Bovadilla
- Title
- Bovadilla
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- People
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- https://fromthepage.com/1762archive/a-digital-repatriation-of-a-lost-archive-of-the-spanish-pacific-the-library-of-the-convent-of-san-pablo-manila-1762/article/32174811
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- Bovadilla
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- 32174811
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- 1
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Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Bibliotheca SS PPm. 27 Tomos. Cajones 1 (2), estante 2
Binsfeldio de semensibus controversis. 1 Tomo. Cajones 8 (10), estante 5
Binsfeldio summa Moral. 3 Tomos. Cajones 5 (8), estante 6 (3)
Bifciola epitome delos Annales de Baron.o 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 1
Boachabe Medecima 2 Tomos. Cajones 6 (14), estante 2 (3)
Bocabulario Alfhabet. 1 Tomo. Cajones 6 (14), estante 4 (3)
Bobular juris. 1 Tomo. Cajones 11 (6), estante 3 (1)
Bocalini Avisor del Parnaso. 2 Tomos. Cajones 7 (9), estante 5 (4)
Bodeno contiones. 1 Tomo. Cajones 3, estante 6 (4)
Boerio Decisiones Burdigalenses. 1 Tomo. Cajones 11 (6), estante 6 (3)
Boetius. 1 Tomo. Cajones 1 (2), estante 5 (4)
Bolivas opera. 2 Tomos. Cajones 4 (9), estante 4 (3)
Bolonez Architec. 1 Tomo. Cajones 6 (14), estante 4 (3)
Bolanos curia Philipica.1 Tomo. Cajones 11 (6), estante 4
Bona Cardenal Var. tract. Mistic. 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 3
Borra Cossa de seruis et famulis. 1 Tomo. Cajones 11 (6), estante 6 (9)
Bonacina opera moralia cum comp.o 4 Tomos. Cajones 5 (8), estante 2 (1)
Bona fe Discurs. De San Raphael Archang. 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 4
Bonaspez Cursozs Theolog. 6 Tomos. Cajones 4 (9), estante 3
Bonivx Kalend. rom. 1 Tomo. Cajones 6 (14), estante 4
Bonispei Cursus Philosophicus. 1 Tomo. Cajones 6 (13(, estante 2 (1)
Boneta Gritos del Purgatorio. 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 5 (4)
Bovadilla Política. 2 Tomos. Cajones 11 (6), estante 4
Bovcat Theolog. Dogmatic. 20 Tomos. Cajones 8 (1), estante 5 (4)
Bovrchesio Mister. Vitę xpti. 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 5.
Bozeta Misión. 1 Tomo. Cajones 9 (11), estante 5 (2)
D. Bonaventura. 8 Tomos. Cajones 1 (2), estante 4 (3)
Bracamontius Hipotiposeus. 1 Tomo. Cajones 2 (1), estante 4 (3)
Bravo Quaresma. 1 Tomo. Cajones 9 (11), estante 3
Brebiario Romano y quadern.o dela orden. 2 Tomos. Cajones 10 (7), estante 5
Brendembarh in Psalmos. 1 Tomo. Cajones 2 (1), estante 4 (3)
Buges quaresma. 1 Tomo. Cajones 9 (11), estante 5 (2)
Burgensis in evangelia. 3 Tomos. Cajones 3, estante 4 (3)
Buridiano in text. pet. Hispan. 1 Tomo. Cahones 6 (13), estante 3
Busembaumb. En Latin y romancen. 2 Tomos. Cajones 5 (8), estante 5 (4)
Sobre las mentiras de Don Juan de Rosales, escrito por el General Don Franco de Figueroa

El supuesto del número 15 de que tomó la
posición a vista del Señor Coloma. Violó, instaló y
no lo resistió. Es gran fundamento de letrado para
inferir mayores consecuencias. Aquí entra el
[qui tacet el digestis, Bartolo y Baldo amontones
y el fortiato]. Hará su papel Bovadilla
y más que ninguno, porque para bobos, es bueno
el supuesto. Miren que es [carraman], rajabroqueles,
o que gran capitán con una escuadra de
corazas era el Señor Coloma para resistir
la posición que nadie le daba, sino él usurpaba,
asistido de un tercio de infantería
en batallón puesto. Pero no hay cosa como lo del
Señor Montemayor que dice tampoco lo resistió
como lo había de resistir si vivía fuera y mandó
la cerrasen las puertas porque así se lo advirtió
que no dormía, y por su merced esta misma escusa
que por el Señor Coloma.
En el número 16 dice vuestra merced estas palabras
en esta seguridad, paz, y quietud estábamos,
cuando el día siguiente nos sobresalto un
peligro. No sé si diga el mayor que, contra esta
ciudad, se pudo recelar que por lo que tuvo de
más extraordinarias las causas, tuvo de más
horrible por lo menos esperado. Y fue la noticia
de que los señores oidores y señor fiscal
se habían retirado al colegio de la Compañía de Jesús.
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

ha de ser la pretensión de su ejecución, y aun menos se
requiere para este. Porque para pedir su cumplimiento, basta sospecha
mayor conveniencia, y para la ley constante razón para
hacerla. Y como no infama la ley y provisión real contra eclesiásticos,
menos podrá la acción de pedirlo, que no tiene fuerza hasta
que el decreto aprueba la razón. Y no siendo justo, se deniega.
Y si es dudoso, se pide (aunque sea el señor fiscal de su
majestad el que lo hace) que lo verifique. Y así, el pedirlo, como
no supone aun la averiguación del hecho, no puede infamar.
Tanto como el decreto, que en virtud de la verdad se
hace que esto les competa a los ministros. Bien se ve por las
cédulas de su majestad en que semejantes desordenes, y expresamente
algunos de los que propone el papel [que] encarga a los
señores de la real audiencia los obvien. Y eso no se puede
hacer si no hay quien los proponga [que] se recorran las cédulas
que cita el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, cartas
y órdenes de su voluntad, remitiendo a los gobernadores
y audiencia su ejecución. [Vide] número 35, 36, 48, 53, 54, 58. Véase
en el número 57 la doctrina de Solórzano y Bovadilla, que les
toca a los ministros de su majestad (los que, como sus consejeros,
inmediatamente lo representan) prohibir los inconvenientes
conteniendo a los eclesiásticos en lo que no pareciere
convenir al buen gobierno de los vasallos de su majestad. Véase
número 6, donde reprende su majestad la omisión que en esta
parte tienen sus ministros, y manda [que] se publiquen de
nuevo las cédulas para que mediante su noticia velen
a la observancia. Véanse número 1.º la cédula de 11 de diciembre
de 1613, en que la majestad de Felipe 3.º, tan católico
y [santo] rey, dice que constan estos excesos por informaciones
que se han hecho. Y habiéndose hecho algunas
en diferentes partes, se halla hacerse las dichas derramas
con mucha libertad y exorbitancia, dice la
cédula. Y declara después que es lícito hacer dichas informaciones,
no para conocer de la causa, sino para informar
con verdad a su majestad para que provea el remedio. Si es lícito
para el remedio averiguar el mal también, será lícito
el proponerlo. Pues el fin de la enmienda no se
puede conseguir sin esos medios, y más con los términos
que usa el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que
no llegan los más rigurosos a los más templados de
las cédulas y provisiones reales. No ha tratado de hacer
información el señor Don Salvador Gómez de Espinosa como
podía, que si la hiciera ahí fuera ello el publicarlo
por descomulgado, enemigo capital de la iglesia
y religiones, pues sin eso le llaman su perseguidor
y enemigo que [in testinamente] las aborrece. Pero tanto
puede hurgar que le obligue su verdad y decoro
a ese desempeño.
Finalmente, si este papel fuera infamatorio,
lo serían tantas cédulas de su majestad, tantas