rey
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- rey
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- People -- Spanish Government or Military Figures
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- 32157588
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Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencias a la silla apostólica en su legado.

Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencia, a la silla apostólica en su legado.
Luego el Patriarca, de Antioquia, Legado Apostolico llego
a Macao y China, que fue por principios de Abril del Año de 1703 = to =
dos le reconocieron y obedecieron sin contradicción alguna; y en especial
le reconoció el señor obispo de Macao, publicando un Jubileo en nombre
de dicho señor Legado, y su Vicario General presentando petición
en que le pedía dispensación para poder obtener dignidades, a que por
ser ilegítimo estaba impedido =
Por Julio de este mismo año llegó a Macao y China, noticiado de que
él senor Arzobispo de Goa tenia publicado en la costa un edicto
en que con pretexto de algunos privilegios que desea tener el Rey de Portugal,
negaba toda jurisdicción a dicho señor Legado, y daba por
nulo todo lo que allí tenia obrado esto no obstante no quiso el ,
obispo de Macao apartarse de la obediencia, que tenía dada al
apostólico; antes por el contrario queriendo (al parecer) quitar cualquiera
sospecha que contra él sobre este punto se hubiese originado de
las operaciones del señor Arzobispo, paso a publicar un edicto, su
data en Macao a 14 de Agosto del 1703: en que refería a la letra un
breve, que había recibido de su santidad sobre la elección y faculta =
des de dicho señor Legado, en virtud del que le daba lo obediencia,
y mandaba que todos los fieles de su obispado le obedeciesen, como
de hecho le obedecieron por espacio de dos años. acertada hubiese
sido la elección, que dicho señor obispo de Macao hizo, de no
imitar las operaciones del señor Arzobispo de Goa, se colige de un
breve su data en Roma a 30 de Octubre de 1706 en que su Santidad
reprende a dicho señor Arzobispo reprueba y anula sus operaciones
contra el Legado Apostolico cuya jurisdicción con firma
y revalida
El año de 1707 después que el Legado Apostolico publicó el decreto
contra las [pares] sínicas que fue en 7 de Febrero del mismo año como
pensaron algunos en Macao a solicitar que el señor obispo hiciese
de apelación de el ala silla apostólica, para esto se hizo una consulta
en que concurrió con otros el Prior de Agustin Fray Constantino
del espíritu santo, el cual por ningún modo quiso dar su consentimiento
por cuya causa nunca más fue llamado a las consultas;
que sobre dicha apelación y Jurisdicción después se hicieron en Macao.
Finalmente dicho señor obispo hizo un escrito, su data en Macao
a 6 de Mayo de 1707. en que no solo apelaba de dicho decreto, sino
que también negaba toda Jurisdicción al Legado apostólico, el cual
no solo admitió dicha apelación, sino que reprendió a dicho
obispo por todo su contenido, después hizo publicar en Macao y Cantón
un edicto del señor Arzobispo de Goa, su data en Goa a 12 de
Mayo de 1706 en que pretendía contra la jurisdicción del

Legado Apostolico en esta partes Lo mismo que en la costa =
En los llego dicho senor Legado Apostolico
a Macao donde venia desterrado pon el emperador y queriendo establecer
su jurisdicción, mando Juntar para eso a los superiores Regulares; mas
no se pudo concluir cosa alguna por haber faltado el dela
de , quien queriaendo después disimular. su falta fue solo
a visitar a dicho senor Legado, el cual le reconvino, para que reconociese
su jurisdicción, y no habiendo lo querido hacer, no obstante las
granes penas que para eso le impuso, le publico descomulgado, con esto
comenzó luego la potencia laical a mostrársele muy contrario, ejecutando
contra el no pocas violencias, y entre otras fue ponerles soldados de guardia
con tan rigurosos ordenes que porque uno no le impidió salir de casa le
mando el dar trato de cuerda; Salio pues dicho Legado apostólico
de su casa y llegando al de el dicho Prior, que
no se había apartado de su obediencia, mando repicar las campanas =
Por causa de dicho repique de campanas el Vicario General del obispado
publico un edicto, su data en Macao a contra
el de y sus Religiosos, en que mandaba que ningún fiel so pena
de descomunión mayor. reservada así, y de ser remitido preso a
Goa, no comunicase, ni tuviese trato alguno por si, ni por interpuesta persona
con dichos religiosos, ni fuesen a dicha Iglesia a confesar, oír
misa, a los divinos oficios; pidió dicho Prior traslado de este
edicto para defender su derecho contra el Vicario General; mas no se
lo quiso dar que no fue poco indicio de que le tenia por no justo padecieron
el rigor desde edicto, o (como otros dicen) entre dicho, no solo los
Portugueses que entonces se hallaron en el dicho , sino
también los misioneros españoles del mismo Orden, que
después en el ano de 1708 salieron desterrados de china por el emperador
por la obediencia del decreto contra las praxis =
En el General junto consulta delos
tres estados Politico y Militar, en que se resolvió que a dicho
Prior Constantino sele diese a escoger, o permanecer en Macao
con dicho entre dicho, (así lo llamaban los macaenses aunque impropiamente)
O ir a Goa. Dicho Prior quiso mas prevenir, que padecer
las violencias que le amenazaban, y así ofreció embarcarse como de
echo se embarco, en para Goa, lo cual
no obstante prosiguió el mismo entre dicho con el mismo rigor antes
estando en Goa dicho Prior y a echo de aquella congregación
fue obligado por el Virrey, a ir a Lisboa a dar razon al serenísimo
rey dela obediencia que tenia dada al Apostolico, partió de Goa
para Lisboa junto con su secretario, en =
En despacharon los Macaenses un navío,
que fue en derechura para Lisboa, con el remitieron todo lo obrado en
Macao sobre la jurisdicción del Apostolico, al serenísimo rey
de Portugal, en dicho barco fue también el Procurador, que enviaba
la ciudad de Macao con sus negocios, por el mismo, tiempo, el Virrey
dela India, remitió este negocio dela jurisdicción del Apostolico,
al serenísimo Rey: y su en principio del ano de 1709 recurrió con
el a su santidad con no menor diligencia, aunque con mayores en

en barajos del camino, el
Por Agosto de [1694] fue el sobre dicho entre dicho contra el de Agu-
stin, el extendio el Vicario General al de Domingo que ya en
la obediencia del Apostolico y a todos los misioneros, y aunque tacite y indi-
recte al Apostolico que ya era Cardenal de la Romana, y se
Confirmo y [Agrano] el con nuebas penas, mas no pareciendo les suficiente
para retardar a los Dominicos de algunas operaciones contrarias asi intento,
el general. mando escalar el y a todos los Portuguezes que [hazlo]
dentro de el, los puso prefos en las fuerzas, despues remitio a Goa; y a los misioneros
españoles del mismo orden. despues de Algunos malos tratos, los echo del dicho con-
vento, en donde quedo solo el Sebastian de Antonio que apostado de la obe-
diencia que poco antes dado al Apostolico
Despues de la muerte del señor cardenal, que fue en ocho de Junio de. Lo
el Vicario General considerando que con la muerte de dicho señor cardenal
se Acabado su jurisdiccion; quizo el entre dicho del convento
declarando por descomulgados a todos los que comunicado con los Religio-
sos Agustinos, misioneros y personas del señor cardenal, a los despues
de una disiplina al absolucion a la Puerta de la : esto mismo se practico
con los mendigos, que misa en iban a pedir Limosna a
casa del señor cardenal
Por Agosto de Lo que el Antonio de Souza y Gayo, muchas
[cuzzio] en las penas y contra los publicos percusores de clerigo, y algunas
denunciado descomugaldo por el Legado apostolico y declarado por sospechoso
de , al tenor del tridentino, vino a compañando un intierro al
de Agustin, y entrado en la el Prior Juan
de Rosa no queriendo, que dicho descomulgado asistiese a el oficio de la
sepultura, lo mando salir de ello. Fue dicho Gayo al
General, el consiguio del Vicario General, que por esta causa
a poner el sobre oicho entre dicho, que duro hasta mediado de Octubre, [enge]
el General a los Agustinos, para defender. Como
de echo lo defendieron la jurisdiccion real contra las violencias, que el
de Pinto de la de del santo oficio executado
con aprobacion y patrosinio de Algunos theologos de Macao, en el (o corregidor)
de dicha ciudad, y que despues el tribunal del oficio de Goa de claro por
[nullas,] hizo que se levanta se dicho entre dicho
Por Septiembre de lo llego el [procu.] que dicha ciudad de Macao re-
mitido a la corte de Lisboa, en un Barco, aun en derechura de Lisboa a
Macao; Con ocasion el serenissimo rey de Portugal. despacho diversas , de todas las solo dicen, [garon] tres, y llegado [ la ]
Septima, via, no llegaron las [riotras] subsequentes, hasta el nu-
mero 18 que segun. Los negocios remitidos asi [ esperaban y de las tres ]
que llegaron, la una se entrego abierta, por cuya causa fue preso el quela entrego,
el despues se huyo de la fuerza, y se retira a sagrado; y asi no pudieron saber
los Macaenses, si su [mapa] dana algunas sobre el negocio de la
Jurisdiccion del Legado. tambien el de Goa segue[xano] por Mayo de
11 no tenia [resenida] respuesta de [Magd.] sobre dicha jurisdiccion, no obstan-
te a todos los años escrito sobre ello: mas no por eso ha de dar
ordenes muy inhorbitantes, y contrarias a la ni los Macaenses sus-
pendido la execusion de ellas
Por este mismo tiempo, o poco antes, llegaron de Roma a Macao dos copias de dos
breves, que su santidad en principio de Marzo de 1709 despachado al

serenissino Rey. Rey de Portugal contra las operaciones de macao. En uno
de ellos, Su Santidad despues de referir la procella que el Legado Apostolico habia pa-
decido en China dice que mucho mayor procella ha sido necesitado a padecer
en Macao y que la corona del martirio, que no consiguio de los gentiles en China
la puede esperar en Macao, reprueba y reprende a los que le impidieron el
ejercicio de su Jurisdiccion y tan infuriosamente maltrataron, a los cuales
7 supone ligados con las censuras eclesiasticas y en carga a muchos al sere-
nisimo Rey , haga tal castigo en los que son de su Jurisdiccion que baste
a quitar la afrenta que tienen puesta a la nacion lusitana. Tmabien
llegaron cartas del Reverendisimo Padre General de san Agustin que daba parte a sus
religiosos como Su Santidad tenia aprobada su obediencia al Legado Apostolico
y les exhortaba en la perseverancia en ella.
En principio de Enero de (1)711, el Capitan General, en cumplimiento de los ordenes
que tenia del Virrey de Goa, hizo que el Reverendo Padre Prior del Convento de San Agustin Fray
Juan de Santa Rosa se embarcase para Goa; la causa fue, porque habia recono-
cido la Jurisdiccion del Legado y hospedado a los misioneros desterrados de
China en el Convento y en la Casa de Nuestra Senora de la Pena. Tmabine remitio para
1Goa al Muy Reverendo Padre Fray Pedro de Amaral, dominicano por la obediencia del legado
Apostólico después de cuatro meses que lo tuvieron preso en una fuerza. Por este

y sus religiosos que decía = Ira el
y a el Prior y sus religiosos portuguezes llevara presos a la fragata de
senora de Nasaret, por horden del señor Virrey, y el que
cuida de dicha fragata, pasara resibo de ellos en cumplimento deste horden
fue este mismo día a las tres dela tarde al de dicho
Gayo con una cuadrilla de soldados y oficiales militantes, que en todos serian
treinta con poca diferencia; con ellos iba [im] pabellón publico, y un ministro
(que llaman Meriño) dela curia episcopal=
- Luego que dicho
que ignoraba el suceso, juzgando que venia alguna persona de cumplimiento
al bajo a recibirle; en el [clautro] bajo, se encontró con la sobredicha
cuadrilla de soldados, y adelantándose el Gayo, le notificó, dicho orden
dicho Prior le protestó las violencias que el Virrey y General ejecutaba contra
el, y demás religiosos, y con gravísimo daño de la libertad y immunidad
eclesiástica, y enorme detrimento de todo derecho eclesiástico y civil, y
así mismo todos los danos que resultasen, de dichas Violencias. Dijo le también
que exhibiese los ordones del serenísimo rey, y de su Virrey; mas no pudo
mostrarlos los unos porque nunca los hubo, y los otros, porque si los habia los tenia
guardados el General por juzgarno serle inconveniente sacarlos a luz=
- Quisieron dicho
saber lo que era, volver para sus celdas, mas el Gayo lo impidió, mandando
a sus soldados que ocupasen la escalera del y no les dejasen subir para
arriba. El Prior le dijo entonces le diesen tiempo para entregar el y
sus cosas, lo qual nunca podia reprobar el serenísimo rey, ni su Virrey;
antes por el contrario tendrian a mal semejantes exorbitancias. Respondió
el Gayo quena había otro remedio que obedecer aquel orden, y de
aquel propio lugar irse a embarcar, y asi que mandasen buscar los habitos
prietos, para luego salir camino de la fragata de Goa: y que de no hacerlo así
les protestaba los excesos que por eso se cometiesen=

y de otros cualquiera que fuesen causa de aquellos excesos, todos los daños y perdidas
que su religion, y religiosos, padeciesen por causa de dichas violencias
respondió dicho Fabellion que no podia dar dicho traslado y testimonio sin licencia
de sus superiores=
El
se fuesen luego sin dilación alguna a embarcar y a si fue que dicho
Prior bajase para eso ala sacristía bajaron en su el Presbítero
Cayetano Fonceca, Escribano, y Meriño dela Curia episcopal, Gayo Fabellion,
Jorge Machado, y Algunos Soldados. En este tiempo llegaron al
los señores Joseph Ignacio Cordero y Domingo Marquini, y viendo el
Vice Provincial Thomas Ortiz, y Fray Joseph de San Antonio, que no podían conseguir
el testimonio, que pretendían del Fabellion, pidieron a dicho señor
Marquini, volviese a llamar (como de echo llamo) al señor Anderes Candela
notario Apostolico, para que diese fee de todo lo que pasaba y repetida ante el
la sobre dicha protesta, diese testimonio de ella, vino dicho señor Andres
Candela, vino dicho señor Candela en del señor [==Lavaluert]
[Jaualeure] Aplico los cuales después de tomada noticia de todo el caso, y esperado
hasta cerca de las Ave Marias, bajaron a la sacristía en delos
misioneros españoles, y el Joseph de San Antonio y Fray Martin dela
Cruz a donde estaba el. Prior entregando los Ornamentos al sobre
dicho Cayetano Fonceca y Fabelion, Jorge Machado y otros=
Luego que dicho
por el Joseph de San Antonio, del fin y intento de aquella visita, en
vos alta. Reconvino al dicho Fabellion, con la protesta que ante el tenia antes
echa, y volviendo de nuevo a repetirla, pidió testimonio de dicha protesta
y traslado de los ordenes del General que hasta entonces se le
habían negado; y saliendo después a despedir a dichos señores, en
de dichos dixo = tenia por mucha honora y Gloria suya y de su
religion el Padecer aquellas Violencias por la obediencia ala silla
En su Legado, y delos decretos pontificios a que siempre estaban muy obedientes;
lo qual no obstante se confesaba fiel vasallo y mui obediente
al serenísimo rey de Portugal, en todo aquello que según derecho le
competía=
Alas nuebe dela noche en poca diferencia, vino un ayudante con un orden
del General, contra los tres Misioneros españoles, Thomas Ortiz, Juan Barruelos, y Juan Nuñes, que en sumo era decir, que el dia
siguiente, temprano saliesen dichos misioneros del por que ya estaba
entregado al ordinario, o y o el Thomas Ortiz lo que el Ayudante
decía, y no quiso responder hasta que el le arguyo de que no quería
responder al General entonces dijo, que para evitar semejantes
violencias y escándalos saldrían de allí; mas que no tenían casa alguna
donde poder ir y así que su General viese si tenia alguna casa
que mandar darles por su plata; y de no que les diese banco para ir a
Manila, adonde ya estuvieran sino les hubieran impedido su viaje =
Alas dies dela noche volvio dicho
el General ordenaba, que en todo caso mañana temprano no estuviesen
dichos tres misioneros en el ; respondió el dicho Vice
Provincial diciendo que primero se pondrían en medio dela calle, que dar lugar
a que se cometiesen nuevas violencias, y escándalos, y que para evitar las
el día siguiente saldrían del ; No tuvo dicho ayudante que
Relación de la muerte y honorífico entierro del Ilustrísimo y Reverentísimo Señor M.B. F. Álvaro de Benavente, Obispo Ascalonense y Vicario Apostólico de la Provincia de Kiangsi [Jiangxi]. 17 de abril del 1709.

Breve Relación de la muerte y honorifico entierro del Illustrisímo
y Reverendisímo Señor Albano de Benavente Obispo Ascalonense
y Vicario de la de Kiang sy
Por Diciembre del año pasado de 1708. llegó el señor obispo de Ascalon a esta
Ciudad de Macao, desterrado de China por los Mandarines. La causa de su destierro
no fue otra, que no haber querido subir a la corte de Pe King a recibir el Regio diploma,
que no se da sino sólo a los que prometen conformarse con las Prajes del Reverendo Padre Matheo Ric-
cio que el Señor Patriarca de Antioquia Visitador con Potestad de Lega-
do a Latere tenia ya prohibidas en nombre de la Silla y aunque dicho Señor
Ascalonense tenia ya dicha apelación a la Silla ante dicho Señor Patriarca que no
la quiso admitir, y por eso la proseguía por Via de recurso ante de su santidad No obs-
tante nunca quiso seguir la practico de otros Ministros, que valiéndose de la Apelación,
que tenian echa, aunque no admitido se apartaron de la observancia de dicha prohibi-
ción; tomando el Regio diploma con la protesta de seguir al dicho Reverendo Padre Matheo Riccio,
y obligándose a vivir en este Reyno de China hasta la muerte. Por esta, o otras causas es-
pinaban algunos, que dicho [S.s ]obispo se arrepentirse retratando su apelación; mas es-
tuvo tan lejos da eso, que por el contrario protesto muchos veces y algunas estando ya
en Macao, delante de los Misioneros de su Orden, y otros que tenia echa apela-
ción, y la proseguia por via de recurso ante su sanctidad, por dar cumplimiento a las obli-
gaciones de su oficio y satisfacer a su conciencia y mirar por el bien de las almas que la
Iglesia tenia encomendados a su cuidado y de hacer lo contrario decía faltaría a mis o
quienes sin duda me angunian de omiso y de que dejaba culpablemente perder etas Misi-
ones. Este era su dictamen, si recto o erróneo lo resolverá el supremo Juez, a cuyo o tri-
bunal esta remitida esta causa. Entre tanto a los demas solo toca con reverencia. y hu-
milidad y no con apresurada libertad, espirar su resolución.
Por obedecer pues ha dicho decreto, y no querer tomar el diploma Regio, contra lo man-
dado por él, fue desterrado a Macao, como también lo fueron otros muchos Misionarios.
y entre ellos todos los de su orden de esta Misión Agustiniana de China. Y aunque an-
tes y despues de su llegada a Macao, fue suplicado y rogado muchas veces de los Reverendos
Padres Agustinos así Portugueses como Misionarios Castellanos, que le ofrecian el para
que Viviese en en él; no obstante siempre Juzgó no sin conveniente aceptar la oferta,
y así se hospedo en una casa que estaba vacía de un caballero particular de esta ciudad,
que el le ofreció, o le solicitaron los de la Compañia. La causa que para esto
daba era decir que no quería dar ocasion a esta ciudad de mayores trabajos. los qua-
les temía se podrian ocasionar de vivir in dicho convento de especialmente por
Validación de la firma de Juan Díez de la Calle en un documento anterior [incompleto]. 30 de junio del 1689.

[En papel timbrado: sello cuarto, diez maravedís, 1689]*este papel le continúa a otro perdido
y damos fe que Don Juan Díaz de la Calle Madrigal, caba-
llero de la Orden de Santiago, Secretario del Rey Nuestro Señor, es oficial mayor de
la de la secretaría del Consejo Real de las Indias, cámara oficial y junta de gue-
rra de ellas de la negociación de Nueva España, de quien parece
ha firmado la certificación desta hoja antes vista. Y como tal
oficial mayor a las certificaciones y demás despachos que dare
de él es ha dado y da en vera fe y crédito en juicio y fue-
ra de él. Y para que conste, damos la presente en Madrid a trein-
ta días del mes de junio, año de mil seicientos y ochenta y nue-
ve.
En testimonio de verdad,
Agustín López Cabezas,
En testimonio de verdad,
Domingo Farena,
En testimonio de verdad,
González Br[etor]
Carta anónima e incompleta de un agustino en el sur de China. Ca. 1687

la provincia de Che Kiang in mediata a la de Nan King que dijeran ser religiosa
de la [compañia] y matemáticos, y que si lo recibían en China sequesarian [lo
da] su vida en ella. El corregidor los los aseguró, y dio [ha sido] al virrey de la provincia,
y envío el memorial al [emperador], y de su real mano se remitió al
consejo de Ritos de donde salío decreto, que los padres matemáticos, sus libros, [sus]
instrumentos se vuelvan a Europa, y que se guarden todos los puertos que no entre
Europeo alguno. Difícil parece de creer que los dichos cinco padres sean verdaderos
padres de la compañia y hagan semejante oposición a los reverendos padres de la cortes
también se teme grande persecución por parte de la chinas por cuanto el Mascobita
esta a la vista del gran muro de china con un ejercito de cincuenta
mil hombres, y ha enviado a Peking un embajador al emperador de china pidiéndole
cuatro capítulos el primero la satisfacción de cierto agravio, que años
pasados se hizo a otro embajador el Mascobita envío a la corte de aquel imperio.
El segundo que se les abra el comercio que hasta ahora se les ha negado. El tercero
la entrega de ciertas ciudades que están fuera del muro a que [alegan]
derecho muy antiguo. El cuarto le pide unas fortalezas, y laguna [Celebes]
donde se cogen con grande abundancia ricas perlas. El emperador le concedió [con g]
de liberalidad todo lo que pedía, pero el embajador no ha aceptado porque
dice ser solo vice embajador, y es preciso dar antes cuenta al [primos]
que viene con el ejercito, de donde se discurre, que el intento el otro y que [a]
pretexto de embajada juzgando que no concedería el emperador lo que pedía, [Vie]
a declarar sangrienta guerra; el emperador esta con grande miedo, la
corte medio alborotada y los religiosos en gran peligro porque las Moscobitas
colgado en el pecho [margen izquierda] traen todos un crucifijo patente con que las chinas juzgan que somos todos [d]
una misma religión y facción. Y aunque los padres de la corte de Peking no [cosan]
de persuadir al emperador que aunque somos Europeos no somos todos chinos
antes si enemigos por ser cismáticos inobedientes a la santa iglesia romana,
y se teme persuadan al emperador que somos espías y enemigos en cubiertos
y que han hecho tantos cristianos los misionarios [paracer]
gente y levantarse con el reino. Y así si el Moscovita declara
guerra es muy [verosímil] se levante persecución contra los religiosos porque
así se practica ya en los tribunales de la corte de Pe King y [expenal]
el tribunal de Lipu, que es como congregación de Ritos, en el cual ha salido [conde]
da una [seta] de las de China que exhorta a la Anarquia, y dos [obediencia] a los
Carta del rey Carlos II al provincial agustino de Filipinas. Junio 30, 1689.

El rey
Al Reverendo Padre Provincial de la Provincia del Santo Nom-
bre de Jesús del Orden de San Agustín de las Islas Filipinas, ha-
biendo llegado a España a fines del año 1687. Fray
Álvaro de Benavente definidor y procurador general
de esa orden con intento de pasar a Roma a re-
presentar a su Santidad los inconvenientes que habían
resultado del decreto expedido por la congregación de
Propaganda Fide a fin de enero del año de 1680 so-
bre que los religiosos regulares vasallos nuestros y misioneros en las
China estuviesen sujetos a los vicarios apostólicos
franceses que dicha congregación había embiado a aquel
imperio. Tuve por bien de darle carta para mi embajador
en Roma en que le ordené protegiese a Fray Álvaro
en cuanto pudiese mirar al buen logro que efecto de sus
instancias en este negocio habiendo de en parte especial
suplica, a su Santidad sobre él y mediante la executada
así por mi embajador como por dicho procurador ha ex-
pedido decreto dicha congregación en 23 de noviembre del año

embajador en Roma, le he mandado pase con su Santidad todos los
oficios combementes en Orden a que los Misioneros queden en las
obediencía de sus superiores como antecedemiente lo estaban, y del
[Ruo] de este Despacho y de lo que en su virtud obrare del me daréis
cuenta. De Madrid a 30 de Junio de 1689 años
yo el Rey
[Pomi.de del Rey mio s.z
hit. ahiz
de Italara]
Al Provincial de la Orden de San Agustin de Filipinas en cargándole
de mucho fomento a la misiones de China, y de cuenta de
lo que obrare.
Relación de los sucesos de esta nuestra misión de la Orden de Predicadores en China en este año de 1682

a todos los habitantes de esta jurisdicción de cualquier estado
o condición que sean, que esten muy enterados, de que honrando
cada uno a sus padres, y respetando a los mayores sean imita-
dores de los reyes, Lao, y Xin; y ocupándose cada uno en su oficio,
y en la enseñanza de sus hijos, serán más bienaventurados que
los Dioses. Pero si algunos ciegos y engañados se volvieren
a juntar, poniendo en práctica dichas herejías y errores, serán in-
faliblemente castigados con rigor. Y ten si algunos necios (que son
los más rematados de todos permitiendo que sus mujeres con
escándalo de la virtud, y perversión de las buenas costumbres, va-
yan a la iglesia a oír sermones, lo cual es abuso digno de todo detes-
taron) prosiguieren camino tan abominable, será preso el varón,
y castigado con tablones al [pieneso], y la mujer será castigada
conforme a la gravedad de su culpa, y llegando a conocer que esta
pestilencia ha llegado a inficionar a los hombres de letras; digo que
no hay sino inferir que las cinco enseñanzas que divulgaron
los sabios antiguos del consejo de ritos, son marcas, y defectuo-
sas, y que el libro de ritos de Cheu Hūng que trata de las virtudes
interiores y exteriores, se debe [arrojar] y no hacer mención
de el; y que el libro que recopiló Chucū, había [bag] y lo que escribió el
Mēng chū son disparates. No es cosa [P...blo] lamentable que
se llegue a estos lances en China? Sepan pues que aunque el
gobierno en que me han puesto, me tiene muy ocupado [..nde] en
otros tiempos puse mediana diligencia en averiguar los esta-
blecimientos de los reyes antiguos, y en estudiar la doctri-
na del confieso, y otros maestros, y puedo con firmes fundamentos
discernir el vicio de la virtud, y el error de la verdad, siendo pues
necesario librar a los de mi juridicción, de que caigan en
peligros, y engaños, los aviso y amonesto primero, para que
no puedan que lance de mi vigor aquellos [acusen] la falta
de enmienda hiciere dignos del castigo y así pensar bien
lo sobre dicho, y atender a su observancia.
Antes de pasar adelante para más clara inteligencia de lo que
se ha de decir es menester traer a la memoria lo que ya se
ha escrito en otras relaciones, conviene a saber que cuando
el emperador en la persecución general pasada, dió licencia para que los
ministros se volvieren a sus iglesias, pero fue prohibiéndole
que

tan [osenas], y sucias que fuera manchar el papel el refe-
rirlas, y señalado por lugar a donde las ejercitábamos
a la iglesia pequeña antigua, citando a lo último por cóm-
plices en los delitos a los cristianos graduados con fin de que
les quitasen los grados y que [ dasen] de bajo de su dominio.
A este informe que remitió por modo de su suplica arrimo para
hacer la eficaz la común persuasiva del mundo, y con alguna
especialidad de China que es la plata, disfrazando la mali-
cia de cohecho entre ceremonias de regalo. Aún antes de
salir el informe de Fogān ya en el sentir de algunos se
daba por tras tornado al gobernador de Foning así sucedió,
que no es mucho que al corazón de un infiel le rinda tal
contra mina. Explicó luego lo flaco de su poca rectitud des-
pachando un decreto en que mandaba se derribase la iglesia
antigua de Fogān: Si bien que se aguardase para ponerlo
en ejecución que viniese de la metrópoli confirmación
de esta su sentencia, y remitiendo dicho decreto a Fo-
gān, al mismo tiempo remitió el informe de nuestro enemi-
go multiplicado en traslados auténticos a los tribunales
superiores. A que fue donde el cordel dió su segunda
vuelta al recelo de que este negocio no podía menos que
llegar a la corte, pues pasaba ahora a manos del Virrey,
y del Capitán General que son los dos que solamente pueden
segun las leyes de China informar al emperador si bien que
el haber el Virrey recibido de nosotros el año anteceden-
te un regalo, dejaba algún resquicio a la esperanza de
que ahora nos favorecería.
[13] Visto el estado que había tomado el negocio pareció ne-
cesario que el Padre Fray Francisco Varo como mas apto, que era para
el intento, se partiese luego para la metrópoli, como de
hecho se puso a toda prisa en camino no obstante, que hu-
bo pareceres que lo dificultaron, por hallarse la misión falta
de socorro y sin esperanza de que viniese este año de Manila,
por haber nos escrito de [Ruang tuñg] como un chino que había
venido

No goza el dicho Joseph de los privilegios que su hermano,
por no estar graduado: y asi se podría presumir que no obra-
ría con tanto [aviso] por temor de las vejaciones que le haría
el corregidor, estando como esta de bajo de su jurisdiccíon.
Pero no fue así, sino que despreciando la vida por hallarse
falto de salud; teniendo en poco los azotes, que su ponía por
ciertos, en pudiendo haberlo a las manos el tirano, y atro-
pellando con el amor de mujer y hijos, y menos cabo que
con su ausencia padecería su [haciendas] se ofrecío a ir, como
de hecho fue en compañía del Padre Fray Francisco Varo a la me-
trópoli. Y importo tanto su ida por ser hombres
muy activo, y de gran expedicíon en los negocios, que pasan
en los tribunales, y trabajo tanto que llegó a decir el dicho Padre
Fray Fancisco en una de las cartas que me escribió, que si los
cristianos pesaran ahora a dicho Joseph, no era premio su-
ficiente a lo que el merecía. Con estos ejemplares que-
da confirmado, y se confirma más con otros que se veran
adelante lo que dije en el número séptimo de este pá-
rrafo, que el obrar con fortaleza en estas ocasiones lo
da Dios a quien quiere, cuando, y como su majestad es ser-
vido. Bendita sea su infinita bondad por siempre.
[16] Llegado el Padre Fray Francisco a la ciudad de Fòcheû, que
es la metrópoli de aquella provincia de Fōrîn, se hallo
allí un cristiano natural de Macao llamado Juan Cor-
tez que con especial providencia había Dios traídole en a-
quella ocasión porque teniendo como tenía mucha intro-
ducción con el Virrey por correr con algunos negocios de im-
portancia suyos, pudo apadrinarnos, como lo hizo. Por medio
suyo se le introdujo al Virrey un presente de algunas cosas
europa, con cuyo prólogo de cortesía se le dispuso el ánimo
para que oyese el informe de la persecución de Fogān. El
Virrey acordándose del regalo que el año pasado le habíamos
hecho del perrillo que los padres trajeron de Manila jun-
tándolo con lo que ahora se le ofrecía se hallo tan obligado
que quiso dar especiales muestras de agradecido, siendo las
pri

La primera de hacer al Padre Fray Francisco Varo otro presente de
retorno; favor que aún otros de menores puestos no se dignan en China de
hacerle a todos. Pero lo que más tuvo de particular, fue, que entre otras
cosas de que el presente se componía, y van veinte y cuatro [taes] de plata
fina, siendo [forzoso] el recivirlo todo sin hacer la menor replica, por
venir de mano de persona tan superior. Que para quien se hallaba re-
celando gastos encontrar con un juez de antemano paga el mismo
las costas, da motivo para que principalmente se reconozca por dádiva de
aquel señor que de este modo nos da a entender, que aún en los
tesoros de los tiranos tiene su providencia el deposito para cuando
falte a sus hijos. Y si lo que contenía el regalo fue del precio que
queda referido, de mucho mayor monta fueron los efectos quede
el se sugieron para que el magistrado de la sala del crimen, en cuyo po-
der estaba ya el siniestro informe el tirano de Fogān como esta-
ba a la mira de lo que pasaba; extrañada la novedad de agasajo
tan doméstico en persona tal, no obstante que era desafecto a la
Ley de Dios suspendió por entonces el actuar cosa alguna
sobre la materia, por que conocía que había el Virrey de advo-
car así luego la causa, y declarar por falsa la acusación y con
firmariase en este sentir, cuando vió que el dicho Vierry despa-
cho dos carteles a favor de las dos iglesias de Fogān y Ningte,
que para ambas se le pidieron, mirando siempre como propia
la causa por lo que también tocaba a nuestros hermanos los reli-
giosos de nuestro Padre San Francisco.
[17] Aunque por esta parte habían comenzado a correr bien y favo-
rables los vientos; pero aunque daba mucho y que se miraba más
arduo por ajustar, por que estando también la acusación por
conocer de sus causas. Hay también en aquella metrópoli; el
cual es independente de todos los demás: y no habiendo nosotros
hasta entonces tenido entrada con el perfect que allí preside,
ni con otro alguno de su audiencia, ni menos descubrir quien
de nuestra [padre] le pudiese hablara no se podía esperar menos que senten-
cia en contra de los letrados quitádoles los grados que por ser
en este reino un grado de estos tan apetecido que si por ser
cristianos les privaran del a los que le tienen tengo por cierto que
fuera

su paternal protección por el contrario los ánimos de los ene-
migos que tan enconados se hallaban, que daron tan fríos que
no podían creer que lo [veían], ni entender como unos extranjeros
tuviesen tan desmedido poder y volviéndose contra su corregidor
murmuraban del, diciendo que no había sabido lugar el lance
ni poner eficaces medios para salir vencedor. [No cesataba] el ti-
rano que el eco de estos [baldones] llegase hacía sus oídos, para
incitarse a nuevo furor, que el dragón infernal que le movía,
no se descuidaba de dar calor, y atizar su ánimo contumaz,
y así aunque le turbó, y no poco esta primera noticia, pero no se-
puede decir que le dejó helado como a los demás.
[19] Los carteles que el Virrey concedío a favor de las dos iglesias,
fueron remitidos a los dos corregidores con orden de que los entre-
gasen a los ministros que en ellas se hallasen, y tomasen de ellos
recibo de la entrega, y lo remitiesen al Virrey para que le constase
de su ejecución. Llegados a Ningte que esta a la mitad del
camino, hubo menester más el corregidor de aquella villa
para alzar la mano de la persecución, y luego hecho vos de que
a visasen al religioso que se volviese a su iglesia, como lo hizo el
Padre Fray Lucas Esteban franciscano a quien pertenece el cual hasta
entonces se había estado en nuestro ministro del pueblo de
Moyang, y desde entonces ha pocado allí de segura paz, sin
que nadie le haya dado el menor ruido. Bien lejos se halló
el corregidor de Fogān de imitar ahora a su amigo el de Ningte
como le imitó en empezar la persecución, pues llegado a sus
manos el cartel de Virrey, tuvo osadía para hacerse
desentendido, y no entregarlo como se lo mandaba. [Instose] en
Fòcheû con el Virrey acusando la rebeldía del corregidor y despachó
segundo orden mas riguroso acompañado de una bien agria
reprehensión aqui fue cuando el dragón infernal que
impelía a este tirano hecho el resto en ofrecerle tracas como que
dando bien, pudiese proseguir la guerra con esperanza de obte-
ner la victoria, pues se ves bien claro que fueron todas dia-
bólicas, de las que al tirano uso en esta ocasión. Viendo que ya no
podía menos que entregarnos el cartle del Virrey para que se fijase
en el frontispicio de la iglesia, lo fijo antes en la plaza pública,
pero

pero con otro junto a el en que protestaba el agravio,
y que teníamos engañado con nuestros embustes al Virrey, el cual
no había llegado a tener noticia de nuestras maldades, ni cono-
cido que gente somos, y en consecuencia de este pues de remi-
tirnos a la iglesia el cartel, y obtenida certificación de la
entrega, la remitió al Virrey, y mintiendo para la escu-
sa de haber dilatado la ejecución, que había estado fuera de la
villa, añadió suplicando, que se le oyese en un informe
que remitiría despues dando el razon de su justificado pro-
ceder.
[20] Hecho este despacho luego al punto convocó a los cabezas
de barrio, y demás personas de parte, que de los infieles hay en
aquella villa, y propúsoles, y ponderoles que cuan feo, y indigno
de tolerarse era que una gente infame sobrese extranjeros co-
mo éramos nosotros, no hubiésemos de salir con [subpeditar]
y abatir el corregidor y cabeza superior que ellos tenían en su
villa, y así que pues eran constantes a todo el mundo nuestras
maldades, que todos ellos en un escrito que el haría las ates-
tiguasen, y en nombre de toda la villa se pidiese que conforme
ellas lo requerían fuésemos castigados y expelidos para
siempre de todos aquellos distritos. Vinieron a ciegas sin
dificultad ninguna en lo que el inicuo tirano les propuso
todos los circunstantes, y puesto en forma el escrito, y fir-
mado de todos, lo remitió al Gobernador de Foning, y este
que ya se había también declarado por enemigo nuestro,
sin atender a que fuese verdadera o falsa la acusación
admitióla por lo que tocaba a su parte y remitióla al
supremo magistrado del crimen a la metrópoli.
- Aunque fueron muchas las fasedades que iban acu-
muladas en el referido escrito, en donde más el tirano
dejo correr la pluma, fue hablando de la comunicación
que tenemos con las mujeres imponiéndonos tales torpe-
zas, que solo pudo distar se las el inmundo espíritu que
le asistía, siendo este punto el más delicado que la astucia
del dragón infernal pudo inventar. Porque siendo for-
zoso

forzoso para administrarles los sacramentos el verlas, y tratar-
las, y aunque se procede aún en esto con todo el recato posible,
pero tenía por lo menos con que dar algún color a su falsedad.
Y siendo el recogimiento y retiro de las mujeres ley tan
rigurosa en China, tenía con que agravamos los delitos que
nos acumulaba, de modo que solo el oirlo [irritase] los ánimas de
los juezes en cualquier tribunal que pareciese la causa.
20 No se nos ocultaba a los religiosos las máquinas que para
dar nos batería fabricaba el tirano; pero nos [persuadíamos], a que
dado que el gobernador de Foning por hallarse obligado de los repeti-
dos, y cuantiosos sobornos que de su mano había recibido, se arro-
jase a enviar informe tan desmesurado a la metrópoli; pero el
magistrado de la sala del crimen por cuya mano había de pa-
sar, teniendo aún presentes los agasajos que el Virrey nos
había hecho, no se atreviera a ponersele en las manos, y que
en caso que lo hiciera, no se nos proponía como factible que el
Virrey lo admitiese, ni actuase cosa alguna sobre lo que
en dicho informe se proponía, por ser estilo muy practicado
en los tribunales de este reino, especialmente en los superio-
res donde cargamos el tropel de negocios, el no admitir acu-
sación hecha por aquel, en quien se reconocen indicios des-
apasionado, por que siendo como es el natural de los chinos
muy litigiosos, no dejaran respirar a los juezes. Movido
también de estos mismos discursos el Padre Fray Francisco Varo, se había
vuelto de la metrópoli a la villa de Lôyuèn, y aún con más [seguridad]
que la que los demás teníamos, por que al mismo tiempo se había
partido para Cantón el cristiano de Macao que nos apadrina-
ba, y habiendo encomendadonos al Virrey a la despedida, les
respondió que no fuese con cuidado, el miraba como cau-
sa propia nuestra negocio. Pero no hay discurso cierto, ni seguridad
que valga contra lo que en cielo se ha decretado. Aún se ex-
tendían a mas (como se verá adelante) las permisiones de-
Dios dando licencia a la malicia para que ejercitase a
sus siervos persiguiendo su inocencia.
Habiéndose ya fijado a la puerta de la iglesia el cartel
que

que a favor nuestro había concedido el Virrey parece, que se seguía que
habían [depocar] del alivio de algunas treguas, por lo menos en el
interin que el despacho que en contra nuestra se había hecho en nombre
de toda la villa de Fogān, y remitido a la ciudad de Foning, presenta-
do en aquel tribunal fuese ascendiendo por su orden a los demás
tribunales superiores, [esto] lo que puntualmente guardan los negocios
en China en el ascenso, y descenso de cualquier despacho. Pero en este
tiempo fue cuando la malicia de corregidor temiendo que nos gloriá-
semos del buen suceso, procuro privar nos de todo sosiego haciendo
amago de aposentar en la iglesia a todos cuantos hombres de cuen-
ta pasaban por aquella villa o venían a ella. Y a los cristianos
espantándolos con diversas amenazas que como estas suelen
causar aún mayor favor que los mismos golpes, hasta entonces
desde que comenzó la persecución, no se veo tan [amilanado], y
sombrado aquel pobre rebaño, en tanto grado que por este tiempo
el mayordomo del [Rosario] que nombre arriba de dijo un día; gra-
cias a Dios por todo que ocho o nueve meses a que no se pasa día
en que no padezcamos alguna especial aflicción, o trabajo.
[24] Llegó el despacho a manos del Virrey, que dejo burlado no
solo en esto nuestro discurso, sino que admitiéndolo, decreto que se
hiciese averiguación con todo secreto de lo que contenía la [acu]-
sación, y sele remitiese para que el despacharse mandamiento
de prisión contra los delincuentes, que éramos los dos que enton-
ces nos hallabamos en Fogān. Al mismo tiempo que salió este de-
creto, acertó a llegar a aquella metrópoli el Señor Don Fray
Gregorio López, que habiéndole yo suplicado que subiese a la villa
de Loyuen para comunicar puntos graves tocantes a su obis-
pado, siendo forzoso para su viaje el pasar por allí, llegó
a tan buena ocasión, pues no eso pudo luego darme a-
viso de lo que pasaba. Bajando yo de la villa de Fogān a la de
Loyuen por el fin sobre dicho [deber] me con el Señor Don Fray Gregorio
me encontró en el camino el tal aviso, y desde allí escribí al
Padre Fray Andrés López, que quedaba en Fogān que con to-
do disimulo fuese recogiendo las alhajas de la iglesia, y re-
partiéndolas por los cristianos que yo procuraría volver con
tiempo que pudiese hallarnos allí el order de que nos prendiesen,
si

si llegaba el lance, como lo tuve yo por cierto, y los demás
religiosos lo tuvieron también de que llegaría , y por modo
ninguno convenía que se diese la menor nota de que [ huya]-
mos el cuerpo, porque sería hacernos sospechosos de las in-
famias que no habían impuesto.
[25] Mucho, sintieron este golpe los afligidos cristianos, y no me-
nos los ministros considerando que nos faltaba ya el favor
del Virrey, que era el único, que a lo humano, nos conserva
en algunas esperanzas de poner obtener buen suceso y agravó-
se el sentimiento. Viendo que los efectos del tal decreto, iban
después confirmando los recelos que antes se había concebido,
porque habiendo llegado a manos del Gobernador de la ciudad de Foning,
como este se hallaba cohechado del corregidor de Fogān, aunque
venía cometido a el la secreta averiguación, remitió la di-
ligencia al mismo corregidor que siendo tan constante cuan a-
pasionado se hallaba contra nosotros, fue maldad notada
aun de los misioneros gentiles. Bien se deja entender el gozo que
el tirano nuestro enemigo recibiría, viendose con toda la auto-
ridad en su mano, que aunque era solo de averiguar y
de secreto luego se le ofrecería en ensancharla a medi-
da de su mala conciencia como lo hizo.
[26] Dió principio a la ejecución con todo el estruendo de rigores
que le ministraba su loca, como ciega arrogancia, mandó que todos
los cabezas de barrio le llevasen por escrito los nombers de todos
los cristianos, y con distinción de las que guardaba virginidad
por ser donde su malicia fundaba los cargos más feos que ahora
entendía comprobarnos ejecutaron todas estas averiguacio-
nes de molestia, que dejan entenderse de un tirano que tan-
to deseaba que llegase a su mano el acote. Pero permitiéndo-
le Dios tocar al cuerpo en algunos cristianos que prendió,
no le dió licencia por sus altísimos juicios para que to-
case al alma, que lo es el ministro, que aunque es muy
cierto que ello desearía, pero la divina majestad debía de haber-
le initimado al dragón infernal que le asistía el animan eius
ne te tigeris. Con que le ato las manos en otra ocasión. Habiéndole
en

quince, [arrojas.] Pedro que los recibió con mucho goza de su corazón.
[27] Desechado este testigo procedió a examinar a otro que por
ser viejo y medio sordo, por ahorar de pensarlo que había de respon-
der a tan molestas preguntas, de termino de fingirse sordo del todo;
con que a cada pregunta del corregidor respondía a un despropósi-
to, que causaba risa en el auditorio, y no poco rabiosa irá en el
tirano, levantaba este la voz, y el otro cerraba sus oídos, hasta
que a los gritos, que le dió un sayón respondió que el era cristiano,
y no decía más. Bien quisiera el corregidor para desfogar su có-
lera mandar que luego allí lo matasen a azotes, pero no sele
ofreció a toda su malicia la menor aparencia de razón
por donde honestar con el vulgo semejante castigo, con que
hecho un veneno de ver que así sele malograba una acción
en que el había trazado hacerla el total papel de su justicia,
sin atreverse a pasar adelante en el examen, explicando
su enfado levantóse del tribunal y fuese corrido, con que
se dió a este auto bien distinto de lo que de el aparato, y es-
truendo de amenazas se habían los infieles prometido, y así
se fueron bastantemente frio todos los que habían concurrido
con ganas de [oí] por lo menos en juicio las maldades que en
contra de nuestra Santa Iglesia, y Ley, y sus ministros se habían
hasta entonces publicado.
[28] En estas diligencias, y judicaturas andaban en la villa
de Fogān apelando el corregidor a nuevas trazas, y blasonando
ejecuciones de los órdenes del Virrey, cuando andaba Dios en la
metrópoli de Fòcheû disponiendo por medios bien extra or-
dinarios como se proveyese de remedio a aquellos daños.
Oyendo el Señor Don Fray Gregorio en Fòcheû el estado a que había
llegado la persecución, y no hallando aunque lo buscaba, modo
como se le pudiese suplicar al Virrey a mejor informe
ofrecióle Dios un buen cristiano llamado Eleuterio criado
del mismo Virrey, del cual ni aún senos había antes ocu-
rrido el valernos del, por juzgarlo de muy poca su posición
para con persona tan grande , y en negocio de tanto empe-
ño. Viendo Eleuterio afligido al Señor Don Fray Gregorio le o-
freció que el presentaría un memorial y hablaría al
Virrey, el dicho Señor Don Fray Gregorio considerando que no se descubría
otro

otro medio, admitió la oferta y entre los dos dispusieron
el memorial el cual en sustancia decía, que el era
cristiano antiguo, pues había heredado el serlo de sus padres,
y abuelos, que también lo había sido, y que habiendo cono-
cido diversos ministros del evangelio, a todos los había ex-
perimentado hombres de inculpable vida, y muy ajenos de las
torpezas que ahora les imponían a los que residían en la villa
de Fogān, y que teniendo por tan manifiestamente falso lo que
contra ellos se había informado en aquel tribunal, que
el ofrecía su cabeza si por vía de ministros desapasionados
se llegará aprobar el menor de los cargos que contra dichos
ministros del evangelio se habían publicado.
[29] El primer día que el Virrey salió a [audiencia] llegó El-
eutorio a presentar su memorial, y viéndole el Virrey
arrodillado como es costumbre en China a los que comparecen
en algún tribunal, mirándolo con apacible semblante
le preguntó diciendo que se le ofrece al buen viejo? Y habiendo
le entregado el memorial, y comenzando a leerle, y sin acabar-
le, tomó la pluma y decreto diciendo que por cuanto el tenía
ya averiguado ser falso lo que el corregidor de Fogān había de-
puesto contra los ministros de la Ley de Dios, que el magistra-
do del crimen despachase luego por el asesor de dicho corregidor
para que fuese castigado por haberse atrevido a mentirle en
negocios tan graves, de este modo se castigan en China los ex-
cesos de los que actualmente estan en los gobiernos; y es para ellos
muy sensible, como lo fue ahora para nuestro enemigo, hallán-
dose en al mayores razones de sentimiento por que fuera de las
comunes de ser lo mismo que si los azotaran a ellos, y ser tam-
bién un comenzar a levantar la mano para el golpe que se
les previene en sus mismas personas, que a lo menos es de qui-
tarles después los oficios, el hallarse ahora este tirano tan
empeñado, y tan cerca, a su parecer, de salir victorioso
necesariamente había de agravarle el sentimiento, de modo
que algunos se recelaban, de que se había de [ahorcar].
[30] Bien se conoce, que para personaje tan grande de como un virrey
y especialmente en China donde tan notable es la soberbia
con que

con que se portan y hallándose este jurídicamente informa-
do contra nosotros de los tribunales inferiores, que esperaba más exac-
to el informe, en virtud del decreto que el pocos días antes había des-
pachado; Bien se deja entender de cuan poca monta ha-
bía de ser la intercesión de un pobre viejo de por cristiano llevaba
consigo el crédito de [aposionado ] a no haber habido otro más su-
perior impulso de aquel poderoso señor que para [dar] alguna
muestra de su infinito poder, suele escoger los medios más
humildes para derribar los imperios más fuertes. Llegó el des-
pacho a Fogān donde se hallaban unos ocupados en continuas
oraciones, letanías, y sufragios, porque las que comenzaron al prin-
cipio de la persecusión, ahora se repetían con mayor instancia
hallábanse ocupados, otros en violencias extorsiones, y di-
ligencias inicuas, con lo cual aunque a todos causo admi-
ración la impensada nueva, pero con la diferencia de efec-
tos que pedían tan opuestos ejercicios, porque en unos
entre júbilos, y alegres alborozos, sonaba la suave har-
monía de hacimiento de gracias, y alabanzas a la majestad
de Dios, y en otros se [vian] la turbación, los [tomores] y rabio-
sas blasfemias contra su divina bondad, pero todos
(sic) también los concluyan con que con esto
se había y ha dado fin a todas las máquinas de la per-
secución: Y así se seguía que había ello de ser a haber-
se de acomodar los sucesos a los discursos humanos, pero
por más ciertos y bien fundados que a los hombres les
parezcan suelen salir después vanos.
[31] Y a se sabía que por este mismo tiempo había llegado nueva de
la corte de que estaba el Virrey promovido para Capitán
General de Cantón, pero también se sabía que las personas
de puesto de aquella Provincia de Fo Kiên habían supli-
cado al emperador que tuviese por bien de que dicho Virrey se de-
tuviese allí por lo menos un año más que importaba su a-
sistencia para acabar de asustar las inquietudes de los
de Tayoan, con lo cual nos prometíamos que en aquel tiempo
que daría totalmente o segurada la paz, que deseábamos para
Fogān porque el Virrey demás de haber despachado el
sobre

el sobre dicho decreto tan a nuestro favor, había después dado
muchas muestras de proseguier en favorecernos y librarnos
de los que ya estaba persuadido que nos perseguían con
dañada intención. Pero dentro de muy pocos días llegó
respuesta de la corte dándole orden para que se partie-
se luego que llegase el sucesor que ya venía camino.
Con esta noticia resucitó a nuevos alientos nuestro ene-
migo el corregidor de Fogān y comenzó a fulminar ame-
nazas diciendo, que han llegando el Virrey nuevos volvi-
ría el a proseguir la persecucíon. Llegó el Virrey con la
brevedad, que la nueva había prometido, y venía encomen-
dado en orden a nuestro pleito de los Padres de la Compañia que
desde el principio se les había escrito para que estuvie-
sen sobre aviso por lo que pudiese suceder, y para que apli-
casen se pudiesen algún efficaz remedio a los daños que
amenazaban. El religioso de la Compañia que al pre-
sente estaba en la ciudad de Fòcheû, no acudió tan pun-
tual como el Virrey quisiera a darle la bien venida, por
lo cual, aunque su Vice Provincial el Reverendo Padre Juan Domingo
Gabiani por allí visitando al dicho
Virrey le admitió la visita con todo agrado, y sela retornó
con puntual urbanidad. No obstante esto el mismo día de
la visita habiendo ya llegado a sus manos el informe
que el corregidor de Fogān había remitido de nuevo
contra nosotros, decreto diciendo que el magistrado
del crimen hiciese observar el mandato regio des-
pachado en el año décimo de este reinado. Conviene a
saber, que no se exigiesen de nuevo templos de la Ley
de Dios, ni entrasen en adelante persona alguna en
dicha Ley, golpe fue este que puso a la persecución en peor
estado que hasta entonces se vió pues bajando este or-
den a todas las ciudades, y lugares, era ya general
la persecución en toda aquella Provincia, y de los casos
que de aqui resultaban había de ser forzoso dar parte
a la corte y consiguintemente amenazaba el que pasase a ser
gen

general en todo el reino nuestro enemigo tenía co-
hechado un oficial en la audiencia del crimen mediante
la cual diligencia corrió con especial brevedad este des-
pacho cuanto al bajar a Fogān que habiéndolo recibi-
do el corregidor lo mandó fijar luego en los lugares públicos
con otro edito suyo en que mandaba, que para cumpli-
miento de el decreto del Virrey, los cabezas de barrio le ha-
bían de dar todos los meses razón de lo que acerca de esto pu-
dieran averiguar.
[33] En las muchas tribulaciones con que el discurso de es-
ta persecución vi a la no [necita] de aquella pobre iglesia bien
asustada, ahora solamente llegué a recelar, que las olas y a la
sumergían, y sin recurso la hecha van a pique. Y así ex-
clamé diciendo, que por mejor tuviera el que se hubiera per-
dido antes de ahora resumiéndose en ella sola la per-
dida que no perderse ahora con tan evidente peligro
de los cristianos llegó a lo sumo que pudo llegar por que
por horas aguardaban, cuando vian llevar presos a los mi-
nistros por haber exigido iglesias y hecho de nuevo cristianos
y cuando también los prendían a ellos por la misma
razón, y declarándonos por incursos en el crimen de
haber contravenido al mandato regio, quitar no la vi-
da, y extinguir de China la cristiandad. Era este último
aprieto que tenía y decretado la majestad de Dios que
se había de padecer en esta persecución, y así no es mu-
cho que para ejercicio de unos, y prueba de la fe de otros
permitiese su majestad que fuese también la mayor tribu-
lación.
Hallabanse también sobre manera afligidos en
Fòcheû el Padre Vice Provincial de la Compañia y el Padre Fray Francisco
Varo, que también se hallaba allá por haberle yo en-
viado con fin de ver si descubría modo como poder hablar
al Virrey, para informarle de la verdad. Buscaban entre
los dos, y discurrían medios para atajar tanto mal;
pero

pero no hallaban aunque intentaban algunos, ninguno
que fuera eficaz. Parece que en tan deshecha tormenta
aún todavía dormía el que siempre vela para nuestro reme-
dio. Despertó en fin su misericordia, quien duda que mo-
vido a piedad por las voces de muchos que le instarían
diciendo: Sálvanos señor que perecemos. Mandó
a los vientos que cesasen. Tardó el corazón del Virrey to-
mando por instrumento una carta del Padre Ferdinando Verbiest
presidente de la matemática que con especial providencia dispuso
su majestad que llegase dos días después de haber el Virrey he-
cho el despacho referido encomendándole en ella de nuevo nuestro
negocio [enviase] leal Padre Vice Provincial con un mozo suyo el cual
al dársela añadió diciéndole, lo afligido que nos hallába-
mos, y habiendo la leído respondió, que dijese al Padre
que no tuviese pena, que el lo compondría todo muy bien y pres-
to; y luego allí en presencia del mismo mozo hizo que se
escribiese un orden al corregidor de Fogān, para que al punto
se partiese para aquella metrópoli, fue luego en cumpli-
miento de dicho orden, y como no pudiese saber claramente la
causa de ser tan impensadamente llamado solo supo era por el
negocio tocante a la Ley de Dios, y va [temeroso] recelándo-
se algún grave daño, que la conciencia le acusaba.
Llegó a Fòcheû y el primer día no le quiso el Virrey ad-
mitir a audiencia, con fin humillarle como el mismo Virrey en-
vió a decir al Padre Vice Provincial el segundo día le admitió pero
fue para solo decirle que fuese al templo de la Ley de Dios a
visitar al dicho Padre Vice Provincial que estaba allí; quedo aturdido
el miserable con este orden viendo que le obligaban a ir a hu-
millarse a los que hasta entonces el se prometía ver los puestos
a sus pies con cadenas. Mostróse muy humilde en la visita dis-
culpándose de lo que hasta entonces había obrado, que gente
mal intencionada le había engañado por no haber tenido an-
tes noticia de la Ley de Dios. El día siguiente volvió a dar razón
al Virrey de cómo había cumplido con lo que el día antes sele
había mandado. Mándole el Virrey aguardar en una ante-
sala, y envió un recado a los Padres que fuesen allá los tres que
allí se hallaban; fueron luego y al punto que llegaron se
le

se les dió entrada que dándose todavía el corregidor aguardan-
do. Dióles el Virrey a los tres él mejor lugar como a huéspedes
tomando el la silla inferior, y díjoles que muy fácil le fue-
ra a él el quitarle el oficio al corregidor de Fogān, pero que des-
pués quedaría más enconado contra nosotros, y acaso buscaría
otros medios peores por donde hacernos guerra, y asi que tenía por
mejor el ajustar lo por bien. Diéronle las gracias los religiosos
y luego mandó entrar al corregidor hízole una plática, que a ser cristiano
y muy fervoroso, no se que sela pudiera haber hecho mejor. Díjole
que como siendo ministro, y tan antiguo no había tenido noticia
de la Ley de Dios, estando tan dilatada por todo el reino. Que
en todas las provincias donde él había gobernado, había corrido con fa-
miliaridad con los religiosos y que en la provincia de [de] Jônân
de donde ahora venía de ser también Virrey dejaba comenzada
a fabricar una iglesia por su cuenta que en la corte hay dos o tres
iglesias, y lo que más es, que al lado del mismo emperador esta la Ley
de Dios, y concluyó diciendo, que le había mandado venir allí,
solo para hacer su negocio intercediendo con el Padre Vice Provincial
para que no le pusiese pleito en la corte (para donde estaba de par-
tida) por haber llamado en los edicto que había publicado, secta
falsa a la Ley de Dios, haciendo así que esta aprobada por el
emperador agradeció con mucha su misión al Virrey la merced
que le hacía, pidiendo perdón de su yerro, y dando por excusa que
gente de mala intención le había engañado. Despidiólo el Virrey
diciendo, que fiaba del que haría en adelante buen corregidor,
y que con esto, y tener siempre mucho cuidado de los religiosos
y de que ni a ellos ni a sus iglesias inquietasen gente traviesa que
él tendría cuidado de solicitarle sus aumentos. Fuese y tam-
bién los religiosos, habiendo rendido las gracias al Virrey, se
despidieron, con que se puso fin a este auto, y juntamente a toda
la persecución.
Después se visitaron el corregidor y el Padre Fray Francisco Varo dejando
muy asentada la amistad y tanto que he tenido ahora carta de Fo-
gān en que me dicen, que habiendo llegado un gentil acusar a
un cristiano porque persuadía a otros que entrasen en la Ley de
Dios, entendiendo, que con esto se congraciaría con el corregidor,
no sabiendo aun cuan mudado estaba; que el corregidor le mandó
a cortar rigurosamente al tal acusador, y juntamente le dió por ello
una

una grave reprehensión. Con que no solo en Fogān, sino en
toda aquella Provincia de Fô Kiên mientras aquel Virrey gober-
nare, no me parece que los ministros tienen que recelar. Gracias
y alabanzas sean dadas a la majestad de Dios por haberse dignado
su piedad, de haber traído por tan raros medios a tan glorioso
fin esta persecución, dándonos manifiestamente a entender su divi-
na majestad que no quiere que se acabe, sino solo que se ejercite es-
ta cristianidad, pues dejando obrar a la malicia lo que bastaba
para que diese [a beber] la atribulación, acudió luego su mise-
ricordia con el refrigerio de su patrocinio aplicándolo por últi-
mo con la eficacia, que se requería para el total remedio. Dejándo-
nos juntamente enseñado a los ministros que en semejantes lances
se procuren poner todos los remedios para que se negocie por bien,
y de ningun modo se emprenda acción que suene al menor á-
pice de llevar los negocios por el rigor debía juridica, por muy
armados que nos hallemos en la razón. Dios por su piedad nos
dé en todo y para todo la luz que para no errar hemos menester.
2a
[1] No solo acudió nuestro buen Padre Dios a consolar a los ministros en el
discurso de esta persecución con le refrigerio de su piadoso patrocinio
con que en los lances más apretados (como se ha visto) nos es forzaba
dejándonos asegurados de su especial, como paternal asisten-
cia; sino que cariñosamente nos regalaba también con los sabrosos
bocados de algunos sucesos, ya en provecho de las almas, y a en con-
fusión de los príncipes de las tinieblas, que este es el néctar más
suave para al gusto de los ministros. Con lo cual el Dragón
protervo que han helaba por nuestro daño al paso que su infernal
astucia maquinaba trazas para su mayor oprobio.
[2] Sea el primero un caso que sucedió en un pueblo cerca de la villa
de Fogān, que bastaba para consuelo, aún demás agrias persecuciones.
Y en que confirmó el señor lo que vale es Santo Bautismo válidamente
dado, aunque no sea por el sacerdote, pues el ministro en esta
ocasión fue una mujer. Pondré el caso con las mismas palabras
que el Padre Fray Andrés Lopez, lo referió en una carta suya, por haber-
lo podido dicho Padre averiguar más de cerca. Dice así, en el
pueblo de Hipiēn María Fōsiētiēnchū (es una de las beatas
cuyo apellido quiere decir, gracias a Dios, renombre que se ha ga-
nado por lo muy continua que es en su boca esta palabra) Baunzo
a una
Carta del P. Carlos Turcotti de la Compania de Jesús en Cantón para el comisario de San Francisco

renunciando antes: y allí [quantum est ex me] doy gracias a vuestros padres (a quienes después de Dios juzgue hacer un buen servicio con
tal título de vicario) de serme librado de él. Y [folgaré] mucho que el señor obispo no envíe más otro, o si le enviará [...]
con más prudencia y paciencia que yo, y no sea tan o más valiente (por tener más razón) del señor Basset, cuyo juicio y rep[...]
que tiene dado contra la jurisdicción y autoridad del señor Macaense y también contra el patronato, y decoro del [serenísimo]
rey de Portugal sepa vuestro padre que por hombres píos y doctos han sido juzgadas por descompuestas etc. y también dignas
de [ser en] remetidas al supremo juicio de la inquisición de Roma. Pues algunas de sus proposiciones son directamente [opuestas] a [las]
clausulas de la bulla del papa para el señor obispo macaense, no solo limitándola, mas totalmente frustrando la
misma bulla, y mente de su santidad; con otras cosas, y casos reservados in bulla [cena]. Y aún por esto mucho
más quedó admirado, que misioneros españoles tan prudentes y píos como vuestros padres se remitan a sí mismos, y a [...]
y también al mismo señor obispo, al juicio y respuestas (según dice vuestro padre más acertadas, que las suyas, y muy conformes
a la necesidad de las misiones, y gusto de Dios nuestro señor) de un clérigo francés y [intruso] etc.
Pero me parece que dirá vuestro padre, que no niega su jurisdicción ordinaria al señor obispo, mas solamente remite a los
vicarios apostólicos la respuesta si le toca o no al señor obispo el dispensar los ayunos. Con todo yo digo, que no vale este m[...]
termino, por 20 razones en contrario, que dejo por brevedad y la principal es porque es cierto que el papa dio la
jurisdicción total ordinaria sobre estos neófitos al señor Don Joao de Casal obispo macaense, y no tienen autoridad
los vicarios apostólicos, ni los mismos nuncios y legados del papa sobre los ordinarios sobre lo tocante a la
jurisdicción ordinaria. Y mucho menos la tienen para juzgar, limitar, [irritar] las bullas de su santidad, y lo
que los mismos les dan a los obispos. Y por eso los regulares no pueden ni deben recurrir, o remitirse a los vicarios
apostólicos y por esso para negar a los señores obispos lo que el papa, y los sagrados cánones les dan y no [...]
contra sus privilegios. Pues como escribió el señor obispo en una suya; [os ordinarios en todos seus bispados
tem jus pera mandar les pastrorais, dispensasoés jesuns, impedimentos matrimoniais publicar indulgecias e jubileos
não so em as paroquias mas ainda nos conventos i sentos etc.] cuanto más, que en este caso por vicarios apostólicos
no pueden ser jueces por ser también parte y tan dudosa su jurisdicción. Pues lo más cierto es, que ya acabó, antes
nunca la tuvo aquí el señor Maigrot etc. y por eso dejarlo incierto [por lo] incierto parece voluntariamente ser
amar o peligro, qui amat periculus etc.
Otra razón más breve y clara es del mismo señor obispo, el cual dice así: [O papa no enganou ao serenísimo rey de
Portugal concedendolhe seu jus patronato, eos bispos de China etc.] Ni engañó al señor obispo de Macao dándole tal
jurisdicción ordinaria en este Cantón etc. Luego si el papa revocó a los vicarios apostólicos o al menos no limitó su jurisdicción, mas[...]
la dejó toda entera como antes de enviar los obispos según siente vuestro padre [talmente] que, no pueda el señor obispo ejercitar
su jurisdicción en cosa alguna ni poner aquí vicario para el mismo fin sin ser juzgado, y amenazado el mismo [...]
señor Basset, y el reverendo Padre Fray Bernardino de las Llasas juzgaron, y amenazaron en sus respuestas. Claramente
se sigue que su santidad tendría engañado al serenísimo rey de Portugal y al señor obispo de Macao. Pues según la
opinión de vuestro padre no les concedió in [praxi] cosa alguna, más todo lo dejó como antes a los vicarios apostólicos.
Todo esto muy reverendo padre comisario supuesta la renuncia del oficio, y título de vicario, que dije al principio
de estas, hice. No es más entre nos que disputa, y cuestión [mera] especulación; y así non obstante ser los
de contraria opinión, yo soy como siempre.
De vuestro padre muy amigo y siervo
Traslado de la consulta que los agustinos hicieron sobre salir de Macao y volver a Filipinas. 1710

[...] Traslado de la consulta que los Reverendos Padres Misioneros
[...]Agustinos hicieron sobre salir de Macao
[...] y volver a las islas Filipinas
En este Convento de Nuestra Señora de Gracia del Orden de los Ermitaños de Nuestro Padre San Agustin
en . el Thomas Hortiz Vicario de la Mision de es-
te Imperio de China del mismo Orden , Junto la consulta en que asistieron los Padres Misioner-
os de dicha Misión que al presente se hallan desterrados en esta Ciudad de Macao , Lector Fray Fran-
cisco Fontanilla. Joan de Rivera, Joan Barruelo, y Joan Nuñez, y juntos, y congre-
gados dicho Thomas Hortiz les propuso el miserable estado a que habían llegado
las cosas de la Mision, y Cristiandad de dicho Imperio, y que no obstante los muchos trabajos y
aflicciones, que tenían padecidas por espacio de cuatro años solo por la esperenza de no perder la Mi-
sion , nada tenían conseguido antes por el contrario las dificultades que el día de hoy se hallaban pa-
ra entrar un dicho Imperio a cuidar de sus Cristiandades e Iglesias sino eran mayores , que an-
tes por lo menos eran las mismas y que así era necesario, que con maduro consejo se eligiese, y
determinase sobre este punito, lo que mas pareciese convenir para honra y Gloria de la Majestad
Divina. La cual propuesta oída por dichos Padres y controvertidas las dificultades y inconvenien-
tes de una y otra parte y encomendado a Dios negocio de tanta importancia; el día siguiente 1 de
Noviembre todos Unánimes y conformes dijeron que atenta la decision de la sagrada congrega-
ción sobre los ritos cínicos aprobada y mandaba poner en ejecución por [Nuestro Majestad] Santo Papa Clemen-
te XI. en Junto con las circunstancias de tiempo, y estado de las co-
sas de dicho imperio de China. Juzgaban no era posible la entrada en el, la cual no solo se
dificultaba por la obediencia , que toda esta Misión Agustiniana tenia dada y ofrecía siem-
pre dar a los mandados de la Silla Apostólica sino también por la interpretación , con que algu-
nos (según tenemos noticia) iludiendo dicha decision de la Sagrada Congregación se deter-
minan ir a la Corte a tomar diploma , protestando como antiguamente seguirlas prajes del Matheo
Riccio ; con cuyo ejemplar que dara mas establecida la ley de tomar diploma y seguir los ritos
cínicos y los Misioneros mas desengañados en cuanto año poder entraren China sino solo con
dicha condición que totalmente se opuesta a la obediencia , que profesan a la Silla Apostólica de la
cual no juzgamos licito apartarnos aunque sea acosta depender nuestra Misión: porque la ca-
ridad que es la que mas nos podia obligar en esta ocasión para ser bien Ordenado es necesario que
comience de nosotros mismos, procurando primero por nuestra Salvación que por la del proximo
como nos lo enseña la Majestad divina por aquellas palabras : quid pro dest homini sitotum mun-
dum lucretur anime acetem sue detrimentum paliatur? En cuanto a permanecer en esta cui-
dad de Macao [Ultra] de faltar el fin de entrar en China y recuperar la Mision, que es la U-
nica y total causa que nos ha tenido aquí tanto tiempo , se hallan algunos inconvenientes y en-
tre otros uno es el peligro con que vivirnos en ella y a de ser obligados a salir de ella para tierras
estranas , y a de ser encartados en los pleitos, que se suelen fomentar en dicha Ciudad, la cual co-
múnmente goza de poca paz y abunda de perturbaciones , y alborotos , y el día de hoy no se halla
poco perturbada por haberse encontrado las jurisdicciones del santo oficio y real en la causa
de un rebelde a la justicia , de que se [teme] se han de originar muchos males a esta republica.
A todo esto se llego, que supuesto no hay esperanza de poder entrar en China y no ser necessa-
ria licencia de alguno para salir de aquí , por ser ya muerto el Excelentísimo Señor Cardenal de
[Jovernon] a la Provincia de Filipinas. Por estas y otras causas determinamos que se procu-
re sacar licencia del Virrey de Canton para podernos embarcar en la chalupa de Miguel
Traslado de una carta que Thomas Ortiz escribió al Capitán General de la Ciudad de Macao. 1608

Traslado de una carta que el reverendo padre lector Fray
Tomás Ortiz escribió al Capitán General de
la ciudad de Macao.
La obligación de mi oficio me compele a representar a vuestra señoría el agravio que padece esta misión agustiniana,
no con ánimo de querellarme ni pedir contra persona alguna, sino sólo para suplicar a vuestra señoría
[que] se sirva de defendernos de él y ayudarnos para la propagación del evangelio y salvación de tantas almas,
cuantas por nuestra ausencia de la misión de China en adelante se condenarán, que serán muchas,
y no serán pocas las que hasta el día de hoy se habrán ya condenado por esta misma causa.
Salimos de China no voluntarios, sino forzados o desterrados por la causa que todos saben,
y vinimos a Macao por orden del [chungto] y virrey, los cuales se despacharon un decreto (que
se conserva en esta ciudad) en que mandaban [que] estuviésemos en Macao y aquí esperásemos ocasión
oportuna para volver a entrar en China e ir a la corte, o por mejor decir esperásemos los
ordenes de Roma, para según ellos elegir camino.
Cuando esperábamos dicha ocasión, se interpuso la ciudad de Macao, poniendo escrito al
mandarín, en que dice: que "para evitar males, certifica que los cuatro religiosos agustinianos que
se hallan en Macao no quieren ir a la Corte a tomar diploma y espontáneamente desean volver
a sus reinos." Decreta el mandarín diciendo: que "dichos religiosos son mandados por el [chungto] y virrey
estar en Macao y no volver a su reino. Y así que vea si es que dichos religiosos desean irse, o si
es invención de la ciudad para echar de sí esta obligación" [etc.]
Vuelve la ciudad a poner segunda petición o escrito, diciendo: que habiendo examinado lo
que se la mandaba, halla que dichos religiosos dicen que "no desean ir a la corte, y que espontáneamente
desean volver a su reino." Decreta el mandarín que "dichos religiosos no tienen causas para tan
atropelladamente querer volver a su reino, y que parece que la ciudad por propia voluntad suya
pide esto por ellos" [etc.]
De todas estas cosas estábamos muy ajenos, cuando el mandarín de la Villa de Hiangxan llegó a
esta ciudad. Con su llegada tuvimos noticia de todo, no sin grande admiración nuestra. Mas procurando
olvidar agravios, el día 11 de este mes, en que el mandarín vino a este convento, sólo le representamos
como deseábamos ir a Cantón para allí esperar la ocasión, que aquí estábamos esperando. Y para
ello le suplicamos que nos ayudase. Respondió que lo haría de muy buena gana, mas que para
eso sería bien que el procurador de esta ciudad pusiese una petición representando esto mismo, que
entonces él la despacharía según nosotros deseábamos.
No quiero detenerme a ponderar todas estas cosas, porque no dudo que vuestra señoría lo podrá hacer mejor
que yo, a quien suplico sea de tal suerte la ponderación de ellas, que más le mueva a compasión, que
a enojo contra los que así tienen obrado. A mí no me duele tanto el agravio que padecemos, cuanto a
considerar que los gentiles son noticiosos de nuestras faltas, porque de esto sólo se puede seguir un gran
descredito de la nación europea, y un sumo menosprecio de la ley de Dios que profesamos.
No ignoro que para echarnos de Macao se valdrán de decir [que] hay ordenes reales, y que así conviene
para el servicio de su majestad. Pero es cierto que el servicio de su majestad no consiste en que las almas, por las
cuales Cristo nuestro bien derramó su sangre, se condenen, sino sólo en que se salven. Yo no puedo saber si el
día de hoy hay tales ordenes de su majestad. Pero sé que nunca nos las mostraron, y que en otras ocasiones no las había.
Y no obstante eso se procuró hacer esto mismo en Macao con los misionarios con título o pretexto de que
había ordenes de su majestad para ello. Pero dado caso que el día de hoy las hubiese, es cierto que nunca se pueden
entender con los misionarios desterrados de China por la obediencia a la Silla Apostólica, ni con los
regulares españoles, ni tampoco en la forma que se practican.
El derecho que tienen los misionarios para predicar la ley de Dios a las gentes se le dio Cristo
nuestro bien cuando en el evangelio les manda. Que caminando por el universo mundo siembran su evangelio
y le prediquen, y también cuando San Pablo dijo: que la palabra de Dios ni está ni debe estar
atada, esto es que no sólo éste o aquél, sino que todos la deben predicar. Y para no ser largo en referir
textos de la sagrada escritura etc. basta el precepto de caridad, que Dios puso en el Decálogo, por el cual
estamos obligados a procurar la salvación de las almas, así como por la justicia somos necesitados a no impedirla,
so pena de padecer los tormentos del infierno por una eternidad.
Para mejor cumplimiento de los preceptos divinos la majestad de Felipe 3.°, rey de España, y Portugal
alcanzó de la santidad de Paulo 5.° una bulla su data a 11 de junio, de 1608, en que después de

revocar cualquiera prohibición que hubiese sobre este punto, dio facultad para que todos los regulares
puedan libremente venir a China y demás reinos de estas partes. Después la majestad de Felipe 4.°, rey
también de España y Portugal alcanzó de la santidad de Urbano 8.° otra bulla su data a 22 de febrero,
de 1633, en que revalida la de Paulo 5.° y manda debajo de descomunión mayor [que] ninguna los
impida. A estas bullas se dio cumplimiento no sólo por cédulas reales, sino también por leyes, que su
majestad estableció, como consta del libro [1. Tit. 1A.] Ley 32. y 33. Últimamente Clemente X en su bulla
de 23 de diciembre de 1673 revalida las sobredichas bullas y las extiende a todos los sacerdotes
etc. y vuelve a descomulgar con descomunión mayor a todos los que los impidieren entrar en
dichos reinos. Si de todo esto fuere necesaria más amplia noticia, no me será difícil darla.
La causa, que aquí he tratado, no es de poca entidad, ni digna de echar en olvido, pues es
la misma que la majestad divina hecho hombre trató en la cruz. Por ello, aunque miserables, queremos
sacrificar nuestras vidas, y nos ofrecemos a padecer muchos trabajos y aflicciones. Y suplico a vuestra señoría
[que] la ponga ante sus ojos, a fin de ayudarnos en nuestra pretensión de entrar en Cantón. Si así lo
hiciere, no obstante que le es muy fácil, el premio que recibirá de Dios será muy grande. Pero si
no lo hiciere, puede estar cierto que tendrá tantas almas en el tribunal divino contra sí, cuantas se
condenarán en el tiempo futuro por falta nuestra y de mi religión en China. Y si vuestra señoría u otra cualquiera
persona fuere causa de no poder nosotros volver a la misión, les protesto en la mejor forma que en derecho
puedo y le hago cargo de todas nuestras iglesias y cristiandades de China y todos los demás
daños, que así la misión de China como nuestras personas y mi religión por eso padecieren. Suplico a vuestra señoría
[que] perdone la molestia que en esto le hubiere dado, y [que] me mande cosas de su mayor agrado. Cuya vida
guarde Dios muchos años como deseo. Macao y octubre, 14 del 1710. = De vuestra señoría su menor siervo y
capitán = Fray Tomás Ortiz. = Señor Don Francisco Mello de Castro capitán general y gobernador de esta ciudad
de Macao.
Suprascripta copia [fuit perme] infrascriptum [vicarium provincialem]
fideliter transcripta etc. in cuius fidem etc. Macai. dic 19
aprilis, annum 1712.
Fray Tomás Ortiz
[Vicarium provincialis]
Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

del emperador y seguido por los más misioneros regulares
por muchos años, porque los religiosos misioneros
de mi orden y los más de los que en dicho
imperio se hallaban, no habiendo sido oídos [en]
la apelación que interpusieron de dicho decreto [para]
ante su santidad, como hijos de la iglesia [tuvieron]
por bien sujetar su dictamen y opinión a la [decoración]
que dicho señor patriarca dio, y no a sacar
el Piao o licencia del emperador para continuar sus
misiones, conforme los ritos chinicos y [opinión]
del reverendo Padre Mateo Ricio, que es con la que [permitió]
dicho emperador [que] se predique el santo evangelio [de que]
resultó [que] fuesen desterrados los dichos misioneros, [y]
se hallan hoy en la ciudad de Macao del Reino [de]
Portugal, de donde dicho señor patriarca les impide [salir]
para volver a estas islas, como ya vuestra señoría sabrá
por las relaciones que ha tenido. Y esto es, señor,
cuanto yo a vuestra señoría puedo informar del estado
del Imperio de China y por noticia que me ha [dado]
el padre lector Fray Miguel Rubio, religioso [de la]
orden misionero que fue en el dicho imperio [por]
espacio de veinticuatro años, sujeto de [ciencia]
y conciencia, y uno de los europeos más [versados]
en las cosas de China, y que estando en ella [merece]
la amistad de los mandarines, digo que.
Las provincias de China son quince. Kuang tung = [Kuang sy =]
Hu kuang = Yu nan = Cu chuen = Kiang sy = Fo kien = [O]
kiang = Nan king = Ho nan = Xen sy = Xan sy = [Xan tung =]
Pe king = La decimaquinta provincia cree se llama [Co a].
De estas quince provincias se compone el Reino de China, y por
años de seiscientos ochenta y nueve, su santidad se las concedió
todas el rey de Portugal. Y el de 1698 el mismo [su]
Pontífice hizo división de las dichas provincias de suerte que al
rey de Portugal le concedió tres obispados, y en ellos seis provincias
al obispo de Macao, a Kuang tung y Kiang sy. [Al]
obispo de Nan king, dicha provincia de Nan king y
[nang]. Al de Pe king, donde está la corte de China, la dicha
provincia de Pe king y Xan tung. Este obispo y el de [Macau]

fue el señor don Fray Álvaro a Macao, no porque seguía el dictamen del
dicho señor patriarca, sino por ser ministro inmediato de la sede apostólica,
(salió de China por quitar la nota que podía haber). Fue le a
visitar dicho señor don Fray Álvaro, y no se dejó ver. Escribió le, y respondió
le dicho señor patriarca una muy cruda carta, porque no seguía su dictamen.
Con estos y otros trabajos, fue servido nuestro señor de llevarle
para sí al dicho señor don Fray Álvaro a 20 de marzo, próximo pasado.
Y adviértase que haberle resistido en la ciudad de Macao al dicho
señor patriarca ha sido por no haber manifestado el poder que trae
de su santidad sobre dicha ciudad de Macao y tierras sujetas a la
corona de Portugal.
Por julio, del año próximo pasado, dicho señor patriarca publicó un edicto
en que manda con censuras reservadas, así que ningún sacerdote
clérigo o religioso pueda entrar ni salir de China sin su licencia
y que ningún superior de cualquier religión que sea pueda gobernar
a sus súbditos sin licencia especial suya.
En el reino de Tun king, confinante con el de China, hay
dos vicariatos apostólicos. El uno es de un clérigo francés que juntamente
es obispo titular con otro obispo también clérigo francés con la
futura sucesión y cuatro o cinco clérigos franceses y algunos naturales
también clérigos. En el otro vicariato estaba un padre
domínico milanés también obispo auxiliar [ha cerca] dos años que
murió, y el señor patriarca nombró por vicario apostólico en su lugar
al padre Fray Juan de Santa Cruz, domínico natural de cerca de Valladolid
en Castilla la Vieja. A este todos los ministros de su vicariato
le han dado la obediencia como a tal, menos los padres de la Compañía
que se han resistido, diciendo que aquel reino es del patronato real
de Portugal, y así que no le han de reconocer por vicario apostólico
hasta que venga decidido de Roma, adonde apelaron.
En el reino de Cochinchina, que se sigue a el de Tun kin,
está por vicario apostólico un clérigo portugués de la India,
y tiene otro obispo clérigo sucesor suyo. Este reino hay
pocos clérigos franceses y algunos padres de la Compañía, y entre
ellos el Padre Juan Antonio Arnedo de la Compañía de Jesús
y natural de la ciudad de Tarazona en el reino de Aragón. Este es
muy estimado del rey por la matemática del rey, y ha servido y sirve
Carta de "Fray Salvador" a Álvaro de Benavente desde Lo Yuen. 1696.

Muy Reverendo Padre Nuestro Fray Álvaro de Benavente +
139 181
el M.
La de Vuestro Padre muy reverendo Rocaberti con mas que ordinario aprecio, por el tiempo
que fue servido gastar en escribirla tan precioso a un prelado que lo
sabe ser y por la mala disposición en que les cogio el despacho, vuelto de las
visitas, naufragios, y achaques antiguos, dificiles de desarrimar de que
también me acusan otras cartas lastimandose todos de lo mal que trata a
Vuestra Real la prelasia, en que le quisieran eterno. Muchos años a que vuestra real la
carga y así no puede extrañar supeso mas el sujeto después de tantos
trabajos no es maravilla se vinda. Nuestro Padre San Agustín cercano ya a su
muestre preciosa decia a los que le lloraban: non erit magnus magnum putans
quod cadunt ligna et laspides, et moriunt mortales.
Yo me hallo a la fecha de esta con algunas treguas que mis muchos
achaques me conceden y aunque no las [casas], las admito con accion de
grandes receloso siempre del invierno que se acerca en que padezco mucho.
Novedades de este Reino, teniendo aquí vuestra real sus cronistas parece ocioso
referirlas. Mas por si llegare esta antes, en cargo al Padre Comissario
Fray Baltasar remita a vuestra real la gaceta que vino de Macao con
unos versos contra gallos (segun se sospecha del Padre Arnado) que
es hoy el aquí les de el patronato y [sunis] don del Macaense.
Otras relaciones de la corte como es salida del Rey acompaña al uso de
Reyes católicos, acompañado de sus dos obispos, presente y sucesor,
y otro padre con el manjo de el tren de la artillería que disparada a tiempo
auyento al enemigo, y canto la Victoria vicaria no lo hoy a persona muy
dignas de credito. Y así tanque son n. [dictriz.] en la gaceta de Kuang Tuay vendra
mas fide aligno.
De estos señores clerigos he entendido tienen nueva cierta que su compa-
ñero el Padre Kemener ha llegado a la costa y con [buen] de Roma
digo: despacho de Roma. Puede ser sea bueno para ellos y no para nosotros
aun siendo contra la extensión de el Patronato. Porque franceses y
portugueses son para los frailes Scilla y Caribdis y de todos es ne-
cesario retirarse con cuento recato nos ea possible.
Ruego.
Carta de Fray Agustín de San Pascual a Álvaro de Benavente desde Cantón con noticias de Goa y Macao. 1692.

[190]
[Pax cristi]
Muy reverendo Padre Fray Álvaro de Benavente mi amigo y señor.
Por veinte y tantos de agosto recibí la gratísima de vuestra reverencia de 6 de junio,
y suponiendo ser para mi sensible el achaque de asma que entonces molestaba
la persona de vuestra reverencia que estimo, deseándole muy cumplida, y superabundante
salud, paso a los negocios, cuya relación se me encarga.
Este año los navíos de la India, llegaron a Macao muy temprano, con noticias de
haber venido nuevo virrey a Goa, y juntamente nuevos órdenes para estas misiones
mas todos misteriosos y estos tan profundos, que hasta el tiempo presente no
han salido a luz, aunque las voces son muy repetidas de ser derogados los vicarios apostólicos
y según buenas conjeturas inferimos ser verdad, pero sin instrumento de donde
conste. Sea la primera el haber negado los padres de la compañía la autoridad a todos
los vicarios apostólicos sin hacer caso de ninguno y esto no se hiciera tan grave fundamento.
Y hablando yo sobre este punto con el Padre Vidal me respondió que era cierto
estaban derogados, mas porque esta certeza no podía hacer fe fuera de la compañía
no la mostraban. La segunda este año envió el señor obispo de Macao un jubileo
de nuestro Santa Papa Inocencio XII mandando se publicase en Cantón, y todo su obispado,
por mano del Padre Turcotti, a quien tiene constituido su vicario de Vara. Llegó
{Al margen izquierdo: Nota a la carta del
señor Lopez.
Después de escrita esta me llegaron cartas
del señor de Argolis, y en una
de este señor hay esta cláusula: "Recibo
carta del ilustrísimo señor secretario de
propaganda de con la sobrescrita de vicario apostólico vean ahora
estes vicarios de Vara, como en el
mismo tiempo aquí quieren quitarlos"
y en esta misma carta me dice
le envía la congregación 600
escudos por vicario apostólico. Ajuste
vuestra reverencia estos [celos]. Remito a vuestra reverencia el
original de las praxis de Maigrot
que nos puede ser más auténtico. El
señor de Argolis me remitió unas
cartas para Roma pidiéndome
[se] las pusiera en un navío de}
con el primero a nosotros, y nosotros le respondimos, que fuera primero al señor de Cice
fue allá, y les respondió con sus derechos de vicario apostólico y que no lo publicara sin primero
traérselo para refrendarlo aquí salió lo de ser derogados etc. Pidió las letras
de la derogación al Padre Turcotti, y con una carta muy cortés al señor obispo de Macao
y al cabo de días presentó el Padre Turcotti el traslado de una carta del secretario de propaganda escrita
al señor Lopez en 19 de enero de en la cual hay un periodo que dice: "Vuestra señoría etc.
constituido obispo de Nankín, y el Señor de Argolis de Pekín, y con esto de aquí adelante
no habrá más vicarios apostólicos amovibles." Mostró también una carta del Padre
Baiar francés de nación que este año llegó a Macao y al presente esta allí, la tal carta
era escrita a otro padre de la compañía que esta en Tunquin. En ella le dice: "Los vicarios
apostólicos están derogados, y el decreto de la derogación está en mi poder." Note vuestra reverencia aquí el
haber dado los padres de la compañía la carta del Señor Lopez para que se trasladase, y autenticase
y no dar este decreto de la derogación que dice tiene en su poder el Padre Baiar

y de esta ocultación infiera lo quisiese. La tercera diome quejas el Padre Lampria de parte
del señor obispo porque no quisimos publicar el jubileo a que le respondí con la nota antecedente
y a esto responde que leyéndole la carta al señor obispo respondió: yo he leído el decreto
de la derogación. La primera corrió voz que el Padre Espinola (que murió ya cerca de Macao) [tenía]
hecho perfecto apostólico y esta noticia se confirma verdadera por carta del padre [tanci]
escrita al señor de Cice, en que le dice por cierto que venía el Padre Espinola hecho perfecto apostólico
antecedente que [arguie] lo mismo. Hasta aquí las conjeturas: mas lo profundo de esta misteriosa
ocultación no se acaba de penetrar, si bien que la palabra que [olim] vuestra reverencia escribió de que les
han concedido lo que no querían y les negaron lo que querían. Con tal ocultación se hace verdadera
en fin el tal jubileo de la segunda conjetura aún no se ha publicado hasta ahora: porque
uno de esta en [sus trece], este en que me lo habéis de enseñar, y los otros en que no lo veréis. El señor
de Cice confiado en lo paisano escribió una carta al Padre Baiar pidiéndole con la [conciencia]
de buen francés le dijese lo que contenía el tal decreto. Y en lugar de decirle lo que contenía
le escribió muchas persuasiones y buenos consejos de que se sujetase al obispo de Macao. Y esto
sabía estaban derogados los vicarios apostólicos y que siempre se quedaban sus mercedes misteriosas
de la sagrada congregación con todos sus privilegios (y el mismo padre dice en esta carta). Y yo luego que llegué aquí
intimé al señor obispo que yo era misionero de la sagrada congregación y por virtud de mis privilegios
nada dependía de su señoría ilustrísima y que así podían quedar sus mercedes, y que bien [co]
a tales señores obedientísimos a la iglesia romana. Y el no dejar al señor obispo ejercitar
su jurisdicción ya sabía no era por ellos que como obedientísimos a la más mínima insinuación
largarían toda pretensión, mas no ignoraban era por la instancia que le hacían los [religiosos]
de Cantón. Todo esto me contó el señor de Cice delante del Padre Rubio con estos fundamentos
eche vuestra reverencia las líneas que quisiese.
Este año por junio llegó a Macao el Padre Grimaldi y aunque su llegada fue muy [se]
más llena de azares, el primero fue un pleito que tuvo con el [hû pú] sobre que había [...]
aduana de todo lo que traía. El segundo fue en Cantón porque los mandarines no le dejaron
a recibir fuese a su iglesia y luego el virrey fue a visitarle y el le dio [co]
[tō pái xáng] y que en el Kung Kuon [se verían]. Detúvose aquí más de mes y medio
que por no estar en la ciudad el [iē chûen táo] que había de [dudar] el despacho del [Kān hò] cuando
{Al margen izquierdo: Zurrate que estaba en Cantón, cuando llegaron ya se había ido. Yo las remito ahora al Padre Maximo. Las ponga en uno de los dos navios de Zurrate
que están en Hiámuên. Y si se hubiesen ido que se las remita al vuestro reverendísimo a quien suplico haga esta caridad al señor obispo de remitirse las por España
o por Zurrate si hay ocasión. Y si van por España detenga vuestra reverencia la carta que va para el superior de los Capuchinos de Zurrate etc}

llegó a la corte le preguntó el emperador que como había tardado tanto en Cantón, y respondió
que por no haberle dado con más brevedad el [Kānhò]. Y por esto les vino a los mandarines
una buena reprehensión, y mucho más áspera al [Húpu] por haber querido tomar aduana
de las cosas que venían para el emperador con que los mandarines de aquí están comiendo hierro
contra los europeos. Dijo al emperador como el papa le enviaba un padre (era el Espinola), con
una carta y un presente. Informóse de quién era el papa, y dijo a quién nos honra honrarlo
envió un [tajín] y orden a todos los mandarines de Macao desde el virrey hasta el más
inferior fuesen a Macao a hacer [iû chí] al padre muerto y que llevara la carta, y el presente
vino también otro [tajín] para llevar las cosas del Padre Grimaldi, y dos religiosos legos de la
compañía, uno boticario y otro pintor. El Padre Coplet murió cerca de Goa, porque en una tormenta
con un balance cayó un fardo, y lo mató. Este año en esta provincia hubo muchas aguas.
Salieron los ríos y anegaron muchas aldeas, y se ahogaron en la provincia más de 30000 personas.
Y en esta ciudad hizo grande estrago derribando muchísimas casas en este [chîng vuai].
Fray Lucas Thomas fue a Xâo gù fù, compró una casa, y el [úlfù] sacó un [kaóxí] que no entrarán en
la ley. Quitaronle los criados del padre y anduvo [lagresea] Fray Lucas fue preso a [Fò chúo] salió Maigrot
por su fiador, y lo pusieron en su iglesia, despachóse bien, y le volvieron a enviar
a Xáo gú los mandarines. De allí no lo quisieron admitir, volvióse a la metrópoli, y le dieron
otros despachos, y volvió de tercera, que le haya sucedido después acá aún no lo sabemos. El
chocolate que vuestra reverencia me promete lo espero. Venga el y sea por el título que quisiese, que ya tengo
60 años, y necesito de él. A dios que a vuestra reverencia [meg]. De saludes de los amigos. Cantón
y noviembre 18 de
De vuestra reverencia
muy cordial siervo in [domino]
Fray Agustín de San Pascual
Carta de Fray Jaime Tarin a Fray Álvaro de Benavente desde Cantón sobre la pérdida de comunicación por el lado español a causa de la pérdida de dos naos

Mi padre Fray Álvaro de Benavente y señor mío
[P.C.]
La de vuestra reverencia que vino este año por Fo kien recibí, y con ella el sumo
consuelo que tengo de saber de su salud, menos el asma, que siendo
originada de causa fría como vuestra reverencia escribe, no faltando canícula en
Manila, no irá tantas veces a la horca. Aquí nuestro Fray Blas padece bastantemente
de este mal, y vuestra reverencia le dio el alivio cuando le aprietan los
cordeles con los cigarrillos de [Hien Kie], y muchas veces le he oído
dar las gracias a quien le enseñó el remedio. Por acá ha Dios bendito
por todo. No hay al presente enfermos de consideración, aunque no
le falta a cada uno sus achaques, que la China bien sabe vuestra reverencia que cría
malos humores. Las nuevas que este año nos enviaron de Manila
todas fueron unas peores que otras, y más con la pérdida de dos naos y
una arribada. Consideramos los moradores de esa tierra bien afligidos
y castigados con fuerte mano del Señor. Y si los seculares lloran pérdidas
y desgracias, no hay duda que lo mismo pasará en las religiones, sintiéndose
y experimentándose el común trabajo. El Señor nos acuda a todos
por su infinita misericordia.
La falta de los viajes de Manila a la Nueva España
habrán detenido y frustrado las diligencias que hacen las religiones
con el gobierno para acudir a estas misiones, dando noticias a nuestro
rey, para que acuda por nosotros con el remedio a Roma. No sé si pudo
lograrse alguna vía pasando la noticia a España. Vuestra reverencia nos avise de este
punto para nuestro consuelo. Este año que esperábamos por la vía de Portugal
algunas novedades, y más con la venida del [Min Lao Ye] a China
nos hemos quedado tan a oscuras como antes estábamos. Primero publicaron
los padres de la Compañía, que ya estaba en Macao, la revocación de los
vicarios apostólicos con otras órdenes de Roma. Llegó el Padre Grimaldi a
China y no mostraron nada, diciendo [que] lo traía todo otro padre que venía detrás
llamado el Padre Espínola, y su padre compañero un portugués, el Padre Sa. Murió
el Padre Espínola en el viaje de Goa a Macao y quedó su compañero
con los papeles que traía. Llegó este a Macao, y pensando saldría luego a luz

a luz el decreto revocatorio de vicarios apostólicos, que es el que les importa a los
portugueses para sus intentos, hasta ahora no hemos visto nada. El señor
obispo de Macao quiso publicar un jubileo en Cantón, nombrando
primero por vicario de vara al Padre Turcotti. Resistióle el señor provicario
Don Luis de Cisse, diciendo que a él le pertenecía el ver la bulla del
jubileo y publicarlo hasta que le mostrasen nula su autoridad con
decreto dimanado de la silla apostólica, y que si lo tenían se lo mostrasen
luego, que él estará pronto a obedecerlo. Esperaríamos [que] se [concluya]
el pleito con él, mas no ha aparecido hasta el presente, aunque el señor
obispo de Macao certifica haberlo visto y leído. Por último el jubileo
se ha quedado sin publicar en nuestras iglesias, impidiéndole el [Señor]
de Cisse, y sólo los padres de la Compañía lo publicaron en su iglesia.
Este obrar nos causa admiración, no pudiendo penetrar el misterio
de decir [que] hay decreto [revocatorio] de vicarios apostólicos, y no querer sacarlo para
fuera los portugueses y más, viéndose el señor obispo de Macao atadas
las manos para no poder ejecutar lo que pretende de jurisdicción. Algunos
discurren que lo que se dio en Roma en favor de los portugueses no es
a su gusto, y aunque acaben los vicarios apostólicos, deben de quedar las
misiones con alguna particular disposición en favor de los misionarios,
y de disgusto para los portugueses padres de la Compañía. Las noticias
no han llegado por ninguna vía. Si en Manila se sabe algo
vuestra reverencia nos avisará. Y si no, esperamos siempre algún buen efecto de
lo que en nuestro favor trabajare nuestro Rey Carlos, que Dios guarde.
Lo que traían de nuevo el Padre Espínola difunto y el
Padre Sa, su compañero, fue una carta que los padres de la Compañía diligenciaron
en Roma del pontífice para el emperador, agradeciéndole el favor
hecho a los ministros europeos. Acompañaron la carta con un
[zaguate], que buscó la Compañía, diciendo que el Papa lo enviará
de particular afecto y memoria. Dio aviso el Padre Min al emperador
luego que llegó a la corte, diciendo ser muerto el padre que lo traía y []
que dispusiese Su Majestad lo que gustase. Despachó el emperador un [tapi]
de la corte, con orden que fuera a Macao acompañado del virrey
y otros mandarines de Cantón, ordenándoles [que] hicieran al difunto
su ceremonia de sentimiento de su muerte, y recibiesen la carta y la
Carta del franciscano Fray Agustín de San Pascual desde Cantón a Fray Álvaro de Benavente. 1697

Muy reverendo padre, Fray Álvaro de Benavente
Los días pasados escribí a vuestro padre en que le daba noticia de las cosas de
por acá en order de vicarios apostólicos y obispos y lo que nosotros en Cantón
comunicábamos sin determinación por el mismo tiempo lo determinó
el señor obispo de Argolis en Nanking enviando al padre Fray Juan
Francisco de Leonita a Cantón para por esas islas pasar a Roma y aconséjanos
a nosotros que en todo caso conviene vaya uno de nuestra misión
con él, dando la razón para por nuestra parte proponer nuestros negocios,
porque el padre Fray Juan Francisco no se puede hacer parcial agenciando
las cosas de los españoles que esa será arriesgar el negocio común
que lleva por el bien de toda la misión. Y el nuestro también quizás no
tendrá el efecto que podemos desear. Estuvimos ya determinados
de ir por Fokien por decir los españoles que aquí están no pueden llegar
a Manila temprano, ni dar tiempo más de el que puede gastarse
en enfardar la ropa. Más considerando que la idea de Fokien
es bien incómoda, lo uno por el viaje de aquí a Hiamuen, lo otro
por lo champanes de los chinas, teniendo este viaje por tal vía sólo
el fin de ganar tiempo para que los tres provinciales se junten y
traten este punto entre sí, y con el gobierno tuvimos por más
conveniente enviar con las cartas un mozo por esta vía. Y nosotros
ir con el navío de los españoles que así se consigue el fin
que [se] pretende, y nos libramos de las molestias de tal camino.
En fin, mi reverendo padre, la principal agencia de de nuestro negocio en orden
a despachos para Madrid tanto de vuestro padres como de gobierno lo
pongo yo en la agencia, cuidado, y celo misionario de vuestro padre que
en esta ocasión no dejara de hacer en Manila lo que hizo en
Madrid y en Roma por ella, coronando con tal trabajo el buen
efecto que comenzó en referidas partes, dando la última mano a
conseguir la promesa que nuestro rey y señor que Dios guarde nos tiene
prometido afianzada su palabra en la carta que remitió a los
provinciales de Manila, por mano de vuestro padre y así le suplico [hable]
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702.

Padre nuestro
El barco de Macao llegó con todo nuestro socorro y con el cumplimiento de
las limosnas que vuestra reverencia a mi y a los demás padres hace, de que rindo muchas gracias.
Las novedades de por acá las tengo ya escritas por vía del Fukien en dos de sobre
dos veces y así en esta hay poca materia de moler, de [ruinas] que es de adonde vuestra reverencia
podía esperar algunas buenas nuevas y gustosas no he tenido carta alguna y menos del
colegial de San Gabriel y predicador de [Cubillas.] Con que por todas vías estoy [negado demás]
obligado a ser breve. Y si hubiere alguna novedad por acá vuestra reverencia la podrá ver en la
carta que escribo al señor gobernador vago de esas islas. Diceme vuestra reverencia que me envía
el testamento de nuestro rey y otros papeles mas no los he visto ni espero ya verlos
sé adonde vienen a que se hicieron. Los padres vagos trajeron solo un socorro, no dos
como se juzga por allá. Ítem en las memorias que ahora vienen hay además 30 pesos
para el padre Fray Juan de San Augustin que le envía el padre provincial de los recoletos. Ítem 25
pesos que envía Quintero al señor arzobispo, y un tibor de chocolate que envía nuestro padre
provincial a dicho señor obispo todo lo qual no [parece] no obstante que el capitán entregó todo lo
que traía según el reconocimiento que hizo en Manila. Y así vuestra reverencia se sirva de
examinar si se olvidó el padre procurador general de remitirlo o si acaso fue yerro de pluma
etcétera. Lo que vino el año pasado en la bolsa solo fueron 842 pesos y un real
no 1142 y un real como ahora dicen algunos. Los padres de la compañía me pidieron
respuesta a unas dificultades sínicas o por mejor decir teológicas acerca de las praxis
sínicas. Dilas con aprobación del Padre [Señor] Rubio y consejo del señor obispo, pero por qué
en ellas decimos que los padres franciscanos permitían las praxis de la compañía an han [dado]
dichos padres [franciscanos] muchas quejas contra nosotros y hicieron una protesta [intentada]
que nuestro testimonio fuese nulo. Yo, luego que lo supe, hice mi contra protesta, probando
las con testimonios suyos ser mucha verdad lo que teníamos dicho en nuestras respuestas.
Con que así respuestas como contra protesta está ya camino de Roma, adonde la llevan
dos padres de la compañía que van a litigar las [inquisiciones] de este reyno y defender sus praxis
ante la sagrada congregación de propaganda contra los señores clérigos [Franceses]. Hemos comprado
casa en Kiangsi a expensas [qua si] del señor obispo pero para nosotros, es verdad
que también le ayude en algo la misión. La de [Geichiu] está y también comprado
Auto prohibiendo que presenten comedias, saraos y danzas sin autorización previa del vicario provincial. 1701.

[Im. 3]
[Nos], el doctor don Diego Camacho y Ávila, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica,
Arzobispo de Manila Metropolitano de estas islas Filipinas y gobernador
apostólico del obispado, sufragáneo de la Nueva Segovia, vacante del consejo
de su majestad = A vos los fieles cristianos, estantes, habitantes, y residentes en
la ciudad de Manila y en todo este nuestro arzobispado y en el Obispado de la Nueva Segovia
sede vacante que es a nuestro cargo, salud a nuestro señor Jesucristo. Ya sabéis
o debéis saber que la obligación principal del cargo y oficio pastoral que Dios nuestro señor
fue servido poner sobre nuestros flacos hombros, es evitar todas y cualesquier ocasiones
de pecados que se puedan perpetrar contra su divina majestad, más en estos tiempos en
que estamos experimentando todos los de la monarquía de España sus justos
enojos con tantos azotes de pestes, guerras, hambres, y la falta de sucesión a la
real corona en nuestro católico monarca, indignaciones todas que debemos considerar
merecemos de la divina justicia por nuestros pecados. Sobre que ya visteis y oísteis
las rogativas públicas que por tiempo de nueve días se hicieron por mandato de nuestro
rey y señor (que Dios guarde), para que con la reformación de costumbres, enmienda
de vidas, y frecuencia de sacramentos, se aplaque la justísima indignación de
Dios contra nosotros, que debemos temer más rigurosa si de nuestra parte no ejecutamos
tan católicos preceptos. En cuya atención, y porqué de la concurrencia
de hombres y mujeres en donde se representan comedias ya obscenas, ya trá[gicas]
y ejemplares se han experimentado y cada dia se experimentan muchas of[ensas contra]
Dios nuestro señor, cuya bondad inmensa debe ser infinitamente amada [ ] [recurso]
mismo de entrambos sexos en que el enemigo común no cesa ja[más] []
citar incentivos con que abrazar las almas en el fuego infernal de la concupiscencia,
como por lo que de semejantes comedias y representaciones se origina, ya por ser
ellas mismas arte diabólico de enseñar venganzas, duelos, liviandades, y de poner en
práctica modos y medios ilícitos y deshonestos de ofender la majestad de Dios. Y haciendo [stop here, 7-9-2024, decide whether this sentence belongs to the previous or next sentence]
ellos mismos el tropiezo y ocasión de semejantes culpas y maldades y de otras
muchas que vosotros no ignoráis y sabéis muy bien. Circunstancias todas que atentamente
vistas son saludablemente prohibidas por los sagrados cánones y especialmente por el
Concilio Toledano, cuya saludable resolución se tomó también en tiempo de nuestros católicos monarcas
(que santa gloria hayan) los señores Don Felipe segundo y Don Felipe cuatro,
el grande, habiendo sido este dictamen cristiano y político de la
mayor parte del real y supremo Consejo de Castilla, sobre que deseando como de-seamos
ejecutarlo para poner el remedio que ataje tan perniciosos daños en
vuestras almas, para que Dios nuestro señor sea más dignamente loado, servido, y venerado.
Y cumpliendo con nuestra obligación y oficio pastoral, desde luego para en adelante,
et in perpetuum, quitamos y prohibimos absolutamente todas, y cualesquiera
comedias, de cualquier especie que sean coloquios y entremeses de
cualquier idioma que fueren y escuadrones de mujeres de cualquiera
Sobre pleito que este Convento de Tondo siguio contra el guardia de Bangcosey. 1683

{Al margen derecho: 4}
el tiempo que [fue] alcalde mayor y después cesando la
inopia, que antes se padecía en todo me tiene vuestro padre [d.] muy
reconocido a su servicio deseando verle para mi consuelo
la divina majestad guarde a vuestro padre muchos años y conserve
en su gracia. Fuerza Santiago y junio seis de mil seiscientos
y ochenta y tres años. De vuestro padre [d.] servidor y amigo
que su mano besa. Sebastián Rayo Doria.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En el pueblo de Tondo extramuros de la ciudad
de Manila en dieciséis días del mes de junio de mill seiscientos
ochenta y tres años. Yo el escribano cite en forma para
efecto de lo que el auto proveído a la petición de la primera
hoja a los maestros de campo Don Lorenzo Bernal de Guevara,
Don Melchor Márquez de los Reyes, y a los capitanes
Don Fernando Salonga, Don Francisco Javier
de León, Don Jerónimo de Lara, Don Juan Ligua,
y Don Matías de Herrera, principales y cabezas de barangay
del dicho pueblo y a otros que se hallaron presentes en
voz y en nombre de la comunidad de dicho pueblo ladinos bastantemente
en nuestra lengua castellana que porque fueron no
fue necesario intérprete y habiéndolo entendido. Dijeron
que lo oyen y se dan por citados y lo firmaron lo que supieron.
Don Lorenzo Bernal de Guevara. Don Melchor
Márquez. Don Matías de Herrera. Don Juan Manimtim
Liuag. Don Francisco Javier de León. Don Fernando
Salonga. Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Notación}
En dicho pueblo de Tondo en dieciocho de junio de mil seiscientos
y ochenta y tres años. Yo el escribano hice otra citación como
la de arriba al Capitán Francisco de Rivera guardia mayor de este
dicho pueblo para el dicho efecto el cual habiéndolo entendido
dijo que lo oye y se da por citado y lo firmó de que doy fe.

que en adelante fueren en la posesión de la cobranza de cinco pesos
en cada un mes en el estero del pueblo de Tondo y el guardia mayor
de Bangcosey, a cuyo cargo esta dicho estero pagará los cinco pesos
en cada un mes a dicho reverendo padre prior. Y se reserva
el derecho a salvo a los naturales de dicho pueblo y al real fisco
para que sobre la propiedad de dichas tierras tuviesen que pedir lo haga
como les convenga. Y así lo mandó y firmó su señoría comparecer
de su asesor y se comete la notificación a cualquier escribano público
o real. Urtado. Licenciado Don Miguel de Lezama Altamirano
y Reynoso. Ante mí Don Francisco Velmonte,
escribano público.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En la ciudad de Manila en diez días del mes de noviembre de
mil seiscientos y ochenta y tres años. Yo el escribano notifiqué el auto de la
vuelta de esta hoja según y cómo se contiene proveída por su señoría
el señor gobernador y capitán general de estas islas al alférez Don
Jacinto de Salazar guardia mayor de Tondo quien habiéndolo
entendido. Dijo que lo oye y que usara del derecho que le convenga.
Esto dio por su respuesta y lo firmó de que doy fe. Jacinto de Salazar.
Ante mí Don Francisco Velmonte escribano público.
Concuerda con los autos originales que queda en el oficio de gobernación
y guerra de estas islas a que me remito y para que conste de pedimento de esta
parte y mandato de dicho señor gobernador y capitán general que va por principio de este
traslado, doy el presente en la ciudad de Manila en cuatro días del mes de
diciembre de mil seiscientos y ochenta y tres años. Siendo testigos a lo ver, sacar,
corregir y concertar Joseph de Vargas, Lucas de la Cruz, Don Juan de
Masangcay. Hago mi signo en testimonio de verdad, Don Francisco
Velmonte, escribano público.
Concuerda con el tanto jurídico que para en el archivo de la provincia y que [volví al padre]
procurador general Fray Gaspar de San Agustín de quién lo recibí y por verdad lo firmé en veintidós de
diciembre de mil seiscientos ochenta y tres años.
{Al margen izquierdo: Va en nueve hojas
con esta}
Relación y otros instrumentos sobre el desacato de los Naturales de Dongalo. 1717.

Don Guillermo de Velasco - Don Pantaleón de Salazar -
[Don itepganilang] - Don Juan Pérez -
Don Juan [u] de de Mendoza - Esteban de León -
Don Bartolomé Mabitang -
Don Pedro de [Mulac] - Por ruego Domingo de Cabrera -
Don Pablo Suárez - Don Juan Pascual - Pedro de los Santos -
Francisco Rodríguez - Por ruego Don Pedro de Mercado -
Don Diego Bernaldo - Por ruego - Fray Don Juan Sulit -
Por ruego=Don Antonio Pagiligan - Por ruego- Don Juan de Guzmán -
Por ruego= Don Agustín Marcelo -
Mateo Sarmiento - [ Don Jhbay ] -
Por ruego Don Pedro Dalandan -
Por ruego - Don Agustín Ramos - Pedro Suárez-
Juan Moninca - [%] Joseph Palomares -
Andrés Rodrigues - Don Pedro delos Reyes -
Por ruego- Juan del Castillo -
Por ruego- Cayetano Bautista - Sebastián Esquivel -
Nicolás delos Santos -
Don Joseph González -
Andrés de Salazar - Don Pedro de Velasco -
Por ruego Don Nicolás de san Pedro -
Don Andrés Rodríguez - Don Bartolomé Vitales -
Ruego = Francisco de los Santos -
Clemente Deodicho - Don Juan Rodríguez -
Vocabulario Visaya de Pedro de San Nicolás y otros. 1700s.

Remudar a otro ut tomando la carga que lleva. Abla
Remojar ut sopas en vino. Bolog
Remolino de agua o caballo. Gumba
Renuevos o cogollos que al pie echa la caña dulce. Sipul
Renuevos que salen al pie de los árboles. Suli
Reñir reprehendiendo. Sula
Rendido cansancio y calor. Alisuas
Reñir con gritos y rabia. Galiguit
Reñir ut perros y gatos y también gente. Ysing
Reñir con otro. Ascal
Repartimiento y lo que compra el Rey. Bandala
Repartimiento contribución. Ambag
Repasar lo olvidado ut papel de comedia. Salinting
Repelar o mesar de los cabellos. Sabunot
Repetir la acción volviendo a decir o hacer. Oman
Repetición. Olit
Repetir diciendo palabras ya dichas. Vuat
Repetir a través lo que ya está hecho. Lando
Repetir el achaque habitual ut gota. Albat
Repleto rellano o mano llena de sangre almohade con mucho baro. Mangutatang
Reposo o flema. Taltat
Reprehender con aspereza. Gasa
Reprobado ut acción. Tacsil
Repulgo en ropa para que no hada hilachas. Lilip
Repulgo o remate de bejuco de los cayanes para que no se deshilen. Bulalang
Resbalar con los pies y caer o ir arrastrando los pies. Talisud
Resbaladizo. Talusad
Resbalar. Vide. Bagcus
Resbalar y endosele el pie. Balimbi
Resina como brea. Lumay
Resistir el mandato. Salangsang
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Estante 6
Salas, de Contractibus: 1 tomos
Canderras, de Sacrams: 1
Morena, Reglas para confess y alcaldes: 1
Acuña, de Confesn solicito: 1
Lugo, de sacram et actibus hum: 2
Anunciasn, Quodlib. mist. y moral: 1
Sousa, de solicitant: 1
Toledo, Suma moral: 1
Juarez, de Sacram: 1
Beia, Casos contientia: 1
Herrera, de Cisiones morales: 1
Baptista, Advertencias morales: 2
Severcio, Suma moral: 1
Binsfeldio, Suma moral: 3
Clavasio, Suma moral: 1
Sanchez, Examen de indulgs: 1
Mesina, Instruccn de confes: 1
Fumo, Suma aurea: 1
Victoria, de Sacrams: 1
Remigio, Promptuar. moral y Exorciss: 2
Trinidad, de Inconfesionarios: 1
Zurita, de Indias: 1
Saa, Alphorismo confesar.: 1
Cayetano, Suma moral: 1
Eysegreyn, Confesarim: 1
Scotto, Suma moral: 1

Rodriguez, Exercicios: 1
Fray Joseph de San Benito: 1
Torres, Philosophia moral: 1
Ludovico Blosio: 1
Prado, Espiritual: 1
Palafox, sus Obras: 9
Bona Cardenal Van, Tractat mistic: 1
Rbelo, Vida y Corona de Cristo: 1
Castellan, Año Virgineo: 4
Estante 4
Argaiz, Vida del venerable Gregorio López: 1
San Francisco, Tesoro celestial: 1
león, Místico cielo: 3
Molina, de Nación y sacerdotes: 2
Santa Teresa de Jesús y sus obras: 6
Lozano, David Perseguido, Penitentes y reyes, etc: 7
Castillo, Vida de Santa Rosa: 1
Vaquero, Vida de Doña María Vela: 1
Govea, Vida de San Juan de Dios: 1
Aretino, Vida de San Felipe Herr: 1
San Martín, Fiestas de San Pedro de Alcántara: 1
Serana, Vida de San Francisco de Borja: 1
García dos vidas, de San Francisco Xavier: 2

Florencia Pandectas. {2 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 2 (1).}
Florilegium oratorum. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 6 4 3.}
[Focher] Itinerario Catolico. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (5).}
Fomperosa Fiestas de señor Francisco de Borja en Madrid y en Manila. {2 Tomos. Cajón 9 (12). Estante 3 2.}
Foniana Fabricas de Roma. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 7 (10).}
Fontanella Decisiones. {4 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 2 (1).}
Fonteca Medicina. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 5 (4).}
Forerio in Ysayam. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 6 (4).}
Fragoso Cirugía. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 4 (3).}
Fray Francisco Ignacio Vida de la Madre Ysabel de Jesus.{ 1 Tomo. Cajón 13 (12). Estante 6 (3).}
Francisca Jesus in Apocalipsim. {1 Tomo. Cajón 3. Estante 2.}
Franciscus de Leon in Parce mihi. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
San Francisco Thesoro Celestial. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 4.}
Franco Doctrina Philosophia. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 5 (3).}
Frasso de Regio [Patronatos]. {2 Tomos. Cajón 10 (7). Estante 2.}
Freyre in judicum. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
Freyjo theatro chritico. {(7) 8 Tomos. Cajón 7 (5). Estante 3 (4).}
Fresneda in Aristot. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 1 (3).}
Froylan Curso Philosophia. {3 Tomos. Cajón 6 (13). Estante 3. item sumulas 1 tomo cajon 13 estante 3.}
Froylan de justitut. Novitiorum. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Fuentelapeña escuela de la verdad. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Fuero de la conciencia. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 5.}
Fuero jusgo. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 5.}
Fulgosius Factorum, et dictorum. {1 Tomo. Cajón 7 (5). Estante 5.}
Fumo summa Aurea. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (4).}
Fusario de substitutionibus. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 4.}
Flores españa sagrada. {(16) 13 16 Tomos. Cajón 12. Estante 3.}
Ferrares Biblioteca. {8 Tomos. Cajón 10. Estante 4.}
Fulgensio a [judize] filosofia.{ Cajón 13. Estante 2.}

Leopoldo Historia. {3 Tomos. Cajon 7 ([9]). Estante 2 (1).}
Lessio de justicia, et jure. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 1 (2).}
Lezana Summa. {4 Tomos. Cajon 5 (8). Estante 1.}
Licinio vita, et justicia Christiana. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 6 (9).}
Linaz [Bulla] Apostolica. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 6 (9).}
Linocerio explicas Fabul. {1 Tomo. Cajon 7 (9). Estante 5.}
Lipius de modo scribendi. {1 Tomo. Cajon 8 (10). Estante 3 (4).}
Lipomano de Vitis sanctorum. {6 Tomos. Cajon 12 (4). Estante 1 (2).}
Lipomanus Catena in exodum. {1 Tomo. Cajon 3 (1). Estante 1.}
Lipomanus Catena in Genesim. {1 Tomo. Cajon 2. Estante 1.}
Lira Glosa ordinaria. {8 Tomos. Cajon 2 (1). Estante 1.}
Lizana Adviento sanctoral y Marial. {3 Tomos. Cajon 9 (11). Estante 3 (2).}
Llamas summa Moral. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 5.}
Loaysa Ocios de Castalia. {1 Tomo. Cajon 7 (9). Estante 5 (4).}
Loaysa summa concilioru Hispania. {1 Tomo. Cajon 8 (10). Estante 2 (3).}
Loarte Dialogos de Santa Cathalina de sen. en romance. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 5.}
Lobbertius. {3 Tomos. Cajon 3. Etante 1.}
Lohonere Biblioteca Consionatoria. {3 Tomos. Cajon 3. Estante 2 ([9]).}
Loyola el corazon de Jesus. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 6 (9).}
Loya in Quingue Porticus.{ 2 Tomos. Cajon 3. Estante 3.}
Lope de Vega Pastores de Belen. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 6 (9).}
Lopez de excelens. Clericorum. {1 Tomo. Cajon 10 (7). Estante 5.}
Lopez Instructor. Contientia. {1 Tomo. Cajon 5. Estante 6.}
Lopez de Negotiat. et de contientia. {2 Tomos. Cajon 5 (8). Estante [4].}
Lopez Medicina. {1 Tomo. Cajon 6 (14). Estante 6 (4 3)}
Lopez sobre las emblemas del Alciato. {1 Tomo. Cajon 7 ([9]). Estante 4 (3).}
Lopez sobre las Partidas. {4 Tomos. Cajon 11 (6). Estante 2.}
Lopez epitome Sancta Sanctorum Patrum. {3 Tomos. Cajon 3. Estante 2.}
Lorente el porque de la Musica. {1 Tomo. Cajon 6 (14). Estante 2 (3).}
Lorino. {8 Tomos. Cajon 2. Estante 3 (2).}
Lugo de sacramentos et actiones Humanis. {2 Tomos. Cajon 5 (8). Estante 6 (2 4).}
Lozada escuela de trabajos. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 4.}
Lozano David Perseguido Pentiencias y reyes. etcétera. {7 Tomos. Cajon 12 (4). Estante 4 (3).}

Peynado Cursos Philosophias. {2 Tomos. Cajón 6 (13). Estante 3.}
Peyrinis de Privilegio regular. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 3.}
Pellicer Historia del Phenix. {1 Tomo. Cajón 7 (5). Estante 5.}
Pelisario de Privilegijs. {2 Tomos. Cajón 5 (8). Estante 2 (1).}
Penoti Teatrum Chinicum. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 5 (3).}
Peraldo de Virtutibus, et vicijs. {2 Tomos. Cajón 12 (4). Estante 6 (3).}
Peraldus de Virtutibus. {1 Tomo. Cajón 4 (9). Estante 6 (9).}
Peralta Adviento. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 4 (3).}
Peralta de [Summa Joseph]. {1 Tomo. Cajón 4 (9). Estante 6 (5).}
Peregrino de Privilegijs. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 6 (9).}
Peraza Adviento y Cuaresma. {3 Tomos. Cajón 9 (11). Estante 4 (3 2).}
Pereyra. {6 Tomos. Cajón 3. Estante 3 ([12]).}
Pereyra Decisiones senatus Portugall. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 5.}
Peretius Cathena veterum patrum. {1 Tomo. Cajón 3. Estante 4 (5).}
Perez de Aniversarijs capellan. {1 Tomo. Cajón 10 (7). Estante 4.}
Perez Marial. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 4 ([3] 3).}
Perez Laurea salmantina. {1 Tomo. Cajón 4 (9). Estante 3 (4).}
Perez sanctoral. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 4 (2).}
Perez sanctoral. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 5 (4 2).}
Perez tractatus Biblia. {3 Tomos. Cajón 3. Estante 4 (3).}
Don Petrus Cluniacensis. {1 Tomo. Cajón 1 (2). Estante 5 (4).}
Don Petrus Chrisologus semones. {1 Tomo. Cajón 1 (2). Estante 5 (4).}
Petrus Palude Sermones. {1 Tomo. Cajón 3. Estante 6 (9).}
Petrus Palude in cuarto sententiaru. {1 Tomo. Cajón 4 (9). Estante 4 (3).}
Perusino ópera. {4 Tomos. Cajón 10 (7). Estante 1.}
Phelipe Diaz. {(4) 7 Tomos. Cajón 3. Estante 5.}
Philipino Veronensse. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 3.}
Philon in Cantica. {1 Tomo. Cajón 1 (2). Estante 6 (4).}
Philon Judio in Libros Moysem. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
Phisica Manuscripta. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 7 (4).}
Phitarchi opera cum compendio. {2 Tomos. Cajón 7 (6). Estante 1.}
Piasecij Praxis episcopalis. {1 Tomo. Cajón 10 (7). Estante 5.}
Purio Valeriano ópera. {1 Tomo. Cajón 7 (9). Estante 2 (1).}
Piete Theologia. {6 Tomos. Cajón 4 (9). Estante 6 (9).}
Pignatelli ópera. {6 Tomos. Cajón 10 (7). Estante 2.}

S
Saa. 2 Tomos. {Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
Saa Aphorimi Confesariorum. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (9).}
Sabelici opera. {2. Cajón 7 (9). Estante 2 (1).}
Sabellio. {7 Tomos. Cajón 8 (10). Estante 3 (2).}
Sacro Sancti Decisiones Canonicoru. {1 Tomo. Cajón 10 (7). Estante 3 (4).}
Sahabedra empressas politicas. {1 Tomo. Cajón 7 (9). Estante 5 (4).}
Sayro de censuris. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 3 (1).}
Salas de contractibus. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (4).}
Salas in una,, et dos,, Don Thomas. {1 Tomo. Cajón 4 (9). Estante 4.}
Salas de Legibus. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 2.}
Salas Thesauro. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 4 (9).}
Salas Thesaurus Poetarum. {1 Tomo. Cajón 7 (9). Estante 6 (9).}
Salazar in Cantica. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 3 (2).}
Salazar Promptuar Moral. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (9).}
Salazar los cuatro novissimos. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Salazar sermones funerales. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 2 (1).}
Salgado chronologia sacra. {1 Tomo. Cajón 13 (12). Estante 4 (3).}
Salgado Labertino creditorum. {3 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 3.}
Saliano Annales ecclesiasticos. {7 Tomos. Cajón 12 (4). Estante 1.}
Salmaticensse Moral. {6 Tomos. Cajón 5 (8). Estante 2 (1).}
Salmeron sermones varios. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 4 (3).}
Salon de concilio. {2 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 5.}
Salon de justicia et jure. {2 Tomos. Cajón 5 (8). Estante 4 (3).}
Salon vida de Santo Thomas de Villanueba. {1 Tomo. Cajón 13 (14). Estante 4 (3).}
Salzedo Curia ecclesiastica. {1 Tomo. Cajón 10 (7). Estante 5 (4).}
Salzedo practica canonica. {1 Tomo. Cajón 10 (7). Estante 4.}
Salustio speculum Anima. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Samaniego Vida del V.e escoto. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 3.}
Sanchez {[tius]} {(4) 18 Tomos. Cajón 3. Estante 1. Sa 4.}
Sanchez examen de Indulgencias. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (9).}
Sanchez Bucabolario Visaya. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 7 (9).}
Sanchez obras del Padre Juan Falconi. {1 Tomo. Cajón 12 (4) Estante 6 (4).}
Sanchez opera. {5 Tomos. Cajón 5 (8). Estante 1.}
Sanchez Reyno de Dios. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 5 (4).}
Al Virrey de Nueva España que ponga todo cuidado en que las naos de Filipinas al puerto de Acapulco se despachen con brevedad y sin retardasen en su retorno: por que no pierdan el tiempo de su viaje. 1669, 1707.

Al virrey de Nueva España que
ponga todo cuidado en que las naos
de Filipinas al puerto de Acapulco
se despachen con brevedad y sin retardación
en su retorno, porque
no pierdan el tiempo de su viaje.
El rey. Muy reverendo Cristo
padre don Fray Paio de Rivera, arzobispo de
la iglesia metropolitana de la Ciudad de México, de mi
consejo, mi virrey, gobernador y capitán general de la
Nueva España y presidente de mi audiencia real de
ella en ínterin, o a la persona o personas a cuyo
cargo fuere su gobierno por ser cédula de treinta
y uno de diciembre del año pasado de mil seiscientos
y setenta y siete, os mando que tomando
informes de personas prácticas en la
navegación de esa Nueva España a las islas
de Filipinas [diese seis] órdenes que fuesen
necesarias para que se ejecutase lo que se tuviese
por más conveniente a esta navegación,
atendiendo a lo que fuere de más beneficio
y menos riesgo de ella, como se
refiere en la dicha cédula a que me remito.
Y ahora Don Diego de Villatoro, procurador
general de la ciudad de Manila, me haré
presentado entre otras cosas que de no ejecutase

con puntualidad lo ordenado por la cédula citada
resultar muchos inconvenientes y pérdidas
muy considerables a los vecinos de aquellas islas,
con disminución de mi real hacienda porque de
la conservación del comercio de Filipinas
con esa Nueva España pende el mayor aumento
de ella. Suplicándome [que] fuese servido demandar
que luego que lleguen al puerto de Acapulco
las naos de Filipinas se despachen con puntualidad,
sin que haga retardación en su retorno
porque no pierdan el tiempo de su viaje.
Y habiéndose visto en mi Consejo de Indias
con lo que dijo mi fiscal de él, he tenido
por bien de ordenaros y mandaros como
lo hago [que] pongáis todo cuidado en el breve despacho
de las naos que de Filipinas vienen
al puerto de Acapulco, dando las
órdenes que sean necesarias para
que luego que lleguen a él se despachen
con toda brevedad, sin que se retarde el
tiempo de su viaje. Y que se atienda mucho
al alivio de aquel comercio, pues de su
conservación y crédito pende el mayor
aumento de aquellas islas con beneficio
de mi real hacienda. Hecha en
Madrid a veinticuatro de junio de mil
seiscientos y sesenta y nueve años.
Al Virrey de la Nueva España que dé las órdenes que convengan para que vengan a estas islas médicos, letrados y escribanos. 1660, 1705

{Al margen derecho: Al virrey de la Nueva España que dé las ordenes que convengan para que vengan a estas islas, médicos, letrados, y escribanos.}
El Rey = Marqués de Leyva y del Adrada
conde de Baños pariente a quien he proveído por mi
virrey gobernador y capitán general de la Nueva
España, y presidente de mi real audiencia de
ella, o a la persona, o personas que la gobernare
en memorial que ha presentado en mi consejo real
de las indias: Máxino Sola de la Compañía
de Jesús ha [representado] entre otras cosas la
mucha falta que hay en las islas Filipinas,
de donde ha venido por procurador
general de ellas, de médicos, letrados, y escribanos
entendidos en su facultad. Pues por la
falta de ellos se hacen yerros y nulidades
en los pleitos y negocios de importancias.
Y que por no haber escribanos reales, hallan
en esa Nueva España dificultades en las escrituras
que de allá vienen. Y aunque de esto se
siente mucha falta, mayor es la que hay de
médicos. Pues es bien de reparar que en su viaje
tan dilatado y peligroso, [se] embarque tanta
gente sin médico que en las enfermedades
sepa aplicar algún remedio. Y que los presidios
de Terrenate y [Zamboanga] con
tanta infantería española estén sin
un médico o cirujano que siquiera sirva
de consuelo a los enfermos. Y que
en la ciudad de Manila algo suplen los chinos,
pero es poco y con poco seguridad de los enfermos.

Y que es justo se acuda al remedio
y consuelo de tantos y tan fieles vasallos. Y que no
faltaba a quien pase si para ello se les da alguna
ayuda de costa y comunidad buena
en la nao, y en Manila se les sitúa algún salario
así por la ciudad como de los conventos
y comunidades con permiso también de poderse
volver. Pues yendo unos y volviendo otros
se acudirá a la necesidad de los que pasan con
médicos a ida y vuelta. Suplicándome fuese
servido de proveer del remedio que más
convenga, y habiéndose visto en mi consejo
real de las indias, con lo que dijo mi
fiscal de él, deseando que se provea a la necesidad
que hay de médicos, letrados, y escribanos
en las islas Filipinas, he tenido por
bien de dar la presente. Por lo cual os
mando dé esas órdenes que más convenga
para que vayan a las islas médicos, letrados,
y escribanos para que empleen cada uno en su
ministerio [pus es beis] la necesidad tan grande que hay de ellos
haciéndoles así en el viaje como en todo lo demás
el buen pasaje que pudiere [des] sin que a los que
quisieren volver a esa Nueva España se les ponga
embarazo. Pues con esto se alentaran a pasar
a las dichas islas sujetos de las dichas facultades
que en ello me serviréis. Fecha en Madrid
a ocho de marso de mil seiscientos y
sesenta años. Yo el rey. Por mandado
del rey nuestro señor, Juan de Subiza.
Al pie de esta real cédula está una rúbrica y
atrás están seis rúbricas al parecer son de
los señores del supremo consejo de las indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy
Al gobernador de Filipinas: sobre que los indios que fueren por grumetes en las naos del comercio, que todos sean de la costa de aquellas islas enseñados a navegar, y que lleven vestidos para la defensa del frío. 1620, 1707.

{Al margen derecho: Al gobernador de Filipinas sobre que los indios que fueren por grumetes en las naos del comercio todos de la costa de aquellas islas y que lleven vestidos para la defensa del frío y al fiscal lo que había de hacer en razón de ello. }
El Rey = Don Alonso Fajardo de
Tenza caballero de la Orden de Alcántara mi
gobernador y capitán general de las islas Filipinas
o a la persona o personas a cuyo cargo
fuere su gobierno. Hernando de los Ríos Coronel
en nombre y como procurador general de
esas islas me ha hecho relación que los grumetes
que sirven en las naos del comercio son siempre
indios. Y que contiene que sean todos gente
de esa costa, que están enseñados a navegar, y
que llevan vestidos con que se abriguen. Que por
no haberse, y meter otros de la tierra a dentro,
que no son marineros ni saben navegar, se
mueren los más en la altura, y por ser pobre
se embarcan sin tener vestidos. Y habiéndose
visto en mi consejo real de las indias
he tenido por bien de dar la presente. Por la cuales
os mando [proveía] y ordenáis que los dichos
indios que así fueren por grumetes en las dichas
naos sean todos gente de esa costa. Y que lleven
vestidos para la defensa de los fríos del viaje. Y a
mi fiscal de esa audiencia que [tome] por memoria,
y [aliste] todos los grumetes e indios que fueren
embarcados, y que se tome cuenta a vuelta de

***viaje a los oficiales que fueren en las dichas
naos las pagas de tratamientos que
les hubieren hecho. Y si algunos de los indios y
grumetes que hubieren muerto por maltratamiento
o por alguna de las causas referidas, [se querelle]
de ellos hasta que sean castigados con la demostración
y ejemplo que requiere la calidad de este delito.
Y para que mejor se ejecute sea este uno de los
capítulos principales de la residencia de los tales
oficiales, de manera que queden obligados a dar
cuenta de los tales indios. Y si alguno muriere
por enfermedad o caso fortuito, tengan obligación
de hacer información en el mismo
bajel luego como suceda de la verdad del
caso. Y si no lo hicieren y faltarse el tal indio, se
han habido por confesos y reos delincuentes del
delito. Fecha en Madrid a veinte y nueve
de mayo de mil seiscientos y veinte años =
Yo el rey = Por mandado del rey
nuestro señor = Pedro de Ledesma =
Al pie de esta real cédula está una rúbrica
y atrás están seis rúbricas al parecer
son de los señores del supremo consejo de
las indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad
(que Dios guarde) tiene en estas islas para
su guardia y custodia y escribano mayor
en propiedad del cabildo y ayuntamiento de
esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación
con voz y voto de privilegio en él
Sobre las tierras y los esclavos que la difunta Doña Agustina de Morales dejó para el Convento de Nuestra Señora de Guadalupe. 1633.

que el censo quede seguro y en paz. Y en caso que salgan inciertos los
dichos bienes referidos volverá y pagará los dichos dos mil y setecientos
y cincuenta pesos del dicho principal con más los réditos corridos,
para cuya firmeza y cumplimiento obligó su persona y bienes
y dio poder a los jueces y justicias del rey nuestro señor de cualquier
parte que sean a cuyo fuero y jurisdicción se somete y renuncia el
suyo propio y su domicilio y vecindad y la ley si convenerit de jurisditione
omnium judicium para que le compelan y apremien a ello como
por sentencia pasada en cosa juzgada renunció las leyes de su
favor y la general del derecho y así lo otorgó y firmó de su nombre
siendo testigos el Alférez Domingo Ruiz, Antonio Manrique, y
Diego Díaz, vecino y testigos en esta dicha ciudad = Sebastián Pérez de
Acuña = Ante mí Juan Vásquez de Miranda, escribano público.
Concuerda con su original que está en un protocolo de escrituras públicas que
pasaron y se otorgaron ante Juan Vásquez de Miranda, escribano público
que fue de los del número de esta ciudad de Manila el año pasado de mil y seiscientos
y treinta y tres que queda en el archivo de mi oficio a que me remito y
doy fe. Con el cual corregí y concerté este traslado y va cierto y verdadero según
que de él parece. Y para que conste de dicho pedimento y mandamiento, doy el
presente en la ciudad de Manila en diez y seis días del mes de julio de mil
y seiscientos y setenta y cuatro años siendo testigos el Alférez Juan Rodríguez
del Castillo, Nicolás de la Cruz, y Agustín Capolong.
Sobre las mentiras de Don Juan de Rosales, escrito por el General Don Franco de Figueroa

no era juez de controversia militar ninguna. Pues,
tan graciosa será si infiere que le habían renunciado
lo político. Lo uno porque para ser juez de la controversia,
no era necesaria tal renunciación, pues
sin ella lo era el señor fiscal. Lo otro porque
si de allí, no prueba le habían cedido lo militar, tampoco
lo político pues. O no se lo cedieran de ningún
modo o fue simul. Y así nada prueba vuestra merced en este
número sino su intención.
En el número 10, dice vuestra merced que el señor
Don Juan podía solo resolver, pero que como era
en negocio propio, no asentaba. Y así llamó a vuestra merced
y al licenciado Don Eugenio. También podía decir
que me llamó a mí, o que sin llamarme, me
metió. Y no hace poco al caso, pues sabe vuestra merced
que aunque vuestra merced tenía movida la pena, yo le cabe
de despenar. Pero yo no sé como podía solo
resolver si no era juez. Solo que la frívola
recusación del señor fiscal en su número
tendrá su respuesta. Tampoco sé como siendo aún
los rústicos demóstenes en su negocio, haga
vuestra merced al señor Don Juan tan rústico en el suyo, fuera
que hasta que lo vi impreso, siempre entendí
que era negocio del rey nuestro señor este,
no de Don Juan Manuel. Y es fuerte caso que un letrado
tan grande confiese, le llamó para su negocio

la culpa. Pusisteis a vuestro papel este tema.
En el número 18, dice vuestra merced que personas
de autoridad avisaron al señor Don Juan Manuel
trataban los señores de elegir nuevo gobernador
y que viendo se alteraban y conmovían los
ánimos de todos y de las naciones en perjuicio
de la paz público, se resolvió a creerlo el
tal señor Don Juan Manuel, sobre lo cual le canta
vuestra merced sonoras laudes con textos que es bendición.
Amigo, Don Juan ya que estáis más desembarazado
de temores o más desapasionado que cuando imprimisteis
este papel, decidme así Dios os saque
bien del que es lo más que podéis desear en esta
vida, no os pesa de haber dicho disparate, tal
mentira, tal falsedad, tal encarecimiento
de que se alteraban las naciones en perjuicio
de la paz pública en que se hallaba la república.
[Venid] acá esto leído en Madrid
si se creyera no era forzoso que inquietará y [diese]
cuidado a vuestro rey a quien vos, por lisonjear
un oidor, no reparáis en engañar
e inquietar, esto visto y leído de la real audiencia
y acuerdo contra quien vos lo escribís. No es forzoso
que os inquiete a vos. No basta el trabajo
que os costó cuando lo imprimisteis, obligado

a vivir en clausura, sino que después de ese,
queréis tener otro mayor, y tras de etcétera, apaleado.
¿Con qué verdad dice vuestra merced trataban de elegir
nuevo gobernador? La palabra elegir tiene
más misterio de lo que parece, y bien sé yo quien
trató, solicitó y pidió que le eligiesen a él. Todo
tendrá su tiempo, amigo letrado. Vuestra merced ha leído la cédula
de su majestad que manda sea el gobernador de las
armas el oidor mas antiguo, pues que hay que tratar
de elegir, se pase quien es el más antiguo.
Y no hay que tratar dudase, averiguase no se puede,
o no se puede averiguar, pues dos hay más antiguos
que Don Juan Manuel, atropéllese el uno por sus
conveniencias para que se obedezca de rey.
A solo el Señor Mansilla declaró con la real audiencia,
ser el más antiguo el Señor Coloma, pues en esto que
quita a Don Juan Manuel, ni se acuerdan de él,
sino de su rey y señor a quien se trataba
de obedecer y no de elegir.
Llama vuestra merced junta o congregación en
dicho número el real acuerdo, queriendo
no lo sea el que se hizo en la Compañía de Jesús.
Yo también le llamé del mismo modo en la
carta que escribí al rey, y aún peor, no lo imprimí
que aunque soy loco, no lo quiero ser de molde.

y [se echó] obedecer, por tal tiene relación que lo empuñó,
pero él [se echó] obedecer esta hecho con malicia.
No se hizo obedecer, que allí no había fuerza, sino
prontísima fidelidad. Que yo estuve allá y lo vi y
aún porque no había fuerza, y penetré que el
negocio por fuerza había de ir y las tenía Don
Juan Manuel engañada la milicia, y así
lo que vuestra merced añade, de que muchos de los que allí
estaban creyendo peligrar, le obedecieron.
Ellos le pedirán cuenta a vuestra merced si son
hombres tan valientes ahora como lo fueron
entonces y leales. Dice más vuestra merced que así que
vieron desunidos los señores y nada firme
lo resuelto en la salida del Señor Coloma,
y venida a la palacio sin bastón, prosiguieron
con aplauso en la obediencia del
señor Don Juan. Lo resuelto siempre estuvo
y estará firme, que la verdad no quiebra.
Y después de salida, el Señor Coloma dijo
a todos el Señor Mansilla que eso era lo que
se había de seguir, que quizás si no lo hubiera
dicho, no le hubiera preso y desterrado. Pero
padezca que para eso [aceptó] el cargo de ministro
del rey y el que sin peligro no se
atreviese hacerlo, déjelo de ser, que no les paga

su rey tres mil pesos al año para estarse en su cama
y regazo de sus mujeres, comiendo bodigos.
El aplauso que vuestra merced dice por ver los señores
desunidos, dígalo lo que por esa desunión ha padecido
la república y tantas desterradas. Y lleve
el Diablo a vuestra merced que me hace acordar
el destierro del Señor Mansilla, para mí
mal que hasta aquí no iba tan malo. Y
al Señor Peña, que allá me lo envío, que
si no, yo hiciera ahora piernas y no que temo
me hagan pernear.
En el número 27, dice vuestra merced que ha de
desvanecer los motivos que tuvo el
real acuerdo y establecen los que Don Juan
Manuel tuvo para su auto y se pone a probar
hasta el número 33. No era nulo por haber excluido
al señor fiscal, diciendo debía ser
excluido porque el señor fiscal no podía
ser juez por ser parte y de todos estos números
halló se podía formar este silogismo. El señor
fiscal no pudo ser juez en los negocios
en que es parte en el pleito de la antigüedad
que traían los Señores Coloma y Mansilla,
luego de tal pleito, no podía ser juez. La mayor
es verdadera y eso solo prueba cuanto vuestra merced

por pedir restitución de lo que injustamente se le había
quitado. Y solo habláis bien de Don Juan Manuel
(más juicio Juanico). Yo, de las dos cosas antes
escogiera hablar mal de uno tan malo
que no hablar mal de tantos buenos. En los teatinos
queréis motejar la mayor fidelidad
en el Señor Coloma. Queréis alabar el mayor
miedo con que le vituperáis en el Señor
Mansilla el derecho natural con que cada
uno puede pedirlo que es suyo. En la república
queréis dudar del más leal amor a su rey.
Pues, los teatinos que os azoten como [añino],
los oidores que os ahorquen como alevoso
contra la suprema dignidad, la república
que os trate como hay indigno de vivir en
ella. Diréis que sois de la tierra, ya lo sabemos,
pues que os entierren luego en ella.
En el número 57, dice vuestra merced que
algún curioso, preguntará porque no cedió
también el señor Don Juan Manuel
en el Señor Coloma en quien había cedido
el Señor Mansilla, con que cesaba todo.
Digo que no será curioso sino majadero
el que tal dijera que había de renunciar
el señor Don Juan en el Señor Coloma si no tenía nada que renunciar.

tenía que juzgar Don Juan Manuel ni que
esperar, ni remitir a la corte, ni pretexto para
retener el bastón aunque se lo hubiesen dado,
porque estando impedido, el uno necesariamente
quedaba por gobernador de las armas, el otro
señor oidor que no lo estaba. Y la cédula real
daba voces a los leales oídos que manda gobierne
lo militar el más antiguo. Quedaba
supuesto este auto del padre comisario, uno
más antiguo que Don Juan Manuel, suelto
expeditó el llamado por la cédula, el pedido
por la república deseosa de obedecer a su
rey, luego este había de gobernar lo militar,
no Don Juan Manuel. Yo no hallo que pueda
vuestra merced responder a esto, sino que vuestra merced [que citó]
en su favor el auto del padre comisario. Fue un
tonto Don Juan Manuel que lo obedeció (y con
todo eso usurpó el gobierno militar un
intruso) y todos los que lo supieren. Pues fue tan público
y se lo sufrieron unos. No sé que me diga.
Y con todo esto que debiera haber previsto
un hombre que se precia de letrado y de advertido,
dice con mucha satisfacción en el
número 58 siguiente, que habiendo obrado
el señor Don Peña con tantos fundamentos, no puede
ser culpado en los peligros que ha tenido
Papeles que se enviaron en 1626 para que hayan fiscales en las doctrinas

Las razones que en suma se ofrecen para que
no se haga mudanza alguna acerca de los
fiscales son las siguientes:
Primera. Hasta aquí ha corrido muy bien la doctrina de los naturales por tantos
años como han pasado y esto ha sido por los medios, que se saben, en que
ha tenido su lugar este de los fiscales. Y así no conviene intentar otros
con tanto riesgo del bien de las almas como puede suceder y moralmente sucederá.
Y con los inconvenientes que se seguirán, que son muchos, y de ellos
aquí se apuntaron algunos.
Segunda. El fiscal es los pies, manos y ojos del ministro. Y así importa muchísimo
que sea muy a propósito y a gusto suyo. El ministro es el que conoce
quiénes son aptos y quiénes no, con que puede escoger lo mejor. El que no
tuviere este conocimiento y experiencia, es cierto que errará muchas veces y
como sería grandísimo trabajo e intolerable de un príncipe o señor, tener
un mayordomo o secretario que no fuese a propósito ni a su gusto. Así será tormento
de los ministros tener fiscales puestos por quien no los puede conocer
y que muchas veces no serán a propósito.
Tercera. El oficio del fiscal, como cosa perteneciente a la iglesia, doctrina y
cristiandad, es de mucha importancia y pide muchas y muy buenas partes en
las que lo han de ejercitar como son virtud, celo, caridad, buen juicio,
y también nobleza y superioridad sobre los demás indios para que así
le reconozcan y obedezcan mejor. Estas partes quien puede saber mejor
de los que las tienen, que los mismos ministros con la larga experiencia,
comunicación y trato que tienen con ellos. Demás por caso que se pongan
los que no tienen las dichas partes como es evidente que sucederá muchas
veces. ¿Cuál andará la doctrina y cristiandad? ¿Cómo se remediarán las
ofensas de Dios? ¿Con qué ojos velará el pastor y ministro sobre su
grey? ¿Cómo celará el quitar las borracheras, amancebamientos, juegos
y otros vicios el que por ventura es el más culpado y capitán de ellos?

primeros que han plantado en ellas la santa fe católica y enarbolado
las banderas de la santa cruz. Y han acompañado a los primeros conquistadores
de estos reinos, derramando muchos de ellos su sangre a manos de herejes
y de gentiles idólatras. Esa misma cristiandad que han plantado
con la gracia de Dios la han también sustentado con sus trabajos y
sudores con que tiene el estado tan florido como ahora se ve. Y así tan
lejos están de desmerecer los favores y mercedes que les han hecho y hacen
su santidad y la majestad de nuestros reyes católicos que antes de
nuevo los reciben cada día mayores. Y así no será justo que en cosa tan poca
y que por otra parte es tan necesaria para la buena administración de la doctrina
y que ellos piden con tanto afecto dejen de ser oídos. Que al fin bien se
ve que si ellos de hecho y de una vez dejan las doctrinas, el daño gravísimo
que recibirá la cristiandad de estas nuevas y tiernas plantas. Y
aún se puede tener con mucho fundamento algún general desconcierto en razón
de la sujeción y obediencia que deben a su rey y señor porque un abismo
llama a otro. Tampoco hay clérigos que puedan sustituir por ellos especialmente
en esta tierra. Y cuando los hubiera (por hablar con modestia en cosas propias)
no son excedidos los religiosos de ellos en vida, ejemplo, doctrina, celo de almas,
y en todo lo demás. Y si hay algunos fallos e imperfectos (que no lo negamos)
son los menos. Y hay otros innumerables que son muy grandes siervos del señor y
muy amigos suyos y fervorosos y santos. Y tampoco son todos los clérigos santos,
que algunos habrá que sean faltos e imperfectos. Y quizá serán en proporción
más que los religiosos. Y si se dice que esos tienen prelados que los corrijan
también los tienen los religiosos. Y cuando en eso hubiese remisión alguna
vez, tiene también prevenido y proveído este punto el santo concilio tridentino.
8.a. Las religiones están en posesión antigua de poner los ministros [y] los fiscales.
Y esto se ha usado desde que se plantó la fe en estas islas y se usa en la Nueva
España. De suerte que con haber habido tantos ruidos sobre las doctrinas,
jamás se ha inmutado en esto de que los ministros pongan los fiscales.
Novena. Si su majestad ha mandado que los prelados pongan los fiscales puede se
entender que no ha sido enteramente informado. Y lo cierto es que no lo ha sido
Copia de una carta que Fray Rodrigo de Cárdenas, el Obispo de Nueva Segovia, escribió al oidor Don Salvador Gómez de Espinosa.1650s/1698

no hacerlo porque le sirva, sino al revocarlo escrito a arrepentirse del que ya no [podr ]
tajarse pronóstico con lágrimas lo demás peso y es que llegaran estas noticias a los [ingleses],
holandeses, mahometanos, comerciantes en el Japón y en China, [pondra ]
en las manos el escrito de vuestra merced constituyeran se le y les dirán a esto vienen al [Ja ]
los religiosos que tanto porfían entrar en el obrar quieren aquello mismo que han [ob ]
en Filipinas, admitirles será [sujetaros] a todo esto, vendrá el escuadrón de alcaldes mayores,
publicanos, y cobradores a lo mismo que en este papel se escribe de ellos. [Elegid ahora]
y que cuanto más entendido fuere el Japón o China, tanto más cerrara la [puerta ]
evangelio no admitiéndolos buenos ministros con temor de [incurrir] en los malos [mayormente]
no alcanzando que por la [margarita] del evangelio se deben padecer [mayores]
tiranías todo esto se deberá al papel de vuestra merced después de no haber [consig ]
el intento que es la relevación de los indios que pronostico también con los demás [ da]
los que han de recibirlas demás naciones extranjeras viendo tan exornado y [a nado]
nuestro mal proceder en el papel de vuestra merced una [cierra] dice vuestra merced que no le [ ]
mira la pluma, yo digo más que el amor que a vuestra merced. Le tengo no reprimirá la mía, [lle ]
la coyuntura de decirle la verdad. Nadie está obligado de decirla a todos, sino [a quien ]
[debela] al predicador decir al [pueblo], el consejero a su rey, el asesor [al pri ]
le elige gobernador presente no a otros dictará se la vuestra merced al señor gobernador al oído diera
escrita de buena mano, y de otra tal enviársela al rey y al papa pero [impr ]
y sacará tantas copias como habrán salido con tanto [aleno] tanta [erudita gl]
de que se trabajó para lucirla a todas luces y a todas tinieblas poniéndola a los [ojos]
vulgo que sin discreción ha de condenar, no solo los religiosos de Filipinas sino [a sus nes]
que necesidad pregunto tienen los seglares y los extraños de saber lo mal [obrado ]
religiosos que remedio han de poner los que llegaren a entenderlo en los [agravios]
indio ninguno cierto sacar si ejemplares y enviarles a la Nueva España y
Perú para que se obre halla como de acá se escribe quien lo ha de remediar [ ]
en España, su gobernador en esta isla bastaba que estos lo supiesen y se había cumplido [ ]
obligación no digo más en esta materia aunque era capaz para hacer un [ ierra]
nuestro señor que [eso] salga profeta falso, aunque [me dé] grande [el P.e com ]
tenía ya comenzada la obra del mismo [asumpto] que la de vuestra merced señalando [ra ]
la opresión de estos miserables y el remedio que [he a] alcanzado posible [a ]
[llevarles] con algunas más experiencias que las que vuestra merced tiene, [interumpie me le]
algunos achaques y ocupaciones y déjelo con ánimo de proseguirlo [ dome]
más [desahogado] [hacerlo] siendo Dios servido y se lo remitiré a [vuestra merced ]
para que lo corrija en el ínterin y para lo que yo pretendo [basta pel]
del pliego [ya cerrado] vuestra merced. [ uea] y perdone si excedo que el [ ]
es el que ha dado esta licencia. He sentido mucho la indisposición de vuestra merced y [me ra]
[asurtado] mucho a no haber llegado la noticia, con la templanza de la [sume ]
Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

el viaje y punto de él y si anda mucho o poco, porque enfadará
con estas preguntas, y sin ellas todas estas noticias
le buscarán. Tenga horas de leer cosa que le instruya
como son libros de moral, y cosas que le edifiquen
como son los libros devotos, y cosas que le diviertan como son
historias. Y persuádase que es indignidad en las manos
de un religioso un libro de comedias, aunque no oír tal vez
por pasatiempo.
Procure ser muy cortés con todos, pero no nimio ni porfiado
en los cumplimientos. Y conseguíralo, si concibe de veras
que todos los pasajeros con quienes comúnmente conversa son
mejores y más sabios que él, creyendo es tentación imaginar
lo contrario. Para la salud corporal, vale mucho
el quedar siempre con hambre. Lavarse la boca al amanecer
(como queda apuntado) con vino de nipa, o con
orines, o zumo de limón. Mudarse cada ocho días y antes
si el sudor es mucho. Y no se desembarcará en la costa
de Acapulco, sino es que alguna enfermedad le obligue
a ello. Mas si sano se desembarcara, puede ser que enferme
en el camino de tierra, que es muy malo, hasta Acapulco.
Cuando en la costa se despache el pliego, escribirá
al padre procurador de México dándole aviso de su ida, y a que
va, y de todas las demás nuevas de la provincia más notables,
y le pedirá alguna prevención si la necesita en Acapulco
y así mismo le remitirá los pliegos, que para dicho padre
llevare, que en el sobrescrito dicen “por la costa,” reservando
los demás, para entregarlos en propia mano.
El título de sus cartas será “Al Padre Fulano presidente
del hospicio

publicar lo que lleva.
Ya en Acapulco por los encomenderos, sabrá si el presidente
del hospicio está en él, o quien cuida de él. Y desde allí le escribirá
por delante si en las petacas lleva algo que
no convenga parecer en la aduana, para que el presidente
negocie, pasen sin abrirse las petacas.
Aunque el frío de México luego molesta no añada
mucha más ropa sobre sí. Basta la que lleva de acá,
y su manto o capote. El vino es dañoso, porque el frío
es externo y el calor está reconcentrado.
Cuando sea tiempo de pasar a España, pide el procurador
licencia al señor virrey para ir en los navíos de próximo
presentando con el memorial la licencia de la religión
y la del gobernador de Filipinas. Cuesta el sacarla
cuatro o cinco pesos, y sacada se presenta a la inquisición,
que la firma también.
Yendo por misión conviene reconocer en la contaduría
de México los autos de la misión antecedente
y ver si se dio la limosna a todos los sujetos que el
rey concedió en la tal misión verbi gratia la cedula concede
pasen 40 pero en México no se presentaron, ni
cobraron sino 30. Pídese pues allí certificación de
esto para que conste que aún no está cumplida la concesión,
y como se hará esto lo dirá cualquier oficial
de la contaduría. Y la certificación sirve para pedir
en Madrid despacho para los que faltan con los
que

suele ser no sacarla, sino dejarla en su poder, pero con
nuevo resguardo, sin cancelar la escritura. Las conveniencias
de esto el tiempo las avisa, y los sujetos con
quienes trata: y allí verá cómo ha de conducir a Madrid
la necesaria yo digo que por letra de cambio, si
la halla, o con la conducta del rey, y en fin según
viere es lo más seguro, con que con llevar a Madrid mil
y quinientos pesos lleva sobrado, y si faltare, para
menores cantidades no faltaran letras.
También cuando escriba al provincial de Castilla y procurador
de San Felipe ha de escribir al religioso que en Madrid
es correspondiente de nuestra provincia de Filipinas a su
procurador y si desde Cádiz no lo hizo no lo omita desde
Sevilla, y entonces conviene escribir al padre general
y asistente de España con estos puntos. Primero darle parte
urbanamente de su llegada. Segundo remitirle una vía de
la provincia en que van las actas del capítulo (si salió
de Filipinas por capítulo). Tercero decirle que tiene orden
de remitirle las coletas, que su reverendísima [ven]
si gusta las remita y y por qué vía. Cuarto que le envíe
la autoridad para sacar misión de las provincias de España
y las facultades de vicario general tan amplias como
se las comunicó el Reverendísimo Travolloni a Fray Álvaro
el año de 1688 por abril (y para esto será {bueno}

tiene padrino que le conduzca a otra hora, y también
al secretario se puede ver a las tres. La [arenga] estudiada
para estos y todo las demás del concejo sea
en esta sustancia: Que su provincia de Filipinas le ha enviado
a esta corte, por su procurador a todos sus negocios,
y en especial para pedir a su majestad una
misión de religiosos para la continuación de las muchas
doctrinas que están a su cargo, que se pone a los pies de
su excelencia (o señoría) para que le ampare y favorezca,
en esta causa como tan del servicio de Dios.
Visitados presidente y secretario visitará
a los señores del consejo de Indias y su cámara, sin
reparar en que este sea antes o después sino como pudiere,
mas tómelos por lista y donde vive cada uno:
y si tiene señoría, o excelencia que algunos de la cámara
suelen tener excelencia y otros señoría ilustrísima
y habiéndolos visitado todos, o casi todos se
puede presentar con su memorial y poderes en esta
forma.
Hará el memorial, que se escribirá a la postre
con título de presentación en el consejo, y con este
juntará las licencias de la orden, y del gobernador de Filipinas
y virrey de la Nueva España y sus poderes.
Y todo esto lo entregará en su mano al secretario del consejo
suplicándole se sirva de presentarlo: y no presentará
otras instrucciones, ni patentes de [definición]

sino lo que la silla apostólica ha concedido al rey católico
el cual es defraudado si no se le dan los medios precisos
para sacar la comisión y conducirla, y todo esto y
lo demás que supiere ha de representar al general asistente.
Y aviso, que si el procurador no tiene mediano
latín para estas alegaciones busque un amigo que
se lo haga o escriba en castellano de buena letra,
que bien lo entenderá el general, o su secretario. Mas
tengo por mejor buscar secretario latino, que con eso
las respuestas vuelven en latín, y no en italiano.
No dudo que con estas instancias despache
el reverendísimo la patente amplia, y sino válgase de la
que [que] le diere, y supla lo que falta con la dicha Bula
de Adriano, que hallara a mano en el ritual
de Méntrida, o en el de Sánchez nuevo al fin.
Da un aviso nuestro Padre Cruz de gran monta,
y es que el procurador obre en todo con diligencia y eficacia,
de suerte que se lo conozcan los señores del
consejo, que esto les edifica, mucho y mueve a despacharle
bien: mas si le ven remiso, y que negocia
mediante agente, y no por sí mismo, les parece
muy mal, y así en ningún caso cometa diligencia
a otro sino por enfermedad conocida: ni ande
en coche aunque sea prestado, y no alquilado a lo menos

por la presente me ofrezco y obligo espontánea y libremente
a pasar a la dicha provincia de Filipinas, en la misión
que está congregando el reverendo padre Fray Fulano
vicario general y procurador de la dicha provincia y ruego
y pido al dicho reverendo padre que me admita e incorpore
en la dicha misión para pasar a las dichas islas: y desde
ahora doy la obediencia al dicho reverendo padre como a vicario
general de la dicha misión; y para que con este hice está
firmada de mi nombre en este convento de tal
parte y en tantos de tal mes y año Fray Fulano de tal."
Y en la carta dirá el procurador "Remito la fórmula
de la firma para que [vuestra paternidad] la traslade de su letra y me
la remita, no para ejecutar a [vuestra paternidad] por ella, que
mientras [vuestra paternidad] no saliere de su provincia siempre
tiene libertad de hacerse atrás con muy buena
conciencia porque no quiero sacar a ninguno contra
su gusto, mas pídola para que conste los que tengo
en la misión, y poder hacer presentación de ellos
al rey nuestro señor."
Si remitida la firma y admitido el religioso
pide licencia para llegarse verbi gratia a su tierra, habiendo de él
buenos informes se puede conceder la [firmala]
será como las licencias de los provinciales comenzando "Fray
Fulano vicario general de la misión del orden de nuestro

Uno de los más duros trabajos del procurador
no es el que con mil [trazas], le procuran quitar los
buenos sujetos, sino que con mil intercesiones, mentiras,
y artes, e informes falsos, procuran encajarle
los sujetos díscolos, e inútiles, [p] desaseirse de ellos, y les
barra a las provincias sus basuras. Todo sujeto, pues,
que le echare rogadores le sea sospechoso, y asiente
estos puntos, que tiene instrucción de su provincia para
no llevar los que no tienen los cinco años de estudios,
o están en camino y edad de estudiarlos. Que asimismo
no admita sujeto alguno, que haya andado
fugitivo, aunque sea con el hábito fuera de
la orden, ni menos apostata que tampoco admita
sujeto que haya levantado la mano, o perdido
gravemente el respeto a su prelado, aunque sea
sólo al superior del convento, que no admita sujeto
notado de ladrón, o borracho, o que haya dado
algún público escándalo. Afírmese en que esto
le manda su provincia y su conciencia, y que no ha caminado
tantos mares, para venir a España
a echar su alma en el infierno, ni para llevar con
tantos gastos las heces de las provincias que el rey
y su provincia se fían de él en orden a no llevar a
Filipinas sujetos ruines que no les ha de engañar

que se metía en compañía de aquel fraile que quiso volverse
al convento de donde había salido [para] no acompañarse
con persona de tan ruines procederes.
Mas en fin se resolvió a entrar en el Convento
de San Felipe sólo para informarse, y halló que
el tal sujeto no iba para Filipinas, aunque lo pretendía
con muchas instancias y favores. El segundo
fue que un padre ministro de San Felipe, amigo de
Fray Álvaro, le rogó admitiese un fraile, que
había apostatado unos años antes. Excusóse
Fray Álvaro, y viendo que no podía vencerle ni
con ruegos ni con razones, acabó así: “En fin,
padre comisario vuestra paternidad me niega esto,” replicóle: “Padre ministro,
aunque soy tan hijo de vuestra paternidad, no debe extrañar,
que no le anteponga a vuestra paternidad a Dios al rey y a mi
provincia, que a todos ofendo en obedecer a vuestra paternidad.”
La réplica del padre ministro fue echar los brazos
al cuello a Fray Álvaro y decirle: “Padre comisario,
bien haya vuestra paternidad que esto que le he rogado ha sido a
más no poder, porque me han empeñado en ello y
de mayor estimación es para mí el que vuestra paternidad obre
como religioso y hombre de bien. Quise me lo concediera
porque en esto obraría vuestra paternidad muy contra

el juicio bueno que tengo hecho de su persona.”
En esto pararen los ruegos y porfías, y aun muestras
de enfado, porque la traición, aunque agrada,
nunca agrada el traidor. Y traidor es a Dios,
al rey y su provincia el comisario que a sabiendos
admite un sujeto ruin.
No tema las amenazas, que le harán de que
escribirán contra él a Filipinas. Porque obrando
bien y con celo, luego se conoce, y antes acredita al
comisario. Contra Fray Álvaro escribió un padre muy
grave, así: “Si el padre comisario no fuese tan entero,
hubiera llevado de esta provincia muy buenos religiosos.”
Véase si el disparate puede ser mayor: de la entereza
se espantan los malos, no los buenos, y [escribirlo]
porque se empeñó que había de venir a Filipinas
un sujeto que estaba condenado a cárcel perpetua,
porque en más de 20 años había hecho muchas fugas
y otros peores desafueros.
No dé hábito a quien no supiere medianamente
Latín, que es contra actas de la provincia, y la
razón lo dicta porque jamás lo aprenden, sino
es que sea para lego.
Siendo ya tiempo de caminar a Sevilla, reconoce
el comisario las firmas que tiene, y presenta
al consejo el memorial que se sigue: “Señor

que el rey da a siete leguas por día, u ocho, y por
ellas ocho reales de vellón, y por los días de [deresión]
en Sevilla dos reales. Vea el comisario cuánto
importa ajustar esto bien para cobrar después en
la Veracruz más o menos estos despachos,
dice nuestro padre, que cuestan como cincuenta o sesenta
pesos. Y así es, y subieran o bajaran poco más o
menos según dicho oficial a quien se paga todo fuere.
La reseña la vienen a hacer al convento y desde
el día antes, recorre el comisario su lista. Y a cada
religioso da el comisario su papelito que lo sepa, para
responder cuando le preguntaren. Porque muchas veces,
le faltan sujetos de la lista y entran otros en su lugar,
y no han de responder si no por los nombres y lugares
que hay en la lista. Y así el papelito contenga: “Responda
cuando llamen Fray Fulano, y diga [que] es de tal provincia
y lugar, y que salió de tal convento.” Y advierta
el comisario, que aunque no haya ficción alguna,
es necesario dar este papelito, para que cada uno
sepa responder sin turbarse ni equivocarse, porque
suele haber algunos muy torpes. Y si entre
los de la misión o vienen italianos, irlandeses,
u otros extranjeros, los podrá pasar por "de Barcelona,"
o "Valencia," que si son vasallos del rey
no es engaño de monta, y corre así. Estos papelitos
de las respuestas se guarden para las dos

Esta como digo debe ser la materia, el tratarla dignamente
pertenece al predicador, que lo hará según supiere
más o menos de retórica. Mas el comisario le encargue
que en todo caso, predique con brío y muchos gritos, procurando
fervorizarse, que conviene mucho esto.
El comisario encargue la superintendencia de la misión
a uno antiguo, y de su mayor satisfacción ponderándoles
a todos cuánto conviene ir con modestia en
los barcos, y cuánto se escandalizan los seglares de ver [acion]
menos medida en los misionarios. Y váyase por tierra
a Cádiz por el Puerto de Santa María que adelantará
cuatro días, o más que le hacen al caso.
Supongo como esto atrás dicho en la estancia
de Cádiz que en este puerto ha dejado correspondiente
hombre de bien. Fray Álvaro no pasó por Cádiz, y con
todo lo buscó y halló. A éste se le avisa, que t[apalabre]
navío marchante, y si avisa que lo tiene y el concierto
es cómodo no espere a más sino, remítale
poder para que celebre la escritura de concierto. Mas
note aquí que nunca señale número determinado
de sujetos sino sólo diga que el rey le da licencia
para embarcar verbi gratia cuarenta, que su intento es llevar
antes más que menos, mas que es mercadería poco fija,
y que no sabe si se embarcarán todos, o si faltarán
algunos y así sólo puede hacer el concierto de embarcar,

a nadie sin orden especial del virrey; y así conviene
alcanzar dicho aviso del correo (para que si [dura] este orden)
escribir con él al virrey, diciendo brevemente "he
llegado a este puerto de la Veracruz con una misión
de tantos religiosos de San Agustín y despachos para
que se meden en la casa de la Veracruz los gastos que
se han hecho en España y de aquí a México suplico a[ Vlas.ca]
envíe los órdenes necesarios para dichos efectos a los oficiales
reales, y a mi muchos en que le obedezca mientras
paso a México a ponerme a sus pies." Y si esta carta
no la despacha en el primer correo atrasara mucho
su despacho.
Al despachar la primer tropa de los religiosos si
hay presidente en el hospicio, despachara el comisario
un nombramiento en que lo haga superior en ínterin
de la misión, mandando a todos con precepto
de obediencia que lo reconozcan por superior; y al dicho
le escribirá secretamente las instrucciones necesarias
para comenzarla a gobernar en especial
que sujetos van devotos y religiosos, y cuales
son más divertidos para que proceda con cautela
y no se fie de todos, y si no hay presidente en el
hospicio, capaz de gobernarla misión, nombrara
secretamente superior y que el nombramiento lo lleva

toman bien enseñados a lo de España y si él
comisario tiene limosinas es alguna ayuda, y si no
las aplica por cargos de la provincia de Filipinas ---
Despedidos los religiosos de la Veracruz, el comisario
se queda allí con un religioso compañero a sus despachos,
ya cuando se hizo la reseña, o poco después, el
escribano de la contaduría le dirige en sus cosas
y lo primero da una certificación, que contiene cuatro
cosas. Primera de los gastos del desembarque de los religiosos
y su [fato] tocante a la misión. Segunda del gasto que
ha hecho con los enfermos en tierra; y puede encajar
los de la mar. Tercera de los gastos en lavar la ropa
sucia de los religiosos y puede meterlos de lavar en
Puerto Rico. Cuarta de los arrobas que pesa la ropa de la
misión esto es los arcos de libros y demás cosas:
especificando que en tal cosa se gastó tanto, o pesa
tanto; y es certificación jurada: y con ella ajustan
los oficiales reales lo que para cada cosa
le han de dar, y ajustan los días que allí están
y los que tardan hasta México sobre las mulas,
que el rey paga aunque los muleros gruñan,
negocie con los oficiales reales que antes de salir
efectivamente los religiosos, hagan la postura

y luego que el sujeto se le ofrezca si tiene buenos informes
de él lo traiga al hospicio. Que él dirá lo que
es antes de embarcarse en Acapulco, y con poco gasto
prueba la persona, y la trae si es de servicio, o la desecha
si no lo es. Muy buenos sujetos han estado en
Filipinas de México y Michoacán, y quizá le tocaran
algunos. Más guárdese de admitir en la misión
unos sujetos [rufalandarios], de las provincias de
España que han pasado a Indias llovidos y de Canarias
suele haber mucho, y aunque se le ofrezcan muy
serviciales, e hipócritas no se fíe de ellos, ni se compadezca
del desamparo en que dicen se hallan, por qué
más obligación tiene a mirar por su provincia, y dice
el refrán que "De rabo de puerco nunca etcétera."
Es cosa ya ordinaria en todas las misiones huirse
algunos frailes y también que los comisarios se alborotan
mucho. Dan parte al virrey, búscanlos con
estruendo, hallan los condes crédito, llévenlos a
Acapulco forzados con guardas y aun grillos, y después
de allá llegados o en el camino, vuelven
a escaparse como ha sucedido a las misiones modernas
de los Padres Recoletos y a las antiguas nuestras.
Y si no, se huyen, que es difícil guardarlos
cuando vienen a Filipinas por la mayor parte donde

de personas prudentes procure reducirlo al rebaño.
Que si él no es sujeto totalmente perverso, esto basta
para meterlo por camino. Y si esto no basta, no
tenga su fuga por perdido sino por ganancia. Más
en todo caso, no se valga de justicias, guardas prisiones,
y estruendo, en que es preciso desedificar
no ganar.
Si hubiere quien pida órdenes, y las hubiere, concédalas.
Más sea sin usar de dispensaciones que se expone
el comisario a muchos absurdos principalmente
si son para sacerdotes. Asimismo si pidiere alguno
licencia para confesar, se vaya a espacio, si no es sujeto
muy conocidamente capaz, porque es fuerza examinarle
con tres antiguos, y si se la concede siendo
ignorante, peca, y si no lo aprueban, son muy sensibles
las calabazas, y se expone a perder el sujeto,
y así es mejor responderle, aquí no hay necesidad
en Manila se expondrá. Más a los expuestos ya en
España haga se presenten al ordinario para confesar allí
y en la nao, que como se navega en cuaresma es muy necesario.
Luego que llegue a México visita al señor virrey,
y al señor arzobispo, poniéndose de bajo de su amparo.
Y después trate de sus despachos, y vea para esto
a los oficiales reales. Y no sé qué algunos misiones

luego que llegan a México se hace la reseña, y se
comienza a cobrar de la casa. Más otras misiones
no lo pueden conseguir hasta, que viene la nueva
de la nao de Filipinas como sucedió a Fray Álvaro
que el virrey [si cerró] a no tratar de misiones
hasta dicha nueva. En fin cuando estos señores quieren,
se hace la reseña, y para ella se previene algún
refresco en el hospicio de ensalada, y cosas de merienda,
y algunas medallas, y camándulas, va ordinariamente
un oficial real con sus escribanos. Aquí se
vuelven a recorrer los papelillos del nombre, patria
convento etcétera que ha de estar todo en prompto. Para esto
se les presentan los despachos que trae de la Veracruz,
y cuidado no haya equivocación en la reseña, y para
todo contingente se procura la amistad del oficial
real de la reseña. Hecha se acude luego a la contaduría,
y se le da alguno al oficial mayor como 10 pesos y menos
a otro oficial si asiste, y al escribano se le ofrece
su paga a la conclusión, y hecha una vez la reseña
váyase despacio [en dar], que los despachos con pocos días
de diferencia no pueden dejar de salir.
Lo que en México se da, es a cuatro reales por [causa]
coronada, y dos por motilona, y si el comisario tiene de que
suplir, excuse el andar pidiendo dinero en la casa

prevenga el hospedaje y matalotaje, y convendrá
salga de México a principios de febrero. Han
de ir dos de confianza, más uno como cabeza, y
otro solo como ayudante, que si ambos llevan igual
la superintendencia, si son diversos en los juicios
no harán nada sino porfiar. Es bien que lleven estos
un despacho así. Pidiese por memorial al señor
virrey dándolo en mano propria, que su excelencia mande
a los oficiales reales, que señalen en la nao las comodidades
acostumbradas de rancho, y camarote
para el matalotaje de la misión. Y porque ya
el comisario llegado a este lance está muy ducho, no
se pone el ejemplar de dicho memorial, el virrey
manda dar su despacho, que no es bien haga
de costos más de cinco pesos y aún menos.
Una de las cosas más embarazosas para el buen
comisario es disponer su matalotaje, mas ya al pasar
por Acapulco habrá conocido unos agentes universales,
que llaman encomenderos, porque agencian
lo que se les encomienda pagándoles. Por medio
de uno de estos se negocia lo más, y los religiosos que
van a la prevención, sirven de poner espuelas a estos
para la agencia de matalotaje. Y dichos encomenderos
ordenan a dichos religiosos lo que han de hacer en orden
a buscar las cosas necesarias y en fin ad invicem sea

y crea a Fray Álvaro, y aunque los compre algo
más caros por no llevar con ellos las barrigas y morcones
etcétera son baratos, y será honra y provecho.
Agua tiene su dificultad por las tinajas, mas esta
es la primer ocupación de los dos religiosos que han
de ir a Acapulco buscar tinajas ya llenas a bordo,
que se hallan, ya vacías fuera, y si una barcada de
40 bocas halla doscientas, no necesita de pipas que es gran
trabajo. Y en caso de haberlas menester, se conciertan
desde México con el tonelerzo, que baja a
Acapulco a componer las pipas del rey. Suelen hallarse
si se buscan con tiempo bastantes artes tinajas en Acapulco,
y conforme hay de misiones y pasajeros, valen caras más
o menos, mas crea que con buen orden dos tinajas
bastan para 40 bocas en un día, dando la necesaria para beber
las gallinas y guisar. El viaje regularmente
es de noventa días hasta Filipinas, y ahora se suele
hacer aguado en Marianas, que es gran alivio.
Chocolate meta el competente según los sujetos.
Con aviso de que solo han de beber una vez al día
mas Fray Álvaro con los días de ayuno les dio
a dos veces. Provéase en Acapulco de unos barros
que llaman "porongos" que hacen al caso. Y encomiende
una [martabana] si puede hallarse que sirva

a cinco de marzo día más {,} o o menos{,} y las restantes vayan
en su séquito con un día de interpolación a lo
menos, y en la última el comisario con los papeles de la
contaduría, y dejandoo ya todo suaves despachado
y en camino antes de salir de México. Y no deje
de despedirse de los señores virrey, arzobispo, provincial, y demás
personas, que le han hecho bien, que es grave falta.
Y para todo esto se supone que el comisario ha de tener
mula en que andar por México que sin esta sería
imposible ajustar sus negocios.
Otra cosa, y que importa desde el principio, acierte
el comisario que ninguno ha de dormir en México aunque
sobre esto riña con dos o tres, porque va perdido
todo si abre la puerta a esto y no tiene fraile seguro
más. Si alguno se le quedare por la primera vez admítale
las excusas que diere, sin averiguar mucho
el caso. Mas procure cautelar no suceda segunda,
y para esto servirá no quedarse el comisario
jamás en México aunque vuelva a las diez de
la noche. Y es regla que todas las observancias, que
el comisario desea en los suyos, las ejecutan primero
en sí, que es el más poderoso modo de mandar
y de inducir.
Para el camino de Acapulco dará el comisario

el gasto en cada tropa a uno, y ocho pesos por causa,
y libra y media de chocolate que sobra. Y les encargará
la modestia de los demás caminos, y que no sean
perezosos en madrugar por los muchos calores, y que
el sol les puede quitar la salud y aun la vida. En
este camino conviene llevar mulas con las camas [aún
más] que en el campo de la Veracruz, y por esto
se encargó tanto en Sevilla, que los colchones sean
transportines estrechos y ligeros para la facilidad.
Y advierta que los precios de las mulas, de los mozos de
mulas, y estas de carga son siempre a menor
precio que los demás de silla y los de los religiosos.
§ en Acapulco.
En Acapulco conviene más el buen orden y modestia
en los misioneros, porque allí pierden el
crédito para Filipinas y la Nueva España si se desconcierta.
Luego que el comisario llegue presente a los
oficiales reales sus despachos de México, y el
despacho del señor virrey para el rancho y camarote,
si los religiosos no lo presentaron cuando
fueron a la prevención. Y [no sé] que si algún religioso
le quedó en México enfermo, debe tomar
certificación del médico. Y asimismo si alguno
queda en Acapulco enfermo, y pida a los oficiales reales

Procure evitar que salten en Marianas, porque
tiene esto algunos inconvenientes para la salud, no
el que se queden que los padres jesuitas los harán
volver a bordo. Conténtese con adquirir el refresco
que pudiere. Mas sea sin pleito por esto, que lo
que viene cada uno lo quiere agarrar todo, mas
por medio del general, u otro oficial no se quedará sin
parte, sin ponerse a voces por cuatro sandias, que
será sandez.
Alguna vez no hay capellán en la nao, y el señor
virrey o arzobispo pide religioso capellán. Tome
el comisario este buen aviso, que no le pesara
de ejecutarlo. Nómbrese así por capellán, y no
permita sea nombrado otro sacerdote de la barcada,
que sí expone a mil pesares, si este no es muy bueno
y prudente porque los bagos ordinariamente puestos
[ensanchos], aunque sean bajos, hacen mil alcaldadas,
y obran como quien no tiene experiencia de las gentes
de acá. Que si acaso llegando a puerto de Filipinas
es menester saltar en tierra, el general
fácilmente se contentara con que en su lugar quede
otro de los sacerdotes confesores, pues pocos sacramentos
hay que administrar, y el trabajo del capellán

en México se sabe [que] hay en Filipinas falta de obispos; como
a mí me aconteció, que es bien usar de liberalidad y así
yo la usé en México por el peligro que había que se
estuviesen muchos años sin órdenes.
{Al margen izquierdo: 2 concierto con el consejo}
Como las necesidades de España son tantas, la mayor
dificultad para dar sujetos es desembolsar dineros en
Sevilla. Y así el conde de Castillo presidente del
consejo me llamó, para que nos concertásemos, y con vecinos,
que en Sevilla me darían doscientos ducados en vellón para cada
sujeto. Pero que desde la Veracruz se me daría, lo que se acostumbra.
Este concierto no fue malo en el tiempo que le hice,
que el vellón y plata estaban casi en una altura. Pero después
cuando se ejecutó, me estuvo muy mal, por la mudanza
de los tiempos, porque entonces valía la plata a doscientos y veinte
de premio, con que dándome ocho mil ducados de vellón
para 40 sujetos. Fue tanto como darme solo dos mil y
quinientos ducados de plata, y no más, con que no tuve para
pasar el flete del navío, y así me parece, que primeramente
vuestra reverencia procure no hacer concierto ninguno, sino que
se dé lo que se acostumbra y cómo se acostumbra. Pero si el
consejo insistiere en concierto, hágale vuestra reverencia en los doscientos ducados
de vellón por hasta la Veracruz, pero añada, que lo que
su majestad suele pagar por flete del navío de los nuestros
pues no lo paga en Sevilla, sino en la Veracruz, que
lo pague lo cual será fácil de alcanzar. Y yo por falta
de inteligencia, pensando, que estos fletes pagaba el rey

en Sevilla no siendo así; no trate de ello. Mas añado que
si en esto hubiere dificultad, haga vuestra reverencia lo que pudiere,
comunicándolo por escrito desde Madrid con el padre
nuestro.
{Al margen izquierdo: 3. Defecto de cédula}
La cédula de los sujetos, que saqué en Madrid, tuvo un
defecto. Y fue que hablando con los oficiales reales
de la Veracruz y de México, no habla con los de Acapulco.
Por lo cual estos no quieren dar nada sin especial
decreto del virrey, que es nueva dificultad, la
cual se evitará advirtiendo vuestra reverencia en Madrid que la
cédula hable también con los oficiales de Acapulco. Y si
dijeren que no se puede mudar el modo antiguo, replique
vuestra reverencia que antiguamente no había oficiales reales en Acapulco
independientes de los de México, y que ahora los hay.
Y así aunque diga la cédula, que den en Acapulco etcétera
como [habla an] los de México, no quieren darlo los oficiales
reales de Acapulco.
{Al margen izquierdo: 4. Lo que se da en la Veracruz}
El no saber, lo que se suele dar en la Veracruz me hizo
andar a tienta paredes. Y así quiera poner aquí lo
que me dieron para 43 personas. Que vinimos por cuenta de
su majestad de donde colegirá vuestra reverencia lo que ha de pedir para
los sujetos que trajere, proporcionadamente
1. Para desembarcar los nuestros - 29 pesos
2. Para desembarcar la ropa al muelle con barcos - 53 pesos
3. Para llevar la ropa del muelle al colegio - 25 pesos
4. Para lavar la ropa sucia - 83 pesos
5. Para regalar los enfermos - 65 pesos

6. Para alimentos de doce días a 4 reales por día
de 43 personas - 258 pesos
7. Para viático hasta México de los dichos 43.
a 6 reales por día y se cuentan 10 días - 322 pesos 4 tomines
8. Para 43 mulas a 20 pesos cada una - 860 pesos
9. Para novecientas arrobas de carga, de ropa y
libros, a 10 reales la arroba - 1125 pesos
De suerte que me dieron en la Veracruz 2820 pesos 4 tomines
2820 pesos 4 tomines. [Mas] es de advertir, que en las cinco
partidas primeras y en la 9ª se pone más de lo que con
efecto se gasta. Por cuanto en otras cosas dan mucho
menos de lo que es menester, como en la 7ª partida
del viático quedan a 6 reales cada día para
sujeto y mula, y no lo hice yo con dos pesos. Y también
se hacen otros muchos gastos para los cuales no da el
rey nada. Y es tanto esto que hasta llegar a México
gaste yo más de 500 pesos más de lo que el rey me dio,
con que se asegura la consciencia de lo que se añade en la
certificación que a vuestra reverencia pedirán los oficiales de dichas
partidas 1. 2. 3. 4. 5. y 9.
{Al margen izquierdo: las mulas}
Las mulas suelen alquilar los mismos oficiales
reales de la Veracruz. Y si vuestra reverencia las alquilare, como
yo hice, y fueron extremadas, ha de ir el alquilador
a dar carta de pago a los oficiales reales. Mas
él no recibía todo el dinero, sino lo que a mí me parecía,
por lo que podía suceder -

{Al margen izquierdo: 9. Virrey y oficiales de México}
Es necesario procurar en México tener entrada con
el virrey, y ganar a los oficiales reales de México
para muchas cosas que se ofrecen. Yo les presenté cosas
curiosas de Roma con que los tuve muy ganados.
{Al margen izquierdo: 10. Lo que se da en México -}
En México nos dan cuatro reales para cada día de
todo el tiempo que se está en Nueva España, descontando
los días de estancia en la Veracruz, y los del
camino hasta México. Mas es de advertir que aquí
se distingue de padres a mozos, [o hermanos] [coadpetores]. Para
aquellos, en que entran también nuestras estudiantes,
se da un tostón cada día, mas para estos se dan solo
dos reales. Asimismo para matalotaje y avío de
los sujetos, se dan 150 pesos para cada uno. Mas para
los mozos o [coadpetores] 75 pesos para cada uno.
{Al margen izquierdo: 11. Vestuario.}
En México no se da vestuario. Pero sí, si por algún
caso ocurrente de falta de navíos [dechirca]
se detuviesen los nuestros un año más, que en tal
caso se suelen dar 50 pesos para cada sujeto, como
se dieron cuando vino el Padre Álvaro de Humanes,
del cual ejemplar se ayude vuestra reverencia si fuere
menester, y esto consta de los libros reales.
{Al margen izquierdo: 12. Médico, y botica}
También en México me pagaron estas tres partidas:
- Para el regalo de los enfermos - 300 pesos -
- De visitas de médico - 140 -
- De botica, y sangrías, o barbero - 052 -
Y es de advertir, que de la primera del regalo de los -

enfermos, presente y certificación de que había gastado
aquello. Y de lo del médico, y boticas y sangrías,
pedí a un médico amigo una certificación, que me
dio dándole yo un regalo. Y aunque yo no hubiese
gastado esto, y por lo menos no tanto, se justifica,
con que el Colegio de México lo gasta, y con
que el rey no nos da para otras mil cosas de suerte
que al cabo de la jornada, ha puesto la provincia
muchos pesos, aunque el rey dé todo lo dicho.
{13. Decreto para pasar en Reales}
Sacase del virrey decreto para que los oficiales
reales me paguen, los cuales no me querían pagar
en reales, sino en barras, en que se pierde dos reales
en cada marco y en mis partidas, iban a decir
más de 400 pesos. No me aprovechó el tenerlos ganados,
sino que claramente me pidieron concierto,
y les di 150 pesos, para que me pagasen en reales después
de haber gastado con ellos mucha cantidad.
Toda esta pesadumbre evitará vuestra reverencia diciendo
en el memorial que presentaré al virrey, que mande
su excelencia se pague en reales, y no en barras,
por ser para gasto menudo, lo cual no dejarán
de sentir los oficiales reales, y detendrán la
paga cuanto pudieron. Pero paciencia, que harta
tuve yo con ellos.
{14. Decreto y cartas para Acapulco.}
También se ha de sacar decreto del virrey, y [aun]
carta de recomendación para que los oficiales reales

de Acapulco paguen los alimentos, que es un tostón
cada día, hasta el día que se embarcan. Si no es, que
la cédula (como dije en el n.º 3) hable también
con los oficiales reales de Acapulco este decreto,
y carta del virrey ha de tratar también de la
casa, que se nos da en Acapulco para vivir mientras
allí estamos, y de que nos den buena comodidad
en las naos, y despensa capaz para matalotaje
y cajones de libros, y demás ropa.
{Al margen izquierdo: 15. Certificación de alimentos para Acapulco}
De los oficiales reales de México se saca
certificación de lo que han pagado de alimentos,
para que paguen los demás hasta embarcar los
oficiales de Acapulco.
{Al margen izquierdo: 16. Camino de Acapulco}
Siempre el camino se hace de cuaresma,
hasta Acapulco yo le dispuse en tropas de a diez
cada una, dando a cada tropa dos mozos, y una
buena mula de carga con dos petacas, en que se
llevaba cantidad de queso, pescado seco, chocolate,
azúcar, cajetas, marquesotes, pan, vino, fruta, etc.
con que lo pasamos bien en camino que tan falto está
de todo, y pudimos ayunar. Las tropas comenzaren
a salir desde 1º de marzo, una después de otra
para que en el camino no concurriesen, con lista
de las paradas, o jornadas, que había de hacer, y con
orden apretado, de que no caminasen con sol, que es mortal

y así se guardó, y se llegó con bien a Acapulco.
{Al margen izquierdo: 17. Visitar a los oficiales de Acapulco en México}
Los oficiales de Acapulco suelen residir en
México a donde luego que llegue, los visite, y presente
cosas de Roma. Porque es menester
tenerlos ganados para Acapulco, que dependemos
de ellos, en especial en la comodidad de la nao.
{Al margen izquierdo: 18. Enviar a Acapulco padres}
En habiendo noticia en México, de [la] venida
de naos de China, conviene enviar a Acapulco
a algún padre inteligente con un hermano para que compre
tinajas para agua, y disponga otras cosas de
matalotaje, y avío para la navegación (las cuales
se compran, y previenen mejor en Acapulco que en
México), y también para prevenir la casa y hacer
barbacoas, en que duerman los nuestros, por ser muy
enfermo dormir en el suelo. De todo lo cual
se le ha de dar una memoria e instrucción.
{Al margen izquierdo: 19. Cargas.}
Las cargas, si se despachan a Acapulco con los primeros
arrieros que van a Acapulco antes de navidad,
cuestan a 7 reales la arroba. Pero si se detienen
mucho, cuesta a doce, y a catorce reales la arroba.
Yo las despaché muy temprano, con que todos
los arrieros me rogaban y ahorré muchos pesos.
{Al margen izquierdo: 20. Casa en Acapulco}
El rey nos da casa en Acapulco y ora sean
muchos los sujetos, ora pocos, da 300 pesos para
ella. Yo como traía tantos hube menester
casa mayor, y pagué 400 pesos. Y así puse cien pesos
Carta del Padre Marcelo Francisco Mastrilli, sobre la conquista de Mindanao. Taytay, 1637

por que una vez le había quebrado con una pieza el hueso de la pierna
con que había quedado cojo, sin romperle pero La Carne ni sacarle sangre
con esta confianza Vino a desafiar con su Campilan Los nuestros apun-
to le luego con su mosquete el capitán subiré y le paso dos balas
por la frente que sola descubría, estando lo demás del cuerpo encubierto
con una Rodela Inglesa. Cayo muerto al punto el miserable, y con
este cayo el animo a todos los demás que estaban en la mesquita y esta
cada y así dejando sus armas, muy [depriesa] se huyeron al monte en
este mismo tiempo marchando Don Rodrigo co su gente entre la falda
del monte y al rio, cargo tan Valerosamente contra el enemigo que lo
obligó a desamparar todas sus embarcaciones, que por nuestro miedo había
escondido dos dias antes en una muy larga vuelta del mismo rio.
De manera que en poco mas de media hora nos apoderamos de todo lo
de abajo; y el mismo día hubiéramos cogido el cerro de arriba, si
teníamos toda la gente, huyendo los moros con tan grande temor, que
Corralat mismo se había encubierto la cara de lodo por no fez conocido
de los nuestros en caso que pasasen adelante como Nos dijo Un
criado suyo Cristiano que la mañana siguiente se vino a nosotros
afirmando el mismo la cantidad grande de los Moros heridos,
y en particular del Rey de la laguna pasado con un balazo
por los pechos el cual a via venido a celebrar no se que bodas de
un primo suyo con una hija de Corralat quería en todo caso en-
tregarse en mano del Señor Gobernador; pero que los [habos] no
habían querido antes le habían persuadido a defenderse prome-
tiéndole de peleas los primeros, y así lo ejecutaron, en
particular el día del asalto el cerro por que ellos fueron los
que nos mataron e hirieron la mayor parte de la gente, pa-
saron pero muy [depriesa] la pena de tan atrevido consejo no so-
lamente con la hacienda que le cogimos en sus embarcaciones
sino con la vida también muriendo por mano de los mismos

[margen a la derecha] {A
Acudir allí el Padre
Marcelo para hacer
sus ejercicios ordi-
narios de oración
y especialmente para la
disciplinan que por Lar-
go tiempo y con
varias oraciones
y plegarias y especial
devoción acostumbraba
hacer todos los
dias en donde quiera
que se hallaba aho-
ra viviendo en
los colegios y casos
ahora fuera de Majestad }
Las sentinelas, Alerta Rondando todos los sargentos mayores
y capitanes, y muchas veces el mismo en persona: tanto que por ver
nos continuamente despiertos, nunca atrevieron los Moros embestirnos
descubiertamente, sino tentar por algunos mas alentados la suerte
y la embestida. El esto muy a menudo en la boca del rio, cuan-
do de la Visita de los enfermos me halla solo con el capitán don Ro-
drigo en una champancilla con cuatro sangleyes que por el gran
miedo no viendo el camino dieron en un bajo fue cierto mi-
lagro de Dios que no lo advirtiesen Los Moros por que sin duda
nos mataran. Otro peligro mayor pase a quien este pueblo por
que no sabiendo Las continuas emboscadas que hacían de día
en unas casillas algo lejos de la fuera cada día en algunas horas
me recogía en ellas; y fue Dios servido que nunca me vieron
en muchos días hasta que sabiendo lo ser señoría las mando que mar
las embarcaciones que se hallaron el primer día en el Rio
por ser ya bajo mar no se pidieron retirarse a la fuerza hasta el día
siguiente. Eran estas mas de trescientas entre grandes; media-
nas y chicas; La mayor parte de las cargada de mil cosas, en
particular cinco o seis muy grandes de los [habos] llenas de cera
aceite, arroz, y otras mercaderías, de que todo se aprovecha-
ron Los soldados Barigas y sangleyes, fuera de una gran
cantidad de cera que se guardo para el Rey, con un gran numero
de armas porque las piezas de bronce de cuchara fueron ocho: los
versos veinte y siete: Un [pedraro] [dezerno] colado muchísimas
cámaras de versos: mas de cien mosquetes y arcabuces; y una
infinidad de balas, hierro, pólvora, campilanes, lanzas, flechas,
bacacayes y sompites que es un genero de flechas chiquitas que los
tiran por unas [carabatanas]; tan venenoso que serio se le acude luego
luego con contras muy eficaces, mata en pocas horas con otros instru-
mentos de guerra que se hallaron en la casa de la pólvora

y sangleyes que desde al primer dia fueron viniendo en muy gran-
de cantidad al Real. En particular el Sábado la mañana en-
tro con una embarcaciones por el rio un nuestro indio cautivo
de muchos años acompañado de otros dose de suca, como, mujer
hijos, suegro etc. La mayor parte moros, con una cruz muy Lar-
ga a la popa, y una bandera blanca colgada en ella, que cierto
saco de todos muchas lagrimas de alegría viendo quitarse con
tanto brio los despojos al gran Diablo de Mindanao. Aunque
no dejo de darme algún cuidado La venida de un moro La
misma mañana del Sábado que mostrandose atollido de todo el
cuerpo venia en un banca del rio arriba con dos gallinas
diciendo que lo llevaban al nuestro Ari a quien de su mano
quería presentarlas (así llaman ellos al gobernador de estas
Islas, que en su lengua decir Rey) este preguntado
de la causa por que se había venido dijo que obligado de la hambre,
por no haber que comer en el cerro y que por La misma causa entre po-
cos días habían de venirse todos Las experiencia mostró ser es-
ta una gran mentira por la mucha comida que se hallo despues
arriba, con que se confirmo La duda mia y de otros que había de ser
algún engaño [ordido] del demonio y sus ministros contra el nuestro
Capitan General. el cual povernandose en esta ocasion, como en
Las demás, con muy grande prudencia y disimulación, mando
sin verlo que lo entregasen a sosocan, uno de los moros nuestros
amigos, que nos habían acompañado desde Zamboanga, para en-
tregarlo al gobernador de la dicha fuerza como hizo, y con esto sin
saberlo, nos libramos de un grande peligro,
Dispuestas y a las cosas de la fuerza y pueblo de abajo y quemadas
Las embarcaciones todas, fuerza de tres o cuatro que se guardaron
para elevarlas a Zamboanga; llego el Sargento Mayor Nicolas Gonzalez
el Lunes La tarde a diez y seis con lo que faltaba de nuestra Arma-
da; habiéndolo detenido una gran Tormenta pasada Las Sila-

Don Pedro se fue al a vanguardia con el Capitan Don Rodrigo en el Rd.
quedo el sargento mayor Palomino con buen numero de soldados y el Padre
Reverendo de Othon por Capellan --
Dispuesta la gente comenzamos por las seis de la mañana a marchar
con grande alegría. Pasada una legua y media de mediocre camino
dimos con un muy grande pueblo que estaría al pie del cerro, puesto por cierto muy lin-
do y apacible, lleno de huertas platanares y cañas dulces, pezo desamparado la
misma noche de los Moros, por lo que podemos inferir de las casas, y del fuego
con que al [bialmente] se estaba que mando la casa fuerta del Rey: por mie-
do sin duda que no se fortificarse su Señoría en ella, siendo por el sitio muy
apropósito para eso. Todavía ordeno al Ayudante Don Martin, que for-
tificarse otra casa que estaba a la orilla del Rio con un buen en-
biado pieza de artillería y presidio de Pampangos por guardia de las cargas
y retirada de la gente. Luego los demás pasamos el rio para ir a descu-
brir el puesto del enemigo lleva al agua hasta los pechos; pero tan
fresca y tan linda, que no la visto mejor en estas Islas. Poco des-
pues pasamos al mismo modo un arrojo y comenzamos a subir por una
ladera llena de casa tal. Aquí paso señoría y viendo mas aba-
jo otro camino, pregunto al moro que nos guiaba, si aquel otro era
también camino del cerro. Dijo que si pero a la replica de cual era
mejor respondió que [emtrambos] eran muy malos. Luego alumbrado su
señoria de particular Luz del cielo, dijo pues si aparecer del moro
[emtrambos] son malos; Mas quiero ir por el otro que por donde el nos
guía y así mando que volviese otras La Vanguardia y marchase
por el otro camino. A la ahora V.R. La particular providencia
y misericordia de Dios y protección de mi gloriosissimo [Ls.] estaban
en el otro camino por donde nos guiaba el moro abocada tres pie-
zas de artillería sin poderse ver que lo menos que podían ha-
cer nos de daño era degollarnos todo la vanguardia de peso con
la sola pieza de bronce que estaba entre dos mayores de yerro;
que cuando el nuestro con destable la descargó hallo que tenia dos

ni peligro ninguno por la Retroguardia de las estacadas y fuerzas
hasta quedar señor de dos de las con cuatro piezas de Artillería, y de la
casa del Rey fuerte, en la cual tenia su dichoso con muerte de
muchísimos Moros a si por nuestros balazos, como por haberse despe-
nado con la hurda muy furiosa y atropellada que hicieron en una
ladera muy angosta que estaba a la salida de su misma esta-
cada por donde nos esperaban cayendo por justo juicio de Dios
en los mismos [Lacos] que habían armado contra nosotros.
Al mismo tiempo que Capitan Castelo con La Vanguardia sanó Las dos
estacadas; fue Capitan Bezerra con las Retroguardia al alcanza de otros
Moros que iban a juntarse con los que estaban de presido en la
tercera estacada que habíamos embestido nosotros por las van-
guardia el día antes y con la misma facilidad los obligo a
huir y a despenarse quedando señor de la fuerza y sus armar que
fueron Mosquetes de pinsote arcabuces campilanes [ett].
Los pacientes, criados y criadas de Corralat con otra mucha gente
suya que quedo aquel día cautiva, dijeron, que La noche antes
se había puesto un viril del santos sacramento que había robado
debajo de los pies, diciendo a todos que no había que temer porque ya
tenia Dios de los Cristianos debajo de sus Pies, y que supuesta La for-
taleja grande de sus cerros y estacadas, y los muchos
que tenían, sino lloviesen hombres del cielo, bien seguros estaban.
Pero que cuando La mañana Le dieron avisos que los nuestros em-
bestian por La retirada dijo a su mujer. Mal Lugar han es-
copido para mi Los Españoles: supuesto como he dicho que por
La Retroguardia del cerro no tenia defensa ningunas con todo
eso esta de buen animo, y guárdame aquí que quiero ir a hacer
con estos Lo que hice ayer con los otros fue, y viendo su mujer que ya
Los nuestros iban entrando; persuadió a sus criadas, que se despenasen
con ella por. no ser cautivas. Reusaron lo estas como mas cuerdas
y así quedaron nuestros esclavas; y la pobre Reina con un hijo

que tenia en sus brazos se despenó y quedo colgada en un Arbol con pena
cierro de todos por su buen natural conforme a la Relacion que nos
Dio el Padre de Dapitan que La conocía y por ser muy amiga de los
nuestros Cristianos cautivos embijando les a escondida La comida, en parti-
cular a los Religiosos; y viniendo con su marido cuando los Maltrata-
ba y a [fligia]. Despenada La Reyna llego Corralat herido
con un balazo en un brazo en busca de la; y viendo La ya muerta
se huyo por una de aquellas Laderas sin ser conocido A unos
Pueblecillos cuatro leguas del cerro, a donde ahora dicen que esta
curando. De los nuestros no murio Ninguno, gracias a Dios; queda
ron solamente siete o ocho heridos que ya estan buenos. Don Rodri-
go que había a marchado La mañana como dije con otra gente; sabien-
do por el camino La victoria embio Los soldados de refresco
Nicolas Gonzalez y el de volvió al Real.
Mire VR su pudiéramos nunca como decían coger el cerro
por hambre. A tenia sementeras, platanares, Un rio de muy
Linda agua, y seis en siete mil cestos de arroz, que por ellos
era muy grande provision. fortifico se Nicolas Gonzales con su
gente en dos puestos. Puso en la casa del Rey que había embargado
por su majestad el Capitan Becerra con cincuentas soldados
y el se quedo con los demás en la estacada principal a do estaban las piezas
hasta que se quemasen todos. Las cuatro piezas estacadas, casas, arroz
y sementeras, y se bajasen Las cuatro piezas de Artillería que se hizo en
dos días, con admiraron de todos, y de los Mismos con destables, que lo
tenían por imposible y lo vieran arrebentado si su señoría
no viese tenido tieso en que no había departir salta que bajasen
no queriendo que dijese Corralat que los españoles no
habían podido bajan las que el había subido: aunque el [lodic
co] con dos mil Indios en seis meses y los nuestros en dos dias
con cuatro Barigas.
No puedo negar que fue muy grande La alegría de este días
Pero

Al tiempo que lo bajaron al Real yo estaba con los enfer-
mos en la armada, dijeron me pero La tarde cuando volví, que
su señoría había hecho finezas propias de su piedad en el Padre
ayudándolo a concertar y poner en la cama; dandole con sus manos
de comer limpiándole La sangre de los heridas; y consolando con
muy tiernas y devotas palabras; en particular cuando comenzo
el cirujano a medicarlo; porque estando ya los vestidos pe-
gados con las heridas por haber pasado ya días medio sin hon-
rarse; fue grande la fuerza del dolor al arrancarlos con que se
resintió un poco. Le fue luego su señoría a la mano con las
memoria de la pasión de Cristo señor nuestro y tuvo tanta efica-
cia que como me afirmo después, ni palabra dijo ya mas mi
acción mostró contraria a una invicta paciencia de glorioso Martyr.
Confieso que Lavé sus heridas después de su muerte mas
con lagrimas de los ojos que con agua del rio por una santa
[embidia] que tan gloriosamente hubiese [acarlo] su peregrinación
Le pedi antes de morirse que me alcanzarse de Dios Muerte
semejante a la suya, o mas penosa en defensa de sus mas Ley:
Me lo prometio el [S. Varon], y lo espero por su intercesión
No por quejo le merezca; sino en pago de la gracia que sus
gloriosas heridas se le añadió con las cuatro postreras absolució-
nes que con mi particular consuelo le di. Por cierto dichosi-
simos Padres que han podido con sangre manifestar al mundo
el zelo y amor Divino que escondían a sus pechos.
Acabada la mañana de enterar al Padre que fue
el Viernes a dos días después de la Victoria
subimos con su señoría al cerro. pero era tan grande el he-
dor que había por los Moros muertos en los barranca
de nos, aunque muchos aun vivían por las voces y gemi-
dos de mucha gente que oía que apenas llegados vimos La
casa del Rey y Luego nos volvimos al Real, mandando que fuera
de los

No quiso Señor Gobernador La Vela antes de agredecer en el mis-
mo puesto a su divina Majestad tan grande Victoria; y asi se hizo una so-
lemne procesion del santísimo sacramento de la Mesquita a la fueren
llevando adelante su señoria La imagen del Santo Cristo y de San
Francisco Javier patron de la jornada con el manto blanco de su orden
con que se había comulgado Dando Los soldados con sus Mosquetes
y La fuerza con sus piezas unas ocho salvos reales con balas quede
mas de honrar La procesion sirvieron a limpiar los dos Mon-
tecillos de la emboscada que sin saberlo nos habían algunos
Moros armado para La nuestra embarcada se sacó estos de los
muertos que hallo poco después el Capitan Juan Nicolas
cuando volviendo del Rio de Bugayen quiso Ver el puerto que
habíamos cogido a Corralat. Acabada La procesion se dió
fuego a la Mesquita y fuerza y se comenzo a embarcan La gen-
te con buena orden en los champancillos del Armada.
Luego se despacho Sargento Mayor Palomino con cinco Cara-
coas y cien españoles [par...] con el Padre Melchor de Vera [...re]
sabia bien La Lengua fuese a buscan a Monca y Rey de Buga-
yen, y verdadero señor de la Isla de Mindanao (que este
otro Corralat aunque su paciente es Tirano) que esta doce le-
guas del cerro de Mindanao y tratasen con el de paces y de ser
tributario y vasallo de sus majestad Mientras ya dábamos La Vela
apareció a la playa Un nuestro Indio cautivo lleno lo la faluga
al nuestro champan, y nos dijo, como se había huido de las se-
menteras de los enemigos a donde lo habían tenido aque-
llos días preso: y que pasando por uno de los desbarrancaderos del
cerro había hallado una infinidad de moros muertos.
Dos o tres horas después de haber partido de Mindanao encontramos
el Capitan Juan Nicolas el Padre Pedro Gutierrez Rector de Dapitan
que con cuarenta embarcaciones, mil y dos cientos Indios aventureros
y cincuenta españoles venían de socorro a la nuestra Armada.
Los

La victoria con una fiesta al santísimo sacramento
y porque no faltase ni el valor ni la piedad del gran
Capitan Judas Macabeo; mando se hiciesen también
el siguiente Las honras a sus soldados difuntos aun-
que por mala dicha de las fiestas tocó predicar a mi
en entrambas Publico también un gran papelón de
mercedes, oficios y ventajas a todos los heridos en es-
ta jornada con que acabó de obligarse la solda-
desca toda en manera que ya no trata ni habla de otra cosa
que de su Capitan General; hasta los mismos marineros, de-
clandose que no quieren servirse de la merced de
pasar a la Nueva España, por perder La jorna-
da del año siguiente.
En estas ocupaciones se pasaron algunos dias, hasta
que llegó la nuestra Armada de Bugayen el Miércoles
Santo, y el día siguiente vino con tres caracoas el her-
mano del mismo Rey por embajador a tratar con
su señoría la confirma de las paces tratadas del
Sargento Mayor Palomino su puesto que no se había po-
dido ejecutan La segunda orden que llevaba Juan
Nicolas, por haber llegado tarde cuando ya Mon-
cay había venido a cuantas condiciones podíamos dese-
ar, hasta decir públicamente a los suyos que el que-
ría ser amigo y vasallo del Rey de españa por lo
cual que no quería ser lo, se fuese de sus pueblos. en
esta conformidad ofreció el embajador en nombre
del Rey su hermano al Señor Gobernador cinco cosas.
La de dar luego todos los cautivos que tiene Cristianos

La 2a de pagar tributo a su Majestad. La 3a de recibir
Los Padres de la Compañía para que públicamente ense-
ñasen a sus vasallos La Ley de Jesu Cristo. La 4a que
si quería tener una fuerza con presidio de españoles en
sus mismas tierras; Los trataría como hermano y la
5a de ser amigo de los amigos, y enemigos de los enemi
gos: y consiguientemente procurar de acabar a todo su poder
con Corralat o Vivo o muerto, y entregárselo de cual-
quiera manera en sus manos. Lo recibió su señoría con
grandísima Majestad en una silla rodeado de todo el mas
lucido de nuestro ejército muy lleno de galas y [bacarria
sesento] en el suelo de la misma alfombra el embajador
admirado de la magnificencia y gallandia del nuestro Capitan
General y sus soldados. Mandó luego al gobernador de la fuer-
za que lo hospedarse en su casa: y por el regalo que le
embio después de algunos cocos y gallinas, le dio unas
piezas de seda muy linda: pero por un sangley cauti-
vo que le donó en nombre del Rey su [herma], dijo
que no daba nada, por no ser aquel vasallo del Rey de es-
paña. Hizo el embajador nueva instancia, para que le em-
biase alguna cosa, lo menos algunas armas suyas: le respon-
dió su señoría que hasta entonces Moncay había sido ene-
migo y que como tal no merecía nada; pero que comenzase
a dar señas de su amistad con embian luego Los
cautivos [Vza.] que así bien presto experimentaría su
liberalidad al punto de Corralat le ofreció dos mil pesos
si se lo daban muerto y cuatro mil si lo entregaban
vivo; lo que de moro recibido con grandísimo gusto
por

Este mismo día partió de Zamboanga para la
Isla de Basilan el Padre Gregorio Belin con el
Capitan Xineros por la causa que ahora dire a V.R.
esta esta Isla frontera a la nuestra fuerza dos
leguas de ella; tiene tres en cuatro mil tributos
que se pagaban al Rey de Joló aunque han desea-
do siempre ser trubutarios de su Majestad Ultimamente
vinieron a dar obediencia los principales de la dicha
Isla al señor Gobernador en Zamboanga con que
mando que el Gobernador de la fuerza cobrase dichos
tributos, y los defendiese de Joló hasta que el año si-
guiente se sujete también el por fuerza de armas
al mismo tributo. Publicado este concierto vinieron
[dos] cientos principales Joloes con todas sus casas a una
Isla hay cercana para pasarse amorar en Zambo-
anga, y ser nuestros vasallos pero querían saber
el gusto de su señoría. Por esto fue al dicho capitán
con el Padre Belin para que los asegurasen y lleva-
sen ala fuerza; a donde con fio en dios estaban ahora
muy bien adoctrinados y dispuestos para el Santo Bautismo
y por que no tenia su señoría Padres por embiar a Ba-
silan, escribió al Padre Francisco Ángel en Virtud
de una potente amplísima que lleva de VR que de
La Isla de Negros pasase luego a Zamboanga
a do el Gobernador de la fuerza le daría soldados
para la guardia de su persona con todo lo demás necesa-
rio a la promulgación del Santo Evangelio en la
dicha Isla; a donde ya fue con grandísimo gusto,
con

conforme me avisa el Padre Rector de Othon, por haber sido La misión
de Mindanao el Principal motivo a la venida suya de españa en estas
Islas Filipinas. Pero no podia solo el Padre acudir a toda La Isla de mas en
Zamboanga quedan solos dos Padres; el Padre Melchor de Vera que por sus achaques
continuos harto hace en cuidar todas las obras de la fuerza de que lo en cargo su [Sa.]
como apersona insigne en la materia: y el Padre Gregorio Belin en atender a todo el
presidio de quien es capellán de manera que muchísimos Pueblos de moros que estan
alrededor de la fuerza como la caldera [esc...co] tienen quien los a doctrine
El Rey también de Sibuguey, que es un rio mucho mas fértil y abundante
que la Pampanga mientras estabamos en Mindanao, vino en persona al gobernador
de Zamboanga a pedir paces y Padres: y ya su hijo ha venido ahora con los Galeo-
nes de Terrenate por criarse en Manila y de la misma manera ir han cada
día viniendo todos los demás principales supuesta la caída tan miserable del
Principal Rey de estas Islas que era Corralat que al tenia quasi a todos tiránicamente
sujetos y como tributarios hasta el mismo Rey de Joló envió a Dato Achan que es su
valido y privado y el mas Valeroso y alentado Capitan que sea visto entre los Moros
[co... ssa... a] La confirma de las paces [...e] [a Dia ]venido a tratar su mu-
jer misma con nuestros Capitanes el año pasado: excusándose que no había venido en
persona el mismo por estar aguardando una armada con que le venia haber guerra
el Rey de Burnei confederado con los camucones sus enemigos.
Vea VR por [carid] cuan abundante cosecha se le ofrece en Mindanao y cuan pobre
de sujetos, y obreros está que adonde a me parecer fueran pocos cuarenta no quedan
mas de dos y cierto es lastima por ser una de las mas gloriosas misiones que se pueden de-
sear por no faltar a la evidencia del fuero grande, las esperanza de nobilísimos mar-
tirios. en fin basta que sea al Apóstol de la San Francisco Javier que fue el primero que
La predico el Santo Evangelio como consta de la bula de canonización con fio en la
Divina misericordia que las nuevas de tan gloriosa y tan deseada Victoria y con-
quista de la grande Isla de Mindanao en la corte moverán los corazones de
su Majestad y su Real consejo de Indias para que despachen muchos obreros este
año a tan gloriosa y abundante cosecha.
Esto es lo que toca a la nuestra jornada de Mindanao falta le solo La vuelta a Manila
Alonso de Carvajal. Sobre el alzamiento de los Sangleyes del año de 1639 y 1640.

indios y seis indias se huyeron con la nueva, paso a la Estancia
de Acuña a convocar al mayordomo y gente, cuando quisieren
volver vieron la gente que venía con que él hubo de meterse en
el monte con dos indios; yo ya a las oraciónes despache por tierra
avísandole y dandole prisa se vininese que sola la Santisima imagen
y él me daban cuidado, dijele [alguncalillo] con otros dos negros
despachase, él dijo quería ir, y por hacer falta aca volvería por
la mañana, yo le disuadía fuese él me dijo sabía muchos caminos
y que por medio de los sangleyes pasaría como logico
llego a las siete no halló al padre cogieron arcabuz
y munición dela celda, y otro [boca] de Candaba, y fueronse
junto a los tinajeros y convocaron allí seis sangleyes
delos tinajeros, la multitud que venía quiso pasar por
aquel paso a encastillarse en Guadalupe y ellos solos
con disparar y algazara los resistieron creyeron que eran
muchas castillas con que un volvieron a San Pablo a donde habían
puesto fuego al pueblo y la gente se habria recojído con el padre
Francisco Vicente, y el hermano estanciero suyo, y el [cupen] sacristan
de Manila que se estaba recreando, pusieron fuego al convento
para apoderarse, vinieron marchando hacía Pasay, habiendo
primero, por el rio ido al embarcadero de Guadalupe
y hurtado el champancillo, y hecho acometimiento a pasar
ala otra banda que le resistió Jimenez, ya habían llegado á
tiro de mosquete de Guadalup Pasay cuando quizás porque
conocieron estaban allí las Castillas volvieron otra vez
a San Pablo y apretaronle. Mas sabiendo aca en Manila por los corredores
a donde estaban, fue orden al sargento mayor marchase
a ellos, y la gente de a caballo iba por otra parte, tuvo
nueva Don Juan Esquerra que estaba en su estancia convocó estancieros
y fue allá ayudó al sargento mayor los sangleyes dicen
eran más de cuatro mil, dos horas antes de esto [sería] a
las nueve el Padre Covos estaba de la otra banda frente de San
Nicolas con dos indios, pasó mercado el de los cobranzas

el que quedasen solos los seis mil que el rey dispone, y
los más no convenía cercarlos. Hablaron todos aunque
de repente muy [cuerda] y prudentemente y el padre prior muy desinteresadamente
mirando al bien común a que se siguió el padre provincial
de la compañía, como más interesadas comunidades. En este estado
quedó el lunes en la tarde tratando todos de la vuelta
de nuestra virgen como cosa que corría por [cuenta] de su devoción
y de gusto de el gobernador. Juzgando la tierra quieta los sangleyes
alzados [rotos] y que trataban los que habían escapado
solo de irse a partes que pudiesen disimular no habían sido
malhechores.
Cuando lunes en la noche después de el [alba,] los de [Meyaligi]
y [Sagar] bajaron dejando quemado a [Meyaligi] hacía Santa Cruz
y quisieron la entrar. Esto habiendo a las diez de la noche
acometido a Pasig a querer pasar el río que defendió el padre
prior con gente y creyó ser sangleyes de Meysilo y que tiraban
la vuelta de San Mateo y envió al Padre Torres con gente
allá. Salió el gobernador a Santa Cruz con gente de a caballo. Cuando
yo estaba escribiendo la vuelta de esta a donde hice una +
habló a los de Santa Cruz que como habían dado paso a los enemigos,
ellos se ofrecieron a salir contra ellos. El gobernador se lo concedió,
diciéndoles había de salir un tiro arquebus. De
ellos salieron y viéndose en la campaña, se repartieron,
procurando coger al gobernador y sus pocos caballos en medio
y hacerles espalda para que los que venían (que ya tuvieron ganada
más de la media calle de Santa Cruz por la calzada) los
cogiesen por la frente, con que el gobernador muy [en sí] revolvió
hacía dónde habían salido y hizo pegar fuego a todo Santa Cruz.
Salió Don Francisco Ezquerra con pocos de a caballo y ochenta
[Japones] y como eran muchos que dicen pasaban de cinco
mil y el sitio [desacomodado,] la caballería como no tenía
arcabucería se descompuso y se empeñaron los [Japones. ]
Y aunque mataron los nuestros más de trescientos, murieron
Información del gran milagro del pueblo de Caysasay [Casasui], 1619

y haber vuelto a verla, y le dijo: “Pues tienes buen corazón
conmigo; como no traes la cinta de la cofradía no vuelvas
a verme hasta que seas cofrade y la traigas”- En razón de lo
cual como pasa en realidad y verdad, dice esta declarante
que vino al prior de este dicho convento de Tal que es fray
Juan Bautista de Montoya, juez nombrado para esta causa. Y
refiriéndole todo lo dicho le pidió con devoción la admitiese
por cofrade y le pusiese la cinta de la cofradía. Lo cual hecho
y recibida por cofrade y recibida la cinta del glorioso padre
san Agustín, dice esta declarante que volvió al dicho lugar den-
tro de ocho días, como el dicho prior se lo mandó. Donde habiendo
vuelto con obra de otras nueve o diez personas, entre las cua-
les iban doña Madalena Ponsuan y doña Juliana Dimoyaguin,
ama de esta declarante; y doña María Dalisei, y María Masueley,
y Luisa Sanyota. {Al margen izquierdo. doña Madalena Ponsuan, doña Jualiana Dimoyaguin y doña María Dalisay, y María Masuelay, y Luisa Sanyota son citadas y contestan con quien las cita.} Dice esta declarante que adelantándose y a-
partándose un poquito de ellas, vio en el mismo lugar que an-
tes a la gloriosa Virgen Nuestra Señora de la misma manera que an-
tes la había visto, con grandísimo resplandor y hermosura, la
cual dice esta declarante que hincándosele de rodillas la
gloriosa Virgen le dijo que se agradaba de ella mucho
más que antes, porque llevaba la cinta de la cofradía consigo,
siendo ya cofrade. Y dice más esta declarante, que pidiéndole
ella alguna señal para que los demás la creyesen, le res-
pondió la Virgen gloriosa que bastaba hubiese ella tenido
en sus manos el rosario y cinta que ella consigo traía. Lo cual
dice esta declarante puso en las manos de la Virgen glo-
riosa el rosario y cinta que ella traía, de las cuales manos de
la Virgen gloriosa volvió esta declarante a recibir el dicho
rosario y cinta, habiéndoselo así mandado la Virgen Nuestra Señora.
Y dice más esta declarante que, en razón de lo dicho, había ella
de antes recogido los rosarios de todos sus compañeros que con
ella habían ido, los cuales rosarios ofreció también ella a la
Virgen gloriosa cuando le ofreció el propio suyo, los cuales
Certificaciones auténticas del modo con que se halló el Santo Niño de Cebú, 1639

[Y es] su santissima reverencia le es notorio todo lo sucedido por el santísimo niño
como persona que a tantos años está en esta ciudad. Lo que yo he alcanzado
de saber en el tiempo que estoy en ella diré=
Lo primero que los naturales de Cebu lo llamaron bahahala
que quiere decir el "gran señor" no "diguata" porque es supersticioso.
Lo segundo que el principal que lo tenía era su casa donde
está ahora la iglesia mayor y cuando tenía necesidad de
agua para las sementeras enviaba el padre de Dona Maria la de
Mandaui que llamaron Legazpi porque fue su padrino el adelantado
Miguel López de Legazpi cuando se bautizó. Este tenía la
casa en [medio] de Cebu que yo la alcance bien grande aquien
respetaban y le ponían un altar adorada de las mejores
mantas que usaban que eran caianpata y muchas campanas y en
llegando la cajita donde estaba el santísimo niño le sacaban y ponían
en el lugar atado y había gran fiesta y bailes y luego le tomaban
y en un plato antiguo que llaman losdac le ponían de pies
y lo empezaban a bañar diciendo "balagala danos agua" y luego le enjugaban
y le volvían a su altar y jamás por jamás dejó de llover que
se rasgaban los cielos luego la noche siguiente. Y con esta fee todas las
veces que tenían necesidad de agua usaban lo propio y le volvían
luego a casa del principal dicho. Este plato le tiene Doña Maria y le
estima la india grandemente y se le han querido comprar para
tener la con el santísimo niño y no le ha querido vender diciendo que cuando
se muera se lo dejará=
Lo tercero que corrió voz y nueva de que el Burney venía sobre ellos
y temerosos se fueron a los tingues y a otras partes. Y el principal que
tenía al santísimo niño tambíen se fue a poner encobro y dejó
la cajita a un esclavo suyo casado que la [guardasen] porque estaba
allí toda su hacienda sin saber los esclavos que quedaba en ella
ni jamás lo habían visto. Y después de ido el amo dijo el marido
a la muger: "Nuestro amo nos ha dejado aquí por carnada de anzuelo para
que los enemigos nos matan o cautiven. Vámonos a esconder al manglar."
Y queriendo echarse la cajita al hombro no la pudo mover. Llamó
a su mujer que le ayudase y tampoco la pudieron mover de manera
que con esto creyeron ser verdad que allí quedaba toda la hacienda
del amo. Y así se dejaron estar a seguro la nueva. Y luego fue
volviendo la gente al pueblo y dentro de poco tuvieron falta
de agua y enviaron por el santísimo niño a un [muchacho] y viendo
el dicho esclavo con la facilidad que el [muchacho] se había echado
al hombro la cajita quedó admirado. Que sin decir nada fue tras
el y estuvo aguardando a que le abrieran y cómo vido sacar al
santísimo niño llegó a ver lo que la cajita tenía y no
Epítome de las injuriosas palabras que el Reverendo Padre Comisario Fray Francisco Solier predicó en el sermón de los mártires del Japón. 5 de febrero de 1698. Dejando lo antecedente que fue menos criminal aunque sobradamente sangriento contra los frailes

Epítome de las injuriosas palabras que el Reverendo Padre
Comisario Fray Francisco Solier predicó en el sermón
de los mártires del Japón. 5 de
febrero de 1698. Dejando lo
antecedente que fue menos
criminal aunque sobradamente
sangriento.
Hay mayor padecer de un predicador y sacerdote y ministro
evangélico que llegar a tanto abatimiento y desprecio que se atreva
un seglar públicamente a reprenderlo a decir y a grabar
sus faltas. Que una culpa de un religioso que no la saben sino tres
o cuatro y teniendo juez competente [su prelado] que le castigue haya
de publicarse con tanto escándalo e [indicio] del sacerdocio, ante justicia
seglar con tan grandísimo descrédito de la religión y con deshonra
pública de la iglesia y fe católica. Hay mayor injusticia contra el derecho
natural y divino mandando el mismo Dios [noli te tangere
christos meos] no se toque a mis christos (sic) en ninguna manera porque hago
saber que el que les toca en lo más mínimo de su honra que es la
mia. [Tangit pupillam.] Tanto como esto estima Dios a sus sacerdotes
aunque no sean santos. No digo yo que no se castiguen cuando
en toda justicia lo merece que de esa suerte se [huyó]. El primero
quemen me, y más que quemen a todos los frailes pero que un
seglar se haya de atrever a tanto sin que haya quien le vaya
a la mano hay mayor baja que la del sacerdocio en estas islas.
Que si se le antoja a un oidor infamar a un sacerdote castigarlo
y desterrarlo, que haya de tener poder para ello, que por el
mismo caso que la culpa es de un ministro de almas han de
afilar más las armas de sus lenguas contra él, divulgándolo
a todos. Hay desdicha como está de los sacerdotes y religiosos
de Cristo que ya se haga de mal aun una palabra [de coriza]
que se da a cualquier seglar que él es todo más alto delante
de Dios y sus ángeles. Ha de andar tan ultrajado de los hombres.
Siendo así que carácter sacerdotal es tan grande dignidad
que esencialmente está impreso en el alma, y ha de durar para
mientras Dios fuere Dios, que estos papeles, títulos, bastones
y varas que da el rey a sus ministros que tiene que ver, qué hoy son
y mañana no, y así les caen de entre las manos y ellos mismos
se ven sin nada. Que más que sea tan pública la deshonra
nuestra que se divulgue por peles infamatorios contra los ministros
del evangelio para que corran por todo el mundo hay
mayor infamia que la nuestra para que todos chicos y grandes
sepan faltas y no faltas de los ministros de Cristo. Y
con eso les desprecien todos y no se haga caso de ellos en que
ley [vinimos] esto es seguir el evangelio que dice Cristo

diligite inimicos que aunque lo fuéramos había obligación de
no aborrecernos tanto. Pues si aun a los amigos no se ama
que hay que decir más quienes más amigos de cristianos que los
padres y ministros del evangelio. Y ya a estos tanto desamor
tanto odio tanta persecución y de esto nuestra [vd genti
pece atrici] el ama Dios de los tales hay desdichados de los
tales tan pecadores que son enemigos de sus amigos. Que
más dizque nos ha venido a la tierra otro José otro salvador
de las islas para la libertad y restauración de ellas dizque
otro José con sus consejos y providencia. Miren como van
las cosas desde que vino todo es aniquilación de las islas con
tantas desdichas que no se pone mano en cosa que luzca. Tal
es el gobierno. Este es el José que vino a sacar de cautiverio
a los indios. El año pasado ya se sabe que el enemigo
se ha llevado cautivos más de mil personas al rey de
España y lo que más lastima es mil almas a Dios con tanto
ultraje de las iglesias y alhajas sagradas con tantos millares
de ducados todo contra ambas majestades. Y siempre
está cautivando tributantes al rey y almas a Dios
sin poner remedio a que están obligados sus ministros
con rigor y derecho de justicia y luego dizque libertador
de las islas dizque otro José estar allí, recogiendo y sacando
de sus casas y los pobres indios el arroz y sustento
quitándoselo de la boca que causa compasión y luego que toda
la mira es su libertad. Este es el José que ha venido para
bien de las islas. Pues en que viene [a estar] su restauración
toda su batería es contra los ministros de las almas
y contra los alcaldes mayores. Esos dice y da a entender
en su papel que [ellos] son los que tienen en cautiverio los
indios. Y con eso pretende su pacífica libertad con que los
indios no obedezcan más a sus padres espirituales con
que no hagan ya caso de ellos con que respeten más
a un seglar que a un sacerdote de [Cristo] y predicador
del evangelio, más que a los que les administran los divinos
sacramentos. Y lo [que más] es que haya quien apoye con adulación,
y apruebe con lisonja tal papel o adulación
que [tienes] destruido el buen gobierno o trazas del demonio
con que tan de veras trata de arruinar la iglesia
y cristiandad de las islas. ¿Por qué y cómo? No está claro
que si estos naturales no reconocen a sus ministros, si
se les da licencia para no respectarlos, es darles libertad
de conciencia, y para que pierdan la poca fe que tienen veamos
que ha tenido el rey. Ni que tendrá sin ministros y sin
religiosos en las islas como lo ha tenido más de 80 años [con]
ellos. Tantos años en que se conserva y aumenta esta iglesia
de Filipinas con los trabajos, vigilancias, y ministerios

montes. Veamos con qué poder los habían de sacar de allá. Miren si los
religiosos son la destrucción de los tributos del rey. ¿Qué más? Cautiverio
es el estar tantos en servicio del rey sin paga ni socorro tan desmayados
de hambre. Que a los pobres pandayes se les caen los
instrumentos de las manos sin poderlos levantar, tan desnudos y tan esclavos,
que si no es a costa de sus vidas no salen del cautiverio. Y por
esto también está tan entablado el vicio de la embriagues para
socorrer esta necesidad natural del hambre que al fin con el vino
llenan los vientres. Este es el cautiverio, no él que acumulan
a los religiosos y a los alcaldes mayores que son [charquelos].
Y es fácil el remedio. En lo que hubieres sin andar con papeles
de deshonras ¿quién tiene la culpa de esto? El demonio que
vence con su soberbia a hacer tales causas, o soberbia y vana
presunción, escribir papeles públicos para acreditarse, para que
se sepa, ¿qué sabe en todo esto señores? Habla claramente no con obscuridad,
si es por este o por [es] otro. Ese, hombre, lo digo con
deseo de que se entienda, se sepa, y se diga claramente para que
se remedie y ataje tanto mal en daño de tantas almas
y de esta iglesia. Rueguen a Dios por el alma de este hombre
que está en estado [inabsoluble] que se pierde esta alma.
Lo cual siento tanto como mis pecados. O santos
mártires, ruegoos por estas islas como siendo patrones de ellos.
No las amparáis. Ya veo que queréis que os imitemos en
las persecuciones [es]. Y aún puedo decir que si vosotros
fuisteis imitadores de Cristo siendo crucificados; nosotros
lo somos más como él. Que él fue crucificado entre dos ladrones
vosotros no, nosotros sí, entre ministros de justicia. Ea santos,
acordaos que somos hermanos y de un hábito. Si vosotros padecisteis
entre japonés gentiles, nosotros entre cristianos
padecimos que es mayor martirio.
En lo antecedente a este había dicho para captar
la atención del vulgo estas palabras. Así supieran
y yo dijera lo que me pasó ayer en aquella celda.
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

lo puede remediar [die] ecclesia. Y el padre echó por el atajo. Y para que
el padre sepa cómo le es lícito desde el púlpito reprender a personas
señaladas, pondré las condiciones que para ello se requieren. Para que,
viendo cuántas le faltaron para justificar el hecho, conozca su
yerro y lo enmiende, pidiendo en otro sermón perdón al rey
nuestro señor, a su gobernador y al señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
a quienes tan inconsideradamente ha agraviado.
La primera es avisar primero al delincuente. La 2.a, obstinación
de éste en la culpa, que causará escándalo público. La 3.a, delatando
por sí o interpuesta persona al señor arzobispo o a su
superior secular. La 4.a, imposibilidad en los jueces eclesiásticos
y seglares para corregirlo. 5.a, que no haya esperanza de que el delincuente
con otro medio se corrija. 6.a, que habiéndolo consultado
con hombres prudentes y doctos, juzguen que evidentemente
se ha de seguir provecho y obviar escándalos mejor que si se omitiera
la reprensión. 7.a, que el tal hecho sea pernicioso. Todas
estas condiciones se sacan de los [concilios] y autores citados y han
de preceder. Y conviniendo todas podrá con licencia de su prelado
llegar a reprender. De otra suerte: [seditiose con
tu meliore precipitanter et hostiliter evangelio y officium
exercet]. Y cuando todas estas condiciones le pareciere que convienen,
que será milagro juntarlas, si quiere obrar prudente
y cristianamente, siga el consejo del concilio coloniense
parte 6 que dice: si magistratus dissimulent, consultius magis
est, ut ultio remitatur ad Deum. «Que, disimulando los superiores,
es mejor pedir a Dios [que] la enmiende y remitirle
la venganza.»
Recorra esas condiciones y vea si reguló por sus
reglas su arrebatado espíritu. Que no es bien habiendo remedios
fáciles y seguros, echar mano de los rigurosos y peligrosos. Que
ningún cirujano echa mano de la navaja mientras puede
resolver el mal con otros lenitivos. ¿Avisó al señor Don
Salvador Gómez de Espinosa, proponiéndole los inconvenientes
para que recogiera su papel? ¿Mostró se le obstinado a la
razón? Que yo le tengo por tan dócil que a la menor razón
se rendiría si la viniese y permitiría frustrar su trabajo que
donde obró el celo y no la vana ostentación, como dice el reverendo
padre predicador. Se contentaría con satisfacer a ese cuidado tan
propio de ministro. ¿Recurrió al señor arzobispo, al señor gobernador
o a la real audiencia, delatando y proponiendo los inconvenientes?
Que todos son tan celosos y píos que estudiarían la resolución
con mucho acuerdo, y no consentirían remedios que ocasionasen
mayores males. Halló los flacos para la ejecución
y presumió los tales. Lo 1.o es imposible porque por la bondad
de Dios no ha llegado en nuestra monarquía a
padecer opresión la justicia. Nunca el señor gobernador
se ha opuesto a las resoluciones de la audiencia ni
aun ha contravenido al menor informe de ella ni

honroso el maleficio. Mejor lo dijo, sacado de cartas
experiencias, el reverendo Padre Juan de Mariana en el libro 19 de su
historia capítulo 3: «Ninguna cosa (dice) tiene más fuerza para alborotar
el vulgo que la máscara de la religión. Reseña a que los más
acuden como fuera de sí, sin reparar en los inconvenientes.»
Quien quisiere ver hartos ejemplares, lea [acontzen]
en su política libro 9, capítulo 9, [ss] 7. Que a mí me basta lo que sucedió
en Portugal en tiempo del rey Don Manuel, cuyo historiador
es Damián Goez, que por un celo indiscreto de un predicador
se ha fervorizó tan bárbaramente el vulgo que mató pasados
de cuatro mil cristianos nuevos. Y lo que en nuestros
tiempos pasó en Cataluña, qué acciones mal averiguadas
contra la religión y piedad se predicaban por ciertas,
con que irritaban el celo piadoso de los catalanes, que cualquier prudente
excusará su furiosa resolución. Decía se que habían los españoles
quemado las iglesias con el santísimo sacramento, pintaban se las
formas en las banderas, clamaba el reverendo padre predicador a hijos
que han quemado a nuestro padre piedad, si no alborotarse el vulgo matar
a los soldados y ministros del rey sin que ni la nobleza, ni
la prudencia los pudiera ir a la mano, mereciendo ellos en la
crueldad cuanto desmerecieron los predicadores en su inconsideración.
Pues unas acciones empeñaron a otras hasta la última
resolución contra la fidelidad. Y así, fue el mal en los predicadores
peste, y en los oyentes contagio. En los primeros estuvo
toda la culpa, y los otros padecieron la miseria, como lo sintió
de semejantes casos altamente Livio 28: Causa atque origo
omnis furoris penes auctores est, reliqui contagione insaniunt.
«Quien trae la peste, ese es el culpado, no el que sin
sentir enferma de ella.» Es el púlpito trono del evangelio.
Y lo que se oye, se oye con esa fe. Y como el vulgo no
puede discernir la verdad ni examinar la doctrina,
todo lo recibe con el mismo respeto, haciéndose [dependiente] de la
presunción sagrada. Por lo cual los predicadores habían de
proceder más remirados y nunca hablar sino lo que es puro
evangelio, ni discurrir más que por sus legítimas consecuencias,
premio y castigo, mal o bien, obrar sin condenar determinadamente
el hecho de un singular. Porque para que se
contenga en el evangelio y doctrina de la iglesia, ha de
constar de su calidad. Y no la ha de definir un particular
que no es juez. Y lo puede engañar o su mal entender, o su
pasión particular.
Si el vulgo de Manila fuera tan vulgo como el de otras
ciudades, no me espantará que de la iglesia prorrumpieran
en ira tan arrojada que se desahogará con el daño del
señor oidor, abrasará su casa y borrará del mundo su memoria.
Porque qué corazón piadoso no se había de mover contra
un proclamado enemigo de la religión, destruidor de las islas,
ultrajador de sus templos, que los condenó a ser acogida de fieras,
que los quiso privar del culto y ministerio sacerdotal, de peste
tan prejudicial. Cualquier instante es peligrosa la tolerancia

Si la fidelidad de Manila no tuviera tan hondas
raíces, viendo tratar a su majestad de injusto por sus tributos,
¿qué se pudiera esperar de quien a voces, desde el púlpito
y con afeites de religión y de revelación, condena
tan resueltamente el papel sellado y la media anata?
Si este mismo respeto no reverberara en su
imagen, quien no se amotinará contra su gobernador, viéndole
tratar de arruinador de las islas, causa del cautiverio
de los indios, instrumento de su destrucción, y de que
flaquee en ellos la fe de Dios y de las malas costumbres
del vino, cuando todos saben cuán nativo es ese vicio a su
condición, y que es la alegría en su mayor prosperidad
pero puede se consolar su señoría con que mete a la
parte a otros. Pero si aquel concebido celo se hiciera
en el vulgo furor, ¿qué provecho viniera sacado el reverendo
padre predicador sino destruir la república, la fe y los
mismos a quién pretendía salvar? A que no sucede eso cada
día ni se mueve tan fácilmente el auditorio. Miren
lo que dice Aristóteles, que aunque los movimientos
grandes nunca son de cosas leves, pero que nacen de cosas
muy leves. Oriuntur seditiones non deparivis reba,
sedex parvis dissident enim, homines et seditiones excitant
de rebus magnis. Libro 5, [polit] capítulo 4. Por una mofa de un plebeyo,
conspiró la plebe contra Roma y tiranizó el consulado.
Y el peor modo, o el más seguro, es esparcir quejas de ministros
y gobernadores, que en duda y por ambages dichos
turban cuanto y más con descaramiento que arguye más fundamento
y en el embaidor más verdad, artificio que
reconoció tan prudente como político Tácito, libro 1, historia. In
serunt querelas et ambiguos de principe sermones que
que alia turbamenta vulgi. «Turbaciones del vulgo» llama el
Tácito a esas quejas, porque a ellas fácilmente se mueve y sale
aquella voz atrevida que tantas veces ha turbado la monarquía,
de viva el rey y muera el mal gobierno que ahora
hizo tal estrago en Cataluña con muerte de su virrey y
cinco oidores. Sólo la duda de qué puede suceder, aunque muy remota;
algo de esto había de bastar para acobardar tales intentos,
que sólo el imaginarlo me llena de temor. Porque no es
bueno un remedio que si se yerra su daño es irremediable,
y que de suyo trae poco o ningún provecho. ¿Qué provecho traen
esos atrevimientos, riñas, rencores, venganzas, descréditos?
Quién de eso hace caso para enmendarse, si con suavidad
no se le persuade? El agravio y el rigor han de persuadir
a un corazón libre, a un ánimo señor, a un entendimiento
grande. Los gritos para los pastores, los palos para los brutos, las
palabras injuriosas para las [verceras], lo que se suele seguir
es empeñarse el mal, pasándolo el agravio a obstinación
a no caer en pecho tan cristiano, reduciéndolo a venganza.
Estos son los provechos ordinarios y los daños si se
yerra la razón y el tiempo: afrentas, muertes, motines,
alzamientos y asolamientos de repúblicas y reinos. Pasó, pues,

ha de ser la pretensión de su ejecución, y aun menos se
requiere para este. Porque para pedir su cumplimiento, basta sospecha
mayor conveniencia, y para la ley constante razón para
hacerla. Y como no infama la ley y provisión real contra eclesiásticos,
menos podrá la acción de pedirlo, que no tiene fuerza hasta
que el decreto aprueba la razón. Y no siendo justo, se deniega.
Y si es dudoso, se pide (aunque sea el señor fiscal de su
majestad el que lo hace) que lo verifique. Y así, el pedirlo, como
no supone aun la averiguación del hecho, no puede infamar.
Tanto como el decreto, que en virtud de la verdad se
hace que esto les competa a los ministros. Bien se ve por las
cédulas de su majestad en que semejantes desordenes, y expresamente
algunos de los que propone el papel [que] encarga a los
señores de la real audiencia los obvien. Y eso no se puede
hacer si no hay quien los proponga [que] se recorran las cédulas
que cita el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, cartas
y órdenes de su voluntad, remitiendo a los gobernadores
y audiencia su ejecución. [Vide] número 35, 36, 48, 53, 54, 58. Véase
en el número 57 la doctrina de Solórzano y Bovadilla, que les
toca a los ministros de su majestad (los que, como sus consejeros,
inmediatamente lo representan) prohibir los inconvenientes
conteniendo a los eclesiásticos en lo que no pareciere
convenir al buen gobierno de los vasallos de su majestad. Véase
número 6, donde reprende su majestad la omisión que en esta
parte tienen sus ministros, y manda [que] se publiquen de
nuevo las cédulas para que mediante su noticia velen
a la observancia. Véanse número 1.º la cédula de 11 de diciembre
de 1613, en que la majestad de Felipe 3.º, tan católico
y [santo] rey, dice que constan estos excesos por informaciones
que se han hecho. Y habiéndose hecho algunas
en diferentes partes, se halla hacerse las dichas derramas
con mucha libertad y exorbitancia, dice la
cédula. Y declara después que es lícito hacer dichas informaciones,
no para conocer de la causa, sino para informar
con verdad a su majestad para que provea el remedio. Si es lícito
para el remedio averiguar el mal también, será lícito
el proponerlo. Pues el fin de la enmienda no se
puede conseguir sin esos medios, y más con los términos
que usa el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que
no llegan los más rigurosos a los más templados de
las cédulas y provisiones reales. No ha tratado de hacer
información el señor Don Salvador Gómez de Espinosa como
podía, que si la hiciera ahí fuera ello el publicarlo
por descomulgado, enemigo capital de la iglesia
y religiones, pues sin eso le llaman su perseguidor
y enemigo que [in testinamente] las aborrece. Pero tanto
puede hurgar que le obligue su verdad y decoro
a ese desempeño.
Finalmente, si este papel fuera infamatorio,
lo serían tantas cédulas de su majestad, tantas

con los pareceres de los tales les parece que se van sin tropezar
al cielo. Consultó un alcalde mayor a un buen
teólogo, que le dijo lo que debía hacer. Pero como él no buscaba
lo que le convenía, sino lo que quería, se fue a otra tienda y topó
un eclesiástico, que luego, sin dificultad, aprobó lo que deseaba.
Con que triunfaba el alcalde. Y decía [piezan] los
padres, que sólo ellos saben lástimas, que cada día se ven porque
como la presunción está igualmente para los ignorantes y los
doctos, no han de ser tan descorteses que descubran su ignorancia.
Se queda con avilantez para dar semejantes sentencias.
Y si proponer a un estado en general lo que debe hacer y lo que
debe evitar es infamar el estado, serán papeles infamatorios
todos los doctores morales, que escriben de regularibus, porque
les proponen lo lícito y lo ilícito. Y así, serán libros infamatorios
los tomos de Suárez, de [religione lozana de statu regulari]
y otros muchos.
Dirán que eso se ha de tratar con quien lo puede castigar.
Y que, siendo tres o cuatro los que eso hacen o han hecho, no se
ha de hablar con esa generalidad. A lo 1.º digo que tendría mucha
razón si se tratara en aquel papel del castigo, que entonces
se debía acudir al juez privativo de la causa. Y el
tenor del papel bastantemente declara el intento, pues habla
en general sin individuación de personas ni del hecho,
que no es lenguaje proporcionado al intento del castigo. No
trata el señor Don Salvador sino de prevenir los accidentes que
pueden agravar la miseria de los naturales. Y para ese
fin es lícito proponer los medios o pedirlos a quien, como
protector de la fe, ejecutor del Concilio tridentino y
cánones padre extraordinario de la república, le compete
el dictarlos. Que es al rey nuestro señor a quien, además de esos
títulos, en primer lugar le toca la corrección fraterna (común a
todos los fieles), el ubicar los escándalos y la defensa de los vasallos
injustamente vejados. Y más en materias que están in fieri, en que
se trata de impedir el mal y no de castigar el hecho. Y todo lo que
a este fin puede obrar su majestad [solicitando] sus ministros. Y que «el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa no trate de cosas pasadas sino de
obviar males venideros»: se saca de la conclusión que cierra
todos sus discursos, que no remata pidiendo satisfacción de
excesos determinados, sino remedio para otros, que amenazan
venideros si los malos ejemplares —con la tolerancia—
cobrasen fuerza. Y si cita ejemplares de lo pasado en general,
es para que se entienda que se pueden temer en lo venidero.
Que de lo una vez sucedido, prudente se infiere un recelo
para lo venidero. Pues el mundo siempre es el mismo, y lo
que sucede hoy es lo que sucedió ayer. Y unos tiempos son
retratos de los otros, sin que las crónicas —después de prolijas
narraciones— nos den otra cosa de nuevo. Que los hombres,
y en orden confundidos, solamente al cabo nos demuestran
unos mismos sucesos. Vitia erunt donec homines, escribió
el gran Tácito.
Que a su majestad le pertenezca el título y derecho
de protector de la iglesia y sacros cánones

consta no solamente de sus gloriosos empleos e increíbles gastos
de sus reales tesoros destinados a la exaltación de la fe y engrandecer
el reino de Cristo y su iglesia, sino del mismo Concilio
de Trento sesión 25, capítulo 20, en que hablando de los principios
dice: Quos Deus sancte fidei Ecclesiae que protectores esse
voluit. «Que es la voluntad de Dios que sean los protectores
de la santa fe y de su iglesia.» No les concedo por eso tanta
licencia, como la que Vitoria y Cayetano les dan. Que dicen que
pueden con armas resistir a cualquier príncipe eclesiástico
que porfía en quebrantar los sagrados cánones y decretos de
los concilios, porque nunca juzgó que llegará a tanto la obstinación
que pueda justificar tan áspero remedio. Pero tampoco
les podrá negar alguno que en los abusos que los prelados
no corrigen puedan proceder por sus edictos los reyes, privándolos
generalmente según doctrina de Gerson y aun usar de
alguna coacción contra los inobedientes in abusibo. Dice conclusión
3, [superludo hultorum], tomo 4: [Quibus non medentur prelati,
possunt principes sancte et inste providere peredictum,
et prohibitionem generalem, atque per coactionem inobedientium,
et rebellius.] Apparere posset eos obligari ad
illud veluti Sanctae Ecclesiae protectores. Y así lo tomamos
{Al márgen izquierdo: exequendum}
con el rigor que algunos que se valen de la paridad
del ejecutor del testamento para explicar por la
que en este resulta, la que se ha de entender en el otro.
Bien se ve que, aceptado el cargo, queda deudor del que le señaló,
en cuanto a evitar los daños de su hacienda y de
su ánima. Y que en este sentido el obrar de los reyes
no será extensión de su poder si no paga de su obligación
y satisfacción a Dios y a su iglesia, de quienes en el cuidado
y diligencias se constituyó por su oficio deudor. Y este es
un pacto si no explícito, por lo menos implícito. Y bien asentado
es entre los doctores, que aun el pontífice —con toda la superioridad que
tiene sobre los príncipes— está obligado a guardar fielmente los pactos que
con ellos asentare. Véase a Suárez 3, De Legibus, capítulo 35.
Por el título de padre le pertenece especial jurisdicción, que es la 1.ª
que se usó en el mundo, y en virtud de la cual gobernó Adán y sus
descendientes, hasta que la soberbia inventó otros títulos más honrosos,
que no excluyeron el de padre como fundamento de los demás. Y así
aún hoy distinguen los doctores, como se puede ver en Hurtado [disp.
162 de charist] sección 4 a [sección] 26. Dos oficios en los gobernadores: uno
llama paterno, y otro judicial. El rey, pues, que como siente el
[vualdense t. doctrinal fidei] libro 2, capítulo 80, es el padre extraordinario
o hermano mayor de los vasallos. Aunque es judicial lo
ejerza con distinción, el paternal lo usa con todos sin distinción.
Y puede por él enmendar los yerros de todos sus vasallos y librarlos
de ofensas de Dios, ya reprendiendo a los unos
y a como buen padre defendiendo a los otros, y librando a los
menores hijos o hermanos de la opresión de los mayores.
Y como el padre carnal puede al hijo sacerdote corregirle
sus desafueros (porque el carácter —aunque le eximió del

fuero judicial, transfiriéndolo en eclesiástico— no lo libro
del paternal); y así, reconociendo su fea inclinación a
mujeres y la destemplanza en el vino, le puede corregir
en su casa de la misma manera el rey al
eclesiástico y prelado. Lo podrá corregir de cualesquiera
desordenes, sin que por eso se entienda que usa del poder
judicial sino del paternal, en que a todos los iguala.
Pues ¿en qué ofende quien, como a padre, recurre con sus
quejas para que consuele a sus menores hijos? ¿Qué derecho atropella,
qué justicia pervierte? No hallo yo sino un puro ejercicio
de caridad, ardor de un santo celo templado de mucha prudencia.
Y si no, en qué sentido pudo hablar San Crisóstomo cuando,
interpretando a San Pablo, ad Romanos 13 dijo [hom 23 in]
13 ad Romanos: Omnis anima potestatibus supereminentibus
subjecta sit. [Etiq. si apostolus sid etiq. si evangelista
etiq. si propheta etiq. siquisquis tan dein fueris.] Y San
Bernardo, epístola 41, escribiendo a Enrico, arzobispo senonense,
le dice: [Omnis omina potestatibo] sublimioribus subdita
sit, [si omnis et]. Quis vos excipit ab universitate? Si
quis tentat excipere, conatur decipere. Y qué más blando
sujeción podemos reconocer que esta paternal? Bien nos está,
pues, su uso. Y nadie podrá condenar su recurso.
También le toca el corregir fraternalmente
los yerros. Y de los que están in fieri y amenazan con la
ejecución, le corre obligación de librar de su prójimo del
mal que le amenaza, la cual funda su derecho en la razón
natural promulgada por Dios a nuestros primeros padres. Según
el Eclesiástico en el capítulo 17: Testamentum eternum constituit
cum illis. Et honorem vocis audierunt aures illorum.
Et dixit illis: Attendite ab omni iniquo. Et mandavit illis
unicuique de proximo suo. A cada uno le fue hecho cargo de su
prójimo y encargado el celo contra la maldad. Y en esto no
hay distinción de eclesiásticos ni seglares ni de inferiores
a superiores. Porque como dice Santo Tomás [in. 4 dist. 19, artículo 2, questiunc]
3, el prelado —por lo que tiene de persona pública— no pierde
el derecho de persona particular. Y así, todo lo que el afecto paterno
hace deuda de los demás, se le debe al prelado, por donde se le
debe el beneficio de la corrección fraterna. [Et ideo secundum alias
preceptum de fraterna correptione, etiq. ad prelatos se extendit.]
Y de esta razón infiere Juan Mayor [disp. an papa subditus
sit fraterne correptione] que al mismo pontífice sumo se le
debe este afecto. Porque es, dice nuestro hermano, que tiene un mismo
padre con nosotros en el cielo. Y si por su dignidad perdiera
ese beneficio, sería de peor condición. Que los demás hombres
y casi el más infeliz en sus males, pues, no tendría qué en
le diese la mano en los peligros. Concluye, pues, [ergo possumus
cum corripere et incasit tenemur aliter papa esset
deterioris conditionis qua alii christiani]. Pero no se ha de entender
de la corrección evangélica, que esa sería errónea
consecuencia y principio para otras peores que sacan Gerson,

[711 q. 3] León Magno encarga lo mismo a Teodosio, emperador,
epístola 7: Vobis non solum regnum sed etiam sacerdotalem animum
inesse gaudemus. Ni scilicet in populo Dei aut Schisma,
aut ulla scandala convalescant. Lo mismo escribió al
emperador León, epístola 75, el mismo León, Papa Hormisda,
epístola 38, Ad Justinum imperat. Le dice: [superest vobis adhuc
Alexandria atque Antiochia atque] aliarum Ecclesiarum
nullo modo negligenda correctio.
Y si esto es infamar, condene por enemigos del
clero a Carlos Magno o a nuestro Carlos Máximo del 1.º. Dice
Surio, hablando en su nombre: Ne aliquis, que esso huius pietatis
admonitionem esse presumptionem putet, [veluidi
cet], qua nos errata corrigere, superflua rescindere, recta
connectere studeamus. Habla aquí de la reformación
que hizo del clero [San Junii] de Carlos V. Escribe agradecido
el Concilio de Treveris: [Sacra illius majestas sibi aut
quoque grave duxit formam nobis proponere ad amussim
consentaneam scripteris, et calitus inspiratis. Canonibus
ad instaurandam ecclecis integritatem.] Y añade
el arzobispo de Treveris: [Eam reformationis formulam
juxta cesaris mandatum publicari, et prelegi omnibus
vobis curavitnus.] Bueno fuera que hicieran entonces
duelo contra esos emperadores los eclesiásticos, diciendo
que por el hecho de los pocos quedaban infamados los muchos.
Y darían qué pensar al mundo, que todos obraban
de aquella manera, fuera discurso de ignorantes que
para la prevención no se requieren muchos actos, sino
posibilidad de que se puedan cometer. Y en cosas
muy dañosas, un suceso basta para persuadir la prevención,
y aún solamente el recelo.
El título más general y más justificado es la defensa
que el rey debe a sus vasallos de cualquiera,
que injustamente los molesta sin distinción de secular
a eclesiástico, para lo cual no se necesita de proceder judicialmente
sino de hecho. Porque el que obra contra derecho obra
de hecho. Y al tal de hecho se le puede resistir, que esta
es violencia. Y el favor que da el príncipe se llama auxilio,
que es la práctica más válida en las audiencias de
España y el mejor derecho de sus inhibiciones por fundarse
en la ley natural, que a todos permite la defensa.
Para lo cual no es necesario recurrir a la opinión
de Báñez y de Menochio, que dicen que el conocer
los príncipes en España de las violencias de los
eclesiásticos es por especial privilegio del sumo
pontífice. Ni es necesario valerse de la opinión
de Covar practicarum capítulo 35, que siente que en esta
parte las provincias de España por inmemorial uso
han perdido la inmunidad. Y que por esta costumbre
inmemorial conocen los reyes de las violencias

lo puede deponer, considerando la templanza con que
habla después de modificar las faltas que las atribuye
a pocos con tal indeterminación que se queda él todo con su
entereza. Y cuando pudiera resultar algún dudoso
concepto de la pureza del estado, será efecto de imprudente
arrojo o resolución inconsiderada. Pues nadie puede extrañar
que en comunidades de hombres ―y no de ángeles― haya
algunos que como tales tengan algunos accidentales defectos
introducidos de la ignorancia. Además que el papel
no se ha destinado a la publicación, sino al informe que
como ministro debe hacer a su rey de lo conveniente.
Y si la calumnia no hubiera hecho tanto ruido, ni aún
en Manila ―con ser pueblo tan corto― llegara a tanta publicidad.
Pero los encarecimientos de la engañosa aprensión
y el alboroto de la malicia ha movido con el estruendo
la curiosidad del vulgo. Con que todos han deseado leer
el papel. Y después del sermón, a gran precio lo deseaban
hallar. Y no teniendo acá precio los libros, la oposición le ha dado
a este más estimación. Si el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
hubiera pretendido la publicidad y no el remedio, se contentara
con 140 cuerpos, que apenas podrán satisfacer a la
curiosidad de Manila. ¿Qué ha de hacer en el golfo del
mundo tan corto, número que ―aun para el informe de los
ministros que deben atender el examen de las materias
que se proponen― no ha de alcanzar?
Vamos individuando más en particular
las impiedades de que acusa a este papel. Exclamó
el reverendo padre predicador ―muy estirado de cejas― «Ay,
desdicha como esta de los sacerdotes y religiosos de
Cristo que se haga de mal aun una palabra de cortesía
que se da a cualquier seglar. ¡Que el estado más alto
delante de Dios y sus ángeles ha de andar tan
ultrajado de los hombres!» Cuando me contaron estas palabras,
entendí que trataba de vos a los eclesiásticos o con
otros términos de menos decoro. Y recurrí al papel
de donde hallé que a los provinciales llama «venerables
y devotos provinciales», título honroso que les da
su majestad. Y de que aun nosotros ―que los miramos
de menos altura y con más aproximación― no
usamos ni en el ordinario lenguaje de otros equivalentes.
Pues con un reverendo padre provincial pagamos al
más estirado y los religiosos con un padrenuestro. A los
demás llama «padres». Que no sé que haya otro más
honroso, pues los más ilustres emperadores se honraron
con él. Jenofonte llamó «padre» al rey. [L. 8 De padia
cyri]. Con el mismo título lo honró Platón. Libro 16, De
regno. La misma dignidad le dio el sabio judío
Filón [l. decreat.e princ.] de donde se ve la verdad
de la calumnia. Y qué más atendió a espantar
con alharacas que a convencer verdades. Y si el mismo fundamento
tienen los demás sentimientos, fácil será aliviar

su santo celo de esos dolores. Lo que veo del estilo del reverendo padre predicador
es que pecó más feamente en lo mismo que reprendió.
Y que así, no miró a la corrección, sino al agravio. Pues para
esta se ha de anticipar el ejemplo para que no desmientan las obras
la doctrina de las palabras. Y que castigó Dios su murmuración mal fundada
con el defecto manifiesto. Y que pudo decir sin bajarse del púlpito
lo que el otro monje en todo lo que murmure de mi hermano he incurrido.
Pues tan descortésmente trata a los ministros de su majestad. Que llama
a un consejero «ese hombre», y a un gobernador tan ilustre como el señor
Don Sebastián Hurtado de Corcuera con sólo el apellido «de Corcuera», como si
fuera un cochero, siendo cierto que no sólo de cortesía sino de justicia se le
debe un señor al lado del nombre a cualquier consejero. Y si no alcanzó
esta política, recurra a la de Bobadilla y hallará que ese honroso título
se les debe aun en ausencia, y de la práctica lo podía haber aprendido.
Pues los señores virreyes ―con ser superiores― y presidente los
llaman «señores». Y toda la real audiencia representa la majestad
del rey. Nombrándolos en particular, los llama con el mismo estilo.
Y no reduzca a religión su grosería cuando falta a la justicia, que
antes desacredita más su estado el descomedimiento cuanto el
desprecio arguye menos humildad y mucha soberbia. Y
la buena crianza, que en las religiones se enseña, le acusa
y advierta que ni es más celoso que San Pablo, ni entendió más
la doctrina cristiana que el maestro de ella y doctor de las gentes.
Y le enseñó con su ejemplo este mismo comedimiento. Pues llamó
«óptimo» a Festo, siendo perverso y gentil, [Act.] 26. Lo cual dice el
Cardenal Baronio, no fue guiado de la adulación, sino obligado
de la justicia por ser aquel título cortesía que se guardaba con
los magistrados. [Non id adulationis caussa facit sed quodes set
titulus in magistrat constitutis dari solitus Baronio an 59, 2.]
{Al margen izquierdo: [vointine]}
Pues el título de señor es la cortesía de vida al respeto de la dignidad
de consejero, no le diera cosa de su casa el reverendo padre llamándole señor.
Y faltó a la justicia, negándoselo y dándole el título que dan
a un sentenciado: «ese hombre». Y advierta, si no lo sabe, que la descortesía
que ofende a un consejero tiene el mismo orden de desacato respeto
de su majestad como la que se hace de obra que por el mismo caso.
Y por la misma razón es crimen lesa majestatis, como doctamente
lo infiere Sixtino de Vega, libro [l.] 2, capítulo 2, número 24 del contexto del
ley. [quisquis c. Ad leg. sul. majest.] Véase lo que con especiosa erudición
exornó en este punto el mismo señor Don Salvador Gómez de Espinosa
en el discurso jurídico histórico y político sobre la restitución
del gobierno a la real audiencia. [Punt, bex.n, 62 et seqq.]
{Al margen izquierdo: [s ^]}
Aprenda, pues, cortesanía antes de subir al púlpito. Y no se arroje
inconsiderado contra la majestad y tan en ofensa de ella. Y más
contra un gobernador. Que aunque no tuviera más que el serlo sin otra
excelencia de virtudes, por los resplandores del cargo merece
superior respeto, pues es la imagen más viva de su majestad,
y en partes tan remotas con toda su autoridad sin otra limitación
que la dependencia. Que aunque hoy se halle ausente en los
reinos donde ejerció el cargo, queda con las mismas obligaciones
el respeto. Pues así, [como es] el desacato, son relativos al cargo
{Al margen izquierdo: ^ como es}
y a las acciones que con esa autoridad ejerció. Cuanto y más
con caballero tan ejemplar, que en tanta autoridad puso el sagrado
culto, que con tal pureza de costumbres vivió. Que, con haber
su mucha autoridad dado tanto licencia a las lenguas, nunca

Medina y López, a quienes sigue Lessio, citado que sólo tiene limitación
cuando de lo contrario se siguiese grave daño al común o a la República. Porque
como este es daño mayor, ha de preponderar al particular. Y guarde
esta doctrina para cuando respondamos al punto de los tributos y
cargas a que atribuye la destrucción de los indios. Como quiere, pues,
el reverendo padre predicador tanto rendimiento en los indios que, en
materias —las más evidentemente ilícitas, otras muy dudosas y
otras por lo menos cargosas— obedezca el indio aun a los que no tienen
jurisdicción, si aun contra sus legítimos superiores les dan la razón
y leyes inmunidad. Y qué agravio se le haría al ministro en
enseñar a los tristes indios que estas cosas no tienen obligación de
obedecer siquiera para que no sientan la ejecución reconociendo
que solamente pende de la voluntad. Doctísimo padre, vuelva los ojos
a los curas de España, que muchos son hombres nobilísimos en calidad
y letras doctorados en las mejores universidades de España. Y vea
la jurisdicción que ejercen y considere el ruido que harían
si intentasen obligar a sus feligreses a las menores cosas que
contiene el papel, aunque me los ponga en el más desdichado
pueblo de Galicia. Pues ¿cómo pretende tanto de nuevos cristianos? ¿Han
de merecer menos por más rendidos, o puede su poca resistencia
justificar nuestro arbitrio? ¿Cómo quiere en el estado de la humildad
más autoridad de la que un clérigo secular pretende
en su parroquia? ¿Hay otras leyes acá, o es otra la teología?
¿No se lee acá también a Santo Tomás? Esto es lo que espantó al
señor Conde de Lemos y que no acabó de entender, como lo declara
en su carta. No aparta esta noticia a los indios de la fe. Ni de las iglesias;
antes les hace más amable la religión cuanto la ven más suave y
nada cargosa. Hartos casos podía sacar en prueba de esta verdad
pero omito. Porque por bien que lo oculte, diciéndole en general cada
cual, se querrá dar por entendido por acusar esta mi carta
de infamatoria.
Tampoco que me eche a discurrir el motivo de esta exclamación.
Me parece que di en el punto, todo este sentimiento
es porque este papel les quita el azote de la mano, el poder castigar a los indios,
sin lo cual le parece que no puede haber obediencia ni ministerio.
No creo que es juicio temerario porque esto es lo que más se ha
murmurado y lo primero que en las conversaciones se individua como absurdo
y tolerable. Y de la exclamación que hace contra el señor Don Sebastián
Hurtado de Corcuera, se colige por tratar de eso el auto que cita
el papel [ss] 2, número 69, mandando a los alcaldes mayores [que] no consientan
cárceles, cepos ni otros actos de jurisdicción. Aquí está el
punto del sentimiento. Esta [llamada] autoridad a un seglar
contra los religiosos, esta es la batería esta es la persecución que
comenzó el señor Don Sebastián. Y si esa es la persecución, batería y
desacato, diga que lo hace el rey que lo manda, y no el ministro que
la ejecuta. Lea el número 63, 64, 65, 68 y verá expresamente prohibido esto por
su majestad y mandado a sus ministros que no lo consientan; y mucho
de ello como lo relatan las cédulas a instancia de los señores arzobispos.
Diga, pues, que estos comenzaron la persecución que su majestad,
la autorizó y roboró con sus reales cédulas, y que el señor Don Sebastián
Hurtado de Corcuera obedeció como ministro en cosa con tal autoridad
justificada, pues su majestad no despacha esas cédulas sin
consulta de su real al consejo de Indias, donde hay varones
tan doctos y tan cristianos. Y en cosa que la instancia de

como algunos ignorantes claman, sino darle alma
y cosa que se ha de hacer de necesidad; pena de que no habría
gobierno en el pueblo ni se entenderían para cosa ninguna
del servicio de Dios ni del rey. Pues si tienen tan sujetos
a los gobernadores y fiscales —como si ellos los criaran y les dieran
las varas— ¿qué importa que otro haga la ceremonia de la entrega?
Y más cuando es con tanta atención a su gusto, que no
se da sino al que el ministro señala, por lo menos en
las provincias de afuera donde los naturales no codician esos
cargos. Antes de ordinario los ejercen forzados por ser tan
cargosos y de ningún provecho. Y si no importa en los gobernadores,
¿porque ha de importar en los fiscales, que tienen de los
ministros más dependencia? Y si los padres ministros
son tan celosos de su jurisdicción y tan vidriosos en sus privilegios
que alborotan el mundo en tocándoles en ellos y
eligen sus jueces conservadores contra los mismos señores
arzobispos y obispos, como sienten tanto que los señores
arzobispos usen de la suya, y de que se espanta; si recurren
a su majestad a no poder más, y de que sus ministros
ya que hasta ahora no les hayan dado auxilio que haya
tenido ejecución en este punto, siendo cosa tan encargada por tantas
cédulas insten en ello cuando su majestad les encarga la ejecución,
¿no les basta sustentar exenta las personas siendo curas, sino que
también quieren que lo esté el pueblo de su prelado y las ovejas
de su pastor? Pues no permitiéndoles a los señores obispos poner
ministros para la justicia eclesiástica, viene a faltar la subordinación
que como fieles deben tener y el influjo que necesariamente
ha de dar la cabeza a los demás miembros. Del todo la
cual se hace y sustenta por los ministros mediatos que en
los pueblos ponen, puesto que los señores obispos no pueden influir
inmediatamente en todos. Guarden, pues, los religiosos
si quiera lo que es justifica, pues les concede tanto la cortesía de los
señores obispos. Y no se les haga de mal un tan pequeño reconocimiento
a la dignidad siquiera para que conste en los pueblos
que tienen obispo en esas pequeñas muestras de su poder, que
como he dicho en nada disminuyen el suyo sino que antes
la autorizan.
La 3.ª impiedad se la manda de esta suerte. «Que más»,
ya dice, «que no se barran las iglesias, que se dejen criar zacatales
en ellas para establo de bestias», ya dice, «que no se lave la ropa de
los altares y sacristía para el santísimo sacrificio. Padres míos,
que dejemos las iglesias y nos vamos, que ya no vengamos
más que se acabe y a la cristiandad de por acá. Que ya no
puede sufrir más duración de ella el demonio por medio
de ministros de justicias y cristianos». Este santo religioso
debió de pensar que hablaba con gente de las batuecas que sin
otras noticias que las de su sentimiento creerían cuando les dijese
fiados de la verdad. ¿Qué promete aquel hábito? Padre
reverendo, ¿no ve que habla en una ciudad donde los más de los
oyentes han sido alcaldes mayores, que no les ha de

dar a tragar todo lo que mal digerido vomitare? ¿No ve que los
más han leído el papel del señor Don Salvador Gómez de Espinosa?
¿No ve que le tenemos aún en las manos? Pues como se arroja a encarecimientos
tan disformes, ¿no ve que se reirá el auditorio? Y
en virtud de lo que ahí dice sin verdad, hará cuanto dijere sospechoso
pobre caballero si no se hubiera impreso el papel. Pues por no
desmentir a un religioso todos habían de decir que era verdad. Y
cuando hallaran otra cosa —la que realmente contiene el papel— habían
de decir que era corrección y que de miedo lo había ya enmendado
su autor. ¿Dónde dice el señor Don Salvador Gómez de Espinosa que no se barran
las iglesias? ¿Dónde que no se lave la ropa? ¿Dónde que se dejen las iglesias?
¿Por qué yo no lo hallo en todo el escrito? ¿Que sean eriazos
y pasto de brutos? ¿Así le enseñaron a interpretar las intenciones de sus
prójimos en la celda? No, que Dios no enseña malicias sino juicios
sencillos y verdaderos. Le debió de arrebatar tanto la pasión que hizo rapto
y se le olvidó el discurso. Pero es cierto que no lo arrebató Dios. Es
porque el señor Don Salvador Gómez de Espinosa dice en el número 29 del
[ss] citado que «no es bien que las doncellas y mozas casaderas se ocupen
en desherbar los patios, regar las huertas y traer ramas para las
enramadas fiestas». ¿Esto es dejar las iglesias? ¿Esto es que no se
lave su ropa? ¿Esto es que se vayan [pluviera] a Dios las iglesias?
¿Tuvieran tanta ropa que lavar que un día al mes necesitara de
esa ávida [pluviera] a Dios? ¿Hubiera tanta limpieza en su culto
que cada semana tuvieran las dalagas qué hacer en ese ejercicio?
Debía mirar que mucho de estas islas han visto las iglesias y saben
la ropa que tienen. No lo quiero yo individuar porque acá nadie
lo ignora, pero le ruego al reverendo padre predicador [que] no hable hasta
que haya discurrido por las provincias. Y dará mil gracias a Dios. Pero
al fin de esto no habla el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que es propio
ejercicio de mujeres. Y mucha razón que de limosna
acudan en eso al servicio del templo no sólo las muchachas
sino las matronas más honradas. Pero si del desherbar y regar,
¿por qué no es necesario que lo hagan mujeres ni decente? ¿No les
da el rey 13 personas reservadas en 500 tributos, que las aplican
como quieren? ¿No hay muchos partidos que tienen mil tributos donde
tienen la reserva doblada y muchos que pasan de mil y cuatrocientos
tienen más que una capilla en su cabecera? Fuera de los padres de la
compañía [que] no usan de ese modo de cabeceras, sino que igualmente
asisten según los tributos en cada pueblo. Y en todos tienen capillas
y sacristanes. Pues ¿qué hacen esos reservados? ¿Por qué no los ocupan en el
servicio de la iglesia? ¿Ítem no entran gruesas limosnas que gastan
de ellas en servicio de la iglesia? Y si gastan y no se lo lleva cada
particular, que es lo ordinario, ¿cómo no aplican algo para asalariar gente
que limpie los cementerios cuando fuere necesario? Ítem ¿no hacen faltas
los indios que ellos castigan ya de amancebamientos? Ya ve
omisiones a la doctrina. Pues déjense de penar en dinero,
que es sacarle la sangre al triste indio, y de azotes, que es hacerse
odiosos a sus hijos y los condene a limpiar ese cementerio que a tantos
da qué hacer. Ítem ¿no tiene el sábado a su disposición los baguntaos?
Pues ¿no bastarán esos para conservar limpio el cementerio? Ítem
los que tienen visitas, ¿no les obligan a los pueblos de las visitas todo
el año a contribuir baguntaos semaneros? Cuando hay algo que hacer

que son como soy testigo. Y todos lo son el papel sellado y estas medias
anatas, o poco atento vasallo que le hacía el rey. Que, no hallando
más paño que cortar de la garnacha de su consejero, pasas a destrozar
su púrpura real. ¿Qué tiene que ver lo que hace el rey con tanto consejo
para lo que dice su oidor? Si querías decir mal del consejero, dejarás
al rey por quien siempre debías presumir: la justicia, la clemencia
y la razón. ¿Qué fin pudiste tener en condenar su tributos [y] revocar
los decretos? No que eres poco hombre para oponerte a tantos héroes
como ciñen la majestad de nuestro monarca para el acierto de sus
acciones. Ni es posible en este tiempo el intento cuando amas, que eso violentó la
necesidad. Pues si el sermón se ha de ordenar a sacar provecho y ese no es posible
conseguirse, qué esperabas con esas palabras sino exasperar su clemencia
y turbar la quietud de sus vasallos; cuando en casos tales lo sano es disculpar
al príncipe con la verdad. Para que, entendida de los vasallos,
se excusen los pecados de la indignación y los peligros de la república con su
turbación. Este, si fuera fructuoso sermón, consolar a unos y otros con la
razón. Y más cuando te debía constar la violencia, que en esto padece su
afecto. Lee en el privado cristiano del Reverendísimo Lainez, folio 11, en el [antelog]
y hallarás un dicho de su majestad digno de su clemencia. Que por exonerar
de las contribuciones inevitables para la defensa de la fe y oposición
a los émulos de la corona pidiera de puerta en puerta. Mira qué remedio
tan costoso a su grandeza ofrece su clemencia si lo hallara competente
la necesidad. Y más, condenando los tributos tan templados de sus mismos efectos.
Que el uno es pensión de sus mismos beneficios, y de ninguno se cobra violento.
Pues la ambición a todos es tan natural, el otro situado en las acciones
que desean las repúblicas. Excusar para su paz, para evitar pleitos, que son
la ruina de las haciendas y de las obligaciones más estrechas de amistad
y de parentesco y es un freno contra nuestro mayor mal. Y al fin ninguno
está situado en lo que sirve a la vida sino en acciones libres, que
nunca lo pueden reducir a necesidad. Recorre los demás reinos y con todas
estas cargas, ninguno hallarás más libre, más descansado que el de su majestad.
Y verás como nuestras cargas alivian la necesidad y son precio de nuestra dicha.
¿Tiene otras rentas el rey que las de sus vasallos? ¿Las emplea en divertimientos
si no en nuestra defensa? Si la necesidad y el aprieto es mayor
y se ha de redimir a mayores expensas, ¿dónde las ha de buscar? ¿Ha de
pedir prestado a sus enemigos? O por no valerse de la hacienda
de sus vasallos, ¿ha de permitir que ellos sean [triunfo], y ellas despojos del enemigo?
Si el reino se pierde, ¿dónde guardará el vasallo su caudal? Cuando
Cipión tuvo en el último aprieto a Cartago, y tan rendida que salieron
a parlamentar las condiciones de su rendimiento, los condenó el vencedor
en los gastos de la guerra. Y congregados los senadores en el
consultorio para trata de la paga, hallándola excesiva a sus caudales,
y no hallando posibilidad en sus tesoros, todo era gemir
y llorar. Entonces el generoso Aníbal comenzó a reírse como
pudiera después de la famosa de las canas. Indignados, los senadores
le dijeron es posible que viendo a aflicción de la república
y tan vecina su felicidad a perpetuarse memorable en la
desdichada ruina, «Tienes ánimo y corazón para reírte». Respondió
el valiente capitán: «No penséis que aunque me río es de alegría.
Que si vierais me corazón lo hallaréis con más tinieblas
de pesar que las que enlutan la noche. Pero me río de vosotros

viéndoos ahora por vuestra culpa afligidos. Y acordándome
cuando, defendiendo yo la república y estando para abatir
la potencia romana, me regateabais cuatro maravedises,
y se os hacía de mal cualquier gasto por vuestro bien. Y por lo ignorantes
que anduvisteis entonces nos vemos todos en esta miseria. Y merece
vuestra imprudencia ser mofa y risa del mundo, y que yo me ría
de vuestras inútiles lágrimas». ¿Qué será mejor, padre reverendo por no tener
valor para un pequeño dolor con los menoscabos de la hacienda
acomodándonos con los dictámenes del vulgo: perder toda la
hacienda y la república o permitir esa pérdida por no ver nuestra
ruina? Atienda a lo que dice Jovio y a lo que cada día sucede que, despreciando
los peligros más distantes por no sufrir los de la hacienda,
aquellos se acercan más poderosos y nos acarrean irremediable el
daño y la total destrucción de los caudales. Plerumque accidit utque
{Al margen izquierdo: ^ pecuniae}
provinciae ^ parcendo remota pericula contemnunt incumbentibus
demum malis, desperato sepe remedio gravia sentiant detrimenta.
Locura de la vana afectación de clemencia. Juzgó por esta
razón del pueblo vejado con los tributos, quiso remitir su exacción.
Dissolutionem imperii docendo, si fructus, quibus res publica sustineretur
deminurentur. Tácito, libro 13. Ruina del imperio ―juzgaron―
el disminuir solamente los tributos que sustentaban los gastos
del mismo imperio y necesidad quitar las cargas, que han de acarrear
otras mayores. Pues si el intentar esto fue locura, ¿proponerlo
no será necesidad, persuadirlo atrevimiento, condenarlo impiedad?
Rigor pareció de Joseph reducir a los vasallos de Faraón
a que le pagaran el quinto de sus tierras por tributo. Y no fue
sino prudencia soberana que supo servirse de la necesidad para
enriquecer a su rey. Porque, enriquecido el rey, tenía
más seguro su caudal el particular quitándole la hacienda.
Dice Ambrosio echo puntales a su felicidad: Non ut omnes
exueret suo, sed ut fulciret: publicum tributum constitueret,
quo sua tutius habere possent. Libro 2, De officiis ministrorum, capítulo 16. Porque no hay cosa
más peligrosa al rey ni a los vasallos, como sintió elegante Casiodoro
capítulo 1, epístola 19, que en el que manda la necesidad: perniciosa res
est in imperante tenuitas. No tiene otra hacienda el rey que la
de sus vasallos, ya si para las necesidades del rey si fuere necesario
se han de desnudar los vasallos. Que por eso, saludado por
Rey Jen de Eliseo, a prisa se quitaron las capas del hombre
los vasallos y las pusieron a sus pies. Festina verunt itaque
et unus quisque tollens pallium suum posuerunt sub peclibus.
[Eus 4 Reg] 9, 13. Y [Elías] profeta llamó palio al reino
o capa porque ha de vestir al rey y servir a las necesidades del
sustento y del ornato, que así lo entendió tan religioso como político.
[Velaz t. 1, ad Filip capítulo, véase 23 y 24, número 16. Eaquidem innuens]
principem regno suo esse operiendum; hoc est [adea que
sibi] sunt necessaria et ad honestum splendorem ipso uti
debere. No sólo a lo preciso ha de servir el caudal del vasallo
sino a lo descendente y conveniente al decoro de la majestad. Por
esto Cristo, el más benigno de los reyes, consintió el día que lo
proclamó la turba rey que le sirviesen con las capas

y sayas, vistiendo el suelo tan a su costa para sólo un
agasajo y una demostración de su reconocimiento. Por
eso Samuel, publicando el derecho del rey de parte
de Dios, leyó uno tan riguroso que ninguno ha habido
tan tirano que lo haya pretendido en todo. No para que de él usasen
los reyes sino para que entendiesen los vasallos que para todo
tenía derecho obligado de la necesidad. Y no [para que] atasen a una ley o
pacto su obligación, sino que dejasen siempre libre el de la
necesidad.
Lo mismo se ha de decir del gobernador del príncipe,
y más en partes tan remotas que esfuerza depositar en su
prudencia todo su arbitrio. Y así se ha de gobernar por
las mismas leyes y disponer aconsejado con la necesidad.
Veamos, pues, de qué le acusa este celoso y reverendo padre predicador.
Fuera de estas, dice hay otras dos tan grandes que cargan sobre
estos pobres que son tantas sacas de bandalas de tantos
años sin paga, tantos títulos de oficios por fuerza, que a unos
les cuestan 20 pesos, a otros 12, y al que menos a 4 pesos. ¿Qué
más? Cautiverio es el estar tantos en servicio del rey
sin paga ni socorro, tan desnudos y tan esclavos, que si no
es a costa de sus vidas, no salen de cautiverio. Dejó los encarecimientos,
de que se vale para hacer más aborrecible el
gobierno los oficios que representa por carga. Y que dice se dan
por fuerza, hablando de los que suelen costar hasta 20 pesos.
Son los de la guerra, porque los más superiores llegan a pagar
por derechos de la media anata esa cantidad. Son tan pretendidos
que vienen de muy lejos por ellos y echan
intercesores. Y con todo eso su señoría remite los memoriales
a personas experimentadas para que le informen
de los servicios del pretendiente. Y aún sobre eso suele
hacer reparo en la merced y tal vez la suele negar.
Los de justicia, donde se pagan esos derechos, son tan
pretendidos que suelen sobornar con 200 pesos al alcalde
mayor para conseguir la elección. Que es señal
que de ellos esperan más provecho y por lo menos que
no los reciben contra su voluntad y los derechos que
se les piden de obligación. Son los de la media anata
de que el señor gobernador no es juez, porque para [él] hay
privativo acá. Y donde son los oficios de poco provecho,
como en las provincias de afuera, se ha procedido con
tanta suavidad que no los han querido obligar a pagarlos.
Véase si se puede usar de más benignidad, pues siendo
ley tan establecida la de la media anata,
los ministros intérpretes de la voluntad clementísima
de su majestad no le ejecutan donde hallan dificultad.
Véase, pues, la verdad con que el reverendo padre predicador
habló, y como no atendió más que a infamar el gobierno
y hacerlo odioso a los vasallos fieles de su majestad.
Hablando de las otras dos cargas, bandalas
y astilleros, y supuesto lo que es cierto —que no se pueden
excusar—. Porque el rey no tiene otras sementeras

de donde sacar el arroz para el socorro de las fuerzas
campo de Ternate y de Manila que las de sus vasallos.
Y así necesariamente lo ha de embargar o comprar. Y que
la bandala es el más suave medio porque se reparte
en todos con igualdad. Y supuesto también que las
fábricas son forzosas porque ni vienen de Castilla naos
ni se hallan a comprar. Y prescindiendo de lo que en otros
gobiernos se ha hecho y la razón que tuvieron cuando las
dejaron de pagar —las compras digo, que las fábricas
siempre se han pagado— que sería la cortedad del
socorro, que nunca viene tan cumplido, que alcance
a la satisfacción de las necesidades. Digo lo 1.º, que las culpas
de los pasados no las ha de pagar el señor Don Sabiniano. Y
que si en la abundancia de los socorros pasados se hallaron
necesitados los gobernadores a tomar las bandalas, en fiado mal
¿podrá hoy el señor Don Sabiniano—cuando los socorros vienen tan escasos
y las pérdidas han sido casi continuas—pagar lo presente y lo pasado
de lo presente? Sólo pudiera hablar un hombre que no supiera que
ha dos años que no viene socorro. Y que el último se menoscabó en
la pérdida de Borongan, donde dio al través el galeón y [obli]
para fondear la plata y conducir a tantos gastos. Atraviesan
la isla a hombros de indios que todos quedaron generosamente
pagados. Y pasándola al continente de Manila en champanes y de
Tayabas a la ciudad, otra vez a hombros, cuando tenía la caja plata, ¿quién ha
pagado con más larguera? Testigos son los que asistieron a los dos galeones
que oí esperamos de Castilla donde se le daba a cada indio
cada día una ganta de arroz y un real. ¿Cuándo servido en estas islas
paga tan generosa? Aun en los tiempos más felices, ¿cuándo los socorros
venían más llenos? Entonces se le daba a un indio de
arrastre un tostón y al oficial un peso. Y el señor Don Sabiniano,
hallando ese ejemplar en la contaduría, de lo cual nadie
se atreviera a exceder por la fuerza que tiene para el estilo el
ejemplar, lo ajustó a su nobleza para facilitar el servicio de
su majestad. Los efectos declararon bien la calidad del beneficio.
Pues en esto y el cuidado que puso en el buen tratamiento
de los naturales, se quitó el aborrecimiento que tenían a los
astilleros, que los miraban como infiernos. Y por no caer en su
rigor, redimían el mes que les tocaba a 20 pesos pagando esa
cantidad al que libremente quería ir en su lugar. Y en los
astilleros se venían a ofrecer al trabajo de su voluntad
suceso que no tiene ejemplar y último aplauso de su
benignidad, que así consiguió fácil el servicio de su rey.
Y excusó el que los galeones saliesen más costosos a los naturales que a su
majestad, como sucedía en otros gobiernos. Que por esas redenciones o rescates
a 20 pesos del trabajo, acabado el galeón si a su majestad le estaba en cincuenta
mil a los naturales les venía a costar, ¿ochenta mil se pudo
hacer mayor servicio a su majestad, más grato a Dios, útil a los
naturales? Lo mismo digo de las bandalas. Cuando faltó el socorro,
¿no llamó a los principales de la Pampanga? ¿No se contentó con
lo que liberalmente le quisieron ofrecer? ¿No se valió de las mismas
súplicas, procurando hacer voluntario lo que era necesidad

que así estaba resuelto y determinado y señalado el
día y todas las provincias prevenidas con navíos? ¿Y no sabe
que a esto sobrevino la difusión del Maluco con la muerte del
rey de Tidore, Cachil Zayde? ¿Y que al rey heredero de la
facción de España se le reveló la mitad del reino que alzó otro? ¿Y a este
le dio favor el holandés y con su potencia rompió la guerra y tenía
en peligroso estado el Maluco? ¿Se había de dejar lo que más
importa por lo que menos y que se perdiera el Maluco para que
el Ternate nos hiciera la guerra acá, aliado como moro con el
Mindanao? ¿Qué poder habría entonces para defender
las islas?
Con que se ha de ir contra el Mindanao? ¿De
dónde sacaremos mil hombres que llevó el señor Don Sebastián?
¿De dónde cincuenta mil pesos para los gastos de la jornada?
Dinero no lo hay. El campo de Manila no tendrá 800 plazos hoy,
pues ¿con qué se ha de hacer la guerra? Con oraciones, padre, y con
hombres y dinero. Pídalos a Dios. En estas islas no se aumentan
los españoles. En 5 años se ha tragado la mar y otras desgracias
500 de Castilla. No vienen, y los que han venido han entrado a la
parte de los ahogados en fe del socorro. Se prevenía la jornada,
no lo envió Dios. Dejaremos a sus aventuras a Manila,
y más con las voces del vulgo temeroso apoyadas de varones
religiosos. Cada día nos afligen de [daca], que viene el chino con 300
navíos que se ha de perder Manila. Será bueno que los convidemos
con su desamparo.
Ya que le hemos quitado al reverendo padre predicador los escrúpulos,
quiero ponerle uno que procura desechar. Y le importa mucho
que haga del mucho caso este. Son las cargas referidas de
ministros eclesiásticos y de justicia, alcaldes mayores
y corregidores que dice que son charquillos para que no se haga
caso no importa aquí averiguar el peso de sus cargas,
pero poco o mucho quiero que sepa que sólo ese el el intolerable.
Ya veo que [se cala la visera] por no oír tan escandalosa
proposición. Porque como le toca, esfuerza [que] la condene luego y la [anate].
Maticé lo 1.º porque la sobrecarga es la que mata. Y más cuando
la echa quien está obligado a solicitar el alivio y con atención
a lo forzoso quitar lo posible de lo que no es necesario. Lo 2.º, porque
las cargas que echa el rey, como son forzosas para la defensa de la
fe y de sus vasallos y obligación, sería el servir a ellas. Ningún
prudente las desecha, aunque las sienta, porque hace su causa
que está envuelta en la del rey y reino. Pero las que echa
el particular, como no hay obligación a ellas, se sienten más
que nadie está obligado a servir con su hacienda a los intereses
particulares de otro. Aunque sea muy estirado que la
caridad, bien ordenado comienza por sí. Y primero es uno
deudor a su necesidad que a la ajena. Nadie siente
pagar mil ducados si los debe, y sentirá mucho si no los debe,
que le quiten cien ducados. Lo que se da al rey es deuda, lo que
se da al particular ha de ser voluntario. Que por esto ponderó
agudamente el Crisóstomo, citado que cuando Cristo mandó pagar el tributo al
César, no dijo: «Dad a César lo que es de César. Si no, volved rectitud

al César lo que es del César». Reddite quae sunt Caesaris, Caesari.
Mateo 22. Porque lo que se tributa al príncipe ―lo que pide para sus
necesidades― no es don sino paga. Pues pide entonces lo que es
suyo, porque como carga las obligaciones de todos, para ellos
son suyos los caudales de todos. Et non dixit date sed
reddite et adiecit quod debetur nihil enim gratuito
dat qui haec fecerit. Debitum quidem est res
ista quod si non feceris perfidi penas dabis. No sé si el
presidente de Castilla pudiera hablar más en estilo de ministro.
Nadie en estas ocasiones y casos da al rey sino que le paga
deuda. Es esta obligación. E infiel el que la niega y desleal
el que la disuade y enemigo el que la condena. No se
traiga, pues, a consecuencia la obligación, aunque sea mayor a lo
que no es obligación, aunque sea en poca cantidad. Que sobre pocas
cantidades y cortos intereses suele haber muy buenas cuchilladas
y quebrase muchas cabezas, que a cada uno le es lícito sacar
la espada para defender su hacienda del que sin título
la pide. Y siendo deuda, cada cual puede llevar al deudor
a la cárcel. No quiera igualar el derecho de los alcaldes
y ministros al del rey y así no lo traiga en consecuencia.
Que no son tan bárbaros los indios que no hagan
esa distinción y reconozca la necesidad. Y no hay alguno
tan bárbaro que conocida se indigne contra ella. El
fuego suele acabar en un día el caudal y una avenida
roba muchos intereses. Y ningún cuerdo se indigna
porque los acarrea la necesidad y los hace inevitable
el suceso. Pues si la fortuna roba el caudal de la
república en los socorros, los malos años, los frutos, ¿quién
será tan necio que se indigne contra esa necesidad?
A que le reducen las desgracias comunes que esfuerza [que] repartan
sus efectos y daños en los particulares. Estas necesidades
nunca vienen a favor de los alcaldes mayores para justificar
sus excesos ni de los padres ministros para los suyos.
Y así los que ellos inducen como violentas al que las padece y
voluntarias en el que las induce irritan la paciencia y mueven
más la compasión. Conozca esta diferencia y persuádala
al auditorio. Y hará más fruto, pues conseguirá la conformidad
con la voluntad de Dios, dándoles a entender
que estos trabajos vienen de su mano, que los hombres
obran a no poder más. Que esa consideración será alivio,
que hará suave la carga y llevadera. Y así obrará como fiel
vasallo y como cristiano orador pues no llevando ese
intento sus razones, no puede seguirse otro fruto que
la turbación. No se ponga en materias de estado
―que es discurso siempre odioso y muy amargo― si no
se sabe sazonar pena y gloria, padre mío, pecado e infierno,
y dejar al gobierno, y prelados y ministros.
Que eso es escandalizar la república y cierto, nunca
con menos razón, pues no lo hemos tenido. Mejor es
un señor gobernador tan benigno y piadoso, un señor
arzobispo que no lo ha tenido esta iglesia ni más docto,

ni más santo, ni más apacible, ni más celoso. Unos señores
oidores tan limpios que es mi edad contra sí mismos.
Su rigor tan llanos que es consuelo. Tan doctos que
es de la justicia cumplida. Satisfacción tan cristianos
que es de la misma justicia perfecta seguridad. Y si hallare algo que pide [que]
enmienda en los tales y digno de reprensión, pues tiene atrevimiento
para decirlo en público, imprudente. Tenga valor para
avisar lo cuerdo [que] se llegue. Que nunca ha habido ministros más llanos,
más dóciles. Apriételes con razones en secreto, no los infame con
invectivas en público, que lo 1.º sana y lo 2.º exaspera. Tome
por ejemplar al mejor predicador de la ley de gracia, aprobado
por el mismo Cristo: el Bautista, de quien ponderá el concilio [caloniens],
citado capítulo 17. Que con ser el pecado de Herodes tan público y tan
nocivo a la república, nunca hizo mención de él en los conventículos
y concursos donde predicaba, con ser que aparte no cesaba de afearle
el caso. Dicebat Joannes, Herodi non populo, concluye el concilio
a Herodes, se lo decía no al pueblo. Y su paternidad reverenda
no habla donde ha de aprovechar y da voces donde ha de causar escándalo.
Trate de ir a Japón a ser mártir o de serlo con la mortificación de sus
pasiones en la celda y no entre ministros de justicias. Como dice,
que harto más mártires. Son los tales, pues sufren del vulgo y de los
que siguen su corriente semejantes desacatos. Mire que los ministros
no infaman el estado, que antes alaban su purísimo instituto y
perfección de sus reglas. No es contra el estado lo que ha escrito el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa, sino contra lo que destruye el estado,
contra lo que pervierte la observancia contra lo que los celosos de él
aborrecen. Y los valerosos prelados castigan y solamente les [ayuda] con caridad
y justicia a las obligaciones del mismo estado. Y rinda mil gracias
a la magnanimidad del señor Don Sabiniano porque si hiciera caso de su
atrevimiento a ley de fiel ministro y por la obligación que tiene a la
paz de la república, fuera poco darlo por extraño de los reinos.
Y si su paternidad reverenda dudare de la autoridad, lea en
la política indiana del señor Don Juan de Solórzano, el capítulo 27
del libro 4; y la ley 43 y 55 del título 5 de la partida 1; y al sagrado
Concilio tridentino [sess 5, De reformationis], capítulo 1; y al grande Agustín
Barbosa in [Pastorali 3 parte allegat] 76 número 48 y 49. Y la bula
de Eugenio 2, que está original en el archivo del consejo
supremo de Castilla, la cual concede facultad a los reyes a sus
consejos y lugartenientes de castigar a los predicadores. Que con
ocasión de su oficio apostólico ―del cual debieran usar sincera
y santamente― hablan de ellos con descompostura, desacato
e injuria, o esparcen al vulgo proposiciones escandalosas
con que contristan los pueblos, los turban e inducen a sediciones.
Deje de morder predicadores, que todos cumplen
con su obligación según el talento que Dios les dio. Y no
ha de querer medir la gracia por su natural, que fuera necedad
querer que rebuznara el pájaro y que cantara el
pollino, clame cada cual con su voz que a su majestad y decencia
del evangelio. Conviene en los discursos algún resplandor
que este no quita en la eficacia de la doctrina

que se añada mucho ardor. Que de esto están de manifiesto
los santos padres que no son maestros: Jerónimo, Cipriano,
Crisólogo [s] y León, otro sin número. Y de ese dictamen
siempre quiso ser maestra la ineptitud y los ignorantes o
envidiosos. Cuanto ignoran, blasfeman, dijo San Judas
in sua epistola número 10. Que cum que ignorant blasphemant. Mire que
esos discursos son para arrastrar vulgo y que no se saca
otro fruto que murmuración o el gusto de oírla. Y que fuera
mejor que salieran cabizbajos por sus pecados, queriéndose
por la picazón. Deje eso de revelaciones, que el que las tiene no las
dice porque los secretos del gran rey son sacramentos que
no se han de revelar. Y borre aquello de la celda porque no
viene con su sermón. Que con esto Dios le dará su espíritu. Pliegue
a Dios amén. Mortifíquese vuestra paternidad reverenda y padezca la disciplina
que ha dado. Y entienda que de los ministros superiores se debe
hablar con el decoro y cortesanía que pide la dignidad
y representación de la majestad de un rey tan clemente, benigno,
piadoso y catolicísimo; a quien no debió causar de injusto
e inicuo en los tributos del papel sellado y media anata;
que expende en defensa de la fe con todo su patrimonio;
y reconocer que es su vasallo capellán y súbdito que le sustenta,
alimenta y conserva y muchas de las provincias de su
sagrada religión, que es de las más beneficiadas de su
grandeza real y que fue pecado más que de ingratitud.
Deseo saber un francés, inglés o holandés [que] pudiera destemplarse
más ni reprimirse menos. Aprenda, pues, de las antorchas
más brillantes de la iglesia de San Gregorio Nacianceno
[in Julian orat 1 et 2]. Que, con elegantes apóstrofes,
panegiriza al Emperador Constancio, siendo hereje y que
sangrientamente persiguió a los mayores santos, como refiere
el gran Cardenal César Baronio en el [tercer tomo] de sus anales
[ann, 361, número 21 et seqq folio 10, 28 et seqq]. Y de San Dionisio,
Alejandrino que llamó santísimos a los emperadores
Valeriano y Galieno siendo sacrílegos, nefandos
e impíos. Apud eundem Baronium, [2.º tomo, ann Christi 260],
número 22, página 683. Porque basta ser imágenes y retratos de
Dios para que sean venerados con respectos reverentes,
por mal pintadas que estén. Que no se atiende a la figura sino
a lo figurado. Y procede en términos tan precisos esta obligación.
Que no sólo se deben los obsequios respetuosos al que es
actual superior, sino al que lo ha sido, aunque sea un demonio
altercando. San Miguel, según refiere San Judas en su epístola
número 9 sobre el cuerpo del profeta Moisés, no se atrevió el valiente
arcángel a injuriarle, blasfemarle, ni calumniarle,
sino que remitió a Dios la determinación de la controversia
reñida. Cum Michael (escribe la apostólica pluma) Archangelus
cum diabolo disputans altercaretur de Moysi
corpore non est ausus judicium inferre blasphemiae: sed dixit

Imperet tibi Dominus. La [ca a] deducida de San Gregorio,
San Tomás y Cornelio a Lapide refiere el grande orador Fray Diego
Niceno en su cuadragésima [1 p die reneris] 6, asunto, 6.
El demonio con quien competía Michael era [Lucifer], que antes
que se precipitase de su trono era de jerarquía superior
y el corifeo de los espíritus celestiales. Y conociendo
que en algún tiempo fue ministro superior, no se atrevió
el arcángel a notarle con injurias ni ultrajarle con
desprecios, aunque estaba ya en estado de privación, apagadas
las luces y extinguidos los resplandores del magistrado que
ocupó en la chancillería gloriosa de Dios, enseñándonos que
aunque el ministro sea un Lucifer, ni con detracciones se ha de
afrentar, ni contumelias vituperar. Esta, padre reverendo, es doctrina
del cielo. Esta es la que se ha de imitar, seguir y practicar, y no hacer
sátiras las oraciones evangélicas para ofender y deshonrar
a quien pretendió defender la causa de Dios, del rey, de los indios
y la ejecución de las cédulas de su majestad, que prueban y comprueban
las proposiciones del discurso, corrompiéndolas e interpretándolas
a su inteligencia para concitar e irritar el pueblo.
Y para mejor disponerlo y captar las benevolencias, le estrujó a la
memoria, adulterando las palabras otro papel que con
ingenuidad generosa reformó el señor Don Salvador Gómez de
Espinosa luego que entendió era de disgusto a algunos. ¿Cómo olvidó
vuestra paternidad reverenda esta segunda parte laudable y sólo se acordó
de proclamar la primera parte reprensible? ¿Pues un varón
docto y tan espiritual —como dicen que es vuestra paternidad reverenda, y yo lo creo—
cita los odios cuando había de declamar contra ellos?
¿Violento entraba aquí el diligite inimicos vestros, que
en su sermón a un ministro tan grande hace vuestra paternidad reverenda
ecce homo de su pasión, repitiendo con desordenada multiplicidad
ese hombre? Y cuando vuestra paternidad reverenda se quisiere introducir a
materias extrañas de su profesión, consulte para el acierto
a personas peritas en ella, y no se arroje a navegar
piélagos que no ha cursado. Y sírvase de advertir que no lo mismo
el gobierno que la justicia, como distinto gobernar
de juzgar. Y tenga por cierto que no se escribe esta para
entristecerle ni por el dolor de las injurias, sino por
la defensa de la razón, de la causa y de la dignidad,
y por cumplir con el consejo del Espíritu Santo en los
Proverbios capítulo 26, donde enseña que se responda al que
no tiene razón conforme a ella. Ne sibi sapiens esse videretur
Levantamiento de Ilocos y Pangasinan

y quitándome con la plata hasta valor de 300 pesos
con un molimiento notable y aportando conmigo en que me
aseguró estaban alzadas todas las provincias y otros mil
desatinos. Ya dándose de nuevo otra palmadita en la frente
hasta que llegó el padre Fray Luis, avisando pues me dejó. Y el
indio de Aringay llamado Don Juan Cabangan que siempre le asistió
me dijo no bajase y me metiese en su celda. Lo hice así
pero oyendo hablar recio a Gumapos con el padre Fray Luis en
la iglesia, no lo pude sufrir. Y desde la puerta que va al
coro le reñí. Me dio un grito, diciendo, "¿Ya no te he dicho padre que
te estés en la celda que tú no entras en este pleito?", me
[dijo]. Por no irritarle más, volví por la ventana a hablar
hasta que el padre Fray Luis me envió a llamar para reconciliarse
y entonces bajé. Y después nos subimos todos
juntos con Gumapos ya muy amigos porque ya le había quitado
todo el oro y más otros ocho taeles, para que ofreciese un
poquito un principal de [Boralno] llamado Don Guillermo
Cortés con harto disgusto de Gumapos y la vieja de aquí.
Aunque de él que tenía de acá le pagó. Y después volviéndole
el padre de Gumapos, llamado
{Al margen izquierdo: Don Miguel Carreño, padre de
Don Pedro Gumapos}
Don Miguel Carreño [que viéndole]
[previo] el alcalde de Ilocos me satisfizo el padre Fray
Luis y a la vieja que había dado [tres y medio] en estas confesiones
vino a mí el Cortés y me dijo ¿qué habían de
hacer porque si firmaban lo que Gumapos quería, iban
contra el rey, [y] si no los mataría pues ya no tenían defensa
ni había gente en el pueblo? Le respondí [sin mayor]
harta que hubiésemos socorro. En fin al otro día se fue
Gumapos habiéndose despedido de nosotros y habiéndole ya
dicho no dejasen la fe, pues dado caso que Malong pudiese

acabar con las costillas, no podría llegar a Dios que nos había
de juzgar a todos, mandó al gobernador nos guardasen y no nos dejasen
salir ni al pueblo. Luego que pude, di aviso al padre Fray Juan
de Isla como [a visitador]. Y le pedí procurase con el alcalde mayor de
Ilocos enviar socorro a estos dos partidos porque estaban de buen
talante; y en la audiencia del rey nuestro señor si los socorrían. El padre
visitador lo hizo muy bien como se verá hasta lo último. El
domingo que Gumapos estuvo aquí y se fue no hubo a mediodía gallina
que comer. Pero después mientras estuvimos encerrados, hubo
sobra de gallinas y huevos todo de limosna. Y casi todo el pueblo,
en particular las mujeres, confesó y comulgó, y hasta los que fueron
cómplices o en compañía de los que mataron al español en Balanac
confesaron, o todos por mejor decir. Y algunos hicieron
penitencia pública arrepentidos de no haber [descorrido] y haberse
huido a la provincia de Ilocos. Y pero como Gumapos amenazó el gobernadorcillo
de muerte (y que nuestras cabezas y pueblos e iglesia
había todo de perecer) se ofuscó tanto juntamente con el miedo de que
no la matase Gumapos a su mujer que fue a ejecutar la muerte
siendo así que él solo, y por [ser] natural, no hará mal a una mujer.
Grande confusión teníamos el padre Fray Luis y yo en
no saber lo que pasaba con los padres en Pangasinan ni en Ilocos y Cagayan.
Porque de los de Pangasinan, sólo nos decían que estaban ya
todos en Lingayen, ya en sus conventos. De las dos provincias no teníamos
noticia de cosa ninguna. El padre Fray Luis trató de ir a ver lo que pasaba
por allá arriba, dejando el riesgo más cercano y me persuadió a
mí lo mismo,
{Al margen izquierdo: La víspera de
pascua en respuesta
[di] unas candelas que
me envió el señor
obispo, le avisé
de lo que pasaba y
al padre visitador y
alcalde mayor, la
cual carta remitió
su señoría al
gobierno.}
le deje salir la noche después que le llevó el
principal de Aringay Don Dionisio [Maricdem], que cierto se puso
a gran riesgo y fue gran fineza, y la mayor que a este indio en este
alzamiento, porque obrar contra orden expresa de Malong y
en favor de padre [ya se verá]. Al llegar a la barra de
Purao, encontró con el Alférez Lorenzo Arqueros alguacil

grande. Llegó el señor obispo y nos fueron alumbrando hasta dejarnos
en el convento adonde no hallamos ni agua. Perecíamos de sed. Y el padre
Fray Gonzalo me dijo, «padre, ¿vuestro provincial, no iremos para agua?» Respondí que sí. Y [notició]
hacia los zambales como solía, sino a la primera casa junto al convento.
Hallamos agua y muy fría. Y diciéndole yo, «¿no iremos a buscar de
comer?» Dijo venía cansado y que en bebiendo, se iría acostar.
Después, conocí había algún recelo del Ama Don Jacinto. En fin, el
señor obispo tenía hambre, y a unos zambales que estaban abajo en el
patio, pudimos avisasen a Don Marcos Macasiam, y que nos socorriese.
Y allá a medianoche hubo vaca y morisqueta en que metió el
señor obispo bastantemente. El día siguiente, lunes y último de este enero
se pasó allí todo el ejército por esperar al sargentillo mayor
que estando aún todos en Santa Catalina. Llegó un sampán a la barra de Vigan,
enviado del General Ugalde de Lingayen, y trataba de rendirlo por
entender era el alcalde mayor de Ilocos, siendo así que había más
de 20 soldados en él. Lo dejó en fin y llegó aquel día a Narbacán
y halló en la playa una carta de su rey, el Malong, que si hubiera
llegado con tiempo, quizá no entraran en Vigan. Los indios nos dijeron
después lo que contenía. Y antes, llorando, dice el padre Fray Gonzalo [que]
le dio parte de este papel el mismo sargentillo mayor. Les avisaba
Malong de la llegada de los españoles a su reino. Si bien eran pocos,
que le diesen prisa para ir a matarlos a todos, y que se llevasen todos
los principales de los pueblos conquistados para que les ayudarán y vieron
juntamente su valentía contra los castillas (muchos papeles hubo de este
monstruo y el último que no pasaron los indios, decía quemasen
los pueblos e iglesias y se retirasen a los montes porque ya había
vencido a los españoles, que fue cuando se huyó, quemando
su pueblo). Aquí comenzaron los zambales a quejar de los de Narbacán
y que los habían de degollar a todos y quemar el pueblo, porque
les habían hecho traición y muerto mucha gente, y en particular
un tío de Gumapos llamado Don Miguel de Tabora. Y decía el
Conde Gumapos [que] le había llevado un principal de Narbacán diez
taeles de oro y casi cien pesos. Procurábamos aplacarlos. En fin,
enviaron la compañía de Ilocos por dos veces a buscarlos

de Narvacan, que los zambales no se atrevieron. Viendo, pues, [que] no había
remedio, [el] día del glorioso San Ignacio Mártir trataron de marchar
con todos los indios de Vigan, Bantay y Santa Catalina que llevaban
cautivos y pusieron fuego al pueblo. Fray Gonzalo, habiendo
ido al pueblo, vino diciendo [de nos] habían [de] dejar allí de ninguna
manera los zambales. Y volviendo a bajar por un recaudo del
señor obispo, habló al sargentillo mayor para que apagasen el fuego, que
fue de provecho. Que luego lo mandó publicar que no quemasen más.
En esto nos enviaron la gente que nos [había] de cargar. Y venía por
caudillo un indio de Bacnotan llamado Don Marcos Bugbugan.
El señor obispo, por lo que habíamos concertado, les habló en mal castilla
[que] echara de la tierra, diciendo que si los zambales no [se arremendaban],
aunque nos quemasen allí no saldríamos. Tomé yo la
mano y les aseguré [que] no saldríamos si quemaban o mataban
más los enemigos. Tanto que este principal dijo [que] iría [a] dar
parte al cabo. Y parándole los indios de cargar a aguardar
su orden, les envié con Dios y que de ninguna manera bajaríamos
del convento. Apenas dieron dos pasos cuando comenzaron
a correr y en fin nos dejaron [miraculoso], y se fueron todos.
Gumapos había salido por delante. Y cuando supo que nos quedábamos,
propuso que nos viniesen a arcabucear. Y Don Marcos Macasian
le disuadió, diciéndole que para qué nos habían menester. Aquí
[entró la mía], diciendo [que] ya se había acabado a los zambales la licencia
que Dios les había dado para castigarnos. Y que iban a dar en
manos de los españoles, como sucedió. Y el día antes se lo había
dicho a los Ilocos. Nos mirábamos unos a otros y no lo creíamos.
El señor obispo decía que aún no estábamos seguros allá. A mediodía,
desde el caballete de la iglesia, vieron nuestros muchachos (o
los criados, que yo no tenía ninguno, pues el que me dio Gumapos se
quedó con él al salir de Vigan) que había gente a la parte
del oriente que eran los de Narvacan. Enviamos al padre Fray
Cosme y aunque habló con ellos no le creyeron porque habiendo enviado
A auto que mandou fazer o excelentisimo Sehnor Francisco de Tavora do Concelho do Estado de Sua Magestade do corpo defunto da Madre Maria de Jesus, do Convento de Santa Monica da cidade de Goa

prelados das religiõis, e algúns mestres, e teólogos, fidalgos, físico maior, e liturgiõis já nomeados
em cuja companhia, entrei tão bem eu secretario do estado, por ordem do dito sehor vice-rey
e a porta de claustro veo a madre prioresa com alguas religiosas das mais antigas a receber
a todos, e os forão conduzindo, para o coro baixo onde estava o corpo da dita Madre Maria
de Jesus, no qual estavão as mais religiosas do dito convento em pé com toda a compostura
postas por sua ordem junto as cadeiras do mesmo coro, e fazendo oficio maior, e liturgiois em
presença de todos terceiro exame a vistoria na mesma forma que tinha feito no segundo
se aclarão os efeitos referidos, e no sinal do lado se vio alguma diferença na grandeza
e cor por estar maior, e mais viva, en este terceiro exame, se lhe a passou demais a ca-
beça tirando lhe os véus branco e preto, e se divisarão por partes algumas nódoas pequenas
como pisaduras, e o corpo estava brando tratável e flexível como dantes, e conferindo o
senhor vice-rei com o cabido, inquisidores, e prelados, esta materia se resolveu que ficare
o corpo até o dia seguinte quatro do dito mes para na tarde dele, se lhe dar sepultura
e ficando isto até asentado se tornarão a ajuntar no dito dia a tarde na igreja no dito
convento o senhor vice-rei, o cabido, inquisidores, e prelados, e mais pessoas todas já no
meados, e demais o reverendo padre Irmão Martín da Companhia de Jesus, e o padre Fray Mateus de Jesus
Carmelita descalço italiano de nasção que entende de medicina, e antes de se dar sepul-
tura ao corpo, se fez quatro exame por afirmar o padre confessor geral Fray Agustino dos Reis
que naquela noite de tres para quatro do dito mes crecera mais o sinal do lado e fora sempre
em aumento com que se ficava tirando os escrúpulos de algúns e tornando a entrar as ditas
pessoas na mesma forma na dita clausura, e fazendo-se as experiencias já referidas se
achou notávelmente crecido o sinal do lado que sendo a princípio de grosura de dois fios
delgados da seda se mostrava neste exame farpado com duas pontas uma maior que outra
quasi da largura do dedo menor da mão de cor encarnada escura, e quanto mais se lhe a-
plicavão os lavatórios do sabão, sal, e vinagre, mais claro e distinto se vião, e os das mãos
e pés ficarão como dantes estavão, e o corpo no mesmo ser tratável e flexível e declarou
o padre Fray Mateus de Jesus, carmelita descalço que entende e cura de medicina que os ditos siná-
is lhe parecião sobrenaturáis, e depois de feito o dito exame se deu ordem ao enterramento
que salio fora da clausura para se satisfazer ao clamor do povo que a queria ver e foi pela
rua junto ao convento, e voltou pelo colégio de São Paulo novo da Companhia de Jesus
e pela igreja de Santo Antonio e adro do convento de Santo Agustino em cujas partes se
tinhão assinado de próximo as estações da Via Sacra que o corpo da dita Madre Maria
de Jesus corre primeiro com as chagas patentes, parece que permitindo até Deus para
que com este exemplo meditassemos nas suas e nos misterios de sua sagrada paixão, eleva-
rão o esquife em que ia o corpo, os inquisidores, capitualres, e prelados das religiois, e algúns
largarão para pegarem outros, indo ao comunidades de todas as religiois por sua ordem, e o senhor
vice-rei com algúns fidalgos atras todos com velas de cera branca nas mãos e para desviar o de
converço do povo que acudio mandou o senhor vice-rei por em pelos lados algumas companhias
de infantaria ese lhe dobrarão os sinos fazendose sinais como a defunto, e os altares das gracia
se puzerão de negro e o reverendo cabido mandou declarar ao povo em voz alta por pessoas ecclesi-
asticas que não era sua tenção calificar por santa a esta religiosa, nem dar lhe com este
obséquio, e acompanhamento culto e veneração da santidade conformandose nisto com os
decretos da Sé Apostólica; mas somente honrar a esta defunta dando graças a Dios
pela maravilha que nela obrara, e ordenou ao seu provisor, e vigário geral que de tudo fizesse
auto, e perguntasse testemunhos ad perpetuam rei memoriam para mostrar ao senhor arcebispo
primaz quando viene do norte, e dispor neste particular o que fosse mais ao serviço de Deus
Al gobernador de Filipinas para que observe en los nombramientos de generales y demás cabos. 1670, 1707.

Al gobernador de Filipinas que observe
en los nombramientos de generales
y demás cabos lo que le está
ordenado antes de ahora.
El rey= Maestro de campo Don Sabiniano
Manrique de Lara caballero de la orden
de Calatrava mi gobernador y capitán general
de estas islas Filipinas y presidente de
mi real audiencia de ellas o a la persona que
las gobernare, en memorial que Máxino Sola
de la compañía de Jesús ha presentado en mi consejo
real de las Indias ha representado los muchos
aprietos en que se hallan las dichas islas (de
donde ha venido por procurador general de ellas) nacidos
de diferentes causas, y entre ellos el faltar la gente
de guerra porqueja el año que pasan cien soldados
es grande el socorro, y que estos son muchos mestizos
y mulatos causando en esas islas desestimación
[entre] las naciones extrañas. Y que respecto
de esto se puede temer alguna pérdida y que si tienen
salida de esas islas después de haber militado
diez años, sería más fácil el conseguir
vaya gente de provecho y servicio para la milicia
y que mis virreyes de Nueva España siempre
que nombren generales, almirantes y otros
cabos sea con calidad de que residan en dichas
islas los dichos diez años. Suplicándome que
con atención a ello le haga merced de aplicar
a lo referido el remedio que más convenga.=
Y habiéndose visto en mi consejo real de las Indias
con lo que dijo mi fiscal de él, como quiera
que por cédula del día de la fecha de esta he mandado

a mi virrey de la Nueva España que la gente
que enviaré de milicia a las dichas islas
sea de las parte que se requieren para el uso
del arte militar y en el mayor número que
le fuere posible y que los gobernadores, almirantes
y generales y otros cabos que nombraré
para la carrera de esas islas sea con calidad,
de que residan en ellas por lo menos diez años.
Sin que con ningún pretexto se pueda dispensar
de que ha parecido avisaros y mandaros (como
lo hago) que por lo que a vos toca en el nombramiento
de los generales y otros cabos cumpláis y observáis lo que
os está ordenado por diversas cédulas que [s.e] ello
están despachadas sin que en ello os quede arbitrio
para dejarlo de ejecutar así que en ello me
serviréis. Hecha en Madrid a ocho de marzo de
mil seiscientos y sesenta años.= Yo el rey=
Por mandado del rey nuestro señor=
Juan de Zubiza= Al pie de esta real cédula
están cinco rúbricas al parecer son de
los señores del supremo consejo de las Indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy
actual de las reales galeras que su majestad (que
Dios guarde) tiene en estas islas para su guardia y
custodia, y escribano mayor en propiedad del cabildo
y ayuntamiento de esta nobilísima ciudad de Manila
y su diputación con voz y voto de privilegio en él,
en virtud de un acuerdo celebrado el día trece de agosto
del año pasado de mil setecientos y cinco por los
muy ilustres señores de ciudad que se halla a fojas
Al gobernador de Filipinas, que guarde y ejecute precisamente las cédulas aquí insertas acerca del repartimiento de las toneladas de los vecinos de aquellas islas. 1604, 1707.

+ 125
Al Gobernador de Filipinas
guarde y ejecute precisamente las cé-
dulas aquí insertas cerca del reparti-
miento de las toneladas de los vecinos
de aquellas islas.
El Rey: Don Sebastián Hurtado de Corcuera,
caballero de la Orden de Alcántara,
mi Gobernador y Capitán General de las islas Filipinas,
y Presidente de mi Audiencia Real de ellas,
yo mandé dar y di una mi cédula del [tenor] si-
guiente = El Rey. Por cuanto yo mande dar la cé-
dula y sobre cédula del [tenor] siguiente = El
Rey. Don Sebastián Hurtado de Corcuera, ca-
ballero de la Orden de Alcántara, mi Gobernador
y Capitán General de las Islas Filipinas y Pre-
sidente de mi Real Audiencia de ellas, encar-
ta que esa ciudad me escribió en veinte y siete de junio del año pasado de seiscientos y treinta y seis:
dice, que en las naos que salieron aquel
año para la Nueva España vendisteis por
mi cuenta alguna parte considerable de dichas
toneladas con ocasión de decir, que su poseído
era para el gasto que había causado el despacho
de dichas naos, siendo en perjuicio de la merced
que tengo hecha a los vecinos y si esto se con-
tinuase sería perder totalmente esas islas
por los inconvenientes, que de ellos resultan. =
Y habiéndose visto en mí Consejo real de las Indias
he tenido por bien de dar la presente
por la cual os mando, que precisamente guar-
déis lo que esta mandado con el repartimiento.

de dichas toneladas haciéndole en la forma
que se dice en las cédulas que en esta razón están
dadás pues mi voluntad, es que no se vendan
por que son a favor de los vecinos de esta ciudad
de Manila. [Dicha] en Madrid a dos de octubre de mil seiscientos y treinta y ocho años =
Yo el Rey = Por mandado del Rey nuestro señor
Don Gabriel Ocaña y Alarcón. = Y ahora
por parte de Don Juan Grau y Monfalcon, procurador
general de la dicha ciudad se me ha hecho relación
que atento que con mucho acuerdo esta dispuesto
y ordenado por muchas cédulas reales, que
el repartimiento del permiso de aquellas islas
se hagan en Manila por una junta de los ministros
que están señalados, y que estos sea observado
desde el año de seiscientos y cuatro, hasta el de
seiscientos y treinta y cinco, que el gobernador Don
Sebastián Hurtado de Corcuera reservo en si solo
el hacer como lo hizo el repartimiento al-
terando esta orden de que resulta que dar agraviados
los vecinos por no haber tenido parte en
lo que es merced y privilegio suyo sin que los
gobernadores tengan facultad, para quitarse
la ni impedírsela: suplemente fuese servido de
mandar que en conformidad y cumplimiento de
las cédulas, que están dadas se haga el dicho
repartimiento. = Y habiéndose visto en el
dicho mi consejo, he tenido por bien de dar
la presente. Por la cual mando al dicho

126
mí gobernador y a los que adelante le su se
dieren que guarden y cumplan y la hagan
guardar y cumplir la dicha mi carta aquí in-
serta y las cédulas que están dadas en razón
del repartimiento de las dichas toneladas sin
ir ni pasar contra su [señor] y forma en ma-
nera alguna. Fecha en Madrid a ocho de diciembre
de mil seiscientos y treinta y ocho años = Yo el Rey.
Por mandado del Rey nuestro Señor = Don Gabriel de Ocaña y Alarcón =
Y agora en capítulo de carta que la Ciudad de Manila me
escribió en dos de Agosto de seiscientos y treinta y ocho:
Dice, que por el tercer capítulo de la
que en veinte y siete de junio de seiscientos, y treinta y seis
me escribió se medio cuenta
de como por cédulas libradas por los reyes
mis señores padre y ágüelo (que santa gloria
hayan) y por mí se les hizo merced a los vecinos
de aquellas islas de diferentes gracias para
su mayor aumento y conservación, y que
una de ellas es que gocen de cuatro cientos tone-
ladas de carga en las dos naos, que por [quintaría]
navegan cada año a la Nueva España
disponiendo en ellas para que nadie
sea agraviado en esta merced la forma de su
repartimiento para su mayor justificación
y que sea y se haga por el gobernador, arzobispo,
oidor mas antiguo, dos regidores

es, y a los que adelante fueron de las dichas islas
Filipinas que guarden y cumplan y hagan
guardar y cumplir y ejecutar precisa e inviolablemente
la cédula y sobre cédula aquí insertas según
y como en ellas si contiene y declara
sin inovar alterar, ni remover en cosa alguna
lo que en ella se dispone y manda no
embargante cualquiera otra orden que haya que así
conviene a mí servicio. Y de lo contrario me
dare por de servido fecha en Madrid a
treinta de Septiembre de mil seiscientos y treinta y nueve
años = Yo el Rey. = Por
mandado del Rey nuestro señor = Don
Gabriel de Ocaña y Alarcón = Y ahora la
ciudad de Manila en carta de
veinte de Agosto de seiscientos y treinta y nueva me ha
representado, que habiendo se les despachado diferentes
cédulas para el cumplimiento y ejecución de la
merced que tienen los vecinos de ella de cuatro cientos
toneladas de carga en las naos, que por mí
quinta navegan cada año a la Nueva España
habíais intentado asentar una nueva imposición
en contravención de las cédulas que tienen
y perjuicio de esta merced obligando a los vecinos
de esta ciudad a que paguen en ella por vía de
[fletes] doscientos pesos de cada tonelada a título de
decir, que yo tengo mandado se sane en

cumplir y ejecutar precisa y
inviolablemente lo dispuesto en las cédulas que
aquí van incorporadas sin contra venir
ni interpretar su señor y forma en
manera alguna excusando que no necesitan
devolver a recurrir a mí consejo para
el cumplimiento de la merced que les tengo
hecha y me avisareis de haber lo hecho
ejecutar así para que yo tenga entendido
como sea cumplido lo que en esta
materia tantas veces tengo mandado. Dicha en
Madrid a once de diciembre de mil seiscientos y quarenta y un
años =
Yo el Rey = Por mandado de Rey
nuestro Señor = Juan Bautista Saenz Navarrete.=
Al pie de esta real cédula están dos rúbricas = Y atras
de esta dicha real cédula están
cinco rúbricas al parecer son de los
señores del Supremo Consejo de las Indias. ---
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galera que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia, y
escribano mayor en propiedad del Cabildo y Ayuntamiento
de esta Nobilísima Ciudad de Manila
y Su diputación con voz y voto de privilegio
en el, en virtud de un acuerdo celebrado el
Al gobernador de Filipinas encargándole la ejecución y cumplimiento de las cédulas que están dadas sobre el repartimiento y carga de los navíos entre los vecinos, para que se haga con igualdad. 1620, 1707.

Al gobernador de Filipinas encargándole
la ejecución y cumplimiento
de las cédulas que están dadas sobre
el repartimiento y carga de los navíos
entre los vecinos y se haga con igualdad
y justificación.
El rey= Mi gobernador y capitán
general de las islas Filipinas y presidente
de mi real audiencia de ellas, Don Juan
Grau y Monfalcón procurador general de esa
ciudad me ha hecho relación que yo tengo ordenado
por cédula de veintitrés de mayo de mil
seiscientos y veinte que esos vecinos se les reparta
la carga de los navíos con toda justificación
y que en contravención de lo dispuesto por ello,
los gobernadores han introducido dar parte de las
cargas a los marineros y gente de mar y guerra
hospitales y obras pías clérigos y criados
suyos, y así mismo a los oidores, fiscales,
y oficiales de mi real hacienda con que
no disminuido la merced que los tenía hecho
y que Don Juan Niño de Tabora intentó hacer
el dicho repartimiento tocándole a la ciudad y
no gozaron de esta gracia la gente más necesitada
y de obligaciones. Y suplicándome fuese servido
de mandar que se cumplan las que están dadas
pues esa ciudad me ha servido y sirve siempre
con el amor y celo, que sea experimentado.
Y últimamente sin embargo, de las
pérdidas que tuvieron en la capitana que se fue
a pique en ese puerto me hizo un donativo de
cuatro mil ducados y que siempre, que se hubiese

de hacer este repartimiento sea con intervención
de mi gobernador y parecer de la ciudad
con que se evita la queja y desconsuelo que
hay entre ellos. Y habiéndose visto en mi consejo
real de las Indias ha parecido ordenaros
y mandaros como os lo ordeno y mando que
guardéis y cumpláis y hagáis guardar y cumplir
lo que en razón de lo sobre dicho está
dispuesto por cédulas y ordenes que están dadas
pues veis cuán justo es dar entero satisfacción
a las partes y que sea de manera que estos repartimientos
se hagan con toda igualdad y
justificación evitando las diferencias y quejas
que pudiera haber por esta causa si se diese
lugar a lo contrario. Hecha en Madrid a diez de
marzo de mil seiscientos y cuatro años.=
Yo el rey= Por mandado del rey
nuestro señor.= Don Gabriel de Ocaña
y Alarcón.= Al pie de esta real cédula
está una rúbrica; y atrás de esta dicha
real cédula están seis rúbricas al parecer
son de los señores del supremo consejo
de las Indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia y
escribano mayor en propiedad del cabildo y
ayuntamiento de esta nobilísima ciudad de Manila
y su diputación con voz y voto de privilegio en
Al gobernador de Filipinas sobre que informe acerca de la merced que se ha hecho a los vecinos de Manila en cuanto a la carga de las naos porque la gente de mar participa en el daño de dichos vecinos. 1632, 1707.

Al gobernador de Filipinas
sobre que informe cerca de la merced
que vuestra merced tiene hecho a los vecinos
de aquella ciudad de la carga
de las naos que de pocos años a esta
parte participa de él [en] la gente de
mar en daño y perjuicio de los
dichos vecinos y contra órdenes
de vuestra merced.
El rey: Don Juan Niño de
Tabora, de mi consejo de guerra, mi gobernador
y capitán general de las islas Filipinas
y presidente de mi audiencia real
que reside en ellas; por parte de esa ciudad,
se me ha hecho relación que de la carga de
las naos está hecha merced a los vecinos
de ella, y se les hace repartimiento cada año
con vuestra intervención, y un oidor
y fiscal de la audiencia y oficiales de mi real
hacienda. Y que sin tocarles a la gente de mar
de este repartimiento de algunos años a esta parte,
se les ha hecho gracia de que gocen de ello
como si fueran vecinos, dándoles a cada uno
dos piezas. Las cuales acomodan con las personas
que mejor solo pagan, de que se les sigue
mucho interés. Y como de algunos años
a esta parte ha venido a menos el comercio de la
China, se ha estrechado también el trato y
no se hace empleo de consideración, y que
habiendo acudido a vos y a vuestros antecesores
a manifestarlo, habéis obligado a los dichos

de mil seiscientos y treinta y dos años.
Yo el rey. Por mandado del rey
nuestro señor, Don Fernando Ruiz de
Contreras. Al pie de esta real cédula
están seis rúbricas. Al parecer son
de los señores del supremo consejo de
las Indias.
Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia, y escribano
mayor en propiedad del cabildo y ayuntamiento
de esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación con
voz y voto de privilegio en él, en virtud de un acuerdo
celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores
de ciudad, que se halla a fojas sesenta y cuatro
a sesenta y cinco de libro número treinta y siete,
hice sacar y saqué este traslado de la real
cédula arriba inserta (hice sacar y saqué
este traslado digo) que está en el libro tercero de cédulas
reales en el archivo de mi cargo, y va cierto y
verdadero, corregido y concertado con su original
en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo testigos
Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado y Pascual
Casinag, presentes a ocho de enero de este presente año de mil
setecientos y siete.
Index for Libro número 16 de cédulas reales recibidas por Don Fausto Cruzat y Góngora, desde el año de 1694 hasta 1696.

a los Griegos pedir limosnas en ellas. Hoja 209.
-Otra, declarando lo que se [ha] de observar en los [ínterins] de las
doctrinas que [vacaren] por muerte de los Ministros [doctrineros]. Hoja 211.
-Otra, avisando la reforma de los Ministros que se [ha resuelto] para que se
ponga en práctica en estas Islas. Hoja 214.
-Otra sobre la prorrogación de cinco años de las [sada] eclesiástica. Hoja 223.
-Otra para que en las encomiendas que se [proveyeren ] no se exprese que las
gozen entrando en religión. Hoja 230.
-Otra para que se observe la ley de la recopilación hoja cita
para que las ciudades [villas] y universidades no [..bien]
Procuradores a estos Reynos. Hoja 232.
-Otra, avisando el papel blanco y sellos que se remiten. Hoja 234.
-Otra avisando lo que se escribe a los Provinciales de las Reli-
giones [escribano ]que se [...vian] por Religiosos a los naturales. Hoja 263.
-Otra noticiando algunas Providencias que se enviaron
a estas Islas por lo que toca a lo eclesiástico. Hoja 265 a 266,
-Otra [de] que no se permita salir de estas Islas a los oidores
y fiscal hasta nueva orden. Hoja 267.
-Otra sobre dos puntos que sean de ejecutar tocantes a las
doctrinas de estas Islas. Hoja 269 a 270.
-Otra avisando lo que se encarga al Arzobispo de la [posesión ]
de diferentes prebendas. Hoja 272.
-Otra avisando se haga comisión a Don Bernardino de
Valdés para poner cobro en lo que se está debiendo a la Real
Hacienda por razón de compras y ventas y para la composición
de tierras. Hoja 274 a 275.
-Otra participando lo que se ha de observar en las [armadas]

-Otra sobre el despojo que hizo el Virrey de la Nueva
España del Generalato de la Nao a Don Francisco Arcocha.
Hoja 317.
-Otra aprobado haber echado al traves al galeón Santo Niño.
Hoja 320.
-Otra para que los Presidentes, Audiencias, fiscales, Gobernadores
y Corregidores cumplan las cédulas insertas sobre la libertad
[alivio] y buen tratamiento de los Indios. Hoja 323 a 326.
-Otra avisando la resolución que se ha tomado de descontar la
tercera parte de[ viajes] a todos los Ministros a lo que sobre
esto se ordena a Virrey de la Nueva España. Hoja 332.
-Otra para que pide un donativo gracioso a los vasallos de estas
Islas para socorro de las urgentes necesidades. Hoja 353 a 354.
-Otra encargándola que del primero de enero de 1692
se haga enterar a los encomenderos lo procedido a sus ventas
sin descuento alguno. Hoja 365 a 366.
-Otra dando gracias por la fundación de dos piezas de artillería
y fábrica de arcabuces. Hoja 369.
-Otra para que se observe la práctica de [asistir] la audiencia
solamente a los fiestas de tabla sin introducirse a otras que
no lo son. Hoja 372.
-Otra respuesta de carta sobre la ejecución de la cédula a-cerca
de las doctrinas de los Sambales. Hoja 375.
-Otra respondiendo a nueve cartas y aprobando lo que en ellas
se avisó haber ejecutado. Hoja 377 a 378.
-Otra respuesta a una carta sobre el estado de la [cristiandad]
de la China. Hoja 382.
-Otra aprobando lo obrado para ocurrir a los recelos que se [tuvo]
de querer los enemigos introducir comercio en Mindanao. Hoja 389.

-Otra aprobando lo obrado en fábrica de un galeón.
Hoja 388 a 389.
-Otra avisando el recibo de nueve cartas encaminadas
por vía del norte. Hoja 390.
-Otra aprobando la posesión que se dio a Francisco [S ] -a-
mudio del pueblo [de Finalmot] y que se ejecute lo que a-
cerca de ello se ordena. Hoja 393 a 395.
-Otra dando gracias por haber enviado al puerto de Batavia
por anclas de hierro para los galeones que van a la Nueva Es
paña. Hoja 401.
-Otra para que los Virreyes, Presidente, Gobernadores y O-
ficiales reales dispongan el cumplimiento de lo que se ha re-
suelto acerca de no abonar a los provistos en empleos de
Indias el salario para el viaje. Hoja 404.
-Otra para que no se impida el curso de los negocios tocantes a
lo que el fisco de la Santa Cruzada hubiere de haber. Hoja 406.
-Otra ordenando se descuente el año de 95 a todos los Ministros
que gozaren de casa de aposento. Hoja 407.
Copia de la real cédula presentada por parte del Monasterio
de Santa Clara en que se encarga se les socorro con alguna li-
mosnas de los que estuvieren a [disposición] de este gobierno.
Hoja 412.
-Otra copia de dos reales cédulas en que Señor Ministro reserva [de ]
polos y servicios personales a los indios [síndicos ]de San
Francisco y a los celadores que dicha religion tuviere du-
rante sus oficios los cuales [presenta] el Procurador General
de dicha religion. De hoja 413 a 421.
-Otra para que en todas las Indias se pueda pedir limosnas
por tiempo de seis años para la beatifacación y canonización
Index for Cedulario número 31 de los años de 1750, 51 y 52.

Índice de las reales cédulas que contiene es-
te cedulario-
-Real Cédula fecha en San Lorenzo a 26
de octubre de 1750. Para que en las pro-
vincias de la Nueva España no se paguen
sueldos de los consignados en penas de cá-
mara. Hoja 1 a 47.
-Otra fecha en San Lorenzo a 18 de octubre
de 1750. Para que el Virrey de la Nueva
España, y demás Ministros Reales ejecuten
lo que se manda sobre extraer de los sagra-
dos a los delincuentes que cometieren ho-
micidios y otros crimines. Hoja 48 a 56.
-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de febrero
de 1750. Para que se ponga en posesión
a esta ciudad de Manila del oficio de alférez
real de ella. Hoja 57 a 67.
-Otra fecha en Buen Retiro a 24 de septiem-
bre de 1750. Para que en las provincias
de Nueva España se cumpla lo resuelto
en punto de que se tengan por libres los [extran]

[jeros] esclavos que se tuviesen a ellas con el
fin de abrazar nuestra santa fe. Hoja 68 a 73.
-Otra fecha en San Lorenzo a 18 de octubre
de 1750. Para que el Virrey del Nueva Es-
paña y los Gobernadores de aquella provincia
tragan cumplir lo mandado por leyes del
tiempo que deben permanecer en las Indias
los mercaderes casados. Hoja 74 a 77.
-Otra fecha en San Lorenzo a 26 de octubre
de 1750. Para que el Virrey de Nueva España,
las Audiencias, Gobernadores, Oficiales Reales, Ar-
zobispos, Obispos y demás cumplan la ley
sobre no dan posesiónes de prebendas eclesiás-
ticas sin reales presentaciones originales.
Hoja 78 a 80.
-Otra fecha en Buen Retiro a 6 de Marzo de 1750
en que Su Majestad previene se observe y cumpla
lo dispuesto y mandado por leyes reales [y] cé-
dulas sobre la prohibición del [pace ]y residencia
de los extranjeros. Hoja 81 a 98.
-Otra fecha en San Lorenzo a 18 de octubre de 1750.
Sobre que participa el desposorio de la serenís-
sima Señora Infanta de España con el se-
reníssimo Duque de Saboya. Hoja 99 a 105.
-Otra fecha en Buen Retiro a primero de septiembre de

1751 en que se le concede facultad al Gobernador de estas
Islas para arreglar los gastos de la real hacienda. Hoja 106 a 109.
-Otra fecha en Madrid a 5 de Marzo de 1751
en que previene de este gobierno se observen las leyes
que prohiben el commercio con los extranjeros. Hoja 112
a 120.
-Carta orden librada por el Excelentísimo Señor Marqués
de la Ensenada fecha en Aranjuez a 11 de mayo
de 1750. Sobre que Sebastián Fabián sea relevado
de tributos polos y servicios personales. Hoja 121 a 124.
-Real Cédula fecha en Buen Retiro a 17 de julio de
1751. De la resolución tomada en punto de gé-
neros que en adelante se han de poder repartir
a los indios para los [Corregidores] y [Alcaldes mayores] y estable-
cido el modo con que se ha de ejecutar. Hoja 125
a 182.
-Una orden de Excelentísimo Señor Marqués de la Ense-
nada fecha en Aranjuez a 12 de mayo de
1751. Para que todo el alcanze de cualquiera
soldado que desertare lo pierda como el de [la]
muere [a favor] de los herederos. Hoja 183 a 191.
-Otra con fecha en Aranjuez a 16 de junio de
1751. En que se manda no se admita por dicho de
tanteo a sus reales rentas a las ciudades [villa]
y partidos en los Reynos de [America] con lo

demás que incluye. Hoja 192 a 207.
-Reales Cédulas sobre el establecimiento de la adminis-
tración en estas Islas de la Bula de la santa
cruzada areglado a los pontificios que incluye
y otros despachos inclusos varios expedientes
anexos seguidos por el tesorero y [otros admi]-
nistros de cruzada. De hoja 208 a 350.
-Real Cédula fecha en Aranjuez a 12 de mayo de 1751
en que se previene al Gobernador de estas Islas que si algun
comisario de cruzada [se escusase o anduviese] [omiso]
en el cumplimento de su encargo lo avise a el Virrey
de México. Hoja 351 a 353.
-Otra fecha en Buen Retiro a primero de septiembre de 1751 sobre el repartimiento de bole-
tas con las [razones ] [intruetivas] y fundamientos tales [se redis]-
tribuyeron. Hoja 354 a 358.
-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de septiembre de 1751 en que aprueba la
determinación tomada en junta de hacienda sobre admi-
tir al bachiller Magestad de la Torre la proposición que hizo sobre el
Hospital Real de dar las medicinas al galeón. Hoja 359 a 360.
-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de septiembre de1751 en que ordena se
observe lo que esta mandado [modernamente] acerca de los
privilegios que [acuengozan] en las Indias los sujetos ejer-
cen los oficiales de tesoreros de cruzada. Hoja 361: a 363:
-Otra fecha en Buen Retiro a 16 de septiembre de 1751 en que
avisa haberse recibido la carta que dió cuenta es-
te gobierno de los Indios infieles que [quedaran] y a

viaje a Acapulco, lo que práctico para la defen-
sa de esta ciudad. Hoja 508 a 509.
-Otra fecha en Aranjuez a 2 de mayo de 1752 en que a-
visa el recibo de la carta y [avisos] de haber decla-
rado [para el cobre allpial] y oficiales del [ pátron ]Santo
Domingo sobre la [arrienda]. Hoja 510 a 513.
-Otra fecha en Buen Retiro a 8 de diciembre de 1751 en que or-
dena a los Virreyes, Presidentes y Gobernadores de las Indias
[contra asunto] del breve ultimamente com-
pendio por su santidad , prorrogando por otros
cinco años el [derecho] de la[ mesada] eclesiástica
Hoja 514 a 521.
-Otra fecha en Buen Retiro a 4 de abril de 1752
en que aprueba el gasto de [300 pesos] que hizo la
embarcación que [envió] a Macao [aconduzco]
[vino] para celebrar el santo sacrificio de la
misa. Hoja 522 a 524.
-Otra fecha en Aranjuez a 12 de mayo de
1751 sobre el arreglo para la cobran

relevado de tributos, polos, y servicios personales
por toda su vida a Sebastián Fabian. En 4 hojas
utiles.
4-Diligencias prácticadas en virtud de real cédula sobre es-
tablecerse el comercio de los alcaldes mayores de estas provincias
sujetos a pagar la real [alcavada] de los efectos, y
demás que contrataren en ellas arreglado de sus respectivos
aranceles. En 58 hojas utiles.
5-Diligencias prácticadas en virtud de real orden para
que en el caso de que los soldados deserten o hagan
ausencias sin licencia de su compañías no se [apro]
[prion] los Capitanes, ni otro oficial sus devengados
y se [introduzcan] en las reales cajas. En 9 hojas utiles.
6-Diligencias prácticadas en virtud de real orden
sobre que no se domitan por derecho de tanteo a sus
reales rentas a las ciudades, villas y partidos de los
Reynos de America. En [16 ]hojas utiles.
7-Diligencias prácticadas en virtud de reales despachos en que
se [servio] Su Majestad nombrarle, y a sus subcessores por
Superintendente General y Privativo del importe del
producto de la Santa Bulla, y de todas las demás
gracias comprehendidas, y [arenas] en ella en toda esta
jurisdicción pare que se empleen en los santos fi
nes deprimidos en el breve de su santidad. En
137 hojas utiles.
8-Diligencias prácticadas en virtud de real cédulas
para que en el caso de que el comisario subdelegado [principal]

del patache nombrado Santo Domingo por
no haber sido maliciosa la arribada que
hicieron y previniéndole lo que en el se
expresa. Hojas 3 de hojas 152 a 154.
Madrid 20 de mayo de 1752
[[Firma: Joseph Jorge de Goyeneche ]]
[Margen izquierda] {25}-Real cédual enq ue su [U. Gobernador] manda a los Virreyes, Presidentes,
Gobernadores, ye corregidores de las Indias e Islas Fi
lipinas y de Barlovento contra asunto del breve ul-
timamente expedido por su santidad prorrogando para
otros cinco años el derecho de [mesada] eclesiástica para
que se cobre en aquellos dominios en... Hoja 8 utiles de hoja 155 a 162.
[Margen izquierda] {26}-Real cédula expedida por la via reservada en que su Majestad aprueba el gasto de trescientos pesos que hizo la
embarcarción que envió a Macao [a conducir vino]
para celebrar el santo sacrificio de la misa. En hojas 3 de hoja 163 a 165.
[Margen izquierda] {27}-Título o real cédula de merced de comisario principal
y Diocesana de la Santa Cruzada al Director Don Juan Bernar-
do Sánchez de Quiros, Chantre de esta Santa Igle-
sia Catedral para la via reservada. En hojas 17 de hoja 166 a 172.
[Margen izquierda] {28}-Instrucción por la misma via reservada al señor

superintendente Gobernador de estas Islas sobre el
modo del manejo recaudación y distribución de
la bula de la santa cruzada. En hojas 11 de hoja 173 a 183.
[Margen izquierda] {29}-Traducción del breve su santidad en asunto al
nuevo establecimiento de la bula de la santa cruzada
y su superintendencia en esta Islas. En hojas 5 de hoja 184 a 188.
[Margen izquierda] {30-no está [entregada]}-Otra cédula de la via reservada en que su M. G.
manda a los Presidentes y demás Justicias de los do-
minios de America, cumplan lo que los Virreyes
de recaudar los caudales de cruzada. En hoja 1 de hoja 189.
[[Firma: Figueroa]]
Documents pertaining to Bandalas issued in the Bikol region (1707-1713)

Certifico yo Fr. Joseph Gómez ministro de los pueblos
de Camarines y Guinobatan como hoy dia treinta de
noviembre de mil setecientos y quatro se publicó un orden
del superior gobierno fecha en Manila en veinte y tres de
agosto de dicho año de 1704 en que manda el señor
gobernador se haga la compra de dos mil gantas de aciete
de coco a medio real la ganta; y de quatro mil chinantas
de abacá a dos reales la chinanta para el avío del
galeón que ha de salir para los reynos de nueva españa
y habiéndose publicado dicho orden y fijado en los tribunales
de dichos pueblos dí esta certificación en dicho dia mes y año
etcétera.
Carta de Fray Joseph Navarro a Fray Francisco de Zamora, Cantón, 28 de diciembre de 1698

Muy reverendo padre nuestro Fray Francisco Zamora
Provincial [provincia] Santísimo Nombre Jesús
Pax Christi
Fuera faltar a mi grande obligación en las circunstancias
presentes él no congratularme con vuestro padre muy reverendo
en la [hacostadill.a] elección que la silla apostólica ha hecho en la
muy religiosa persona del muy reverendo padre nuestro Fray Álvaro de
Benavente a la dignidad de obispo de Ascalon [conde]
y vicario apostólico de la provincia de Kiang Sy en este imperio
de la gran China. Pues, sobre los motivos particulares
que a dicho ilustrísimo señor y a esta su santa misión debemos entrar
los motivos generales de la major gloria del [gran]
utilidad de estas misiones y mayores los escritos de esa ilustrísima
provincia. Por tantos pues justificados motivos doy por esta
a vuestro padre muy reverendo los parabienes y a toda esa santa provincia de comunicarnos
a los que por acá estamos fatigados entre los sudores
de tantas zozobras el gran consuelo que todos esperamos
con la llegada de dicho ilustrísimo señor. Y este es mi corto sentir a
una carta larga de nuestro muy reverendo padre Fray Álvaro en que a todos los
agustinos y franciscanos que por acá residimos nos pide nuestro parecer
sobre su indiferencia en que se halla. Pues reconozco que al
hacer tránsito su señoría ilustrísima por estas partes ha de ser de mucha
monta, así para la paz y concordia de tantas naciones, como
al presente se hallan e introducen en estas misiones
como para asilo y resguardo nuestro en esta provincia de Cantón
y obispado del señor Macaense, que pretende en todos los que
residimos en este su obispado la omnímoda superior como
aun durando el litigio de los vicarios apostólicos lo hemos experimentado.
Cuanto pues más al presente que ya consta son excluidos,
se debe demás el ejecutar los que tantos años [a pretende]
y que proceda con censuras contra los ministros como
nos consta que [aduch] durando dicho litigio. ¿Lo tenía determinado
ejecutar aunque no lo ejecutó por entonces? Por lo
tanto espero que con la llegada de su señoría ilustrísima y las informas
se ha de moderar dicho señor Macaense y finalmente tendremos
donde recurrir en nuestros ahogos. Y juntamente residiendo
acá su señoría ilustrísima serán de gran monta sus informes así para
la silla apostólica, como para la majestad católica de nuestro rey y para
esas islas. Que según por acá se discurre a vista de una nave
de guerra que este año [y es] por octubre llegó venida de Francia
por orden del rey [expansísimo] con 22 padres franceses que