española
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- española
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- People -- Ethnicity
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- https://fromthepage.com/1762archive/a-digital-repatriation-of-a-lost-archive-of-the-spanish-pacific-the-library-of-the-convent-of-san-pablo-manila-1762/article/32146074
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- española
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- 32146074
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Found 13 Instances of "española" on 10 Pages
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Acosta, de drogas: 1
Cedillo, Arte de navegar: 1
Bayri, Venimecum: 1
Borres, Examen de cirujanos: 1
Bellum Bataborum: 1
Rodríguez, 4 libros japones y 1 chino: 5
Lopez, Medicina: 1
Sigüenza, Libro astronomico: 1
Estante 7
Spigelio, Anotomia general: 1 tomo
Fontana, Fabricas de Roma: 1
Rubeus, de Templis Roma: 1
Castillo, Lepicon: 1
Cesario, Astronomico: 1
Atlas Theatro del mundo: 7
Phisica manuscripta: 1
Ortiz, Vocabul., arte, y mists en tagalo: 11
Santos, Vocabulario tagalo: 1
Bergano, Vocab. y Arte pamp: 2
Mentrida, Vocab. visaya: 1
Blarmino en Ilocos: 1
Sanchez, Vocabul. visaya: 1
Fero, Gramatica italiana y francesa: 1
Florentino, Gram. italiana y española: 1
Vivis, de gram.: 1

F
Fabii, Manipulus exemplorum. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Fachino, Opus Controversiarum. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 6 (5)}
Fagnano, in Decretables. {6 Tomos. Cajón 10 (7), estante 3}
Fallentiae regular juris. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 4}
Farinacii, Declarat.s sacri concilii. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 4}
Fajardo, Corona gótica. [(3)] {1 Tomo. Cajón 7 (6), estante 2}
Felino, in Decret. {3 Tomos. Cajón 10 (7), estante 2 (1)}
Feo, Tratado de las Vidas de los Santos. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 1}
Fernandez, Alma instruida. { 2 Tomos. Cajón 12 (4), estante 3}
Fernandez, Demostraciones católicas. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3}
Fernandez, Milagros del Rosario. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Fero, Gramática italiana y francesa. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 7 (5)}
Ferrario, Epitome geográfico. {1 Tomo. Cajón 6 (14), estante 6 (3)}
Fiestas de San Francisco Regis en Manila.{ 1 Tomo. Cajón 9 (16), estante 3 (2) (4)}
Fiestas de San Juan de la Cruz. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 3}
Fiestas Reales de Manila. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 5 (4) (2)}
Figueroa, Templo militante. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 2 (3)}
Figuera, Summa espiritual. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (5)}
Filguera, Censura pontificia. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Fero, Opera. {5 Tomos. Cajón 3, estante 6 (4)}
Filguera, Lucerna decretal. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5 (4)}
Fiol, Razones para convencer al pecador. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (5)}
Filutio, Opera et comped. { 3 Tomos. Cajón 5 (8), estante 2 (1)}
Fiorentino, Gramática italiana y española. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 7 (4)}
Flaminius, in Psalmos. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Flosculum Bibliorum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Flores, Cursus theolog.es. {4 Tomos. Cajón 4 (9), estante 6 (4)}
Flores, de Inelito agone. {1 Tomo. Cajón 3, estante 4 (3)}
Flores, Sancta Sanctorum Patrum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Florencia, Historia de Nuestra Señora de Loreto. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6}
Florencia marial. {2 Tomos. Cajón 9 (11), estante 1}

Dia 22 de Julio de 1759 dio Nuestro Padre M.e P. Fray Pedro Velasco
un Breviario Romano en folio = Tonti sermones dos
tomos = Palavicino Historia del concilio tridentino
tres dos tomos = Raulin Historia Malabarica un tomo =
Concilio Romano un tomo = Girolamo Cepi Vida
de San Nicolas = Orgio Historia de Nuestro Padre del Buen
Consejo = El decimotercio tomo de Flores = Ítem medalla
Española dos tomos del mismo Flores = Mascabrone
[asi lo ]Cristiano un tomo = Lovada Privilegios de Indias de los Regulares
un tomo = Olloa víaje de la América cinco tomos =
Bautista Completar de la vida de Cristo un tomo = Durango
vida del cielo un tomo = Amor Teología seis tomos =
Soler jurisdicione eclesiástica y secular dos 2tomos= Ribera
Apología un tomo= Benedito 12 el cuarto tomo de
Bulario = un tomo de Bulario aditamento de bino =
fuele theologia dos tomos = Ferraris
Biblioteca ocho tomos= [ Purcho ]Filosofía ocho
cinco tomos = Beati dos tomos disertaciónes y
una de gestis Divi Agustini = Sandini cinco tomos =
Al Virrey de la Nueva España que dé las órdenes que convengan para que vengan a estas islas médicos, letrados y escribanos. 1660, 1705

{Al margen derecho: Al virrey de la Nueva España que dé las ordenes que convengan para que vengan a estas islas, médicos, letrados, y escribanos.}
El Rey = Marqués de Leyva y del Adrada
conde de Baños pariente a quien he proveído por mi
virrey gobernador y capitán general de la Nueva
España, y presidente de mi real audiencia de
ella, o a la persona, o personas que la gobernare
en memorial que ha presentado en mi consejo real
de las indias: Máxino Sola de la Compañía
de Jesús ha [representado] entre otras cosas la
mucha falta que hay en las islas Filipinas,
de donde ha venido por procurador
general de ellas, de médicos, letrados, y escribanos
entendidos en su facultad. Pues por la
falta de ellos se hacen yerros y nulidades
en los pleitos y negocios de importancias.
Y que por no haber escribanos reales, hallan
en esa Nueva España dificultades en las escrituras
que de allá vienen. Y aunque de esto se
siente mucha falta, mayor es la que hay de
médicos. Pues es bien de reparar que en su viaje
tan dilatado y peligroso, [se] embarque tanta
gente sin médico que en las enfermedades
sepa aplicar algún remedio. Y que los presidios
de Terrenate y [Zamboanga] con
tanta infantería española estén sin
un médico o cirujano que siquiera sirva
de consuelo a los enfermos. Y que
en la ciudad de Manila algo suplen los chinos,
pero es poco y con poco seguridad de los enfermos.
Sobre las mentiras de Don Juan de Rosales, escrito por el General Don Franco de Figueroa

a ver si a cierto cuidado no nos cojan. Diréis no
gobierna lo militar el Señor Coloma, aunque firma
primero y es más antiguo, porque el padre
comisario pidió a Don Juan Manuel no gobernase.
Juan, como mentís tanto, juzgo no han de creer
que el padre comisario tal mandase. Porque si no ha estado
impedida la persona, no lo ha estado como lo puede
estar en el ejercicio y beneficio a ella.
Anexo por cédula de su merced. Segundo,
si no queda impedido para el gobierno político
que es más, como para lo militar que es menos,
ni digáis que del militar se podía recelar
peligro, lo uno porque de armas españolas
nunca se recela peligro en lo católico y
sagrado, lo otro porque esas armas estaban y
están siempre sujetas al gobierno superior
político. Y quedando el Señor Coloma
por gobernador superior a ellas, siempre
quedaba a su mandado. Veis como por todas
partes estáis cogido.
Pero quiero daros de barato que no lo estéis
y que el Señor Coloma pase por impedido con que
lo está el Señor Mansilla. Tenéis por hay otro
auto que fingir del padre comisario porque si no, por
Dios, que ha de ir allá otro argumento cornudo, y es
Fragmento prohibiendo que los indios se vistan de seda

[En margen izquierda]
Vestidos de indios.
Que se les quite a los indios el vestirse
de sedas. Sólo los que [habien] sido capitanes
de infantería de ternate o alférez
allá se puedan vestir a la española,
para que puedan gastar los vestidos que
tienen. Se les da seis meses de termino [a]
hombres como mujeres. Y que esto no [contienda]
con los que [fuesen] [de] casa del con
españoles.
Carta del Padre Marcelo Francisco Mastrilli, sobre la conquista de Mindanao. Taytay, 1637

con estos fervores, y con tan buena disposición partieron los champanes a la vuelta
de Mindanao que estaba unas sesenta leguas de Zamboanga a y a cuatro partimos con su señoría los de mas en once caracoas
Toda la gente que se embarco fueron cuatro Compañías tres españolas
y una de Pampangos. La compañía de su señoría tenia cierto y
cincuenta soldados; la de Nicolas Gonzales cierto, y otros tantos La
de Ugalde de los Marineros y del Maestre de campo de los Pam-
pangos. No quiero dejar [eferivir] lo que pasó el Martes, que que par-
tieron los champanes de sea vamos todos que su señoría no partiese
hasta el Sábado por ver si llegaban entre tanto los Indios aventu-
reros; pero no quise pedirse lo antes de haberlo encomendado a Dios.
Rogase al de Othon que dijese la misa Javier
a mi intención; yo también la dije. Luego nos recogimos en un
Aposento, y después de competente oración abrió su [R.] el librillo
de las Carta del S. que yo tengo por Un día [Rotero], señalar-
do antes la parte que se habían de leer; y vinieron esta pala-
bras. Muchas veces [...] [...] [...] parecer [...] mejor;
con todo esto habemos de dejar las cosas a quien las gobiernas
seguiremos acertar. Vista tan claramente la voluntad del
santo ni por imaginación quise hablar mas del negocio con su
señoría y verdaderamente todo fue guiado del cielo por darle la
Victoria dar grandiosa que tuvo para confusion de los moros, y desen-
gaño de los indios, que bien saber pueden los españoles pelear
en sus mismas tierras sin ellos cuando quieren.
En el golfo de la Silanga tuvimos una mala peligrosa tor-
menta, de la cual con reliquias y con juros. como de cosas eviden-
temente trazados del demonio nos libramos Aqui [q.do] Nico-
las Gonzalez con ocho caracoas a remocar Los champanes por
la Silanga que es un estrecho de mar de dos leguas entre la
Isla Grande de Mindanao, y otro Isleta y su señoría con cuatro
de las paso apunta de flechas, así llamada por el rito y superstición
Sentencia contra Manuel Estacio Venegas, sargento mayor. 1654

SENTENCIA DE MANUEL ESTACIO.
A
VISTO ESTE PROCESSO.
Fallo a Tento a Los Autos y meritos del que por las culpas que resultan con-
tra Manuel Estacio Venegas Sargento Mayor Governador y Maestre de Campo que fue
En interin dos veces del tercio de infanteria Española de estas yslas y castellano
del Castillo de Sanctiago de esta Ciudad, que la debo sentenciar sentencio y
termino en la forma y manera siguiente --
1. En quanto al primer cargo que se le hizo sobre a ver seledado y he-
cho merced delas encomiendas delos pueblos de Sogor y Cabalian
en las Provincias de Leite y en el pueblo de Ynatilan en Zebu de que
hizo delacion por conseguir como conseguio. La demendero y pose y en
de la boluio a hazer delacion por que se le encomendase como se le
comendo la dela Laguna de Hanaguan que actualmente goca y
possee. En contra vencion delas Reales Cedulas de veinte y ocho
de octubre de quinientos y cinquenta y dos y de doce de diziembre
de seis cientos y dies y nueve de ser como era El dho. Manuel Esta-
cio familiar allegado, unico privado y poderoso valido del señor
Don Diego Faxardo Governador press.de y cap. General que entonces e-
ra de estas Yslas y consequente mente incapas e inabil de
obtener dhas. encomiendas y assi mismo a ver las conseguido p.r
subrepcion y obrepcion de falcas relaciones e informaciones de ser-
vicios supuestos y fingidos induciendo para su provença testigos,
con su mucho poder y valimiento a que jurassen y depuciessen lo
que no sabian ni abia passado en hecho de verdad. Cerca de los me-
ritos, que articulo y provole devo declarar y declaro por incapaz
e inabil de aver obtenido y poder obtener las dhas. encomiendas
y en su consequencia le pribo dela que actualmente possee y le
condeno a que restituya luego a la Real Casa y Hacienda de Su Ma-
gestad todos los frutos que hubiere persebido de todas las dhas. enco-
miendas desde el dia que empezo a goçar, y poseer la primera has-
ta en el que se mandaron detener y depositaren la dha. Real Casas
y mando que los Jueçes officiales Reales de esta Corte asusten
lo que an importado liquidamente los dhos. fructos, y su valor
desde el tiempo referido y con el quatro tanto en que demas desto
declaro a ver yncurrido se cobre de los vienes embargados, y se
crestados del dho. Manuel Estacio y se entere en la dha. Real
Casa desde luego incorporo la dha encomienda dela Laguna
Levantamiento de Ilocos y Pangasinan

Respondió [que] no sentía tal y que solo había traído a la memoria
las mismas razones para que no debía dejar su
obispado. Vino el padre visitador de Vigan y trató de
[embarcarse] con el padre Fray Antonio y Fray Luis, si bien ningún
gustaba de ir con él, que antes querían pasar a Cagayan,
o arriba como después lo hizo el padre Fray Antonio que a Fray Luis
no se lo consentiría por no ir solo en el sampán. Y me
dijo, «¿Cuándo se embarcó vuestra reverencia?». Le respondí que, «nunca si la
obediencia no me obligaba, pues yo se lo mando a vuestra reverencia en
virtud de santa obediencia». Dijo el padre visitador a que baje
la cabeza y dije «ahora sí». Estaba allí el padre Fray Gonzalo (que
si va a decir verdad, él [solo], el padre difunto Fray Joseph Arias
y yo éramos los más fijos en esta opinión, aunque él fue
más dichoso, que lo cumplió mejor muriendo por esta causa). Y
dije al padre visitador, «Mira vuestra reverencia lo que hace». Tomé entonces la
mano y le dije que era de gran inconveniente el desamparar
todos la [provincia], y que pues el padre prior de Batac, padre Fray Cosme
y yo nos queríamos quedar, [que] nos dejase. En fin, dijo que sí, pero
que si el señor obispo se embarcase, no nos quedásemos. Dijimos
que sí y añadió [que] le persuadiésemos a embarcarnos como
él lo hacía. Cierto que esta diligencia del padre visitador que fuera
muy acepta a Dios si en un sampán [que] mandara, se embarcaran
todas las españolas, y que el otro sampán estuviera
prevenido para los españoles cuando no pudieran
resistir en Agayayos. Pero no había de haber sacado de allí
el alcalde hasta la forzosa, pues había caballos y [modo]
o que en la fuerza que decía [que] se defendiesen como se lo dije y
a él que solo en esto había faltado o errado tocarse a la guerra.
Dejó los religiosos aparte y me respondió [que] era ese su
intento, pero que los indios no acabaron la fuerza y que dejaron
luego a Agayayos. [Dígalo] por qué él les [mucho] matalotaje.
Él lo dispuso todo y lo trabajó todo, aunque al
alcalde le ha salido muy caro, pues perdió su reputación.