Bautista
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- Bautista
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- 32175710
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Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

fuercilla en la isla de Puricondol desierta. Y habiéndose vuelto sus
navíos a Europa, [quedó] alguna gente en dicha fuercilla. Y los de
Camboya o Cochinchina fueron allá, destruyeron la, y echaron
toda la gente fuera. Y así quedó desierta como antes.
[Guarde] Dios a vuestra señoría [majestad] y felices años como desea de
este Convento de San Agustín nuestro padre de Macabebe
en 10 de junio, de 1709 años.
Besa la mano de vuestra señoría su siervo y capellán
Fray Juan Bautista de Olarte
[R.or] Provincial de San Agustín
Muy ilustre señor maestro de campo don Domingo
[Zabálburu Echávarri], gobernador y capitán general
de estas Islas Filipinas.
Venta del esclavo Juan, casta malabar, de la casa de Antonio Bolaco, principal, al Padre Predicador Fray Juan de Vergara, prior del pueblo de Pasig. 1673

En el pueblo de Pasig jurisdicción de Tondo en doce días del mes de marzo de mill y seiscientos y setenta y tres años. Ante mi el escribano y testigos parecieron Don Alonso Alvaro y Don Juan de Velasquez y Don Augustin Pagauayan y como albaceas que dijeron ser los dos primeros y el postrero heredero de Don Sebastián Mangilog difunto por testamento que exhibió ante mi en lengua tagala hecho ante Don Juan Marlangysip Tanto escribano del gobernador deste dicho pueblo. Que por no conocer yo el escribano, dieron por testigos de su conocimiento al dicho Don Juan Marlangysip Tanto y Don Atanacio de la Cruz Gatdola fiscal mayor de este dicho pueblo que certificaron conocer a los otorgantes y serlos [contados] que llamarse assi como sea nombrado los cuales en presencia del reverendo padre Fray Carlos Bautista presidente de este dicho pueblo sin embargo de ser algo entendidos en nuestra lengua Castellana otorgaron todos tres juntos de [mancomund] y a voz de uno y cada uno por el todo insolidum renunciando como espressamente renunciaron las leyes de la mancomunidad división excursión como en ella se contiene que venden realmente con efecto al padre predicador Fray Juan de Vergara prior de este dicho pueblo es a saber un esclavo llamado Juan Casta Malabar criollo de la casa de Don Antonio Bolaca principal del pueblo de Mandada la visita de este de Pasig de edad de dies y ocho años poco más o menos, el cual le vende sin se lo asegurar de ninguna tacha defecto ni enfermedad pública ni secreta que tenga o tuviere más de que es esclavo de buen título y cautiverio sujeto a servidumbre libre de empeño hipoteca y de otro enajenación alguna por precio y quantia de sesenta y dos pesos y quatro tomines que por el dicho esclavo les ha dado y pagado en reales de contado de que se dieron por contentos y pagado a su voluntad por no parecer el dinero de presente renunciaron la excepción de la [pecunia] leyes de la entrega prueba y paga como en ella se contiene y como reales vendedores se obligaron al saneamiento del dicho esclavo en aquella vía y forma que más
Sobre pleito que este Convento de Tondo siguio contra el guardia de Bangcosey. 1683

{Al margen derecho: 2}
Al asesor. Rubricado de su señoría. Velmonte.
Manila y agosto diecisiete de mil seiscientos y ochenta
y dos años. El reverendo padre prior del pueblo
de Tondo, dentro del tercero día exhiba en el superior
gobierno el título que tuviere por el cual cobra
cinco pesos cada mes del guardia mayor de la estacada y pueblo
de Tondo, y en el ínterin, este retenga en sí la cantidad
que corriere hasta la determinación de este negocio. Al pie
está una rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador
y capitán general de estas islas. Licenciado Lezama. Perea.
En el pueblo de Tondo en veinte horas del mes de agosto
de mil seiscientos ochenta y dos años. Yo, el capitán Don Joseph
de Samonte y Ramírez, alcalde mayor y capitán a guerra en
esta jurisdicción por su majestad y juez [regidor] en ella en virtud
de auto de los señores presentes y oidores de la Audiencia y
Chancillería Real de estas islas y con asistencia de mis testigos acompañados
que lo fueron Felipe de Páez y Tomás Guerrero por
mi nombrados y jurados como consta del recaudo original
que está en el archivo de este juzgado a qué me refiero. Leí
y notifiqué el decreto de esta otra parte de su señoría al señor
presidente gobernador y capitán general de estas dichas islas al reverendo
padre Fray Carlos Bautista prior del convento de este dicho
pueblo de Tondo. Según y como en él se contiene y entendido,
dijo que no tiene recaudo ninguno que exhibir y esto dio.
Por su respuesta de que doy fe y lo firmé con mis testigos acompañados
siéndolos instrumentales. Andrés Navarro y Don Marcos
de los Santos, Samonte, Felipe de Páez, Tomás Guerrero.
Fray Miguel Rubio religioso del Orden de Nuestro Padre San
Agustín y prior del convento del pueblo de Tondo con la licencia

prior del pueblo de Tondo los cinco pesos que constan haberse pagado
en cada un mes de arrendamiento del estero por donde
pasan las bancas o de razón suficiente por qué no lo deba hacer
dentro del segundo día. Rubricado de su señoría. Licenciado
Lezama. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En el pueblo de Tondo en veintiuno de julio
de mil seiscientos y ochenta y tres años. Yo escribano, leí y notifiqué
el auto de arriba del señor, gobernador y capitán general
de estas islas según y como en él se contiene al Capitán
Francisco de Rivera guardia mayor de dicho pueblo el cual
habiéndolo entendido dijo que lo oye y que se le entreguen
los autos para responder y esto dio por su respuesta
de que doy fe y lo firmó. Francisco de Rivera. Ante mi,
Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Memorial}
El Capitán Francisco de Rivera guardia mayor del pueblo de Tondo
en lo que tiene pedido el reverendo padre Fray Miguel Rubio prior
del convento de dicho pueblo, sobre que el suplicante como tal
guardia mayor le pague cinco pesos todos los meses por el estero, en
que pasan las bancas del trajino por decir pertenecer las tierras
a dicho convento. Dice que habiendo notificado el decreto de vuestra señoría
de diecisiete de agosto del año pasado al reverendo padre
Fray Carlos Bautista prior entonces de dicho convento para que
exhibiera, los títulos que tuviese, de ser las tierras de dicho estero
perteneciente a dicho convento respondió no tener ninguno. Y
para a continuación de dicha cobranza dicho reverendo padre
prior en virtud de otro decreto, ha dado información
sin haber representado recaudo de compra de limosna, o por otra
causa o razón, a dicho convento por lo cual y para
el caso se concluya. A vuestra señoría pide y suplico se sirva de
Relación y otros instrumentos sobre el desacato de los Naturales de Dongalo. 1717.

Don Guillermo de Velasco - Don Pantaleón de Salazar -
[Don itepganilang] - Don Juan Pérez -
Don Juan [u] de de Mendoza - Esteban de León -
Don Bartolomé Mabitang -
Don Pedro de [Mulac] - Por ruego Domingo de Cabrera -
Don Pablo Suárez - Don Juan Pascual - Pedro de los Santos -
Francisco Rodríguez - Por ruego Don Pedro de Mercado -
Don Diego Bernaldo - Por ruego - Fray Don Juan Sulit -
Por ruego=Don Antonio Pagiligan - Por ruego- Don Juan de Guzmán -
Por ruego= Don Agustín Marcelo -
Mateo Sarmiento - [ Don Jhbay ] -
Por ruego Don Pedro Dalandan -
Por ruego - Don Agustín Ramos - Pedro Suárez-
Juan Moninca - [%] Joseph Palomares -
Andrés Rodrigues - Don Pedro delos Reyes -
Por ruego- Juan del Castillo -
Por ruego- Cayetano Bautista - Sebastián Esquivel -
Nicolás delos Santos -
Don Joseph González -
Andrés de Salazar - Don Pedro de Velasco -
Por ruego Don Nicolás de san Pedro -
Don Andrés Rodríguez - Don Bartolomé Vitales -
Ruego = Francisco de los Santos -
Clemente Deodicho - Don Juan Rodríguez -

SS.n Juan Lucas = Simón de León -
Nicolás de Legazpi - Joseph de Mendoza -
Don Tomás Dumaval - Don Bernabé Onguinlibot -
Don Agustín Rodrigues - Ignacio Bautista Pantaleón -
Agustín Bautista - Don Joseph de Rosález -
Don Felipe Bautista - Don Bartolomé Carlos Mamonong -
Don Nicolás Carabeo - Por ruego - Marcos del Castillo -
Por ruego - Juan de la Cruz - Don Tomás Bautista -
Por ruego Don Juan Fulgencio - Don Marcos Cuevas -
Por ruego Joseph de la Rosa -
Don Joseph Cortés - Por ruego - Nicolás Rodríguez -
Don Joseph de Leon - Luis de la Rosa -
Bernardo Arnillos - Don Juan del Castillo -
Don Joseph Selerio - Por ruego - Don Pedro Alejandrino -
Por ruego - Don Marcelo Pantaleón - Don Francisco Landicho de la Cruz -
Miguel Mendes -
Natural de Dongalo -
En el Convento de San Andrés del Orden de Nuestro Padre San Agustín del Pueblo de
Parañaque a veinte y uno de agosto de mil setecientos y diez y siete años ante nuestro
muy reverendo padre lector Fray Tomás Ortiz provincial de esta Provincia del Santísimo Nombre de
Jesús del dicho orden se presentó este escrito por los contenidos en él. Y habiéndole
[en tendo] [tenido] su padre muy reverendo mediante el padre predicador Fray Gabriel de la Fuente,
prior de dicho convento, quien se le interpretó y explicó en lengua castellana. Dijo:
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Dia 22 de Julio de 1759 dio Nuestro Padre M.e P. Fray Pedro Velasco
un Breviario Romano en folio = Tonti sermones dos
tomos = Palavicino Historia del concilio tridentino
tres dos tomos = Raulin Historia Malabarica un tomo =
Concilio Romano un tomo = Girolamo Cepi Vida
de San Nicolas = Orgio Historia de Nuestro Padre del Buen
Consejo = El decimotercio tomo de Flores = Ítem medalla
Española dos tomos del mismo Flores = Mascabrone
[asi lo ]Cristiano un tomo = Lovada Privilegios de Indias de los Regulares
un tomo = Olloa víaje de la América cinco tomos =
Bautista Completar de la vida de Cristo un tomo = Durango
vida del cielo un tomo = Amor Teología seis tomos =
Soler jurisdicione eclesiástica y secular dos 2tomos= Ribera
Apología un tomo= Benedito 12 el cuarto tomo de
Bulario = un tomo de Bulario aditamento de bino =
fuele theologia dos tomos = Ferraris
Biblioteca ocho tomos= [ Purcho ]Filosofía ocho
cinco tomos = Beati dos tomos disertaciónes y
una de gestis Divi Agustini = Sandini cinco tomos =
Información del gran milagro del pueblo de Caysasay [Casasui], 1619

entendidos y de toda satisfacción, lo cual entera bien el dicho padre
por ser tan buena lengua. De suerte que en la verificación de
este caso tan maravilloso y admirable se hagan todas las diligencias
que fueren necesarias para aclarar y saber la verdad. Para
lo cual nombrará el dicho fray Juan Bautista de Montoya un
notario, ante quien pase lo arriba dicho fiel y legalmente, y persona
de satisfacción y confianza, que no reciba más ni menos, ni
quite ni ponga de aquello que los testigos dijeren y los intérpretes
declararen. Que para todo ello damos la dicha comisión en forma
de derecho según que para tal caso se requiera y es necesidad.
En cuyo testimonio mandamos dar la presente en Manila, a veintinueve de julio de mil
seiscientos diecinueve años. Firmada de nuestra mano y sellada, refrendada de nuestro secretario.
[Rúbrica] Fray Pedro [Arce], Obispo del
Santísimo Nombre de Jesús.
Por [?] de su Santa Real Majestad
Gabriel de Miguel Buitron, secretario.

{344 [2909] 34}
Fray Alonso Barona, provincial de la orden de nuestro padre San Agustín,
por cuanto el reverendísimo de Cebú que al presente gobierna
el arzobispado de Manila, ha cometido al padre predicador
Fray Juan Bautista de Montoya, prior de nuestro convento de Taal.
de hacer información sobre el haber aparecido la San-
tísima Virgen Nuestra Señora a algunas personas indios y
indias en un lugar de la jurisdicción de Taal, y que lo que
más se refiere en la comisión, por la presente doy li-
cencia al dicho padre predicador Fray Juan Bautista de Montoya
para que acepte la dicha comisión. Y ni más ni menos
doy mi autoridad como de derecho puedo y debo al dicho
padre para que juntamente con el padre predicador Fray Jerónimo
Medrano, prior de nuestro convento de Tanauan, y del padre
predicador Fray Gabriel de Rojas, todos juntos asistan
a la dicha averiguación en mi nombre y de nuestra re-
ligión para que se haga con más autoridad y
justificación. A los cuales mando en virtud
de santa obediencia los hagan bien, fiel y legal-
mente como se espera de su buen nombre reli-
gióny celo. Dada en nuestro convento de Malat, en
veinte y dos de agosto de seicientos y diez y nue-
ve. Y sellada con el sello menor de nuestro oficio,
y refrendada de nuestro secretario de provincias
Fray Alonso Barona
Por mandado de nuestro padre provincial
Fray Francisco de
Castromonte
secretario de provincia

{[300] 349}
{[En el margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Bernardo de Landecho. Notario, A Pedro Pérez}
En el pueblo de Taal de la laguna de Bombon en
tres días del mes de octubre de mil y seiscientos diez y nueve
habiendo tenido noticia y relación el reverendísimo señor don fray
[En el margen izquierdo] notario ante mí Pedro Pérez. - Pedro de Arce, obispo de la ciudad de Cebú del Santísimo Nombre de
Jesús y gobernador de este arzobispado de Manila de que en una con-
cavidad que está en una peña en el sitio llamado Quisasay,
junto al pueblo de Binocsocan. De esta dicha jurisdicción de Bombon
se ha aparecido la Virgen gloriosa de[tachado] Nuestra Señora diversas
veces a mucha cantidad de indios e indias con mucha claridad
y resplandor y mucha música teniendo a su precioso hijo y
bien nuestro en sus brazos entrambos con sus coronas junto
al cual lugar de poco tiempo a esta parte se ha visto y
hallado. Nace un ojo de agua luce la cual mediante ya be-
biéndola ya lavándose con ella. Ha Nuestro Señor hecho y obrado
muchas maravillas haciendo merced de dar salud a diversos
enfermos de diversas enfermedades. Por cuanto el dicho
señor obispo me ha cometido a mí fray Juan Bautista de Montoya,
prior del convento de este dicho pueblo de Taal de la orden
de nuestro padre san Agustín que haga auténtica información
acerca de todo lo sobre dicho para que Nuestro Señor y su ben-
dita madre con más devoción sean servidos y alabados como
consta al principio y cabeza de este proceso habiéndome dado
licencia para admitir la dicha comisión nuestro padre provincial
fray Alonso Barona, mandándome juntamente que para la
dicha información me acompañe con los padres predicadores
el uno el padre fray Jerónimo de Medrano, prior del convento
de Tanaguan y el otro el padre fray Gabriel de Rojas, habi-
tante y morador en este dicho convento de Taal, para que
con más justificación se sepa la verdad del caso y man-
dándome juntamente el dicho reverendísimo y el dicho nuestro
padre provincial nombre para ello. Naguatato y notario seculares

recibiendo juramento en forma así a los dichos naguatato y
notario de que harán su oficio fiel y legalmente
como a todos los testigos que se recibieren de que
dirán toda la verdad sin añadir ni quitar de lo que
hubieren visto y experimentado y se les acordare
del caso dicho. Por la presente, en virtud de
la dicha autoridad y comisión nombro para el dicho
efecto por intérprete a Bernardo de Landecho, escribano
público asistente y morador en este dicho pueblo de Taal y
por notario nombro también en razón de lo suso-
dicho a Pedro Pérez, estante en este dicho pueblo, los cua-
les entrambos y cada uno de ellos aceptando los dichos
oficios juraron en forma por Dios nuestro señor y por
la señal de la Cruz, que con sus manos de [todas] hicieron
usarlos con toda fidelidad y lo formaron de sus nom-
bres siendo presente los dichos padres predicadores, jueces
acompañados en esta causa, los cuáles justamente lo
firmaron. Testado "de" non vala.
[Rúbricas] Fray Juan Bautista de Montoya, Fray Jerónimo de Medrano, Fray Gabriel de Rojas
Bernardo de Landecho, Pedro Pérez
[Al margen izqdo.] Testimonio. 1º. Catalina Talayn, natural de Binogsocan, de 25 años. Es de las dos primeras que vieron a la Virgen.
En el dicho pueblo de Taal, en tres días
del mes de octubre de mil seiscientos diecinueve
años, estando juntos y congregados en el convento
y casa de este dicho pueblo, nos, los dichos jueces el padre
Fray Juan Bautista de Medrano Montoya, Prior de este dicho
convento y el padre fray Gerónimo de Medrano, prior del

habían ido. Y esto es lo que sabe y pasa y es la ver-
dad para el juramento que tiene hecho, en que se a-
firmó y ratificó para el juramento que tiene hecho.
Todo lo cual dijo en voz alta y clara que se
pudo entender, y no firmó por no saber. Firmolo
máronlo el dicho padre fray Juan Bautista y jueces nombrados junto con el dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Ante mí, Pedro Pérez notario nombrado.
{Al margen izqdo: Testimonio 2º. Joana Tangui, natural de Baguan, 25 años, sanó de un fuego que tenía en los ojos. Vio a la Virgen dos veces, habló con ella, ofrecióle su cinta y rosario y otros muchos rosarios, todo lo cual bendijo la Virgen. Era de antes casi del todo tonta y desde entonces habla y trata con mucha razón, dándola de sí en lo que la preguntan.}
En el dicho pueblo de Tal, en cuatro días del mes
de octubre de mil seiscientos diecinueve años, estando
juntos y congregados los sobredichos jueces hicieron pare-
cer ante sí a una india para la dicha información,
que mediante el dicho intérprete dijo llamarse Juana Tangui,
y ser natural del pueblo de Baguan, esclava de don Juan
Mangabot principal del dicho pueblo, de la cual fue toma-
do y recibido juramento por Dios Nuestro Señor sobre la
señal de la cruz, según forma de derecho. Y habiéndolo
hecho prometió de decir verdad; y siendo preguntado al tenor
de la comisión de Su Señoría del señor obispo de Cebú del Santísimo Nombre de
Jesús, sobre el haberse aparecido la Virgen gloriosa Nuestra Señora
dijo: Cuanto a lo sobredicho que sabe y vio es que habrá
como dos meses y medio que estando esta declarante enfer-
ma de los ojos, de un fuego que en ellos le había nacido, que

y haber vuelto a verla, y le dijo: “Pues tienes buen corazón
conmigo; como no traes la cinta de la cofradía no vuelvas
a verme hasta que seas cofrade y la traigas”- En razón de lo
cual como pasa en realidad y verdad, dice esta declarante
que vino al prior de este dicho convento de Tal que es fray
Juan Bautista de Montoya, juez nombrado para esta causa. Y
refiriéndole todo lo dicho le pidió con devoción la admitiese
por cofrade y le pusiese la cinta de la cofradía. Lo cual hecho
y recibida por cofrade y recibida la cinta del glorioso padre
san Agustín, dice esta declarante que volvió al dicho lugar den-
tro de ocho días, como el dicho prior se lo mandó. Donde habiendo
vuelto con obra de otras nueve o diez personas, entre las cua-
les iban doña Madalena Ponsuan y doña Juliana Dimoyaguin,
ama de esta declarante; y doña María Dalisei, y María Masueley,
y Luisa Sanyota. {Al margen izquierdo. doña Madalena Ponsuan, doña Jualiana Dimoyaguin y doña María Dalisay, y María Masuelay, y Luisa Sanyota son citadas y contestan con quien las cita.} Dice esta declarante que adelantándose y a-
partándose un poquito de ellas, vio en el mismo lugar que an-
tes a la gloriosa Virgen Nuestra Señora de la misma manera que an-
tes la había visto, con grandísimo resplandor y hermosura, la
cual dice esta declarante que hincándosele de rodillas la
gloriosa Virgen le dijo que se agradaba de ella mucho
más que antes, porque llevaba la cinta de la cofradía consigo,
siendo ya cofrade. Y dice más esta declarante, que pidiéndole
ella alguna señal para que los demás la creyesen, le res-
pondió la Virgen gloriosa que bastaba hubiese ella tenido
en sus manos el rosario y cinta que ella consigo traía. Lo cual
dice esta declarante puso en las manos de la Virgen glo-
riosa el rosario y cinta que ella traía, de las cuales manos de
la Virgen gloriosa volvió esta declarante a recibir el dicho
rosario y cinta, habiéndoselo así mandado la Virgen Nuestra Señora.
Y dice más esta declarante que, en razón de lo dicho, había ella
de antes recogido los rosarios de todos sus compañeros que con
ella habían ido, los cuales rosarios ofreció también ella a la
Virgen gloriosa cuando le ofreció el propio suyo, los cuales

{[303] 348 6}
rosarios dice esta declarante tocó con sus manos también la
Virgen gloriosa; tocados de las cuales manos esta declarante se
los ofreció a una principala llamada doña Madalena Ponsuan,
que es la arriba nombrada. {Al margen izquierdo: Testigo de Madalena. Esta doña Madalena es la citada arriba en este mismo dicho.} La cual dice y afirma con juramento
que yo, el presente notario mediante el dicho intérprete tomé y recibí
a la susodicha, que cuando los recibió en sus manos sin-
tió salir de ellos muy gran fragancia de olor. Otro día des-
pués de todo lo dicho, dice esta declarante y así lo afir-
ma debajo del juramento dicho, la dicha doña Madalena vie-
ron a esta dicha declarante, así esta dicha doña Madalena
como todos los de su pueblo que habiendo antes tenido siempre
los ojos muy turbios y enfermos, tanto que por ningún modo
los abría, por más que con ella hablasen y tratasen; desde aquel
día los abrió y abre muy bien tratando siempre con todos, con
mucha razón y juicio habiéndola siempre antes conocido todos
por persona tan boba que ni daba ni sabía dar razón de
sí casi en nada. En razón de lo cual esta dicha doña
Madalena con los demás de su pueblo maravillados de esto han
dado crédito a todo lo sobredicho, cobrando grandísima de-
voción con la Virgen gloriosa, y con esta dicha agua y sitio.
Y que esto es la verdad y lo que pasa para el juramentos
que hizo en que se afirmó y ratificó; y al parecer es de vein-
ticinco años poco más o menos. Y no firmó por no saber.
Firmáronlo los dichos juez e intérprete. Testado "es," "aun" : no vala y en-
tre renglones dicho vale.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Ante mí, Pedro Pérez notario nombrado.

resplandor, después de lo cual y de haber de rodillas
dado gracias a Nuestra Señora por la merced que les había hecho,
habiendo ya cesado la dicha visión y aparición, dice esta
declarante se volvieron a recoger al rancho donde
antes estaban. Todo lo cual es la verdad como tiene dicho,
en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de
treinta años poco más o menos. Y no firmó por no saber; fir-
máronlo los dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izqdo: Refrendado
Testimonio 4º. Doña Luisa Tarolan, natural de Molavin, de 25 años. Esta es la doña Lucía Tarolan que el testigo tercero sobredicho cita y contesta con él totalmente. }
En este dicho pueblo de Tal, en el dicho día cuatro
de octubre del dicho año, los dichos padres priores,
jueces en esta causa hicieron parecer ante sí a una india que
mediante el dicho intérprete dijo llamarse doña Luisa Ta-
rolan, natural de Molavin, citada en el dicho de atrás, de
la cual se tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor
sobre la señal de la cruz según forma de derecho, so car-
go del cual prometió de decir verdad. Y siéndo pregun-
tado al tenor de la dicha comisión de Su Señoría dijo
que es verdad que al principio del mes de julio pasado de
este año yendo en compañía de doña Catalina Guinatoan
y de otras personas, algunas como lo refiere y cita el
testigo sobredicho, habiendo visto con todos los demás la
sobredicha claridad y resplandor que arriba está referido,
ella en particular junto con la dicha doña Catalina, habiendo
cesado la dicha claridad cuando llegaban a este dicho sitio

{[305] 390 }8
vio distintamente como un brazo de persona viva que le-
vantaba en alto una hacha encendida, al parecer como que
alumbraba a los que allí se llegaban; al mismo modo que ha re-
ferido el testigo sobredicho, todo lo cual dice y dijo es la
verdad acerca del juramento que tiene hecho, en que se afir-
mó y ratificó. Y dijo ser de edad de veinticinco años
poco más o menos. Y no firmó por no saber, firmáronlo los
dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Ante mí, Pedro Pérez, notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Refrendado
Testimonio 5º: Doña Madalena Pongsoin, natural de Baguan, de 50 años. Ésta en particular ha sido y es tenida por mujer de mucho juicio y razón, y muy buena cristiana y muy principala. Vio a la Virgen con una candela.}
En el pueblo de Tal, en cinco días del mes de octubre de
mil seiscientos diecinueve años, los dichos padres priores, jueces en
esta causa para más prueba de la dicha información hicieron pare-
cer ante sí a una india que, mediante el dicho intérprete dijo llamar-
se doña Madalena Pongsoin, natural del pueblo de Baguan, citada por
el testigo tercero de esta causa, de la cual fue tomado y recibido jura-
mento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según forma
de derecho, so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siendo pregun-
tada al tenor de la comisión de Su Señoría el señor obispo de Cebú, gobernador de
este arzobispado dijo que:
-Lo que sabe y pasa es que habien-
do ido a recogerse a la casilla de la sementera donde el tercero testigo refie-
re haberse recogido cantidad de siete o diez personas, después de haber visitado
con devoción esta agua nuevamente vista por ser ya muy

{[306] 351 9}
en el llover y ser de noche, pasó adelante en compañía de las
sobredichas doña Madalena Pongsoín y doña Catalina Guintoan, tercer testigo,
y junto con ellas se arrodilló gozando con ellas de aquella claridad tan
admirable que veían a modo de un grandísimo milagro relámpago, muy ancho que
subía hacia el Cielo sin haber fuego ni hoguera, de donde pudiese presumirse
salía, el cual duró fijo por mucho tiempo. Y esto es la verdad, y lo que
sabe para el juramento que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó y dijo
ser de edad de cincuenta años poco más o menos. Y no firmó por no saber.
Firmaron los dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Ante mí, Pedro Pérez, notario nombrado.
{Refrendado
Testigo y doña Leonor Dimasulitan vio con otros muchos gran claridad siendo muy noche.
Testimonio}
En el dicho día, mes y año dichos en el dicho pueblo de Tal, los
dichos jueces para la dicha información hicieron parecer ante sí a
una india que mediante el dicho intérprete dijo llamarse doña
Leonor Dimasulitan, natural del pueblo de Molavin, una de las personas
que estaban recogidas en la casita de la sementera que el testigo tercero
refiere. La cual juntamente con las demás personas vio aquella
gran claridad y resplandor que está referido en el dicho del tercer
testigo. Y habiéndosele recibido juramento en forma de derecho prometió
de decir verdad en lo que se le preguntare, acerca del sobredicho
caso. Y siéndole preguntado si era verdad que vio la dicha cla-
ridad y como respondió que estando junto con todas las

demás personas en la sobredicha casita y sementera
vieron tanta claridad en el campo que maravillados todos
grandísimamente, porque siendo antes de noche
y muy oscuro, sin haber relámpago alguno ni fuego ni luna
que lo pudiese causar, se veía todo el campo y hierbas con
gran distinción, con la claridad y resplandor que de so-
bre la dicha agua recién vista salía, se pusieron a las ven-
tanas todos y esta declarante con ellos para ver y mi-
rar la dicha claridad. La cual como viesen estaba fija y
perseverante bajaron a la puerta de la casa donde tam-
bién se veía lo mismo con intento de ir todos allá, por
lo cual no pasaron adelante más que las tres indias dichas
que son doña Catalina Guinatoan, tercero testigo en esta infor-
mación, y doña Magdalena Pongsoin y doña Marta Dimatolog;
y esto es lo que sabe y pasa para el juramento que tiene hecho,
en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de cuarenta
y cinco años. Y no firmó por no saber, firmáronlo los dichos
jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas.
Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izqdo: Testimonio
Octavo testigo doña María Labinisa vio una candela volverse de abajo arriba a la cual sucedió grandísima claridad y música.}
En el pueblo de Tal, en siete días del mes de octubre
del dicho año de mil seiscientos diecinueve años, los dichos
priores y jueces hicieron parecer ante sí a una india prin-
cipala que mediante el dicho intérprete dijo llamarse doña
María Lavinisa, natural del pueblo de Santa Cruz junto al pueblo de

arriba dicha. Y esto es lo que sabe para el juramento
que tiene hecho. Y demás de lo sobredicho habiendo
de nuevo recibídole juramento a la sobredicha doña
María Lavinysa, octavo testigo, dijo que esta misma noche
sobredicha que vieron esta claridad esta declarante con
las dichas cuatro personas, ella en particular por tres veces
o pausas oyó una tan grande música a modo de chirimías,
a que lo compara como cuando se hace fiesta a algunos casados;
no obstante que preguntando ella muchas veces a los que con
ella estaban si oían la tal música le respondían que no,
de lo cual ella se maravillaba. Porque dice que aunque
ella estuviera allí una semana entera sin comer ni beber
estuviera contentísima y satisfecha.
{Al margen izquierdo: Testigo décimo Pablo Dumaan que vio volverse la candela lo de arriba abajo, y quedar muerta totalmente; y es citado por el octavo testigo.
}
Pareciendo presente ante los dichos padres jueces el dicho Pablo
Dumaan, arriba citado por el sobredicho octavo testigo llamado
doña María Lavinysa, y siéndole recibido juramento mediante el dicho
intérprete dijo que, yendo con la dicha principala y con
las personas allí citadas estando con ellas todas en oración
vio que de repente la candela que allí tenían puesta y muy fija
se volvió lo de abajo arriba, matándose sin quedar señal, y sin
que hubiese persona que a ella tocase; con lo cual se partió luego al
monte este declarante a buscar dónde encenderla, en que al pare-
cer se tardó más de tres horas; y no sabe otra cosa alguna. Y esto es la
verdad para el juramento que tiene hecho.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas.
Bernardo de Landecho.
[R... pa...]
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo. María Banayag. Testigo undécimo citado por el testigo 3º en razón de haber visto grandísima claridad, y acabada vio como un brazo que levantó una hacha alumbrándolos.}
En este pueblo de Tal, en ocho días del dicho mes
de octubre de mil seiscientos diecinueve años, los dichos
padres, priores y jueces en esta causa hicieron pare-
cer ante sí a una india que mediante el dicho intérprete
dijo llamarse María Banayag, natural de este dicho pueblo
de Tal, de la cual fue recibido juramento
por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz, según forma
de derecho so cargo del cual prometióles de decir verdad
en todo.

{[308] 393}
en todo lo que supiere y fuere preguntada. Y siéndo pre-
guntada si es verdad que fue en compañía de doña Catalina
Guinatoan y de doña Luisa Tarolan con otras algunas personas,
por el principio del mes de julio pasado a visitar y rezar
en el dicho lugar y sitio de Quisasay, donde se dice haber apa-
recido la Virgen gloriosa, y haberse visto muchas veces mucho
resplandor y claridad extraordinaria dijo
que, es verdad que iba con las dichas doña Catalina Guinatoan y doña
Luisa Tarolan y con otras cuatro o cinco personas a visitar
y rezar en el dicho lugar; y que yendo viendo una gran claridad
y luz en el dicho lugar, para mejor gozar de la tal luz ma-
taron una de dos candelas que llevaban, y la otra escondieron
en el zacate. Y como perseverase por un gran rato la dicha
luz, dice esta declarante que luego que cesó la dicha claridad,
vio en el aire a modo de candela grande encendida en-
cima del dicho sitio, como que alumbraba a los que allí
llegaban. Y que esto es la verdad debajo del juramento
que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó. Y lo firmaron de sus
nombres los dichos juez e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Al margen izquierdo: Nótese aquí está entre los milagros un testigo llamado doña María Sadyatanan que da testimonio de una maravillosísima aparición, y así es en razón de esto duodécimo testigo.
{Al margen izquierdo: Testigo doña Madalena Dayantomo que afirma muchas y diversas cosas.}
En este pueblo de Tal, en once días de mes de octubre de mil seisci-
entos diecinueve años, los dichos padres, priores, jueces en esta causa
hicieron parecer ante sí a una india mujer de don Pablo
Carayg, sargento mayor de esta jurisdicción de Tal, y dijo mediante el dicho
intérprete llamarse doña Madalena Dayantomo, natural de este pueblo y vecina del
pueblo de Calanga, y de la cual fue tomado y recibido juramento por Dios
Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según de derecho, so cargo del cual prometió de
decir verdad. Y siendo preguntada al tenor de la comisión de Su Señoría Reverendísima
dijo cuanto a lo que toca haber visto a la Virgen glorio-
sa que un jueves a mediodía estando gran cantidad de gente haciendo

{[310] 399} 13
escalera, y como hubiese cierta persona que luego aferrase la
escalera poniéndose a los pies de esta declarante como que
quería subir o comenzaba ya a subir, dice esta declarante
que vio de repente una boca a modo de boca de caimán
que iba a salir de esta dicha cuevecita. Con lo cual como esta decla-
rante se turbase y temiese grandísimamente, aunque no
tanto que la estorbase el volver a hacer oración a la Virgen,
fuese perdonada si había en algo ofendídola. Estando en esta
turbación y oración, dice esta declarante que dio una voz
muy grande a aquella persona que iba a subir, que le parece cayó
de ella en el suelo, y se apartó de allí, con lo cual vuelve esta
declarante a afirmar que volvió a ver el sobredicho velo res-
plandeciente con la misma claridad que antes, sin ver más aquella
espantable boca como de caimán e infierno. Y así se bajó de
la escalera y la hizo quitar, mandando que nadie osase volverla
más a poner.
Fray Gabriel de Rojas, juez acompañado que [es ] en esta
en esta causa por orden y mandato de nuestro padre fray Alonso Barona,
y juntamente notario nombrado que he sido como en este
proceso parecerá por falta y ausencia de Pedro Pérez, pri-
mer notario que nombró para esta causa el padre fray Juan
Bautista de Montoya por orden y comisión que tuvo del señor
obispo fray Pedro Arce, gobernador en este arzobispado,
aceptada con licencia del dicho maestro padre principal, doy testimonio
y afirmo que habiendo dicho y referido doña Magdalena
Dayantomo, natural del pueblo de Calangay todo lo
sobrescrito ante el dicho padre prior fray Juan Bautista de
Montoya, y ante el padre prior de Tanavan, y mí que somos
jueces acompañados en esta causa; lo cual pasó ante
el dicho notario Pedro Pérez y la dicha doña Magdalena refirió
todo lo sobrescrito mediante Bernardo de Landecho,
intérprete nombrado en esta causa en virtud de la dicha
comisión. Y doy testimonio que no se concluyó ni firmó
este dicho por ocupaciones legítimas que entonces hubo
mediante las cuales la dicha doña Magdalena no pudo
acabar de decir todo lo que tenía que decir, en [razón]
de lo cual hoy, tres del mes de febrero de mil

[311] 356 14
lo refirió a sus compañeros, ser merced que Dios
le hacía en razón de haberse encomendado al glorioso
San Nicolás de Tolentino, como tiene referido. Asimismo
dijo esta declarante debajo del dicho juramento que estando
con esta declarante Ana compañeras, habiendo a prima
noche bebido todas cinco personas de una banga que te-
nían llena de esta santa agua, de suerte que en la banga
no quedó aún la mitad entera sino menos, queriendo
por la mañana volver a beber del agua que había que-
dado, siendo como está dicho no había dejado menos de
la mitad, la hallaron totalmente llena sin haber nadie
que hubiese ido por ella. Y dice más que habiendo lle-
vado otra banga de agua a su casa, estando una esclava
suya mala que vomitaba sangre, la cual esclava dijo lla-
marse Ana Caloay, le aconsejó bebiese de esta agua que se
había multiplicado. Y como la bebiese quedó buena, no
vomitando la sangre que antes vomitaba. Y que esto
es lo que sabe para el juramento que hecho tiene, y lo fir-
mó de su nombre a su usanza ante los dichos jueces e in-
térprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano.
Bernardo de Landecho. [Firma en tagalog baybayin] de[ Magdalena Dayantomo]
Ante mí,
Fray Gabriel de Rojas,
notario nombrado.

Y que esto es la verdad para el juramento que
tiene hecho en que se afirmó y ratificó. Y no firmó
por no saber, y dijo ser de edad de veinte años
poco más o menos.
Y luego asimismo el dicho padre prior hizo parecer
ante sí a una india citada también por la dicha doña
Clara Datinguino, que mediante el dicho intérprete di-
jo llamarse doña María Cavitangan de la cual se tomó
{al margen izquierdo: doña María Cavitangan, es citada y contesta con la citante y es también Balayan}
el mismo juramento en forma, so cargo del cual dijo
lo siguiente: que el sábado mismo que ha referido do-
ña Clara Datinguino vio ella también a la Virgen
gloriosa Nuestra Señora, de altor poco más de un palmo,
que le parece estaba vestida de blanco y colorado
y manto azul encima, y tenía en sus brazos a su pre-
cioso hijo, que tenían en sus cabezas madre e hijo como
resplandecientes coronas, teniendo el precioso hijo
en una mano una como bolita redonda; y que oyó
una suave música que le parece era dentro de la cue-
vecita ya dicha. Y añade más esta dicha declarante que
andando cavando tierra cerca de este dicho lugar para poner
bien la delantera de este dicho sitio, que estaba muy hú-
meda cuando la Virgen gloriosa apareció los pedazos
de raíces y árboles que junto a esta tierra estaban
resplandecían con claridad, tanto que parecían
lucernas. Y llevándolas a casa o rancho donde se
recogían estuvieron con este resplandor hasta la
mañana, y esto es lo que sabe para el juramento que tiene
hecho en que se afirmó y ratificó. Y no firmó; pareció
por su aspecto de veinticinco años poco más o me-
nos. Y la dicha doña Clara no firmó; firmólo el
dicho padre prior y dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

[314] 359 17
Y dice más este dicho testigo que andando esta niña sola
rezando por estos lugares dichos, desde el último lugar
que está apartado en este montecito la acompañó la
Virgen gloriosa hasta cierta palma que está cerca del
rancho de este testigo, donde le dijo se fuese donde estaba
su padre, porque por tal le tiene la niña; y que cuando
fuese grande ella le ayudaría para que fuese buena. Y
cuenta más este dicho testigo le ha referido la niña que siendo
un día antes de cuando tenía este testigo determinado de
partirse para Cavite, le dijo la Virgen a esta niña
que le dijese a su padre no se partiese por lo menos en
aquellos tres días, que no tendría buen viaje; que después cuando
se fuese lo tendría bueno. Y dice más, que siendo esta niña
tan medrosa y habiéndolo sido siempre, siendo ya cerca de la
oración jamás se apartaba un paso de donde estaba su padre,
pero que desde que la primera vez vio a la Virgen, que fue
el segundo día que llegó aquí, cada día con ser estos lugares
fragosos y como bosques y peñascos y espesuras de arboledas,
no ha reparado jamás en andarse por estos lugares sola
por más de noche que sea. Y así cuenta este testigo ha visto
por cinco veces esta niña a la Virgen gloriosa en distin-
tos días.
Y luego incontinente pareciendo ante los dichos padres fray
Juan Bautista de Montoya y fray Gabriel de Rojas,
Felipa de San Miguel, mujer del sobredicho Joan de
Caraballo, habitante en la dicha punta de Cavite, y habi-
éndosele recibido juramento por Dios Nuestro Señor, sobre la
señal de la cruz que hizo con su mano derecha, debajo
del dicho juramento afirmó haber visto todo lo
mismo que el dicho Joan de Caraballo su marido ha visto, y
ni más ni menos. Afirmó haber visto a la dicha niña a quien
tienen prohijada ella y su marido, todo lo mismo que
ha dicho el dicho Joan de Caraballo su marido. Demás de lo cual

en presencia de los dichos padres y de mí, el notario
infrascrito y del testigo infrascrito hablan-
do la niña como ella puede conforme a su edad,
ha dicho y contado casi todo lo mismo. Y esto es la ver-
dad y lo que pasa so cargo del juramento que tiene
hecho, en que se afirmó y ratificó; y dijo ser de edad
de cincuenta y tres años poco más o menos. Y
lo firmó de su nombre junto con los dichos padres
y testigo.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Alonso de Guadiana.
[[difícil de leerse] Joan de Caraballo.]
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Testigo: }
En el dicho sitio de Quisasay, en el dicho día, mes y año dichos, pare-
ciendo ante los dichos padres fray Juan Bautista de Montoya y fray
Gabriel de Rojas, Manuel, esclavo de dicho Joan Caraballo, en len-
gua portuguesa, habiéndole recibido juramento por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz, de que dirá toda verdad, dijo:
Haber visto a la Virgen gloriosa Nuestra Señora cuando y de la misma
manera que los dichos sus amos Joan de Caraballo y Felipa de San
Miguel han referido. Y esto era la verdad, y dijo ser de
veintidós años, poco más o menos.
Y luego incontinente, pareciendo Joan, esclavo de los dichos Joan
de Caraballo, recibiéndosele juramento por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz de que dirá toda verdad, dijo haber visto
de la misma manera que sus amos a la Virgen gloriosa, aunque
refiere no pudo ver el rostro con distinción. Pareció de e-
dad de dieciséis a dieciocho años.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
Alonso de Guadiana. Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{360 [315]} 18
En el sitio y puesto de Quisasay, en veintidós
días del mes de noviembre de mil seiscientos diecinue-
ve años, fray Juan Bautista de Montoya, juez de comisión
en esta causa, por cuanto para la prosecución de esta
causa es necesario haya intérprete nombrado por ausencia de
Bernardo de Landecho, que lo era en virtud de la co-
misión del señor obispo reverendísimo de Zubú don fray Pedro de
Arce, que al presente es gobernador de este arzobispado que está en
la cabeza de este proceso, nombró por intérprete para esta
dicha prosecución al sargento Alonso de Guadiana, el cual
estando presente dijo aceptaba y aceptó el dicho oficio,
y juró por Dios Nuestro Señor y por la señal de la cruz que
hizo con su mano derecha, de ejercer y usar el dicho oficio
de intérprete bien y fielmente, cuanto Dios le diere a entender.
Y lo firmó de su nombre junto con el dicho padre y juez.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Alonso de Guadiana. Ante mí,
Pedro Pérez
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo.}
En el dicho sitio y puesto de Quisasay, en veintidós
días del mes de noviembre de mil seiscientos diecinueve años,
los dichos padres y jueces de esta causa fray Juan Bautista de Mon-
toya, y fray Gabriel de Rojas, recibieron juramento
por Dios Nuestro Señor del padre fray Alonso Colón, y pidi-
éndole que debajo del dicho juramento diga si ha visto al-
guna cosa notable o alguna merced que Nuestro Señor le haya hecho,

dijo que estando en oración en este lugar
de Quisasay donde se dice comúnmente haber aparecido la Vir-
gen gloriosa Nuestra Señora siendo ya a puesta de sol, y estando el
dicho lugar con cubierta y techado de suerte que no podía por
allí entrar sol alguno, vio de repente junto al mismo te-
cho que es encima de la misma cuevecita donde se dice
haber aparecido la Virgen gloriosa, una luz muy grande y clara,
tanto y más que el mismo sol, que bajó del mismo techo a manera
de relámpago, y fue tal y tan de repente que quedando to-
talmente deslumbrado quedó tan marchito y admirado
como si no supiera de sí. Otras muchas estando en ora-
ción dice ha sentido vaharadas de olores diversos, muy
grandes, que no se determina en qué puedan ser. Y lo
firmó junto con los dichos padres, jueces.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Fray Alonso Colón.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo.}
En el dicho sitio y puesto de Quisasay, en el dicho día,
mes y año dichos, los dichos padres, jueces en esta causa para
la dicha información hicieron parecer ante sí a una in-
dia que mediante Alonso de Guadiana, intérprete, dijo llamar-
se Catalina Lictas, natural del pueblo de Agunoy, de la cual
se tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor
sobre la señal de la cruz so cargo del cual prometió
de decir verdad, y siendo preguntada en razón de
haber venido desde el pueblo de Agunoy movida con
gran devoción a estar aquí como ha estado cantidad de días,
que se debe advertir es una india conocidísima de todos
{Los}

{[317] 362} 20
Y añade más esta declarante que el miércoles antes de
esto, cuando vio a la Virgen con los dos ángeles a los lados,
estando con mucha devoción poniendo por intercesor al glo-
rioso San Nicolás de Tolentino, a quien tiene por abogado
para que la Virgen gloriosa perseverase en favorecerla,
luego al punto vio al glorioso San Nicolás de Tolentino
hincado de rodillas ante la Virgen, vestido con su hábito ne-
gro, con muchas estrellas. Y así dice que aquél día, por todo
el día, los que se llegaban pareciéndoles estaba tapada la cue-
vecita con una toca, cuando llegaban luego al punto se les
aparecía con grandísima claridad como antes, como cuando se corre
algún velo de algún retablo. Y cuanto a la cuarta vez, que
es cuando la vio junto con el portugués llamado Joan de Caravallo,
que era medianoche, dice que para verla con más claridad
tenían puesta una candela hincada en un tequín para
poder ver a la Virgen gloriosa con más distinción, por
cuanto aquél lugar está algo alto; y así dice que duró el
ver a la virgen gloriosa según ha dicho hasta que esta dicha
candela que estaba en el tequín se cayó; que duraría tanto
como se suele tardar en cocer una olla de morisqueta
y comérsela. Dice más esta declarante que en otros
dos días distintos, estando en oración en este santo lugar,
ha oído una música de diferentes instrumentos que ella com-
para a chirimías, órgano y guitarra. A lo cual estaba con
grande alegría rezando el rosario entero y todo aquél
rato oía la música. Y añade más, que siempre que ha llegado a
rezar ha olido olores de gran fragancia. Y esta es la
verdad para el juramento hecho, y dijo ser de edad de
cuarenta y seis años poco más o menos. Y lo firmó de su nombre,
junto con los dichos padres, jueces e intérprete dicho.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
[En tagalog baybayin][ Catalina Lictas?]
Alonso de Guadiana.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{[318] 22}
ver con distinción. Fuera de esto dice esta declarante
haber oído a modo de campana pequeña y música de gui-
tarra. Dice más haber visto a la Virgen
gloriosa a modo de imagen que está debajo de algún v
elo, y que estaba sentada en una silla y tenía en su
regazo en pie a su precioso hijo. Otra vez dice
que la vio en pie, que tenía puestas las manos
como que estaba adorando a su precioso hijo, que le parece
le tenía al lado. Y que esta es la verdad para el
juramento que hecho tiene, en que se afirmó y ratificó.
Y dijo ser de edad de cuarenta y seis años poco
más o menos. Y lo firmó junto con los dichos padres,
jueces e intérprete dicho.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
[Firma en tagalog baybayin] [María Sadyona?]
Alonso de Guadiana.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo: Testigo].}
En el dicho sitio de Quisasay, en dicho día, mes y año
dichos pareció ante los dichos padres una india
que, mediante el dicho intérprete dijo lla-
marse Ana Galiyn, natural del pueblo de Agunoy,
y habiéndosele recibido juramento, dijo
que un día estando en oración, siendo hora de
vísperas, vio con toda claridad y certeza a la Virgen
gloriosa que tenía a su precioso hijo en los
brazos, madre e hijo con corona. Y que en particular
distinguió con mucha certidumbre tenía en su pe-
cho una muy luciente estrella, y todo con

mucha claridad y distinción. Y esto es la verdad
para el juramento hecho, y dijo ser de edad de veinti-
cinco a treinta años. Y no firmó por no saber.
Firmáronlo los dichos padres y jueces y dicho intér-
prete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Alonso de Guadiana. Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo.}
En el dicho día, mes y año dichos, ante los dichos
padres, jueces en esta causa pareció una india que me-
diante el dicho intérprete dijo llamarse María Sa-
nua, natural del pueblo de Agunoy, y habiéndosele recibido
juramento según forma de derecho, dijo que
en algunas veces distintas, como tres o cuatro veces, vio
claridad grande y estrellas en este dicho lugar. Cuenta
otras cosas particulares de que mucho se movió a devo-
ción, empero la más notable es haber un día visto
a la Virgen gloriosa, que aunque se echaba de ver
tener al niño precioso en los brazos, ella no se veía
más que de lado. Pero dice esta declarante
que como con mucha devoción llorasen allí mucho su-
plicando a la Virgen gloriosa se les mostrase con cla-
ridad, ella se volvió derecha de rostro, de modo
que con mucha distinción la vieron a ella y a su niño
bendito. Dice que fue tanto el alboroto que su corazón
recibió que no pudo distinguir si tuviese corona o no,
ni qué vestidos tenía, más que sólo los grandísimos res-
plandores la deslumbraron. Y esto es lo que sabe
para el

{364 [319]}
para el juramento que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de treinta años, poco más o menos. Y lo firmó a su usanza junto con los dichos padres e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
[Firma en tagalog baybayin] [María Saua]. Alonso de Guardiana.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
Fray Juan Bautista de Montoya, en este puesto y sitio de Quisasay,
por cuanto para la prosecución de esta causa es necesario haya notario,
por ausencia del que hasta aquí ha usado el dicho oficio de notaría,
en virtud de la comisión del señor reverendísimo obispo Sugbú y
gobernador de este arzobispado, la cual está en la cabeza de este
proceso, nombro por notario al padre predicador fray Gabriel de Rojas,
el cual estando presente aceptó el dicho oficio, jurando como
juró in verbo sacerdotis usarle fielmente. Que es hecha en veinti-
trés del mes de noviembre de 1619.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
En veintitrés de noviembre de mil seiscientos diecinueve
años, pareciendo presente doña María Semgcali, natural del
pueblo de Agonoy, habiéndosele recibido juramento en forma
cuanto a esta causa, dijo que el martes, segundo día
que llegó aquí desde Agonoy por la gran devoción que oyó
decir tienen todos con este santo lugar, este día a hora de vís-
peras en esta cuevecita, adonde se dice haber aparecido la Virgen
gloriosa muchas veces, vio a su parecer distintamente a la Virgen
gloriosa que tendría de alto poco más de un palmo, con gran

resplandor y claridad; y como se llegase más cerca,
por cuanto estaba algo apartada dice que con otras per-
sonas vio con mucha distinción tenía la Virgen gloriosa
en su brazo izquierdo a su precioso hijo; y dice que distinguió
que madre e hijo tenían coronas muy resplandecientes.
Dice le parece estaba la Virgen gloriosa vestida de una
tela entre verde y colorado, de esta suerte dice que estuvo
un rato, pero que después toda la noche y el miércoles siguiente,
aunque se veía era como debajo de velo, a modo de nieblecita.
Otro día dice que estando en oración en este propio
lugar después de misa, vio a la Virgen gloriosa de la
manera que arriba tiene dicho, pero no con tanta distin-
ción. Y que estaba como sentada en una silla, y tenía
a su lado al glorioso San Nicolás de Tolentino, que puestas
las manos la estaba reverenciando, y que le pareció ser
San Nicolás porque estaba con su hábito negro y estrellas
en él. Y dice que esta vez levantó con su brazo al propio niño
a modo de que le enseñaba a las gentes. Otra vez dice
que estando allí el portugués llamado Joan Caravallo,
que desde Cavite vino con toda su casa a esta devoción,
juntamente con él vio con toda claridad a la Virgen
gloriosa con su precioso hijo en los brazos, pero que de repente
desapareció, y quedó allí como una nieblecita. Y esto es
lo que sabe debajo del juramento que tiene hecho, y pa-
rece de edad de cincuenta años, poco más o menos; y lo
firmó.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en tagalog baybayin] [María Semgcali?] Alonso de Guadiana, intérprete nombrado.
Ante mí
fray Gabriel de Rojas,
notario nombrado.
Todo lo arriba dicho dijo mediante
el sargento Alonso de Guadiana, intérprete.

{269 [320]}
En el dicho mes, día y año, en el pueblo de Quisasay, pa-
reciendo presente doña María Movya, natural de-
el pueblo de Agonoy, que vino a tener novenas de estos
lugares de Quisasay por la mucha voz que corre de
haberse aparecido la Virgen gloriosa, dijo mediante el
sargento Alonso de Guadiana, intérprete nombrado para
la prosecución de esta causa por ausencia de Bernardo Lan-
decho, que fue el primer intérprete nombrado. Y habiéndo-
sele recibido juramento en forma que el tercer día que
aquí llegó a hora de vísperas, después de haber lavádose por
devoción con el que aquí nace nuevamente vista,
estando en oración vio a la Virgen gloriosa que apareció
en la cuevecita ya muchas veces dicha, que tenía en sus brazos
a su precioso hijo estando entrambos con coronas, vestida
la Virgen, a su parecer, de tres colores que eran verde, colo-
rado y azul. Y que vio con toda distinción que la Virgen
estando con su precioso hijo en brazos se apareció primero
de lado y luego se volvió a la gente, y casi como se inclinó
alargando el niño en las manos, como que decía: “Véisme [aquí ]
a hijo y madre.” Dice más que en lo bajo vio figuras peque-
ñas que aunque no distinguió bien qué fuese, dice que juzgó
realmente ser personas que se meneaban, que se pudieron juzgar
por ángeles. Dice también que cuando vio esto con
grandísima claridad, vio tres estrellas como encima de la
cabeza de la Virgen. Dice también haber visto otras
cosas maravillosas que le alborotaban totalmente el corazón,
pero no con tanta distinción como las que ha dicho. Y que esto
es lo que sabe para el juramento que tiene hecho, y pareció
de edad de cuarenta y cuatro años poco más o menos,
y lo firmó.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en tagalog baybayin] [María Movya?. ]Alonso de Guadiana, intérprete nombrado.
Ante mí,
fray Gabriel de Rojas,
notario nombrado.

En el dicho mes, día y año en el pueblo de Quisasay, pareciendo
presente don Agustín Lontog, gobernador del pueblo de Agonoy,
que con la voz y fama que ha habido de la aparición de la
Virgen gloriosa vino a ésta de Borion. Mediante el sargento Alonso
Guadiana, intérprete, habiéndosele tomado juramento en
forma dijo que, un miércoles después de haber llegado
a este santo lugar con mucha devoción y deseo de ver a la Virgen
gloriosa, siendo ya de noche, oscuro, vio una estrella en este
santo lugar de que mucho se maravilló, y llamando a otro princi-
pal para que mirase y certificase de la dicha estrella,
por ver si acaso él se engañaba en la vista habiéndose certi-
ficado entrambos de que era estrella; y llegando en parti-
cular con una candela a mirarla, no sólo se oscureció, antes
resplandeció la estrella mucho más; con lo cual quedó con tanta
devoción que aunque le llamaron a cenar otros principales
puso disimulada excusa, todo por quedarse con esta devoción
en este santo lugar, como se quedó por toda la noche. Y otro día
siguiente en el cual antes de comer estando con muy gran de-
voción vio a la Virgen gloriosa con toda distinción, que
por dos y tres veces volviéndose a un lado y a otro, levantaba
con las manos a su precioso hijo. De suerte que igualaba la cabeza
del niño con la de la madre, teniendo entrambos coronas en las
cabezas; y este levantar el niño volviendo la mitad del
cuerpo a un lado y otro se podía entender era casi como decir:
“Veis aquí a mi precioso hijo”- El altor dice sería como poco más
de un palmo. Los vestidos de la Virgen dice que unas veces
le parecían verde y otras azul, y de diferentes colores, que no
se afirma qué color sea. Dice que duraría esta visión
como cerca de media hora, y que al oscurecerse fue poco a poco,
como cuando se corre un velo. Otras cosas dice muy maravi-
llosas pero ésta es la que vio con mayor distinción. Y esto es
lo que vio para el juramento que tiene hecho. Pareció de edad de
veinticinco poco más o menos. Y lo firmó.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Agustín Lontog. Alonso de Guadiana. Ante mí, fray Gabriel de Rojas,
notario nombrado.

{[Al margen izquierdo.] Testigo: Ana Bontoan, citada por el testigo sobredicho contesta totalmente con ella.}
Ítem, en doce días de este dicho mes de octubre del dicho año, pareció mismo
así presente ante los dichos padres Ana Bontoan, esclava de Dª. María Lavinysa
estando en oración vio de repente el licor sobredicho con que sa-
nó, como más largamente se refiere en el dicho testimonio primero que
esta dicha Dª. María Lavinisa da cuanto a maravillas y milagros; y habién-
fdosele recibido juramento en forma mediante el dicho intérprete
dijo que, es verdad que estando en oración junto con su ama
Dª. María Lavinysa, con la grandísima claridad extraordinaria que
allí había, siendo antes de noche muy oscuro vieron de repente en el
plato que allí estaba para si alguno diese limosna, un poquito de licor
que ella compara a color de quilán, el cual olía que trascendía; con el
cual como se ungiese la dicha su ama dice esta declarante que
luego quedó sudando, y con esto la dureza grande que en el vientre tenía
la dicha su ama había muchos años. Luego quedó blando el vientre
como si no hubiera tenido tal dureza; y adviértase más que añade
esta declarante que cuando este licor se vio de repente, era tan grande la
claridad con ser de noche y no haber candela que se podía leer cualquiera escritura.
Y que esta es la verdad debajo del juramento que tiene hecho, en que
se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de cuarenta años poco
más o menos. Y no firmó por no saber. Firmáronlo los dichos padres,
jueces y dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Don Pedro Dimagongon.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: Don Cristóbal Managit afirma haber sanado de una antigua tullidez.}
En el pueblo de Tal, en nueve días del mes de octubre
de mil seiscientos diecinueve años, ante los dichos padres, priores,
jueces de esta causa pareció un indio que mediante el dicho intér-
prete dijo llamarse don Cristóbal Managuit, y ser natural de
el pueblo de Molavin, doctrina de Tal, del cual tomado fue tomado y re-
cibido juramento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz se-
gún forma de derecho, y prometió de decir verdad. Y siéndo-
le preguntado si ha usado Dios Nuestro Señor con él alguna maravilla
haciéndole merced por intercesión de la Virgen de darle sa-
lud en ocasión de alguna enfermedad que haya tenido
{dijo}

{[323] 368}
dijo que, habrá como cuatro meses que habiendo tenido
noticia de las mercedes que Dios Nuestro Señor hacía a algunas per-
sonas por intercesión de la gloriosa Virgen Nuestra Señora, habiendo ido
a visitar los lugares dichos, lavándose con esta agua nuevamente
vista en el dicho sitio de Quisasay o prometiendo de ir
allá prometió él estando muy enfermo, y tanto que había seis
años poco más o menos que por ninguna manera podía andar
ni tenerse sino sólo andar algo a gatas, no obstante que en el
discurso de este tiempo había gastado en muchas y diversas cu-
ras y bebedizos diversos el valor de dos esclavos que para
este efecto había vendido. Dice pues que estando así, habién-
dolo primero prometido, fue a visitar los sobredichos
lugares de Quisasay a donde le llevaron para este efecto cargado
hasta embarcarle. Y llegando a este sitio le desembar-
caron también y le llevaron a poner en el lugar donde
se dice haber aparecido la Virgen gloriosa, porque de otra
suerte él no podía tenerse ni andar. Y hecha allí oración le
llevaron también cargado al sitio y lugar donde nace esta
sobredicha agua nuevamente vista, a donde le bañaron
tres veces con esta agua, y luego después de bañado dice
y afirma este declarante debajo del dicho juramento
que se comenzó a tener y andar como siempre ha andado, sin bor-
dón ni ayuda de nadie. En razón de lo cual quedándose
allí por nueve días, estando en esta novena como de noche
no pudiese dormir, bebiendo un jarro de esta dicha agua
nuevamente vista luego dormía y descansaba. Y así ha
quedado desde entonces hasta ahora sano, aunque flaco,
pero que se tiene y anda por cualquiera parte y sube cuales-
quiera escaleras, sin ayuda de bordón ni persona alguna.
Y esto es la verdad para el juramento que tiene hecho en que se
afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de treinta años po-
co más o menos. Y lo firmó de su nombre junto con los dichos jueces
e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. D. Cristóbal Managuit. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{369 [324]} 27
dando muchas gracias a Dios y a Nuestra Señora por tan
gran merced. Y que esto es lo que sabe para el juramento
que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó y dijo ser
de edad de cuarenta años, poco más o menos. Y no firmó
por no saber. Firmáronlo los dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: Alvaro Bani, principal del pueblo de Molavín, con esta agua maravillosa sanó de una hinchazón o postema de una ingle.}
En el dicho día diez de octubre de mil seiscientos
diecinueve años, en el dicho pueblo de Tal, los dichos padres,
priores y jueces hicieron parecer ante sí a otro indio que mediante
el dicho intérprete dijo llamarse Dº. Álvaro Bani, natural del
pueblo de Molavin, del cual se tomó y recibió juramento por
Dios Nuestro Señor, sobre la señal de la cruz según forma de derecho,
so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siendo preguntado
si ha usado Dios Nuestro Señor con él alguna maravilla dándole salud
mediante la Virgen gloriosa, de alguna enfermedad
que haya tenido dijo que, habiendo estado algunos
días, tiempo de más de tres semanas muy malo de una hincha-
zón en la ingle izquierda a modo de postema sin po-
derse valer de dolor, tanto que admitía cuales-
quiera medicinas que le decían sin haber hallado con ellas ali-
vio alguno, quitando todas las medicinas y emplastos.
Se lavó con esta dicha agua, con que comenzando a recibir mu-
cho alivio y descanso, prosiguiendo a lavarse con esta dicha agua
al tercero o cuarto día se sintió del todo sano. Y que esta es
la verdad para el juramento que tiene hecho,

en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de cin-
cuenta años, poco más o menos. Y no firmó por no saber.
Firmáronlo los jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: D. Joan Cabinti se le multiplicó un poquito de agua que tenía de esta maravillosa en un tibor, y vio extraordinaria claridad.}
En el dicho pueblo de Tal, en el dicho día diez de octubre
de mil seiscientos diecinueve años, los dichos padres, priores, jue-
ces de esta causa hicieron parecer ante sí a un indio que mediante
el dicho intérprete dijo llamarse don Joan Cavinti, natural de
el pueblo de Vis, doctrina de este dicho pueblo, del cual fue toma-
do y recibido juramento por Dios Nuestro Señor, sobre la señal de la
cruz según forma de derecho, so cargo del cual prometió de decir
verdad. Y siendo preguntado al tenor, digo, si sabe al-
guna cosa acerca de haber aparecido la Virgen gloriosa
o de algún milagro que haya Nuestro Señor obrado por su inter-
cesión dijo que, como cinco días después de lo
que decían grandísima cantidad de gente que había visto a
Nuestra Señora, estando haciendo la iglesia encima de la propia
concavidad de la peña donde los primeros testigos dicen
la vieron encima de aquello, vio este declarante una
particular claridad, en una como cuevecita que está allí,
de que mucho se movió a devoción y se maravilló. Y que yén-
dose a su casa llevó de esta dicha agua nuevamente vista un
tibor negro lleno de los que, en los que los sangleyes suelen traer vino de
mandarín; la cual agua como con ella se lavasen el rostro
{cada}

{370 [325]} 28
cada día y las manos y se enjuagasen el cuerpo con ella des-
pués de haberse bañado con otra agua ordinaria así este de-
clarante como su mujer e hijos, todo por tiempo
de ocho días, pero siempre con mucha devoción; dice este
declarante que como él hubiese oído decir se multiplicaba esta
agua a otros que la tenían, él también con la misma de-
voción, habiendo quedado ya en el tibor como el tercio, llegando a ver
esta agua una mañana para lavarse como solía, teniéndola
tapada y muy guardada sin haber allí llegado nadie halló que
estaba el tibor dicho casi lleno, de que mucho se maravilló. Y
dando muchas gracias a Nuestro Señor le creció la devoción. Y que esto
es la verdad debajo del juramento que tiene hecho,
en que se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de se-
senta años, poco más o menos. Y lo firmó de su nombre junto
con los dichos padres, priores, jueces y dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Juan Cabinti. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: Catalina Sadayantanan da testimonio de una maravillosa aparición de la Virgen y de su precioso hijo}
En el dicho pueblo de Tal, en once días del mes de octubre de
mil seiscientos diecinueve años, los padres, priores, jueces en esta
causa hicieron parecer ante sí a una india que, mediante el dicho
intérprete dijo llamarse Dª. Catalina Sadyantanan, mujer del
maestre de campo de esta jurisdicción de Tal llamado D. Diego Dimagtimtim,
natural de este dicho pueblo de Tal, de la cual se tomó y recibió juramento
por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según forma de derecho,
y prometió debajo de él de decir verdad. Y siendo preguntada al tenor
de la comisión de Su Señoría Reverendísima dijo que, al tercero día
después de lo que dicen mucha cantidad de gente que estaba haciendo la
iglesia, cuando dicen que vieron a la Virgen gloriosa, al tercero

día, un sábado a la hora que se suele tocar a las ánimas, estando
en oración en este dicho lugar donde la primera vez se dice haber-
se aparecido la Virgen Nuestra Señora, en este mismo lugar encima de
esta misma piedra, en una concavidad que allí está a modo de cueva con
cavidad junto a una raíz de un árbol grande, vio a su pa-
recer distinta y claramente con muy gran claridad a la Vir-
gen gloriosa Nuestra Señora con su hijo precioso en los brazos, de ma-
nera que se podía distinguir la llaguita que en el costado tenía
a modo de sajadura, que brotaba ya gotas de sangre. Y dice que
esta gloriosa imagen le parece tendría de alto poco más de
un palmo; y que así la Virgen como su precioso hijo tenían coronas,
el uno y el otro, puestas en las cabezas. Y dice más que
juntamente con esto le parece oía una música muy suave,
oliendo también juntamente un muy suave olor. Todo lo cual
le parece duraría tanto como se suele tardar una misa cantada.
{[Al margen izquierdo]. Testigo: El mismo testigo sobredicho afirma haber con esta agua sanado de una enfermedad del pecho, siendo muy antigua}
Demás de lo dicho afirma esta declarante debajo del
juramento dicho que, habiendo más de nueve años que te-
nía cierta enfermedad en el pecho, a modo de un gran hipo
que la fatigaba, de modo que no la dejaba resollar. Dice
pues que usando por algún tiempo el bañarse con esta agua maravi-
llosa y beberla, vino totalmente a quitársele esta enfer-
medad. Y que esta es la verdad para el juramento que tiene hecho,
en que se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de treinta y
seis años. Y lo firmó de su nombre a su usanza, junto con los dichos
padres, priores, jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas.
[Firma en tagalog baybayin] [Catalina Sadyantanan?]. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{375 [326] 29}
En el pueblo de Casaysay, en el partido del convento de Taal, en tres
de febrero de [mil] seiscientos veinte años, nuestro padre fray Alonso Barona,
provincial, dijo que por cuanto ha visto una información que el padre
fray Juan Bautista de Montoya, prior de dicho convento ha hecho por
comisión y mandato del Reverendísimo señor obispo fray Pedro de Arce,
obispo del Santísimo Nombre de Jesús y gobernador de este arzo-
bispado de Manila, acerca de haberse aparecido aquí en
este sitio la sagrada Virgen María Nuestra Señora, y otros mi-
lagros y maravillas que en este lugar por su medio e inter-
cesión Nuestro Señor ha obrado con diferentes personas. La cual infor-
mación hizo con licencia que para ello tuvo del dicho maestro
padre provincial y en compañía de los padres fray Jerónimo de Medrano,
prior del convento de Tanavan, y del padre fray Gabriel de Rojas,
conventual de este dicho convento. Los cuales el dicho maestro padre provincial
mandó se hallasen presente al examinar los testigos para
mayor justificación. Y aunque le ha parecido y parece la
sobredicha información muy bastante, y es tan suficiente así
probado el haberse aparecido a diferentes personas la Serení-
sima Reina de los Ángeles Nuestra Señora la Virgen María. Con to-
do eso le pareció ser necesario que los testigos se vuelvan a testi-
ficar de nuevo en sus dichos y declaraciones ante el dicho maestro
padre provincial y el sobredicho padre fray Juan Bautista de Montoya. Por
tanto mandaba y mandó que todos los testigos que en la sobre-
dicha información han dicho, y si algunos hubiere de nuevo
que en ello no hayan dicho puedan decir de nuevo, parezcan
ante el dicho maestro padre provincial y sobredicho juez de comisión por
Su Señoría Reverendísima; y ante mí el presente secretario de provincia, y me-
diante el padre fray Fernando de Cabrera, prior del convento de San Pa-
blo de los Montes, a quien el dicho maestro padre provincial nombró por in-
térprete de las dichas testificaciones y demás testigos que de
nuevo dijeren, a quien el dicho maestro provincial dijo que mandaba y man-
dó en virtud de santa obediencia acepte el dicho oficio
de intérprete, bien fiel y legalmente. El cual dijo que
aceptaba y aceptó el dicho oficio, y juró in verbum sacerdotis,
poniendo la mano en el pecho de lo hacer bien, fiel y legal-
mente como le es mandado para que digan y declaren
debajo de juramento, de suerte que haga fe lo que supieren,
acerca de lo en la información contenido. Y por este auto
así lo pronunció, ordenó, mandó y firmó.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona.
Ante mí, fray Francisco de Castromonte,
secretario de provincia.

Fray Juan Bautista de Montoya, prior de este convento de
Taal y juez nombrado por el reverendo padre don fray Pedro de
Arce, obispo del Santísimo Nombre de Jesús, y gobernador de
este arzobispado de Manila, para la averiguación
de esta causa dijo que por cuanto Pedro Pérez, no-
tario nombrado para esta causa estaba ausen-
te y no se podía hallar a esta averiguación,
en conformidad de lo ordenado por nuestro padre provincial
en virtud de la comisión que tiene, hacía
el nombramiento de secretario e intérprete en los
dichos padres fray Fernando de Cabrera y fray Francisco
de Castromonte. Y lo firmó en cuatro de febrero
de [mil] seiscientos veinte años.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Ante mí, fray Fernando de Cabrera. Fray Francisco de Castromonte.
{[Al margen izquierdo] Recuerdo.}
Y en el sitio de Casaysay, en cuatro de febrero de [mil] seiscientos
y veinte años, nuestro padre provincial fray Alonso Barona, y el padre fray Juan
Bautista de Montoya, juez nombrado, mandaron pa-
recer ante sí a don Pablo Caraig, principal del pueblo
de Calangay, para la averiguación de esta causa
del cual se tomó juramento en forma de derecho, y él
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tado; y habiéndole dado a entender mediante el padre
fray Fernando de Cabrera, prior del convento de San Pablo,
intérprete nombrado lo para que es llamado dijo
que martes, habrá seis meses poco más o menos, le envío
el padre prior a hacer una iglesia en este lugar y sitio
de Casaysay, por razón de haberse él convidado
por la mucha devoción que tenía a la sacratísima
Virgen que había oído decir se aparecía en aquel
lugar, y que habiendo estado aquí martes y miér-
coles con mucha gente haciendo la iglesia, el jueves
siguiente encomendó muy en particular a dos in-
dias, la una esclava suya llamada Panavin,
y otra llamada Ybagsic, natural del pueblo de

-más personas que estaban allí, era una doña Cata-
lina Sanyantanan, y doña Úrsula Dimarbion, principala-
de Taal. Y que el niño tenía el vestido blanco, que
no hay cosa con que poder comparar la blancura que
le quitaba la vista. Y que la Virgen era de color mo-
rena tostada y el niño muy blanco. Y que esto es públi-
co haberse parecido a muchas personas de diferen-
tes lugares. Y es lo que sabe y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y en ello se afirmó
y ratificó. Y dijo ser de edad de cincuenta años
poco más o menos. Y lo firmó de su nombre y con
él los jueces e intérprete. Y añade más, que esta
cuevecita donde estaba la Virgen gloriosa cuando se a-
pareció no estaba hecha ni casa ni la había visto él, aunque lo
había mirado hasta el jueves cuando apareció, y que
por eso subió a mirar qué había en la cuevecita dicha.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. Don Pablo Caraig. Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
{[En la margen izquierda] Testigo}
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho, nuestro padre provincial y juez nombrado mandaron
parecer ante sí a doña Angelina Oralian, natural
del pueblo de Bavan, de la cual se tomó y recibió jura-
mento en forma de derecho, y ella lo hizo por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz, y prometió de decir verdad de
lo que supiere y fuere preguntada. Y habiéndo-
le dado a entender lo para que es llamada mediante
el padre fray Fernando Cabrera, intérprete nombrado
dijo que, lo que sabe es que habiendo oído decir
que en este sitio había aparecido la Sacratísima
Virgen María, y que había una fuente que tení-
a agua que con ella sanaban los enfermos; vino
a este sitio esta declarante un viernes por la ma-
ñana, llegó a este sitio y estuvo todo el día hasta

otra Dimatanco; y que era grandísima la fragancia
que había, y se oían como órganos y guitarras y chiri-
mías, que todos estaban espantados y que por ser tan
grande el gusto que recibían se fueron a ver si había
alguien que tañese en la sementera. Y esta es la ver-
dad y lo que sabe so cargo del juramento que hecho
tiene, en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad
de treinta años poco más o menos. Y no firmó porque
no supo. Firmáronlo los jueces de esta causa y el in-
térprete de ella.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, Fray Francisco de Castromonte,
notario.
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año arri-
ba dicho, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya,
juez nombrado mandaron parecer ante sí a don Agustín
Sumaroc y doña Juana Bitosin y doña Bárbara Mavayag,
principales del pueblo de Bonbong, de los cuales y cada uno
de por sí fue recibido juramento en forma, el cual hi-
cieron por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tieron de decir verdad de lo que supieren y fue-
ren preguntados. Y habiéndoles dado a en-
tender lo para que son llamados, mediante el
padre fray Fernando Cabrera, intérprete nombrado
dijeron que, el domingo pasado veintiséis de e-
nero de este presente año de [mil] seiscientos veinte,
estando sus dos hermanos en el sitio donde está
la fuente medicinal que hay en este sitio vieron
a la sacratísima Virgen entre las dos paredes del agua,
y luego enviaron a llamar al dicho don Agustín Sumaroc;
y que realmente vieron a la sacratísima Virgen
muy resplandeciente, de la misma manera que
dijeron otras personas la han visto. Y que tenía a su hijo
precioso, lo cual vieron todos tres, y un soldado
llamado Maoc llegó a tiempo que la vio tam-
bién, según él dice. Dice más doña Juana Bitosin,
que cuando la vieron los indios que hacían

{[329] 374 }32
las iglesias el día que la vieron todos, fue ella una de
las que la vieron; lo cual todo es verdad, so cargo del
juramento que hecho tienen en que se afirmaron y ra-
tificaron. Y lo firmó don Agustín Sumaroc a su usan-
za, y los demás no supieron firmar. Firmáronlo
los jueces e intérprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en Tagalog Baybayin] Don Agustín Sumaroc*
Los testigos son don Agustín Sumaroc, doña Juana Bitosin y doña Bárbara Mavayag, pero sólo firma uno, don Agustín Sumaroc
Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, Fray Francisco de
Castromonte
notario
En este mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año arri-
ba dicho, nuestro padre provincial fray Alonso Barona y el padre fray Juan Bautista
de Montoya, juez nombrado por haber tenido noticia que
había sucedido una cosa milagrosa en la bahía de Bonbong, man-
daron parecer a don Juan Sava, natural del pueblo de
Sala, del cual se tomó y recibió juramento en forma
de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz,
y prometió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tado. Y habiéndole dado a entender lo para qué es llamado,
mediante el padre fray Fernando de Cabrera, intérprete de esta
causa dijo que, viniendo desde el pueblo de Sala a novena y
a este sitio de Casasay donde dicen se ha visto la gloriosa
Virgen María cerca del pueblo de Pangclar, con un tiempo
se les hundió la banca en que venían él y su mujer y dos hijas
suyas, una de hasta catorce años poco más o menos, y otra de
hasta diez años, y un niño de poco más de un año, y dos
soldados del pueblo de Tal llamados el uno Lucas Casigir,
y el otro Juan Casangcab. Y el niño, afirma este declaran-
te, que habiéndose desasido de la madre con la fuerza
de las olas que eran muy grandes y altas que le pare-
cían como tejado de casa, anduvo sobre el agua sin
que nadie le viese por tiempo que, a su parecer, se podían
cocer dos ollas de morisqueta una tras otra; y al ca-
bo de este tiempo, habiéndole buscado le vio bueno y sano,
echado de pies y la cabeza de fuera sin haberse
mojado ni la cara, ni haber bebido gota de agua;
y habiéndole asido una vez con el frío y llevar una
hermana suya asido también, porque no se ahogase

se lo arrebató una ola y después le tornó a coger uno de los
soldados que iban con él y se lo dio a su hermana, que iba
encima de la banca que se había volcado. Que tampo-
co las dos hijas sabían nadar, y es de entender que es lo
más hondo y áspero de la laguna donde esto sucedió. Y dice
y declara este declarante que sólo tuvo lugar de pe-
dir socorro a la Virgen de Casaysay diciendo que
les valiese, pues sólo iban a su casa a novenas y a ver-
la. Y que así tiene por cierto que por su intercesión de la
Virgen no se hicieran todos pedazos, que ni unos ni o-
tros no escaparían si ella no les favoreciere, y Dios por
ella. Y esto es la verdad so cargo del juramento que
hecho tiene, en que se afirmó y ratificó y dijo ser de
edad de cuarenta años poco más o menos. Y no firmó
por no saber. Firmáronlo los jueces e intérpretes
de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. Fernando de Cabrera.
Ante mí, Fray Francisco de Castromonte
notario
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya,
juez nombrado, mandaron parecer ante sí a Magdalena
Matalo y María Marota, mujer e hija del testigo atrás di-
cho, de las cuales se tomó y recibió juramento en forma
de derecho a cada una de por sí, las cuales lo hicieron
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometieron de
decir verdad de lo que supieren y fueren preguntadas.
Y habiéndoles dado a entender lo para que son citadas
mediante el padre fray Fernando de Cabrera, intérprete
de esta causa, dijeron la una y la otra todo cuanto
el padre ha referido en el dicho de arriba. Y que tienen
por cierto que si la Virgen, a quien con mucha devo-
ción se encomendaron les favoreciese, ninguna de
ellas y de otra talaga que pareció presente, a quien
yo el presente notario doy fe que vi que por ser de poca
edad no se le tomó juramento, escaparan--la cual
dijo llamarse María Gracia. Y ésta es la verdad so
cargo del juramento que hecho tiene, en que
se afirmaron y ratificaron. Y porque no
sabían escribir no lo firmaron. Firmá-

{[330] 379} 33
ronlo los padres jueces de esta causa y el intérprete de ella.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera. Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año arri-
ba dicho nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya, juez nombrado, mandaron parecer ante sí a Lucas Casinga,
natural del pueblo de Taal, y Juan Casancap, natural de
el pueblo de Molavin, de los cuales se tomó y recibió jura-
mento en forma de derecho, y ellos lo hicieron por Dios Nuestro Señor y
la señal de la cruz, y prometieron de decir verdad de lo
que supieren. Y habiéndoles dado a entender lo para que
son citadas mediante el padre fray Fernando de Cabrera, in-
térprete de esta causa, dijeron todo lo que dijo en
su dicho don Juan Sava. Y que el uno de ellos llamado Juan
Casancap cogió al niño en el agua sin estar mojada
la cabeza ni la cara. Y el otro sacó debajo del agua
a una de las hijas. Y que tiene por cierto fue mila-
gro escapar, y que la Virgen les ayudó a quien
firmemente llamaban porque sin remedio
se ahogaban. Y ésta es la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, en que se afirmaron y ratificaron.
Y el uno firmó porque supo firmar a su usanza
y el otro no supo. Firmáronlo los jueces y el in-
térprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en tagalog baybayin] [Lucas Casinga ]
Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario
En este mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Mon-
toya, juez nombrado, mandaron parecer ante sí a
D. Francisco Tabagan [sic], Agustin Tibos y Juan Manicat, Agustín Alta,

Francisco Manayc, Domingo Dimacac, Juan Tacosan, todos
siete naturales del pueblo de Tal y sus visitas, de los cua-
les y de cada uno de ellos en particular se tomó y recibió
juramento en forma de derecho, y ellos lo hicieron por Dios
Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometieron de decir
verdad de lo que supieren y fueren preguntados.
Y habiéndoles dado a entender lo para que son
llamados mediante el padre fray Fernando de Ca-
brera, intérprete nombrado, dijeron que, es ver-
dad que estando en compañía del sargento mayor
D. Pablo Caraig haciendo una iglesia para que
oyeran misa los que venían a novenas, más de
sesenta personas vieron a la sacratísima Virgen
Nuestra Señora, en la parte y lugar que el sargento mayor
dice estaba y que todos ellos la vieron, y todos los
demás que con ellos estaban y que era cosa
de maravilla el resplandor que salía de la Virgen.
Y que tenía a su precioso hijo, señor nuestro, en los bra-
zos. Y que la Virgen estaba vestida de azul el man-
to. Lo cual todos afirmaron ser verdad y en ello
se afirmaron y ratificaron. Y los que supieron
firmarlo lo firmaron, y por los demás lo firma-
ron los jueces e intérprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera.
[Firma en tagalog baybayin] Don Francisco Tabala [Sabaran]. D. Agustín Tibos. [Domego Dimaha [Domingo Dimacac?] ] Agustín Alta.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
En el sitio de Casaysay, en cinco de febrero de [mil] seiscientos y vein-
te años, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Mon-
toya, juez nombrado mandaron parecer ante sí a
doña María Maiga, principala del pueblo de Lipa,
de la cual se tomó y recibió juramento en forma de
derecho; y ella lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz

{376[331] } 34
y prometió de decir verdad de lo que supiere y fuere pre-
guntada. Y habiéndole dado a entender lo para que
es citada y llamada mediante el padre fray Fernando Cabre-
ra, intérprete nombrado dijo que habrá cinco o seis me-
ses, poco más o menos, que viniendo a visitar este sitio, un
día por la tarde estando haciendo oración se apare-
ció la sacratísima Virgen María, estando mucha
gente junta entre los cuales se acuerda estaba Juana
natural de Barian, y Macali natural de San Sebastián,
y otros que no se acuerda; y que estaba [la Virgen] con un vestido
colorado, aunque abajo descubría un poco blanco;
y que estaba en el aire junto a la misma peña. Y que
el niño que tenía estaba vestido de colorado, aunque
le parece no tenía mangas.
Y que otra vez, el jueves pasado
que se contaron dieciocho de enero, la vio otra vez en
la peña abajo, aunque le parece tenía diferente ves-
tido; y que esta segunda vez la vio con ella Dimataroc,
india del pueblo de Molavin. Y esta es la verdad so cargo
del juramento que hecho tiene, en que se afirmó y rati-
ficó y dijo. Y pareció ser de edad de treinta y seis
años, poco más o menos. Y lo firmó a su usanza, y
con ella los jueces e intérprete de esta causa.
Y que la primera vez le vio las plantas de los pies, como
estaba en el aire y no tenía zapatos. Y que la segunda
vez estaba tan cerca de ella que casi la pudo tocar
con las manos; y que le dijo esta testigo:- “Madre de Dios:
Dime lo que eres.”- Y en lo uno y en lo otro se ratificó y lo firmó.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en tagalog baybayin] [Doña María Maiga]
Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
Este mismo día, mes y año arriba dicho en el mismo sitio de
Casaysay, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya
mandaron parecer ante sí a doña Lucía Lacandola, na-
tural del pueblo de Bonbong, de la cual se tomó y recibió
juramento en forma de derecho y[ ella le sico ]por Dios Nuestro
Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir verdad
de lo que supiere y fuere preguntada. Y habiéndole

dado a entender lo para que es llamada, dijo que, habrá
cuatro domingos que estando ella y una india de Bauan,
que no sabe el nombre, vio junto a la fuente donde está
el agua medicinal a la sacratísima Virgen Nuestra
Señora con muchísima claridad, que no se puede de-
cir más que el sol, mucho, y salió mucha fragancia
de olor; y que el niño estaba en la mano izquierda
y una corona muy resplandeciente como de espi-
nas. Y ésta es la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, en que se afirmó y ratificó, y
dijo ser de edad de cuarenta años, poco más
o menos. Y lo firmó a su usanza, y con ella
los jueces de esta causa y el intérprete.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera.
[Signos en baybayin.] [Doña Lucía Lacandola]
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
{[En el margen izquierdo] Testigo}
Este mismo día, mes y año arriba dicho, en el mismo sitio y lu-
gar nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya man-
daron parecer ante sí a Luis Lumidic, natural del pueblo de Umogsocan, del
cual se tomó y recibió juramento en forma de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz, y prometió de decir verdad
de lo que supiere y fuere preguntado. Y habiéndole
dado a entender lo para que es llamado, mediante
el padre fray Fernando de Cabrera, intérprete de esta ca-
usa, dijo que, uando estaban edificando la
iglesia de este sitio cuando dice don Pablo Ca-
raig vio a la sacratísima Virgen grande nú-
mero de gente que la hacía, fue uno de ellos este
testigo. Y que la vio de la misma suerte que los
demás; y que otra vez la vio este testigo en el mismo
sitio, y que había alguna gente pero que no se a-
cuerda quiénes eran. Y que otra vez la vio

{[332] 377 }35
en la fuente donde está el agua medicinal, y que había
nueve o diez personas, que entre ellos eran Imagelo, del
pueblo de Ilog, y la mujer de Lorenzo sacristán mayor,
del pueblo de Tal y del mismo pueblo de Ilog. Y que todas
ellas veían grandísimo resplandor y claridad. Y
que él es indio viejo y siempre anda muy enfermo
y lleno de gota; y que después que frecuenta el visi-
tar este sitio se halla ágil y con fuerzas, como de
hecho pareció ante los jueces de esta causa, de
que yo el notario doy fe. Y que esta es la verdad so
cargo del juramento que hecho tiene, en que se
afirmó y ratificó. Y pareció ser de edad de
cincuenta años poco más o menos. No firmó por-
que no supo. Firmáronlo los jueces e intérprete
de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de
Montoya. Fray Fernado de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de Castromonte,
notario.
{[Al margen izquierdo] Testigo}
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya,
juez nombrado, mandaron parecer ante sí a Ana Ca-
cuay, natural del pueblo de Binogsocan, de la cual se to-
mó y recibió juramento en forma de derecho, y ella
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pre-
guntada. Y habiéndole dado a entender lo para
que es llamada, dijo que, es verdad que
el domingo pasado veintiséis de este pre-
sente año vio esta testigo a la sacratísima Virgen
María, de la misma suerte que don Agustín Suma-
roc, y doña Juana Bisoin y doña Bárbara Marayag,
de la misma forma y manera que ellos en su
dicho lo dijeron y declararon, porque en realidad

estaban todos cuatro presentes; está su dicho de ellos
a foja treinta y uno. Y es la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, en que se afirmó y ratificó. Y dijo
ser de edad de cincuenta años, poco más o menos. Y
no firmó porque no supo. Firmáronlo los jueces
e intérprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernado de Cabrera.
En el pueblo de Taal, en cinco días del mes de febrero de mil
seiscientos veinte años, nuestro padre provincial fray Alonso Barona
y el padre fray Juan Bautista de Montoya, prior de este convento de Taal
y juez nombrado en esta causa, mandaron parecer ante sí
a doña Catalina Ginatoan, natural del pueblo de Mola-
vin, para la ratificación de su dicho, de la cual
se tomó y recibió juramento en forma de derecho, y ella
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tada. Y habiéndole dado a entender un dicho suyo que
está a foja seis, mediante el padre fray Fernando Ca-
brera, prior del convento de San Pablo, intérprete nombra-
do dijo que: aquel dicho era suyo, y lo dijo y es la verdad, y en
ello se afirmó y ratificó; y dijo que si de nuevo era me-
nester lo decía de nuevo para mayor abundamiento. Y no
firmó por no saber, firmáronlo los jueces e intér-
prete. Asimismo mandaron parecer ante sí a doña
Lucía Tarolan, y habiendo recibido juramento en forma
de derecho, y dádole a entender un dicho suyo que está a fojas
siete, dijo que aquel dicho es suyo, y ella lo dijo y es la
verdad so cargo del juramento que hecho tiene en que
se afirmó y ratificó, y si necesario es lo vuelve a de-
cir de nuevo. Y no firmó porque no supo. Asimis-
mo pareció presente Marta Dimatolog, y de la cual se re-
cibió juramento en forma de derecho, y ella lo hizo por Dios
Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir
verdad de lo que supiere. Y habiéndole dado a en-
tender un dicho que está a fojas ocho, dijo que
aquel dicho era suyo y ella lo dijo, y es la verdad
so cargo del juramento que hecho tiene en que se a-
firmó y ratificó. Y no firmó por no saber.

de nuevo. Y lo firmó de su nombre, y lo firmaron junta-
mente con los de arriba todos los jueces de esta causa e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernado de Cabrera. Don Pablo Caraig. D. Cristóbal Managuit. [Firma en tagalog en baybayin] [Magdalena Ponsoin? ]
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
En el pueblo de Taal, en siete días del mes de febrero de [mil] seiscien-
tos veinte años, nuestro padre provincial y fray Juan Bautista de Mon-
toya, prior del convento de Taal y juez nombrado, manda-
ron parecer ante sí a don Juan Cabinti, principal del
pueblo de Ovis [sic] para la ratificación, del cual se tomó y re-
cibió juramento en forma de derecho, y él lo hizo por Dios
Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir verdad
de lo que supiere. Y habiéndole dado a entender, median-
te el padre fray Fernando Cabrera, prior del convento
de San Pablo, intérprete nombrado, un dicho que está
a fojas veintisiete, dijo que aquél dicho es suyo
y que él lo dijo, y es la verdad. Y si necesario es lo vuelve a de-
cir de nuevo, y en él se afirmó y ratificó debajo d
el juramento que hecho tiene. Y lo firmó de su nom-
bre, y con él los jueces e intérprete de esta causa.
Asimismo pareció doña María Margur, prin-
cipala del pueblo de Lipa de la cual se tomó y recibió
juramento en forma de derecho, y ella lo hizo por Dios Nuestro
Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir ver-
dad de lo que supiere. Y habiéndole dado a en-
tender mediante el intérprete nombrado un di-
cho que está a fojas treinta y tres, dijo que aquél di-
cho es suyo y que ella lo dijo y es la verdad como en él se
contiene, debajo del juramento que hecho tiene, en que
se afirmó y ratificó. Y no lo firmó porque no supo;
firmáronlo los jueces e intérprete de esta causa.
Asimismo pareció Catalina Talain, natural del pue-
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

ni más santo, ni más apacible, ni más celoso. Unos señores
oidores tan limpios que es mi edad contra sí mismos.
Su rigor tan llanos que es consuelo. Tan doctos que
es de la justicia cumplida. Satisfacción tan cristianos
que es de la misma justicia perfecta seguridad. Y si hallare algo que pide [que]
enmienda en los tales y digno de reprensión, pues tiene atrevimiento
para decirlo en público, imprudente. Tenga valor para
avisar lo cuerdo [que] se llegue. Que nunca ha habido ministros más llanos,
más dóciles. Apriételes con razones en secreto, no los infame con
invectivas en público, que lo 1.º sana y lo 2.º exaspera. Tome
por ejemplar al mejor predicador de la ley de gracia, aprobado
por el mismo Cristo: el Bautista, de quien ponderá el concilio [caloniens],
citado capítulo 17. Que con ser el pecado de Herodes tan público y tan
nocivo a la república, nunca hizo mención de él en los conventículos
y concursos donde predicaba, con ser que aparte no cesaba de afearle
el caso. Dicebat Joannes, Herodi non populo, concluye el concilio
a Herodes, se lo decía no al pueblo. Y su paternidad reverenda
no habla donde ha de aprovechar y da voces donde ha de causar escándalo.
Trate de ir a Japón a ser mártir o de serlo con la mortificación de sus
pasiones en la celda y no entre ministros de justicias. Como dice,
que harto más mártires. Son los tales, pues sufren del vulgo y de los
que siguen su corriente semejantes desacatos. Mire que los ministros
no infaman el estado, que antes alaban su purísimo instituto y
perfección de sus reglas. No es contra el estado lo que ha escrito el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa, sino contra lo que destruye el estado,
contra lo que pervierte la observancia contra lo que los celosos de él
aborrecen. Y los valerosos prelados castigan y solamente les [ayuda] con caridad
y justicia a las obligaciones del mismo estado. Y rinda mil gracias
a la magnanimidad del señor Don Sabiniano porque si hiciera caso de su
atrevimiento a ley de fiel ministro y por la obligación que tiene a la
paz de la república, fuera poco darlo por extraño de los reinos.
Y si su paternidad reverenda dudare de la autoridad, lea en
la política indiana del señor Don Juan de Solórzano, el capítulo 27
del libro 4; y la ley 43 y 55 del título 5 de la partida 1; y al sagrado
Concilio tridentino [sess 5, De reformationis], capítulo 1; y al grande Agustín
Barbosa in [Pastorali 3 parte allegat] 76 número 48 y 49. Y la bula
de Eugenio 2, que está original en el archivo del consejo
supremo de Castilla, la cual concede facultad a los reyes a sus
consejos y lugartenientes de castigar a los predicadores. Que con
ocasión de su oficio apostólico ―del cual debieran usar sincera
y santamente― hablan de ellos con descompostura, desacato
e injuria, o esparcen al vulgo proposiciones escandalosas
con que contristan los pueblos, los turban e inducen a sediciones.
Deje de morder predicadores, que todos cumplen
con su obligación según el talento que Dios les dio. Y no
ha de querer medir la gracia por su natural, que fuera necedad
querer que rebuznara el pájaro y que cantara el
pollino, clame cada cual con su voz que a su majestad y decencia
del evangelio. Conviene en los discursos algún resplandor
que este no quita en la eficacia de la doctrina
Información hecha por el Padre Fray Antonio de Porras. Panay, 1624

ni remedios acudió al divino el dicho padre juez
y vicario y le puso al susodicho en el pescuezo a
la parte de la garganta donde tenía el dicho pescado
atravesado un [panecico] del bienaventurado San
Nicolas de Tolentino al cual le dijo se encomendase
muy de veras y pidiese le ayudase en aquel
trabajo ofreciéndole algunas misas y haciéndolo
con mucha devoción al cabo de dos oras que se
puso el dicho [panesico] metiendo el mismo Luis Alangan
sus dedos en la boca asió al dicho pescado
y lo sacó fuera sin ningún trabajo y sin haber hecho
para ello otra ninguna diligencia y así el haberlo
sacado el dicho Luis Alangan con tanta facilidad
no pudo ser con su fuerza y virtud ordinaria sino
miraculosamente y por intercesión y méritos
del bienaventurado San Nicolas de Tolentino
y de su bendito pan a quien generalmente todas
las personas que han sabido y visto el caso lo han
atribuido por parecerles casi con evidencia que si no
era usando nuestro señor de este favor divino con el dicho Luis
Alangan no podía dejar de morir y para que conste
de la verdad y sea notorio el dicho caso para
mayor honra y gloria de Dios nuestro señor y de su glorioso
santo el dicho padre juez y vicario mandó se haga
información sobre todo lo dicho y que los testigos que de ello
supieren sean examinados por el tenor de este
auto para qué fecha la dicha información se pueda
ocurrir con ella a quien convenga y así lo proveyó,
mandó y firmó.
Fray Antonio de Porras
Ante mi
[Juan Bautista R.es]
notario público

que aquel pescado era el mismo
que había tenido el dicho Luis Alangan atravesado
en su gaznate que tenía más de dos
dedos de ancho y cinco dedos de largo
poco más o menos de que habiéndolo visto
este testigo quedó admirado y todos los
presentes y lo atribuyeron y este testigo
lo atribuye a milagro que Dios nuestro señor
hizo por intercesión y méritos del bienaventurado
San Nicolas de Tolentino
y de su bendito [panesito] y que esto es lo que
sabe y dijo ser la verdad para el juramento
que tiene fecho en que se afirmó y
[ratificó] y que es de edad del veinte y cinco
años y no le tocan las generales y lo firmó de su nombre
con el dicho padre juez y vicario.
Fray Antonio de Porras Marcos Hernández
Ante mi
[Juan Bautista R.es]
notario público

de otros españoles en la casa y morada del Capitán Andrés [Hernández]
de Puebla justicia mayor y cabo de la guerra de este dicho pueblo oyó
hablar al dicho padre juez y vicario [que venía] diciendo
por la calle que por intercesión de San Nicolas estaba
libre del pescado el dicho Luis Alangan. Y bajando a la calle
este testigo y los demás españoles que allí se hallaron, vieron
en manos propias del dicho padre juez y vicario el
dicho pescado el cual era escamoso y con muchas espinas por
el cerro y lomo y tendría de largo cinco dedos poco más
o menos y de ancho más de dos dedos y oyó decir que le
llamaban los bisayas Poyo y al mismo padre juez
vicario oyó este testigo que el dicho pescado era el que había tenido
atravesado en el gaznate el dicho Luis Alangan el cual metiendo
sus dedos dentro lo había sacado afuera sin trabajo ninguno
cosa de que se quedó este testigo admirado y lo atribuyó
él y los demás a milagro que nuestro [señor] hizo por ruegos
y méritos de San Nicolás y de [ese] bendito pan y así lo entiende
este testigo y no lo atribuye a otra cosa. Y esto es lo que sabe
y es la verdad para el juramento que tiene fecho en que
se afirmó y [ratificó] y dijo ser de edad de treinta y cuatro
años y que no le tocan las generales y lo firmó de su nombre
con el dicho padre juez y vicario.
Fray Antonio de Porras Cristóbal Petite
Ante mí
Juan Bautista R.es
notario público

pescado y [vido] que se le parecía solamente la cola y este testigo
volvió a decir que procurase sacarlo y a dos veces que el dicho
Luis Alangan metió los dedos de su mano asió al dicho
pescado y lo sacó fuera sin trabajo ninguna saliéndole
a este tiempo sangré de la boca y narices y poniéndose
a ver este testigo el dicho pescado [vido] que era Poyo y que de
su natural es muy escamoso y tiene muchas espinas por el
cerro y espinoso y tendría a su parecer cuatro dedos
de largo y tres de ancho de lo cual quedó admirado este testigo
porque a dos personas [que] estuvieron los años atrás
con otros pescados atravesados en los gaznates la una
natural de [calalaan] no pudieron vivir y
murieron con los pescados semejantes al que tuvo el
dicho Luis Alangan sin poderlos despedir ni sacarse
los dedos gaznates por muchas diligencias que hicieron
con las tales personas según que lo ha oído decir este
testigo a muchos naturales y así por esto presume y entiende
este testigo que nuestro señor por méritos y ruegos de San Nicolás
de Tolentino obró milagro en el dicho Luis Alangan
en que con tanta facilidad sacase con sus mismos dedos
el dicho pescado de dentro de su gaznate y que esto es lo que
sabe y es la verdad para el juramento que hizo en que
se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de más de sesenta
años y que no le tocan las generales y lo firmó de su
nombre a su usanza con el dicho juez y vicario entrerrenglones
día [vala].
Fray Antonio de Porras
[Ka Lo Ma Yo Ru]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

y de otros muchos indios que se quedaron admirados viendo
el dicho pescado porque de largo tendría cuatro dedos de
largo y dos de ancho, poco más o menos, y todo escamoso y espinoso
por el lomo que según esto y haber después oído
[que] el dicho padre juez y vicario le había puesto al pescuezo
un panesito de San Nicolás y que el dicho Luis Alangan
se había encomendado al santo presume y tiene por cierto
este testigo le ayudó en tan gran tribulación y aprieto en
[que] estaba y obró por su ruego milagro en el susodicho
y que esto es lo que sabe y no otra cosa. Y dijo ser
la verdad para el juramento que tiene fecho en que
se afirmó y [ratificó] y dijo ser de edad de diez y siete
años y que no le tocan las generales y lo firmó de su nombre
con el dicho padre juez y vicario.
Fray Antonio de Porras
[Pedro de Arcega]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

lo llaman Poyo a este pescado y el tagalo
[Loalo] y ha oído decir este testigo a muchas personas
así en Manila como en este dicho pueblo que algunas
personas se han muerto por causa de este
dicho pescado y haberseles [a las tales] atravesado
en los gaznates como le sucedió al
dicho Luis Alangan al tiempo que lo pescó y que
según las razones que tiene dichas este testigo presume
y entiende que Dios nuestro señor libró al dicho
Luis Alangan de la muerte por intercesión
del bienaventurado San Nicolás de Tolentino
y lo atribuye a milagro como lo
han atribuido todas las personas que saben
del caso y que esto es lo que sabe. Y dijo ser
la verdad para el juramento que tiene fecho en
que se afirmó y [ratificó] y dijo ser de treinta
y siete años y que no le tocan las generales y lo
firmó de su nombre a su usanza con el dicho padre
juez y vicario.
Fray Antonio de Porras
[Se Ro Ri Mo Ha Sa]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

Don Carlos Maini principal e intérprete de este dicho pueblo le
dijo que se encomendase a San Nicolás y tuviese confianza
que le había de librar de semejante [trance] y al
dicho Luis Alangan se hincó de rodillas y poniendo
las manos juntas y alzando los ojos al cielo se
levantó luego al punto y metiendo los dedos
él mismo en su boca sacó el dicho pescado a dos
veces que lo hizo habiendo la primera vez [habido le]
por la cola y a la segunda lo acabó de sacar
con lo cual todos los presentes alabaron al señor por
la misericordia que había usado con el dicho Luis Alangan
y lo atribuyeron a milagro juntamente [con]
este testigo que por tal lo tiene. Y que el bienaventurado
San Nicolás de Tolentino a quien el susodicho se
encomendó le valió y ayudó y que este testigo ha oído
decir a muchos naturales haberse muerto
dos personas por ocasión del dicho pescado y haber se le
atravesado en los gaznates como le sucedió
al dicho Luis Alangan y que el pescado que vido este
testigo sacó de su gaznate tendría a su parecer
cuatro dedos de largo y tres de ancho
poco más o menos. Y que era escamoso y tenía
muchas espinas por el lomo como las
tienen los demás pescados de esta calidad y que esto es
lo que sabe y la verdad para el juramento que tiene fecho en que se afirmó y
ratificó no supo su edad pareció por su aspecto de treinta
y seis años y que no le tocan las generales. Y lo firmó de su nombre en letra
Castellana por ser ladino con el dicho padre juez y vicario = va testado
= puesto no vala.
Fray Antonio de Porras Agustín Paran
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

bien al dicho pescado lo arrancó de todo punto y sacó fuera
entero como estaba. Lo cual pasó el mismo día miércoles
como a las dos de la tarde poco más o menos de que quedaron
admirados todos los presentes y este declarante más por
la poca esperanza que ya tenía de su vida. Y así tiene por
cosa muy cierta y no pone duda ninguna sino que el bienaventurado
San Nicolás de Tolentino a quien muy de veras se encomendó
le libró de aquel trabajo. Y que esto es lo que pasa
en el dicho caso y no otra cosa. Y dijo ser la verdad para el juramento
que tiene fecho en que se afirmó y ratificó.
No supo decir su edad. Pareció por su aspecto de treinta y
cinco años y que no firmó por no saber. Firmó lo el dicho padre
juez y vicario con el intérprete.
Fray Antonio de Porras
[Lo Ma Yi Da]
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público

{Al margen izquierdo: Certificación del Padre Fray Antonio de Porras juez provisor y vicario}
El Padre Fray Antonio de Porras de la Orden de Nuestro Padre
San Agustín comisario del santo oficio y prior del convento
de este pueblo de Panay juez provisor y vicario de este
dicho pueblo y su río de él, certificó a los que el presente vieren
como un miércoles que se contaron treinta y uno del mes de enero
próximo pasado de este presente año como a hora de medio
día poco más o menos fui por llamado de algunos naturales
a la casa de Cat.a Uaysolot en este pueblo dicho de Panay a confesar
a Luis Alangan indio natural de él que se estaba ahogando
a causa de que decían tenía atravesado en el gaznate un pescado
llamado Poyo. Al cual confesé por señas porque de ningún
modo podía hablar. Y viendo que ya no bastaban humanas
diligencias ni remedios le até y puse a la garganta
del dicho Luis Alangan un panesito de San Nicolás de Tolentino
y le dije se encomendase muy de veras a este bienaventurado
santo y pidiese le ayudase en aquel trabajo ofreciéndole
algunas misas. Lo cual hecho al cabo de dos oras que le puse
el dicho panesito, me dijeron haber el dicho Luis Alangan sacado
el dicho pescado con sus mismos dedos del gaznate donde
lo tenía atravesado el cual dicho pescado. Me fue entregado
y [vide] que era escamoso y tenía muchas espinas por el
cerro y espinoso como las [tienen] los demás pescados de esta calidad
y tendría de largo cinco dedos y de ancho más dedos y todas
las personas que han sabido y visto el caso lo han atribuido a milagro
por parecerles que [si no era usando] Dios nuestro señor de este favor divino
con el dicho Luis Alangan no podía dejar de morir. Y para
que conste de ello di la presente firmada de mi nombre y refrendada
del presente notario que es fecha en Panay en diez y nueve
días del mes de febrero de mil y seiscientos y veinte y cuatro
años.
Fray Antonio de Porras
Ante mí
[Juan Bautista R.es]
notario público
Al gobernador de Filipinas, que guarde y ejecute precisamente las cédulas aquí insertas acerca del repartimiento de las toneladas de los vecinos de aquellas islas. 1604, 1707.

cumplir y ejecutar precisa y
inviolablemente lo dispuesto en las cédulas que
aquí van incorporadas sin contra venir
ni interpretar su señor y forma en
manera alguna excusando que no necesitan
devolver a recurrir a mí consejo para
el cumplimiento de la merced que les tengo
hecha y me avisareis de haber lo hecho
ejecutar así para que yo tenga entendido
como sea cumplido lo que en esta
materia tantas veces tengo mandado. Dicha en
Madrid a once de diciembre de mil seiscientos y quarenta y un
años =
Yo el Rey = Por mandado de Rey
nuestro Señor = Juan Bautista Saenz Navarrete.=
Al pie de esta real cédula están dos rúbricas = Y atras
de esta dicha real cédula están
cinco rúbricas al parecer son de los
señores del Supremo Consejo de las Indias. ---
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galera que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia, y
escribano mayor en propiedad del Cabildo y Ayuntamiento
de esta Nobilísima Ciudad de Manila
y Su diputación con voz y voto de privilegio
en el, en virtud de un acuerdo celebrado el