí vuestra merced y desde aquí, yo y todos,
aún los más barbados, hemos de convencer
a vuestra merced por mal letrado y peor filósofo
y a Don Juan Manuel por mal juez y peor
vasallo.
Vuestra merced confiesa que el reverendo padre comisario con
recaudo auténtico dijo a Don Juan Manuel
no entrase en el gobierno militar. Uno
de los dos señores más antiguos luego ya no

tenía que juzgar Don Juan Manuel ni que
esperar, ni remitir a la corte, ni pretexto para
retener el bastón aunque se lo hubiesen dado,
porque estando impedido, el uno necesariamente
quedaba por gobernador de las armas, el otro
señor oidor que no lo estaba. Y la cédula real
daba voces a los leales oídos que manda gobierne
lo militar el más antiguo. Quedaba
supuesto este auto del padre comisario, uno
más antiguo que Don Juan Manuel, suelto
expeditó el llamado por la cédula, el pedido
por la república deseosa de obedecer a su
rey, luego este había de gobernar lo militar,
no Don Juan Manuel. Yo no hallo que pueda
vuestra merced responder a esto, sino que vuestra merced [que citó]
en su favor el auto del padre comisario. Fue un
tonto Don Juan Manuel que lo obedeció (y con
todo eso usurpó el gobierno militar un
intruso) y todos los que lo supieren. Pues fue tan público
y se lo sufrieron unos. No sé que me diga.
Y con todo esto que debiera haber previsto
un hombre que se precia de letrado y de advertido,
dice con mucha satisfacción en el
número 58 siguiente, que habiendo obrado
el señor Don Peña con tantos fundamentos, no puede
ser culpado en los peligros que ha tenido

la república y que el auto que proveyó con dichos abogados
no es nulo, a que no solo os mostráis loco, sino
loco incurable, pues no reconocéis vuestra enfermedad
y así os habrán de prender y enjaular.
En el número 59, dice vuestra merced que saliendo el
Señor Coloma, del colegio de la compañía, se fue a palacio
donde le salió a recibir con todo agasajo el Señor Peña
como se lo había prometido, quedándose en amigable
conformidad los dos señores y el Señor Mansilla
y fiscal en su retiro sin conseguir el intento.
Pues, vuestra merced tan advertido en el número 57, en no
decir que el reverendo padre comisario pidió no entrase
en el gobierno militar el Señor Coloma porque
estaba presente o agradecido de que a vuestra merced
le hubiese habilitado para ser alcalde mayor
de Tondo, estando legítimamente impedido. Porque
no lleva adelante esa política y calla la salida
del Señor Coloma de la compañía, dejando a sus
compañeros a la ciudad cabos superiores en el
peligro. Pues, le ha salido tan mal y no dudo que
lo ha de sentir para que añade que le había prometido Don
Juan Manuel. No ve que esto indica trato doble,
ajeno de tan gran ministro, pues tanto cuidado
ha tenido en picar, herir y morder a los Señores
Mansilla y fiscal. En cuantas ocasiones se ha ofrecido
en su papel para que los alaba ahora

de constantes fieles, leales y valerosos, quedándose en el
palenque. O fuerza de la verdad, que aún
entre las más espesas nubes no te puede esconder.
En el número 60, no puedo dejar de alabar
a vuestra merced, pues dice con tanto rebozo una cosa que
dicha claramente, y como pasó hará temblar al mundo.
Dice vuestra merced que Don Juan Manuel, aquella
misma noche, hizo retirar al Señor Mansilla. Esto
sí, por Dios, y no se diga prisión. Con circunstancias
hacen horribles. Cállese que le tuve yo preso en
este castillo que se le quitó toda humana comunicación.
Y aún la de los santos sacramentos que
le registraban la comida, con indecentes diligencias
que de allí lo sacaron, arrastrando y metieron
en un champán podrido sin permitir
a su casa, a sus hijos y deudos el consuelo de enviarle
algún regalo para el camino, que ni
aún la cama le dejaron embarcar que se perdió
y hizo pedazos el champán, a breve contraste
de los tiempos. Y que aún allí no pudo un religioso
piadoso ministro de aquel partido introducirle
sustento ni le dejaron confesar, pidiéndolo
que habiéndose de embarcar otra vez, en otro
peor champán le enviaron, y en contrarios tiempos
y otras cosas a este tono de que tiemblan los oídos.

Pues, eran ejecutadas todas estas vejaciones tiránicas
en un gobernador político de estas islas, cosa
no podemos negar. Y así, por Dios, Juanote
que se callen, que nos va la vida, vos le fuisteis
aprender, nunca fuerais. Y yo lo ejecuté todo que
sin duda estaba fuera de mi juicio, y ahora brama
un león castellano y viene a poner en todo
remedio quien se escapará de sus garras. Pues, hemos
oído, no las tiene para dejarse amansar con presas,
antes bien mandó prender a un criado suyo
que recibió. No sé que regaló Juanote, por Dios,
que la cartilla política para los niños de San
Juan de Letrán, que fue sin duda pronóstico y
profecía. Allí decía bien te acuerdas, «¿qué dicen
los astrólogos?» y respondía que «ha de haber gran
cosecha de ahorcados, que se prevengan túnicas
de hartas». Hemos escapado yo y vos de esta, mucho
será si escapemos. Pues, hijos católicos somos aunque
perversos cristianos, convirtámonos a Dios.
Hagamos una buena confesión, pues allegado,
la forzosa, harto nos ha sufrido la merced
divina en esta vida y aparece que está cansada
y nosotras podíamos estarlo de pecar. Dad
vos un ejemplo público de arrepentimiento
admitida vuestra mujer virtuosa con cuyo

apartamiento tenéis a esta ciudad escandalizada.
Pagad con unas tantas vidas como quitasteis en la
Pampanga, que yo trato de hacer lo mismo, restituir
lo ajeno, que no tengo nada propio y con
eso, si no dejaremos estas islas edificadas, por lo
menos, las dejaremos limpias.
En el número 61, pone vuestra merced un auto de la
real audiencia que se despachó a las provincias
dando parte del nuevo gobierno. Venero el
auto por ser de la real audiencia y dejo a la disputa
de los letrados y doctos si era o no válido
y legítimo el gobierno político, faltando
una parte esencial de él. En el Señor Mansilla,
pues la cédula de su merced indivisiblemente
lo aliga a todos los señores oidores,
dejo pues esto a los letrados y yo me voy solo, aún
reparo que aún los barbados podemos hacer
y debiera vuestra merced haber hecho. Y si no estuvieras
tan ciego, el Señor Coloma firma primero ese auto
y luego Don Juan Manuel. Pues, no veis que
aún el más tonto ha de reparar, como no gobierna
lo militar, este que firma primero, que
necesariamente es el oidor más antiguo. Que
monstruosidad es esta.
[Ahora] yo quiero responder por vos Don Juan

a ver si a cierto cuidado no nos cojan. Diréis no
gobierna lo militar el Señor Coloma, aunque firma
primero y es más antiguo, porque el padre
comisario pidió a Don Juan Manuel no gobernase.
Juan, como mentís tanto, juzgo no han de creer
que el padre comisario tal mandase. Porque si no ha estado
impedida la persona, no lo ha estado como lo puede
estar en el ejercicio y beneficio a ella.
Anexo por cédula de su merced. Segundo,
si no queda impedido para el gobierno político
que es más, como para lo militar que es menos,
ni digáis que del militar se podía recelar
peligro, lo uno porque de armas españolas
nunca se recela peligro en lo católico y
sagrado, lo otro porque esas armas estaban y
están siempre sujetas al gobierno superior
político. Y quedando el Señor Coloma
por gobernador superior a ellas, siempre
quedaba a su mandado. Veis como por todas
partes estáis cogido.
Pero quiero daros de barato que no lo estéis
y que el Señor Coloma pase por impedido con que
lo está el Señor Mansilla. Tenéis por hay otro
auto que fingir del padre comisario porque si no, por
Dios, que ha de ir allá otro argumento cornudo, y es

este. O estaba legítimamente impedido el Señor
Coloma para el gobierno militar o no lo estaba.
Si decís que no lo estaba, había de gobernar el Señor
Coloma lo militar, pues es más antiguo que Don
Juan Manuel. Si lo estaba, había de gobernar
el Señor Mansilla, pues también es más antiguo
que el Señor Peña. Respóndeme a este argumento
cornuto.
El número 62. He de trasladar a la letra
porque no solo por él hallo a vuestro arrojo
igual pena. Decís así, en esta nueva paz,
queda el gobierno de estas islas, habiendo
entrado el señor Don Juan Manuel al militar
con el aplauso común, en cuyo estado y crédito
no parecerá, se escaparía ya de la censura
del político tácito español. L.1. [annal
aphor] 411. ¿Quién intentará perturbar este
estado hasta que su merced se ha servido de proveer
lo que más convenga? Porque como dice
la sentencia del que cito, «el príncipe que
tiene en su favor la ciudad y estado, que suele
ser cabeza de un reino, tiene las más
veces por sí la opinión de la justicia, y el
que se levanta contra este, merece el nombre
de traidor, con que habiendo el señor Don Juan Manuel

entrado en dicho gobierno con aplauso
común, etcétera.» Hasta aquí su párrafo de
vuestra merced que, vive Dios, que si no estaba borracho
cuando lo imprimió o alega que es loco,
no le hallo escape a tamaña insolencia. Lo primero,
miente en decir que entró Don Juan
Manuel en el gobierno militar con aplauso
común, o miente como ha dicho varias
veces en este papel, que la real audiencia,
la ciudad, las cabezas superiores
de la milicia se juntaron en la Compañía
de Jesús para resistir a la intrusión
de Don Juan Manuel. Y pues no puede
negar este segundo, como miente tan descaradamente
en lo primero, esto supuesto
que merecerá por la censura del texto de tácito
español, llamando traidores a los que
a la intrusión resistieron. Y no pudiendo
negar que quien desistió fue la real audiencia,
ciudad, cabezas superiores de la milicia, ¿dónde
piensa parar por tal arrojo? Y digo poco, ni
me atrevo a [ponderar] esto que por sí está harto
ponderado.
El número 63 y último, más parece
lo puso vuestra merced para su sentencia y condenación

que para otra cosa. Dice así, «acabo con lo que
empieza el señor doctor Don Francisco Carrasco
del Saz, oidor». Con esto, había de acabar quien
tan mal comienza y peor prosigue. Y así
pues, vuestra merced se ha querido meter con tres oidores
franciscos, justo es que ellos sean para vuestra merced,
Carrasco del Saz. Y así Don Francisco Mansilla
Carrasco y Saz, a Don Juan de Rosales,
Don Francisco Coloma, Carrasco y Saz,
al letrado Don Francisco Corbera Carrasco y Saz
y la ciudad Saz con el carrasco, los cabos
de la milicia Saz y a él. Y lluevan carrascos
que todo lo merece quien, por adular
a un intruso, pone su lengua y pluma
contra la lealtad de su patria.
Papeles que se enviaron en 1626 para que hayan fiscales en las doctrinas

Las razones que en suma se ofrecen para que
no se haga mudanza alguna acerca de los
fiscales son las siguientes:
Primera. Hasta aquí ha corrido muy bien la doctrina de los naturales por tantos
años como han pasado y esto ha sido por los medios, que se saben, en que
ha tenido su lugar este de los fiscales. Y así no conviene intentar otros
con tanto riesgo del bien de las almas como puede suceder y moralmente sucederá.
Y con los inconvenientes que se seguirán, que son muchos, y de ellos
aquí se apuntaron algunos.
Segunda. El fiscal es los pies, manos y ojos del ministro. Y así importa muchísimo
que sea muy a propósito y a gusto suyo. El ministro es el que conoce
quiénes son aptos y quiénes no, con que puede escoger lo mejor. El que no
tuviere este conocimiento y experiencia, es cierto que errará muchas veces y
como sería grandísimo trabajo e intolerable de un príncipe o señor, tener
un mayordomo o secretario que no fuese a propósito ni a su gusto. Así será tormento
de los ministros tener fiscales puestos por quien no los puede conocer
y que muchas veces no serán a propósito.
Tercera. El oficio del fiscal, como cosa perteneciente a la iglesia, doctrina y
cristiandad, es de mucha importancia y pide muchas y muy buenas partes en
las que lo han de ejercitar como son virtud, celo, caridad, buen juicio,
y también nobleza y superioridad sobre los demás indios para que así
le reconozcan y obedezcan mejor. Estas partes quien puede saber mejor
de los que las tienen, que los mismos ministros con la larga experiencia,
comunicación y trato que tienen con ellos. Demás por caso que se pongan
los que no tienen las dichas partes como es evidente que sucederá muchas
veces. ¿Cuál andará la doctrina y cristiandad? ¿Cómo se remediarán las
ofensas de Dios? ¿Con qué ojos velará el pastor y ministro sobre su
grey? ¿Cómo celará el quitar las borracheras, amancebamientos, juegos
y otros vicios el que por ventura es el más culpado y capitán de ellos?

Cuarta. De ejecutar se lo dicho es cierto que resultarán innumerables [pleitos]
y gastos, yendo los indios a los tribunales de los prelados que a veces
de ordinario estarán muy lejos. Y con eso consumirán sus pobres [haciendas]
en semejantes cosas porque al fin ahora el ministro celoso y santo [hace]
oficio más de padre que de juez, los compone con facilidad y [sin] gastos [y]
procesos. Entre estos gastos no dejan de tener su consideración los derechos
que pedirán por los títulos, los secretarios y otros oficiales de los prelados.
Y podrá ser que entren a lo secreto los cohechos y que, cesando la [simplicidad]
que hasta ahora ha habido, empiece a entrar y predominar la codicia y
estos oficios se negocien por dineros y favor, saliendo con ellos el que fue
más rico y más poderoso con gran deservicio de nuestro señor y perjuicio del [bien]
espiritual de estos pobres.
Quinta. Si esto se ejecuta, es llano que cesará luego la obediencia y [subjetivismo]
que tienen los naturales a sus ministros y la filial reverencia con que
ahora los han mirado como a sus padres amantísimos de cuerpo y alma
a lugartenientes de Dios y vicarios suyos que es uno de los principales [ju] [mentos]
en que estriba la cristiandad tan lucida y florida como [hago]
por la bondad de Dios.
Sexta. Sucederá muchas veces que algunos de los oficiales puestos por los [prelados]
no serán convenientes para el oficio y que sea necesario hacer mudanza
si en esto se ha de recurrir al prelado como parece que se sigue lo [uno]
será merecer (especialmente estando lejos) escribir largo, hacer [informes]
enviar testigos, armar pleitos con no pequeños gastos y disgustos y luego
ponderá el prelado lo que le pareciere y cual vez dirá que es tema dentro.
Y que, por haberle puesto él, le desfavorece y con esto mandará de [ca]
[prosiga] el mismo uno y muchos años con irremediable daño del [pre]
y de la cristiandad y tormento increíble del celoso ministro y [cade juicio]
suyo. Porque, ¿qué caso hará entonces el fiscal del ministro [tien]
ha prevalecido contra él y que en efecto sus vicios (que quiso remediar con
ministro santo y no pudo) alcanzaron victoria? ¿Y que ejemplo tendrán
los demás indios? ¿Y qué caso harán de los ministros?
Séptima. A los religiosos se les debe mucho en las Indias pues ellos han sido

El padre Fray Miguel Ruiz, vicario de provincia de la Orden de Nuestro Padre
Santo Domingo, y el padre Fray Gregorio de San Esteban, guardián del Convento de Manila
de nuestro padre San Francisco, y el padre Fray Francisco Bonifacio,
rector provincial de la Orden de Nuestro Padre Señor Agustín, y el padre
Francisco Vicente, viceprovincial de la compañía de Jesús, y el padre Fray
Benito del Espíritu Santo, vicario provincial de la recolección de
nuestro padre San Agustín]], en nombre de las religiones y religiosos
que en estas islas Filipinas hay, decimos que a había noticia
[que] ha venido que se ha presentado en la real audiencia una cédula
de su majestad en que manda, que los prelados pongan los
fiscales de las doctrinas de los religiosos. Y que la real
audiencia ha proveído que tenga presta ejecución. Y porque
en ella hay graves inconvenientes y en correr con lo que hasta
aquí se ha hecho muchas conveniencias como consta del
papel que con esta presentamos, de que su majestad no ha sido informado
de las dichas religiones ni ellas citadas. Por tanto,
a vuestra señoría pedimos y suplicamos sobresea en la ejecución
de la dicha cédula hasta informar enteramente a su majestad que en
ello recibiremos merced con justicia.
Fray Miguel Ruiz, Fray Gregorio de San Esteban= Fray Francisco Bonifacio [Rector provincial]
Francisco Vicente, Fray Benito de Espíritu Santo

[tra fieles quese enviaron] el año
de 26 con las galeotas de la India
lo [cautela] las religiones sobre
que haya fiscales en las doctrionas

primeros que han plantado en ellas la santa fe católica y enarbolado
las banderas de la santa cruz. Y han acompañado a los primeros conquistadores
de estos reinos, derramando muchos de ellos su sangre a manos de herejes
y de gentiles idólatras. Esa misma cristiandad que han plantado
con la gracia de Dios la han también sustentado con sus trabajos y
sudores con que tiene el estado tan florido como ahora se ve. Y así tan
lejos están de desmerecer los favores y mercedes que les han hecho y hacen
su santidad y la majestad de nuestros reyes católicos que antes de
nuevo los reciben cada día mayores. Y así no será justo que en cosa tan poca
y que por otra parte es tan necesaria para la buena administración de la doctrina
y que ellos piden con tanto afecto dejen de ser oídos. Que al fin bien se
ve que si ellos de hecho y de una vez dejan las doctrinas, el daño gravísimo
que recibirá la cristiandad de estas nuevas y tiernas plantas. Y
aún se puede tener con mucho fundamento algún general desconcierto en razón
de la sujeción y obediencia que deben a su rey y señor porque un abismo
llama a otro. Tampoco hay clérigos que puedan sustituir por ellos especialmente
en esta tierra. Y cuando los hubiera (por hablar con modestia en cosas propias)
no son excedidos los religiosos de ellos en vida, ejemplo, doctrina, celo de almas,
y en todo lo demás. Y si hay algunos fallos e imperfectos (que no lo negamos)
son los menos. Y hay otros innumerables que son muy grandes siervos del señor y
muy amigos suyos y fervorosos y santos. Y tampoco son todos los clérigos santos,
que algunos habrá que sean faltos e imperfectos. Y quizá serán en proporción
más que los religiosos. Y si se dice que esos tienen prelados que los corrijan
también los tienen los religiosos. Y cuando en eso hubiese remisión alguna
vez, tiene también prevenido y proveído este punto el santo concilio tridentino.
8.a. Las religiones están en posesión antigua de poner los ministros [y] los fiscales.
Y esto se ha usado desde que se plantó la fe en estas islas y se usa en la Nueva
España. De suerte que con haber habido tantos ruidos sobre las doctrinas,
jamás se ha inmutado en esto de que los ministros pongan los fiscales.
Novena. Si su majestad ha mandado que los prelados pongan los fiscales puede se
entender que no ha sido enteramente informado. Y lo cierto es que no lo ha sido

de parte de los religiosos y por ventura se imagina en España que el [fiscal]
es un oficio de mucha consideración, cual es el de los fiscales de allá. [Que]
si halla se supiera que los fiscales de los indios no sirven sino detrás
los indios a misa, denunciar los que viven mal, hacer las [amonestaciones]
echar las fiestas y otras cosas a este modo. Y que no tienen cepo ni carcel, [sin]
duda no se hubiera puesto tanto la mira en la ejecución de esto. Y así bien [por]
el señor gobernador sobreseer en la cédula de su majestad que así lo tienen [mandado]
que se haga cuando se entendiere que no ha sido plenamente informado
de lo que manda y ordena.
10.a. Finalmente tenemos por cosa certísima que la ejecución de lo que se [interesa]
no ha de ser sino un seminario de infinitos inconvenientes y daños y de [estos]
entre los ministros y prelados. Pues no ha de servir sino de andar [lleve]
que entecillos y plegue a Dios que alguna vez por excusarse de alguna [bella]
en que el ministro le coge y de aviso al prelado no le levante algún [falso testimonio]
y le infame que todo se puede tener.
Y por tanto suplicamos todos a vuestra señoría con el encarecimiento posible
la sangre de Jesucristo que derramó en la cruz tome a su cargo el [patrocinio y]
amparo de esta causa. Y pues está en lugar de su majestad, ataje [contenido]
los dichos inconvenientes para que se goce de la paz que ha habido hasta [ahora]
habiendo todos los religiosos esta merced quedaremos obligados. Y si
apareciere por modo de concierto que totalmente se quiten los fiscales [y]
los prelados ni ministros los pongan, pasaremos con ellos como pasar en [ellas]
que no tienen los curas fiscales aunque sea en pueblos muy grandes [s]
donde hay provisor y los ministros ejecutaran lo que se ofreciere o por
del indio capitán o por medio de algún [bilango]. En fin todo lo que [ponemos]
en manos de vuestra señoría que con su mucha prudencia, celo y cristiandad
verá la eficacia de estas razones y cuán justa cosa es la que pedimos y que
nos prometemos todos muy buen suceso para mayor gloria de nuestro señor que [guíe]
y prospere a vuestra señoría como todos deseamos. Manila y septiembre
21 de 1626.
Fray Miguel Ruiz Fray Gregorio de San Esteban Fray Francisco Bonifacio padre rector provincial
Francisco Vicente Fray Benito de Espíritu Santo
Copia de una carta que Fray Rodrigo de Cárdenas, el Obispo de Nueva Segovia, escribió al oidor Don Salvador Gómez de Espinosa.1650s/1698

Copia de una carta que el señor obispo de Segovia escribió al
oidor Don Salvador Gómez de Espinosa su discurso
parenético
Después de haber escrito a vuestra merced dos cartas y un modesto papel de apuntamiento y escolios
o [escrúpulos] sobre algunos puntos del gran escrito de vuestra merced, cerrado todo y entregado en la forma
que [parecera], me llegaron dos de vuestra merced, e impreso el discurso parenético, leí el encomio del señor
catedrático de prima de la Universidad de la Compañía de Jesús. Y hallo por mi cuenta que yo quiero más
a vuestra merced y le soy más amigo por qué le digo la verdad y le hablo claro. No quiero más apoyo que al
mismo que la devoción que vuestra merced tiene. A decir la, me da y no me niega el autor del elogio. He ponderado
cuanto vuestra merced me dice en ambas cartas. Y fiado en la doctrina de los santos sagrados padres de la
iglesia y grado de [profecía] vaticinador o adivino en que me hallo graduado, estándolo los
senadores, como afirma y exorna muy bien y doctamente el encomiasta, profetizo a vuestra merced desde
luego, que su papel ha de llegar todas las religiones sagradas; que llegaren, [a verle] de la [ronch ]
tengo ya bastantes premisas y aun ciencia. Pero toda esta desprecia [vin] generosa y voluntariamente
anteponiendo la gloria de decir la [verdad] a la pena que aquellas quejas le pueden dar
no sé qué sea valor el padecerlas cuando siendo de todas las religiones no puede dudarse el ser [justas].
Pronostico también que se ha de recoger su papel por quien pueda mandarlo, por qué me lo [en nan]
los ejemplares que tengo, de que otros menos pesados sean mandado recoger, y no ha muchos
días. Pues tengo en mi poder los edictos de la santa inquisición en que se prohibieron, no por qué contengan
mala doctrina, sino infamias a personas religiosas de cuyo crédito y fama pende la
reformación de tantos. Mucho estima leyera vuestra merced a Santo Tomás en el opúsculo contra [impugnantes]
religionem contra Guillermo de Santo Amor [parisiense] que casi con los mismos místicos
de vuestra merced, y no en muy diferentes materias, sacó a luz un escrito que fue condenado en Roma y
quemado por blasfemo contra el estado religioso. No en visto de flecha al estado pero [por ]
el lado de algunos vicios de los que le profesan, acometió a su celsitud sagrada. Entendió se le
el intento y se remedió a sudores de Santo Tomás que los descubrió y piedad materna de la iglesia
y le atajó. No digo yo que el de vuestra merced es el mismo. Ni lo dirá nadie. Pero supongamos que Dios
le hubiese dejado de su mano y que intentase destruirlas religiones. Pregunto siendo vuestra merced
tan entendido y prudente ¿por dónde comenzaría? Claro es que no sacándola cara contra
la perfección del estado, ni contra los observantes, que es lo que protesta en el principio del
párrafo segundo sacara le pues, y declararase contra los vicios, excesos, y demasías
de los que no le observan. Por aquí les hiciera el tiro para llegarle poco a poco con arte
al [corazón]. Harto trabajo es. Pues que hay de caminar el celo por el camino que caminará la
emulación. Y sea ya de dar lugar a que equivoque el juicio el que no conoce la cristiandad
de él de vuestra merced. En todo caso lea vuestra merced a Santo Tomás en el lugar citado y haga escrúpulo de

no hacerlo porque le sirva, sino al revocarlo escrito a arrepentirse del que ya no [podr ]
tajarse pronóstico con lágrimas lo demás peso y es que llegaran estas noticias a los [ingleses],
holandeses, mahometanos, comerciantes en el Japón y en China, [pondra ]
en las manos el escrito de vuestra merced constituyeran se le y les dirán a esto vienen al [Ja ]
los religiosos que tanto porfían entrar en el obrar quieren aquello mismo que han [ob ]
en Filipinas, admitirles será [sujetaros] a todo esto, vendrá el escuadrón de alcaldes mayores,
publicanos, y cobradores a lo mismo que en este papel se escribe de ellos. [Elegid ahora]
y que cuanto más entendido fuere el Japón o China, tanto más cerrara la [puerta ]
evangelio no admitiéndolos buenos ministros con temor de [incurrir] en los malos [mayormente]
no alcanzando que por la [margarita] del evangelio se deben padecer [mayores]
tiranías todo esto se deberá al papel de vuestra merced después de no haber [consig ]
el intento que es la relevación de los indios que pronostico también con los demás [ da]
los que han de recibirlas demás naciones extranjeras viendo tan exornado y [a nado]
nuestro mal proceder en el papel de vuestra merced una [cierra] dice vuestra merced que no le [ ]
mira la pluma, yo digo más que el amor que a vuestra merced. Le tengo no reprimirá la mía, [lle ]
la coyuntura de decirle la verdad. Nadie está obligado de decirla a todos, sino [a quien ]
[debela] al predicador decir al [pueblo], el consejero a su rey, el asesor [al pri ]
le elige gobernador presente no a otros dictará se la vuestra merced al señor gobernador al oído diera
escrita de buena mano, y de otra tal enviársela al rey y al papa pero [impr ]
y sacará tantas copias como habrán salido con tanto [aleno] tanta [erudita gl]
de que se trabajó para lucirla a todas luces y a todas tinieblas poniéndola a los [ojos]
vulgo que sin discreción ha de condenar, no solo los religiosos de Filipinas sino [a sus nes]
que necesidad pregunto tienen los seglares y los extraños de saber lo mal [obrado ]
religiosos que remedio han de poner los que llegaren a entenderlo en los [agravios]
indio ninguno cierto sacar si ejemplares y enviarles a la Nueva España y
Perú para que se obre halla como de acá se escribe quien lo ha de remediar [ ]
en España, su gobernador en esta isla bastaba que estos lo supiesen y se había cumplido [ ]
obligación no digo más en esta materia aunque era capaz para hacer un [ ierra]
nuestro señor que [eso] salga profeta falso, aunque [me dé] grande [el P.e com ]
tenía ya comenzada la obra del mismo [asumpto] que la de vuestra merced señalando [ra ]
la opresión de estos miserables y el remedio que [he a] alcanzado posible [a ]
[llevarles] con algunas más experiencias que las que vuestra merced tiene, [interumpie me le]
algunos achaques y ocupaciones y déjelo con ánimo de proseguirlo [ dome]
más [desahogado] [hacerlo] siendo Dios servido y se lo remitiré a [vuestra merced ]
para que lo corrija en el ínterin y para lo que yo pretendo [basta pel]
del pliego [ya cerrado] vuestra merced. [ uea] y perdone si excedo que el [ ]
es el que ha dado esta licencia. He sentido mucho la indisposición de vuestra merced y [me ra]
[asurtado] mucho a no haber llegado la noticia, con la templanza de la [sume ]

que llevé nuestro señor adelante hasta la perfección de la salud que todos le deseamos
y guarde su gravísima persona como puede y [he menester]. Segovia y febrero 13
de 1698. Señor Don Salvador besa la mano de vuestra merced. Fray Rodrigo obispo de Segovia
Señor Don Salvador Gómez de Espinoza.
Memoria de las cosas que deberían remediarse en estas Islas Filipinas para que los naturales vivan con más gusto y sin agravios de los ministros como de sus encomenderos y cobradores y vandalas de su Majestad

Memoria de las cosas que sería bien [que] se remedien en estas islas para que los naturales
de ellas vivan con más gusto y sin agravios, así de los ministros como de
sus encomenderos y cobradores y vandalas de su majestad son las siguientes.
Ministros
{Al margen izquierdo: Derechos y limosnas}
Que a los naturales por la administración de los santos sacramentos no se les
deben dineros ni otra cosa que lo valga, ni se les pida más limosna de la
que ellos por su voluntad y devoción quisieren ofrecer sin avergonzarles
ni darles en rostro con la dicha limosna si es mucha o poca.
{Al margen izquierdo: Testamentos}
Ítem que no les obliguen a que hayan de dejar limosnas limitadas en sus testamentos
para la iglesia, sino que libremente les dejen testar y disponer
de sus bienes. Ni que ningún cantor ni fiscal pueda hacer el dicho testamento,
sino que haya de pasar ante el escribano público de la provincia;
a falta suya, ante el escribano del gobernador del pueblo.
{Al margen izquierdo: Sepulturas}
Ítem que los dichos ministros no les lleven dineros por las sepulturas,
pues la tierra y la iglesia es de los dichos indios, hecha y fabricada
a su costa.
{Al margen izquierdo: Derramas}
Ítem que los dichos ministros no les echen derramas ni repartimientos ni
para su particular, ni para la comunidad de Manila, ni para la [venida]
de sus provinciales, sino que lo hayan de comprar al precio que el indio
lo vende a cualquier particular.
{Al margen izquierdo: [Fiestas]}
Ítem que si se hubiere de sacar alguna cosa para la celebración de las tres
fiestas, advocación del pueblo, Corpus Christi, y Jueves Santo, en caso que
haya comunidad [que] se saque de ella por mandamiento del alcalde mayor
y si no hubiere comunidad, la cantidad que hubiere de ser la saque el
gobernador del pueblo, con mandamiento del alcalde mayor. Y al dicho gobernador
se le tome cuenta de la distribución a que haya de satisfacer, por certificación
del religioso.
{Al margen izquierdo: [La] tanores}
Ítem que los dichos ministros paguen el pescado que se les diere y los tanores
de quién se sirven, procurando que los tanores sean los menos que
se pudiere por el agravio que reciben de estar fuera de sus sementeras
y de sus casas.
{Al margen izquierdo: [Fábricas] y cortes}
Ítem que los dichos ministros no les obliguen a más cortes de madera que
para sus iglesias, y si para el Convento de Manila u otras personas
hubieren menester, la compren al precio que los dichos indios la venden
a otros particulares como está dicho.
{Al margen izquierdo: [Sustento]}
Ítem que los dichos ministros no les saquen gallinas ni pollos más de
aquellas que hubieren menester para su sustento, limitándose
sus prelados, como se les limita a los alcaldes mayores, pues no [será]
justo que saquen las dichas gallinas y pollos para regalar
a sus amigos y devotos, pagándoselas a los indios a mucho
menos de como a ellos les cuesta, pues es cierto que muchas veces

el indio compra la gallina ponedora por tres reales y el ministro o alcalde
mayor no les da por ella, ni se la paga más de a real. Y a la [dunlaga]
que al indio le cuesta real y medio se la toma por medio
real. Y el pollo, que le cuesta un real, se lo toma por un cuartillo
de castilla que son cuatro cuartillos por un real. Y aunque
es verdad que el dicho indio cría seis gallinas y un [gallo]
y un puerco, que le está mandado [que] críe por ordenanza, estas las da
para el sustento del dicho ministro, alcalde mayor, encomendero
y escribano, y las da a real conforme la tasación de aquella
provincia. Y echándole más repartimientos de gallinas y
pollos forzosamente, las ha de ir a comprar, y no las ha de [hallar]
menos que a los dichos tres reales, como arriba está dicho.
{Al margen izquierdo: Dalagas que no se ocupen etcétera}
Ítem que a las dalagas, que son las muchachas por casar que vienen
todos los sábados a las iglesias, no les puedan obligar los ministros
a más de que recen las oraciones y oigan la misa
Nuestra Señora. Y luego las envíen a sus casas, sin consentir
que barran ni quiten la hierba del patio, pues esto será más
justo [que] lo hagan los baguntaos con mucha más seguridad
religioso. Ni a las dichas dalagas les hagan moler arroz,
hacer costura y labrados si (sic) pagarles su trabajo.
Alcaldes mayores
{Al margen izquierdo: Repartimiento}
Que no saquen más arroz, ni gallinas, ni pollos de lo que por ordenanza
les es permitido. Y si lo sacaren, lo hayan de pagar al
precio que cualquier particular lo compra.
{Al margen izquierdo: Tanores}
Que no se sirva de los tanores si no es pagándoles y los [despacha]
cada semana.
{Al margen izquierdo: Asistencia}
Que ande de ordinario visitando sin tener asistencia [demandada]
más en un pueblo que en otro para que se comparta el trabajo.
{Al margen izquierdo: Juzgado}
Que haya un banco grande en las casas de la justicia donde
siente el gobernador y principales, sin consentir que estén en pie.
Y porque para en todo lo demás, los alcaldes mayores tienen
ordenanzas juradas, no hay para qué cansar en este particular.
Encomenderos y cobradores
No obligarán al indio a más especie que al tostón que por la [tasación]
le está permitido. Ni la cobrarán de el que sembró, y no [con]

ni de el que estuvo enfermo y no pudo sembrar o estaba ocupado en
servicio de su majestad.
No les echarán repartimientos ni rescates, ni les obligarán a más
que a sólo el tributo.
No se servirán de indios ni indias de sus encomiendas, ni los sacarán de ellas
si no fuere algún muchacho que de su voluntad le quisiere servir.
No fabricarán en sus encomiendas fragatas ni [virocos] con color de
traer el tributo, pues sin molestia de los indios lo pueden traer en
champanes y a menos costa.
No hará cortes de madera, sino que si la hubiere menester la compre de los
indios al precio que ellos la venden.
Todo el tiempo que estuvieren cobrando tendrán obligación de dar
buen ejemplo a los naturales, acudiendo a la iglesia a oír [los]
oficios divinos, respetando a los religiosos no revolviéndose
con las hijas y mujeres de los indios por el escándalo que de []
se sigue, y principalmente por la ofensa de Dios.
{Al margen izquierdo: Cortes de [la] Laguna se hagan [por vía] de sangleyes}
Últimamente, se ha de advertir que la provincia de la Laguna
se va destruyendo y menoscabando a más andar con los continuos
cortes y arrastres de las maderas, pues en encomiendas que
solían cobrar dos mil indios de tributo, no se cobran ahora quinientos,
y cada día ha de ir a menos si no se remedia. Y como sea
verdad que los cortes son inexcusables, podría se dar un medio
de modo que ya que a los naturales les costase algún dinero, por lo
menos no les costase la salud y a muchos la vida. Y estos cortes
se podrían hacer por mano de sangleyes, pues cien sangleyes trabajarán
más que mil indios. Y creo que a estos no se les hará de mal
pagándoles cada mes en mano propia, para lo cual se podrá hacer
en la dicha provincia una caja de comunidad, dando cada
indio un peso, sin excusarse de esto ningún principal ni cabeza
de barangáy, pues estos son más interesados por lo menos en
conservar a sus indios y librarlos de semejante trabajo y molestia.
Y cierto que me parece que cualquier arrastre de madera
se puede hacer con doscientos sangleyes, por ser como son
gente mañosa y que usan de trazas e invenciones para
aliviar el trabajo. Y no habrá árbol ni palo, por grande
que sea, que no le arrastren doscientos sangleyes, lo cual
no harán dos mil indios de que se siguen muchas y [muy]
buenas congruencias, porque los naturales se conservarán

conservarán y multiplicarán el trabajo, cargará sobre los sangleyes
que cuando estos vayan a menos, nos está muy bien,
y los españoles que asisten a los cortes no harán los agravios
que hacen y malos tratamientos a los indios, que el alcalde
mayor no tendrá ocasión de reservar indios para
quedarse con las opas, y sobretodo que el corte se hará sin
agravios ni hurtos, y con mucha brevedad etcétera.
{Al margen izquierdo: Levas}
La provincia de la Pampanga, con la continua saca de soldados, se va disminuyendo
y quedándose solas las mujeres, lo cual podría remediar con que las levas de gente, que se hacen [que] se
repartan en todas las provincias de tagalos, pues son casi
todos una misma gente en Pampanga, Bulacán, Tondó,
Laguna, Calilaya, Balayan, que haciéndose así la [servicio]
que tocare a cada provincia no será cosa considerable con que
la dicha provincia de la Pampanga se aliviará e irá en mayor
crecimiento.
{Al margen izquierdo: Vandalas}
Las vandalas de su majestad, que son inexcusables, se harán con la
mayor suavidad que se pudiere, pagándoles a los indios los dineros
que se les tomaren a precios acomodados, de manera que
no pierdan en ellos cosa considerable de como a otros particulares
los venden.
Fragmento prohibiendo que los indios se vistan de seda

[En margen izquierda]
Vestidos de indios.
Que se les quite a los indios el vestirse
de sedas. Sólo los que [habien] sido capitanes
de infantería de ternate o alférez
allá se puedan vestir a la española,
para que puedan gastar los vestidos que
tienen. Se les da seis meses de termino [a]
hombres como mujeres. Y que esto no [contienda]
con los que [fuesen] [de] casa del con
españoles.
Advertencias sobre los sangleyes de Tondo y del Parián

(13 §. 1. + 114
Si no se tiene cuidado con ellos los escribanos y naguatatos
siempre el cuan de mas y por esto llenan las licencias
en sus casas, en cargandose le al juez de las licencias que las haga
llenar allí sin que se les lleve nada se remedia esto.
§. 2
Las ordenanzas de Tondo y del Parián hay necesidad que se vean señalando
personas y los dias en que las ande ver y si fuere menester pagáse-
les de la caja su trabajo, que sin dudad hay necesidad
de quitar muchas, y quiza ahora que poner otras que importen
lo del corregidor de Mariveles. Si oblige puesto aquel tributo de tablas
y otras maderas viene a redundar en daño de la republica que
de ella ande sacar y sacan los sangleyes lo que le dan y así no se
lo hace injusticia a los sangleyes sino a los españoles
Item tiene puesto arancel de lo que de llevar de los navios asi el como los
de mas que visitan a los chinos sera gran servicio del que
se haga guardar que redunda en descredito de la fe lo que contra
los sangleyes se hace en esta parte, y a pocos años como el
pasado se acabára el trato con los sangleyes por que les fuera
imposible llevar tan gran carga.
§ 3.
Aunque el impedir el atravesar la ropa que los sangleyes traen parece cosa
dificultosa no lo es, por que los que ordinariamente compran asi son
gente de puesto, y si saben que el de hecho lo pretende im-
pedir y disgustes de que compren tomandolo por fuerza de los navi-
os, no lo havan, y para esto basta su s.a mande echar un
bando y diga a algunos que son notados de esto que no lo hagan
y echas en galeras al sangley corredor o naguatato que en esto
interviniere que sin duda hecho esto en uno temuran los demas.
El juego de los sangleyes les es muy dañoso y por se ellos tan inconside-
rados en esta parte sin gravísimas las penas que tienen en su
tierra contra los jugadores todo lo que aquí se pudiere quitar es de
gran bien para la republica así de los sangleyes como de los españoles.
Los baratos que se les piden son muy excesivos y hay muchos sangleyes que

+
viven del oficio del juego, y hacen gran daño y remediaría
se mucho si se buscasen y echasen a China los que no tienen
oficios, o, los tienen de cumplimento y nombre solamente
ocupandose en juegos, y mover pleitos.
Aunque es muy justo que por todas las vias licitas se procura el bien co-
mun, pero las obras de la ciudad y fortificación de ella tiene
bastantemente de donde salgan y aun si no lo hubieran gastando
en otras cosas sobrara pues debe hoy la ciudad a la fortifi-
cación gran quantidad de pesos, que como no necesarios para
fortificación gasto en otras cosas. Y cuando para esto fue-
ra necesario en alguna ocasión, se les a de pedir a los sangleyes
como a dueños de aquellas sobras y esto en proporción con
a los españoles y indios, pues es aquella caja de dinero [juicio]
que ellos poner allí para sus necesidades, como en la fundace
pre con mucha facilidad pero es bien que se sepa que lo que hay
dieren es dinero suyo, para que se les pida y [agradese a co-]
servicio voluntario en otras cosas que ellos estimarar y [no]
hacen daño, y en especial en defender los de tantos [com]
les sacan dineros, y los agravian si los superiores no po-
nen cuidado en su defensa.
§. 4.
Con que se busque y haga guardar el arancel que esta puesto se
evitan todos estos daños no consitiendo que haya mas ofici-
os ni derechos de los que allí se señalan, el mejor me-
dio para que esto se guarde despues de haber buscado el aran-
cel es dar los officios a personas de aprobación y sin
mucho trabajo se hallan si se desean y ahora aun hay
mas que en otras ocasiones y así es mas fácil este remedio.
§. 5.
El peso de la harina es de mucha importancia. Pero ahora que hay
no parece que es tiempo. La de los sangleyes que viene llena de [pue]
se les mande que la muelan como en Japon para que no las traygo

+ 115
el peso de la carne, es cierto que es muy falto, y se los regidores
a cuyo cargo suele estar, quisieran ello estuviera remediado.
pero si fuese verdad lo que se dice que algunos de ellos comen
la carne de balde no tendia remedio. Si se ejecutaran
las penas contra los que dan el peso falto fuera imposible que pa-
garan ellos tantas penas con lo que dan de menos y así se en
mendaran, si no les penan no es mucho que hagan lo que hacen.
Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

{[Dabrth Lib Seg P6]}
Itinerario para el Padre Comisario
que fuere por prelados para España=

In nomine dominum nostrum Jesum Christum benedicti, amen.
Nuestro muy reverendo Padre Fray Manuel de la Cruz procurador de esta
provincia y vicario general de la misión, que vino a ella
el año de 1684, escribió con celo y acierto un itinerario
de los procuradores que van a Europa. Mas así
porque en éste se contienen muchos avisos, que []
al provincial, que los despacha, como por añadir otros que con su
experiencia, observó Fray Álvaro en la misión que condujo
el año de 1690, escribí estos, que son compendio de
unos y otros.
§.1 - Antes de salir de Filipinas
El primero y más esencial aviso de nuestro Padre Cruz*The reference is to Manuel de la Cruz es que
el procurador rectifique su intención en el viaje, emprendiéndolo
puramente por servir a Dios nuestro señor y conformarse
con la santa obediencia sirviendo a la provincia con
fidelidad de buen hijo, y desnudando de otros cualesquiera
fines particulares que solo servirán aunque no sean viciosos
de arriesgar la corona, que le espera, y los mismos negocios
a que va. Haga pues una confesión general antes de embarcarse,
y resígnese de veras en la voluntad de Dios. Y
en lo natural procure no impresionarse de imaginaciones
y cuidados tristes que le den pena, sino hacer el ánimo a
trabajos, incomodidades, tormentas, y otras muchas miserias
tratando de divertirse, y pasar alegremente el tiempo. Prevéngase
de una frasquera con algunos frascos de zumo
de limón, y los demás de vino de nipa, y alguno de Castilla o
aguardiente para estos fines. El de Castilla y aguardiente
para remedio de algún dolor de estómago, o ventosidad:
El de nipa

El de nipa para lavarse todas las mañanas la boca, y tal vez
hará esto con sus propios orines, y aunque sean muchas veces
no le pesará. El limón es necesario para salsa saludable
del asado, y si hay bastante también es bueno para lavarse
al amanecer la boca, refregándose primero las encías con
piedra lumbre quemada.
§.2. Ya embarcado
No porfíe en materia alguna de las que en la conversación
familiar se ofrecieren. Reparta las horas del día que así
se le hará menos largo, teniendo sus horas para el rezo,
otras para sus devociones, otras para conversación y divertimiento,
el cual no será jugar a naipes, ni aun de verlos jugar
muy a menudo, que tal vez no tiene gran inconveniente.
Mas si jugare tablas o damas, por ningún caso juegue interés,
aunque sea muy poco, que perderá mucho de estimación
si no salves, o cosa así. Tenga horas de ver los enfermos, que
hubiere pocos o muchos. Mas no admita al [basiasgo] de alguno,
que se perderá. Y aunque mayores conveniencias sobre
esto se lo ofrezcan de ayuda del próximo o particular interés,
crea es tentación, y guárdese de caer en ella, porque
si consiente, solo sacará graves escrúpulos e ignominia.
Porque es moralmente imposible satisfacer en esto
a su obligación y es mejor no cargarse de ella, que de sí mismo
comienza la verdadera caridad. En algunas cosas, que
no sean de tanto cargo, y peligro podrá ayudar a sus conavegantes.
Éstas no las omita, sino hágalas con gusto
y desinterés, que Dios se lo premiará, y con los hombres ganará
reputación. No sea molesto en preguntar por el viaje

el viaje y punto de él y si anda mucho o poco, porque enfadará
con estas preguntas, y sin ellas todas estas noticias
le buscarán. Tenga horas de leer cosa que le instruya
como son libros de moral, y cosas que le edifiquen
como son los libros devotos, y cosas que le diviertan como son
historias. Y persuádase que es indignidad en las manos
de un religioso un libro de comedias, aunque no oír tal vez
por pasatiempo.
Procure ser muy cortés con todos, pero no nimio ni porfiado
en los cumplimientos. Y conseguíralo, si concibe de veras
que todos los pasajeros con quienes comúnmente conversa son
mejores y más sabios que él, creyendo es tentación imaginar
lo contrario. Para la salud corporal, vale mucho
el quedar siempre con hambre. Lavarse la boca al amanecer
(como queda apuntado) con vino de nipa, o con
orines, o zumo de limón. Mudarse cada ocho días y antes
si el sudor es mucho. Y no se desembarcará en la costa
de Acapulco, sino es que alguna enfermedad le obligue
a ello. Mas si sano se desembarcara, puede ser que enferme
en el camino de tierra, que es muy malo, hasta Acapulco.
Cuando en la costa se despache el pliego, escribirá
al padre procurador de México dándole aviso de su ida, y a que
va, y de todas las demás nuevas de la provincia más notables,
y le pedirá alguna prevención si la necesita en Acapulco
y así mismo le remitirá los pliegos, que para dicho padre
llevare, que en el sobrescrito dicen “por la costa,” reservando
los demás, para entregarlos en propia mano.
El título de sus cartas será “Al Padre Fulano presidente
del hospicio

del Hospicio de Santo Tomás de Villanueva de México
en la calzada de Tacuba.
§.3. Llegando a Nueva España
En Acapulco el procurador se debe portar como enfermo
convaleciente, y esto por muchos días, porque el estómago
sale del mar muy flaco, pena de [agitarse] y quedar
allí sepultado. Y no será el primero ni aun el 4° de nuestros
procuradores, que allí han muerto, por [desmandarse] en las
frutas, ostiones, y otros apetitos agradables después de
la navegación.
Procure aposentarse con el mismo con quien fue rancheado,
y así le bastará un aposento y no alquilará una casa.
Y si esto no es posible, acomódese con alguno de los amigos
que en la nao fueren. Visite en tierra al castellano
y oficiales reales por urbanidad, y si lleva algo en las petacas
que registrar como olores, o cosa semejante procure
captarles la benevolencia, aunque solo sea con
tumbagas. Mas sino hay esto, cortesía y pasar. O si tiene
algo que cobrar allí insista en cobrarlo, que por letra
en México fácilmente se consigue sin interés alguno, y no
deje esto encomendado. La ropa entréguela liada
al arriero, [a pagar] en México y escape cuanto antes del
puerto, que si desea descansar mejor y más acomodo
lugar es para esto la Villa de [Fisclas].
Advierte aquí nuestro Padre Cruz, que desde que salta el
procurador en tierra de Acapulco, hasta que vuelve a él debe
mirar

mirar mucho de quien se fía, porque son frecuentísimos
los engaños en todas partes y Fray Álvaro lo experimentó
así. Haga pues el procurador de todos buen concepto, y no piense
que le engaña alguno sin graves fundamentos, mas piense
y crea que todos le pueden engañar. Lo primero servirá para
no mostrar que desconfía de alguno, que sería gran error.
Lo segundo para no fiarse sin seguridad. Buenos informes,
instrumentos, quede que pida esto. Ninguno se puede ofender,
pues administra hacienda ajena, y no propia, y con
decir que su instrucción se lo ordena así, y que sin bastantes
fianzas no aventure la hacienda. No por poca confianza
de la persona, sino porque siendo muy fiel, las contingencias
pueden poner la hacienda en riesgo con daño
de su reputación. Y así sea regla general ir en esto a lo más
seguro, y no dejarse llevar de palabras buenas, que generalmente
los tramposos son los que las tienen más dulces, y así
las más dulces deben ser las más sospechosas. Y así de todo
lo que dejare en Acapulco, o trastos, o plata, tomará recibo
en Acapulco del encomendero, que fuere correspondiente
del padre presidente de México que menos importa
pagar los derechos de la encomienda, que arriesgar el principal.
El camino hasta México, o Cuernavaca lo ande
de forma que se libre del sol. [El] Cerro Gordo páselo de día
y con la mayor compañía que pudiere, y más si lleva algo
de valor. Mas no dé a entender que [seme da] porque será
publicar

publicar lo que lleva.
Ya en Acapulco por los encomenderos, sabrá si el presidente
del hospicio está en él, o quien cuida de él. Y desde allí le escribirá
por delante si en las petacas lleva algo que
no convenga parecer en la aduana, para que el presidente
negocie, pasen sin abrirse las petacas.
Aunque el frío de México luego molesta no añada
mucha más ropa sobre sí. Basta la que lleva de acá,
y su manto o capote. El vino es dañoso, porque el frío
es externo y el calor está reconcentrado.
Cuando sea tiempo de pasar a España, pide el procurador
licencia al señor virrey para ir en los navíos de próximo
presentando con el memorial la licencia de la religión
y la del gobernador de Filipinas. Cuesta el sacarla
cuatro o cinco pesos, y sacada se presenta a la inquisición,
que la firma también.
Yendo por misión conviene reconocer en la contaduría
de México los autos de la misión antecedente
y ver si se dio la limosna a todos los sujetos que el
rey concedió en la tal misión verbi gratia la cedula concede
pasen 40 pero en México no se presentaron, ni
cobraron sino 30. Pídese pues allí certificación de
esto para que conste que aún no está cumplida la concesión,
y como se hará esto lo dirá cualquier oficial
de la contaduría. Y la certificación sirve para pedir
en Madrid despacho para los que faltan con los
que

que de nuevo se piden.
Para llevar su plata hasta Sevilla, se informará
del sujeto más apropósito y abonado que hay en el comercio,
y a este se la entregará en México con escritura
de entregársela a él en Sevilla, poniéndose así en
primer lugar, y en segundo al que le pareciere convenir
con consejo del presidente; a gente de la provincia por
si muere en el viaje; y de esta escritura de cómo,
y ante que escribano y el día avisará por menor
a Filipinas. La paga es a tres por ciento, y a veces *The author, probably Manuel de la Cruz, lets slip the first person heretuve
a más. Pero advierta que el portar la plata a la Veracruz
es otro concierto, que hace con el comerciante según
entonces corren los fletes, sobre lo cual se toma consejo
de los amigos inteligentes, y otros procuradores de Filipinas
que suele haber en las otras religiones ya expertos
dominicos, recoletos, o jesuitas etc. con quienes conviene
siempre correr bien. De dicha escritura se toman
dos tantos. Uno lleva el procurador consigo. Otro pone
en pliego en diversa nao, por muchas razones: pues le
pueden hurtar la escribanía, o perdiéndose el navío
salvar su persona etc. Y en ella se explicará si la plata
es doble, o sencilla, y como va fuera de todos gastos de
armada o repartimientos ordinarios y extraordinarios,
y los fiadores. Y cuidado con estas cláusulas: y a un
[tercer] tanto de la escritura es bien quede en el hospicio.
Toda la plata, o casi toda de la orden debe ir así,
mas

mas reserve cuatrocientos, o quinientos pesos para llevar
consigo en doblones para los gastos de La Habana
y de Cádiz. Y advierta más que se me pasó, y es que
el riesgo de la plata es bien vaya la mitad sobre capitana
y la mitad sobre almiranta u otra de la naves
de [credio].
En México, ha de procurar sujeto conocido mercader
de los flotantes, o algún procurador de Santo Domingo
o Recoleto, si van en otra nao diversa de la suya, y en
fin persona de satisfacción: que [consejo] se halla. Y a
ésta ha de dar poder para que en caso de muerte o cautiverio
cobre la plata, y sus alhajas, como sustituto suyo, para que
esto no vaya a parar al juez de bienes de difuntos. A
esta persona ha de entregar el pliego con la escritura de
la plata, y en él una memoria exacta de lo que lleva
suyo o de encomiendas (otra memoria debe quedar
en el hospicio) para que todo lo cobre, y en caso de muerte
las alhajas las reduzca a dinero, y éste y la plata que cobrare
haga de ella, lo que con el padre presidente del
hospicio hubiere acordado en orden al lugar en
que se ha de depositar.
No soy de parecer que al dicho podatario se le
dé orden vuelva a remitir la plata a México
con su correspondencia. Lo uno por el riesgo grande,
lo otro porque esta correspondencia no es absolutamente
lícita. Y así en caso de no haber depósito seguro

seguro en España (que hay pocos, y los de los conventos son
a veces los peores, porque en necesidad o sin ella se valen
los superiores de la plata, y droga adelante) soy
de parecer que es mejor con buenas escrituras prestarla
en Sevilla a mercaderes, con fianzas de entregarla
cuando se pida sin algún interés. Y con esto se podrá
pedir buenas hipotecas. En fin esto pende del hic
et nunc. Estos intereses no son buenos en nosotros, y con
ellos, y por ellos permite Dios, que acaezca muchas veces,
lo que suele entre el codicioso y el tramposo.
Llevar para España cajones de chocolate es error, y
horror los costos que tiene en portes y aduanas. En Madrid
se halle más barato, cuando es necesario regalar. Y así
lo han practicado procuradores inteligentes. Algunos
manojos de vainillas bien pueden llevarse, con algunos
rosarios de [linalo], molinillos, cocos sin guarnecer,
que si fuere menester en España se [guarnecen] mejor.
Su ropa para la Veracruz procure mancornarla
con la de algún mercader rico, que correrá menos riesgo
el perderse.
Tanteé bien el tiempo de bajar a la Veracruz, porque
es puerto enfermo, y no tiene qué hacer allí, y más si desde
México lleva y ha concertado el capitán con quien
se ha de embarcar, que así debe hacerse, porque allí luego
se dice qué navío es seguro, qué capitán trata bien o mal
a los camaradas, y desde México se le procura
captar

captar la benevolencia con algunos agasajos en el hospicio
que cuestan poco y suelen importar mucho. En la
Veracruz no es notable vivir con el capitán con quien se ha
de embarcar, o con otro personaje honrado, que no le
[lleve] la casa de mulatas. Y también puede hospedarse
en el convento agasajando al prior.
Aquí se debe visitar al general de la flota, y
también al veedor general, manifestándoles la licencia
que el veedor firma sin interés. Y si puede embarcarse
en capitana o almiranta no lo omita, porque
las marchantas para un aprieto de moros llevan
corta defensa. Y en la navegación observe lo
dicho ya para la de Acapulco: mucha cortesía, e igual
[retiro] le hará amable y venerable. Sobre los conciertos
verá y oirá en México y la Veracruz a los experimentados,
y si con otro camarada religioso o seglar
quiere tomar un camarote le será de mayor conveniencia.
Y crea que mientras menos [favo] llevare, tendrá
menos embarazos y mayores ahorros, y como se ha
oído en España se compran mejor las cosas para
regalar lo preciso. Mas si llevare otras cosas fuera
de la ropa de su vestir y frasquirilla [pónselo]
en diversa nao.
En La Habana no se desembarca sin la ropa
sucia y la cama, o cosa precisa. Agasajando con
algo al prior se vive en el convento con comodidad

y ahorro. Y si es menester aprovecharse de algún
regalo. El tiempo lo dice. Mas no cargue de cacao si no
vale muy barato, como a tres reales. Y entonces puede
tomar dos o tres tercios para labrar en Cádiz chocolate
y en disparando pieza irse al navío sin pereza, pena
de no hallar quizá después en qué ir. Y aviso aquí que
en [] las naos de Filipinas no parece muy bien un
religioso con un tabaco en la boca, pero peor en las de
España. Y así en unas y otras procure ocultarse a chupar
con moderación, y pidiendo licencia al capitán para
ello, y en esto ha menester mucha prudencia por no
ocasionar muchos disgustos. Mejor es que comience
a mortificar esta pasión, que en España no ha de hallar
que chupar tabaco bueno.
En llegando a Cádiz para sacar la ropa
es menester licencia, pedirla y sacarla con paciencia,
aposentándose en el convento y no en otra parte y para
llevarla a Sevilla.
§.4 Cádiz hasta Madrid
Procure visto el prior saber quiénes son provinciales
en Andalucía y Castilla, y prior en Sevilla
y Madrid, y escríbales por el correo dándoles parte
que viene a España a negocios de su provincia de Filipinas,
y que se pone a su obediencia y servicio. Y escriba
a las demás personas que le pareciere.
Procure

Procure en el viaje tomar conocimiento con algún
mercader vecino de Cádiz, de mediano parte, no
de los muy altos, que le sirva allí de agente, y los hay
muy buenos de aquel género que allí llaman gansos,
que nunca arriban a mayor fortuna, y sirven
muy bien, si cobraran amistad, por ella y algún interés:
[en caso] de este dejara los trastos de navegar
hasta la vuelta, y algún dinero para las ocurrencias.
Y para llevar su ropa a Sevilla se
acomodara con alguno de los flotantes, o camaradas
a pagar el barco a medias o rata por cantidad
y tome mi parecer y váyase a Sevilla por tierra
que con la licencia que sacó para desembarcar pasará
la ropa por el río de Sevilla.
Aquí en Cádiz hará labrar el chocolate
que hubiere de enviar a Roma, si hubiere [de enviarlo],
que no es cosa necesaria y será en naves de
Génova, o Livorno: y algo para llevar a Madrid,
donde acaso lo hallará a mejor precio.
En Sevilla conviene agasajar con algo como
chocolate, y cosas de Indias al provincial y procurador
y en Castilla lo mismo especialmente al de San
Felipe.
Aquí le ofrecerán la plata por su escritura,
el que se la trae de México pero lo más seguro {suele ser}

suele ser no sacarla, sino dejarla en su poder, pero con
nuevo resguardo, sin cancelar la escritura. Las conveniencias
de esto el tiempo las avisa, y los sujetos con
quienes trata: y allí verá cómo ha de conducir a Madrid
la necesaria yo digo que por letra de cambio, si
la halla, o con la conducta del rey, y en fin según
viere es lo más seguro, con que con llevar a Madrid mil
y quinientos pesos lleva sobrado, y si faltare, para
menores cantidades no faltaran letras.
También cuando escriba al provincial de Castilla y procurador
de San Felipe ha de escribir al religioso que en Madrid
es correspondiente de nuestra provincia de Filipinas a su
procurador y si desde Cádiz no lo hizo no lo omita desde
Sevilla, y entonces conviene escribir al padre general
y asistente de España con estos puntos. Primero darle parte
urbanamente de su llegada. Segundo remitirle una vía de
la provincia en que van las actas del capítulo (si salió
de Filipinas por capítulo). Tercero decirle que tiene orden
de remitirle las coletas, que su reverendísima [ven]
si gusta las remita y y por qué vía. Cuarto que le envíe
la autoridad para sacar misión de las provincias de España
y las facultades de vicario general tan amplias como
se las comunicó el Reverendísimo Travolloni a Fray Álvaro
el año de 1688 por abril (y para esto será {bueno}

bueno tener el procurador un tanto de ellas) que son absolutamente
necesarias y que así las da el General
de Santo Domingo y son conformes a la bula de Adriano
Sexto que se citará abajo. Avisándole que va a
Madrid y allá espera su respuesta y los mismos
puntos escribirá al reverendo padre asistente de España,
e importa escribir luego porque tarda la respuesta
y es necesario ir ganando tiempo. Y despachar por delante
su ropa para Madrid, o irse con ella, según
el tiempo y la ocasión aconsejaren.
§ 5. En Madrid
Aunque este aviso, se había de dar al principio, aquí
es más necesario que en otra parte. El primer empleo
de un procurador es [diligenciar] religiosos para esta
provincia, los mejores que hallare. Y si lo consigue Dios es
servido. El próximo [ayudado], los infieles convertidos,
los nuevos cristianos doctrinados, y reciben
los santos sacramentos que son los arcaduces de la divina
gracia. Y si no trae religiosos o no son a propósito los que
trae, todo esto cesa y aun se siguen peores males.
De donde se origina, que el demonio hace cuanto esfuerzo
puede por estorbar los intentos del procurador,
y le da bien en que entender por todos caminos
y principalmente por los domésticos de la orden

que unos por celo indiscreto, otros por voluntad perversa
se arman no cesando de impugnar la saca de los religiosos
para Indias, y Filipinas y esto es general en todas las religiones.
¿Qué hará pues el pobre procurador solo? Si estuviese solo,
era lo más acertado dejarlo todo mas si pensare esta
solo se engaña: porque con él está Dios, que ama, más
que él, las almas de sus escogidos. Con él está la Madre [de]
Dios, que incesantemente ruega por los pecadores. Con él están
los ángeles de todos los pueblos, que tiene esta provincia a
su cargo, que ruegan al verdadero Señor de la viña, que
envíe a ellas sus operarios. Con él está nuestro padre San
Agustín y los santos sus hijos, y en especial Santo Tomás
de Villanueva que fue quien envió religiosos a Indias
y un hijo suyo fundó esta provincia enviándose pues
el procurador [acometido] de trabajos y dificultades, acuda
con toda fe a la Virgen santísima a los ángeles
y santos dichos, y por su medio a Dios y dígale de todo
corazón "Señor, yo por entender que os sirvo, intento
llevar ministros vuestros a aquellas islas. Mas yo
Señor no crie, ni redimí a aquellas almas. A vos os toca
más que a mí: dadme paciencia y fortaleza para que os
sirva en esta vuestra obra." Y tenga para si firmemente
que Dios le sacara con bien de todo por los caminos
que menos imaginó, de forma que se pasme de ver
como se hacen las cosas, que más le espantaron.
Llegado a Madrid después de visto el prior

visite brevemente con el hábito negro sin sentarse a los
padres graves del convento, y si les lleva cartas váyaselas
dando. Y por entonces y después se porte con todos con
mucha sumisión y cortesía, tomando en todo el último
lugar, y en el coro tome el de las sillas altas, y
nunca suba de la mitad para arriba, y lo mismo
en el refectorio. Y como la provincia no tiene celda,
tome la que le dieren, dando mil gracias de que
le den alguna y cuidado en guardar la plata para
lo cual conviene luego comprar arca firme, y que
en saliendo fuera no salga el mozo de la celda.
Y si toma amistad con algún religioso grave y
de virtud mejor [es tenerla] con todo secreto en
su poder a lo menos la mayor parte, que hay insignes
ladrones y han robado muchas celdas de religiosos
indianos de todos ordenes, y así abrir el ojo.
Mucho tsiento es necesario para pasar en San Felipe
sin queja, o murmuración. El modo de portarse
con menores inconvenientes es este: procurar
que su mozo ande de donado (aunque sea
preciso por esto recibir otro muchacho criado
español) que con eso tiene compañero, cuando lo ha menester,
y que no dice, donde [entreoído] sale. Cerca
de San Felipe en la Calle de la Paz en los cuartos
altos, no falta gente pobre que le hará un
puchero, que conviene tarde ordinariamente y camina

hay gana y necesidad, y es alivio en el trabajo. Mas guárdese
de tener extraordinario de continuo, que se desacreditará
por ello, si no es tal vez que convide a algún religioso
amigo, que siendo pocas veces no tiene grave inconveniente.
Si algunos religiosos aparecieren por la mañana
en su celda, deles chocolate con voluntad, y agrado:
a la tarde ni lo beba ni lo de, que lo uno parece
mal, y lo otro es gasto excusado. Soy de parecer que excuse
de noche juntas en su celda, que acarrean muchos
males, y para evitarlos puede irse de noche un
rato a conversación, o con el prior, o con alguno de los padres
graves y no sea porfiado en defender nuestra provincia
sino responda lo que se le alcanzare, y si no se dieren
por satisfechos redúzcalo urbanamente achanca.
A Fray Álvaro le dijo un padre grave delante de muchos:
"Padre yo fuera a Filipinas, por ser cosa tan del servicio
de Dios, y bien de las almas: pero dicen que no hay
que comer"; Respondióle, "pues aunque yo tuviera
más [canas] que vuestro padre iría solo por ver sustentarse
sin comer los hombres." Rieronse los presentes, y Fray
Álvaro quedó desobligado a responder a una sentencia
tan tonta. Asiente desde el principio, que
necesita por sus achaques de recogerse antes de las
nueve, que con esto le dejarán, y tendrá tiempo para hacer
lo que le falta, y escribir la estafeta, en la cual
no haga cargadilla, sino cada correo pague sus

cartas al cartero. Tome amistad con el religioso lego
que toca la alba: que con [pozo] se consigue y este le llama
después de las cinco, que aunque [se aviste a la primo] es sobrado
para dormir: que con eso baja a decir misa, cuando
hay pocos y le dan luego recado, y si espera después de prima
tendrá enfados, y faltará a sus negocios. Y no
es bien deje la misa sin causa conocida que perderá
mucha reputación: dicha misa puede ir
a prima: y conviene que el procurador acuda cuanto fuere
posible al coro, y no estando fuera de casa siempre
es posible y no contrario parece mal, y lo reputan
por fraile relajado de las Indias, y de la asistencia
al coro reciben muchas edificaciones. Por
lo menos a prima y completas en hibierno, no se puede
faltar sin nota, y después de la antífona
quedarse a maitines rezados, y entienda el procurador
que va mucho para todos sus negocios, el tener crédito
de religioso en aquel convento, así para dentro de
la orden como para fuera. En las recreaciones ser atentado
para jugar, y si ha sido aficionado el demonio
le dará gran [bataria], porque por este camino en
una hora le quitará la reputación, y si llega a
perder dos pesos correrá la voz de 200: y así huya de
donde hubiere juego aunque sea de tablas, o damas, y
pura recreación, mostrando siempre aversión a esta.

ni admita opinión (aunque no la practique) de que
es lícito el juego de naipes y dados, y porque solo será
de sujetos relajados, y sin más fundamento que su vicio
trabaje en persuadir a todos que lo que lleva es de su provincia,
y que solo es administrador de lo ajeno, para
emplearlo en aquellos efectos que su provincia le ordena
y no en otros. Y siempre se muestre muy atado a las
instrucciones de la provincia diciendo no puede aparatarse
de ellas sin grave escrúpulo y así es: y todo esto
le aprovecha no solo para los de casa, sino para los seglares,
que a título de conocimiento o parentesco se le pegarán
como [lardillas], y aunque él se pegue a ellos mucho,
y ellos den de si mucho, todo [parara en qua no perdices],
o jamones, [imítelos] el procurador en proporcionar
así sus regalos, y dádivas. Y en fin ármese
contra embestiduras de emprestamos, y sacaliñas
que tiene bien que resistir, y con todo pliegue a Dios
resista.
Dentro de un día, o dos de llegado a Madrid
y no lo delante más, mas visite al secretario del
consejo de Indias de parte de Nueva España
(que hay otro del Perú) y al presidente del consejo,
estos dos es menester ver cuanto antes, y al secretario
se han de entregar en su mano los pliegos que llevare
para su majestad sin dilatarlo: y a mejor hora
deben estos señores es a medio día poco antes, si no

tiene padrino que le conduzca a otra hora, y también
al secretario se puede ver a las tres. La [arenga] estudiada
para estos y todo las demás del concejo sea
en esta sustancia: Que su provincia de Filipinas le ha enviado
a esta corte, por su procurador a todos sus negocios,
y en especial para pedir a su majestad una
misión de religiosos para la continuación de las muchas
doctrinas que están a su cargo, que se pone a los pies de
su excelencia (o señoría) para que le ampare y favorezca,
en esta causa como tan del servicio de Dios.
Visitados presidente y secretario visitará
a los señores del consejo de Indias y su cámara, sin
reparar en que este sea antes o después sino como pudiere,
mas tómelos por lista y donde vive cada uno:
y si tiene señoría, o excelencia que algunos de la cámara
suelen tener excelencia y otros señoría ilustrísima
y habiéndolos visitado todos, o casi todos se
puede presentar con su memorial y poderes en esta
forma.
Hará el memorial, que se escribirá a la postre
con título de presentación en el consejo, y con este
juntará las licencias de la orden, y del gobernador de Filipinas
y virrey de la Nueva España y sus poderes.
Y todo esto lo entregará en su mano al secretario del consejo
suplicándole se sirva de presentarlo: y no presentará
otras instrucciones, ni patentes de [definición]

antes bien, si le pidieren las instrucciones dirá que las instrucciones
son que obre conforme al poder y licencia y no contienen
otra cosa. Nuestro Padre Cruz dice que las instrucciones
las presente el procurador. Obedecióle en esto Fray
Álvaro mas el agente fiscal, que era muy su amigo
le dijo, que era error presentarlas, y que los de la Compañía
no las habían presentado y le dio grandes razones
para no presentarlas, si no es que le obliguen a
esto, que no obligaran. Dado el memorial visitará
luego al agente fiscal, al oficial mayor
de la secretaría, y al oficial especial de Filipinas.
El oficial mayor es de poco provecho. El dicho
agente, y el oficial de Filipinas son los ejes inferiores
en que voltean sus negocios. A todos por
ahora se les dígala a venga supra [cerita] tratándolos
de ["vuestra merced"] y no más. Y no pasarán muchos
días, sin que el oficial de Filipinas le lleve le
memorial. Y entonces irá como a las diez del
día o más tarde, a la secretaría y cobrará su poder
y licencia. Y el oficial mayor le dará una certificación
de como esta recibido en el concejo por su procurador.
Y sus derechos son un tostón, puede largar un peso diciendo
para el escribiente. Ítem cuando visite a
los señores no se olvide de que sea el fiscal el

primero, o de los primeros, porque le ha menester más
que todos.
Habiendo visitado a los señores del concejo, ya
reconocerá si alguno le hace más merced, y sino procúrela
mediante algún favor, y convendrá tener
un señor confidente concejero, y otro
camarista con quienes pedir tratar sus negocios
con mayor confianza. Y a estos regalarlos con algo
curioso como abanicos, o cosa así, no mucho sino
poco y en ocasión según el buen rostro que le muestran,
y lo mismo al fiscal, y secretario.
Con los inferiores como son agente fiscal, y oficial
de Filipinas, se cumple con media docena de pesos al principio
regalo de aves y vino en las Pascuas. Y según
fuere las cédulas que pretendiere ir regando el
almácigo con tiento: procure mostrar mucha confianza
con el dicho oficial de la secretaría de Filipinas. Y
antes de entregárselos memoriales al secretario (que
todos se le han de dar en su mano) comunique con
su oficial el borrador, que si es buen hombre como
el que estuvo en este oficio más de 20 años, le aconsejará
lo mejor y dirigirá la [presensión], porque
tiene experiencia, y no le cuesta nada dar un buen
parecer.
Admitido por procurador en el concejo, y dado

a conocer vuelve a correr las estaciones y pide la misión,
ponderando la necesidad que hay de religiosos,
y las muchas doctrinas, y en esta visita que ha
de ser al presidente fiscal, camaristas, y oidores,
descubre más tierra, y si halla repugnancias las
procurará vencer con oraciones, y medios humanos,
que se dejan a su discreción y al tiempo. Y viendo el
negocio maduro, aunque no sea mucho, presenta su memoria
pidiendo misión, y el numero necesario
y si las mercedes pasadas, no están llenas como constará
de las certificaciones que sacó en México lo relatará
para que se le confirmen, y si este memorial
sale bien ya tiene andada la mitad del camino.
Avisarále de ello el oficial de Filipinas y el procurador
le constará, firme luego el despacho, y entretanto
mete otro memorial pidiendo licencia para volver
a Filipinas con la dicha misión, y que se le dé la ayuda
de costa que a los demás religiosos.
Suele, y es ya de tablilla darse los despachos para
que la ayuda de costa se dé en Sevilla, mas no es
más que ceremonia y así se da otro memorial
para que lo que se había de dar en Sevilla se dé en la
Veracruz, y en este memorial dicho oficial de Filipinas
le dirá como ha de formarlo, que es despacho ordinario

sin alegaciones, y con él se acaba de sacar
la cédula, que es el despacho y libranza de la misión.
Y todas estas cédulas, según le dirá el mismo oficial
quedan trasladadas en un cajón de la secretaría que llaman
de libranzas donde se le entregan, y paga por
cada cédula a razón de a [ ] reales cada una
y esta cédula en que se le manda dar alivio de la
barcada, y otra cualquier cédula en que se manda
dar algo de caja real, después de estar en mano
del procurador se traslada con un escribiente en papel
no sellado, dejando a un lado un agujero, como le dirá
el dicho oficial, y así el original como el dicho traslado
simple, se llevan a la contaduría del consejo
de Indias, que está en Palacio, y se toma la razón
dejando allí el traslado, y cuesta un tostón esta
razón. Mas no la olvide el procurador que nuestro Padre Cruz
la olvidó, o no la supo, y se halló perdido en Sevilla
sin ella, y para suplirla gastó muchos pesos. Y como
digo es diligencia general en las cédulas, por donde se ha de
cobrar plata de la real caja.
Ya en estas diligencias pasa el tiempo, y tendrá respuesta
de Roma, y si ha llegado la primera vía de las cartas
de la provincia no remita la segunda que sienten mucho
los italianos pagar portes: sino le remiten

13
la patente de vicario general o si se la remiten diminuta
vuelva a instar con las razones ya dichas en el primer
despacho: y si le avisan la vía por donde han de
ir las coletas las remita, por ella o por otra segura
que hay en Madrid muchas, de que no le faltaran noticias
buscándolas, y en mi tiempo era el cambio a tres por ciento
que es barato y si el padre asistente está en Roma remita
la mitad a él, esto es 150 pesos y los otros 150
al general y hábleles [gordo] "que no puedo hacer el
negocio de su majestad y de la orden sin la patente
que da el General de Santo Domingo o los suyos, y
que esta se dio a Fray Álvaro, y que si su reverendísima no puede
dar así la patente: que permita acuda a pedirla
a la Sagrada Congregación de Propaganda: que su provincia ha gastado
muchos pesos en llevarle a Madrid, y su majestad
Católica y la provincia han de gastar muchos militares
en conducir los religiosos a Filipinas y si las patentes
no son amplias, cualquier provincial y aun prior
imprudente, le impedirá los sujetos, y frustrara los
intentos de su majestad" que se vea la bula de Adriano
Sexto concedida al Emperador Carlos
Quinto en Zaragoza que está en el bulario magno,
y también entre las bulas de los privilegios de
Manuel Rodríguez, y se verá que no pide el procurador

sino lo que la silla apostólica ha concedido al rey católico
el cual es defraudado si no se le dan los medios precisos
para sacar la comisión y conducirla, y todo esto y
lo demás que supiere ha de representar al general asistente.
Y aviso, que si el procurador no tiene mediano
latín para estas alegaciones busque un amigo que
se lo haga o escriba en castellano de buena letra,
que bien lo entenderá el general, o su secretario. Mas
tengo por mejor buscar secretario latino, que con eso
las respuestas vuelven en latín, y no en italiano.
No dudo que con estas instancias despache
el reverendísimo la patente amplia, y sino válgase de la
que [que] le diere, y supla lo que falta con la dicha Bula
de Adriano, que hallara a mano en el ritual
de Méntrida, o en el de Sánchez nuevo al fin.
Da un aviso nuestro Padre Cruz de gran monta,
y es que el procurador obre en todo con diligencia y eficacia,
de suerte que se lo conozcan los señores del
consejo, que esto les edifica, mucho y mueve a despacharle
bien: mas si le ven remiso, y que negocia
mediante agente, y no por sí mismo, les parece
muy mal, y así en ningún caso cometa diligencia
a otro sino por enfermedad conocida: ni ande
en coche aunque sea prestado, y no alquilado a lo menos

14
al principio porque será destruirse cobrar fama de rico
y regalado.
Supuesto tener ya el procurador su despacho del concejo
para la misión, y su patente del vicario general
o próximas esperanzas: tratara de ir disponiendo
su avío con tiempo. Todos nuestros procuradores han mandado
hacer la ropa blanca en Sevilla: mas
Fray Álvaro aunque tarde conoció el error y gasto,
y así en todo caso haga el procurador lo que se le dirá
ahora, y ahorrará por lo menos el tercio del gasto.
Primeramente a su correspondiente de Sevilla le encomiende
solamente que haga los trasportines, no colchones
diciéndole el largo y ancho, y el peso de la lana
que cada uno debe tener, y que no sean sino de esa medida,
y así no se descuide en determinarla. Ítem [que]
que con los trasportines haga las almohadas señalando
el tamaño y peso de la lana.
Lo restante de la ropa blanca hágala en Madrid
porque allí o hallara lienzo de Santiago o escoger
del más delgado haga camisas, de otro no tal calzoncillos,
y del más grueso sábanas, y las fundas
de las almohadas que pueden ser como las camisas:
y todo le saldrá mejor que si fuesen de lienzos de Francia,
que es lo que en Sevilla corre y a veces muy caro.
Vaya comprando unas arcas, o vaoles no grandes

sino pequeños que dos hagan carga ordinaria de un macho,
y en las almonedas se halla de esto en Madrid
mucho: y en ellas ponga su ropa cogida. Las sobrecamas
es la dificultad, unos procuradores las han hecho de
[cordella] se han hecho. Otros como Fray Álvaro y los de la
compañía de un generillo que llaman damasquillo de
Flandes. A los de Guatemala dominicanos los vi en
Madrid comprar frazadas ligeras, y tengo esto, por
mejor y más barato. [Espantarale] al procurador la
condición de todo esto a Sevilla, mas sin razón
porque una arroba cuesta de [porses] ocho reales de
vellón, y aunque la pague aún no sale un real
por camisa y es nada para lo que cuesta más el género
y hechuras en Sevilla. Tengo lo muy tanteado,
y vuelvo a decir que con todos los partes ha de ahorrar
más del tercio del costo de ropa. Pero no es necesario
pagar tales partes, porque para llevar a Sevilla
los religiosos ha de alquilar una o dos galeras vacías
de retorno y aquí lleva sus cajas de ropa, y
cajones de libros, y otra más carga, y paga lo
mismo cargando lo dicho, que yendo vacía, con solo
los frailes, porque si alquila toda la galera por un tanto
y así lo hacen los procuradores comúnmente para llevar

15
sujetos, y la demás carga de Madrid toda de
un golpe.
Nunca le falta al procurador algún negocio en el
concejo fuera de la barcada como expedir las medicinas
para el convento de Manila libranzas de vino,
y aceite, y cosas así estas se piden en la cámara.
Y para cosas así ligeras basta hablar al camarista su
confidente, que más merced le hace, y al secretario,
y fiscal: que para estas cosas no es necesario echar
todo el trapo. Mas si el negocio es de más monta
como el que ahora se [le siga] sobre el vino, y aceite
si las religiones están tan ricas que no lo necesitan,
o lo de los diezmos que pide el cabildo eclesiástico,
se comunica con los procuradores de los otras órdenes,
y con su consejo se obra con más eficacia.
Lo mismo digo sobre el negocio de la China en que
los obispos portugueses piden sujeción a los misionarios
nuestros, y por aquí tratan de echar los
de la China, que se ha de comunicar con los otros procuradores,
y todos a uno obrar. Mas re el procurador
nuestro que en negocio alguno de la China, tome
parecer, ni aún comunique a procurador de la Compañía
de Jesús, que si Fray Álvaro lo hizo el año de
1688, fue por ser negocio muy diverso, del que ahora

corre, y con el resguardo competente: porque es
viejo en la Compañía no querer otras regulares en las
misiones. Y para tratar cualquier negocio de estos
infórmese bien del hecho el procurador por las preguntas,
que necesariamente le han de hacer sobre esto.
En Madrid sabrá luego el procurador si hay
flota, [o vacas], o azogues y tanteara el tiempo para
juntar su misión, de forma que la tenga en Sevilla
al competente. Y [conjeturado] este con personas prácticas
le bastan cuatro meses para juntarla contándolos
desde que despacha la convocatoria hasta que se embarca
y aún le sobran. Y así llegado el tiempo hará imprimir
como cincuenta ejemplares de la patente del
padre general y hasta una docena la hará autorizar
en casa del nuncio por un notario apostólico,
que haga fee: y esto hecho o con original si está
presente en Madrid el provincial de Castilla se presente
ante él, y si está ausente le remita un traslado
auténtico y le pida licencia para usar de sus facultades.
Y al mismo tiempo escribirá a los provinciales
de Aragón y Andalucía pidiéndoles urbanamente
lo mismo y remitiéndoles dichos traslados auténticos:
y sea con toda cortesía y ponderación de lo que
importa al [servidor] de Dios, y bien de las almas

{Al margen derecho: 16}
que de su provincia salgan buenos religiosos y muchos, y envíeles
seis convocatorias o más también para que las repartan.
[Nose] que los impresos de la patente simple son
buenos para dar a algunos que gustan deber sus facultades:
mas los auténticos sirven para lo dicho con los provinciales
de España y de Indias, y los restantes para delegar
al pie de ellos las facultades en caso necesario
en todos o en parte.
La convocatoria es una carta dirigida a los
religiosos de nuestras provincias de España en que se les representa
y pondera la necesidad de los misiones y sus conveniencias
espirituales y remata con que si alguno quiere
alistarse en la misión escriba al comisario avisando
de su edad antigüedad, años de estudios, y
patria, prometiendo el admitir a todos los que fueren
a propósito para la misión: de esta convocatoria se hallan
ejemplares en nuestro Hospicio de México, y fueron
las que hicieron Nuestro Padre Cruz, y Fray Álvaro: y en aquella
conformidad deben ser las convocatorias con estilo
humilde, y fuerte: imprímense hasta cien pliegos,
y todos los firma el comisario, y los envía por
diversos conventos de Castilla, Andalucía, y Aragón
especialmente a los principales, y otros se remiten a amigos
de suerte que se esparramen. Y advierte aquí que los

que no van a conventos determinados sino a amigos no conviene
firmarlos, y menos que habiendo recibido respuesta
de los provinciales, de que obedecen la patente
del padre general no se ha de enviar ninguna convocatoria =
Olvídeseme de decir que la patente del padre general
no es necesario presentarla, ni pasarla por el concejo,
porque en España toma la [posesión], y va con ella a Indias.
Ya que se trató de esto se debe notar, que no se deben presentar
en el concejo sino tres géneros de patentes del
padre general como ordena una ley de la nueva recopilación
de las Indias, y son primera patente de visitador
general, segunda patente de nueva erección, o división
de alguna provincia, tercera patente de presidentes para
los capítulos, pero sabe, que estas patentes de presidentes
aunque se las envíen abiertas las deben cerrar,
y presentar y pedir su paso cerradas sobre
que hay cédula de su majestad, pienso del año
de 1656, y así se lo advirtieron a Fray Álvaro en
el mismo concejo. Los breves del Papa todos se
presentan, y así estos como las patentes dichas se llevan
antes a la secretaría de lenguas, y allí se traducen
y original y trasunto todo se presenta. Y pasado
en el concejo, el oficial menor da certificación del paso
que cuesta un tostón. Hay en esto algunas menudencias,
que enseñara el oficial de Filipinas los sus-,

{Al margen derecho: 17}
-tanciales, que presentado el despacho en el consejo, se
remite a un señor de él, y en sabiendo quien es, visitarle
y darle razón del despacho si fueren solo
breves de indulgencias se llevan al tribunal de cruzada
simplemente y allí dan su papelón por nueve reales de
plata.
No se ha hablado, sobre jubileos cofradías, altares
privilegiados títulos de notarios apostólicos, y si
algo de esto necesita el padre procurador sepa quien está
por procurador en Roma de Castilla, y por este puede
pedirlos: mas si hay allá asistente de España soy
de parecer, que se le escriba a él pidiendo estas cosas con
toda individuación, y [se le envié le dé] doce pesos diciendo
que su reverendísima los dé a su compañero para que agencie
dichas cosas, que no tiene persona de quien valerse:
y sepa, que jubileos indulgencias altares privilegiados
nada cuestan en Roma, mas debe se advertir
a la gente que los altares como son para Indias no han
de tener cláusula de decirse en la iglesia tantas misas
porque solo hay un cura en un pueblo = Los notarios
apostólicos cuestan doce o catorce reales de plata, y las
cofradías cuatro pesos y así según pidiere de esto aumentará
la letra que enviare de forma que a la gente
queden por lo menos seis pesos de corretaje. Si deseare
medallas camándulas, tierra de San Pablo la procurará
por medio del algún procurador religioso que pase a Roma

a Roma, o busque por donde, que pende de las ocasiones.
Déjese en Madrid de tratar con los señores
del consejo cosa alguna de Filipinas que no toque
a sus negocios. No se deje llevar de alguna pasión,
que le costara caro. Y si preguntaren solo responda
en las materias públicas, y que puede jurar, en las otras
escúsese de saberlas con que asistió siempre al ministerio
de las almas, que en esto va a ganar no
a perder.
Cuando envíe la convocatoria pida a los priores
que la lean a la comunidad, y después la fijen a la
puerta del coro.
Advierta el procurador que no ha de admitir religioso
alguno para la misión hasta tener presentado a su
provincial la patente del reverendísimo y si antes alguno le hablare
le responderá, como aún no tiene facultad de admitir;
que a su tiempo, si estuviere del mismo parecer, avise que lo
admitirá; y a ninguno repruebe, ni admita por bueno,
o malo que sea, sino palabras de esperanza, y no más.
Y no sea omiso en escribir las cartas que entiende son
menester, ni menos en responder, que es gravísima
falta no responder con puntualidad, aunque sea a un
hermano donado, y perderá mucho en esto, de suerte
que creo pecara mortalmente en tal omisión, por lo mucho
que arriesga en daño de la misión, y lo encargo
porque conozco algunos que por no escribir una
carta

{Al margen derecho: 18}
carta, y tomar este poco de enfado venderán su
provincia.
Presentada la licencia a los provinciales, y despachada
la convocatoria: comienzan las cartas de los pretendientes
de Filipinas. Y antes es necesario que el
procurador sepa lo que ha de hacer si algún provincial tácita
o expresamente se opusiere no consintiendo que saque
religiosos de la provincia. Y en tal caso se puede valer de
uno de tres medios, y ejecutara el que tuviere por
más acertado entonces el señor del consejo
que fuere su particular favorecedor. El primero y más
duro es presentar memorial en el consejo, refiriendo
todo lo que Adriano Sexto concede a
su majestad en la bula citada, por la cual su
majestad tiene derecho de sacar los religiosos voluntarios
de cualquier provincia y que en contravención
de esta regalía tal provincial les impide,
que su majestad de la providencia que gustare porque
sin ella no puede conducir la misión. El segundo
medio es decir esto mismo a boca al señor presidente
de las Indias. El tercero hablar sobre ello al
señor nuncio y pedirle carta para el dicho provincial
y éste es el más suave: mas [ha de ser] mostrando
al nuncio su patente para que le conste de sus
facultades. Todo lo cual ha lugar cuando de facto

el provincial le contradiga, o impida, manifiestamente
algún sujeto: pero no se mueva por poco y sin gran
fundamento por sólo hablillas sino trague y disimule
no siendo muy grave, y manifiesto el
daño.
Luego que la carta llegue del pretendiente si ya
lo conoce, y ha comunicado con él podrá admitirlo
y pedirle la firma: mas si no lo conoce
muy bien, de palabra o por escrito podrá responderle
en esta sustancia. Que lo mire bien y encomiende
a Dios, que no intenta menos que desterrarse
de su patria, y por mares, peligros y trabajos
ir a una tierra que no conoce, y empleos que quizás
no le agradaran. Que si es vocación de Dios, y
se halla con impulsos de ocuparse en procurar
la salvación de las almas por agradarle, y no
más su majestad le confortará, y al fin de la carrera
le coronará: mas si intenta el viaje
por otros fines menos perfectos y sin vocación de
Dios, que va errado, y busca su perdición: que el comisario
desea llevar religiosos más quiere lleven el dicho fin
y vocación, y que así no puede dejar de hacerle esta
amigable amonestación y si después de haberla considerado,
y puesto en manos de Dios se halla con los
mismos impulsos le envíe la firma trasladando

{Al margen derecho: 19}
de su letra la fórmula que le remite = Y esta [flema]
observará generalmente el procurador, que si es de Dios
esta advertencia le afirmará más el sujeto: y entre
tanto que responde tiene tiempo para informarse de
que persona es que no faltan en San Felipe sujetos
temerosos de Dios y celosos que le informen. Y en
caso de hallar luego quien le informe le puede desde
luego despedir con cortesía diciendo, que no puede
llevar sino los sujetos que tienen las calidades necesarias,
que le perdone no admitirlo, que en esto le sirve, pues
no le mete en empeño mayor del que puede emprender:
mas aunque luego tenga informe de que es
bueno no deje de escribirle en la [fra] dicha antes.
Debe tener el procurador algunas cuartillas de papel
y en ellas de mano de un escribiente escrita la [fórmula]
de la firma así:
"Fray Fulano sacerdote o corista profeso del orden
de nuestro padre San Agustín natural de tal patria, y residente
en este convento de tal lugar: digo que por
entender para mi que Dios nuestro señor me llama
para que le sirva en las convenciones y doctrinas
que están a cargo de la provincia del Santísimo Nombre
de Jesús de las islas Filipinas del mismo orden

por la presente me ofrezco y obligo espontánea y libremente
a pasar a la dicha provincia de Filipinas, en la misión
que está congregando el reverendo padre Fray Fulano
vicario general y procurador de la dicha provincia y ruego
y pido al dicho reverendo padre que me admita e incorpore
en la dicha misión para pasar a las dichas islas: y desde
ahora doy la obediencia al dicho reverendo padre como a vicario
general de la dicha misión; y para que con este hice está
firmada de mi nombre en este convento de tal
parte y en tantos de tal mes y año Fray Fulano de tal."
Y en la carta dirá el procurador "Remito la fórmula
de la firma para que [vuestra paternidad] la traslade de su letra y me
la remita, no para ejecutar a [vuestra paternidad] por ella, que
mientras [vuestra paternidad] no saliere de su provincia siempre
tiene libertad de hacerse atrás con muy buena
conciencia porque no quiero sacar a ninguno contra
su gusto, mas pídola para que conste los que tengo
en la misión, y poder hacer presentación de ellos
al rey nuestro señor."
Si remitida la firma y admitido el religioso
pide licencia para llegarse verbi gratia a su tierra, habiendo de él
buenos informes se puede conceder la [firmala]
será como las licencias de los provinciales comenzando "Fray
Fulano vicario general de la misión del orden de nuestro

Padre San Agustín de las Islas Filipinas por Nuestro Reverendísimo
Padre Fray Fulano, general de todo el dicho orden, por la presente
doy licencia al Padre Fulano, que está incorporado en
la dicha misión etc.”
Es muy ordinario que algunos piden al procurador dineros,
diciendo [que] tienen deudas, y que si no las pagan, no pueden
ir con él. Sea regla general, que a todos responda
que no es señor sino administrador de lo que trae de
la provincia, que ésta solo le manda gaste en llevar los
religiosos como da. Y dicen últimamente, que esto lo ejecutará
como mejor pudiere, mas otra plata no la puede
dar, ni tiene orden para eso. Y guárdese de dar cosa
alguna con este pretexto, porque luego se publica por más
secreto que prometa el recipiente, y perderá dinero
y crédito porque luego claman que compra los sujetos
y otros se animan a pretender ser comprados, y pegársela
al procurador, como se la han pegado a algunos
muy avisados. Mas, si después de incorporado,
el religioso se le ofrece alguna necesidad que el procurador
conoce no [es engaño], podrá socorrerla con
discreción, y más si no llega a diez pesos.
Por acta general del Reverendísimo Travalloni, se manda
que todos los religiosos ministros hayan estudiado a lo
menos dos años de artes, y tres de teología, y si no
no pueden ser priores; de donde se saca con evidencia,
que todos aquellos, que o no han estudiado

los dichos cinco años, o por lo menos no están en
edad y disposición, y con ánimo de estudiarlos,
que no son a propósito para la provincia, ni servirán
más que de hacer gasto y embarazo. Y creo [que] pecará
el comisario en admitirlos si no que sean
muy santos, y quieran pasar llenando el número
de los legos, que todo lo que el lego hace, mejor
lo hará acá el sacerdote en haciendas. Y otros
oficios con esta advertencia avisará a los religiosos
que admitiere que saquen certificaciones de los años que
tienen de estudios, ya sean los cinco, o menos, para
conocer lo que les falta de estudiar para que acá los estudien.
Y la certificación ha de ser del prior y depositarios
donde cursaron. Y si no puede el religioso
sacarla, pídala el comisario al dicho prior. Y si aun esto
no puede conseguirse, reciba cuanto antes después
de incorporado informaciones de tres testigos
que les consta de haberle visto cursar, jurándolo
ante el comisario. Y estas certificaciones, e informaciones
las ha de traer el comisario o remitir a esta
provincia de Filipinas.
Raro ha sido de los nuestros y ajenos procuradores
el que no ha dado hábitos, y así supongo los

dará el procurador. Mas no conviene los de luego, que tiene
gravísimos inconvenientes que todos han experimentado,
y de que Fray Álvaro, reconociéndolos, se libró así:
“A todos aquellos que reconoció buenos para darles el hábito,
les dijo que se lo prometía y luego les hizo las informaciones,
mas con pacto, que habían de pasar de
seglares hasta México sirviendo a la misión
y allí les daría el hábito. Replicaban: ‘Padre, no es eso seguro.’
Y convencíales con esta razón: ‘De mi parte no
puede faltar porque desde aquí, os he de ir haciendo el gusto
como si fueseis religiosos, y no os he de repeler sin causa
perdiendo tanto gasto como con vos he hecho. Y si os repeliere
será por vuestra culpa y malos procedimientos
y así en vuestra mano queda el que os dé el hábito,
o no.’ Confirmáronse todos conmigo, y yo reconociendo
sus buenos naturales, les di en Cádiz el hábito.
Y así logré cuatro hábitos muy buenos, que ojalá fuesen
40.” Soy, pues, de parecer que hasta por lo menos
llegar a Sevilla no se le dé a ninguno el hábito so
pena de perderlos, o tragar mil pesares el procurador como
ha de hacer las informaciones por sí, o cometiéndolas a otro,
en cualquier convento se le dirá, y dará formula.
Y en todo caso donde los recibiere, no les dé por
sí el hábito, sino ruegue al prior del convento que se lo
dé, y aunque se excuse, ínstele [que] lo haga así.

Uno de los más duros trabajos del procurador
no es el que con mil [trazas], le procuran quitar los
buenos sujetos, sino que con mil intercesiones, mentiras,
y artes, e informes falsos, procuran encajarle
los sujetos díscolos, e inútiles, [p] desaseirse de ellos, y les
barra a las provincias sus basuras. Todo sujeto, pues,
que le echare rogadores le sea sospechoso, y asiente
estos puntos, que tiene instrucción de su provincia para
no llevar los que no tienen los cinco años de estudios,
o están en camino y edad de estudiarlos. Que asimismo
no admita sujeto alguno, que haya andado
fugitivo, aunque sea con el hábito fuera de
la orden, ni menos apostata que tampoco admita
sujeto que haya levantado la mano, o perdido
gravemente el respeto a su prelado, aunque sea
sólo al superior del convento, que no admita sujeto
notado de ladrón, o borracho, o que haya dado
algún público escándalo. Afírmese en que esto
le manda su provincia y su conciencia, y que no ha caminado
tantos mares, para venir a España
a echar su alma en el infierno, ni para llevar con
tantos gastos las heces de las provincias que el rey
y su provincia se fían de él en orden a no llevar a
Filipinas sujetos ruines que no les ha de engañar

llevando gasto por [liebre]. Y aunque más le [importaren],
téngase si eso so pena de condenar su alma
y cargarse de muchos trabajos. Porque los sujetos arriba
mencionados siempre se llevan [asímismos]
y en el camino con la libertad mayor hacen
mil desafueros e inquietan a los buenos. Y a todo
esto y mucho más se expone el procurador, que
consciente con tales intercesiones y sugestiones del
demonio, no le parezca que se ha de venir sin frailes
que Dios se los dará. Y para traer tales sujetos mejor
es venir sin ninguno. Sepa de que admitir un
sujeto ruin pierde el procurador y la provincia la honra,
y algunos buenos que están movidos para la misión
viendo tales compañeros se retiran, y con razón
de ella. Ni tema que el intercesor quede ofendido,
antes bien quedará edificado con la negativa porque
la razón vale mucho. A Fray Álvaro le
sucedieron estos dos casos. El primero que viniendo ya
de aviada un religioso honrado, encontró en la
lonja de San Felipe de Madrid un sujeto muy
trabajoso. Y no pudo dicho religioso sospechar, que
hubiese venido a aquel lugar sino porque iba
a Filipinas el tal. Y fue tal la pena que tomó viendo

que se metía en compañía de aquel fraile que quiso volverse
al convento de donde había salido [para] no acompañarse
con persona de tan ruines procederes.
Mas en fin se resolvió a entrar en el Convento
de San Felipe sólo para informarse, y halló que
el tal sujeto no iba para Filipinas, aunque lo pretendía
con muchas instancias y favores. El segundo
fue que un padre ministro de San Felipe, amigo de
Fray Álvaro, le rogó admitiese un fraile, que
había apostatado unos años antes. Excusóse
Fray Álvaro, y viendo que no podía vencerle ni
con ruegos ni con razones, acabó así: “En fin,
padre comisario vuestra paternidad me niega esto,” replicóle: “Padre ministro,
aunque soy tan hijo de vuestra paternidad, no debe extrañar,
que no le anteponga a vuestra paternidad a Dios al rey y a mi
provincia, que a todos ofendo en obedecer a vuestra paternidad.”
La réplica del padre ministro fue echar los brazos
al cuello a Fray Álvaro y decirle: “Padre comisario,
bien haya vuestra paternidad que esto que le he rogado ha sido a
más no poder, porque me han empeñado en ello y
de mayor estimación es para mí el que vuestra paternidad obre
como religioso y hombre de bien. Quise me lo concediera
porque en esto obraría vuestra paternidad muy contra

el juicio bueno que tengo hecho de su persona.”
En esto pararen los ruegos y porfías, y aun muestras
de enfado, porque la traición, aunque agrada,
nunca agrada el traidor. Y traidor es a Dios,
al rey y su provincia el comisario que a sabiendos
admite un sujeto ruin.
No tema las amenazas, que le harán de que
escribirán contra él a Filipinas. Porque obrando
bien y con celo, luego se conoce, y antes acredita al
comisario. Contra Fray Álvaro escribió un padre muy
grave, así: “Si el padre comisario no fuese tan entero,
hubiera llevado de esta provincia muy buenos religiosos.”
Véase si el disparate puede ser mayor: de la entereza
se espantan los malos, no los buenos, y [escribirlo]
porque se empeñó que había de venir a Filipinas
un sujeto que estaba condenado a cárcel perpetua,
porque en más de 20 años había hecho muchas fugas
y otros peores desafueros.
No dé hábito a quien no supiere medianamente
Latín, que es contra actas de la provincia, y la
razón lo dicta porque jamás lo aprenden, sino
es que sea para lego.
Siendo ya tiempo de caminar a Sevilla, reconoce
el comisario las firmas que tiene, y presenta
al consejo el memorial que se sigue: “Señor

Fray Fulano, procurador general de provincia del Santísimo Nombre
de Jesús de Filipinas del orden de San Agustín y vicario
general de la misión, que vuestra majestad le ha concedido por su
real cédula, que conduzca a dichas islas, dice que los
religiosos que se han ofrecido e incorporado en la dicha misión
son los siguientes:
Fray Fulano, sacerdote de tal provincia, natural de tal lugar...”
Y así se irán escribiendo todos, notando los que
son coristas o legos, con su provincia, patria y edad.
"Y al fin, suplica a vuestra majestad se sirva de mandar aprobar
los dichos religiosos, y que se les dé el despacho
ordinario para que la Casa de la Contratación de Sevilla
los deje embarcar, en que recibirá merced" etc.
El comisario se dé que con uno o dos traslados
de esta lista de religiosos, que la habrá luego menester,
y el despacho que le dará el secretario del consejo
para Sevilla es cerrado, y lo debe cobrar, que sin
él no se puede embarcar y juntarlo con los despachos
de la misión.
Algunos comisarios han enviado con mucho tiempo a Sevilla
dos o tres religiosos a hacer prevención. Esto no es necesario
y puede ser nocivo, pues ya se suponen los trasportines
y almohadas prevenidas, y la ropa la lleva hecha de
Madrid. Y para recibir algo de esto no le faltará
en Sevilla algún religioso del convento, si al pasar

cobró algún amigo. Antes bien, debe medir el tiempo
de suerte, que ni los religiosos ni el comisario estén en Sevilla
mucho tiempo, que es grande el gasto y el riesgo
de que se le extravíen. Verbi gratia, la flota se echa para
San Juan, pues procure que estén allá el día de San
Juan todos, que siempre saldrá a mediado Julio.
Fray Álvaro concluyó con todos los negocios de la contratación
de Sevilla en siete días, y pudo en
menos, que como no hay plata que cobrar sino papeles
que sacar, en agasajando los oficiales inferiores
con diez pesos más, se gana mucho tiempo y se ahorran muchos
gastos.
{Al margen izquierdo: Nota sobre los libros que se han de comprar. Vide folio 62 y folio 69.}
Llegado el tiempo de recoger los religiosos, que no ha de
ser cuando ellos quisieren por más que clamen, sino cuando
el comisario juzgare conveniente, les remitirá licencias
en la forma dicha atrás para ir a Madrid o Sevilla.
Y les enviará dineros para el camino a juicio de varón
prudente. Letras para esto no son difíciles, que
dentro de San Felipe las hallará mediante los
amigos para toda Castilla. Mas para Aragón
y Valencia por las cartas, que de allá hubiere
recibido, escogerá uno que sea en cada reino
como cabeza. Y a él le remitirá [libranza] de
cambio, o le escribirá que si allá puede hallar
dinero con letra suya, lo pagará en Madrid.
Y cuando escriba al religioso que fuere como

su delegado en estas partes, si le parece, podrá enviarle
una patente del general de la arriba dichas, delegando
en él la facultad que conviniere al pie delante
de un escribano o notario apostólico, que no faltan
en San Felipe, avisándole que no admita religioso
alguno sin las calidades arriba expresadas, como
son estudios o capacidad de estudiar, y que no hayan
dado escándalo, diciendo que no siendo así
no los quiere ni admite. Los de Aragón pueden
venir a Madrid, como los de Castilla, que no
pierden camino. Los de Valencia sería gran rodeo
que se vayan derechos a Sevilla. Los de Andalucía
allí se reciben, remitiéndolos para cuando el comisario
vaya, o si están lejos como en Badajoz, que tomen
su camino a Sevilla a su tiempo.
A los que fueren llegando a Madrid trátelos
con agasajo, dándoles por la mañana chocolate.
Y si le pidieren algo de poca monta, no se [a coste]. Y
sea regla general hasta Acapulco, que a todos muestre
buen rostro y cariño sin particularizarse con ninguno,
aunque el trato sea proporcionado a las personas,
pues claro es que se debe más respeto al
antiguo y sacerdote, que al hermano o lego, mas
sea igual la estimación de cada uno en su grupo. Y para su

su consejo, o confianza de los negocios, y cosas que esfuerza
encomendarlaes, no repare en [letura], ni antigüedad, sino
en sí reconoce virtud y buen juicio en el sujeto. Y
si con algunos se hubiere de particularizar, sea con estos,
mostrando que lo hace por los buenos talentos que reconoce.
En habiendo tropa de ocho o más, trate de despacharlos
o a mula o en galera vacía, que siempre se halla
en el paradero de la plazuela de la cebada. Y en ella podrá
meter juntamente cajas de ropa de la misión y suyas.
Y nombre en cada tropa uno por mayor, que no conociéndolos
aún puede ser el más viejo, dándole para el camino
a razón de a diez pesos poco más o menos por sujeto, según
hubiere reconocido en su viaje de Sevilla como
corren las cosas. Y a cada tropa lea la patente del
general, y encargue mucho vayan con toda modestia,
ponderando cuánto escándalo sería que unos religiosos,
que van a la conversión de los infieles, y preparado
el ánimo para el martirio, diesen mal ejemplo en
los caminos. Y les advierta a todos, siempre que la conversación
[eligiere] lugar, que ni estima ni a menester
sujetos que no sean virtuosos y religiosos, y que los que
no fueren tales, antes desea se queden en España, pues
en la provincia han de ser de mayor daño que servicio. Y así

en caso de huírsele alguno, que si huirá. No se apure. Antes
diga con consuelo, y sin enfado, “No tiene espíritu ni
vocación para la misión. Más vale que él se vaya ahora
arrepentido de ir con nosotros, que no que nosotros
nos arrepintamos después de llevarle.” Y como digo, no
[temase], que los quien Dios le diere, no se los quitará el
Diablo por más que haga.
En la hospedería de San Felipe se suele pasar
trabajo, y a veces no caben en el convento. Cuando Fray Álvaro
pasó, el mismo prior le dijo que ni había celdas
ni camas. Por lo cual, se concertó con una casa de
posadas en la calle del arenal, y allí los recogió. Y
le salió más barato que en San Felipe la hospedería.
Esto la ocasión y el tiempo lo dirán, mas en
todo caso no los hospede el comisario fuera sin consentimiento
del prior, que se expone a grandes pesares.
Procure, pues, despacharlos luego a Sevilla
de forma que él salga el último, o con los últimos.
Y cuidado si las mulas son de retorno, que con mediana
diligencia se averigua, que es grande la diferencia
en la paga. Y si se halla con plata, deje
alguna en poder del religioso, que tiene los poderes
de la provincia por si después llegan algunos misionistas
los avíe a Sevilla. O si no hay plata,
prometa letra, que el procurador si se porta siempre

con la verdad y fidelidad que debe, halla muchos que
le fíen. Y así en todas sus cosas ha de portarse con mucha
verdad, y la menor falta de ella, y más en
materia de[ maravedíes], será de gran deshonra
para él y su provincia.
Antes de partirse de Madrid, se despida urbanamente
de todos los señores del consejo y oficiales
de secretaria. Y tome todas sus cédulas y despachos
del consejo, y llévelas al oficial de Filipinas, dándole
algo por despedida como uno o dos doblones, y
ruéguele que reconozca todos los despachos para ver
si les falta algo y si está tomada la razón en
las cédulas, aunque sean duplicados. Y si nada
falta, dé a Dios las gracias, y si falta, diligéncielo. Y despedido
del convento, tome su camino a Sevilla.
Y siempre pondere que lo que más desea en su misión
es sujetos virtuosos, y assi sobre el temor de Dios hay
letras, es grande el bien. Pero, si falta lo primero, antes
daña que aprovecha lo segundo. Y macear en esto importa
mucho porque hay unos letorcitos de media tijera, que
piensan honrar la misión, por [qu.tro] consecuencias.
Y a título de ellas proceden sin modo ni religión porque
los casos son malos, y puede ser que viendo este dictamen
fijo en el comisario, se refrenen y entren en
más cordura.

§.6. Para Sevilla.
Aquí hará de repartir los transportines y almohadas con sus
sábanas y fundas para que haya camas en que dormir,
mas no reparta más ropa hasta estar embarcado. Déles
chocolate por la mañana [con pan, queso] y el más
barato desayuno, y háyase con la misma urbanidad
con los religiosos sevillanos, aunque no sean de la misión.
Si en Sevilla le quitaren algún religioso, tenga paciencia,
pues el consejo y nuncio están lejos. No riña,
por eso, con alguno mas protéstele las censuras con paz,
ponderando el mal que se causó, y carga de restitución.
Y abra más los ojos que en otra parte, porque hay
poco tiempo de experimentar los sujetos, y le encajarán
el díscolo por santo, como a Fray Álvaro
sucedió con uno. Y tenga esta regla, si consultare
sobre ello a religioso sevillano, que no faltan siempre
allí muchos buenos, repare en si se excusa
diciendo que no conoce el sujeto, y no quiere empeñarse
en abonarlo si no tibiamente. Si esto ve,
crea que el sujeto es ruin, que si Fray Álvaro
hubiese observado esto con el dicho uno, no se hubiera
engañado. Si es bueno, luego se lo alabarán
diez veces más de lo que es, y en aquella
provincia y casi todas, los sujetos son jarros de aldea,
que todos se conocen. Desde aquí trabaje en que no
haya parcialidades, antes las abomine, y de propósito

haga más aprecio de los que son de diferente provincia de la
suya, si son virtuosos, clamando siempre: “Aquí todos
somos de la provincia de Filipinas, y no de otra.” Así ataje
toda competencia de provincias, alabándolas a todas y
diciendo la verdad, que hay tiempos en que unas florecen
más que otras, y que todas las costumbres de cada
una, si no son contra constitución, son santas. Más
que todas se deben posponer a la constitución. Contaré
un cuento: mientras Fray Álvaro estaba en la Veracruz,
el que hacía oficio de superior en México
riñó con un hermano porque no comulgó un domingo.
Y fue imprudencia porque había comulgado el viernes,
y este y otros solían comulgar cada semana dos
veces. Alegó el superior que en su provincia los hermanos
comulgaban todos los domingos. Vino Fray
Álvaro y compuso la riña, que pudo pasar muy adelante,
diciendo: “Aquí no somos de esa provincia ni estamos
en ella, sino somos de Filipinas. La constitución
señala los días de comunión. En estos no falten los hermanos
los domingos. O no comulguen, o comulguen si lo
aprobare su confesor, que aquí estamos sólo obligados
a la constitución, y no a los usos de las provincias
que ya dejamos.” Y a todos pareció bien.
En la Casa de la Contratación se presentan los despachos

que trae de la corte, que son la concesión de la misión,
y su paraje, y el despacho cerrado que es la
lista de los sujetos. Visitase para esto al oficial
mayor, que es inferior, y a los señores no es necesario
porque todo el despacho es ordinario. Este oficial
le dirá al comisario como ha de hacer el escrito para
presentar los papeles y pedir la reseña. Y a este tiempo
tiene preparadas certificaciones de los priores de dónde
salieron los religiosos. Y si no las tiene verdaderas, como
acontece, se hacen en Sevilla de diversas manos,
ajustando los días, que son menester para Sevilla
antes más que menos. Verbi gratia, si se supone [que] llegó el
religioso a Sevilla a 15 de junio, la certificación
del que sale de Pamplona podrá ser a 15 de marzo. Malas
que salió de Córdoba si se supone llegó a 15
será a diez del mismo junio. Y para ajustar esto
y lo demás se le advirtió, que guarde el comisario la lista
que presenta al consejo, pues en ella se dice de dónde
sale el sujeto. Ídem sacará otra certificación
del padre prior de Sevilla de los días en que fueron
llegando las tropas. Y estas certificaciones se llevan
al correo mayor de Sevilla (según le dirá dicho
oficial mayor), para que saque la certificación
de las distancias y leguas, y se entregarán todas
al dicho oficial. El despacho del correo suele ser cuatro
pesos lo que cuesta, y puede regañar y note

que el rey da a siete leguas por día, u ocho, y por
ellas ocho reales de vellón, y por los días de [deresión]
en Sevilla dos reales. Vea el comisario cuánto
importa ajustar esto bien para cobrar después en
la Veracruz más o menos estos despachos,
dice nuestro padre, que cuestan como cincuenta o sesenta
pesos. Y así es, y subieran o bajaran poco más o
menos según dicho oficial a quien se paga todo fuere.
La reseña la vienen a hacer al convento y desde
el día antes, recorre el comisario su lista. Y a cada
religioso da el comisario su papelito que lo sepa, para
responder cuando le preguntaren. Porque muchas veces,
le faltan sujetos de la lista y entran otros en su lugar,
y no han de responder si no por los nombres y lugares
que hay en la lista. Y así el papelito contenga: “Responda
cuando llamen Fray Fulano, y diga [que] es de tal provincia
y lugar, y que salió de tal convento.” Y advierta
el comisario, que aunque no haya ficción alguna,
es necesario dar este papelito, para que cada uno
sepa responder sin turbarse ni equivocarse, porque
suele haber algunos muy torpes. Y si entre
los de la misión o vienen italianos, irlandeses,
u otros extranjeros, los podrá pasar por "de Barcelona,"
o "Valencia," que si son vasallos del rey
no es engaño de monta, y corre así. Estos papelitos
de las respuestas se guarden para las dos

reseñas, que le faltan, que son en Cádiz, y después en
la mar ya navegando, y aún otras dos en la Veracruz
y México donde deben ser las respuestas uniformes,
pues se pregunta por la misma lista.
En Sevilla puede prevenirse, o en Cádiz, según
sintiere le saldrá más barato. Tráigase de Madrid
como diez libras de azafrán, mas en Cádiz compre
canela para las moliendas de México como cantidad
con que moler treinta arrobas. Media docena de
botijas de buenas aceitunas, otros tantos o más barriletes
de alcaparras, y alcaparrones, para regalar
con estas cosas en México, y también para el mar del Sur
algunos barriletes de guindas en conserva. Soy de
parecer que no haga provisión de almendras, que se
[apolillan], y sirven poco en el mar del Sur. Vino
para misas para la provincia tampoco lo compre en
España, que mejor le esta [comprarlo] en la Veracruz,
y más con la merced de su majestad que
está en el Hospicio de México, de comprar allí
sin derechos una pipa en que se ahorran cien pesos.
Compre empero algún vino tinto que se llama
tintao espichara de Sanlúcar, que es regalado
y medicinal. Mas no lo ponga en frasqueras,
porque se le perderá al llegar a la altura de Canarias
como a Fray Álvaro sucedió, sino póngalo

en barriles pequeños de a cinco arrobas. Podrá
empero comprar una frasquera de aguardiente
mistela en Cádiz, que sirve en todo el camino,
y otra frasquera con tres frascos de agrio de cidra
de Génova, y algún agrio de limón o agraz, y agua
rosada, y cosas así que todo puede meterse
en una frasquera. No soy de parecer que
compre más medicinas ni aguas frescas. Que
siempre la nao lleva botica, y cuando es menester
se usa de ella. Y llevarlas de sobra es poner
en tentación a los sujetos de querer sin necesidad
estas medicinas y aguas con gran daño, como
sucedió en la misión del Padre Fray Isidro. Solo será
bien se provea de una jeringa, y un bote de jirapliega,
y recado de echar ayudas, que siempre
son menester y no tiene riesgo. Provéase en Sevilla
de cincuenta o más pares de zapatos para hombres,
no niños, aunque de diferente tamaño, que en la
nao son menester, y en la Veracruz, y délos
solamente cuando viere la necesidad. Y algunos
pares de medias de lana son buenas también
para socorrer a algunos. Con la entrada de las brisas
en el golfo suelen cogerse resfriados. Y para esto
en la frasquera dicha son buenos dos frascos

de agua de borrajas, que tomando un poco caliente
se suda sin riesgo mayor de encendiere la sangre durante
la misión de la China. Es conveniente aprovecharse
en Madrid o Cádiz de algunos anteojos de
larga vista, estuches chiquitos, relojes de campanilla,
todo esto no de lo mejor, sino del más barato
con que esté exteriormente algo curioso. Algunas
imágenes y pinturas del Salvador o de Nuestra Señora etc.
Todo lo dicho arriba se compra en Sevilla
si se halla o dónde pudiere. Libros le saldrán regularmente
más baratos en Madrid. Y tenga por
aviso no cargar de libros predicables [romancistas],
que es droga y acá hay harto. Lo que más es menester
es sumas de moral, según se le hubiere encomendado,
y de los libros nuevos teólogos, o canonistas,
dos o tres juegos. Por ahora necesita la librería
de Manila de todo el juego de Barbosa,
de un Sánchez de matrimonio, y si se halla,
un juego del cardenal de Lugo. Historia moderna
tampoco es de despreciar. Obras antiguas, aunque
sean santos, pues acá hay, y sirven de poco.
Y [también] provéase de un cajón o dos de bujías, para
la misión decir misa en México, que es buen
ahorro.

Paréceme que de hoy en adelante, puede enviar esta
provincia a México algunas mantas para hábitos negros.
Si esto no se hiciere, será menester que en Sevilla
o Cádiz compre el comisario anascotes, o picotes para dar
hábitos en México. =
Ajustados los papeles recados y reseña de la contratación
de Sevilla, se trata del viaje a Cádiz. Y
antes se me olvidó de decir, que la reseña se hace en
nuestro convento. El comisario raras veces tiene celda para
ella, y más que suele venir uno de los señores jueces
de la Casa de la Contratación, con el oficial mayor
recíbesele en la celda de un padre ministro amigo, y previniese
colación chocolate, agua fría, o limonada. Y cuidado
aquí de que cada uno tenga su papelito con el
nombre propio, o el que se le ha mudado, con su patria
provincia y convento de dónde viene. Y aunque estas drogas no
las ignoran los de la contratación, es necesario obrarlas de suerte
que no las entiendan.
Para ir de Sevilla a Cádiz se hace una memoria
del [foro] de la misión, diciendo tantas arcas, tantos
barriles, tantas botijas para el avío de la misión,
y esta memoria se presenta en la aduana de Sevilla.
Y allí se toma despacho para que todo pueda caminar
a Cádiz por el río en barcos. Y en el río salen las guardas
a visitarlo, y si les puede contentar con dos
cajetas o cosa así alquílense pues los barcos necesarios

el comisario en ella con el prior de Sevilla. Y si
la aprueba se haga, y si la contradice dejarla más
en Cádiz al embarcarse no es dispensable porque todas
las misiones la practican. Y así no hay que tomar
parecer, sino dar por supuesto que debe hacerse y hacerla.
En Cádiz va la procesión hasta la puerta
de la mar, y antes de salir en un buen lugar de la
calle se hace la plática. Y para estas pláticas de
Sevilla y Cádiz desde Madrid el comisario echa
el ojo a dos buenos predicadores de buen [guito],
y se las encomiendan para que se aparezcan, y las
tengan bien estudiadas. La materia puede ser
ponderar el gran bien que Dios hace a los que
nacen en tierra de católicos donde beben la
verdadera fe con la leche. Que este gran beneficio,
no se puede volver a Dios mejor, que dejando
por su amor la patria, y caminar en
busca de los infieles para enseñarles la fe verdadera,
y hacer conocido a Dios, que esto es
lo que al presente ejecutan los misionarios.
Y ponderar lo mucho que en esto hacen, si es
por verdadera caridad de Dios y del prójimo
y que así se desnuden de otros afectos o fines
y sólo por el más perfecto se embarquen, fiando
en Dios que les ayudará llevándolos a salvamiento.

Esta como digo debe ser la materia, el tratarla dignamente
pertenece al predicador, que lo hará según supiere
más o menos de retórica. Mas el comisario le encargue
que en todo caso, predique con brío y muchos gritos, procurando
fervorizarse, que conviene mucho esto.
El comisario encargue la superintendencia de la misión
a uno antiguo, y de su mayor satisfacción ponderándoles
a todos cuánto conviene ir con modestia en
los barcos, y cuánto se escandalizan los seglares de ver [acion]
menos medida en los misionarios. Y váyase por tierra
a Cádiz por el Puerto de Santa María que adelantará
cuatro días, o más que le hacen al caso.
Supongo como esto atrás dicho en la estancia
de Cádiz que en este puerto ha dejado correspondiente
hombre de bien. Fray Álvaro no pasó por Cádiz, y con
todo lo buscó y halló. A éste se le avisa, que t[apalabre]
navío marchante, y si avisa que lo tiene y el concierto
es cómodo no espere a más sino, remítale
poder para que celebre la escritura de concierto. Mas
note aquí que nunca señale número determinado
de sujetos sino sólo diga que el rey le da licencia
para embarcar verbi gratia cuarenta, que su intento es llevar
antes más que menos, mas que es mercadería poco fija,
y que no sabe si se embarcarán todos, o si faltarán
algunos y así sólo puede hacer el concierto de embarcar,

embarcar, y pagar cuantos embarcare a razón de tanta
plata cada uno. Y no fije número por más réplicas que
haya que se pone a riesgo [cuidente] de pagar cuatro
seis de vacío. Fray Álvaro, que no debiera, determinó
después de mil importunaciones el número, y se lo
querían hacer luego pagar, y el zafarse de esta droga
le costó gran diligencia, y más de doscientos pesos.
No se [mate] por poner en la escritura condiciones
impertinentes, como si "me ha de dar principio,
a comer, o postres, o tantos platos, o agua", todas con
cosas ociosas porque si el capitán es hombre honrado lo hará
muy bien, y si es pícaro, nada cumplirá de estas
simplezas. Las condiciones que no se han de omitir son
que la mitad se da en Cádiz de la plata, y la mitad
en la Veracruz, o México a tanto plazo. Según
en esto se concertaren: que ha de meter en el navío
tantas piezas de arcas (por eso conviene que todo cajón
que meta aunque sea de libros sea en figura
de arca) que suele ser a razón de dos frailes una,
que ha de meter tales o tales piezas de su avío como son
barriles de vino. De trastos pequeños no se hace caso.
Y si la nao es grande no se hará de esto mucho aprecio,
mas si pequeña habrá porfía. Y en fin es menester
regatear en que entren estas cosas, por no alquiler

otro lugar. Que ha de meter tantos criados, de segunda
mesa. Que por lo menos a cada ocho sujetos corresponde
un criado y fuera de los criados filipinos que lleva,
si se le ofrecen algunos no los deseches, que puede ser se
aficionen al hábito para legos, y aún para de misa podrá
sabiendo latín, meter algunos por criados para
probarlos en el servicio de los religiosos que esto se queda
a su discreción.
No se puede dar regla sobre a qué precio ha de
concertar porque los años son diversos, sino es tomando
con los inteligentes parecer. Nuestro Padre Cruz concertó
cada sujeto a 236 habiéndosele arrepentido el
capitán que primero había concertado por papel simple
a 215. Y así conviene, que en poniéndose el
precio en la razón, qpor si o por su confidente haga
el comisario la escritura. Y casi le sucedió otro
tanto a Fray Álvaro, que habiéndole prometido
concertar a 220 luego se le hizo atrás, y lo hubo
de efectuar a 228. Y no se descuide en tomar tanto
de la escritura para llevarla consigo. Y advierta
que antiguamente las misiones hacían su
matalotaje, y comían por su cuenta, ya el día
de hoy conciertan todas con el capitán casi en
esta [fra] que recopilare. Que les ha de dar la cámara

de popa enteras con los catres fijos (que el capitán hace)
que en ella cupieren, y los que faltaren en el barcazar,
o santabárbara, limera. Que han de meter tantas piezas
de cajas en dichos lugares, o el capitán les ha de
meter en otro lugar que ha de dar de comer a primera
mesa a los religiosos y en segunda a los mozos, y que
tantos. Que la paga ha de ser tanta, o en Cádiz, o en
Nueva España. Mas si por accidente no pudiere
venir así concertado, concertará los lugares de los
catres, y fato, y rancho, y meterse su matalotaje
que hay hombres abonados en Sevilla que hacen enteramente
un matalotaje como se les pide por un tanto.
Ya lleve por su cuenta el matalotaje o ya
sólo su fatos, siempre conviene el conducirlo
a Cádiz cerca de la partida para no desembarcarlo
en la ciudad, sino derecho meterlo en la nao
con uno o dos religiosos que miren por ello mientras
se embarcan los demás.
En estando en Cádiz la misión, se vuelven a presentar
los despachos a un oficial de la contratación
que suele ser el mismo que los reseñó en Sevilla
y se hace otra reseña, y se vuelven a cobrar los despachos
con gasto de media docena de pesos. Después
navegando vuelve al general de la flota a hacer otra

reseña ligera, y para todas conviene que cada uno
responda por su [papelero] como arriba se dijo.
Olvidóseme de decir, que al confidente de Cádiz
desde tiempo antes le deje encomendado el chocolate, las
arrobas que según los sujetos fueren menester para beber
por la mañana, y esto en caja hecho ladrillos,
y en otras la azúcar competente. Y con él dos o tres
molinillos y batidores, y dos docenas de tazas para
chocolate. Y al capitán [al] descuido cuando concierte
le avise le ha de dar bizcocho para el chocolate por la
mañana, que es obligación y uso. Misiones han pasado
sin esto pero muy mal, y con graves daños por no tener
con qué desayunarse. Y por esto y que les den algo
juntarse con malas compañías dentro de las naos,
y en perder uno o dos sujetos pierde más el comisario
que en todo el chocolate, y así míralo, y para los
primeros días unas botijas de agua y un barril de
bizcocho, y la fruta que pudiere haber a las manos.
Fray Álvaro nada hubo menester porque desde la
hora primera hizo todo agasajo el capitán, mas
lo común es haber al principio faltas.
A la propartida de Cádiz no deje el comisario
de escribir despidiéndose de las personas a quienes

debe buenas obras, y religiosos graves de Madrid, y
Sevilla, mire que es cosa muy indecorosa esta misión.
Y en avisándole el capitán del navío embarque
los religiosos con la procesión y solemnidad
dicha. Y si fuere menester podrá volver a tierra
o sólo o con sujeto de confianza a ajustar sus negocios.
Suelen estarse dos o tres días a bordo sin
partir la flota, y así es menester oler bien cuando
arranca para no tenerlos así embarcados, no moviéndose
por las piezas, [de leva], ni por lo que el vulgo
dice, sino oír a los prácticos. Porque a veces hay
mares en la bahía y se almadían y vomitan el poco
espíritu que tenían, y son sentados con el mare vidit
et fugit.
§.7. En la embarcación.
No se le quita al comisario, que con los sujetos de la misión,
que juzga prudentes se aconseje. Mas ha de ser
privadamente y no por modo de consulta, de suerte
que entiendan le han de gobernar y que por sus votos
sean resolver las cosas, porque todo será una [rediveles].
Antes procure sin decirlo obrar absolutamente
en lo que ve es razón sin doblarse por dictámenes vagos
que son ciegos. Y si reconoce que alguno se hace
cabecilla, y gusta de tener séquito y halla por
los suyos como procurador de este haga menos caso.

Y desde que se embarque procure bajar los humos aún
a los doctos predicándoles, que traten de aprender las
cosas de Indias antes de querer [arbitrar] en ellas, que
son unos niños con barbas (y así es) que en estando
un poco por acá entenderán algo de las cosas. Y comenzarán
a entender la mayor verdad, que es que nada
entendían de Indias, por más lo que lo presumían.
Desde aquí procure apartarlos de pensamientos ambiciosos,
diciéndoles, que viene a servir, no a mandar
y que los más humildes serán los más aceptos. Que no imaginen
([u no imaginan]) que acá no hay gente, que lo
que ellos son fueron primero lo que acá están, y
sobre la ciencia que ellos llevan, tienen los de acá, la que
acá han aprendido, y sobre todo la experimental.
Y así en viendo que alguno blasona de que acá le han
menester, y que le rogarán con las dignidades, que
no faltan tantos de estos [lo vio] mucho con los demás,
que no faltarán cuerdos, y les persuada que el camino
de subir es servir y merecer.
Supónese que la mayor parte se almadía, o se desabre
con la mar: trátelos el comisario con compasión
y cariño animándolos, con que dentro de
pocos días se quitará el almareo y sanarán. Unas
veces los capitanes en la comida, y el agasajo
no lo hacen bien. Y otras aun haciéndolo bien

no le contenta a aquella cáfila de niños impertinentes
que no es otra cosa una misión recién embarcada, y sin
experiencia; entrando en este número aún los sujetos
virtuosos y graduados de ella. Y comienzan
primero a murmurar del capitán y a pedirle gullerías,
y desatinos y querer reñir las faltas. Esto
no lo consentía el comisario diciendo, que él fue quien
concertó con el capitán y que a él y no a otro toca
reconvenirle de las faltas y así no consienta que ninguno
hable al capitán o sus criados de estas materias porque
será grave la inquietud, que pasara y se dará mal
ejemplo, y aun escándalo: porque todos los vagos
como gente que no ha salido de su tierra, aun lo que
es puesto en razón, no aciertan a tratarlo con sosiego
y prudencia. Cuide mucho el comisario que sus
religiosos no se pongan en conversaciones con marineros
o gente de pocas obligaciones, afeándoselo
y diciéndoles que sepan estimar, porque de aquí
se originan muchos males, y las fugas en Puerto
Rico porque esta gente les da ánimo y se lo facilita.
Evitar que salten en Puerto Rico es difícil, mas
el comisario use de esta arte, que Fray Álvaro
aprendió [errandola]: Pondere desde el principio
del viaje las enfermedades que suelen coger los
que saltan en tierra: y llegado el lance dígales

que para ver la tierra basta ir allá a merendar una tarde:
y para esto pídale la lancha al capitán y haga con el que la
prometa, diciendo que primero es menester atender al
avío de la nao, y de esta suerte los vaya engañando
hasta la partida, para que o no salten, o por lo menos sea
por poco tiempo y lancha segura en que volver. Más desde
el principio envíe dos o tres religiosos con los criados
y la ropa a lavar, que esto es inexcusable: y encargue
les que compren y vayan enviando cuantas frutas
pudieren comprar, sin ser escaso en esto, que con las
frutas se entretienen como niños.
Luego que se embarquen, ajuste con el capitán
y capellán cuantas misas pueden decirse, y según el
número las reparta igualmente entre los sacerdotes
cantándose así Vg. sean tres las que se pueden
decir cada día, que serán 21 en la semana. Si trae
Vg. 20 sacerdotes les [habrá] a cada uno 3 en la
semana y sobra una, que podrá aplicarse así
haga pues una lista u póngala pegada en la
cámara, que diga domingo dicen misa fulano
y fulano, lunes etc. advirtiéndoles que ninguno
ha de decir más misas, y solo si voluntariamente uno
quiere ceder a otro su misa lo pueda hacer; que
con esto ahorrará innumerables porfías y aun

riñas de mal ejemplo, y dé selo el comisario no queriendo
decir misa sino cuando le toca. [abreve] este
estilo, que cuando no dice misa indefectiblemente la
siga, y no por modo de imperio sino de persuasión
eficaz procure que todos los sacerdotes y hermanos la
oigan; asentando que ninguno beba chocolate hasta haberla
oído: Fray Álvaro cuando le cabía siempre dijo
la primera misa al romper del alba, y se la oían algunos
hermanos y aún sacerdotes, que siempre hay buenos
en las misiones, y entre ellos ponderaba lo mucho
que los seglares se edificaban debernos oír misa, y
acabada entraba con ellos a beber chocolate, y se seguían
las otras misas y según iban diciéndose entraban
los demás al chocolate, que con esto se da tiempo para haberse
y no beber de montón. A la tarde siempre
asistía al rosario, y exhortaba a los religiosos no faltasen
más porque en las misiones numerosas a veces
no pueden caber en el [valcazar], tenía encomendado
a uno de los religiosos celosos y antiguos lo rezase dentro
de la cámara al mismo tiempo que afuera, y no
puede omitirse sin mal ejemplo. Después del
rosario se da de beber a lo que lo piden y para esto
se llevan un par de botijuelas de confites.
Procure el comisario juntar aunque no sea sino
media docena de sujetos bien inclinados, y con

capitán se los prestará: que esta resolución de
no consentir desorden grave y corregirla parece
a los seglares santísimamente y todo lo que el súbdito
escandalizó con su acción, edifica el superior
mostrando dientes, y crea que si los muestra al
primero y segundo desorden, no llegara el tercero:
el comisario no conviene riña a cada paso las
cosas: sino repare si los desórdenes son manifiestos
y llegan a pecado mortal, y si tienen estas
dos calidades, no se acobarde, que Dios le ayudara
y los mismos de la misión se harán de su parte:
más si la cosa no es claramente pecado mortal, o no es manifiesto,
o [disemale] si puede, y si no, sea la amonestación
como de hermano y amigo, ponderando
los inconvenientes, porque murmuraron de él nunca
muestre mal rostro, que todo es fruta de la mar, sino
en viniéndole ocasión al disimulo muestre para
que se satisfagan, la razón que tuvo en obrar lo murmurado,
pero no sin ocasión muy apelo. Y en fin
procure el comisario tratarse como uno de ellos, no
tomando más para si queda a los demás. Sino menos
en todo; y no se haga grave, sino jovial tratando
a todos como amigos, y con chancas a veces, y otras
con palabras melosas pasan el tiempo, y nunca

responda con desabrimiento a ninguno, que bien se puede
negar sin él, dando razón de porque no le da gusto,
y mucho menos muestre hocico que dicen, sino buen
rostro: tragando, y mas tragando lo que como queda
dicho no es pecado mortal: que así se va pasando.
En Cádiz sabrá quienes son los que vienen expuestos
de confesores de sus provincias y a estos, y uno a otros, hará
que allí se presenten al obispo, para que en la nao haya
confesores: y con el capitán y capellán ajustará
que días quieren sermón y los sermones que hubiere
repartía los entre los sacerdotes, y aun hermanos si
hubiere hábiles y de estudios en [estre] ellos; esto se entiende
en las fiestas. Mas si trajere algún predicador
rosario y de facilidad pida licencia para que
un día o dos en la semana antes del rosario haga
platicas, y en ellas trate cosas morales Vg. primera de la
fealdad del pecado, segunda de la justicia divina,
tercera de su misericordia, cuarta de como se deben confesar,
y otros asuntos así que se pueden tomar
del despertador de [banua], y otro misión ante
todo esto sirve de traer los sujetos ocupados, y
fervorosos y de hacer la obligación que de misionarios
con no poco fruto que se suele coger de confesiones

en los seglares y por lo menos se edifican deber
a los religiosos empleados en estas cosas. Y todos
estos aviso sirven proporcionadamente en el mar del Sur.
Pláticas de la doctrina cristiana son excelente cosa:
Fray Álvaro cuando los muchachos [pares] rezan, se iba algunos
días a la proa, y allí habiendo pedido licencia a
capellán y capitán (que esto siempre debe hacerse)
decir "Señores hay quien quiera oír la doctrina cristiana
que hay grandes indulgencias y perdones para los que
la oyen explicar?" Y luego explicaba dos o tres artículos
del credo, o paternóster, o mandamientos sin artificio
alguno, y solo con los términos que le venían
a la boca, y hacia la exertacion que podía: y subía mucha
gente de popa de la más grave venir a oír; y
quizá se les pegaría algo: porque muchos no saben
el rezo sino como papagayos. Si hubiere semana
de misas procure coger la el comisario y dividir las
misas, y después si le parece en la Veracruz
dar les a todos alguna cosa su [per numer.a] para ellas muchas
veces le preguntaran del Hospicio de México
dígales mucho de su sitio y amenidad, y que en fin
es un convento y que en él sea [decisión] como [ental]
aunque con ligereza pues el coro es rezado, y los
estudios no pesados por las muchas fiestas, y en fin

que sin faltar a las obligaciones del estado se ha de pasar bien en él.
Luego que de fondo y pueda se desembarque el comisario
con dos o tres religiosos y ajuste su hospedaje en el convento
que con cualquier agasajo se contenta el prior, y
se le pega no poco de las misiones, y busqué en que desembarcar
los religiosos de la lancha del navío no hay que
haber caso, sino que sea el capitán muy afecto, y así
lo regular es buscar barcos en el lugar, que cuestan
muy bien, y en ellos va uno de los religiosos que [saltó] con
el asacar los demás y [sus trastos], y los otros los reciben
en la playa y con carretones los conducen al convento y todo
cuesta plata, sino tiene ventura de encontrar con algún
devoto que le haga bien. Entre tanto visita el
comisario a los oficiales reales de urbanidad, ya
aquí tendrá el comisario letra del presidente del hospicio,
y si no busca prestado, y mejor si en España
le [sobre] plata llevarse 500 pesos como Fray Álvaro,
y con esto al punto lava la ropa, mulleses y
ruegan no faltan a pagar en México, y así trata
de despachar cuanto antes los religiosos pero antes
se presenta con los despachos que trae de Sevilla

ante los oficiales reales, y estos hacen la reseña y
se responde por los papeleros arriba mencionados.
Y concluida esta función, que se vayan a México
de ocho con ocho y cuando más diez en cada tropa.
Dáseles a razón de 10 pesos por cabeza: y también
chocolate de él que sobre del viaje, y un superior en cada tropa
que la rija y haga el gasto. Y en todos estos
viajes no omita el comisario la ordinaria predicación de
que vayan con modestia y den buen ejemplo, y los avisos
de algunas cosas del camino, como que en la Puebla se detienen
siempre a descansar las mulas un día, y en el
vayan juntos, y den beneficio al prior del convento con urbanidad
y con la misma le beban el chocolate. Y que no digan
mal de nada, que es cosa odiosa. Que en alabar las cosas
materiales, no hay mucho inconveniente aunque no sean
muy primorosas y se hacen bien vistos. Que en alabar
las morales hay más peligro, mas no encallar y no juzgar
de ellas, y que no alaben las de España.
[No se] aquí el comisario que como se dijo importa
más de lo que pensara el desembarcarse luego que de
fondo el navío, lo primero para que alcance el aviso
que se hace por el correo, y en el escribir a México
al hospicio y amigos. Lo segundo que hace más al caso
es porque el conde de la Monclova dejó asentado en
la Veracruz, que oficiales reales no den un real

a nadie sin orden especial del virrey; y así conviene
alcanzar dicho aviso del correo (para que si [dura] este orden)
escribir con él al virrey, diciendo brevemente "he
llegado a este puerto de la Veracruz con una misión
de tantos religiosos de San Agustín y despachos para
que se meden en la casa de la Veracruz los gastos que
se han hecho en España y de aquí a México suplico a[ Vlas.ca]
envíe los órdenes necesarios para dichos efectos a los oficiales
reales, y a mi muchos en que le obedezca mientras
paso a México a ponerme a sus pies." Y si esta carta
no la despacha en el primer correo atrasara mucho
su despacho.
Al despachar la primer tropa de los religiosos si
hay presidente en el hospicio, despachara el comisario
un nombramiento en que lo haga superior en ínterin
de la misión, mandando a todos con precepto
de obediencia que lo reconozcan por superior; y al dicho
le escribirá secretamente las instrucciones necesarias
para comenzarla a gobernar en especial
que sujetos van devotos y religiosos, y cuales
son más divertidos para que proceda con cautela
y no se fie de todos, y si no hay presidente en el
hospicio, capaz de gobernarla misión, nombrara
secretamente superior y que el nombramiento lo lleva

la primer tropa y la abra en llegando a México. Ítem
enviará otro nombramiento en que señale uno como
superior [que] presida en el coro; y refectorio, un lector
de artes otro [de prima] de teología escolástica
otro de vísperas de teología moral; y señalará
los estudiantes teólogos y los artistas. Y en fin a él
que fuere superior en el ínterin encargará,
que ya por defecto de hábitos ya con otros pretextos
procure divertirlos en casa sin ir a México
hasta que llegue su comisario que el coro sea rezado,
que los hermanos oigan su misa, y no falten a las
comisiones de la constitución, y en lo demás que
se huelguen, recreen en casa y en el campo y no comiencen
el estudio si quince, o veinte días después
de llegados. Si hay presidente en el hospicio
él suplirá los gastos, sino al superior se le adeudar
crédito en México para que se sustente mientras
llega el comisario, y si reconoce en él alguno
talento para procurador a este se le ha de encomendar
el gasto de la misión. Con cada tropa es bien
bajan dos o tres mulas de carga con las camas,
porque Nueva España no tiene mesones con ellas
sino en la Puebla, y si no llevan camas mal
para sus huesos. Desde la Veracruz se les advierta
que en llegando a México han de decir cada
mes 15 misas al uso de la provincia, lo cual

toman bien enseñados a lo de España y si él
comisario tiene limosinas es alguna ayuda, y si no
las aplica por cargos de la provincia de Filipinas ---
Despedidos los religiosos de la Veracruz, el comisario
se queda allí con un religioso compañero a sus despachos,
ya cuando se hizo la reseña, o poco después, el
escribano de la contaduría le dirige en sus cosas
y lo primero da una certificación, que contiene cuatro
cosas. Primera de los gastos del desembarque de los religiosos
y su [fato] tocante a la misión. Segunda del gasto que
ha hecho con los enfermos en tierra; y puede encajar
los de la mar. Tercera de los gastos en lavar la ropa
sucia de los religiosos y puede meterlos de lavar en
Puerto Rico. Cuarta de los arrobas que pesa la ropa de la
misión esto es los arcos de libros y demás cosas:
especificando que en tal cosa se gastó tanto, o pesa
tanto; y es certificación jurada: y con ella ajustan
los oficiales reales lo que para cada cosa
le han de dar, y ajustan los días que allí están
y los que tardan hasta México sobre las mulas,
que el rey paga aunque los muleros gruñan,
negocie con los oficiales reales que antes de salir
efectivamente los religiosos, hagan la postura

del precio, y así mismo con los arrieros por la carga.
O por lo menos haga con ellos el concierto a lo que saliere
la postura, si no ha salido, más brevemente se hace si él comisario
insta.
Aun tiempo [valiendo] el comisario el [fato] y entregándolo
a los arrieros, y juntamente negociando
presenta con los despachos una certificación del maestre
de su nao, de cómo en ella vino tanto número de religiosos
de cuenta de su majestad y con ella y la dicha arriba
se liquiden los gastos de la Veracruz dichos, y los del
aviamiento hasta Sevilla, entrenamiento allí viático,
fletes de nao. Y visto la cantidad que monta aunque
no tenga plata la Veracruz se hace así la cobranza:
Primeramente el capitán de la nao, a quien se le
debe dinero del concierto, como ha de pagar dinero a las
cajas reales, toma esta deuda allí, dándole los
oficiales reales su resguardo y entrada en la caja,
y el da recibo llano al comisario si aún sobra plata,
el mismo capitán la recibe, u otro allí, y se obliga
a pagarla en México. Y de todo se toman
papeles seguros ante escribano que somos mortales.
Y ajustado esto pide el comisario certificación de todo
y un tanto de los despachos en la contaduría y lo da

el escribano sus derechos son en justicia catorce pesos
qué fue lo que pago Fray Álvaro, y más seis pesos
a los escribientes, que hicieron veinte, otras veces
le piden más cantidad y así en esto paga lo menos
que puede; más [no se] para la Veracruz, y México que
algunas veces han dificultado los despachos, y han dado
a entender, que solo dando guantes se facilitarán; más
ningún comisario ni nuestro ni ajeno ha consentido en
tales guantes, sino que se han tenido [tiesos], en que venga lo
que manda su majestad, que todo es muy poco para lo mucho
que una misión gasta. Pero no se quita por
esto a la prudencia del comisario que pueda regalar
a oficiales reales, con dos frascos de tinta [espichada]
un barrilete, o botija de aceitunas o alcaparras,
y cosa así de este tomo, que se queda en términos
de urbanidad, y no pasa a hurto.
§.9. En México.
Sacados sus despachos, y ajustadas sus cobranzas en
la Veracruz camina el comisario a México donde
le espera el quebradero de cabeza con los frailes
en el hospicio, Dios se la repare buena. Aquí y siempre
debe observar aquella regla dada para la nao
en portarse: No pasando por cosa que sea claramente
pecado mortal, o peligro del próximo, y en los demás

defectos tragar con prudencia, o amonestar con caridad etc.
Aquí puede añadir estas notas oportunas. Encargue
a un religioso la sacristía, que ponga y del rezado
para decir misa, y que los coristas las ayuden. A otro
que cuide de dar chocolate teniendo un mozo con agua
caliente y batidor aparejado hasta que las
misas se acaban, y si alguno pidiere la tablilla
sin hacer, no se le niegue. A mediodía un poco de fruta
del tiempo, un principio de carnero, o puerco, y la olla,
y en los días clásicos se puede mudar [enave] el principio
y aun añadir algo según la discreción dictare; a la
noche su ensalada, y dos guisados de carnero. Vino
es en México muy caro, y aún más dañoso, y así
no se ha de conceder a alguno a comer, ni por imaginación,
clamando el comisario ser veneno, y de aquí nadie
le saque: sino [fuese] ya una vez por medicina
no como bebida usual cada quince días, o a menos
que se vayan al campo a Chapultepec, u otro camino
y lleven un jamón o dos, y dulce y fruta: mas no sea
en día de fiesta por el concurso del paseo que
parecería muy mal. A los juegos de tablas a
nada otros de barras y bolos en el hospicio, mas no los
permita sino por las tardes y en todo caso no se juegue

dinero pena de mil pesares.
Algunos comisarios han juzgado que por largar algunos
dineros entre los misioneros los [tendan] más contentos
y seguros, más es un gran este dictamen. Lo primero porque
si se les ha de dar a todos, no hay bolsa, que a esto baste
si a pocos hace a los demás quejosos. De tener dineros no se
sigue más, que [apercer] más ir a México a consumirlos, y
de las idas a México las ocasiones y peligros que se experimenta
en todas las misiones, por ser aquella tierra
donde reina más que en todas [Asmodeo]. Sea pues dictamen
fijo del comisario tan eficaz como secreto, retirar
a los religiosos de toda ocasión de tener dineros,
no solo negándoselos, sino excusando los de que reciban
limosnas de misas. Y creo que mientras no
tuvieren dineros le respetaron humildes, como quienes
han menester, y en teniéndolos le despreciarán soberbios,
y no podrá meterlos en el camino de la razón,
ni aun en el de Acapulco. = Procure tener uno como procurador,
que entre tantos es difícil no hay alguno de buena
alma. Y si este oficio lo quisiere hacer el presidente
del Hospicio de las Infinitas Gracias, si viere
pues por alguno necesito de algo particular y le pide
para comprarlo, no dé a ninguno el dinero en su

mano, se hace quien se fuere, aunque sea ministro, que
es infernal ejemplar. Y le anegarán con peticiones
impertinentes, sino ordene al provincial que le compre
al dicho padre lo que pide y necesita. Y traigo a cuentas
y no tema el enfado de ninguno por esto, que si el tal
es religioso no se escandalizará de cosa tan puesta en razón,
principalmente no llevando otro fin que provéchense
de lo que le falta. Y si se escandalizó es porque tenía
otro fin, y el es bellaco, y así más que se enfade.
Las idas a México son inexcusables, que desde
San Agustín de la Cuevas las frecuentan los descalzos,
con tres leguas de a pie por delante, y así el arte
del comisario se ha de emplear, en que sean pocas, ya que
no puede hacer sean ningunas. Asimismo en repartir
los compendios dando a los más sospechosos, otros de mejor
juicio por mazos y sobre esto tenga echa reflexión
para que así que se le pido la licencia señale a propósito el
compañero.
Su puesto que ha señalado lectores hágales lean
sus lecciones, tengan sus conclusiones y velilla, al uso de
Europa para que con eso todos estén [divertidos], siguiendo
en estos ejercicios el modo y traza que más agradare
a dichos lectores, sin apretar mucho ni reñir por faltas
porque en esto más admirar el comisario a que estén
ocupados unos y otros que a su aprovechamiento, métalos
en fuga que prediquen. Y reparta los sermones

por los días de fiestas no solo entre los sacerdotes, sino
entre los hermanos que tuvieren habilidad, con condición
que uno de los lectores vea antes el sermón, y con esto
deje los predicar sin escrúpulo. Más no permita
sino amas no poder, que ningún predicador se encomiende
sermón de fuera, que tiene muchos inconvenientes,
y así con arte procure evitar admitan sermones,
mire que le pesara, si en esto se descuida.
Después que haya visitado la primera vez al
padre provincial de México, a la segunda le presentará
su patente del padre general, y cortésmente le pedirá licencia
para llevar los religiosos que quisieren pasar a Filipinas
y le rogara publique en los conventos de México
y la Puebla la convocatoria. Y asimismo escribirá
al provincial de Michoacán enviándole un tanto
de la patente y convocatoria, y esto no lo omita,
aunque vea que son pocos los que se mueven a venir, o
que tiene llena la misión lo uno por no privarse
traer algún buen sujeto, lo otro por ser cosa muy
odiosa el no hacer en cada provincia sus diligencias que
después de hechasr, no está obligado a traer sino a los
que fueren a propósito. Más abra bien los ojos, por
haber en las Indias aún mayores engaños que en España

y luego que el sujeto se le ofrezca si tiene buenos informes
de él lo traiga al hospicio. Que él dirá lo que
es antes de embarcarse en Acapulco, y con poco gasto
prueba la persona, y la trae si es de servicio, o la desecha
si no lo es. Muy buenos sujetos han estado en
Filipinas de México y Michoacán, y quizá le tocaran
algunos. Más guárdese de admitir en la misión
unos sujetos [rufalandarios], de las provincias de
España que han pasado a Indias llovidos y de Canarias
suele haber mucho, y aunque se le ofrezcan muy
serviciales, e hipócritas no se fíe de ellos, ni se compadezca
del desamparo en que dicen se hallan, por qué
más obligación tiene a mirar por su provincia, y dice
el refrán que "De rabo de puerco nunca etcétera."
Es cosa ya ordinaria en todas las misiones huirse
algunos frailes y también que los comisarios se alborotan
mucho. Dan parte al virrey, búscanlos con
estruendo, hallan los condes crédito, llévenlos a
Acapulco forzados con guardas y aun grillos, y después
de allá llegados o en el camino, vuelven
a escaparse como ha sucedido a las misiones modernas
de los Padres Recoletos y a las antiguas nuestras.
Y si no, se huyen, que es difícil guardarlos
cuando vienen a Filipinas por la mayor parte donde

embarazo, porque proceden como sujetos, que no
tuvieren honra ni vergüenza, y que están hechos a ser
fugitivos. A Fray Álvaro se le hicieron dos en
México estuvo resuelto a buscarlos por los
pasos que sus [precursores] comunicó lo con el Reverendo
Padre Ministro Fray Francisco Sánchez, que a casi 30 años
asiste en el Hospicio de los Dominicos. Este sujeto
tan experimentado le dio por consejo con
buenas razones que no hiciese tales diligencias que sujetos
tales no son para buscados sino para desechados,
y pues se van que se vayan, ya lego la
práctica de los Padres Dominicos, a quienes se les han
huido en México muchos sujetos estas últimas
barcadas, y no hacen tales diligencias sino antes tienen
aventura, que sus misiones se espumen de estas
heces. Fray Álvaro siguió este parecer, con aprobación
de nuestro Padre Cruz, y siempre será del:
Replicaráse que es cosa dura perder un sujeto
que ha costado tanto es verdad mas lo mismo acontece
si muere y el comisario no lo hecha sino
que el sebo, y si es ruin, como se supone que gana
con traerlo. No se le gusta al comisario que buenamente
procure saber dónde anda el huido, y por medio

de personas prudentes procure reducirlo al rebaño.
Que si él no es sujeto totalmente perverso, esto basta
para meterlo por camino. Y si esto no basta, no
tenga su fuga por perdido sino por ganancia. Más
en todo caso, no se valga de justicias, guardas prisiones,
y estruendo, en que es preciso desedificar
no ganar.
Si hubiere quien pida órdenes, y las hubiere, concédalas.
Más sea sin usar de dispensaciones que se expone
el comisario a muchos absurdos principalmente
si son para sacerdotes. Asimismo si pidiere alguno
licencia para confesar, se vaya a espacio, si no es sujeto
muy conocidamente capaz, porque es fuerza examinarle
con tres antiguos, y si se la concede siendo
ignorante, peca, y si no lo aprueban, son muy sensibles
las calabazas, y se expone a perder el sujeto,
y así es mejor responderle, aquí no hay necesidad
en Manila se expondrá. Más a los expuestos ya en
España haga se presenten al ordinario para confesar allí
y en la nao, que como se navega en cuaresma es muy necesario.
Luego que llegue a México visita al señor virrey,
y al señor arzobispo, poniéndose de bajo de su amparo.
Y después trate de sus despachos, y vea para esto
a los oficiales reales. Y no sé qué algunos misiones

luego que llegan a México se hace la reseña, y se
comienza a cobrar de la casa. Más otras misiones
no lo pueden conseguir hasta, que viene la nueva
de la nao de Filipinas como sucedió a Fray Álvaro
que el virrey [si cerró] a no tratar de misiones
hasta dicha nueva. En fin cuando estos señores quieren,
se hace la reseña, y para ella se previene algún
refresco en el hospicio de ensalada, y cosas de merienda,
y algunas medallas, y camándulas, va ordinariamente
un oficial real con sus escribanos. Aquí se
vuelven a recorrer los papelillos del nombre, patria
convento etcétera que ha de estar todo en prompto. Para esto
se les presentan los despachos que trae de la Veracruz,
y cuidado no haya equivocación en la reseña, y para
todo contingente se procura la amistad del oficial
real de la reseña. Hecha se acude luego a la contaduría,
y se le da alguno al oficial mayor como 10 pesos y menos
a otro oficial si asiste, y al escribano se le ofrece
su paga a la conclusión, y hecha una vez la reseña
váyase despacio [en dar], que los despachos con pocos días
de diferencia no pueden dejar de salir.
Lo que en México se da, es a cuatro reales por [causa]
coronada, y dos por motilona, y si el comisario tiene de que
suplir, excuse el andar pidiendo dinero en la casa

hasta nueva de nao, porque toda libranza cuesta
muchos pasos, y pesos entre arráeces y canoeros. Para
el avisamiento de Acapulco se dan a las coronas 150 pesos
y la mitad a legos, y se ajusta el gasto hasta
25 de marzo. Y si pasa de allí, pídalo en Acapulco
el comisario. Si inverna la barcada en México, se pide
vestuario, y con ejemplares que un oficial de
contaduría descubre pagado, se consigue. Y aun habiendo
invernado en Andalucía el Padre Fray Isidro lo
consiguió, pidiéndolo en la Casa de la Contratación,
Note esto el comisario. Y estando ya para partir a Acapulco
al fin se presentan en la contaduría cuatro certificaciones:
Primera del médico. Segunda del cirujano, que suele ser
barbero en un mismo tomo, y con eso entrar aquí las
rasuras. Tercera del boticario, estos tres fcertifican ante
escribano del gasto y servicio que han hecho a los enfermos.
Y la cuarta es del comisario jurado, de los regalos, dulces,
gallinas etcétera que ha gastado con los enfermos, en
que entrar los gastos de enfermos de la Veracruz
a México, y aun lo que presume hasta a Acapulco
según buena prudencia y conciencia. Y todos los gastos y
aviamiento se procura cobrar debajo de una libranza.
Para evitar enfados y derechos: pasa por la factoría
y veeduría etcétera y de estos pasos el oficial mayor del escribano
de la contaduría dicha alumbra mas en estos

pasos, se pueden regatear los derechos ad titulum paupertatis.
Y solo con los dichos oficial mayor y escribano
es menester abrir más la mano, mas no tanto que se le
vaya todo de entre los dedos. Por último se saca del
escribano de la caja un tanto de los despachos,
y orden de pagar los días que faltaron de pagar hasta
salir el galeón. Los cuales despachos se presentan
a los oficiales reales de Acapulco y estos si
gustan hacen su reseña como se les antoja, o no la
hacen con la bulla. Y si el comisario tiene días que
le paguen. Insta por la paga, y si no tiene días, como
a Fray Álvaro sucedió después de haberles entregado
a uno de ellos, que luego dicen a quién toca los papeles
con mucha cortesía, no los volvió a ver más. Porque si quieres reseñar ellos buscan al comisario para
esto, por este dice a los suyos, que alerta con recorrer
los papeleros de Sevilla tantas veces mencionados.
Y con esto no se dirá aquí más de despachos: pues
en México se cobra todo, y solo habrá algo de cobranza
en Acapulco por detenerse la nao, más de
los días, que en México ajustaron, que como
digo suele ser hasta 25 de marzo. Si queda
algún enfermo se dirá después.-

prevenga el hospedaje y matalotaje, y convendrá
salga de México a principios de febrero. Han
de ir dos de confianza, más uno como cabeza, y
otro solo como ayudante, que si ambos llevan igual
la superintendencia, si son diversos en los juicios
no harán nada sino porfiar. Es bien que lleven estos
un despacho así. Pidiese por memorial al señor
virrey dándolo en mano propria, que su excelencia mande
a los oficiales reales, que señalen en la nao las comodidades
acostumbradas de rancho, y camarote
para el matalotaje de la misión. Y porque ya
el comisario llegado a este lance está muy ducho, no
se pone el ejemplar de dicho memorial, el virrey
manda dar su despacho, que no es bien haga
de costos más de cinco pesos y aún menos.
Una de las cosas más embarazosas para el buen
comisario es disponer su matalotaje, mas ya al pasar
por Acapulco habrá conocido unos agentes universales,
que llaman encomenderos, porque agencian
lo que se les encomienda pagándoles. Por medio
de uno de estos se negocia lo más, y los religiosos que
van a la prevención, sirven de poner espuelas a estos
para la agencia de matalotaje. Y dichos encomenderos
ordenan a dichos religiosos lo que han de hacer en orden
a buscar las cosas necesarias y en fin ad invicem sea

[judan], y mandan. Dichos encomenderos así que
se oye nueva de nao parten a Acapulco, y aun antes
a recibir las encomiendas de Filipinas y negocios
de México, y a casa de estos se remiten luego los
de religiosos que les hace la mesa. Y así desde antes de
llegar nueva de nao debe el comisario tener hecho
trato con alguno de estos, que unos son más [hombre]
de bien que otros, y es ventura hallarle bueno. En
el Hospicio de México se hallan memorias
de matalotajes, que debe recorrer el comisario
y según ellas ver lo que su misión necesita, así
de trastos, como de mantenimientos y por ellas también
colegirá que cosas ha de encomendar al encomendero,
que el aboca dirá de lo que se quiere encomendar, y en
lo que no puede [dar a luz] de cómo se ha de agenciar.
Por estas memorias verá lo que ha de encomendar
a los religiosos dichos, y como los ha de industriar, y por
medio del encomendero los socorrerá de dinero, en
que no se puede dar regla por la variedad de los tiempos.
Acerca de algunos géneros si se hallan baratos, porque
hay quien ruegue, se pueden concertar aun antes
de venida de nao con papel condicional de que
si viene la nao y se despacha los tomara el comisario
a tal precio, en que suele haber ahorros. Porque si
espera al tiempo crudo, y a los precios corrientes, es mucho

el gasto. Nozte que llevar chorizos de regalo
es droga que a todas las misiones se les han perdido antes
de llegar a Acapulco. Meter carneros más que
media docena para los primeros días es malgasto, que son
malísimos y gastan mucha agua, y en fin chicos
y malos. Para principios no puede hacer mejor
provisión en Nueva España que de peras asadas en
horno, que se venden en San Agustín de las Cuevas,
por esto le dije que no comprase almendras en España
que se apolillan y no sirven. Sobre aceitunas sepa
que hay unas de manzanilla redondas y buenas. Compre
de estas aunque más caras. No le engañen con otras
que hay muy pequeñas y largas, tan ruines, que de balde
son caras, y es echar en la calle el dinero. Cajetas
es el mejor dulce, mas no repare en que sean
de cargazón, que a los [vagos] les agrada y si las compra
delicadas de convento serán muy caras. Es común
agradar mucho a los [vagos] el arroz con leche de
cocos, y así haga de arroz y cocos prevención doblada
para que haya cada día esto con su azúcar y canela
para encima que suple mucho. Es también común
meter el comisario barrigas de puercos, y despojos
de puerco, yo soy de parecer que es gasto superfluo por
experiencia, y así fuera de lenguas de puerco y
vaca, que esto sirve, gaste lo demás en solos jamones

y crea a Fray Álvaro, y aunque los compre algo
más caros por no llevar con ellos las barrigas y morcones
etcétera son baratos, y será honra y provecho.
Agua tiene su dificultad por las tinajas, mas esta
es la primer ocupación de los dos religiosos que han
de ir a Acapulco buscar tinajas ya llenas a bordo,
que se hallan, ya vacías fuera, y si una barcada de
40 bocas halla doscientas, no necesita de pipas que es gran
trabajo. Y en caso de haberlas menester, se conciertan
desde México con el tonelerzo, que baja a
Acapulco a componer las pipas del rey. Suelen hallarse
si se buscan con tiempo bastantes artes tinajas en Acapulco,
y conforme hay de misiones y pasajeros, valen caras más
o menos, mas crea que con buen orden dos tinajas
bastan para 40 bocas en un día, dando la necesaria para beber
las gallinas y guisar. El viaje regularmente
es de noventa días hasta Filipinas, y ahora se suele
hacer aguado en Marianas, que es gran alivio.
Chocolate meta el competente según los sujetos.
Con aviso de que solo han de beber una vez al día
mas Fray Álvaro con los días de ayuno les dio
a dos veces. Provéase en Acapulco de unos barros
que llaman "porongos" que hacen al caso. Y encomiende
una [martabana] si puede hallarse que sirva

trastos de cocina. Encomiende al encomendero que de los que
van de Filipinas se suelen hallar suficientes, y si no llevarlos
de México según las memorias que viéndolas
con atención en México con tiempo prevendrá mucho.
De la Puebla se suele sacar el bizcocho y menestras,
mas no es necesario que para estas cosas vaya religioso
a la Puebla, que en México se hallan los mercaderes
de estas cosas, y allí se hace con ellos el trato y lo remiten
a Acapulco. Sus precios no se le pueden ocultar por
lo que corre entre los que caminan a Acapulco. Y en fin
concierta arriero que ha de llevar el matalotaje y ropa
de la misión, y trata de irlo aviando para el puerto.
Antes de salir de México, no se puede dejar
de advertir el yerro de algunos comisarios que para divertir
a los frailes, les han permitido que hagan comedias
o entremeses. Este medio es muy indecoroso a una misión
religiosa. Y así en caso de que alguno se lo proponga
lo abomine el comisario, porque es contra constitución,
y parece muy mal en sujetos que van a convertir
infieles. Y del se seguirá infaliblemente que muchos irán
a México a buscar cosas para el festín, y se publica
y vendrá harta gente novelera a ver a los misioneros hechos
truhanes y hazmerreír. Dígales que los divertimentos decentes
de los misioneros son sermones, actos literarios, que si quisieren
tenerlos, convidara teólogos que los vengan{,} [a a]

a aplaudir. Que para eso compró nuestro Padre Fray Manuel
una cátedra que está en el hospicio.
La fundación del hospicio, según manda la real
cédula, no permite coro, sino un oratorio donde recen
los religiosos las horas. Y vale más cumplir con la real
voluntad, que devociones intempestivas de cantar. Y así
el comisario procure que sus religiosos se junten por la
mañana a rezar las horas menores, a vísperas con las
con las completas, y después de la oración maitines con
la antífona, y sea todo recado. Y por opinión de Fray
Álvaro ni aun una misa se había de cantar, que no
todos los sujetos son igualmente devotos, y se les hace pesado,
y comienzan a faltar, y de aquí se sigue desorden
y pleito. Más vale exhortarles al rezar en comunidad,
pues en fin han de rezar por obligación, que esto
como cosa puesta en razón y de poco peso, la llevan bien.
Desde el principio comunique el comisario, así
con él que hiciere papel de superior, como con los que
leyeren, con cada uno aparte, y con secreto, que procuren
que todos vivan y estudien como si estuviesen en
un convento. Mas que sepan que el hospicio no es convento,
y así no hagan escrúpulo de pasar por faltas
en observancias que no son de pecado mortal, porque hay
algunos imprudentes, que quieren llevar las cosas como
en Burgos, y se levantan de poco unas terribles polvaredas

porque el Diablo sopla que se deshace. Y en este presupuesto
que no usen de penitencias sino de buenas palabras exhortatorias,
ponderando, ¿cuán digno es de misioneros el vivir
con orden? Y que no sean duros en dispensar con la lección
en el reflectores, ni en leer demasiado, y remitir alguna
lección, y en fin que se procure conservar la paz en todo
caso. Que demostraciones, que puedan contristar a los sujetos,
no se han de usar sino en casos graves que pertenecían
a los diez mandamientos con manifiesto pecado mortal. Y
en las demás observancias pasar unas veces exhortando,
otras gruñendo, otras moderadamente reprehendiendo.
Si hay novicios es bien recen el oficio parvo para
aprehender, más no conviene forzar [a ela] otros coristas
si no tienen devoción de [redarlo], y solo con los novicios
se podrá tal vez usar de penitencia con discreción para probarlos,
y que no presuman contemporizar con ellos
sino que están dispuestos a que los echen. Sino proceden
bien, que esto importa mucho.
En el puerto de Acapulco no puede la barcada detenerse
por muchas causas, no obstante el encomendero
tiene prevenido caso avisándole el comisario a él
y a sus dos religiosos y que hagan las barbacoas o catres
para dormir que no se puede allí dormir en tierra. Y
con esto va el comisario aviando sus tropas para Acapulco
de forma que la más temprana salga de México

a cinco de marzo día más {,} o o menos{,} y las restantes vayan
en su séquito con un día de interpolación a lo
menos, y en la última el comisario con los papeles de la
contaduría, y dejandoo ya todo suaves despachado
y en camino antes de salir de México. Y no deje
de despedirse de los señores virrey, arzobispo, provincial, y demás
personas, que le han hecho bien, que es grave falta.
Y para todo esto se supone que el comisario ha de tener
mula en que andar por México que sin esta sería
imposible ajustar sus negocios.
Otra cosa, y que importa desde el principio, acierte
el comisario que ninguno ha de dormir en México aunque
sobre esto riña con dos o tres, porque va perdido
todo si abre la puerta a esto y no tiene fraile seguro
más. Si alguno se le quedare por la primera vez admítale
las excusas que diere, sin averiguar mucho
el caso. Mas procure cautelar no suceda segunda,
y para esto servirá no quedarse el comisario
jamás en México aunque vuelva a las diez de
la noche. Y es regla que todas las observancias, que
el comisario desea en los suyos, las ejecutan primero
en sí, que es el más poderoso modo de mandar
y de inducir.
Para el camino de Acapulco dará el comisario

el gasto en cada tropa a uno, y ocho pesos por causa,
y libra y media de chocolate que sobra. Y les encargará
la modestia de los demás caminos, y que no sean
perezosos en madrugar por los muchos calores, y que
el sol les puede quitar la salud y aun la vida. En
este camino conviene llevar mulas con las camas [aún
más] que en el campo de la Veracruz, y por esto
se encargó tanto en Sevilla, que los colchones sean
transportines estrechos y ligeros para la facilidad.
Y advierta que los precios de las mulas, de los mozos de
mulas, y estas de carga son siempre a menor
precio que los demás de silla y los de los religiosos.
§ en Acapulco.
En Acapulco conviene más el buen orden y modestia
en los misioneros, porque allí pierden el
crédito para Filipinas y la Nueva España si se desconcierta.
Luego que el comisario llegue presente a los
oficiales reales sus despachos de México, y el
despacho del señor virrey para el rancho y camarote,
si los religiosos no lo presentaron cuando
fueron a la prevención. Y [no sé] que si algún religioso
le quedó en México enfermo, debe tomar
certificación del médico. Y asimismo si alguno
queda en Acapulco enfermo, y pida a los oficiales reales

se lo anoten "quedado por enfermo" con dichas
certificaciones, que esto sirve para que después el presidente
del hospicio pida en la casa el sustento
cotidiano hasta que el año siguiente se embarque.
Y como dije si aún faltan días que ajustar, los ajusten
y paguen los oficiales reales hasta el día de
la partida del galeón. Y si nada de esto hay, no cuide
más de dichos despachos.
Vaya luego cuanto antes al galeón y vea qué
lugar de rancho le señalan. Y si es corto pida
más con cortesías instancias más al general de la
nao (a quien antes visitara) [que] a oficiales reales
porque este manda más en la nao. Y así lo hizo
Fray Álvaro, y el general le alargó una [lata, o chasa
más]. Y el buen modo lo consigue todo, que esto ni
se compra ni se saca por fuerza. Ítem vea qué
camarote le señalan arriba, y cual abajo, y tantee
si cabe el matalotaje y fato. Y si no haga con
el general toda diligencia y aun en caso forzoso alquile
camarote al contramaestre, o a otro oficial. Fray
Álvaro con diligencia negoció sin comprar camarote
alguno. Nuestro Padre Fray Manuel compró más. Fue por
enviar muchas cosas a la provincia y dice el mismo

que no sirva de ejemplar. Como ni tampoco comprar
lugar en [toldilla] o cámara para los religiosos
que ninguna misión lo acostumbra, y que pasen los
padres como pudieren, como todos hemos pasados. Y cada
uno reciba la caridad que le hicieren si acaso piloto
o marinero le quieren meter de [limosna] en su rancho, y
si no tengan paciencia, pues tienen tantos ejemplos que
seguir en esto. Y en fin el comisario no haga ejemplares,
que sobre ser costosos, son escandalosos. Y dicen
los seglares, "Y bien que delicados son estos padres pues no
pueden pasar como las demás religiones," en fin Agustinos
que son caballeros y como soldados, más valiera dijeran
"son lo que deben ser."
Reconocido el rancho ajuste con los carpinteros
o de la nao, o del puerto, se lo cierren de [hablas], y
armen algunos catres altos y bajos, y también tablas
para misas que sobre cajas por pies se arma al tiempo del comer.
Asimismo que hagan el [atajadizo] del camarote,
y para todo lleve candados prevenidos de México,
que son menester, mayores para camarote, tres o cuatro
menores para gallineros y tinajas no sobra una
docena, y hecho esto comience, a embarcar los cajones
y cosas que pueden padecer menos hurtos, y las cosas manuales
las últimas. Y es menester comenzar con tiempo
por la falta de barcos menores para embarcar. Y así
la aguada y cajones grandes vayan por delante, las gallinas

gallinas sean las últimas, y no se embarquen de noche,
que ya los soldados están abordo, y raspan cuantas pueden.
Y pues se toca lo de gallinas gaste más en esto que en
otras, y sepa que para 40 bocas no son muchas mil gallinas,
y así se le ha de encomendar al encomendero y
religiosos prevenidores.
El orden que ha de guardar la misión en Acapulco
es decirlos que pudieren (que no serán muchos) [dar] misa en
la parroquial y San Hipólito, y los demás oírla, envolviendo
el chocolate, y todos sentados como pudieren
rezar las horas, y estarse en casa guardados de
los soles. Que el pobre comisario es quien lo ha de andar
aquí, y los prevenidores ya mencionados, [conoce] cómo
se puede. Y después de siesta, recen vísperas y completas,
y cayendo el sol. Mas que se pasen de cuatro
en cuatro o más, que en esto no se repara poco. Y no
anden visitando, que es mucho lo que hay que hacer
en tales días, y cansaran y enfadaran mucho. A la
noche recen todos maitines, y [la Año].
Una de las mayores necesidades es el cocinero. Procure
que de muy antemano se le busque en Acapulco, que
por cien pesos no es muy caro de los venidos en la nao.
Y si en México se le ofrece algún chino no lo desprecie.
Ni en Acapulco a poco precio desprecie ayudantes
de cocina y criados, que suele haber muchos indios
que se vuelven, porque todos son menester aquí más

que en la navegación de España, y aun muchos se contentan
con la comida por venir a su tierra.
Despensero o mayordomo es un ministro
muy necesario o por mejor decir mal necesario de las misiones,
y hay marineros pretendientes de este oficio,
y por nada que hacen piden doscientos pesos como un maravedí,
pero dar más de ciento es conciencia. El oficio
de este es asistir al embarque de todo, y arrumarlo
en los camarotes cuya llave tiene. Después en el viaje,
él, como quien las puso, sabido esta cada cosa, y las saca
así de debajo de escotilla como de fuera. Si el
comisario halla con algún mayordomo bueno, que
se encuentran como cuervos blancos, es venturoso, y dará
los cien pesos por bien dados. En fin para recibirlo, toma
informes de su proceder de personas conocidas de la nao,
y [diez se lo depare] tal si por venturo hubiesse algún lego,
que tuviese virtud y hubiese sido marinero, o fuese
trabajador, esto era mejor que ahorraría muchos
disgustos, gastos y hurtos. En fin de todo cuanto
lleva el comisario así de cajones de matalotaje,
como de fato sin dejar nada se hace listo, y por
ella se embarca y entrega al mayordomo. Y todo lleva
una marca o corazón para que en común se conozca
es de la misión, y un número para que se sepa que cosa encierra.
Verbi gratia [un dibujo de un corazón] [M:] 4. azúcar. etcétera

Y las tinajas asimismo, hasta las de agua, llevan marca
de la misión, y si en hacer esta memoria, no observa mucha
cuenta en [numeración] de cajones tinajas etcétera será luego
confusión y nada hallará.
Provechase desde México de tres o cuatro linternas
y candelas, porque el tener portañuela abierta debajo
de escotilla es ventura muy rara. Y se gastan
muchas candelas, pero no falta en Acapulco este
género y [no sé] el comisario, que se olvidó de decirlo, que
el dicho mayordomo marinero ha de comenzar con su
oficio desde que los dos religiosos llegan a Acapulco
a la prevención y el así siguiente a hacer la aguada, embrear
las tinajas etcétera.
En reconociendo el comisario que se trata de
veras de partir, que es cuando ya el general ha metido
abordo la [soldadesca] y forzados, y los trastos de su
casa, váyase a la nao. Y en esta ocasión
éntralo de embarcarse de los primeros, [porque
se acomodar] a todo mejor que esperando a la
última, que si aún tiene que hacer en tierra
puede ir y venir.
Suelen en Acapulco huirse algunos, y a veces
sin causa, pues nuestro Padre Cruz se queja que allí
se le huyeron tres sacerdotes, a quienes jamás
había negado cosa alguna siendo los más importunos.

Y [sea] dice desengaño de comisarios que cuando los sujetos
son ruines, no bastan beneficios a vencer su
natural, y así crea el comisario, que ni por contemporizar
demasiado con tales sujetos adelanta algo ni por
negar lo que no está puesto en razón a ventura
los sujetos. En caso pues que alguno huya, aquí más
que en México conviene disimular la fuga, y repetir
que no debe de convenir su persona en Filipinas
y no se canse en diligencias que será publicar el pecado y escandalizar
allí sin provecho. Que si los sujetos son perversos
muy bien [le esta] se queden, y si fue liviandad
presto se arrepentirán, y se irán al hospicio por su pie,
como sucedió a los de nuestro Padre Fray Manuel de
la Cruz. Y en fin así en México como en Acapulco,
son erradas cuantas diligencias hacen los comisarios para violentar
a los fugitivos, porque con estas mismas se [obstinan],
y hacen empeño de no ser forzados. Y sin diligencias
del comisario algunos son reducidos de la hambre
y necesidad, y viéndose no buscados, hacen gala de
ser voluntarios y se reducen con más honor suyo.
Prevéngase para esta navegación de martillo, tenazas,
clavos, mecates, y trastos de este jaez, que como todo
va por su cuenta los ha menester cada hora en el rancho.

§ Hasta Manila en la nao
En la nao debe guardar el mismo orden en
las misas, que en el mar del Norte, y que la oigan
los que no la dicen, ni se quieran decir más que los que
el general permitiere, sin ser enfadosos en esto. Que
todos asistan al rosario en común, y los que guardaren
el rancho lo recen allí a coros al mismo
tiempo. Aquí es necesario señalar religiosos que
cuiden del comer y beber de las gallinas, y carneros si
los hay, que son malos y chicos, para los primeros días
solo se pueden tolerar. Señalar uno o dos que
cuiden de la agua, esto es que tenga los porongos siempre
llenos, y que no se desperdicié. Más no se niegue
sino este prompta para beber sin limitación alguna
que con esta libertad se gasta menos con ella. Experimentó
Fray Alvaro que dos tinajas bastaron y sobraron
para beber 40 personas y guisar, y también las gallinas.
Así como tiene el comisario memoria de lo que
metió abordo, ha de hacer memoria de lo que va gastando,
y así, del número de las tinajas de agua, como de
cajones de bizcocho, jamones menestras etcétera para
que sepa lo que tiene siempre. Y no le peguen marros,
que con todo este cuidado le pegaran algunos.
Y [no sé], que así en el mar del Sur como en México

siempre conviene usar más de persuasiones que de imperio,
mas ya en el mar del Sur, los tiene en razón era,
y puede hablar algo más recio, y conviene porque no se
desacredite su misión, pues lo bueno o malo todo se cuenta
luego en Filipinas.
Ordinariamente el galeón sale por semana santa
o antes, para tal tiempo tenga el comisario prevenidas cuatro
o cinco pláticas en los sujetos más fervorosos, que traten
del modo de confesarse y de la pasión de Cristo
[ni] señor aunque no sean muy estudiadas. Y si el general
gustare las hagan unas junto al altar, y otras junto
al trinquete, y a los confesores que confiesen, que suele
haber que hacer bien. Y no solo por semana santa sino una
dos veces en la semana enseñe uno la doctrina
aproa. Fray Álvaro no lo hizo aquí como en el mar del Norte,
porque un padre jesuita tomó esto por su cuenta. Pero
en las demás fiestas si no sale del mismo general el pedirlo,
no se meta en más sermones que interrumpen el juego,
y por esto son mal oídos, mas puedese convidar con ellos,
basta como dijze las pláticas aproa explicando la doctrina
cristiana dos veces en la semana, que entra
la chusma de forzados y soldados son más útiles y
con fruto palpable.
Si va otra religión con la nuestra es menester
en el comisario gran prudencia, y a veces riña

con los suyos, para que haya paz con los extraños. En primer
lugar amoneste el comisario a los suyos, que no se pongan
con los de otro orden en disputa, sobre cual es religión
más antigua, ni más acreditada, ni cual tiene mayores
sujetos o santos, porque suele haber algunos tan tontos,
que dicen mil palabradas. Y otros tan imprudentes que
revientan de que otros alaben su orden y piensan es
descrédito de la propia, y quieren adelantarse a ellos.
Verbi gratia oyera un agustino a un franciscano decir
que su orden es más antigua, y San Buenaventura
fundó la nuestra. Pensará que por esto ya se acabó
la honra de San Agustín. Y con celo disparatado,
saldrá con que San Francisco es hijo de San Juan. Bueno,
hay otras historias con que se encenderá una gran
llama con gran escándalo de los seglares, y ninguna
honra de ambos órdenes. Estos años pasados se juntaron
en la nao que venía el Señor Gobernador
Curuzealegui, dominicos y franciscanos. Unos
ponían en Santa Catalina de Sena llagas. Otros se
las quitaban como si fuese deshonra de San Francisco
que otro ha recibido de Dios este beneficio. Hubo
sobre esto varias disputas riñas palabradas,
baldones. San Francisco ni Santa Catalina no fueron
más honrados. Los seglares quedaron escandalizados

y los frailes muy desacreditados. Si
los comisarios a la primer disputa de estas hubieran
reprendido a sus comunidades, y [respective]
cogido al autor, y puestolo unos días con un
par de grillos debajo de escotilla, los santos hubieron
sido más honrados, sus hábitos menos desacreditados,
y los seglares más edificados. Por menos que
esto calzo Fray Álvaro unos grillos a un fraile,
que los tuvo [aún no] dos días, y con esta demostración
conservó el crédito de su misión, y no perdió, antes
ganó mucho. Qué bien público es, que no abrieron
las bocas los seglares en Manila sino para decir
bien de su misión. Dios lo hizo esto, mas es
necesario que el comisario aplique los medios convenientes.
Y así amoneste a los suyos el comisario,
que su mayor gloria consiste en no porfiar ni
reñir, sino pasar en buena paz. Y que digan de
nosotros lo que gustaren, que nada perderemos por
esto. Y vuelto a decir que ponga eficacia el
comisario en esto, que hay sujetos, que no se pueden
persuadir a esta verdad tan clara, y que la
orden de San Agustín y su crédito consiste en
responder mil necesidades en su abono, y en la

realidad son en su deshonor. Puede ofrecerse la discordia
en que los de otro orden se usurpan todas las
comodidades con daño nuestro. Aquí el comisario
lo primero prohíba a los suyos el meterse en esta materia,
porque le toca a él como cabeza, y después ya
con cortesía con el otro comisario, ya con el general
procure su comodidad, siempre en términos corteses
y de paz. Y si con ellos no negociare tenga paciencia
y no se declare ofendido, sino déjela pasar. Que
con esto cuando no adquiera la comodidad, que pretende,
ganara mucha honra y Dios le asegurara por
otra parte lo que a menester. Y aun el general y demás
gente de la nao oficiales, [que sin que] se la pondere
conocerán su razón, y les ganara la voluntad
con su prudencia. Y en todo caso haga que los suyos
hablen con mucha estimación de la otra misión
y que se oyen murmurar de ella a los seglares. No se
hagan con ellos a la banda, que será ocasión de mil
disgustos, sino que siempre alaben a la otra misión
en general y aun las faltas que vieren en los particulares
las disculpen [inn que] no porfíen con los
otros sobre las misas, cuales han de ir antes cuales
después, sino que si a nuestra misión le caben dos misas

cada día por determinación del general, esas se digan, y
en el lugar que les dejaren. Aun hasta en las disputas
filosóficas, y de teología es necesario amonestar
prudencia y moderación a los nuestros, y que no
sean necios en exaltar verbi gratia la opinión tomista
contra la suarista, sino que se porten en esto como
en cosa que no les [va nada], y que las disputas sean pasatiempo,
y no riña. Permita juego de tablas o damas
pero siempre sin apostar dinero, y amoneste a todos
que no sean tenaces en lugar, sino que desocupen y [ha dar]
el tablero, que algunos lo quieren tener todo el día.
Y si no se atraviesa interés es fácil de conseguir, y se
quitan disgustos.
Desde de Sevilla conviene amonestarlos, y hacerlos
que se traten en todo con cortesía de vida entre
gente honrada y que es digna entre religiosos
y sacerdotes bien nacidos, y aun evite y vitupere,
que se traten de tu aunque sea por amor. Y esto aunque
siempre importa mucho, en el mar del Sur importa
más por venir más metidos entre gente bajuna.
Y si entre si no son corteses, menos lo serán
soldados y forzados con ellos.

Procure evitar que salten en Marianas, porque
tiene esto algunos inconvenientes para la salud, no
el que se queden que los padres jesuitas los harán
volver a bordo. Conténtese con adquirir el refresco
que pudiere. Mas sea sin pleito por esto, que lo
que viene cada uno lo quiere agarrar todo, mas
por medio del general, u otro oficial no se quedará sin
parte, sin ponerse a voces por cuatro sandias, que
será sandez.
Alguna vez no hay capellán en la nao, y el señor
virrey o arzobispo pide religioso capellán. Tome
el comisario este buen aviso, que no le pesara
de ejecutarlo. Nómbrese así por capellán, y no
permita sea nombrado otro sacerdote de la barcada,
que sí expone a mil pesares, si este no es muy bueno
y prudente porque los bagos ordinariamente puestos
[ensanchos], aunque sean bajos, hacen mil alcaldadas,
y obran como quien no tiene experiencia de las gentes
de acá. Que si acaso llegando a puerto de Filipinas
es menester saltar en tierra, el general
fácilmente se contentara con que en su lugar quede
otro de los sacerdotes confesores, pues pocos sacramentos
hay que administrar, y el trabajo del capellán

en la nao es poco, y el comisario [si] le pesa hacerlo
por si puede repartirlo con otros sacerdotes. Y
en todo caso ni admita albaceazgo, ni permita a
sus religiosos lo admitan. Mas si fuere capellán
tráigase de México la suma de Torrecilla, que al
fin de uno de los dos tomos, trae un buen derrotero de
testamentos y estúdielo.
No se meta a cantar misas ni en esta mar,
ni en la otra si el superior de la nao no se lo pide, ni
introduzca más devociones que el tercio del rosario,
y la letanía al ponerse el sol.
Si la nao vine a Cavite poco hay que advertirle
si da fondo en otro puerto, y tiene embarcaciones
para pasar a la tierra firme de Manila, no
pierda la ocasión, previniéndose de dinero, que si no
lo tiene, se lo darán prestado en la nao. Mas solo
tome el necesario según donde parare, que si es en Camarines,
para misión de 40 frailes necesitará
como de 500 pesos y menos, mas si es en el varadero, con
doscientos sobran. En llegando a tierra reparta
las tropas de suerte que ninguna sea mayor de ocho religiosos
y amonéstelos la compostura, que es necesaria en las
casas de otra religión y en llegando a Manila, que
tengan cuidado en dos cosas so pena de desacreditarse

Y tanto perderán en la una como en la otra:
La primera, que no hablen mal unos de otros. Pues más
perderá el infamador que el infamado. La
segunda, que aunque vengan en la misión Fray Basilio
de León en la teología, y Hortensio en
la predicación, no los alaben como ellos merecen,
que se pierden en esto, y mucho más si en verdad
no son ni Hortensio ni Basilio. Porque con estas
alabanzas tantas, y exageraciones intempestivas sean
desacreditado y [redivilisado] muchas misiones. Si
ellos son buenas sujetos ellos lo dirán con sus
obras, y así adviértales en caso de ser preguntados
acerca de los sujetos en común o con particular,
que respondan siempre con tibieza y sin exageración:
hablando siempre en común y particular
bien, pero no muy bien, que harán de la alabanza
vituperio, si es demasiada. Ítem que no digan lo que
en la barcada ha sucedido si puede redundar en descrédito
de alguno sino solo lo que puede ser de edificación,
sin levantarlo de punto. Y en fin dígales
"Padres míos, ya estamos acá. Vuestras reverencias se persuadan
a que todo cuanto han estudiado, no vale para
conocer las cosas de la tierra [taren se] cómo igno-

ignorantes, si quieren ser sabios." Y por último encarézcales
lo que importa, no escoger provincia o conventualidad,
sino dejarse en las manos de Dios. Y los prelados
que haciéndolo así, a donde fueren, se hallaran
también que no los podrán sacar de la provincia
o pueblo con garfios (como la verdad pesa)
y si escogen jamás estarán contentos [con] justos juicios
de Dios. Y para persuadir esto, fácilmente aprovecha
que el comisario no alabe más una provincia
que otra verbi gratia: Ilocos que tagalos. Sino diga
la verdad: que todas tienen sus conveniencias, y
sus trabajos, con que son iguales. Y es muy
contra razón que un fraile traído con tantos gastos
quiera ejercer conventualidad. Y con esto el
papel se acabó, y el [derrotero] = Laus Deo.
[finis coronat opus]

Por obedecer a vuestra reverencia en lo que me tiene mandado, hago esto,
y pondré aquí los puntos, que la experiencia en esta mi peregrinación
me ha enseñado, a los cuales vuestra reverencia sabía mejor dar
el punto, que yo sabré decirlo.
{Al margen izquierdo: pasar plata y oro a España}
La plata que fuere en registro ha de tener intolerables gastos
de derechos, y en préstamos, que tomara su majestad a nunca
pagar, de suerte, que esto y entendiendo, que ha de salir a ciento
por ciento lo del registro, y así es necesario que lo
que vuestra reverencia hubiere de llevar, sea por debajo de la cuerda, en
secretos de cajas, en barriles de chocolate, y lo que se pudiere
llevar en oro será más fácil de encubrir, advirtiendo que
en esto también se pierde, pues a lo sumo vale en Sevilla
siendo de subidos quilates a 19 reales al castellano;
y siendo bajo el oro a 18 reales y medio el castellano
y así es menester, que acá se compre aprecio acomodado
para que la pérdida, sea menos, si se pudiere llevar alguna
plata en confianza de persona segura, como del General Don Pedro
de Ursua sería cosa muy acertada; mas de algunos maestres
y de otras personas no hay mostró, que fiar, que se suelen
quedar con todo.
{Al margen izquierdo: quilatar, oro en Sevilla y hacer doblones}
Lo que vuestra reverencia llevare en oro es necesario en Sevilla quilatarlo
vuestra reverencia por su cuenta, porque allá no pasan por los quilates
que de acá llevan; y sacar papel del contraste, porque de esta
suerte quilatara con fidelidad, y haciéndose esto

como yo lo hice se pierde [muestro] en ello, y es que venden
los nuestros el oro a Juan de Olarte, o Andres de Arriola
o a otros mercaderes de plata. Los cuales sacan un bocado, y
lo llevan al contraste, el cual quilata siempre en favor de
los mercaderes, quitando uno, o dos granos de los quilates
que el oro tiene, porque los mercaderes, y el contraste se entienden
acoplas, y comen como dicen, en un plato. Aseguro
a vuestra reverencia que en el oro que llevé, mío y ajeno, perdí por
esta causa más de 200 pesos. Y por eso digo que, antes de venderlo
ni saber el contraste que vuestra reverencia lo quiere vender,
se lo llevé a que lo quilate y de papel firmado dé los
quilates, que tiene por el cual los mercaderes lo admiten
y pagan. Y si es factible sin daño de la edificación (que
no lo sé), lo mejor sería no vender el oro sino por cuenta
de vuestra reverencia meterlo en la caja de la moneda para que se
hagan doblones, en lo cual se gana. Y lo experimenté
en Madrid, que llevé un [tejuelo] al Padre Claudio Clemente,
y él lo metió en la caja de la moneda, y lo hizo
doblones, y ganó mucho más que si lo vendiera.
{Al margen izquierdo: 3 Pasar a Italia dineros}
Para pasar a Italia no hay mejor moneda que los reales
de a ocho que valen en Roma a ocho julios y medio. Y así
en cuanto se pudiere, es lo mejor llevar plata en cubierta
en secretos [se] cajas etcétera. Y no es malo llevar doblones,
pero el precio de estos en Roma no el fijo pues
corre de 29 a 31 reales cuando yo llegué a Roma va

en Madrid ociosas gastando con ellas por algunos meses,
no hay mejores mulas ni más baratas, que las de alquiler
a toda costa, que en llegando uno se lleva el mozo
las mulas y se acabó con la plana, y a este modo va tomando
mulas para los caminos que hubiere de hacer.
{Al margen izquierdo: 6}
{Al margen izquierdo: sujetos de España}
Es menester ir por los colegios de estudios, y ver que sujetos
piden venir a Indias e informarse muy bien de ellos
si son tales, de algún confidente, que en cada provincia no
faltan llevar la lista a nuestro padre y que su [P.d] los
señale mandando apretadamente a los provinciales que no
inmuten, porque si se deja a arbitrio de los provinciales el
mejor da gatazo, enviando al díscolo, tentado, e inútil
porque les parece (aunque mal) que acá toda moneda puede
correr, y así es menester en esta parte ser un hombre
lince, y yo le he procurado ser [mes por en cosa] a ninguna.
{Al margen izquierdo: sujetos extranjeros}
En los sujetos de otros reinos no da lugar la diligencia
dicha, pero yo hice otra conque suplica falta
de noticia, y fue llegarme a los asistentes, y encarecerles
la necesidad, que acá había de sujetos de plena confianza
y que no fuesen [figuras], que nos diesen en qué entender
y que así mirasen bien, los que señalaban. Y con esto
lo hicieron muy bien conmigo. De Cerdeña no deje
vuestra reverencia de traer que son comúnmente muy buenos religiosos

{Al margen izquierdo: 8. piezas de paño para vestuario}
Es menester advertir que todos los que vienen de fuera
de España no traen manteos ni ropas pardas, y las sotanas
de estameña y es necesario hacerles de vestir en Sevilla donde
vale los ojos de la cara el paño. Y así es lo mejor comprar desde
Madrid dos o tres piezas de Segovia y enviarlas a Sevilla,
con testimonio de que es para nuestro gasto, con lo cual
no se pagan de derechos en Sevilla y sale muy barato.
{Al margen izquierdo: 9 comprar con [tiento] en Roma}
Gran tiento es menester en Roma para comprar cosas
y no se puede uno fiar de todos los nuestros, que a veces son
parte para que seamos engañados en la compra haciéndose
de parte de los vendedores. Y así lo mejor es informarse poco
a poco del valor de las cosas, y después comprarlas a gusto
y lo demás barato que se pudiere, del más extraño que es lo
mejor.
{Al margen izquierdo: 10 Papel en Génova}
En Génova yo compré papel, que me trajeron a Cádiz y a
Sevilla. Con que en Sevilla y en la navegación y en México
he tenido lo necesario, y aún me ha sobrado, ahorrando mucho
en esto. Y con más razón lo deberá vuestra reverencia hacer advirtiendo
que para nuestros estudiantes ha de ser papel batido
mas no cortado, para que puedan hacer cuadernos. Pero para
el gasto de cartas es bueno batirlo, y contarlo.
{Al margen izquierdo: 11. No llevar nada consigo}
Así al desembarcar en Cádiz, como al caminar por
los puertos secos de Aragón, Valencia, y Cataluña, nunca
llevé ningún oro en mi persona, por no exponerme a algún
desaire de los muchos, que a los nuestros han sucedido,
porque son las guardas tan satíricas, que parece, que en el rostro

reconocen si lleva o no lleva dineros encubiertos, y le miran
hasta la camisa, yo pase con grande libertad por todas partes.
{Al margen izquierdo: 12. dineros de Sevilla a Madrid}
El dinero que se lleva de Sevilla, a Madrid se suele
llevar por letra de cambio a pagar a 30 o 40 días después
de presentado no aconsejaré yo, haga vuestra reverencia tal cosa porque
las tales letras se pagan con grandes dilaciones, y cuesta
mucho trabajo el cobrarlas, y aún hay peligro, de que
no se cobren, como yo le tuve de perder más de seis mil pesos
míos, y ajenos por llevarlos en una letra sobre Julio
Cesar es [cuajo la] el cual murió en el tiempo, que se había de
pagar, y tuve muy gran trabajo, y dilación en cobrar. Mucho
mejor es y más segura el dinero que se hubiere de llevar
de Sevilla a Madrid entregárselo a algún
[harriero] de los de los que suelen llevar plata, que es cosa
segura, y cuesta a menos de a medio por ciento, y la
entregan con toda puntualidad en Madrid.
{Al margen izquierdo: 13. comprar libros en Madrid}
Los libros que vuestra reverencia hubiere de comprar, no los compre en
Sevilla que valen muy caros, ni tan poco envíe por ellos a
Francia, ni a Flandes, porque también salen muy caros.
No hallé yo libros más baratos que los de Madrid, donde
hay grande abundancia de ellos así, de los de reino
como de los de Flandes, y Francia, y todos se hallan a
precios acomodados.
{Al margen izquierdo: 14. comprar rezado en [S. G.mo]}
Es grande engaño enviar a Flandes por misales o breviarios,
yo envié por ellos muy con tiempo, y me los enviaron
mucho más caros, que los que compre en Madrid

en la oficina de San Gerónimo, donde se halla todo género
[deseado] de excelentes impresiones, y a buenos precios. Mas
advierto dos cosas. La primera que en esta oficina no se ha de
regatear, sino pagarlo que pidiere el fraile, porque esta
todo tasado por la cruzada y no puede llevar más ni
menos. La segunda que se encuaderne en Madrid, donde
se encuaderna mejor y más barato que en Sevilla. Pero
las manecillas de Madrid son muy malas; y por eso
es mejor no echárselas, sino llevarlo a Sevilla donde
un Antonio de Abadia hace manecillas de gran primor.
{Al margen izquierdo: 15 No encargarse de encomiendas}
Gran cosa sería si uno se pudiese escusar de llevar
encomiendas de seglares así de dineros como de otras
cosas, porque fuera del cuidado, y enfado, que causan
se añaden muchos, y excesivos gastos, que se le pegan
a uno así de portes, como de fletes, y también de aduanas.
Que puedo asegurar, que por esta causa [subastado]
yo más de mil y quinientos pesos. Y lo más gracioso
es, que habiendo, uno gastado tanto, no quedan
los tales agradecidos, sino a veces con quejas. Cierto
que si yo fuera a España me excusara todo lo posible
de semejantes encomiendas de seglares, sino
es que fuesen de alguna persona de tanto respeto,
que no se pudiese atropellar con ella. Y esto corre muy
en particular, si las encomiendas son cajones de chocolate

que cuestan infinito sacar de la aduana de Sevilla {63}
{Al margen izquierdo: 16. contentar a secretarios, etcétera}
Los secretarios del consejo son a quien más conviene
tener ganados por ser las principales piezas del juego,
y así importa ganarles con algunos dones que se entienda
los recibían. Mas con los oidores, es menester
con gran tiento proceder en esto, porque no suceda un
desaire no recibiendolo, y enojándose por ellos a los
oficiales menores de las secretarias no conviene darles
nada hasta que se ofrezca el negocio, que hayan de hacer
porque de lo que se les da de antemano, se olvidan
y cuando, ocurre el negocio quieren de nuevo ser gratificados.
En lo cual yo erre mucho dándoles al principio
muy bien, y después estaban tan olvidados, como
si tal cosa no hubiere sucedido, y era menester untar
de nuevo las ruedas del carro.
{17. Contentar a los provinciales}
Bien es dar a los provinciales de las provincias alguna cosa, mas
no ha de ser a la ida a Roma sino a la vuelta cuando hayan
de darlos sujetos porque lo ordinario es haberse mudado
el no ha de ejecutar el orden de nuestro padre sino sucesor.
{18. Botijas de agua en la navegación}
A la vuelta el ordinario concierta para fletar nao, es que
el capitán de ella se obliga a darnos tanta botijas de agua
cada día, lo cual prometen con facilidad, y después de
embarcados no cumplen sino hacen lo que quieren echando
las excusas, que le parecen. Este se remediaría con que en
la escritura del flete de la nao se pusiese que el capitán

se obliga a dar cada día tantas botijas, y que por cualquiera
que no diere, por cualquiera causa que se pueda ofrecer,
se descuenten ocho o diez pesos de lo concertado lo cual parece
puesto un razón, y con esto el capitán abrirá los ojos
para embarcar agua suficiente y para no hacer agravios
fiado de la paciencia que deben tenerlos religiosos. México
y febrero 12 de 1643
Papel para el procurador de esta provincia de Filipinas.
Por el papel que hice para el Padre Andrés Pérez procurador a Roma,
de la provincia de Nueva España, verá vuestra reverencia los puntos generales
que me pareció advertir. Ahora en este añadiré los
particulares, que para procurador de esta provincia se me ofrecen;
pondrélos por orden de Roma, España, México, y Acapulco.
{1. No ordenan a todos }
Cuantos vienen de las partes ultramontanas, aunque
sean artistas, en siendo señalados para Indias, pretenden
ser ordenados de misa. Esto juzgo, que tiene
inconvenientes, porque no se crían con la sinceridad, y
humildad, que conviene, y parece que el verse sacerdotes
tan temprano no cría la sangre que conviene y no hay quien
acuda en el viaje a oficios humildes propios de
hermanos y así yo trate con nuestro padre general que solo se ordenasen,
los que estuviesen en tercera año de teología, y que yo
haría lo mismo con las españoles, mas después no fue así
sino que artistas de tercera año me enviaren ordenados de Italia
de donde quisieron tomar ejemplo los de España
pero yo no lo consentí. Verdad es, que si estando en

en México se sabe [que] hay en Filipinas falta de obispos; como
a mí me aconteció, que es bien usar de liberalidad y así
yo la usé en México por el peligro que había que se
estuviesen muchos años sin órdenes.
{Al margen izquierdo: 2 concierto con el consejo}
Como las necesidades de España son tantas, la mayor
dificultad para dar sujetos es desembolsar dineros en
Sevilla. Y así el conde de Castillo presidente del
consejo me llamó, para que nos concertásemos, y con vecinos,
que en Sevilla me darían doscientos ducados en vellón para cada
sujeto. Pero que desde la Veracruz se me daría, lo que se acostumbra.
Este concierto no fue malo en el tiempo que le hice,
que el vellón y plata estaban casi en una altura. Pero después
cuando se ejecutó, me estuvo muy mal, por la mudanza
de los tiempos, porque entonces valía la plata a doscientos y veinte
de premio, con que dándome ocho mil ducados de vellón
para 40 sujetos. Fue tanto como darme solo dos mil y
quinientos ducados de plata, y no más, con que no tuve para
pasar el flete del navío, y así me parece, que primeramente
vuestra reverencia procure no hacer concierto ninguno, sino que
se dé lo que se acostumbra y cómo se acostumbra. Pero si el
consejo insistiere en concierto, hágale vuestra reverencia en los doscientos ducados
de vellón por hasta la Veracruz, pero añada, que lo que
su majestad suele pagar por flete del navío de los nuestros
pues no lo paga en Sevilla, sino en la Veracruz, que
lo pague lo cual será fácil de alcanzar. Y yo por falta
de inteligencia, pensando, que estos fletes pagaba el rey

en Sevilla no siendo así; no trate de ello. Mas añado que
si en esto hubiere dificultad, haga vuestra reverencia lo que pudiere,
comunicándolo por escrito desde Madrid con el padre
nuestro.
{Al margen izquierdo: 3. Defecto de cédula}
La cédula de los sujetos, que saqué en Madrid, tuvo un
defecto. Y fue que hablando con los oficiales reales
de la Veracruz y de México, no habla con los de Acapulco.
Por lo cual estos no quieren dar nada sin especial
decreto del virrey, que es nueva dificultad, la
cual se evitará advirtiendo vuestra reverencia en Madrid que la
cédula hable también con los oficiales de Acapulco. Y si
dijeren que no se puede mudar el modo antiguo, replique
vuestra reverencia que antiguamente no había oficiales reales en Acapulco
independientes de los de México, y que ahora los hay.
Y así aunque diga la cédula, que den en Acapulco etcétera
como [habla an] los de México, no quieren darlo los oficiales
reales de Acapulco.
{Al margen izquierdo: 4. Lo que se da en la Veracruz}
El no saber, lo que se suele dar en la Veracruz me hizo
andar a tienta paredes. Y así quiera poner aquí lo
que me dieron para 43 personas. Que vinimos por cuenta de
su majestad de donde colegirá vuestra reverencia lo que ha de pedir para
los sujetos que trajere, proporcionadamente
1. Para desembarcar los nuestros - 29 pesos
2. Para desembarcar la ropa al muelle con barcos - 53 pesos
3. Para llevar la ropa del muelle al colegio - 25 pesos
4. Para lavar la ropa sucia - 83 pesos
5. Para regalar los enfermos - 65 pesos

6. Para alimentos de doce días a 4 reales por día
de 43 personas - 258 pesos
7. Para viático hasta México de los dichos 43.
a 6 reales por día y se cuentan 10 días - 322 pesos 4 tomines
8. Para 43 mulas a 20 pesos cada una - 860 pesos
9. Para novecientas arrobas de carga, de ropa y
libros, a 10 reales la arroba - 1125 pesos
De suerte que me dieron en la Veracruz 2820 pesos 4 tomines
2820 pesos 4 tomines. [Mas] es de advertir, que en las cinco
partidas primeras y en la 9ª se pone más de lo que con
efecto se gasta. Por cuanto en otras cosas dan mucho
menos de lo que es menester, como en la 7ª partida
del viático quedan a 6 reales cada día para
sujeto y mula, y no lo hice yo con dos pesos. Y también
se hacen otros muchos gastos para los cuales no da el
rey nada. Y es tanto esto que hasta llegar a México
gaste yo más de 500 pesos más de lo que el rey me dio,
con que se asegura la consciencia de lo que se añade en la
certificación que a vuestra reverencia pedirán los oficiales de dichas
partidas 1. 2. 3. 4. 5. y 9.
{Al margen izquierdo: las mulas}
Las mulas suelen alquilar los mismos oficiales
reales de la Veracruz. Y si vuestra reverencia las alquilare, como
yo hice, y fueron extremadas, ha de ir el alquilador
a dar carta de pago a los oficiales reales. Mas
él no recibía todo el dinero, sino lo que a mí me parecía,
por lo que podía suceder -

{Al margen izquierdo: 6 - correspondencia con oficiales}
Conviene tener buena correspondencias con los oficiales
de la Veracruz, mayores, y menores, porque todos son
menester, y regalarlos con algo de España de devoción
de Roma. Las tinajas, que se traen para agua,
son de estima, y las suelen pedir, y no se les pueden
negar. Yo les di tres, que traía y muchas cosas de
Roma, y algo de Castilla como pasa, almendra,
aceite, etc.
{Al margen izquierdo: 7ª certificación de la Veracruz}
Es necesario sacar en la Veracruz de los
oficiales reales certificación del dinero que
se recibe en la 6ª partida, que son los alimentos,
y del de la 7ª que es el viático. Porque
sin esta certificación no cobrará vuestra reverencia nada en
México. Yo no me descuidé de esto, que mil veces
se la pedí. Mas siempre me decían que no era menester.
Y vióse después, que se engañaron, porque
los oficiales de México no me querían pagar, y
obligaron a enviar desde México por la certificación
de lo dicho, en que hay esperas y dificultades.
Y cuando uno está en la Veracruz, lo puede
hacer con facilidad.
{Al margen izquierdo: 8. matalotaje doblado.}
En Sevilla conviene hacer el matalotaje doblado
de algunos géneros, que son menester para esto [tromar],
como vino, vinagre, pasa, almendra, alcaparra
aceituna, y cosas tales. Porque si no, se habrán
de comprar en México a precios muy subidos

{Al margen izquierdo: 9. Virrey y oficiales de México}
Es necesario procurar en México tener entrada con
el virrey, y ganar a los oficiales reales de México
para muchas cosas que se ofrecen. Yo les presenté cosas
curiosas de Roma con que los tuve muy ganados.
{Al margen izquierdo: 10. Lo que se da en México -}
En México nos dan cuatro reales para cada día de
todo el tiempo que se está en Nueva España, descontando
los días de estancia en la Veracruz, y los del
camino hasta México. Mas es de advertir que aquí
se distingue de padres a mozos, [o hermanos] [coadpetores]. Para
aquellos, en que entran también nuestras estudiantes,
se da un tostón cada día, mas para estos se dan solo
dos reales. Asimismo para matalotaje y avío de
los sujetos, se dan 150 pesos para cada uno. Mas para
los mozos o [coadpetores] 75 pesos para cada uno.
{Al margen izquierdo: 11. Vestuario.}
En México no se da vestuario. Pero sí, si por algún
caso ocurrente de falta de navíos [dechirca]
se detuviesen los nuestros un año más, que en tal
caso se suelen dar 50 pesos para cada sujeto, como
se dieron cuando vino el Padre Álvaro de Humanes,
del cual ejemplar se ayude vuestra reverencia si fuere
menester, y esto consta de los libros reales.
{Al margen izquierdo: 12. Médico, y botica}
También en México me pagaron estas tres partidas:
- Para el regalo de los enfermos - 300 pesos -
- De visitas de médico - 140 -
- De botica, y sangrías, o barbero - 052 -
Y es de advertir, que de la primera del regalo de los -

enfermos, presente y certificación de que había gastado
aquello. Y de lo del médico, y boticas y sangrías,
pedí a un médico amigo una certificación, que me
dio dándole yo un regalo. Y aunque yo no hubiese
gastado esto, y por lo menos no tanto, se justifica,
con que el Colegio de México lo gasta, y con
que el rey no nos da para otras mil cosas de suerte
que al cabo de la jornada, ha puesto la provincia
muchos pesos, aunque el rey dé todo lo dicho.
{13. Decreto para pasar en Reales}
Sacase del virrey decreto para que los oficiales
reales me paguen, los cuales no me querían pagar
en reales, sino en barras, en que se pierde dos reales
en cada marco y en mis partidas, iban a decir
más de 400 pesos. No me aprovechó el tenerlos ganados,
sino que claramente me pidieron concierto,
y les di 150 pesos, para que me pagasen en reales después
de haber gastado con ellos mucha cantidad.
Toda esta pesadumbre evitará vuestra reverencia diciendo
en el memorial que presentaré al virrey, que mande
su excelencia se pague en reales, y no en barras,
por ser para gasto menudo, lo cual no dejarán
de sentir los oficiales reales, y detendrán la
paga cuanto pudieron. Pero paciencia, que harta
tuve yo con ellos.
{14. Decreto y cartas para Acapulco.}
También se ha de sacar decreto del virrey, y [aun]
carta de recomendación para que los oficiales reales

de Acapulco paguen los alimentos, que es un tostón
cada día, hasta el día que se embarcan. Si no es, que
la cédula (como dije en el n.º 3) hable también
con los oficiales reales de Acapulco este decreto,
y carta del virrey ha de tratar también de la
casa, que se nos da en Acapulco para vivir mientras
allí estamos, y de que nos den buena comodidad
en las naos, y despensa capaz para matalotaje
y cajones de libros, y demás ropa.
{Al margen izquierdo: 15. Certificación de alimentos para Acapulco}
De los oficiales reales de México se saca
certificación de lo que han pagado de alimentos,
para que paguen los demás hasta embarcar los
oficiales de Acapulco.
{Al margen izquierdo: 16. Camino de Acapulco}
Siempre el camino se hace de cuaresma,
hasta Acapulco yo le dispuse en tropas de a diez
cada una, dando a cada tropa dos mozos, y una
buena mula de carga con dos petacas, en que se
llevaba cantidad de queso, pescado seco, chocolate,
azúcar, cajetas, marquesotes, pan, vino, fruta, etc.
con que lo pasamos bien en camino que tan falto está
de todo, y pudimos ayunar. Las tropas comenzaren
a salir desde 1º de marzo, una después de otra
para que en el camino no concurriesen, con lista
de las paradas, o jornadas, que había de hacer, y con
orden apretado, de que no caminasen con sol, que es mortal

y así se guardó, y se llegó con bien a Acapulco.
{Al margen izquierdo: 17. Visitar a los oficiales de Acapulco en México}
Los oficiales de Acapulco suelen residir en
México a donde luego que llegue, los visite, y presente
cosas de Roma. Porque es menester
tenerlos ganados para Acapulco, que dependemos
de ellos, en especial en la comodidad de la nao.
{Al margen izquierdo: 18. Enviar a Acapulco padres}
En habiendo noticia en México, de [la] venida
de naos de China, conviene enviar a Acapulco
a algún padre inteligente con un hermano para que compre
tinajas para agua, y disponga otras cosas de
matalotaje, y avío para la navegación (las cuales
se compran, y previenen mejor en Acapulco que en
México), y también para prevenir la casa y hacer
barbacoas, en que duerman los nuestros, por ser muy
enfermo dormir en el suelo. De todo lo cual
se le ha de dar una memoria e instrucción.
{Al margen izquierdo: 19. Cargas.}
Las cargas, si se despachan a Acapulco con los primeros
arrieros que van a Acapulco antes de navidad,
cuestan a 7 reales la arroba. Pero si se detienen
mucho, cuesta a doce, y a catorce reales la arroba.
Yo las despaché muy temprano, con que todos
los arrieros me rogaban y ahorré muchos pesos.
{Al margen izquierdo: 20. Casa en Acapulco}
El rey nos da casa en Acapulco y ora sean
muchos los sujetos, ora pocos, da 300 pesos para
ella. Yo como traía tantos hube menester
casa mayor, y pagué 400 pesos. Y así puse cien pesos

más. Si vuestra reverencia no trajera tantos por ventura
podrá ahorrar.
{Al margen izquierdo: 21 Con los superiores de México}
De suma importancia es guardar buena
correspondencia con los superiores de México para
que los de Filipinas vivan en tres y de dos en dos,
para que no salgan de casa con los de allá, para
que haya cuidado con ellos y no se maleen en
México, como ya ha acontecido. Y más peligro
hay en la Puebla. Y por eso puse yo toda eficacia,
en que ninguno quedase allá, que fuera
perdición.
{Al margen izquierdo: 22. Seglares con tiento}
En traer seglares tuve gran tiento, mirando
por primer principio en el buen natural, y probándolos
muy bien, y parece me hizo Dios merced
en esto.
{Al margen izquierdo: 23. Candelas}
Cantidad de candelas es menester embarcar
en la primera navegación han de ser de sebo. En la segunda
me parece que sean de cera, porque las de sebo (como
yo experimenté) no sirven, y es dinero malgastado,
y con lo mismo que segaste en cera hay
bastante.
{Al margen izquierdo: 24. Vestidos de Filipinas}
Mucho convendría, que a la vuelta hallase vuestra reverencia
en México algunas sotanas, calzones, jubones,
y medias de Filipinas, que a mí me hizo

falta no hallarlo, aunque lo había pedido unas y muchas
veces.
{Al margen izquierdo: 25. matalotaje}
El matalotaje importa, sea muy abundante,
para que no haya falta, aunque caigan muchos
enfermos, como a mí me aconteció, que parece
hice matalotaje superflaco. Mas todo fue
menester, y más con la llegada a Lampón, donde
si no tuviéramos matalotaje que nos sobra, hubiéramos
pasado mucha necesidad. Ya he dado a vuestra reverencia
lista de nuestro matalotaje y donde se hizo, por
la cual en proporción colegirá vuestra reverencia lo que
es menester para más o menos sujetos, nosotros
éramos 43 y más diez de otros, que [semos a]
llegaron, y de criados.
{Al margen izquierdo: 26. Caridad en la nao}
En ambas navegaciones usamos de caridad
y liberalidad en la nao, en especial con
los necesitados, que es importante para ser amados,
y no hacerse odiosos. Mas es bien, que no
todos los nuestros tengan mano para dar, que
eso es desorden y así lo prohibí yo. Esto
ha de tocar al ministro, y algún padre prudente
que tiene superintendencia de los enfermos y
necesitados.
Finis coronat opus

Entre otros libros que se han de comprar según las direcciones
de la provincia o según al padre comisario mejor le pareciere, que
servirán en estas islas a los religiosos, se comprarán hasta veinte
juegos del mejor, y más breve curso de artes, otros tantos juegos
del mejor, y más claro compendio de Theologia scholastica, y
otros tantos de Summas morales de Busenbaum en Latín, los
cuales servirán a los que coristas y sacerdotes que hubieren
de estudiar en Manila en que no había falta alguna, por ser
así muy necesario. Y así Y grande utilidad de la provincia y así si
conviniere añadir al número de 20 algunos más se podrá hacer, pero
no disminuir el dicho número.
{Al margen izquierdo: Presentóse la última libranza [en] Manila el año de 1713.}
Nunca será bien, que el padre comisario se olvide de
sacar las cédulas, o mercedes de su majestad para que se
den los ciento y cincuenta pesos de medicinas al Convento de San Pablo de Manila del Orden de Nuestro Padre San Agustín y
asimismo libranza de aceite y vino de misas para
todos los conventos de comunidad y ministerios de la
real corona.

para el pasaje de los religiosos y toda la carga. Y se mete
en ellos algo que comer para el viaje, que podrá ser hasta
Sanlúcar (donde se compra más mantenimiento) de tres o cuatro
días si el viento es en contra. Y [nora] aquí, que se me
olvidó, que cuando en Madrid se hagan las camisas, conviene
hacer cuatro tablas de manteles largos de refectorio,
y hasta 100 servilletas pequeñas. Que aunque
en la nao el capitán si se come a su cuenta da ropa de mesa,
en este viaje, y después en la Veracruz no puede
pasar sin ropa de mesa la misión. Conviene
mucho no caminar a Cádiz con la misión hasta
el tiempo crudo, esto es hasta cinco días o seis que llegue
a Cádiz. Con este tiempo, y no antes. Que con tres o cuatro
días que tenga en Cádiz antes de embarcarse, hay lo
suficiente para su reseña y despachos. Y porque
el convento de Cádiz es pequeño, y no hará el prior
poco en [sufrir] allí la misión cinco días
o seis, y para esto es menester agasajarlo.
Suelen algunas misiones en Sevilla,
[y aconteció] con la de nuestro Padre Cruz, que salen
desde el convento en procesión, acompañados de algunos
religiosos de él, los misionarios cantando
la letanía. Y llegan así a la Torre del Oro, donde
están los barcos. Y allí un misionario hace una
plática, y después se despiden de los del convento
y se embarcan. Esta función para hacerse se aconseja

valieron a más de a 31 y gane así mucho, en los que lleve
en secretos de cajas con gran seguridad.
{Al margen izquierdo: 4}
{Al margen izquierdo: cambios de Roma}
Más porque no es bien ponerlo todo a riesgo, sería
bueno llevar algo en libranzas, que el procurador
de Madrid de la renta, que aquel [coll.o] tiene, las da a 5 por ciento
a pagar en Roma en julios en que se pierden
seis y un cuarto por ciento, y así sale la libranza a once
y un cuarto por ciento, que es notable cambio, y gran pérdida.
Y así yo hice este cambio de otro modo, con
que ahorre muchos dineros, y fue tomando letra no
para Roma donde se paga en julios, sino para Génova
para donde se da a pagar en plata doble de España de la estampa
vieja y no en plata del molino, que es la segoviana,
que así aderezar la libranza, y este cambio
cuesta a seis o a seis y medio por ciento; y le suele dar, y
a mí me le dio el Marquez de Monasterio Don Fulano
Centurion, que es caballero muy pío, y nos hace merced cobrada
la [libranda] en Génova en plata doble de España se
pasa a Roma sin pérdida ninguna y así en este modo de
libranza y cambio se ahorran cinco por ciento, de lo que
se gasta tomando libranza de primera instancia para Roma.
{Al margen izquierdo: 5}
{Al margen izquierdo: no comprar sino alquilar mulas}
Tengo por gran gasto comprar en Sevilla mulas o machos
para hacer todos los caminos, pues las habrá de tener vuestras reverencias en
Carta del Padre Marcelo Francisco Mastrilli, sobre la conquista de Mindanao. Taytay, 1637

la salve con la letanía pública; y a la noche las almas del purgatorio
refiriendo de ordinario algún milagro apropósito: con que muy bien
se aprovechó con muchos.
Ni piense vuestra reverencia que por la contrariedad que tuvimos de vientos,
como se ha dicho, en punta de [Nasco], se [perdió] punto de tiempo; porque
se despacharon las órdenes a las islas de pintados por los indios aventureros,
y se enviaron a Oton con la [falúa ]por el ayudante
Don Francisco [Olajaian], el cual volvió en un sampán con el padre
[rector] de Oton, el Padre Francisco Angel, y el Padre Gregorio Belin, que iba
de Zamboanga a Manila a dar la nueva a su señoría de la victoria
alcanzada del Sargento Mayor Nicolas Gonzales contra siete
caracoas del Mindanao que volvían de robar las islas con algunos
esclavos y ornamentos sacros. Trajo el padre rector de Oton muy
buen refresco y mucho mejor lo dio después a toda la armada en
Iloilo, a donde llegó su señoría con el mismo padre tres días antes
de nosotros con la falúa, por tener tiempo de visitar la fuerza,
y ver si estaban prevenidos los bastimentos del Capitán Briones para
el socoro de su gente en Mindanao. Luego en llegando los sampanes
desembarcó el Padre Angel por volver a su doctrina de la isla
de Negros; y el padre [rector] de Oton se embarcó en el sampán del
Capitán Martín Monte con orden de su señoría por Zamboanga
a donde llegamos el domingo de carnestolendas a 22 de febrero.
Aquí mandó su señoría, que no disparase la fuerza ni la mosquetería
a la entrada suya, por no hacer ruido y darse a conocer
y por la misma razón se ordenó, que no saliese del río embarcación
ninguna. Todavía luego supo Correlat su venida por un
hijo de un principal de Basilan, el cual ahora en castigo que daba
preso en la fuerza de Zamboanga con orden que no fuese soltado si no
a grande de instancia de los padres para que con esto se cautivasen

las voluntades de los moros. El día siguiente se publicó la comunión
general con una indulgencia y jubileo amplísimo a todo el real por el domingo
primero de cuaresma; obligando su señoría los soldados todos
a dar cédulas de confesión y comunión a sus oficiales y sus criados. Así
mismo, como yo lo hallé un día que las estaba juntado con sus manos,
hizose por cierto con grandísimo fervor y muchas confesiones generales,
a que ayudaron las continuas pláticas y sermones de aquellos
días; se acabaron comulgar todos el domingo con su señoría, estando
el santísimo sacramento descubierto, asistiendo después todos al sermón
del Padre Belin. Por la tarde al encerrarlo acudió también sus
señoría con toda la gente de guerra, porque me había encargado
la mañana el sermón de la tarde sobre la reverencia y devoción
con que se ha de estar en la iglesia en presencia de tan grande
majestad. Hicelo como supe y al fin animando la gente a la jornada
y a la pelea, les mostré un cristo pintado en un lienzo,
a quien los moros habían cortado el brazo y los pies, y hechole un agujero
en medio se le había servido de [cinina] o capotillo. Esta la llevaba
actualmente un moro, y con la misma lo mataron el día que
Nicolas Gonzales cogió las caracoas. Llevabala el Padre Belin entre
los ornamentos sacros a su señoría, el cual sabiendo que yo en
Manila había ido buscando una cosa semejante. Luego enviándola
en punta de [Naszo] me la dio. Pues mirando la dicha imagen
los soldados y animandoles a vengar con sus armas las injurias
del santo cristo; fueron tales las lágrimas, y entraron en tan
tierna devoción y santo deseo de venganza, que como me dijeron
después, hubieran embestido al salir de la iglesia con todo
el mundo. Los afectos fueron muchísimos y muy tiernos,
llegando a decir públicamente, que era desdicha de la madre
que no tenía sus hijos en tan gloriosa jornada.
con estos

con haber me hallado en los mayores aprietos y peligros de la vida
que nunca lo que me ha consolado muchísimo y servido muy bien
en la ocasion presente. Sea por siempre bendito Dios y alabado
su santisimo nombre, que [a ttingit a furie us que ad finem fur-
diter et disponir omnia suaviter] que me ha llevado por tantos
rodeos al puesto tan cercano a mis antiguos deseos de manera
que lo que me causo pena en este día no fue el miedo, sino el ver
los mas adelantados y valerosos soldados o muertos, o heridos.
Vaga pero la verdad me consoló muchísimo el ver los entrar
en la pelea con el [Ls.] Christo y San Francisco Javier en la boca, y con
las mismas palabras morirse, abrazandose muchos con las
dichas imágenes que aun tienen algunas manchas de sangre
Otros pegando con sus Relicarios y besándolos: otros pidiéndome
absolución general para disponerse a tan gloriosa muerte
parada por vengar Las [In Burias] echar al Santo Cristo: (esta
era quasi formula común de todos) y otros finalmente a quien
no podia llegar tan depriesa, diciendo sus pecados
dieron señas del gran dolor, y contrición que tenían de los uno
fue en particular que tres veces dijo: Señores digan a fila
no que me perdone, porque me habían dado dinero en Manila
Viviese puesto en este estado. Cierto que fue gran fineza de
contrición, pues se [Pa V R] que solo este no se había con-
fesado la noche antes. todos los demás casi confesejo y co-
mulgaron con grandísima devoción.
De los primeros heridos fue el Lorenzo Ugalde con
dos balazos en los dos brazos, y el señor Mayor Don Pedro
con un [mosquetaso] que le [auxero] de parte a parte el espino
de la pierna derecha. de manera que no pudiendo el valeroso
caballero estar mas en pie, estuvo un gran rato de rodillas
animando La gente con gran peligro que lo acaba ser habiendo le
quedado

De los ornamentos de las Iglesias, y armas por su majestad Lo demás se re-
partiese a los soldados sin reservar por si o por los suyos ni una blanca
Acción por cierto con muy grande razon alabadas y admirada de todos,
por no estar ahora en uso entre los Capitanes y Generales, y por haber
sido me parece, La primera en estas Islas Filipinas confirmando el con-
cepto en que lo tienen todos de caballero totalmente desinteresado, lo que
se [hallo] y repartió fue muchísimo dicen que vio muchas escriba-
nias llenas y muy pesadas. Lo cierto es que hay estaba todo tel tesoro
de Corralat, y cuanto había robado en tantos años no quiera saber mas
[V.R. ]los soldados han venido muy contentos y muchos muy ricos
buen provecho les haga que verdaderamente todo lo merecer, por
todos pelearon valerosisismamente de los ornamentos de las Iglesias
y vasos sagrados, como cálices, patenas, viriles, incensarios, crimeras, [VEa.]
que ya se han vuelto con grandisima puntiealidad a sus Dueños se lle-
no un cajon muy grande como de las cuatro Andas cargadas
de los pudo colegir [VR] en la procesión tan solemne que
[...] sus señoría en Manila el Domingo de la Trinidad en agrade-
cimiento a Dios por La Victoria. Solo me pesó en este día en que su-
bimos al cerro no haber tenido tiempo de buscan mis cuentas que
habia perdido el dia del asalto cuando por a placar La ira de
Dios partí muy apriesa por el medio mi sotana pero Dios quiso con
solarme el día siguiente, porque volviendo de la visita de los en-
fermos al Real me las dio su señoría que reconociéndoles en
mano de un soldado que Las había hallado bajando del cerro
Le dio no se cuantos pesos por ellas, y cierto de los merecieron
por ser del palo de los mártires quemados en Japon y por ha-
ber tocado todo el cuerpo de mi gloriosissimo Padre Francisco Javier
en Goa; que son Los causas, por quejo las quiero tanto.
Seis dias enteros gastaron en repartir, abrasan y destruir to-
do lo que había en Mindanao, y así a Veinte y cinco de Marzo día
de la Santísima Anunciada partimos a la vuelta de Zamboanga. No

heridas, no puede negar haber sido cosa Milagrosa, que de ochenta
heridos, fuera de los tres que acabaron La misma noches del asalto
en el Real, no muriesen mas que dos teniendo todas Las heridas
ponzoña; demás de ser muchísimas de por si penetrantes y mortales; como
vimos de los efectos que causaron en los enfermos, los sompites, baca-
cayes, y balas mismas que no obstante de ser todas mordidas, hallamos
también en el cerro que estaban metidas en un [tibor] lleno de ponzoña
La verdad es que yo me servi de algunas contras muy buenas que me habían
dado en Malaca: pero La verdadera contra fue mezclan con ellas Un
poco de reliquia de San Francisco Javier, que junta con la fe y devoción de los
enfermos y cirujano valentisimo hombre obro maravillas. Bien Las
experimentó el Capitan Marotto que ya estaba todo negro y agonizante, cuan-
do me llamó por confesarse y recibir Loa sacramentos. Mejor el Alfé-
rez Miguel a Mesquita, que hecho por la boca una noche tres sompites
que tres dias antes en el asalto le habian atrevesado la garganta. Mas
que todos un sargento de su misma Compañía a quien muy aprisa di La ex-
tremaunción, por tener pesado el estomago con un balazo, y echarla
sustancia de la comida por la herida: con otros muchos que estando y
desanclados en Mindanao van a hora caminando por Manila. So-
lo el Alférez Romero y el Alférez Mochuica murieron en Zam-
boanga de lanzadas que le dieron Los Moros ya ganado el cerro
por el camino, pero entrambos voluntariamente se compraron La
muerte con quererse dejan curar en manera ninguna.
Estaba entre tanto el señor Gobernador a guardando La vuelta
del Sargento mayor Palomino del Capitan Juan Nicolas de Bugayen
y en lugar de descansar estos días como todos pensaban, por los [trama]
los pasados; fue en personas con los soldados a trabajaren Un
foso que habia mandado abrir por trae un Rio de aguas
dulce a la fuerza que es lo que solo le faltaba; y ahora y a por gracia de
Dios a llegado, como habían de Zamboanga: pero antes de poner mano
a otras obras, quiso como señor tan pio, agradecer La segunda vez a Dios
La

por la codicia grande que tienen de dinero por lo cual mata-
ran a sus mismos Padres de manera que pienso, su puesto es-
to, que muy pocos habían de ser sus días.
El Sábado santo la mañana estando su señoría en la playa
para embarcarse, se vino a despedir el dicho embajador
y a recibir las cartas y capítulos de paces firmados hay en
su misma presencia. Y al fin mientras su señoría para
honrarlo a la postrera despedida lo abarcaba; de dijo el
Moro muy agradecido, que dentro se cuatro lunas (así dis-
tinguen los meses) habían de ir haberlo en Manila
Cosa que sumamente me consoló por la comodidad que
V.R. tendrá de enviar por el mismo los obreros
a tan abundante cosecha.
Luego disparo la fuerza toda su Artillería, respon-
diendo con su Salva toda La Armada y habiendo se el
señor Gobernador embarcado en su chapan, dimos La
Vela en demanda de Manila; y el embajador
para Bugayen; partió también el Capitan Juan
Nicolas y el Capitan Juan de Leon con Una Compañía
de cien españoles y mil indios con orden que habien-
do acompañado el embajador de Bugayen hasta sus
tiernas pasasen adelante con su armada, y rodeasen
toda La Isla de Mindanao hasta Dapitan, destruyendo
y abrazando todos los Pueblos y tierras que no quisie-
sen su [gestarse] a nuestra armas. fueron por Capellanes
del Armada el Padre Rector de Dapitan y el Fraile
Agustino que había venido por confesor de los Pan-
pangos.

conforme me avisa el Padre Rector de Othon, por haber sido La misión
de Mindanao el Principal motivo a la venida suya de españa en estas
Islas Filipinas. Pero no podia solo el Padre acudir a toda La Isla de mas en
Zamboanga quedan solos dos Padres; el Padre Melchor de Vera que por sus achaques
continuos harto hace en cuidar todas las obras de la fuerza de que lo en cargo su [Sa.]
como apersona insigne en la materia: y el Padre Gregorio Belin en atender a todo el
presidio de quien es capellán de manera que muchísimos Pueblos de moros que estan
alrededor de la fuerza como la caldera [esc...co] tienen quien los a doctrine
El Rey también de Sibuguey, que es un rio mucho mas fértil y abundante
que la Pampanga mientras estabamos en Mindanao, vino en persona al gobernador
de Zamboanga a pedir paces y Padres: y ya su hijo ha venido ahora con los Galeo-
nes de Terrenate por criarse en Manila y de la misma manera ir han cada
día viniendo todos los demás principales supuesta la caída tan miserable del
Principal Rey de estas Islas que era Corralat que al tenia quasi a todos tiránicamente
sujetos y como tributarios hasta el mismo Rey de Joló envió a Dato Achan que es su
valido y privado y el mas Valeroso y alentado Capitan que sea visto entre los Moros
[co... ssa... a] La confirma de las paces [...e] [a Dia ]venido a tratar su mu-
jer misma con nuestros Capitanes el año pasado: excusándose que no había venido en
persona el mismo por estar aguardando una armada con que le venia haber guerra
el Rey de Burnei confederado con los camucones sus enemigos.
Vea VR por [carid] cuan abundante cosecha se le ofrece en Mindanao y cuan pobre
de sujetos, y obreros está que adonde a me parecer fueran pocos cuarenta no quedan
mas de dos y cierto es lastima por ser una de las mas gloriosas misiones que se pueden de-
sear por no faltar a la evidencia del fuero grande, las esperanza de nobilísimos mar-
tirios. en fin basta que sea al Apóstol de la San Francisco Javier que fue el primero que
La predico el Santo Evangelio como consta de la bula de canonización con fio en la
Divina misericordia que las nuevas de tan gloriosa y tan deseada Victoria y con-
quista de la grande Isla de Mindanao en la corte moverán los corazones de
su Majestad y su Real consejo de Indias para que despachen muchos obreros este
año a tan gloriosa y abundante cosecha.
Esto es lo que toca a la nuestra jornada de Mindanao falta le solo La vuelta a Manila

La cual cierto por haber sido muy larga y peligrosa nos ha dado mucho que padecer porque
cualquiera Isla que encontrábamos habíamos de rodearla forzosamente toda, y por
cualquier parte que que [fiesemos] ir, luego el viento se ponía a la proa; con
tres o cuatro baguios (que son tormentas des echas) en las Islas de negros,
de Mindoro y Marinduque; que fue milagro propiamente de Dios por
particular protección de San Francisco Javier escapar libres de todos princi-
palmente en lo que tuvimos en la Isla de Mindanao se nos vendió el árbol
y pasó un [rollero] por encima de la nuestra popa tan caliente y tan
nuevo a los Pilotos y marineros, que viendo lo de lejos venir sobre Las
aguas me llamaron aprisa para que lo con [hurase], como hice: y cierto no
pudo ser otra cosa que diabólica por declararse visiblemente autor de tantas
hazañas, estorbos, y contrariedades el gran diablo de Mindanao, que de su silla
con tanto valor había se señoría derribado.
Pero si visible fue la obra del enemigo en los peligros muchos mas patentes
y clara fue la protección divina y del nuestro [Ls].en los mismos: como cuando nos
libro de algunos bajos [de...dra] en la costa de Manila, a donde irrepara-
blemente habíamos en callado [y...a] un champan que se [ab...] de donde [...mudar]
mos sin saberlo un día antes: y otros muchos que por no cansar VR no re-
fiero. Dos veces tomamos refresco por el camino por acudir a los enfermos
una en Iloilo a donde los nuestros Padres nos regalaron con muchos novillos,
terneros, quesos, y gallinas; La otra en Panay por el capitán y alcalde mayor
Don Francisco de Frias. Al fin porque los vientos eran totalmente por proas,
y realmente su señoría había padecido tanto por el camino que bastantemente
Lo declararse con referir a V.R. lo que el mismo me afirmo que de cuan-
do había padecido y pasado en Flandes y otras partes por servicio de su majestad
ninguna cosa llegaba a lo que había sufrido tantos días embarcado en un cham-
pan. Se resolvió desembarcan en Tayabas con el sargento mayor Don Pedro
su sobrino y el Capitán Lorenzo Ugalde enfermos que tenían necesidad del
Cirujano, y de aquí fuimos por tierra dos días de camino hasta la laguna,
de donde por el rio llegamos a Manila los diez y nueve de Mayo yo me
que de en San Miguel, los enfermos en Manila y su señoría La misma noche
pasó

pasó a Cavite donde tenia orden de aguardarlo su Armada. La cual
fue Dios servido que llegase toda entre cuatro días, y así el Domingo hizo
su entrada con la pompa y gallardía que V.R. vio y no se si repara-
ron muchos en lo que aconteció aquel día, porque de todos los cham-
panes faltaba un solo del capitán Don Gabriel Niño de tavora que
traía algunas piezas grandes del enemigo, y cuando se señoría
llegaba por una parte de Cavite por haber la entrada llegó por
La otra de Mariveles Don Grabriel Niño con que parece quiso
mostrar Dios La particular providencia suya en llevan toda
La Armada con salud; y la gloria y alegría grande que había
de causar en el cielo La dicha triunfal entrada en Manila: su
puesto que tan milagrosamente Junto todo sin que le faltase de los despo-
jos cosa chica ni grande bendito sea por siempre y alabado sus
caballero se ha servido dar al mismo tiempo el remedio a las Islas,
y castigo a la soberbia de estos moros que la menor cosa que decían
cuando llevaban cautivos últimamente Los tres Padres Recoletos
con tantos ornamentos y vasos sagrados fue que llevaban cauti-
vos preso al Dios de los Cristianos y que no había quien pudiese
resistir mas a Mahoma. Viense se echa de ver con las ex-
periencia. La verdad de la revelación que tuvo aquella santa
sierva de Dios y salvación de esta conquista.
Nuestro Señor Le de vida y salud para que pueda
acabar lo que con tanto animo y valor ha empecado
por gloria de su Divina Majestad. bien de esta con-
quista, y reputación de nuestras Armas, que por mu-
chos desastres estaban ya muy abatidas.
Esto es lo que se me ha ofrecido escribir a VR
Alonso de Carvajal. Sobre el alzamiento de los Sangleyes del año de 1639 y 1640.

Padre nuestro quiera nuestro señor y la virgen de Caysasay [que]
haya estado con la salud y gusto que todos sus verdaderos
hijos deseamos, que ese es el consuelo que en tantos
sobresaltos tenemos. Aunque nuestro padre [Medr.o] ha
escrito [reverendo] padre nuestro sin avisarnos, y dado le cuenta por
mayor del estado en que nos deseaban poner los
sangleyes, lo haré yo con algunas particularidades.
El domingo en la noche como a las ocho llegó un papel
del mayordomo del maese de campo de Biñan
que los sangleyes de Calamba se habían alzado, y
muerto a [Arias de Mora], y que venían haciendo daño.
Corrió voz habían muerto a Juan de [Herz.a] y a
su mujer, y a la del mayordomo de [Minian]. Tocaron
a arma. Juntaronse vecinos, y toda la milicia.
No se presumio era la gente que venia tanta sino hasta
quinientos que forzados de los malos tratamientos desesperados
habían querido salir de la opresión. La confusión
era grande, y el señor gobernador envió a [Martin de]
Aduna con algunos de la compañía de a caballo, y
que juntase por el camino de su gente de las estancias,
y viendose con ellos los acometiese sin mucho
riesgo. Con que el lunes día de la presentación
fuimos a la misericodia, [y gobernador] y toda la ciudad
con quietud, aunque las compañías de vecinos estaban
en el Parián, y cuerpo de guardia. A la una
del día corrió voz que salió de hacia Bagumbayan
que los sangleyes venían entrando en Manila
con que todos quedamos en confusión. Originóse esto
de que venia un soldado de a caballo malherido
y dijeron como fue verdad habían muerto a
[Martin] de Aduna. Con esto la gente toda de Bagumbayan

acudió a entrarse por la puerta grande, que como estaba cerrada,
se juntaron afuera de todo género de gente tanta multitud, que
abriéndoles la puerta se atropellaban. Y una negra decía:
“Españoles, ahí están los sangleyes, ya vienen entrando.” Estaba
Don Jacinto de Balderrama y Don Pablo el de Doña Gerónima [de Talavera]
acaso a caballo que comenzaron a correr y dar voces: “Arma,
arma, españoles, que ya los sangleyes están dentro de Manila.”
Aquí fue la confusión. Las mujeres salían desnudas, [los] de afuera
a entrarse en Manila y [algunos] de Manila se iban hacia la fuerza, tocaron
alarma, dispararon piezas para que en Cavite estuviesen advertidos
y en los contornos de Manila. En casa fue el temor en algunos de manera
que querían matar [a] los sangleyes del convento para asegurarse.
Nuestro Padre Medr.o, el padre prior, y yo los detuvimos, y echaron se los sangleyes
en nuestra cárcel, que estaban con más miedo que los españoles.
Acudimos a las puertas del convento. Yo fui a la trasera, y el
portero me dijo: “Padre, por esta calle van ya marchando los sangleyes
en todo el convento.” No había más arma que una espada, y
enviamos casa de amigos a buscar lanzas y armas. Estuvimos nos
los más en la portería por si fuésemos necesarios.
Todo era confusión en la ciudad y casas descubrir los vecinos
y acudir a caballo, salió el [oydev muibuiose] con un alcalde
acudió a la puerta de Bagumbayan. Hicieron [que] entrase la gente,
que era lástima ver [a] los indios e indias con su hatillo a cuestas.
Nuestro Padre Medr.o despachó a Fray Vicente luego a Tondo a que sacase
su escritorio y ropa de él y lo trajese. Estaban las puertas cerradas
y con orden que nadie saliese pero que entrasen todos,
de manera que fue a pedir licencia al gobernador, dando por título [que] iba
a que pusiesen el Santísimo y sacristía en cobro, y él le dio cuatro
soldados que le acompañasen en esto. Llegó el Padre Villamayor
de la compañía que estaba allá, junto a [Minian] en San Pedro, que
dijo: “Había llegado Aduna allí con la gente, y se había encontrado
con los sangleyes que venían marchando.” Él me
dijo [que] serían más de tres mil y que él iba con Aduna, que encontrando
con la primera tropa, que sería de doscientos, los
acometió con brío y desbarató y mató más de ciento. Y viendo
este buen suceso, quiso continuarle contra los demás

y que él le disuadió. Viendo la multitud y los pocos nuestros, que no
serían treinta y que no tenía orden, él dijo: “Ea, españoles, logremos
el buen día.” Y empeñó se [había embarcando atollo] en caballo
y allí le mataron [y a] dichos tres, e hicieron dos, con que
el padre hizo [acto] en escaparse y venir a dar nueva. Juntaron consejo
de guerra, y dicen [que] había en palacio brava confusión.
Previnieron los soldados de Tondo, iba Ermita y Malate, y de
la bóveda de la compañía llevaban plomo para balas a pieza. A las cinco
de la tarde salió el sargento mayor Don Juan de Arceo con tres
piezas de campaña, más de ciento y cincuenta españoles de las compañías
de Domingo Ruiz, Don Martín de Ocáriz, dos capitanes bagos y
más de otros tantos pampangos con armas de fuego, doscientos
tagalos piqueros y algunos joloes y japones. Iban le acompañando
el señor gobernador y maese de campo a caballo, iba Don Rodrigo
de Guillestigui, Mena, Balderrama y algunos soldados viejos
aventureros. Decían [que] iban a San Pedro de [Minian] pero
no fue así. Llegaron a Pasay a donde hicieron noche aguardándolos
para el amanecer por ser el camino forzoso.
Acá hubo prevención. El parián estaba quieto. No quiso
el gobernador entrar por las calles de él, ni que nadie entrase.
Estuvieron en la calzada el gobernador, la compañía de Don Pedro Jara,
que él estaba en la huerta y llegó a las oraciones, y
Enríquez con gente debajo de la horca. Y él y el vicario
visitaban el parián, que todos estaban quietos y temerosos.
A las cinco de la tarde se supo [que] habían pasado por
nuestra estancia y la quemaron, y veíamos fuegos en
San Pedro, junto a Guadalupe que la Virgen defendía.
Había despachado yo aviso al [pelovos] por la mañana con
embarcación de lo que pasaba hasta entonces, y que estuviese
con cuidado, y en caso consumiese el Santísimo y tuviese
prevenida embarcación, y cogiese la Virgen y la plata
y se bajase, pues el río estaba seguro, antes que llegase
mi carta el lunes tuvo nueva consumió el señor y por la
tarde con los criados porque toda la gente sino es cuatro

indios y seis indias se huyeron con la nueva, paso a la Estancia
de Acuña a convocar al mayordomo y gente, cuando quisieren
volver vieron la gente que venía con que él hubo de meterse en
el monte con dos indios; yo ya a las oraciónes despache por tierra
avísandole y dandole prisa se vininese que sola la Santisima imagen
y él me daban cuidado, dijele [alguncalillo] con otros dos negros
despachase, él dijo quería ir, y por hacer falta aca volvería por
la mañana, yo le disuadía fuese él me dijo sabía muchos caminos
y que por medio de los sangleyes pasaría como logico
llego a las siete no halló al padre cogieron arcabuz
y munición dela celda, y otro [boca] de Candaba, y fueronse
junto a los tinajeros y convocaron allí seis sangleyes
delos tinajeros, la multitud que venía quiso pasar por
aquel paso a encastillarse en Guadalupe y ellos solos
con disparar y algazara los resistieron creyeron que eran
muchas castillas con que un volvieron a San Pablo a donde habían
puesto fuego al pueblo y la gente se habria recojído con el padre
Francisco Vicente, y el hermano estanciero suyo, y el [cupen] sacristan
de Manila que se estaba recreando, pusieron fuego al convento
para apoderarse, vinieron marchando hacía Pasay, habiendo
primero, por el rio ido al embarcadero de Guadalupe
y hurtado el champancillo, y hecho acometimiento a pasar
ala otra banda que le resistió Jimenez, ya habían llegado á
tiro de mosquete de Guadalup Pasay cuando quizás porque
conocieron estaban allí las Castillas volvieron otra vez
a San Pablo y apretaronle. Mas sabiendo aca en Manila por los corredores
a donde estaban, fue orden al sargento mayor marchase
a ellos, y la gente de a caballo iba por otra parte, tuvo
nueva Don Juan Esquerra que estaba en su estancia convocó estancieros
y fue allá ayudó al sargento mayor los sangleyes dicen
eran más de cuatro mil, dos horas antes de esto [sería] a
las nueve el Padre Covos estaba de la otra banda frente de San
Nicolas con dos indios, pasó mercado el de los cobranzas

es cosa de gran ponderacíon que con haber quemado a Calamba
[nuestra] estancia, y la mitad de [Butin] todo San Pedro, el pueblo de
la Estancia de Acuña, y andar talando y quemando, ni a las tierras
de Arguelles, ni de un estero a otro de San Nicolas a San Pedro
no llegaron ni han hecho mal a tierra de la Virgen, [ya yo] me vuelvo
Fray Juan de Guevara.
Los que trajeron a la Virgen dieron nueva como los sangleyes estaban
en San Pablo que la tarde antes habían puesto fuego a la casa
y iglesia. Y lo mismo dijo el aq teniente de a caballo con que fue orden
al sargento mayor marchase, y la compañia de caballos y estancieros
con quien se juntó Don Juan Esquerra con su gente, y envió a
Venavides con veinte y cinco mosquesteros por el rio en champáncillos,
llegaron estos a las cuatro de la tarde, y los de a caballo
poco despues. Los sangleyes se habían fortificado en el potrero
de piedra y cerrado las entradas con que la caballería
no les podía dañar. El ayundante Venabides, por el embarcadero
a donde había multitud y se habían fortificado, les dio algunas
cargas ellos con piedras y [masabais,] y tres arcabúses se defendían.
Pero él los apretó gravamente y les fue ganando el embarcadero,
y ellos retirandose al potrero. Los padres de la compañia trataba
de paces porque tenían preso al Padre Francisco Vicente, y a los dos hermanos.
Si bien fueron con e los de a caballo el padre que era ministro y se
entregó en lugar del Padre Vicente que ellos no habían querido matar.
Con la prisa que les dieron por el embarcadero ellos trataron medios de
paz, y se vino a Manila a eso. Aunque no sabiendolo Venabides los apretó
y hizo ir retirando. Y apretandolos por las espaldas abrieron portillo
por donde, aunque iban matando muchos, fueron huyendo.
Siguieronlos los de a caballo y Don Juan. Acá [vino voz] se había
muchos pasado por frente del Juan Claudio a nado y en embarcaciones
de la otra banda del río y que venían a juntarse con los
de Santa Cruz porque realmente se hallaba poca gente y se supo los
[socorrieros] con bastimentos. Temióse no los acabasen de levantar,
y alborotasen el Parian. Vino nueva y el alcalde
mayor [a traerla] que en Polo se iban juntando muchos y aunque
habían quemado a Meycauayan (que el temor daba oidos
a cualquiera nueva, y los negros las daban como se les ofrecían)
despacharon a Don Juan Esquerra con la gente de a caballo
y a Don Francisco con una companía de Japones. Corrieron a Polo y Meycauayan

y todo aquel contorno, dieron la vuelta por San Mateo
no hallaron cosa, aunque afirmaban los padres Franciscos que se juntaba.
Y como tuvieron nueva de la rota en San Pablo que todo el recelo era
que como eran tantos los que bajaron y por donde quiera que pasaban
se llebaban todos los que había y los mataban. Y en Santa Cruz
habían quedado tan pocos, que procurarían venir a juntarse
con los de el Parian y Santa Cruz y alborotarlos. Y no habiendo
muerto gran numero no volviesen destruyendo pueblos.
Ellos volvieron caminando a toda prisa a Calamba, el sargento
mayor siguiendolos. Y tuvose nueva [de que] se fortificaban en
Socol Don Fernando Galindo junto la gente de los Baños, que casi
todos los españoles de por allá concurrieron allí y con
la más que pudo fue a Socol primero que llegase el sargento
mayor. Animó los que traía facilitóles la subida y apocó el
numero de sangleyes con que unos y otros acometieron
animosos, y les ganaron el [cerco] y desbarataron. De que
tendra ir más noticia allá con la nueva de esta rota que
fue el [sabb.o] quedó todo quieto, y todos lo atribuyen
a la virgen. Diose nuestra parte el parabién al gobernador, el
cual publicó ser milagro de nuestra virgen y así lo sienten
todos y lo dicen los soldados.
Hace continuado el novenario, salve completas y antífona
con la mayor puntualidad de nuestra parte y concurso de el
[publico] que jamás se ha visto, dijo el secretario de el comissario la misa
[su dia], el regidor de la compañia acudiendo todas las comunidades
y lo [grabe] todo de ellas y de acá recibiendo
a las religiones, y luego al gobernador y audiencia que nunca han
faltado, y hoy que es martes día de la fiesta del santísismo que
ha de acudir a la iglesia mayor se anticipa la misa muy de
mañana porque así lo ordenó el señor gobernador por poder [venir],
que en todas las acciónes nos gobernamos por él, comunicandoselo
yo, a quien [he] hecho dueño de todo a lo [teatino]
que [tan bien se q.do] conviene a la orden. Luego dijo
el [p.e] absoluto de los recoletos, que les convidamos diciendo
eramos todos unos y esta fiesta tanto suya como

y el valiente del [Padre Compañia Rojas ] y otros tres españoles que venía
de [Passi], como los vio los llamó. Y ellos preguntaron por la virgen
dijo estaba en la iglesia. Fueron allá sacaronla y la plata, y echaronse
[rio] abajo. Llegando a San Pablo vieron la multitud en el embarcadero
de sangleyes dijeron querían llegar el padre. Decía hiciesen [sa]
[cam.o] ellos no hay que temer que buena defensa tenemos con nosotros.
Llegaron. Dieron dos cargas. Mataron nueve sangleyes. Faltóles
la pólvora, y vinieronse. Y como el Padre Covos venía más muerto que vivo
de el susto y malanoche no estaba en sí. Llegaron a la puesta de los almacenes.
Y con el respecto de la virgen que traían (aunque yo había avisado la trajese
de secreto) la llevaron a la capilla real. Avisaronme estaba allí y
yo iba con una silla para traerla. Llegué a la capilla. Ya tenían a mi virgen
colocada en el altar mayor. Quise traela. Dijome Don Pablo de Artosa tenía
orden para no la dar ni dejarla salir. Fuime al señor gobernador ponderéle la estimacion
que la [p.a]hacía de aquella santa imagen. Y que aunque su señoría era dueño
de todo, y en especial por muchas razones de lo que esta [p.a] tenía, no daría
yo buena cuenta de lo que me había encomendado. Dijome él no había buscado
a la imagen sino que se había entrado por sus puestas que le había [sobrado]
devoción que así deseara tenerla allí, y que pediría el beneplácito
al padre vicario [pl y a ir] yo haciendole a el dueño le hablé a lo [teatino], dijome
que si quiera se la dejase un novenario que le quería hacer con
el campo. Yo le dije estimando el servicio a la virgen, y [honría] a la religion
que permitiese se le hiciese en el convento. Al fin tanto insté que me
dijo que la daría pero que quería él entregarmela con una procesión
con el tercio. Yo lo estimé y agradecí. Fuime a la capilla y
estuveme con mi virgen a donde luego concurrió la poca gente
que había en Manila. El Governador convidó al cabildo religiones [hasta]
a nosotros ciudad y [medio.] Pregonasen la procesión para las cuatro.
Colgaron las calles y la iglesia y la adornaron. Y el padre prior lo
hizo. Y hace con grande aparato. Colgaron y aderezaron ricamente
la iglesia nuestra. Y el padre prior quiso ir revestido. Pedimos licencia al
señor arzobispo para la procesión. Salió de la capilla con governador y audiencia [de la]
ciudad y religiones y todo el cabildo eclsiastico sin faltar
ni el dean con todo el tercio y gran multitud de luces. Llevabamos
nuestro guion y estandarte y el de la capilla. Quiso el señor
governador la trajesen sus capellanes. No reparamos en eso aunque los
prelados acudieron a sacarla. A la puerta de casa estaba un
escuadron. Allí me la entregaron, y la metimos y pusimos en

un altar al principio de las gradas cantóse la salve con mucha
musica, y cera y adorno de iglesia como día del corpus fue la
procesíon con gran devocion, y concurso. A la noche colocamos
a la virgen, en la custodia con un nicho de un baldaquino y sus
velos, al salir dijo el señor gobernador tenía intento de hacerle un novenario
en su capilla. Con que yo dije a nuestro padre [medr.o] y al padre prior
era ya empeño el hacersele acá. Parecióles bien y así convidé
al cabildo para la primera misa y a las religiones para las demás
avisando al señor gobernador y dandole las gracias de su devocion y del
buen suceso que tuvimos con los sangleyes en San Pablo que el ponderó
había sido al mismo tiempo que traiamos en procesíon a la virgen
y que desde que llegó se había prometido buen suceso. Pedíle sus
capellanes dijesen una misa y fuese el ultimo día para cuando
había sermón que predicaría el padre prior de [Maalat.] Y por sus
muchas ocupaciones no le pedíamos asistiese. Él dijo lo estimaba,
y que todo eso le debíamos, que no se prometía venir, pero
que lo haría las veces que pudiese. Estimó mucho el darle el
parabién del suceso (que diré luego) y había lo hecho con
ponderación, de haberle enviado un recuado cuando vino la nueva
de la muerte de Aduna, de que toda la [p.a]. Y los que nos hallábamos
estábamos a orden de su señoría de la manera que quisiese ocuparnos.
Y aquella noche fuimos todos al coro a hacer
una plegaria con letanías cantadas y diciplina por el suceso.
Y estandolas cantando, vino padre Julian y [Gr.mo] Nuñez de parte
del gobernador a pedirse encomendase a dios. Y como nos hallaron
en eso, entraron en el coro, serían las siete y media, hablaron
al padre prior y dijeronselo al gobernador. La primera misa
dijo el cabildo, viniendo todos sin faltar ninguno al coro con
sobrepellices, el gobernador, audiencia, y ciudad y toda la gente que es
mucho para el aprieto que hay. El segundo día, santo Domingo, también vino
gobernador y audiencia. Estas misas estan dichas [por] los padres de la compañia
vienen el [sab.o] cosa extrordinaria para ellos salir fuera a eso.
A las cuatro cantamos completas abajo y la salve a la virgen
y antífona. Acude mucha gente esta con muchas luces
acuden todas las [s.as ]de Manila todo el día viniendo siempre
las más a pie y volviendose a sus casas del mismo modo

nuestra y que así las misas que faltaban las habíamos
de decir entre los dos, ese día me dijo el señor gobernador que: "¿cuando
llevaríamos la virgen?" Respondíle que: "cuando su señoría ordenase
que sí en todo seguíamos sus disposición." En eso también
que el jueves se acababa el novenario, dijome que
él quería llevar la virgen + con la audiencia pero que no podía
ser, luego que era necesario enterrar los cuerpos porque (sic) no inficionasen.
Y al salir me dijo que aunque [peño] de cuerpo sabía era de
grande animó que quería ser mi huésped con la audiencia y ciudad
con que fue [forzoso] tratar luego de aparejar así para lo eclesiástico
de iglesia y adorno, como para hospedar tanta gente
y tan grave y todo se vence abriendo la bolsa. Dio orden
trajasen dos falúas [bagas] toda la jurisdicción trajese embarcaciones
con soldadesca y para ir el campo y ciudad de
manera que se iba preparando uno de los mayores acompañamientos
y concurso que jamás se ha visto que esto es de notar
cierto que sin procurarlo con mucho cuidado todo se ha dispuesto
con muchas más ventajas y [magestad] que si lo hubiéramos
afectado y solicitado mucho, si bien confieso me he cansado
y canso harto porque todo se haga con ostentación y
puntualidad. Yo fui a hacerle dueño y ver que nos ordenaba
y como quería lo dispusiésemos por no salir en
nada de su orden. Esto fue lunes después de haber yo
dicho la misa. Y su señoría citado al padre prior a mi para
una junta a las tres de la tarde en la cual asistió la
audiencia, maestre de campo, oficiales reales, el alcalde Diego Diaz
por la ciudad y Bañuelos, Don Francisco Ezquerra y Luis Alonso por
la [mis.a] que aún no han mudado la mesa, el [jenat] Enriquez
el chanciller Estacio, dean Padre Paula, comissario Fray Francisco de Herrera
el vicario del Parian, el comisario de San Francisco y su
vicario provincial, el padre provincial de la compañía, y el [relator,] el vicario provincial de los
recoletos con otro padre prior y yo. Propuso el gobernador que
cual parecía más conveniente echar totalmente
sin dejar ninguno todos los sangleyes de las islas
y cercarlos en el Parian. Todos convinieron en que
echarlos todos no era conveniente pero que lo era

el que quedasen solos los seis mil que el rey dispone, y
los más no convenía cercarlos. Hablaron todos aunque
de repente muy [cuerda] y prudentemente y el padre prior muy desinteresadamente
mirando al bien común a que se siguió el padre provincial
de la compañía, como más interesadas comunidades. En este estado
quedó el lunes en la tarde tratando todos de la vuelta
de nuestra virgen como cosa que corría por [cuenta] de su devoción
y de gusto de el gobernador. Juzgando la tierra quieta los sangleyes
alzados [rotos] y que trataban los que habían escapado
solo de irse a partes que pudiesen disimular no habían sido
malhechores.
Cuando lunes en la noche después de el [alba,] los de [Meyaligi]
y [Sagar] bajaron dejando quemado a [Meyaligi] hacía Santa Cruz
y quisieron la entrar. Esto habiendo a las diez de la noche
acometido a Pasig a querer pasar el río que defendió el padre
prior con gente y creyó ser sangleyes de Meysilo y que tiraban
la vuelta de San Mateo y envió al Padre Torres con gente
allá. Salió el gobernador a Santa Cruz con gente de a caballo. Cuando
yo estaba escribiendo la vuelta de esta a donde hice una +
habló a los de Santa Cruz que como habían dado paso a los enemigos,
ellos se ofrecieron a salir contra ellos. El gobernador se lo concedió,
diciéndoles había de salir un tiro arquebus. De
ellos salieron y viéndose en la campaña, se repartieron,
procurando coger al gobernador y sus pocos caballos en medio
y hacerles espalda para que los que venían (que ya tuvieron ganada
más de la media calle de Santa Cruz por la calzada) los
cogiesen por la frente, con que el gobernador muy [en sí] revolvió
hacía dónde habían salido y hizo pegar fuego a todo Santa Cruz.
Salió Don Francisco Ezquerra con pocos de a caballo y ochenta
[Japones] y como eran muchos que dicen pasaban de cinco
mil y el sitio [desacomodado,] la caballería como no tenía
arcabucería se descompuso y se empeñaron los [Japones. ]
Y aunque mataron los nuestros más de trescientos, murieron

veinte Japonés con su capitán mataron a Agustin Tenorio y
hicieron dicen seis Españoles, corre voz mataron otros. Y entre
ellos al [P.o] Amaro Díaz que quiso ir ayudar por haber poca
gente. Que el tercio que llevó Don Juan de Arceo acabó de llegar
en esta ocasión a Bagumbayan que fue harta ventura aunque
venían rendidos. Y aca lo está la gente harto [de] esta nueva.
Llegó a medio día en confuso con que se alborotó la ciudad
porque como solo hay mujeres y negros cualquiera nueva
la [guían] y alborotan la gente de manera que presumimos
hay muchos más mal. En este estado estaba nuestro Padre
[Medr.o] en Tondo, el convento bien fortificado [y aunque] yo le había
pedido el día antes se volviese, el poner en seguridad
la gente le detuvo. A las dos de la noche había tocado arma
la centinela que estaba en la casa de Carretin porque
bajaron los sangleyes [poniendo] fuego a casas y [llgverdas]
acudió Don Francisco y Don Juan Ezquerra que para allí entraron
hacía Santa Cruz. A las cuatro de la tarde fui yo
al señor gobernador a ofrecerle si era necesario le asistiésemos y
que nos ordenaba. Estimólo, respondiendo que mientras
el enemigo no acometiese las murallas no éramos necesarios.
Que si eso sucediese que a todos pediría. El enemigo
se estuvo por las espaldas de Tondo. Y a la noche puso
fuego a Navotas, Bancusey. Temimos todos quería
entrar en el Parian y quemarlo y todos creímos
esta noche había de hacer algún alboroto en el.
Previno el gobernador que todas las bocas de calles de el
Parian estuviesen guardadas y que a cualquier inquietud
se le pegase fuego y la artillería afrentó.
En Tondo pusieron dos presas. En Santa Cruz en la iglesia
nueva cuatro. Y al anochecer hubo gran fuego creímos
mandó el gobernador ponerle a la casa de los padres porque
no hubiese padrastro después de haber quemado

nosotros le de Doña Ana de [Castillo] y los sangleyes
[amesilo] tierras de Basco. En este estado estamos. Y miércoles
día de San Andres a las cinco de la mañana que se sepa
porque de día no hay traca de [escribir cielo] haciendo de lo
que se ofreciere. [Peradine melv.] padre nuestro la prolijidad
que sé el gustó que se tiene en saber las particularidades
Amaro Diaz pareció ya. [Hoy] los sangleyes destruyeron las estancias
de Luis Alonso y de [Zald_gui.] No se quemó la casa de Santa Cruz aunque
todo el pueblo sí. Y no ha salido nadie contra ellos. Temióse quemasen
el Parian y así desfondaron todos los champanes y embarcaciones
de el río. Se tuvo por cierto que anoche miércoles [destruía]
todo el Parian. Estuvimos prevenidos y con todo [sepio ligue] con el
novenario dijo la misa el padre prior y [hoy] jueves la ha de decirla capilla
Real [no podremos] llevar la imagen [g.le nro p.ro a ir] padre
nuestro que la prisa de [port.or] no da más lugar. [Manila,] jueves
[Ni las decir ]tenía esta escrita.
Más cierto hijo y fiel servidor de [vr P.X.]
{Al margen izquierdo: guerra de los sangleyes}
Información del gran milagro del pueblo de Caysasay [Casasui], 1619

{[298] 343}
Nos don fray Pedro Arce, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica,
obispo de la ciudad del Santísimo Nombre de Jesús y gobernador de este arzobispado de Manila
del Consejo de Su Majestad, etc. Por cuanto de parte del padre fray Alonso Barahona,
provincial de la orden de nuestro padre San Agustín, se nos ha hecho relación por
petición que ante nos presentó diciendo que, había sido informado de algunos re-
ligiosos de crédito y toda satisfacción, que en el pueblo de Binogsacan, jurisdicción
del convento de nuestro padre San Agustín del pueblo de Tal, en una peña que está algo
apartada del dicho pueblo, se ha aparecido a algunos indios e indias di-
versas veces una imagen de la Virgen Santísima Nuestra Señora,
con gran resplandor, teniendo el niño sacratísimo en sus manos, hijo
y madre con coronas saliendo grandísima fragancia y suavísimos
olores de aquel lugar, en el cual hay un ojo de agua que ha hecho y hace
milagros Nuestro Señor, bebiéndola diversos y muchos enfermos sanando de di-
versas enfermedades interiores, lavando con la dicha agua las
llagas exteriores han quedado limpios, sanos y buenos con grande
admiración y alegría de los que lo han visto y experimentado. A cuya
fama y devoción acude mucha gente de toda aquella jurisdicción,
donde han sucedido muy particulares milagros. Y para que conste de la
verdad de modo que haga fe, nos pidió y suplicó nom-
brásemos una persona de toda satisfacción para que haga
la averiguación de lo referido y otras cosas maravillosas para
que Nuestro Señor sea glorificado, y su Madre Santísima, y aquél lugar
venerado y reverenciado. Y por nos visto atendiendo
a lo susodicho y la relación de ello hemos tenido y a las muchas
y buenas partes, virtud y religión del padre predicador
fray Juan Baptista de Montoya, que al presente es prior en el dicho
convento de Tal, de quien tenemos entera satisfacción. Por la presente
le damos plena facultad y comisión para que averigüe y verifi-
que este caso arriba referido, a honra y gloria de Dios
Nuestro y de Su Majestad Santísima. Examinando y tomando las de-
claraciones a las personas que supieren de ello y lo hayan visto;
tomándoles para ello juramento, escribiendo lo que dijeren sin
quitar ni añadir sino examinados bien. Y enterados de ello
aquello que meramente dijeren ante intérpretes y naguatatos,

entendidos y de toda satisfacción, lo cual entera bien el dicho padre
por ser tan buena lengua. De suerte que en la verificación de
este caso tan maravilloso y admirable se hagan todas las diligencias
que fueren necesarias para aclarar y saber la verdad. Para
lo cual nombrará el dicho fray Juan Bautista de Montoya un
notario, ante quien pase lo arriba dicho fiel y legalmente, y persona
de satisfacción y confianza, que no reciba más ni menos, ni
quite ni ponga de aquello que los testigos dijeren y los intérpretes
declararen. Que para todo ello damos la dicha comisión en forma
de derecho según que para tal caso se requiera y es necesidad.
En cuyo testimonio mandamos dar la presente en Manila, a veintinueve de julio de mil
seiscientos diecinueve años. Firmada de nuestra mano y sellada, refrendada de nuestro secretario.
[Rúbrica] Fray Pedro [Arce], Obispo del
Santísimo Nombre de Jesús.
Por [?] de su Santa Real Majestad
Gabriel de Miguel Buitron, secretario.

{344 [2909] 34}
Fray Alonso Barona, provincial de la orden de nuestro padre San Agustín,
por cuanto el reverendísimo de Cebú que al presente gobierna
el arzobispado de Manila, ha cometido al padre predicador
Fray Juan Bautista de Montoya, prior de nuestro convento de Taal.
de hacer información sobre el haber aparecido la San-
tísima Virgen Nuestra Señora a algunas personas indios y
indias en un lugar de la jurisdicción de Taal, y que lo que
más se refiere en la comisión, por la presente doy li-
cencia al dicho padre predicador Fray Juan Bautista de Montoya
para que acepte la dicha comisión. Y ni más ni menos
doy mi autoridad como de derecho puedo y debo al dicho
padre para que juntamente con el padre predicador Fray Jerónimo
Medrano, prior de nuestro convento de Tanauan, y del padre
predicador Fray Gabriel de Rojas, todos juntos asistan
a la dicha averiguación en mi nombre y de nuestra re-
ligión para que se haga con más autoridad y
justificación. A los cuales mando en virtud
de santa obediencia los hagan bien, fiel y legal-
mente como se espera de su buen nombre reli-
gióny celo. Dada en nuestro convento de Malat, en
veinte y dos de agosto de seicientos y diez y nue-
ve. Y sellada con el sello menor de nuestro oficio,
y refrendada de nuestro secretario de provincias
Fray Alonso Barona
Por mandado de nuestro padre provincial
Fray Francisco de
Castromonte
secretario de provincia

{[300] 349}
{[En el margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Bernardo de Landecho. Notario, A Pedro Pérez}
En el pueblo de Taal de la laguna de Bombon en
tres días del mes de octubre de mil y seiscientos diez y nueve
habiendo tenido noticia y relación el reverendísimo señor don fray
[En el margen izquierdo] notario ante mí Pedro Pérez. - Pedro de Arce, obispo de la ciudad de Cebú del Santísimo Nombre de
Jesús y gobernador de este arzobispado de Manila de que en una con-
cavidad que está en una peña en el sitio llamado Quisasay,
junto al pueblo de Binocsocan. De esta dicha jurisdicción de Bombon
se ha aparecido la Virgen gloriosa de[tachado] Nuestra Señora diversas
veces a mucha cantidad de indios e indias con mucha claridad
y resplandor y mucha música teniendo a su precioso hijo y
bien nuestro en sus brazos entrambos con sus coronas junto
al cual lugar de poco tiempo a esta parte se ha visto y
hallado. Nace un ojo de agua luce la cual mediante ya be-
biéndola ya lavándose con ella. Ha Nuestro Señor hecho y obrado
muchas maravillas haciendo merced de dar salud a diversos
enfermos de diversas enfermedades. Por cuanto el dicho
señor obispo me ha cometido a mí fray Juan Bautista de Montoya,
prior del convento de este dicho pueblo de Taal de la orden
de nuestro padre san Agustín que haga auténtica información
acerca de todo lo sobre dicho para que Nuestro Señor y su ben-
dita madre con más devoción sean servidos y alabados como
consta al principio y cabeza de este proceso habiéndome dado
licencia para admitir la dicha comisión nuestro padre provincial
fray Alonso Barona, mandándome juntamente que para la
dicha información me acompañe con los padres predicadores
el uno el padre fray Jerónimo de Medrano, prior del convento
de Tanaguan y el otro el padre fray Gabriel de Rojas, habi-
tante y morador en este dicho convento de Taal, para que
con más justificación se sepa la verdad del caso y man-
dándome juntamente el dicho reverendísimo y el dicho nuestro
padre provincial nombre para ello. Naguatato y notario seculares

convento de Tanaguan, y el padre predicador fray Gabriel
de Rojas, morador de este dicho convento. Pareciendo
presente una india que mediante Bernardo de Landecho,
intérprete nombrado para esta causa, dijo llamarse
Catalina Talayn y ser natural del pueblo de Binogsocan,
y de edad de veinticinco años poco más o menos,
de la cual fue tomado y recibido juramento por Dios
Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según
forma de derecho. Y habiéndolo dicho prometió de decir
verdad en todo lo que le fuere preguntado en el
caso sobredicho, y siéndole preguntado al tenor
de la comisión de Su Señoría del señor obispo de Cebú del
Santísimo Nombre de Jesús, y gobernador de este arzobispado de
Manila, cuanto al haber aparecido la Virgen gloriosa
Nuestra Señora. Dijo que lo que sabe y pasa
es que debe de haber ocho años poco más o menos, que siendo
en este convento prior el padre definidor mayor que al pre-
sente es fray Juan Enríquez y su compañero fray Mateo
Braceros, yendo esta declarante en compañía de otra india
llamada Mariana Bagoyn, {al margen izquierdo. Cítase Mariana Bragohin de Binagsocan, que vio a la imagen la primera vez, está en Cabite con su marido que es allí carpintero} natural de su mismo pueblo de esta
declarante, por agua al sobredicho sitio de Quisasay,
cuando volvía con el agua un jueves a mediodía vio de
repente en una concavidad que a modo de cuevecita
está hecha en una peña que está en el dicho sitio de
Quisasay, casi a la lengua del agua, una persona de
altor poco más de un palmo, que le pareció verdaderamente
persona viva, con un gran resplandor y claridad; de
lo cual espantada y maravillada volviendo un poco atrás,
dijo a la compañera Mariana Bagoyn: - ¿Ala no ves aquella
persona que está en aquella cuevecita?- De lo cual ma-
ravilladas y espantadas de lo que habían visto se vol-
vieron a su banca y a su pueblo sin llevar el agua, porque

{[313] 358 16}
{Al margen izquierdo: Testimonio.}
En el sitio y puesto de Quisasay, en dieciocho
días del mes de noviembre de mil seiscientos diecinueve
años, ante el dicho padre prior y padre fray Gabriel de Rojas,
un hombre español que es uno de los jueces acompañados por
no haber podido venir el padre prior de Tanaguan, pare-
ció presente Joan Caraballo, vecino y morador de punta
y puerto de Cavite, del cual fue recibido juramento
por Dios Nuestro Señor, sobre la señal de la cruz que hizo con
su mando derecha. Y siéndole preguntado al tenor de la
comisión de Su Señoría del señor obispo don fray Pedro de Arce,
gobernador de este arzobispado de Manila, prometiendo de decir
verdad debajo del juramento dicho, dijo
que había como nueve días que está en este sitio y puesto de
Quisasay, adonde vino desde la dicha punta de Cavite
solo movido con devoción a la Virgen gloriosa Nuestra Señora,
en razón de lo cual trajo consigo a su mujer, hijos y escla-
vos por la mucha voz y fama que ha oído de que la
Virgen gloriosa Nuestra Señora se ha aparecido y aparece en
estos lugares. En el discurso de los cuales nueve días
dijo que, desde el día que llegó es certísimo que todas las
veces que ha llegado a hacer oración a cualquiera de cuatro
lugares donde se dice haberse aparecido la Virgen glorio-
sa, para la gloria de Dios Nuestro Señor, ha sentido tal fragan-
cia de olor suavísimo que no sabe a qué compararlo.
Y aun afirma que son siete estos dichos lugares a don-
de ha sentido este suavísimo olor llegando a hacer
oración. Dice más que el jueves pasado, a medianoche,
estando en oración en este santo lugar vio de repente
en una cuevecita que está a la raíz de un árbol, en-
cima de la peña donde otras muchas veces dicen diver-
sas personas haber visto a la Virgen gloriosa, dice pues que
en esta cuevecita vio de repente una gran claridad y resplandor,

{375 [326] 29}
En el pueblo de Casaysay, en el partido del convento de Taal, en tres
de febrero de [mil] seiscientos veinte años, nuestro padre fray Alonso Barona,
provincial, dijo que por cuanto ha visto una información que el padre
fray Juan Bautista de Montoya, prior de dicho convento ha hecho por
comisión y mandato del Reverendísimo señor obispo fray Pedro de Arce,
obispo del Santísimo Nombre de Jesús y gobernador de este arzo-
bispado de Manila, acerca de haberse aparecido aquí en
este sitio la sagrada Virgen María Nuestra Señora, y otros mi-
lagros y maravillas que en este lugar por su medio e inter-
cesión Nuestro Señor ha obrado con diferentes personas. La cual infor-
mación hizo con licencia que para ello tuvo del dicho maestro
padre provincial y en compañía de los padres fray Jerónimo de Medrano,
prior del convento de Tanavan, y del padre fray Gabriel de Rojas,
conventual de este dicho convento. Los cuales el dicho maestro padre provincial
mandó se hallasen presente al examinar los testigos para
mayor justificación. Y aunque le ha parecido y parece la
sobredicha información muy bastante, y es tan suficiente así
probado el haberse aparecido a diferentes personas la Serení-
sima Reina de los Ángeles Nuestra Señora la Virgen María. Con to-
do eso le pareció ser necesario que los testigos se vuelvan a testi-
ficar de nuevo en sus dichos y declaraciones ante el dicho maestro
padre provincial y el sobredicho padre fray Juan Bautista de Montoya. Por
tanto mandaba y mandó que todos los testigos que en la sobre-
dicha información han dicho, y si algunos hubiere de nuevo
que en ello no hayan dicho puedan decir de nuevo, parezcan
ante el dicho maestro padre provincial y sobredicho juez de comisión por
Su Señoría Reverendísima; y ante mí el presente secretario de provincia, y me-
diante el padre fray Fernando de Cabrera, prior del convento de San Pa-
blo de los Montes, a quien el dicho maestro padre provincial nombró por in-
térprete de las dichas testificaciones y demás testigos que de
nuevo dijeren, a quien el dicho maestro provincial dijo que mandaba y man-
dó en virtud de santa obediencia acepte el dicho oficio
de intérprete, bien fiel y legalmente. El cual dijo que
aceptaba y aceptó el dicho oficio, y juró in verbum sacerdotis,
poniendo la mano en el pecho de lo hacer bien, fiel y legal-
mente como le es mandado para que digan y declaren
debajo de juramento, de suerte que haga fe lo que supieren,
acerca de lo en la información contenido. Y por este auto
así lo pronunció, ordenó, mandó y firmó.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona.
Ante mí, fray Francisco de Castromonte,
secretario de provincia.

Fray Juan Bautista de Montoya, prior de este convento de
Taal y juez nombrado por el reverendo padre don fray Pedro de
Arce, obispo del Santísimo Nombre de Jesús, y gobernador de
este arzobispado de Manila, para la averiguación
de esta causa dijo que por cuanto Pedro Pérez, no-
tario nombrado para esta causa estaba ausen-
te y no se podía hallar a esta averiguación,
en conformidad de lo ordenado por nuestro padre provincial
en virtud de la comisión que tiene, hacía
el nombramiento de secretario e intérprete en los
dichos padres fray Fernando de Cabrera y fray Francisco
de Castromonte. Y lo firmó en cuatro de febrero
de [mil] seiscientos veinte años.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Ante mí, fray Fernando de Cabrera. Fray Francisco de Castromonte.
{[Al margen izquierdo] Recuerdo.}
Y en el sitio de Casaysay, en cuatro de febrero de [mil] seiscientos
y veinte años, nuestro padre provincial fray Alonso Barona, y el padre fray Juan
Bautista de Montoya, juez nombrado, mandaron pa-
recer ante sí a don Pablo Caraig, principal del pueblo
de Calangay, para la averiguación de esta causa
del cual se tomó juramento en forma de derecho, y él
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tado; y habiéndole dado a entender mediante el padre
fray Fernando de Cabrera, prior del convento de San Pablo,
intérprete nombrado lo para que es llamado dijo
que martes, habrá seis meses poco más o menos, le envío
el padre prior a hacer una iglesia en este lugar y sitio
de Casaysay, por razón de haberse él convidado
por la mucha devoción que tenía a la sacratísima
Virgen que había oído decir se aparecía en aquel
lugar, y que habiendo estado aquí martes y miér-
coles con mucha gente haciendo la iglesia, el jueves
siguiente encomendó muy en particular a dos in-
dias, la una esclava suya llamada Panavin,
y otra llamada Ybagsic, natural del pueblo de
Año de 1640—Información sobre el milagro que Nuestra Señora de Caysasay usó con Juan Ynbin, sangley cristiano.

[al margen izquierdo] Año [al margen derecho] de 1640.
Información que el maestro Joseph Cabral,
beneficiado del partido de Balayan,
foráneo en esta provincia, ha hecho en virtud
del Ilustrísimo Señor Fray Hernando Gue-
rrero, Arzobispo Metropolitano en estas islas y del
Consejo de Su Majestad, sobre el milagro que Nuestra
Señora de Casaysay usó con Juan Ynbin, sangley
cristiano.
[rúbrica] Alonso Márquez, notario.

[al margen izquierdo] Comisión al maestro Joseph Cabral para la averiguación del milagro.
Nos, D. Fray Hernando Guerrero, por la gracia de Dios y de la
Santa Sede Apostólica, Arzobispo Metropolitano de estas islas Filipinas, del
Consejo de Su Majestad. Por cuanto ha llegado a nuestras manos un testimonio signado
y firmado de Alonso Márquez, escribano público de la provincia de Balayan,
término de nuestra diócesis, por do consta que una imagen de Nuestra Señora
la Virgen María, Reina de los Ángeles, que está en la iglesia de
Casaysay, visita del priorato de Taal, ha hecho un milagro con un sangley
cristiano llamado Juan Ynbin, cantero, que en aquella sazón ayudaba a la
fábrica de aquella iglesia; al cual prendieron con otros sangleyes y echa-
ron por muerto los ejecutores, con ocasión de este alzamiento general que han
hecho los de Calamba, parián de esta ciudad y los de Santa Cruz. Y le die-
ron grandes heridas penetrantes de modo que lo dejaron por muerto. Y pare-
ce que el dicho Juan Ynbin se había próximamente confesado con el padre predi-
cador fray Alonso Rodríguez, prior del dicho convento de Taal, y encomen-
dándose a la dicha imagen para que le librase de la muerte. No obstante que
por el dicho testimonio consta tener cuatro heridas penetrantes, que por cualquie-
ra de ellas naturalmente eran de muerte, teniendo todos los nervios prin-
cipales del pescuezo cortados a machetazos, y con dos lanzadas en el cuerpo,
en la tetilla derecha. Y [consta] haber estado tres días naturales sin comer ni
beber, ni recibido cura alguna, y haber estado en el agua y a las inclemen-
cias del cielo. Y dicho y declarado el dicho Juan Ynbin habérsele aparecido
la dicha imagen, y sacádole de la mar donde se halló la primera vez
que le socorrió, y después traídole a la orilla y a tierra sobre una hoja
blanca. Y cuando le iba trayendo se apartaban y huían caimanes y otros
peces espantosos con la vista de la dicha imagen. Y habiéndole traído a
tierra, le mandó se volviese a proseguir con su obra. Y diciéndole no saber
el camino para ir a Casaysay, donde se fabricaba su iglesia, le mostró
el camino y le pasó de un río sin mojarse. De modo que caminando lle-
gó al dicho lugar y estuvo en una bóveda de la dicha iglesia. Y por el dicho testigo
consta que con ser las dichas heridas tan grandes y penetrantes, no tener
olor ni estar hinchadas, como naturalmente lo suelen estar pasando vein-
ticuatro horas, especialmente las que se mojan, que todo lo susodicho son efectos
que sin particular milagro y ayuda de tan gran Señora no podía suceder.

Y para mayor honra y gloria suya y de su precioso y bendito hijo, importa
que este milagro tan estupendo se autentique con información de
todo lo sucedido, para que asimismo se alienten los fieles a su de-
voción. Para para cuyo efecto delegamos nuestras voces y jurisdicción, con toda pleni-
tud al maestro Joseph Cabral, cura y vicario del partido de Balayan,
para que haga de todo ello información, con todos los testigos que di-
recta o indirectamente supieren de este caso, en todo o en parte;
recibiéndole al dicho Juan Ynbin, siendo necesario, nueva
declaración; haciendo todas las diligencias judiciales y extrajudi-
ciales que convengan. Y para mayor firmeza nombrará un nuncio cur-
sor con quien seguirla, tomando del juramento de que acudirá a todo
lo que toca a su cargo bien y cumplidamente. Y nombrará por notario
de esta causa al dicho Alonso Márquez, escribano público, a quien desde
luego nombramos por tal. Y recibirá de él el juramento de fidelitate,
y nombrará intérpretes fieles y legales y los demás ministros en tal
caso necesarios. Y hecha la dicha información, proceso cerrado y sellado,
nos lo remitirá. Y encargamos al dicho maestro acuda a este negocio con
el cuidado que caso tan grave requiere. Y para mayor solemni-
dad acudirá a hacer el dicho juramento de fidelitate ante cual-
quiera religioso sacerdote de la orden de nuestro padre San Agustín,
a quien lo cometemos. Y para que conste, dimos la presente firma-
da de nuestra mano, sellada con el sello de nuestras armas, re-
frendada de nuestro secretario. Dada en Manila, en nuestro palacio a o-
cho de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[rúbricas] Fray Hernando,
Arzobispo. Por mandado de Su Señoría Ilustrísima, Diego Núñez.
[al margen izquierdo] Aceptación de la comisión.
En el pueblo de Casaysay, visita del de Taal, en dieci-
ocho días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan,
dijo que por cuanto Su Ilustrísima del Sr. D. fray Hernando
Guerrero, Arzobispo de estas islas y del Consejo de Su Majestad, le da comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, como
más largamente consta de la comisión de esta otra parte. Y para usar de ella

primero y ante todas cosas hizo juramento de fidelidad, y que aceptaba
y aceptó la dicha comisión, y juró in verbo sacerdotis poniendo la
mano derecha en el pecho ante el padre predicador Fray Alonso Rodrí-
guez, prior de este partido de Taal, de usar de ella según y como
por dicha comisión se contiene. Y lo firmó el dicho padre prior, y dicho
maestro Joseph Cabral. [Rúbricas] Fray Alonso Rodríguez, Maestro Joseph
Cabral. Ante mí, Alonso Márquez, notario.
[al margen izquierdo] Aceptación del notario.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de suso
referido, el dicho maestro Joseph Cabral, juez de comisión recibió
juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la
cruz, de Alonso Márquez, notario nombrado por Su Señoría Ilustrísima,
contenido en dicha comisión. El cual estando presente dijo
que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento, y de usarlo bien y
fielmente a todo su leal saber y entender. Y a la absolución
del juramento dijo: “sí, juro y amén”. Y lo firmó con el dicho juez
de comisión. Maestro Joseph Cabral. Alonso Márquez, notario.
Concuerda con la comisión original y aceptamiento de ella
por el maestro Joseph Cabral y juramento. Y asimismo
aceptación de Alonso Márquez, notario por ella
nombrado, lo cual va cierto y verdadero. Y la dicha
comisión original entregue al dicho maestro Joseph Cabral;
y fueron testigos a verla corregir y entrega de ella
Don Antonio Tanhayanin, Juan Obagan, Pedro Cabello,
presentes. Y para que conste y de mandato del dicho juez de comisión
saqué el presente, que es hecho en este pueblo de Casaysay en dieciocho días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[Rúbrica:] Alonso Márquez, notario.

[al margen izquierdo] Auto para que se nombren los oficiales.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Ca-
bral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de este dicho pueblo, dijo
ser necesario primero nombrar un nuncio cursor e intérpretes en len-
gua sangleya y tagala, y los demás oficiales que sean necesarios para el
dicho efecto; y que sean personas de satisfacción y confianza. Y a cada una
se les despache nombramiento en forma. Y por este auto así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Maestro Cabral
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Thomás Dimaligalig.
El maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Ca-
saysay, dijo ser necesario nombrar un intérprete en lengua tagala
que sea de satisfacción y confianza, y entendido en lengua castella-
na para que con toda fidelidad, interprete los testigos tagalos si necesario
fueren para la averiguación y las demás cosas que se ofrezcan
en lengua tagala. Y porque las partes necesarias concurren
en la de vos, Thomás Dimaligalid, por el presente y en vir-
tud de la facultad que por la dicha comisión se me concede, os elijo y
nombro por tal intérprete de la lengua tagala para la dicha
averiguación de dicho milagro. Para que como tal lo uséis y ejer-
záis; y primero y ante todas cosas haréis juramento en forma de usar
bien y fielmente el dicho oficio. Y estando presente el dicho Thomás Dimaligalig dijo que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento de tal
intérprete para la dicha averiguación de dicho milagro que en él hecho, y que lo usará bien y fielmente a todo su leal saber y entender; y que
guardará secreto en las cosas y casos que lo pidan. Y así lo juró
a Dios y a la cruz en forma de derecho. Y a la absolución del juramento dijo:
“sí juro, y amén.” Y lo firmó el dicho juez de comisión. Dado en este pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscientos
cuarenta años.
[Rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Agustín Sico, sangley cristiano.
El maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, dijo ser necesario nombrar un intérprete en lengua sangleya que sea de
satisfacción y confianza, y entendido en lengua castellana para que, con
toda fidelidad, interprete la declaración o declaraciones que sean
necesarias hacer de algunos sangleyes o testigos que para el dicho caso
se ofrezcan examinar siendo sangleyes, y otras cosas tocantes a dicha len-
gua sangleya. Y porque las partes necesarias concurren en la de
vos, Agustín Sico, sangley cristiano, por el presente y en virtud
de la facultad que por la dicha comisión se me concede, os elijo y nombro
por tal intérprete de la dicha lengua sangleya, para la dicha averiguación
de dicho milagro. Para que como tal lo uséis y ejerzáis. Y primero ha-
réis juramento en forma de usar bien y fielmente el dicho oficio. Y estando presente
el dicho Agustín Sico, dijo que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento de tal intérprete para la averiguación de dicho milagro en él hecho, y que lo
usará bien y fielmente a todo su [r]eal*El notario imita la pronunciación del Sangley, quien dice "leal" en vez de "real." saber y entender. Y que guar-
dará secreto en las cosas y casos que lo pidan. Y así lo juró a Dios y
a la cruz en forma de derecho. Y a la absolución del juramento dijo: “sí juro, y
amén.” Y lo firmó el dicho juez de comisión, que es hecho en este pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscien-
tos cuarenta años.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio
Yo, Alonso Márquez, escribano público de esta provincia de Bala-
yan, doy fe y verdadero testimonio a los que el presente vieren,
cómo ayer que se contaron once de este presente mes y año, tra-
jeron unos indios a este pueblo de Taal, un sangley cristia-
no llamado Juan Ynbin, cantero que trabajaba en la igle-
sia de Nuestra Señora de Caysasay [sic], uno de los que dicen ha-
ber muerto con otros sangleyes en la fuerza de Bonbon el
miércoles que se contaron siete días de este dicho mes; al cual y me-
diante Agustín Sico, sangley cristiano, intérprete, le pregun-
tó en mi presencia y de los testigos que abajo irán declarados,
el padre prior fray Alonso Rodríguez, que lo es de este convento
de Taal, de cuyo pedimento fue traído a este dicho pueblo
la causa de estar vivo y halládole el sábado en la noche,
que se contaron diez de este dicho mes, junto a las bóvedas de pie-
dra do está el agua que llaman de Nuestra Señora de Casasay,
las cuales están cerca de su iglesia. Dijo que lo que sabe
y se acuerda es que a él y a otros sangleyes cristianos e infieles
prendieron para matarlos. Y que antes él se había confesado
con el dicho padre prior, y encomendado muy de veras a Nuestra
Señora de Casasay, pidiéndole le librase de la muerte. Lo sacaron
de la dicha fuerza amarradas las manos y con una trompa, co-
mo a los demás. Y le llevaron a la playa que era el lugar
donde los mataron, y a él le dieron de machetazos y lanzadas,
y siempre llamando a la Virgen hasta que quedó allí y no sabe
si lo echaron a la mar o lo que de él hicieron. Pero le parece lo
despertaron aquella noche de un sueño, y se halló en la mar,
encima de las aguas en una hoja blanca, y que no sabe qué ho-
ja fuese. Y vio una niña pequeña del tamaño de Nuestra Se-
ñora de Caysasay, muy resplandeciente, y vio que tiraba
de la dicha hoja hacia la playa. Y dice vio caimanes y otros
géneros de peces que se iban apartando por donde iba aque-
lla niña. Y al cuarto del alba llegó a la playa que llaman
de Mahayay, que es debajo de las palmillas que están en el mon-
te, antes de llegar al pueblo de Sinisian, y allí se quedó sin sen-
tido y no vio el día. Y de allí, volviendo otra vez en sí, vio a la misma
niña que le había sacado de las aguas, y le dijo se volviese a Caysasay [sic]
a trabajar en la obra que estaba haciendo. Y le respondió no sa-
bía el camino, y ella le guió hasta donde estaba el pueblo de Bonbon,
donde dice se volvió a quedar sin sentido. Y volviendo en sí, vio otra
vez a la dicha niña que lo guiaba y le pasó de la otra banda del

río de Bonbon, a pie enjuto, y lo llevó al paraje do fue hallado
el dicho sábado en la noche. Y que los tres días y noches se sustentó
sin comer ni beber, no dándole cuidado con cuatro heridas, las cuales
vi yo el presente escribano y testigos: la una que será de más de ocho
dedos de ancho en el cerebro, y la otra de un jeme de ancho más
debajo de la otra, seis dedos penetrantes entre ambas, habiéndole
cortado todos los nervios, que sólo quedó entero el tragadero. Las
cuales parecen ser dadas con machetes y las otras dos con
lanza, la una sobre la tetilla derecha y la otra más abajo,
en el costado. Y las unas y otras llenas de gusanos, sin hin-
chazón ni mal olor, y el dicho sangley con buen semblante
y respondiendo a todo lo que se pregunta, con tanta entereza
como si no estuviera herido. Y para que conste y de pedimento
del dicho padre prior di el presente siendo testigos a todo lo en él
contenido: el capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde
mayor de esta dicha provincia; alférez don Juan de Casanova Garay
y Luis Sánchez; el cual es hecho en este pueblo de Taal, en
[1639-12-12|doce días del mes de diciembre de mil seiscientos treinta y
nueve años]].
Lorende fue mi signo [una estrella de cuatro puntos con una X]. En testimonio de verdad
[rúbrica] Alonso Márquez,
escribano público.

{Licencia}
Fray Juan Ramírez, rector provincial de esta provincia de Nuestro Padre San Agustín de Filipinas, por cuanto el Señor Arzobispo de Manila envía comisión
al maestro Joseph Cabral, beneficiado del partido de Balayan, para
que haga información de un milagro o milagros que se dice ha obra-
do Nuestra Señora de Casasay [sic] en el partido de Tal. Y por cuanto puede ser
haya algunos religiosos que sean testigos, o sepan algunas circuns-
tancias o cosas pertenecientes al dicho milagro. Por la presente
doy licencia a todos los religiosos de esta provincia de Nuestro Padre San Agustín que supieren de este caso, para que debajo de juramento, declaren
ante el dicho maestro Joseph Cabral lo que supieren. Y concedo
la autoridad necesaria al dicho maestro Joseph Cabral para que pueda
examinar y examine debajo de juramento, a cualesquiera re-
ligiosos de nuestra religión, acerca de este caso e informaciones
que para la probanza del dicho milagro se han de hacer. Hecho
en el pueblo de Pasig, en nueve del mes de enero de [1]640 años.
Valeat sic.
[rúbrica] fray Juan Ramírez, rector provincial.

[al margen izquierdo] Auto para que se haga interrogatorio de preguntas.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, dijo se haga un interrogatorio de preguntas por las cuales sean examinados los testigos que juraren en la dicha información, y que el dicho interrogatorio de preguntas se saque del testimonio en que se hace relación del dicho milagro. Y que se ponga con estos autos para que conste, y por este auto así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

Por las preguntas siguientes sean preguntados y exa-
minados los testigos que juraren y declaren en la información
que se hace acerca del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hecho en
Juan Ynbin, sangley cristiano. Digan:
1. Si conocen a Juan Ynbin, sangley cristiano, cantero, que trabajaba en este san-
tuario de Casaysay. Y si tienen noticia del milagro que la Virgen Santísima de
Casaysay usó con él. Y si era hombre de buena vida y costumbres, digan.
2. Si saben que en este alzamiento general de los sangleyes fue el dicho Juan Ynbin
preso en este dicho pueblo de Casaysay con los demás sangleyes que en él había, y llevado
a la Fuerza de Bonbon para que le matasen, digan.
3. Si saben que estando el dicho Juan Ynbin dentro de la dicha fuerza, amarradas
las manos y con una trompa al pescuezo como lo estaban sus compañeros,
después de confesado él y los demás, le sacaron de la dicha fuerza amarra-
do como estaba de antes al lugar donde los mataron y en qué lugar
fue, digan.
4. Si saben o vieron matar conocidamente al dicho Juan Ynbin y qué genero de muerte le dieron, digan.
5. Si saben que después de muerto el dicho Juan Ynbin le metieron en una
banca como a los demás sus compañeros, y lo llevaron embarcado en ella
buen trecho de la orilla y barra del rio de Bonbon, y lo echaron en
lo profundo del mar, amarradas las manos y con la misma trompa al
pescuezo que tenía cuando le mataron, digan.
6. Si saben la distancia que hay desde donde echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta donde le hallaron, y dónde fue. Y si con las dichas heridas naturalmente pudo ir a la bóveda y fuente donde fue hallado, digan.
7. Si saben del tiempo que hubo y pasó desde que mataron al dicho Juan Ynbin
hasta que le hallaron en la bóveda, digan.
8. Si saben que las dichas heridas y lanzadas del dicho Juan Ynbin fueron
grandes, penetrantes y mortales. Y si las del pescuezo tenían cortados
los nervios principales. Y si las dos heridas o lanzadas sobre la tetilla
y costado derecho eran asimismo penetrantes. Y si las unas y las otras

estaban hinchadas, de mal olor o con gusanos, digan.
9. Si saben o han visto que el dicho Juan Ynbin ande ya por su pie sin
ayuda de nadie, muleta ni de otro instrumento alguno; y si está fuera
de riesgo, digan.
10. Si saben que después que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que le ha-
llaron se vieron encima de la dicha bóveda dos luces res-
plandecientes; y qué veces las vieron y a qué horas, digan.
11. Ítem de público y notorio, pública voz y fama, y si les
tocan las generales de la ley, digan.
[rúbrica] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Declaración de Juan Ynbin, sangley cristiano.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de ene-
ro de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura
beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia
de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra
Señora de Casaysay por el Ilustrísimo don fray Hernando Guerrero,
arzobispo metropolitano de estas islas y del Consejo de Su Majestad, hizo parecer ante
su merced a Juan Ynbin, sangley cristiano que a la sazón está en este dicho pueblo
de Casaysay, para tomarle su declaración en razón de dicho milagro.
Y estando presente el susodicho se le fue recibido juramento en forma de derecho
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, mediante Agustín Sico, sangley
cristiano, intérprete nombrado para dicho efecto. Y habiéndolo hecho prometió de
decir verdad, y dijo que lo que pasa en razón de lo que sabe y le su-
cedió es que habrá tres años poco más o menos que ha estado y [ha] asistido en este
dicho pueblo de Casaysay, haciendo oficio de cantero en la fábrica de la iglesia
de piedra de Nuestra Señora de Casaysay, y en las bóvedas que se hicieron asimis-
mo sobre el agua que llaman Santa, que están cerca de la dicha iglesia.
Y que estando actualmente cortando piedra para hacer un pretil o cerca
en el patio de la casa y espaldas de la dicha iglesia, una noche, estando en
su casa durmiendo le despertaron y llamaron. Y luego le prendió don Juan
de Cabrera, castellano de la Fuerza de Bonbon, atándole las manos. Y le llevó a este
declarante con los demás sangleyes que en este dicho pueblo había a la dicha
Fuerza de Bonbon, donde luego que llegó le pusieron una trompa al pescue-
zo, amarradas las manos como de antes, y le tuvieron en aquellas prisiones
hasta que el día siguiente, a las cinco de la tarde poco más o menos, llegó
el alcalde mayor de esta provincia de Balayan, y le dijo a este declaran-
te y a los demás sangleyes que con él estaban presos que, los cristianos se con-
fesasen y los infieles si quisiesen ser cristianos se bautizasen; que para eso
estaba allí el padre prior de Taal, porque todos habían de morir luego al punto.
Porque tenía orden del señor gobernador de estas islas para matarlos por el al-
zamiento general de los sangleyes. Y así este declarante se confesó con el
dicho prior de Taal fray Alonso Rodríguez, y se encomendó muy de veras
a Nuestra Señora la Virgen María de Casaysay pidiéndole le librase de la
muerte, pues le había servido tanto tiempo en su iglesia. Y que le sacaron
de la dicha Fuerza con la dicha trompa al pescuezo, y atadas las manos, y le
llevaron a la playa frontero y a vista de dicha Fuerza, que fue el lugar

donde vio otros sangleyes ya muertos que habían sacado de la dicha Fuerza antes de sacarle a él. Y este declarante se hincó de rodillas y bajó la ca-
beza, y un indio con un machete que tenía en las manos
le dio con él en el pescuezo, y no se acuerda de más. Y le parece a
este declarante lo despertaron aquella noche de un sueño, y
se halló en la mar encima de las aguas, en una hoja blanca, y que no
sabe qué hoja fuese; y vio una niña pequeña, al parecer de la estatura
de Nuestra Señora de Caysasay, muy resplandeciente, que tiraba de la
dicha hoja hasta la playa. Y vio caimanes y otros géneros de peces que
se iban apartando por donde iba aquella niña. Y al cuarto del
alba llegó a la playa que llaman de Mahayahay, que es debajo de
las palmillas que están en el monte antes de llegar al pueblo de
Sinisián. Y allí se quedó sin sentido, y no vio el día. Y de allí
volviendo otra vez en sí vio a la misma niña que le había sacado de
las aguas, y le dijo se volviese a Casaysay a trabajar en la obra
que estaba haciendo. Y este declarante le respondió no sabía el cami-
no. Y ella le guió hasta donde estaba el pueblo de Bonbon, donde este
declarante se volvió a quedar sin sentido. Y volviendo en sí, vio
otra vez a la dicha niña en alto que le guiaba y le pasó el río de Bon-
bon a pie enjuto, y lo trajo al paraje donde lo hallaron, bajándole
por una cuesta que está en un lado de las dichas bóvedas sin ca-
mino alguno, por estar acantilada y llena de arboleda espesa. Y
allí sintió el dolor de las heridas, lo cual no había sentido antes. Y que
así como llegó a las dichas bóvedas no vio más a la dicha niña. Y querien-
do este declarante levantarse para ir al pueblo que está junto a dichas
bóvedas no pudo menearse, hasta que llegó un indio a bañarse
y le pidió por señas le diese una poca de aquella agua santa.
La cual le dio a beber, y luego se sintió con más vigor y pudo ha-
blar. Y el dicho indio con otro que llamó trajeron a este declarante
a este dicho pueblo de Casaysay, donde se halló con cuatro heridas, las dos grandes
en el pescuezo y las otras dos sobre la tetilla derecha, y la otra más
abajo en el costado. Y que de todas dichas heridas cuando le sacaron

de la fuerza para matarlo sólo sintió un golpe en el pescuezo; y que
le parece a este declarante que con aquél golpe sólo había quedado muer-
to, porque no sintió los demás que halló y tiene en su cuerpo. Y que
lo que tiene dicho y declarado es la verdad, so cargo del juramento
que hecho tiene, y declaró ser de edad de cuarenta y cinco años;
y lo firmó con el dicho señor juez de comisión a su usanza
y el dicho intérprete.
[Rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[Firmas en Chino] *Este es probablemente el apellido de Imbin Ma [firmado dos veces]
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio y fe de las heridas que tiene en su cuerpo Juan Ynbin.
Yo Alonso Márquez, notario nombrado en esta causa por el
Ilustrísimo señor don fray Hernando Guerrero, arzobispo me-
tropolitano de estas islas y del Consejo de Su Majestad, doy fe y verdadero
testimonio a los que al presente vieren, cómo habiendo hecho parecer el maestro
Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de
comisión para la averiguación de este milagro a Juan Ynbin, sangley
cristiano para tomarle su declaración como en efecto la tiene
hecha, y en presencia del dicho juez de comisión miré y vi las señales
de las heridas que en su cuerpo tiene el dicho Juan Ynbin, que
las dos de ellas están en el pescuezo y las otras dos, la una sobre la

tetilla derecha y la otra más abajo, en el costado, y todas cua-
tro sin inflamación. Y para que conste, y de mandato del
dicho juez de comisión di el presente que es hecho en este pueblo de Ca-
saysay, en dieciocho días del mes de enero de mil
seiscientos cuarenta años.
En testimonio de verdad.
[rúbrica] Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio del capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero
de mil seiscientos cuarenta años]], el maestro Joseph Cabral, cura bene-
ficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia
de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al capitán Diego Maldonado Bo-
nal, alcalde mayor y capitán a guerra en esta dicha provincia de Balayan,
del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad.
Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano
de mes y medio a esta parte poco más o menos, que ha que lo vio en el
pueblo de Taal, cuando a él lo trajeron herido. Y tiene noticia del
milagro que con él usó Nuestra Señora de Casaysay, y esto responde.
-A la segunda pregunta dijo que en virtud de orden que tuvo del señor
Gobernador y Capitán General de estas islas, para que hiciese matar y degollar a todos
los sangleyes cristianos e infieles de esta provincia. Y que en conformidad
de ella mandó a D. Juan de Cabrera, castellano de la Fuerza de Bonbon
prendiese todos los sangleyes que hallase en este dicho pueblo y los llevase
a la dicha Fuerza de Bonbon, y en ella los tuviese presos a buen recaudo,
y esto responde.
-A la tercera pregunta dijo que habiendo llegado a la dicha fuerza a las
cinco horas de la tarde poco más o menos, que se contaron siete
del mes de diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta
nueve, pidió al padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este
partido de Taal que a la sazón estaba en dicha fuerza, confesase
a los sangleyes cristianos y exhortase a los infieles se volviesen cristianos,
porque luego habían de morir todos. Y así, después de confesados
y bautizados algunos infieles, los sacaron de la dicha Fuerza
de dos en dos, amarradas las manos y con trompas al pescuezo y los lle-
varon al lugar donde los mataron, que sería un tiro de arcabuz
de dicha Fuerza, y esto responde.
-A la cuarta pregunta dijo que no vio conocidamente al dicho Juan
Ynbin, pero le tiene por uno de ellos; y que a todos les iban dan-
do los indios que allí estaban, separados para ello, con los mache-

tes que tenían en las manos por el pescuezo. Y que unos se
hincaban de rodillas para que los matasen, y que el que les pa-
recía a los indios no quedaba del todo muerto con los machetazos, les
daban otros indios de lanzadas hasta que los dejaban por muer-
tos. Y que este testigo para más satisfacerse y cumplir con el tenor
de dicha orden, fue al dicho puesto y los halló a todos tendidos, que a
su parecer estaban del todo muertos. El número de todos [que] era[n]
veintinueve, que fue el mismo que halló vivos cuando sa-
lieron de la dicha Fuerza; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo este testigo que no los vio embarcar en las bancas, pero mandó [e]l dicho castellano los embarcara en bancas y con
las mismas trompas los echasen en lo profundo del mar, y fuera
de la barra del río de Bonbon; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distancia
de donde mandó echar los dichos sangleyes al agua, por tierra, hasta este
pueblo de Casaysay donde ha oído fue hallado el dicho Juan Yn-
bin, cuarto y medio de legua; y por el agua, un cuarto de dicha
legua. Y le parece a este testigo que el dicho Juan Ynbin, con las
heridas penetrantes que este testigo le vio: porque las dos del pescuezo
tenía los nervios principales cortados, que de arriba y de abajo
se veían los nervios como colmillos, y el hueso lastimado como
partido. Porque eran ambas anchas las heridas, y en par-
ticular la una de ellas, y las otras dos que tenía encima de
la tetilla y costado derecho las tiene por tan milagrosas, respecto de
parecerle a este testigo entraban en el cárcavo, y que sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor y de su bendita madre, no podía
naturalmente vivir; y esto responde.
-A la séptima pregunta dijo que el tiempo que hubo desde que mata-
ron a los dichos sangleyes, y hasta que fue traído al pueblo de Taal
hubo cuatro días; y esto responde.
-A la octava pregunta dijo que se remite a lo que tiene declarado
en la sexta de este dicho. Y que en cuanto a las heridas no

estaban hinchadas ni con mal olor, por tres o cuatro veces
que en diferentes ocasiones este testigo las vio curar, y que solo al
principio tenían gusanos y no tener materias en ellas; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto en el pueblo de Taal y en este
de Casaysay al dicho Juan Ynbin andar por sus pies, sin ayuda de
nadie ni de otro instrumento alguno. Y le parece a este testigo está el dicho Juan
Ynbin fuera de riesgo; y esto responde.
-A la décima pregunta dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio,
pública voz y fama y la verdad, so cargo del juramento que
hecho tiene, y no tocarle las generales de la ley. Y declaró ser de
edad de cincuenta y un años; y lo firmó de su nombre con el dicho juez de comisión.
[Rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Diego Maldonado Bonal.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio Ambrosio Manalig.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo pare-
cer ante sí a un indio que mediante Thomás Dimaligalig, in-
térprete, dijo llamarse Ambrosio Manalig y ser natural del pueblo de
Taal, y a la sazón soldado de la Fuerza de Bonbon, del cual se
recibió juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal
de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad; y siéndole
preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbing [sic], sangley cristiano,
cantero, de ocho meses a esta parte que le ha visto trabajar en su oficio en
la dicha fuerza y en la iglesia y santuario de este pueblo de Casaysay.
Y tiene noticia del milagro que con él usó Nuestra Señora, y que en
el tiempo que dicho tiene que conoce al dicho Juan Ynbin, le ha tenido y
tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que este testigo, en compañía de D. Juan
de Cabrera y de otros indios prendieron una noche al dicho Juan
Ynbin en este pueblo de Casaysay y a los demás sangleyes que en él
estaban. Y a todos juntos los llevaron amarradas las manos a la dicha
Fuerza, lo cual ejecutó el dicho castellano por habérselo así man-
dado el alcalde mayor de esta dicha provincia de Balayan; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que llegando a la dicha fuerza el dicho castella-
no con el dicho Juan Ynbin y los demás sus compañeros, les pusieron a cada
uno una trompa al pescuezo, amarradas las manos; y de la dicha
Fuerza los iban sacando de dos en dos al lugar donde los iban ma-
tando, que es un tiro de arcabuz de la dicha fuerza; y esto responde.
A la cuarta pregunta, dijo este testigo que a él y a otros indios soldados
de la dicha Fuerza los había nombrado el castellano de ella para que
estuviesen fuera de la dicha Fuerza y en el lugar que habían de
matar a los dichos sangleyes; y a este testigo le tocó el matar al dicho Juan

Ynbin, el cual llegado al dicho puesto e hincándose de rodillas
bajó humildemente la cabeza, y este testigo con el machete grande
que tenía afilado para dicho efecto, le dio con él de filo dos mache-
tazos en el pescuezo. De manera que del primero el dicho Juan
Ynbin cayó en tierra, y al parecer de este testigo quedó por muerto. Porque
las heridas fueron mortales, y en particular la primera tenía
más de un jeme de boca, de manera que descubría más de la
mitad del pescuezo partido; y la otra, algo más arriba hacia el
cogote, algo menos que la primera. Y que la herida que tiene
el dicho Juan Ynbin sobre la tetilla derecha asimismo se la
{ [al margen: ojo]} dio este testigo con la punta del dicho machete, que era de dos filos
por el remate que parece lanzada. Y que la cuarta herida
que el susodicho tiene en el costado derecho no sabe qué indio se la
diese, pero que andaban junto a él otros dos indios soldados de dicha
fuerza alanceando a los dichos sangleyes, que heridos primero de los
machetazos caían en tierra; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo este testigo que después de haber cumplido con
lo que le mandó el dicho castellano de que matase a los dichos sangleyes
y acabada la dicha matanza, de manera que al parecer de este testigo,
de veintinueve sangleyes que eran los muertos, los cuales asi-
mismo contó y vio tendidos por tales en el suelo el alcal-
de mayor de esta dicha provincia, que a la ejecución se halló presente.
Y este testigo se retiró a la dicha Fuerza a descansar, y así no sabe
en la forma que los echaron en lo profundo del mar;
y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo este testigo que, según le contaron otros
soldados de la dicha fuerza, que habían embarcado en bancas
a los dichos sangleyes difuntos cuando los echaron al mar. Y hasta
donde fue hallado el dicho Juan Ynbin en las bóvedas del agua
santa de este pueblo de Casaysay, le parece a este testigo que por tierra,
de un término a otro, habrá término de media legua poco más

o menos; y por mar poco menos. Y que a este testigo le parece según le de-
jó con las dichas heridas penetrantes, ser imposible con ninguna
de las que le dio naturalmente poder venir a la bóveda y fuente
donde le hallaron; y que no sabe ni ha oído decir ni se puede persuadir
a que fuese traído al dicho paraje, sino es por obra de la Virgen Santísima
de Casaysay; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que lo que sabe es que un día miércoles
en la tarde fue cuando este testigo mató al dicho Juan Ynbin, y que
luego el domingo siguiente por la mañana, oyó decir a mucha gente
habían hallado al susodicho en las bóvedas y fuente de Casaysay;
y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que se remite a lo que tiene dicho y
declarado en la cuarta y sexta pregunta de este dicho, y que no sabe
lo demás que se contiene en esta pregunta; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto muchas veces al dicho Juan
Ynbin que anda por sus pies sin ayuda de persona alguna
y sin traer bordón, y le parece a este testigo está fuera de riesgo; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe, y esto
responde.
-A la oncena pregunta dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pú-
blica voz y fama y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene,
y no tocarle las generales de la ley. No supo decir su edad; pareció por
su aspecto de cuarenta años poco más o menos; y lo firmó a su usanza,
con el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[firma en tagalog baybayin: Ambrosio Manalig
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio: Matheo Omali.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de
enero de mil seiscientos treinta y cuatro años [errata], el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación de dicho milagro hizo parecer ante sí a un indio
que mediante el dicho intérprete dijo llamarse Matheo Oma-
li, y ser natural del pueblo de Taal; y al presente soldado de la
fuerza de Bonbon, del cual se fue recibido juramento en forma de
derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndo-
lo hecho prometió de decir verdad y, siéndole preguntado al
tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo este testigo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte por haberlo visto
trabajar en la fuerza de la barra de Bonbon y en esta i-
glesia de Nuestra Señora de Casaysay, y tiene noticia del mila-
gro que la Virgen Santísima usó con el susodicho, al cual este testigo durante
el tiempo que le conoce lo tiene por hombre de buena vida y costumbres;
y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que don Juan de Cabrera, castella-
no de la Fuerza de Bonbon tuvo orden del alcalde mayor de esta
provincia para prender a todos los sangleyes cristianos e infieles
de este pueblo de Casaysay, y a los sangleyes chinchorreros que estaban
junto a él, y a los demás que hallase; y que presos y a buen re-
caudo los llevase a la dicha Fuerza. Y al tiempo que los llevó el dicho
castellano estaba este testigo en la dicha Fuerza y vio meter en ella
al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos, y a los demás sangleyes;
y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el día siguiente el dicho
Juan Ynbin y los demás sus compañeros presos en la dicha fuerza, ama-
rradas las manos y con una trompa al pescuezo cada uno, el padre
prior de este partido de Taal confesó a los sangleyes cristianos y bautizó
algunos infieles que se habían vuelto cristianos. Y acabado

lo susodicho, el dicho alcalde mayor que asimismo estaba a la sazón dentro
de la dicha fuerza mandó que saliesen de dos en dos los sangleyes
amarrados a la parte y lugar donde los habían de matar; y asimismo
se lo mandó a este testigo lo hiciese así y no consintiese saliesen todos jun-
tos sino de dos en dos, porque estaba de posta en la puerta de la
dicha fuerza; y así no pudo entonces ver el lugar donde
a los dichos sangleyes iban matando; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos los dichos sangleyes, que
por todos fueron veintinueve los que estaban dentro de la dicha
fuerza y por la puerta de ella salieron. Y este testigo estando de posta
en ella los contó. Le retiró el dicho castellano para que con otros in-
dios embarcasen en bancas que estaban aparejadas los dichos sangleyes
muertos. Y llegando este testigo y los demás indios a la parte donde estaban
caídos en el suelo, amarradas las manos y con las mismas trompas al
pescuezo, fueron cogiendo entre dos indios un sangley y
echándolos atravesados en las bancas; y entre ellos al dicho Juan
[al margen izquierdo: ojo] Ynbin, que este testigo en particular conoció. Fueron bogando con las dichas
bancas hasta mar adelante gran trecho de la barra y río de Bonbon
en más de quince brazas de fondo, siendo la marea y viento contrarios
a tierra. Que era fuerza los dichos cuerpos muertos fuesen adentro de la
mar, habiéndolos primero sacado de las dichas bancas y echádolos a la mar;
y entre ellos al dicho Juan Ynbin. Y por más señas, se acuerda este testigo
que él para echarlo a la mar lo asió de la trompa y su compañero
de los pies, con que cayó de cabeza; y esto responde.
A la sexta pregunta, dijo que la distancia que hay desde donde este testigo echó
a la mar al dicho Juan Ynbin hasta donde pareció en las bóvedas y fuente
de agua de este pueblo de Casaysay, le parece a este testigo se podrá tardar una
hora de un paraje a otro, una persona caminando a paso ordinario; y por
agua algo menos. Y en cuanto a las heridas del dicho Juan Ynbin

las vio este testigo que se las curaban en el pueblo de Taal, las cuales
eran cuatro penetrantes; y que sólo con una de ellas le parece
a este testigo naturalmente no poder vivir ni caminar poco ni mu-
cho, ni menos venir a parar a tan gran trecho donde fue halla-
do sin particular ayuda de Dios Nuestro Señor, por intercesión
de su bendita madre; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que un miércoles en la tarde
echó a la mar este testigo y otro compañero suyo llamado Diego Mospa-
tag, soldado de la dicha fuerza al dicho Juan Ynbin. Y el domin-
go siguiente oyó decir habían hallado aquella noche antes al
dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y fuente santa
de este pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que vio, como dicho tiene, las cuatro he-
ridas que tiene en su cuerpo el dicho Juan Ynbin cuando le cura-
ban en el dicho pueblo de Taal, y que eran penetrantes y mor-
tales. Y las del pescuezo tenían cortados los nervios principales,
y que no estaban hinchadas ni de mal olor, pero tenían muchos
gusanos gordos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus pies
y sin que nadie le ayude y sin bordón ni otra cosa. Y le pa-
rece a este testigo está el dicho Juan Ynbin fuera de todo ries-
go de dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir a muchas personas
que después que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que le
hallaron vieron en las dichas bóvedas, encima de ellas, dos luces res-
plandecientes de noche y a deshoras, y que esto fue algunas
veces; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público

y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, en que se afirmó. Y que no le tocan las
generales de la ley. No supo decir su edad. Pareció por su as-
pecto de treinta y siete años poco más o menos; y no firmó porque
dijo no saber, firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio: Diego Magpagtag.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el dicho juez de comisión
para más prueba de la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay,
hizo parecer a Diego Magpagtag, testigo citado por Matheo Umali en su dicho del
cual y mediante el dicho intérprete. Se le fue recibido juramento en for-
ma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor
del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero de más de dos años a esta parte por haberlo visto trabajar

en la fábrica de la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay de este pueblo, sien-
do este testigo entonces vilango de fiscal del padre fray Pedro Mexía, prior
que fue de este partido de Taal. Y tiene noticia del milagro que con el
dicho Juan Ynbin ha usado Nuestra Señora de Casaysay, y que siempre
le ha tenido y tiene al dicho sangley por hombre de buena vida y costumbres;
y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que estando este testigo en la fuerza de Bonbon,
en la plaza de soldado que en ella tiene, llegó a deshoras de la noche don Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza con cantidad de sangleyes,
cristianos e infieles, que dijo había preso por mandado del alcalde mayor
de esta provincia, en este pueblo de Casaysay y otras partes. Y acabado este testigo
su cuarto de posta bajó a ver los dichos sangleyes presos, y entre ellos vio
y conoció al dicho Juan Ynbin, que tenía atadas las manos y los demás
sangleyes que con él estaban; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que el día siguiente estando el dicho Juan Y
nbin y los demás sus compañeros presos en la dicha fuerza, y cada uno
con su trompa al pescuezo y amarradas las manos, vio este testigo que se
confesó el dicho Juan Ynbin con el padre prior de este partido de Taal,
y los demás sangleyes cristianos que estaban presos y de los infieles mu-
chos se bautizaron. Y luego el dicho alcalde mayor, que a la sazón estaba dentro
de la dicha fuerza, los mandó sacar de ella de dos en dos al lugar don-
de los mataron, que será al parecer de este testigo, un tiro de arcabuz de la
dicha fuerza; amarradas las dichas manos y con las trompas al pescuezo;
y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no vio matar conocidamente al dicho Juan
Ynbin, ni qué muerte le dieron. Porque este testigo estaba ocupado
entonces en ir sacando de la dicha fuerza a los dichos sangleyes de dos
en dos, amarrados, y entregándolos a otros soldados que los iban
recibiendo y llevándolos al lugar donde los iban matando; y esto
responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos los dichos sangleyes que por todos
fueron veintinueve, y este testigo los vio después tendidos en el suelo

y que el dicho alcalde mayor los iba contando, este testigo estaba ya prevenido
con otros por orden del dicho castellano para embarcar en dos
bancas que allí estaban prevenidas a los dichos sangleyes muertos y desangra-
dos [al margen izquierdo: ojo] y así entre los que a este testigo y su compañero tocó embarcar en su
banca fue uno de ellos al dicho Juan Ynbin que conoció. Y así entre
ambos, uno por los pies y otro por la trompa, los iban atravesando
en la dicha banca hasta que en ella cupieron los que podía llevar la dicha
banca. Y la de este testigo en que llevó al dicho Juan Ynbin era pequeña, y
así no pudo caber más del cuerpo del dicho Juan Ynbin y el de otro
sangley. Y bogando así a la mar y fuera de la barra y boca del río
de Bonbon, este testigo y el dicho su compañero los arrojaron a ambos dos
a la mar, al parecer de este testigo en más de quince brazas de fondo, en ocasión
que la marea y viento era contrario para tierra, en que era fuerza los
metiese el dicho viento y marea muy afuera de la parte y lugar do este
testigo había echado al agua al dicho Juan Ynbin; el cual a vista
de este dicho testigo, luego que lo arrojó a la dicha mar, se fue a pique como
si fuera una piedra. Y lo mismo pasó con el otro sangley difunto,
y no los vieron más; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distrito de donde
echó a la mar al dicho Juan Ynbin hasta donde fue hallado en las bóve-
das y fuente de Casaysay, habiendo de venir una persona a su paso ordinario,
por tierra tardará una hora; y por el río algo menos. Y que con
las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin en su cuerpo, las cuales
le vio este testigo curar en el pueblo de Taal, porque antes no las había visto
ni cuando lo echó a la mar, porque lo embarcó bocarriba y de noche
y no reparó en las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin y los demás
sangleyes; y que como dicho tiene, viendo curarle las dichas heridas
tan penetrantes y mortales, que le parece a este testigo que con sola
una de ellas bastaba a quitarle la vida, era imposible poder
vivir naturalmente ni ir al paraje do fue hallado sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor, por intercesión de su pre-

-ciosa y bendita madre; y esto responde.
-A la séptima, dijo que el tiempo que hubo de por medio desde
que mataron al dicho Juan Ynbin y este testigo lo arrojó al agua, como dicho
tiene fue miércoles, y oyó decir domingo siguiente por la mañana
fue hallado en las dichas bóvedas y manantial de Nuestra Señora
de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que cuando este testigo vio en el pueblo de Taal
curarle las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin, las vio como dicho
tiene que eran grandes, penetrantes y mortales; en particular las dos que
tenía en el cerebro porque tenían cortados los nervios, y las otras dos
sobre la tetilla y costado derecho eran asimismo penetrantes; y todas
cuatro no estaban hinchadas ni con mal olor, pero tenían mu-
chos gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
andar por sus pies libremente, sin impedimento ni ayuda de persona
ninguna, ni menos de bordón. Y le parece a este testigo está el dicho Juan
Ynbin sano y fuera de riesgo de las dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio,
pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho
tiene, y no tocarle las generales de la ley. No supo decir su edad; pa-
reció por su aspecto de treinta y seis años; y no firmó porque
dijo no saber, y que es natural del pueblo de Taal, y al presente soldado de la
fuerza de Bonbon. Firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio: Juan Mamaghoncal.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay hizo
parecer ante sí a un indio que mediante Thomas Dimaligalig,
intérprete, dijo llamarse Juan Masongcal y ser natural del pueblo
de Balangon, visita de Taal, y al presente soldado de la fuer-
za de Bonbon, del cual se fue recibido juramento en forma de
derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del
interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte por haberlo visto trabajar
en la fuerza de Bonbon y en la iglesia de Nuestra
Señora de Casaysay de este dicho pueblo en su oficio de cantero; y tiene noticia
del milagro que la Virgen Nuestra Señora de Casaysay ha usado con él.
Y en el tiempo que dicho tiene, este testigo ha que conoce al dicho Juan Ynbin,
le tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que el alcalde mayor de esta provincia de Ba-
layan, le mandó a D. Juan de Cabrera, castellano de la fuerza
de Bonbon prendiese todos los sangleyes cristianos e infieles de este
pueblo de Casaysay y los demás que hubiese alrededor de él. Y de
los soldados indios que el dicho castellano llevó consigo para dicho
efecto fue este testigo uno de ellos; y así llegaron a este pueblo y prendieron
en él al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes que en él estaban,
y amarradas las manos los llevaron a la fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Ynbin y de-
más sangleyes presos en la dicha fuerza de Bonbon, cada uno con trom-
pa al pescuezo y amarradas las manos, este testigo salió fuera de la dicha
fuerza para ir matando a los dichos sangleyes al paraje que estaba señalado,

que será un tiro de arcabuz fuera de la dicha fuerza. Y allí como i-
ban saliendo de dos en dos, este testigo y otros soldados ordenados
y mandados por el dicho castellano iban matando a los dichos sangleyes;
y aunque este testigo no mató al dicho Juan Ynbin vio que le dio
muerte Ambrosio Manalig, soldado de la dicha fuerza que estaba
junto a este testigo y que cayó muerto en tierra; como asimismo al pa-
recer de este testigo quedaron todos que eran veintinueve, los
cuales después de tendidos en el suelo por tales muertos los contó
el alcalde mayor de esta dicha provincia que se halló al ejecutar
lo susodicho; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que como dicho tiene en la antecedente pregunta
vio matar conocidamente al dicho Juan Ynbin por mano del dicho Ambrosio
Manalig, el cual le dio con un machete grande que tenía por el
pescuezo, estando primero hincado de rodillas el dicho Juan Ynbin;
y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muerto el dicho Juan Ynbin
y los demás sangleyes vio que lo metieron atravesado en una
banca, y a otro sangley, y lo echaron fuera de la barra de Bon-
bon; y este testigo estuvo en la playa hasta que embarcaron todos los
sangleyes muertos que iban con trompas y amarradas las manos
y de la manera que los mataron; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que de donde
echaron a la mar al dicho Juan Ynbin y demás sangleyes hasta
las bóvedas donde dicen le hallaron habrá por tierra una hora
de camino al paso ordinario de una persona; y por el agua
algo menos. Y en cuanto a las heridas que el dicho Juan
Ynbin tenía, las vio este testigo después que de este pueblo de Casaysay
lo llevaron al de Taal a curarlas. Y según de ser todas tan pene-
trantes y que una sola de ellas bastaba a darle muerte, no se
persuade este testigo pudo el dicho Juan Ynbin naturalmente venir
por sus pies a las bóvedas y fuente donde fue hallado, sin particular

auxilio de Dios Nuestro Señor, y por intercesión de su preciosa madre;
y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que cuando mataron al dicho Juan Ynbin
y demás sangleyes fue miércoles noche, y domingo siguiente por la
mañana oyó decir este testigo habían hallado y visto la noche anterior
al dicho Juan Ynbin en las bóvedas y agua santa de este pueblo de
Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como dicho tiene vio curar las cuatro
heridas que el dicho Juan Ynbin tenía en su cuerpo, y las dos que tenía
en el cerebro; la una mayor que la otra, ambas de muerte porque
tenía y se veían cortados los nervios; y las dos sobre la tetilla y costa-
do derecho asimismo eran mortales, y todas cuatro estaban sin hinchazón,
mal olor, pero tenían gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin muchas ve-
ces andar por sus pies sin que nadie le ayude y sin bordón. Y que le
parece, según lo susodicho y su buena disposición, estar fuera de ries-
go; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pú-
blica voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene,
y que no le tocan las generales de la ley. Y declaró ser de edad
de cuarenta y ocho años; y lo firmó a su usanza con el dicho juez de
comisión e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[en tagalog baybayin] Juan Mamaghoncal [?]
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio de Alonso Calatan.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo de esta provincia de Balayan y juez de comisión para la averiguación del
milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a D. Alonso
Calatang, teniente del castellano de la fuerza de Bonbon, y dijo ser natural
del pueblo de Taal, del cual y mediante el dicho intérprete
se le fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad.
Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, cantero, de más de tres años a esta parte. [Dijo] que este testigo le ha visto
trabajar en su oficio, así en la fuerza de Bonbon como en la iglesia
de Nuestra Señora de Casaysay de este dicho pueblo; y tiene noticia del
milagro que con él usó Nuestra Señora. Y en todo el tiempo que ha que este testigo le conoce
al dicho Juan Ynbin, le ha visto y tenido por hombre de buena vida y costumbres.
Y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiéndole mandado el capitán Diego Mal-
donado Bonal, alcalde mayor de esta provincia de Balayan a don
Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza de Bonbon prendiese
a todos los sangleyes cristianos e infieles de este pueblo de Casaysay, y los demás
que hubiese en estos contornos; y entre los soldados que el dicho castella-
no apercibió para dicho efecto fue uno este testigo; y así vino en compañía del dicho castellano, vinieron a este dicho pueblo, y en él prendieron al dicho
Juan Ynbin en la casa en que estaba y a los demás sangleyes. Y presos
y atadas las manos los llevaron a la dicha fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Ynbin dentro de la
dicha fuerza, amarradas las manos y con una trompa al pescuezo, y de la
misma manera sus compañeros, vio este testigo que el dicho Juan Ynbin se confesó
con el padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este partido de
Taal; y lo mismo hicieron los demás sangleyes cristianos, y algunos in-

-fieles se volvieron cristianos, los cuales bautizó el dicho padre prior que enton-
ces se halló en la dicha fuerza e ido al dicho efecto. Y acabados de confesar,
los fueron sacando de la dicha fuerza amarradas las manos y con trompa
al pescuezo, a cada uno al lugar donde los mataron, que sería apartada de
la dicha fuerza un tiro de arcabuz poco más o menos; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo estaba encima de la muralla de la
dicha fuerza y vio y conoció al dicho Juan Ynbin, que con la dicha trompa
al pescuezo y amarradas las manos, con otro compañero de la misma suerte,
llegó al dicho lugar donde iban matando los demás sangleyes, y vio que el dicho
Juan Ynbin se hincó de rodillas y bajó la cabeza; y un indio sol-
dado de la dicha fuerza, uno de los que estaban nombrados para dar muerte
a los dichos sangleyes, le dio con un machete grande que tenía en sus
manos dos machetazos en el cerebro, y luego cayó en tierra; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos todos los sangleyes que por todos eran veintinueve, el dicho castellano mandó a este testigo como a su teniente
fuera con algunos soldados al lugar do estaban los dichos sangleyes muertos,
y que allí se estuviese y los hiciese embarcar en las bancas dedicadas para ello, y fuesen con ellos bogando, y los echasen fuera de la barra
y boca del río de Bonbon. Y así este testigo estuvo presente y no se quitó
del dicho puesto hasta que vio embarcar los dichos sangleyes muertos, y
entre ellos al dicho Juan Ynbin. Y este testigo los fue contando y
dando por orden, conforme la tenía de su castellano, echasen a la
mar a los dichos veintinueve sangleyes en más de quince bra-
zas de fondo. Y así lo hicieron los dichos soldados de dichas bancas, siendo
en aquella sazón la marea y viento en contrario a tierra, que le parece
a este testigo que según lo susodicho, habían los dichos cuerpos muertos
ido muy lejos mar a fuera; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que desde donde
dio por orden echasen a la mar a los dichos sangleyes muertos hasta donde
dicen fue hallado el dicho Juan Ynbin habrá media legua por tierra,
y por el río algo menos. Y que entonces no miró ni reparó en las heridas

del dicho Juan Ynbin hasta que lo vio curar de ellas en el pueblo
de Taal, que fueron cuatro todas de muerte; y que era imposible,
a su parecer, solo con una de ellas vivir, y que así no pudo el dicho
Juan Ynbin ir a las bóvedas y agua santa de Nuestra Señora de
Casaysay sin particular ayuda suya; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que un día miércoles, ya tarde, mata-
ron los dichos sangleyes, y jueves día siguiente vino este testigo con al-
gunos soldados de la dicha fuerza por orden de su castellano
a guardar esta iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y que
sábado en la noche de la dicha semana, a más de medianoche,
supo este testigo estaba el dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y
agua santa de este dicho pueblo. Y a aquellas horas fue este testigo con otros
indios y le halló en el dicho paraje, y un principal llama-
do don Juan Magtangcab, que reside en el partido de
Balayan, y a la sazón estaba haciendo novenas a Nuestra Señora,
se había adelantado primero y así lo trajo a su posada. Y este testigo
el domingo por la mañana avisó al padre prior, el cual
le mandó lo llevase al pueblo de Taal, y así lo hizo; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que el dicho domingo que llevó al dicho
pueblo de Taal al dicho Juan Ynbin, luego el dicho padre prior trató le
curasen las heridas que eran cuatro, y las dos de ellas tenía en el
cerebro; la una encima de la otra, y la una mayor, y ambas
penetrantes, cortados los nervios principales, y las otras dos sobre
la tetilla y costado derecho eran asimismo penetrantes; y que las
unas y las otras no estaban hinchadas ni de mal olor, pero te-
nían muchos gusanos grandes; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto que el dicho Juan Ynbin anda por
sus pies, sin ayuda de persona ninguna ni sin otro arrimo ins-
trumento. Y que le parece a este testigo está el dicho Juan Ynbin fuera
de todo riesgo; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que este testigo no ha visto las luces encima

de las bóvedas, pero oyó decir los días que estuvo de guardia en este
dicho pueblo a muchos indios de él, que habían visto las luces y que eran
dos, encima de las bóvedas de piedra del agua santa de este
pueblo a diferentes horas de la noche; y esto responde.
-A la oncena, pregunta dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. Y dijo
ser de edad de treinta y cinco años; y lo firmó de su nombre
en castellano, con el dicho juez de comisión e
intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
D. Alonso Calatang.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, el alférez don Juan de Casanova Garay.
En el dicho pueblo de Casaysay, día, mes y año de suso referido,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora
de Casaysay, hizo parecer al alférez don Juan de Casanova
Garay, residente en el pueblo de Taal, del cual se fue recibido
juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz.

Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley, can-
tero, de cuatro años a esta parte que ha que reside este testigo en esta
provincia. Y tiene noticia del milagro que con él ha usado la
Virgen Santísima y Señora Nuestra de este santuario de Casaysay. Y en
el dicho tiempo que ha que le conoce, siendo infiel, era hombre quieto
y pacífico de quien no se sabía vicio ninguno; y después de vuelto
cristiano lo ha visto acudir a las obligaciones de tal sin ser oprimido para
ello; y esto responde.
A la segunda pregunta, dijo que el capitán Diego Maldonado Bonal,
alcalde mayor de esta dicha provincia de Balayan, tuvo orden del señor gobernador y capitán general
de estas islas para que matasen todos los sangleyes cristianos e infieles
de esta provincia; y en virtud de la cual mandó a don Juan
de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon prendiese a los sangleyes
cristianos e infieles que tuviesen en este dicho pueblo de Casaysay y sus contor-
nos. Y así el susodicho lo hizo, y entre ellos oyó este testigo había sido uno
de ellos el dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que este testigo ha oído decir al dicho castellano
de la dicha fuerza de Bonbon y a los indios soldados que se ha-
llaron a matar a los dichos sangleyes presos en dicha fuerza, cómo se
habían confesado los cristianos y algunos infieles bautizados, y
que a todos los sacaron amarradas las manos y con trompa al pes-
cuezo de la dicha fuerza, de dos en dos, al lugar donde los iban ma-
tando, y que sería un trecho de arcabuz de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que asimismo ha oído decir al dicho caste-
llano y a otros indios, soldados de la dicha fuerza, cómo conocidamente
mataron al dicho Juan Ynbin y le dieron de machetazos en el
cerebro y lanzadas en el cuerpo; y esto responde.
A la quinta pregunta, dijo que asimismo ha oído decir a las dichas per-
sonas referidas en la pregunta antecedente que, después de muer-
to el dicho Juan Ynbin le metieron en una banca como a los

demás sus compañeros, y lo llevaron embarcado buen trecho de
la orilla y barra del río de Bonbon, y lo echaron a la mar en más de
quince brazas de fondo, amarradas las manos y con la misma trom-
pa al pescuezo que tenía cuando lo mataron; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que según a este testigo le han contado, desde donde
echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta las bóvedas de piedra donde
está el agua que llaman Santa, lugar donde este testigo ha oído decir se apare-
ció antiguamente muchas veces la Virgen Santísima, por tierra cuarto y
medio de legua; como persona que desde la dicha barra al dicho sitio lo
ha andado muchas veces por tierra; y por el río poco menos. Y tiene por
imposible este testigo que no solamente con las cuatro heridas mortales, cada una
de por sí y que ha visto muchas veces al dicho Juan Ynbin, así antes
de curarlas como después que las iban curando, que con sola una pudiese vivir ni llegar a las dichas bóvedas donde fue hallado, pues sola una
de las dichas heridas que es en el cerebro y tenía de longitud
un jeme y de fondo, partida la nuca, que no le quedaba a la gargan-
ta de dónde afirmarse sino es del mismo tragadero, que sólo ese
le quedó sano. Sobre esta herida le vio otra que tenía cortadas todas las
venas y nervios de la cabeza, que a su parecer y sin ninguna duda
no había medicina ni cirugía humana que las curase; así, estas
dos como otras dos lanzadas, la una sobre la tetilla derecha
que según la tienta le llegaba a la misma tetilla, y la otra heri-
da más abajo en el mismo lado, asimismo mortal, de donde tiene
por infalible este testigo el milagro que la Virgen Santísima fue
servida de usar en el dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que sabe y le consta que al dicho Juan Yn-
bin y demás sangleyes que estaban presos en la dicha Fuerza de Bonbon,
los mataron un miércoles en la tarde que se contaron siete
del mes de diciembre del año pasado de [mil] seiscientos y treinta y
nueve, y sábado en la noche de la dicha semana fue hallado,

según dicen en las dichas bóvedas del agua santa de este dicho pue-
blo de Casaysay. Y [el] domingo siguiente, [fue] llevado al dicho pueblo
de Taal. Y esto responde:
-A la octava pregunta, dijo que se remite a lo que tiene dicho y
declarado en la sexta pregunta de susodicho. Y en esta sabe
y vio que las dichas heridas estaban este dicho domingo antes de
curarlas como si las hubieran acabado de dar, sin inflamación
ni alteración alguna, tan solamente tenían muchos gusanos pero
sin mal olor ni descaecimiento el sujeto del dicho Juan Ynbin, sino tan en sí
y con tanto ánimo, respondiendo a todo lo que preguntaban, y rién-
dose como si no tuviera herida ninguna. Y después vio este testigo curar-
le las heridas al dicho Juan Ynbin muchas veces, y nunca vio se
hubiesen inflamado ni causado mal olor; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto en el pueblo de Taal
y en este de Casaysay al dicho Juan Ynbin andar por sus pies, sin a-
yuda de nadie, y la cabeza meneándola a un lado y a otro; y
está fuera de riesgo de ellas.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir muchas veces a muchos
indios de este pueblo de Casaysay, que después que mataron al dicho Juan
Ynbin y fue hallado en las dichas bóvedas, se vieron encima de ellas
dos luces resplandecientes a deshoras de la noche; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. Y declaró ser de edad
de treinta y ocho años; y lo firmó de su nombre con el dicho juez
de comisión.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
D. Juan de Casanova Garay.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio de Juan de Cabrera, castellano.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario fo-
ráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación
del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer ante sí a don
Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, ladino en la lengua
castellana, que por serlo no fue menester intérprete, del cual se
fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio
dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero, de más de dos años a esta parte, trabajar en su oficio en
la fuerza de Bonbon como en este santuario de Nuestra Señora
de Casaysay, y tiene noticia del milagro que la Virgen Santísima
de Casaysay usó con él. Y que en todo este tiempo que ha que este testigo le conoce
ha sido por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiendo tenido orden el capitán
Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor en esta provincia de Balayan,
del señor Gobernador y Capitán General de estas islas para que matase todos los
sangleyes cristianos e infieles de esta dicha provincia por el general
alzamiento, mandó a este testigo prendiese a todos los sangleyes cristianos e
infieles de este pueblo de Casaysay y sus contornos; y este testigo con
algunos soldados indios de la dicha fuerza llegó a este dicho pueblo,
y en él prendió en su casa al dicho Juan Ynbin y los demás
sangleyes que halló; y presos y amarradas las manos los llevó a la dicha
fuerza; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando preso en la dicha fuerza
de Bonbon el dicho Juan Ynbin, amarradas las manos y con
trompa al pescuezo, como lo estaban los demás sangleyes, llegó
el dicho alcalde mayor a ejecutar en ellos la dicha orden, y pidió

al padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este partido de
Taal, confesase a los dichos sangleyes cristianos y a los infieles que se
quisiesen volver cristianos a bautizarse, porque luego habían de morir todos. Y a-
cabados de confesar y bautizados algunos infieles, los saca-
ron de la dicha fuerza, amarrados como estaban de antes,
al lugar donde los mataron que será un tiro de arcabuz
fuera de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no vio matar conocidamente
al dicho Juan Ynbin, porque este testigo estuvo en la puerta de
la dicha fuerza enviando los sangleyes que de ella salían de dos
en dos para el lugar donde los iban matando. Y que aunque
no vio la muerte que le dieron al dicho Juan Ynbin, le contó el sol-
dado que lo mató llamado Ambrosio Manalig, que le había dado dos
machetazos en el cerebro, uno encima de otro; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que este testigo mandó a don Alonso
Calatang, su teniente, fuese al lugar donde estaban muertos
los dichos sangleyes y contase el número, que habían de ser veintinueve.
Y asistiese allí hasta embarcarlos en las bancas que este testigo te-
nía prevenidas, y que los llevasen buen trecho de la orilla y
barra del río de Bonbon y los echasen a la mar en quince
brazas, amarradas como estaban las manos y con sus trompas
al pescuezo. Y era en ocasión que la marea y viento era contrario
a tierra; y así tiene por cierto este testigo saldrían los dichos cuer-
pos muy a la mar afuera. Y la causa de no haber asistido este testigo
a lo susodicho y haberlo mandado a su teniente fue por estar ocupa-
do en despachar al dicho alcalde mayor para el pueblo de Taal; y esto
responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distancia
de donde mandó echar a la mar a los dichos sangleyes hasta donde
dicen fue hallado el dicho Juan Ynbin en las bóvedas

y agua santa de este pueblo de Casaysay por tierra poco menos de
media legua, y por el río menos. Y que habiendo visto este testigo
las dichas heridas que en su cuerpo tenía el dicho Juan Ynbin,
que son cuatro mortales y penetrantes, que con sola una de ellas
era imposible naturalmente poder el dicho Juan Ynbin
venir a las dichas bóvedas y fuente de agua santa, sin particular
auxilio de la Virgen Santísima Señora Nuestra de este pueblo de Casaysay;
y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde, que se con-
taron siete de diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta
y nueve mataron a los dichos veintinueve sangleyes que este testigo pren-
dió, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, y sábado en la noche
de la dicha semana fue cuando fue hallado en las dichas
bóvedas el dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que vio al dicho sangley con
las dichas cuatro heridas, las cuales doña Catalina Corso, mu-
jer de este testigo, le ha curado y le ha tenido todo el tiempo en su casa
que tiene este testigo en el dicho pueblo de Taal; las cuales heridas
cada una de ellas es penetrante. Y en particular las dos del
pescuezo, que por la primera se veían cortados los ner-
vios principales; y la segunda de más arriba de la misma ma-
nera, y las otras dos sobre la tetilla y costado derecho, mortales.
Y todas cuatro estaban sin hinchazón ni inflamación ni mal
olor, pero tenían muchos gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que como persona y que en su
casa y [con] la dicha su mujer [que] han [sic] curado al dicho Juan Ynbin, le ha visto andar
y anda por sus pies sin ayuda de persona ninguna, ni bordón ni
otro instrumento, y fuera de todo riesgo de ellas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que a este testigo le han contado por cosa muy

cierta, indios de este dicho pueblo de Casaysay, que después que ma-
taron al dicho Juan Ynbin y le hallaron en las dichas bóve-
das vieron encima de ellas dos luces resplandecientes
por espacio de tres noches, que fueron las que hubo desde
que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue halla-
do; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo
del juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales
de la ley. Y declaró ser de edad de treinta y sie-
te años; y lo firmó de su nombre en castellano con
el dicho juez de comisión.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Juan de Cabrera.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, don Juan Magtancab.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de suso
referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Bala-
yan y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora
de Casaysay hizo parecer a don Juan Magtangcab, natural del pueblo
de Sinisián en el partido de Balayan, del cual y mediante el

dicho intérprete se le fue recibido juramento en forma de derecho por
Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y siéndole preguntado al
tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano de
mes y medio a esta parte poco más o menos, y tiene noticia del milagro
que Nuestra Señora de Casaysay ha usado con el dicho Juan Ynbin, del
cual ha oído decir este testigo que es de buena vida y costumbres; y esto
responde.
-A la segunda pregunta, dijo que ha oído decir que por causa del alzamiento
general de los sangleyes, el alcalde mayor de esta provincia de Balayan tuvo
orden para prender todos los sangleyes cristianos e infieles de esta
provincia y que los matase, y que entre ellos fue uno el dicho Juan Yn-
bin, y muerto junto a la fuerza de Bonbon con los demás sangleyes
que había presos en este pueblo de Casaysay y sus contornos; y esto
responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no sabe lo que en ella se contiene y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo no vio matar conocidamente
al dicho Juan Ynbin ni a ninguno de los dichos sangleyes que con él
prendieron, ni vio la muerte que le dieron al dicho Juan Yn-
bin, pero que ha oído decir que después de preso y amarradas las manos
y con una trompa al pescuezo, sacaron al dicho Juan Ynbin de la
dicha fuerza y que le mataron con dos machetazos que le dieron en el
cerebro, y dos lanzadas sobre la tetilla y costado derecho; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que ha oído decir que después de muerto el dicho
Juan Ynbin, le metieron en una banca como a los demás
sus compañeros y lo llevaron embarcado en ella y lo echaron fue-
ra de la orilla y barra del río de Bonbon en la mar, en más de
quince brazas de fondo, amarradas las manos y con la misma
trompa al pescuezo que tenía cuando le mataron; y esto responde.
A la sexta pregunta, dijo que habiéndose informado este testigo desde
a dónde echaron a la mar al dicho Juan Ynbin y a los demás

sangleyes muertos hasta donde este testigo halló al dicho Juan Ynbin,
que fue en las bóvedas del agua que llaman "Santa" de este pueblo
de Casaysay por tierra, a su parecer, una hora de camino como
persona que lo ha andado algunas veces; y por el agua poco menos.
Y un sábado en la noche, yendo este testigo a bañarse, que fue el día
primero que había llegado a este dicho pueblo a tener, digo, a oír misa
a la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay de este dicho pueblo, por part-
icular devoción y voto que este testigo y su mujer habían hecho en
nacimiento de gracias de la salud que habían alcanzado por inter-
cesión de esta Santísima Señora, y que estando recogidos él y su mujer
durmiendo en una casa de este dicho pueblo, a este testigo le dio tan gran
fuego y ardor en todo su cuerpo a más de medianoche, que no
pudiendo sosegar, llamó a un esclavo y le preguntó si había en
aquella casa alguna timba de caña con que sacar agua de la fuente
porque se estaba abrasando, y quería irse a bañar. A lo cual respon-
dió la dueña de la casa, que allí había una banga de agua con que
se podía refrescar; a lo cual replicó este testigo que no quería sino irse
a bañar junto a la misma fuente, por parecerle era muy poca
el agua que cabe en una banga para templar el calor que él te-
nía, y por devoción particular que ha más de dieciocho años que
este testigo tiene con el agua de esta fuente. Y así, bajó de la dicha casa
donde estaba acompañándole dos esclavos, que el uno llevaba
una banga y el otro una timba de caña para sacar el agua de
la dicha fuente. Y llegando uno de los dos esclavos que iba por
delante llamado Antonio Malabar a sacar el agua de dicha fuente,
se alborotó porque halló en una de las bóvedas de dicha fuente un
hombre sentado. Y llegándose a reconocerlo lo asió de la mano y le pre-
guntó diciendo: -¿quién eres?- en lengua castellana. A lo cual no le
respondió ni habló palabra, con que el dicho Antonio Malabar le re-
prendió este testigo, y le dijo no diese voces ni alborotase el pueblo
a aquellas horas. Y llegándose este testigo más se vea, conoció que era sangley;
y le preguntó que quién era y qué hacía. El cual no le respondió

de palabra, aunque hizo acciones de sed, pidiéndole por señas
le diese de beber de aquella agua, señalándola con la mano.
Y entonces este testigo le mandó sacase agua de la dicha fuente
al dicho su esclavo con la timba que llevaba; y él lo hizo, y le dio
de beber con ella al dicho sangley, ayudándole este testigo a suspender
la dicha timba para que mejor pudiese beber. Y al principio que
se la dieron no se la pudo tragar, luego, luego, porque vio este testigo
con la luna que hacía tan clara que le iba saliendo por las
narices y oídos como la iba bebiendo por la boca. Y sosegándose
un poco el dicho sangley volvió a beber con la dicha timba, a la cual
asimismo ayudaba a suspender este testigo. Y luego que la tragó habló
bien clara y distintamente; y respondió a lo que se le había pre-
guntado antes, diciendo: - “Yo me llamo Juan Ynbin, y soy uno de
los sangleyes que mataron en la Fuerza.”- Y este testigo le dijo que có-
mo habiéndole muerto tan lejos estaba allí vivo, y quién le
había traído y [a] aquellas horas. A lo cual le respondió a este testigo
que, una mujer pequeña, muy linda y resplandeciente, del tamaño de
Nuestra Señora de Casaysay le había sacado de la mar y traídole
allí. Con lo cual y habiéndose bañado este testigo mandó a sus
dos esclavos lo cargasen y llevasen a su posada, donde lo
tuvo hasta el día siguiente, domingo, que por orden del padre prior
de este partido, lo llevaron al pueblo de Taal. Y que aunque
este testigo le vio heridas al dicho Juan Ynbin, no reparó en
cuidar de ello hasta que despacio las vio en su posada. Y que
según estaban de penetrantes y mortales, en particular las
del cerebro, era imposible que naturalmente el dicho Juan
Ynbin pudiese ir a las dichas bóvedas y fuente de agua santa
donde este testigo le halló, sin particular auxilio de la Reina
de los Ángeles. Por cuyo medio este testigo tiene por cierto fue traído
a las dichas bóvedas y agua santa; esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha oído decir que al dicho

Juan Ynbin y otros sangleyes mataron un miércoles en la tar-
de. Y [el] sábado en la noche de la dicha semana halló, como
dicho tiene, este testigo al dicho Juan Ynbin en la dicha fuente;
y esto responde.
A la octava pregunta dijo que se remite a lo que dicho
tiene en la sexta pregunta de este dicho, pero que no
vio hinchadas ni de mal olor las dichas heridas, más de tener
gusanos en cantidad y grandes; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que este testigo ha visto en este
dicho pueblo de Casaysay al dicho Juan Ynbin andar por sus
pies, sin ayuda de persona ninguna ni bordón; y le parece
a este testigo estar fuera de riesgo de las dichas heridas el dicho
Juan Ynbin; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que luego que llegó este testigo a este
dicho pueblo de Casaysay, le dijeron muchas personas de él habían
visto dos luces muy resplandecientes encima de las dichas bóvedas
de piedra tres noches había, a diferentes horas de ellas;
y esto responde.
-A la oncena pregunta- dijo que todo lo que dicho tiene es público
y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley.
No supo decir su edad; pareció por su aspecto de más de
cincuenta años; y lo firmó de su nombre a su usanza, con el
dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[Firma en tagalog baybayin] Juan Magtangcab [?]
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio, el padre predicador fray Alonso Rodríguez
En el dicho pueblo de Casaysay, en diecinueve
días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el [Master Joseph Cabral|maestro
Joseph Cabral]], cura beneficiado del partido de Balayan, vicario fo-
ráneo en esta provincia y juez de comisión para la averiguación del
milagro de Nuestra Señora de Casaysay hecho en Juan Ynbin, sangley
cristiano, hizo parecer al padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior
de este partido de Taal, de la orden de nuestro padre San Agustín, al cual se le
fue recibido juramento en forma de derecho, y poniendo la mano derecha en
el pecho juró in verbo sacerdotis de decir verdad. Y siéndole pregun-
tado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, oficio cantero, de año y medio a esta parte que este testigo le ha visto tra-
bajar en esta obra de Casaysay y en la de la fuerza del río de Bonbon;
y tiene noticia que con él usó esta santa imagen de la Virgen
Nuestra Señora de Casaysay el milagro que se está averiguando, y en
todo el tiempo que ha que este testigo le conoce al dicho Juan Ynbin, le ha visto humil-
de, buen cristiano, acudiendo a las obligaciones de tal, así oyendo misa
en los días festivos como en acudir a confesarse sin que para esto haya
sido necesario apremio alguno. Y este testigo ha oído decir a los demás sangleyes
que aquí han estado, que aún en tiempo de su infidelidad vivía el
dicho Juan Ynbin como si fuera cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiéndole llegado orden del señor
Gobernador al capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor de esta provincia,
para que matase todos los sangleyes cristianos e infieles que hallase en la
provincia, el dicho capitán dio orden a don Juan Cabrera, castella-
no de la fuerza de Bonbon, para que prendiese a los sangleyes así cristia-
nos como infieles que asistían en este pueblo de Casaysay; en eje-
cución de lo cual vio este testigo que un martes en la noche, que se
contaron seis de diciembre de mil seiscientos treinta y nueve, lle-
gó a este dicho pueblo de Casaysay don Juan de Cabrera, castellano de dicha
fuerza de Bonbon, en compañía de diez o doce indios

soldados de dicha fuerza; y en presencia de este testigo mandó a los
dichos soldados prendiesen y maniatasen a todos los sangleyes
que había en este dicho pueblo; lo cual hicieron luego al punto, y entre
ellos al dicho Juan Ynbin; y maniatadas las manos llevaron
presos al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes que en este
dicho pueblo se hallaron. Y después supo este testigo los habían llevado
y encerrado en la dicha fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que miércoles que se contaron siete de
diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta y nueve, a las cua-
tro de tarde, fue a la fuerza de Bonbon. Y entrando en
ella vio este testigo al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos
y con una trompa al pescuezo, como lo estaban todos los demás sangleyes
que en dicha fuerza había. Que contándolos este testigo halló ser veinti-
nueve, y amonestándolos para que se confesasen, el dicho Juan Yn-
bin llegó el primero a confesarse, y se confesó con este testigo; y acabán-
dole de absolver, dice este testigo, le oyó llamar a la Virgen María Señora
Nuestra invocando su santo nombre por tres o cuatro veces,
hasta que el dicho Juan Ynbin se apartó para que los demás cristianos
se llegasen a confesar. Y habiendo este testigo acabado de confesar
a todos los sangleyes que había cristianos, y de cristianar a los in-
fieles que pidieron bautismo, vio este testigo que los iban sacando de
dicha fuerza de dos en dos; acompañándoles y haciéndoles escol-
tados indios soldados de dicha fuerza que los llevaban a la playa,
frontero de la misma fuerza que era el lugar donde los mataron
a todos; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que estando en un caballero de dicha fuer-
za que miraba al lugar donde los mataron, vio este testigo cómo iban
llegando al dicho paraje de en dos en dos los dichos sangleyes con el
mismo orden que iban saliendo de la fuerza. Y habiendo el
dicho Juan Ynbin llegado a la dicha playa se hincó de rodillas y
bajó la cabeza, y un indio soldado de dicha fuerza, uno de los que

estaban nombrados para ejecutar y matar los dichos sangleyes, le dio con
un machete grande un machetazo en el pescuezo con que cayó en tie-
rra, y consiguientemente le dio otro machetazo en el mismo pescuezo, que
sólo al dicho Juan Ynbin notó este testigo dieron dos machetazos y no a otro
alguno de veintinueve sangleyes que en aquel lugar con él murie-
ron. Y acabados de dar los machetazos vio este testigo que el mismo in-
dio que se los dio, le tiró una estocada de punta con el mismo mache-
te que le había dado en el pescuezo, y le dio en un lado del pe-
cho. Y luego incontinente llegó otro indio con una lanza
en las manos y le dio con ella una lanzada; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos todos los dichos sangleyes los mandó
contar en presencia de este testigo el capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor
de esta provincia, que juntamente estaba en compañía de este testigo en el caballero de dicha fuerza, y se halló haber veintinueve sangleyes, que es el mismo número
que dentro de dicha fuerza. Asimismo, en presencia de este testigo se habían con-
tado, y este testigo les dijo un responso como a hombres ya muertos. Y luego
mandó el dicho alcalde mayor don Juan de Cabrera, castellano de dicha fuer-
za, los hiciese echar a la mar fuera de la barra. Y en presencia de este testigo
se previnieron las bancas e indios para echarlos; y que después oyó de-
cir este testigo los habían echado a todos, y entre ellos al dicho Juan
Ynbin, fuera de la barra, dentro de la mar en quince brazas de fon-
do; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que desde el lugar donde le echaron
a la mar al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes, hasta las bóvedas
y fuente de este pueblo de Casaysay donde fue hallado el dicho Juan
Ynbin habrá poco menos de media legua por tierra. Y casi otro tanto
por el río; que por una y otra parte lo ha andado este testigo muchas veces,
y le parece a este testigo que según las heridas que le vio después al dicho
Juan Ynbin era imposible de toda imposibilidad, no tan solamente
poder ir por sus pies a las dichas bóvedas y agua santa donde el dicho Juan
Ynbin fue hallado, pero aún levantarse del lugar donde este testigo
le vio caer muerto sin particular auxilio de Dios Nuestro Señor. Y así este
testigo tiene el caso por milagroso; y esto responde.

-A la séptima pregunta, dijo que miércoles sobre tarde, que se contaron,
siete del mes de diciembre del año próximo pasado de [mil] seiscientos y treinta
y nueve, fue cuando mataron al dicho Juan Ynbin y a los dichos sus
compañeros, y sábado en la noche de la misma semana fue cuando
a este testigo le dijeron lo habían hallado en dichas bóvedas y agua santa
de este dicho pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que domingo que se contaron once de dicho mes de
diciembre de dicho año pasado de [mil] seiscientos treinta y nueve, habien-
do tenido este testigo aviso de los indios de este pueblo de Casaysay, como
aquella noche habían hallado en las dichas bóvedas al dicho Juan Ynbin,
mandó se lo llevasen al pueblo de Taal, para en él saber y averiguar en
la forma que había sido hallado en dichas bóvedas, y así lo hicieron.
Y llegado con el dicho sangley dicho domingo a las dos de la tarde, lo hizo
llevar a la iglesia donde bajó este testigo de su convento a verle; y era
tanto el concurso de gente que halló con el dicho sangley, que por buen rato
no pudo llegar a verle; porque a la fama que ya se había divulgado
de que con el dicho sangley había Nuestra Señora usado este milagro se había juntado.
Y llegando este testigo al dicho Juan Ynbin le vio las dos heridas
que tenía en el cerebro, una encima de otra, y viendo que eran tan pe-
netrantes, le pareció a este testigo se había de quedar luego allí muerto, di-
ciéndole que la Virgen había sido servida de guardarle para que
se confesase bien, si acaso con la turbación el día que le mataron
se había olvidado de algunas cosas que no hubiese confesado. Y animán-
dole a que tuviera confianza en Dios Nuestro Señor y en su Bendita
Madre, que pues ella había sido servida de guardarle, le daría salud
si le conviniese para honra y gloria suya y de su Bendito Hijo. Y
tomando el pulso este testigo al dicho Juan Ynbin le halló sin ca-
lentura ni accidente alguno, con que este testigo conoció ser cosa supe-
rior y milagrosa; por cuanto a este tiempo se le espeluzaron los cabellos
como hombre que ve alguna cosa de la otra vida; con lo cual dijo
a los indios que allí lo habían traído lo llevasen en casa de don
Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, para que
allí se cuidase de él, yendo este testigo en su seguimiento hasta la dicha casa.

Y halló en ella a doña Catalina Corso, mujer del dicho castellano, a
quien este testigo le contó el caso, y encargó tuviese todo cuidado con el
dicho Juan Ynbin, haciéndole curar las heridas que tenía. Y luego
este testigo envió a llamar un indio llamado don Pedro Dima-
tolac, que la dicha doña Catalina le dijo entendía de curar
heridas. Y llegado el dicho indio, se las descubrió y miró al
dicho Juan Ynbin en presencia de este testigo y de otras muchas personas
que allí estaban; y vio este testigo que la herida que tenía en el pescue-
zo tenía cortados los dos nervios principales, y lastimado el hueso y de
longitud un jeme; y la otra herida que tenía más arriba sobre la
nuca asimismo tenía cortados los nervios, y longitud poco menos.
Y en las otras dos heridas, que la una tenía sobre la tetilla derecha,
vio este testigo que lavándosela con vino el dicho indio curandero, le me-
tió los dedos en ella, que entraron hasta su nacimiento; y lo mismo en la
cuarta herida que tenía en el costado. Y todas tan penetrantes que con
cualquiera de ellas le parece a este testigo que era imposible vivir
el dicho Juan Ynbin naturalmente; las cuales no estaban hinchadas ni
inflamadas ni de mal olor; antes tan tratables como si en aquel punto
acabaran de dárselas, aunque estaban llenas de gusanos. Y de esta misma
suerte sin hinchazón ni inflamación ni mal olor estuvieron siempre
hasta que cerraron. Porque este testigo con particular cuidado asistía siem-
pre a vérselas curar estando siempre el dicho Juan Ynbin sin acciden-
te ninguno ni quejarse de ellas sino antes con buen color y alegre sem-
blante, respondiendo a todos los que le preguntaban el caso. Y que habién-
doselo oído contar muchas veces y con particular cuidado, ha notado este testigo,
no ha discrepado ni variado en cosa alguna de lo que a este testigo le contó la
primera vez; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin en el pueblo de
Taal y en este de Casaysay, donde al presente está, pasearse por las calles
por sus pies sin ayuda alguna; e ido así en Taal como en este dicho pueblo
a ver a este testigo a su convento, subiendo y bajando las escaleras

asimismo sin ayuda alguna. Y que al presente está sin riesgo alguno por causa de dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que le han dado parte algunas personas
de este dicho pueblo de Casaysay que, después que mataron al dicho Juan
Ynbin hasta sábado en la noche que le hallaron al pie de las dichas
bóvedas, habían visto encima de ellas a deshoras de la noche, dos luces res-
plandecientes. Lo cual tiene este testigo por sin duda por ser aquel lugar
donde dicen por cosa cierta, se apareció muchas veces esta santísima
imagen que está en este santuario de Casaysay, lugar do los in-
dios acuden con particular fe y devoción, y a valerse del agua
y manantial que hay en dichas bóvedas, con que se bañan y han sanado
algunos enfermos, y así le llaman los indios Agua Santa; y
esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio,
pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene en virtud de la licencia inscriptis del reverendo
padre fray Juan Ramírez, rector provincial de esta provincia del
Santísimo Nombre de Jesús, que original está presentada en esta
información; y declaró ser de edad de cincuenta años, y lo
firmó con el dicho juez de comisión.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Fray Alonso Rodríguez.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio, el padre predicador fray Cristóbal Enríquez.
En el pueblo de Casaysay, en veinte días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay hizo parecer al padre predicador fray Cristóbal Enríquez, prior en el convento de Bauan, del cual y en virtud de la licencia del reverendo padre fray Juan Ramírez, rector provincial en esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús que está presentada para dicho efecto en esta información, el cual juró in verbo sacerdotis, poniendo la mano derecha en el pecho, de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin de más de un mes a esta parte, y que ha tenido noticia que trabajaba en su oficio de cantero en la fábrica de este santuario de Nuestra Señora de Casaysay; y asimismo la tiene del milagro que esta dicha Señora ha usado con el dicho Juan Ynbin, y que ha sido hombre de buen corazón, sin malicia; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que tiene noticia por relación que por causa del general alzamiento de los sangleyes, se mandaron prender y matar los de esta provincia y los de este pueblo de Casaysay se hiciese con ellos lo mismo, llevándolos a la fuerza de Bonbon donde los mataron, y entre ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que tiene noticia, además de ser pública voz y fama en toda esta provincia que, estando preso en dicha fuerza de Bonbon el dicho Juan Ynbin con los demás sangleyes que en ella estaban, le sacaron amarradas las manos y con una trompa al pescuezo; después de haberse confesado le llevaron al lugar donde estaba dedicado para matar los dichos sangleyes, y dicen será un tiro de arcabuz, poco más o menos, apartado de la dicha fuerza; y esto responde.

-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo no vio con evidencia matar al dicho Juan Ynbin ni la muerte que le dieron, pero ha oído decir que de hecho lo mataron dándole las cuatro heridas que este testigo vio después de curarle aquella semana que llevaron a Taal al dicho Juan Ynbin. Y que asimismo le han contado a este testigo por cosa cierta, que después de haberse confesado el dicho Juan Ynbin y llevándole al sitio donde le mataron, le decían invocase el nombre de Jesús para que en aquel trance le ayudase; y él decía: -“Cómo así morí mía tanto trabaja aquí iglesia de Santa Malía de Casaysay ella cuidado”.- Y llegando este testigo a su partido de Bavan, de vuelta de Calamba, halló en él divulgada la fama del milagro que esta Santísima Señora de Casaysay había obrado en el dicho Juan Ynbin. Y luego, el día siguiente, pasó este testigo a Taal a certificarse del milagro y vio las heridas del dicho sangley; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que asimismo ha oído decir que después de muerto el dicho Juan Ynbin y sus compañeros, le iban metiendo a él y a ellos en bancas atravesados y los llevaron bogando buen trecho de la orilla y barra del río de Bonbon, y lo echaron a la mar en quince o dieciséis brazas de fondo, amarradas las manos y con la misma trompa al pescuezo que tenía cuando le mataron; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que según a este testigo le han informado, desde donde lo echaron al agua al dicho Juan Ynbin hasta donde dicen lo hallaron, que fue en las bóvedas del agua que llaman Santa de este pueblo de Casaysay, por tierra habrá media legua, y por el agua poco menos. Y que según este testigo vio las cuatro heridas que el dicho Juan Ynbin tenía, y por la parte que el dicho Juan Ynbin ha mostrado a este testigo le bajaron, que es un monte acantilado y montuoso que está a un lado de las dichas bóvedas y fuerte, donde el mismo sangley le contó a este testigo le pusieron, le parece

a este testigo según las dificultades que naturalmente pudiese ir a las dichas bóvedas y fuente sin particular auxilio de Dios; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha tenido noticia mataron al dicho Juan Ynbin con los demás sangleyes miércoles en la tarde, que se contaron siete de diciembre del año próximo pasado de [mil] seiscientos y treinta y nueve, y a diez del dicho mes, sábado en la noche de dicho año, fue hallado en dichas bóvedas y agua santa; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que las heridas y lanzadas que este testigo vio en el cuerpo del dicho Juan Ynbin en el pueblo de Taal fueron grandes, penetrantes y de muerte cada una de ellas, particularmente las dos del pescuezo y cerebro; porque la mayor tenía de boca un jeme de largo, cortados los nervios y huesos principales de una parte a otra, quedándole a su parecer solamente el garguero sano. Y que para sustentar la cabeza el dicho Juan Ynbin se valía de entrambas sus manos cuando se sentó para que mejor le viesen las heridas; y que la herida que estaba más arriba, sobre la nuca, era asimismo algo menos ancha que la primera, y tan penetrante como la otra, que daba miedo el verlas. Y las otras dos heridas o lanzadas que tenía el susodicho sobre la tetilla y costado derecho eran asimismo mortales. Y cada una de por sí, y en particular muy penetrante la que estaba sobre la tetilla derecha. Y que todas cuatro estaban frescas, sin hinchazón ni inflamación ni mal olor y ya quitádoles los gusanos que dicen tenían; y el sangley de tan buen semblante como si no tuviera lesión ninguna, antes reparó este testigo con particular cuidado estaba risueño y alegre el rostro y de mejor semblante que hoy tiene, y como de hombre que tiene mucha oración y trato familiar con Dios; con lo cual este testigo tuvo por evidente milagro el que había oído decir había obrado Nuestro Señor con el dicho Juan Ynbin, por intercesión de la Virgen María de Casaysay. Y asimismo tuvo por cierto le había traído la Virgen

al lugar de dichas bóvedas do fue hallado el dicho Juan Ynbin, como se lo contó a este testigo; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin andar por sus pies, y subir y bajar la escalera de esta casa de Casaysay sin ayuda de persona ninguna, ni bordón ni de otro instrumento en que amarrarse. Y le parece a este testigo que está fuera ya de riesgo de las dichas heridas el dicho Juan Ynbin, el cual a este testigo le enseñó el lugar por donde le bajó la Virgen, que es como dicho tiene, el monte que está detrás de las bóvedas y fuente que llaman Santa. Y yendo en su compañía este testigo se informó del modo como le bajaron y pusieron en el lugar donde le hallaron el sábado en la noche, que es el monte donde al principio está [la] santa imagen. Y después acá dicen se ha aparecido diferentes veces a diferentes personas, lo cual este testigo tiene por cierto por ser tanta y tan general la devoción que de más de dieciocho años a esta parte ha que la oye y visto este testigo. Y que asimismo le ha contado a este testigo el dicho Juan Ynbin en el lugar donde fue hallado, cómo la Virgen le bajó por allí y le puso en la fuente santa junto a los arcos, donde le hallaron unos indios aquella noche. Y no pudiendo sacar agua por no tener [[ilegible]] u otra cosa alguna con qué sacarla para beber, se la pidió a los dichos indios por señas por no poder hablar bien, y que luego que la tragó, le dijo el dicho Juan Ynbin a este testigo que pudo hablar y se sintió más aliviado. Y que de allí le llevaron los dichos indios cargado a una casa de este pueblo, por no poder ir él por sus pies como ni tampoco vino por ellos, según asimismo le contó a este testigo el dicho Juan Ynbin al lugar de la dicha fuente desde la dicha mar a donde le arrojaron muerto, sino que una niña muy hermosa vestida de blanco le guió

y trajo al dicho lugar de la fuente santa por el campo, cuyas vertientes bajan sobre el dicho monte por donde le bajaron, y bóvedas de la dicha fuente santa; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir cuando de divulgó la fama del milagro, como tiene dicho, que juntamente se vieron de noche y encima de las dichas bóvedas dos luces resplandecientes desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado en dichas bóvedas; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene, y lo firmó y dijo ser de edad de cuarenta y siete años. Y asimismo lo firmó el dicho juez de comisión.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral. Fray Cristóbal Enríquez. Ante mí, Alonso Márquez, notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, don Pedro Dimatolac.
En el dicho pueblo de Casaysay en el dicho día, mes y año de suso referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación de este milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a un indio que mediante Thomas Dimaligalig, in-

-térprete, dijo llamarse D. Pedro Dimatolac, y ser natural del pueblo de Ylog, doctrina del de Taal, del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y habiéndolo hecho prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano, desde que ha que la Virgen Santísima usó con él el milagro de librarle de la muerte. Y ha oído decir que siempre ha sido hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
A la segunda pregunta, dijo que ha oído decir que por causa del alzamiento general de los sangleyes fue preso el dicho Juan Ynbin, y con los demás sangleyes de este pueblo llevado a la fuerza de Bonbon para que los matasen; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que ha oído decir que estando el dicho Juan Ynbin preso en la dicha fuerza y amarradas las manos y con trompa al pescuezo, como lo estaban sus compañeros, después de confesado y los demás, le sacaron de la dicha fuerza amarrado como estaba al lugar donde los mataron, que dicen fue fuera de la dicha fuerza un tiro de arcabuz, poco más o menos; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que ha oído decir que mataron al dicho Juan Ynbin dándole de machetazos en el pescuezo y cerebro quedando muerto; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que ha oído decir lo que en ella se contiene; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que según le parece a este testigo, desde donde le han dicho echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta el lugar donde fue hallado, por tierra, a su parecer habrá más de media legua, y por el agua poco menos; y que con las heridas que este testigo vio al dicho Juan Ynbin tiene por cierto que con ninguna de ellas pudiese venir

a las bóvedas del agua que llaman Santa, que están en el dicho pueblo, sin auxilio y ayuda de Dios Nuestro Señor; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha oído decir que miércoles en la tarde mataron al dicho Juan Ynbin y sus compañeros en la dicha fuerza de Bonbon, y sábado en la noche de la dicha semana le hallaron en dichas bóvedas; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como persona que fue llamado por el padre prior de este partido de Taal para curarle las heridas y lanzadas al dicho Juan Ynbin, las vio y tentó desde su principio, que las halló llenas de gusanos; y las dos que tenía en el pescuezo y cerebro, la primera que tenía un jeme de boca, tenía cortados los nervios principales, que solamente tenía el tragadero sano; y la otra herida más arriba asimismo se le veían los nervios cortados. Y las dos heridas o lanzadas, que la una está sobre la tetilla derecha era tan penetrante que metiendo este testigo los dedos en ella no alcanzaba. Y le fue fuerza para curarla coger un pedazo de caña y envolverle unos trapos con que hizo tienta que era de más de un jeme de largo, y entró en la dicha herida toda la tienta. Y la cuarta que tenía en el costado del mismo lado era asimismo penetrante. Por la cual este testigo metía los dedos en ella hasta su nacimiento; con lo cual este testigo se prometió siempre sanaría de ellas el dicho sangley por intercesión de la Virgen Santísima, supuesto que antes con semejantes heridas tan penetrantes y mortales vivía. Y que en todo el tiempo que este testigo las curó nunca las vio hinchadas ni inflamadas ni con mal olor, ni con accidente de calentura al dicho sangley, el cual siempre estuvo de buen semblante; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus

pies, sin ayuda de nadie ni de bordón ni otro instrumento alguno; y fuera de riesgo de las dichas heridas, por cuya causa ya no las cura este testigo, porque no necesitan de remedio; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir que después que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que le hallaron en dichas bóvedas se habían visto dos luces resplandecientes a deshoras de la noche; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. No supo decir su edad; pareció por su aspecto de más de cincuenta años. Y lo firmó en castellano con el dicho juez de comisión e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
D. Pedro Dimataloc.
Thomas Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, el alférez D. Fernando Dimayacyac.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año suso referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del par-

tido de Balayan, y vicario foráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al alférez don Fernando Dimayacyac, que mediante el dicho intérprete dijo llamarse así, y ser natural del pueblo de Ylog, doctrina de este de Taal del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad, y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano, cantero, de un año a esta parte que este testigo le ha visto trabajar en su oficio en esta iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del milagro que la Virgen Santísima de este dicho pueblo usó con el dicho Juan Ynbin, al cual en este tiempo que ha que dice lo conoce lo tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que tiene noticia que por el alzamiento general de los sangleyes, se mandaron por el alcalde mayor de esta provincia prender los cristianos e infieles de ella, y los de este pueblo los llevaron presos a la fuerza de Bonbon, y entre ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que este testigo fue en compañía del capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor de esta dicha provincia a la fuerza de Bonbon, a mandar matar todos los sangleyes que en ella estaban, entre los cuales vio al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos y con una trompa al pescuezo como lo estaban los dichos sangleyes. Y después de confesados, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, le sacaron de la dicha fuerza amarrado como estaba de antes al lugar donde los mataron, el cual será un tiro de arcabuz, poco más o menos, de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que, como tiene dicho, fue a la dicha fuerza en compañía del dicho alcalde mayor, y vio este testigo matar conocidamente al dicho Juan Ynbin y a todos los demás, porque este testigo estaba en el lugar donde los iban matando por orden del dicho alcalde mayor,

y vio la muerte que le dieron al dicho Juan Ynbin que fueron
dos machetazos en el pescuezo y cerebro; y del primero vio este testigo
que cayó luego en tierra el dicho Juan Ynbin, y luego le ha seguido
con el otro el indio que le había dado el primero, y luego le tiró
tercera vez de punta con el mismo machete dándole encima
de la tetilla derecha; y al tiempo que sacó el machete de la herida
vio este testigo que el dicho Juan Ynbin le salió por la boca gran
cantidad de sangre. Y la cuarta herida le dio otro indio con una
lanza una lanzada en el costado, en el mismo lado. Y acabados todos de
matar y tendidos en el suelo los contó este testigo, que fueron veinti-
nueve sangleyes, los mismos que habían salido de la dicha fuerza
a la cual este testigo se volvió luego al punto donde halló al dicho alcalde
mayor, y le dio cuenta de lo que le había mandado a este testigo, sin embar-
go de lo cual otra vez le mandó a este dicho testigo volviese y los con-
tase, y mirase uno por uno; y si acaso hallase alguno o algunos
vivos los matase, y este testigo tornó de nuevo a contarlos y halló el
propio número, y vio que ninguno de ellos estaba vivo, con lo
cual se volvió a la dicha fuerza donde estaba el dicho alcalde mayor,
y en su compañía se volvió al pueblo de Taal; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que al tiempo que salían el dicho alcalde mayor
y este testigo para la vuelta de Taal, vio este testigo embarcar algunos
de los dichos sangleyes en bancas para echarlos a la mar, y que según
las heridas que este testigo como dicho tiene vio dar al dicho Juan Yn-
bin, de las cuales quedó muerto, era imposible poder ir a las bóve-
das y manantial de agua de ellas que llaman Santa, do fue
hallado; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo habrá de distancia desde a donde dicen echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta las bóvedas do fue hallado por tierra media legua, y por agua poco menos. Y lo demás contenido en esta pregunta, se remite a lo que se contiene en la antecedente de este dicho;

y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que este testigo, sin embargo de haberle visto
dar las heridas al dicho Juan Ynbin, se las vio curar en el
pueblo de Taal; y las dos grandes en el cerebro y pescuezo
eran tan grandes y penetrantes, que la mayor del pescuezo
tenía un jeme de boca y cortados todos los nervios principales;
y la de más arriba de la misma manera. Y las dos sobre la tetilla
y costado derecho así mismo penetrantes, y todas cuatro sin hinchazón
ni inflamación ni de mal olor, pero tenían muchos gusanos; y esto
responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto que el dicho Juan Ynbin andar
por sus pies, sin ayuda de persona ninguna ni bordón; y a su
parecer de este testigo [está] fuera de riesgo de las dichas heridas; y esto
responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que lo que dicho tiene es público y notorio,
pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. Y dijo
ser de veinticinco años; y lo firmó en castellano con el dicho juez
e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Don Fernando Dimayacyac.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio, Ambrosio Panganiban.
En el pueblo de Casaysay, en veinte días del mes de
enero de mil seiscientos cuarenta años,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez
de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay,
hizo parecer a un indio que mediante el dicho intérprete dijo
llamarse Ambrosio Panganiban, y ser natural del pueblo de Taal,
y soldado de la fuerza de Bonbon, del cual se le fue recibido jur-
amento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la
cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad, y siéndole
preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte poco más o me-
nos, que este testigo le ha visto en el dicho su oficio trabajar en la fuer-
za de Bonbon y en la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay
de este pueblo. Y tiene noticia del milagro que con el dicho Juan Yn-
bin ha obrado esta Santísima Señora; y que el tiempo que aquí le conoce
le ha tenido por hombre humilde y buen cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiendo tenido orden don
Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza del alcalde mayor
de esta provincia, para prender los sangleyes cristianos e infieles
de este dicho pueblo y sus contornos, vino al susodicho e hizo
la dicha prisión. Y este testigo fue uno de los soldados que vinieron
con él, y entre los demás sangleyes fue uno el dicho Juan Yn-
bin; al cual amarradas las manos como a los demás, los lleva-
ron presos a la dicha fuerza; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que vio al dicho Juan Ynbin
preso en la dicha fuerza, amarradas las manos y con una trom-
pa al pescuezo que le habían puesto, y a los demás sus compañeros
el día siguiente que fue cuando los mataron. Y que a-
quél día propio, el padre prior de este partido que a la sazón

estaba en la dicha fuerza confesó al dicho Juan Ynbin
y a los demás cristianos, y a algunos infieles bautizó. Y acabado, de dos
en dos amarradas las manos y con las dichas trompas los llevaron
al lugar donde los iban matando, que era un tiro de arcabuz,
poco más o menos, apartado de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo vio conocidamente
matar al dicho Juan Ynbin, al cual habiéndole llevado al
lugar donde los iban matando, se hincó de rodillas y bajando la
cabeza le dio un soldado indio llamado Ambrosio Manalig,
con el machete que en sus manos tenía, una herida en el pescuezo
de la cual vio este testigo que cayó luego en tierra el dicho Juan
Ynbin; y el dicho soldado le dio otra herida con el dicho machete
más arriba, y en el cerebro; y con el dicho machete le tiró de
punta y lo hizo sobre la tetilla derecha. Y otro indio soldado de
los que asimismo estaban dedicados para matar los dichos sangleyes
llegó al dicho Juan Ynbin, estando tendido en el suelo y mue-
rto, y le dio una lanzada con la lanza que tenía en las manos.
Y lo mismo iba haciendo en los demás cuerpos muertos; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de acabados de matar
los dichos sangleyes, el dicho castellano mandó a este testigo y a otros tres
indios soldados, que en dos bancas pequeñas que allí estaban
fuesen embarcando los sangleyes difuntos, y los llevasen buen
trecho de la orilla y barra del río de Bonbon, y los echa-
sen al mar en más de quince brazas de fondo, y así lo hicieron;
y que aunque este testigo no llevó él ni su compañero en la dicha su banca embarcado, vio embarcarlo en la otra banca y atravesado
en ella, ambas bancas cada una con dos cuerpos muertos
fueron bogando hasta donde el dicho castellano le había mandado.
Y llegados al dicho paraje este testigo y su compañero echaron a la mar
a los dos sangleyes que llevaban en su banca, y lo mismo hicieron
los de la otra con otros dos sangleyes que asimismo llevaban.

Entre los cuales, como dicho tiene este testigo, era el uno del dicho Juan
Ynbin que con la dicha trompa como a los demás lo arrojaron al
agua; con lo cual los cuatro indios de ambas bancas, en
cada una dos, volvieron a ir embarcando en ellas los demás
sangleyes muertos que quedaban en tierra; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece que desde donde
echaron a la mar al dicho Juan Ynbin y demás sangleyes, hasta
el lugar donde dice que fue hallado el dicho Juan Ynbin
de las bóvedas de piedra y agua que llaman Santa de este dicho
pueblo, por tierra le parece habrá una hora de camino al
paso ordinario de una persona; y por el agua algo menos.
Y que aunque este testigo vio las heridas que le dieron cuando mata-
ron al dicho Juan Ynbin, no se enteró tanto de ellas como des-
pués que se las vio curar en el pueblo de Taal. Tiene por
cierto este testigo que sin particular merced de Dios no pudo venir
a las dichas bóvedas y fuente Santa donde le hallaron; y esto res-
ponde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde fue cuando
mataron al dicho Juan Ynbin, y domingo siguiente que
este testigo oyó decir lo habían hallado en las dichas bóvedas;
y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como dicho tiene, vio las heridas
y lanzada del dicho Juan Ynbin, así cuando se las dieron
como después curándoselas en el pueblo de Taal; y las dos
del pescuezo tenían cortados los nervios principales;
y las otras dos asimismo eran mortales. Y que cuando
se las vio curar este testigo no estaban hinchadas ni infla-
madas ni de mal olor, y que ya no tenían gusanos porque
se los habían quitado; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Yn-
bin en el pueblo de Taal y en éste de Casaysay andar

por sus pies, sin ayuda de nadie ni de bordón; y le parece
a este testigo está ya el susodicho fuera de riesgo de las dichas
heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público
y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley.
No supo decir su edad; pareció por su aspecto de treinta años,
poco más o menos, y no firmó porque dijo no saber.
Firmólo el dicho juez e intérprete.
rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, Bartolomé Maninbang.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de
suso referido, el dicho juez de comisión para más prueba
de la dicha averiguación del milagro hizo parecer a un indio que
mediante el dicho intérprete dijo llamarse Bartolomé
Manimbang [sic], y ser natural del pueblo de Taal, y soldado
de la fuerza de Bonbon. Del cual se fue recibido juramento

en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz.
Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad; y siéndole pre-
guntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte poco más
o menos, y que le ha visto trabajar en su oficio en la fuerza de Bonbon
e iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del
milagro que con él ha usado esta Santísima Señora, y que este testigo
lo ha tenido por hombre de buena vida al susodicho; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que don Juan de Cabrera,
castellano de la fuerza de Bonbon llevó a ella cantidad
de sangleyes que había preso en este pueblo de Casaysay, por
orden del alcalde mayor de esta provincia para matar-
los, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, amarradas las
manos como a los demás; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Yn-
bin dentro de la dicha fuerza, amarradas las manos y
con trompa al pescuezo que ya se la habían echado y a los de-
más sangleyes, los confesó a los cristianos el padre prior de este
partido de Taal y bautizó algunos de los infieles que
asimismo estaban presos, y luego de dos en dos y con las
dichas trompas los iban sacando de la fuerza y llevando al lu-
gar donde los mataron, que será un tiro de arcabuz poco más
o menos apartado de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que vio este testigo conocidamente
matar al dicho Juan Ynbin porque estaba fuera de la
dicha fuerza y en el lugar donde los iban matando;
y llegado a él vio este testigo que el dicho Juan Ynbin se hin-
có de rodillas y bajó la cabeza, y uno de los

soldados indios dedicados para matar los dichos
sangleyes llamado Ambrosio Manalig, con un machete que
tenía en las manos le dio dos machetazos en el pescuezo y
cerebro; que del primero cayó en tierra el dicho Juan Ynbin,
y luego el dicho soldado le dio con la punta del dicho ma-
chete sobre la tetilla derecha; y asimismo otros soldados que
allí estaban con lanzas para ir recorriendo los sangleyes muer-
tos, por si acaso alguno o algunos no lo estaban del todo,
acabarlos de matar con las lanzas; y aunque lo estaban
muertos del todo, sin embargo de ello les iban dan-
do lanzadas, y así le dieron una al dicho Juan Ynbin
por el costado; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que acabados de matar los dichos
sangleyes, que por todos fueron veintinueve los que este
testigo contó muertos, que fueron los mismos que salieron de
la dicha fuerza, le mandó el castellano de ella a este testigo
y a otros tres indios soldados, que en dos bancas que allí esta-
ban fuesen embarcando los dichos sangleyes muertos, y los
llevasen fuera de la barra del río de Bonbon y los echa-
sen a la mar en más de quince brazas de fondo. Y así este testigo
y los demás sus compañeros lo hicieron embarcando en
cada banca dos sangleyes atravesados en ella, y con sus
trompas; y en la otra banca vio este testigo embarcado y a-
travesado en medio al dicho Juan Ynbin, y con la trompa
con que le mataron. Y ambas bancas con los dichos cuerpos muer-
tos fueron juntas, y en más de quince brazas echaron a
la mar a los dichos sangleyes. Y este testigo vio echar al agua al dicho
Juan Ynbin y con la misma trompa a los indios de
la banca en que le habían llevado embarcado; y esto responde.

-A la sexta pregunta, dijo que le parece hay de distancia desde do-
nde echaron los sangleyes muertos a la mar hasta las bóvedas
en que está el agua Santa de este pueblo de Casaysay, y don-
de fue hallado el dicho Juan Ynbin, por tierra una hora
de camino al paso ordinario; y por agua poco menos. Y que
con las heridas que este testigo como dicho tiene vio dar
al dicho Juan Ynbin, que todas ellas fueron de
muerte, tiene por imposible este testigo pudiese venir
a las dichas bóvedas y agua Santa donde fue hallado sino es
con auxilio de Dios Nuestro Señor; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde ma-
taron al dicho Juan Ynbin y sus compañeros, y el domingo
siguiente oyó este testigo en el pueblo de Taal lo habían hallado
en las dichas bóvedas y agua santa en este pueblo;
y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que sin embargo de haber visto las dichas
heridas cuando se las dieron al dicho Juan Ynbin, las tornó a ver
este testigo en el dicho pueblo de Taal cuando se las curaban, que en par-
ticular las dos del pescuezo, cerebro eran penetrantes; porque la
principal era muy grande y tenía cortados todos los nervios que
se le veían, y la otra de la misma manera. Y las otras dos
sobre la tetilla y costado derecho asimismo penetrantes, y todas
cuatro sin hinchazón ni mal olor y sin gusanos, porque ya se los ha-
bían quitado; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus
pies, sin ayuda de nadie; y le parece según lo cual estar el suso-
dicho fuera de riesgo de las dichas heridas; y esto responde.
A la décima pregunta, dijo que ha oído decir algunos indios

que desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado
en las bóvedas y agua santa se vieron encima de ellas algunas
luces a deshoras de la noche; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público
y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley.
No supo decir su edad; pareció por su aspecto de cuarenta y seis
años, y no firmó porque dijo no saber. Firmólo el dicho juez e in-
térprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, Francisco Magpiguil.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año
suso referido, el dicho juez de comisión para más prueba del
dicho milagro hizo parecer a un indio, que mediante el dicho in-
térprete dijo llamarse Francisco Magpiguil, y ser natural de este dicho
pueblo de Casaysay, del cual se fue recibido juramento en forma
de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
prometió de decir verdad; y siéndole preguntado al tenor del

interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce al dicho Juan Ynbin,
sangley cristiano, de más de dos años a esta parte por haber traba-
jado en su oficio de cantero en la fábrica de la iglesia
de Nuestra Señora de este dicho pueblo; y tiene noticia del milagro que
con él ha usado, y que ha sido siempre buen sangley, humilde y
ha acudido a las obligaciones de cristiano con puntualidad; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que una noche llegó a este dicho pueblo
don Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon
con soldados indios de ella a prender todos los sangleyes cristianos
e infieles; como lo hizo y los llevó presos y amarradas las
manos, y con ellos al dicho Juan Ynbin a la fuerza de Bonbon
donde los habían de matar por haberse alzado todos los sangleyes de
Manila, Calamba y otras partes; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que oyó decir que habían muerto a todos los
sangleyes que en este pueblo había preso el dicho castellano, y entre
ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que no sabe con certeza en el lugar
que echaron al agua muerto al dicho Juan Ynbin, por cuya
causa no sabe la distancia que hay a donde fue hallado en
estas bóvedas y agua santa de este dicho pueblo. Pero que de él
a la fuerza de Bonbon por tierra habrá media legua, y por el
agua algo menos. Y en cuanto a las heridas del dicho Juan
Ynbin nunca las había visto este testigo sino es después; que

el sábado en la noche que fue hallado en las bóvedas
y agua santa de este dicho pueblo, que de las dichas bóvedas fue traído
[a] aquellas horas a una de las casas de este pueblo, y este testigo y las de-
más personas que en él había, al ruido que corría de milagro
ocurrieron a la dicha casa a ver el dicho sangley. Y asimismo fue
este testigo y le vio dos heridas grandes y penetrantes en el pes-
cuezo y cerebro; y la una mayor que la otra, donde se veían los
nervios cortados que tan solamente le quedaba el garguero, y sin hin-
chazón ni mal olor pero muy llenas de gusanos. Y las otras dos que
después se le hallaron en su cuerpo al dicho Juan Ynbin
no las vio pero han le contado a este testigo son de muerte. Y según las dos
que este testigo vio en el dicho pescuezo y cerebro no se persuade este testigo
que naturalmente pudiese venir a las dichas bóvedas y agua santa
de este dicho pueblo sin particular ayuda y favor de esta soberana
Señora de Casaysay; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que se remite a lo que se contiene en la
sexta pregunta de este dicho; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto que el dicho Juan Ynbin
anda por sus pies, sin ayuda de nadie ni bordón; y le parece a este testigo
que según esto y su buena disposición y aliento está fuera de riesgo de las
dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que este testigo y los naturales de este pueblo de Casaysay
estaban de guardia en él, y debajo de esta casa que sirve de convento
por causa del alzamiento de los sangleyes; y un viernes en la noche
que este testigo se acuerda bien y antes que en las dichas bóvedas y agua
santa de este pueblo fuera hallado el dicho Juan Ynbin, estando este
testigo con don Agustín Sava, asimismo natural de este dicho pueblo y de guar-
dia con este testigo debajo de esta dicha casa, el dicho viernes en la no-
che que había luna clara, a su parecer sería el cuarto del alba
poco más o menos, estando ambos a dos platicando de diferentes
cosas y sentados en la lonja que está delante de esta dicha casa

y de donde se ven las dichas bóvedas, este testigo tenía la cara
que miraba hacia las dichas bóvedas y agua santa, y el dicho
don Agustín Sava vuelto el rostro a otra parte; y prosiguien-
do con su plática que ambos habían trabado vio este testigo aquella
que referida tiene, dos luces distintas la una de la otra
encima de las bóvedas de la dicha agua santa, que al parecer de este
testigo serían cada una como la que puede dar y alumbrar
una hacha de cera de cuatro pábilos, y mirando con atención
este testigo las dichas dos luces resplandecientes, que sería muy poco
momento, se apagaron luego. Y causándole algún género de
confusión y llamando este testigo al dicho don Agustín Sava a que
las mirase, y en la parte donde estaban y se habían vuelto
a apagar. El dicho D. Agustín Sava le dijo a este testigo que
debía de estar burlando, sin embargo de lo cual fijó la
vista en las dichas bóvedas y agua santa y vio encima
de ellas el dicho don Agustín Sava y este testigo, una luz tan sola-
mente pero con el mismo resplandor que había visto este testigo
las dos primeras luces. Y este testigo le dijo a dicho compañero: - “A-
guárdame aquí que quiero ver quién enciende tan grandes
luces encima de las dichas bóvedas.”- Y apresurando el paso este testigo
hacia las dichas bóvedas después de haber andado a su parecer diez
o doce pasos, se volvió a apagar la luz como dicho tiene este testigo
había visto con el dicho don Agustín Sava, sin embar-
go de lo cual prosiguió su viaje. Y llegó a las dichas bóvedas
y miró hacia arriba y todo alrededor de ellas por ver
si hallaba rastro o camino para ver y saber quién había
encendido y apagado las dichas luces, y no hallado nada de
lo que fue a buscar, se volvió al lugar donde había de-
jado a su compañero. Y le dio parte de cómo no había hallado na-
da de lo que había ido a buscar. Y así este testigo lo dejó, pero no le
pareció cosa nueva por cuanto ha oído decir muchas veces a

algunas personas en diferentes ocasiones de ésta haber visto en aquel sitio
y lugar, antes que se hicieran las dichas bóvedas, otras luces. Y que se había allí
aparecido esta Santísima Señora de Casaysay a muchas personas que con fe
y devoción vienen a este manantial y agua santa a bañarse con ella
sus enfermedades y cobrado salud. Porque ha sido tanta y es la devoción
que se tiene [a] aqueste lugar y agua, que de continuo se valen de ella
para dichas enfermedades y otras necesidades; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pú-
blica voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene,
y que no le tocan las generales de la ley. No supo decir su edad; pare-
ció por su aspecto de cincuenta años poco más o menos, y no firmó porque
dijo no saber. Firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, don Agustín Sava.
En el pueblo de Casaysay, en veintiún días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo
de esta jurisdicción y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a un indio citado por
Francisco Magpiguil, del cual y mediante el dicho intérprete dijo

llamarse don Agustín Sava, y ser natural de este dicho pueblo de Casaysay,
del cual se fue recibido juramento en forma de derecho
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndole hecho, prometió de
decir verdad, y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio
dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
de más de dos años a esta parte trabajar en la iglesia de Nuestra
Señora de Casaysay de este dicho pueblo; y tiene noticia del milagro que con él
ha usado esta soberana Señora, y que siempre ha visto este testigo al dicho
Juan Ynbin acudir a las obligaciones de cristiano, porque es humilde
y bien quieto; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que a este pueblo de Casaysay llegó don Juan
de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, con indios solda-
dos de ella, por orden del alcalde mayor de ella para prender todos
los sangleyes cristianos e infieles de este dicho pueblo para llevarlos
a la dicha fuerza y matarlos en ella, por causa del alzamiento general
de los sangleyes. Y así lo hizo el dicho don Juan de Cabrera, y entre
ellos vio este testigo fue uno de los presos y llevado al dicho Juan Yn-
bin amarradas las manos; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que este testigo no sabe en qué parte de la mar
echaron al dicho Juan Ynbin, pero que desde la fuerza de
Bonbon hasta las bóvedas y agua santa de este pueblo de Casaysay, don-
de fue hallado el dicho Juan Ynbin por tierra le parece a este
testigo tardará una persona una hora andando al paso ordi-
nario, y si va por el agua algo menos. Y en cuanto a las heridas dijo este
testigo que el sábado en la noche que fue hallado en las dichas
bóvedas y agua santa de este pueblo por don Juan Magtangcab
y sus criados, se divulgó luego la hallada del dicho sangley en dicho
puesto; y así este testigo estaba de guardia con otros indios de este pueblo

por causa del general alzamiento de los sangleyes ocurrió al dicho
ruido que oyó hacia las dichas bóvedas, en las cuales halló como dicho han,
al dicho Juan Ynbin. Y asimismo al dicho don Juan Magtancab
y sus criados que ya lo traía de una casa de este dicho pueblo, en la cual
le vio este testigo dos heridas que tenía mortales en el pescuezo y cere-
bro, cortados todos los nervios; y asimismo otra herida o lanzada
sobre la tetilla derecha asimismo penetrante; y todas tres llenas
de muchos gusanos, pero sin mal olor ni hinchazón, con las cuales
le parece a este testigo que naturalmente pudiese el dicho Juan
Ynbin llegar a las dichas bóvedas si no es con particular favor
y ayuda de esta Santísima Señora de Casaysay, de la cual oyó este testigo al
dicho Juan Ynbin haber sido la que le había librado de la muerte
y traídole a las dichas bóvedas y agua santa. Y con esto este testigo se vol-
vió a donde estaba de guardia. Y el domingo siguiente fue
llevado el dicho Juan Ynbin al pueblo de Taal a curarle las dichas
heridas, donde este testigo dicen y le han contado le hallaron otra heri-
da más. Pero que desde entonces hasta pocos días no las había visto,
que fue cuando vino a este dicho pueblo el dicho Juan Ynbin, que las tiene
cerradas, sin hinchazón. El cual le parece a este testigo está fuera de
riesgo de ellas porque anda por sus pies, sin ayuda ni favor de per-
sona ninguna ni necesita de bordón ni otro instrumento para poder
andar como anda por sus pies; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que no sabe el tiempo que hubo ni pasó
desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado
en las dichas bóvedas, pero que como dicho tiene fue un sábado en
la noche; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que se remite a lo que tiene declarado en
la sexta pregunta de este dicho; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que asimismo se remite a la dicha
sexta pregunta de este dicho; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que por causa del dicho alzamiento general

de los sangleyes, los naturales de este pueblo de Casaysay estaban en
arma para guardar este santuario. Y una noche sábado al
que digo viernes, al cuarto del alba poco más o menos, al parecer
de este testigo estando en la lonja que está delante de esta casa de Casaysay
que sirve de convento, sentado con Francisco Magpiguil, asimismo
indio de este dicho pueblo que también estaba de guardia tratando
de algunas cosas, y el dicho Francisco Magpiguil tenía la cara que
miraba a las dichas bóvedas y agua santa; y aunque este testigo estaba
junto de él tenía el rostro vuelto a otra parte, y en medio de la conver-
sación le llamó a este testigo el susodicho diciéndole que mirase
dos luces grandes y resplandecientes, una distinta de otra que veía
encima de las dichas bóvedas y agua santa. Y aunque este testigo
le dijo que debía de estarse burlando, con todo cuidado y a-
tención volvió el rostro y miró hacia las dichas bóvedas y no vio
las dichas dos luces que su compañero le había visto. Y estando en esto
vio este testigo en compañía del dicho su compañero, sin pasar mucho tiempo y
encima de las dichas bóvedas, una luz clara y distinta que, a su pa-
recer, sería como la de una hacha; con lo cual el dicho compañero le
dijo a este testigo se quedase allí que él quería ir a ver quién había en-
cendido aquellas luces encima de las dichas bóvedas. Y prosiguiendo
su viaje, como a diez o doce pasos, que a este testigo le parece habría an-
dado el dicho su compañero, vio este testigo se apagó la dicha luz encendida
que habían visto entrambos encima de las dichas bóvedas; sin em-
bargo, el dicho compañero prosiguió su viaje y le contó de vuelta
a este testigo cómo había llegado a las dichas bóvedas y mirado arriba
y abajo y alrededor de ellas, y que no había hallado rastro de
las luces que habían visto. Y a este testigo no le causa admiración
porque en el dicho lugar, antes que se hicieran las dichas bóvedas
de piedra, ha oído decir a muchas personas de muchos años a esta
parte haber visto en aquel lugar luces encendidas, y a la Vir-
gen Santísima en diferentes ocasiones. Y por esta causa acuden y

y han acudido con particular devoción toda esta provincia y fuera
de ella a rezar y bañarse en aquella fuente de sus enfermedades,
que por intercesión de esta Señora han alcanzado muchos salud; y
esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. No supo
decir su edad; pareció por su aspecto de cincuenta y ocho años poco más
o menos; y lo firmó de su nombre a su usanza con el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[en tagalog baybayin] Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio: el padre predicador fray Gerónimo de León.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de
suso referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido
de Balayan y vicario foráneo en esta provincia de Balayan
y juez de comisión para la averiguación de la información del milagro
de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al padre predicador fray
Gerónimo de León, religioso de la orden de San Agustín
y conventual en el convento del pueblo de Taal, del cual y en
virtud de la licencia del reverendo padre fray Juan Ramírez,

rector provincial de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús
de dicha orden, que original está en esta información presentada,
se le fue recibido juramento en forma de derecho in verbo sacer-
dotis, poniendo la mano derecha en el pecho de que dirá verdad,
y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo
siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero, de más de un año a esta parte en este santuario de
Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del milagro que esta Santísima
Señora ha usado con el dicho Juan Ynbin, al cual siempre
este testigo lo ha tenido por sangley de buena vida y ha acudido
a las obligaciones de cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que estando este testigo en este pueblo
de Casaysay llegó don Juan de Cabrera, castellano de la
fuerza de Bonbon, con soldados indios a prender todos los
sangleyes cristianos e infieles de este dicho pueblo y sus contornos, por
orden que le había dado el capitán Diego Maldonado Bonal, al-
calde mayor de esta provincia de Balayan en virtud de la que él
tenía del señor Gobernador y Capitán General de estas islas, para matar a todos
los sangleyes de esta dicha provincia por causa del alzamiento general de los
sangleyes. Y así el dicho don Juan de Cabrera llevó los dichos sangleyes,
y entre ellos al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos como
a los demás sangleyes; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que ha oído decir que mataron al dicho
Juan Ynbin en la dicha fuerza de Bonbon, como a los demás
sangleyes que asimismo mataron en ella; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que a este testigo le contó el dicho que mató
al dicho Juan Ynbin en la dicha fueza cómo le había dado
con un machete grande dos golpes, el uno en el pescuezo
del cual cayó luego en tierra, y otro en el cerebro; y con el mis-

-mo machete asimismo le había dado de punta una herida sobre la tetilla derecha. Y asimismo le contaron a este testigo los indios que lle-
varon embarcado al dicho Juan Ynbin, cómo lo echaron en la
mar en más de quince de brazas de fondo, amarradas las manos y
con una trompa al pescuezo como a los demás sangleyes; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde que se con-
taron siete de diciembre del año pasado de seiscientos treinta
y nueve, el alcalde mayor de esta provincia mandó matar todos los sangleyes
del pueblo de Taal, y este testigo se halló a confesar los
cristianos y bautizar los infieles que se volvieron cristianos, que por
todos fueron los que aquel día murieron en el pueblo de Taal
cincuenta y un sangleyes [sic], y luego despidiéndose el dicho alcalde mayor
de este testigo diciéndole iba a la fuerza de Bonbon a hacer matar
los que allí estaban; y sábado en la noche siguiente dicen fue ha-
llado el dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y agua santa
que llaman de esta pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que domingo fue traído al pueblo de
Taal el dicho Juan Ynbin, y este testigo le vio las heridas que eran
cuatro; las dos, tenía la una en el pescuezo que habría de boca un jeme
y cortados todos los nervios, que tan solamente le quedó sano el gar-
guero; y la otra más arriba asimismo grande y penetrante. Y
las otras dos heridas o lanzadas, tenía sobre la tetilla derecha y costado derecho
que eran mortales. Y a este testigo le parece y tiene por cierto que
con las dichas heridas era imposible naturalmente poder ir
a las dichas bóvedas y agua santa donde le hallaron, sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor, por intercesión de esta Santísima
Señora de Casaysay. Y que las dichas heridas, que como dicho tiene
este testigo vio al dicho Juan Ynbin, le causó grandísima admiración
el ver que no estaban hinchadas ni inflamadas ni con mal olor

ni con accidente de calentura el dicho sangley, salvo tenían
al principio las dichas heridas muchos gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por
sus pies, sin ayuda ni arrimo de bordón ni otra cosa; y según
le parece a este testigo está el susodicho fuera de riesgo de las
dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que a este testigo le han contado algunas
personas que después que mataron al dicho Juan Ynbin, habían oído
decir se habían visto luces resplandecientes encima de las bóvedas
y agua santa. Y esto antes que en ellas fuera hallado el dicho
Juan Ynbin.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene. Y dijo ser de edad de veintinueve años. Y lo
firmó con el dicho juez de comisión
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Fray Gerónimo de León.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo]
Auto de remisión de esta información.
En el pueblo de Casaysay, en veintiún días
del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Ca-
bral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en
esta provincia y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, que usó con Juan Ynbin,
sangley cristiano, por particular comisión del Ilustrísimo Señor don
fray Hernando Guerrero, arzobispo metropolitano de estas islas y del
Consejo de Su Majestad. Dijo que en conformidad de la dicha averiguación
que ha hecho con número de testigos, y para la calificación del dicho
milagro remitía la dicha información original al dicho Señor Ilustrísimo,
que es a quien por derecho y Santo Concilio de Trento le toca
y pertenece el calificarla. Y por este auto de remisión así
lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

En la ciudad de Manila a veintisiete de enero de mil seiscientos
cuarenta años, Su Señoría Ilustrísima el señor don fray Hernando Guerrero, arzobispo
metropolitano de estas islas Filipinas del Consejo de Su Majestad dijo que: por cuanto
el maestro Joseph Cabral, por comisión de Su Ilustrísima, ha hecho información
y calificado el milagro que hizo la imagen de Nuestra Señora de Casaysay con
Juan Ynbin, sangley cristiano, y para que tenga toda justificación lo escrito
y autos hechos mandaba y mandó se dé traslado de todo ello al licenciado Francisco
de la Roca, clérigo presbítero, promotor fiscal de este Arzobispado, a quien Su Señoría
Ilustrísima a mayor abundamiento nombraba y nombró por nuncio cursor en esta
causa, para que diga y alegue lo que hallare en contradictorio juicio. Y haga
el juramento de fidelitate en forma necesaria. Y dio comisión a mí, el
presente secretario, para que ante mí le haga y por este auto así lo proveyó,
mandó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.
En la ciudad de Manila a veintisiete de enero de mil seiscientos cuarenta años,
yo el infrascrito secretario notifiqué el auto de arriba y di traslado
de los autos e información que en él se refiere al licenciado Francisco
de la Roca, promotor fiscal de este Arzobispado, y aceptó el oficio de nuncio
cursor y hará lo que debe y es obligado; y así lo juró in verbo sacerdotis
de usarlo bien y fielmente. Y lo firmó de su nombre siendo testigos el maestro
Domingo de León y el bachiller Juan Fulgencio de Rivera, clérigos presbíteros.
Y de ello doy fe.
[rúbricas] Francisco de la Roca.
Diego Núñez.

El licenciado Francisco de la Roca, clérigo presbítero, promotor fiscal de este Arzobispado de Manila por el Ilustrísimo Señor fray Hernando Guerrero, arzobispo metropolitano de estas islas Filipinas y del Consejo de Su Majestad,
nuncio cursor nombrado para la información que el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan hizo por
comisión de Vuestra Señoría Ilustrísima sobre la averiguación del milagro que
Nuestra Señora de Casaysay obró con Juan Ynbin, sangley cristiano,
que después de haberle dado cuatro heridas penetrantes, dos en el
cerebro que le cortaron los nervios y sólo dejaron el tragadero,
y otras dos de punta de lanza, una en la tetilla derecha
y la otra en el costado; y echado por muerto amarrado con una
trompa al mar en quince brazas de fondo, cuarto y medio de
legua lejos de tierra, y haberle traído Nuestra Señora de Casaysay sobre
una hoja blanca a la playa, apartándole los caimanes y peces
por donde pasaba, y de allí lo llevó al pueblo de Bombon;
y pasado el río del dicho pueblo a pie enjuto, y haberle traído al
paraje donde le hallaron que fue adonde están unas bóvedas
de piedra en que está el agua santa, con mucha arboleda
espesa y lo demás que consta por su confesión y por los testigos
instrumentales que le echaron por muerto al mar,
amarrado como dicho es; y otros que lo vieron y conocieron
y conocían antes de haberle herido, y ser patente todo lo
referido como consta y parece por la dicha información
y el testimonio de las cuatro heridas. Y que le han visto
andar por su pie sin ayuda alguna, todo lo cual no puede
ser naturalmente sino por obra divina. Y así no se
me ofrece qué alegar ni decir contra la dicha información
cosa alguna. Hecho en Manila, en treinta días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[rúbrica] Francisco de la Roca.

[al margen izquierdo] Auto.
En la ciudad de Manila a treinta y uno de enero
de mil seiscientos cuarenta años, Su Ilustrísima el
Señor don fray Hernando Guerrero, arzobispo
metropolitano de estas islas Filipinas del Conse-
jo de Su Majestad, etc. Habiendo visto la respues-
ta dada por el licenciado Francisco de la Roca, promotor
fiscal de este Arzobispado y nuncio cursor
nombrado para la calificación del milagro
que hizo la imagen de Nuestra Señora del pueblo de Casaysay
con Juan Ymbin, sangley cristiano, dijo que
para más justificación de este milagro
conviene dar traslado de esta información sobre ello
hecha, y de los demás autos y dicha respuesta
del padre predicador fray Alonso de Lara, procurador
general de la orden de nuestro padre San Agustín
de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús de es-
tas islas Filipinas, para que pida y alegue lo que convenga en nombre de la dicha provincia, por ser la dicha imagen de ella.
Y por este auto así lo proveyó, mandó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.
[al margen izquierdo] Notificación.
En Manila a treinta y uno de enero de
mil seiscientos cuarenta años, yo el infrascrito
secretario di traslado de estos autos e información
al padre predicador fray Alonso de Lara, procura-
dor general de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús,
y le notifique el auto de arriba. Y dijo que lo
oía y recibió el dicho traslado, y lo

firmó de su nombre siendo testi-
gos don Agustín Ordóñez y don Sebastián
Labio presentes, y de ello doy fe.
[rúbricas] Fray Alonso de Lara.
Diego Núñez.

En la ciudad de Manila, a prime-
ro de febrero de mil
seiscientos cuarenta
años, ante el Ilustrísimo Señor don
fray Hernando Guerrero, arzo-
bispo metropolitano de estas
islas Filipinas del Consejo de
Su Majestad, se leyó esta petición que
esto es el contenido:
Fray Alonso de Lara, religioso de la orden de nuestro padre San Agustín,
procurador general en esta provincia de Filipinas, digo que:
habiendo mandado Vuestra Señoría Ilustrísima por comisión particular
al maestro Joseph Cabral, beneficiado del partido de Balayan,
hiciese información de un milagro que la imagen de Nuestra
Señora de Casaysay obró con un sangley cristiano llamado
Juan Imbin, por haber tenido Vuestra Señoría Ilustrísima noticia del dicho
milagro por carta y testimonio del escribano público de la
jurisdicción y provincia de Balayan, que a Vuestra Señoría Ilustrísima remitió
el padre fray Alonso Rodríguez, religioso de mi orden y prior
del convento de Taal, en cuyo distrito y ministerio está el
pueblo de Casaysay e iglesia de la dicha imagen de Nuestra
Señora. Habiendo hecho la dicha información y estando
conclusa la remitió el dicho maestro Joseph Cabral a Vuestra Señoría.
Y de ella, y todos los autos contenidos en ella se dio trasla-
do al licenciado Francisco de la Roca, promotor fiscal para que
por parte de la iglesia alegase y pidiese todo aquello
que le pareciese convenir. Y por estar la dicha in-
formación jurídica y el milagro patentemente probado,
el dicho promotor fiscal respondió no tener qué alegar.
Y habiéndoseme dado traslado de todo por mandado de Vuestra Señoría
como a parte que soy, como procurador general de la orden
de Nuestro Padre Señor San Agustín en estas islas Filipinas, en cuyo distrito
y cargo de ministerio cae y está la iglesia e imagen de Nuestra
Señora de Casaysay.
Ante Vuestra Señoría Ilustrísima parezco y digo que la dicha información
de dicho milagro está conclusa y hecha conforme
a derecho, y así Vuestra Señoría debe llevar a debida ejecución

la declaración del dicho milagro, para que la devoción que
se tiene con la dicha imagen se aumente, y todas estas
naciones nuevamente convertidas se fortifiquen en la fe
y conozcan los beneficios y mercedes que por intercesión
de la Virgen Santísima alcanzan sus devotos y personas que
a ella se encomiendan. Y por cuanto el dicho milagro
se obró con un sangley después de haberse comenzado el
alzamiento y guerra de los sangleyes, que hoy dura con tanto
perjuicio, daño y menoscabo de estas islas por los muchos
incendios de pueblos y templos que el dicho sangley enemi-
go va haciendo con su ejército, muertes de españoles
y naturales y asolación de haciendas; y que publicándose
el dicho milagro, la fe de los españoles y naturales y es-
peranza en Nuestra Señora del buen suceso que, de dicha guerra
habemos menester y esperamos se aumentará; y con más
fervor se le pedirá auxilio y favor, y se puede entender que
los sangleyes que de antiguo, aún los infieles veneraban
esta santa imagen de Nuestra Señora de Casaysay, y por su devoción
se han convertido muchos e ídose a vivir cerca de su iglesia,
por su intercesión cesarán de la persecución que a las islas
hacen y vendrán en conocimiento verdadero de nuestra fe. La cual
declaración de dicho milagro parece será conveniente se haga
sin dilación; y Vuestra Señoría dé licencia para su publicación por los efec-
tos y resultancias arriba dichas. Por tanto:
A Vuestra Señoría Ilustrísima pido y suplico que conforme a lo dispuesto por
el Santo Concilio de Trento, declare el dicho milagro que Nuestra Señora de
Casaysay obró con Juan Imbin, sangley cristiano, por tal y dar
licencia para que se publique y celebre, que en ello recibirá mi
religión merced, y de ello se seguirán muchos efectos en
honra y gloria de Dios Nuestro Señor.
[rúbrica] Fray Alonso de Lara.
Por Su Señoría Ilustrísima vista mandó traer
los autos. Así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.

En la ciudad de Manila, a primero
de febrero de mil seiscientos cua-
renta años, Su Señoría Ilustrísima del señor don fray
Hernando Guerrero, arzobispo metro-
politano de esta ciudad de Manila e islas
Filipinas del Consejo de Su Majestad, habien-
do visto estos autos e información
del milagro que Nuestra Señora obró por me-
dio de la imagen de Casaysay, dijo que:
para que este dicho milagro se deter-
mine conforme lo que dispone el Santo Con-
cilio de Trento, por ser cosa tan grave,
se lleve al venerable deán licenciado don
Miguel Garcetas, que lo es de esta santa i-
glesia de Manila, comisario general subdelegado
de la Santa Cruzada en estas dichas is-
las; y al maestro don Gregorio Ruiz de Escalona,
arcediano de ella; y a los perlados y
superiores de todas las religiones de es-
ta dicha ciudad para que den sus pare-
ceres conforme a su facultad teoló-
gica. Y asimismo al licenciado Nicolás An-
tonio de Lomaña, y al licenciado don Diego de
Vitoria, abogados de la Real Audiencia
y Chancillería de esta dicha ciudad, para que
conforme a derecho lo vean y den asimismo
sus pareceres. Y por lo que toca a las he-
ridas que tuvo y se le dieron a Juan
Ynbin, sangley cristiano, con quien se obró
el dicho milagro, se lleven y lo vean
el doctor Luis Flores Cuadrado, protomédico,
y el licenciado Juan de Castañeda Gueto, asimismo

médico. Y por lo que toca a la facultad
de la cirugía, se lleve asimismo
a Benito Tavares, cirujano. Y que
habiendo visto los dichos autos se
junten en el palacio de Su Señoría
Ilustrísima, para cuyo día serán
avisados a que lo confieran
con maduro acuerdo y firmen
sus pareceres para determi-
nar Su Señoría lo que debe ser hecho.
Así lo proveyó, mandó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez

En dos de febrero de [mil] seiscientos cuarenta años,
yo don Miguel Garcetas, deán de esta santa iglesia de
Manila y comisario general subdelegado de la Santa
Cruzada en estas islas, digo que he visto lo conteni-
do en esta información del milagro que Nuestra Señora
de Casaysay hizo con un sangley llamado Juan Imbin,
y cuando Su Señoría Ilustrísima fuere servido declararé
lo que siento de ello. Y lo firmé ut supra.
[Rúbrica] D. Miguel Garcetas
He visto lo contenido en esta información y soy del mismo parecer
del señor deán, y protesto declarar mi parecer a su tiempo y cuando por Su
Señoría Ilustrísima fuere mandado. En Manila a dos de febrero de mil
seiscientos cuarenta años.
[Rúbrica] D. Diego Ruiz de Escalona
En dos de febrero de mil seiscientos cuarenta años, yo fray
Carlos Clemente Gan, prior provincial de esta provincia del Santo Rosario ordines
predicatorum, digo que he visto lo contenido en esta informa-
ción del milagro que Nuestra Señora de Casasay hizo con un sangley
llamado Juan Imbin, y cuando Su Señoría Ilustrísima fuere servido de
llamarnos, declararé lo que siento de ello. Y lo firmé ut supra.
[Rúbrica] Fray Carlos Clemente Gant
También he visto lo que está averiguado en esta información,
y diré mi parecer cuando se me pregunte. En este convento de Santo Domingo,
dos de febrero de 1640.
[Rúbrica] Fray Sebastián de Oquendo
Certificaciones auténticas del modo con que se halló el Santo Niño de Cebú, 1639

Certificaciones autenticas del modo con que se halló el
santo niño de Cebu y otra de un milagro que obró. No
se hallan en este archivo más papeles tocantes a esta
materia. Hallaranse todos en el archivo del convento
de Cebu

En la isla de Cebu de las Filipinas del poder de su magestad a diez y seis dias
del mes de mayo de mil y quinientos y sesenta y cinco años.
El muy illustre señor
Miguel López de Legazpi gobernador y capitán general por su magestad de la gente y armada del
descubrimiento de las islas del poder, por ante mi Fernando Riquel escribano de gobernación de
las dichas islas, dijo que por quanto el día que los españoles entraron en esta
dicha isla y pueblo de Cebu que fue el sábado veinte y ocho de abril de este presente año
después de haber desbaratado los naturales de este pueblo, y que lo dejaron desamparado
y que fueron huyendo la tierra dentro, en una de las casas de las más pobres
moradas y humildes y peña y de poco aparato donde entró Juan de Canviz (sic)
natural de Bermeo marinero de la nao capitana, y halló en ella una imagen del
niño Jesús en su cajita de madera de pino con su gorron de fleco velludo de
lana colorada de los que se hacen en Flandes, y su camisita de volante y
los dos dedos de la mano derecha alzados como quien bendice. Y en la izquierda
su bola redonda sin cruz y su collarico de estaño dorado el cuello, la qual dicha
cajuela y imagen del niño Jesús estaba metida en otra caja de madera
de las de esta tierra y liada con un cordel por encima. Y luego que lo hubo
hallado llevándola en las manos con su cajita para enseñarla, topó
con el maestre de campo Matheo del Savez (sic), y se la quitó y llevó a a (sic) mostrarsela al
dicho señor general. El cual con gran veneración y solemne procesión la mandó
traer y meter en la iglesia que ahora se tiene prestado. Y hizo voto y promesa
él y los religiosos de la orden del señor San Agustín y los capitanes y otros oficiales
del campo que todos los años tal día como fue hallado la dicha imagen
se hiciese y celebrase una fiesta a invocación del nombre de Jesús. Y [hallen de esto]
sea fecho y constituido una cofradía del benditíssimo nombre de Jesús de la manera
que está instituida la del monasterio de San Agustín de México y con los mismos
estatutos de ella y para que perpetuamente quede memoria del susodicho y de como
la dicha imagen fue hallada en esta tierra de infieles el dicho día, el dicho
señor gobernador por ante mi el dicho escribano mandado hacer la información de
testigos siguiente. Y firmólo de su nombre Miguel López pasó ante mi Fernando Riquel
escribano de gobernación.
Y luego incontinente en este dicho día, mes, y año susodicho, el dicho señor
gobernador para la dicha información mandó parecer ante sí a Juan de Camuz natural de la
Villa de Bermeo en el Señorío de Vizcaya marinero de la nao capitana. El cual juró
por dios y por Santa María y por las palabras de los quatro evangelios y por la
señal de la cruz en forma de derecho y socorro del dicho juramento. Prometió
de decir verdad y siendo preguntado que [quepasa] cerca de ello, dijo
que lo [quepasa] es que el dicho día sábado que se contaron veinte y ocho de abril
de este presente año que fue cuando el dicho señor gobernador mandó saltar la
gente en tierra en este pueblo de Cebu, este que declara salió de la nao
capitana en un batel juntamente con los marineros y soldados que de ella
salieron para el dicho efecto. Y yendo a la parte donde estaba los paños (sic: paraos) y
canoas de los indios con gente. Como los naturales desampararon las canoas y

la gente, este testigo se venía recogiendo a la marina, y dentro del
pueblo topó este testigo a Juan de Camuz, Bermeo, marinero de la nao
capitana, y a este testigo llamó el dicho Juan de Camuz y le mostró una
imagen del niño Jesús, metida en una cajita de pino con
su gorroncito peludo de lana colorada de flandes y su bola dorada,
y los dos dedos de la mano derecha alzados para arriba, bien tratado,
aunque parecía muy antiguo, [excepto] le faltaba la cruz que
suele tener encima de la bola que tiene en la mano izquierda,
y que tenía, menos en algunas partes del rostro y de la bola
el [matoz] porque estaba algo comido. Y el dicho Juan Camuz, Bermeo,
preguntó a este testigo que que era aquello, porque no lo conocía
y este testigo, lo tomó en la mano, luego lo conoció y le dijo
que era el niño Jesús, y como le dijo estas palabras, el dicho Juan de
Camuz, marinero, tomó el dicho niño Jesús en las manos y hecho
a correr con él hacia la marina para enseñarlo a los capitanes,
y que después a la que se halló el dicho niño Jesús, de la casa donde se
halló, que es pequeña y al parecer debía de ser de algún hombre
pobrecillo, se llevó en procesión con mucha solemnidad y
fiesta de todo el campo a la iglesia, que ahora se tiene de prestado,
donde siendo por toda la gente adorado se puso encima del
altar y se instituyó una cofradía del nombre de Jesús, y el dicho señor
gobernador y los capitanes e oficiales del campo botaron y prometieron
de celebrar en cada un año la fiesta de la invocación
de la imagen del niño Jesús, y que esto es lo que sabe
y pasa de este caso para el juramento que tiene fecho, y en ello
se afirmó e ratificó, y lo firmó de su nombre y el dicho señor gobernador,
Miguel López ; pasó ante mi Fernando Riquel, escribano
de gobernación.
Yo el dicho Fernando Riquel, escribano mayor de gobernación susodicho esta información
saque y traslado de la original, según que ante mi
pasó y en fee dello fue aquí mi firma e rúbricas acostumbradas
que es a tal en testimonio de verdad. Fernando Riquel,
escribano mayor de la gobernación.
Este es un traslado bien fielmente sacado de un testimonio
que está en el archivo de este convento del santísimo nombre de Jesús del orden de nuestro
padre San Agustín de esta ciudad de Cebu. Signado y firmado de Fernando
Riquel escribano de gobernación de que doy fee en 1.o de Mayo de
mil y seiscientos y treinta y nueve años.

[Y es] su santissima reverencia le es notorio todo lo sucedido por el santísimo niño
como persona que a tantos años está en esta ciudad. Lo que yo he alcanzado
de saber en el tiempo que estoy en ella diré=
Lo primero que los naturales de Cebu lo llamaron bahahala
que quiere decir el "gran señor" no "diguata" porque es supersticioso.
Lo segundo que el principal que lo tenía era su casa donde
está ahora la iglesia mayor y cuando tenía necesidad de
agua para las sementeras enviaba el padre de Dona Maria la de
Mandaui que llamaron Legazpi porque fue su padrino el adelantado
Miguel López de Legazpi cuando se bautizó. Este tenía la
casa en [medio] de Cebu que yo la alcance bien grande aquien
respetaban y le ponían un altar adorada de las mejores
mantas que usaban que eran caianpata y muchas campanas y en
llegando la cajita donde estaba el santísimo niño le sacaban y ponían
en el lugar atado y había gran fiesta y bailes y luego le tomaban
y en un plato antiguo que llaman losdac le ponían de pies
y lo empezaban a bañar diciendo "balagala danos agua" y luego le enjugaban
y le volvían a su altar y jamás por jamás dejó de llover que
se rasgaban los cielos luego la noche siguiente. Y con esta fee todas las
veces que tenían necesidad de agua usaban lo propio y le volvían
luego a casa del principal dicho. Este plato le tiene Doña Maria y le
estima la india grandemente y se le han querido comprar para
tener la con el santísimo niño y no le ha querido vender diciendo que cuando
se muera se lo dejará=
Lo tercero que corrió voz y nueva de que el Burney venía sobre ellos
y temerosos se fueron a los tingues y a otras partes. Y el principal que
tenía al santísimo niño tambíen se fue a poner encobro y dejó
la cajita a un esclavo suyo casado que la [guardasen] porque estaba
allí toda su hacienda sin saber los esclavos que quedaba en ella
ni jamás lo habían visto. Y después de ido el amo dijo el marido
a la muger: "Nuestro amo nos ha dejado aquí por carnada de anzuelo para
que los enemigos nos matan o cautiven. Vámonos a esconder al manglar."
Y queriendo echarse la cajita al hombro no la pudo mover. Llamó
a su mujer que le ayudase y tampoco la pudieron mover de manera
que con esto creyeron ser verdad que allí quedaba toda la hacienda
del amo. Y así se dejaron estar a seguro la nueva. Y luego fue
volviendo la gente al pueblo y dentro de poco tuvieron falta
de agua y enviaron por el santísimo niño a un [muchacho] y viendo
el dicho esclavo con la facilidad que el [muchacho] se había echado
al hombro la cajita quedó admirado. Que sin decir nada fue tras
el y estuvo aguardando a que le abrieran y cómo vido sacar al
santísimo niño llegó a ver lo que la cajita tenía y no

hallando en ella otra cosa quedó admirado. Y en su lengua dijo
"¡Aba! ¿Onzaquine?" El "¡Aba!" es palabra de admiración y el "¿Onsaquine?"
"¿Qué es esto?" y preguntaronle que de que se espantaba y entonces [contó]
lo que le había sucedido=
Lo quarto que cuando la nao San Phelipe estuvo en esta []
de arribada al querer salir para hacer su viaje la corriente [la]
echó sobre una punta de arena que tenía a mano [izquierda]
con notable riesgo de zozobrarse y empezaron a echar []
para remediarla. Otros acudieron a [alisar] pero [a cua]
al mayor y más verdadero que fue al santísimo niño [descubrien]
y todo aquel día (que esto fue de mañana) no hizo sino crecer
marea y creció tanto que sobrepujó a la mayor marea de la []
dos brasas con que la nao enderezó y salió de riesgo y fue [subi]
Y lo quinto que sus camisitas han hecho milagros y uno de ellos
de declarar el Capitán Manuel Piñero vecino de Manila que [v]
con el llevando a su mujer en una champán y es que tres [leguas]
de la mar, según me escribió sobre Masbate, yendo a la [belas]
viento fresco topó el champán en unos bajos y se [rompieron]
rumbo que con un [colechon] le remediaron. Y acaso llevaban
una camisita del santissimo niño y luego la colgaron de la belas.
La devoción que el peligro requería y al punto calmó el viento.
La mar quedó tan serena como si fuera un río con que el [p]
este benefició con un reconocimiento que envió a [los niños]
sea bendito por siempre jamás=
El sexto que estando esta ciudad con grandísima seco []
retumbaban enfermedades pidió al padre vicario [proviese]
sacase el niño y sacándole en procesión a la ciudad
en un día claro y sereno. Llegado a la catedral
empezó el cielo a despedir agua en tanta cantidad que no [da]
lugar al predicador hacer oído y dijo que no quería [can]
pues el agua predicaba. Y esto a sido muchas veces.=
[ ]Joan Suárez de [almotho]
Epítome de las injuriosas palabras que el Reverendo Padre Comisario Fray Francisco Solier predicó en el sermón de los mártires del Japón. 5 de febrero de 1698. Dejando lo antecedente que fue menos criminal aunque sobradamente sangriento contra los frailes

Epítome de las injuriosas palabras que el Reverendo Padre
Comisario Fray Francisco Solier predicó en el sermón
de los mártires del Japón. 5 de
febrero de 1698. Dejando lo
antecedente que fue menos
criminal aunque sobradamente
sangriento.
Hay mayor padecer de un predicador y sacerdote y ministro
evangélico que llegar a tanto abatimiento y desprecio que se atreva
un seglar públicamente a reprenderlo a decir y a grabar
sus faltas. Que una culpa de un religioso que no la saben sino tres
o cuatro y teniendo juez competente [su prelado] que le castigue haya
de publicarse con tanto escándalo e [indicio] del sacerdocio, ante justicia
seglar con tan grandísimo descrédito de la religión y con deshonra
pública de la iglesia y fe católica. Hay mayor injusticia contra el derecho
natural y divino mandando el mismo Dios [noli te tangere
christos meos] no se toque a mis christos (sic) en ninguna manera porque hago
saber que el que les toca en lo más mínimo de su honra que es la
mia. [Tangit pupillam.] Tanto como esto estima Dios a sus sacerdotes
aunque no sean santos. No digo yo que no se castiguen cuando
en toda justicia lo merece que de esa suerte se [huyó]. El primero
quemen me, y más que quemen a todos los frailes pero que un
seglar se haya de atrever a tanto sin que haya quien le vaya
a la mano hay mayor baja que la del sacerdocio en estas islas.
Que si se le antoja a un oidor infamar a un sacerdote castigarlo
y desterrarlo, que haya de tener poder para ello, que por el
mismo caso que la culpa es de un ministro de almas han de
afilar más las armas de sus lenguas contra él, divulgándolo
a todos. Hay desdicha como está de los sacerdotes y religiosos
de Cristo que ya se haga de mal aun una palabra [de coriza]
que se da a cualquier seglar que él es todo más alto delante
de Dios y sus ángeles. Ha de andar tan ultrajado de los hombres.
Siendo así que carácter sacerdotal es tan grande dignidad
que esencialmente está impreso en el alma, y ha de durar para
mientras Dios fuere Dios, que estos papeles, títulos, bastones
y varas que da el rey a sus ministros que tiene que ver, qué hoy son
y mañana no, y así les caen de entre las manos y ellos mismos
se ven sin nada. Que más que sea tan pública la deshonra
nuestra que se divulgue por peles infamatorios contra los ministros
del evangelio para que corran por todo el mundo hay
mayor infamia que la nuestra para que todos chicos y grandes
sepan faltas y no faltas de los ministros de Cristo. Y
con eso les desprecien todos y no se haga caso de ellos en que
ley [vinimos] esto es seguir el evangelio que dice Cristo

diligite inimicos que aunque lo fuéramos había obligación de
no aborrecernos tanto. Pues si aun a los amigos no se ama
que hay que decir más quienes más amigos de cristianos que los
padres y ministros del evangelio. Y ya a estos tanto desamor
tanto odio tanta persecución y de esto nuestra [vd genti
pece atrici] el ama Dios de los tales hay desdichados de los
tales tan pecadores que son enemigos de sus amigos. Que
más dizque nos ha venido a la tierra otro José otro salvador
de las islas para la libertad y restauración de ellas dizque
otro José con sus consejos y providencia. Miren como van
las cosas desde que vino todo es aniquilación de las islas con
tantas desdichas que no se pone mano en cosa que luzca. Tal
es el gobierno. Este es el José que vino a sacar de cautiverio
a los indios. El año pasado ya se sabe que el enemigo
se ha llevado cautivos más de mil personas al rey de
España y lo que más lastima es mil almas a Dios con tanto
ultraje de las iglesias y alhajas sagradas con tantos millares
de ducados todo contra ambas majestades. Y siempre
está cautivando tributantes al rey y almas a Dios
sin poner remedio a que están obligados sus ministros
con rigor y derecho de justicia y luego dizque libertador
de las islas dizque otro José estar allí, recogiendo y sacando
de sus casas y los pobres indios el arroz y sustento
quitándoselo de la boca que causa compasión y luego que toda
la mira es su libertad. Este es el José que ha venido para
bien de las islas. Pues en que viene [a estar] su restauración
toda su batería es contra los ministros de las almas
y contra los alcaldes mayores. Esos dice y da a entender
en su papel que [ellos] son los que tienen en cautiverio los
indios. Y con eso pretende su pacífica libertad con que los
indios no obedezcan más a sus padres espirituales con
que no hagan ya caso de ellos con que respeten más
a un seglar que a un sacerdote de [Cristo] y predicador
del evangelio, más que a los que les administran los divinos
sacramentos. Y lo [que más] es que haya quien apoye con adulación,
y apruebe con lisonja tal papel o adulación
que [tienes] destruido el buen gobierno o trazas del demonio
con que tan de veras trata de arruinar la iglesia
y cristiandad de las islas. ¿Por qué y cómo? No está claro
que si estos naturales no reconocen a sus ministros, si
se les da licencia para no respectarlos, es darles libertad
de conciencia, y para que pierdan la poca fe que tienen veamos
que ha tenido el rey. Ni que tendrá sin ministros y sin
religiosos en las islas como lo ha tenido más de 80 años [con]
ellos. Tantos años en que se conserva y aumenta esta iglesia
de Filipinas con los trabajos, vigilancias, y ministerios

de religiosos ellos la fundaron. Y así viendo el demonio
que con otras trazas no ha podido derribar los fundamentos
de ella [de] las religiones [que] hay pone ahora todos sus tiros y batería.
Porque derribado el fundamento caerá todo el edificio. Y esto lo hace
con solo ese papel del nuevo José. Porque claro está que sí: ese
papel en que tanto se deshonran los ministros del evangelio
se divulga, como por acá pasando a España y otros reinos, como
pretende el total enemigo de esta iglesia que con eso alcanza
lo que desea que no vengan ya más ministros a ella, no vengan
ya religiosos, que lo aten de pies y manos. Porque si este
papel llega por allá con todo su infamia ¿quien ha de querer
venir por acá? Si allá se hallan los religiosos contentos con paz descansados
y con honra en servicio de Dios ¿como han de venir con
tanto riesgo de su espíritu, honra y salvación? Eso pretende
el demonio con que ese papel corra y pase. Que más ya
dice que no se barran las iglesias y se dejen criar zacatales
en ellas para establo de bestias. Ya dice que “no se lave la
ropa de los altares y sacristía para el santo sacrificio padres
míos que dejemos las iglesias y nos vamos, que ya no se vengamos
más, que se acabe ya la cristiandad de por acá, que ya
no puede sufrir más duración de ella.” El demonio por medio
de ministros de justicia y cristianos, ¿desde cuando comenzó
el demonio está empresa? Desde Corcuera acá abatiendo los de religiosos
y ministros por medio del gobierno malaconsejado, lo quiere
llevar al cabo. No por eso se entienda que yo repruebo a su principal
que no hablo sino con ese papel.
¡Válgame Dios! Que los religiosos tenemos tiranizados y
en cautiverio a los indios, ¿es porque los amparamos y [anidamos]
en alma y cuerpo? ¿Es porque los defendemos de agravios e injusticias
de ministros de justicia que como lobos se los van a comer?
¿Que es de los tesoros que les quitamos? ¿No se vuelven libres a sus
casas? Alla en nuestra España ¿como crían los hijos aun de señores?
¿No es metiéndolos en colegios apartados de sus padres? Si esto hiciéramos
acá ya arguya prisión y cautiverio.
Queréis señores que diga en que está el cautiverio de los
naturales no está ni en los ministros religiosos ni en los
alcaldes mayores que esos son [charquelos] y andar por las
ramas. Aunque haya algo en ellos de lo que dice, todo eso es
nada. Y no es por lo que los indios claman libertad sino las
dos cosas y causas que tienen destruida a toda España y
Nueva España que son como [soy] testigo, y todos [lo] son el papel
sellado y estas medias anatas. Más vaya eso que es mal
común de toda la monarquía. Fuera de eso hay otras
dos tan grandes que cargan sobre estos pobres que son: tantas
sacas bandalas de tantos años sin darles un real de paga,
tantos títulos de oficios por fuerza que a unos les cuesta 20, a otros
12, y al que menos 4 pesos. Este es el cautiverio que tanto
sienten estos pobres causa de [su tibieza] en la fe que si no
fuera por los religiosos desesperan, y se fueran a los

montes. Veamos con qué poder los habían de sacar de allá. Miren si los
religiosos son la destrucción de los tributos del rey. ¿Qué más? Cautiverio
es el estar tantos en servicio del rey sin paga ni socorro tan desmayados
de hambre. Que a los pobres pandayes se les caen los
instrumentos de las manos sin poderlos levantar, tan desnudos y tan esclavos,
que si no es a costa de sus vidas no salen del cautiverio. Y por
esto también está tan entablado el vicio de la embriagues para
socorrer esta necesidad natural del hambre que al fin con el vino
llenan los vientres. Este es el cautiverio, no él que acumulan
a los religiosos y a los alcaldes mayores que son [charquelos].
Y es fácil el remedio. En lo que hubieres sin andar con papeles
de deshonras ¿quién tiene la culpa de esto? El demonio que
vence con su soberbia a hacer tales causas, o soberbia y vana
presunción, escribir papeles públicos para acreditarse, para que
se sepa, ¿qué sabe en todo esto señores? Habla claramente no con obscuridad,
si es por este o por [es] otro. Ese, hombre, lo digo con
deseo de que se entienda, se sepa, y se diga claramente para que
se remedie y ataje tanto mal en daño de tantas almas
y de esta iglesia. Rueguen a Dios por el alma de este hombre
que está en estado [inabsoluble] que se pierde esta alma.
Lo cual siento tanto como mis pecados. O santos
mártires, ruegoos por estas islas como siendo patrones de ellos.
No las amparáis. Ya veo que queréis que os imitemos en
las persecuciones [es]. Y aún puedo decir que si vosotros
fuisteis imitadores de Cristo siendo crucificados; nosotros
lo somos más como él. Que él fue crucificado entre dos ladrones
vosotros no, nosotros sí, entre ministros de justicia. Ea santos,
acordaos que somos hermanos y de un hábito. Si vosotros padecisteis
entre japonés gentiles, nosotros entre cristianos
padecimos que es mayor martirio.
En lo antecedente a este había dicho para captar
la atención del vulgo estas palabras. Así supieran
y yo dijera lo que me pasó ayer en aquella celda.
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

Carta apologética etc.
{Al margen izquierdo: De este papel quién es el autor, pregunta Europa. Él no es de proa ni popa, y así será de Combés.}
Preguntó se me lo que me parece del sermón que contra el señor Don Salvador
Gómez de Espinosa predicó el reverendo padre comisario Fray Francisco
Solier de la seráfica religión del glorioso patriarca San Francisco. Quisiera
excusar el decirlo y no lo haré de todo mi sentimiento, porque hay
agravios. Que, siendo lo menos lo que puede contrapesar la ponderación,
esfuerza dejar lo más al discurso para no fatigar el ánimo
el señor Don Salvador Gómez de Espinosa. Me consta que se ríe, y
hace bien, porque no es lícito dar ese consuelo a la calumnia, permitiéndole
el logro de su agravio en el sentimiento. «Que el fruto que promete
a la injuria la malicia es el dolor del ofendido», según dijo:
[fertul] de patientia fructus ledentis in dolore lesi est. Y es prudencia
acedarlo con el desprecio, por que no le quede endulzado el gusto con
el aplauso. Pero porque aun este lo disimula, la modestia es fuerza, que
el celo de la justicia sirva de satisfacción. Y como a la justicia es tan deudora
la verdad, la dejara yo agraviada si no la declarara. Digo, pues, que
el reverendo padre predicador, que con tan ofensivos términos habló contra el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa, pecó mortalmente, si su mucha ignorancia
no lo excusa, porque por ambos derechos y por razón natural,
está prohibido a los predicadores el herir desde el púlpito alguna
determinada persona siendo católica. Y este predicador habló tan
licencioso que lo llama “infamador de los sacerdotes, enemigo de
los religiosos”. Le atribuye la aniquilación de las islas, el destruir la
cristiandad, haciendo que los indios no obedezcan a los religiosos,
que quiere que desamparen las iglesias y se hagan carrizales
y pasto de brutos, que está [inabsoluble]. No sé si con más licencia
se pudiera hablar de un declarado hereje, cuanto y más de
un católico y de un ministro tan cristiano y celoso y al
fin ministro de su majestad, que como asombra suya se le deriva
más respeto. Pero si el atrevimiento envolvió en la queja a su
gobernador y capitán general y a la misma persona real, como
veremos, que hay que espantar que atropelle con el respeto debido
a tan superior ministro. Que esté prohibido esto consta
por el Concilium Senonense, capítulo 36, página 167; el Coloniense, [parte] 4, capítulo
8, página 186, y partido 6, capítulo 13, 15, 16, 17, folio 190 – Augustens, capítulo 13,
folio 214; el Trevirense [c. missi.], folio 270; Mediolanens 1°, página
361; el Toledano año 1566 [ac.] 3, capítulo 3 Juan Luis Vivaldo, [tractatus] de
12. Persecutionem ecclesiae llama a esta la mayor el atrevimiento de estos predicadores,
que él dice que mejor es llamarlos detractores. Y llama
los con mucha razón «persecución de la iglesia», pues luego lo
mismo Pablo 3°, en la bula del año 1542, que comienza Apostolici
culminis encargando a los inquisidores de Milán [que] los castiguen severamente
por las duras experiencias que la iglesia tenía del daño
de sus audacias. Se les seguía desde la que dio lastimosa Diocleciano,
que siendo [gratísimo] príncipe a la iglesia por los dichos apasionados
de los sacerdotes, la despreció a la iglesia y la persiguió

tanto [quoniam] (dice) [similes obligationes seditiosae sunt,
scandalosae et vias ad schismata et tumultus aperiunt].
«No hay medio más pronto para los escándalos ni más dispuesto
para crueles tumultos». En tiempo de Enrique 3.°, por los
sermones de un Arcediano de Astorga, se revolvieron muchas
ciudades las sediciones que fatigaron a España en tiempo
de Carlos 5.°. Fueron incendios levantados a soplos de inconsiderados
predicadores, y así, aunque la clemencia fue fácil al perdón de los
culpados, nunca hablando para los predicadores como a principales
brasas del incendio.
Y es tan raro el caso en que se puede justificar tal resolución,
y tantas las condiciones que para ello se requieren, ídem
difíciles de convenir a un suceso que no atendiendo a lo que
por tan raro se juzga imposible. Todos los autores convienen
en que es ilícito. San Antonino 3, [p. título 18, c. 4, caret 3, p. quest
42, avt. Ibañez 2.2 q. 33, artículo. 4, sylv verbo predicator quest
6, soto deteng seer memb. 2. quest. 3. conclusión 4. canus. l.
12. c. 11. Fernando del Castillo. 1. 2. hist. predicad., c. 48 et 49 del
hábito del predicador San Buenaventura in apologencis editionis
Rom. folio 375, Córdoba. 2. 1. quest. 17. Richard. in. 4. dist. 19
artículo 2. q. 3. Alvarus Pelagius, De planctus, Ecclesiasticus 2 artículo 10.
Y otros. Abulense in. c. 15. Math. quest 28. Navarro manual
c. 51. Aragón 2.2 q. 11 artículo] 2. Y entre las reglas de los
menores, hay una que prohíbe tal modo de predicar, como lo
da a entender San Buenaventura [citat], y de su religión
lo dice San Antonino. La razón lo hace evidente porque, arrimándonos
a Santo Tomás, a quien siguen conformes todos los teólogos,
[2.2. quest.] 33, sólo hay dos especies de corrección, una judicial
y otra fraternal. Y ninguna le compete al predicador. La judicial
no porque esa toca a los superiores, príncipes y gobernadores
respecto de sus súbditos. Y esta, bien se ve al reverendo
padre [que] no le compete, pues ni es prelado eclesiástico ni
gobernador de la república. Ni cuando le compitiera
se usa de ella en ese estilo parte non audita, pues ni
ha oído la razón que tiene el señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
ni la alcanzó, pues le condena ni la que tiene su majestad en los
tributos, ni su gobernador en lo que le calumnia. Y con todo
eso, los condena igualmente, luego es insulto en su sentencia,
tanto como temerario en darla sin jurisdicción [ex
l. in caue. l. ss. causa cognita c. de min leg de uno quoque ff de
regiur et ss. fin inst. de temere litigante c. sacro de sent ex. co. l
consul. iut de offi delegati]. Y esto, aunque sea un ladrón manifiesto.
[L. si, de certa c. si propter publ. et leg. fin c siper vim.]
La segunda corrección, que es la fraterna, tampoco le puede pertenecer
al predicador, porque esta tiene su forma establecida de nuestro
supremo legislador Cristo. Y ha de ser secreta, inter te et
ipsum, no pública en las juntas de los fieles, y no contra que haya
hecho esa diligencia. Y cuando la haya hecho, no se sigue que luego
reprende el hecho en la iglesia, sino que lo diga al que

lo puede remediar [die] ecclesia. Y el padre echó por el atajo. Y para que
el padre sepa cómo le es lícito desde el púlpito reprender a personas
señaladas, pondré las condiciones que para ello se requieren. Para que,
viendo cuántas le faltaron para justificar el hecho, conozca su
yerro y lo enmiende, pidiendo en otro sermón perdón al rey
nuestro señor, a su gobernador y al señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
a quienes tan inconsideradamente ha agraviado.
La primera es avisar primero al delincuente. La 2.a, obstinación
de éste en la culpa, que causará escándalo público. La 3.a, delatando
por sí o interpuesta persona al señor arzobispo o a su
superior secular. La 4.a, imposibilidad en los jueces eclesiásticos
y seglares para corregirlo. 5.a, que no haya esperanza de que el delincuente
con otro medio se corrija. 6.a, que habiéndolo consultado
con hombres prudentes y doctos, juzguen que evidentemente
se ha de seguir provecho y obviar escándalos mejor que si se omitiera
la reprensión. 7.a, que el tal hecho sea pernicioso. Todas
estas condiciones se sacan de los [concilios] y autores citados y han
de preceder. Y conviniendo todas podrá con licencia de su prelado
llegar a reprender. De otra suerte: [seditiose con
tu meliore precipitanter et hostiliter evangelio y officium
exercet]. Y cuando todas estas condiciones le pareciere que convienen,
que será milagro juntarlas, si quiere obrar prudente
y cristianamente, siga el consejo del concilio coloniense
parte 6 que dice: si magistratus dissimulent, consultius magis
est, ut ultio remitatur ad Deum. «Que, disimulando los superiores,
es mejor pedir a Dios [que] la enmiende y remitirle
la venganza.»
Recorra esas condiciones y vea si reguló por sus
reglas su arrebatado espíritu. Que no es bien habiendo remedios
fáciles y seguros, echar mano de los rigurosos y peligrosos. Que
ningún cirujano echa mano de la navaja mientras puede
resolver el mal con otros lenitivos. ¿Avisó al señor Don
Salvador Gómez de Espinosa, proponiéndole los inconvenientes
para que recogiera su papel? ¿Mostró se le obstinado a la
razón? Que yo le tengo por tan dócil que a la menor razón
se rendiría si la viniese y permitiría frustrar su trabajo que
donde obró el celo y no la vana ostentación, como dice el reverendo
padre predicador. Se contentaría con satisfacer a ese cuidado tan
propio de ministro. ¿Recurrió al señor arzobispo, al señor gobernador
o a la real audiencia, delatando y proponiendo los inconvenientes?
Que todos son tan celosos y píos que estudiarían la resolución
con mucho acuerdo, y no consentirían remedios que ocasionasen
mayores males. Halló los flacos para la ejecución
y presumió los tales. Lo 1.o es imposible porque por la bondad
de Dios no ha llegado en nuestra monarquía a
padecer opresión la justicia. Nunca el señor gobernador
se ha opuesto a las resoluciones de la audiencia ni
aun ha contravenido al menor informe de ella ni

ha obrado contra el parecer de alguno de los señores
oidores, igualándolos en la estimación que como sabios
merecen. Lo 2.o fuera agravio y temeridad que de
tan supremos jueces se pensará tal flaqueza cuando
la independencia los hace tan absolutos que ni con
sus sentencias agravian, ni por él las pueden temer
algún infortunio. ¿Recurrió a hombres doctos
y todos juzgaron por único remedio la detracción pública? Halló
ser tan pernicioso el hecho que no se pudiera disimular. Pues
si nada de esto hizo sobre que son esas voces y excandecencias
por sólo su parecer, pues parecer por parecer en materia de
justicia, yo me atengo al letrado y materia de su obligación
a cada uno en su oficio. Pues qué soberbia es presumir
tanto del suyo que con tanta confianza se arroje a darlo por
infalible. Yo creo que en estos casos más obra la ignorancia
que no la sabiduría. Que todo sabio es desconfiado
y todo ignorante atrevido.
Si no es que quiera que sea revelación o profecía
que por este camino ya le permiten sin ofensa los doctores por la
jurisdicción extraordinaria que en los profetas [residía] comunicada
de Dios por este camino bien puede hablar y a esto aludiría
aquello que pasó en la celda. Y si alude a esto aquello que pasó
en la celda y aquella artificiosa énfasis con que quiso ganar
el aplauso del vulgo cuando dijo «así supieran» y yo dijera
lo que me pasó ayer en aquella celda, si es profecía o
revelación, dic nobis palam, pero como de esos profetas amanecen
alumbrados. Así alborotó a Florencia [Frate]
Jerónimo de Savanerola cuando entró en Italia Carlos 8.º y fue causa
de los escándalos de Italia con tal crédito de revelaciones,
que hubo quien por él se ofreció a entrar en una
hoguera. Pero él salió más alumbrado de lo que quisiera,
pues quedó abrasado en una que encendió la indignación
del Pontífice para que feneciera el engaño que sustentaba
en el vulgo. Y cierto con razón, porque las temeridades
del púlpito son las más poderosas para despeñar
al vulgo. Porque como se aliñan con adornos de piedad
y les dan color de religión, arrebatan la sencillez del
vulgo, que como piadoso y cristiano no piensa que de aquél
lugar puede proceder engaño. Y cree sus razones con
el mismo fervor que los misterios de la fe. Aun los
gentiles conocieron este peligro, pues dijo Livio, libro 39:
Nihil in specie fallacius que prava religio est ubi
divina numen pretenditur seceleribus. «No hay engaño
más poderoso que el que trae semblante de religión
cuando con maldades se pretende persuadir su culto.»
Porque entonces hace mérito del delito y falta
la vergüenza a la maldad y aun se hace

honroso el maleficio. Mejor lo dijo, sacado de cartas
experiencias, el reverendo Padre Juan de Mariana en el libro 19 de su
historia capítulo 3: «Ninguna cosa (dice) tiene más fuerza para alborotar
el vulgo que la máscara de la religión. Reseña a que los más
acuden como fuera de sí, sin reparar en los inconvenientes.»
Quien quisiere ver hartos ejemplares, lea [acontzen]
en su política libro 9, capítulo 9, [ss] 7. Que a mí me basta lo que sucedió
en Portugal en tiempo del rey Don Manuel, cuyo historiador
es Damián Goez, que por un celo indiscreto de un predicador
se ha fervorizó tan bárbaramente el vulgo que mató pasados
de cuatro mil cristianos nuevos. Y lo que en nuestros
tiempos pasó en Cataluña, qué acciones mal averiguadas
contra la religión y piedad se predicaban por ciertas,
con que irritaban el celo piadoso de los catalanes, que cualquier prudente
excusará su furiosa resolución. Decía se que habían los españoles
quemado las iglesias con el santísimo sacramento, pintaban se las
formas en las banderas, clamaba el reverendo padre predicador a hijos
que han quemado a nuestro padre piedad, si no alborotarse el vulgo matar
a los soldados y ministros del rey sin que ni la nobleza, ni
la prudencia los pudiera ir a la mano, mereciendo ellos en la
crueldad cuanto desmerecieron los predicadores en su inconsideración.
Pues unas acciones empeñaron a otras hasta la última
resolución contra la fidelidad. Y así, fue el mal en los predicadores
peste, y en los oyentes contagio. En los primeros estuvo
toda la culpa, y los otros padecieron la miseria, como lo sintió
de semejantes casos altamente Livio 28: Causa atque origo
omnis furoris penes auctores est, reliqui contagione insaniunt.
«Quien trae la peste, ese es el culpado, no el que sin
sentir enferma de ella.» Es el púlpito trono del evangelio.
Y lo que se oye, se oye con esa fe. Y como el vulgo no
puede discernir la verdad ni examinar la doctrina,
todo lo recibe con el mismo respeto, haciéndose [dependiente] de la
presunción sagrada. Por lo cual los predicadores habían de
proceder más remirados y nunca hablar sino lo que es puro
evangelio, ni discurrir más que por sus legítimas consecuencias,
premio y castigo, mal o bien, obrar sin condenar determinadamente
el hecho de un singular. Porque para que se
contenga en el evangelio y doctrina de la iglesia, ha de
constar de su calidad. Y no la ha de definir un particular
que no es juez. Y lo puede engañar o su mal entender, o su
pasión particular.
Si el vulgo de Manila fuera tan vulgo como el de otras
ciudades, no me espantará que de la iglesia prorrumpieran
en ira tan arrojada que se desahogará con el daño del
señor oidor, abrasará su casa y borrará del mundo su memoria.
Porque qué corazón piadoso no se había de mover contra
un proclamado enemigo de la religión, destruidor de las islas,
ultrajador de sus templos, que los condenó a ser acogida de fieras,
que los quiso privar del culto y ministerio sacerdotal, de peste
tan prejudicial. Cualquier instante es peligrosa la tolerancia

Si la fidelidad de Manila no tuviera tan hondas
raíces, viendo tratar a su majestad de injusto por sus tributos,
¿qué se pudiera esperar de quien a voces, desde el púlpito
y con afeites de religión y de revelación, condena
tan resueltamente el papel sellado y la media anata?
Si este mismo respeto no reverberara en su
imagen, quien no se amotinará contra su gobernador, viéndole
tratar de arruinador de las islas, causa del cautiverio
de los indios, instrumento de su destrucción, y de que
flaquee en ellos la fe de Dios y de las malas costumbres
del vino, cuando todos saben cuán nativo es ese vicio a su
condición, y que es la alegría en su mayor prosperidad
pero puede se consolar su señoría con que mete a la
parte a otros. Pero si aquel concebido celo se hiciera
en el vulgo furor, ¿qué provecho viniera sacado el reverendo
padre predicador sino destruir la república, la fe y los
mismos a quién pretendía salvar? A que no sucede eso cada
día ni se mueve tan fácilmente el auditorio. Miren
lo que dice Aristóteles, que aunque los movimientos
grandes nunca son de cosas leves, pero que nacen de cosas
muy leves. Oriuntur seditiones non deparivis reba,
sedex parvis dissident enim, homines et seditiones excitant
de rebus magnis. Libro 5, [polit] capítulo 4. Por una mofa de un plebeyo,
conspiró la plebe contra Roma y tiranizó el consulado.
Y el peor modo, o el más seguro, es esparcir quejas de ministros
y gobernadores, que en duda y por ambages dichos
turban cuanto y más con descaramiento que arguye más fundamento
y en el embaidor más verdad, artificio que
reconoció tan prudente como político Tácito, libro 1, historia. In
serunt querelas et ambiguos de principe sermones que
que alia turbamenta vulgi. «Turbaciones del vulgo» llama el
Tácito a esas quejas, porque a ellas fácilmente se mueve y sale
aquella voz atrevida que tantas veces ha turbado la monarquía,
de viva el rey y muera el mal gobierno que ahora
hizo tal estrago en Cataluña con muerte de su virrey y
cinco oidores. Sólo la duda de qué puede suceder, aunque muy remota;
algo de esto había de bastar para acobardar tales intentos,
que sólo el imaginarlo me llena de temor. Porque no es
bueno un remedio que si se yerra su daño es irremediable,
y que de suyo trae poco o ningún provecho. ¿Qué provecho traen
esos atrevimientos, riñas, rencores, venganzas, descréditos?
Quién de eso hace caso para enmendarse, si con suavidad
no se le persuade? El agravio y el rigor han de persuadir
a un corazón libre, a un ánimo señor, a un entendimiento
grande. Los gritos para los pastores, los palos para los brutos, las
palabras injuriosas para las [verceras], lo que se suele seguir
es empeñarse el mal, pasándolo el agravio a obstinación
a no caer en pecho tan cristiano, reduciéndolo a venganza.
Estos son los provechos ordinarios y los daños si se
yerra la razón y el tiempo: afrentas, muertes, motines,
alzamientos y asolamientos de repúblicas y reinos. Pasó, pues,

con remedio, que tiene más de veneno que de salud, no sea
que destemplado mate.
Dirán que la defensa es natural, pero también han
de entender que ha de ser cum moderamine inculpate
tutela. Y así que ha de ser por los modos lícitos y estatuidos
por derecho. ¿Tiene el papel del señor Don Salvador Gómez de
Espinosa otra calidad que la de una proposición a su
presidente y gobernador, de lo que pide remedio como
a quién lo puede remediar, o con su poder o con su autoridad?
¿Tenía más el reverendo padre, si le parecía damnificado
el estado, que oponer en el mismo tribunal otro escrito,
probando o que las tales cosas no se hacían, o que lo que se condenaba
en el escrito se hacía lícitamente[? ¿]Fuera bueno
al que me pone pleito en algo a cometerlo en la calle
a cuchilladas o ultrajar su fama públicamente a título
de defensa? [No] qué caminos tiene el derecho para todo
y nadie se ha de tomar la justicia por su mano y
más en un púlpito donde se autoriza con el evangelio
el derecho, ¿qué mayor rigor podía usar la Inquisición
con un reo convencido que leer su causa y condenar
su memoria en una iglesia con la publicidad de sus
concursos? Pues mayor fue el que usó el reverendo padre predicador
y el que usan los predicadores que condenar
personas en particular se atreven para que la Inquisición
midiera las palabras y las tasara con su escrito para que
no excedieran más de lo justo. Y en un púlpito
con un celo aprendido y más si la retórica no es muy
culta se pasa sin sentir a lastimar más de lo justo y con
exceso tal que fuera sobrado contra un heresiarca
pero no le debía de estar bien por ese camino la defensa
que quién tiene mal pleito todo lo reduce a voces y echó
por el atajo haciendo de hecho pues advierta que el que
obra de hecho siempre da indicios de su poco derecho,
y que al que obra de hecho, de hecho se le puede resistir.
Y si la real audiencia de hecho lo enviara a
predicar a Caraga, que se lo tendría bien merecido.
El 2.º sentimiento que tengo es que un religioso
franciscano se haya señalado en impugnar el papel
del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, porque o es dar
indicio de que lo prohibido en el papel se hace en su
orden, o pretender que lo que allí se nota sea lícito en
todas. En lo 1.º ofende mucho a su religión, pues
diciendo el señor Don Salvador Gómez de Espinosa que esas quejas
no son contra todas las religiones de esta región, ni de todos
los regulares o clérigos, sino de algunos que son muy pocos,
y no desacreditan a una religión ni provincias enteras
[ss] 2, número 2, ¿porque quiere que sea suyo el agravio, dando indicios
de que es suyo el hecho? Cuanto más cuerda anduvo
la compañía de Jesús en subscribir con su elogio, pues

con eso se hizo afuera de la queja. Y dio bien a entender
que no sentía en sí causas que la motivaran [que]
no fuera mejor [que] salir todas elogiando y aplaudiendo
tan justo sentimiento contra los abusos que se temen introducidos;
y declararse en un mismo sentir de la calidad
de los males, pues esfuerza que si saben los mandamientos
sin más teología los detesten; y dar a entender que no
los permiten, que antes los persiguen y castigan. Y que
si suceden, no es por uso tolerado sino por ignorancia de
algún particular. Y que sólo se eximen del castigo los
que no llegan a la noticia. Y holgarse de que conste a todos
lo que es lícito para que no pasen de ello por ignorancia.
Y que se tengan in promptu las leyes para que más perfectamente
se guarden [el] padre que anduvo poco político
y menos celoso del decoro de su religión.
Que pretendiera a lo 2.º no se puede llegar
a pensar si no es haciendo la salva a sus estudios.
Pues todo está expresamente condenado en las
cédulas de su majestad, que el señor Don Salvador Gómez
de Espinosa propone pidiendo su observancia. Y
la materia [está] prohibida de la razón que
están de sobra las leyes para el que usare de ella. No
quiero hacer inducción de cada una para que no salgan
apagando candelas contra mí por infamador del
estado eclesiástico. Porque en opinión del reverendo padre
predicador, lo mismo es decir lo que es lícito a un estado y
señalar los tropiezos de él, y lo en que se suele faltar por el
desorden de alguno que informar aquel estado. Pues si
ni su religión aprueba el hecho con su doctrina, ni
con su ejemplo, ¿sobre qué son las voces si no decir
que es justo lo que se propone y digno del cuidado de
todos los eclesiásticos? Y que por tal lo cela su orden y
vela en la ejecución y no hacerse delincuentes
de lo que no han hecho.
Hasta aquí mis sentimientos. Ya es tiempo de acudir
a las satisfacciones, recurriendo las calumnias que
impuso el reverendo padre predicador, examinando la verdad
de ellas y la razón, si la hubo. Llama «papel infamatorio»
el del señor Don Salvador Gómez de Espinosa. Yo
le quisiera preguntar si sabe qué cosa sea libelo infamatorio.
Porque por lo que dice, me hace pensar que no lo
sabe. Sepa, pues, que ni rastro de libelo contiene el papel, porque
lo 1.º, el papel va firmado. Y nunca el derecho civil
presume del que firma un papel que lo hizo con ánimo
de infamar, sino usando del derecho que todos tienen
a favor de la república de pedir enmienda de algunos
delitos. Y así solamente se presume ser libelo
infamatorio cuando se publica sin autor. Y estos, si se hallan,
pueden ser castigados a instancias de la parte ofendida

[la] única [c.] defamosis libel y la [l.] 3, título 9, parte 7. Lo 2.º ha
de constar de la siniestra intención de infamar. Porque
si se expresa otra cosa y consta que es para impedir algún
daño, si es de los gravísimos, aunque vaya sin nombre,
no es libelo. Y por él está obligado el juez a cautelar, aunque
no podrá proceder judicialmente contra el infamado.
Y de los otros que no son nocivos a la república, [yasa] poniendo
el nombre, ya ocultándolo solamente será celo indiscreto.
Y no será libelo toda esta doctrina de Molina
de [just. tract. 4. d. 35.] Y a favor de lo último,
pondré sus palabras número 3. [Si vero illas obtulit bono
zelo, prelato ac. judici ut malum caverent ac impedirent in
futurum pendens sane neq ineo peccavit neq ulla pena
ea de caussa erit puniendus.] Y sea lo que fuere en el derecho
canónico, solamente se juzga por libelo infamatorio y se castiga
como tal cuando él que lo hizo no sale a probar lo que en él se
contiene. [Ejemplo, capítulo 1, q. 1.] Vea, el reverendo padre predicador, si quiere
que se liquide esta condición.
Otra condición es que lo que contiene el libelo no sea
público, sino oculto. Y el libelo se ordena a hacerlo notorio, que
todo lo contiene sea público. No hay duda ni es materia
la que contiene el libro que se pueda ejecutar sin testigos, que siempre
lo ha de ser todo el pueblo. Y si no es público, como hay tantas cédulas
que condenan esas cosas, todas a instancias de los señores gobernadores,
oidores y arzobispos, como hay tantas provisiones reales
a instancia de los señores fiscales de su majestad, la duda no puede caer
sobre el hecho sino sobre los agresores. Y de eso no determina
el papel del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, antes anda tan
templado que dice que son los menos. Pues ¿qué infamia añade
el papel cuando la templa con su cordura, suprimiendo los nombres
de los más infamados, cuando en algunas cédulas los expresa
su majestad, porque la notoriedad fue tan grande que allá alcanzaron
sus voces? ¿Qué infamia añadiría a la contraída cuando expresara
lo que [está] de contado en el real consejo de Indias y
en esta real audiencia? Si quiere el reverendo padre predicador [que] se
llegue a la prueba, pida las cédulas y no sea tan ingrato
a la cordura del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que para
su abono en lo obrado le obligue a imprimir las cédulas
por donde conste lo omitido. Vea, el reverendo padre predicador,
a su General Sousa sobre la bula de [clem del argitio
nibus], y verá lo que se puede y lo que se excede. Y pese con ese
exceso los estipendios y sabrá de dónde sale aquella
superfluidad.
Lo otro, ¿no puede ser papel infamatorio una proposición
de parte legítima, en legítimo tribunal, ordenada
a obviar inconvenientes y quejas de los naturales y mucho
menos, del modo que el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
la propone, que es proponiendo las cédulas y pidiendo la observancia?
Pues además que eso, ¿le compete a un ministro y más consejero
por el mismo título que le compete a su majestad el
hacer las leyes? Si estas no son injuriosas, tampoco lo

ha de ser la pretensión de su ejecución, y aun menos se
requiere para este. Porque para pedir su cumplimiento, basta sospecha
mayor conveniencia, y para la ley constante razón para
hacerla. Y como no infama la ley y provisión real contra eclesiásticos,
menos podrá la acción de pedirlo, que no tiene fuerza hasta
que el decreto aprueba la razón. Y no siendo justo, se deniega.
Y si es dudoso, se pide (aunque sea el señor fiscal de su
majestad el que lo hace) que lo verifique. Y así, el pedirlo, como
no supone aun la averiguación del hecho, no puede infamar.
Tanto como el decreto, que en virtud de la verdad se
hace que esto les competa a los ministros. Bien se ve por las
cédulas de su majestad en que semejantes desordenes, y expresamente
algunos de los que propone el papel [que] encarga a los
señores de la real audiencia los obvien. Y eso no se puede
hacer si no hay quien los proponga [que] se recorran las cédulas
que cita el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, cartas
y órdenes de su voluntad, remitiendo a los gobernadores
y audiencia su ejecución. [Vide] número 35, 36, 48, 53, 54, 58. Véase
en el número 57 la doctrina de Solórzano y Bovadilla, que les
toca a los ministros de su majestad (los que, como sus consejeros,
inmediatamente lo representan) prohibir los inconvenientes
conteniendo a los eclesiásticos en lo que no pareciere
convenir al buen gobierno de los vasallos de su majestad. Véase
número 6, donde reprende su majestad la omisión que en esta
parte tienen sus ministros, y manda [que] se publiquen de
nuevo las cédulas para que mediante su noticia velen
a la observancia. Véanse número 1.º la cédula de 11 de diciembre
de 1613, en que la majestad de Felipe 3.º, tan católico
y [santo] rey, dice que constan estos excesos por informaciones
que se han hecho. Y habiéndose hecho algunas
en diferentes partes, se halla hacerse las dichas derramas
con mucha libertad y exorbitancia, dice la
cédula. Y declara después que es lícito hacer dichas informaciones,
no para conocer de la causa, sino para informar
con verdad a su majestad para que provea el remedio. Si es lícito
para el remedio averiguar el mal también, será lícito
el proponerlo. Pues el fin de la enmienda no se
puede conseguir sin esos medios, y más con los términos
que usa el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que
no llegan los más rigurosos a los más templados de
las cédulas y provisiones reales. No ha tratado de hacer
información el señor Don Salvador Gómez de Espinosa como
podía, que si la hiciera ahí fuera ello el publicarlo
por descomulgado, enemigo capital de la iglesia
y religiones, pues sin eso le llaman su perseguidor
y enemigo que [in testinamente] las aborrece. Pero tanto
puede hurgar que le obligue su verdad y decoro
a ese desempeño.
Finalmente, si este papel fuera infamatorio,
lo serían tantas cédulas de su majestad, tantas

provisiones de esta real audiencia, tantas peticiones de los
señores fiscales que si no fuera prolijidad, pusiera aquí a la
letra. Porque viera, el reverendo padre predicador, con cuán diferentes
términos ha tratado la materia el señor Don Salvador
Gómez de Espinosa. Y para que esta que llama «persecución» (comenzada
por el señor Don Sebastián Hurtado de Corcuera)
sepa qué es más antigua, tocaré algunas que contienen
la materia y verá cuán antigua es la queja. A 4
de febrero de 1699, expidió una provisión esta real
audiencia para que no se echen derramas a títulos de las
fiestas, procesiones y misas nuevas. El mismo día, se despachó
otra para que los religiosos ministros guarden en los derechos
el arancel del señor don Fray Domingo de Salazar. A 8 del mismo,
provisión para que no se consienta [que] se valgan los religiosos de
los indios sin paga. A 12 de octubre de 1600, otra provisión para
que los religiosos y clérigos paguen las hamacas, equipaciones,
pescado, huevos ―todas a instancia del señor fiscal de su majestad,
el licenciado Jerónimo de Salazar y Salcedo―. Y después acá
se han despachado tantas que sería nunca acabar quererlas
referir. Y llamarían a este mi sentimiento papel infamatorio.
Luego no comenzó el señor Don Sebastián esta persecución,
sino que las quejas de los naturales la excitaron. Y siempre
se ha ido continuando, porque nunca se ha alcanzado la enmienda
que se desea.
Además que el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
no ha pretendido en este papel más que hacer presentes
las cédulas. Y a los ignorantes, su obligación. Y decir
las cosas en que los ministros pueden tropezar, para
que nadie se ofusque cuando viere algún ejemplar,
entendiendo que porque lo hace el eclesiástico, ya
está justificado. Que para los ignorantes, es el mayor
derecho el del ejemplar, que es la teología de los
alcaldes mayores, «así lo usó mi antecesor» etc. Así
puede ser que diga algún padre [doctrincente] «yo lo
hallé asentado en este pueblo», se usa dar al reverendo padre
esto y esto, hacer esto, esto otro, con que él parece que va seguro.
Y como en estas islas puede haber algunos que administren
sin letras, aunque haya sucedido raras veces,
el caso es bien lo vean definido para que ignorantemente no suceda
otra vez. Y así, cuando fuera verdad lo que el reverendo padre predicador dijo,
que por uno u otro no se había de hacer ley, se engañó. Porque
aunque fuese uno u otro (aunque en esto le ruego [que] no apure
mucho, que no le saldrá bien), en estas partes conviene prevenirlo
para lo venidero, además que siendo las cosas muy dañosas.
Un accidente basta para que la ley lo prevenga y el ministro
solicite la prevención y cautela de la ley. Para estos es conveniente [que]
se imprima lo que es lícito y lo que no claramente. Porque si lo
ven impreso, creerán que es así. Que si no, aunque diez teólogos
lo persuadan, no alcanzarán más que ser despreciados. Dirán [que]
les miren, «qué saben de esto», «ni qué experiencia tienen de indios».
Y con esto se quedan muy consolados. Y aun a los doctos les
importa para poder convencer a los alcaldes mayores, que

con los pareceres de los tales les parece que se van sin tropezar
al cielo. Consultó un alcalde mayor a un buen
teólogo, que le dijo lo que debía hacer. Pero como él no buscaba
lo que le convenía, sino lo que quería, se fue a otra tienda y topó
un eclesiástico, que luego, sin dificultad, aprobó lo que deseaba.
Con que triunfaba el alcalde. Y decía [piezan] los
padres, que sólo ellos saben lástimas, que cada día se ven porque
como la presunción está igualmente para los ignorantes y los
doctos, no han de ser tan descorteses que descubran su ignorancia.
Se queda con avilantez para dar semejantes sentencias.
Y si proponer a un estado en general lo que debe hacer y lo que
debe evitar es infamar el estado, serán papeles infamatorios
todos los doctores morales, que escriben de regularibus, porque
les proponen lo lícito y lo ilícito. Y así, serán libros infamatorios
los tomos de Suárez, de [religione lozana de statu regulari]
y otros muchos.
Dirán que eso se ha de tratar con quien lo puede castigar.
Y que, siendo tres o cuatro los que eso hacen o han hecho, no se
ha de hablar con esa generalidad. A lo 1.º digo que tendría mucha
razón si se tratara en aquel papel del castigo, que entonces
se debía acudir al juez privativo de la causa. Y el
tenor del papel bastantemente declara el intento, pues habla
en general sin individuación de personas ni del hecho,
que no es lenguaje proporcionado al intento del castigo. No
trata el señor Don Salvador sino de prevenir los accidentes que
pueden agravar la miseria de los naturales. Y para ese
fin es lícito proponer los medios o pedirlos a quien, como
protector de la fe, ejecutor del Concilio tridentino y
cánones padre extraordinario de la república, le compete
el dictarlos. Que es al rey nuestro señor a quien, además de esos
títulos, en primer lugar le toca la corrección fraterna (común a
todos los fieles), el ubicar los escándalos y la defensa de los vasallos
injustamente vejados. Y más en materias que están in fieri, en que
se trata de impedir el mal y no de castigar el hecho. Y todo lo que
a este fin puede obrar su majestad [solicitando] sus ministros. Y que «el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa no trate de cosas pasadas sino de
obviar males venideros»: se saca de la conclusión que cierra
todos sus discursos, que no remata pidiendo satisfacción de
excesos determinados, sino remedio para otros, que amenazan
venideros si los malos ejemplares —con la tolerancia—
cobrasen fuerza. Y si cita ejemplares de lo pasado en general,
es para que se entienda que se pueden temer en lo venidero.
Que de lo una vez sucedido, prudente se infiere un recelo
para lo venidero. Pues el mundo siempre es el mismo, y lo
que sucede hoy es lo que sucedió ayer. Y unos tiempos son
retratos de los otros, sin que las crónicas —después de prolijas
narraciones— nos den otra cosa de nuevo. Que los hombres,
y en orden confundidos, solamente al cabo nos demuestran
unos mismos sucesos. Vitia erunt donec homines, escribió
el gran Tácito.
Que a su majestad le pertenezca el título y derecho
de protector de la iglesia y sacros cánones

consta no solamente de sus gloriosos empleos e increíbles gastos
de sus reales tesoros destinados a la exaltación de la fe y engrandecer
el reino de Cristo y su iglesia, sino del mismo Concilio
de Trento sesión 25, capítulo 20, en que hablando de los principios
dice: Quos Deus sancte fidei Ecclesiae que protectores esse
voluit. «Que es la voluntad de Dios que sean los protectores
de la santa fe y de su iglesia.» No les concedo por eso tanta
licencia, como la que Vitoria y Cayetano les dan. Que dicen que
pueden con armas resistir a cualquier príncipe eclesiástico
que porfía en quebrantar los sagrados cánones y decretos de
los concilios, porque nunca juzgó que llegará a tanto la obstinación
que pueda justificar tan áspero remedio. Pero tampoco
les podrá negar alguno que en los abusos que los prelados
no corrigen puedan proceder por sus edictos los reyes, privándolos
generalmente según doctrina de Gerson y aun usar de
alguna coacción contra los inobedientes in abusibo. Dice conclusión
3, [superludo hultorum], tomo 4: [Quibus non medentur prelati,
possunt principes sancte et inste providere peredictum,
et prohibitionem generalem, atque per coactionem inobedientium,
et rebellius.] Apparere posset eos obligari ad
illud veluti Sanctae Ecclesiae protectores. Y así lo tomamos
{Al márgen izquierdo: exequendum}
con el rigor que algunos que se valen de la paridad
del ejecutor del testamento para explicar por la
que en este resulta, la que se ha de entender en el otro.
Bien se ve que, aceptado el cargo, queda deudor del que le señaló,
en cuanto a evitar los daños de su hacienda y de
su ánima. Y que en este sentido el obrar de los reyes
no será extensión de su poder si no paga de su obligación
y satisfacción a Dios y a su iglesia, de quienes en el cuidado
y diligencias se constituyó por su oficio deudor. Y este es
un pacto si no explícito, por lo menos implícito. Y bien asentado
es entre los doctores, que aun el pontífice —con toda la superioridad que
tiene sobre los príncipes— está obligado a guardar fielmente los pactos que
con ellos asentare. Véase a Suárez 3, De Legibus, capítulo 35.
Por el título de padre le pertenece especial jurisdicción, que es la 1.ª
que se usó en el mundo, y en virtud de la cual gobernó Adán y sus
descendientes, hasta que la soberbia inventó otros títulos más honrosos,
que no excluyeron el de padre como fundamento de los demás. Y así
aún hoy distinguen los doctores, como se puede ver en Hurtado [disp.
162 de charist] sección 4 a [sección] 26. Dos oficios en los gobernadores: uno
llama paterno, y otro judicial. El rey, pues, que como siente el
[vualdense t. doctrinal fidei] libro 2, capítulo 80, es el padre extraordinario
o hermano mayor de los vasallos. Aunque es judicial lo
ejerza con distinción, el paternal lo usa con todos sin distinción.
Y puede por él enmendar los yerros de todos sus vasallos y librarlos
de ofensas de Dios, ya reprendiendo a los unos
y a como buen padre defendiendo a los otros, y librando a los
menores hijos o hermanos de la opresión de los mayores.
Y como el padre carnal puede al hijo sacerdote corregirle
sus desafueros (porque el carácter —aunque le eximió del

fuero judicial, transfiriéndolo en eclesiástico— no lo libro
del paternal); y así, reconociendo su fea inclinación a
mujeres y la destemplanza en el vino, le puede corregir
en su casa de la misma manera el rey al
eclesiástico y prelado. Lo podrá corregir de cualesquiera
desordenes, sin que por eso se entienda que usa del poder
judicial sino del paternal, en que a todos los iguala.
Pues ¿en qué ofende quien, como a padre, recurre con sus
quejas para que consuele a sus menores hijos? ¿Qué derecho atropella,
qué justicia pervierte? No hallo yo sino un puro ejercicio
de caridad, ardor de un santo celo templado de mucha prudencia.
Y si no, en qué sentido pudo hablar San Crisóstomo cuando,
interpretando a San Pablo, ad Romanos 13 dijo [hom 23 in]
13 ad Romanos: Omnis anima potestatibus supereminentibus
subjecta sit. [Etiq. si apostolus sid etiq. si evangelista
etiq. si propheta etiq. siquisquis tan dein fueris.] Y San
Bernardo, epístola 41, escribiendo a Enrico, arzobispo senonense,
le dice: [Omnis omina potestatibo] sublimioribus subdita
sit, [si omnis et]. Quis vos excipit ab universitate? Si
quis tentat excipere, conatur decipere. Y qué más blando
sujeción podemos reconocer que esta paternal? Bien nos está,
pues, su uso. Y nadie podrá condenar su recurso.
También le toca el corregir fraternalmente
los yerros. Y de los que están in fieri y amenazan con la
ejecución, le corre obligación de librar de su prójimo del
mal que le amenaza, la cual funda su derecho en la razón
natural promulgada por Dios a nuestros primeros padres. Según
el Eclesiástico en el capítulo 17: Testamentum eternum constituit
cum illis. Et honorem vocis audierunt aures illorum.
Et dixit illis: Attendite ab omni iniquo. Et mandavit illis
unicuique de proximo suo. A cada uno le fue hecho cargo de su
prójimo y encargado el celo contra la maldad. Y en esto no
hay distinción de eclesiásticos ni seglares ni de inferiores
a superiores. Porque como dice Santo Tomás [in. 4 dist. 19, artículo 2, questiunc]
3, el prelado —por lo que tiene de persona pública— no pierde
el derecho de persona particular. Y así, todo lo que el afecto paterno
hace deuda de los demás, se le debe al prelado, por donde se le
debe el beneficio de la corrección fraterna. [Et ideo secundum alias
preceptum de fraterna correptione, etiq. ad prelatos se extendit.]
Y de esta razón infiere Juan Mayor [disp. an papa subditus
sit fraterne correptione] que al mismo pontífice sumo se le
debe este afecto. Porque es, dice nuestro hermano, que tiene un mismo
padre con nosotros en el cielo. Y si por su dignidad perdiera
ese beneficio, sería de peor condición. Que los demás hombres
y casi el más infeliz en sus males, pues, no tendría qué en
le diese la mano en los peligros. Concluye, pues, [ergo possumus
cum corripere et incasit tenemur aliter papa esset
deterioris conditionis qua alii christiani]. Pero no se ha de entender
de la corrección evangélica, que esa sería errónea
consecuencia y principio para otras peores que sacan Gerson,

Almaino y el aliacense, corrigiendo al pontífice con testigos
y delación. Porque es imposible en la alteza de su dignidad,
que no conoce superior sino de la corrección ya dicha, sacada
del eclesiástico o de la evangélica, templada con el respeto
debido a su dignidad y contenida en los límites de una
admonición. Al modo que la explica Santo Tomás, citado artículo
1 [fit]: Per verba tantum que vim coactivam non habent; et
talia verba admonitoria dicuntu; et ideo, cum hic modus ad
corripientem pertineat, correptio nihil est aliud quam admonitio.
De esta manera explicada, la corrección no solamente es lícita
sino obligatoria. Y más en los príncipes, que por su autoridad y poder
no pueden oponer estorbos para la ejecución. Y ¿quién dirá, que si
alguno advirtiese que algún eclesiástico se disponía para
algún delito nocivo a la república o injurioso a algún particular,
y pudiéndolo fácilmente impedir no lo hiciese, que quedaría
sin culpa? No sería sino cómplice en el delito y consentidor
en el daño. Oigan las palabras de Salviano Masiliense,
libro 7, De providentia potestas: Que inhibere scelus potest, quasi probat,
debere fieri, si sciens patitur perpetrari, in cuius enim manu
est, ut pro hibeat jubet agi, si non prohibet admitti. Del mismo
sentir es Farinaci, [q] 8, número 120, con Aretin Felino, Andre
Ziculdecio y todos en el capítulo, cum non ab homine, de judiciis.
Que todos convienen en que, aunque en el crimen ya cometido
no le pertenezca al inferior el corregir al superior, pero
en el que está para ser ejecutado, bien puede el inferior corregir
al superior. Y añade el arcediano [in capítulo siputaverst q.]
1, que la corrección fraterna —de la cual trata el [c. no vit de
judiciis]— es de precepto contra el que está para cometer el delito.
De tal suerte que hay obligación de corregirlo, la cual no tiene
esa fuerza contra el que ya lo cometió. [Convienen Anton in capítulo
ex parte De testibus innocent in capítulo 1. De postulat prelat.]
De eso, pues, trata este papel. No de delitos cometidos, sino de
excesos que se temen ―justificado el temor de algunos casos
tan notorios que ni en la corte se ignoran, y en estas islas se cantan,
y en todas las conversaciones de estados se repiten―. No es esto
infamar los religiosos, ni abrir contra ellos la boca, sino por
ellos ―dice el angélico doctor Santo Tomás― cuando se les avisa con
caridad, lo que deben hacer para conseguir el amor de los
pueblos, el crédito del evangelio y el lustre de su fama. [Prelati
in quantum peccant non sunt eglii et secundum hoc
correptio eis debetur nec eterum qui eos charitative corripit
in eos os ponit, id est contra eos, sed proeis qui ad utilitatem
eorum eos, admonent.] Y si esto es atrevimiento, esto insolencia,
esto infamia, diga que los cánones y pontífices que lo
favorecen y persuaden hablaron sin consideración al estado, sin
conocimiento de la justicia, sin razón ni acierto. Léase el capítulo número
[si 2 q. 7]: Nos si incompetenter aliquid agimus et in subditis juste
legis tramitem non servamus, vestro ac ministrorum cuncta
volumus emendare judicio. Lo mismo el capítulo Qui resistit

[711 q. 3] León Magno encarga lo mismo a Teodosio, emperador,
epístola 7: Vobis non solum regnum sed etiam sacerdotalem animum
inesse gaudemus. Ni scilicet in populo Dei aut Schisma,
aut ulla scandala convalescant. Lo mismo escribió al
emperador León, epístola 75, el mismo León, Papa Hormisda,
epístola 38, Ad Justinum imperat. Le dice: [superest vobis adhuc
Alexandria atque Antiochia atque] aliarum Ecclesiarum
nullo modo negligenda correctio.
Y si esto es infamar, condene por enemigos del
clero a Carlos Magno o a nuestro Carlos Máximo del 1.º. Dice
Surio, hablando en su nombre: Ne aliquis, que esso huius pietatis
admonitionem esse presumptionem putet, [veluidi
cet], qua nos errata corrigere, superflua rescindere, recta
connectere studeamus. Habla aquí de la reformación
que hizo del clero [San Junii] de Carlos V. Escribe agradecido
el Concilio de Treveris: [Sacra illius majestas sibi aut
quoque grave duxit formam nobis proponere ad amussim
consentaneam scripteris, et calitus inspiratis. Canonibus
ad instaurandam ecclecis integritatem.] Y añade
el arzobispo de Treveris: [Eam reformationis formulam
juxta cesaris mandatum publicari, et prelegi omnibus
vobis curavitnus.] Bueno fuera que hicieran entonces
duelo contra esos emperadores los eclesiásticos, diciendo
que por el hecho de los pocos quedaban infamados los muchos.
Y darían qué pensar al mundo, que todos obraban
de aquella manera, fuera discurso de ignorantes que
para la prevención no se requieren muchos actos, sino
posibilidad de que se puedan cometer. Y en cosas
muy dañosas, un suceso basta para persuadir la prevención,
y aún solamente el recelo.
El título más general y más justificado es la defensa
que el rey debe a sus vasallos de cualquiera,
que injustamente los molesta sin distinción de secular
a eclesiástico, para lo cual no se necesita de proceder judicialmente
sino de hecho. Porque el que obra contra derecho obra
de hecho. Y al tal de hecho se le puede resistir, que esta
es violencia. Y el favor que da el príncipe se llama auxilio,
que es la práctica más válida en las audiencias de
España y el mejor derecho de sus inhibiciones por fundarse
en la ley natural, que a todos permite la defensa.
Para lo cual no es necesario recurrir a la opinión
de Báñez y de Menochio, que dicen que el conocer
los príncipes en España de las violencias de los
eclesiásticos es por especial privilegio del sumo
pontífice. Ni es necesario valerse de la opinión
de Covar practicarum capítulo 35, que siente que en esta
parte las provincias de España por inmemorial uso
han perdido la inmunidad. Y que por esta costumbre
inmemorial conocen los reyes de las violencias

de los eclesiásticos, cuya voz siguen. Salgado, [De protect regi,
t. 1,] parte 1, capítulo 1, preludio 3. Simancas, [De catholicis instit],
título 45, número 35. No necesario valerse de esas razones cuando
el derecho natural es tan notorio y en la escritura tan
favorecido, como se saca de Jeremías 21: Eruite vi oppressum de
manu calumniantis ne forte egrediatur ut ignis indignatio
mea et succendatur. Salmos 81: Eripite pauperem et egenum
de manu peccatoris liberate. Eclesiastés 4: Libera eum
qui injuriam patitur de manu superbi. [Llare c.] subvenite
oppresso. De todo lo cual saca una legítima consecuencia
el angélico doctor [opuse 19], capítulo 15, que es de varones
perfectos y oficio de la caridad el librar de la opresión
a los afligidos y deshacer o resistir a los agravios
que les amenazan. Ex quo patet quod perfecti viri
debeant se ultro ingerere ad aliorum injurias repellendas,
etiam non provocati. Ad officium caritatis
pertinet quod aliquis oppressos ab opprimentibus
liberet. Esto, pues, pretende el papel, pues casi todos
los puntos que contiene son manifiestas injusticias
y se funda la inmunidad de los indios de las tales
cosas. En principios [per se nota] de la ley natural esto
en rigor a todos compete cum moderamine
inculpate tutelae; y en los príncipes con especial
obligación por su poder, al cual es tan fácil y suave la ejecución;
y por ser parte legítima en las causas de sus vasallos como cabeza del
cuerpo de la república, y por la misma razón a sus ministros, y más
en partes tan remotas, donde son sus ojos para el cuidado y sus
manos para la ejecución. Esto ostenta su celo, y esto conseguirá en
los malos la vergüenza, y en los buenos la doctrina. Con que o no se
afectará la ignorancia, o no se atreverá a tanto la insolencia. No
importa que allí muerdan los dientes y aun la presa. Y como se
{Al margen izquierdo: que allí dejaran}
consiga esto, no hay que hacer caso del estrago que les promete la
indignación a los otros. Satisfaga el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
a la injusticia y a su celo con Job, que decía capítulo 29: Conterebam
molas iniqui, et dentibus illius auferebam predam. Que esos bocados
los sufrirá el papel, y dolerán en las manos del que rabioso
se arroja. No importa que ladren, que a la verdad nadie
la puede morder. Aunque todos se cieguen contra se entereza,
son saetas de niños que no pasan el sayo.
A lo 2.º digo que quisiera saber a quién se ha de recurrir.
Dirán que «a los prelados y superiores». A eso digo yo: Lo
1.º, que los prelados y superiores no pueden estar en todas
partes. Y que por más celoso que sea, conseguirá la observancia
en los puestos vecinos a su asistencia, pero en los remotos
será lo que los ministros quisieren. Porque no les alcanza

la visita o porque cuando el ministro la teme, le es
fácil gratificándose con los principales [y] enmudecer a los
demás. Con que no hay quien hable palabra y las cosas se quedan
como de antes. Ello es que se ha de reducir a escrito y a
pruebas. Y no habiendo quién deponga, importa poco la noticia
del prelado para la corrección. Y así siempre importará
más esta noticia. Porque patente a todos como no se podrá
negar unos, se corregirán a otros. Y el ministro por temor
del alcalde mayor, y el alcalde mayor por temor del
ministro, se irán a la mano en todo. Este es el intento
del papel: dar a entender todas aquellas cosas son ilícitas.
Y como en esto convenga el reverendo padre predicador y
este mundo de Filipinas, poco se le dará al señor Don Salvador
Gómez de Espinosa de quemar el papel. Que en él, para su
justificación, se ha de prescindir de si se platica o no lo que
contiene. Pues no pone en eso el esfuerzo y asentar qué es ilícito,
qué es lo que se lleva el estudio y el conato. Y así se le
puede aconsejar al padre predicador, que de los gritos
a compás y con orden diga muy enhorabuena. Que
«eso no lo hacen los frailes», que «es imposición», que «no reñiremos
por eso»; pero de otras tantas voces diciendo que
aquello es ilícito e indigno de que religiosos lo apoyen,
y si hay algo dudoso de a cada cosa la calificación que
hallaré en conciencia, si es que tiene letras para hacerlo.
Pero a carga cerrada dar gritos contra el papel es
destruir las costumbres, ensanchar los tragaderos
de la codicia. Porque el plebeyo, el pobre ignorante y el
ministro sin letras, oyendo sus excandecencias, entenderá
que el libro contiene doctrina falsa y herética, y que es lícito cuanto
allí se condena. Con que se confirmarán en su doctrina, y el
que tuvo ingenio para dudar a quién reportaba el recelo
de ofender con esa definición —que les parecerá de concilio— le parecerá
que no hay que dudar en cosa. Y se quedará más asentado
el error y más imposible el conocimiento. Diga, pues, que
ello es malo por impreso. Que el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
dirá por impreso que nadie lo hace, o recogerá su papel
para que ni en duda conste.
También me queda un escrúpulo acerca de los superiores.
Y para mi quietud quisiera preguntarle al padre predicador.
¿Qué se ha de hacer si los tales superiores apoyan
los mismos abusos y piensan que defienden su jurisdicción en
sustentarlos? Entonces, ¿a quién se ha de recurrir? Dirá
que «al señor arzobispo». Pobre arzobispo. Si en eso se metiese, tan
lejos quedaría de salir con ello, que antes acabaría la
vida. ¿Que de pesadumbres habría de sufrir, que desaires
padecer, que de calumnias había de tragar? Pregúnteselo
a su ilustrísima y yo apostaré que elige antes pasar por
las pruebas de la persecución del Japón que por las de la
contradicción de los religiosos. Que aquellas honran con la
aflicción, y estas afligen con el descrédito. Pues faltando

los ordinarios medios, no sólo son lícitos sino necesarios los extraordinarios
cuando estos lo fueran. Que no lo son sino muy aprobados
del uso y práctica de toda la monarquía, a dirección de los hombres más
sabios y más justos de toda ella, cuales son los que residen en sus
consejos, de donde la dirección y la ejecución emana para todo
lo hacedero y para obstar a todo lo ilícito cuando los vasallos de su
majestad son interesados. Además que, como este papel mira a la
instrucción y a desterrar la ignorancia, haciendo manifiesto lo que se
puede oponer a la justicia y no a la corrección judicial mal
castigo, tanto necesitan y más del remedio los superiores que los
súbditos, cuanto están más obligados los que han de guiar a otros
a vivir a la luz de la sabiduría, para que un ciego no guíe a otros
ciegos a la común ruina. Y más en el estado regular, cuyo
conato es la perfección. Del cual no se debe presumir que a sabiendas
se quiera nadie perder. Y como es más fácil de persuadir el sabio
—porque entiende fácilmente la razón y sus obligaciones— así es también
más pronto para la enmienda.
De la otra parte, que contiene la respuesta si son pocos o
muchos los que en esta parte han faltado, contraviniendo
a la justicia y cédulas de su majestad, no quiero disputar. Porque
no son todos los puntos que contiene el papel tan generales
que la falta sea igual, sino que hay más y menos. Y en algunos el uso
o abuso ha hecho a los muchos descuidados, y en otros su exorbitancia
a pocos atrevidos. Y porque el dicho papel no tanto lamenta lo pasado
cuanto previene lo venidero. Que lo primero, hartos deseos
y aun suspiros le han sacado a su majestad, y hartos desvelos
a sus consejeros. Y lo que tan noble empleo halló la compasión
real, no lo pueden engrandecer nuestras voces.
De donde claramente se infiere que ni este papel
infama, sino que advierte y previene. Que no desacredita,
pues añade, señala y de lo indeterminado lo reduce
a tan pocos, que no pueden desacreditar a los muchos de los
buenos. Habla con tanto decoro y latitud que no puede
sentir menoscabo. La estimación de los primeros reduce
el número a cuatro o seis, número 2, [ss] 2, las excelencias de los muchos
que dice son los más las encarece. En el número 12 del mismo
[ss], en el número 5 del [ss] 3 y en otras muchas partes del tratado,
se hace panegirista de sus virtudes. Pero la malicia no tiene
ojo para lo bueno, y sólo sabe dar visos de su condición a la dudosa
mira. Más honra, pues, que desacredita. Y en lo que reprende,
solamente pide atención a las santas leyes que su majestad
ha mandado ejecutar sobre los mismos puntos. Y se ve la mala
consecuencia que el reverendo padre predicador infiere de que si se le antoja
a un señor oidor infamar y castigar a un sacerdote y desterrarlo,
que ha de tener poder para ello. Pues ni el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
pretende el castigo sino el aviso de sus obligaciones, ni en estas islas
tenemos ejemplar que oidor alguno se haya tomado tal poder.
Y así, ni a posteriori se sigue tal consecuencia, pues esta infiere
de los efectos de las causas. Y no hay antecedente de donde tal
poder se deduzca, pues no nos propone efectos de su ejercicio.
El cuidado le atormenta de que se publique en
todo el mundo el papel para el desprecio de los ministros

lo puede deponer, considerando la templanza con que
habla después de modificar las faltas que las atribuye
a pocos con tal indeterminación que se queda él todo con su
entereza. Y cuando pudiera resultar algún dudoso
concepto de la pureza del estado, será efecto de imprudente
arrojo o resolución inconsiderada. Pues nadie puede extrañar
que en comunidades de hombres ―y no de ángeles― haya
algunos que como tales tengan algunos accidentales defectos
introducidos de la ignorancia. Además que el papel
no se ha destinado a la publicación, sino al informe que
como ministro debe hacer a su rey de lo conveniente.
Y si la calumnia no hubiera hecho tanto ruido, ni aún
en Manila ―con ser pueblo tan corto― llegara a tanta publicidad.
Pero los encarecimientos de la engañosa aprensión
y el alboroto de la malicia ha movido con el estruendo
la curiosidad del vulgo. Con que todos han deseado leer
el papel. Y después del sermón, a gran precio lo deseaban
hallar. Y no teniendo acá precio los libros, la oposición le ha dado
a este más estimación. Si el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
hubiera pretendido la publicidad y no el remedio, se contentara
con 140 cuerpos, que apenas podrán satisfacer a la
curiosidad de Manila. ¿Qué ha de hacer en el golfo del
mundo tan corto, número que ―aun para el informe de los
ministros que deben atender el examen de las materias
que se proponen― no ha de alcanzar?
Vamos individuando más en particular
las impiedades de que acusa a este papel. Exclamó
el reverendo padre predicador ―muy estirado de cejas― «Ay,
desdicha como esta de los sacerdotes y religiosos de
Cristo que se haga de mal aun una palabra de cortesía
que se da a cualquier seglar. ¡Que el estado más alto
delante de Dios y sus ángeles ha de andar tan
ultrajado de los hombres!» Cuando me contaron estas palabras,
entendí que trataba de vos a los eclesiásticos o con
otros términos de menos decoro. Y recurrí al papel
de donde hallé que a los provinciales llama «venerables
y devotos provinciales», título honroso que les da
su majestad. Y de que aun nosotros ―que los miramos
de menos altura y con más aproximación― no
usamos ni en el ordinario lenguaje de otros equivalentes.
Pues con un reverendo padre provincial pagamos al
más estirado y los religiosos con un padrenuestro. A los
demás llama «padres». Que no sé que haya otro más
honroso, pues los más ilustres emperadores se honraron
con él. Jenofonte llamó «padre» al rey. [L. 8 De padia
cyri]. Con el mismo título lo honró Platón. Libro 16, De
regno. La misma dignidad le dio el sabio judío
Filón [l. decreat.e princ.] de donde se ve la verdad
de la calumnia. Y qué más atendió a espantar
con alharacas que a convencer verdades. Y si el mismo fundamento
tienen los demás sentimientos, fácil será aliviar

su santo celo de esos dolores. Lo que veo del estilo del reverendo padre predicador
es que pecó más feamente en lo mismo que reprendió.
Y que así, no miró a la corrección, sino al agravio. Pues para
esta se ha de anticipar el ejemplo para que no desmientan las obras
la doctrina de las palabras. Y que castigó Dios su murmuración mal fundada
con el defecto manifiesto. Y que pudo decir sin bajarse del púlpito
lo que el otro monje en todo lo que murmure de mi hermano he incurrido.
Pues tan descortésmente trata a los ministros de su majestad. Que llama
a un consejero «ese hombre», y a un gobernador tan ilustre como el señor
Don Sebastián Hurtado de Corcuera con sólo el apellido «de Corcuera», como si
fuera un cochero, siendo cierto que no sólo de cortesía sino de justicia se le
debe un señor al lado del nombre a cualquier consejero. Y si no alcanzó
esta política, recurra a la de Bobadilla y hallará que ese honroso título
se les debe aun en ausencia, y de la práctica lo podía haber aprendido.
Pues los señores virreyes ―con ser superiores― y presidente los
llaman «señores». Y toda la real audiencia representa la majestad
del rey. Nombrándolos en particular, los llama con el mismo estilo.
Y no reduzca a religión su grosería cuando falta a la justicia, que
antes desacredita más su estado el descomedimiento cuanto el
desprecio arguye menos humildad y mucha soberbia. Y
la buena crianza, que en las religiones se enseña, le acusa
y advierta que ni es más celoso que San Pablo, ni entendió más
la doctrina cristiana que el maestro de ella y doctor de las gentes.
Y le enseñó con su ejemplo este mismo comedimiento. Pues llamó
«óptimo» a Festo, siendo perverso y gentil, [Act.] 26. Lo cual dice el
Cardenal Baronio, no fue guiado de la adulación, sino obligado
de la justicia por ser aquel título cortesía que se guardaba con
los magistrados. [Non id adulationis caussa facit sed quodes set
titulus in magistrat constitutis dari solitus Baronio an 59, 2.]
{Al margen izquierdo: [vointine]}
Pues el título de señor es la cortesía de vida al respeto de la dignidad
de consejero, no le diera cosa de su casa el reverendo padre llamándole señor.
Y faltó a la justicia, negándoselo y dándole el título que dan
a un sentenciado: «ese hombre». Y advierta, si no lo sabe, que la descortesía
que ofende a un consejero tiene el mismo orden de desacato respeto
de su majestad como la que se hace de obra que por el mismo caso.
Y por la misma razón es crimen lesa majestatis, como doctamente
lo infiere Sixtino de Vega, libro [l.] 2, capítulo 2, número 24 del contexto del
ley. [quisquis c. Ad leg. sul. majest.] Véase lo que con especiosa erudición
exornó en este punto el mismo señor Don Salvador Gómez de Espinosa
en el discurso jurídico histórico y político sobre la restitución
del gobierno a la real audiencia. [Punt, bex.n, 62 et seqq.]
{Al margen izquierdo: [s ^]}
Aprenda, pues, cortesanía antes de subir al púlpito. Y no se arroje
inconsiderado contra la majestad y tan en ofensa de ella. Y más
contra un gobernador. Que aunque no tuviera más que el serlo sin otra
excelencia de virtudes, por los resplandores del cargo merece
superior respeto, pues es la imagen más viva de su majestad,
y en partes tan remotas con toda su autoridad sin otra limitación
que la dependencia. Que aunque hoy se halle ausente en los
reinos donde ejerció el cargo, queda con las mismas obligaciones
el respeto. Pues así, [como es] el desacato, son relativos al cargo
{Al margen izquierdo: ^ como es}
y a las acciones que con esa autoridad ejerció. Cuanto y más
con caballero tan ejemplar, que en tanta autoridad puso el sagrado
culto, que con tal pureza de costumbres vivió. Que, con haber
su mucha autoridad dado tanto licencia a las lenguas, nunca

hubo tan atrevida que manchase el decoro de su pureza; el
que con su valor dio tanto lustre a las armas y ―a costa de
fatigas y peligros increíbles― libró a Manila de tan grandes
peligros y a las islas del rigor de los enemigos, cuando más
insolentes los tenía su seguridad y refreno, castigada su
crueldad con escarmiento que hasta ahora ha sustentado
el temor, frutos [de] la dilatada paz de su valiente resolución
y trofeos de su piedad, tantos ornamentos y vasos sagrados
rescatados del ultraje impío y destruidos a lo honroso de su
ministerio. A este, pues, llama «Corcuera», como pudiera a un criado
suyo. ¿Esta es religión, este es celo, esto es predicar? No es
sino insolencia, agravio y furor. Yo sé que no le dirían esto
en la celda si no es que le hablara el ángel de las tinieblas.
La 2.ª impiedad de que acusa al papel del señor Don
Salvador Gómez de Espinosa es por la guerra que rompe contra
los ministros. «Toda su batería es», dijo, «contra los ministros
de las almas fundando la libertad de los indios en que no obedezcan
más a sus padres espirituales, con que no hagan ya caso
de ellos. Con que respeten más a un seglar que a un sacerdote
de Cristo y predicador del evangelio, más que a los que les
administran los sacramentos». Yo no sé de qué antecedentes
saca tan grandes consecuencias. Gran lógico debe de ser el reverendo padre,
pues tan concertadamente arguye [que] decir en general a un estado lo que es
ilícito no es decir que no se le guarde el respeto debido. Esto pretende el
papel y esto prueban sus leyes y doctrina. Pues ¿de dónde se infiere lo demás
si es porque encarga que se estorbe la ejecución de lo ilícito? Y
esto es desobedecer y esto es dar autoridad a un seglar. Bien se ve
que la obediencia ha de ser de cosas lícitas y que el obedecer en cosas ilícitas
no es virtud de obediencia sino afectada malicia. Y si esto es dar
autoridad, no la da el papel porque cualquiera la tiene para resistir
a lo ilícito con el respeto debido. Y no se espante que le falte esa autoridad,
ni llore tan lastimero su privación, pues la misma tuviera aunque fuera
obispo. Pruebe 1.º que es lícito la compulsión de lo contenido en el papel ―y entonces
sacará un título de vicario del ordinario y podrá mandarlo―
y al que no obedeciere compelerlo a ello. Y el que en contrario enseñare
algo, ese se dirá que hace guerra y persuade la desobediencia y desacato.
Con ser la obediencia que profesa el religioso más rigurosa, no sólo
no está obligado a obedecer al superior en lo ilícito manifiestamente,
pero ni en lo dudoso si no es deponiendo antes la duda. Consta de Lessio,
[De virtute religionis, libro 2, capítulo 41, dub 9, número 76. Y de Adrián quod, libro 2 a 2 lit 0]. Y
no sólo en lo dudoso de malicia pero ni en lo que excede al rigor de su
regla, aunque en sí sea bueno, como lo puede ver en Córdoba, que es de su
religión sobre la regla de su orden. [Capítulo 10, q 2, en San Bernardo libro 1,
De precepto et dispensatione col 4. Y se colige de Santo Tomás quod libro 1 0
artículo 10] con aplauso de todos los doctores. Y aunque depuesta la
duda ―lo cual debe hacer el súbdito si puede― estará obligado a obedecer
según la mejor opinión con San Buenaventura [in 2 dist 39 artículo
1 q 3 Santo Tomás 1 2 q 96 artículo 6 in corpore Cayetán Medina, Ángel
Silvestre y Fumo.] Pero cuando la cosa cede en daño propio o
de tercero en honra y hacienda, mientras no constare con
certidumbre moral que el precepto y la materia son lícitas
hic et nunc, no estará obligado a obedecer. Porque en
duda no se ha de presumir que la autoridad del superior
quiera obligar en prejuicio de tercero. Es sentencia de Soto,

Medina y López, a quienes sigue Lessio, citado que sólo tiene limitación
cuando de lo contrario se siguiese grave daño al común o a la República. Porque
como este es daño mayor, ha de preponderar al particular. Y guarde
esta doctrina para cuando respondamos al punto de los tributos y
cargas a que atribuye la destrucción de los indios. Como quiere, pues,
el reverendo padre predicador tanto rendimiento en los indios que, en
materias —las más evidentemente ilícitas, otras muy dudosas y
otras por lo menos cargosas— obedezca el indio aun a los que no tienen
jurisdicción, si aun contra sus legítimos superiores les dan la razón
y leyes inmunidad. Y qué agravio se le haría al ministro en
enseñar a los tristes indios que estas cosas no tienen obligación de
obedecer siquiera para que no sientan la ejecución reconociendo
que solamente pende de la voluntad. Doctísimo padre, vuelva los ojos
a los curas de España, que muchos son hombres nobilísimos en calidad
y letras doctorados en las mejores universidades de España. Y vea
la jurisdicción que ejercen y considere el ruido que harían
si intentasen obligar a sus feligreses a las menores cosas que
contiene el papel, aunque me los ponga en el más desdichado
pueblo de Galicia. Pues ¿cómo pretende tanto de nuevos cristianos? ¿Han
de merecer menos por más rendidos, o puede su poca resistencia
justificar nuestro arbitrio? ¿Cómo quiere en el estado de la humildad
más autoridad de la que un clérigo secular pretende
en su parroquia? ¿Hay otras leyes acá, o es otra la teología?
¿No se lee acá también a Santo Tomás? Esto es lo que espantó al
señor Conde de Lemos y que no acabó de entender, como lo declara
en su carta. No aparta esta noticia a los indios de la fe. Ni de las iglesias;
antes les hace más amable la religión cuanto la ven más suave y
nada cargosa. Hartos casos podía sacar en prueba de esta verdad
pero omito. Porque por bien que lo oculte, diciéndole en general cada
cual, se querrá dar por entendido por acusar esta mi carta
de infamatoria.
Tampoco que me eche a discurrir el motivo de esta exclamación.
Me parece que di en el punto, todo este sentimiento
es porque este papel les quita el azote de la mano, el poder castigar a los indios,
sin lo cual le parece que no puede haber obediencia ni ministerio.
No creo que es juicio temerario porque esto es lo que más se ha
murmurado y lo primero que en las conversaciones se individua como absurdo
y tolerable. Y de la exclamación que hace contra el señor Don Sebastián
Hurtado de Corcuera, se colige por tratar de eso el auto que cita
el papel [ss] 2, número 69, mandando a los alcaldes mayores [que] no consientan
cárceles, cepos ni otros actos de jurisdicción. Aquí está el
punto del sentimiento. Esta [llamada] autoridad a un seglar
contra los religiosos, esta es la batería esta es la persecución que
comenzó el señor Don Sebastián. Y si esa es la persecución, batería y
desacato, diga que lo hace el rey que lo manda, y no el ministro que
la ejecuta. Lea el número 63, 64, 65, 68 y verá expresamente prohibido esto por
su majestad y mandado a sus ministros que no lo consientan; y mucho
de ello como lo relatan las cédulas a instancia de los señores arzobispos.
Diga, pues, que estos comenzaron la persecución que su majestad,
la autorizó y roboró con sus reales cédulas, y que el señor Don Sebastián
Hurtado de Corcuera obedeció como ministro en cosa con tal autoridad
justificada, pues su majestad no despacha esas cédulas sin
consulta de su real al consejo de Indias, donde hay varones
tan doctos y tan cristianos. Y en cosa que la instancia de

los prelados la asegura que defienden en esto su jurisdicción
y recurren por no tener fuerzas para conservarla
indemne a la clemencia paternal de su majestad, con menos
razón puede atribuir esta que llama «persecución» al señor Don
Salvador Gómez de Espinosa, que con tanta moderación y templanza
{Al margen izquierdo: habla,}
[habla,] que no excluye la paternal corrección que en los
indios bozales ha de ser como de niños con una o dos docenas
de azotes. Que ya se sabe que la gente común —en particular
en provincias no tan cultivadas— necesita de alguna
compulsión. Así lo declara en el número 101 del [ss] citado. Y
así lo ha confirmado, respondiendo en varias ocasiones
a los que tan rigurosamente han interpretado su dicho,
que se ha de entender cum grano salis, acomodándolo
a la necesidad del tiempo y lugares que bien se echa de
ver. Que en los pueblos vecinos a Manila se necesita menos
de estos medios por estar en más presunción los naturales
y que ahí puede haber otros más acomodados
y menos ruidosos. Y aun en las provincias de afuera
se ha experimentado, que sin eso hay modos bien
eficaces. Pues el que es mal oidor de misas siente
más que le hagan que una semana acuda a oírla
cada día que no los azotes, y escogería si le diesen elección
antes 40 y 50 azotes que esa vejación. A otros se les
ocupa en las cosas precisas de la iglesia, haciéndoles
limpiar el cementerio o el pueblo, dándoles alguna
vejación conforme a sus defectos que si son tales que
requieran más castigo. Bien se ve que no es decente que el
reverendo padre sea juez y el que se precia de defensor de los
indios sea verdugo si más autoridad pretende. Además
que será usurpada, será para afear su santo empleo, que
ha de ser de piedad, compasión y misericordia. Esto
quiere reprimir el señor Don Salvador Gómez de Espinosa:
los abusos en el castigar —que siendo en materia
de rigor luego suenan a crueldad con infamia de la
religión—. Y me espanto que de esto haya hecho tanto sentimiento
cuando vemos lo que cada día pasa y lo que cuando
más se combatía el papel. Por este punto sucedió que
si cuando importaba con la moderación desmentir
este artículo, sucede lo que todos saben, a vista
de las partes y de toda Manila, ¿qué se puede esperar
de una pasión con absoluto poder donde pueda obrar
sin este recelo que la reporte? Para lo lícito y conveniente
no son menester cárceles ni cepos, que esos sirven a la
seguridad del delincuente para el castigo. Y cuando
el castigo ha de ser leve, basta para prisión la reverencia,
la vergüenza y la razón.
Pero oponen una dificultad, que es la condición
que pone el señor Don Salvador Gómez de Espinosa de que haya de ser
por medio de los fiscales de los señores obispos. Que es
lo mismo que darles a ellos la autoridad, dejando
desnudos de ellas a los ministros aun para lo preciso
al cargo de curas para cuyo ejercicio en la esfera
a que se extiende es necesaria la compulsión. A eso

digo que para esos moderados castigos, como no necesitan de
autoridad judicial, tampoco necesitan de ministros.
Sino que, al modo que el padre de familia, por mano de
cualquier criado o hijo, castiga a los demás hijos y criados,
así lo puede hacer el ministro, por medio de los que asisten al servicio de la
iglesia: cantores, sacristanes, maestrillos de doctrina y criados suyos. Y
aunque concedamos fiscales y se les cometa la autoridad de castigar,
siempre es con subordinación a los ministros. Y así siempre cede
en más autoridad suya y nunca en menos respeto. Bien sabido es
del poco aliento del indio y mucha remisión, el poco brío que tiene
para con sus semejantes. Y que si no es a influjos del padre ministro
no tiene ánimo para ninguna ejecución rigurosa, temeroso
de incurrir en el odio y refrenado de su natural frío y
pusilánime. Y que para todo lo que han de hacer recurren al
padre para servirse del escudo de su autoridad y dando
su nombre a lo que hacen [y] eximirse de la indignación. Y siendo
así, más sirve el fiscal de un instrumento obligado a los
efectos de su prudencia que de estorbo a su obligación. Y más
cuando los tales fiscales siempre son los que el mismo religioso
señala para el tal oficio, sin que los señores obispos promuevan
a esos cargos, sino a los que llevan la aprobación
de su gusto y siempre a instancias de sus diligencias y con
determinado fin de fiscales de la doctrina para coadjutores
y ayudantes del padre ministro. Y si les pareciere desautoridad
que los nombres del señor arzobispo lo mismo podían alegar
en los gobernadorcillos, alguaciles mayores y demás oficios
que dan los alcaldes mayores. Pues también pueden alegar
que es desautoridad que un indio mande, castigue
y tenga más autoridad que religioso docto y santo. Y
como nadie alega eso porque la autoridad de jurisdicción
sin agravio la da el alcalde mayor a quien quiere, sin
derogar un punto. La de ministro, nadie se queja
de eso. Y si no, se siente ese inconveniente en lo secular porque
lo ha de haber en lo eclesiástico. Que no se experimente
es claro aun en lo secular, porque el indio [de suyo] humilde
y sin brío —por más gobernador que sea— no obra sin dar parte
al padre ministro, ni hace castigo contra su voluntad.
Y aunque de Mariveles para dentro no sea tanta la sujeción
por ser los naturales más despiertos, pero de Mariveles
para fuera no hay más gobernador que el padre. Porque
no se muere sin su voluntad, ni los alcaldes mayores
eligen sino al que los ministros quieren. Así por guardarles esa cortesía, como
porque saben muy bien que si el padre no influye con su autoridad ni el
gobernadorcillo ha de tener brío para cosa, ni los demás han de hacer
caso de lo que el ordenare. Porque en las provincias remotas, como
no han llegado por su dureza a entender la fuerza de la jurisdicción,
no hacen caso sino del que entre ellos es principal. Y sobre todos
del padre, que lo conciben superior a toda potestad porque ellos miden
el poder por la autoridad personal. Y esto no es usurpar la jurisdicción

como algunos ignorantes claman, sino darle alma
y cosa que se ha de hacer de necesidad; pena de que no habría
gobierno en el pueblo ni se entenderían para cosa ninguna
del servicio de Dios ni del rey. Pues si tienen tan sujetos
a los gobernadores y fiscales —como si ellos los criaran y les dieran
las varas— ¿qué importa que otro haga la ceremonia de la entrega?
Y más cuando es con tanta atención a su gusto, que no
se da sino al que el ministro señala, por lo menos en
las provincias de afuera donde los naturales no codician esos
cargos. Antes de ordinario los ejercen forzados por ser tan
cargosos y de ningún provecho. Y si no importa en los gobernadores,
¿porque ha de importar en los fiscales, que tienen de los
ministros más dependencia? Y si los padres ministros
son tan celosos de su jurisdicción y tan vidriosos en sus privilegios
que alborotan el mundo en tocándoles en ellos y
eligen sus jueces conservadores contra los mismos señores
arzobispos y obispos, como sienten tanto que los señores
arzobispos usen de la suya, y de que se espanta; si recurren
a su majestad a no poder más, y de que sus ministros
ya que hasta ahora no les hayan dado auxilio que haya
tenido ejecución en este punto, siendo cosa tan encargada por tantas
cédulas insten en ello cuando su majestad les encarga la ejecución,
¿no les basta sustentar exenta las personas siendo curas, sino que
también quieren que lo esté el pueblo de su prelado y las ovejas
de su pastor? Pues no permitiéndoles a los señores obispos poner
ministros para la justicia eclesiástica, viene a faltar la subordinación
que como fieles deben tener y el influjo que necesariamente
ha de dar la cabeza a los demás miembros. Del todo la
cual se hace y sustenta por los ministros mediatos que en
los pueblos ponen, puesto que los señores obispos no pueden influir
inmediatamente en todos. Guarden, pues, los religiosos
si quiera lo que es justifica, pues les concede tanto la cortesía de los
señores obispos. Y no se les haga de mal un tan pequeño reconocimiento
a la dignidad siquiera para que conste en los pueblos
que tienen obispo en esas pequeñas muestras de su poder, que
como he dicho en nada disminuyen el suyo sino que antes
la autorizan.
La 3.ª impiedad se la manda de esta suerte. «Que más»,
ya dice, «que no se barran las iglesias, que se dejen criar zacatales
en ellas para establo de bestias», ya dice, «que no se lave la ropa de
los altares y sacristía para el santísimo sacrificio. Padres míos,
que dejemos las iglesias y nos vamos, que ya no vengamos
más que se acabe y a la cristiandad de por acá. Que ya no
puede sufrir más duración de ella el demonio por medio
de ministros de justicias y cristianos». Este santo religioso
debió de pensar que hablaba con gente de las batuecas que sin
otras noticias que las de su sentimiento creerían cuando les dijese
fiados de la verdad. ¿Qué promete aquel hábito? Padre
reverendo, ¿no ve que habla en una ciudad donde los más de los
oyentes han sido alcaldes mayores, que no les ha de

dar a tragar todo lo que mal digerido vomitare? ¿No ve que los
más han leído el papel del señor Don Salvador Gómez de Espinosa?
¿No ve que le tenemos aún en las manos? Pues como se arroja a encarecimientos
tan disformes, ¿no ve que se reirá el auditorio? Y
en virtud de lo que ahí dice sin verdad, hará cuanto dijere sospechoso
pobre caballero si no se hubiera impreso el papel. Pues por no
desmentir a un religioso todos habían de decir que era verdad. Y
cuando hallaran otra cosa —la que realmente contiene el papel— habían
de decir que era corrección y que de miedo lo había ya enmendado
su autor. ¿Dónde dice el señor Don Salvador Gómez de Espinosa que no se barran
las iglesias? ¿Dónde que no se lave la ropa? ¿Dónde que se dejen las iglesias?
¿Por qué yo no lo hallo en todo el escrito? ¿Que sean eriazos
y pasto de brutos? ¿Así le enseñaron a interpretar las intenciones de sus
prójimos en la celda? No, que Dios no enseña malicias sino juicios
sencillos y verdaderos. Le debió de arrebatar tanto la pasión que hizo rapto
y se le olvidó el discurso. Pero es cierto que no lo arrebató Dios. Es
porque el señor Don Salvador Gómez de Espinosa dice en el número 29 del
[ss] citado que «no es bien que las doncellas y mozas casaderas se ocupen
en desherbar los patios, regar las huertas y traer ramas para las
enramadas fiestas». ¿Esto es dejar las iglesias? ¿Esto es que no se
lave su ropa? ¿Esto es que se vayan [pluviera] a Dios las iglesias?
¿Tuvieran tanta ropa que lavar que un día al mes necesitara de
esa ávida [pluviera] a Dios? ¿Hubiera tanta limpieza en su culto
que cada semana tuvieran las dalagas qué hacer en ese ejercicio?
Debía mirar que mucho de estas islas han visto las iglesias y saben
la ropa que tienen. No lo quiero yo individuar porque acá nadie
lo ignora, pero le ruego al reverendo padre predicador [que] no hable hasta
que haya discurrido por las provincias. Y dará mil gracias a Dios. Pero
al fin de esto no habla el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que es propio
ejercicio de mujeres. Y mucha razón que de limosna
acudan en eso al servicio del templo no sólo las muchachas
sino las matronas más honradas. Pero si del desherbar y regar,
¿por qué no es necesario que lo hagan mujeres ni decente? ¿No les
da el rey 13 personas reservadas en 500 tributos, que las aplican
como quieren? ¿No hay muchos partidos que tienen mil tributos donde
tienen la reserva doblada y muchos que pasan de mil y cuatrocientos
tienen más que una capilla en su cabecera? Fuera de los padres de la
compañía [que] no usan de ese modo de cabeceras, sino que igualmente
asisten según los tributos en cada pueblo. Y en todos tienen capillas
y sacristanes. Pues ¿qué hacen esos reservados? ¿Por qué no los ocupan en el
servicio de la iglesia? ¿Ítem no entran gruesas limosnas que gastan
de ellas en servicio de la iglesia? Y si gastan y no se lo lleva cada
particular, que es lo ordinario, ¿cómo no aplican algo para asalariar gente
que limpie los cementerios cuando fuere necesario? Ítem ¿no hacen faltas
los indios que ellos castigan ya de amancebamientos? Ya ve
omisiones a la doctrina. Pues déjense de penar en dinero,
que es sacarle la sangre al triste indio, y de azotes, que es hacerse
odiosos a sus hijos y los condene a limpiar ese cementerio que a tantos
da qué hacer. Ítem ¿no tiene el sábado a su disposición los baguntaos?
Pues ¿no bastarán esos para conservar limpio el cementerio? Ítem
los que tienen visitas, ¿no les obligan a los pueblos de las visitas todo
el año a contribuir baguntaos semaneros? Cuando hay algo que hacer

en las cabeceras —y muchos sin que haya que hacer sino por
tener ese servicio más— pues como ha de ser necesario que a eso
acudan las dalagas. Y más con el rigor que eso se ejecuta,
que aún no lo explicó el señor Don Salvador Gómez de Espinosa.
Que no es solamente los sábados sino que lo ordinario es y
asentado en las provincias de Mariveles para afuera. Que
todo el año asistan las dalagas en el pueblo sin que se pueda
ausentar alguna sin licencia del ministro. Grandes deben
de ser los cementerios, que todo el año dan qué hacer a tantos
que no sea decente andar mezcladas dalagas y jóvenes
o baguntaos en un mismo ejercicio en el campo o en
la calle. Ello se lo dice, pues ¿a qué se quedan esas mozas
en el pueblo para sólo barrer y lavar? No es posible. Fácilmente
se hallará la razón y se desharán esas
sombras con que nos pretenden confundir.
O con cuanta razón alaba el señor Solórzano el
ministerio de los padres de la compañía y encargase
[que] les entreguen cuantos ministerios fueren posibles.
O quien pudiera llevar y pasar al reverendo padre predicador
por sus doctrinas, viera como la escuela de niños se
compone de los pequeñuelos y niñas menores. Y sin
malicia, como en sabiendo la doctrina las separan
y desobligan a unos y a otras de la doctrina y escuela
cotidiana, y solamente les obligan a baguntaos y dalagas
a que acudan a repasarla el sábado. En ese día les platican
y los doctrinan. Y si hay que remendar en la iglesia,
lo remiendan. Y si hay que lavar, lavan ese día, recogiéndole
a casa de la maestra donde se reparte de suerte,
que no se ocupan una hora, por más ropa que haya. Con
ser así que la ensucian más porque dicen todos los
días misa. Y tienen más porque las limosnas las emplean
en eso. Entonces los jóvenes limpian el cementerio
si es cosa fácil de hacer. Y si no, se reparte para otro sábado,
de manera que no les sea cargoso. Pueblo hay que tiene
cien dalagas. ¿Qué ha de servir en el pueblo esa chusma?
¿De qué la maestra tenga en su casa una carnicería de
carne humana? ¿De qué los sacristanes y cantores y criados
tengan la ocasión a los ojos? ¿De qué el pasajero halle en llegando
la comodidad aparejada? De esto sirve el detener esas mozas en el
pueblo y de dar trabajo a sus pobres padres que en los pueblos donde la
asistencia es en la sementera. Como son los más de estas islas,
les es forzoso enviarles el sustento, privarle de su servicio
y gastar con ellas sin provecho. ¿De esto se sigue que las iglesias
sean zacatales acogidas de brutos y que las hayan de dejar
los ministros? Con menos comodidades tienen en mejor
tierra los curas limpian las iglesias. Y si quieren tener huerta,
asalarian un hortelano. Pero acá han de ser más señores
los curas porque son religiosos. Concluyo este punto con rogarle
al reverendo padre predicador que no se meta en consecuencias,
que no tiene buenos dedos para organista. Porque
como no sabe de formalidades, es desgraciado en

ellas. Glose lo que contiene el papel y no infiera, porque se echa
a perder. Que viéndole sacar tan primo diversas las proposiciones,
dirán que no oyó buena lógica, y otros que ni mala ni buena.
Estas son las exclamaciones, este el verbigracia
de los escándalos. Yo cuando oí el aparato de sus sentimientos
y las montañas de sus encarecimientos, entendí que era algo.
Cuando vi que parturiunt montes, nascetur ridiculus mus.
Si tan execrable es el papel, ¿cómo hace la prueba en lo
que contiene de menos consideración? Envían de
desherbar o no la huerta las dalagas cuando hay puntos
de tanto tomo. Y como ya que se hace juez, no administra
con igualdad la justicia. Y ya que condena
el asunto de las dalagas, no alaba y aprueba los
demás tan santos y bien advertidos. Porque esos
gritos no les dio proporcionados a la materia y en las
[dejomo] alzó más la voz para darlos a compás. Como no exclamo, que diga
ese hombre que se llevan derechos excesivos, que se tasa la limosna,
que esa se la lleva el ministro sin emplearla en el ornato. Que los religiosos
se sirven de los indios como quieren, que les compran por fuerza
cuanto quieren, que les paguen como quieren. Esos, si eran puntos
de consideración, grite sobre eso, bien que al mismo tono le responderemos
sí padre, eso se hace, eso se reprende, eso se desea enmendar.
Eso encarga su majestad, eso hasta ahora no se ha conseguido, eso deben
procurar sus ministros y aplicar todos los medios, eso solicita
el señor Don Salvador Gómez de Espinosa con su papel. Y eso debe hacer
como cristiano y fiel ministro. Clame ahora que está [inabsoluble],
que se condena su alma que a lo 1.º. Diremos sí padre, si el confesor
no tuviere más letras que vuestra paternidad que de los tales es hacer las leyes
de su imaginación e ignorar las de la obligación que bien previno
contra esa instancia la solución. El reverendísimo padre ministro Fray Joseph Lainez
en su privado cristiano, capítulo 32, [ss. 1.] por ser ese uno de los vanos temores
con que recurren para hacer de su parte al confesor del príncipe
y ministro, «tenga brío», dice, «para decir almas pintado esa no
es materia de confesión». No le dé, pues, padre, cuidado. Que está muy
lejos lo que ha hecho el señor Don Salvador Gómez de Espinosa de ser materia
de confesión. No le aflija, pues, la absolución del señor Don Salvador
Gómez de Espinosa. Mire por la suya, que harto peor se condena su alma
si no restituye públicamente la fama al señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
si no deshace el daño que ha causado en los ignorantes que, juzgando
por el hábito, la ciencia y la prudencia, les parezca que es injusto
cuánto propone el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, ilícito. Lo contrario de que
se seguirá tanto mal para los padres ministros eclesiásticos con
perdición de sus almas, de las de los alcaldes mayores, obrando
en fe de lo que dijo el reverendo padre predicador injustamente y en tanto
daño de los naturales justificando sus agravios.
Otra exclamación hizo fuera ya de la materia prorrumpió
de la temeridad con que se arroja a juzgar aventajándose a la
intención, que es reservada a Dios dándole la calidad de su
maligna intención o soberbia. Y vana presunción escribir papeles
públicos para acreditarse, para que se sepa que sabe

si este fuera el intento del libro, mal medio viniera
el señor Don Salvador Gómez de Espinosa tomado
para su consecución. Y sin disculpa quedará la prudencia
que lo dictó, conociendo su ineptitud. Y bien consta que la
previó, pues en el [ss]1, número 37, se traga inconvenientes
bien contrarios a los intentos. Que el reverendo padre predicador
le atribuye diciendo no es posible dejar de romper
este embarazo. Con que me expongo a calumnias
criminalísimas y a la ira sangrientas de los interesantes.
Pero quién obrar por acertar y no por contemplar
ha de despreciar estas cosas y proponer la verdad,
aunque sea a costa de persecuciones. Ocasiones hay
en que es gloria o deuda el peligrar porque es necesario
dejar el oficio o tolerar las propiedades de su
ejercicio. Pues si tan verdadero previno los peligros,
y lo que la inconsideración, la ambición y la avaricia hoy
intenta en su desdoro y se resuelve, incitado de su obligación
y fidelidad, a pasar por todos sus efectos, muy lejos
estuvo de destinar este escrito a su aplauso y alabanza, consagrándolo
todo a su celo. El que obra con esta consideración
prueba real hace de virtuoso y se purga generosamente
de la nota de soberbio. Porque la virtud, dijo Séneca,
apetece generosa los peligros y mira al fin, sin hacer
caso de los riesgos, porque aun el padecer es gloria.
En esa ocasión, avida est periculi virtus, et quo tendat,
non quid passura sit cogitat quoniam et quod
passura est gloriae pars est. Seneca. [De providentia], capítulo 4. Si no
reparó en sus peligros, si no le atemorizaron los agravios
bien ciertos en la libertad que en casos de su interés
usan algunos religiosos, ¿cómo sobornó sus aplausos?
¿Cómo lisonjeó sus elogios? Cierto o anduvo impróvido
en los medios o imprudente en su elección,
lo contrario consta de su ejército, luego no fue
la que el reverendo padre dijo su intención.
Sobrada disculpa es de las obras la conciencia
propia y las obras son de la conciencia la mejor
satisfacción. Y como dijo el gran germánico apud facit
sat est conscientia factis. Y aunque esta le bastaba
al señor Don Salvador Gómez de Espinosa, pero aunque no
entremos a lo interior donde reside la verdad
y nos acomodemos a juzgar con el vulgo las
cosas por lo que parece en ellas y por el semblante
que hacen a la humana; prudencia no sé
como pudo colegir del señor Don Salvador Gómez de
Espinosa tal intención. Porque los que escriben a la
vanidad y a la ambición poco estudian en ajenos
intereses sino en propios aplausos. Todo lo conceden
a la ostentación, ya de la elocuencia, ya de la sabiduría.
Con que de ordinario paran en especulaciones
inútiles a la vida humana del señor Don Salvador Gómez de Espinosa

se deben presumir más altos intentos. No sólo por
lo que se ve en este papel, que a costa de sus agravios y desprecios,
solicita el bien de los naturales, de quienes ni puede
aguardar agradecimiento ni apetecer aplauso de los que pueden
dar alabanza. Soborno adrede el vituperio por conseguir
en ellos la enmienda y en los otros el alivio. Pero
de cuánto ha escrito se colige el mismo intento. Y los unos escritos
pueden ser interpretación de los otros, pues todos son
de cosas prácticas y convenientes al gobierno y al bien de la
tierra. Todos doctrinales y no discursos vanos que para en
ser relámpagos del ingenio sin servir de luz a la prudencia
sino luces que siempre estarán facilitando el camino
para el acierto. En el memorial histórico político
vuelve por el crédito de la real audiencia en que satisface
a su obligación y al decoro de su majestad en su
calificación. Antes que sacaran el discurso militar sabían
los capitanes a guerra lo que en derecho competía a su
oficio y el estilo. ¿Qué habían de guardar en administrar
en los casos tocantes a la guerra la justicia? ¿Qué desórdenes
no ha excusado? ¿Cómo la inocencia quedó libre de
las precipitaciones de algunos temerarios disculpados
en el rigor de ese título? ¿En el parecer del comercio,
no se desveló para la felicidad de esta república que
consiste en los caudales sustentados del trato y comercio?
En el dictamen de Lampón ¿no mostró el deseo
de librar a esta tierra de las miseras que le acarrean
tantas pérdidas de navíos, quitándole a la fortuna
la ocasión de sus crueldades en el discurso peligroso
que hace el socorro de Castilla para tomar el embocadero
y conseguir el puerto de Cavite? En este de que
hablamos, ¿no está bien declarado el celo del alivio
de los naturales, en todo lo que padecen de los ministros
religiosos eclesiásticos? Pues ¿qué tiene para la vanidad esta
obra, o de que otra se puede colegir tal intención? No
se le puede pedir más al hombre más virtuoso que
vivir a todos provechoso, y en ministros las acciones
que a esos se encaminan son muy honrosas. Hoc nempe
ab homine exigitur, dijo elegante Séneca, De vita beata
capítulo 30. Ut prossit omnibus si fieri potest, multis, sin minuipancis
sin minus proximus. Nam cum se utilem
ceteris efficit commune agit negotium. Porque el
que con esa atención vive y con esa luz dirige sus
acciones hace las partes de todos. Siendo, pues, los escritos
del señor Don Salvador dedicados al provecho de todos
y ninguno a su interés, antes este costoso a su respeto
y decoro, ¿cómo dice el reverendo padre predicador que escribe papeles
para su estimación? ¿Que a las acciones y obras
buenas se siga la complacencia y el gusto propio y en
los otros la estimación? No concluye que sea esa la causa
sino natural efecto, dice Séneca, De vita beata, capítulo 8.
Voluptas non est merces nec causa virtutis

sed accessio, nec, quia delectat, placet, sed, quia placet
delectat. Y cuando se mezclase algún fin menos
noble con la intención superior, no por eso se había
de depravar el principal motivo, ni por eso
desistir de la acción. Que si eso valiera cada día,
el demonio burlaría de nuestras virtuosas determinaciones,
acobardando la resolución con la oposición.
Depravada razón, entonces, ha de pasar
adelante el varón constante. Y decir lo que Bernardo:
Ni por sí lo comencé, ni por sí lo dejaré. No haga
caso, pues, padre, de ese fin. Que no puede hacer prevaricar
del principal cuando le demos de limosna su intervención. Y entienda
lo que dijo un sabio cortesano, que los ánimos que ejercitan
de su natural. Como el señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
las virtudes no buscan gracias por ellas. Enmiéndese lo que
advierte el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que su merced sufrirá
que le escupan a la cara.
Aquí se sigue naturalmente la exclamación contra
el elogio que a tan docto y pio escrito hizo el reverendo Padre Francisco
Combés de la compañía de Jesús. Dice, pues, y lo que más es que
haya quien apoye con adulación y apruebe con lisonja
tal papel o adulación, que tienes destruido el buen gobierno
o trazas del demonio. Con que tan de veras trata de arruinar
la iglesia y cristianos de las islas que halla. Diga
que se acerque a lisonja el alabar el celo del señor Don Salvador.
Ese ni el más ciego enemigo lo puede negar. Para que constara
eso, eran necesarias alabanzas. No son cuando el intento está declarado,
el señalarlo alabanzas sino reconocimientos. Plus est in eo
se puede decir con [Ambr.] libro 1, [exam], capítulo 9. Quod laudetur aspectu,
quam quod Sermoni laudari possit; suo enim utitur testimonio,
non suffragio alieno. Si a prima faz descubre tanto celo,
tanta fidelidad, tanta justicia que le añade la alabanza cuando
en sí contiene los testimonios de su abono, sin mendigarlos
de la aprobación, dirá que se valió de encarecimientos.
Siempre hizo mal estómago la alabanza ajena al ánimo.
Mal afecto, pesada dolencia, la llamó San Crisol, incendio
insufrible. Est enim grave illis malum incendium non ferendum
[sex] 122. Todo le parece que excede a los merecimientos
de su enemigo y ninguna alabanza puede sanar
su presunción. Pues sepa que cuando se dijo no se excedió un punto
de la verdad. Todo consta auténticamente por testimonios de Salamanca.
Y acá hay contemporáneos que son buenos testigos de los
méritos y aclamaciones que adquirió con sus letras el señor
Don Salvador Gómez de Espinosa en Salamanca. Pues ¿cómo se arroja
sin averiguar primero la verdad, cuando en materias del honor
ajeno siempre se ha de estar por el interesado hasta la evidencia
en contrario de la razón? Y supuesto que sea así ¿cómo la evidencia
lo hace ver que el celo es manifiesto, y en cada línea declarado
que los elogios son propios méritos y no ficciones de la
lisonja? ¿En qué halló la lisonja del elogio será en la
intención? Como tan gran juez de intenciones que se ha mostrado

privativo de ellas en este sermón. Pero yo digo que la halló en los senos
de su malicia. Que él de cándidos ojos no se adelante un paso hacia
ella. Antes, topando los ojos con ellas, hace reparo la sanidad de la
intención. Sepa, pues, que no es imperfección permitir la propia alabanza
cuando es en recomendación de la doctrina. Porque entonces el fin principal
es juntarla con los buenos efectos en ellas pretendidos. Y
todo viene a parar en el provecho ajeno que a ese intento desea
Dios las suyas. Y hasta el imperfecto y balbuciente lenguaje
de los niños lo perfecciona para sus elogios. Dijo San Agustín in Salmos 102:
Laudari se vult Deus; et hoc, ut proficias, non ut ille sublimetur.
A ese fin permitió sus alabanzas el señor Don Salvador Gómez de Espinosa porque
a veces sirven de dar eficacia a la doctrina, y con el vulgo puede
mucho la aprobación del que la enseña. Y si es lícito en este caso
desearla, será muy justo el rendirla. Pues lo que añadiere la aprobación
de eficacia a la doctrina tendrá de parte el encomista
en su buen logro. Esto supuesto, porque no había de alabar
el reverendo Padre Francisco Combés la obra y el intento por temor de los
hazañerías de los padres regulares. Pues quien había de pensar que
habían de proceder tan imprudentes, que lleguen con la pasión a manifestar
el delito. Que poniendo el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
las causas todas de la ruina de los indios, atribuyendo unos
a la mala disposición. Conque se ejecutan las órdenes del
gobierno en sus forzosas necesidades de fábricas y bandalas, otras
de la codicia de los ministros de justicia, otras de la ignorancia de
algunos eclesiásticos, hayan querido tomar todo el daño por su cuenta
la ruina de los indios, su cautiverio y todo lo demás que deplora
el reverendo padre predicador. No pudo prevenirlo porque, como en su orden
se ignoran esas cosas, no pudo pensar que era tecla, que haría hablar
tantas flautas. Y ¿quién había de franquear las prensas y solicitar
su aprobación sino una religión que tan rendida se muestra
a las cédulas de su majestad tan desinteresada con sus vasallos,
tan prudente con sus ministros, y donde apenas le toca sino lo
que los demás para consuelo de sus excesos le aplican? Enfrene,
pues, su destemplado ardimiento. Que ya declarado el ánimo,
acudiremos con el agua como a incendio que amenaza
con su ruina a la república. Pues, como sintió agudamente
Eusebio, el que persigue envidioso al bueno no tanto envidia
su dicha como la propia y la común de la república. Y todos
son interesados en el bien del que estudia en su felicidad.
[Si quis in videt viro fortunato is etiam patrie ac toti res
publica deniq sebi ipsi invidet nam virbonus feliciter agens
communis est prosperitas et civitatis et unius cuius que qui
felicitatis eun particeps fers potest]. Muerda, pues, que en
sangre de indios sacara teñidos los dientes muerte que en
su reputación hallará manchados los colmillos. Muerda que
el bien de todo el reino despedaza que consiste en la paz
y en la justicia.
Ya que le faltaron exclamaciones, dio en afectar
desprecios recreando la plebe con irrisiones. Y muy satisfecho
de su discurso, ¿dijo qué más? Dice que nos ha venido a la
tierra otro Joseph, otro salvador de las islas. Y hace mofa

de sus diligencias, atribuyéndole las desgracias. Cuando oí estas
palabras, me acordé de las que los judíos dijeron en desprecio
de Saúl cuando lo presentó para su principado. Nunquid
poterit nos salvare iste? 1.º Regum 10, 27. Miren ¿qué
traza de salvador de este podemos esperar la salud? Que fue
principio de motín et despererunt eum, despreciando
su autoridad. Pero generoso Saúl [dissimulabat se
audire] desprecio su reconocimiento y adoración, que hace
poco al caso el de los malos para desdorar a los buenos. Y más,
considerando que eran gente mala, hijos de Belial, filii vero Belial
dixerunt. Propias palabras de hijos de Belial que suena confusión,
porque tales razones en desprecio de la autoridad real siempre
son palabras de hijos de confusión, discursos de ánimos turbulentos
que no pretenden otra cosa que alterar el pueblo, turbar la república.
Porque en llegando a hollar este sagrado respeto, queda llano el
camino para esas temeridades, palabras de gente de Belial aparecen
porque yo no sé qué otro provecho pudo sacar de ellas sino confusión.
Y para hacerle más poderosa le atribuye las lástimas de las islas.
«Miren», dijo, «como van las cosas desde que vino con tantas desdichas,
que no se pone en cosa mano que luzca». Prosigue con tanto los
destrozos que causa el Mindanao reverendo padre para que un consejero
se llame salvador. Debe, más que atender a ejercer su cargo
en bien de la república, aconsejar lo recto, lo justo y según
la prudencia humana, lo que pareciere más conveniente. ¿El suceso
y la dicha no lo ha de dar Dios? El hombre ha de hacer más, que
como hombre ha de poder atar las manos a la justicia de Dios.
Si Joseph hubiera dado los consejos a Faraón y él no los hubiera
ejecutado, ¿dejará de ser en su celo salvador? Y
si puestos por el príncipe en ejecución los frustrara Dios, ¿serían
culpa de su prudencia las desgracias? Si puesto el trigo en los
graneros, lo hubiera tragado una desgracia de fuego o se lo [hubiera] llevado
una avenida, ni fuera culpa de sus consejeros ni de la omisión
del príncipe sino oculta prudencia de los vasallos,
algún ignorante la hiciera pero no Dios, ni los que miran
las lástimas como castigo de Dios, pues ¿cómo traes a consecuencia
lo que es castigo de Dios? ¿Quiere que los hombres contrasten
su providencia, que se sujete la del cielo a la de la tierra, que ate
las manos a Dios un gobernador? En cuenta de consolar al pueblo,
proponiéndole la voluntad de Dios y disponiéndolo para
merecerla más favorable, lo enfureces contra las causas humanas
para que se ocupe en solicitar las que de suyo son
inútiles y se divierta de las que le han de dar la salud. En
cuenta de exasperado contra sus culpas que son las que le
fabrican la miseria. En cuenta de persuadirle el recurso
a los templos la frecuencia a los sacramentos para que
aplaquen la ira de Dios, o contritos la toleren como
a satisfacción de sus deméritos lo induces a la desesperación.
En cuenta de consolar al señor gobernador ya
sus consejeros que con tanto desuelo las solicitan, viéndolos
afligidos por lo que no comieron ni bebieron. Viendo

que se fatiga y desvela sin provecho, le añades nueva
aflicción. No le basta padecer los males y ser donde
de lleno descarga el cielo sus rigores, sino que les has de atribuir
la causa para que, viéndose imposibilitados a los
contrarios efectos, mueran de sentimiento. El señor gobernador,
con el celo del bien común, ha procurado abrir con todos los reinos
del comercio. Lo ha conseguido su agasajo y generoso trato. Ha
alentado a los vecinos para que gocen los efectos, dando licencia
a esos viajes. Si Dios se opone a su santo celo, si la mar se
traga los navíos, si ninguno llega a salvamiento ¿qué culpa tiene el gobierno?
¿Ha de perder el mérito su santo celo? ¿Sus deseos han de degenerar
en la ejecución? ¿Por qué maligna la fortuna, la [intoliza]?
¿Por qué le niegas este consuelo cruel, ya que su valor
y constancia sufre esos golpes con tanta conformidad que ni
por eso desiste de sus deseos ni deja desengañado dormir su solicitud?
¿Quieres que, desesperadas las diligencias, las desprecie y que se deje
en manos de la fortuna, que su ocio se haga de parte de
nuestros daños? Desde que llegó, ¿no ha fomentado las fábricas de galeones
y con peligrosa asistencia acudido a su avío? ¿No ha
promovido a los que tenían algún nombre en el ejercicio de la
mar, dando honrosos títulos y gruesas encomiendas a los que tenían
alguna excelencia en el arte y dicha en los viajes; prefiriendo
a todos los méritos los de la necesidad, precio de sus deseos las
honras para su buen logro; quien jamás [vido] su habilidad
en más estimación, apreciando para la república no ya
lo más honroso sino la más útil; y arrimando todos los resplandores
del honor a lo útil para hacerlos a todos más
atentos a su consecución, más cuidados en el ejercicio,
de que depende el bien de las islas? ¿Ha visto que en este
tiempo, como se acostumbraba en los antiguos, se haya dado
la placa de piloto mayor por favor ni a fuerza de méritos conseguidos
en otros empleos? ¿No ya habrá visto aun en los honrosos
empleos de generales y almirantes guardar esta atención y
preferir aun en esos cargos los de alguna experiencia en la
mar, para que con más ojos se atienda a la salud y al cierto
de los viajes? Pues, si sobre estas diligencias se pierden las naos,
si en cinco años no ha llegado socorro sin descalabro, si en el
suceso que no depende de humana industria esta nuestra desgracia,
y ¿qué ha de hacer un gobernador sino sentir nuestra desdicha?
¿Y qué han de hacer los prudentes sino aplacar su sentimiento
con la compasión? Las flotas se despachan con mejores tiempos
que jamás y tan desgraciadamente se pierde la nao por
mayo como por agosto a las puertas de casa, que en los
laberintos del embocadero la que hibernó como la que
acabó su viaje. ¿Qué causas puede haber de esto sino la voluntad
de Dios? Cuando las tormentas las causaban hombres
y llegaban las olas a las puertas de casa y se tragaban caudales
honras y reputación y vidas, no se hablaba palabra. Y ahora
¿se dan voces cuando las envía inmediatamente Dios? Entonces
cuando la culpa era la crueldad, cuando el remedio estaba
en la mano, nadie se atrevía a hablar. Y ahora

todos cargan sobre el gobernador. Es que aquellos eran clamores
contra el hombre y estos son quejas descorteses
contra Dios. Y siempre obra entre nosotros más el temor
de los hombres, que vemos que el de Dios escondido
a nuestra ciega inconsideración. Salvador, pues, es padre
el príncipe que bien provee y ejecuta. Y salvador el ministro,
que bien aconseja. Y con mucha razón el señor Don Salvador Gómez
de Espinosa, que todos sus estudios los ha dedicado a la justicia
y a la conveniencia ajena. Y más este, en que más prácticamente
enseña a guardar justicia en lo más riguroso de su obligación.
Que por sólo ese le compete la propiedad del nombre de
salvador. Y por sólo ese les atribuye a los particulares tal vez
de la iglesia. Agustino, el nombre de ángeles, [hom] 2. [Apoc]
quia angelus nuncius interpretatur quicunque Episcopus
aut Presbiter autetiam. Laicus quomodo advitam eternam
perveniatur nunciat merito angelus dicitur. No
sólo merece la honra del nombre que tiene, sino la de ángel.
Pues enseña a los ignorantes la luz para caminar a la
rectitud. Les propone los medios para desterrar las tinieblas de la
ambición y codicia que la estorban. Y propone otros para enmendar
a los que porfiadamente se quieren perder, pidiendo
que su escrito sea instrucción para las justicias y pueblos, que es
lo que le pica. No que vaya a Madrid, que es risa eso que ya
se sabe que de allá. A lo sumo podrá venir una cédula —de
que hay tantas— a docenadas en la secretaria, sin que haya
tenido ejecución. El que se dé a los alcaldes mayores es lo que
temen. Eso les parece que es dar a un secular jurisdicción. Pues
dígame padre, si en España intentase un cura a lo menos
que contiene el papel, fuera menester cédula para que
lo estorbaba un corregidor, ¿escandalizaría la resistencia
justa de lo ilícito? ¿Debía aguardar para estorbarlo a su
prelado? ¿Hiciera mal que para impedir el mal que amenaza
todos tienen poder y aun obligación según la doctrina
que propuse al principio estorbarlo para el castigo solamente
recurriera a su superior pues aquí de Dios como quieren porque
estamos en Indias que sea más la autoridad de los curas
y menos la de la justicia? Vayan consecuentes. Y ya que quieren
tenerla mayor en todo, concedan les a las justicias siquiera
la que se tiene allá, ya que con la suya no guarden la proporción.
No importa que el remedio cause algún dolor y que tenga algunos
inconvenientes cuando de la omisión se siguen otros mayores.
Que aun los medicamentos para la vida llevan consigo ese inconveniente
inseparable a su condición. Nullum medicamentis
est quid adio provit quid ali quantulum non obsit, dijo Hipócrates
en sus aforismos. «No hay medicamento de tanto provecho
que no cause algún daño». Pero como sería necesidad en un
médico por ese pequeño daño dejar correr al último la vida,
así en los males de la república rehusar el remedio
de un grave accidente por la resultancia de otro menor,
hace de cerrar con el más nocivo, que este vencido presto.
Se rendirán los que no son de tanta consideración.

Deje el papel, padre. Deje en paz al que lo aprobó. Que el autor
tiene letras y autoridad para su abono. Y el que hizo el elogio, letras
y experiencias para su justificación. Mire que es mucha
presunción pagarse tanto de su juicio con experiencia de 4 años
de tierra, mirando por tronera los sucesos. Que, satisfecho de su
acierto, lo prefiera a los que tocan las materias con las manos a un
religioso tan docto en la teología escolástica, como en la
moral tan versado en las divinas y humanas letras, de tantas
experiencias de la tierra, de tanto celo de su aumento. Y de todo
lo que puede hacer a su felicidad y aumento, tiene hecho largo
estudio y curiosos tratados. Mire que no tiene más celo ni más
deseos del bien de la república que él. Que ese que ostenta
por indiscreto no es celo sino temeridad, no es ciencia sino aprensión.
Siga el consejo de Séneca, De vita beata, capítulo 2 y acertará. Non
tam bene cum rebus humanis agitur, ut meliora pluribus placeant;
argumentum pessimi turba est. Aquí entra como ilación el consejo. Quaeramus,
quid optimum factum sit, non quid usitatissimum:
et quid in possessione felicitatis aeternae constituat, non quid vulgo,
veritatis pessimo interpreti, probatum sit. Vulgum autem tam chlamydatos
quam coronam voco. Tome el trabajo de construir
y advierta lo último para que sepa a quiénes ha de atender para
juzgar las cosas para el acierto de la elección. Que dice Séneca
que dondequiera hay vulgo. Entre nobles hay vulgo, en el senado
hay vulgo. Y hay vulgo en la religión, hombres que hablan sin
consideración, sin averiguar la verdad, que siguen las voces que hacen
más ruido, no las que tienen más razón. Esto es vulgo. Guárdese de él
si quiere usar de razón.
Concluyó el reverendo padre predicador su invectiva con señalar
las razones de la aflicción de los indios, cargando toda la culpa a la clemencia
de su majestad y a la prudencia de su gobernador y disculpando a los párrocos
{Al margen izquierdo: ^ y alcaldes mayores}
o padres doctrinantes religiosos ^. Que dice que, aunque haya en ellos lo que
dice el papel, son charquillos. Y discurrir por ellos es andar por las ramas.
Y se olvidó que pocas razones antes, alegando méritos por los padres
doctrinantes, llamó lobos a los alcaldes mayores que quieren tragar
a los indios. Se dice «porque los defendemos de agravios e injusticias
de ministros de justicia, que como lobos se los van a comer». Los charquillos
no se tragan los hombres, sino los ríos arrebatados y furiosos.
No serán, pues, tan charquillos. Pero ahora le importó disminuir el
mal porque trataba de él que reconoce común y hacía su causa
en la defensa. Pero de esto diremos luego. Respondamos 1.º a la
defensa, que como vasallos debemos a su majestad. Y quisiera
preguntarle como se olvidó de las obligaciones de vasallo, declarándose
tan enemigo de su majestad. Que contra lo que tantos consejos,
tantos teólogos han aprobado y tantas necesidades (como padece la
monarquía) lo han justificado, quiere su presunción con tanta
resolución condenar sus más que irreligiosas injurias. [Son]
queréis señores que diga en que está el cautiverio de estos naturales,
no está. No en los ministros religiosos ni en los
alcaldes mayores. Que esos son charquillos y andar por las
ramas. Aunque haya algo de lo que dice, todo eso es nada. Y no
es por lo que los indios claman libertad sino las dos cosas
y causas que tienen destruida a toda España y Nueva España,

que son como soy testigo. Y todos lo son el papel sellado y estas medias
anatas, o poco atento vasallo que le hacía el rey. Que, no hallando
más paño que cortar de la garnacha de su consejero, pasas a destrozar
su púrpura real. ¿Qué tiene que ver lo que hace el rey con tanto consejo
para lo que dice su oidor? Si querías decir mal del consejero, dejarás
al rey por quien siempre debías presumir: la justicia, la clemencia
y la razón. ¿Qué fin pudiste tener en condenar su tributos [y] revocar
los decretos? No que eres poco hombre para oponerte a tantos héroes
como ciñen la majestad de nuestro monarca para el acierto de sus
acciones. Ni es posible en este tiempo el intento cuando amas, que eso violentó la
necesidad. Pues si el sermón se ha de ordenar a sacar provecho y ese no es posible
conseguirse, qué esperabas con esas palabras sino exasperar su clemencia
y turbar la quietud de sus vasallos; cuando en casos tales lo sano es disculpar
al príncipe con la verdad. Para que, entendida de los vasallos,
se excusen los pecados de la indignación y los peligros de la república con su
turbación. Este, si fuera fructuoso sermón, consolar a unos y otros con la
razón. Y más cuando te debía constar la violencia, que en esto padece su
afecto. Lee en el privado cristiano del Reverendísimo Lainez, folio 11, en el [antelog]
y hallarás un dicho de su majestad digno de su clemencia. Que por exonerar
de las contribuciones inevitables para la defensa de la fe y oposición
a los émulos de la corona pidiera de puerta en puerta. Mira qué remedio
tan costoso a su grandeza ofrece su clemencia si lo hallara competente
la necesidad. Y más, condenando los tributos tan templados de sus mismos efectos.
Que el uno es pensión de sus mismos beneficios, y de ninguno se cobra violento.
Pues la ambición a todos es tan natural, el otro situado en las acciones
que desean las repúblicas. Excusar para su paz, para evitar pleitos, que son
la ruina de las haciendas y de las obligaciones más estrechas de amistad
y de parentesco y es un freno contra nuestro mayor mal. Y al fin ninguno
está situado en lo que sirve a la vida sino en acciones libres, que
nunca lo pueden reducir a necesidad. Recorre los demás reinos y con todas
estas cargas, ninguno hallarás más libre, más descansado que el de su majestad.
Y verás como nuestras cargas alivian la necesidad y son precio de nuestra dicha.
¿Tiene otras rentas el rey que las de sus vasallos? ¿Las emplea en divertimientos
si no en nuestra defensa? Si la necesidad y el aprieto es mayor
y se ha de redimir a mayores expensas, ¿dónde las ha de buscar? ¿Ha de
pedir prestado a sus enemigos? O por no valerse de la hacienda
de sus vasallos, ¿ha de permitir que ellos sean [triunfo], y ellas despojos del enemigo?
Si el reino se pierde, ¿dónde guardará el vasallo su caudal? Cuando
Cipión tuvo en el último aprieto a Cartago, y tan rendida que salieron
a parlamentar las condiciones de su rendimiento, los condenó el vencedor
en los gastos de la guerra. Y congregados los senadores en el
consultorio para trata de la paga, hallándola excesiva a sus caudales,
y no hallando posibilidad en sus tesoros, todo era gemir
y llorar. Entonces el generoso Aníbal comenzó a reírse como
pudiera después de la famosa de las canas. Indignados, los senadores
le dijeron es posible que viendo a aflicción de la república
y tan vecina su felicidad a perpetuarse memorable en la
desdichada ruina, «Tienes ánimo y corazón para reírte». Respondió
el valiente capitán: «No penséis que aunque me río es de alegría.
Que si vierais me corazón lo hallaréis con más tinieblas
de pesar que las que enlutan la noche. Pero me río de vosotros

viéndoos ahora por vuestra culpa afligidos. Y acordándome
cuando, defendiendo yo la república y estando para abatir
la potencia romana, me regateabais cuatro maravedises,
y se os hacía de mal cualquier gasto por vuestro bien. Y por lo ignorantes
que anduvisteis entonces nos vemos todos en esta miseria. Y merece
vuestra imprudencia ser mofa y risa del mundo, y que yo me ría
de vuestras inútiles lágrimas». ¿Qué será mejor, padre reverendo por no tener
valor para un pequeño dolor con los menoscabos de la hacienda
acomodándonos con los dictámenes del vulgo: perder toda la
hacienda y la república o permitir esa pérdida por no ver nuestra
ruina? Atienda a lo que dice Jovio y a lo que cada día sucede que, despreciando
los peligros más distantes por no sufrir los de la hacienda,
aquellos se acercan más poderosos y nos acarrean irremediable el
daño y la total destrucción de los caudales. Plerumque accidit utque
{Al margen izquierdo: ^ pecuniae}
provinciae ^ parcendo remota pericula contemnunt incumbentibus
demum malis, desperato sepe remedio gravia sentiant detrimenta.
Locura de la vana afectación de clemencia. Juzgó por esta
razón del pueblo vejado con los tributos, quiso remitir su exacción.
Dissolutionem imperii docendo, si fructus, quibus res publica sustineretur
deminurentur. Tácito, libro 13. Ruina del imperio ―juzgaron―
el disminuir solamente los tributos que sustentaban los gastos
del mismo imperio y necesidad quitar las cargas, que han de acarrear
otras mayores. Pues si el intentar esto fue locura, ¿proponerlo
no será necesidad, persuadirlo atrevimiento, condenarlo impiedad?
Rigor pareció de Joseph reducir a los vasallos de Faraón
a que le pagaran el quinto de sus tierras por tributo. Y no fue
sino prudencia soberana que supo servirse de la necesidad para
enriquecer a su rey. Porque, enriquecido el rey, tenía
más seguro su caudal el particular quitándole la hacienda.
Dice Ambrosio echo puntales a su felicidad: Non ut omnes
exueret suo, sed ut fulciret: publicum tributum constitueret,
quo sua tutius habere possent. Libro 2, De officiis ministrorum, capítulo 16. Porque no hay cosa
más peligrosa al rey ni a los vasallos, como sintió elegante Casiodoro
capítulo 1, epístola 19, que en el que manda la necesidad: perniciosa res
est in imperante tenuitas. No tiene otra hacienda el rey que la
de sus vasallos, ya si para las necesidades del rey si fuere necesario
se han de desnudar los vasallos. Que por eso, saludado por
Rey Jen de Eliseo, a prisa se quitaron las capas del hombre
los vasallos y las pusieron a sus pies. Festina verunt itaque
et unus quisque tollens pallium suum posuerunt sub peclibus.
[Eus 4 Reg] 9, 13. Y [Elías] profeta llamó palio al reino
o capa porque ha de vestir al rey y servir a las necesidades del
sustento y del ornato, que así lo entendió tan religioso como político.
[Velaz t. 1, ad Filip capítulo, véase 23 y 24, número 16. Eaquidem innuens]
principem regno suo esse operiendum; hoc est [adea que
sibi] sunt necessaria et ad honestum splendorem ipso uti
debere. No sólo a lo preciso ha de servir el caudal del vasallo
sino a lo descendente y conveniente al decoro de la majestad. Por
esto Cristo, el más benigno de los reyes, consintió el día que lo
proclamó la turba rey que le sirviesen con las capas

y sayas, vistiendo el suelo tan a su costa para sólo un
agasajo y una demostración de su reconocimiento. Por
eso Samuel, publicando el derecho del rey de parte
de Dios, leyó uno tan riguroso que ninguno ha habido
tan tirano que lo haya pretendido en todo. No para que de él usasen
los reyes sino para que entendiesen los vasallos que para todo
tenía derecho obligado de la necesidad. Y no [para que] atasen a una ley o
pacto su obligación, sino que dejasen siempre libre el de la
necesidad.
Lo mismo se ha de decir del gobernador del príncipe,
y más en partes tan remotas que esfuerza depositar en su
prudencia todo su arbitrio. Y así se ha de gobernar por
las mismas leyes y disponer aconsejado con la necesidad.
Veamos, pues, de qué le acusa este celoso y reverendo padre predicador.
Fuera de estas, dice hay otras dos tan grandes que cargan sobre
estos pobres que son tantas sacas de bandalas de tantos
años sin paga, tantos títulos de oficios por fuerza, que a unos
les cuestan 20 pesos, a otros 12, y al que menos a 4 pesos. ¿Qué
más? Cautiverio es el estar tantos en servicio del rey
sin paga ni socorro, tan desnudos y tan esclavos, que si no
es a costa de sus vidas, no salen de cautiverio. Dejó los encarecimientos,
de que se vale para hacer más aborrecible el
gobierno los oficios que representa por carga. Y que dice se dan
por fuerza, hablando de los que suelen costar hasta 20 pesos.
Son los de la guerra, porque los más superiores llegan a pagar
por derechos de la media anata esa cantidad. Son tan pretendidos
que vienen de muy lejos por ellos y echan
intercesores. Y con todo eso su señoría remite los memoriales
a personas experimentadas para que le informen
de los servicios del pretendiente. Y aún sobre eso suele
hacer reparo en la merced y tal vez la suele negar.
Los de justicia, donde se pagan esos derechos, son tan
pretendidos que suelen sobornar con 200 pesos al alcalde
mayor para conseguir la elección. Que es señal
que de ellos esperan más provecho y por lo menos que
no los reciben contra su voluntad y los derechos que
se les piden de obligación. Son los de la media anata
de que el señor gobernador no es juez, porque para [él] hay
privativo acá. Y donde son los oficios de poco provecho,
como en las provincias de afuera, se ha procedido con
tanta suavidad que no los han querido obligar a pagarlos.
Véase si se puede usar de más benignidad, pues siendo
ley tan establecida la de la media anata,
los ministros intérpretes de la voluntad clementísima
de su majestad no le ejecutan donde hallan dificultad.
Véase, pues, la verdad con que el reverendo padre predicador
habló, y como no atendió más que a infamar el gobierno
y hacerlo odioso a los vasallos fieles de su majestad.
Hablando de las otras dos cargas, bandalas
y astilleros, y supuesto lo que es cierto —que no se pueden
excusar—. Porque el rey no tiene otras sementeras

de donde sacar el arroz para el socorro de las fuerzas
campo de Ternate y de Manila que las de sus vasallos.
Y así necesariamente lo ha de embargar o comprar. Y que
la bandala es el más suave medio porque se reparte
en todos con igualdad. Y supuesto también que las
fábricas son forzosas porque ni vienen de Castilla naos
ni se hallan a comprar. Y prescindiendo de lo que en otros
gobiernos se ha hecho y la razón que tuvieron cuando las
dejaron de pagar —las compras digo, que las fábricas
siempre se han pagado— que sería la cortedad del
socorro, que nunca viene tan cumplido, que alcance
a la satisfacción de las necesidades. Digo lo 1.º, que las culpas
de los pasados no las ha de pagar el señor Don Sabiniano. Y
que si en la abundancia de los socorros pasados se hallaron
necesitados los gobernadores a tomar las bandalas, en fiado mal
¿podrá hoy el señor Don Sabiniano—cuando los socorros vienen tan escasos
y las pérdidas han sido casi continuas—pagar lo presente y lo pasado
de lo presente? Sólo pudiera hablar un hombre que no supiera que
ha dos años que no viene socorro. Y que el último se menoscabó en
la pérdida de Borongan, donde dio al través el galeón y [obli]
para fondear la plata y conducir a tantos gastos. Atraviesan
la isla a hombros de indios que todos quedaron generosamente
pagados. Y pasándola al continente de Manila en champanes y de
Tayabas a la ciudad, otra vez a hombros, cuando tenía la caja plata, ¿quién ha
pagado con más larguera? Testigos son los que asistieron a los dos galeones
que oí esperamos de Castilla donde se le daba a cada indio
cada día una ganta de arroz y un real. ¿Cuándo servido en estas islas
paga tan generosa? Aun en los tiempos más felices, ¿cuándo los socorros
venían más llenos? Entonces se le daba a un indio de
arrastre un tostón y al oficial un peso. Y el señor Don Sabiniano,
hallando ese ejemplar en la contaduría, de lo cual nadie
se atreviera a exceder por la fuerza que tiene para el estilo el
ejemplar, lo ajustó a su nobleza para facilitar el servicio de
su majestad. Los efectos declararon bien la calidad del beneficio.
Pues en esto y el cuidado que puso en el buen tratamiento
de los naturales, se quitó el aborrecimiento que tenían a los
astilleros, que los miraban como infiernos. Y por no caer en su
rigor, redimían el mes que les tocaba a 20 pesos pagando esa
cantidad al que libremente quería ir en su lugar. Y en los
astilleros se venían a ofrecer al trabajo de su voluntad
suceso que no tiene ejemplar y último aplauso de su
benignidad, que así consiguió fácil el servicio de su rey.
Y excusó el que los galeones saliesen más costosos a los naturales que a su
majestad, como sucedía en otros gobiernos. Que por esas redenciones o rescates
a 20 pesos del trabajo, acabado el galeón si a su majestad le estaba en cincuenta
mil a los naturales les venía a costar, ¿ochenta mil se pudo
hacer mayor servicio a su majestad, más grato a Dios, útil a los
naturales? Lo mismo digo de las bandalas. Cuando faltó el socorro,
¿no llamó a los principales de la Pampanga? ¿No se contentó con
lo que liberalmente le quisieron ofrecer? ¿No se valió de las mismas
súplicas, procurando hacer voluntario lo que era necesidad

y excusando la violencia cuando se hallaba tan violentado de la
necesidad? ¿Que ahora no pague es culpa suya? ¿No pasan
todos por la misma necesidad, socorriese a los señores arzobispos
y obispos, a los señores oidores, a los del cabildo
prebendados y canónigos al maestre de campo y a los
demás oficiales de guerra? ¿No se sabe la estrechez con que
todos pasan con tan diferentes obligaciones? Pues que
mucho que ahora se den en libranza las pagas si las
asegura en el socorro su generosidad si hemos llegado
con los infortunios a tiempo en que parece, fuera lícito
valerse de la plata de las iglesias (como se valió otro
y bien cristiano gobernador de las campanas para fundir
artillería) para el socorro de tantas necesidades que
mucho que alcancen a todos y las experimenten. Y si en tan las graves
necesidades borran los privilegios y quitan las inmunidades sin
distinción de eclesiásticos ni seglares, porque como en ellas se arriesga
la república de que unos y otros son partes, los hace iguales la
obligación de su conservación, que se arriesga en el todo. No son
menester para esto alegar razones ni leyes cuando los más bárbaros
conocen esta verdad o se la hace el aprieto conocer. Pero si lo quisieren
ver con erudición y todo ornato de doctrina [o] tratado,
véase a Bobadilla in Política libro 2, capítulo 18 número 138; Solórzano, libro 1 de
[indiar gubernat] capítulo 13, número 27 et in Política libro 2 capítulo 28, número 318, folio
1126; al venerable Beda [in Lucam] libro 2, capítulo 24, referido en el
[c, quod non est de regulis] juris in antiquis ibi: quod non est
licitum in lege, necessitas facit licitum nam et sabbatum
custodiri praeceptum est; Maccabei tamen sine culpa sua
in sabbato pugnabant. A Santo Tomás, 2, 2 [quest bo] artículo 4 ^ No
{Al margen izquierdo: ^ 9.}
hay axioma más sabido que el que favorece a la necesidad,
porque a su fuerza la pierden todas las leyes como a ley superior,
a que todas se subordenan. Ubi necessitas urget ibi legis dispositio
dissoluitur [cap sicut de consecre distinc]. 1. Por esto decía
el invencible Mario que al ruido de las armas no percibía el
de las leyes. Negabat instrepitu armorum se leges exaudire
potuisse. Y es que hace callar su obligación otra más poderosa,
que es la de la necesidad que siempre acompaña a las leyes. Por
eso los romanos, necesitando del valor de Cipión para sus
empresas y no teniendo la edad que las leyes prescribían
para el consulado, dijeron que para aquella
elección hicieron dormir las leyes, porque quedan o
difuntas o dormidas en despertando la necesidad. Pues si alguna
vez se le ha dado tanto poder a la necesidad, y oí de suyo la
reconocemos tan poderosa, concedamos le algo, ya que no podemos
más. Y si nunca en estas islas se ha reconocido más
apretada, que mucho fuera que se dejara por ella gobernar
y ha sido al contrario, que no sólo fe ha resistido sino
que parece que ha llegado a triunfar. Sin estos aprietos
otros gobernadores no han entrado el sacro depósito
de la santa misericordia. ¿No se han valido del caudal
de los vecinos echando bandalas de partidas como pudieran
de cabanes de arroz? ¿Ha intentado jamás esto el señor

Don Sabiniano? ¿Ha llegado como otros hicieron a repartir la infantería por
las casas de los poderosos para que la sustentaran a su costa?
¿No, pues, todo se ha hecho en mejores tiempos en Manila?
¿Su afabilidad no ha suplido la falta de los caudales, sustentando
mayor el comercio que jamás? ¿Cuándo se han visto más número
de naciones en Manila? ¿Cuándo a todas las había de desviar
nuestra necesidad pero enriquece mucho los caudales
la nobleza del trato? ¿No se hallan en Manila embajadores
de las dos potencias de China sin que la guerra que los dos
bandos allá sustentan les embarace para nuestra amistad?
¿No han concurrido con ellos embajador de Cochinchina otro
de Camboya solicitando y engrandeciendo el trato? ¿Qué nación de este archipiélago
de las poderosas no han concurrido en Manila? Tonkines,
macasares y hasta de Japón; a pesar de las puertas, que hecho de bronce
su obstinación, tenemos en el puerto un champán.
{Al margen izquierdo: ^ para el socorro del Maluco? ¿Les habrá tocado a cesto}
Dirá que no había de cargar todo sobre los indios. Y ¿qué es
lo que carga el arroz que se tomó ^ por indio? Eso es lo más, pues, que carga.
¿Es que en tan grande aprieto, cuando la caja está sin dinero y la langosta
frustró la cosecha de Panay, donde su tributo le da bastante
arroz a su majestad y que cuando todos padecemos tanta pobreza nos
ayuden los naturales con esa poquedad? ¿Qué quiere, que se echara
mano de la plata? ¿Qué pretenden los vecinos ahí fuera, el clamar
que destruyan la tierra, imposibilitando el trato, cortándoles las
alas a los vecinos con tanto menoscabo del reino? Pues, ¿qué ha de
hacer este señor gobernador? ¿No halló otro medio sino poner en sus
manos el gobierno, a si esto fuera practicable, que presto hallará
su desengaño la temeridad o padre quien le pudiera dar el
bastón por un año, que embarazando se hallará y que de necesidades
{Al margen izquierdo: ^ nocivos}
hiciera cuyos ^ efectos nos hicieran a todos llorar?
Dirá que son ya muchas las cargas de los indios. Excusen
los padres ministros y los alcaldes mayores y cobradores
los voluntarios e ilícitos y verán cuán llenados son los forzosos
ilícitos. Pero advierta que nunca es excesivo el tributo, servicio
que se mide con la necesidad. Por esto las cargas de un república
no se pueden de la prudencia tasar porque las ha de pesar el tiempo
y la necesidad. Preguntado Archidamo de sus gentes cuanto dinero bastaría
para la guerra y suplicándole que determinase la cantidad
con que le habían de servir, no se atrevió a hacerlo por no
atarse las manos para mayor necesidad. Antes, respondió una sentencia
que había de quedar grabada en las láminas de oro. Bellum
statuta nonquerit. «No sufre leyes la guerra». Ni se puede establecer
cosa para sus sucesos, porque siendo tan varios ninguna prudencia
los puede abarcar. [apud Plutarch in apopli teg mat.] No
le busquemos, pues, otra tasa que la que el tiempo prescribiere y
consolemos nuestros males, con que se toleran para mayores bienes
o por lo menos para estorbar males de peor calidad. Claro
está que no querrá el reverendo padre predicador que se deje sin socorro
el Maluco y Zamboanga, pues si allí nos hallasen flaco
¿se acercarían a nuestras causas para mayor mal? Bien ve que no nace
en los almacenes reales el arroz. Bien sabe que en la provincia
que lo afianzaba lo agostó en flor la langosta. Pues

sufra que una mano ayude a otra. Y que se valga un
gobernador, ya de esta provincia, ya de estotra, donde hallare
mejor comodidad. Y persuada a los vasallos esta obligación
para que, cuando llegue la necesidad, no la haga irremediable
la rebeldía que sirve ese arroz para el sustento de
su majestad, cuyos gastos debe proveer su gobernador. Y reconozca
con San Crisóstomo esta obligación para que, entendida
si como vasallo no la favoreciere en sus sermones, como
enemigo no la llegue a impugnar príncipes. A nobis sustentari
debere visum est obid quod sua ipsorum negligentes communes
res curant universum que suum otium adeo impendunt
quibus non solum ipsi sed et quae nostra sunt salvantur.
In Paul ad Romanos 13. [Vea avaz que opuse derest
capítulo 6, ss 1, dub 1 et ss 3, dub 2 número 18 lefio l 2 devist capítulo 33 dub
2 et 6.]
Otra queja publicó contra el gobierno: que vino el
Mindanao y se llevó mil almas y que siempre está cautivando
sin que se ponga remedio a que están obligados
sus ministros con rigor y derecho de justicia. O
gruta de la tierra salió para predicar en Manila, ¿qué
tan inadvertido se muestra de las cosas? ¿Qué mayor
remedio pudo poner Cipión ni Aníbal, que en tanta
falta de gente antes de tener noticias del enemigo,
antes noticias en contrario haber echado una armada
de 7 navíos bien guarnecidos y municionados, que elegir
una persona de calidad que, celosa de su reputación, mirase
por el servicio de su majestad? Quedarle soldados viejos
y de experimentados valor por cabos de cada navío y
una instrucción en que previno cuantos accidentes se
podían ofrecer véalo por su vida, y dirá que se había
de estampar para ejemplar. Y coteje el suceso con
la instrucción y hallará que no tuvo la prudencia muy
favorecida de luz de cielo. Mas ¿qué añadir si sobre eso
falta la ejecución o la dicha? ¿Qué remedio tiene
sino el de la paciencia? Pues ¿qué culpa tuvo el señor
gobernador en el daño que hizo el enemigo? Si fuera
experimentado en las islas, ¿supiera otros mayores?
¿Y qué otros gobernadores con más gente y más número
de capitanes desengañaron a las provincias de poderles
dar socorro, y les mandaron que cada cual guardase
lo que le tocaba y se guardasen los indios? Y hasta hoy
ningún gobernador ha hallado medio para guardar
tan confuso laberinto de islas con tantas
entradas. ¿Y cuántos medios se han dado? Los ha desengañado
la experiencia. Y más con naturales
tan flojos y confiados. Frustran nuestro celo y han dado
viniendo y navegando tan descuidados con las nuevas
del enemigo como en la más segura paz.
Dirá que se había de haber ido a su tierra
para refrenarlo con el castigo. ¿Y no sabe padre

que así estaba resuelto y determinado y señalado el
día y todas las provincias prevenidas con navíos? ¿Y no sabe
que a esto sobrevino la difusión del Maluco con la muerte del
rey de Tidore, Cachil Zayde? ¿Y que al rey heredero de la
facción de España se le reveló la mitad del reino que alzó otro? ¿Y a este
le dio favor el holandés y con su potencia rompió la guerra y tenía
en peligroso estado el Maluco? ¿Se había de dejar lo que más
importa por lo que menos y que se perdiera el Maluco para que
el Ternate nos hiciera la guerra acá, aliado como moro con el
Mindanao? ¿Qué poder habría entonces para defender
las islas?
Con que se ha de ir contra el Mindanao? ¿De
dónde sacaremos mil hombres que llevó el señor Don Sebastián?
¿De dónde cincuenta mil pesos para los gastos de la jornada?
Dinero no lo hay. El campo de Manila no tendrá 800 plazos hoy,
pues ¿con qué se ha de hacer la guerra? Con oraciones, padre, y con
hombres y dinero. Pídalos a Dios. En estas islas no se aumentan
los españoles. En 5 años se ha tragado la mar y otras desgracias
500 de Castilla. No vienen, y los que han venido han entrado a la
parte de los ahogados en fe del socorro. Se prevenía la jornada,
no lo envió Dios. Dejaremos a sus aventuras a Manila,
y más con las voces del vulgo temeroso apoyadas de varones
religiosos. Cada día nos afligen de [daca], que viene el chino con 300
navíos que se ha de perder Manila. Será bueno que los convidemos
con su desamparo.
Ya que le hemos quitado al reverendo padre predicador los escrúpulos,
quiero ponerle uno que procura desechar. Y le importa mucho
que haga del mucho caso este. Son las cargas referidas de
ministros eclesiásticos y de justicia, alcaldes mayores
y corregidores que dice que son charquillos para que no se haga
caso no importa aquí averiguar el peso de sus cargas,
pero poco o mucho quiero que sepa que sólo ese el el intolerable.
Ya veo que [se cala la visera] por no oír tan escandalosa
proposición. Porque como le toca, esfuerza [que] la condene luego y la [anate].
Maticé lo 1.º porque la sobrecarga es la que mata. Y más cuando
la echa quien está obligado a solicitar el alivio y con atención
a lo forzoso quitar lo posible de lo que no es necesario. Lo 2.º, porque
las cargas que echa el rey, como son forzosas para la defensa de la
fe y de sus vasallos y obligación, sería el servir a ellas. Ningún
prudente las desecha, aunque las sienta, porque hace su causa
que está envuelta en la del rey y reino. Pero las que echa
el particular, como no hay obligación a ellas, se sienten más
que nadie está obligado a servir con su hacienda a los intereses
particulares de otro. Aunque sea muy estirado que la
caridad, bien ordenado comienza por sí. Y primero es uno
deudor a su necesidad que a la ajena. Nadie siente
pagar mil ducados si los debe, y sentirá mucho si no los debe,
que le quiten cien ducados. Lo que se da al rey es deuda, lo que
se da al particular ha de ser voluntario. Que por esto ponderó
agudamente el Crisóstomo, citado que cuando Cristo mandó pagar el tributo al
César, no dijo: «Dad a César lo que es de César. Si no, volved rectitud

al César lo que es del César». Reddite quae sunt Caesaris, Caesari.
Mateo 22. Porque lo que se tributa al príncipe ―lo que pide para sus
necesidades― no es don sino paga. Pues pide entonces lo que es
suyo, porque como carga las obligaciones de todos, para ellos
son suyos los caudales de todos. Et non dixit date sed
reddite et adiecit quod debetur nihil enim gratuito
dat qui haec fecerit. Debitum quidem est res
ista quod si non feceris perfidi penas dabis. No sé si el
presidente de Castilla pudiera hablar más en estilo de ministro.
Nadie en estas ocasiones y casos da al rey sino que le paga
deuda. Es esta obligación. E infiel el que la niega y desleal
el que la disuade y enemigo el que la condena. No se
traiga, pues, a consecuencia la obligación, aunque sea mayor a lo
que no es obligación, aunque sea en poca cantidad. Que sobre pocas
cantidades y cortos intereses suele haber muy buenas cuchilladas
y quebrase muchas cabezas, que a cada uno le es lícito sacar
la espada para defender su hacienda del que sin título
la pide. Y siendo deuda, cada cual puede llevar al deudor
a la cárcel. No quiera igualar el derecho de los alcaldes
y ministros al del rey y así no lo traiga en consecuencia.
Que no son tan bárbaros los indios que no hagan
esa distinción y reconozca la necesidad. Y no hay alguno
tan bárbaro que conocida se indigne contra ella. El
fuego suele acabar en un día el caudal y una avenida
roba muchos intereses. Y ningún cuerdo se indigna
porque los acarrea la necesidad y los hace inevitable
el suceso. Pues si la fortuna roba el caudal de la
república en los socorros, los malos años, los frutos, ¿quién
será tan necio que se indigne contra esa necesidad?
A que le reducen las desgracias comunes que esfuerza [que] repartan
sus efectos y daños en los particulares. Estas necesidades
nunca vienen a favor de los alcaldes mayores para justificar
sus excesos ni de los padres ministros para los suyos.
Y así los que ellos inducen como violentas al que las padece y
voluntarias en el que las induce irritan la paciencia y mueven
más la compasión. Conozca esta diferencia y persuádala
al auditorio. Y hará más fruto, pues conseguirá la conformidad
con la voluntad de Dios, dándoles a entender
que estos trabajos vienen de su mano, que los hombres
obran a no poder más. Que esa consideración será alivio,
que hará suave la carga y llevadera. Y así obrará como fiel
vasallo y como cristiano orador pues no llevando ese
intento sus razones, no puede seguirse otro fruto que
la turbación. No se ponga en materias de estado
―que es discurso siempre odioso y muy amargo― si no
se sabe sazonar pena y gloria, padre mío, pecado e infierno,
y dejar al gobierno, y prelados y ministros.
Que eso es escandalizar la república y cierto, nunca
con menos razón, pues no lo hemos tenido. Mejor es
un señor gobernador tan benigno y piadoso, un señor
arzobispo que no lo ha tenido esta iglesia ni más docto,

ni más santo, ni más apacible, ni más celoso. Unos señores
oidores tan limpios que es mi edad contra sí mismos.
Su rigor tan llanos que es consuelo. Tan doctos que
es de la justicia cumplida. Satisfacción tan cristianos
que es de la misma justicia perfecta seguridad. Y si hallare algo que pide [que]
enmienda en los tales y digno de reprensión, pues tiene atrevimiento
para decirlo en público, imprudente. Tenga valor para
avisar lo cuerdo [que] se llegue. Que nunca ha habido ministros más llanos,
más dóciles. Apriételes con razones en secreto, no los infame con
invectivas en público, que lo 1.º sana y lo 2.º exaspera. Tome
por ejemplar al mejor predicador de la ley de gracia, aprobado
por el mismo Cristo: el Bautista, de quien ponderá el concilio [caloniens],
citado capítulo 17. Que con ser el pecado de Herodes tan público y tan
nocivo a la república, nunca hizo mención de él en los conventículos
y concursos donde predicaba, con ser que aparte no cesaba de afearle
el caso. Dicebat Joannes, Herodi non populo, concluye el concilio
a Herodes, se lo decía no al pueblo. Y su paternidad reverenda
no habla donde ha de aprovechar y da voces donde ha de causar escándalo.
Trate de ir a Japón a ser mártir o de serlo con la mortificación de sus
pasiones en la celda y no entre ministros de justicias. Como dice,
que harto más mártires. Son los tales, pues sufren del vulgo y de los
que siguen su corriente semejantes desacatos. Mire que los ministros
no infaman el estado, que antes alaban su purísimo instituto y
perfección de sus reglas. No es contra el estado lo que ha escrito el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa, sino contra lo que destruye el estado,
contra lo que pervierte la observancia contra lo que los celosos de él
aborrecen. Y los valerosos prelados castigan y solamente les [ayuda] con caridad
y justicia a las obligaciones del mismo estado. Y rinda mil gracias
a la magnanimidad del señor Don Sabiniano porque si hiciera caso de su
atrevimiento a ley de fiel ministro y por la obligación que tiene a la
paz de la república, fuera poco darlo por extraño de los reinos.
Y si su paternidad reverenda dudare de la autoridad, lea en
la política indiana del señor Don Juan de Solórzano, el capítulo 27
del libro 4; y la ley 43 y 55 del título 5 de la partida 1; y al sagrado
Concilio tridentino [sess 5, De reformationis], capítulo 1; y al grande Agustín
Barbosa in [Pastorali 3 parte allegat] 76 número 48 y 49. Y la bula
de Eugenio 2, que está original en el archivo del consejo
supremo de Castilla, la cual concede facultad a los reyes a sus
consejos y lugartenientes de castigar a los predicadores. Que con
ocasión de su oficio apostólico ―del cual debieran usar sincera
y santamente― hablan de ellos con descompostura, desacato
e injuria, o esparcen al vulgo proposiciones escandalosas
con que contristan los pueblos, los turban e inducen a sediciones.
Deje de morder predicadores, que todos cumplen
con su obligación según el talento que Dios les dio. Y no
ha de querer medir la gracia por su natural, que fuera necedad
querer que rebuznara el pájaro y que cantara el
pollino, clame cada cual con su voz que a su majestad y decencia
del evangelio. Conviene en los discursos algún resplandor
que este no quita en la eficacia de la doctrina

que se añada mucho ardor. Que de esto están de manifiesto
los santos padres que no son maestros: Jerónimo, Cipriano,
Crisólogo [s] y León, otro sin número. Y de ese dictamen
siempre quiso ser maestra la ineptitud y los ignorantes o
envidiosos. Cuanto ignoran, blasfeman, dijo San Judas
in sua epistola número 10. Que cum que ignorant blasphemant. Mire que
esos discursos son para arrastrar vulgo y que no se saca
otro fruto que murmuración o el gusto de oírla. Y que fuera
mejor que salieran cabizbajos por sus pecados, queriéndose
por la picazón. Deje eso de revelaciones, que el que las tiene no las
dice porque los secretos del gran rey son sacramentos que
no se han de revelar. Y borre aquello de la celda porque no
viene con su sermón. Que con esto Dios le dará su espíritu. Pliegue
a Dios amén. Mortifíquese vuestra paternidad reverenda y padezca la disciplina
que ha dado. Y entienda que de los ministros superiores se debe
hablar con el decoro y cortesanía que pide la dignidad
y representación de la majestad de un rey tan clemente, benigno,
piadoso y catolicísimo; a quien no debió causar de injusto
e inicuo en los tributos del papel sellado y media anata;
que expende en defensa de la fe con todo su patrimonio;
y reconocer que es su vasallo capellán y súbdito que le sustenta,
alimenta y conserva y muchas de las provincias de su
sagrada religión, que es de las más beneficiadas de su
grandeza real y que fue pecado más que de ingratitud.
Deseo saber un francés, inglés o holandés [que] pudiera destemplarse
más ni reprimirse menos. Aprenda, pues, de las antorchas
más brillantes de la iglesia de San Gregorio Nacianceno
[in Julian orat 1 et 2]. Que, con elegantes apóstrofes,
panegiriza al Emperador Constancio, siendo hereje y que
sangrientamente persiguió a los mayores santos, como refiere
el gran Cardenal César Baronio en el [tercer tomo] de sus anales
[ann, 361, número 21 et seqq folio 10, 28 et seqq]. Y de San Dionisio,
Alejandrino que llamó santísimos a los emperadores
Valeriano y Galieno siendo sacrílegos, nefandos
e impíos. Apud eundem Baronium, [2.º tomo, ann Christi 260],
número 22, página 683. Porque basta ser imágenes y retratos de
Dios para que sean venerados con respectos reverentes,
por mal pintadas que estén. Que no se atiende a la figura sino
a lo figurado. Y procede en términos tan precisos esta obligación.
Que no sólo se deben los obsequios respetuosos al que es
actual superior, sino al que lo ha sido, aunque sea un demonio
altercando. San Miguel, según refiere San Judas en su epístola
número 9 sobre el cuerpo del profeta Moisés, no se atrevió el valiente
arcángel a injuriarle, blasfemarle, ni calumniarle,
sino que remitió a Dios la determinación de la controversia
reñida. Cum Michael (escribe la apostólica pluma) Archangelus
cum diabolo disputans altercaretur de Moysi
corpore non est ausus judicium inferre blasphemiae: sed dixit

Imperet tibi Dominus. La [ca a] deducida de San Gregorio,
San Tomás y Cornelio a Lapide refiere el grande orador Fray Diego
Niceno en su cuadragésima [1 p die reneris] 6, asunto, 6.
El demonio con quien competía Michael era [Lucifer], que antes
que se precipitase de su trono era de jerarquía superior
y el corifeo de los espíritus celestiales. Y conociendo
que en algún tiempo fue ministro superior, no se atrevió
el arcángel a notarle con injurias ni ultrajarle con
desprecios, aunque estaba ya en estado de privación, apagadas
las luces y extinguidos los resplandores del magistrado que
ocupó en la chancillería gloriosa de Dios, enseñándonos que
aunque el ministro sea un Lucifer, ni con detracciones se ha de
afrentar, ni contumelias vituperar. Esta, padre reverendo, es doctrina
del cielo. Esta es la que se ha de imitar, seguir y practicar, y no hacer
sátiras las oraciones evangélicas para ofender y deshonrar
a quien pretendió defender la causa de Dios, del rey, de los indios
y la ejecución de las cédulas de su majestad, que prueban y comprueban
las proposiciones del discurso, corrompiéndolas e interpretándolas
a su inteligencia para concitar e irritar el pueblo.
Y para mejor disponerlo y captar las benevolencias, le estrujó a la
memoria, adulterando las palabras otro papel que con
ingenuidad generosa reformó el señor Don Salvador Gómez de
Espinosa luego que entendió era de disgusto a algunos. ¿Cómo olvidó
vuestra paternidad reverenda esta segunda parte laudable y sólo se acordó
de proclamar la primera parte reprensible? ¿Pues un varón
docto y tan espiritual —como dicen que es vuestra paternidad reverenda, y yo lo creo—
cita los odios cuando había de declamar contra ellos?
¿Violento entraba aquí el diligite inimicos vestros, que
en su sermón a un ministro tan grande hace vuestra paternidad reverenda
ecce homo de su pasión, repitiendo con desordenada multiplicidad
ese hombre? Y cuando vuestra paternidad reverenda se quisiere introducir a
materias extrañas de su profesión, consulte para el acierto
a personas peritas en ella, y no se arroje a navegar
piélagos que no ha cursado. Y sírvase de advertir que no lo mismo
el gobierno que la justicia, como distinto gobernar
de juzgar. Y tenga por cierto que no se escribe esta para
entristecerle ni por el dolor de las injurias, sino por
la defensa de la razón, de la causa y de la dignidad,
y por cumplir con el consejo del Espíritu Santo en los
Proverbios capítulo 26, donde enseña que se responda al que
no tiene razón conforme a ella. Ne sibi sapiens esse videretur
Levantamiento de Ilocos y Pangasinan

Levantamiento de Ilocos y Pangasinan
[a vuestro] santísimo sacramento
Padre nuestro
Necesario es se arme [vuestro señor] padre nuestro de paciencia
porque va de [contó] y [como la gracia es de que alegó]
esfuerza [en fade], aunque se puede tener por
evangelio chiquito. Alzados los zambales que
dicen fue de repente y por el consejo de un mal
viejo que se lo persuadió a Malong. Aunque entiendo
ha sido concierto y trato muy antiguo cuya
disposición se atribuye a la desvergüenza de los
pampangos. Fueron a matar a Campos y alcalde
mayor. En esta ocasión había enviado el
padre prior Fray Luis de la Fuente unos indios a Lingayen.
Y de vuelta [que] vinieron huyendo, nos dieron la
nueva que encontró el padre Fray Luis en este
río de Bauang. Y cuando se iba a Agoo y me
trajo el papel muy afligido, yo le dije podía
ser mentira. Apenas llegó a Aringay cuando se
volvió con deseos de irse a la [amianan]. Procuré
detenerle, persuadiéndole decía asistir a sus ovejas.
{Al margen izquierdo: español llamado Fray Campos
Don Pedro Hidalgo muerto
por los zambales en Pangasinan
Avisó de esto Fray Luis al alcalde mayor de
Ilocos, y a la noche traté de que se volviese
a su partido con Don Pedro Hidalgo y una carta
para los principales de Agoo para que tratásemos
de defendernos de los zambales. Por
la mañana pasó [la un] del Malong con que

[nasaba] a las provincias de Ilocos y Cagayan sino se alzaban y
mataban a los españoles, sus enemigos como lo había hecho él
en su [provincia]. Con que Don Pedro Hidalgo dijo no quería ir al partido de
Agoo con el padre prior, sino que iría solo a saber lo que había porque
no quería le echasen la culpa ni sucedía alguna desgracia. Me pareció
bien. Y después de esto di licencia al padre Fray Luis para que se
fuese a la Amianan con el cobrador del colegio que era un mestizo
que había venido huyendo desde Lingayen de la furia de los
alzados. Salió de aquí a [27 de diciembre de 60] a mediodía. Y
cuando entendí [estaba] ya en [Bacnotan] a la noche, recibí un papelito
suyo pidiendo vino y hostias para decir misa por la mañana sábado
día de la expectación de nuestra señora en Bulanao, adonde le había
detenido por haber enviado por una petaca y [escrivanir] a
{al margen izquierdo: [ojo]}
Aringay donde tenía el santo niño (con quien se abrazaba después
aquella niña cuñada de Pulido cuando Malong la
quería violar). Si bien le costó al padre prior Fray Luis muy caro, pues
fue causa de que Gumapos le pudiese dar alcance y matar al
español nombrado, se llegó la mañana que era la tercera misa
de aguinaldo. Y estando reconciliando unas indias que habían de
comulgar, comenzó a gritar en la iglesia esta vieja [inan] da
risas. Acabé de confesar a las indias y comencé a reñir a la
vieja que me había inquietado. Y muy triste respondió "Estaban
ya los zambales en el río. Me fui a la puerta de la iglesia
e inquirí quienes habían llegado que era un principal de Aringay
llamado Don Juan Cabangon y otro indio de aquí que había ido
con Don Pedro Hidalgo que no nos pudo avisar porque los zambales
de Gumapos guardaban el camino y se vino con ellos.
El de Aringay me dijo "había venido [cuando] que hacían los
enemigos con nosotros con deseos de morir antes que dejarnos
hacer mal". Me fui a decir misa con la mayor devoción
que pude. Y acabada vino Hidalgo y el de Aringay
y la vieja con ellos a besarme la mano. Y preguntándoles
qué había de nuevo, respondió que [hubo luz cabar] los zambales
al mestizo. Y que si tenía armas en el convento

las mandase esconder porque las quitaban. Estando en esto, llegó
Doña Maria Banglas, que tenía aquí el señor obispo (que Dios haya), retirada
con sus hijos, toda desgreñada, para valerse del convento y esconderlos
en él. A que salió Don Pedro Hidalgo y advirtió [que] estarían más seguros
en alguna casa pequeña en el pueblo. Y fue buen [aviso]
porque por mestizos hubieran parecido. Hasta [sazón] a los zambales
con su cabeza o caudillo Gumapos estaban en dos hileras
en frente del convento. Pero no por esto dejó [Jinan Darisay de]
venirse conmigo hasta la escalera de casa. Y me dijo [ledi]
algún [tejo] de los que tenía, que lo escondería. Le di todo [el]
que había que era cantidad aunque ajena. Y en fin se escapó
acabando de [nevar] chocolate. Me dijo un fiscal que cuando [los
gupamuy] y que oyó tocar a santas se le saltaron las [lap
mas]. Y que dijo había de venir a besarme las manos las
nueva [me dio] cuidado. De allí a un rato vino el indio de
Aringay, Don Juan Cabangon, con un capitán de Gumapos, y que
con mi licencia buscaron al español que estaba escondido
en el convento. Mandé a los muchachos [que] le franqueasen todo el convento.
Se volvieron despidiéndose de mí. Desde esto era que hacia las
ocho hasta las dos de la tarde. Dispuso Gumapos el enviar a matar
al español y traer al padre Fray Luis sin saberlo nada. Hasta
que cuando vino a verme me lo dijo porque aunque se había
encargado [aún perdona] luego que acaba de decir misa. Y su
padre [buscaban] al castillo que le [enviste] a avisar. No lo hizo
o de miedo, o que no pudo o que no quiso. Vele aquí señor padre nuestro [co] Fray
Bernardino confuso y cuidadoso de las lágrimas de Gumapos
porque nunca me parecieron bien. En fin, estando en el
coro rezando vísperas, me envió el [conde] Gumapos con
recaudo. Y que en acabando de rezar, me vendría a besar la mano.
Respondí que cuando quisiese me hallaría en el convento. Le vi
luego entrar por la iglesia acompañado de más de veinte indios
de los suyos, sin arcos pero con sus [catanas y vara laos]
Salí a recibirle a la puerta de la escalera. Y habiéndome

besado la mano, le pregunté qué era la causa de su mala venida y dijo
que era enviado de su suegro a buscar el español. Y luego
comenzó a tratar del padre Fray Luis. Y que, porque le había yo ahuyentado,
le respondí que él se había ido con deseos de confesarse
con el padre Fray Joseph [de dicho misar] a Bacnotan (donde le había
yo enviado para que aquel pueblo, por ser grande, tuviese [habier]
misas de aguinaldo y fue [dichoso] porque sólo un Zambal
medio loco llegó allá). Salió luego Gumapos con que le
había de pagar la vida del padre Fray Luis en 500 pesos. Respondí no
los tenía, que no los tenía, que me llevese la cabeza [o cuvo] por su
esclavo, y era en ocasión que parece que el [corazón feliz estaba]
saliendo según lo que le palpitaba. Dijo después como había ordenado
[le trajesen] al padre Fray Luis y al castillo. Le respondí que hiciese
su gusto, entendiendo ya estarían muy lejos y ya estaba muerto
el uno, y el otro venía revestido a pie desde Balanac,
que aunque dice el padre Fray Luis que se pudo huir, no quiso hacerlo
por no dejarme solo. Pero se armó de las vestiduras sagradas
que causaron espanto no a Gumapos sino a los
negrillos infieles pues dicen dijo uno que como le podían matar
estando de aquella manera, no porque lo habían de hacer pues
no tenían orden, ni para quitarme a mí nada por la merced
que Malong y sus vasallos me hacían. Pero Gumapos
llevado de la codicia fue contra esta orden. Si bien pudo llevar
más y con diferente estilo, volviéndose pues a mí,
Gumapos me dio la vida y que antes había él de morir que yo
pero que le diese algo para sus soldados. Después de muchas
razones le ofrecí 20 pesos, y no queriéndolos, le di la plata que tenía
en la escribanía que eran otro 60 pesos más o menos. Dio una palmadita en la
frente y se acordó de dos petacas que había aquí dejado
el padre Fray Luis que, por negárselas, entró en la celda y [despertó]
y abriéndole cajas y petacas, fue poco a poco pidiendo

y quitándome con la plata hasta valor de 300 pesos
con un molimiento notable y aportando conmigo en que me
aseguró estaban alzadas todas las provincias y otros mil
desatinos. Ya dándose de nuevo otra palmadita en la frente
hasta que llegó el padre Fray Luis, avisando pues me dejó. Y el
indio de Aringay llamado Don Juan Cabangan que siempre le asistió
me dijo no bajase y me metiese en su celda. Lo hice así
pero oyendo hablar recio a Gumapos con el padre Fray Luis en
la iglesia, no lo pude sufrir. Y desde la puerta que va al
coro le reñí. Me dio un grito, diciendo, "¿Ya no te he dicho padre que
te estés en la celda que tú no entras en este pleito?", me
[dijo]. Por no irritarle más, volví por la ventana a hablar
hasta que el padre Fray Luis me envió a llamar para reconciliarse
y entonces bajé. Y después nos subimos todos
juntos con Gumapos ya muy amigos porque ya le había quitado
todo el oro y más otros ocho taeles, para que ofreciese un
poquito un principal de [Boralno] llamado Don Guillermo
Cortés con harto disgusto de Gumapos y la vieja de aquí.
Aunque de él que tenía de acá le pagó. Y después volviéndole
el padre de Gumapos, llamado
{Al margen izquierdo: Don Miguel Carreño, padre de
Don Pedro Gumapos}
Don Miguel Carreño [que viéndole]
[previo] el alcalde de Ilocos me satisfizo el padre Fray
Luis y a la vieja que había dado [tres y medio] en estas confesiones
vino a mí el Cortés y me dijo ¿qué habían de
hacer porque si firmaban lo que Gumapos quería, iban
contra el rey, [y] si no los mataría pues ya no tenían defensa
ni había gente en el pueblo? Le respondí [sin mayor]
harta que hubiésemos socorro. En fin al otro día se fue
Gumapos habiéndose despedido de nosotros y habiéndole ya
dicho no dejasen la fe, pues dado caso que Malong pudiese

acabar con las costillas, no podría llegar a Dios que nos había
de juzgar a todos, mandó al gobernador nos guardasen y no nos dejasen
salir ni al pueblo. Luego que pude, di aviso al padre Fray Juan
de Isla como [a visitador]. Y le pedí procurase con el alcalde mayor de
Ilocos enviar socorro a estos dos partidos porque estaban de buen
talante; y en la audiencia del rey nuestro señor si los socorrían. El padre
visitador lo hizo muy bien como se verá hasta lo último. El
domingo que Gumapos estuvo aquí y se fue no hubo a mediodía gallina
que comer. Pero después mientras estuvimos encerrados, hubo
sobra de gallinas y huevos todo de limosna. Y casi todo el pueblo,
en particular las mujeres, confesó y comulgó, y hasta los que fueron
cómplices o en compañía de los que mataron al español en Balanac
confesaron, o todos por mejor decir. Y algunos hicieron
penitencia pública arrepentidos de no haber [descorrido] y haberse
huido a la provincia de Ilocos. Y pero como Gumapos amenazó el gobernadorcillo
de muerte (y que nuestras cabezas y pueblos e iglesia
había todo de perecer) se ofuscó tanto juntamente con el miedo de que
no la matase Gumapos a su mujer que fue a ejecutar la muerte
siendo así que él solo, y por [ser] natural, no hará mal a una mujer.
Grande confusión teníamos el padre Fray Luis y yo en
no saber lo que pasaba con los padres en Pangasinan ni en Ilocos y Cagayan.
Porque de los de Pangasinan, sólo nos decían que estaban ya
todos en Lingayen, ya en sus conventos. De las dos provincias no teníamos
noticia de cosa ninguna. El padre Fray Luis trató de ir a ver lo que pasaba
por allá arriba, dejando el riesgo más cercano y me persuadió a
mí lo mismo,
{Al margen izquierdo: La víspera de
pascua en respuesta
[di] unas candelas que
me envió el señor
obispo, le avisé
de lo que pasaba y
al padre visitador y
alcalde mayor, la
cual carta remitió
su señoría al
gobierno.}
le deje salir la noche después que le llevó el
principal de Aringay Don Dionisio [Maricdem], que cierto se puso
a gran riesgo y fue gran fineza, y la mayor que a este indio en este
alzamiento, porque obrar contra orden expresa de Malong y
en favor de padre [ya se verá]. Al llegar a la barra de
Purao, encontró con el Alférez Lorenzo Arqueros alguacil

mayor de Ilocos que venía en una tropa de Ilocos a sacarnos
de la prisión y se volvió con él hasta Bacnotan donde
me avisó en esta ocasión. Llegó el alcalde mayor Don Alonso
de Peralta a Namacpacan con el padre prior de Batac Fray [Gracalo]
que venía por segundo visitador como dicen los monjes
con toda la autoridad del padre visitador. Y el Padre Fray Joseph
Polanco envió pues orden a su alguacil mayor (a quien había
hecho merced de teniente de alcalde mayor de esta provincia) para
que no pasase de Bacnotan. Tuve yo también aviso [que] venía
una tropa de Zambales y escribí al alguacil mayor lo que
pasaba; y que procurase venirse de presto e ir a tomar
puesto a monacillo que era sitio acomodado para defender
la entrada del zambal a estos dos partidos y provincia de
Ilocos; y que mi carta se la remitiese al mismo alcalde
mayor a quien después escribí en la misma forma pero
siempre a su disposición como [de la pan] experimentado. (Así
de advertir que viendo [llevar] el maese de campo Don
Lorenzo Peding a su prior el padre Fray Pedro Dasmariñas por
nuestra prisión, le pidió licencia para venir a sacarnos y
juntó gente, lo supe y le escribí, advirtiéndole que no tratase
[de virar] porque sólo mil zambales valían más
que todos los Ilocos juntos. Y que asistió con españoles y
arcabucería. Bastante sería bueno venir a buscar los
zambales y que esta carta pasase al alcalde mayor. Y así
se hizo y hoy en día lloran los indios el no haber hecho caso
de esta carta). Pero ahora como vi metido al alguacil
mayor de Ilocos en esta provincia y que para Malong habían ya
pecado los de este partido en haber admitido en Bacnotan
a los españoles e ilocos y juntamente que decían venían
los zambales a buscar lo que había guardado en el

[jarro] como dicen. A la oración pedí una [vaca], que fue bien mala la
que me dieron por la prisa. Y fue forzoso mudarla [en Dalangdang]
y con seis indios con armas. Fui en busca del alguacil mayor que
encontré justo [a Dalangdang] hacia a la Amianan que venía
hacia acá. Llegamos a Bauang antes de amanecer y no hallamos
más del gobernadorcillo porque todo el pueblo [se mudó]. Luego
que yo salí, trataron de esconderse. Se tocaron las cajas y se pobló
otra vez el pueblo y se dio aviso a los de Agoo de la
llegada del socorro tan desgraciado como este fue. Y todos los principales
de aquel partido podían [llegasen] hasta Agoo por el miedo
que tenían del zambal. Hasta [Dalangdang] llegó el padre prior de Agoo
Fray Luis y yo le mandé [que] se volviese, que yo iría a Agoo. No se fue ocasión
de algún disgusto. Y dijo el alguacil mayor que bueno fuera también
que el padre Fray Gonzalo y padre Fray Joseph Polanco no pasasen, pues
bastaba yo para confesarlos a ellos y que menos tendrían los
indios que cargar. Y así le di un recaudo al padre Fray Luis para
los dos padres en esta forma porque no sabía yo [que] venía por
segundo visitador, y con consulta de guerra que decía [que] habían
hecho en que salió que el padre Fray Gonzalo viniese con el alcalde
y el señor obispo y padre visitador se quedasen allá para la
disposición de todo. Y así después de haber escrito el padre Fray Gonzalo
una exhortación a los indios, me escribió a mí que él venía
por la audiencia y que si yo no gustaba, se volvería pues en todas
partes. [era yo vecino pl]. Aunque en su opinión era muy al contrario, pues
se tenía por segundo visitador, y aunque parece [que] importa poco recibir
de esto, es de tanta importancia que todos los disgustos pasados se han forjado
de estos principios. Porque toda la provincia sintió mucho el que
queriendo el padre Fray Juan de Ysla acabar su visita al principio
del alzamiento. Salió el padre Fray Gonzalo dando voces en Bantay,
que «no hiciese tal», que «en tal ocasión era menester [que] gobernase
la provincia un hombre tal», dando a entender que su vuelto de

[vuestro reverendo] padre nuestro no era para nada, sino es [ya que] el gustillo de
segundo visitador le moviese o de visitador [primero]. Pues él lo gobernaba
todo. Que queriendo el padre Fray Lorenzo pasar a su priorato porque
el Padre Medina le pedía por [comp.o] (como si se pudiera hacer
sin agraviarle) y no queriendo serlo, el padre Fray Lorenzo le
trató de inobediente delante el visitador sin que hablase
palabra. Por cuya causa estuvo Purao cerca de un mes
sin ministro o más. Y al venir aquí encontró entre Bacnotan
y Namacpacan al padre Fray Joseph de Sotomayor y le
puso audiencia para que volviera puesto. Y en fin me mostró
a mí una carta del padre visitador en que le daba toda su autoridad
que ya le tenía dado [esto e] in nomine patris. & Y
todos los padres mozos están [a estos] de esto de padres mozos.
Y hasta yo no me [escapé]. Pues en Santa Catalina cuando
veníamos a Narvacan porque había juntado unos indios
de [Dalangdang] para cargarme, y sólo tenía uno
más que él, dijo que tenía tantos años de hábito, tantos
que el señor obispo me pidió [atenderlo]. Era yo su prelado que le
sufriese y metiese aquella entre las de los zambales.
Y en fin por hablar de paporreta dijo al padre delante
sus capitanes que los padres mozos le habían robado [todos] por
[su si en vez y] que ni vaca les daban cuando estaban en
Batac, cuando andaban huyendo de una parte a otra. En lo de
la guerra, cierto trabajó más que todos porque este
evangelio chiquito no ha de dejar lo bueno &.) Volviendo
a la guerra, supimos venían ya cerca los zambales y en esta
ocasión todos los principales del partido de Agoo enviaron
a Don Marcos Macasiam que murió ya ahorcado,
pidiendo al Alférez Lorenzo Arqueros que estaba en
Bauang con su gente que enviase a prender al padre de
Gumapas Don Miguel Carreño que daba aviso al enemigo.
Envió pues al maese de campo Don Lorenzo
Peding que murió en la batalla y después por ser

más temerario o valiente que prudente. Al llegar a Aringay
con cien soldados halló el pueblo sin gente y sólo los principales
que le siguieron a buscar el enemigo que decían estaba ya cerca. Apenas
pasaron el río cuando dieron con el zambal. Y estando hablando
de entrambas partes por las espaldas del Maese de campo Peding,
le apareció Don Miguel Carreño armado con otros seis o siete
indios. Le prendió y entonces exhibió un tejo del oro del padre Fray Luis y
nuestro que había dejado su hijo a su madre o abuela. Y preso le
remitió el maese de campo Don Lorenzo Peding a Bauang. Y por no haber
peleado con los zambales que, por ser pocos, pues sólo eran 102, se
huyeron. Llegando la noche, fue en su seguimiento hasta Agoo. Esta
retirada de los Zambales nos hizo mucho daño. Avisó el Alférez
Lorenzo Arqueros a su [Capitán Tore] por la provincia de Ilocos. Pudo
haber envidia o emulación de parte del superior o deseos de establecer
más su casa. Y dándole aviso después que venían muchos
enemigos, y que le viniese a socorrer, aunque el padre Fray Gonzalo
dicen le persuadió al alcalde mayor no saliese de su jurisdicción que
es Namacpacan donde estaban. Como le apretaba el alguacil
mayor sin esperar las demás gente que venía de arriba, se vino con
el padre Fray Gonzalo y sus [medios castillos]. Y llegando aquí envió
a Agoo a su teniente o alguacil mayor a socorrer al maese
de campo Peding porque los enemigos se llegaban y eran
muchos. Domingo 2 de enero de este año de 61. Después de comer,
llegó [Nicolás Medrano] a toda carrera, pidiendo socorro. Tenía
yo dos tibores de pólvora y me los pidió el alcalde mayor, asegurándome
el de Batac no me faltaría después. Aunque no la
veré [in die bues vita mea], los dice porque aunque quería quedarme
con el uno, apretaron tanto que me rendí. [No traba] decir yo que bastaba
a mí parecer el segundo visitador pero a la pregunta no
viene [vuestra padre]. Respondí con el ["señor sí"]. Llegamos a Agoo tarde
y hallamos a nuestro Lorenzo Arqueros muy ufano y animoso.
En fin dijo que los zambales estaban en Manacleo y que él

daría cuenta de ellos. Dormimos hartos sin comer ni almohadas.
Y por la mañana vino el dicho y aseguró la presa.
Pero volviéndose al ejército, vio muchos zambales y que
remolineaban los ilocos y en fin temió—y con razón porque
habiendo el Maese de campo Peding dejado el buen
sitio para pelear. Como era tan valiente, se fue a meter
con la gente a un carrizal donde tenía dispuesta su gente
sin orden ni concierto. Puestos los valientes en un puesto, sólo
que era un alto, y los demás en hilera, o en [ola] de
uno en uno y envió otra vez a Nicolás Medrano. Se trató
de retirada. Dijimos algunos que no sería bueno pues
teníamos tantas armas de fuego y ellos ni una. Y trató
el alcalde mayor de ir a ver la disposición del ejército,
a quien siguió el padre prior de Batac. Y yo dije iría también.
Y después se ordenó fuese la gente que había con toda la pólvora
y arcabucería, que fue gran yerro en parte a la pólvora
por lo menos. El padre Fray Gonzalo dijo se quería disfrazar
porque, conociéndonos, [no] hiciesen daño a los padres de Pangasinan
de rabia. Se vistió un vestido de un indio sobre el escapulario
y con la panza, parecía capitán muy alentado
de carnes. Yo con mi escapulario y [hebilla] y encima
un capote de color. Estaban los nuestros después de
un estero o arroyo que [se lo] halla lejos por el oriente.
Había peso para los caballos. Y por el poniente pasaba
la gente de a pie. Apenas pues vieron los zambales llegar
la [marcha] de a pie que eran hasta cincuenta arcabuceros con [sus] banderas
y clarín, cuando dieron por aquella parte el "Santiago"
con tanta prisa que apenas nosotros pudimos llegar a los
nuestros. Respondieron los arcabuceros disparando, pero
fue dos veces no más. Que si no huyen de la [multitud]

de las flechas, vencemos así como se dio el Santiago el padre Fray
Gonzalo [como] más [cinco pico] hacia a aquella parte. Pero como vio que los ilocos
se huían, fue el primero también que [volvió] las riendas, y luego todos,
dejando la polvera al enemigo. Y al pasar el mal paso por no acertar
el padre Fray Gonzalo el camino, se pudo perder. El alcalde corrió
también riesgo y en particular el maese de campo Don Alonso Solibuen
porque se le huyó el caballo y milagrosamente se le detuvieron y se
libró. En el [pasado] el paso malo que era buena campiña, vimos estaban
peleando allá arriba el maese de campo Don Lorenzo Peding y procuramos
detener los indios pero fue imposible. En fin este valiente
iloco murió en la batalla y por sumamente se le cayeron a todos los
ilocos las alas del corazón y no quisieron resistir al zambal.
Murió otro maese de campo por su [parte] porque era viejo y sin
provecho. Y queriéndole dejar el alcalde en Vigan, no quiso, y
después en Agoo le mandó no fuese al campo y se fue [a la] camarín.
Llamaban Don Pedro López de Vigan. No se puede contar las lástimas
de las mujeres, viejos y niños. Procuré no detuviésemos en
Aringay y no hubo modo. Luego en Bauang tampoco porque al
llegar aquí, ya los indios estaban por delante. Sólo los principales
aparecieron. Le rogué al alcalde mayor le detuviese. Y como
los indios pasaban todos seguidos, yo doloroso de mis iglesias estaba
dudoso y no trataba de ponerme a caballo tan a prisa, aunque
juzgo había ya entrado en mí el miedo por haber ido a la batalla.
En fin el Padre Polanco que estaba achacoso se halló bueno para
subir a caballo. Y el padre prior de [Basne] se apeó y vino a mí y
me dijo, «¿Qué hace vuestra reverencia? ¿Trata de tentar a Dios? Vámonos a Namacpacan
que allí se hará defensa contra los zambales». Obedecí
de suerte que no subí arriba y sin más que lo tenía a cuestas. Y
saliendo de aquí a la oración, llegamos a Namacpacan el otro
día, que fue martes 7 del mes, sabe Dios cuán cansados y afligidos.
Y todos los pueblos desde Agoo se conmovieron pero algunos
indios se detuvieron, otros pasaron hasta Laoag y en todas
las fugas hubo [paridas] en el camino. ¡Qué desdicha!

Llegados a Namacpacan, los indios estaban temblando los unos,
los otros, deseosos de no ver al enemigo que nos fue siguiendo.
Entre nosotros todos éramos votos consultivos y ninguno decisivo.
Digo que todo era hablar sin que se ejecutase cosa
por la poca confianza que se tenía de los indios, o poca disposición
de guerra. + En esto trataba yo de volverme a mi partido aunque
{Al margen izquierdo: + (Con mi carta de Bauang y otras nuevas que envió desde aquí el padre Fray Gonzalo al padre visitador, le obligó a hacer aquel despacho a Cagayan con el padre Fray Lorenzo que no pudo pasar; que esta carta que quieren haya sido causa de declararse por alzado Don Juan Magsanop. De esta carta trataré en otro lugar, dando razones bastantes en contrario.)}
había gran miedo cuando llegó una audiencia del padre
visitador para que nos retiráramos, pues no se obraba nada.
Pero venía condicional con que nos pareció: no dejar
al alcalde mayor ^ porque se había de quedar solo. Los demás
{Al margen izquierdo: ^ Don Alonso de Peralta}
religiosos, decía el padre Fray Gonzalo de la Palma que se retirasen. Y así
escribió al padre prior de Narvacan. Que, habiendo sido el portador
y se quedó en Tagudin, que si no había [audiencia] para el [señor viejo]
para que se retirase, que se la pusiese el que bien podía. Porque
el [padre] segundo visitador le daba autoridad y no [pudo].
Y ha sufrido. Y le dije que no podía.) Llegaron nuevas que
estaban los zambales ya en Bacnotan y que eran 7000,
con que viendo la poca disposición y gran miedo de los indios
venimos en que nos fuésemos. Llevamos de camino al
padre prior Fray Pedro Dasmariñas que llegó hasta Candon porque no
tuvo mucha gana de pasar adelante ni gente. En fin Fray
Gonzalo de la Palma pasó hasta Bantay. Y juzgo [que] diría al padre visitador
que yo les había insinuado; que había hecho muy mal
mandar retirar a los religiosos sin consulta del señor obispo[.]
El padre Fray Cosme de [Ayz], Fray Joseph Polanco, Fray Joseph de Sotomayor
prior de Narvacan y yo nos detuvimos allí. El de Tagudin
se volvía a su casa y encontró los zambales en Santa
Cruz que le hicieron buen pasaje y le pidieron [que] escribiese
al padre visitador que se volviesen los religiosos a sus conventos
para que los pueblos tuviesen misa. Después se fue al
monte el Padre Mariñas por no tener quien le asistiese en el

en el pueblo, estando los demás en Narvacan. Llegó el padre Fray Benito
de [Mena] muy arrestado y con carta del padre visitador en que nos mandaba
a todos los religiosos no fuese nos a Bantay, pena de
mal [caso]. Y a los de la Amianan, que es a la parte del norte, envió al padre prior de Sinait
(aunque solo diga si yo gobernara muy diferente, mandara yo). Dijo
el padre Fray Benito era para hacer consulta para embarcarnos
todos. Entonces, hablé a los padres y les dije que el primer vos
era el mío por vuestro [p.l] y que [a] mi parecer, había [de ser] que cumpliésemos
con nuestra obligación. Pues sería gran desdoro de la
religión que se dijese que sólo para el oro queríamos ser ministros,
dejando nuestras ovejas en tiempo de la tribulación. Todos son
testigos y aun dijeron [que] me seguirían. Y en [día] dije al padre Fray
Benito que me refirió una fuerza de que trataba el padre visitador
para defendernos o para por tales como fue, que íbamos
perdidos. Y más cuando le oí decir había escrito también llamando
al alcalde y Don Alonso [Solibuen] que estaban en
Agayayos, adonde [paró] de la fuga y en donde le advirtió
el padre Fray Gonzalo [que] importaba toda su reputación [que] asistiese, y que
entre los dos, había habido voces sobre esta retirada o fuga que
se intentaba. Y que el padre visitador le había dicho al padre Fray Gonzalo
que aquello importaba y que él sabía bien lo que hacía. Llegamos
todos a Bantay y [Somalo]. En esto hubo nuevas del
socorro de Cagayan con que fue todo alegría. Y [ser lejo] la llamada de los
padres de la Amianan, y os [onlose] blasonar a algunos desde la cama.
Dije a mí sé yo, a fe que si hay nuevas del zambal que será otra
cosa, como sucedió que todos se [herbaron] y fueron llamados
a Vigan del [y] obispo. Yo no pude ir adonde no se trató cosa
de importancia. Y en cuya ocasión, dio el padre visitador licencia
a los padres para irse adonde quisieren, y en fin, [decía]
era de parecer el señor obispo podíamos en esta ocasión dejar
nuestras ovejas. No lo pude sufrir. Y desde la cama le escribí dos
letras [holgarame], viviera y refiera la carta, solo digo.

Respondió [que] no sentía tal y que solo había traído a la memoria
las mismas razones para que no debía dejar su
obispado. Vino el padre visitador de Vigan y trató de
[embarcarse] con el padre Fray Antonio y Fray Luis, si bien ningún
gustaba de ir con él, que antes querían pasar a Cagayan,
o arriba como después lo hizo el padre Fray Antonio que a Fray Luis
no se lo consentiría por no ir solo en el sampán. Y me
dijo, «¿Cuándo se embarcó vuestra reverencia?». Le respondí que, «nunca si la
obediencia no me obligaba, pues yo se lo mando a vuestra reverencia en
virtud de santa obediencia». Dijo el padre visitador a que baje
la cabeza y dije «ahora sí». Estaba allí el padre Fray Gonzalo (que
si va a decir verdad, él [solo], el padre difunto Fray Joseph Arias
y yo éramos los más fijos en esta opinión, aunque él fue
más dichoso, que lo cumplió mejor muriendo por esta causa). Y
dije al padre visitador, «Mira vuestra reverencia lo que hace». Tomé entonces la
mano y le dije que era de gran inconveniente el desamparar
todos la [provincia], y que pues el padre prior de Batac, padre Fray Cosme
y yo nos queríamos quedar, [que] nos dejase. En fin, dijo que sí, pero
que si el señor obispo se embarcase, no nos quedásemos. Dijimos
que sí y añadió [que] le persuadiésemos a embarcarnos como
él lo hacía. Cierto que esta diligencia del padre visitador que fuera
muy acepta a Dios si en un sampán [que] mandara, se embarcaran
todas las españolas, y que el otro sampán estuviera
prevenido para los españoles cuando no pudieran
resistir en Agayayos. Pero no había de haber sacado de allí
el alcalde hasta la forzosa, pues había caballos y [modo]
o que en la fuerza que decía [que] se defendiesen como se lo dije y
a él que solo en esto había faltado o errado tocarse a la guerra.
Dejó los religiosos aparte y me respondió [que] era ese su
intento, pero que los indios no acabaron la fuerza y que dejaron
luego a Agayayos. [Dígalo] por qué él les [mucho] matalotaje.
Él lo dispuso todo y lo trabajó todo, aunque al
alcalde le ha salido muy caro, pues perdió su reputación.

A nueve huimos de Namacpacan, que fue domingo infraoctavo
de la Epifanía, y viernes a la noche 14, día del Santísimo Nombre de
Jesús. Se embarcó o fue a embarcar el padre visitador el sábado por
la [mañana]. Nos fuimos los tres a casa del señor obispo y [yo] con harto trabajo
y todos los españoles a la barra, fuera dos criados del señor obispo y el
alguacil mayor de la [provincia], Lorenzo Arquero, que aunque tuvo orden para
embarcarse, no quiso. Y pasaron, cuando llegó el zambal, todos
arriba para irse a Cagayan adonde padecieron grandes trabajos
con los religiosos que estaban allá. Estando ya el zambal en Narvacan,
pasaron los indios unas cartas del general Don Felipe Ugalde
para los dos alcaldes mayores de Ilocos y Cagayan en que avisaba
de su llegado a Lingayen y venida por tierra del general Esteybar.
La abrimos [desde] Ilocos y muy gustosos la remitimos por la [provincia]
arriba. Avisamos también al zambal y que se retirase y que
no hiciese daño a los pueblos, pues le habían hecho buen [palege].
No quisieron darnos crédito y en fin entraron en Vigan [el]
viernes, 21 del mes de enero. Ya estaba consumido el santo sacramento
y [purgado] del señor obispo. Y por parecer conveniente para
causarles respeto, les aguardamos con la misa. Porque decían [que]
deseaban oírla por haber muchos días que, por falta de sacerdotes,
no la habían oído. Y los recibió su señoría altísima, vestido de pontifical,
y nosotros como para decir misa. El primer zambal que
llegó fue uno de Binmaley que llamamos el Llorón. Y se echó a los
pies del señor obispo, llorando y diciendo que venía forzado, sin duda
era así por lo que después experimentamos de él. Pues llegó a porfiar
tanto que dio el señor obispo licencia al padre Fray Gonzalo para que le
confesase como lo hizo. Luego el sargentillo mayor y cabo
de los enemigos Don Jacinto Macaraeg, que hasta hoy no se sabe de
cierto si vive o murió. Y parece a todo permisión de Dios por el
diferente estilo y respeto con que nos trataba, siendo así que todos los
demás principales han pagado su delito. Luego Gumapos, y no quería
llegar a besar la mano a su señoría altísima, o de miedo o vergüenza.
Y luego otros que oyeron misa que dijo el llamado Don Jerónimo de
Leyva y los demás se esparcieron por el pueblo mientras
[a robar]. Al salir de la iglesia encontramos con un indio
con la

con la mano casi partida por medio que fue por querer defender no sé
qué oro. Y todo el pueblo se quedó en la iglesia, excepto algunos
principales que fuimos sacando los religiosos y metiéndolos en casa del señor obispo
adonde padecimos todos dos días [de] calor [y] hediondez, porque nadie podía
bajar sino nosotros que acudimos a los de la iglesia, y en particular
el padre Fray Gonzalo, o por más suelto o porque Dios le dio más ánimo, lo
trabajó mucho. Al entrar el zambal en el pueblo se fue
a reunir al río y desde entonces cobró tanto ánimo que solo
él no reparaba en meterse entre los enemigos. Aún [lo se] dieron unas
heridas y venía, huyendo por la calle de la casa del señor obispo y cayéndose.
Y aunque le vimos todos, ninguno bajó a confesarle, aunque
es verdad que su cura aseguró [que] era loco. Solo el padre Fray Gonzalo que estaba
a la puerta de la iglesia o dentro, fue allá y le absolvió debajo
de condición y en fin lo trujo debajo de casa donde murió
y le enterramos. Todo este primer día, solo fue el padre Fray Gonzalo
en dar morisqueta a los niños que estaban en la iglesia y arroz
crudo a los grandes [hasta] ir, acompañando al río a los que iban por
agua para darles de beber. Y para nosotros todo el tiempo del
asedio, era menester ir alguno en compañía de los muchachos
o algunos zambales de los que nos hacían guardia. El padre Fray
Cosme y yo también acudimos a llevar alguna comida, si bien
Fray Gonzalo era el repartidor. Llegó la noche en que propusimos sería
bueno hiciésemos guardia a los indios que estaban en la iglesia. Y dije
yo [que] dividiésemos [por] la noche en dos [cuartos]. El uno padre Fray Gonzalo
con el llamado Don Gerónimo de Leyva, y el otro el padre Fray Cosme y yo.
Y que el padre Fray Gonzalo escogiese su [cuarto] por estar más cansado.
Estuvieron todos hasta las once y media de la noche a la puerta
de la iglesia, abierta la puerta y la guardia de los zambales a la
entrada del patio. Y desde esta hora estuvimos el padre Fray Cosme
y yo hasta la mañana (doy se la a cualquiera de los más valientes
que tanto mal dicen de los religiosos). Allá a las tres de la mañana
vino a mí una pobre india, pidiendo misericordia que estaba muriéndose
de sed. En fin salí a los zambales que estaban de

posta y les llevé un tibor para que fuesen por agua al río. Era buena
gente y obedecieron. Y yo entré mi tibor de agua en la iglesia con
que se conmovieron todos los indios. En fin hicimos traer el padre Fray Cosme
y yo hasta seis tibores de agua con que se refrigeraron los más necesitados
y se sosegaron otra vez hasta la mañana. Todo aquel día, se hizo la
misma diligencia que el día antes, dándoles de comer y beber. Y era
cosa notable que muchos zambales traían morisqueta y carne
asada y nos la daban para repartirla a los encerrados. Y este día
comenzaron los zambales así sacando de la iglesia indios a toda prisa.
En fin, pedimos al sargento mayor Don Jacinto Macaraeg que los dejasen
ir a sus casas que allí perecían de sed y hambre y hediondez. Además
que mejor les servirían allá y todos pasarían con más descanso.
Por la [mañana], domingo, salieron todos de la iglesia (adonde
no se dijo más misa del primer día, ni aún tocando los zambales
mismos a la oración les seguíamos sino que después del rosario
que siempre se rezó, hasta en el campo rezábamos la oración). A
la tarde, nos dejaron la casa libre los principales, y [los] principales
que los llevaron a sus casas habiendo hecho primero gobernador
del pueblo el zambal a Don Juan [Calibozo]. Y desde entonces, cada
zambal procuró coger los esclavos que pudo. En la iglesia
se habían quedado los sacristanes y en el mismo baptisterio mataron
a uno y [funa], quitando la ropa de la sacristía, y a otro negro
que se quitó [vala] de la iglesia le llevaron medio carrillo de un
golpe. Vino, huyendo a nosotros y mientras se pidió licencia para
ir a confesarle. Le llevaron detrás de la casa del señor obispo
y queriendo bajar el padre Fray Gonzalo supo le habían acabado. Solo
los tres referidos vimos heridos, que los demás que mataron que
fueron muchos. Pues solo de Bantay dice el padre prior [faltan] 80.
Era allá donde no los veamos. Si bien los cuerpos dejaron
tendidos. Los de algunos en el [arenal] y camino que cuando pasamos
a Narbacan vimos con harto dolor de nuestros corazones. Después
de esto, toda era bulla [de] arcabucería [y] repique de campanas así
en Bantay como en Vigan. Y [para] nosotros todo era desconsuelo. Habían
los indios de Vigan traído sus cajas y ropa, unos debajo de casa
del señor obispo, otros puesto la arriba. Sobre esto había gran

cuidado de parte de los zambales por asegurarla para sí y de la nuestra
para sus dueños. En fin, el sargentillo mayor no cumplía la palabra que
había dado de venir hablar con el señor obispo y el padre Fray Gonzalo que era
el más diligente (aunque por no dejar de hablar, les dijo a los zambales,
cuando yo no deseaba más que no lo supiesen, que nos habíamos hallado
los dos en la batalla de Agoo. Pero juzgo será mentira lo que
[curaron] allá, dicho también que los españoles los habían de quemar
todos sus pueblos, y que por eso quemaron a Vigan, cuando ni aún
noticia de la quema de Dagupan o Bacnotan de Pangasinan
determinamos darles, siendo así que sus mismos Binalatongan
habían quemado este pueblo). Se determinó de ir al parián adonde
estaba el sargentillo mayor para ver lo que trataba. Y en estos [andamos]
{Al margen izquierdo: y en casa del señor obispo, hicimos lo mismo con los que quedaron allí}
confesó a algunos y bautizó no sé cuántos +. Y en esta ocasión,
supo había llegado un sampán a la barra que venía por [Bandala]
y engañó a los zambales con el [hecho] que les iba a echar
los españoles de la provincia. Y entrando en el sampán escribió
al general Don Felipe Ugalde a Lingayen, apretándole para que viniese
sobre los zambales y dándole noticia de todos. Que aunque no aprovechó
esta diligencia por malicia del Arráez, que no fue a Pangasinan,
fue para nosotros de gran consuelo y la mejor que obró
Fray Gonzalo y que le pudo costar la vida. Pues declaró Don Jacinto
Pacadua al pie de la [cruz] que había tenido intento de matarle
de vuelta del sampán si le hablaba mal. Y cierto que a
nosotros nos dio cuidado mientras no le vimos. Los zambales
llegaron hasta la cuesta de [Badoc], de allí no pasaron porque
eran pocas las tropas que llegaron allá. Y los ilocos y el Alférez
Lorenzo Arquero tenían allí gente y los hicieron volver
atrás, viendo que los zambales andaban ansiosos por la hacienda
que estaba en la casa del señor obispo, y que teníamos noticias de los
muertos y veíamos el desacato a las iglesias. Les maldijo
su señoría ilustrísima y los descomulgó a todos aquellos que matasen o tocasen
en [cosa] de la iglesia o de su casa. La cual descomunión
publicó en iloco el padre Fray Gonzalo. Y después de haber
hablado largo, tomé yo la mano y dije lo que pude y con

algún espíritu y gusto del señor obispo, advirtiéndoles que no venía bien
el decir [que] no dejaban la fe con lo que [se] obraban, y que ya no era en
odio de los españoles como decían, sino en odio de la fe y [ofensa]
de Dios, etcétera. Y cierto que estaba por lo menos todos los principales y
aún casi todo el ejército allí, y que nos oyeron con atención y se habrán
acordado bastantemente de nosotros. Cuando había algo de nuevo,
siempre se valía el señor obispo de nosotros y para todo y en primer lugar
del padre Fray Gonzalo, y faltando él, nosotros. Porque los señores clérigos
hubieron perecido con su pastor a no habernos quedado los religiosos
en su compañía. Se me quedaba el decir que cuando el alcalde
mayor se retiró de Agayayos, fue a Vigan y trató, por parecer de los
españoles e indios principales, de quitar las cabezas a todos los
zambales que había presos allí. Pero acudió el señor obispo con una
descomunión con que se libraron e impartió mucho para sosegar algo
a los enemigos, porque luego preguntaron por sus zambales. Y como
los habíamos remitido allá arriba cuando quería entrar el enemigo
el pueblo, enviamos luego por ellos. Nuestro alcalde
mayor y padre visitador tiraron de la barra de Vigan hacia Batac +
{Al margen izquierda: a esperar el socorro de Cagayan (que esperando tiempo para que viniese por mar, no quiso el alcalde mayor enviar los cagayanes por tierra sino después que supo había llegado Magsanop a [Pata]. En fin era castigo del cielo esta que había de venir a esta provincia con que todo [se obró], porque no faltase lo decretado allá arriba, que con poco socorro había bastante y aún si Don Felipe Ugalde hubiera enviado un sampán luego, etcétera.)}
y los vientos no les dieron lugar. Y así trataron de irse a Manila
como a la fuente del socorro necesario para la provincia. Supieron en
Bolinao [que] había fuerzas en Lingayen [y] fueron allá. Y importó cierto
mucho porque los padres de Santo Domingo aseguraban a los generales [que]
no había zambales en Ilocos. El padre visitador y el alcalde
mayor les aseguraron lo contrario con que al otro día marchó la gente,
de que doy gracias al señor porque esta fue la causa de librar
los pueblos e iglesias desde Santa Cruz. Y en particular [hasta] que
fuera mi muerte si la quemaran. Después el alcalde
mayor fue en sampán a Vigan con el padre prior Fray Luis de la
Fuente y el padre visitador por tierra con el ejército, de que ha
resultado levantarse los testimonios a que se satisfará después.
Volvámonos a Vigan adonde iba faltando todo, pues después
de haber comido los gallos, solo vaca era nuestro regalo. Cuando
yo fui a la casa del señor obispo, iba malo y lo estuve hasta que llegaron los zambales.
Se trató de enterrar la plata, así de la iglesia como las demás.
Don Gerónimo aseguró no darían con su entierro, siendo así que el

el primer difunto que resucitaron los zambales fue el suyo.
Yo llevaba 300 pesos que me había entregado el padre visitador,
cuando los pude llevar al sampán y los manifesté. Y los enterró
el Padre Miguel de Quiros debajo de casa con la plata de
Tagudin y en la iglesia otra petaca llena de plata, toda
resucitó pero lo que no era de iglesia [vuestra]. En fin como vimos que
todos los entierros acertaban, escribió el padre Fray Gonzalo un
papel a Macaraeg para sacar la plata de Tagudin que aún no
habían dado con ella. Para que no hubiese disgustos, dispuso su [pestilencia]
de hallarse presente. Se llegó el tiempo del desentierro
que fue ocasión de dar el saco a todo lo que había debajo
de la casa del señor obispo con tanto ímpetu, que el padre Fray Gonzalo
subió más que de paso acompañándole un [hierón] de
Malong, al parecer buen indio. Y después, en otro acometimiento
que dieron a lo que estaba arriba en el cuarto de Don Gerónimo,
se echó por el corredor, o de miedo o porque quiso. Era [Flandes] [que]
[vio] los ladroncillos que subían a ver si podían agarrar
algo, y saliendo alguno de nosotros, se huían. Al principio
nos cerraban la puerta, no sé si por guardamos [o] [porque sí],
si bien siempre abrían si habíamos menester algo.
El jueves a la tarde dijeron que habíamos de salir para
Santa Catalina y nos trajeron indios para la ropa, y entró el
Conde Gumapos con deseos del saco a engañarnos con andar muy
listo, [triando] nuestras petacas para apartarlas y saber los
indios que habíamos menester. A mí me habían quitando todos los
muchachos, o por darme pesadumbre o por saber si había más
plata u oro. Y viendo uno que acompañaba a Gumapos, bajé
abajo y se lo pedí. Que fue el mismo jueves por la mañana,
y sabiendo de los otros dos, me los negó de miedo. Y estábamos entre
los dos componiendo la ropa. Y yo, buscando un papel de
importancia, y por detrás, un viejo endemoniado me quiso
la hamaca y pabellón +, y viéndolo yo se lo volvía a quitar. Y
{Al margen izquierdo: Por tres veces}
en esto, entró Gumapos, y la primera acción que hizo fue

echar la mano a un [tibu] blanco de bocadillos y sacó y comenzó a comer.
Luego, dio en una petaquilla y sacó un llavero de llaves. Yo arrastré dos
petacas que tenía y las saqué a la sala. Había allí una petaca con la
mejor ropa de Tagudin y la imagen de [pasta] de aquí. Y no me atreví
a sacarla, no sabiendo [que] me darían gente. Y era tal mi opinión que solo
una sobrecama, el [breviario] y el Belarmino en Iloco me parecía
podría escapar y así lo traía conmigo. Dije pues a los zambales que la
comenzaban a saquear, «mirad que en esta petaca no hay cosa que no sea
de la iglesia. No la toquéis». Apenas di la vuelta cuando la hallé
vacía y la imagen de nuestra señora a un rincón en el suelo, cargué con ella
y entre la plata que restituyeron de las iglesias, que fueron dos petacas, vino
la casulla verde de Tagudin sin estola ni manípulo. Y la puse
sobre la imagen adonde pereció o le hurtaron cuando quemaron la
casa. En este saco, llevaron mucho oro que había en petacas y cajas
particulares, y las del señor obispo que habían entregado a sus criados,
los indios. El señor obispo dio su báculo a Gumapos para que se lo
guardase. [Va] de [triste], de la casa del alcalde mayor, habían traído
unas candelas y unas tres petacas. El padre Fray Gonzalo, como amigo
suyo, o por mejor decir por hacer bien en que ponía todas sus
fuerzas, trató de librar estas petacas, porque antes del saco, el señor
obispo trataba de entregarlas a los zambales que sabían de ellas
por librar lo demás. Y el padre Fray Gonzalo se las dio al sargentillo
mayor para la una, otra para Gumapos, y la otra que se lo guardasen,
o las dos, más uno cien pesos, más o menos. Pues al dejarnos los zambales
cada [lang], digo en Narbacan, decía el señor obispo [al] padre Fray Gonzalo,
«¿cómo [en] de cien pesos y petacas, como a vuestra ilustrísima de [báculo]?+. «No,
{Al margen izquierdo: + respondía Fray Gonzalo}
yo se lo di a Gumapos para que viéndole los españoles con él.» «Le costase
caro», respondía el señor obispo. De este saco nos quedamos sin [plata]
ni cosa de que poder echar mano por que todo se lo llevaron sin
dejar cosa alguna. Solo al pontifical del señor obispo que estaba
apartado con nuestras petacas no tocaron. Si bien por no querer su
santísima no se escapó el pabellón y otras cosas, o todo y por no tener criados,
a Don Gerónimo, hasta la cama le quitaron. Aunque escapó otras
cosas, todo lo que podían, arrastraban. No habiendo quien se lo [im]

Tampoco el padre prior de Laoag se ha escapado de testimonios, pues
publicaban los españoles [que] había echado de repartimiento en su pueblo
el oro que dos principales de Laoag habían dado a Magsanop, habiéndoselo dejado
el padre Fray Luis para que se le guardasen o para una custodia que
nunca se hace. Lo que supe fue que se lo pidió a los dichos principales,
supuesto que su oro de ellos no lo habían dado al enemigo, que no
era razón [que] perdiese él el suyo. Y ellos lo buscaron como pudieron
o lo habían concertado cuando se determinaron a entregárselo al
Magsanop. El segundo testimonio era acerca de pedir licencia
para enterrar la cabeza de Bisaya porque había llevado [15] tres. Y
dice su madre no hay tal otro acerca de una confesión y declaración
de un ahorcado, siendo así que fue otro su confesor. Por aquí
puede vuestro reverendo padre nuestro conocer que verdad tendrá lo demás.
En lo de Don Ysidro me aseguró que el padre prior de Manila
Fray Antonio [Carrión] le había ofrecido el hábito y rogado le con él. Yo
le aseguré que dado caso que vuestro reverendo padre nuestro le diese el hábito, no le daría
licencia para tomarlo acá por no ser sacerdote. Y que fuese a pedirlo
a la ciudad de Manila y que advirtiese que solía yo aconsejar muy
bien. Dijo que todos le facilitaban la tal licencia y que yo escribiese.
Lo hice de modo que le di la carta abierta, porque me pareció que con
decir, dependía de allá la aprobación, y que había dado acá prueba
o muestras del buen paño. Aunque significase la falta de religiosos,
importaría poco. Perdone vuestro reverendo padre nuestro si yo erré. Ya le
despaché con Dios.
Parece haber ya respondido en este proceso o [Paulin]
tres de vuestro reverendo padre nuestro, que la fecha de la última es a 17 de mayo. []
Me falta decir cómo avisé a la provincia de las muertes del Padre Quesada [y del] []
Padre Sarabia, y que entiendo vuestra reverencia que el padre Fray Marcos Zapata [no
lea] al Padre Medina, pues no es persona que trata de pleitos a []
entender, ni el Padre Medina le oye como lo experimenté en este [[vi]a]
La caja de los ornamentos quedó en Bantay para que el padre prior [lar]
habiendo ocasión. Pido a vuestro reverendo padre nuestro perdón del modo de [es]
que como es larga la carta, no se puede hacer traslado y como [salía]

Aunque este año ha sido de destrucción para las iglesias, esta
no ha entrado, sea Dios bendito, antes ha tenido aumento, pues se ha hecho
un ornamento de [lanía] blanco frontal, casulla, capa. Y en esta
ciudad se están haciendo las almáticas y paño de abril de lo mismo.
Y ahora hay otra limosnita que me mueve a enviar la cruz de plata
que son 15 piezas, y dice el libro pesa todo 166 pesos para que de [ella]
y [peso] de 20 pesos más que va de plata quebrada en una media. Se sirva
vuestro reverendo padre nuestro de mandar hacer al hermano Fray Manuel una cruz
y ciriales del tamaño y hechura de la de Dingras que corrió por
su mano, haciéndome merced vuestro reverendo padre nuestro de darle la plata que
fuere necesaria, que avisándome vuestra reverencia de la cantidad, la enviaré
en oro. O si no gustara vuestra reverencia de este metal, que el hermano pida la
plata al Sargento Mayor Hernando Ponce, que la dará luego, por cuya
mano remitió allá la cruz, que además de ser larga de cuerpo y
pequeña de cabeza, tiene mucha plata y no tiene ciriales que
es gran falta. Estimará en mucho padre nuestro [que] se obre luego para
gozarla antes de capítulo. Y perdone vuestra reverencia la llaneza, que es de
hijo de vuestro reverendo padre nuestro, cuya vida guarde nuestro señor largos años como esta provincia [amonesta].
Bauang 13 de mayo de 1661 años.
[]
Padre nuestro
Beso la mano de vuestra reverencia su más humilde súbdito y vuestro hijo.

impidiese. Algunos indios tuvieron ventura, que tenían su
oro en el pontifical del señor obispo. Y se lo escapamos porque con
el saco se dilató el viaje para la mañana. Y aquella noche aunque
el señor obispo se afligía con este oro, no nos fuese causa
de alguna desdicha. El padre Fray Gonzalo lo tomó, y en su pabellón
solo lo puso en seis [a] ocho bolsones y [nos] lo repartió a los
cuatro y lo [sacamos] en las faltriqueras. Yo llevé tres bolsones,
dos en las faltriqueras, y uno en la abertura de la
manga del jubón, habiendo andado a pie casi hasta Agayayos
desde Santa Catalina. En Agayayos, enterró el padre Fray Gonzalo la
mayor cantidad con que me aliviaron a mí. Y después, cuando
se volvió Don Gerónimo a Vigan, se lo entregamos lo que llevamos
hasta Narbacán y fue a desenterrar lo que había quedado en Agayayos
para dárselo a sus dueños. Este es el oro que quitan
los religiosos, pues a fe mía, que eran más de
200 taeles. Partimos por la mañana, viernes, a Santa Catalina.
Que ocho días estuvieron los zambales en Vigan, nos dieron indios
para nuestra ropa y caballos para nosotros, excepto el señor obispo que
fue en hamaca. Y al salir de Vigan, vimos los muertos y el
fuego que pusieron a Bantay y Vigan. Aquí solo quedó el [tamboboay]
del padre. En Bantay, el convento con su iglesia y una casa dejada
en las visitas de este partido a la Amianan habían quemado
a San Idelfonso. Pero quedó la iglesia, en el de Sinait a
Cabugao. Y quedó también la iglesia, aunque dicen no fueron
zambales los que pusieron fuego a este pueblo. Llegados a Santa [Catalina]
con nuestra ropa y dos petacas de plata de las iglesias. Que aunque
se las entregábamos a Don Jacinto Macaraeg, no las quiso sino que dio
indios que las cargasen. Iba yo por delante y quise que nos aposentásemos
en casa de Don Pablo de la Peña, que también ha muerto, ahorcado. Mas,
[vi] la llena de gente y ropa, y escarmentado de Vigan, pasamos
a otra casa de un principal que estaba ausente, y su casa
vacía. Subidos allí, vino Gumapos, y le pedimos de

comer. Y dijo que luego porque aún la gente andaba alborotada,
y era que andaban robando y matando. Vino después con una
olla de morisqueta y baboy, y el organista de Bantay que no sé como se
llama. Algunos [ongotes] que son cáscaras de [cocos] nos sirvieron
de platos y ricos vasos para comer y beber. Aquí me sucedió un caso
notable y fue que estando yo sentado con el señor obispo, se entró un
zambal en la casa desnudo, solo con su banque y con su baralao
y catana, preguntando no me acuerdo bien, si por el padre vicario provincial o padre
Fray Bernardino, por mí. En fin, me levanté y yéndome hacia él.
Con harto recelo, se hincó de rodillas y me dijo, «padre esto que hacemos
no es conforma a la ley de Dios y así perdóname y échame
una bendición». No sé lo que hice. En fin, se fue. Dios le haya dado
muy buen fin, o le dé buena muerte si viva aún. Allá a la
tarde, pusieron fuego a la casa de Don Pablo de la Peña después de
haberla saqueado y muerto en ella, no sé cuantos. Viendo pues nosotros
estaba cerca el fuego, bajamos la ropa abajo. Y luego vinieron
los zambales más principales y nos dijeron [que] [venía] ya el
fuego, que nos mudásemos. Y en fin, sin querer, cargaron ellos mismos
con la ropa y nos la llevaron a otra casa hacia el poniente
adonde fuimos, siguiéndolos. Subida ya la ropa a la
otra casa, pusieron fuego a otras casillas de la misma casa y
pedimos nos bajasen la ropa, adonde quisieron [perder] nuestra
petaca pequeña, pero subí arriba y yo la arrastré. Salió Don Jacinto
Macaraeg y, disparando un mosquete a pechos delante nosotros.
Echó un porvida de Don Jacinto Macaraeg y hizo apagar el
fuego. En fin, aquella noche pasamos en aquella casa y
fue tan dichosa por haber sido nuestro albergue, que ella sola con
otra grande, que está enfrente vivió o quedó libre con la iglesia
de todo el pueblo. Porque por la mañana quemaron hasta los tambobos
y nos obligaron a irnos debajo de un guayabo al sol. Y
para comer aquel día, fue menester saliese yo a pedir por
amor de Dios a los ranchos de los zambales, que acudieron
luego a traernos arroz, vaca y oveja que habían muerto una
del padre visitador.

Y luego fue el padre Fray Cosme y aun pienso Don Gerónimo.
Y hubo de comer para todo este día y hasta Agayayos. Allá a la
tarde, vino Don Marcos Macasiam y nos advirtió del orden que tenía
de su pestilencia para llevarnos en su compañía que eran los ilocos,
que habían sacado desde Agoo hasta Narbacán que serían hasta
300, que con los zambales, a mi parecer, no llegaban todos a 3000. Y
iría a juntar la gente y, buscando cañas y talabones, nos acomodamos
todos, aunque con poca gente y que no bastaba para cargarnos con que
el más del camino hasta Narbacán. Fuimos a pie los dos clérigos,
padre Don Gerónimo y Padre Miguel de Quiros, [y] nosotros dos Fray Gonzalo
y yo, porque el viejo no podía. Y el señor obispo venía ya achacoso
que había ya días que las cámaras le afligían. Este día, sábado,
dormimos antes de la puente de Santa Catalina. Al otro día,
domingo, fuimos a comer a Agayayos, y llegamos tarde a Narbacán.
Habiendo tenido, al llegar a la punta del monte al
estero, una arma, porque como los de Narbacán con todos los demás
pueblos hasta Agoo, luego que supieron había españoles en
Lingayen, se retiraron a los montes [y] les hacían daño a los zambales.
Y pienso han muerto más de 700 hasta hoy. Y salieron los
tinguianes, sus aliados, a una compañía de zambales que venía
con nosotros de retaguardia. Y como el paso es angosto, quitaron
una cabeza y se metieron en el monte. Pasado este paso,
no querían los indios pasar de noche hasta Narbacán por las muchas
púas que habían puesto en todo el camino los de Narbacán.
En fin, a [puras] voces, y yendo el padre Fray Gonzalo y yo a pie
para animarlos, llegamos los dos primero a Narbacán
a más de las ocho de la noche. Y por gusto del padre Fray Gonzalo, fuimos
a avisar al capitán y cabo que él llamaba Ama Don Jacinto
Pacadua, que pienso le [pesó] después a nuestro Fray Gonzalo; porque al
bajar de casa el Don Jacinto fue con el negro de Don [Pablo] de la
Peña que estaba borracho. Y le tomó la mano a Fray Gonzalo que no se
la quería soltar, que le dio algún miedo. A mí también me
cogió la mano para besarla. En fin, no nos querían dejar ir
al convento, diciendo estaríamos mejor allí en una casa

grande. Llegó el señor obispo y nos fueron alumbrando hasta dejarnos
en el convento adonde no hallamos ni agua. Perecíamos de sed. Y el padre
Fray Gonzalo me dijo, «padre, ¿vuestro provincial, no iremos para agua?» Respondí que sí. Y [notició]
hacia los zambales como solía, sino a la primera casa junto al convento.
Hallamos agua y muy fría. Y diciéndole yo, «¿no iremos a buscar de
comer?» Dijo venía cansado y que en bebiendo, se iría acostar.
Después, conocí había algún recelo del Ama Don Jacinto. En fin, el
señor obispo tenía hambre, y a unos zambales que estaban abajo en el
patio, pudimos avisasen a Don Marcos Macasiam, y que nos socorriese.
Y allá a medianoche hubo vaca y morisqueta en que metió el
señor obispo bastantemente. El día siguiente, lunes y último de este enero
se pasó allí todo el ejército por esperar al sargentillo mayor
que estando aún todos en Santa Catalina. Llegó un sampán a la barra de Vigan,
enviado del General Ugalde de Lingayen, y trataba de rendirlo por
entender era el alcalde mayor de Ilocos, siendo así que había más
de 20 soldados en él. Lo dejó en fin y llegó aquel día a Narbacán
y halló en la playa una carta de su rey, el Malong, que si hubiera
llegado con tiempo, quizá no entraran en Vigan. Los indios nos dijeron
después lo que contenía. Y antes, llorando, dice el padre Fray Gonzalo [que]
le dio parte de este papel el mismo sargentillo mayor. Les avisaba
Malong de la llegada de los españoles a su reino. Si bien eran pocos,
que le diesen prisa para ir a matarlos a todos, y que se llevasen todos
los principales de los pueblos conquistados para que les ayudarán y vieron
juntamente su valentía contra los castillas (muchos papeles hubo de este
monstruo y el último que no pasaron los indios, decía quemasen
los pueblos e iglesias y se retirasen a los montes porque ya había
vencido a los españoles, que fue cuando se huyó, quemando
su pueblo). Aquí comenzaron los zambales a quejar de los de Narbacán
y que los habían de degollar a todos y quemar el pueblo, porque
les habían hecho traición y muerto mucha gente, y en particular
un tío de Gumapos llamado Don Miguel de Tabora. Y decía el
Conde Gumapos [que] le había llevado un principal de Narbacán diez
taeles de oro y casi cien pesos. Procurábamos aplacarlos. En fin,
enviaron la compañía de Ilocos por dos veces a buscarlos

de Narvacan, que los zambales no se atrevieron. Viendo, pues, [que] no había
remedio, [el] día del glorioso San Ignacio Mártir trataron de marchar
con todos los indios de Vigan, Bantay y Santa Catalina que llevaban
cautivos y pusieron fuego al pueblo. Fray Gonzalo, habiendo
ido al pueblo, vino diciendo [de nos] habían [de] dejar allí de ninguna
manera los zambales. Y volviendo a bajar por un recaudo del
señor obispo, habló al sargentillo mayor para que apagasen el fuego, que
fue de provecho. Que luego lo mandó publicar que no quemasen más.
En esto nos enviaron la gente que nos [había] de cargar. Y venía por
caudillo un indio de Bacnotan llamado Don Marcos Bugbugan.
El señor obispo, por lo que habíamos concertado, les habló en mal castilla
[que] echara de la tierra, diciendo que si los zambales no [se arremendaban],
aunque nos quemasen allí no saldríamos. Tomé yo la
mano y les aseguré [que] no saldríamos si quemaban o mataban
más los enemigos. Tanto que este principal dijo [que] iría [a] dar
parte al cabo. Y parándole los indios de cargar a aguardar
su orden, les envié con Dios y que de ninguna manera bajaríamos
del convento. Apenas dieron dos pasos cuando comenzaron
a correr y en fin nos dejaron [miraculoso], y se fueron todos.
Gumapos había salido por delante. Y cuando supo que nos quedábamos,
propuso que nos viniesen a arcabucear. Y Don Marcos Macasian
le disuadió, diciéndole que para qué nos habían menester. Aquí
[entró la mía], diciendo [que] ya se había acabado a los zambales la licencia
que Dios les había dado para castigarnos. Y que iban a dar en
manos de los españoles, como sucedió. Y el día antes se lo había
dicho a los Ilocos. Nos mirábamos unos a otros y no lo creíamos.
El señor obispo decía que aún no estábamos seguros allá. A mediodía,
desde el caballete de la iglesia, vieron nuestros muchachos (o
los criados, que yo no tenía ninguno, pues el que me dio Gumapos se
quedó con él al salir de Vigan) que había gente a la parte
del oriente que eran los de Narvacan. Enviamos al padre Fray
Cosme y aunque habló con ellos no le creyeron porque habiendo enviado

ellos cuatro indios a ver lo que pasaba. Y como los muchachos
andaban discurriendo por todo el pueblo, volvieron diciendo [que] estaba aún
lleno de zambales. [Di] los pedazos de vaca, en particular de una cabeza
que dejaron los enemigos y de la que se mató después (antes que hubiese gallinas
que pasaron tres días) y no para todos sino para el señor obispo. Le dio una furiosa
ventosidad o dolor que fue el principio de su muerte, porque el agua
era muy salubre. A mí me dieron unos [presos] que me trataron muy mal y
como estaba sin criados, que el señor obispo (que Dios tenga en el cielo) respondía
cuando yo llamaba y me enviaba su criado. Pasé mucho trabajo hasta
que llegó el padre prior Fray Antonio de Acebedo de la Amianan huyendo de
Magsanop. Llegados los principales al pueblo —que fue al tercer día— el padre
Fray Gonzalo pidió quinta del oro de Gumapos. Fueron dilatándolo hasta
que de vuelta de Santa Cruz —porque cuando supo estaba en Santa Lucía ya el
padre visitador le fue a ver— me lo trajeron a mí en un cesto cerrado como
lo entregó Gumapos, según dijeron. En fin, se abrió delante los tres y
el sargento mayor Don Agustín Solimán que lo trajo. Y sólo hallamos [5] taes de oro
y una pesa de bronce que pesaba otros cinco. Y la plata pienso [que] no faltaba
ninguna. Fray Gonzalo trocó por plata dos taes con condición que si los
dueños no pasaban por ello volvería el oro. Eran unos principales
de Bangar, según Gumapos dijo al padre Fray Gonzalo, preguntándoselo
cuando ya estaba preso y entregándomelo todo con una [memorita]. Se
metió en nuestra petaca. Y así lo entregué a sus dueños de quienes no
recibí ni un real, aunque me dijeron [que] tomase para el camino. Cuando
Gumapos se halló con nosotros en Narvacan nos pidió diez pesos para comprar
un negrito que trajo del padre Fray Juan de Ysla. En fin, por consulta se le dieron
de la plata de la comunidad y después se sacaron estos diez pesos
de este salapi. Que menos esta cantidad, la que en él hallamos sin faltar
un real, le dio por mi mano a sus dueños, habiendo tenido el padre
Fray Gonzalo pleito con los indios, y aun con el [prior] por defender [los] sobra.
Que no enterraban el oro que había [dado] Gumapos. [Advierte] un padre
nuestro que, por ser Fray Gonzalo tan desgraciado hay ahora un embolismo
de Satanás. Tanto que me dijo a mí el Señor Rayo había de pesar
a [Madrid] el cesto a salapi. Se me olvidó de asegurarle [que] estaba ya
en el cielo, pues el hacer una buena obra fue nuestra intención,
aunque le conté la verdad y dije que si la religión padecía por mí sin
culpa mía que no me daría cuidado, y muy grande sostendría hallándome

culpado. Al llegar los zambales a Santa María, repartieron fuego
y se quemó medio pueblo. Y la iglesia escapó en San Esteban. Sólo
una o dos casillas quedaron de la quema. En Santiago quedó medio
pueblo e iglesia, en [San Guillermo] dos otras casas. En Candon fue
mayor lástima por el convento e iglesia, que estaba buena. Y en todo el
pueblo sólo quedaron diez o doce casas, de las pequeñas. A la
[Bisilan] no llegaron, aunque tampoco [tenía] iglesia por haberse quemado
antes del intermedio. Llegaron a Santa Cruz, pienso que viernes,
y quemaron medio pueblo con mucha ropa de la que se llevaban
cuando supieron [que] estaban ya cerca los españoles. Y fue
que el padre visitador se había adelantado del ejército y dio con
una tropa de enemigos en la playa de Santa Cruz. Y [le] corrieron
tanto que ya se había echado en el suelo, sujetándose a la
voluntad de los enemigos. Pero los indios le dieron el [tre]
o se lo llevaron y le metieron en la hamaca. Y todos juntos [l]
paran. Se le perdió la ropa, si bien la petaca de [impertru]
libro, dio las nuevas al General Esteyvar. Marcharon y [entraron] a
Santa Cruz y Santa Lucía, pelearon dos veces con los zambales
y mataron más de 200. Y en fin quedaron ya todos vencidos,
habiéndole entregado muchos de ellos, tratando el general
casi ya de retirarse [a esta p.a]. Vinieron las nuevas del
alzamiento de Magsanop. Y fue de esta manera, salidos
los zambales de Narvacan al tercer día, llegó el Alferez Lorenzo
Arquero con el maese de campo Don Felipe Madamba
con más de [2000] hombres con intento de librarnos del
poder de los enemigos, que fue una buena acción y errada.
Que a no haber salido de los pueblos de arriba, esta gente y maese
de campo quizá pudieran haber resistido al enemigo Magsanop.
Todo se dispuso de modo que la padeciese la [p.a] por ambas partes.
Llegaron luego los padres ya con certidumbre del alzamiento de
Magsanop, el padre prior de Narvacan a su convento, los de más a La Barra

de Vigan, donde estaba ya el sampán del alcalde.
Y había llegado también el padre visitador, y luego fue Fray Gonzalo con
intento de ir [a] hablar a su hijo Magsanop. Y encontrándose con
los padres Fray Joseph Polanco, Fray Joseph de Mendoza, Fray Domingo de
San Miguel [y] Fray Lorenzo de Herrera en Agayayos les dio una fraterna,
diciéndoles que los frailes mozos habían perdido [en] Amianan.
Y era por el informe de los de Batac que nos aseguraron [que]
no habían tenido un día de descanso desde la entrada
del zambal en Vigan. Lo primero fueron todos a Bacarrá
con los dichos criados del señor obispo. Y algunos pasaron a Pasuquin
para irse a Cagayán. Y Don Juan [Matan], que sabía lo que [habérselo
impedido]. Luego se volvieron a Bacarrá donde se hallaron
nueve religiosos, que todos pudieron perecer allí. Después a Laoag,
Batac, Paoay. Aquí dicen [que] hubo mucho que ver porque había quien
andaba todo el día con el freno en la mano el difunto en todas
consultas que hacían, habiendo elegido en una por prelado al padre
prior de Laoag, Fray Luis de Medina. Siempre sentía el dejar sus
ovejas por cuyo amor murió de esta manera. Según pude averiguar,
se volvió de Laoag a su pueblo donde asistió a los
indios. Y el Día de la Candelaria, les dijo misa y predicó (en este tiempo
ya nosotros estábamos libres en Narvacan). Y sabiendo [que] venían
los enemigos, tuvo su caballo ensillado. Y le detuvieron, diciéndole [que]
le guardarían. Le llevaron a una casa de un cantor que me
dijo le había hallado allí cuando llegó de Laoag, que había ido allí
a no se qué. Trataba el padre Fray Joseph de esconderse o huirse si
{Al margen izquierdo: El padre Fray Joseph Arias, prior de Bacarrá, murió a lanzadas por los zambales, Día de la Candelaria, año de 1660.}
pudiera, diciendo no temía morir pero que hay muchos pecados [que] le
afligían. El cantor le dijo que a ser de noche pudiera librarle,
pero que ¿cómo lo había de hacer si los enemigos estaban ya en [el]
pueblo? Estando en esto, dice [que] vino un [indio] a avisarle que si no
echaba al padre de casa perecería él también. Con que llevó este
cantor al padre Fray Joseph a la casa de su madre, que era pequeña
y estaba vacía. Allí envió Don Tomás Bisaya orden que le metiesen
en la petaca. Dicen [que] fue allí el mulato que sirvió

al Padre Mojica, llamado Juanillo (ya murió altercado) y que
en una petaca del padre mismo le metió. Y enviando el Bisayas
cuatro indios, le cargaron para hacia Laoag. «Al meterse
en la petaca el difunto», dicen. Dijo, «¿qué intentaban?». Y como
le respondieron que librarle, respondió [que] pliegue a Dios sea así.
Al llegar al río desde la petaca les preguntó que ¿adónde le llevaban?
Y dijeron que hacia Laoag. Al pasar del río un pequeño
trecho salieron de la parte de Laoag como 200 indios.
Y los que le cargaban (que uno de ellos me contó todo esto) le desviaron
del camino. Y allí llegaron y le alanzaron dentro de la misma
petaca. Y que sólo «¡ay Jesús!» le había oído decir por el
ruido que había y gritería. Cinco lanzadas dicen [que] le dieron. Y
uno de los primeros fue fulano Don Cristobal Ambaguén, principal
de Bambang. Le sacaron de la petaca y le quitaron la cabeza.
Y se la llevaron a Magsanop que estaba a la orilla del pueblo
y río de Bacarrá. Aunque dicen [que] está hoy con el cuerpo enterrada
en la iglesia, el cuerpo estuvo cerca de diez días sin enterrar.
Y me dijo el cantor que había tenido al padre en su casa, que
a los cinco pasó por allí. Y que ni perro ni mosca había allí.
Y uno de los que le enterraron [que] dijo [que] no tenía mal olor, pero
ni bueno tampoco. [Esto] que las cosas se [sugieren] no se podrá averiguar
la verdad por el miedo de los indios. La petaca mandó quemar
un cabo y la tuvo en Bacarrá porque tenía mucha sangre
y no anduviesen los indios con ella.
Volvamos a la barra. A 7 de febrero murió el padre Fray Joseph
(que fue lunes). Y el padre Fray Joseph de Soto Mayor llegó con la nueva allí
el sábado y luego el padre Fray Marcos el domingo. Se dio aviso al
General Esteyvar y partió allá con su ejército. En la barra parece
que el padre Fray Gonzalo tuvo una pesadumbre con el Alguacil Mayor
Lorenzo Arquero. Y el padre visitador le ayudó con algún escándalo
de los seculares de que les concibieron poca voluntad.
El padre prior de Laoag —como había padecido tanto, sentido de que el

padre visitador no le hubiese embarcado en el sampán— comenzó a
hablar mucho y decir no era ya su vuestra reverencia visitador por haberlos
dejado. Y luego en el convento se volvieron a tocar. Y en fin, porque
habiendo muerto un principal en Bacarrá, iba allí el padre
visitador —como él dice— por la limosna, cuando quizá iría también
a la averiguación del oro del padre Fray Joseph, si bien los visitadores
nunca vuelvan atrás a los conventos visitados sin causa
muy urgente. Y habiendo de haber vuestro padre en la [provincia], o pudiendo mandar
al mismo Medina que cuidase de este oro y lo demás, pudo
excusar el ruido que hubo de que resultó tanto daño a todos. Fue
por delante el alcalde mayor y hallaron ya en Laoag al socorro
de Cagayán, de que podemos decir post bellum, auxilium. Y Magsanop,
ya retirado —que hasta hoy no aparece— mandó quemar la iglesia
de Laoag en que no hizo mucho daño, pues [dado] [que] era viejo y se había
de derribar [a no faltar] ornamentos y plata. Los pueblos de
Bacarrá con la iglesia y convento quedaron libres. Y hay gente hoy
en día en Bacarrá, Pasuquin, Vintar, [Bambanglo]. Y el General Esteyvar,
después de haber andado montes y valles y [consoló] mucho a su
ejército, no pudo haber a las [moros], a los dos cabezas principales
Magsanop y Ambagan. Hizo castigo en otros culpados [ahorcando]
más de 90 en Bacarrá, Laoag, Dingras, adonde fueron
algunos enemigos. Pero aunque quemaron el pueblo, quedó la
iglesia libre. Y ellos pagaron con su vida allí su atrevimiento por
los tinguianes en Pangasinan. Mandó quemar Malong a Bacnotan
con la iglesia y convento. Y él mismo quemó a su pueblo
Binalatongan con convento e iglesia que era bueno. Hubo algunos desacatos
a las imágenes quitando cabezas a Santos Cristos. Y en Agoo una
imagen de nuestra señora la hicieron astillas para cocer la morisqueta
y haciendo cuchara de una mano. Al volverse los zambales
de Vigan todo lo profanaban y quemaban. Cuando llegué a este [convento]
no hallé nada pérdida considerable.
Se sigue la memoria de lo que falta de los conventos o iglesias.
Volviendo a repetir lo quemado de pueblos etcétera.

dejaron la iglesia sin dindines. Y todo el convento también
[y] sin suelo y se robaron la sacristía.
Oro
Llevaron dos gargantillas de La Virgen con su cebadilla
más doce botones de oro.
Plata
Una naveta.
Ropa
Camisas y sayas de La Virgen
Más un velo de la misma imagen.
Frontales, tres. Casullas, 2. Paños de cálices, 10. Corporales, 4.
Albas, 7. Manteles, 7. Y otras chucherías.
Todas las visitas quemaron los alzados y los [cajones y nuestros].
Aquí di la casulla negra y un alba.
El pueblo se quemó casi todo, la iglesia vive y falta lo
siguiente.
Capas, 5. Frontales, 19. Casullas, 25. Velos de
cálices, 17. Velos de los altares, 5. De hombro,
1. Corporales, 7. Bolsas, 7. Bandera o pendón, uno.
Doseles de lacar, dos. Palio, 1. Albas, 7. Manteles,
8. Amito, uno. Purificadores, 17. Y otras chucherías. Aquí
di el frontal morado, que no trajo casulla. Y no hay otro
convento más necesitado. Si hubiere un ornamento negro hará
gran limosna. Di la otra alba aquí también.
Plata.
De [418] pesos de plata que fueron a renovar a Manila,
han quedado en 100 pesos. Falta más un cáliz y el
[visil] nuevo.
De plata falta, lo que toca al [osta del gion]. Una cruz
del altar, de un candil grande falta el cuerpo [díganos].

Un candelero pequeño, una cruz del pendón. De un cirial falta
la cuarta parte, y el otro cirial la una parte. Un cáliz con su patena
más dos patenas. Una campanilla del cáliz de la custodia. Una
lámpara más las cadenas y remate abajo, que era como piña de
otra lámpara. Las cadenas del incensario y cuchara. El acetre
e hisopo. Unas vinajeras. Una salvilla esmaltada. Un [sahumerio]
que es más cantidad de la que dice el padre prior que falta, que es conforme
a la memoria de los sacristanes [que] me han entregado.
Oro
Una gargantilla de La Virgen con [ciriales] y esmaltada curiosa y
costosa. Una poma con su filigrana y cadenilla de que pendía.
Unas pulseras de oro grandes con [sobretoca]. Unos zarcillos esmaltados
con sus aljófares. Un rosario esmaltado ^ encadenado
en plata. Cuatro anillos con sus piedras.
{Al margen izquierdo: ^ engazado}
Ornamentos
Frontales, 15. Casullas, 9. Capa, 1. Paño de hombro,
1. Paños de cálices, 7. Albas, 2. Amitos, 17. Manteles
de [Kalinga], 7. Quebraron dos aras. Faltan casi todos los
doseles y adorno de la iglesia, que se quemó, que era el mejor de la
provincia. El pueblo está bueno y todas las visitas con sus iglesias en pie.
Se salvó el retablo del altar mayor y los [caraterales] por estar fuera
y quitados por la obra.
Aquí no se ha perdido nada ni quemado, que fue el pueblo más
dichoso de todo con su visita. Pues no vio enemigos ninguno.
[Sinect]
Aquí sólo Cabugao sé quemó, pero la iglesia no. Y de esta
visita falta algo con un ornamento más blanco de raso
nuevo que no aparece. Lo demás está bueno.
Frontales, 12. Casullas, 13. Paños de cálices, 16.
Paño de atril, 7. Una copa. Bolsas de corporales, 5. Todos
los doseles. Un palio, una bandera, un pendón bordado.

Albas, 9. Manteles, 14. Dos sobrecamas bordadas y
curiosas, dieciséis. [Opus] de sacristanes con sus sobrepellices,
dos para el ministro. Palias, 6. Tres paños del altar
para la cuaresma. Banderas negras y paños de [himba]. Tres
cojines. Seis campanillas. Dos misales. 2 rituales. Y tres
cuadernillos de la orden. Aquí di el ornamento blanco con
las dalmáticas que vistieron sin collares y el frontal negro por
los [flucos], que lo demás no servía ya de roto.
Plata
La caja de las crismeras con una crismera falta. Una patena.
2 cruces de pendón. Dos vinajeras o un par. Dos salvillas
grandes. Otros dos platillos chiquitos. Dos cucharas a la cruz y
ciriales se faltan algunos tornillos. En las visitas falta
también lo más. Y habiéndose quemado los tres pueblos (Bantay,
Santa Catalina y San Ildefonso), no se quemó ninguna iglesia.
Se quemó medio pueblo y no falta nada del convento. De las
visitas quemadas, lo más que valía poco. Y unas crismeras
o las de todas.
Plata
Una crismera. Una vinajera. Un vaso.
Ropa
Frontales, 16. Casullas, digo mangas de cruz, 5. Velos
del altar, 3. 16 candeleros de palo. Un estandarte. Seis
ramilletes plateados. Y otras cosillas del ornato de la iglesia
no muy costosas. Se quemó convento, iglesia y pueblo, todo.
La misma escapó a sus iglesias y no falta (pienso) nada.

Plata
Un cáliz. Un plato de vinajeras. Una vinajera. Casullas, 5. Frontales,
5. Un alba con su amito. Un dosel de seda. Manteles, 3. Dos velos de
hombros, 2. Corporales, 3. Bolsas, 2. Y otras menudencias que no son de importancia.
Di aquí el ornamento colorado, casulla y frontal, no se ha quemado
nada.
Un palio. Dos doseles. Una casulla colorada nueva. Un frontal
verde. Dos albas. Tres manteles. Tampoco se ha quemado aquí
pueblo ninguno.
La plata que faltaba, han restituido. Sólo 10 manteles y los vestidos
y sobrepellices de los sacristanes faltan por descuido o prisa
de sus amos. Y no ha habido quema.
Una casulla verde nueva. Y tampoco ha habido quema.
Sino es [a Manacleo].
Esto es, padre nuestro, lo que puedo avisar por la prisa. Pues desde que llegué de
la Amianan todo se me ha ido en despachos. La relación sólo sirve
para sacar las verdades que han pasado, porque además de meter cosas
en ella que no pueden salir a luz, fue [currentecalamo] y algunas
cosas van fuera de sus lugares y el estilo ha de ser diferente. Y
el haber avisado de algunas cosas ha sido a persuasión de los padres,
que todos en común están mal con Fray Gonzalo sólo por su
hablar, y bien los más con el Padre Medina, es dicha suya. +
{Al margen izquierdo: + Y en fin, cuando el pleito del padre visitador con el padre Fray Luis, todos y los viejos le hubieran levantado de la obediencia si yo no cumpliera con mi obligación. Y juzgo que lo más es por el padre Fray Gonzalo por no haberle dejado acabar su visita. Y dicen:}
Dicen que, estando los dos padres Fray Juan de Ysla y Fray Gonzalo juntos
en la provincia, no puede haber paz, por lo que se ayudan en esto.
No hago juicio, ni me lleva pasión más de lo que dicen.
A costa de 30 pesos, perdone vuestra reverencia padre nuestro si me quejo,
porque no quise salir del mandato que no se pague a nadie el [pulong].
Anduve toda la provincia y en primer lugar compuse al padre gobernador Don
Jerónimo de Leyva con el padre comisario, que habían reñido tan mal
que el clérigo le dijo (después de tratarle de idiota) que si fuera

tan buen religioso como mercader valiera mucho. Él
vino al convento y se acabó todo, [si diera], porque entrambos
tienen [su piedra] allá, etcétera. Si bien el clérigo tuvo la culpa
y dio la ocasión, traté al padre comisario de lo del padre prior de Laoag.
Y le aseguré [que] deseaba [que] restituyese la honra a la provincia, pues
todos entrábamos, y que lo [que] pretendía era [que] dijese algunas palabras
generales delante Esteyvar. Y luego iríamos a
Batac, donde le llamaría. Y todos juntos pasaríamos a Laoag.
No se pudo componer así por las fiestas de la cruz. En fin, hice
con el padre prior de Laoag [que] me pidiese delante del general, [que] enviase
a llamar a los dos padres de Bantay y Batac para que
las fiestas fuesen más regocijadas. Lo hizo así y al llegar
el de Bantay a Batac me [recuestaron] del concierto. En
fin, les repliqué [que] si llegasen a Laoag, fuesen tan buenos
religiosos que obedecieran. Fueron recibidos del padre Fray
Luis y tratados con toda cortesía. Y se hacían las fiestas.
Y aunque dieron sus quejas le [desmenticuló] en lo que había
escrito. [Calló] tanto que lo notaron los dos padres. Y yo tomé +
{Al margen izquierdo: perdone vuestra reverencia este modo tan repetido en este proceso}
la mano y les advertí o insinué lo que vuestro reverendo padre nuestro mandaba, lo
que importaba la paz. Y en fin el padre comisario y el padre
Fray Gonzalo pidieron perdón enseñando al padre Fray Luis que
respondió que fuesen todos hermanos y que nadie se metiese
en los partidos ajenos. Todo el pleito es por Bacarrá, dije
entonces, como quien sabía en lo que tocaba el Padre Medina
que había de poner mandato al padre prior de aquel convento, que me
avisase si algún religioso mandaba allí hacer algo sin
su consentimiento. Por la [maña] me dieron los dos la queja.
Y Fray Gonzalo dio a entender [que] le importaba mucho a su [vecino] de
vuestro reverendo padre nuestro tenerle para la paz de la provincia, etcétera. Por el mismo
caso puse una audiencia para lo dicho al padre prior de
Bacarrá en la carta que escribí de aquí el otro día cumpliendo
con mi obligación y exhortando a todos a la paz.

Tengo de remitir a vuestra reverencia esta, en volviéndomela, aunque sea impertinencia.
Estando todos en Laoag con paz exterior, llegó carta del señor gobernador,
en que le decía al general que había sabido que entre los religiosos había diferencias, [y]
que procurase componerlos. Le respondí que avisase a su señoría lo que
veía por sus ojos, pues todos estábamos como religiosos y hermanos.
Juzgo [que] habrá escrito bien por ser bien intencionado. Desde que llegué
me dijo el general que se holgaría [que] hubiese un religioso que fuese [a] hablar a los
de Barra. Y en fin cuando estábamos allí todos, se ofreció el padre Fray Gonzalo.
Y tratamos de ir los dos, aunque no surtió efecto +. Allá dejé
{Al margen izquierdo: + habiendo asistido yo en Bacarrá una semana}
el padre Fray Gonzalo. Y dicen [que] fue a Bangui. No sé hasta ahora si han
bajado más indios, que cuando yo me vine aún eran pocos. Hablo de
los que andaban escondidos, que son las visitas de Barra, Bambán,
[Babuyan] y Bangui. Que en Bacarrá, Pasuquin y Vintar pocos faltan.
El padre comisario se volvió a su convento aunque dicen quejoso de mi y
que no había yo hecho nada. Mire, vuestro reverendo padre nuestro, ¿quién será poderoso
para que otro diga públicamente que es un mal fraile, y que los otros
son unos santos? Etcétera. Al volverme escribí al padre prior de Laoag hablándole
al alma. A que respondió el párrafo siguiente, que enseñé al padre prior de
Bantay. Sus consejos de vuestra reverencia son buenos, saludables para lo temporal
y espiritual. Y yo, como no me gobierno por espíritu malo sino
por la ley de los católicos, temía en el primer día que el caso sucedió[.]
Hecha esa diligencia ante el prior, y pedido le perdón del mal ejemplo,
y dicho le [que] se lo atribuí a mi cólera y no a razón —pues en un
sacerdote no la podía haber para semejantes razones y cóleras en
las causas de las demás— no me meto, pues, para que otros se precipiten. No me
[perderé] yo. Y créame, vuestra reverencia, que deseo salvarme y temo a Dios. Sintió
mucho lo del espíritu maligno de su carta de vuestro reverendo padre nuestro, a quién
suplico [que] le consuele con sus cartas, dándole las gracias de la composición
y a los dos padres Fray Juan de Ysla y Fray Gonzalo de Palma, que
cierto anduvieron como religiosos. Y tocante a las cosas que
se han dicho y que vuestro reverendo padre nuestro escribió a la provincia, y averiguado [este] testimonio,
lo primero el padre visitador no abrió ningún [fardo] como lo atestigua el
Capitán Simón de Fuentes, ni le entregaron oro los zambales. El
religioso de Santo Domingo Fray Diego Serrano sí que le dio al padre visitador
un tejuelo que le aseguró podía aplicar a la iglesia. Y después

el padre visitador lo hubiere partido entre algunas personas a quienes
debía el sangley, cuyo oro era y murió por él. Hoy en día tiene
el padre comisario el [tejo en ser]. Me dijo, «Si lo manifestaría». Le respondí [que]
lo retuviese hasta que hiciese el padre dominico la declaración.
Bien pudo ser [que] cargase el padre visitador con algunos ornamentos,
platos y aun caballos de la estancia conocidos y vacas, si es que
fue así. Pues en ello no pecaría en la carta, que atrás queda referida.
No hay más culpa que la que quieren atribuirle. Se quedó
el padre visitador para conducir gente y reforzar las tropas que
sacó. El alcalde mayor de Ilocos supo el mal suceso y la carta
que yo había escrito de lo que informaban los mismos zambales
sin saber nada de cierto. Vio que el remedio de esta provincia dependa
de Cagayan. Procuró el socorro y enviaba al padre Fray Lorenzo
por él, se escribía lo que quisiese. Fue accidente el abrir
la carta Magsanop. Si un capitán apretado en una fuerza pidiera
socorro y por coger al aviso el enemigo la perdiera, ¿tuviera culpa?
[Le oí más] que si hubiera sucedido bien el despacho del padre visitador
le habían de alabar de prudente. Pues no le echen la culpa
si ha sucedido mal, ni al padre Fray Lorenzo por haber entregado la carta
a Magsanop sin orden. Pues viéndole hincar de rodillas
pidiéndole [que] no pasase, que le habían de matar, no había de entender
[que] era el enemigo. La carta del padre Fray Gonzalo, me asegura,
era buena. Y así lo tiene declarado Don Alonso Solibuen
de su letra, que fue quien la escribió (aunque dicen [que] afirma
lo contrario por detrás). Y en fin el padre Fray Gonzalo había metido
al maese de campo Don Joseph de Mercado. Que para librar a
su pueblo Laoag y a su hermano Don Gaspar de la calumnia de alzados,
sería bueno [que] matasen a Magsanop, pues le tenían allí.
Luego no pudo escribirle; se fue. Además que esta carta no me
parece [que] la recibió Magsanop, porque un cagayan a quien
se entregó me dijo a mí en Bacarrá [que] la había dejado a Don Pedro
Almazán en Magsingal. Y delante mí hizo inquisición el
padre Fray Gonzalo con los indios de Bacarrá acerca de esta carta.
Y ninguno supo dar noticia de ella. Y el mismo tiempo dice

[que] no pudo esta carta alcanzar al enemigo, aunque digan. Respondió al padre Fray
Gonzalo que se guardase porque no le podía asegurar de los [calanasas] +. En lo de
{Al margen izquierdo: Tuve hecho memorial para pedir estas cartas que decían [que] las habían cogido. Pero [por] asegurarme el General Esteyvar no las había visto. Y los intérpretes lo dejé.}
ayudar a las viejas de Bacarrá fuera obra de caridad, mas sólo un poco de
oro que le trajeron o enviaron les tiene. Y desde principio las desengañó como
lo confesaron delante mí, además que para ayudarlas o había de ser por escrito
o de palabra. No ha pedido por ellas al general ni le han metido petición [g.o].
Tocante a la escribanía del difunto, el mismo padre Fray Luis, preguntando
yo a la india delante de él por [la] escribanía que le había entregado el difunto,
dijo [que] la había llevado el enemigo. En este punto, padre nuestro, me dijo esta india
[en andarse] que este oro del difunto, por concierto y gusto de los principales,
se lo habían dado al enemigo. No sé si le movió a decir esto el asegurarle
yo [que] lo había de pagar o si es verdad. Desde entonces propuse el dar parte a vuestro reverendo
padre nuestro para que avise lo que se ha de hacer. Y ahora pido a vuestra reverencia [que] esta comisión vaya
al padre prior de aquel convento, Fray Joseph Polanco, porque puede ser ocasión de
disgustos siendo otro de él que haga la diligencia. Y [que] le encargue vuestra reverencia [que] cobre y
busque lo restante del difunto para el Convento de Manila. Porque cuando [fui]
allá arriba, me dijo el padre comisario [que] tenía ya remitido todo lo que se había
a Manila. Y [que] no trate más que del oro. Y desde aquí no puedo negociar
y volver allá es muy trabajoso. Yo escribiré en estando desocupado [que] al
padre Fray Joseph Polanco vaya descubriendo campo mientras le llega la orden
de vuestro reverendo padre nuestro. Repartí la pimienta, libros y ornamentos por la provincia.
Y desde Narvacán y Bantay remití al padre prior de Tagudin todo lo que vuestro reverendo
padre nuestro le hizo merced, que ahora me ha socorrido a mí de ello mismo. Está ya
bueno, si bien no puede dormir, que es su mal antiguo. En lo del Padre
Polanco, que se queda en Bacarrá, vuestro reverendo padre nuestro lo habrá [mirado] bien. Pero
si yo pudiera hablar a vuestro reverendo, pienso [que] había de ir el padre Fray Lorenzo, aunque
se ha holgado mucho, porque por los españoles que están allí estaba ya
arrepentido. Y por mi parte me huelgo tenerle cerca, que es buen [colateral],
el padre Fray Cosme mudó de parecer y se queda en Candon. Conque al padre
Fray Luis de la Fuente di patente de [vicario] prior de Purao. Y para [Mariñas]
es mejor, que en fin es mozo y se pueden ayudar. A Laoag envié
al padre Fray Benito de Mena porque fue él que pidió el padre prior de aquel convento.
Juzgo [que] lo hará bien ahora con él. Al padre prior de Bantay escribí que si
gustaba del padre Fray Joseph de Sotomayor se lo enviaría, aunque me quedase
solo, que algún interés ha de tener su vicario de vuestro reverendo padre nuestro.
La verdad, sea que yo enviando vuestra reverencia religiosos a la provincia que se pasará muy mal
A auto que mandou fazer o excelentisimo Sehnor Francisco de Tavora do Concelho do Estado de Sua Magestade do corpo defunto da Madre Maria de Jesus, do Convento de Santa Monica da cidade de Goa

A serva de Dios muito reverenda Mãe Maria de Jesus Religiosa de Santa Monica
de Goa da ordem de São Agostinho, e por sua morte lhe apareçerão os cinco chagas de Cristo
do ano de 1683 ao primeiro de janeiro de idade de 78 anos quando morreu.

A auto que mandou fazer o excelentíssimo senhor Francisco de Távora do Concelho do
Estado de Sua Alteza vice-rei e capitão geral da India das vistorias, e exa-
mes, que se fizerão nas mãos, pés, e lado e cabeça do corpo defunto da
Madre Maria de Jesus, religiosa professa de véu preto do Convento de Santa
Mônica de santa cidade de Goa da ordem do patriarca Santo Augusto
sujeito a jurisdição ordinaria, a que assistirão o dito senhor vice-rei, e o reverendo
cabido de Santa Sede da mesma cidade, e os inquisidores apostólicos, pre-
lados das religiões e outros religiosos mestres e teólogos e alguns fidalgos
dos mais principais e ofício maior e cirurgião maior e outro cirurgião e um
religioso também médico.
[...]
Ano do nacimento de nosso senhor Jesus Cristo de mil seiscentos oitenta e tres nesta
cidade de Goa em segunda hora de tarde tres do mes de janeiro do dito ano na igreja do
convento de Santa Mônica, das religiosas da ordem do patriarca Santo Augusto, su-
jeitas a jurisdição ordinaria estando aí presentes o excelentíssimo senhor Francisco de Távora
do Concelho do estado de Sua Alteza vice-rei e capitão geral da India, e o reverendo cabido da
Santa Sé da mesma cidade gobernador deste arcebispado, em ausência do ilustrísimo senhor Arce-
bispo primas Dom Manoel de Souza de mestre do concelho de Sua Alteza que anda visitando
as terras do norte, cujos capitulares são os reverendos Santo João Ferreira Valdiviesso
e o tesoureiro maior João Alvares Migos, o Arcediago Antonio Ruiz, o mestre escolar
Manoel da Fonseca, e os cônegos João Correa Borges, provisor e vigário geral do
mesmo Arcebispado Luis Correa de Landim, Mathias de Pinho da Fonsecua, Constantino
Sardinha Rangel, e Antonio Jorge, e os inquisidores apostólicos, os doutores Francisco Delgado
e Matos, e Lopo Alvares de Moura, e o promotor do Santo Ofício o Doutor Manoel
Gonzalez Guião desembargador da relação secular, e os reverendos prelados das religiosas
o padre Fray Matheus da Trinidade provincial da ordem dos eremitas de Santo Augustino
o padre mestre Fray Jacinto da Encarnação, vicario geral da ordem dos prelados de São Domin-
gos, e deputado do Santo Ofício, o padre Fray Manoel de São Nicolás, provincial da ordem
de São Francisco, o padre Fray Domingos da Mãe de Dios, provincial da ordem Capucha, o padre
Luis Lobato da Companhia de Jesus, propósito da Casa profesa o padre Manoel de [Pas-]
va perfeito dos estredos, os padres Francisco de Souza, e Francisco Simón, mestres de te-
ologia, o padre João de Magalhães, procurador da Provincia de Cochin, o padre Theotonio
Rebello procurador da provincia de Goa, todos da Companhia de Jesus, o padre Fray Vicente
de Santa Maria, prior do convento de Santo Augusto, o padre Fray Pedro dos Mártires rei-
tor do colégio da mesma ordem, o padre mestre Fray João de Jesus Maria da dita ordem, e os
padres mestres Fray Antonio da Trinidade, e Fray Luis de Santo Tomás, e o padre Fray
Antonio Pereira da ordem dos pregadores e deputados do Santo Ofício, o padre Fray Pascual d
a Conceição, guardião do convento de São Francisco, o padre Fray Pedro dos Anjos di-
finidor e secretário da provincia, o padre Fray Pedro do Rosario, comissário dos terceiros
o padre Fray João da Encarnação, todos da mesma ordem de São Francisco, e o padre Fray
Augustinho dos Reis da ordem de Santo Augusto, confessor geral do dito convento de
Santa Mônica, e o confessor ordinario de ella o padre Fray Manoel dos Anjos da mesma or-
dem, e outros religiosos mais, e teólogos, e os fidalgos Dom Rodrigo da Costa capi-
tão geral da armada do alto bordo dos streitos de Ormuz e Mar Rojo Dom Miguel
de Almeida, capitão geral das terras de Salceta Antonio Corte Real de Sampayo

de Sampayo capitão da cidade Dom Felipe de Souza mestre do campo do terço pago,
Manoel Furtado de Mendoça, Manoel Leitão de Andrade Tanadar maior, o Doutor Simão de Azavedo clérigo do hábito de São Pedro, físico maior deste estado, o licenciado Fran-
cisco Antunes Pereira litúrgico maior do mesmo estado, Antonio da Silva cavaleiro
professo da ordem de São Thiago que ocupou o mesmo lugar de cirugião maior , e eu
Luis González Cotta clérigo do hábito de São Pedro fidalgo, capelão da Casa de São Antonio
e seu secretário do estado, e da junta das misões e estando assim juntos na dita
Igreja, como outra muita gente assim religiosos de todas as cidades como da nobreza
e povo. Fez notorio a todos o Padre fraile Augustinho dos Reis, que a Madre Maria de
Jesus religiosa professa de véu preto do dito convento andando em pé, mas
muito debilitada, e fraca por razão de sua muita idade, e das penitências com que
se mortificava de cera de dormitório encostada em duas mossas em sexta-feira pri-
meiro deste mes de janeiro ao confessionário da Igreja onde se confessara e no acto da con-
fessão lhe dera um desmayo, e depois de ter recebido o corpo do Senhor sacramentado fora
ouvir missa na capela de Nossa Senhora de Assunção que está no claustro, e no dis-
curso da missa lhe derão outros desmayos que parecerão êxtasis pela serenidade com
que fiava, e sendo espertada por sua religiosa ao tempo que se queria levantar a hostia
abrira os olhos, e adorara ao Senhor batendo nos peitos com grande reverencia, e tornará
a ficar na mesma postura e suspensão que continuara até o fim de missa, e depois de
acabada a persuadirão algumas religiosas que fosse para a enfermeira a que respondera que
iria no dia seguinte, e por se lhe dizer que a perlada o mandava obedecera logo
e a levarão nos braços para a mesma enfermeira onde a deitarão em sua cama e a
companharão naquele dia, e noite até o seguinte de sábado dois do dito mes e diri-
gendo lhe elle padre confessor geral se queria confessarse outra vez, e tomar o san-
to viático repondera que sim, e logo dissera missa e lhe dera a comunhão que recebera
com muita devoção, e sendo depois perguntada se queria tomar a santa unção res-
pondera que não era ainda tempo, e por lhe dizer a madre prioressa que o físico assim
ordenava obedeceu logo e tomou este sacramento, e com esta ocasião repararão ela
dito padre confessor geral, e a madre prioressa, e outras religiosas que tinha sináis
nas mãos pertos, dos pés e lado que mostravão haverem sido de chaga, e começando
a entrar no tránsito da morte, se lhe rezara o ofício de agonia, ele padre confessor
geral lhe metera a candea na mão, nomeando lhe o nome de Jesus, e dizendo lhe que
aquella vela acesa significava o lume da fé levantara com ela o braço no ar,
mostrando nesta acção que protestava morrer nela, e espirando do meio dia para
a sua hora inclinara a cabeça para a parte esquerda, e sendo amortalhada a
levarão ao coro baixo do dito convento para ser encomendada, e a entrevarem, e antes
disso avisara a Madre prioressa Beatris de Santa Ana ao reverendo cabido dos
sináis que se tinhão visto no corpo da dita Madre Maria de Jesus, e com esta noticia
forão os capitulares o Arcediago Antonio Ruiz, e o cônego Luis Lorrea Landim
na mesma tarde de dois deste mes, com o escrivão do auditório eclesiástico Jo-
seph Coelho ao dito convento, e em presença dele padre confessor geral, e do padre
confessor ordinário Fray Manoel dos Anjos, e da comunidade das religiosas
virão os ditos capitulares os sináis referidos nas mãos, pés, e lado da dita

da dita difunta e os mandarão esfregar com vinagre e sal para se certificarem
se erão artificiais e vendo com esta experiencia que ficavão no mesmo ser ese
recolherão e estando presentes o dito Arcediago Antonio Roiz, e o cônego Luis Cor-
rea de Landim e o escrivão Joseph Coelho declararão que passava na verdade tu-
do o que dezia o dito padre confessor acerca da vistoria, e exame que elles fizerão nos
sinais referidos em presença do dito padre confessor geral, e do padre confessor ordi-
nario, e da madre prioresa, e mais religiosas, e continuando o mesmo padre con-
fessor geral com sua narração disse que depois de feita esta experiencia derão
as religiosas sepultura ao corpo da dita madre Maria de Jesus na mesma tarde de
dois deste mes das cinco para as seis horas no coro baixo onde ellas se costumão
enterrar, e prosseguindo com o que se segue o cônego João Correa Borges, provisor
e vicário geral disse que por o caso pedir maior averiguação se congregara o ca-
bido no dia seguinte pela manhã tres deste mes, e nele se assentirão que para se investi-
gar com toda a circunspenção este prodigio, se ordenara a ele dito cônego fosse ao dito
convento, e mandava desenterrar o corpo e fazer nele segunda vistoria e exame
por médicos, e cirurgiõis com assistência de pessoas religiosas doctas e pias para cujo
efecto avisara logo a madre prioresa que de esse ordem a se tirar o corpo da sepul-
tura como se tirou das sete para as oito horas da manhã, estando nela trece horas
e mandou quando a algúns dos prelados e religiosos do que estavão presentes, e ao
físico maior e cirugiõis em presença de todos vistoria e exame vendo os ditos sinais
e acharão que os dois das palmas das mãos erão como calos com igual proporção
sendo a da mão direita alguma cousa maior na circunferência e a cor distinta das
mais partes das mãos os quais não panavão das palmas as costas delas, e o tacto
naquele lugar duro a [¿aipero?] e nas mais partes brando e mandando vir sabão,
sal, e vinagre, esfregarão e lavarão com estes ingredientes os ditos sinais por
repitidas vezes com panos molhados e os alimparão com outros enxutos e sempre
ficarão na mesma forma e cor que dantes tinhão e esta mesma experiência fizerão
nos outros dois sinais dos peitos dos pés que erão mais compridos que esféricos com dureza
que se não achava nas mais partes dos pés os quais não passavão as solas deles e logo
descobrindo o lado direito do dito corpo se vio nele um sinal comprido e estreito a modo
de lançada de cor roja algum tanto apagada em que houve variedade de pareceres dos cir-
cunstantes, porque uns afirmavão que vião o dito sinal na forma referida e outros
que so vião como dous fios da seda vermelha um por baixo de outro que mal divisavão-
dose a mesma experiência de sabão, sal, e vinagre quanto mais se esfregava tan-
to mais evidente se via e palpandose o corpo se achou que estando morto havia vin-
te e quatro horas estava brando e flexível movendose as juntas para todas as partes para on-
de as querião mover como qualquer corpo vivo e o estômago brando e mole sem tremor al-
gum, nem outros efeitos algúns que se costumavão experimentar nos corpos defuntos, e man-
dando o cabido por um capitular dar conta deste prodigio ao senhor vice-rei mandou dizer que
se queria achar presente a averiguação dele e para este efeito se dio ordem para que as
duas horas da tarde se achassem no dito convento o cabido, inquisidores, prelados das re-
ligiõis, e fidalgos, e o físico, e liturgiõis, e todos acudarão ao dito convento e são os mesmos
que já ficão nomeados e tendo o senhor vice-rei, e todas as mais pessoas que estavão presentes
entendido o referido se dio recado da parte do cabido a madre prioresa para mandar
abrir a portaria principal do dito convento por onde entrarão o dito senhor vice-rei, cabido,

prelados das religiõis, e algúns mestres, e teólogos, fidalgos, físico maior, e liturgiõis já nomeados
em cuja companhia, entrei tão bem eu secretario do estado, por ordem do dito sehor vice-rey
e a porta de claustro veo a madre prioresa com alguas religiosas das mais antigas a receber
a todos, e os forão conduzindo, para o coro baixo onde estava o corpo da dita Madre Maria
de Jesus, no qual estavão as mais religiosas do dito convento em pé com toda a compostura
postas por sua ordem junto as cadeiras do mesmo coro, e fazendo oficio maior, e liturgiois em
presença de todos terceiro exame a vistoria na mesma forma que tinha feito no segundo
se aclarão os efeitos referidos, e no sinal do lado se vio alguma diferença na grandeza
e cor por estar maior, e mais viva, en este terceiro exame, se lhe a passou demais a ca-
beça tirando lhe os véus branco e preto, e se divisarão por partes algumas nódoas pequenas
como pisaduras, e o corpo estava brando tratável e flexível como dantes, e conferindo o
senhor vice-rei com o cabido, inquisidores, e prelados, esta materia se resolveu que ficare
o corpo até o dia seguinte quatro do dito mes para na tarde dele, se lhe dar sepultura
e ficando isto até asentado se tornarão a ajuntar no dito dia a tarde na igreja no dito
convento o senhor vice-rei, o cabido, inquisidores, e prelados, e mais pessoas todas já no
meados, e demais o reverendo padre Irmão Martín da Companhia de Jesus, e o padre Fray Mateus de Jesus
Carmelita descalço italiano de nasção que entende de medicina, e antes de se dar sepul-
tura ao corpo, se fez quatro exame por afirmar o padre confessor geral Fray Agustino dos Reis
que naquela noite de tres para quatro do dito mes crecera mais o sinal do lado e fora sempre
em aumento com que se ficava tirando os escrúpulos de algúns e tornando a entrar as ditas
pessoas na mesma forma na dita clausura, e fazendo-se as experiencias já referidas se
achou notávelmente crecido o sinal do lado que sendo a princípio de grosura de dois fios
delgados da seda se mostrava neste exame farpado com duas pontas uma maior que outra
quasi da largura do dedo menor da mão de cor encarnada escura, e quanto mais se lhe a-
plicavão os lavatórios do sabão, sal, e vinagre, mais claro e distinto se vião, e os das mãos
e pés ficarão como dantes estavão, e o corpo no mesmo ser tratável e flexível e declarou
o padre Fray Mateus de Jesus, carmelita descalço que entende e cura de medicina que os ditos siná-
is lhe parecião sobrenaturáis, e depois de feito o dito exame se deu ordem ao enterramento
que salio fora da clausura para se satisfazer ao clamor do povo que a queria ver e foi pela
rua junto ao convento, e voltou pelo colégio de São Paulo novo da Companhia de Jesus
e pela igreja de Santo Antonio e adro do convento de Santo Agustino em cujas partes se
tinhão assinado de próximo as estações da Via Sacra que o corpo da dita Madre Maria
de Jesus corre primeiro com as chagas patentes, parece que permitindo até Deus para
que com este exemplo meditassemos nas suas e nos misterios de sua sagrada paixão, eleva-
rão o esquife em que ia o corpo, os inquisidores, capitualres, e prelados das religiois, e algúns
largarão para pegarem outros, indo ao comunidades de todas as religiois por sua ordem, e o senhor
vice-rei com algúns fidalgos atras todos com velas de cera branca nas mãos e para desviar o de
converço do povo que acudio mandou o senhor vice-rei por em pelos lados algumas companhias
de infantaria ese lhe dobrarão os sinos fazendose sinais como a defunto, e os altares das gracia
se puzerão de negro e o reverendo cabido mandou declarar ao povo em voz alta por pessoas ecclesi-
asticas que não era sua tenção calificar por santa a esta religiosa, nem dar lhe com este
obséquio, e acompanhamento culto e veneração da santidade conformandose nisto com os
decretos da Sé Apostólica; mas somente honrar a esta defunta dando graças a Dios
pela maravilha que nela obrara, e ordenou ao seu provisor, e vigário geral que de tudo fizesse
auto, e perguntasse testemunhos ad perpetuam rei memoriam para mostrar ao senhor arcebispo
primaz quando viene do norte, e dispor neste particular o que fosse mais ao serviço de Deus

e tornandose a recolher ao convento o corpo desta religiosa, entrarão com ela a mesma
clausura o senhor vice-rei com o cabido, os inquisidores, e algúns prelados das religiois
e fidalgos, e pondosse outra vez o corpo no mesmo coro baixo, se separou de novo que sinal
do lado ja não estava farpado com duas pontas, mas todo igual de grossura do dedo maior
da mão, a modo de meia iva com iva cor encarnada escura que tirava para rojo, e che-
gandose o esquife para junto da cova para se meter o corpo dentro em um caixão que
estava preparado vi eu secretario do estado, com algúns religiosos de Santo Augusto
que estavão presentes coberto de agua o sinal do lado, que a vista de todos a limpei
com o meu lenço, e algúns dos religiosos aplicavão os seus ao mesmo lado, e aos na-
rices e boca por onde lhe salia sangue liquido sendo morta de tres dias com que fica-
rão todos admirados, e deixando o corpo ainda por meter no caixão entregue as
religiosas se sabirão todos por fora, e neste tempo entrou com licença do cabido Dom
Manoel Mascarenhas d concelho de Santo Augusto a ver o dito corpo, e posto que o vigário ge-
ral e provisor ficou encarregado por ordem do cabido para fazer o auto referido
por lhe pertencer como ao ordinario, com tudo ordenou o senhor vice-rei a mi secretario
do estado fizesse tão bem este auto para ele assinar com todas as pessoas nomeadas
que se acharão presentes, para com ele dar conta deste caso ao príncipe nosso senhor
e tomando eu secretario do estado ao tempo destes exames, e depois deles varias in-
formações assim da prioresa, e mais religiosas do dito convento com de outras pessoas
de fora graves e antigas do nascimento desta religiosa, e de quem forão seus pais, e que
anos tinha de idade, e da religião e que exercícios fizera no discurso de sua vida
me foi respondido que ela fora bautizada na Igreja de Santo Aleixo [huas dar]
desta cidade, e não sabião o dia, mes, e ano, mas que a dita religiosa confessara nos
últimos dias que tinha setenta e oito anos de idade, e que seus pais se chamarão
Fernando de Cron, fidalgo alemão, e Donna Maria Leitoa, natural desta cidade
e ela no século se nomeava por Donna Maria de Cron, e fora casada de idade de
trece ou catorze anos com Dom Manoel de Souza, fidalgo rico nascido na India
e vivera casada quatro anos pouco mais ou menos sem ter filhos, e o dito seu mari-
do se fora despachar a Portugal e voltando para esta cidade falecera na viagem poucos
dias antes de chegar a Nao a barra de que tendo ela noticia se recolhera em sua cama-
ra, e tomara resolução de largar o mundo e ser religiosa no dito convento de Santa
Mônica e que no tempo de casada se levantava alta noite da cama deixando nela
seu marido, e se punha no seu oratorio em oração tratando mal o seu corpo com peni-
tencias, e depois de viúva continuara com mais liberdade neste exercício, e sendo a-
pertada de seus parentes se tornasse a casar pois ficara moza bem parecida e herdada
nunca puderão acabar vio com ela, e para os desenganar hortara logo os cabelos, e por
seu pai se achar na Europa na dita ocasião por causa de um desgosto que hivera na India,
e dera conta da resolução que tinha tomada a que o dito seu pai respondera que
se quisesse casar lhe mandaria um fidalgo de muita calidade porem que estando
resoluta a seguir a sua vocação o pusesse logo infuto e que com esta reposta traera
de se recolher no dito mosteiro tendo de idade vinte e dois ou vinte três anos
e despusera seus bens que erão muitos deixandoos a hua sua irmã chamada Donna Isa-
bel de Cron que fora casada duas vezes, a primeira com Dom Pedro de Almeida, a se-
gunda com Diogo de Mello de Castro, e não tivera outros irmãos, e deixara por a sua persona
hva groça tença que depois fora gastando em esmolas com que somente ficara
com outro por mes também dependia nelas, era muito liberal, e nas

tinha coisa própria, e vivia com grande pobreza sem ter coisa de valor na sua
cela, sustentandose do que a comunidade lhe dava sempre ornou a sua custa a capela de no-
ssa senhora da Assunção que estava no claustro a que tinha muita devoção e pedia
a Deus a levasse para si neste dia, ou em sábado, e assim [conteço] por que falecer em
sábado, e fizera profição a vente e quatro de abril do ano de mil seis centos
e trinta, nas mãos da madre Maria da Ressurreição grande serva de Dios que fora
sua mestra sendo então confessor geral do dito convento o padre fray Diogo de Santa
Ana, religioso da grande virtude que ocupara o dito lugar muitos anos e
ensinara as religiosas a serem santas e virtuosas em cujo tempo governava o ecclesiastico
o cabido sede vacante e o estado o senhor dom Miguel de Noronha, conde de Linharez,
avó do senhor vice-rei Francisco de Tavora que agora ahonrrara com sua assistência na
sua morte, e que tinha a dita religiosa cinquenta e quatro anos de religião, e sempre
neles vivera com grande exemplo de vida guardando a sua regra com grande obser-
vancia, e servira por obediencia todos os ofícios da religião excepto o maior de pri-
oresa por haver sido casada, e o defenderem as suas constituições e era muito carido-
sa e humilde e se exercitava em continuas penitencias e oração sendo suas confi-
ções e comunhões muito a miúdo, e quando por alguma coisa se dilatavão padecia gran-
des desconsolações e era muito composta e modesta nas suas fallas, sem nunca se lhe
ouvir palavra mal soante, nem se mostrar irosa nem sentida de qualquer ocasi-
ão que se lhe desse molestia julgandose por inferior de todas e fora tão callada e
recatada, que jamais se soubera se recebia algúns favores do céu, nem se tinha aqueles
sinais porque sempre trazia as mãos fechadas, e os pés calçados, e quando estava em
oração no coro se lhe ouvião dar gemidos, e ais como quem sentia algumas dores, e
dando eu secretário conta ao senhor vice-rei destas informações que tomei me ordenou
que as incorporasse no dito auto, para a todo o tempo constar do referido, e para maior
justificação do que me disserão as ditas religiosas assinarão também aqui a madre
prioresa com algumas madres do convento, e me prometerão mandar de tudo uns apontamentos
mais por extenso com que dei fim a este auto que assinei com o dito senhor vice-rei
e mais pessoas apontadas e o fiz escrever em 10 de janeiro de mil seis centos oiten-
ta e três e eu o secretário Luis Gonzalez Cotta o sob escrevi. Francisco de Savedra. Luis Gonzales Cotta.
João Francisco Valdevosco Chantre. Antonio Ruiz Arcediago. Manoel da Fonsequa Mestre
Scholla. João Correa Borges. Constantino Sardinha Rangel. Antonio Jorge. Luis Cor-
rea de Landim. Mathias de Pinho da Fonseca. Francisco Delgado e Mattos. Lopo Alvrei de
Moura. Manoel Gonzales Guião. Fray Manoel de San Nicolás ministro provincial de
San Francisco da observancia. Fray Pedro dos Anjos definidor, e secretario da provincia do
apóstolo San Tomé. Fray João da Encarnação. Fray Mathias da Trinidade, provincial
de San Augusto. Fray Vicente de Santa Maria, prior. Fray Pedro de San Joseph, subprior.
Fray Francisco da Graça, definidor. Fray Augusto dos Reis, confessor geral das madres
de Santa Mônica. Fray Simpliciano de Assunção. Fray Manoel do Sacramento.
Fray Pedro da Conceição. Fray Verissimo da Conceição. Fray Duarte de San Antonio, provisor geral.
Fray Antonio dos Reis, mestre. Fray Pedro dos Mathias, reitor. Fray Luis dos Anjos, rei-
tor. O mestre fray João de Jesus Maria, definidor. Fray Luis da Piedade, reitor. O mestre fray João
da Graça. O mestre fray Antonio da Natividade. Fray Jacinto da Encarnação.

deputado do Santo Ofício e vigário geral de São Domingos. Fray Antonio da Trinidade,
mestre deputado do Santo Ofício. Fray Luis de Santo Tomás, presentado e deputado do Santo
Ofício. Fray Antonio Pereira, mestre regente deputado do Santo Ofício da meia das ordéns.
João de Magalhaes, procurador geral de provincia de Malavar. O padre irmão Martín provincial
da Companhia de Jesus. Theotonio Rebello. I soror Breatris de Santa Ana prioresa.
I soror Maria do Espírito Santo superioresa. I soror Phelipa de Apresentação. I sor Maria
de Purificação. I soror Mariana de Apresentação. I soror Breatris de Anunciação.
I soror Joanna do Sacramento. I soror Luisa de São Joseph. I soror Paschela da Resurreição.
I sor Andresa de São Francisco. I soror Francisca de Graça. I soror Violante dos Ceos. I soror Teresa
de São Joseph. I soror Paula de Asunção. I soror Mariana da Madre de Dios. I
soror Bernanda do Santo. I soror Teresa de Jesus. I soror Francisca da Assumpção es-
crivão. I soror Isabel da Visitação. I soror Catarina de Jesus. I soror Maria Javier.
I soror Mariana de Conceição. I sor Maria Corte Celestial. I soror Magdalena dos Anjos.
I soror Francisca dos Anjos. I soror Mariana do Sacramento. I soror Eugenia de Santa Maria.
I sor Ignes de Assunção. I soror Isabel de Jesus. I soror Teresa da Trinidade. I soror
Maria de Assunção. I soror Mariana de Jesus. I soror Guiomar da Concepção.
I sor Maria da Resurreição. I soror Luisa da Trinidade. I soror Leonarda do Sacramento.
I soror Isabel das Chagas. Fray Francisco da Cruz definidor e procurador geral do convento
de Santa Mônica. Manoel de Parico. Francisco de Sousa. Francisco Simons. Fray
Matheus de São Joseph carmelita descalço. Mestre Leitão de Andrade. Dom Rodrigo
da Costa. Dom Manoel . Manoel Hurtado de Mendoça. Antonio Corte Real de Sampaio.
Dom Fernando de Castro. Dom Miguel de Almeida.
Foi conferida esta copia por mi secretário do estado da India com
o auto original que o senhor vice-rei Francisco de Tavora remeter
como coisa sua ao príncipe nosso senhor dado lhe conta deste
caso de que tirei esta copia, para fiar para perpetua memoria
dele no convento de Santa Mônica Goa em 21 de janeiro
de 1683.
Luis Gonzalez Cotta.
Información hecha por el Padre Fray Antonio de Porras. Panay, 1624

Información hecha por el Padre Fray Antonio de Porras
comisario del santo oficio prior del Convento
de Panay juez provisor y vicario
del dicho pueblo y rio de él sobre un pescado llamado
Poyo que teniéndolo atravesado
en el gaznate un indio por nombre Luis Alangan.
Se la sacó él mismo habiéndole puesto
en la garganta un[ panesito] de San
Nicolas de Tolentino

En el pueblo de Panay en primero día del mes de
febrero de mil y seiscientos y veinte y cuatro
años el Padre Predicador Fray Antonio de Porras
comisario del santo oficio y prior del convento
de este dicho pueblo, juez provisor y vicario de él y de este
rio de Panay = Dijo que como es público y notorio
ayer miércoles que se contaron treinta y uno del
mes de enero próximo pasado estando Luis Alangan
indio natural de este dicho pueblo pescando
en una laguna pequeña en términos de [Cariotan]
que está cerca de este pueblo de Panay y habiendo cogido
un pescado muy escamoso y espinoso que los bisayas
llaman Puyo y los tagalos loalo los revolvió
el susodicho en un canto de la [epinina] que llevaba
puesta y acudiendo con él a la boca para troncar
la cabeza al dicho pescado y matarlo como lo tienen
de costumbre los indios pescadores y teniéndolo
entre los dientes rompió el dicho pescado la
dicha [epinina] por la parte y lugar donde estaba puesto
y oprimido y se le entró por el gaznate de forma
que aunque hizo fuerza el dicho Luis Alangan
para tragarlo o segarlo fuera no pudo ni le fue
posible quedándosele atravesado y arraigado
el dicho pescado en el gaznate de tal manera
que apenas podía respirar el dicho indio, él
cuál se iba ahogando sin que ningún remedio
bastase a podérselo sacar echando cantidad
de sangre por la boca y narices el dicho Luis Alangan
y así visto que se moría acudieron a llamar
a toda prisa al dicho padre juez y vicario para que
le confesase y habiéndolo hecho por señas el
Luis Alangan a causa de que no podría hablar
y viendo que ya no bastaban humanas diligencias

ni remedios acudió al divino el dicho padre juez
y vicario y le puso al susodicho en el pescuezo a
la parte de la garganta donde tenía el dicho pescado
atravesado un [panecico] del bienaventurado San
Nicolas de Tolentino al cual le dijo se encomendase
muy de veras y pidiese le ayudase en aquel
trabajo ofreciéndole algunas misas y haciéndolo
con mucha devoción al cabo de dos oras que se
puso el dicho [panesico] metiendo el mismo Luis Alangan
sus dedos en la boca asió al dicho pescado
y lo sacó fuera sin ningún trabajo y sin haber hecho
para ello otra ninguna diligencia y así el haberlo
sacado el dicho Luis Alangan con tanta facilidad
no pudo ser con su fuerza y virtud ordinaria sino
miraculosamente y por intercesión y méritos
del bienaventurado San Nicolas de Tolentino
y de su bendito pan a quien generalmente todas
las personas que han sabido y visto el caso lo han
atribuido por parecerles casi con evidencia que si no
era usando nuestro señor de este favor divino con el dicho Luis
Alangan no podía dejar de morir y para que conste
de la verdad y sea notorio el dicho caso para
mayor honra y gloria de Dios nuestro señor y de su glorioso
santo el dicho padre juez y vicario mandó se haga
información sobre todo lo dicho y que los testigos que de ello
supieren sean examinados por el tenor de este
auto para qué fecha la dicha información se pueda
ocurrir con ella a quien convenga y así lo proveyó,
mandó y firmó.
Fray Antonio de Porras
Ante mi
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Testigo Marcos Hernandez tonelero de edad de 25 años}
En el pueblo de Panay en primero día del mes de
febrero de mil y seiscientos y veinte y cuatro años
el Padre Fray Antonio de Porras comisario del santo
oficio juez provisor y vicario de este dicho pueblo y rio
de él para la dicha información hizo parecer ante
sí a Marcos Hernandez tonelero estante en este
dicho pueblo del cual fue recibido juramento por Dios nuestro señor
y una señal de la cruz en forma de derecho y habiéndolo
hecho cumplidamente prometió decir verdad en todo
lo que supiere y le fuere preguntado y siéndolo al tenor
del auto de atrás: Dijo que lo que sabe y [pasa es] que ayer miércoles
que se contaron treinta y uno del mes de enero
como a las once del día yendo este testigo así al camarín
donde se está haciendo un sampán que está
al remate del parían de los sangleyes en este dicho
pueblo encontró este testigo en la calle de él con un
indio llamado Juan Bayayo esclavo de Luis Alangan
natural de este dicho pueblo al cual viéndole y corriéndole
preguntó este testigo que adonde iba y el susodicho
le respondió que iba en busca de su ama porque se estaba
muriendo el dicho Luis Alangan su amo a causa
de un pescado que se le había atravesado en el gaznate
y luego al punto este testigo fue a una casa de este
dicho pueblo donde estaba el dicho Luis Alangan al cual
halló casi muerto sin poder hablar echando sangre
por las narices y la boca y preguntándole que era lo
que había sucedido le respondió por señas de modo
que lo entendió buen este testigo que estando pescando cogió
un pescado y revolviéndolo en su [epinina] lo
lo había metido en la boca para le troncar la cabeza
ya este tiempo saliéndose el dicho pescado y rompido
la dicha [epinina] por la parte donde estaba revuelto
se le había entrado por la boca y atravesadosele
en él gaznate y viéndole de este modo este testigo
movido de compasión se dispuso a quererle sacar

el dicho pescado para lo cual metió un dedo de su
mano en el gaznate del susodicho y atentado el dicho
pescado que no podía ir para dentro ni para fuera
y que estaba muy arraigado no le atrevió este testigo
a sacarlo y a este tiempo fue a la dicha casa el
dicho padre juez y vicario y habiendo confesado se
con él el dicho Luis Alangan por señas respeto
de que no podía hablar según dicho tiene [le ató] al
susodicho el dicho padre vicario un [panesito] del
bienaventurado San Nicolas de Tolentino en la
garganta y le dijo que se encomendase muy de
verás al santo y tuviese confianza de que le había
de librar del aquel trabajo y que habiendo pasado
esto en presencia de este testigo se salió el dicho padre
vicario de la dicha casa y juntamente este testigo dejando
al dicho Luis Alangan como cosa muerta
y con el dicho [panesito] en su cuello y después
de pasado lo dicho el mismo día como a las tres
de la tarde se publicó en este dicho pueblo que
el dicho Luis Alangan sin trabajo ninguno metiendo
los dedos en su boca había sacado
fuera el dicho pescado y esto mismo oyó decir
este testigo al dicho padre juez y vicario en
frente de la casa y morada de la Capitán Andrés
Fernández de Puebla justicia mayor y cabo de
la guerra de este río y en mano propia del
dicho padre vicario [vido] este testigo con otros
españoles que estaban presentes un pescado
muy escamoso y espinoso que dijeron llamarse
Poyo y que este nombre le daban los bisayas
y el dicho padre vicario dijo a los [circunstantes]

que aquel pescado era el mismo
que había tenido el dicho Luis Alangan atravesado
en su gaznate que tenía más de dos
dedos de ancho y cinco dedos de largo
poco más o menos de que habiéndolo visto
este testigo quedó admirado y todos los
presentes y lo atribuyeron y este testigo
lo atribuye a milagro que Dios nuestro señor
hizo por intercesión y méritos del bienaventurado
San Nicolas de Tolentino
y de su bendito [panesito] y que esto es lo que
sabe y dijo ser la verdad para el juramento
que tiene fecho en que se afirmó y
[ratificó] y que es de edad del veinte y cinco
años y no le tocan las generales y lo firmó de su nombre
con el dicho padre juez y vicario.
Fray Antonio de Porras Marcos Hernández
Ante mi
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Testigo Cristóbal Petites de 34 años}
Y luego incontinente en este dicho día mes y año el dicho
Padre Fray Antonio de Porras juez provisor y vicario para la
dicha información hizo parecer ante sí a Cristóbal Petites
español estante en este dicho pueblo de él que fue recibido juramento
por Dios nuestro señor y una señal de la cruz en forma
de derecho y habiéndolo hecho bien y cumplidamente prometió
de decir verdad y siendo preguntado por el tenor del dicho
auto = dijo que lo que sabe este testigo que el miércoles de
la semana pasada que se contaron treinta y uno del mes
de enero fue muy público y notorio en este dicho pueblo que habiendo
cogido un pescado Luis Alangan natural de él en términos
de [Cariotan] lo metió en la boca revuelto a [euchinina] para
troncarle la cabeza y matarlo según lo acostumbran
haber los pescadores y que a este tiempo por rompiendo el dicho
pescado por la parte y lugar donde estaba se le entró en
el gaznate al dicho Luis Alangan donde se quedó atravesado
sin que el susodicho pudiese por mucha fuerza que hizo tragarlo
ni sacarlo fuera a cuya causa se estaba ahogando
y echando mucha sangre por la boca y narices y que
el dicho padre juez provisor viendo que se moría le
confesó por señas porque de ninguna manera podía
hablar y que así mismo le había puesto y atado
a la garganta un [panesito] del bienaventurado San
Nicolás a quien amonestó y le dijo se encomendase
el dicho Luis Alagan con muy gran confianza de que
había de quedar libre por la intercesión del santo
y como esto se divulgase tanto en esto dicho pueblo este testigo fue
a casa del dicho Luis Alagan a las dos de la tarde poco
más o menos al cual halló echado y cercado de mucha
gente y con muy grandes angustias y congojas sin
poder hablar en ninguna manera y que a penas podía
respirar y como se le preguntase por uno de los que
allí estaban del modo que le había sucedido la desgracia
hizo algunas señas por donde vino a entender este
testigo tenía dentro del gaznate el dicho pescado no reparando
como no reparó este testigo si tenía entonces
el dicho Luis Alangan en su pescuezo el dicho [panecito] de
San Nicolas y que después de esto el mismo día como
a las tres de la tarde estando este testigo en compañía

de otros españoles en la casa y morada del Capitán Andrés [Hernández]
de Puebla justicia mayor y cabo de la guerra de este dicho pueblo oyó
hablar al dicho padre juez y vicario [que venía] diciendo
por la calle que por intercesión de San Nicolas estaba
libre del pescado el dicho Luis Alangan. Y bajando a la calle
este testigo y los demás españoles que allí se hallaron, vieron
en manos propias del dicho padre juez y vicario el
dicho pescado el cual era escamoso y con muchas espinas por
el cerro y lomo y tendría de largo cinco dedos poco más
o menos y de ancho más de dos dedos y oyó decir que le
llamaban los bisayas Poyo y al mismo padre juez
vicario oyó este testigo que el dicho pescado era el que había tenido
atravesado en el gaznate el dicho Luis Alangan el cual metiendo
sus dedos dentro lo había sacado afuera sin trabajo ninguno
cosa de que se quedó este testigo admirado y lo atribuyó
él y los demás a milagro que nuestro [señor] hizo por ruegos
y méritos de San Nicolás y de [ese] bendito pan y así lo entiende
este testigo y no lo atribuye a otra cosa. Y esto es lo que sabe
y es la verdad para el juramento que tiene fecho en que
se afirmó y [ratificó] y dijo ser de edad de treinta y cuatro
años y que no le tocan las generales y lo firmó de su nombre
con el dicho padre juez y vicario.
Fray Antonio de Porras Cristóbal Petite
Ante mí
Juan Bautista R.es
notario público

{Al margen izquierdo: Testigo Don Carlos Mayrug principal de Panay demás de 60 años }
En este dicho día mes y año el dicho padre juez provisor
para la dicha información hizo parecer ante sí a Don Carlos
Mayrug natural y principal de este dicho pueblo ladino
en la lengua castellana e intérprete del juzgado de el
justicia mayor de este dicho pueblo del cual fue recibido juramento
por Dios nuestro señor y una señal de la cruz en forma
de derecho. Y habiéndolo hecho, prometió decir verdad
y siendo preguntado por el tenor del dicho auto: Dijo
que lo que sabe es que el miércoles de la semana pasada
[que] se contaron treinta y uno del mes de enero estando
este testigo comiendo como a hora de mediodía en su casa
en esta dicho pueblo oyó que iban diciendo por la calle
que se estaba muriendo Luis Alangan porque se le había
entrado y atravesado en el gaznate un pescado llamado
Poyo y acabado [que hubo] de comer este testigo fue luego
a casa del dicho Alangan al cual[vido] [que] se estaba ahogando
y no podía hablar echando sangre por las
narices y por la boca y algunos naturales [que] estaban
con él le dijeron a este testigo que tenía atravesado en
el gaznate el dicho pescado y [vido] [que] el dicho Luis Alangan
hacía fuerza para tragar el dicho pescado y por
sacarlo fuera y nunca pudo. Y este testigo le dejó de este
modo y volviendo después a ver al susodicho a las tres
de la tarde el mismo día [le vido] con las mismas ansias
que [labes] primera y de en cuando en cuando se hincaba
de rodillas el dicho Luis Alangan y con las manos
puestas y juntas las levantaba en alto de que daba
muestras rogar a nuestro señor le librase de aquel trabajo
y aflicción en que estaba y le [vido] así mismo[ colgado]
al cuello un [panesito] de San Nicolás y este
testigo lo estaba animando y diciendo se encomendase
muy de veras a nuestro señor Dios y él lo hacía con
mucho fervor y devoción y a este tiempo le dijo este
testigo que probase a sacar el dicho pescado y animándose
el dicho Luis Alangan lo mejor que pudo [acoreto] el mismo
con sus dedos el gaznate y teniendo abierta
la boca acudió este testigo a ver si podía divisar el dicho

pescado y [vido] que se le parecía solamente la cola y este testigo
volvió a decir que procurase sacarlo y a dos veces que el dicho
Luis Alangan metió los dedos de su mano asió al dicho
pescado y lo sacó fuera sin trabajo ninguna saliéndole
a este tiempo sangré de la boca y narices y poniéndose
a ver este testigo el dicho pescado [vido] que era Poyo y que de
su natural es muy escamoso y tiene muchas espinas por el
cerro y espinoso y tendría a su parecer cuatro dedos
de largo y tres de ancho de lo cual quedó admirado este testigo
porque a dos personas [que] estuvieron los años atrás
con otros pescados atravesados en los gaznates la una
natural de [calalaan] no pudieron vivir y
murieron con los pescados semejantes al que tuvo el
dicho Luis Alangan sin poderlos despedir ni sacarse
los dedos gaznates por muchas diligencias que hicieron
con las tales personas según que lo ha oído decir este
testigo a muchos naturales y así por esto presume y entiende
este testigo que nuestro señor por méritos y ruegos de San Nicolás
de Tolentino obró milagro en el dicho Luis Alangan
en que con tanta facilidad sacase con sus mismos dedos
el dicho pescado de dentro de su gaznate y que esto es lo que
sabe y es la verdad para el juramento que hizo en que
se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de más de sesenta
años y que no le tocan las generales y lo firmó de su
nombre a su usanza con el dicho juez y vicario entrerrenglones
día [vala].
Fray Antonio de Porras
[Ka Lo Ma Yo Ru]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Testigo Pedro de Arsega tagalo [natural] de San Palo de 17 años}
En este dicho día mes y años el dicho padre juez y
vicario para la dicha información hizo parecer ante sí
a Pedro de Arsega indio tagalo natural del
pueblo de San Palo en Manila y residente en este dicho
pueblo ladino en la lengua castellana del cual
fue recibido juramento y él lo hizo por Dios nuestro señor
y una señal de la cruz en forma de derecho y prometió
decir verdad en todo lo que supiere y le fuere preguntado
y siéndolo al tenor del dicho auto: Dijo
[que] lo que sabe este testigo que el miércoles de la semana
pasada que se contaron treinta y uno del
mes de enero se divulgó en este dicho pueblo que Luis
Alangan natural de él se estaba muriendo a causa
de un pescado llamado Poyo que se le había atravesado
en el gaznate yéndole a troncar la cabeza
y como esto lo oyese decir este testigo a muchas personas [que]
certificarse de él lo que a la casa del dicho Alangan al
cuál le dio compasión deberlo y la tenían del todos
los que [le vean] estar como en [efecto] estaba con muy
grandes congojas sin poder hablar y ahogándose
haciendo señas que tenía atravesando en el gaznate
el dicho pescado lo cual pasó como a las tres de la tarde
el dicho día y a este tiempo este testigo hizo diligencia por sacar
del dicho pescado y metiéndole los dedos para el dicho [efecto]
en la boca del dicho Luis Alangan y que sentía dolor en ello
el susodicho no consintió que prosiguiese en ello más antes
con aquellas ansias en que estaba le mordió enlos
dedos de este testigo el cual no reparo si tenía entonces puesto
al pescuezo algún [panesito] de San Nicolás por
la mucha grita y confusión [que] había en la dicha casa
de la gente que tenían cercado al dicho Luis Alangan
a quien animándole este testigo y diciéndole se encomendase
a nuestro señor le [vido] que se levantó en pies y procuró
vomitar el dicho pescado y con la fuerza que hizo le
salió sangre por la boca y luego metió los dedos en su
boca y sacó el dicho pescado fuera en [presencia] de este testigo

y de otros muchos indios que se quedaron admirados viendo
el dicho pescado porque de largo tendría cuatro dedos de
largo y dos de ancho, poco más o menos, y todo escamoso y espinoso
por el lomo que según esto y haber después oído
[que] el dicho padre juez y vicario le había puesto al pescuezo
un panesito de San Nicolás y que el dicho Luis Alangan
se había encomendado al santo presume y tiene por cierto
este testigo le ayudó en tan gran tribulación y aprieto en
[que] estaba y obró por su ruego milagro en el susodicho
y que esto es lo que sabe y no otra cosa. Y dijo ser
la verdad para el juramento que tiene fecho en que
se afirmó y [ratificó] y dijo ser de edad de diez y siete
años y que no le tocan las generales y lo firmó de su nombre
con el dicho padre juez y vicario.
Fray Antonio de Porras
[Pedro de Arcega]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Testigo Geronimo Assa Tagalo natural de Manila de 37 años}
En el pueblo de Panay en siete días del mes
de febrero de mil y seiscientos y veinte y cuatro años
el Padre Fray Antonio de Porras juez provisor y vicario
de este dicho pueblo para la dicha información hizo parecer
ante sí a Gerónimo Asa indio tagalo natural
de Manila y residente en este dicho pueblo que por ser
ladino en la lengua castellana no fue necesario intérprete
del cual fue recibido juramento y habiéndolo
hecho por Dios nuestro señor y una señal de cruz
en forma de derecho prometió de decir verdad y siendo
preguntado por el tenor del dicho auto de atrás
dijo = (sic) este testigo que el miércoles de la semana
pasada que se contaron treinta y uno del mes de enero
como a las tres de la tarde poco más o menos
estando este testigo en casa de Agustín Paran alguacil mayor
de este dicho pueblo oyó decir a algunas personas
que se estaba muriendo Luis Alangan a causa
de que tenía atravesado un pescado en el
gaznate y este testigo fue luego a la casa del dicho Luis
Alangan al cual halló que se estaba ahogando y
echando sangre por la boca y no podrá
hablar y este testigo movido de lástima se
llegó [a él] y haciéndole abrir la boca por
tres veces metió dos dedos de su mano derecha
en el gaznate del dicho Luis Alangan para
sacarle el dicho pescado y aunque todas tres
veces topó con la cola de él no pudo asirlo
para echarlo fuera y después de esto en presencia
de este testigo le dio un bebedizo Manuel
Tigo sangley christiano diciendo que
con él se había de deshacer el dicho pescado
y salir del lugar donde estaba todo desechó

y aunque estuvo el dicho sangley cirujano
un buen rato aguardando a ver si hacía alguna
operación el dicho bebedizo no fue
bastante para que el dicho pescado saliese
del lugar donde estaba atravesado por
que este testigo metiendo otra vez sus dedos delante
del dicho sangley dentro del gaznate
del dicho Luis Alangan topó y atentó la misma
cola del dicho pescado y al cabo de
media hora que pasó lo dicho se fue este
testigo a su casa y volvió después a ver al dicho
Luis Alangan. Al cual vido de la misma forma
y manera que antes estaba y le vido puesto
al cuello un panesito de San Nicolás y no deteniéndose
mucho se volvió a bajar de la
dicha casa. Y después de esto habiendo pasado como
cosa de una hora, oyó este testigo decir al dicho
Manuel Tigo y a otras personas que el dicho Luis
Alangan estaba libre del dicho pescado y
se había salido por la boca del susodicho
y no oyó otra razón ni más declaración de que
como dicho tiene se había salido el dicho pescado
el cual vido este testigo en manos del dicho
padre juez y vicario en la iglesia de este
dicho pueblo día de la purificación de nuestra señor y lo
dio el dicho por a una india beata de este dicho
pueblo para que lo mostrase a las demás por
que era el que había tenido el dicho Luis Alangan
atravesado en su gaznate. El cual
dicho pescado estaba ya seco y enjuto
y a su parecer de este testigo tendría cuatro
dedos de largo y de ancho tres dedos poco
más o menos y sabe que los visayas

lo llaman Poyo a este pescado y el tagalo
[Loalo] y ha oído decir este testigo a muchas personas
así en Manila como en este dicho pueblo que algunas
personas se han muerto por causa de este
dicho pescado y haberseles [a las tales] atravesado
en los gaznates como le sucedió al
dicho Luis Alangan al tiempo que lo pescó y que
según las razones que tiene dichas este testigo presume
y entiende que Dios nuestro señor libró al dicho
Luis Alangan de la muerte por intercesión
del bienaventurado San Nicolás de Tolentino
y lo atribuye a milagro como lo
han atribuido todas las personas que saben
del caso y que esto es lo que sabe. Y dijo ser
la verdad para el juramento que tiene fecho en
que se afirmó y [ratificó] y dijo ser de treinta
y siete años y que no le tocan las generales y lo
firmó de su nombre a su usanza con el dicho padre
juez y vicario.
Fray Antonio de Porras
[Se Ro Ri Mo Ha Sa]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Testigo Agustín Parahan natural de Panay de 36 años}
Y luego incontinente en este dicho día mes y año susodicho
el dicho padre juez y vicario para la dicha información hizo parecer
ante sí a Agustín Parahan alguacil mayor de este dicho pueblo indio
natural de el, ladino en la lengua castellana del
cuál fue recibido juramento por Dios nuestro señor y la señal de la
cruz. Y habiéndolo fecho prometió de decir verdad y
siendo preguntado por el tenor del auto que está por cabeza
de esta información: Dijo que lo que sabe es que el miércoles
de la semana pasada que se contaron treinta y
uno del mes de enero habiéndose [dicho] en este dicho pueblo que
Luis Alangan indio natural de el se estaba muriendo
por tener atravesado en el gaznate un pescado llamado
Poyo fue este testigo como a las dos de la tarda a la [casa]
del dicho Luis Alangan al cual vido este testigo que
estaba ahogando y no podía hablar, echando [sangre]
por la boca. Y preguntando este testigo a algunas personas [que]
estaban con el susodicho de que modo se le había [entr]
en el gaznate el dicho pescado le respondieron [que]
[do] pescando el dicho Luis Alangan en Cariotan [h]
cogidolo y revuelto en [chichinina] y [teniéndolo]
dentro de su boca para trónchale la [cabeza]
matarlo en el [mismo] instante el dicho pescado
[ piendo] la dicha [chinina] se le había colado y [en ]
por la boca [hasta] el gaznate donde se le había [q]
atravesado y que por no hallarle ningún [rem]
habían acudido a llamar al dicho padre vicario el [cuál]
lo confesó por señas porque de ninguna manera []
hablar y le había puesto en la garganta el dicho [p]
panesito de San Nicolás el cual [vido] [este]
puesto que le tenía en el dicho lugar el dicho [Luis]
Alangan y queriéndole este testigo echar hacía de [n]
el dicho pescado con una candela metiendo []
por el dicho gaznate no consintió el dicho Luis Alangan
que le metiesen la dicha candela por el []
dolor con que estaba y hallándose [presentó]

Don Carlos Maini principal e intérprete de este dicho pueblo le
dijo que se encomendase a San Nicolás y tuviese confianza
que le había de librar de semejante [trance] y al
dicho Luis Alangan se hincó de rodillas y poniendo
las manos juntas y alzando los ojos al cielo se
levantó luego al punto y metiendo los dedos
él mismo en su boca sacó el dicho pescado a dos
veces que lo hizo habiendo la primera vez [habido le]
por la cola y a la segunda lo acabó de sacar
con lo cual todos los presentes alabaron al señor por
la misericordia que había usado con el dicho Luis Alangan
y lo atribuyeron a milagro juntamente [con]
este testigo que por tal lo tiene. Y que el bienaventurado
San Nicolás de Tolentino a quien el susodicho se
encomendó le valió y ayudó y que este testigo ha oído
decir a muchos naturales haberse muerto
dos personas por ocasión del dicho pescado y haber se le
atravesado en los gaznates como le sucedió
al dicho Luis Alangan y que el pescado que vido este
testigo sacó de su gaznate tendría a su parecer
cuatro dedos de largo y tres de ancho
poco más o menos. Y que era escamoso y tenía
muchas espinas por el lomo como las
tienen los demás pescados de esta calidad y que esto es
lo que sabe y la verdad para el juramento que tiene fecho en que se afirmó y
ratificó no supo su edad pareció por su aspecto de treinta
y seis años y que no le tocan las generales. Y lo firmó de su nombre en letra
Castellana por ser ladino con el dicho padre juez y vicario = va testado
= puesto no vala.
Fray Antonio de Porras Agustín Paran
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Declaración de Luis Alangan}
En el pueblo de Panay en doce días del mes de febrero
de mil y seiscientos y veinte y cuatro años el dicho Padre
Fray Antonio de Porras juez y vicario de este dicho pueblo
para la dicha averiguación hizo parecer ante sí a Luis Alangan
indio natural de este pueblo de Panay para le tomar
su declaración del cual mediante Don Carlos Mayrug intérprete
fue recibido juramento y lo hizo por Dios nuestro señor y una
señal de la cruz en forma de derecho y declarando el susodicho
por el tenor del auto que está por cabeza de esta información:
Dijo que lo que pasa en el caso es que un
día miércoles como a las diez de la mañana estando este declarante
[rozando] y haciendo su [cayngin] para a su tiempo
sembraros en términos de Cariotan y juntamente
con él un hijo suyo llamado Juan y Buyayao su esclavo en
[trasvosados] muchachos acertaron a descubrir y topar con
una laguna pequeña en el mismo lugar donde estaban
haciendo el dicho [cayngin] y entraron todos tres en ella para
efecto de pescar y este declarante apercibió a los dichos
muchachos que si cogiesen algunos pescados llamados
Poyo no los metiesen en la boca para les tronchar las cabezas
y matarlos como se suele haber entre los naturales
a causa de que no les sucediese alguna desgracia entrándoles
en el gaznate y morir de ello según que otras veces
había sucedido a algunas personas. Y habiendo dado este consejo
acertó este declarante acoger uno de los dichos pescados
al cual revolviéndolo en su [chininas] que llevaba puesto
para intentarlo matar y troncharle la cabeza con sus
dientes en el mismo instante antes que llega el [con]
a su boca rompió el dicho pescado por la parte y lugar
donde estaba en la dicha [chinina] y saltando de improviso
dentro de la boca de este declarante se le entró en el gaznate
quedando atravesado y tan atorado en él que no le fue
posibles poderlo despedir de allí aunque hizo mucha
fuerza para tragarlo y viéndose tan atribulado y [que]
el dicho pescado le ahogaba mandó al dicho Juan su hijo y al
dicho Buyayao su esclavo lo [trajesen] a este dicho pueblo

haciendo esto por señas este declarante porque de
ninguna manera podía hablar y habiéndole traído en
un baroto se desembarcó y fue por sus mismos pies a la
casa de Cat.a Uaysolot su cuñada adonde acudieron muchos
indios a ver lo y en particular Miguel Tigou sangley
cristiano cirujano el cual procuró echar el dicho pescado por
el gaznate a dentro y para ello le metió en él un trozo de
corazón de [plátano] y después otro trozo de caña dulce
hasta topar con el dicho pescado haciendo por [ello] despedir
del dicho lugar. Y no le fue posible según estaba tan arraigado.
Ni tampoco bastó [Marcos Hernández] tonelero
aunque le metió los dedos dentro del gaznate y asió por
la cola al dicho pescado para echarlo fuera y así viendo
[que no] tenía remedio alguno fueron a llamar al dicho
padre juez y vicario. El cual habiendo ido a la dicha
casa confesó a este declarante por señas porque
como dicho testigo no podía hablar y le ató un panesito
de San Nicolás a la garganta el dicho padre diciéndole
[que no] pues se moría si encomendase a él para que le valiese
el bienaventurado San Nicolás de Tolentino
y así lo hizo este declarante con todo corazón y que después
de lo cual se fue por su pie a su casa adonde así mismo fue
el dicho Manuel Tigou cirujano. Y le dio a beber un bebedizo
por último remedio que de ningún modo lo pudo tragar
ni pasar al estómago por el dicho impedimento
y lo volvió a echar de la boca sin causarle efecto ninguno
teniendo antes y después [que no] le diesen el dicho
bebedizo. Algunas bascas para vomitar y trocar y llegados
a ejecución no pudo echar ninguna cosa del estómago
por la razón dicha y lo que trocó fue solamente
cantidad de sangre por la fuerza que hacía al tiempo
de los dichos vómitos. Y después de esto al cabo de rato
sintió este declarante salir el dicho pescado del dicho
lugar y llegarse tanto cuanto a la boca y cobrando
ánimo metió dos dedos de su mano y al cansando
al dicho pescado por el vientre le arrancó las tripas
y sacó fuera y metiendo otra vez los dedos y asiendo

bien al dicho pescado lo arrancó de todo punto y sacó fuera
entero como estaba. Lo cual pasó el mismo día miércoles
como a las dos de la tarde poco más o menos de que quedaron
admirados todos los presentes y este declarante más por
la poca esperanza que ya tenía de su vida. Y así tiene por
cosa muy cierta y no pone duda ninguna sino que el bienaventurado
San Nicolás de Tolentino a quien muy de veras se encomendó
le libró de aquel trabajo. Y que esto es lo que pasa
en el dicho caso y no otra cosa. Y dijo ser la verdad para el juramento
que tiene fecho en que se afirmó y ratificó.
No supo decir su edad. Pareció por su aspecto de treinta y
cinco años y que no firmó por no saber. Firmó lo el dicho padre
juez y vicario con el intérprete.
Fray Antonio de Porras
[Lo Ma Yi Da]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Certificación del Padre Fray Antonio de Porras juez provisor y vicario}
El Padre Fray Antonio de Porras de la Orden de Nuestro Padre
San Agustín comisario del santo oficio y prior del convento
de este pueblo de Panay juez provisor y vicario de este
dicho pueblo y su río de él, certificó a los que el presente vieren
como un miércoles que se contaron treinta y uno del mes de enero
próximo pasado de este presente año como a hora de medio
día poco más o menos fui por llamado de algunos naturales
a la casa de Cat.a Uaysolot en este pueblo dicho de Panay a confesar
a Luis Alangan indio natural de él que se estaba ahogando
a causa de que decían tenía atravesado en el gaznate un pescado
llamado Poyo. Al cual confesé por señas porque de ningún
modo podía hablar. Y viendo que ya no bastaban humanas
diligencias ni remedios le até y puse a la garganta
del dicho Luis Alangan un panesito de San Nicolás de Tolentino
y le dije se encomendase muy de veras a este bienaventurado
santo y pidiese le ayudase en aquel trabajo ofreciéndole
algunas misas. Lo cual hecho al cabo de dos oras que le puse
el dicho panesito, me dijeron haber el dicho Luis Alangan sacado
el dicho pescado con sus mismos dedos del gaznate donde
lo tenía atravesado el cual dicho pescado. Me fue entregado
y [vide] que era escamoso y tenía muchas espinas por el
cerro y espinoso como las [tienen] los demás pescados de esta calidad
y tendría de largo cinco dedos y de ancho más dedos y todas
las personas que han sabido y visto el caso lo han atribuido a milagro
por parecerles que [si no era usando] Dios nuestro señor de este favor divino
con el dicho Luis Alangan no podía dejar de morir. Y para
que conste de ello di la presente firmada de mi nombre y refrendada
del presente notario que es fecha en Panay en diez y nueve
días del mes de febrero de mil y seiscientos y veinte y cuatro
años.
Fray Antonio de Porras
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público
Información y averiguaciones sobre la Santa Cruz que fue hallada en esta jurisdición junto al estero de Mapana y que dicen se cayo del cielo en 1618. Por los padres Fray Juan de Medina y Fray Gaspar de Vitoria. 1619

En el nombre de la Santísima Trinidad y de la eterna unidad:
padre, hijo, y espíritu santo, tres personas y un solo dios verdadero
y de la santísima y benditisima virgen Santa María, señora y abogada
nuestra, y de todos lo santos bienaventurados de la corte del cielo. Amén.
En el convento del glorioso Padre San Augustin de esta ciudad del Santísimo Nombre
de Jesús, a veinte dias del mes de marzo de mil y seiscientos
y diez y nueve años, en presencia de mi escribano público y testigos
aquí contenidos, se llamaron a capítulo y a campana tañida, como
lo tienen de costumbre los reverendos padres prior y frailes del dicho
convento. Es a saber el padre Fray Bartolome de Villalobos, comisario del
santo oficio, vicario provincial de esta provincia prior de este dicho convento
y el padre predicador Fray Lorenco de Figueroa y el padre Fray Diego dela Torre,
frailes profesos conventuales del dicho monasterio para tratar
y conferir sobre lo que depuso era declarado. Hallándose
juntamente presentes: el Capitán Juan de Garay, notario del santo oficio, alcalde
y ordinario de esta dicha ciudad y el Alferez Domingo de [Suaro], y el Capitán
Juan [Francisco] de Leon, regidores, y todos tres diputados para este efecto
nombrados por el cabildo justicia regimiento de esta dicha ciudad. Y estando
así juntos, el dicho Capitan Juan de Garay dijo y propuso como a sus paternidades
y señores diputados que estan presentes les es notorio el padre Fray
Fernando de Morales, prior del convento de San Nicolas del pueblo de Cebu
ha traído a esta ciudad una cruz de piedra de color y hechura peregrina
que dicen bajó del cielo y cayó en la isla de Panay jurisdicción
de este obispado, donde de un indio principal que la tenía la [hubo]
el dicho padre prior [(el que la ruego y peticion de esta ciudad y cabildo
y regimiento de ella)]. Y mandamiento del dicho padre vicario provincial
la dio y entregó a los diputados para ello nombrados. Y que es
la que tenemos presente. Y esto con acuerdo y conformidad
de voluntades conformes así del dicho padre vicario provincial
y conventuales como del dicho cabildo y regimiento.
Y de que había de ser puesta y colocada con el adorno y diseño
que se requiere a costa de la dicha ciudad en el tabernáculo
del Santo Niño Jesús que está en la iglesia de este
dicho convento —

en el altar colateral de la parte del evangelio, reliquia digna
de ser preciada y estimada, que asimismo fue hallada en
esta ciudad en poder de los naturales y en su gentilidad cuando los
españoles ganaron esta tierra donde nuestro señor por su medio
nos ha hecho y nos hace infinitas mercedes y esto con patentes
milagros que ha obrado [a nuestros] ojos, y el dicho cabildo y regimiento
que representa a esta ciudad, con [acatamiento] de gracias a nuestro señor Dios,
y con deseo de [sus en ray] gloria y [asentamiento] de su culto
divino y que cuya interior y [exteriormente] en los corazones
y opinion de los hombres siendo de ellos conocido, reverenciado
y amado como es razón sea acordado como esta dicho con
voluntades conformes los dichos padre prior, vicario provincial
y conventuales por lo que les toca. Y los dichos diputados en el
dicho nombre de que se ha puesta y colocada la dicha cruz en el dicho tabernáculo
del niño jesus. Y para ello los dichos diputados
dan y entregan la dicha cruz en deposito al dicho padre prior por
si y [e.mr] de los demás conventuales para que ahora ni en
tiempo alguno, por el dicho padre vicario provincial ni otro superior ni conventual,
puedan llevar ni sacar para otra ninguna parte la dicha
cruz. Y los dichos diputados por si y en el dicho nombre se obligaron
de que habiéndose [hecho], como se han de hacer por el ordinario [las cuales],
informaciones, diligencias, y averiguaciones sobre la dicha
cruz y su aparición, y constando y declarando por el dicho [que ordinario],
ser milagrosa la dicha cruz la dicha [ciudad] el día de Santa Cruz
de mayo y otro día en que se convienen en cada una no
[la hará] particular fiesta y procesión [solemne]. Y en esta
conformidad el dicho padre vicario provincial dijo que recibía
y recibió de mano de los dichos diputados la dicha cruz en el
dicho deposito para el efecto que esta declarado. Y se obligaron
y prometieron de tener la siempre en el dicho tabernáculo
donde queda colocada y puesta y no la quitaran ahora ni en
tiempo alguno ni la sacaran fuera de esta ciudad por [su orden y]
por los superiores presentes ni porvenir por ninguna causa

ni razón que [el a ello den, porque ] para ello, si no [ceso lo] para el efecto
que está acordado y se les ha entregado, no [antes] adquirir [dicho] alguno
a la procesión y propiedad de la dicha cruz. Porque esta la ha de tener
siempre esta ciudad, con que no la puedan sacar para poner
en otra iglesia. Y cada a una de las dichas partes, en esta conformidad,
por lo que a cada una le toca obligaron [la cual]
dichos padre prior y frailes los vienes del dicho convento,
y los dichos diputados, los propios y rentas de la dicha ciudad
habidos y por haber. Y dieron poder cumplido [a cualesquiera
justicias] que de ello puedan y deban conocer para [su
ejecución] y cumplimiento como si [fuese] sentencia definitiva
de juez competente pasada en cosa juzgada. Y renunciaron
cualesquier leyes fuera y dichos que se [han] en su favor
y del dicho convento y especialmente la ley que dice que general
renunciación [fecha non vale]. Y los padres prior y conventuales
juraron por Dios Nuestro Señor y por
su profesión, que [tornan] y guardaran esta escritura
inviolablemente y que en ningún
tiempo la reclamaran ni irán contra ella, por
lesión vengan o ni por restitución [ni entregan],
ni por otro ningún [remedio] ni auxilio aunque, sea
por [dicho] nuevamente sobre venido y ni pedirán
[absolución] ni relajación de este juramento
aunque sean para efecto de ser oídos en juicio
sobre lo contenido en esta escritura. Aunque
se les conceda, no [usaran] de ello, y si [a no viajarse]
quisiesen [non bala y caigan] en caso
[de por juros]. En testimonio de lo [cualas],
yo otorgaron siendo presentes por testigos
el Alferez Juan Juarez de [Almesto], y el
Alferez Diego de Ledesma, y el Sargento Juan
Fernandez de Leon, escribanos de esta ciudad y [los dichos]

otorgantes que [yo] el escribano doy fee que conozco lo firmaron
de sus nombres – Fray Bartolome de Billalobos,
Fray Lorenso de Figueroa, Juan de Garay, Fray Diego dela Torre,
Domingo de Suaro, Juan [Fernandez] de Leon. Ante mi Antonio
Eugenio, escribano publico, [va en] mandado medio y al [pie de] en
primera [plana] dicho [como] Antonio Valan

La ciudad del Santísimo Nombre de Jesús a veinte y nueve días del mes
de abril de mill y seiscientos y veinte y cinco años.
Su señoría reverendísima
[del] señor obispo de Cebu Don Fray Pedro de Arce [usando] de la comisión
de nuestro padre provincial para hacer la averiguación sobre la
cruz que falta que fue la que se halló con el santísimo niño Jesús
hizo su señoría reverendísima parecer ante sí al Padre Fray Juan Ruiz prior del
convento de Cabcar del qual fue recibido juramento en forma
de derecho poniendo la mano en el pecho y lo hizo y
prometió de decir verdad. Y siendo preguntado dijo
que sabe este que declara que entre las joyas del niño
Jesús había una cruz de oro [Castilla] esmaltada de negro
que [era] la con que se halló el niño y que el Padre Fray Juan de Tujo,
cuando entregó la caja para se ir a capítulo, entregó
al Padre Fray Antonio Ximénez toda la caja, sacristía, y joyas etc.
del santo niño con la cruz que falta, como consta por el
entrego que está firmado de él y de los Padres Fray Juan
de Tujo y Fray Antonio Ximénez. Y ha oído este declarante
de pocos días a esta parte un esclavo del convento llamado Tomás
hurtó la dicha cruz y una cadenilla la cual cadenilla
se halló en poder de un Sangeley a quien el dicho Tomás la había
empeñado. Y por no tener entera noticia qué cruz era la
que faltaba, no se hiciese diligencias, entendiendo era pesar
de poca estima y valor, hasta que un dia yendo el Padre Fray Juan
de Ricovayo compañero de su señoría al convento le mostraron las
joyas del santísimo niño. Y [ha] oído como faltaba la cruz con que fue
hallado el santo niño y luego se fue a la iglesia para ver si la venía
puesta el niño como solía y no se halló. Que ha confesado el
dicho Tomás que la hurtó mientras capítulo, juntamente con
la cadenilla y parece ser así por haberse ido a curar
fuera del convento el Padre Fray Antonio Ximénez que quedó por vicario,
y este declarante haberse ido con su licencia
holgar a Cabcar y andar por esta causa la llave

del santo niño con muchas en muchas manos, y con esto halló ocasión el
dicho esclavo Tomás para hacer el dicho hurto y consta
también haber la hurtado en este dicho tiempo mientras
capítulo porque viniendo por prior el Padre Fray Juan de Montemayor
a este convento diciendo este declarante [un día]
que se viesen las joyas del niño. Les respondió el dicho padre prior
"pues joyas tiene el niño." Le respondió este que [declara]
"sí y de mucho haber." Y luego le replicó el dicho prior "[pues]
[si es an] si veámoslas." Y cotejándolas con la [memoria]
del Prior Fray Juan de Tujo se hecho de ver faltaba una cruz [pero]
no sabían si era la con que fue hallado el niño [y esta]
diligencia de ver las joyas se hizo después de haberse
ido de este convento el Padre Fray Antonio a Panay sin entregar a [ las]
[joyas], con la mucha prisa con que se fue a [cobrar]
la [cole[c]ta] [de arroz], porque había ocasión para embarcarse en
un champán.[ Y]esta es la verdad para el juramento
[ffo] tiene en que se afirmó y ratificó y dijo ser de [edad]
de cuarenta y ocho años poco más o menos y lo
firmó de su [nombre co[n]] su señoría reverendísima.
Fray Pedro, Obispo del
Santísimo Nombre de Jesús
Ante mi
Fray Juan de [Ricovayo]
{Al margen izquierdo: Padre Fray Antonio Ximénez }
La Ciudad de Santísimo Nombre de Jesús a treinta día del mes de abril
de mil y seiscientos y veinte y cinco años
Para la averiguación
que [nos] manda hacer a cerca de la falta de la cruz que [fue]
del niño Jesús que fue la que fue hallada con el niño [etc.]
[aparecer] ante sí el Padre Fray Antonio Ximénez del cual fue recibido
juramento en forma de derecho en verbo sacerdotis
y de bajo de una censura y lo hizo y prometió

decir verdad y siendo preguntado lo que sabe acerca de la falta
de la cruz con que fue hallado el niño: Dijo que lo que sabe es
que cuando vino el Padre Fray Juan de Montemayor por prior de este convento queriéndolo
este declarante dar las cuentas y entregar la sacristía
y joyas del niño al dicho prior le remitió al Padre Fray Juan Ruiz para
que se las tomase y hice (sic) cargo de ellas. Y el dicho Padre Fray Juan
Ruiz se las tomó y recibió el dinero y al entrego de las
joyas. Este que declara hizo demostración de todas las
que se le habían entregado y no las contó ni sacó de la cajón el dicho Padre Fray Juan Ruiz
sino tan solamente dijo que todo estaba cabal y lo [propio] los
ornamentos porque lo sabía. Luego el Padre Fray Juan Ruiz delante
del padre prior y este que declara [pasó las hojas] en
la caja del depósito y la cerró y se quedó con las llaves,
sacando primero cantidad de pesos para el gasto. Y este declarante
tiene por cierto que no faltaba joya ninguna en
su tiempo porque tan solamente se sacaron para vestir al niño
la víspera de San Vidal. Y cuando las sacaron las
[entregue] este declarante al hermano Fray Martín de Jesús en
una [palía] por cuenta las que fueron necesarias quedando
otras en la caja del depósito y luego el día de
San Vidal después de haber vuelto la procesión de la [catredal]
y traído el niño al convento con la misma [cuenta] que se vistió
el niño y joyas que le pusieron, lo desnudó Juana dece
el hermano Fray Martín y quitándole las joyas y [vistaban demasiadas]
con algunas lo volvieron al tabernáculo donde
es de ordinario. Y esto siempre estando este declarante presente.
Y tiene por cierto este declarante faltó la cruz y una cadena
mientras este declarante estuvo en Panay porque
cuando volvió de Panay le dijeron faltaba una cadena de
peso de un tae, y nunca le dijeron nada de la cruz. Y faltaron
otras muchas cosas en especial [dinero] del gasto [pertenece]
a su cargo el Padre Fray Juan Ruiz y no tener llave el padre prior. Y esto pudo
ser porque dentro de la celda del dicho Padre Fray Juan Ruiz
dormían Tomás esclavo del convento y otros Camarines criados
del dicho padre y como estos le hurtaron el dinero pudo ser le
hurtaran la llave y el oro o sino se [benefició] en el hurto que
[pareció] de la cadena a cabo de algunos meses

porque el Padre Fray Juan Ruiz tuvo siempre las llaves del
sagrario y del tabernáculo del niño Jesús y pudo
ser descuidarse y [sacarle] las llaves y hurtar la
dicha cadena y cruz del niño. Y dice y declara este
declarante que en tiempo que fue prior el Padre Fray Juan de Tujo
nunca el dicho padre prior entregó la llave del niño sino
a uno de sus compañeros para [descubrirle] y esto
siempre con esto las [sobrepelliz] y nunca se le entregó
al negro la llave como ahora en tiempo del dicho
Padre Montemayor que siempre [abre] el dicho negro Tomás
el tabernáculo. Y él dicho esto que sabe por el juramento
que fecho tiene en que se afirmó y ratificó y dijo ser de la
edad de cincuenta y cuatro años y lo firmó. Va entre renglones
"el dicho prior Fray Juan Ruiz" [vala] = y [tachado "Juana de Ce" no
vala etc.]
Fray Pedro Obispo del
Santissimo Nombre de Jesús
Ante mí
Fray Juan de Ricovayo

{Al margen izquierdo: Declaración y [tormento] a Tomás, esclavo del convento.}
En la Ciudad del Santísimo Nombre de Jesús a dos dias
del mes de mayo de mil
y seiscientos y veinte y cinco años su señoría reverendísima para más averiguación
y saber quien hurtó la cruz y cadena, y por los
autos parece estar Tomás esclavo del convento indiciado,
habiéndole su señoría reverendísima hecho algunas declara preguntas,
siempre anduvo [vacilando], y para que de
todo punto se dijese la verdad le mandó poner en
un potro de tormento con nueve cordeles, y se le requirió
dijese la verdad, y siendo preguntado si hurtó la cruz
y cuando: Dijo que es verdad que hurtó una cadenilla
con la cruz en el tabernáculo del niño, quitándosela
del pescuezo, y luego la empeñó a una india llamada
Isabel, y esta es la verdad.
Preguntado quién
le dio la llave dijo que el hermano Fray Martín le dio la llave
para abrir el tabernáculo un viernes para la misa
y que se dice de nombre de Jesús.
Preguntado diga la verdad que quien dijo la misa
el día que hurtó la cruz, dijo que el Padre Fray Alonso Clemente
y ésta es la verdad.
Preguntado que como le dio la cruz a la india
llamada Isabel, respondió que un esclavo del padre prior
llamado Jacinto, se la hurtó a este
declarante y este que declara [conoció] la dicha
cruz en poder de la dicha Isabel y se la quitó
y luego a cabo de tres semanas este declarante
le empeñó a la dicha Isabel la cruz en seis [reales],
y esta es la verdad para el juramento que hizo en forma
de derecho que hizo y lo firmó de su nombre juntamente
con su señoría reverendísima.
Ante mí
Fray Joan de Ricovayo

{Al margen izquierdo: Dicho del Padre Prior Fray Juan de Montemayor}
La ciudad del santísimo nombre de Jesús a quatro dias del mes de mayo de
mil y seiscientos y veinte y cinco años su señoría reverendísima para la dicha
averiguación y saber cuando y como faltó la cruz con que
fue hallado el santísimo niño, hizo parecer ante sí al Padre Fray Juan de
Montemayor prior del convento del niño Jesús de esta ciudad. De el
cual fue recibido juramento conforme a derecho en verbo sacerdotis
y por las órdenes que tiene. Y habiendo puesto la mano
[por] el pecho lo hizo y prometió de decir verdad. Y siendo preguntado
qué es lo que sabe del caso y la noticia que tenía
de esta causa dijo que cuando vino por prior a este convento ni sabía
que el santo niño tuviese joyas ni lo había oído hasta que, acabo
de quince o veinte días poco más o menos que llegó, el Padre Fray Juan
Ruiz dijo a este declarante que el niño tenía joyas. Y luego
al momento este declarante con el Padre Fray Juan Ruiz las fueron
a ver y confiriendo las dichas joyas una a una con la memoria
que dejó de ellas el Padre Fray Juan de Tujo firmada de su nombre y de el
del Padre Fray Antonio Ximénez, hecho menos este declarante
la cruz y más una cadenilla que por la memoria parece
pesar un tae. Y preguntado este declarante al Padre
Fray Juan Ruiz que "¿qué cruz sería la que faltaba?" no le supo
certificar si era la con que fue hallado el niño y u otra por
no estar el dicho Padre Fray Juan Ruiz enterado de las señas
de ella ni la memoria de las joyas [puesta] más de estas
palabras "una cruz de oro esmaltada con que se halló el niño"
y casi todas las que tiene son de oro y esmaltes. Y más
añade la dicha memoria "con una sarta de perlas y oro" y la
cruz que está en esta sarta no es la que falta. No embargante
que tiene de un lado a nuestra señora de el otro un christo, lo cual
ayuda mucho a la equivocación de lo que el Padre Fray Juan
Ruiz dijo a este declarante. Que no estaba cierto pero que le
parecía que tenía una imagen de nuestra señora la cruz que dicen
con que se halló el niño. Y después como aparecido no estaba
la cruz en esta sarta sino es la cadenilla que hurtó el ladrón.
Con las cuales dudas dice este declarante que
ha guardo que viniese el Padre Fray Antonio Ximénez que estaba
en Panay. Y vuelto que fue, no supo dar razón de
la cruz y cadenilla sino fue afligirse y decir que
le perseguía este declarante y por esta causa y [por dichas]
pesadumbres se quedó este declarante debajo de duda [si era]
la dicha cruz la que faltaba y u otra hasta que se ve

El canónigo Manuel de Rivero juez
provisor y vicario general en este obispado de
Cebu por el reverendísimo señor
Don Fray Pedro Arce obispo de este
obispado y del consejo de su majestad,
certificó de verdad como su señoría reverendísima
hico, digo, empezó a hacer averiguación
sobre la cruz que faltó del
santísimo niño Jesús del convento
del señor San Agustín de esta ciudad.
Y al cabo de pocos días su señoría se partió
para la visita y me cometió hiciese
la dicha averiguación. Venidos los
testigos que se habían ido a llamar
a Bantayan y a otras partes y venidos
a una Juana Camagi se le dio
y tomó juramento si sabía quién tenía
la cruz que había faltado. La cual dicha
Juana Camagi dijo que ella la había

visto en poder y manos de una Isabel,
la cual estaba en ofensa de dios con
un esclavo del Padre Prior Fray Joan de
Montemayor, llamado Jacinto, y lo mismo
juró otro testigo de esclavo del convento,
llamado Manuel, el cual la vido en poder
de la dicha Isabel, que se la había dado Jacinto,
esclavo del padre prior, y con estos
dos dichos se envió a llamar a la dicha
Isabel al pueblo de Bantayan, a donde
estaba desterrada. Y preguntada que
había hecho de la cruz, la cual, aunque se
puso a cuestión de tormento y le apretaron
los cordeles, siempre negó.
Y después de todo esto fue llamado un esclavo
del convento, llamado Tomás, sacristán,
el cual preguntado por la cruz confesó
de plano que él la había hurtado y que
a él se la hurtó Jacinto, esclavo del padre
prior, el cual la dio a Isabel su amiga.
Y preguntado este Tomás, que había
hurtado esta cruz, en que tiempo había

sido hurtada esta cruz, dijo que
en tiempo del prior que es ahora,
y estando el Padre Fray Juan Ruiz
por vicario del convento y fue
en el tiempo que el Padre Fray Antonio
Ximénez estaba en Panay recogiendo
un poco de arroz, y para que el padre
provincial esté enterado de lo que
ha pasado en razón de la diligencia que
se hizo acerca de la cruz di está firmada
de mi nombre y sellada con mi sello,
que es fecha a 21 de mayo de 1625.

año de veinte y cinco es la fiesta del niño Jesús hablándose el
compañero de su señoría reverendísima el Padre Fray Juan de Ricovayo a
vestir la imagen del niño le preguntó [si conichia] la
cruz y que lo viese y certifica el dicho padre no estar allí y
faltar por todas las cuales causas de las dudas en
que este declarante estuvo con los demás padres y de que
cuando tomó la posesión del convento faltaba ya la
dicha cruz dilató el dar aviso a nuestro padre provincial [temiendo]
siempre lo que ha sucedido ahora que la cruz no [aparece]
y los esclavos andan huidos y alborotados y el [servicio] y
obras del convento perturbadas. Y que este declarante [siempre]
después que [es] prior ha entregado la llave a un religioso,
previniendo siempre no sucediese alguna cosa. Y
en esto ha tenido particular cuidado como lo pueden
decir todos los que han estado en su compañía. Y esta es la
verdad para el juramento [es fecho] tiene en que se afirmó y ratificó
y dijo ser de edad de cincuenta años poco más
o menos y lo firmó de su nombre.
Ante mí
Fray Juan de Ricovayo
{Al margen izquierdo: Declaración del Hermano Fray Martín de Jesús}
Hoy dicho día mes y año dichos para la dicha averiguación su
señoría reverendísima hizo parecer ante sí al Hermano Fray Martín de
Jesús del cual fue recibido juramento que forma de derecho
por las órdenes que tiene el cual le hizo y prometió de
decir verdad y siendo preguntado qué es lo que sabe acerca
de lo que pasa sobre el hurto de la cruz. Dijo
que cuando se le entregó la caja y joyas y demás cosas
de la sacristía al Padre Fray Antonio Ximénez el Padre Prior Fray
Juan de Tujo este que dicha no se halló [presente] más de tan
solamente al entrego de la dispensa y que no sabe

cuando se hurtó la cruz y en cuanto lo que dice Tomás que
fue el que hizo el hurto que este declarante le dio la llave
puede ser darse la porque como le hayan ocupado
no podía acudir a tantas [parastes] porque
en este tiempo el Padre Fray Antonio estaba enfermo [que] casa
de Juana [Decejas] y de ordinario le tenía el dicho Padre Fray
Antonio consigo de día y que podría ser a este
tiempo hacerse el hurto. Y luego en estando el Padre
Fray Antonio mejor le envió a la estancia de Bohol
donde le tuvo un año. Y esta es la verdad para
el juramento [que fecho] tiene en que se afirmó y ratificó
y dijo ser de edad de cincuenta años poco más o menos y no lo firmó por no saber.
Firmólo su señoría reverendísima.
Ante mí
Fray Joan de Ricovayo
Al gobernador de Filipinas para que observe en los nombramientos de generales y demás cabos. 1670, 1707.

Al gobernador de Filipinas que observe
en los nombramientos de generales
y demás cabos lo que le está
ordenado antes de ahora.
El rey= Maestro de campo Don Sabiniano
Manrique de Lara caballero de la orden
de Calatrava mi gobernador y capitán general
de estas islas Filipinas y presidente de
mi real audiencia de ellas o a la persona que
las gobernare, en memorial que Máxino Sola
de la compañía de Jesús ha presentado en mi consejo
real de las Indias ha representado los muchos
aprietos en que se hallan las dichas islas (de
donde ha venido por procurador general de ellas) nacidos
de diferentes causas, y entre ellos el faltar la gente
de guerra porqueja el año que pasan cien soldados
es grande el socorro, y que estos son muchos mestizos
y mulatos causando en esas islas desestimación
[entre] las naciones extrañas. Y que respecto
de esto se puede temer alguna pérdida y que si tienen
salida de esas islas después de haber militado
diez años, sería más fácil el conseguir
vaya gente de provecho y servicio para la milicia
y que mis virreyes de Nueva España siempre
que nombren generales, almirantes y otros
cabos sea con calidad de que residan en dichas
islas los dichos diez años. Suplicándome que
con atención a ello le haga merced de aplicar
a lo referido el remedio que más convenga.=
Y habiéndose visto en mi consejo real de las Indias
con lo que dijo mi fiscal de él, como quiera
que por cédula del día de la fecha de esta he mandado

a mi virrey de la Nueva España que la gente
que enviaré de milicia a las dichas islas
sea de las parte que se requieren para el uso
del arte militar y en el mayor número que
le fuere posible y que los gobernadores, almirantes
y generales y otros cabos que nombraré
para la carrera de esas islas sea con calidad,
de que residan en ellas por lo menos diez años.
Sin que con ningún pretexto se pueda dispensar
de que ha parecido avisaros y mandaros (como
lo hago) que por lo que a vos toca en el nombramiento
de los generales y otros cabos cumpláis y observáis lo que
os está ordenado por diversas cédulas que [s.e] ello
están despachadas sin que en ello os quede arbitrio
para dejarlo de ejecutar así que en ello me
serviréis. Hecha en Madrid a ocho de marzo de
mil seiscientos y sesenta años.= Yo el rey=
Por mandado del rey nuestro señor=
Juan de Zubiza= Al pie de esta real cédula
están cinco rúbricas al parecer son de
los señores del supremo consejo de las Indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy
actual de las reales galeras que su majestad (que
Dios guarde) tiene en estas islas para su guardia y
custodia, y escribano mayor en propiedad del cabildo
y ayuntamiento de esta nobilísima ciudad de Manila
y su diputación con voz y voto de privilegio en él,
en virtud de un acuerdo celebrado el día trece de agosto
del año pasado de mil setecientos y cinco por los
muy ilustres señores de ciudad que se halla a fojas

sesenta y cuatro a sesenta y cinco de libro número
treinta y siete hice sacar y saqué este traslado
de la real cédula arriba inserta, que está en el libro
tercero de cédulas reales en el archivo de mi cargo,
y va cierto y verdadero, corregido y concertado con
su original en virtud del mandato de dicha ciudad.
Siendo testigos Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado
y Pascual Casinag, presentes a ocho de enero
de este presente año de mil setecientos y
siete.
[acordada]
Al gobernador de Filipinas, que guarde y ejecute precisamente las cédulas aquí insertas acerca del repartimiento de las toneladas de los vecinos de aquellas islas. 1604, 1707.

+ 125
Al Gobernador de Filipinas
guarde y ejecute precisamente las cé-
dulas aquí insertas cerca del reparti-
miento de las toneladas de los vecinos
de aquellas islas.
El Rey: Don Sebastián Hurtado de Corcuera,
caballero de la Orden de Alcántara,
mi Gobernador y Capitán General de las islas Filipinas,
y Presidente de mi Audiencia Real de ellas,
yo mandé dar y di una mi cédula del [tenor] si-
guiente = El Rey. Por cuanto yo mande dar la cé-
dula y sobre cédula del [tenor] siguiente = El
Rey. Don Sebastián Hurtado de Corcuera, ca-
ballero de la Orden de Alcántara, mi Gobernador
y Capitán General de las Islas Filipinas y Pre-
sidente de mi Real Audiencia de ellas, encar-
ta que esa ciudad me escribió en veinte y siete de junio del año pasado de seiscientos y treinta y seis:
dice, que en las naos que salieron aquel
año para la Nueva España vendisteis por
mi cuenta alguna parte considerable de dichas
toneladas con ocasión de decir, que su poseído
era para el gasto que había causado el despacho
de dichas naos, siendo en perjuicio de la merced
que tengo hecha a los vecinos y si esto se con-
tinuase sería perder totalmente esas islas
por los inconvenientes, que de ellos resultan. =
Y habiéndose visto en mí Consejo real de las Indias
he tenido por bien de dar la presente
por la cual os mando, que precisamente guar-
déis lo que esta mandado con el repartimiento.

de dichas toneladas haciéndole en la forma
que se dice en las cédulas que en esta razón están
dadás pues mi voluntad, es que no se vendan
por que son a favor de los vecinos de esta ciudad
de Manila. [Dicha] en Madrid a dos de octubre de mil seiscientos y treinta y ocho años =
Yo el Rey = Por mandado del Rey nuestro señor
Don Gabriel Ocaña y Alarcón. = Y ahora
por parte de Don Juan Grau y Monfalcon, procurador
general de la dicha ciudad se me ha hecho relación
que atento que con mucho acuerdo esta dispuesto
y ordenado por muchas cédulas reales, que
el repartimiento del permiso de aquellas islas
se hagan en Manila por una junta de los ministros
que están señalados, y que estos sea observado
desde el año de seiscientos y cuatro, hasta el de
seiscientos y treinta y cinco, que el gobernador Don
Sebastián Hurtado de Corcuera reservo en si solo
el hacer como lo hizo el repartimiento al-
terando esta orden de que resulta que dar agraviados
los vecinos por no haber tenido parte en
lo que es merced y privilegio suyo sin que los
gobernadores tengan facultad, para quitarse
la ni impedírsela: suplemente fuese servido de
mandar que en conformidad y cumplimiento de
las cédulas, que están dadas se haga el dicho
repartimiento. = Y habiéndose visto en el
dicho mi consejo, he tenido por bien de dar
la presente. Por la cual mando al dicho

126
mí gobernador y a los que adelante le su se
dieren que guarden y cumplan y la hagan
guardar y cumplir la dicha mi carta aquí in-
serta y las cédulas que están dadas en razón
del repartimiento de las dichas toneladas sin
ir ni pasar contra su [señor] y forma en ma-
nera alguna. Fecha en Madrid a ocho de diciembre
de mil seiscientos y treinta y ocho años = Yo el Rey.
Por mandado del Rey nuestro Señor = Don Gabriel de Ocaña y Alarcón =
Y agora en capítulo de carta que la Ciudad de Manila me
escribió en dos de Agosto de seiscientos y treinta y ocho:
Dice, que por el tercer capítulo de la
que en veinte y siete de junio de seiscientos, y treinta y seis
me escribió se medio cuenta
de como por cédulas libradas por los reyes
mis señores padre y ágüelo (que santa gloria
hayan) y por mí se les hizo merced a los vecinos
de aquellas islas de diferentes gracias para
su mayor aumento y conservación, y que
una de ellas es que gocen de cuatro cientos tone-
ladas de carga en las dos naos, que por [quintaría]
navegan cada año a la Nueva España
disponiendo en ellas para que nadie
sea agraviado en esta merced la forma de su
repartimiento para su mayor justificación
y que sea y se haga por el gobernador, arzobispo,
oidor mas antiguo, dos regidores

y oficiales de mí real hacienda por capitanía
particular de su instrucción: cuya forma se había
observado siempre por mayor en todos los
gobiernos pasados y que sin embargo de haber
se le presentado todas al gobernador Don
Sebastián Hurtado de Corcuera había dispuesto
con efecto y ejecución de haber vendido por
cuenta mía gran parte de dichas toneladas con
ocasión de decir que su procedido era para
el gasto que había causado el despacho
considerar que los derechos que en aquellas islas
y en la Nueva España se pagan llegan a suma
a que no equivale el gasto que causan
en y da y estada y vuelta con que siempre
sea cumplido con lo que esta dispuesto acerca
de esto por capítulo de cédula de postrero de
diciembre de seiscientos y cuatro de que se
dio por escrito toda de vida razón al dicho
gobernador y a mi de los grandes inconvenientes
que de semejante novedad se
ofrecían: y el general desconsuelo: con
que los vecinos, que daban por verse desposeer
en aquella parte vendida de la dicha gracia
y merced, que había tantos años gozaban
por entero y por haber manifestado
el gobernador lo había de continuar
adelante de que no se pudo ver ejemplar,
el año de seiscientos y treinta y siete por
no haberse despachado naos de aquellas islas

127
Para la Nueva España, sino un aviso solo,
y que la causa fue por los impensados
y nunca vistos rigores que el visitador
Don Pedro de Quiroga y Moya había
usado en las haciendas que los vecinos de
dichas islas tenían en ella y que con esta
ocasión habían resuelto en cabildo abierto
que hicieron con licencia del gobierno y
asistencia de aquella ciudad no enviar
hacienda alguna dicho año ni en los siguientes
hasta que yo fuese servido de enviar el debido
remedio de tales rigores, y así me daban cuenta
de como sin embargo de las dichas cédulas de
merced y gracia hecha aquellos vecinos de aquellas
islas el dicho gobernador asentó por
bando publicado que quien tuviese y quisiese. Que
cargar en las dos naos que se despachaban a
la Nueva España acudiese por la carga que
hubiese menester a mí real contaduría donde
mis oficinas reales se la daban y pagándome
por cada pieza veinte y cinco pesos, y que
sale a razón de doscientos pesos cada
tonelada respecto de tener ocho de dichas piezas
cada una, y que el zelo que se ha conocido
en el dicho gobernador es el de mí mayor
sevicio y aumento de mí real hacienda y
que con este intento busca estos y otros caminos
para ello sin embargo de ser de grande
inconvenientes es referido por las razones que

me tienen representadas, y cuando fueron en
parte de carga vendida siempre vendan hacer
mayores cuando se venda toda, interés [tener]
en su comparación y con la dicha novedad
y nuevo accidente ha resultado en todo aquel
reino un general desconsuelo: con el
cual queda y estaba hasta que yo mande se
cumplan las libradas con tanto acuerdo sobre
la dicha gracia y merced: con la cual y la que
esperan recibir de mí real clemencia sobre
los rigores del dicho visitador volverá aquel
reino en si y el comercio se mejorará que
es el que por mayor le sustenta y que para que
lo referido tenga mejor disposición con viene
se despache sobre cédula mandando se
observan las libranzas en razón de que cada
año naveguen de aquellas islas; por mí
cuenta a la Nueva España las dos naos que
suelen donde los vecinos que tuvieren haciendas
que cargar lo harán y devuelta tendrán
su retornó y socorro ordinario que cada
año se envia para sustentar las muchas
y considerables plazas que en aquellas partes
tan dilatadas tengo = y habiéndose visto
en mí Consejo Real de las Indias es mí
voluntad y mando al dicho gobernador que al presidente

es, y a los que adelante fueron de las dichas islas
Filipinas que guarden y cumplan y hagan
guardar y cumplir y ejecutar precisa e inviolablemente
la cédula y sobre cédula aquí insertas según
y como en ellas si contiene y declara
sin inovar alterar, ni remover en cosa alguna
lo que en ella se dispone y manda no
embargante cualquiera otra orden que haya que así
conviene a mí servicio. Y de lo contrario me
dare por de servido fecha en Madrid a
treinta de Septiembre de mil seiscientos y treinta y nueve
años = Yo el Rey. = Por
mandado del Rey nuestro señor = Don
Gabriel de Ocaña y Alarcón = Y ahora la
ciudad de Manila en carta de
veinte de Agosto de seiscientos y treinta y nueva me ha
representado, que habiendo se les despachado diferentes
cédulas para el cumplimiento y ejecución de la
merced que tienen los vecinos de ella de cuatro cientos
toneladas de carga en las naos, que por mí
quinta navegan cada año a la Nueva España
habíais intentado asentar una nueva imposición
en contravención de las cédulas que tienen
y perjuicio de esta merced obligando a los vecinos
de esta ciudad a que paguen en ella por vía de
[fletes] doscientos pesos de cada tonelada a título de
decir, que yo tengo mandado se sane en

los gastos que las dichas dos naos causaren con
los derechos y fletes de las haciendas que en ellas
se trajinaren; en ejecución: de lo cual señalasteis de
flete de cada tonelada cuarenta y ocho ducados no
debiendo se pagar sino en la Nueva España por ser
a donde se des embarca lo que de hay se envia que
con lo que montan estos fletes y diez y nueve
pesos por ciento, que con ellos se pagan de derechos
reales, [alcautala] avería consulado y uno
por ciento para la fuerza de Acapulco sin dos
por ciento de la plata, que sellaba y tres por ciento,
que se pagan en esas islas por la salida
se sanean aventajadamente los gastos que tienen
las naos de ida estada y vuelta de suerte
que siempre a sobrado por esta cuenta mucha
suma de pesos. Y que aunque por esa ciudad
se contradijo la nueva imposición la
ejecutasteis sin embargo. Con lo cual algunos
vecinos se quedaron en la tierra con los empleos
que tenían hechos tres años había por
no haber se les repartido el año de
seiscientos y treinta y nueve mas de setenta y cinco
toneladas, y que lo que excediese de ellas fuese
con la dicha imposición computando las
mercaderías que podían llevar en los doscientos y
cincuenta mil pesos de permisión a mas
de cuatro cientos pesos cada cajón sin atender

129
a que la mitad del permiso va enfados
y fardillos e mantas por no alcanzar
los pobres a poder hacer un cajón,
y que si cada fardo demantas
a lo sumo esta embarcado en ciento
y veinte pesos de todas costas parece hay
de diferencia en el dicho cómputo cuando fuera
justo en cada fardo doscientos y noventa
y seis pesos y por mayor en la mitad de las
setenta y cinco toneladas, que hacen seiscientos
piezas reguladas a fardos y
fardillos, ochenta y ocho mil y ochocientos
pesos que quitando se los que dan de fraudados
los vecinos en esta suma cuando
era justo atentarlos en tiempos tan a
pretados, y que aunque seos representación
las razones que había, para no hacer novedad
y guardar lo dispuesto por mis reales
cédulas no basto para dejar de proseguir
en lo referido= Supp.me mandase proveer del
remedio que conviniese para la ejecución
de las dichas cédulas= y habiéndose visto en
mí Consejo Real de las Indias teniendo consideración
a lo bien que me sirven los vecinos
de estas islas: el aprecio, que hago de
vasallos tan le a les entierras tan remotas, y
apartadas; he tenido por bien de dar la presente
por la cual o mando cumpláis y hagáis

cumplir y ejecutar precisa y
inviolablemente lo dispuesto en las cédulas que
aquí van incorporadas sin contra venir
ni interpretar su señor y forma en
manera alguna excusando que no necesitan
devolver a recurrir a mí consejo para
el cumplimiento de la merced que les tengo
hecha y me avisareis de haber lo hecho
ejecutar así para que yo tenga entendido
como sea cumplido lo que en esta
materia tantas veces tengo mandado. Dicha en
Madrid a once de diciembre de mil seiscientos y quarenta y un
años =
Yo el Rey = Por mandado de Rey
nuestro Señor = Juan Bautista Saenz Navarrete.=
Al pie de esta real cédula están dos rúbricas = Y atras
de esta dicha real cédula están
cinco rúbricas al parecer son de los
señores del Supremo Consejo de las Indias. ---
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galera que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia, y
escribano mayor en propiedad del Cabildo y Ayuntamiento
de esta Nobilísima Ciudad de Manila
y Su diputación con voz y voto de privilegio
en el, en virtud de un acuerdo celebrado el

130
día trece de Agosto de año pasado de mil setecientos y cinco
por los muy ilustres señores de
ciudad, que se halla a forjar sesenta y cuatro
a sesenta y cinco de libro de número treinta y siete
hice sacar y saque este traslado de la Real Cédula
arriba inserta, que esta en el libro tercero de
cédulas reales en el archivo de mí cargo, y va
cierto y verdadero corregido y consertado con su
original en virtud del mandato de dicha ciudad;
siendo testigos Ignacio Alvarez, Simeon de Mercado,
y Pascual Casinag presentes a
ocho de enero de este presente año de mil setecientos y siete.
Al gobernador de Filipinas encargándole la ejecución y cumplimiento de las cédulas que están dadas sobre el repartimiento y carga de los navíos entre los vecinos, para que se haga con igualdad. 1620, 1707.

Al gobernador de Filipinas encargándole
la ejecución y cumplimiento
de las cédulas que están dadas sobre
el repartimiento y carga de los navíos
entre los vecinos y se haga con igualdad
y justificación.
El rey= Mi gobernador y capitán
general de las islas Filipinas y presidente
de mi real audiencia de ellas, Don Juan
Grau y Monfalcón procurador general de esa
ciudad me ha hecho relación que yo tengo ordenado
por cédula de veintitrés de mayo de mil
seiscientos y veinte que esos vecinos se les reparta
la carga de los navíos con toda justificación
y que en contravención de lo dispuesto por ello,
los gobernadores han introducido dar parte de las
cargas a los marineros y gente de mar y guerra
hospitales y obras pías clérigos y criados
suyos, y así mismo a los oidores, fiscales,
y oficiales de mi real hacienda con que
no disminuido la merced que los tenía hecho
y que Don Juan Niño de Tabora intentó hacer
el dicho repartimiento tocándole a la ciudad y
no gozaron de esta gracia la gente más necesitada
y de obligaciones. Y suplicándome fuese servido
de mandar que se cumplan las que están dadas
pues esa ciudad me ha servido y sirve siempre
con el amor y celo, que sea experimentado.
Y últimamente sin embargo, de las
pérdidas que tuvieron en la capitana que se fue
a pique en ese puerto me hizo un donativo de
cuatro mil ducados y que siempre, que se hubiese

de hacer este repartimiento sea con intervención
de mi gobernador y parecer de la ciudad
con que se evita la queja y desconsuelo que
hay entre ellos. Y habiéndose visto en mi consejo
real de las Indias ha parecido ordenaros
y mandaros como os lo ordeno y mando que
guardéis y cumpláis y hagáis guardar y cumplir
lo que en razón de lo sobre dicho está
dispuesto por cédulas y ordenes que están dadas
pues veis cuán justo es dar entero satisfacción
a las partes y que sea de manera que estos repartimientos
se hagan con toda igualdad y
justificación evitando las diferencias y quejas
que pudiera haber por esta causa si se diese
lugar a lo contrario. Hecha en Madrid a diez de
marzo de mil seiscientos y cuatro años.=
Yo el rey= Por mandado del rey
nuestro señor.= Don Gabriel de Ocaña
y Alarcón.= Al pie de esta real cédula
está una rúbrica; y atrás de esta dicha
real cédula están seis rúbricas al parecer
son de los señores del supremo consejo
de las Indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia y
escribano mayor en propiedad del cabildo y
ayuntamiento de esta nobilísima ciudad de Manila
y su diputación con voz y voto de privilegio en

él, en virtud de un acuerdo celebrado el día
trece de agosto del año pasado de mil setecientos
y cinco por los muy ilustres señores de ciudad que
se halla a fojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco;
por los muy ilustres señores (digo de libro número
treinta y siete) hice sacar y saqué este traslado de la
real cédula arriba inserta, que está en el libro
tercero de cédulas reales en el archivo de mi
cargo y va cierto y verdadero, corregido y concertado,
con su original en virtud del mandato
de dicha ciudad. Siendo testigos Ignacio Álvarez,
Simeón de Mercado, y Pascual Casinag, presentes
a ocho de enero de este presente año de mil setecientos
y siete.
Al gobernador de Filipinas sobre que informe acerca de la merced que se ha hecho a los vecinos de Manila en cuanto a la carga de las naos porque la gente de mar participa en el daño de dichos vecinos. 1632, 1707.

Al gobernador de Filipinas
sobre que informe cerca de la merced
que vuestra merced tiene hecho a los vecinos
de aquella ciudad de la carga
de las naos que de pocos años a esta
parte participa de él [en] la gente de
mar en daño y perjuicio de los
dichos vecinos y contra órdenes
de vuestra merced.
El rey: Don Juan Niño de
Tabora, de mi consejo de guerra, mi gobernador
y capitán general de las islas Filipinas
y presidente de mi audiencia real
que reside en ellas; por parte de esa ciudad,
se me ha hecho relación que de la carga de
las naos está hecha merced a los vecinos
de ella, y se les hace repartimiento cada año
con vuestra intervención, y un oidor
y fiscal de la audiencia y oficiales de mi real
hacienda. Y que sin tocarles a la gente de mar
de este repartimiento de algunos años a esta parte,
se les ha hecho gracia de que gocen de ello
como si fueran vecinos, dándoles a cada uno
dos piezas. Las cuales acomodan con las personas
que mejor solo pagan, de que se les sigue
mucho interés. Y como de algunos años
a esta parte ha venido a menos el comercio de la
China, se ha estrechado también el trato y
no se hace empleo de consideración, y que
habiendo acudido a vos y a vuestros antecesores
a manifestarlo, habéis obligado a los dichos

vecinos a que se encargan de las dos piezas
del repartimiento pagado por cada
una a veinticinco y treinta pesos, no
teniendo carga para acomodar el repartimiento.
Y que les hacen tomar de la gente
de mar. Y que si bien deseáis acomodar dicha
carga no podéis, y así repartís a los dichos
vecinos a que lo puedan acomodar el año
siguiente, de suerte que si vienen a hallar
con esta carga comprada de cuatro
y cinco años sin haberlo podido acomodar.
Y que es interés de muy gran consideración,
siendo la gente de mar más bien librada
e interesada sin tener parte en la carga
por venderla a los vecinos cuya es. Con que
quedan perdidos en todo y se les hace cargo
de los veinticinco y treinta pesos por cada
pieza. Suplicándome [que] fuese servido de mandar dar
mi real cédula, para que de aquí delante se
excuse este repartimiento en la gente de mar.
Y se socorra por otro camino, pues el que se
ha tomado es en tan gran daño y perjuicio
de los vecinos. Y habiéndose visto en mi
consejo real de las Indias porque quiero saber
lo que acerca de lo referido se os ofrece
y convendrá proveer, he tenido por bien
de dar la presente. Por la cual os mando [que] me
informéis en la primera ocasión sobre
ello muy particularmente. Para que visto
se tome la resolución que más conviniere.
Hecha en Madrid a cuatro de septiembre

de mil seiscientos y treinta y dos años.
Yo el rey. Por mandado del rey
nuestro señor, Don Fernando Ruiz de
Contreras. Al pie de esta real cédula
están seis rúbricas. Al parecer son
de los señores del supremo consejo de
las Indias.
Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia, y escribano
mayor en propiedad del cabildo y ayuntamiento
de esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación con
voz y voto de privilegio en él, en virtud de un acuerdo
celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores
de ciudad, que se halla a fojas sesenta y cuatro
a sesenta y cinco de libro número treinta y siete,
hice sacar y saqué este traslado de la real
cédula arriba inserta (hice sacar y saqué
este traslado digo) que está en el libro tercero de cédulas
reales en el archivo de mi cargo, y va cierto y
verdadero, corregido y concertado con su original
en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo testigos
Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado y Pascual
Casinag, presentes a ocho de enero de este presente año de mil
setecientos y siete.
Index for Cedulario número 31 de los años de 1750, 51 y 52.

Índice de las reales cédulas que contiene es-
te cedulario-
-Real Cédula fecha en San Lorenzo a 26
de octubre de 1750. Para que en las pro-
vincias de la Nueva España no se paguen
sueldos de los consignados en penas de cá-
mara. Hoja 1 a 47.
-Otra fecha en San Lorenzo a 18 de octubre
de 1750. Para que el Virrey de la Nueva
España, y demás Ministros Reales ejecuten
lo que se manda sobre extraer de los sagra-
dos a los delincuentes que cometieren ho-
micidios y otros crimines. Hoja 48 a 56.
-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de febrero
de 1750. Para que se ponga en posesión
a esta ciudad de Manila del oficio de alférez
real de ella. Hoja 57 a 67.
-Otra fecha en Buen Retiro a 24 de septiem-
bre de 1750. Para que en las provincias
de Nueva España se cumpla lo resuelto
en punto de que se tengan por libres los [extran]

Índice de los reales despachos de Su Majestad que se
dirigen en esta ocasión a su Gobernador y Capitan
General de las Islas Filipinas y Presidente de su
Real Audiencia de [ellas], que reside en la ciudad de
Manila.
[Margen izquierda] {Duplicado 1}-En despacho de fecha de 15 de septiembre del año
de 1751; previniéndole haberse aprobado la determi-
nación que se tomó en junta de real hacienda de
admitir al bachiller Don Miguel de la Torre la proposición
que hizo de dar las medicinas para los galeo-
nes sacándolas de las que abundan en la
botica del Hospital Realde Manila que
esta a su cargo. Hoja 1 y hoja 2.
[Margen izquierda] {Duplicado 2}-Otro de la misma fecha: ordenándole
observe puntualmente lo que esta mandado
modernamente a cerca de los privilegios que
deben gozar en las Indias los sujetos que
ejercieren los oficios de tesoreros de la esta
cruzada. Hojas 3 de hoja 2 a 5.
[Margen izquierda] {Duplicado 3}-Otro de 16 del mismo mes y año, avisándo-
le haberse recibido la carta de su antecesor,
en que dío cuenta de los Indios infieles, que

[Margen izquierda] {Duplicado 8}-Otro de la misma fecha, participándole
haberse aprobado la division de la provincias de
Leyte en dos alcaldías mayores. Hojas 4, hoja 24 a 27.
[Margen izquierda] {Duplicado 9}-Otro de 28 del proprio mes y año, ordenán-
dole observe, y haga observan lo dispuesto
sobre que la numeración de los comercian-
tes se aquellas Islas la haga la ciuda de
Manila por si, y sin asistencia de Ministro
alguno. Hojas 2, de hoja 28 a 29.
[Margen izquierda] {Duplicado 10}-Otro de la referida fecha, ordenándole
observe, y haga observan el estilo y práctica
que ha habido de que los fiscales de la Audiencia no rubriquen los proveidos en la
junta de repartimiento. Hojas 6 de hoja 30 a 35.
[Margen izquierda] {Duplicado 11}-Otro de 8 de diciembre del expresada
año, ordenándole cumpla lo dispuesto por
la cédula que se inserta expedida para que
no se augmentase el número de regido-
res de la ciudad de Manila. Hojas 5 de hoja 36 a 40.
[Margen izquierda] {Principal 12}-Otro de 15 de diciembre del citado año,
participándole se concede licencia al Arzobis-
po de Manila para impetrar breve de su
santidad a fin de que los principales de varios

censos tocantes a fundaciones de capellani-
as que de hallan depositados se empleen en
el tráfico y comercio de aquellas Islas y orde-
nándole vigile a su tiempo para que no se
experimente la menor usura. Hojas 4 de hoha 41 a 44.
[Margen izquierda] {Principal 13}-Otro del mismo mes y año, orde-
nándole observe lo dispuesto sobre que los
fiscales de la Audiencia no tengan voto
en las juntas del repartimiento del buque
del galeón [anual]. Hojas 5 de hojas 45 a 49.
[Margen izquierda] {Principal 14}-Otro de la referida fecha, previniéndo-
le lo reparable que ha sido el mal modo,
con que el obispo de la Nueva Segovia Go-
bernador interino, que fue de aquellas Islas
se porto con la ciudad de Manila, y sus ca-
pitulares y que use con ella el buen trato y
urbanidad, y política, que esta mandado
observan por las cédulas, que se citan. Hojas 5 de hoja 50 a 54.
[Margen izquierda] {Principal 15}-Otro de la propria fecha, ordenándole
observe y guarde el reglamento del año de
mil setecientos y treinta y cuatro, estable-
cido para el comercio de aquellas Islas. Hojas 18 de hoja 54 a 72.
[Margen izquierda] {Principal 16}-Otro de la expresada fecha; odernán-

[Margen izquierda] {Principal 21}-Otro de 22 de citado mes y año ordenándole que en las concurrencias que se expresan
de disiento igual al suyo y a su mano izqui-
erda al Arzobispo de aquellas Islas y que se
le hagan los honores militares en la forma
que se refiere. De hoja 139 a 144.
[Margen izquierda] {Principal 22}-Otro de 5 de marzo del referido año; ordenándole disponga que los oficiales reales
interinos de aquellas [cajas] restituyan a
ellas la mitad del sueldo entero, que han per-
cibido come si fueran proprietarios. Hojas 5 de hoja 145 a 149.
[Margen izquierda] {Principal 23}-Otro de la referida fecha, participán-
dole haberse aprobado las providencias,
que dió su antecesor a fin de que saliesen
bien armados los navíos que hacían via-
je a Acapulco, y lo que práctico para la
defensa de Manila con el motivo, que en
el se expresen. Hojas 2 de hoja 150 a 151.
[Margen izquierda] {Principal 24}-Otro de 2 de mayo del citado año,
avisándole el recibo de la carta , y [avisos]
en que su antecesor dió cuenta de haber
declarado por libres al General y Oficiales
Documents pertaining to Bandalas issued in the Bikol region (1707-1713)

{A la margen izquierda: Polangui: Sobre la publicación del orden de la bandala}
Fray Alonso Buena Ventura de la sagrada
orden de mi seráfico Padre San Francisco, guardián de los
conventos de este pueblo de Polangui y del de Sibón y ministro
doctrinero de los naturales de ellos, de este provincia de
Camarines certifico a los señores que lo que presente vieren de como
una orden del superior gobernador de estas islas
sobre que se compre para los reales almacenes de
la ciudad de Manila, cuatro mil chinantas de abaca
en rebaja a dos reales y dos mil gantas de aceite de
coco a medio real gantas que se paguen en tabla
y mano propria a los dueños que los dieren y se les
reparta a los que tuvieren con igualdad con
beneplácito mío. Se publicó el trasunto en lengua del
pais en la iglesia de este dicho pueblo por el escribano del gobernador
de él en concurso de muchos naturales acabado los oficios divinos.
Y fijó un tanto en parte pública y por
ser así verdad doy la presente Polangui. Noviembre,
27 del 1704.

Digdi sa banuaan sa Polangui sa yca duañg polo may siam na
aldao nin bulan sa junio saroñg rivo pitong gatos may apat na taon
Acong escribano nin Capitán Basal Don Pantaleon dela Cruz guiminibo aco cayniñg
testimonio sapagcatotoo nay dinatoñg saco yniñg saroñg mandamiento nin
señor Capitán Don Juan Esteban de Ensinas na hocom cayniñg pag [darapit]
nin Camalig huli sa hadeñg [n]; ta totooñg gayo nay dinatong
man iniñg saroñg orden nin superior gobierno sa señor presidente gobernador
assin capitán general cayning magña poro sa Pilipinas, sa dapit sa
pag guibo nin compra na abacá, assin lana sama min tiñg an saroñg
chinantas, manay caualo an saro cabulas, assin can matipona nin capitán
basal y pahatod sa dorogñan napinagcacasararoan assin day paghabalaon
an magña [obli na ypagohobli] cayian tominipon nin compra
tarasapagca totoo cayniñg napapalaman digdi cayniñg auto,
[guinalagñana] assin ynotob an napapalaman cayniñg orden
assin pagcatapos co nin paghoad ypinahatod co tolos sa capitán
basal sa Oas assin ypinapag bando tolos nin Capitán Basal Don
Ventura Gomba sa mga lansagñan sa alañgcaun na tigñog, assin
ypinadocot pa sa hayag tagñani maquita nin siysayman ta
sapagcatotoo cayning testimonio nagfirma acoñg escribano can sacoyañg
gñaran; fecha ut supra.
En testimonio de verdad
[Econ.s] Dela Cruz
Escribano

Publico este mandamiento de las bandalas en este
pueblo de Nabua, hoy veinte y tres de noviembre
y para que conste donde más convenga di esta certificación
en el dicho día y año de mil setecientos
y cuatro años.

Aco si Alexandro Dimassacuid escribano actual nin
capitán bassal digdi sa banuaan sa Nabua Don Sebastian
de los Angeles, nagtatao aco nin fee assin catotoohan
na testimonio sa magña señores na macaquita
cayni sa gñonyan na aldao na domingo sa oras na
alas dies sa aga labi o colang, ypinagbando co,
sa magña lansagñan an orden nin señor gobernador assin
capitán general cayning magña poro, dapit sa pamacal
nin abacá assin lana digdi sa provincia na si
nagtanogan nin guimbal na ypinaglibot sa magña
lansagñan sa tigñog ni Ambrosio Dorongco na yio an
naguin pregonero assin pagcatapos nin pagbando,
ypinadocot an sacong tanto sa tata nin simbahan
cayning banuaan, na sa pagcatotoo cayni gabos
ytinao co yning testimonio sa atubagñan nin magña
sacsi nayio an maestre de campo Don Julio German, sargento mayor
Don Manuel Acacio, assin an capitán Don Domingo pag timbagñan
assin nin yba pang balaquid natauo na nagnag paco dagnog
assin nag papaquita, digdi sa banuaan sa Nabua, duang
polo may tolong aldao sa bulan na noviembre sa sang ribo
pitong gatos may apat na taon, assin nagfirma aco can sa
coñg gñaran

Fray Francisco de la Madre dios (sic), religioso de la sagrada orden
de mi seraphico padre San Francisco, su guardián del convento e
iglesia de San Esteban de este pueblo y ministro doctrinero
de los naturales de el certifico a los señores que la presente
vieren de como una orden que según su contenido
parece ser del señor presidente governador y capitán general de estas islas
su fecha veinte tres de agosto de este presente año trasuntado
en la lengua Bicol que recibió el gobernador actual de este pueblo
con mandamiento del alcalde mayor y capitán a guerra de esta
provincia en que se manda publicar y fijar en parte pública y en el
se manda hacer compra de quatro mil chinantas de abacá
y dos mil gantas de aceite de cocos y que se pague a los naturales
el valor en tabla y mano propia se publicó y certificó
traslado de dicho orden por dicho gobernador hoy de la fecha y así lo certifico
por ser la verdad y para que conste doy la presente en Ligao
y noviembre 29 de 1704 años.

Sobre la compra de bandala 5
Aco si Juan Sarignaya, escribano nin capitán basal, nin magna tao digdi
sa banuaan sa Ligao, nagtao aco cayning testimonio sa magna señores namacacaquita
{Al margin izquerdo: Ligao}
ta sapag catotoo na an saroñg orden nin señor gobernador assin capitán general digdi
sa caporoan sa Filipinas na diminatong digdi na an fecha sa ciudad sa Manila
duang polo may tolo sa bulan na agosto, cayni man sanañg taon nahinuad
sa tataramon nin Bicol nin magña interpretes sa juzgado digdi sa
pag darapit sa Camalig, na an togon macal an Capitán Don Juan Esteban de Encinas;
na hocom digdi cayning pag darapit na apat na rivong chinantas na
abacá sama mintiñg an sarong chinantas assin duwang rivo cabulao na lana
sa mog sa manicauala an saro cabulao sa magña tao na may abacá
assin lana togon na ypagharubay sa magña baro banuaan yning orden assin
ypadocot an sarong traslado caydtong orden sa sarong na mabassa
ning magña tarasapag otob sa gabos na natotogon cayniñg orden binasa
cong escrivano an traslado nahinuad co sa original sa simbahan sa aldao
na ycaduañg polo, may siam caini man sanañg bulan assin taon, na nadagñog
nin dacol na magña tao, naduduman sa simbahan ano pag cahaman ypinadocot
sa pinto nin tribunal digdi sa banuaan sa Ligao sa pagcatotoo
guinibo co yning testimonio digdi man sana cayning banuaan gñunyan
sana enot naaldao sa bulan sa diciembre cayni man sanañg taon sa sañg rivo
pitoñg gatos may apat na taon sa atubang nin magña sacsi Don Chrisostomo
Sinaon, Don Blas Casaquit, Don Thomas Panibi, sapagcatotoo nagfirma acong
escribano na nagtao nin pagcatotoo,

Certifico yo Fray Carlos de Jesus guardián y ministro de este
convento de San Antonio de Padua del pueblo de Yriga como
el [verda] ser publicado un orden de real gobierno en que
dispone lo que se ha de [mercar] en aceite y abacá para la
provincia de los reales almacenes y despacho de navío para la Nueva
España lo cual fue intimado al gobernador de este pueblo
por el capitán a guerra por su magestad y alcalde mayor en estas
provincias de Camarines Don Juan Estevan de Encinas y para que conste
ser publicado y fijado en las puertas de la iglesia de esta firmada
de mi nombre para que conste adónde más convenga
que el fecha en esta convento de pueblo de Yriga en quince
días del mes diciembre de mil setecientos y cuatro años.

Testimonio sobre la compra de la bandala
Gnunian na aldao sa lunes sa horas na alas ocho sa
aga sa ycaduang polo may apat na aldao sa bulan na
noviembre sa sang ribo pitong gatos may apat na taon. Aco an
escribano actual sa banuaan sa Yraga, Don Pablo Caramro
tasa huli sasaroñg orden na guican sa superior gobierno dapit
sa compra na abacá assin lana na cayba an sarong mandamiento
nin señor Capitán Don Julio Esteban de Encinas hocom assin
capitán sa pag laban cayning provincia sa Camarines tara guinalagnan co,
na cayni man sanañg aldao patin horas na sinabi
na sa itaas, iyo an pag bando sa magña lansagñan
assin pinag tanogan pacaray nin guimbal patin an saroñg
traslado ypinadocot sa hayag [nanaquita] nin dacol na tauo
sa may tata nin simbahan. Assin huminagad aco nin
certificación sa Padre Fray Carlos de Jesus, paraholit assin guardian
sa convento sa banuaan sa Yraga, huli sa pag catotoo na ynotob
an gabos na natotogon sa mandamiento sa pag catotoo
cayning testimonio nagfirma acoñg escribano digdi sa banuan
sa Yraga, assin nagtao nin fee. fecha ut supra.

{Al margen izquierda: Buhi de la publicación del orden de bandala}
Fray Francisco de Villamiel, religioso de la sagrada
orden de mi seráfico padre San Francisco, su guardián de este convento
del pueblo de Buhi y ministro doctrinero de los naturales de él,
certifico a los señores que la presente vieren de con beneplácito
mío. El gobernador de este pueblo por medio de su escribiente leyó y puso
un trasunto en la lengua bicol de orden de
superior gobernador sobre que el alcalde mayor, capitán Don Juan Esteban
de Encinas que lo es de esta provincia de Camarines compre entre
los naturales de ella, cuatro mil chintas de abaca y dos mil
de aceite de cocos y que se pague en table y mano propia a los
dueños que dieren y demás circunstancias que contiene dicho orden
cuyo lado se fijó en el tribunal por ser la parte más puesta y así lo
certificó por ser la verdad haber hecho dicha publicación en un
día festivo en concurso de muchos naturales de este pueblo acabado
los oficios divinos y lo firme en este pueblo de Buhi en
veinte seis días del mes de noviembre de mil setecientos y cuatro años.
Fray Francisco de
Villaniel

Aco si Don Pedro Bulalacao, escribano nin capitán bassal digdi sa banuaan
sa Buhi, nagtao aco cayniñg testimonio sa magña señores na macacaquita
sa pag catotoo na an saroñg orden nin señor gobernador assin capitán general
digdi sa poro sa Filipinas na diminatong digdi na an fecha sa ciudad sa
Manila duañg polo may tolo sa bulan na agosto cayni man sanañg taon na
hinuuad sa tataramon nin bicol nin magña interpretes sa juzgado
digdi sa pag darapit sa Camalig, na an togon macal Capitán Don
Julio Esteban de Encinas na hocom digdi cayning pag darapit na
apat na riboñg chinantas na abacá sa maminting an sarong
chinantas asin duang ribo cabulao na lana sa niog sa manicaualo
an saro cabulao; sa magña tauo na may abacá, assin lana, togon
na ypagharubay sa magña baru banuaan yning orden assin ypadocot
an sarong traslado caydtong orden sa sarong lugar na mabasa
nin magña tauo, tara sapag otob sa gabos na natotogon cayning
orden binasa cong escribano an traslado na hinuad co sa original
sa simbahan sa aldao na ycaduang polo mi apat sa noviembre cayni
man sanang taon, na nadagñog an dacol na magña tauo naduduman
sa simbahan as pag cahaman ypinadocot sa pinto nin
tribunal digdi sa banuaan sa Buhi sa pagcatotoo guinibo co
guinibo yning testimonio digdi man sana cayning banuaan gñunyan na ycasangpolo
cagduang aldao sa bulan na marso sa sangribo pitong gatus mi
limang taon sa atubang nin magña sacsi Don Manuel Bagasma,
Don Santiago de Santa Cruz, Don Fernando de Valencia, sapagcatotoo cayni
nagfirma acoñg escribano can ngaran co.
Don Pedro Bulalacao
escribano

Certifico yo Fray Domingo Martínez por comisario provincial de los religiosos
de nuestro padre San Francisco de esta provincia de Camarines guardián y ministro
de doctrina del pueblo de Oas, como en la iglesia de
este dicho pueblo con mi beneplácito y licencia se leyó y
publicó el dia veinte y cinco del mes de noviembre del año
proxime pasado de mil seteciento y quatro después de los
divinos oficios estando el pueblo para ellos congregado un auto
del superior gobierno su fecha en Manila en veinte y tres
de agosto del sobredicho año de setecientos y quatro en que se
manda hacer el repartimiento de la bandala de aceite y abacá
y en su virtud se leyó dicho orden del alcalde de mayor de esta
provincia de Camarines el Capitán Don Juan de Encinas, declara tocar
de repartimiento de dicha bandala a este pueblo doscientas y diez
gantas de aceite y cuatrocientas y noventa chinantas
de abacá y para que conste de la verdad de suplicación
dí la presente, que es fecha en dicho pueblo de Oas en 23 de
Febrero de 1705 años

[Guas.=] Sobre el mandamiento de bandala
Aco si Don Diego dela Cruz, escribano digdi sa banuaan sa Oas.
Nagtauo aco cayniñg testimonio sa pag catotoo nay pinagharubay
an orden nin superior gobierno dapit sa comprang
abacá assin lana na naysihan pacaray nin dacol na
magña tauo, na tomipon [sa natao] nin tribunal gñuñan
na aldao na jueves sa duañg polo may lima cayniñg
bulan noviembre sa oras na ala once lavi con coslañg; assin
pacatapus nin pagbando; ypinadocot an saroñg traslado
cayni gñaniñg orden; sa tribunal sa pinagaatubagñan
nin dacol na magña tauo sa pagcatotoo cayni
nagfirma acoñg escribano digdi sa Oas y noviembre
25 de 1704.
Diego dela Cruz
escribano

An maestre de campo Don Domingo de Zabalburu y Echavari
Caballero sa orden ni Santiago sa consejo nin hadeñg n sa sayiang
gobernador assin capitán general cayniñg magña poro sa Philipinas assin pressidente sa
audiencia assin chancillería real na yiaon dihan na mamumugtac etcétera
tara holi gñani cayian magña caypohan sa real almacenes cayniñg
campo sa pag pagaiac assin papagdispacho sa magña [haroñg] assin sa sasacian
na sa hadeñg [ñ] na nagdatong sa puerto sa Cavite, caypohan
na gayo na magguibo nin compras sa gabos na provincia cayniñg magña sa
magña lain lain na generos na caypohan na gayo tagñani day magcasaquit
holi sa dai [pacasabot] can ypinagtataoñg buhis cayni gñaniñg
provincia holi sa magña caypohan assin tagñani magguibo guiraray, caypohan
na gayo an pag dispacho sa cahadehan sa Bagoñg España ninda
hoñg na guiraray ypinagpapahatod huli [kan] real situado assin yba pañg
caypohan: lana huli cayian pagcaquita cayni, nagboboot aco assin nagsosogo
saymo hocom assin capitán sa paglaban dihan cayian pagdanapit sa Camalig
O quiysay man na tauo o magña tauo naualas mo gñonañg nagboboot
na [justicia] dehan; tolos pagca quita mo cayniñg orden, magguibo ca nin
compra na duañg rivo cabolas na lana sa niog na sa manicaualo an saro
cabolas, assin apat na rivong chinantas na abacá na mamintiñg an saroñg
chinantas na ogale nin magña Bisaya, Meztisos nin Castilla, [p.n] Mestizos
nin Sangley, assin yba pañg magña tauo na ygua gñani cayniñg magña generos assin
day man piriton na magñag tao an magña day; Nara an magñag tao cayni
gñaning magña compra napag saramahon na gayo assin saysayon nin marahay
Ihadan nañg gayod nin ygô saindañg caypohan na ynoogale ninda
Patin sa saindang magña cassono assin an magña hinanon patin pag basadres
mo an halaga cayian gnaning magña lana patin abacá, sa ogale na sinabi na
nanatotogon na daing yba condi yio sana na dai piriton condi tiponon gnona,
pag babayadi sainda can ygo sa catanosan, dihan cayian magña pagdarapit
sagcod sa Baro banuaan nasacop cayian pinag tiponan na ytinotogon
co saymo sa macuri coñg paniuala napagbaiadan an halaga cayian gñaning
magña generos na sa ogale na oya digding natatanda assin yio sana;
puon dehan sa real haber nayiaon sa saymong cargo cumua nin ypagbaiad
na ypagtao mo pacaray sa saindang magña camot cayian gñaniñg
magña tauo na magtao cayian gñaning magña generos na con matapus
sa atubang cayian magña padres ministros sa doctrina sa manaro sarong banuaan
cayian gñani man sana napagtao cayian magña generos, day
pagabalahon an tangdan, assin day magcastañg minsan ano manlamañg
sainda ansilosco na con sa tibaad nañg tiempo na ygua ning

ygua nin ypaquita dapit sa day paca pagbayad caya gñaniñg ohoblihan
an tibaad nañg cabilagñan cayian magña namumugtac nasinalina
mapapacaag saymo na yca an magtatao cayian day naohoblihan na
day ca magñataman assin day ca papagsayomahon nin tibaad na dapit
cayniñg cabtañg nacocoon saymoñg day tibaad assin ypapacargo pa saymo
sa [Rez.a] may tatao gñani cayian catoñgdan nin Jues na mag
[Rez.a] saymo assin day man ypaaaco naybilang con maquipag yca
na dapit sa real haber na yiaon sa saymong cargo combaga day matapus
yian ynaniñg paghubli cayian gñaning binabacal assin antañgdan
sa magña naghahatod na may certificación pa casa [day] nin
padreñg [p.r] holit assin testimonio nin escribano cayian gñaniñg [prdu.a] tara
combaga day, Yca, [ass.n] an Saymong magna acompaña [m.sos] na sapag
catotoo na camo an guiminibo cayian sa [tiempo] naycatitipon cayian
pag saroon assin pacarahayon an pagñagcamugtac cayian gñaning magña
lana assin abacá sa camumugtacan odorogñan naduman guiraray
can daan na namumugtacan patin ysaro man cayian natipon na sa
lunadan an magña sasacyan na ypagpahatod nin magña jueces oficiales reales
na day sucat mahaloy assin na maculañg cayian an silot co na combaga
caypuhan na cayian gñaning binabacal na magña generos assin magña
buhis na day pa ypinahahatod digdi sa magña reales almacenes mamacal
na digdi sa ciudad minsan mahal nañg halaga assin yca an
pipiriton sapagbaiad sa real caja can Calabian napaghobli cayian assin
saymo pa yysip an magna pagalaman [ass.n] magna caratan nama
dadatgñan con maolañg an maghali con dahong na cayniñg
taon na madatong na may bibihale sa cahadehan sa Bagong
España assin con maolañg an pagpahatod sa reales almacenes assin ypadadagos
saygo sa catanosan holi can day pag otob na tinoyo assin day
pagcuiog patin day pag otob sa magña ypinagtotogon assin ypinagsosogo nin saymoñg
gobernador assin capitán general holi sa day mo pagñigot nin pagtipon cayian
gñaniñg magña compra na guican sa magña buhis. Tara combaga ygua
nin caolagñan na magsayoma na day gñani cayian magña generos
na gagastahon sa magña reales almacenes holi sapagca day dihan nahayag
na gaio na day sucat macapagtipon cayian gñaniñg especie holi sa
pagca day dihan; ypagpadara mo digdi gabos an salapi naisi sa especie
cutana ypahatod mo digdi sa real casa tagñani digdi sa ciudad
ypagbacal patin digdi na pagbabaro-barohan sa manonoñgdan na marahay
patin ypadara mo an guinobong informacion na sa pagcatotoo na day
gñani assin yning orden ypapaghouad mo sa tataramon nin Bisaya

Bisaya cayian gnaniñg pagdanapit tagñaniñg ypagbando sa hayag assin
tagñaning ypagpadocot sa hayag sa magña baru banuaan nanagguibo
cayian compra, naypa paghatod pacarahay an magna testimonio na may
certificación nin magña padreñg [p.r] holit na sa pagcatotoo naynotob
holi cayni sapag sinuc sa mahal tang dios, patin sa hadeng n, patin yian gñaniñg
magña jueses oficiales reales comua sinda nin traslado cayniñg orden patin
ybugtac sa pleigo cayian gñaniñg ocom tagñapit con magtao nin
quenta bidbiron combaga ynotob nia na con day nia guinibo o ypininic
na gaio sa sayiang magña day tibaad an calabian nay quinapaghobli
cayni gñaning magña generos, holi nin si day pagcaotob; digdi
na pamacal sa ciudad na day mayo acoon an anoman [nalurac] na
ypagsayoma holi cayian, holi ta canigohan sa pagsirvi sa hadeng n
tara holi cayian, comua nin traslado an cuntador sa quentas tagñani
sapagcatotoo may sihangñapi con magsaysay na can sayañg quentas
Ytinao sa Manila sa duang polo mitoloñg aldao sa
agosto, saroñg rivo pitoñg gatos mey apat na taon
Pagboot nin Señor Joseph de Aribalo escribano publico.
Sa ciudad sa Bagong Caceres sa ycaualoñg aldao sa bulan na
noviembre saroñg rivo pitoñg gatos mi apat na taon, aco an Capitán Don Julio
Esteban de Encinas hocom assin capitán sa paglaban cayniñg pagdarapit
nin Camalig holi sa hadeñg n, assin jues regidor cayian sa pagcaday
nin escribano publico y real caatubañg an magña sacsi na sacoñg cayba
pagcaquita co can orden nin señor gobernador cayniñg magña poro na oya
sa daon nasinosondan cayni; tarasapag otob co cayian ygoñg gayo na
magtogon aco assin magsogo na coiogon atamanon assin otobon assin an napapalaman
assin namomogtac cayni gñaniñg orden na day sucat suayon
an anoman na namomogtac cayian; patin an magña interpretes cayniñg
juzgado paghouaron na magcasaro assin ypapagpahatod sa magña banuaan
cayniñg pag darapit tagñaning ypagpahaiag assin ypadocot na siriñg
can sinabi na assin holi cayning auto siring an pagotob co assin pagfirma
patin nin magña sacsi na sacoñg magña sacsi na sacong magña cayba natinauan co nin
pagcatotoo
Don Juan Encinas juez regidor
Camiñg magña interpretes cayniñg jusgado Francisco Rosales asi Juan
de Morales ynotob niamo an togon sa mandamiento nin superior gobierno assin
sa auto nin señor hocom suhapon naycaualoñg aldao assin guinibo
niamo sa samoiañg pacaaram assin pacaysi na day nadugagñan

patin day nayna an napapalaman nin magña catanossan
holi nin si pagsumpa niamo caya nagfirma cami
Digdi sa ciudad sa Bagoñg Caceres sa yca siam na aldao sa
bulan na noviembre saroñg rivo mey apat
Gobernadores de los pueblos de Bao, Nabua, Yriga, Polangui, Buhi, Ouas,
Ligao, Guinobatan, Camarines, y Cagsaua, el trasunto adjunto de orden
del superior gobierno sobre la compra de abacá y aceite que por cuenta
de su magestad he hecho en esta provincia este presente año ruego que recibáis
haréis publicar y publiquéis en concurso de los naturales de esos varios
pueblos y fijaréis un tanto y pediréis certificación al reverendo padre ministro de varios
pueblos como en dicho orden está mandado sobre haberse publicado
y fijado con testimonio de varios escribanos me lo remiteries para executar
lo que en dicho orden se me previene; cuyas diligencias ejecutaréis
sin omisión alguna pena de que seis castigado con todo
rigor de derecho y no detendréis el dicho trasunto y este mandamiento
sino que luego que recibáis sacará traslado el escribano autorizado
y remitiréis estos originales al pueblo que se sigue con el obedecimiento
y dicho traslado lo publicaréis y de el sacaréis otro para fijar
como dicho es en parte pública donde todos puedan ver y leer so la
misma pena = Dado en este pueblo de Canaman y noviembre 18 de 1704 años
Encinas
Certifico yo Fray Bartolomé del [Sacramento] ministro y guardian de este pueblo
de Bao, como el día veinte y tres de noviembre de este presente
año, se leyó la orden y mandato de arriba, en presencia
de la gente que asistió a misa en dicho día
que fue domingo a quienes se les hizo público y
notorio en el patio de esta iglesia y un tanto de esta
dicha orden se fijó en el tribunal para que sea
a todos notorio y para que conste ser verdad [di] esta
que es fecha en dicho día mes y año ut supra

{Al margen izquierdo: Bao}
Digdi sa banuaan sa Bao duañg polo mey tolo sa bulan na
noviembre sa sañg rivo pitoñg gatos mey apat na taon; aco an escribano
actual Melchor Demaroñgba hinuad co yniñg mandamiento nin superior
gobierno na siring man sana can original na dai nadugagñan assin dai
man nin nalihissan can gabos na napapalaman na magña catanossan assin binasa
sa sa patio sa pagcatapus nin missa sa domingo can gabos na magña tauo
assin ypinagbando pa sa hayag pa nin an hinuad ypinadocot sa laog nin tribunal
tagnaniñg maysihan nin gabos na magña tauo sa banuaan tara sapagcatotoo
cayniñg guinibo coñg testimonio, nagfirma aco can sacuiañg gñaran, y noviembre
veinte y tres de mil setecientos y quatro años
Melchor Dimaroñgba
escribano

Certifico yo Fr. Joseph Gómez ministro de los pueblos
de Camarines y Guinobatan como hoy dia treinta de
noviembre de mil setecientos y quatro se publicó un orden
del superior gobierno fecha en Manila en veinte y tres de
agosto de dicho año de 1704 en que manda el señor
gobernador se haga la compra de dos mil gantas de aciete
de coco a medio real la ganta; y de quatro mil chinantas
de abacá a dos reales la chinanta para el avío del
galeón que ha de salir para los reynos de nueva españa
y habiéndose publicado dicho orden y fijado en los tribunales
de dichos pueblos dí esta certificación en dicho dia mes y año
etcétera.

Don Santiago Vilis escribano cayniñg banuaan sa Camalig nagtao aco
nin testimonio sapagcatotoo na ypinagbando digdi sa banuaan sa Camalig
sa atubang nin dacol na tauo yniñg orden na guican sa superior gobierno
huli sa pag baragña nin cumprañg abacá assin lana, na pagastahon
sa reales almacenes assin pacatapus nin pagarobay cayniñg
orden ypinadocot digdi sa tribunal sa daratagnan nin dacol na
magña tauo; sapagcatotoo cayni nagfirma acoñg escribano Camalig
noviembre 30 1704
Don Santiago Viliz
escribano

{Al margen izquierdo: Sobre el mandamiento de bandala
Guinobatan}
Aco si Don Manuel de Alarcon escribano digdi sa banuaan sa Guinobatan
nagtao aco cayning testimonio sa pagcatotoo na ypinagharubay an orden nin superior
gobierno dapit sa comprañg abacá assin lana na naysihan pacaray nin dacol
na magña tao na tinipon sa natad nin tribunal gñunian na aldao na sabado
tolong polo cayniñg bulan na noviembre sa oras sa a las siete sa aga assin pacatapus
nin pagbando ypinadocot an sarong traslado cayning gñaning orden
sa tribunal sa sarabyagan nin dacol na magña tao. Sa pagcatotoo cayni nagfirma
acoñg escribano digdi sa Guinobatan noviembre 30 de 1704.
Manuel de Alarcon
escribano

Certifico Fray Matías de Guadalupe predicador y ministro doctrinario de este
pueblo de Libmanan, como llego hoy veinte y siete de noviembre de 1704, una provisión
del señor gobernador y capitán general de estas islas, en que pide quatro mil chinantas
de abacá, y dos mil gantas de aceite de coco (compra) la cual se publicó traslado
y fijo en la puerta de la iglesia y por ser verdad se di esta firmada
de mi mano; dicho día mes, y año ut supra.

Aco si Felipe Fernández escribano nin capitán basal digdi sa
banuaan sa Libgñanan nagtatao acon testimonio asin macuring
pagcatotoo qui ysai man na magña señores na macaquita
canin oy ang testimonio sa pagcatotoong aso domatong
sa Capitán Basal Don Juan de Guzman an sarong mandamiento nin hocom
Capitán Don Juan Esteban de Encinas hocom asin capitán sa paglaban
digdi sa pagdarapit sa Camalig na caybaan sarong orden nin
superior gobierno asin capitán general sa sangcaporoan digdi sa Filipinas
na an togon gomibo nin comprang apat na ribong chinantas
na abacá asin duang ribo cabulao na lana nin n
pag ynotob an togon duman sa mandamiento nin capitán bassal asin
acong escribano hinoad co asin ypinagharobai digdi sa banuaan
para daclon nin tao asin sa simbahan y dinocot co man
sa saiyang pinto an sarong traslado sa pagcatotoo nagtao
aco canin testimonio sa ato bang nin capitán bassal assi ni Don Matías
Cabano assin si Don Gregorio Ande ngonian na noviembre
na taon na 1705
sapagcatotoo
Juan de los Angeles
escribano

Certifico yo Fray. Francisco de San Juan Evangelista predicador
y ministro de este pueblo de Cagsaua de esta
provincia de Camarines, de como habiendo recibido Don Bernabe
Siam, gobernador actual de los naturales de este dicho pueblo un mandamiento
del alcalde mayor en que se le manda publicase e hiciese publicar
un trasunto en lengua del país, que según su contenido parece
ser de una orden del superior gobierno de estas yslas en
que se manda hacer en esta provincia compra de quatro mil
chinantas de abacá [a] dos reales y dos mil gantas de aceite
de coco a medio real entre los naturales, que pueden
dar este presente año para provisión de los reales almacenes
de la ciudad de Manila, la qual orden es fecha en Manila
a veinte y tres de agosto pasado de este año y hoy de la
fecha, hizo leer dicho gobernador en la iglesia de este pueblo en voz
alta, por medio de su escribano y en concurso de los más
principales y naturales de el, acabados los oficios divinos, y se fijo
un tanto de dicho trasunto dicha orden en la puerta de esta
dicha iglesia y para que conste donde convenga [di] esta pueblo
de Cagsaua en veinte y ocho de noviembre de de mil setecientos y
quatro años.

{Al margen izquierdo: Cagsaua
Sobre la publicación del orden de la compra}
Acong capitán bassal digdi sa banuaan sa Cagsaua, Don Bernabé Siam
patin an sacong escribano Don Andres Calooy nagtauo cami cayning
testimonio sa Señor Capitán Don Juan Esteban de Encinas, hocom assin
capitán sa paglaban digidi sa pagdarapit nin Camalig huli sa
hadeng [n]; na sa pagcatotoong gayo [naipinapaghadtod] digdi
sa banuaan sa Cagsaua nin señor alcalde mayor an repartimiento na guican
sa superior gobierno dapit sa pagtipon nin compra na abacá pati an
compra na lana, [t.a] caydtoman sanang pag dat gnan sa bulan
na noviembre sa y duang polo may walong aldao ipinabasa co tolos
sa sacong escribano patin ypinapagbando co pa digdi sa
banuaan sa alangcauon na tigñog patin pinaguim balan pacaray
patin ypinabasa co pa sa simbahan sa paycatipon
nin dacol na magña tauo. Sa pag catapos nin missa tagñani
macaysi an gabos na siysay pa man na tauo, sa pinahenangñog
nin Padre Comisario Fray Francisco de San Juan Evangelista
caya sa pagcatotoo na ynotob co an napapalaman
doman sa orden nagfirma acong capitán basal, patin
an duang magña capitán, na sacoyang magña sacsi, patin
an sacong escribano nagferma man sapagcatotoo, Cagasaua
noviembre 29 de 1704.
[Manuel de la Cruz]
[Don Francisco Yrisarre]
An testimonio sa pagcatotoo
Andres Calooy
escribano

{Al margen izquierdo: Año de 1705
pueblo de Cagsaua}
Fray Francisco de San Juan Evangelista, guardián de este
convento del pueblo de Cagsaua y ministro doctrinero de los
naturales de él, certifico a los señores padres la presente vieren de cómo de
orden del capitán Don Juan Esteban de Encinas, alcalde de naturales y Capitán
de Guerra de esta provincia de Camarines para su majestad se vio y
publicó el escribano del gobernador de este dicho pueblo un trasunto en
lengua bicol del orden del superior gobierno su fecha en
Manila en veinte y dos de agosto del año próximo pasado
de setecientos y cinco en que se manda que se le dé de compra en
esta dicha provincia, cuatro mil chintas de abaca en [libra]
y dos mil gantas de aceite de cocos entre los naturales que lo
pueden dar por la provisión de los reales almacenes y a vío
de los bajeles de su majestad que Dios guarde a dos reales
chinta de dicho abaca y medio real la cuarta de dicho [aceite] la cual paga
se ejecutó hoy en mi presencia por dicho alcalde mayor
sin quedar a deber cosa alguna para razón de ella y dicho
trasunto se mandó fijar un tanto en el tribunal de
este dicho pueblo y para que conste donde convenga de la presente
en este pueblo de Cagsaua en quince días del mes de febrero
de mil setecientos y seis años. Y la firmé
Fray Francisco de San Juan
Evangelista

Ako'y si Don Domingo Santiago, eskribano ng
Capitán bachiller Don Lucas totoô, nagbigay papaniwala
at totoong testimonio, na binasa ko ang orden
at bando, ng nagkakatipon ang sambayanan
na nanggaling sa superior gobyerno, dahilan
sa comprang bandala na abaca, at langis dito sa
probinsya. At inilibot ko pang binasa sa mga lansangang
hayag, at inuulit ng pregonero sa
mataas na boses, na walang magpapakono na di nakarinig,
at tinutugtogan pa ng caja de guerra
at ang traslado ipinadikit sa pinto ng tribunal,
na ang mga saksing kaharap, ang
Capitán Don Domingo Salvador, Don Ignasio Susano
Don Agustín de los Ángeles, dito sa bayan ng
Capalongan, ng may catlong isang araw ng buwan
ng Disyembre labisalibo pitong daan at apat na
taon
Domingo Santiago
Eskribano

Aco si Sebastian Cabagco escribano actual nin capitán bassal digdi sa banuaan
sa Siminandig Don Gabriel Tabad, nagtatao aco nin fee
asin catotoohan na testimonio sa magña señores na macaquita cayni
ta gñunyan na aldao na domingo sa oras na a las doce saaga
labi o culang, ypinag bando co sa magña lansagñan an orden
nin superior gobierno assin capitán general cayniñg magña poro
dapit sa pamacal nin abacá assin lana digdi sa provincia napinagtanogan
nin guimbal na ypinag libos sa magña lansagñan
sa tigñog ni Bartolome Fernandez na iyo an naguin pregonero
assin pacatapos nin pagbando ypinadocot an saroñg tanto
sa tata nin simbahan cayniñg banuaan na sa pagcatotoo cayni
gabos, ytinaoco yning testimonio sa atubang nin magña
sacssi na iyo and magña cabeza sa Duluan Don Domingo Sumlao,
sargento mayor = Don Phelipe Tomoga, cabeza assin juez de sementeras
assin an capitán basal assin an yba pang magña cabeza assin sa yba
pang magña tauo na nag pacadagñog assin nagpacag ta digdi
sa banuaan sa Siminandig sa tolong polong aldao sa
bulan na noviembre taon sang ribo pitong gatos may apat
sapagcatotoo nagfirma acong escribano assin nagtatao
man aco nin pagcatotoo na trasuntado sa tataramon nin
bicol an orden na nasasave sa ytaas ut supra
Sapagcatotoo nagfirma aco=
=Sebastian Cabagco
escribano
Noticias de las misiones de China, 18 de abril de 1690

Ruego y encargo de [vuestro señor] su fecha diez y ocho de abril de 1690
Señor
En cumplimiento del orden y mandato [vuestro] presento a vuestra señoría las noticias
que este presente año he tenido tocantes a las misiones del Reino de China
participadas por los religiosos del orden de San Agustín nuestro padre, misioneros
de dicho reino, que son en suma las siguientes:
El año próximo pasado de 89 por el mes de septiembre entraron de nuevo
en China cinco clérigos franceses misioneros apostólicos los tres por
la provincia de Fukien y los dos por la provincia de Cantón. Entre ellos vienen
dos obispos y vicarios apostólicos de diferentes provincias de China.
Y el uno de ellos, que es obispo de Rosalía, trae todos los despachos de
la sagrada congregación pertenecientes al gobierno y dirección de estas
misiones. El cual publica que insta ahora con más fuerza y nunca la sacra
congregación en la intimación y ejecución del juramento. Y dichos despachos
vienen dirigidos al señor doctor Don Carlos Maygrot nuevamente electo obispo
y administrador general de todas las misiones sínicas si bien antiguo
misionario en la provincia de Fukien y pro-administrador general de las
misiones que ha sido hasta ahora.
Por el mes de marzo de dicho año hizo dicho señor administrador general algunas
notificaciones de oficio a los superiores de algunas de nuestras misiones
con cuya ocasión se ha fomentado no poca discordia entre los
clérigos franceses y otros misioneros regulares. De que ha resultado alguna
turbación en la cristiandad de Cantón con grave perjuicio de
algunos cristianos y escándalo de muchos gentiles; novedad que ha causado a todos
los religiosos misioneros indecible dolor y sentimiento porque ven que se
malogra el fruto copioso fruto que desean en aquellas nuevas cristiandades
sin poderlo remediar haciendo y padeciendo tanto por su parte y a tanta
costa de su majestad católica y de sus mismas religiones.
Por el mes de julio de dicho año hizo saber el señor obispo de Argoli,
vicario apostólico de China, a nuestra misión (y lo mismo haría con todas)
como el señor Maygrot, administrador general, le había intimado de parte de la
sede apostólica un orden y decreto para que todas nos obligase a hacer el juramento

o que no administrasen, dando solo licencia que los religiosos que no
hacían el juramento administrasen solo como viandantes o transeúntes
hasta la primera ocasión que hubiese de volverse a Manila
o salir del Reino de China. Y en respuesta a dicha notificación le
envió nuestra misión a dicho señor obispo la noticia que yo les envié autorizada
el año pasado tenida de Roma por el padre definidor Fray Álvaro de Benavente;
{Al margen izquierdo: agente de las misiones sínicas enviado por su majestad que dios guarde}
[v.a] en que avisaba como ya la sagrada congregación había
dispensado en el juramento [que]. Más por no haber llegado esta dispensación
a China con despacho propio de la sagrada congregación, remitido
al administrador general de las misiones, no mudan ni pueden
mudar de dictamen los vicarios apostólicos, y así solo dan licencia
de administrar en la forma dicha que, hasta tener orden inmediato
auténtico de la santa sede apostólica [para] lo contrario.
Los progresos de nuestra cristiandad (a nuestro señor las gracias) prosiguen con
nuevas conversiones y dilatación del santo evangelio en nuevas poblaciones
y aldeas. Adonde, por no haber llegado el eco de aquella turbación que hubo
en la cristiandad de la metrópoli de Cantón, están en la misma
disposición que antes para oír la predicación evangélica. Y se logra el
mucho trabajo y fatiga que a mis religiosos misioneros ha costado
hasta aquí en la conversión de aquellas gentes, usando nuestro señor a
cada paso de las innumerables maravillas que con que quiere dar a conocer su
santo nombre con grande aumento y bendición de nuestra cristiandad, de que
en los años antecedentes tiene ya mi religión presentadas noticias
individuales a vuestra señoríaa este superior gobierno. Estas son las que de nuevo represento
[Etcétera.].
Memorandum en Kapampangan con resumen en español indicando las personas que deben ser empadronadas en Palosapes, 30 de enero de 1710

Yñg teniente Don Vicente Quitalig, teniente cong casalucuyan uli ning aring
Guinu tamo, ampon tenienteng Matua Don Pedro Manungcut yian migpun acamumulan
queting balayan, ampon ing capitán infantería Don Juan Sánchez, mangapia
qñg Pica baluan ampon pun [quing.n] mamalayan at q[ue]taquing balayan Paniqui,
macasiclaud que pung muma qñg babu ning talampacan mo Guinu ming
nuestro padre provincial qñg yayaduan mipung masaquit qñg ygagalang ampon cacatascatasan
a arapan mo, qñg ampat sapun sacup na mañgasusucubana ning mal a
habito nan Ybpa tang San Agustín ytang lugar a palagyouan dan Palosapis
qñg nun vari pun mallaring Pamalayan da, maragul ya pung macapagcasaquit
que qñg sablan mañgapia uling ding sablan cabangca mi tila
ngan minuli carin ding siam a bubong a pauang empadronado qñg Padrón
General qñg yña minuli la pu carin uling dalan capuloñgan uling
macasuloc yang bina, metong pu canita yra daralanan ding castilang guiguinuan,
ampon sang cadaraman la pon maglimayon qñg lalam carotoñgan
yta maragula macaculang qñg pamamalen [min] utus yo ampon maragula casaquitan
mi caring daralana despacho ning Aring mayopaya, ampon ding
daralana maragula pañgatao caring magjocom Yloco ampon Cagayán qñg
alan matad qñg dala, mañga pa quecong Ypba ming calilinan Jesucristong
Guinutamo alan miñgat quecaio queting dalan a manganib uli na pin ning
mamin lang tomacas maco queting mesabi nang Balayan Palosapis
ding sablan cabangca mi = Nun Uaripun e mallari yting ynadalong ming nuestro
[padre señor] Guinu mi siclaud que pung pasibayong muma qñg babu ning talampacan
ning nuestro [padre señor] Guinumi, nun iyan mayap lacuan yting Balayan sa
dia ome que pung gauan Balayan mi quetang tangana carin ning
Balayan [caranlaan] ba la pun musig pasibayo de ning anggan taoming
micao queting Balayan ming [mene] quetang bayong balayan a alan ca

capuloñgan, quiñg Balayan Palosapis, uling ali mo pu ycami nun e pa naman
ding aliuang Balayan a macalapit carin Palosapis [pasidalong dalong] quing
Tarlac, Garlit, daput mun dalan da ding castila daralong la ñgan caring tao nang
mecao menuli carin Palosapis. Uling pisasalobungan dang ayan ding ynsanu
mang taong marauac a pamaqyotos qñg balayan da ding Pangasinán, capangpañgan
caya lalo pa ding Sambaling macacampi caring capampañgan at pangasinán
daput nun ala pun upaya qñg lacuan mi yting balayan a sadiang ligud na ning
aring Guintamo. Yotos mo sapu qñg ding sablan tao ming micao queting balayan
mamin lañgan sapung muli queti Paniqui detang mesabi nang cabangcaming [nu]
lang bubung a minuli Palosapis, ba que ñgan pung paraparang sumuyo qñg Guinu
ampon pacumbabang [mam.lon]. Utus yo quecameng alipan yong alan balo uling
nun yian mebalaus ytang Balayan a yta mamin la ñgan masira dening
sablan sibabalayan queting despubladong dalan castilla uling paua langang
macaganing [sic] maco muli quetang balayan Palosapis = Yña pin pu quecami pu
y daralong [mañgapapagdali] Guinuming nuestro padre provincial ampat pun []
binie nang piniuala queca yng tala rong alan canacana timbañgan mo sa pung
noan [] yting angan yradalong mi Ba mo pun yotos quecami yng macayapayang []
casi na qñg Pangabiñiag mi ba mia pun guisanan yng sablan sicanan []
pasalamat qñg Guinung Dios ampon quecang ybpa min Guinung mapaña[u]p quecaming
alipan yong alan balo-balo =
En el sitio de Palosapes, en treinta de enero de mil setecientos y diez años,
hice comparecer en mi presencia los indios empadronados en el pueblo de
Paniqui que se hallan en el dicho sitio de Palosapis para [efecto] de
reconocerlos y empadronarlos, y los que dijo Don Pedro Manungcot [que]
están empadronados en su barangáy son los siguientes:
Doña Catalina Tolonbanua, viuda, con cinco hijos, los siguientes:
Tomás Magale, indio de Tarlac, casado con Rosa Vita, hija de la dicha [ca].
Ítem Nicolás Catubiran, casado con Verónica Masna, con cinco hijos.

Muy reverendo padre nuestro provincial
Pasando por el pueblo de Paniqui, el cabeza de barangay me dio un escrito en que
me representa destrucción de su dicho pueblo por causa de ausentarse
los caylianes para el sitio de Palosapes. Y conociendo su razón,
determiné [que] él que me acompañase hasta el dicho paraje, para que, siendo
cierta su relación, le contase de la ninguna gana que de tales indios
tenía el religioso que los administraba. Y llegando a él, reconocí
ser verdad el informe que me hizo, como verá vuestra reverencia en la lista de los
sujetos que se hallaron y va inclusa. Y porque en el dicho sitio de
Palosapes se recogieron estos y muchos más, de todas naciones se hallan
esparcidos por las largas sabanas que les ofrece la libertad
de que gustan los que no quieren tolerar las dulzuras de los ministros eclesiásticos
y jugo del servicio personal a que son obligados, como
coopere con su autoridad para que sean obligados los tales a lo que
deben y reconozcan algún ministro. El dicho sitio de Palosapes no es pueblo,
ni quiera Dios que lo sea, si sino conforme ha de ser para que su servicio de Dios
y con las licencias necesarias. El ministro misionero que anda por todas
partes de estas dichas sabanas, habiendo reconocido la perdición de las
muchas almas que en seis u ocho años no se confesaban, ni oían
misa, determinó acudirles cuando el tiempo se lo permitiera, y así
lo ha ejecutado por tres años. Y para mejor poderlo hacer, mandó levantar
un camarín en que decir misa. A ella acuden algunos, estando
hasta hoy muchos más sin ver iglesia ni ministro. Y para que los más son
pangasinanos malévolos y estos irreducibles a sus pueblos. Pido a vuestra reverencia
[que] lo premedite y dé alguna providencia para que sean reducidos a esa
provincia, o disponga el que quedando en esta, salvan de los padrones en
que están para que yo pueda informar al señor gobernador el estadolo que
sobre la administración de los tales fuere servido dar. Lo siento es
padre nuestro que estas sabanas ocultan mucha pena, y que será imposible
sacarla. Yo así lo siento y descargo mi conciencia con lo que
vuestra reverencia juzgare más conveniente y [entt.o]. Guarde nuestro señor muchos años. Palosapes
y enero 30 de 1710.
Petición en Kapampangan del Capitán Don Joseph Gutiérrez, 1710

212
Cap.n D.n Joseph Gutieres, Manibalang casalucuyan queti
qung Balayan tarla, amp.n ding manyuapiang cavesa de B.y
Cap.n D.n Ju.n de Cast.a amp.n Y D. Nico.s Polintan demorog que pung
Muma qung malagamat mo Guinuming P.e bisitador qung
Y dalongmipu, Yng casaquitan ming dadalan, queting qung
Balayan mi, Uling deting angan tauong Pupolongan mi, ng
susuyo, macasalbaglangan qung maranglay, mangama
cucolang no pu capamintuan, caring manibalang mo
mutos, ulina nieting metunga anac mapia, y D. Ju.n Da
os, qung bisayang tumaling mitunga balayan, qung Pi
latan Palosapis, amp.n Canadem, ngenipu, iyan pa
nayan da ding sablan tauong y momuli qung balayan, Y
D.n Ju.n Daos pin, Uling tipa nacarela, que ti mona pu quelala
nalanan, yng eda capamintuan, ding tauo caring mani
bala, Metubud co pu caring ofi.s co o yng Aguasil mayor y
lapu mam.tong muli ngenipu, Patiaco pu linagay carila
qung Payolian co la ngeni pung angyan quetiya yng prior ming
manaya queca, ding aliuapu, mi nolila, daput deting
aliua ylapumem.to mnga ngeni, atilo po qng ma
ranglay. Uling manayalapin qng bayong balayan a
patalinapin D.n Ju.n Daos, Baquit casipung masisira
yning balayan mi, angan millariya yng balayan Palo
sapis, uling ding aliuang cabangcana ning Cap.n D.n Ju.n Cas
tillo, atilo pu caring maque pamalayan paburian do
pu, ding maque cabangca, antida que pung Panganyayang
aliuang cavesa uling ynang domalan yapu Yng S.r ocom
Pagpusnopung Payolian ding angantauo mi carin acu
napung balang miyoli carela nga na pu ning Cap.n D.n Ju.n
tria, yni pu macabayat pu qng bura ding tauo ming adu
vang cavesa, uling ylanamung utusan da ding maniba

lang mi yayalili, Pati pu ning cabang ca mi Maqueya
pus no pu, carela Capinduan po caniting Y dalong mi
qng may-quet de na la na bobung caring bobuis alanapung
Resirvadosos atlo napung ban.a ngueni. Uling Ybat pu quetang
quen.ta ning señor oidor Don Alonzo a Villafuerte, atinpun
sacristana y bobuis, canthores amp.n Yng Cap.n basal qng bala
yan, ngue ni pu, bobuis nengean pu, =
Ynapinpu, P.e bisitador a guinumi Fr. Sebast.an Fronda
queca que pu Yumauad pacalolu, amp.n Pasaup manyuno
cuma que pung ocul qng cacamal camalan a arapan
mo pu. P.e bisitador a guinumi, amp.n pinpung Y conma
lo llaring calilinan Jesu Cristong G.n.t mo. sesipan, amp.n
Meminyuat qng timbangean a alan cana, sacup na que
pu ning mala abitonan Yb patang San Agustin Yni pung
anyan silisiming Ysesiclaud qng mala arapan mo,
Panayan mi pu, Yng saup mo. amp.n Pamacalolu, quing
Macayap qung caladua mit catauan mi ett.a
-Dn Joseph Guttierrez
-Dn Ju.n de Casta
-Dn Nicolas Polentan

214
Lista ding taong macasaot Maranglay
*Don Nicolas de la Cruz – Barangay Castillo – Palosapes
+Juan Casaling – C Barangay Castillo – Palosapes
-Don Joseph Broel – - Barangay Castillo – Bongabon
-Joseph Lagat – Barangay Castillo – Palosapes Bongabon-
+Juan de la Cr+uz -C Barangay Castillo – Palosapes
+Nicolas Calegaan -C- Barangay Castillo – Palosapes
-Antontio Baguis – Barangay Polintan Maranglay
-Alonzo Lomanlan – Barangay Castillo Maranglay
-Augustin Pangan – Barangay Castillo Maranglay
-Miguel Guyasan- Barangay Castillo Maranglay
-Augustin Balandang- Barangay Castillo Maranglay
-Guilliermo Garcia-- Barangay Castillo Palosapes
-Diego Garcia - Barangay Castillo – Palosapes
-Mateo Lomaban – Barangay Castillo Maranglay
-Juan Galario – Barangay Castillo Bongabong
-Sebastian Bolinao – Barangay Castillo Bongabong
-Manuel de Leon – Barangay Castillo Bongabong
-Juan de la Cruz Paliglig – Barangay Castillo Bongabong
-Don Juan Balanguay– Barangay Castillo Maranglay
-Don Santiago Cabinbin – Barangay Castillo Maranglay
-Don Juan Cabayo– Barangay Castillo Maranglay
-Juan Paragas- Barangay Castillo Maranglay
-Augustin Banjun- Barangay Castillo Maranglay
-Juan Maligad- Barangay Castillo Maranglay
-Antonio Laclian-- Barangay Castillo Maranglay
-Juan Molato- Barangay Castillo Bongabong
-Juan Cababuan- Barangay Castillo Cabanatuan
-Pablo Casilib C Barangay Castillo Palosages
-Cristóbal Tamayo + -Barangay Castillo Palosapes
-Pedro Cayabyab- -- Barangay Castillo Maranglay
-Don Pedro Balandang Barangay Castillo Maranglay
-Sebastian Magari-Barangay Castillo Maranglay
-Felipe San Nicolas C Barangay Castillo Palosapes
-Luiz Veltran- -Barangay Castillo Maranglay
-

-Domingo Mataba- Barangay Castillo Maranglay
-Juan Gemines- Barangay Castillo Maranglay
-Sebastian Gemines- Barangay Castillo Maranglay
-Santiago Gemines - Barangay Castillo Maranglay
-Mathias Lomanl.n Barangay Castillo Maranglay
-Pedro Flores- Barangay Castillo Maranglay
-Nicolas Bacolang- Barangay Castillo Maranglay
-Juan Miercules - Barangay Castillo Maranglay
En 30 de enero de 1710 en este sitio de Palosapes reconocí
los asistentes el dicho sitio que son del padrón de Tarlac, y hallé los
siguientes=
-Juan de la Cruz, casado con Magdalena Mayula de Pantabangan, con [dos] hijos
que todos viven en dicho sitio, la una hija casada con Pablo Malangat o Casilib,-
-Ítem Juan Casuling casado conMaria [Timbay], del pueblo de Binalatongan con
dos hijos pequeños - Se vuelva a Tarlac.
-Phelipe de San Nicolas o Cabahin, casado con Nicolasa Samblingan del pueblo
de Bungabong-
-Nicolas Caligaan, casado con Nicolasa Vagas, Reservada -
-Nicolás de la Cruz, casado con Lucresia Ducao= mandé que se volviera
en Tarlac-
Todos los demás se contiene la lista no se hallan en el dicho sitio de Palosapes
Fray Sebastián de Foronda
Visitador

En el sitio de Palosapes en 30 de Enero de 1710 años= se presentó el contenido Nicolas
dela Cruz Casado con Lucresia Ducao y lo entregue al teniente de Tarlac para que lo lleve al padre
prior por lo que dice esta escrito-
Visitador 215
Doña Maria Callagan tauo co que ti qng balayan Tarlac Mebalo
co qng Capitan Don Fernando Molina, domorop co pung moma qng
Macamala bacas ning talampacan mo pu Guenu cung
padre bisitador, qng atin pun mitunga anaco, Ynglaguio
na, Don Nicolas dela Cruz. atio pu carin maquepamala
yan qng balayan Palosapis, qng Papagdalita co pung mi
omanoman, qng Y mo nanung lugud mo pu, qng payo
lian mi pu queti qng balayan Tarlac, ampat, tauo que pu que
ting Picabalouan, Uling Ynga manona, non uaring palac
uan da co queti Palosapis, Ume co pangainan ngana pu
Ynap.n pu. que cacupu y siclaud, y dalong queca pu Uling Yco
pu bisang mirayo queti qng balayanco, qung Y sucmo pung
Y utos quea, qng muliya queti, qng tantuan mi pu, nunua
ring lis yayat o meya qng aliuang balayan, bilianan mi pung
Dosa, Baya puntumacot, uling non uaring o meya qng ali
uang balayan, alan upaya pung Yco tu que, anti qung ala
cong paniualan mepui qng catauanco mangan ationg
biey cong lolugud ning dios non alimo po Yia =
Ynap.n pu Guenucung padre bisitador Fray Sebastian Foronda Ysesic
laud co pung Yayaduan qng e mo na nung lugud mo pu cacun
Tauong calolu qng Panayanco pu, Yng maragula saup mo amp.t
Ypu macasira qung caladua mit catauan mi Y ni pu Pasala
matanco pu qng G.r.t.d amp.n quecapu etc.
Maria Callagan

-Ines Agbay soltera tributante hija de la dicha- 216
-Juan Pangalangan soltero tributante hijo de la dicha
-Magdalena Vangtan, soltera tributante en Pandolan hija de la dicha-
-Domingo Tagley, casado con Magdalena Caratunan
-Augustin Lagundo, indio de Tarlac, Casado con Isavel dela Cruz
de Paniqui, con seis hijos, el uno Bernabe Aco
-casado con Monica Amoy
-Juan Pangguil, cassado con Sebastiana Sabon, india de Tarlac
con dos hijos-
-Pedro Lanac, casado con Nicolasa, India de Cabanatuan, con
tres hijos pequeños -
-Ítem Domingo Manonoc, casado con Magdalena Moraven, India
de Tarlac, con una hija Isavel Quiuiit, soltera _____
-Andrés, GuinDuyuan. soltero __
Todos los quales entregue a su dicho cabeza de barangay con carta
para nuestro muy reverendo padre provincial de Santo Domingo, para que obre según
hallare (sic) en su conciencia para la mejor administración de los santos sacramentos
y de ellos se hizo cargo en dicho cabeza y lo firmé
Fray Sebastián de Foronda
Visitador
Razónes para no alterar el modo de administrar los sacramentos en las misiones.

Razones para no deberse alterar el modo que hasta aquí han
tenido los religiosos en la administración de los sacramentos y que
no se puede observar el elegir por ministro doctrinero por
presentación como los curas contra lo determinado por
reales cédulas. = Ítem una carta del Padre Andreas [Inbelli]
a favor de los religiosos agustinos por quienes [dice] que
doctrinan de solo caridad en China. = Ítem un mandato
del definitorio de los padres de la provincia de San Gregorio de estas islas
al padre Fray Pedro de la Piñuela, sobre [quien] ejecute lo que se dispusiere
por los jueces árbitros que señalaron para la determinación
sobre lo cual en cuanto [aq.n] dejen las iglesias edificadas con
limosnas del Señor Carlos Segundo y otros bienhechores a
pretensión del señor obispo ascalonense y del Padre Carlos
[Adrioti]. = Ítem traslado de un decreto de la Sagrada Congregación
de Propaganda Fide sobre que los expolios de los padres
misioneros en China también pertenezcan a los señores obispos. =
Ítem traslado de una carta escrita a nuestro Padre Jerez sobre ciertos
milagros que Dios obró en China se convirtieron muchos a la fe católica. =
Ítem razones de un sujeto en favor del señor ascalonense. =
Ítem una carta del Padre Juan Maura escrita en portugués
en que confiesa que el señor obispo ascalonense le entregó todos
sus papeles antes de morir. etc.
Carta dirigida al provincial de Manila sobre el patriarca de Antioquía, 1709

Padre nuestro,
Aunque todo lo que digo a vuestra reverencia en las cartas es cierto me queda grave
escrúpulo de decirlo y quitare algunas cosas que solo queden
servir de levantar los ánimos contra el señor patriarca. No los
escribo con tal intento sino llevado del dolor que tengo las puse---
y por tanto suplico a vuestra reverencia que solo en caso de ser o juzgar que son
necesarias para la defensa del señor Don Fray Álvaro las diga porque
yo tengo miedo---viendo que cuatro que han sacado la cara contra
este señor legado (así se dice) dios los ha quitado del [miedo] en
breve tiempo. La otra razón es que yo sé que el señor tiene mucho
contra el señor Don Fray Álvaro porque dicho señor difunto hablaba
con mucho como pudiera hablar con su padre o madre y no era así
sino que le vendían y yo le avisé a su ilustrísima diversas veces y nunca
se quiso persuadir a ello, aunque le hice evidencia de lo que le
decía. Como digo al señor Don Fray Álvaro le tienen graves cosas apuntadas,
y lo sé porque [a un] clérigo se lo oí mucho antes: que su ilustrísima
viniera a Macao y o es muerto, y no puede decir en qué sentido
o como las decía. Y aunque yo por lo que siempre conocí de su señoría
podré afirmar, que si los llegó a [preferir] los juzgaba muy católicos porque
el señor siempre lo fue. Pero si hay quien le quiera hacer mal no
[ascenderá]a mí sentido ni al de otro, sino al que le diere la mala
intención del que se los cogió. Estaban muy [querellados] el señor patriarca
y el señor de Ascalon. No se dieron las pascuas. Y sin componerse
se fue el señor al otro mundo. Es verdad que lo cogió aquel último
accidente sin esperarlo. Y que creo de su ilustrísima de su que aun cuando
tuviera mucha razón (que un día me dio a entender la tenía)
hubiera cedido por no llevar ese cuidado al otro mundo. Temo
padre nuestro que serán muchas las cosas que se digan en Roma de su

Fontanilla
{Al margen: suplicase a nuestro padre provincial que lea este escrito para sí y después leerá lo demás}
Carta de Fray Carlo Agostino Fabroni a Fray Stefano Ramírez in Madrid, Rome, 19 de marzo de 1701. In Italian

Admodum Reverendus de [P] [Provinsalis] 253
Fr. Joseph Duque
Molto Reverendo Padre mio [Osservandissimo] 252
Col foglio di V.P. in data de 17 di febbraio [prossimo] mi è
giunto il piego da lei trasmessomi per questa sacra congregazione
quale essendo duplicato di alcune lettere qua pervenute
per altre vie non ridiede particolar risposta la ringrazio
però molto della cura che ella vi è presa del pronto e
sicuro indirizzo del medesimo come pure dell'esibizioni che
ella fa circa il denaro che occorresse rimettere in Cina a
quei vicari apostolici e missionari; in ordine a che tratterò
qui l'affare con il padre assistente di Spagna degli agostiniani
e da esso la [P.V.] intenderà distintamente ciò che potesse
occorrere in tal materia. Che è quanto devo brevemente
accenarle in risposta [e alle] sue orazioni mi raccomando.
[DVP] Roma 19 marzo 1701
Carlo Agostino Fabroni
Padre Stefano Ramírez [Agostiniano] (Madrid)
Carta de Fray Joseph Navarro a Fray Francisco de Zamora, Cantón, 28 de diciembre de 1698

Muy reverendo padre nuestro Fray Francisco Zamora
Provincial [provincia] Santísimo Nombre Jesús
Pax Christi
Fuera faltar a mi grande obligación en las circunstancias
presentes él no congratularme con vuestro padre muy reverendo
en la [hacostadill.a] elección que la silla apostólica ha hecho en la
muy religiosa persona del muy reverendo padre nuestro Fray Álvaro de
Benavente a la dignidad de obispo de Ascalon [conde]
y vicario apostólico de la provincia de Kiang Sy en este imperio
de la gran China. Pues, sobre los motivos particulares
que a dicho ilustrísimo señor y a esta su santa misión debemos entrar
los motivos generales de la major gloria del [gran]
utilidad de estas misiones y mayores los escritos de esa ilustrísima
provincia. Por tantos pues justificados motivos doy por esta
a vuestro padre muy reverendo los parabienes y a toda esa santa provincia de comunicarnos
a los que por acá estamos fatigados entre los sudores
de tantas zozobras el gran consuelo que todos esperamos
con la llegada de dicho ilustrísimo señor. Y este es mi corto sentir a
una carta larga de nuestro muy reverendo padre Fray Álvaro en que a todos los
agustinos y franciscanos que por acá residimos nos pide nuestro parecer
sobre su indiferencia en que se halla. Pues reconozco que al
hacer tránsito su señoría ilustrísima por estas partes ha de ser de mucha
monta, así para la paz y concordia de tantas naciones, como
al presente se hallan e introducen en estas misiones
como para asilo y resguardo nuestro en esta provincia de Cantón
y obispado del señor Macaense, que pretende en todos los que
residimos en este su obispado la omnímoda superior como
aun durando el litigio de los vicarios apostólicos lo hemos experimentado.
Cuanto pues más al presente que ya consta son excluidos,
se debe demás el ejecutar los que tantos años [a pretende]
y que proceda con censuras contra los ministros como
nos consta que [aduch] durando dicho litigio. ¿Lo tenía determinado
ejecutar aunque no lo ejecutó por entonces? Por lo
tanto espero que con la llegada de su señoría ilustrísima y las informas
se ha de moderar dicho señor Macaense y finalmente tendremos
donde recurrir en nuestros ahogos. Y juntamente residiendo
acá su señoría ilustrísima serán de gran monta sus informes así para
la silla apostólica, como para la majestad católica de nuestro rey y para
esas islas. Que según por acá se discurre a vista de una nave
de guerra que este año [y es] por octubre llegó venida de Francia
por orden del rey [expansísimo] con 22 padres franceses que

conduce el reverendo Padre [Bobet]. Que por orden del emperador
de China partió poco más de 4 años de esta reino
cuya nave es de guerra con más de 40 cañones y todas
armas de fuego, muchos capitanes, y otros cabos. Toda gente
lucida, con magníficos presentes y aunque no por vía de embajada
para el emperador de China. Y todo lo dicho
con pretexto que [trasver] de introducir [fatoría] en este Cantón.
Hasta la fecha de esta no ha llegado la respuesta de
el emperador y no [saberes] en qué parará lo dicho por estos
novedades. Y algunas otras palabras que oímos sería grande
providencia de prevención en esas islas para los futuros
contingentes. El muy reverendo padre señor Fray Miguel Rubio escribirá
a vuestro señor muy reverendo con más comprensión y solo me resta el quedar
rendido súbdito de vuestro padre muy reverendo no excusándome en lo
que fuera de su servicio, que me hallara pronto, y obediente
en todo orando sus santos sacrificios. Cantón y diciembre 28 de
1698 años.
[B.] vuestro padre muy reverendo indignó súbdito que su mano besa
Fray Joseph Navarro
Muy reverendo padre provincial Fray Francisco de Zamora

Al muy reverendo padre Fray Francisco Zamora
que Dios guarde, provincial de la santa provincia
del Santísimo Nombre de Jesús de las
islas Filipinas.
Padrón de los que se confesaron en el sitio de Palosapis en 1710

Padrón de los que se confesaron en este sitio
de Palosapis en este año de 1710.
Doña Catalina Tolongbanua, viuda tributante, empadronada en el Barangay de Don Pedro Manungcot
en el pueblo de Paniqui, provincia de Pangasinán.
Doña Inés Agbay, soltera tributante, su hija empadronada en el Barangay del dicho.
Doña Juana Pangalangan, soltera tributante, su hijo empadronado en el Barangay del dicho.
Doña Magdalena Vangtan, soltera tributante, su hija empadronada en el Barangay del dicho.
Don Tomás Andaya, soltero, su hijo empadronado en el Barangay del dicho.
Doña Rosa Vita, casada tributante, su hija empadronada en el Barangay del dicho.
Don Nicolás Cayubiran, casado tributante, empadronado en el Barangay del dicho.
Doña Verónica Masna, casada tributante, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Pedro Sinting, casado tributante, vagamundo.
Tomasina de la Cruz, su mujer tributante, vagamunda.
Bonifacio Isidro, su hijo soltero, vagamundo.
Victoria de la Cruz, soltera, su hija, vagamunda.
Sebastián de la Cruz, criatura, su hijo, vagamundo.
María Sandana, viuda tributante, empadronada en el Barangay de Don Juan Sánchez en el pueblo de
Paniqui, provincia de Pangasinán.
Matías Duque, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Marcelo Morales en el
pueblo de Bonganbung, provincia de la Pampanga.
María Camandian, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Don Domingo Taglay, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Pedro Manungcot
en el pueblo de Paniqui, provincia de Pangasinán.
Doña Magdalena Caratunan, casada tributante, empadronada en el Barangay del dicho.
Joseph Daven, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Domingo
Lomaquin, del pueblo de Telbang, provincia de Pangasinán.
Catalina Duey, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Gerónima Agledon, criatura, su hija.
Joseph del Rosario, criatura, su hijo.
Pedro Labae, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Pedro Manungcot del
pueblo de Paniqui, provincia de Pangasinán.

Nicolasina Nicolasa, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Catalina Vana, soltera, su hija.
Isabel Agbay, criatura, su hija.
Rosa Marota, criatura, su hija.
Ignacio del Rosario, viudo tributante, empadronado en el Barangay del Don
Tomás de Aquino del pueblo de Camiling, provincia de Pangasinán.
Agustina Quiño, soltera tributante, su hija, empadronada en el Barangay del dicho.
Nazareno Payomo, casado tributante, empadronado en el Barangay del Don Joseph
Malngangas del pueblo de Cabanatuan, provincia de la Pampanga.
Feliciana Bibayan, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Mateo de la Cruz, criatura, su hijo.
Inés Sugara, criatura, su hija.
Vicente Caniag, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Agustín Mabulay
del pueblo de Malongey, provincia de Pangasinán.
María del Rosario, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Joseph Macauay, criatura, su hijo.
Domingo Paulino, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Pablo
Puqui del pueblo de Binalatongan, provincia de Pangasinán.
María Diampi, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Juan Laguy, soltero tributante, empadronado en Barangay de Don Cristóbal
Romiro de pueblo de Lingayén, provincia de Pangasinán.
Pablo Malanga, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Juan del Castillo
del pueblo de Tarlac, provincia de la Pampanga.
Rosa Mavilla, casado tributante, su mujer, empadronado en el Barangay del dicho.
Gabriel Gomabun, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Pedro
Manungcot del pueblo de Paniqui, provincia de Pangasinán.
Verónica Quiamey, su mujer, empadronada en el Barangay de Don Juan de
Castañeda del pueblo de Tarlac, provincia de la Pampanga.
Tomás Matilat, viudo tributante, empadronado en el Barangay de Don Raymundo
Dueñas del pueblo de Bucsit, provincia de la Pampanga.
Sebastián Rayo, viudo tributante, empadronado en el Barangay del ministro de
campo Don Juan de Vera de pueblo de Binalatongan, provincia de Pangasinán.

Juan de la Cruz, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don
Juan de Castillo, del pueblo de Tarlac, provincia de la Pampanga.
Magdalena Mayula, su mujer, empadronada en Barangay del dicho.
Juan de la Cruz, soltero, su hijo.
Sabina Mariquina, criatura, su hija.
Guillermo Duclip criatura, su hijo.
Úrsula Balaqui, criatura, su hija.
Gaspar Maquislin, criatura, su hijo.
Juana de la Cruz, criatura, su hija.
Leonarda Omina, criatura, su hija.
Juan Basangan, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Andrés Gallindo
del pueblo de Camiling, provincia de Pangasinán.
Luisa Casnucan, su mujer, empadronada en el Barangay de Don Pablo Malanga
del pueblo de Bongabung, provincia de la Pampanga.
Juan Maningao, soltero, su hijo.
Luisa Tayaban, criatura, su hija.
Pedro Pardotungan, criatura, su hijo.
Clemencia Mónica, criatura, su hija.
Felipe Calidauan, criatura, su hijo.
Joseph Bogarin, criatura, su hijo.
Juan Serrano, casado tributante, vagamundo.
Francisca Payungan, su mujer, empadronada en el Barangay de Don
Andrés Aningal del pueblo de Pantabangan, provincia de la Pampanga.
Antonia Sindican, criatura, su hija.
Margarita Sindican, criatura, su hija.
Alipio Auang, criatura, su hijo.
Juan Basangan, criatura, su hijo.
Juan Bangut, casado tributante en el Barangay de Don Francisco de Figueroa del
pueblo de Bongabung, provincia de la Pampanga.
Catalina Sinlagan, su mujer, empadronada en el Barangay de Don
Nicolás del Rosario del pueblo de Lingayén, provincia de Pangasinán.
Salvador Patricio, criatura, vagamundo.
Alonso Oaguilón, casado tributante, vagamundo.

Nicolasina Paciencia, su mujer, [R.ua].
María Guinita, soltera tributante, empadronada en el Barangay de Don Pedro Lomboy
del pueblo de Calasiao, provincia de Pangasinán.
Esteban Guerra, soltero, vagamundo del pueblo de Bongabung.
María Amon, viuda tributante, empadronada en el Barangay de Don Andrés Calibat
del pueblo de Pantabangan, provincia de la Pampanga.
Nicolás Lucas, casado tributante, vagamundo = mestizo baluga.
María Tala, su mujer tributante, empadronada en el Barangay de Don Nicolás
Pasco del pueblo de Bongabung, provincia de la Pampanga.
Pablo Macapiga, soltero tributante, empadronado en el Barangay de Don
Cipriano Veray del pueblo de Binalotongan, provincia de
Pangasinán.
Andrés [Guindaydan], soltero tributante, empadronado en el Barangay de
Don Pedro Manungcut del pueblo de Paniqui, provincia de Pangasinán.
Antonio Baua, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Pablo
Dacasing del pueblo de Malasiqui, provincia de Pangasinán.
Rosa Quinacman, su mujer, empadronada del Barangay del dicho.
Juan Pangdiu, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don Pedro Manungcut
del pueblo de Mapaniqui, provincia de Pangasinán.
Sebastiana Jabun, casada tributante, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
Don Agustín Lagundong, casado tributante, empadronado en el Barangay de Don
Pedro Manungcut del pueblo de Paniqui, provincia de Pangasinán.
Doña Isabel de la Cruz, su mujer, empadronada en el Barangay del dicho.
María Banlauin, soltera, su hija.
Miguel Pasoquin, criatura, su hijo.
Juan García, criatura, su hijo.
Francisco Sinyang, criatura, su hijo.
Nicolás Magimo, criatura, su hijo.
Joseph Bernal, soltero tributante, empadronado en el Barangay de Don Francisco Mamaed
del pueblo de Malasiqui, provincia [de] Pangasinán.
Domingo Lomaquin Abagong, casado tributante, vagamundo.
María Dalisay, casada tributante, su mujer empadronada en el Barangay de Don
[D] Juan de Castañeda del pueblo de Tarlac, provincia de la Pampanga.

Sebastián Bernabe, criatura, su hijo.
Juan Licong, soltero tributante, empadronado en el Barangay de Don Juan Camacho
del pueblo de Masiqui, provincia [de] Pangasinán.
Andrés Najana, soltero tributante, empadronado en el Barangay de Don
Juan Camacho del pueblo de Malasiqui, provincia de Pangasinán.
Mateo Bingua, soltero tributante, vagamundo.
Liquidación de los tributos de cada pueblo de los suprascriptos, y
los nombres de sus cabezas.
{Al margen izquierdo: Provincia de Pangasinán}
Del pueblo de Paniqui, ocho tributos y medio. De los ocho es
cabeza Don Pedro Manungcut, y del medio Don Juan Sánchez. - 8 y medio.
Del pueblo de Malasiqui, dos tributos y medio. Del un tributo entero
es cabeza Don Pablo Dacasing, del otro Don Juan Camacho,
y del medio Don Francisco Mamaed. - 2 y medio.
Del pueblo de Binalatongan, dos tributos enteros. Del uno es cabeza
Don Pablo Puquis, de un medio tributo el maestre campo Don Juan de Vera
y del otro medio Don Cipriano Viray. - 2.
Del pueblo de Telban un tributo entero. Es su cabeza Don Domingo
Lumaquen. - 1.
Del pueblo de Lingayén, un tributo entero. Del medio es cabeza Don
Cristóbal Romero, y del otro medio Don Nicolás del Rosario. - 1.
Del pueblo de Camiling, un tributo entero. Del medio es cabeza Don Tomás
de Aquino, y del otro medio Don Andrés Galindo. - 1.
Del pueblo de Malungey, un tributo entero. Es su cabeza Don Agustín
Mabulay. - 1.
Del pueblo de Calasiao, medio tributo. Su cabeza Don Pedro Lumboy. - Medio.
Provincia de la Pampanga.
Del pueblo de Bongabung, dos tributos y medio. Del uno es cabeza
Don Marcelo Don Isidro Morales. Del un medio Don Pablo Malanga, de otro medio Don Francisco
Figueroa, y del otro medio Don Nicolás Pasco. - 2 y medio.

Del pueblo de Tarlac, tres tributos enteros. De los dos es cabeza Don Juan del Castillo,
y del otro Don Juan de Castañeda. - 3.
Del pueblo de Cabanatuan, uno, y es su cabeza Don Joseph Malngangas. - 1.
Del pueblo de Bucsit, medio, y es su cabeza Don Raymundo Dueñas. - Medio.
Del pueblo de Pantabangán, uno. Del medio es cabeza Don Andrés Aningal,
y del otro medio el maestre campo Don Andrés Calibat. - 1.
De vagamundos son cuatro tributos enteros. - 4.

Y comenzaron a huir, este que declara halló una canoa desamparada, que los naturales habían dejado y la traía al batel para llevarla a la capitana. Y viniendo con ella vido como la gente de los bateles saltaba en tierra, porque los naturales habían huido y desamparados las casas, y dejada la canoa, Pedro de Alorcass, artillero de la nao capitana, y este que declara, saltaron en tierra y fueron por entre las casas, y el dicho Pedro de Alorcas subió en una casa e dijo a este que declara que subiese en otra a ver lo que había. Y este que declara fue tres o cuatro casas más adelante, porque en ellas había gente de los soldados. Y llegado a una casa pequeña, porque le pareció que no había entrado nadie, se subió a ella y en subiendo halló dos cajuelas de los indios liadas. Y abrió la una y no tenía más que una escudilla y un diente de jabalí, y la otra porque le pareció liviana y que no tenía nada. Se metió por la casa adentro y entrando más adentro halló otra cajuela liada con hilo de vela de castilla y con una cuerda de cáñamo de castilla, a lo que a este testigo le pareció. Y por parecerle que pesaba y que tenía dentro algo, le cortó la soga y la abrió. Y abierto halló dentro de ella otra cajuela de pino, y en ella un niño Jesús de los que traen de flandes con su camisita de volante y [collarico] de estaño dorado, y en la cabeza un sombrerito de lana colorada de los de flandes, velludo, y como conoció ser imagen del niño Jesús la tomó y puso una cruz de caña encima de la dicha casa para conocerla, e viniendo con la imagen en las manos topó un soldado de la compañía del Capitán Martín de Goiti, y dijole como había hallado aquella imagen del niño Jesús y se la mostró. Y yendo más adelante topó, con el Maestre de Campo Mateo del Saz, al qual dio la dicha imagen, y el dicho maestre de campo la tomó, y trajo a las naos para mostrar al dicho señor gobernador y a los religiosos. Y que esta es la verdad de lo que pasó para el juramento que tiene hecho, y que no halló dentro de la dicha casa otra persona ninguna, porque estaba sola, y que en esto que dicho tiene se afirmó e ratificó e no firmó, porque dijo no saber escribir ; firmólo el dicho señor gobernador Miguel López; pasó ante mi, Fernando Riquel, escribano de gobernación.
Y luego, incontinenti, en este dicho día, mes y año susodicho, el dicho señor gobernador para la dicha información mandó tomar juramento en forma de derecho del Maestre de Campo Mateo del Saz, y él lo hizo por dios e por Santa María. Según es (sic?), siendo preguntado lo que sabe cerca de lo susodicho, dijo: que el dicho día sábado, veinte y ocho de abril, cuando la gente saltó en tierra en el pueblo de Cebu, con la cual gente este declarante salió después de haber desbaratado los naturales, y que habían dejado el pueblo

desembarazado, mandó recoger la gente y andándola recogiendo, topó, con Juan de Camuz, marinero de la nao capitana, el qual llevaba una cajuela en las manos. Y le dijo a este declarante: "señor, esta imagen he topado aquí en una casa." Que era una niño Jesús de los que hacen en flandes, que iba dentro en la dicha cajuela, el qual lo tomó en las manos. Que venía en una cajita de las que se hacen en flandes, y su camisita de volante, y su gorroncito velludo de lana colorado, como se acostumbran hacer en flandes. Y la imagen entera y limpia, y sus dos dedos de la mano derecha alzados para bendecir, y en la otra mano la bola dorada sin la cruz, que encima suele tener, y la imagen entera y bien tratada, excepto que tenía quitado el barniz del rostro en parte un poquito, y otro poquito de la manzana, que parecía de mucho tiempo y estaba, como dicho tiene, bien tratado, y este testigo tomó la dicha imagen. Y después de haber recogido la gente, la llevó al dicho señor gobernador y religiosos, para que la viesen y se la entregó. Y después mandó el dicho señor gobernador inquirir dónde era la casa en que se había hallado. Y por una cruz que dejó el marinero, se halló y de ella a la iglesia donde al presente esta de prestado se llevó la dicha imagen con procesión solemne y con gran regocijo y alegría de todo el campo, y adoraron todos, y se puso en el altar mayor de la dicha iglesia para que perpetuamente esté en ella, y el dicho señor gobernador y este testigo y los demás capitanes y otros oficiales del campo votaron e prometieron de celebrar en, cada un año semejante día una fiesta de la invención de la imagen del niño Jesús, y se instituyó una cofradía del nombre de Jesús, y esto es lo que sabe y pasa de este caso para el juramento que tiene hecho, en lo cual se afirmó e ratificó, lo firmó de su nombre y el dicho señor gobernador lo firmó: Miguel López; Matheo del Saz; pasó ante mi Fernando Riquel, escribano de gobernación.
Y luego, incontinente, en este dichos día, mes y año susodicho, el dicho señor gobernador para la dicha información mande parecer ante sí a Esteban Rodriguez, soldado de la compañía del Capitán Martín de Goiti, del cual su señoría tomó y recibió juramento, y él lo hizo por dios y por Santa María en forma y de derecho, y so cargo de el prometió de decir verdad de lo que supiese y le fuese preguntado, y siendo examinado lo que sabe cerca de lo susodicho, dijo: que lo que pasa y este testigo sabe es que el dicho día sábado, veinte y ocho de abril del dicho año, que fue el día primero que los españoles entraron en esta ysla y pueblo de Cebu, habiendo echado de ella los indios, que habían dejado las casas y retiradose la tierra adentro, andando los capitanes recogiendo












