Aragón
- Title
- Aragón
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- Places -- Spain -- Places
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- https://fromthepage.com/1762archive/a-digital-repatriation-of-a-lost-archive-of-the-spanish-pacific-the-library-of-the-convent-of-san-pablo-manila-1762/article/32077608
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- Aragón
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Location of Aragón
Found 15 Instances of "Aragón" on 12 Pages
Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

fue el señor don Fray Álvaro a Macao, no porque seguía el dictamen del
dicho señor patriarca, sino por ser ministro inmediato de la sede apostólica,
(salió de China por quitar la nota que podía haber). Fue le a
visitar dicho señor don Fray Álvaro, y no se dejó ver. Escribió le, y respondió
le dicho señor patriarca una muy cruda carta, porque no seguía su dictamen.
Con estos y otros trabajos, fue servido nuestro señor de llevarle
para sí al dicho señor don Fray Álvaro a 20 de marzo, próximo pasado.
Y adviértase que haberle resistido en la ciudad de Macao al dicho
señor patriarca ha sido por no haber manifestado el poder que trae
de su santidad sobre dicha ciudad de Macao y tierras sujetas a la
corona de Portugal.
Por julio, del año próximo pasado, dicho señor patriarca publicó un edicto
en que manda con censuras reservadas, así que ningún sacerdote
clérigo o religioso pueda entrar ni salir de China sin su licencia
y que ningún superior de cualquier religión que sea pueda gobernar
a sus súbditos sin licencia especial suya.
En el reino de Tun king, confinante con el de China, hay
dos vicariatos apostólicos. El uno es de un clérigo francés que juntamente
es obispo titular con otro obispo también clérigo francés con la
futura sucesión y cuatro o cinco clérigos franceses y algunos naturales
también clérigos. En el otro vicariato estaba un padre
domínico milanés también obispo auxiliar [ha cerca] dos años que
murió, y el señor patriarca nombró por vicario apostólico en su lugar
al padre Fray Juan de Santa Cruz, domínico natural de cerca de Valladolid
en Castilla la Vieja. A este todos los ministros de su vicariato
le han dado la obediencia como a tal, menos los padres de la Compañía
que se han resistido, diciendo que aquel reino es del patronato real
de Portugal, y así que no le han de reconocer por vicario apostólico
hasta que venga decidido de Roma, adonde apelaron.
En el reino de Cochinchina, que se sigue a el de Tun kin,
está por vicario apostólico un clérigo portugués de la India,
y tiene otro obispo clérigo sucesor suyo. Este reino hay
pocos clérigos franceses y algunos padres de la Compañía, y entre
ellos el Padre Juan Antonio Arnedo de la Compañía de Jesús
y natural de la ciudad de Tarazona en el reino de Aragón. Este es
muy estimado del rey por la matemática del rey, y ha servido y sirve
Vocabulario Visaya de Pedro de San Nicolás y otros. 1700s.

Avenida de rio- Bulus
Aventar el arroz en bilao. Apiap. Tatap
Aventar limpiando mga conos con bilao. Patap
Averiguar de raíz la cosa. Tucal
Averiguar bien enterándose números de pleito. Tulicsa
Avinagrarse la tuba ut otro licor. Tubas. Aslum
Aboyarse caña ut barco sin carga. Batao
Aboyado ut barco. Gadao
Abollado ut caldero o panastan. Yupi
Abitar o morar. Saut
Abugero. Busbus
Abugero como en pared. Sauang
Abortar bebé. Agas
Abortar. Quician
Abugero del hacha. Talicul
Abuelo o abuela materna. Nono
Abuja de coser. Caragon.
Abuja de caña para coser redes o lanzadera. Sicuali
Abuja de piloto de marcar. Paraluman
Abujerado ut oreja. Tusuc
Aborrecer con odio. Tani in
Abundancia u opulencia. Capayan
Abultado o desfazada. Buyaid
Abotagamiento o por vaco o por frialdad. Butad
Abrir camino o estero rozando. Agtas
Abrir como postema con lanceta o para sacar espina o clavo. Asuit
Abrir las piernas cuando estaban juntas Vide. Itad
Abrir las piernas para que pase por debajo algo. Lalac
Abrir con fuerza almejas u ostiones. Sucab
Abrir mucho las piernas para que pase algo por debajo. Saclang
Abrir las piernas que estaban juntas. Vide. Bicang
Abujerar ut con punta de cuchillo. Casicud
Apostema con lanceta o para sacar espina o clavo. Asuit
Abrir las piernas para que otro pase por debajo. Bisaclat
Abrir. Busngi
Abrir simplemente los ojos. Mulat
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Salanco, Opera: 8
Joanes a S. Thomas, Opera: 8
Soto, in Libros Sententiarum: I 1
Godoy, in 3 part. D. Thomes: 5
Herize, in 1 part. D. Thomes: 1
Vellosilus, in Quest. diff. S. Patrum: 1
Prusdentius, in S. part.: 1
Colleg. Salmratizen: 2
Estante 3
Becano, Opera: 2 tomos
Esparra, Opera: 2
Quiros, Opera: 2
Ragusa in 3 parts. D. Thome: 2
Bañez, Opera: 3
Aragón, in et justitia: 2
Piscinardo, Opera: 3
Caquerano, Opera: 4
Durando, in Petrum Lombardum: 1
Aliaga, Opera: 4
Mauro, Opera: 3
Ariminense, Opera: 1
Bona Spei Cursus theolog: 6
Perez, Laurea salmantina: 1

Pierio, Valeriano, Op.: 1
Demsptero, Antiquit. Roma: 1
Adamo, Politica: 1
Mics, Ant. bibliotheca hisp. vetus: 1
Ganibay, Geneologs de Hesp: 1
Leopoldo, Historia: 3
Fajardo, Corona gotica: 1
Nuñez, Corona gotica: 2
Novax, de Casas de las [gerr]s de Flandes: 3
Eustaquio, en Griego: 2
Trelles, Asturias ilustrada: 2
Estante 3
Raderio, Historia de Alexandro Magno: 1 tomo
Carnero, Compendio de las guerras de Flandes: 1
Hugo, Obsidio bedana: 1
Alicarnasón, Antiquizm romanm: 1
Procopius, de Bello gotorm: 1
Caterino, Guerras civiles de Francia: 1
Mancinello, Satiras de Inberral: 1
Maffey, Historia indica: 1
Combes, Historia de Mindanao y Jolo: 1
Remesal, Historia de Chiapa:
Zurita, Anales de Aragon: 7
Colmenares, Historia de Segovia: 1
Quintana, Grandeza de Madrid: 1

Andrade Operarios Evangélicos. 1 Tomo. Cajones 2 (1), estante 6 (4)
Andrade Itinerario y Escuela de Apto. 2 Tomos. Cajones 12 (4), estante 5 (4),
Andrade Sermones Varios. 2 Tomos. Cajones 9 (11), estante 3 (2)
Andrade Vida del Francisco Aguado. 1 Tomo. Cajones 12, estante 6 (4)
Adueza Sermones dito do (¿) el ano. 5 Tomos, cajones 9 (11), estante 2 (3)
Andruzzi super consit. (¿) unigenitus. 1 Tomo. Cajones 8 (40, estante 4
Andruzzi Triumph veritat. 1 (2) Tomo. Cajones 8 (10), estante 3 (9)
Ang. sanctoral y Laurea evang.ca. 2 Tomos. Cajones 9 (16) , estante 4 (3)
Angeles compendio Judicial y Privil. Regul. 2 Tomos. Cajones 10 (7), estante 5
Angeles quest. Morales. 2 Tomos. Cajones 5 (8), estante 6 (5)
Angeles de Vita et Laudibus August. 1 Tomo, Cajones 12 (12), estante 4 (3)
Angeles de Maleficys (¿). 1 Tomo. Cajones 8 (10), estante 4 (3)
Anguiano el Capuchino español. 1 Tomo. Cajones 6 (13), estante 5 (4)
D. Anselmus. 1 Tomo. Cajones 12, estante 3 (2)
Antonio Fabrio. 7 Tomos. Cajones 1 (2), estante 4
San Antonio Flos SS.m 4 Tomos. Cajones 13 (4), estante 3 (4)
D. Antonius. 4 Tomos. Cajones 1 (2), estante 5 (4)
Antonius Fabrus Codex. 1 Tomo. Cajones 10 (7), estante 6 (3)
Antonius Fernandez de Virionibus (¿). 1 Tomo. Cajones 3, estante 1
Antonius a Nativitate de Economía. 1 Tomo. Cajones 2 (4), estante 5 (4)
Anunzias.n Communion quotidiana. 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 6 (3)
Anunzias.n quodlib.mist. y moral. 1 Tomo. Cajones 5 (8), estante 6 (4)
Anunzias.n Vindicias dela Virtud. 1 Tomo. Cajones 13 (12), estante 5 (4)
Apaino Cosmographia. 1 Tomo. Cajones 6 (14), estante 5 (3)
Apuleio Opera. 1 Tomo. Cajones 7 (6), estante 5
Aqua Viva in 2 Psalmos. 1 Tomo. Cajones 2, estante 6 (4)
Aragon in 2 et Justicia. 2 Tomos. Cajones 4 (9), estate 3
Árbol Bibliotheca contionatoria. 1 Tomo, cajones 3, estante 5 (3)
Arbiol Desenganos Místicos. 1 Tomo. Cajones 13 (4), estante 6 (9)
Arellanus sacromat (¿) in Ioanem. 1 Tomo. Cajones 3, estante 5 (4)
Aretino Vida de S. Phelipe Neri. 1 Tomo, Cajones 12 (4) estante 4
Argaiz Poblasion de España. 1 Tomo. Cajones 7 (9), estante 3.
Argaiz Vida de V.e Greg.o Lopes. 1 Tomo. Cajones 12 (4), estante 4
Argentina in Libros sententiariz(¿). 1 Tomo, Cajones 4 (9), estante 4.

Zamora Alabanzas de Nuestra Senora [9,,1] estante 2,,
Zamora Margarita Preciosa. 1,, 12,,4 estante 5,,
Zapata de Justitia. 1,, 5,,[81] estante 54
Zaragosa Geometria. 5,, 6,,[14] estante 5,,4
Zarate Discursos de la Paciencia. 1,, 13,,12 estante 6,,3
Zarate de Incarnatione. 1,, 4,,9 estante 5,,
{A} Zeballos y Viaje del Mundo. 1,, 7,,5 estante [5,,4]
Zelada. 4n 2,,1 estante 1,,
Zuares Quaresma. 1,, 3,,estante 5,,
Zuares de Sacramen. 1,, 5,,9 estante 6,,[4]
Zumel in [1.p.] 2,, 4,,9 estante 5,,
Zurita Annales de Aragon. 7,, 7,,[9] estante 3,,2
Zurita de Indias. 1,, 5,,[9] estante [6s]
Zaquias, questiones medico-legales. 3 tomos, cajon [14] estante 3.o
Visitado en 25 de febrero de 1757 y queda en dia
fuerza la excomunion puesta por Nuestro Padre Fray Corrillo
Fray Juan Facundo [mesiguire]
Visitado en 12 de marzo de 1758. y se da licencia
para que se puedan sacar libros de esta libreria
para los Religiosos de la orden que viven fuera
de este por el tiempo de dos meses quedan
de nota del cuando, y para quien se saca; yendo
de mas queda en la fuerza la excomunion puesta
por Nuestro Muy Reverendo Plr Manuel Carrillo en 26
de septiembre de 53. reservandome el dar mas extensa
lisencia, y para otras, si algun casa lo pide; y para
que Conste lo firme ut supra
Juan Facundo [Mesiguire]
Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

corre, y con el resguardo competente: porque es
viejo en la Compañía no querer otras regulares en las
misiones. Y para tratar cualquier negocio de estos
infórmese bien del hecho el procurador por las preguntas,
que necesariamente le han de hacer sobre esto.
En Madrid sabrá luego el procurador si hay
flota, [o vacas], o azogues y tanteara el tiempo para
juntar su misión, de forma que la tenga en Sevilla
al competente. Y [conjeturado] este con personas prácticas
le bastan cuatro meses para juntarla contándolos
desde que despacha la convocatoria hasta que se embarca
y aún le sobran. Y así llegado el tiempo hará imprimir
como cincuenta ejemplares de la patente del
padre general y hasta una docena la hará autorizar
en casa del nuncio por un notario apostólico,
que haga fee: y esto hecho o con original si está
presente en Madrid el provincial de Castilla se presente
ante él, y si está ausente le remita un traslado
auténtico y le pida licencia para usar de sus facultades.
Y al mismo tiempo escribirá a los provinciales
de Aragón y Andalucía pidiéndoles urbanamente
lo mismo y remitiéndoles dichos traslados auténticos:
y sea con toda cortesía y ponderación de lo que
importa al [servidor] de Dios, y bien de las almas

{Al margen derecho: 16}
que de su provincia salgan buenos religiosos y muchos, y envíeles
seis convocatorias o más también para que las repartan.
[Nose] que los impresos de la patente simple son
buenos para dar a algunos que gustan deber sus facultades:
mas los auténticos sirven para lo dicho con los provinciales
de España y de Indias, y los restantes para delegar
al pie de ellos las facultades en caso necesario
en todos o en parte.
La convocatoria es una carta dirigida a los
religiosos de nuestras provincias de España en que se les representa
y pondera la necesidad de los misiones y sus conveniencias
espirituales y remata con que si alguno quiere
alistarse en la misión escriba al comisario avisando
de su edad antigüedad, años de estudios, y
patria, prometiendo el admitir a todos los que fueren
a propósito para la misión: de esta convocatoria se hallan
ejemplares en nuestro Hospicio de México, y fueron
las que hicieron Nuestro Padre Cruz, y Fray Álvaro: y en aquella
conformidad deben ser las convocatorias con estilo
humilde, y fuerte: imprímense hasta cien pliegos,
y todos los firma el comisario, y los envía por
diversos conventos de Castilla, Andalucía, y Aragón
especialmente a los principales, y otros se remiten a amigos
de suerte que se esparramen. Y advierte aquí que los

cobró algún amigo. Antes bien, debe medir el tiempo
de suerte, que ni los religiosos ni el comisario estén en Sevilla
mucho tiempo, que es grande el gasto y el riesgo
de que se le extravíen. Verbi gratia, la flota se echa para
San Juan, pues procure que estén allá el día de San
Juan todos, que siempre saldrá a mediado Julio.
Fray Álvaro concluyó con todos los negocios de la contratación
de Sevilla en siete días, y pudo en
menos, que como no hay plata que cobrar sino papeles
que sacar, en agasajando los oficiales inferiores
con diez pesos más, se gana mucho tiempo y se ahorran muchos
gastos.
{Al margen izquierdo: Nota sobre los libros que se han de comprar. Vide folio 62 y folio 69.}
Llegado el tiempo de recoger los religiosos, que no ha de
ser cuando ellos quisieren por más que clamen, sino cuando
el comisario juzgare conveniente, les remitirá licencias
en la forma dicha atrás para ir a Madrid o Sevilla.
Y les enviará dineros para el camino a juicio de varón
prudente. Letras para esto no son difíciles, que
dentro de San Felipe las hallará mediante los
amigos para toda Castilla. Mas para Aragón
y Valencia por las cartas, que de allá hubiere
recibido, escogerá uno que sea en cada reino
como cabeza. Y a él le remitirá [libranza] de
cambio, o le escribirá que si allá puede hallar
dinero con letra suya, lo pagará en Madrid.
Y cuando escriba al religioso que fuere como

su delegado en estas partes, si le parece, podrá enviarle
una patente del general de la arriba dichas, delegando
en él la facultad que conviniere al pie delante
de un escribano o notario apostólico, que no faltan
en San Felipe, avisándole que no admita religioso
alguno sin las calidades arriba expresadas, como
son estudios o capacidad de estudiar, y que no hayan
dado escándalo, diciendo que no siendo así
no los quiere ni admite. Los de Aragón pueden
venir a Madrid, como los de Castilla, que no
pierden camino. Los de Valencia sería gran rodeo
que se vayan derechos a Sevilla. Los de Andalucía
allí se reciben, remitiéndolos para cuando el comisario
vaya, o si están lejos como en Badajoz, que tomen
su camino a Sevilla a su tiempo.
A los que fueren llegando a Madrid trátelos
con agasajo, dándoles por la mañana chocolate.
Y si le pidieren algo de poca monta, no se [a coste]. Y
sea regla general hasta Acapulco, que a todos muestre
buen rostro y cariño sin particularizarse con ninguno,
aunque el trato sea proporcionado a las personas,
pues claro es que se debe más respeto al
antiguo y sacerdote, que al hermano o lego, mas
sea igual la estimación de cada uno en su grupo. Y para su

{Al margen izquierdo: 8. piezas de paño para vestuario}
Es menester advertir que todos los que vienen de fuera
de España no traen manteos ni ropas pardas, y las sotanas
de estameña y es necesario hacerles de vestir en Sevilla donde
vale los ojos de la cara el paño. Y así es lo mejor comprar desde
Madrid dos o tres piezas de Segovia y enviarlas a Sevilla,
con testimonio de que es para nuestro gasto, con lo cual
no se pagan de derechos en Sevilla y sale muy barato.
{Al margen izquierdo: 9 comprar con [tiento] en Roma}
Gran tiento es menester en Roma para comprar cosas
y no se puede uno fiar de todos los nuestros, que a veces son
parte para que seamos engañados en la compra haciéndose
de parte de los vendedores. Y así lo mejor es informarse poco
a poco del valor de las cosas, y después comprarlas a gusto
y lo demás barato que se pudiere, del más extraño que es lo
mejor.
{Al margen izquierdo: 10 Papel en Génova}
En Génova yo compré papel, que me trajeron a Cádiz y a
Sevilla. Con que en Sevilla y en la navegación y en México
he tenido lo necesario, y aún me ha sobrado, ahorrando mucho
en esto. Y con más razón lo deberá vuestra reverencia hacer advirtiendo
que para nuestros estudiantes ha de ser papel batido
mas no cortado, para que puedan hacer cuadernos. Pero para
el gasto de cartas es bueno batirlo, y contarlo.
{Al margen izquierdo: 11. No llevar nada consigo}
Así al desembarcar en Cádiz, como al caminar por
los puertos secos de Aragón, Valencia, y Cataluña, nunca
llevé ningún oro en mi persona, por no exponerme a algún
desaire de los muchos, que a los nuestros han sucedido,
porque son las guardas tan satíricas, que parece, que en el rostro
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

tanto [quoniam] (dice) [similes obligationes seditiosae sunt,
scandalosae et vias ad schismata et tumultus aperiunt].
«No hay medio más pronto para los escándalos ni más dispuesto
para crueles tumultos». En tiempo de Enrique 3.°, por los
sermones de un Arcediano de Astorga, se revolvieron muchas
ciudades las sediciones que fatigaron a España en tiempo
de Carlos 5.°. Fueron incendios levantados a soplos de inconsiderados
predicadores, y así, aunque la clemencia fue fácil al perdón de los
culpados, nunca hablando para los predicadores como a principales
brasas del incendio.
Y es tan raro el caso en que se puede justificar tal resolución,
y tantas las condiciones que para ello se requieren, ídem
difíciles de convenir a un suceso que no atendiendo a lo que
por tan raro se juzga imposible. Todos los autores convienen
en que es ilícito. San Antonino 3, [p. título 18, c. 4, caret 3, p. quest
42, avt. Ibañez 2.2 q. 33, artículo. 4, sylv verbo predicator quest
6, soto deteng seer memb. 2. quest. 3. conclusión 4. canus. l.
12. c. 11. Fernando del Castillo. 1. 2. hist. predicad., c. 48 et 49 del
hábito del predicador San Buenaventura in apologencis editionis
Rom. folio 375, Córdoba. 2. 1. quest. 17. Richard. in. 4. dist. 19
artículo 2. q. 3. Alvarus Pelagius, De planctus, Ecclesiasticus 2 artículo 10.
Y otros. Abulense in. c. 15. Math. quest 28. Navarro manual
c. 51. Aragón 2.2 q. 11 artículo] 2. Y entre las reglas de los
menores, hay una que prohíbe tal modo de predicar, como lo
da a entender San Buenaventura [citat], y de su religión
lo dice San Antonino. La razón lo hace evidente porque, arrimándonos
a Santo Tomás, a quien siguen conformes todos los teólogos,
[2.2. quest.] 33, sólo hay dos especies de corrección, una judicial
y otra fraternal. Y ninguna le compete al predicador. La judicial
no porque esa toca a los superiores, príncipes y gobernadores
respecto de sus súbditos. Y esta, bien se ve al reverendo
padre [que] no le compete, pues ni es prelado eclesiástico ni
gobernador de la república. Ni cuando le compitiera
se usa de ella en ese estilo parte non audita, pues ni
ha oído la razón que tiene el señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
ni la alcanzó, pues le condena ni la que tiene su majestad en los
tributos, ni su gobernador en lo que le calumnia. Y con todo
eso, los condena igualmente, luego es insulto en su sentencia,
tanto como temerario en darla sin jurisdicción [ex
l. in caue. l. ss. causa cognita c. de min leg de uno quoque ff de
regiur et ss. fin inst. de temere litigante c. sacro de sent ex. co. l
consul. iut de offi delegati]. Y esto, aunque sea un ladrón manifiesto.
[L. si, de certa c. si propter publ. et leg. fin c siper vim.]
La segunda corrección, que es la fraterna, tampoco le puede pertenecer
al predicador, porque esta tiene su forma establecida de nuestro
supremo legislador Cristo. Y ha de ser secreta, inter te et
ipsum, no pública en las juntas de los fieles, y no contra que haya
hecho esa diligencia. Y cuando la haya hecho, no se sigue que luego
reprende el hecho en la iglesia, sino que lo diga al que