God
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- God
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- People -- Deities or Saints
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- God
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Found 96 Instances of "God" on 62 Pages
Auto prohibiendo que presenten comedias, saraos y danzas sin autorización previa del vicario provincial. 1701.

[Im. 3]
[Nos], el doctor don Diego Camacho y Ávila, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica,
Arzobispo de Manila Metropolitano de estas islas Filipinas y gobernador
apostólico del obispado, sufragáneo de la Nueva Segovia, vacante del consejo
de su majestad = A vos los fieles cristianos, estantes, habitantes, y residentes en
la ciudad de Manila y en todo este nuestro arzobispado y en el Obispado de la Nueva Segovia
sede vacante que es a nuestro cargo, salud a nuestro señor Jesucristo. Ya sabéis
o debéis saber que la obligación principal del cargo y oficio pastoral que Dios nuestro señor
fue servido poner sobre nuestros flacos hombros, es evitar todas y cualesquier ocasiones
de pecados que se puedan perpetrar contra su divina majestad, más en estos tiempos en
que estamos experimentando todos los de la monarquía de España sus justos
enojos con tantos azotes de pestes, guerras, hambres, y la falta de sucesión a la
real corona en nuestro católico monarca, indignaciones todas que debemos considerar
merecemos de la divina justicia por nuestros pecados. Sobre que ya visteis y oísteis
las rogativas públicas que por tiempo de nueve días se hicieron por mandato de nuestro
rey y señor (que Dios guarde), para que con la reformación de costumbres, enmienda
de vidas, y frecuencia de sacramentos, se aplaque la justísima indignación de
Dios contra nosotros, que debemos temer más rigurosa si de nuestra parte no ejecutamos
tan católicos preceptos. En cuya atención, y porqué de la concurrencia
de hombres y mujeres en donde se representan comedias ya obscenas, ya trá[gicas]
y ejemplares se han experimentado y cada dia se experimentan muchas of[ensas contra]
Dios nuestro señor, cuya bondad inmensa debe ser infinitamente amada [ ] [recurso]
mismo de entrambos sexos en que el enemigo común no cesa ja[más] []
citar incentivos con que abrazar las almas en el fuego infernal de la concupiscencia,
como por lo que de semejantes comedias y representaciones se origina, ya por ser
ellas mismas arte diabólico de enseñar venganzas, duelos, liviandades, y de poner en
práctica modos y medios ilícitos y deshonestos de ofender la majestad de Dios. Y haciendo [stop here, 7-9-2024, decide whether this sentence belongs to the previous or next sentence]
ellos mismos el tropiezo y ocasión de semejantes culpas y maldades y de otras
muchas que vosotros no ignoráis y sabéis muy bien. Circunstancias todas que atentamente
vistas son saludablemente prohibidas por los sagrados cánones y especialmente por el
Concilio Toledano, cuya saludable resolución se tomó también en tiempo de nuestros católicos monarcas
(que santa gloria hayan) los señores Don Felipe segundo y Don Felipe cuatro,
el grande, habiendo sido este dictamen cristiano y político de la
mayor parte del real y supremo Consejo de Castilla, sobre que deseando como de-seamos
ejecutarlo para poner el remedio que ataje tan perniciosos daños en
vuestras almas, para que Dios nuestro señor sea más dignamente loado, servido, y venerado.
Y cumpliendo con nuestra obligación y oficio pastoral, desde luego para en adelante,
et in perpetuum, quitamos y prohibimos absolutamente todas, y cualesquiera
comedias, de cualquier especie que sean coloquios y entremeses de
cualquier idioma que fueren y escuadrones de mujeres de cualquiera
Monacillos que sean hijos de mestizos de sangley. 1732

del pueblo de Malate, jurisdicción
de Tondo, postrados a los pies de
vuestra señoría. Nos presentamos y decimos que
por mandamiento de nuestro alcalde
mayor se nos hizo notorio el día
once de mayo, próximo pasado de
este presente año, dos superiores decretos
de vuestra señoría [el un pedimento] se dirige
a que nuestros hijos asistan
a la iglesia de monacillos. Y porque
a este pedimento se ofrece
el que gozamos de dos decretos
testimoniados sobre el mismo
asunto el año de mil setecientos
y dos, y el otro de mil
setecientos y once, como consta
de dichos recaudos que en debida
forma adjunto, presentamos
con toda solemnidad,
alegando en ellos lo acostumbrado
inmemorial que
por Mestizos y labradores
jamás se nos ha obligado
a semejante estilo respecto
a que labramos
tierras arrendadas y a costa
de fatigas pagamos los arrendamientos
y los reales tributos
a su majestad que Dios guarde y
Relación y otros instrumentos sobre el desacato de los Naturales de Dongalo. 1717.

haciendo su cerca [que] era el sitio que llaman Santa Lucía. Y cuando llegamos, hallamos
que estaba toda la gente de Dongalo viejos, y mozos, y hasta los muchachos,
y todos los baguntaos, y sacristanes, que al parecer había más
de trescientas personas. Y luego que nos vieron llegar a donde estaba el
juez y sus compañeros, los motores del pleito, se acercó la mayor parte de
la gente, y nos fueron cogiendo en medio. Yo [reparé] que todos tenían
en las manos fuera de los bolos muy buenos garrotes y otros tenían
machetes y garrotes y algunos lanzas cortas, y el juez mayor su
alfanje. Y habiéndome yo llegado [donde] estaba el juez mayor le dije
que como hacía lo que hacía de haber echado [bando] para que toda la
gente saliera a hacer la cerca que estaban haciendo, habiéndole yo dicho
lo que le dije el día viernes en la tarde, me respondió que no podía
hacer otra cosa porque bastaba que [si lo] hubieran pedido todos los del común
de su pueblo. Y que bastaba la orden verbal del señor oidor fiscal que les había
dado para hacer la cerca donde la hacían. Y que así que ellos sabían
muy bien lo que se hacía. Yo le dije que nada de lo que había mandado
ni hacían era puesto en razón. Pues si él era [justicia] debía obrar como
Dios manda, y no hacer [una] sin razón como la que estaban haciendo.
Pero que Dios [cuidado] y que se resultare alguna cosa que él lo había
de pagar por fin [por] haber mandado hacer lo que todo el común
de Dongalo estaba haciendo. Y que esperaba en Dios el que no habían
de ganar el pleito, y también le dijimos que como decían que
se lo había mandado el señor oidor fiscal pues al Hermano Fray Diego le había
dicho dicho señor oidor fiscal que él no había mandado tal cosa, y a
eso respondieron ellos que a ellos se lo había dicho verbalmente. Y que
así [se veían] muy bien lo que se hacían, y yo le dije tanto a él como
al Capitán Pablo, y a sus compañeros: "con que vosotros diréis más verdad

que el padre." Y todo esto se le dije con palabras corteses, y sin [descomponer]me
en cosa alguna. Y le dijimos: "mira hijos nosotros no [venimos]
haceros ningún daño o vejación pues las armas que [traemos]
son esta correa de nuestro padre San Agustín" y se la enseñamos. [Y] [viendo]
con el modo que estaba el Capitán Pablo le dije: "[tu]
el peor de todos pues a todos los estás alborotando y todos [hacen]
lo que tú quieres porque te tienen miedo. Y andáis yendo
de ramas, para pleitear y [encogiendo] la plata [sus]
Dios adonde va a parar." Y me respondió: "yo sé muy bien lo que
me hago, y sé cuáles son nuestras tierras, y vosotros no y pues
hacemos la cerca [porque]sabemos que hasta aquí son nuestras [tierras]
y vosotros no sabéis lo que es vuestro. Y así esto que es nuestro [nos]
queréis quitar". A que le respondí, "¿cómo tienes atrevimiento de decir
una cosa como esa pues nosotros antes pecamos de sórdidos
que de avarientos pero solo tu podías decir eso que
eres cristiano. Pues, en todo el tiempo que he estado aquí []
no te he visto acción que huela a cristiano. Pues en todo evento
no has entrado en la iglesia ni una vez siquiera a oír misa. Ni
tampoco has cumplido con la iglesia. Mira si todo eso que haces
es lo que manda Dios. Y si es lo que yo digo, el que no hace acción
que sea de cristiano... Y a mí me toca como tu ministro
averiguar si oyes o no. Mas ya, pues no tengo por donde mecerte
el que la oyes en otra parte." Y me respondió: "es verdad que [no]
oigo en esta iglesia sino donde me parece porque os tengo [miedo]
porque todos me tenéis rencor. Porque decir que yo soy el [caso]
de este pleito de las tierras, y así no quiero ponerme delante []
ninguno de vosotros. Y tocante así oigo o no oigo [misa].
Muy bien, lo que me hago [es] que soy cristiano. Y me dijo [otras]

muchísimas desatenciones. Y todo me lo decía con un modo muy
malo y con muchos ademanes de manos quey con voz bastante alta
cuando yo le hablaba con voz baja, y sin ademanes, y me dijo otras
muchísimas cosas descompuestas que no es fácil el poder me acordar
de todas ellas. Sólo sí digo que todas eran provocativas a
que un hombre se calentara, y le diera algún golpe bien dado.
Pero aunque yo lo diga me armé bien de paciencia porque más parecían
sayones que cristianos según sus operaciones. Y después
me dijo una cosa que me hizo calentar, que me baje del caballo
a darle satisfacción a su letraduría. Y sólo llevaba yo en las
manos un bejuquillo blanco delgadito de aquellos de la costa
y mi criado se apeó de su caballo para tener asido de las riendas
el mío por ser algo arisco. Y después que yo acabé de darle
satisfacción a sus letradurías le dije: "anda letradillo." Y con
el bejuquillo que tenía yo en mi mano y asido por la mitad
le di un al revés, y al instante hizo un medio [compás] para atrás e
iba a desenvainar su alfanje para darme. Y viendo mi
criado está acción, largó el caballo y se arrojó a él a quitarle
el alfanje con que me quería dar, y aún no se había arrojado
cuando dijo el Juez Santiago, (que parece era la seña) y comienzan a
llover garrote y machetes sobre el muchacho. Y todos éramos a
meter paz y pedirles el que se soportaran. Yo se lo pedía por amor de
Dios. "¿Cómo hacían eso cuando nosotros no les íbamos a hacer ningún
daño?." Yo les dije: "ah, hijos, mirad que yo soy vuestro ministro y vuestro padre,"
y otras muchas cosas que le decía, pero nada me valió sino

antes el oír cosas que no quisiera oírlas. Y así todo se lo [o]
a Dios, y el muchacho mi criado por fin le quitó el alfanje
de la mano, y al quitárselo como el indio hacía fuerza [de]
soltarlo, se cortó el mismo con su mismo alfanje de la [mano]
un poco de la banda de adentro. Y, ya viéndose sin alfanje
otro de sus compañeros, le dio otro alfanje, y lo jugaba muy [bien]
no obstante de tener su mano lastimada. Y mi criado [se retiró]
dos pasos atrás defendiéndose de tanto garrote y alfanje [como]
llovían sobre él, y al retirarse para atrás se [enredó]
rodaja de la espuela en la rienda de mi caballo, y [cayó]de bruzas
porque el caballo tiró un [gelon] para atrás, y [entonces]
le rompieron la cabeza de un palo. Y un brazo se lo maltrataron
muy bien cómo se puede ver por esa certificación de
cirujano que le curó. Y si uno no llega y corta la [rienda de]
mi caballo paraque no se hubiera levantado. Y lo hubieran [ acabado]
de matar. Y yo con mi mano derecha cogí la rienda de mi [caballo]
para que no se me fuera porque estaba muy alborotado. Y yo [tuviera que]
pedirles el que se apaciguaran con la mano izquierda [que]
me servía como de broquel cuando les hablaba, cuando se [arrimó]
el hijo del Capitán Pablo, y me tiró un palo a la mano que
la dejó sin poderla menear por entonces. Y cuando yo [volví la cara]
vi que el Hermano Fray Diego, y sus vaqueros, y mi [muchacho]
iban corriendo a caballo, y la mayor parte de la gente iban corriendo
tras ellos. Yo me quedé allí con mi fiscal y mi [chiquillo]
que iba con los cojinillos. Y no pudiéndome yo poner a caballo

{Al margen izquierdo: mi fiscal pasado}
me ayudó a poner a caballo y juntamente con el teniente pasado que
estaba allí por ser de Dongalo, pero no se metió jamás en
bueno, ni en malo. También el segundo mayor que se hallaba también
allí, y ellos fueron los que me amarraron un paño en
la mano porque no me entraba frío en ella. Y me parece que
si a esos dos los llamaren, y debajo del juramento les preguntaren
lo que pasó, dirán la verdad por ser indios bien intencionados.
Y después que la mayor parte de la gente se había ido tras
del Hermano Fray Diego, y el juez mayor se había quedado allí con
[cha]otra parte de gente que vino se meneaban a cosa alguna.
Y le dije al juez mayor: "mira, Dios [ha] cuidado contigo pues ha sido
la causa de todo esto, y que a mí siendo tu ministro y tu
padre me han lastimado de esta suerte siendo siempre mi ánimo
el no haceros ningún mal, sino antes mucho bien.
Y si yo no fuera sacerdote y tuviera un alfanje en las
manos no había de haber quien a mí se me hace arrimara
porque antes que me llegaran al pelo de la ropa había se de caer
una media docena. Pero soy padre y así no puedo hacer
nada de eso y más cuando mi intención siempre ha sido
buena, y vine solamente porque no hubiera ninguna cosa
por ser vuestro ministro. Porque juzgué estando yo delante ninguno
se había de propasar, a lo que se propasaron." Estando ya
para querernos volver, y mi fiscal y mi chiquillo, llegó
el Capitán Pablo con toda la gente que le acompañaba que habían
ido tras del Hermano Fray Diego. Pegó ael Capitán Pablo lo primero
Vocabulario Visaya de Pedro de San Nicolás y otros. 1700s.

Alegría contento. Tula. Saia
Alegría. Culala
Alfares?. Aspili
Alcuza o botijuela para cuete oloroso. Tampayac
Algalia. Diris
Algodón en copo para hilar. Puyod
Algodón. Bulac
Aldaba de flechas. Vide. Payong
Aliñar o desembarcar ut aposento. Vide. Simpan
Aliñar algo o ponerlo azcado. Tangcap
Alla acullá. Carin
Alma racional. Caladua
Almas celos antiguos separados que andan haciendo mal. Anito
Almejas largas. Daung
Almejas. Cabibi
Almejas cierta especie. Parus
Almejillas más pequeñas que cabibi. Calang calangan
Almohada. Hunan
Alocado que no pone sentido en lo que hace. Dulingas
Al punto luego. Cabud
Alquitara de taberna. Caluung
Alto ut torre. Layug.
Alto matar

Carga cargar o llevar. Dala
Carga en las espaldas o en los hombros. Baba
Cargar niño sobre el cuadril. Quilic
Cargar en palmas ut anino. Sapno
Cargar algo sobre la cabeza. Suntuc
Carrillo o mejillas. Paling
Carmenar el algodón para quitar las pepitas. Lirat
Carne no pescado. Laman
Carpintero. Anloagui
Carta o escrito. Sulat
Cartucho para poner buyo o caso así. Balisongsong
Capitán de guerra. Punsanang
Casa. Balay
Casa de mucha gente. Gatdula
Casas cuyas ventanas se miran una y otra. Dungao
Casa la parte más honrada contraria- Diquingsiduan
Casados. Balay
Casamentero. Balayo
Cascabel. Baimbinan
Cascara del arroz. Apa
Cascara o estopa del coco. Bonot
Cascara o paja de algodón. Bangcala
Casco de la olla o tinaja en que se tuesta. Yangas
Casco o cuenca para achicar el agua en los barcos. Limas
Caspa o flema salada que sale por el cuerpo. Lurap
Castigar en uno el pecado del otro. Tangan
Castigo o pena. Dusa
Castigo o corrección. Pangusap
Castidad. Paniti
Caterva ut de amigos o de gente en fiestas. Cumpol
Caudal o capital. Puhunan
Cauterio o botón de fuego. Paso

Coger apañando con las manos ut basura grano etcétera. Simut
Coger a otro en mentira. Videm. Sudsud
Coger a su tiempo cachumba, algodón o palay etcétera. Pupul
Coger con la mano flor o las frutas. Puti
Cogollos tiernos ut de calabaza camote etcétera
Coyuntura de los dedos. Bucu
Cola de animal o peces. Yqui
Cola y alas del pez. Palapay
Cola del tapis para atrás. Salimpat
Collar. Sacal
Colgar o estar colgado ut soda para sacar agua. Tauil
Colgar con cuerda. Bitin
Colgar o fender ¿. Lauing. Lapay
Colgar en escarpias las cabezas de los vencidos. Bayubay
Colgar o estar pendiente ut manga perdida o ¿ de vieja. Lambing
Colgar con cuerda. Bitin
Colgar de clavo o garfio. Sabit
Colgar como ropa en cordel. Sablay
Colgar de pared ut armas. Salang
Colgar ut ropa de armas. Salangat
Colgarse ut murciélago de la una o la gente de dos manos. Sambiton
Colmo ut medida. Obut. Obuc
Colorado o rojo. Luto
Colorado o rojo como laca. Suga
Convalecer de la enfermedad. Maui. Convenientemente. Tapat
Convenir con la voluntad de otro. Tango
Conversar entre dos o más. Dungut
Convidar a comer. Ampang
Convidado para trabajar ut para la ciega. Sugu
Convidado ut de boda. Cangay
Convidado para fiesta o trabajo. Agcat
Come con que da polvo del arroz. Bolo
Comer. Mangan
Comezón plumitos. Gatal
Comer con escasez ut de golosina. Sibsib

Estenderse o cundir las raíces delos árboles. Calamut
Estenderse ut llama o humo polvo con el viento u olor o hedor. Sabicbobo
Estenderse cudiendo ut madera para dar con el cabo. Sintac
Estenderse comprehendiendo como la luz el mundo. Aclag
Estender como cosa en curvada ut las piernas que estaban dobladas o clavo torcido. Agsay
Estender la mano para dar o recibir. Aduang
Estender en el suelo como a las grandes ropas que ¿ la alfombra para poner algo a secar. Asay
Estender ut algodón para ventosas. Nutnut
Estendero descoger algo ut petate. Onat
Estender ut con mazo el algodón para sacarle las pepitas o el chocolate en metate. Pipis
Estender el brazo ut para alcanzar algo. Gauang
Estender enderezando ut clavo u ovillo. Yatyat
Estenderse cundir o ser para muchos ut ramera o liberal. Laganap. Lagap
Estender ut ropa doblada. Lantay. Ladlad
Estender o adelgazar masa como el chocolate en metate. Liquis
Estender el pescuezo como para mirar entre mucha gente o los que agonizan o se ahogan. Tungal
Estéril o infecundo ut gente bestia o planta. Baug
Estornudo o estornudar. Asnga
Estocada o hurgonazo de punta. Lusub
Estero o zanja de agua. Sapa
Estirar cosa arrugada. Binlit
Estómago revuelto. Ambugao
Estómago lo interior. Dongos
Estómago por fuera ternilla o paletilla de él. Malatulud. Bangcal

Mecerse ut barco movido de las olas. Lingong
Media noche. Capitanganbengi
Mediar entre dos cosas una y por otra. Pac
Mediano. Caruagan
Medicina. Olo
Medicina. Gamut
Medicina con un ladrillo ardiendo y lo recién con agua y el bajo es medicinal. Dampi
Medida de sementera. Balitang
Medida para el algodón hilado. Calig
Medida de un dedo de ancho. Dali
Medida que es la mano abierto a lo ancho. Damac
Mediodía. Ugtung Aldao
Medida de granos como media ganta. Pidis
Medida de cosas liquidas. Sibut
Medida de cosas que miden con cordel o vara. Sucad
Medida de diez brazas para sementeras. Calat
Medida de algodón. Tul
Medida de un jeme. Turu
Medida de una bara en cuadro. Sigsig
Medio maduro ut bonga. Lulut
Medio maduro ut fruta. Malibalang
Medir a palmos. Vide. Dangan
Medir o mediación. Libutad
Medir granos. Tacal
Medir a brasas. Abga
Medriñaque. Sacob
Mejorar a sonar de achaque. Bagua

Rehuir el cuerpo. Ylag
Relamerse los labios. Taguisipsip
Relamer cosa que se paga a los labios. Alua
Relámpago. Quildap. Quilim
Rellenar o embutir. Sacsac. Salacsac
Remangado de narices. Lipia
Remachar ut clavos. Paltac
Rematar precio. Pintas
Remate de cosa larga. Tondong
Remate algo ut punta de tierra, mar, río o punta de rama etcétera. Tangay
Remedar o imitar los acciones de otro. Tulad
Remediar mal para amenaza ut dando contra veneno o deshaciendo hechizo en canta eregia etcétera. Sunga
Remiendo. Tagpi
Renuevo de los grandes. Buti
Remendar o tomar puntos a redes. Ayoma
Rebentarse el huevo cuando sale el pollo o fresco por sí mismo. Apia
Remo que no estriba en el barco. Bagsay
Remo de palo conocido. Gaud
Rebolber o trabucar ut arca o cosa en remojo. Alucay
Remojar el algodón para teñirlo de azul. Vide. Sapac
Remojado ut pez en agua. Pala
Recostarse o reclinarse en algo. Alig
Remolino del agua. Alimpuiut
Remolino de viento. Alisus
Remolino de la corriente que vuelve para atrás de durmiendo. Alacac
Remolino de río fuerte que traga la cosa. Vide. Aldua
Rempujar en gran concurso o aprieto de gente. Ambul
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Salanco, Opera: 8
Joanes a S. Thomas, Opera: 8
Soto, in Libros Sententiarum: I 1
Godoy, in 3 part. D. Thomes: 5
Herize, in 1 part. D. Thomes: 1
Vellosilus, in Quest. diff. S. Patrum: 1
Prusdentius, in S. part.: 1
Colleg. Salmratizen: 2
Estante 3
Becano, Opera: 2 tomos
Esparra, Opera: 2
Quiros, Opera: 2
Ragusa in 3 parts. D. Thome: 2
Bañez, Opera: 3
Aragón, in et justitia: 2
Piscinardo, Opera: 3
Caquerano, Opera: 4
Durando, in Petrum Lombardum: 1
Aliaga, Opera: 4
Mauro, Opera: 3
Ariminense, Opera: 1
Bona Spei Cursus theolog: 6
Perez, Laurea salmantina: 1

Gratiano, Compend. juris civilis. {5 Tomos. Cajón 11 (6), estante 3 (4)}
Gatica, de adventu messia. {1 Tomo. Cajón 8 (10), estante 3}
Gavant Merati, Ceremonial. {5 Tomos. Cajón 10 (7), estante 6 (5)}
Gavardus, Scola Aegidiana. {6 Tomos. Cajón 4 (9), estante 2 (1)}
Gavarri, Instrucciones de predicadores y sermones. {2 Tomos. Cajón 9 (11), estante 3 (2)}
Gebhardus, Elegías de Valerio Catulo. {1 Tomo. Cajón 7 (5), estante 5}
Geminianus, in Decretables. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 1}
Geminianus, Summa de Exemplis. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Genebrardus, in Psalmos. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Geneto, Theolog. moral. {7 Tomos. Cajón 5 (8), estante 5}
Gibon, Theolog. scholastica. {8 Tomos. Cajón 4 (9), estante 5 (4)}
Gislerio, in Cantica. {1 Tomo. Cajón 3, estante 4 (3)}
Georgius Edere, Encomia Bibliorum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 4 (3)}
Givalino. {10 Tomos. Cajón 10, estante 2 (4)}
Godoy, in 3 partes. D. Thoms. {5 (9) Tomos. Cajón 4, estante 2}
Gomez, de Bulla Cruciata. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5 (4)}
Gómez Durán, de la Peregrinación del Hijo de Dios. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (4)}
Gomez y Gomezio. {2 Tomos. Cajón 11 (6), estante 4 (3) (4)}
Gómez, Falichristica. {1 Tomo. Cajón 7 (5), estante 5 (4)}
Gómez, Vida de Santo Domingo de Silos. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3 (4)}
Gonet, Compendio manual. {6 Tomos. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Gonet, Clipeos. {5 Tomos. Cajón 4 (9), estante 2 (1)}
Gonzales, Super decretales. {4 Tomos. Cajón 10 (7), estante 3}
Gonzales, Theolog. moral. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5(4)}
Gotofredo, Digesta juris civil et codex.{ 2 Tomos. Cajón 10 (7), estante 6 (5)}
Goudin, Curs. philos. {4 Tomos. Cajón 6 (13), estante 4}
Govea, Vida de San Juan de Dios. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 4}
Gouvea, Jornadas del Señor Meneses. {1 Tomo. Cajón 13 (12), estante 1}
Gracian, Arte de Ingenio. {2 Tomos. Cajón 7 (5), estante 5 (4)}
Granada, Contiones. {5 Tomos. Cajón 3, estante 6 (5)}
Granada in 3 partes D. Thoms. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 4 (3)}
Granada, Vida y revelaciones de Santa Gertrudis. {2 Tomos. Cajón 12 (4), estante 6 (4)}
Granado, de Concept. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Grajar, in Micheam. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Grazaton, Compend. juris. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 4}
Año de 1640—Información sobre el milagro que Nuestra Señora de Caysasay usó con Juan Ynbin, sangley cristiano.

[al margen izquierdo] Comisión al maestro Joseph Cabral para la averiguación del milagro.
Nos, D. Fray Hernando Guerrero, por la gracia de Dios y de la
Santa Sede Apostólica, Arzobispo Metropolitano de estas islas Filipinas, del
Consejo de Su Majestad. Por cuanto ha llegado a nuestras manos un testimonio signado
y firmado de Alonso Márquez, escribano público de la provincia de Balayan,
término de nuestra diócesis, por do consta que una imagen de Nuestra Señora
la Virgen María, Reina de los Ángeles, que está en la iglesia de
Casaysay, visita del priorato de Taal, ha hecho un milagro con un sangley
cristiano llamado Juan Ynbin, cantero, que en aquella sazón ayudaba a la
fábrica de aquella iglesia; al cual prendieron con otros sangleyes y echa-
ron por muerto los ejecutores, con ocasión de este alzamiento general que han
hecho los de Calamba, parián de esta ciudad y los de Santa Cruz. Y le die-
ron grandes heridas penetrantes de modo que lo dejaron por muerto. Y pare-
ce que el dicho Juan Ynbin se había próximamente confesado con el padre predi-
cador fray Alonso Rodríguez, prior del dicho convento de Taal, y encomen-
dándose a la dicha imagen para que le librase de la muerte. No obstante que
por el dicho testimonio consta tener cuatro heridas penetrantes, que por cualquie-
ra de ellas naturalmente eran de muerte, teniendo todos los nervios prin-
cipales del pescuezo cortados a machetazos, y con dos lanzadas en el cuerpo,
en la tetilla derecha. Y [consta] haber estado tres días naturales sin comer ni
beber, ni recibido cura alguna, y haber estado en el agua y a las inclemen-
cias del cielo. Y dicho y declarado el dicho Juan Ynbin habérsele aparecido
la dicha imagen, y sacádole de la mar donde se halló la primera vez
que le socorrió, y después traídole a la orilla y a tierra sobre una hoja
blanca. Y cuando le iba trayendo se apartaban y huían caimanes y otros
peces espantosos con la vista de la dicha imagen. Y habiéndole traído a
tierra, le mandó se volviese a proseguir con su obra. Y diciéndole no saber
el camino para ir a Casaysay, donde se fabricaba su iglesia, le mostró
el camino y le pasó de un río sin mojarse. De modo que caminando lle-
gó al dicho lugar y estuvo en una bóveda de la dicha iglesia. Y por el dicho testigo
consta que con ser las dichas heridas tan grandes y penetrantes, no tener
olor ni estar hinchadas, como naturalmente lo suelen estar pasando vein-
ticuatro horas, especialmente las que se mojan, que todo lo susodicho son efectos
que sin particular milagro y ayuda de tan gran Señora no podía suceder.

primero y ante todas cosas hizo juramento de fidelidad, y que aceptaba
y aceptó la dicha comisión, y juró in verbo sacerdotis poniendo la
mano derecha en el pecho ante el padre predicador Fray Alonso Rodrí-
guez, prior de este partido de Taal, de usar de ella según y como
por dicha comisión se contiene. Y lo firmó el dicho padre prior, y dicho
maestro Joseph Cabral. [Rúbricas] Fray Alonso Rodríguez, Maestro Joseph
Cabral. Ante mí, Alonso Márquez, notario.
[al margen izquierdo] Aceptación del notario.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de suso
referido, el dicho maestro Joseph Cabral, juez de comisión recibió
juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la
cruz, de Alonso Márquez, notario nombrado por Su Señoría Ilustrísima,
contenido en dicha comisión. El cual estando presente dijo
que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento, y de usarlo bien y
fielmente a todo su leal saber y entender. Y a la absolución
del juramento dijo: “sí, juro y amén”. Y lo firmó con el dicho juez
de comisión. Maestro Joseph Cabral. Alonso Márquez, notario.
Concuerda con la comisión original y aceptamiento de ella
por el maestro Joseph Cabral y juramento. Y asimismo
aceptación de Alonso Márquez, notario por ella
nombrado, lo cual va cierto y verdadero. Y la dicha
comisión original entregue al dicho maestro Joseph Cabral;
y fueron testigos a verla corregir y entrega de ella
Don Antonio Tanhayanin, Juan Obagan, Pedro Cabello,
presentes. Y para que conste y de mandato del dicho juez de comisión
saqué el presente, que es hecho en este pueblo de Casaysay en dieciocho días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[Rúbrica:] Alonso Márquez, notario.

[margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Thomás Dimaligalig.
El maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Ca-
saysay, dijo ser necesario nombrar un intérprete en lengua tagala
que sea de satisfacción y confianza, y entendido en lengua castella-
na para que con toda fidelidad, interprete los testigos tagalos si necesario
fueren para la averiguación y las demás cosas que se ofrezcan
en lengua tagala. Y porque las partes necesarias concurren
en la de vos, Thomás Dimaligalid, por el presente y en vir-
tud de la facultad que por la dicha comisión se me concede, os elijo y
nombro por tal intérprete de la lengua tagala para la dicha
averiguación de dicho milagro. Para que como tal lo uséis y ejer-
záis; y primero y ante todas cosas haréis juramento en forma de usar
bien y fielmente el dicho oficio. Y estando presente el dicho Thomás Dimaligalig dijo que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento de tal
intérprete para la dicha averiguación de dicho milagro que en él hecho, y que lo usará bien y fielmente a todo su leal saber y entender; y que
guardará secreto en las cosas y casos que lo pidan. Y así lo juró
a Dios y a la cruz en forma de derecho. Y a la absolución del juramento dijo:
“sí juro, y amén.” Y lo firmó el dicho juez de comisión. Dado en este pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscientos
cuarenta años.
[Rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Agustín Sico, sangley cristiano.
El maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, dijo ser necesario nombrar un intérprete en lengua sangleya que sea de
satisfacción y confianza, y entendido en lengua castellana para que, con
toda fidelidad, interprete la declaración o declaraciones que sean
necesarias hacer de algunos sangleyes o testigos que para el dicho caso
se ofrezcan examinar siendo sangleyes, y otras cosas tocantes a dicha len-
gua sangleya. Y porque las partes necesarias concurren en la de
vos, Agustín Sico, sangley cristiano, por el presente y en virtud
de la facultad que por la dicha comisión se me concede, os elijo y nombro
por tal intérprete de la dicha lengua sangleya, para la dicha averiguación
de dicho milagro. Para que como tal lo uséis y ejerzáis. Y primero ha-
réis juramento en forma de usar bien y fielmente el dicho oficio. Y estando presente
el dicho Agustín Sico, dijo que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento de tal intérprete para la averiguación de dicho milagro en él hecho, y que lo
usará bien y fielmente a todo su [r]eal*El notario imita la pronunciación del Sangley, quien dice "leal" en vez de "real." saber y entender. Y que guar-
dará secreto en las cosas y casos que lo pidan. Y así lo juró a Dios y
a la cruz en forma de derecho. Y a la absolución del juramento dijo: “sí juro, y
amén.” Y lo firmó el dicho juez de comisión, que es hecho en este pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscien-
tos cuarenta años.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Declaración de Juan Ynbin, sangley cristiano.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de ene-
ro de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura
beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia
de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra
Señora de Casaysay por el Ilustrísimo don fray Hernando Guerrero,
arzobispo metropolitano de estas islas y del Consejo de Su Majestad, hizo parecer ante
su merced a Juan Ynbin, sangley cristiano que a la sazón está en este dicho pueblo
de Casaysay, para tomarle su declaración en razón de dicho milagro.
Y estando presente el susodicho se le fue recibido juramento en forma de derecho
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, mediante Agustín Sico, sangley
cristiano, intérprete nombrado para dicho efecto. Y habiéndolo hecho prometió de
decir verdad, y dijo que lo que pasa en razón de lo que sabe y le su-
cedió es que habrá tres años poco más o menos que ha estado y [ha] asistido en este
dicho pueblo de Casaysay, haciendo oficio de cantero en la fábrica de la iglesia
de piedra de Nuestra Señora de Casaysay, y en las bóvedas que se hicieron asimis-
mo sobre el agua que llaman Santa, que están cerca de la dicha iglesia.
Y que estando actualmente cortando piedra para hacer un pretil o cerca
en el patio de la casa y espaldas de la dicha iglesia, una noche, estando en
su casa durmiendo le despertaron y llamaron. Y luego le prendió don Juan
de Cabrera, castellano de la Fuerza de Bonbon, atándole las manos. Y le llevó a este
declarante con los demás sangleyes que en este dicho pueblo había a la dicha
Fuerza de Bonbon, donde luego que llegó le pusieron una trompa al pescue-
zo, amarradas las manos como de antes, y le tuvieron en aquellas prisiones
hasta que el día siguiente, a las cinco de la tarde poco más o menos, llegó
el alcalde mayor de esta provincia de Balayan, y le dijo a este declaran-
te y a los demás sangleyes que con él estaban presos que, los cristianos se con-
fesasen y los infieles si quisiesen ser cristianos se bautizasen; que para eso
estaba allí el padre prior de Taal, porque todos habían de morir luego al punto.
Porque tenía orden del señor gobernador de estas islas para matarlos por el al-
zamiento general de los sangleyes. Y así este declarante se confesó con el
dicho prior de Taal fray Alonso Rodríguez, y se encomendó muy de veras
a Nuestra Señora la Virgen María de Casaysay pidiéndole le librase de la
muerte, pues le había servido tanto tiempo en su iglesia. Y que le sacaron
de la dicha Fuerza con la dicha trompa al pescuezo, y atadas las manos, y le
llevaron a la playa frontero y a vista de dicha Fuerza, que fue el lugar

[al margen izquierdo] Testimonio del capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero
de mil seiscientos cuarenta años]], el maestro Joseph Cabral, cura bene-
ficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia
de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al capitán Diego Maldonado Bo-
nal, alcalde mayor y capitán a guerra en esta dicha provincia de Balayan,
del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad.
Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano
de mes y medio a esta parte poco más o menos, que ha que lo vio en el
pueblo de Taal, cuando a él lo trajeron herido. Y tiene noticia del
milagro que con él usó Nuestra Señora de Casaysay, y esto responde.
-A la segunda pregunta dijo que en virtud de orden que tuvo del señor
Gobernador y Capitán General de estas islas, para que hiciese matar y degollar a todos
los sangleyes cristianos e infieles de esta provincia. Y que en conformidad
de ella mandó a D. Juan de Cabrera, castellano de la Fuerza de Bonbon
prendiese todos los sangleyes que hallase en este dicho pueblo y los llevase
a la dicha Fuerza de Bonbon, y en ella los tuviese presos a buen recaudo,
y esto responde.
-A la tercera pregunta dijo que habiendo llegado a la dicha fuerza a las
cinco horas de la tarde poco más o menos, que se contaron siete
del mes de diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta
nueve, pidió al padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este
partido de Taal que a la sazón estaba en dicha fuerza, confesase
a los sangleyes cristianos y exhortase a los infieles se volviesen cristianos,
porque luego habían de morir todos. Y así, después de confesados
y bautizados algunos infieles, los sacaron de la dicha Fuerza
de dos en dos, amarradas las manos y con trompas al pescuezo y los lle-
varon al lugar donde los mataron, que sería un tiro de arcabuz
de dicha Fuerza, y esto responde.
-A la cuarta pregunta dijo que no vio conocidamente al dicho Juan
Ynbin, pero le tiene por uno de ellos; y que a todos les iban dan-
do los indios que allí estaban, separados para ello, con los mache-

tes que tenían en las manos por el pescuezo. Y que unos se
hincaban de rodillas para que los matasen, y que el que les pa-
recía a los indios no quedaba del todo muerto con los machetazos, les
daban otros indios de lanzadas hasta que los dejaban por muer-
tos. Y que este testigo para más satisfacerse y cumplir con el tenor
de dicha orden, fue al dicho puesto y los halló a todos tendidos, que a
su parecer estaban del todo muertos. El número de todos [que] era[n]
veintinueve, que fue el mismo que halló vivos cuando sa-
lieron de la dicha Fuerza; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo este testigo que no los vio embarcar en las bancas, pero mandó [e]l dicho castellano los embarcara en bancas y con
las mismas trompas los echasen en lo profundo del mar, y fuera
de la barra del río de Bonbon; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distancia
de donde mandó echar los dichos sangleyes al agua, por tierra, hasta este
pueblo de Casaysay donde ha oído fue hallado el dicho Juan Yn-
bin, cuarto y medio de legua; y por el agua, un cuarto de dicha
legua. Y le parece a este testigo que el dicho Juan Ynbin, con las
heridas penetrantes que este testigo le vio: porque las dos del pescuezo
tenía los nervios principales cortados, que de arriba y de abajo
se veían los nervios como colmillos, y el hueso lastimado como
partido. Porque eran ambas anchas las heridas, y en par-
ticular la una de ellas, y las otras dos que tenía encima de
la tetilla y costado derecho las tiene por tan milagrosas, respecto de
parecerle a este testigo entraban en el cárcavo, y que sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor y de su bendita madre, no podía
naturalmente vivir; y esto responde.
-A la séptima pregunta dijo que el tiempo que hubo desde que mata-
ron a los dichos sangleyes, y hasta que fue traído al pueblo de Taal
hubo cuatro días; y esto responde.
-A la octava pregunta dijo que se remite a lo que tiene declarado
en la sexta de este dicho. Y que en cuanto a las heridas no

[al margen izquierdo] Testimonio Ambrosio Manalig.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo pare-
cer ante sí a un indio que mediante Thomás Dimaligalig, in-
térprete, dijo llamarse Ambrosio Manalig y ser natural del pueblo de
Taal, y a la sazón soldado de la Fuerza de Bonbon, del cual se
recibió juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal
de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad; y siéndole
preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbing [sic], sangley cristiano,
cantero, de ocho meses a esta parte que le ha visto trabajar en su oficio en
la dicha fuerza y en la iglesia y santuario de este pueblo de Casaysay.
Y tiene noticia del milagro que con él usó Nuestra Señora, y que en
el tiempo que dicho tiene que conoce al dicho Juan Ynbin, le ha tenido y
tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que este testigo, en compañía de D. Juan
de Cabrera y de otros indios prendieron una noche al dicho Juan
Ynbin en este pueblo de Casaysay y a los demás sangleyes que en él
estaban. Y a todos juntos los llevaron amarradas las manos a la dicha
Fuerza, lo cual ejecutó el dicho castellano por habérselo así man-
dado el alcalde mayor de esta dicha provincia de Balayan; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que llegando a la dicha fuerza el dicho castella-
no con el dicho Juan Ynbin y los demás sus compañeros, les pusieron a cada
uno una trompa al pescuezo, amarradas las manos; y de la dicha
Fuerza los iban sacando de dos en dos al lugar donde los iban ma-
tando, que es un tiro de arcabuz de la dicha fuerza; y esto responde.
A la cuarta pregunta, dijo este testigo que a él y a otros indios soldados
de la dicha Fuerza los había nombrado el castellano de ella para que
estuviesen fuera de la dicha Fuerza y en el lugar que habían de
matar a los dichos sangleyes; y a este testigo le tocó el matar al dicho Juan

[al margen izquierdo] Testimonio: Matheo Omali.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de
enero de mil seiscientos treinta y cuatro años [errata], el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación de dicho milagro hizo parecer ante sí a un indio
que mediante el dicho intérprete dijo llamarse Matheo Oma-
li, y ser natural del pueblo de Taal; y al presente soldado de la
fuerza de Bonbon, del cual se fue recibido juramento en forma de
derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndo-
lo hecho prometió de decir verdad y, siéndole preguntado al
tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo este testigo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte por haberlo visto
trabajar en la fuerza de la barra de Bonbon y en esta i-
glesia de Nuestra Señora de Casaysay, y tiene noticia del mila-
gro que la Virgen Santísima usó con el susodicho, al cual este testigo durante
el tiempo que le conoce lo tiene por hombre de buena vida y costumbres;
y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que don Juan de Cabrera, castella-
no de la Fuerza de Bonbon tuvo orden del alcalde mayor de esta
provincia para prender a todos los sangleyes cristianos e infieles
de este pueblo de Casaysay, y a los sangleyes chinchorreros que estaban
junto a él, y a los demás que hallase; y que presos y a buen re-
caudo los llevase a la dicha Fuerza. Y al tiempo que los llevó el dicho
castellano estaba este testigo en la dicha Fuerza y vio meter en ella
al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos, y a los demás sangleyes;
y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el día siguiente el dicho
Juan Ynbin y los demás sus compañeros presos en la dicha fuerza, ama-
rradas las manos y con una trompa al pescuezo cada uno, el padre
prior de este partido de Taal confesó a los sangleyes cristianos y bautizó
algunos infieles que se habían vuelto cristianos. Y acabado

las vio este testigo que se las curaban en el pueblo de Taal, las cuales
eran cuatro penetrantes; y que sólo con una de ellas le parece
a este testigo naturalmente no poder vivir ni caminar poco ni mu-
cho, ni menos venir a parar a tan gran trecho donde fue halla-
do sin particular ayuda de Dios Nuestro Señor, por intercesión
de su bendita madre; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que un miércoles en la tarde
echó a la mar este testigo y otro compañero suyo llamado Diego Mospa-
tag, soldado de la dicha fuerza al dicho Juan Ynbin. Y el domin-
go siguiente oyó decir habían hallado aquella noche antes al
dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y fuente santa
de este pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que vio, como dicho tiene, las cuatro he-
ridas que tiene en su cuerpo el dicho Juan Ynbin cuando le cura-
ban en el dicho pueblo de Taal, y que eran penetrantes y mor-
tales. Y las del pescuezo tenían cortados los nervios principales,
y que no estaban hinchadas ni de mal olor, pero tenían muchos
gusanos gordos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus pies
y sin que nadie le ayude y sin bordón ni otra cosa. Y le pa-
rece a este testigo está el dicho Juan Ynbin fuera de todo ries-
go de dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir a muchas personas
que después que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que le
hallaron vieron en las dichas bóvedas, encima de ellas, dos luces res-
plandecientes de noche y a deshoras, y que esto fue algunas
veces; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público

y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, en que se afirmó. Y que no le tocan las
generales de la ley. No supo decir su edad. Pareció por su as-
pecto de treinta y siete años poco más o menos; y no firmó porque
dijo no saber, firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio: Diego Magpagtag.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el dicho juez de comisión
para más prueba de la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay,
hizo parecer a Diego Magpagtag, testigo citado por Matheo Umali en su dicho del
cual y mediante el dicho intérprete. Se le fue recibido juramento en for-
ma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor
del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero de más de dos años a esta parte por haberlo visto trabajar

y que el dicho alcalde mayor los iba contando, este testigo estaba ya prevenido
con otros por orden del dicho castellano para embarcar en dos
bancas que allí estaban prevenidas a los dichos sangleyes muertos y desangra-
dos [al margen izquierdo: ojo] y así entre los que a este testigo y su compañero tocó embarcar en su
banca fue uno de ellos al dicho Juan Ynbin que conoció. Y así entre
ambos, uno por los pies y otro por la trompa, los iban atravesando
en la dicha banca hasta que en ella cupieron los que podía llevar la dicha
banca. Y la de este testigo en que llevó al dicho Juan Ynbin era pequeña, y
así no pudo caber más del cuerpo del dicho Juan Ynbin y el de otro
sangley. Y bogando así a la mar y fuera de la barra y boca del río
de Bonbon, este testigo y el dicho su compañero los arrojaron a ambos dos
a la mar, al parecer de este testigo en más de quince brazas de fondo, en ocasión
que la marea y viento era contrario para tierra, en que era fuerza los
metiese el dicho viento y marea muy afuera de la parte y lugar do este
testigo había echado al agua al dicho Juan Ynbin; el cual a vista
de este dicho testigo, luego que lo arrojó a la dicha mar, se fue a pique como
si fuera una piedra. Y lo mismo pasó con el otro sangley difunto,
y no los vieron más; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distrito de donde
echó a la mar al dicho Juan Ynbin hasta donde fue hallado en las bóve-
das y fuente de Casaysay, habiendo de venir una persona a su paso ordinario,
por tierra tardará una hora; y por el río algo menos. Y que con
las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin en su cuerpo, las cuales
le vio este testigo curar en el pueblo de Taal, porque antes no las había visto
ni cuando lo echó a la mar, porque lo embarcó bocarriba y de noche
y no reparó en las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin y los demás
sangleyes; y que como dicho tiene, viendo curarle las dichas heridas
tan penetrantes y mortales, que le parece a este testigo que con sola
una de ellas bastaba a quitarle la vida, era imposible poder
vivir naturalmente ni ir al paraje do fue hallado sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor, por intercesión de su pre-

[al margen izquierdo] Testimonio: Juan Mamaghoncal.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay hizo
parecer ante sí a un indio que mediante Thomas Dimaligalig,
intérprete, dijo llamarse Juan Masongcal y ser natural del pueblo
de Balangon, visita de Taal, y al presente soldado de la fuer-
za de Bonbon, del cual se fue recibido juramento en forma de
derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del
interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte por haberlo visto trabajar
en la fuerza de Bonbon y en la iglesia de Nuestra
Señora de Casaysay de este dicho pueblo en su oficio de cantero; y tiene noticia
del milagro que la Virgen Nuestra Señora de Casaysay ha usado con él.
Y en el tiempo que dicho tiene, este testigo ha que conoce al dicho Juan Ynbin,
le tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que el alcalde mayor de esta provincia de Ba-
layan, le mandó a D. Juan de Cabrera, castellano de la fuerza
de Bonbon prendiese todos los sangleyes cristianos e infieles de este
pueblo de Casaysay y los demás que hubiese alrededor de él. Y de
los soldados indios que el dicho castellano llevó consigo para dicho
efecto fue este testigo uno de ellos; y así llegaron a este pueblo y prendieron
en él al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes que en él estaban,
y amarradas las manos los llevaron a la fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Ynbin y de-
más sangleyes presos en la dicha fuerza de Bonbon, cada uno con trom-
pa al pescuezo y amarradas las manos, este testigo salió fuera de la dicha
fuerza para ir matando a los dichos sangleyes al paraje que estaba señalado,

auxilio de Dios Nuestro Señor, y por intercesión de su preciosa madre;
y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que cuando mataron al dicho Juan Ynbin
y demás sangleyes fue miércoles noche, y domingo siguiente por la
mañana oyó decir este testigo habían hallado y visto la noche anterior
al dicho Juan Ynbin en las bóvedas y agua santa de este pueblo de
Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como dicho tiene vio curar las cuatro
heridas que el dicho Juan Ynbin tenía en su cuerpo, y las dos que tenía
en el cerebro; la una mayor que la otra, ambas de muerte porque
tenía y se veían cortados los nervios; y las dos sobre la tetilla y costa-
do derecho asimismo eran mortales, y todas cuatro estaban sin hinchazón,
mal olor, pero tenían gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin muchas ve-
ces andar por sus pies sin que nadie le ayude y sin bordón. Y que le
parece, según lo susodicho y su buena disposición, estar fuera de ries-
go; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pú-
blica voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene,
y que no le tocan las generales de la ley. Y declaró ser de edad
de cuarenta y ocho años; y lo firmó a su usanza con el dicho juez de
comisión e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[en tagalog baybayin] Juan Mamaghoncal [?]
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio de Alonso Calatan.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo de esta provincia de Balayan y juez de comisión para la averiguación del
milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a D. Alonso
Calatang, teniente del castellano de la fuerza de Bonbon, y dijo ser natural
del pueblo de Taal, del cual y mediante el dicho intérprete
se le fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad.
Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, cantero, de más de tres años a esta parte. [Dijo] que este testigo le ha visto
trabajar en su oficio, así en la fuerza de Bonbon como en la iglesia
de Nuestra Señora de Casaysay de este dicho pueblo; y tiene noticia del
milagro que con él usó Nuestra Señora. Y en todo el tiempo que ha que este testigo le conoce
al dicho Juan Ynbin, le ha visto y tenido por hombre de buena vida y costumbres.
Y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiéndole mandado el capitán Diego Mal-
donado Bonal, alcalde mayor de esta provincia de Balayan a don
Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza de Bonbon prendiese
a todos los sangleyes cristianos e infieles de este pueblo de Casaysay, y los demás
que hubiese en estos contornos; y entre los soldados que el dicho castella-
no apercibió para dicho efecto fue uno este testigo; y así vino en compañía del dicho castellano, vinieron a este dicho pueblo, y en él prendieron al dicho
Juan Ynbin en la casa en que estaba y a los demás sangleyes. Y presos
y atadas las manos los llevaron a la dicha fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Ynbin dentro de la
dicha fuerza, amarradas las manos y con una trompa al pescuezo, y de la
misma manera sus compañeros, vio este testigo que el dicho Juan Ynbin se confesó
con el padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este partido de
Taal; y lo mismo hicieron los demás sangleyes cristianos, y algunos in-

de las bóvedas, pero oyó decir los días que estuvo de guardia en este
dicho pueblo a muchos indios de él, que habían visto las luces y que eran
dos, encima de las bóvedas de piedra del agua santa de este
pueblo a diferentes horas de la noche; y esto responde.
-A la oncena, pregunta dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. Y dijo
ser de edad de treinta y cinco años; y lo firmó de su nombre
en castellano, con el dicho juez de comisión e
intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
D. Alonso Calatang.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, el alférez don Juan de Casanova Garay.
En el dicho pueblo de Casaysay, día, mes y año de suso referido,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora
de Casaysay, hizo parecer al alférez don Juan de Casanova
Garay, residente en el pueblo de Taal, del cual se fue recibido
juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz.

[al margen izquierdo] Testimonio de Juan de Cabrera, castellano.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario fo-
ráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación
del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer ante sí a don
Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, ladino en la lengua
castellana, que por serlo no fue menester intérprete, del cual se
fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio
dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero, de más de dos años a esta parte, trabajar en su oficio en
la fuerza de Bonbon como en este santuario de Nuestra Señora
de Casaysay, y tiene noticia del milagro que la Virgen Santísima
de Casaysay usó con él. Y que en todo este tiempo que ha que este testigo le conoce
ha sido por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiendo tenido orden el capitán
Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor en esta provincia de Balayan,
del señor Gobernador y Capitán General de estas islas para que matase todos los
sangleyes cristianos e infieles de esta dicha provincia por el general
alzamiento, mandó a este testigo prendiese a todos los sangleyes cristianos e
infieles de este pueblo de Casaysay y sus contornos; y este testigo con
algunos soldados indios de la dicha fuerza llegó a este dicho pueblo,
y en él prendió en su casa al dicho Juan Ynbin y los demás
sangleyes que halló; y presos y amarradas las manos los llevó a la dicha
fuerza; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando preso en la dicha fuerza
de Bonbon el dicho Juan Ynbin, amarradas las manos y con
trompa al pescuezo, como lo estaban los demás sangleyes, llegó
el dicho alcalde mayor a ejecutar en ellos la dicha orden, y pidió

dicho intérprete se le fue recibido juramento en forma de derecho por
Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y siéndole preguntado al
tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano de
mes y medio a esta parte poco más o menos, y tiene noticia del milagro
que Nuestra Señora de Casaysay ha usado con el dicho Juan Ynbin, del
cual ha oído decir este testigo que es de buena vida y costumbres; y esto
responde.
-A la segunda pregunta, dijo que ha oído decir que por causa del alzamiento
general de los sangleyes, el alcalde mayor de esta provincia de Balayan tuvo
orden para prender todos los sangleyes cristianos e infieles de esta
provincia y que los matase, y que entre ellos fue uno el dicho Juan Yn-
bin, y muerto junto a la fuerza de Bonbon con los demás sangleyes
que había presos en este pueblo de Casaysay y sus contornos; y esto
responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no sabe lo que en ella se contiene y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo no vio matar conocidamente
al dicho Juan Ynbin ni a ninguno de los dichos sangleyes que con él
prendieron, ni vio la muerte que le dieron al dicho Juan Yn-
bin, pero que ha oído decir que después de preso y amarradas las manos
y con una trompa al pescuezo, sacaron al dicho Juan Ynbin de la
dicha fuerza y que le mataron con dos machetazos que le dieron en el
cerebro, y dos lanzadas sobre la tetilla y costado derecho; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que ha oído decir que después de muerto el dicho
Juan Ynbin, le metieron en una banca como a los demás
sus compañeros y lo llevaron embarcado en ella y lo echaron fue-
ra de la orilla y barra del río de Bonbon en la mar, en más de
quince brazas de fondo, amarradas las manos y con la misma
trompa al pescuezo que tenía cuando le mataron; y esto responde.
A la sexta pregunta, dijo que habiéndose informado este testigo desde
a dónde echaron a la mar al dicho Juan Ynbin y a los demás

estaban nombrados para ejecutar y matar los dichos sangleyes, le dio con
un machete grande un machetazo en el pescuezo con que cayó en tie-
rra, y consiguientemente le dio otro machetazo en el mismo pescuezo, que
sólo al dicho Juan Ynbin notó este testigo dieron dos machetazos y no a otro
alguno de veintinueve sangleyes que en aquel lugar con él murie-
ron. Y acabados de dar los machetazos vio este testigo que el mismo in-
dio que se los dio, le tiró una estocada de punta con el mismo mache-
te que le había dado en el pescuezo, y le dio en un lado del pe-
cho. Y luego incontinente llegó otro indio con una lanza
en las manos y le dio con ella una lanzada; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos todos los dichos sangleyes los mandó
contar en presencia de este testigo el capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor
de esta provincia, que juntamente estaba en compañía de este testigo en el caballero de dicha fuerza, y se halló haber veintinueve sangleyes, que es el mismo número
que dentro de dicha fuerza. Asimismo, en presencia de este testigo se habían con-
tado, y este testigo les dijo un responso como a hombres ya muertos. Y luego
mandó el dicho alcalde mayor don Juan de Cabrera, castellano de dicha fuer-
za, los hiciese echar a la mar fuera de la barra. Y en presencia de este testigo
se previnieron las bancas e indios para echarlos; y que después oyó de-
cir este testigo los habían echado a todos, y entre ellos al dicho Juan
Ynbin, fuera de la barra, dentro de la mar en quince brazas de fon-
do; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que desde el lugar donde le echaron
a la mar al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes, hasta las bóvedas
y fuente de este pueblo de Casaysay donde fue hallado el dicho Juan
Ynbin habrá poco menos de media legua por tierra. Y casi otro tanto
por el río; que por una y otra parte lo ha andado este testigo muchas veces,
y le parece a este testigo que según las heridas que le vio después al dicho
Juan Ynbin era imposible de toda imposibilidad, no tan solamente
poder ir por sus pies a las dichas bóvedas y agua santa donde el dicho Juan
Ynbin fue hallado, pero aún levantarse del lugar donde este testigo
le vio caer muerto sin particular auxilio de Dios Nuestro Señor. Y así este
testigo tiene el caso por milagroso; y esto responde.

-A la séptima pregunta, dijo que miércoles sobre tarde, que se contaron,
siete del mes de diciembre del año próximo pasado de [mil] seiscientos y treinta
y nueve, fue cuando mataron al dicho Juan Ynbin y a los dichos sus
compañeros, y sábado en la noche de la misma semana fue cuando
a este testigo le dijeron lo habían hallado en dichas bóvedas y agua santa
de este dicho pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que domingo que se contaron once de dicho mes de
diciembre de dicho año pasado de [mil] seiscientos treinta y nueve, habien-
do tenido este testigo aviso de los indios de este pueblo de Casaysay, como
aquella noche habían hallado en las dichas bóvedas al dicho Juan Ynbin,
mandó se lo llevasen al pueblo de Taal, para en él saber y averiguar en
la forma que había sido hallado en dichas bóvedas, y así lo hicieron.
Y llegado con el dicho sangley dicho domingo a las dos de la tarde, lo hizo
llevar a la iglesia donde bajó este testigo de su convento a verle; y era
tanto el concurso de gente que halló con el dicho sangley, que por buen rato
no pudo llegar a verle; porque a la fama que ya se había divulgado
de que con el dicho sangley había Nuestra Señora usado este milagro se había juntado.
Y llegando este testigo al dicho Juan Ynbin le vio las dos heridas
que tenía en el cerebro, una encima de otra, y viendo que eran tan pe-
netrantes, le pareció a este testigo se había de quedar luego allí muerto, di-
ciéndole que la Virgen había sido servida de guardarle para que
se confesase bien, si acaso con la turbación el día que le mataron
se había olvidado de algunas cosas que no hubiese confesado. Y animán-
dole a que tuviera confianza en Dios Nuestro Señor y en su Bendita
Madre, que pues ella había sido servida de guardarle, le daría salud
si le conviniese para honra y gloria suya y de su Bendito Hijo. Y
tomando el pulso este testigo al dicho Juan Ynbin le halló sin ca-
lentura ni accidente alguno, con que este testigo conoció ser cosa supe-
rior y milagrosa; por cuanto a este tiempo se le espeluzaron los cabellos
como hombre que ve alguna cosa de la otra vida; con lo cual dijo
a los indios que allí lo habían traído lo llevasen en casa de don
Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, para que
allí se cuidase de él, yendo este testigo en su seguimiento hasta la dicha casa.

a este testigo según las dificultades que naturalmente pudiese ir a las dichas bóvedas y fuente sin particular auxilio de Dios; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha tenido noticia mataron al dicho Juan Ynbin con los demás sangleyes miércoles en la tarde, que se contaron siete de diciembre del año próximo pasado de [mil] seiscientos y treinta y nueve, y a diez del dicho mes, sábado en la noche de dicho año, fue hallado en dichas bóvedas y agua santa; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que las heridas y lanzadas que este testigo vio en el cuerpo del dicho Juan Ynbin en el pueblo de Taal fueron grandes, penetrantes y de muerte cada una de ellas, particularmente las dos del pescuezo y cerebro; porque la mayor tenía de boca un jeme de largo, cortados los nervios y huesos principales de una parte a otra, quedándole a su parecer solamente el garguero sano. Y que para sustentar la cabeza el dicho Juan Ynbin se valía de entrambas sus manos cuando se sentó para que mejor le viesen las heridas; y que la herida que estaba más arriba, sobre la nuca, era asimismo algo menos ancha que la primera, y tan penetrante como la otra, que daba miedo el verlas. Y las otras dos heridas o lanzadas que tenía el susodicho sobre la tetilla y costado derecho eran asimismo mortales. Y cada una de por sí, y en particular muy penetrante la que estaba sobre la tetilla derecha. Y que todas cuatro estaban frescas, sin hinchazón ni inflamación ni mal olor y ya quitádoles los gusanos que dicen tenían; y el sangley de tan buen semblante como si no tuviera lesión ninguna, antes reparó este testigo con particular cuidado estaba risueño y alegre el rostro y de mejor semblante que hoy tiene, y como de hombre que tiene mucha oración y trato familiar con Dios; con lo cual este testigo tuvo por evidente milagro el que había oído decir había obrado Nuestro Señor con el dicho Juan Ynbin, por intercesión de la Virgen María de Casaysay. Y asimismo tuvo por cierto le había traído la Virgen

-térprete, dijo llamarse D. Pedro Dimatolac, y ser natural del pueblo de Ylog, doctrina del de Taal, del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y habiéndolo hecho prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano, desde que ha que la Virgen Santísima usó con él el milagro de librarle de la muerte. Y ha oído decir que siempre ha sido hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
A la segunda pregunta, dijo que ha oído decir que por causa del alzamiento general de los sangleyes fue preso el dicho Juan Ynbin, y con los demás sangleyes de este pueblo llevado a la fuerza de Bonbon para que los matasen; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que ha oído decir que estando el dicho Juan Ynbin preso en la dicha fuerza y amarradas las manos y con trompa al pescuezo, como lo estaban sus compañeros, después de confesado y los demás, le sacaron de la dicha fuerza amarrado como estaba al lugar donde los mataron, que dicen fue fuera de la dicha fuerza un tiro de arcabuz, poco más o menos; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que ha oído decir que mataron al dicho Juan Ynbin dándole de machetazos en el pescuezo y cerebro quedando muerto; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que ha oído decir lo que en ella se contiene; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que según le parece a este testigo, desde donde le han dicho echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta el lugar donde fue hallado, por tierra, a su parecer habrá más de media legua, y por el agua poco menos; y que con las heridas que este testigo vio al dicho Juan Ynbin tiene por cierto que con ninguna de ellas pudiese venir

a las bóvedas del agua que llaman Santa, que están en el dicho pueblo, sin auxilio y ayuda de Dios Nuestro Señor; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha oído decir que miércoles en la tarde mataron al dicho Juan Ynbin y sus compañeros en la dicha fuerza de Bonbon, y sábado en la noche de la dicha semana le hallaron en dichas bóvedas; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como persona que fue llamado por el padre prior de este partido de Taal para curarle las heridas y lanzadas al dicho Juan Ynbin, las vio y tentó desde su principio, que las halló llenas de gusanos; y las dos que tenía en el pescuezo y cerebro, la primera que tenía un jeme de boca, tenía cortados los nervios principales, que solamente tenía el tragadero sano; y la otra herida más arriba asimismo se le veían los nervios cortados. Y las dos heridas o lanzadas, que la una está sobre la tetilla derecha era tan penetrante que metiendo este testigo los dedos en ella no alcanzaba. Y le fue fuerza para curarla coger un pedazo de caña y envolverle unos trapos con que hizo tienta que era de más de un jeme de largo, y entró en la dicha herida toda la tienta. Y la cuarta que tenía en el costado del mismo lado era asimismo penetrante. Por la cual este testigo metía los dedos en ella hasta su nacimiento; con lo cual este testigo se prometió siempre sanaría de ellas el dicho sangley por intercesión de la Virgen Santísima, supuesto que antes con semejantes heridas tan penetrantes y mortales vivía. Y que en todo el tiempo que este testigo las curó nunca las vio hinchadas ni inflamadas ni con mal olor, ni con accidente de calentura al dicho sangley, el cual siempre estuvo de buen semblante; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus

tido de Balayan, y vicario foráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al alférez don Fernando Dimayacyac, que mediante el dicho intérprete dijo llamarse así, y ser natural del pueblo de Ylog, doctrina de este de Taal del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad, y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano, cantero, de un año a esta parte que este testigo le ha visto trabajar en su oficio en esta iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del milagro que la Virgen Santísima de este dicho pueblo usó con el dicho Juan Ynbin, al cual en este tiempo que ha que dice lo conoce lo tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que tiene noticia que por el alzamiento general de los sangleyes, se mandaron por el alcalde mayor de esta provincia prender los cristianos e infieles de ella, y los de este pueblo los llevaron presos a la fuerza de Bonbon, y entre ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que este testigo fue en compañía del capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor de esta dicha provincia a la fuerza de Bonbon, a mandar matar todos los sangleyes que en ella estaban, entre los cuales vio al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos y con una trompa al pescuezo como lo estaban los dichos sangleyes. Y después de confesados, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, le sacaron de la dicha fuerza amarrado como estaba de antes al lugar donde los mataron, el cual será un tiro de arcabuz, poco más o menos, de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que, como tiene dicho, fue a la dicha fuerza en compañía del dicho alcalde mayor, y vio este testigo matar conocidamente al dicho Juan Ynbin y a todos los demás, porque este testigo estaba en el lugar donde los iban matando por orden del dicho alcalde mayor,

[al margen izquierdo] Testimonio, Ambrosio Panganiban.
En el pueblo de Casaysay, en veinte días del mes de
enero de mil seiscientos cuarenta años,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez
de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay,
hizo parecer a un indio que mediante el dicho intérprete dijo
llamarse Ambrosio Panganiban, y ser natural del pueblo de Taal,
y soldado de la fuerza de Bonbon, del cual se le fue recibido jur-
amento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la
cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad, y siéndole
preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte poco más o me-
nos, que este testigo le ha visto en el dicho su oficio trabajar en la fuer-
za de Bonbon y en la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay
de este pueblo. Y tiene noticia del milagro que con el dicho Juan Yn-
bin ha obrado esta Santísima Señora; y que el tiempo que aquí le conoce
le ha tenido por hombre humilde y buen cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiendo tenido orden don
Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza del alcalde mayor
de esta provincia, para prender los sangleyes cristianos e infieles
de este dicho pueblo y sus contornos, vino al susodicho e hizo
la dicha prisión. Y este testigo fue uno de los soldados que vinieron
con él, y entre los demás sangleyes fue uno el dicho Juan Yn-
bin; al cual amarradas las manos como a los demás, los lleva-
ron presos a la dicha fuerza; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que vio al dicho Juan Ynbin
preso en la dicha fuerza, amarradas las manos y con una trom-
pa al pescuezo que le habían puesto, y a los demás sus compañeros
el día siguiente que fue cuando los mataron. Y que a-
quél día propio, el padre prior de este partido que a la sazón

Entre los cuales, como dicho tiene este testigo, era el uno del dicho Juan
Ynbin que con la dicha trompa como a los demás lo arrojaron al
agua; con lo cual los cuatro indios de ambas bancas, en
cada una dos, volvieron a ir embarcando en ellas los demás
sangleyes muertos que quedaban en tierra; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece que desde donde
echaron a la mar al dicho Juan Ynbin y demás sangleyes, hasta
el lugar donde dice que fue hallado el dicho Juan Ynbin
de las bóvedas de piedra y agua que llaman Santa de este dicho
pueblo, por tierra le parece habrá una hora de camino al
paso ordinario de una persona; y por el agua algo menos.
Y que aunque este testigo vio las heridas que le dieron cuando mata-
ron al dicho Juan Ynbin, no se enteró tanto de ellas como des-
pués que se las vio curar en el pueblo de Taal. Tiene por
cierto este testigo que sin particular merced de Dios no pudo venir
a las dichas bóvedas y fuente Santa donde le hallaron; y esto res-
ponde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde fue cuando
mataron al dicho Juan Ynbin, y domingo siguiente que
este testigo oyó decir lo habían hallado en las dichas bóvedas;
y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como dicho tiene, vio las heridas
y lanzada del dicho Juan Ynbin, así cuando se las dieron
como después curándoselas en el pueblo de Taal; y las dos
del pescuezo tenían cortados los nervios principales;
y las otras dos asimismo eran mortales. Y que cuando
se las vio curar este testigo no estaban hinchadas ni infla-
madas ni de mal olor, y que ya no tenían gusanos porque
se los habían quitado; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Yn-
bin en el pueblo de Taal y en éste de Casaysay andar

en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz.
Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad; y siéndole pre-
guntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte poco más
o menos, y que le ha visto trabajar en su oficio en la fuerza de Bonbon
e iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del
milagro que con él ha usado esta Santísima Señora, y que este testigo
lo ha tenido por hombre de buena vida al susodicho; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que don Juan de Cabrera,
castellano de la fuerza de Bonbon llevó a ella cantidad
de sangleyes que había preso en este pueblo de Casaysay, por
orden del alcalde mayor de esta provincia para matar-
los, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, amarradas las
manos como a los demás; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Yn-
bin dentro de la dicha fuerza, amarradas las manos y
con trompa al pescuezo que ya se la habían echado y a los de-
más sangleyes, los confesó a los cristianos el padre prior de este
partido de Taal y bautizó algunos de los infieles que
asimismo estaban presos, y luego de dos en dos y con las
dichas trompas los iban sacando de la fuerza y llevando al lu-
gar donde los mataron, que será un tiro de arcabuz poco más
o menos apartado de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que vio este testigo conocidamente
matar al dicho Juan Ynbin porque estaba fuera de la
dicha fuerza y en el lugar donde los iban matando;
y llegado a él vio este testigo que el dicho Juan Ynbin se hin-
có de rodillas y bajó la cabeza, y uno de los

-A la sexta pregunta, dijo que le parece hay de distancia desde do-
nde echaron los sangleyes muertos a la mar hasta las bóvedas
en que está el agua Santa de este pueblo de Casaysay, y don-
de fue hallado el dicho Juan Ynbin, por tierra una hora
de camino al paso ordinario; y por agua poco menos. Y que
con las heridas que este testigo como dicho tiene vio dar
al dicho Juan Ynbin, que todas ellas fueron de
muerte, tiene por imposible este testigo pudiese venir
a las dichas bóvedas y agua Santa donde fue hallado sino es
con auxilio de Dios Nuestro Señor; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde ma-
taron al dicho Juan Ynbin y sus compañeros, y el domingo
siguiente oyó este testigo en el pueblo de Taal lo habían hallado
en las dichas bóvedas y agua santa en este pueblo;
y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que sin embargo de haber visto las dichas
heridas cuando se las dieron al dicho Juan Ynbin, las tornó a ver
este testigo en el dicho pueblo de Taal cuando se las curaban, que en par-
ticular las dos del pescuezo, cerebro eran penetrantes; porque la
principal era muy grande y tenía cortados todos los nervios que
se le veían, y la otra de la misma manera. Y las otras dos
sobre la tetilla y costado derecho asimismo penetrantes, y todas
cuatro sin hinchazón ni mal olor y sin gusanos, porque ya se los ha-
bían quitado; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus
pies, sin ayuda de nadie; y le parece según lo cual estar el suso-
dicho fuera de riesgo de las dichas heridas; y esto responde.
A la décima pregunta, dijo que ha oído decir algunos indios

que desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado
en las bóvedas y agua santa se vieron encima de ellas algunas
luces a deshoras de la noche; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público
y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley.
No supo decir su edad; pareció por su aspecto de cuarenta y seis
años, y no firmó porque dijo no saber. Firmólo el dicho juez e in-
térprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, Francisco Magpiguil.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año
suso referido, el dicho juez de comisión para más prueba del
dicho milagro hizo parecer a un indio, que mediante el dicho in-
térprete dijo llamarse Francisco Magpiguil, y ser natural de este dicho
pueblo de Casaysay, del cual se fue recibido juramento en forma
de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
prometió de decir verdad; y siéndole preguntado al tenor del

llamarse don Agustín Sava, y ser natural de este dicho pueblo de Casaysay,
del cual se fue recibido juramento en forma de derecho
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndole hecho, prometió de
decir verdad, y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio
dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
de más de dos años a esta parte trabajar en la iglesia de Nuestra
Señora de Casaysay de este dicho pueblo; y tiene noticia del milagro que con él
ha usado esta soberana Señora, y que siempre ha visto este testigo al dicho
Juan Ynbin acudir a las obligaciones de cristiano, porque es humilde
y bien quieto; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que a este pueblo de Casaysay llegó don Juan
de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, con indios solda-
dos de ella, por orden del alcalde mayor de ella para prender todos
los sangleyes cristianos e infieles de este dicho pueblo para llevarlos
a la dicha fuerza y matarlos en ella, por causa del alzamiento general
de los sangleyes. Y así lo hizo el dicho don Juan de Cabrera, y entre
ellos vio este testigo fue uno de los presos y llevado al dicho Juan Yn-
bin amarradas las manos; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que este testigo no sabe en qué parte de la mar
echaron al dicho Juan Ynbin, pero que desde la fuerza de
Bonbon hasta las bóvedas y agua santa de este pueblo de Casaysay, don-
de fue hallado el dicho Juan Ynbin por tierra le parece a este
testigo tardará una persona una hora andando al paso ordi-
nario, y si va por el agua algo menos. Y en cuanto a las heridas dijo este
testigo que el sábado en la noche que fue hallado en las dichas
bóvedas y agua santa de este pueblo por don Juan Magtangcab
y sus criados, se divulgó luego la hallada del dicho sangley en dicho
puesto; y así este testigo estaba de guardia con otros indios de este pueblo

-mo machete asimismo le había dado de punta una herida sobre la tetilla derecha. Y asimismo le contaron a este testigo los indios que lle-
varon embarcado al dicho Juan Ynbin, cómo lo echaron en la
mar en más de quince de brazas de fondo, amarradas las manos y
con una trompa al pescuezo como a los demás sangleyes; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde que se con-
taron siete de diciembre del año pasado de seiscientos treinta
y nueve, el alcalde mayor de esta provincia mandó matar todos los sangleyes
del pueblo de Taal, y este testigo se halló a confesar los
cristianos y bautizar los infieles que se volvieron cristianos, que por
todos fueron los que aquel día murieron en el pueblo de Taal
cincuenta y un sangleyes [sic], y luego despidiéndose el dicho alcalde mayor
de este testigo diciéndole iba a la fuerza de Bonbon a hacer matar
los que allí estaban; y sábado en la noche siguiente dicen fue ha-
llado el dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y agua santa
que llaman de esta pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que domingo fue traído al pueblo de
Taal el dicho Juan Ynbin, y este testigo le vio las heridas que eran
cuatro; las dos, tenía la una en el pescuezo que habría de boca un jeme
y cortados todos los nervios, que tan solamente le quedó sano el gar-
guero; y la otra más arriba asimismo grande y penetrante. Y
las otras dos heridas o lanzadas, tenía sobre la tetilla derecha y costado derecho
que eran mortales. Y a este testigo le parece y tiene por cierto que
con las dichas heridas era imposible naturalmente poder ir
a las dichas bóvedas y agua santa donde le hallaron, sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor, por intercesión de esta Santísima
Señora de Casaysay. Y que las dichas heridas, que como dicho tiene
este testigo vio al dicho Juan Ynbin, le causó grandísima admiración
el ver que no estaban hinchadas ni inflamadas ni con mal olor

la declaración del dicho milagro, para que la devoción que
se tiene con la dicha imagen se aumente, y todas estas
naciones nuevamente convertidas se fortifiquen en la fe
y conozcan los beneficios y mercedes que por intercesión
de la Virgen Santísima alcanzan sus devotos y personas que
a ella se encomiendan. Y por cuanto el dicho milagro
se obró con un sangley después de haberse comenzado el
alzamiento y guerra de los sangleyes, que hoy dura con tanto
perjuicio, daño y menoscabo de estas islas por los muchos
incendios de pueblos y templos que el dicho sangley enemi-
go va haciendo con su ejército, muertes de españoles
y naturales y asolación de haciendas; y que publicándose
el dicho milagro, la fe de los españoles y naturales y es-
peranza en Nuestra Señora del buen suceso que, de dicha guerra
habemos menester y esperamos se aumentará; y con más
fervor se le pedirá auxilio y favor, y se puede entender que
los sangleyes que de antiguo, aún los infieles veneraban
esta santa imagen de Nuestra Señora de Casaysay, y por su devoción
se han convertido muchos e ídose a vivir cerca de su iglesia,
por su intercesión cesarán de la persecución que a las islas
hacen y vendrán en conocimiento verdadero de nuestra fe. La cual
declaración de dicho milagro parece será conveniente se haga
sin dilación; y Vuestra Señoría dé licencia para su publicación por los efec-
tos y resultancias arriba dichas. Por tanto:
A Vuestra Señoría Ilustrísima pido y suplico que conforme a lo dispuesto por
el Santo Concilio de Trento, declare el dicho milagro que Nuestra Señora de
Casaysay obró con Juan Imbin, sangley cristiano, por tal y dar
licencia para que se publique y celebre, que en ello recibirá mi
religión merced, y de ello se seguirán muchos efectos en
honra y gloria de Dios Nuestro Señor.
[rúbrica] Fray Alonso de Lara.
Por Su Señoría Ilustrísima vista mandó traer
los autos. Así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.
Certificaciones auténticas del modo con que se halló el Santo Niño de Cebú, 1639

En la isla de Cebu de las Filipinas del poder de su magestad a diez y seis dias
del mes de mayo de mil y quinientos y sesenta y cinco años.
El muy illustre señor
Miguel López de Legazpi gobernador y capitán general por su magestad de la gente y armada del
descubrimiento de las islas del poder, por ante mi Fernando Riquel escribano de gobernación de
las dichas islas, dijo que por quanto el día que los españoles entraron en esta
dicha isla y pueblo de Cebu que fue el sábado veinte y ocho de abril de este presente año
después de haber desbaratado los naturales de este pueblo, y que lo dejaron desamparado
y que fueron huyendo la tierra dentro, en una de las casas de las más pobres
moradas y humildes y peña y de poco aparato donde entró Juan de Canviz (sic)
natural de Bermeo marinero de la nao capitana, y halló en ella una imagen del
niño Jesús en su cajita de madera de pino con su gorron de fleco velludo de
lana colorada de los que se hacen en Flandes, y su camisita de volante y
los dos dedos de la mano derecha alzados como quien bendice. Y en la izquierda
su bola redonda sin cruz y su collarico de estaño dorado el cuello, la qual dicha
cajuela y imagen del niño Jesús estaba metida en otra caja de madera
de las de esta tierra y liada con un cordel por encima. Y luego que lo hubo
hallado llevándola en las manos con su cajita para enseñarla, topó
con el maestre de campo Matheo del Savez (sic), y se la quitó y llevó a a (sic) mostrarsela al
dicho señor general. El cual con gran veneración y solemne procesión la mandó
traer y meter en la iglesia que ahora se tiene prestado. Y hizo voto y promesa
él y los religiosos de la orden del señor San Agustín y los capitanes y otros oficiales
del campo que todos los años tal día como fue hallado la dicha imagen
se hiciese y celebrase una fiesta a invocación del nombre de Jesús. Y [hallen de esto]
sea fecho y constituido una cofradía del benditíssimo nombre de Jesús de la manera
que está instituida la del monasterio de San Agustín de México y con los mismos
estatutos de ella y para que perpetuamente quede memoria del susodicho y de como
la dicha imagen fue hallada en esta tierra de infieles el dicho día, el dicho
señor gobernador por ante mi el dicho escribano mandado hacer la información de
testigos siguiente. Y firmólo de su nombre Miguel López pasó ante mi Fernando Riquel
escribano de gobernación.
Y luego incontinente en este dicho día, mes, y año susodicho, el dicho señor
gobernador para la dicha información mandó parecer ante sí a Juan de Camuz natural de la
Villa de Bermeo en el Señorío de Vizcaya marinero de la nao capitana. El cual juró
por dios y por Santa María y por las palabras de los quatro evangelios y por la
señal de la cruz en forma de derecho y socorro del dicho juramento. Prometió
de decir verdad y siendo preguntado que [quepasa] cerca de ello, dijo
que lo [quepasa] es que el dicho día sábado que se contaron veinte y ocho de abril
de este presente año que fue cuando el dicho señor gobernador mandó saltar la
gente en tierra en este pueblo de Cebu, este que declara salió de la nao
capitana en un batel juntamente con los marineros y soldados que de ella
salieron para el dicho efecto. Y yendo a la parte donde estaba los paños (sic: paraos) y
canoas de los indios con gente. Como los naturales desampararon las canoas y

[Y es] su santissima reverencia le es notorio todo lo sucedido por el santísimo niño
como persona que a tantos años está en esta ciudad. Lo que yo he alcanzado
de saber en el tiempo que estoy en ella diré=
Lo primero que los naturales de Cebu lo llamaron bahahala
que quiere decir el "gran señor" no "diguata" porque es supersticioso.
Lo segundo que el principal que lo tenía era su casa donde
está ahora la iglesia mayor y cuando tenía necesidad de
agua para las sementeras enviaba el padre de Dona Maria la de
Mandaui que llamaron Legazpi porque fue su padrino el adelantado
Miguel López de Legazpi cuando se bautizó. Este tenía la
casa en [medio] de Cebu que yo la alcance bien grande aquien
respetaban y le ponían un altar adorada de las mejores
mantas que usaban que eran caianpata y muchas campanas y en
llegando la cajita donde estaba el santísimo niño le sacaban y ponían
en el lugar atado y había gran fiesta y bailes y luego le tomaban
y en un plato antiguo que llaman losdac le ponían de pies
y lo empezaban a bañar diciendo "balagala danos agua" y luego le enjugaban
y le volvían a su altar y jamás por jamás dejó de llover que
se rasgaban los cielos luego la noche siguiente. Y con esta fee todas las
veces que tenían necesidad de agua usaban lo propio y le volvían
luego a casa del principal dicho. Este plato le tiene Doña Maria y le
estima la india grandemente y se le han querido comprar para
tener la con el santísimo niño y no le ha querido vender diciendo que cuando
se muera se lo dejará=
Lo tercero que corrió voz y nueva de que el Burney venía sobre ellos
y temerosos se fueron a los tingues y a otras partes. Y el principal que
tenía al santísimo niño tambíen se fue a poner encobro y dejó
la cajita a un esclavo suyo casado que la [guardasen] porque estaba
allí toda su hacienda sin saber los esclavos que quedaba en ella
ni jamás lo habían visto. Y después de ido el amo dijo el marido
a la muger: "Nuestro amo nos ha dejado aquí por carnada de anzuelo para
que los enemigos nos matan o cautiven. Vámonos a esconder al manglar."
Y queriendo echarse la cajita al hombro no la pudo mover. Llamó
a su mujer que le ayudase y tampoco la pudieron mover de manera
que con esto creyeron ser verdad que allí quedaba toda la hacienda
del amo. Y así se dejaron estar a seguro la nueva. Y luego fue
volviendo la gente al pueblo y dentro de poco tuvieron falta
de agua y enviaron por el santísimo niño a un [muchacho] y viendo
el dicho esclavo con la facilidad que el [muchacho] se había echado
al hombro la cajita quedó admirado. Que sin decir nada fue tras
el y estuvo aguardando a que le abrieran y cómo vido sacar al
santísimo niño llegó a ver lo que la cajita tenía y no
A auto que mandou fazer o excelentisimo Sehnor Francisco de Tavora do Concelho do Estado de Sua Magestade do corpo defunto da Madre Maria de Jesus, do Convento de Santa Monica da cidade de Goa

A serva de Dios muito reverenda Mãe Maria de Jesus Religiosa de Santa Monica
de Goa da ordem de São Agostinho, e por sua morte lhe apareçerão os cinco chagas de Cristo
do ano de 1683 ao primeiro de janeiro de idade de 78 anos quando morreu.

prelados das religiõis, e algúns mestres, e teólogos, fidalgos, físico maior, e liturgiõis já nomeados
em cuja companhia, entrei tão bem eu secretario do estado, por ordem do dito sehor vice-rey
e a porta de claustro veo a madre prioresa com alguas religiosas das mais antigas a receber
a todos, e os forão conduzindo, para o coro baixo onde estava o corpo da dita Madre Maria
de Jesus, no qual estavão as mais religiosas do dito convento em pé com toda a compostura
postas por sua ordem junto as cadeiras do mesmo coro, e fazendo oficio maior, e liturgiois em
presença de todos terceiro exame a vistoria na mesma forma que tinha feito no segundo
se aclarão os efeitos referidos, e no sinal do lado se vio alguma diferença na grandeza
e cor por estar maior, e mais viva, en este terceiro exame, se lhe a passou demais a ca-
beça tirando lhe os véus branco e preto, e se divisarão por partes algumas nódoas pequenas
como pisaduras, e o corpo estava brando tratável e flexível como dantes, e conferindo o
senhor vice-rei com o cabido, inquisidores, e prelados, esta materia se resolveu que ficare
o corpo até o dia seguinte quatro do dito mes para na tarde dele, se lhe dar sepultura
e ficando isto até asentado se tornarão a ajuntar no dito dia a tarde na igreja no dito
convento o senhor vice-rei, o cabido, inquisidores, e prelados, e mais pessoas todas já no
meados, e demais o reverendo padre Irmão Martín da Companhia de Jesus, e o padre Fray Mateus de Jesus
Carmelita descalço italiano de nasção que entende de medicina, e antes de se dar sepul-
tura ao corpo, se fez quatro exame por afirmar o padre confessor geral Fray Agustino dos Reis
que naquela noite de tres para quatro do dito mes crecera mais o sinal do lado e fora sempre
em aumento com que se ficava tirando os escrúpulos de algúns e tornando a entrar as ditas
pessoas na mesma forma na dita clausura, e fazendo-se as experiencias já referidas se
achou notávelmente crecido o sinal do lado que sendo a princípio de grosura de dois fios
delgados da seda se mostrava neste exame farpado com duas pontas uma maior que outra
quasi da largura do dedo menor da mão de cor encarnada escura, e quanto mais se lhe a-
plicavão os lavatórios do sabão, sal, e vinagre, mais claro e distinto se vião, e os das mãos
e pés ficarão como dantes estavão, e o corpo no mesmo ser tratável e flexível e declarou
o padre Fray Mateus de Jesus, carmelita descalço que entende e cura de medicina que os ditos siná-
is lhe parecião sobrenaturáis, e depois de feito o dito exame se deu ordem ao enterramento
que salio fora da clausura para se satisfazer ao clamor do povo que a queria ver e foi pela
rua junto ao convento, e voltou pelo colégio de São Paulo novo da Companhia de Jesus
e pela igreja de Santo Antonio e adro do convento de Santo Agustino em cujas partes se
tinhão assinado de próximo as estações da Via Sacra que o corpo da dita Madre Maria
de Jesus corre primeiro com as chagas patentes, parece que permitindo até Deus para
que com este exemplo meditassemos nas suas e nos misterios de sua sagrada paixão, eleva-
rão o esquife em que ia o corpo, os inquisidores, capitualres, e prelados das religiois, e algúns
largarão para pegarem outros, indo ao comunidades de todas as religiois por sua ordem, e o senhor
vice-rei com algúns fidalgos atras todos com velas de cera branca nas mãos e para desviar o de
converço do povo que acudio mandou o senhor vice-rei por em pelos lados algumas companhias
de infantaria ese lhe dobrarão os sinos fazendose sinais como a defunto, e os altares das gracia
se puzerão de negro e o reverendo cabido mandou declarar ao povo em voz alta por pessoas ecclesi-
asticas que não era sua tenção calificar por santa a esta religiosa, nem dar lhe com este
obséquio, e acompanhamento culto e veneração da santidade conformandose nisto com os
decretos da Sé Apostólica; mas somente honrar a esta defunta dando graças a Dios
pela maravilha que nela obrara, e ordenou ao seu provisor, e vigário geral que de tudo fizesse
auto, e perguntasse testemunhos ad perpetuam rei memoriam para mostrar ao senhor arcebispo
primaz quando viene do norte, e dispor neste particular o que fosse mais ao serviço de Deus

tinha coisa própria, e vivia com grande pobreza sem ter coisa de valor na sua
cela, sustentandose do que a comunidade lhe dava sempre ornou a sua custa a capela de no-
ssa senhora da Assunção que estava no claustro a que tinha muita devoção e pedia
a Deus a levasse para si neste dia, ou em sábado, e assim [conteço] por que falecer em
sábado, e fizera profição a vente e quatro de abril do ano de mil seis centos
e trinta, nas mãos da madre Maria da Ressurreição grande serva de Dios que fora
sua mestra sendo então confessor geral do dito convento o padre fray Diogo de Santa
Ana, religioso da grande virtude que ocupara o dito lugar muitos anos e
ensinara as religiosas a serem santas e virtuosas em cujo tempo governava o ecclesiastico
o cabido sede vacante e o estado o senhor dom Miguel de Noronha, conde de Linharez,
avó do senhor vice-rei Francisco de Tavora que agora ahonrrara com sua assistência na
sua morte, e que tinha a dita religiosa cinquenta e quatro anos de religião, e sempre
neles vivera com grande exemplo de vida guardando a sua regra com grande obser-
vancia, e servira por obediencia todos os ofícios da religião excepto o maior de pri-
oresa por haver sido casada, e o defenderem as suas constituições e era muito carido-
sa e humilde e se exercitava em continuas penitencias e oração sendo suas confi-
ções e comunhões muito a miúdo, e quando por alguma coisa se dilatavão padecia gran-
des desconsolações e era muito composta e modesta nas suas fallas, sem nunca se lhe
ouvir palavra mal soante, nem se mostrar irosa nem sentida de qualquer ocasi-
ão que se lhe desse molestia julgandose por inferior de todas e fora tão callada e
recatada, que jamais se soubera se recebia algúns favores do céu, nem se tinha aqueles
sinais porque sempre trazia as mãos fechadas, e os pés calçados, e quando estava em
oração no coro se lhe ouvião dar gemidos, e ais como quem sentia algumas dores, e
dando eu secretário conta ao senhor vice-rei destas informações que tomei me ordenou
que as incorporasse no dito auto, para a todo o tempo constar do referido, e para maior
justificação do que me disserão as ditas religiosas assinarão também aqui a madre
prioresa com algumas madres do convento, e me prometerão mandar de tudo uns apontamentos
mais por extenso com que dei fim a este auto que assinei com o dito senhor vice-rei
e mais pessoas apontadas e o fiz escrever em 10 de janeiro de mil seis centos oiten-
ta e três e eu o secretário Luis Gonzalez Cotta o sob escrevi. Francisco de Savedra. Luis Gonzales Cotta.
João Francisco Valdevosco Chantre. Antonio Ruiz Arcediago. Manoel da Fonsequa Mestre
Scholla. João Correa Borges. Constantino Sardinha Rangel. Antonio Jorge. Luis Cor-
rea de Landim. Mathias de Pinho da Fonseca. Francisco Delgado e Mattos. Lopo Alvrei de
Moura. Manoel Gonzales Guião. Fray Manoel de San Nicolás ministro provincial de
San Francisco da observancia. Fray Pedro dos Anjos definidor, e secretario da provincia do
apóstolo San Tomé. Fray João da Encarnação. Fray Mathias da Trinidade, provincial
de San Augusto. Fray Vicente de Santa Maria, prior. Fray Pedro de San Joseph, subprior.
Fray Francisco da Graça, definidor. Fray Augusto dos Reis, confessor geral das madres
de Santa Mônica. Fray Simpliciano de Assunção. Fray Manoel do Sacramento.
Fray Pedro da Conceição. Fray Verissimo da Conceição. Fray Duarte de San Antonio, provisor geral.
Fray Antonio dos Reis, mestre. Fray Pedro dos Mathias, reitor. Fray Luis dos Anjos, rei-
tor. O mestre fray João de Jesus Maria, definidor. Fray Luis da Piedade, reitor. O mestre fray João
da Graça. O mestre fray Antonio da Natividade. Fray Jacinto da Encarnação.
Información y averiguaciones sobre la Santa Cruz que fue hallada en esta jurisdición junto al estero de Mapana y que dicen se cayo del cielo en 1618. Por los padres Fray Juan de Medina y Fray Gaspar de Vitoria. 1619

ni razón que [el a ello den, porque ] para ello, si no [ceso lo] para el efecto
que está acordado y se les ha entregado, no [antes] adquirir [dicho] alguno
a la procesión y propiedad de la dicha cruz. Porque esta la ha de tener
siempre esta ciudad, con que no la puedan sacar para poner
en otra iglesia. Y cada a una de las dichas partes, en esta conformidad,
por lo que a cada una le toca obligaron [la cual]
dichos padre prior y frailes los vienes del dicho convento,
y los dichos diputados, los propios y rentas de la dicha ciudad
habidos y por haber. Y dieron poder cumplido [a cualesquiera
justicias] que de ello puedan y deban conocer para [su
ejecución] y cumplimiento como si [fuese] sentencia definitiva
de juez competente pasada en cosa juzgada. Y renunciaron
cualesquier leyes fuera y dichos que se [han] en su favor
y del dicho convento y especialmente la ley que dice que general
renunciación [fecha non vale]. Y los padres prior y conventuales
juraron por Dios Nuestro Señor y por
su profesión, que [tornan] y guardaran esta escritura
inviolablemente y que en ningún
tiempo la reclamaran ni irán contra ella, por
lesión vengan o ni por restitución [ni entregan],
ni por otro ningún [remedio] ni auxilio aunque, sea
por [dicho] nuevamente sobre venido y ni pedirán
[absolución] ni relajación de este juramento
aunque sean para efecto de ser oídos en juicio
sobre lo contenido en esta escritura. Aunque
se les conceda, no [usaran] de ello, y si [a no viajarse]
quisiesen [non bala y caigan] en caso
[de por juros]. En testimonio de lo [cualas],
yo otorgaron siendo presentes por testigos
el Alferez Juan Juarez de [Almesto], y el
Alferez Diego de Ledesma, y el Sargento Juan
Fernandez de Leon, escribanos de esta ciudad y [los dichos]
Documents pertaining to Bandalas issued in the Bikol region (1707-1713)

ygua nin ypaquita dapit sa day paca pagbayad caya gñaniñg ohoblihan
an tibaad nañg cabilagñan cayian magña namumugtac nasinalina
mapapacaag saymo na yca an magtatao cayian day naohoblihan na
day ca magñataman assin day ca papagsayomahon nin tibaad na dapit
cayniñg cabtañg nacocoon saymoñg day tibaad assin ypapacargo pa saymo
sa [Rez.a] may tatao gñani cayian catoñgdan nin Jues na mag
[Rez.a] saymo assin day man ypaaaco naybilang con maquipag yca
na dapit sa real haber na yiaon sa saymong cargo combaga day matapus
yian ynaniñg paghubli cayian gñaning binabacal assin antañgdan
sa magña naghahatod na may certificación pa casa [day] nin
padreñg [p.r] holit assin testimonio nin escribano cayian gñaniñg [prdu.a] tara
combaga day, Yca, [ass.n] an Saymong magna acompaña [m.sos] na sapag
catotoo na camo an guiminibo cayian sa [tiempo] naycatitipon cayian
pag saroon assin pacarahayon an pagñagcamugtac cayian gñaning magña
lana assin abacá sa camumugtacan odorogñan naduman guiraray
can daan na namumugtacan patin ysaro man cayian natipon na sa
lunadan an magña sasacyan na ypagpahatod nin magña jueces oficiales reales
na day sucat mahaloy assin na maculañg cayian an silot co na combaga
caypuhan na cayian gñaning binabacal na magña generos assin magña
buhis na day pa ypinahahatod digdi sa magña reales almacenes mamacal
na digdi sa ciudad minsan mahal nañg halaga assin yca an
pipiriton sapagbaiad sa real caja can Calabian napaghobli cayian assin
saymo pa yysip an magna pagalaman [ass.n] magna caratan nama
dadatgñan con maolañg an maghali con dahong na cayniñg
taon na madatong na may bibihale sa cahadehan sa Bagong
España assin con maolañg an pagpahatod sa reales almacenes assin ypadadagos
saygo sa catanosan holi can day pag otob na tinoyo assin day
pagcuiog patin day pag otob sa magña ypinagtotogon assin ypinagsosogo nin saymoñg
gobernador assin capitán general holi sa day mo pagñigot nin pagtipon cayian
gñaniñg magña compra na guican sa magña buhis. Tara combaga ygua
nin caolagñan na magsayoma na day gñani cayian magña generos
na gagastahon sa magña reales almacenes holi sapagca day dihan nahayag
na gaio na day sucat macapagtipon cayian gñaniñg especie holi sa
pagca day dihan; ypagpadara mo digdi gabos an salapi naisi sa especie
cutana ypahatod mo digdi sa real casa tagñani digdi sa ciudad
ypagbacal patin digdi na pagbabaro-barohan sa manonoñgdan na marahay
patin ypadara mo an guinobong informacion na sa pagcatotoo na day
gñani assin yning orden ypapaghouad mo sa tataramon nin Bisaya

Bisaya cayian gnaniñg pagdanapit tagñaniñg ypagbando sa hayag assin
tagñaning ypagpadocot sa hayag sa magña baru banuaan nanagguibo
cayian compra, naypa paghatod pacarahay an magna testimonio na may
certificación nin magña padreñg [p.r] holit na sa pagcatotoo naynotob
holi cayni sapag sinuc sa mahal tang dios, patin sa hadeng n, patin yian gñaniñg
magña jueses oficiales reales comua sinda nin traslado cayniñg orden patin
ybugtac sa pleigo cayian gñaniñg ocom tagñapit con magtao nin
quenta bidbiron combaga ynotob nia na con day nia guinibo o ypininic
na gaio sa sayiang magña day tibaad an calabian nay quinapaghobli
cayni gñaning magña generos, holi nin si day pagcaotob; digdi
na pamacal sa ciudad na day mayo acoon an anoman [nalurac] na
ypagsayoma holi cayian, holi ta canigohan sa pagsirvi sa hadeng n
tara holi cayian, comua nin traslado an cuntador sa quentas tagñani
sapagcatotoo may sihangñapi con magsaysay na can sayañg quentas
Ytinao sa Manila sa duang polo mitoloñg aldao sa
agosto, saroñg rivo pitoñg gatos mey apat na taon
Pagboot nin Señor Joseph de Aribalo escribano publico.
Sa ciudad sa Bagong Caceres sa ycaualoñg aldao sa bulan na
noviembre saroñg rivo pitoñg gatos mi apat na taon, aco an Capitán Don Julio
Esteban de Encinas hocom assin capitán sa paglaban cayniñg pagdarapit
nin Camalig holi sa hadeñg n, assin jues regidor cayian sa pagcaday
nin escribano publico y real caatubañg an magña sacsi na sacoñg cayba
pagcaquita co can orden nin señor gobernador cayniñg magña poro na oya
sa daon nasinosondan cayni; tarasapag otob co cayian ygoñg gayo na
magtogon aco assin magsogo na coiogon atamanon assin otobon assin an napapalaman
assin namomogtac cayni gñaniñg orden na day sucat suayon
an anoman na namomogtac cayian; patin an magña interpretes cayniñg
juzgado paghouaron na magcasaro assin ypapagpahatod sa magña banuaan
cayniñg pag darapit tagñaning ypagpahaiag assin ypadocot na siriñg
can sinabi na assin holi cayning auto siring an pagotob co assin pagfirma
patin nin magña sacsi na sacoñg magña sacsi na sacong magña cayba natinauan co nin
pagcatotoo
Don Juan Encinas juez regidor
Camiñg magña interpretes cayniñg jusgado Francisco Rosales asi Juan
de Morales ynotob niamo an togon sa mandamiento nin superior gobierno assin
sa auto nin señor hocom suhapon naycaualoñg aldao assin guinibo
niamo sa samoiañg pacaaram assin pacaysi na day nadugagñan

{Al margen izquierdo: Año de 1705
pueblo de Cagsaua}
Fray Francisco de San Juan Evangelista, guardián de este
convento del pueblo de Cagsaua y ministro doctrinero de los
naturales de él, certifico a los señores padres la presente vieren de cómo de
orden del capitán Don Juan Esteban de Encinas, alcalde de naturales y Capitán
de Guerra de esta provincia de Camarines para su majestad se vio y
publicó el escribano del gobernador de este dicho pueblo un trasunto en
lengua bicol del orden del superior gobierno su fecha en
Manila en veinte y dos de agosto del año próximo pasado
de setecientos y cinco en que se manda que se le dé de compra en
esta dicha provincia, cuatro mil chintas de abaca en [libra]
y dos mil gantas de aceite de cocos entre los naturales que lo
pueden dar por la provisión de los reales almacenes y a vío
de los bajeles de su majestad que Dios guarde a dos reales
chinta de dicho abaca y medio real la cuarta de dicho [aceite] la cual paga
se ejecutó hoy en mi presencia por dicho alcalde mayor
sin quedar a deber cosa alguna para razón de ella y dicho
trasunto se mandó fijar un tanto en el tribunal de
este dicho pueblo y para que conste donde convenga de la presente
en este pueblo de Cagsaua en quince días del mes de febrero
de mil setecientos y seis años. Y la firmé
Fray Francisco de San Juan
Evangelista
Memorandum en Kapampangan con resumen en español indicando las personas que deben ser empadronadas en Palosapes, 30 de enero de 1710

Yñg teniente Don Vicente Quitalig, teniente cong casalucuyan uli ning aring
Guinu tamo, ampon tenienteng Matua Don Pedro Manungcut yian migpun acamumulan
queting balayan, ampon ing capitán infantería Don Juan Sánchez, mangapia
qñg Pica baluan ampon pun [quing.n] mamalayan at q[ue]taquing balayan Paniqui,
macasiclaud que pung muma qñg babu ning talampacan mo Guinu ming
nuestro padre provincial qñg yayaduan mipung masaquit qñg ygagalang ampon cacatascatasan
a arapan mo, qñg ampat sapun sacup na mañgasusucubana ning mal a
habito nan Ybpa tang San Agustín ytang lugar a palagyouan dan Palosapis
qñg nun vari pun mallaring Pamalayan da, maragul ya pung macapagcasaquit
que qñg sablan mañgapia uling ding sablan cabangca mi tila
ngan minuli carin ding siam a bubong a pauang empadronado qñg Padrón
General qñg yña minuli la pu carin uling dalan capuloñgan uling
macasuloc yang bina, metong pu canita yra daralanan ding castilang guiguinuan,
ampon sang cadaraman la pon maglimayon qñg lalam carotoñgan
yta maragula macaculang qñg pamamalen [min] utus yo ampon maragula casaquitan
mi caring daralana despacho ning Aring mayopaya, ampon ding
daralana maragula pañgatao caring magjocom Yloco ampon Cagayán qñg
alan matad qñg dala, mañga pa quecong Ypba ming calilinan Jesucristong
Guinutamo alan miñgat quecaio queting dalan a manganib uli na pin ning
mamin lang tomacas maco queting mesabi nang Balayan Palosapis
ding sablan cabangca mi = Nun Uaripun e mallari yting ynadalong ming nuestro
[padre señor] Guinu mi siclaud que pung pasibayong muma qñg babu ning talampacan
ning nuestro [padre señor] Guinumi, nun iyan mayap lacuan yting Balayan sa
dia ome que pung gauan Balayan mi quetang tangana carin ning
Balayan [caranlaan] ba la pun musig pasibayo de ning anggan taoming
micao queting Balayan ming [mene] quetang bayong balayan a alan ca

capuloñgan, quiñg Balayan Palosapis, uling ali mo pu ycami nun e pa naman
ding aliuang Balayan a macalapit carin Palosapis [pasidalong dalong] quing
Tarlac, Garlit, daput mun dalan da ding castila daralong la ñgan caring tao nang
mecao menuli carin Palosapis. Uling pisasalobungan dang ayan ding ynsanu
mang taong marauac a pamaqyotos qñg balayan da ding Pangasinán, capangpañgan
caya lalo pa ding Sambaling macacampi caring capampañgan at pangasinán
daput nun ala pun upaya qñg lacuan mi yting balayan a sadiang ligud na ning
aring Guintamo. Yotos mo sapu qñg ding sablan tao ming micao queting balayan
mamin lañgan sapung muli queti Paniqui detang mesabi nang cabangcaming [nu]
lang bubung a minuli Palosapis, ba que ñgan pung paraparang sumuyo qñg Guinu
ampon pacumbabang [mam.lon]. Utus yo quecameng alipan yong alan balo uling
nun yian mebalaus ytang Balayan a yta mamin la ñgan masira dening
sablan sibabalayan queting despubladong dalan castilla uling paua langang
macaganing [sic] maco muli quetang balayan Palosapis = Yña pin pu quecami pu
y daralong [mañgapapagdali] Guinuming nuestro padre provincial ampat pun []
binie nang piniuala queca yng tala rong alan canacana timbañgan mo sa pung
noan [] yting angan yradalong mi Ba mo pun yotos quecami yng macayapayang []
casi na qñg Pangabiñiag mi ba mia pun guisanan yng sablan sicanan []
pasalamat qñg Guinung Dios ampon quecang ybpa min Guinung mapaña[u]p quecaming
alipan yong alan balo-balo =
En el sitio de Palosapes, en treinta de enero de mil setecientos y diez años,
hice comparecer en mi presencia los indios empadronados en el pueblo de
Paniqui que se hallan en el dicho sitio de Palosapis para [efecto] de
reconocerlos y empadronarlos, y los que dijo Don Pedro Manungcot [que]
están empadronados en su barangáy son los siguientes:
Doña Catalina Tolonbanua, viuda, con cinco hijos, los siguientes:
Tomás Magale, indio de Tarlac, casado con Rosa Vita, hija de la dicha [ca].
Ítem Nicolás Catubiran, casado con Verónica Masna, con cinco hijos.

Muy reverendo padre nuestro provincial
Pasando por el pueblo de Paniqui, el cabeza de barangay me dio un escrito en que
me representa destrucción de su dicho pueblo por causa de ausentarse
los caylianes para el sitio de Palosapes. Y conociendo su razón,
determiné [que] él que me acompañase hasta el dicho paraje, para que, siendo
cierta su relación, le contase de la ninguna gana que de tales indios
tenía el religioso que los administraba. Y llegando a él, reconocí
ser verdad el informe que me hizo, como verá vuestra reverencia en la lista de los
sujetos que se hallaron y va inclusa. Y porque en el dicho sitio de
Palosapes se recogieron estos y muchos más, de todas naciones se hallan
esparcidos por las largas sabanas que les ofrece la libertad
de que gustan los que no quieren tolerar las dulzuras de los ministros eclesiásticos
y jugo del servicio personal a que son obligados, como
coopere con su autoridad para que sean obligados los tales a lo que
deben y reconozcan algún ministro. El dicho sitio de Palosapes no es pueblo,
ni quiera Dios que lo sea, si sino conforme ha de ser para que su servicio de Dios
y con las licencias necesarias. El ministro misionero que anda por todas
partes de estas dichas sabanas, habiendo reconocido la perdición de las
muchas almas que en seis u ocho años no se confesaban, ni oían
misa, determinó acudirles cuando el tiempo se lo permitiera, y así
lo ha ejecutado por tres años. Y para mejor poderlo hacer, mandó levantar
un camarín en que decir misa. A ella acuden algunos, estando
hasta hoy muchos más sin ver iglesia ni ministro. Y para que los más son
pangasinanos malévolos y estos irreducibles a sus pueblos. Pido a vuestra reverencia
[que] lo premedite y dé alguna providencia para que sean reducidos a esa
provincia, o disponga el que quedando en esta, salvan de los padrones en
que están para que yo pueda informar al señor gobernador el estadolo que
sobre la administración de los tales fuere servido dar. Lo siento es
padre nuestro que estas sabanas ocultan mucha pena, y que será imposible
sacarla. Yo así lo siento y descargo mi conciencia con lo que
vuestra reverencia juzgare más conveniente y [entt.o]. Guarde nuestro señor muchos años. Palosapes
y enero 30 de 1710.
Petición en Kapampangan del Capitán Don Joseph Gutiérrez, 1710

lang mi yayalili, Pati pu ning cabang ca mi Maqueya
pus no pu, carela Capinduan po caniting Y dalong mi
qng may-quet de na la na bobung caring bobuis alanapung
Resirvadosos atlo napung ban.a ngueni. Uling Ybat pu quetang
quen.ta ning señor oidor Don Alonzo a Villafuerte, atinpun
sacristana y bobuis, canthores amp.n Yng Cap.n basal qng bala
yan, ngue ni pu, bobuis nengean pu, =
Ynapinpu, P.e bisitador a guinumi Fr. Sebast.an Fronda
queca que pu Yumauad pacalolu, amp.n Pasaup manyuno
cuma que pung ocul qng cacamal camalan a arapan
mo pu. P.e bisitador a guinumi, amp.n pinpung Y conma
lo llaring calilinan Jesu Cristong G.n.t mo. sesipan, amp.n
Meminyuat qng timbangean a alan cana, sacup na que
pu ning mala abitonan Yb patang San Agustin Yni pung
anyan silisiming Ysesiclaud qng mala arapan mo,
Panayan mi pu, Yng saup mo. amp.n Pamacalolu, quing
Macayap qung caladua mit catauan mi ett.a
-Dn Joseph Guttierrez
-Dn Ju.n de Casta
-Dn Nicolas Polentan

En el sitio de Palosapes en 30 de Enero de 1710 años= se presentó el contenido Nicolas
dela Cruz Casado con Lucresia Ducao y lo entregue al teniente de Tarlac para que lo lleve al padre
prior por lo que dice esta escrito-
Visitador 215
Doña Maria Callagan tauo co que ti qng balayan Tarlac Mebalo
co qng Capitan Don Fernando Molina, domorop co pung moma qng
Macamala bacas ning talampacan mo pu Guenu cung
padre bisitador, qng atin pun mitunga anaco, Ynglaguio
na, Don Nicolas dela Cruz. atio pu carin maquepamala
yan qng balayan Palosapis, qng Papagdalita co pung mi
omanoman, qng Y mo nanung lugud mo pu, qng payo
lian mi pu queti qng balayan Tarlac, ampat, tauo que pu que
ting Picabalouan, Uling Ynga manona, non uaring palac
uan da co queti Palosapis, Ume co pangainan ngana pu
Ynap.n pu. que cacupu y siclaud, y dalong queca pu Uling Yco
pu bisang mirayo queti qng balayanco, qung Y sucmo pung
Y utos quea, qng muliya queti, qng tantuan mi pu, nunua
ring lis yayat o meya qng aliuang balayan, bilianan mi pung
Dosa, Baya puntumacot, uling non uaring o meya qng ali
uang balayan, alan upaya pung Yco tu que, anti qung ala
cong paniualan mepui qng catauanco mangan ationg
biey cong lolugud ning dios non alimo po Yia =
Ynap.n pu Guenucung padre bisitador Fray Sebastian Foronda Ysesic
laud co pung Yayaduan qng e mo na nung lugud mo pu cacun
Tauong calolu qng Panayanco pu, Yng maragula saup mo amp.t
Ypu macasira qung caladua mit catauan mi Y ni pu Pasala
matanco pu qng G.r.t.d amp.n quecapu etc.
Maria Callagan