sínicas
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- sínicas
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Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencias a la silla apostólica en su legado.

Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencia, a la silla apostólica en su legado.
Luego el Patriarca, de Antioquia, Legado Apostolico llego
a Macao y China, que fue por principios de Abril del Año de 1703 = to =
dos le reconocieron y obedecieron sin contradicción alguna; y en especial
le reconoció el señor obispo de Macao, publicando un Jubileo en nombre
de dicho señor Legado, y su Vicario General presentando petición
en que le pedía dispensación para poder obtener dignidades, a que por
ser ilegítimo estaba impedido =
Por Julio de este mismo año llegó a Macao y China, noticiado de que
él senor Arzobispo de Goa tenia publicado en la costa un edicto
en que con pretexto de algunos privilegios que desea tener el Rey de Portugal,
negaba toda jurisdicción a dicho señor Legado, y daba por
nulo todo lo que allí tenia obrado esto no obstante no quiso el ,
obispo de Macao apartarse de la obediencia, que tenía dada al
apostólico; antes por el contrario queriendo (al parecer) quitar cualquiera
sospecha que contra él sobre este punto se hubiese originado de
las operaciones del señor Arzobispo, paso a publicar un edicto, su
data en Macao a 14 de Agosto del 1703: en que refería a la letra un
breve, que había recibido de su santidad sobre la elección y faculta =
des de dicho señor Legado, en virtud del que le daba lo obediencia,
y mandaba que todos los fieles de su obispado le obedeciesen, como
de hecho le obedecieron por espacio de dos años. acertada hubiese
sido la elección, que dicho señor obispo de Macao hizo, de no
imitar las operaciones del señor Arzobispo de Goa, se colige de un
breve su data en Roma a 30 de Octubre de 1706 en que su Santidad
reprende a dicho señor Arzobispo reprueba y anula sus operaciones
contra el Legado Apostolico cuya jurisdicción con firma
y revalida
El año de 1707 después que el Legado Apostolico publicó el decreto
contra las [pares] sínicas que fue en 7 de Febrero del mismo año como
pensaron algunos en Macao a solicitar que el señor obispo hiciese
de apelación de el ala silla apostólica, para esto se hizo una consulta
en que concurrió con otros el Prior de Agustin Fray Constantino
del espíritu santo, el cual por ningún modo quiso dar su consentimiento
por cuya causa nunca más fue llamado a las consultas;
que sobre dicha apelación y Jurisdicción después se hicieron en Macao.
Finalmente dicho señor obispo hizo un escrito, su data en Macao
a 6 de Mayo de 1707. en que no solo apelaba de dicho decreto, sino
que también negaba toda Jurisdicción al Legado apostólico, el cual
no solo admitió dicha apelación, sino que reprendió a dicho
obispo por todo su contenido, después hizo publicar en Macao y Cantón
un edicto del señor Arzobispo de Goa, su data en Goa a 12 de
Mayo de 1706 en que pretendía contra la jurisdicción del
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702.

Padre nuestro
El barco de Macao llegó con todo nuestro socorro y con el cumplimiento de
las limosnas que vuestra reverencia a mi y a los demás padres hace, de que rindo muchas gracias.
Las novedades de por acá las tengo ya escritas por vía del Fukien en dos de sobre
dos veces y así en esta hay poca materia de moler, de [ruinas] que es de adonde vuestra reverencia
podía esperar algunas buenas nuevas y gustosas no he tenido carta alguna y menos del
colegial de San Gabriel y predicador de [Cubillas.] Con que por todas vías estoy [negado demás]
obligado a ser breve. Y si hubiere alguna novedad por acá vuestra reverencia la podrá ver en la
carta que escribo al señor gobernador vago de esas islas. Diceme vuestra reverencia que me envía
el testamento de nuestro rey y otros papeles mas no los he visto ni espero ya verlos
sé adonde vienen a que se hicieron. Los padres vagos trajeron solo un socorro, no dos
como se juzga por allá. Ítem en las memorias que ahora vienen hay además 30 pesos
para el padre Fray Juan de San Augustin que le envía el padre provincial de los recoletos. Ítem 25
pesos que envía Quintero al señor arzobispo, y un tibor de chocolate que envía nuestro padre
provincial a dicho señor obispo todo lo qual no [parece] no obstante que el capitán entregó todo lo
que traía según el reconocimiento que hizo en Manila. Y así vuestra reverencia se sirva de
examinar si se olvidó el padre procurador general de remitirlo o si acaso fue yerro de pluma
etcétera. Lo que vino el año pasado en la bolsa solo fueron 842 pesos y un real
no 1142 y un real como ahora dicen algunos. Los padres de la compañía me pidieron
respuesta a unas dificultades sínicas o por mejor decir teológicas acerca de las praxis
sínicas. Dilas con aprobación del Padre [Señor] Rubio y consejo del señor obispo, pero por qué
en ellas decimos que los padres franciscanos permitían las praxis de la compañía an han [dado]
dichos padres [franciscanos] muchas quejas contra nosotros y hicieron una protesta [intentada]
que nuestro testimonio fuese nulo. Yo, luego que lo supe, hice mi contra protesta, probando
las con testimonios suyos ser mucha verdad lo que teníamos dicho en nuestras respuestas.
Con que así respuestas como contra protesta está ya camino de Roma, adonde la llevan
dos padres de la compañía que van a litigar las [inquisiciones] de este reyno y defender sus praxis
ante la sagrada congregación de propaganda contra los señores clérigos [Franceses]. Hemos comprado
casa en Kiangsi a expensas [qua si] del señor obispo pero para nosotros, es verdad
que también le ayude en algo la misión. La de [Geichiu] está y también comprado
Noticias de las misiones de China, 18 de abril de 1690

Ruego y encargo de [vuestro señor] su fecha diez y ocho de abril de 1690
Señor
En cumplimiento del orden y mandato [vuestro] presento a vuestra señoría las noticias
que este presente año he tenido tocantes a las misiones del Reino de China
participadas por los religiosos del orden de San Agustín nuestro padre, misioneros
de dicho reino, que son en suma las siguientes:
El año próximo pasado de 89 por el mes de septiembre entraron de nuevo
en China cinco clérigos franceses misioneros apostólicos los tres por
la provincia de Fukien y los dos por la provincia de Cantón. Entre ellos vienen
dos obispos y vicarios apostólicos de diferentes provincias de China.
Y el uno de ellos, que es obispo de Rosalía, trae todos los despachos de
la sagrada congregación pertenecientes al gobierno y dirección de estas
misiones. El cual publica que insta ahora con más fuerza y nunca la sacra
congregación en la intimación y ejecución del juramento. Y dichos despachos
vienen dirigidos al señor doctor Don Carlos Maygrot nuevamente electo obispo
y administrador general de todas las misiones sínicas si bien antiguo
misionario en la provincia de Fukien y pro-administrador general de las
misiones que ha sido hasta ahora.
Por el mes de marzo de dicho año hizo dicho señor administrador general algunas
notificaciones de oficio a los superiores de algunas de nuestras misiones
con cuya ocasión se ha fomentado no poca discordia entre los
clérigos franceses y otros misioneros regulares. De que ha resultado alguna
turbación en la cristiandad de Cantón con grave perjuicio de
algunos cristianos y escándalo de muchos gentiles; novedad que ha causado a todos
los religiosos misioneros indecible dolor y sentimiento porque ven que se
malogra el fruto copioso fruto que desean en aquellas nuevas cristiandades
sin poderlo remediar haciendo y padeciendo tanto por su parte y a tanta
costa de su majestad católica y de sus mismas religiones.
Por el mes de julio de dicho año hizo saber el señor obispo de Argoli,
vicario apostólico de China, a nuestra misión (y lo mismo haría con todas)
como el señor Maygrot, administrador general, le había intimado de parte de la
sede apostólica un orden y decreto para que todas nos obligase a hacer el juramento

o que no administrasen, dando solo licencia que los religiosos que no
hacían el juramento administrasen solo como viandantes o transeúntes
hasta la primera ocasión que hubiese de volverse a Manila
o salir del Reino de China. Y en respuesta a dicha notificación le
envió nuestra misión a dicho señor obispo la noticia que yo les envié autorizada
el año pasado tenida de Roma por el padre definidor Fray Álvaro de Benavente;
{Al margen izquierdo: agente de las misiones sínicas enviado por su majestad que dios guarde}
[v.a] en que avisaba como ya la sagrada congregación había
dispensado en el juramento [que]. Más por no haber llegado esta dispensación
a China con despacho propio de la sagrada congregación, remitido
al administrador general de las misiones, no mudan ni pueden
mudar de dictamen los vicarios apostólicos, y así solo dan licencia
de administrar en la forma dicha que, hasta tener orden inmediato
auténtico de la santa sede apostólica [para] lo contrario.
Los progresos de nuestra cristiandad (a nuestro señor las gracias) prosiguen con
nuevas conversiones y dilatación del santo evangelio en nuevas poblaciones
y aldeas. Adonde, por no haber llegado el eco de aquella turbación que hubo
en la cristiandad de la metrópoli de Cantón, están en la misma
disposición que antes para oír la predicación evangélica. Y se logra el
mucho trabajo y fatiga que a mis religiosos misioneros ha costado
hasta aquí en la conversión de aquellas gentes, usando nuestro señor a
cada paso de las innumerables maravillas que con que quiere dar a conocer su
santo nombre con grande aumento y bendición de nuestra cristiandad, de que
en los años antecedentes tiene ya mi religión presentadas noticias
individuales a vuestra señoríaa este superior gobierno. Estas son las que de nuevo represento
[Etcétera.].