Señor
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- Señor
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- Señor
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- 32087475
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Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencias a la silla apostólica en su legado.

Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencia, a la silla apostólica en su legado.
Luego el Patriarca, de Antioquia, Legado Apostolico llego
a Macao y China, que fue por principios de Abril del Año de 1703 = to =
dos le reconocieron y obedecieron sin contradicción alguna; y en especial
le reconoció el señor obispo de Macao, publicando un Jubileo en nombre
de dicho señor Legado, y su Vicario General presentando petición
en que le pedía dispensación para poder obtener dignidades, a que por
ser ilegítimo estaba impedido =
Por Julio de este mismo año llegó a Macao y China, noticiado de que
él senor Arzobispo de Goa tenia publicado en la costa un edicto
en que con pretexto de algunos privilegios que desea tener el Rey de Portugal,
negaba toda jurisdicción a dicho señor Legado, y daba por
nulo todo lo que allí tenia obrado esto no obstante no quiso el ,
obispo de Macao apartarse de la obediencia, que tenía dada al
apostólico; antes por el contrario queriendo (al parecer) quitar cualquiera
sospecha que contra él sobre este punto se hubiese originado de
las operaciones del señor Arzobispo, paso a publicar un edicto, su
data en Macao a 14 de Agosto del 1703: en que refería a la letra un
breve, que había recibido de su santidad sobre la elección y faculta =
des de dicho señor Legado, en virtud del que le daba lo obediencia,
y mandaba que todos los fieles de su obispado le obedeciesen, como
de hecho le obedecieron por espacio de dos años. acertada hubiese
sido la elección, que dicho señor obispo de Macao hizo, de no
imitar las operaciones del señor Arzobispo de Goa, se colige de un
breve su data en Roma a 30 de Octubre de 1706 en que su Santidad
reprende a dicho señor Arzobispo reprueba y anula sus operaciones
contra el Legado Apostolico cuya jurisdicción con firma
y revalida
El año de 1707 después que el Legado Apostolico publicó el decreto
contra las [pares] sínicas que fue en 7 de Febrero del mismo año como
pensaron algunos en Macao a solicitar que el señor obispo hiciese
de apelación de el ala silla apostólica, para esto se hizo una consulta
en que concurrió con otros el Prior de Agustin Fray Constantino
del espíritu santo, el cual por ningún modo quiso dar su consentimiento
por cuya causa nunca más fue llamado a las consultas;
que sobre dicha apelación y Jurisdicción después se hicieron en Macao.
Finalmente dicho señor obispo hizo un escrito, su data en Macao
a 6 de Mayo de 1707. en que no solo apelaba de dicho decreto, sino
que también negaba toda Jurisdicción al Legado apostólico, el cual
no solo admitió dicha apelación, sino que reprendió a dicho
obispo por todo su contenido, después hizo publicar en Macao y Cantón
un edicto del señor Arzobispo de Goa, su data en Goa a 12 de
Mayo de 1706 en que pretendía contra la jurisdicción del

Legado Apostolico en esta partes Lo mismo que en la costa =
En los llego dicho senor Legado Apostolico
a Macao donde venia desterrado pon el emperador y queriendo establecer
su jurisdicción, mando Juntar para eso a los superiores Regulares; mas
no se pudo concluir cosa alguna por haber faltado el dela
de , quien queriaendo después disimular. su falta fue solo
a visitar a dicho senor Legado, el cual le reconvino, para que reconociese
su jurisdicción, y no habiendo lo querido hacer, no obstante las
granes penas que para eso le impuso, le publico descomulgado, con esto
comenzó luego la potencia laical a mostrársele muy contrario, ejecutando
contra el no pocas violencias, y entre otras fue ponerles soldados de guardia
con tan rigurosos ordenes que porque uno no le impidió salir de casa le
mando el dar trato de cuerda; Salio pues dicho Legado apostólico
de su casa y llegando al de el dicho Prior, que
no se había apartado de su obediencia, mando repicar las campanas =
Por causa de dicho repique de campanas el Vicario General del obispado
publico un edicto, su data en Macao a contra
el de y sus Religiosos, en que mandaba que ningún fiel so pena
de descomunión mayor. reservada así, y de ser remitido preso a
Goa, no comunicase, ni tuviese trato alguno por si, ni por interpuesta persona
con dichos religiosos, ni fuesen a dicha Iglesia a confesar, oír
misa, a los divinos oficios; pidió dicho Prior traslado de este
edicto para defender su derecho contra el Vicario General; mas no se
lo quiso dar que no fue poco indicio de que le tenia por no justo padecieron
el rigor desde edicto, o (como otros dicen) entre dicho, no solo los
Portugueses que entonces se hallaron en el dicho , sino
también los misioneros españoles del mismo Orden, que
después en el ano de 1708 salieron desterrados de china por el emperador
por la obediencia del decreto contra las praxis =
En el General junto consulta delos
tres estados Politico y Militar, en que se resolvió que a dicho
Prior Constantino sele diese a escoger, o permanecer en Macao
con dicho entre dicho, (así lo llamaban los macaenses aunque impropiamente)
O ir a Goa. Dicho Prior quiso mas prevenir, que padecer
las violencias que le amenazaban, y así ofreció embarcarse como de
echo se embarco, en para Goa, lo cual
no obstante prosiguió el mismo entre dicho con el mismo rigor antes
estando en Goa dicho Prior y a echo de aquella congregación
fue obligado por el Virrey, a ir a Lisboa a dar razon al serenísimo
rey dela obediencia que tenia dada al Apostolico, partió de Goa
para Lisboa junto con su secretario, en =
En despacharon los Macaenses un navío,
que fue en derechura para Lisboa, con el remitieron todo lo obrado en
Macao sobre la jurisdicción del Apostolico, al serenísimo rey
de Portugal, en dicho barco fue también el Procurador, que enviaba
la ciudad de Macao con sus negocios, por el mismo, tiempo, el Virrey
dela India, remitió este negocio dela jurisdicción del Apostolico,
al serenísimo Rey: y su en principio del ano de 1709 recurrió con
el a su santidad con no menor diligencia, aunque con mayores en

en barajos del camino, el Apostolico dio parte de todo a la silla apostolica
Por Agosto de [1694] fue el sobre dicho entre dicho contra el de Agu-
stin, el extendio el Vicario General al de Domingo que ya en
la obediencia del Apostolico y a todos los misioneros, y aunque tacite y indi-
recte al Apostolico que ya era Cardenal de la Romana, y se
Confirmo y [Agrano] el con nuebas penas, mas no pareciendo les suficiente
para retardar a los Dominicos de algunas operaciones contrarias asi intento,
el general. mando escalar el y a todos los Portuguezes que [hazlo]
dentro de el, los puso prefos en las fuerzas, despues remitio a Goa; y a los misioneros
españoles del mismo orden. despues de Algunos malos tratos, los echo del dicho con-
vento, en donde quedo solo el Sebastian de Antonio que apostado de la obe-
diencia que poco antes dado al Apostolico
Despues de la muerte del señor cardenal, que fue en ocho de Junio de. Lo
el Vicario General considerando que con la muerte de dicho señor cardenal
se Acabado su jurisdiccion; quizo el entre dicho del convento
declarando por descomulgados a todos los que comunicado con los Religio-
sos Agustinos, misioneros y personas del señor cardenal, a los despues
de una disiplina al absolucion a la Puerta de la : esto mismo se practico
con los mendigos, que misa en iban a pedir Limosna a
casa del señor cardenal
Por Agosto de Lo que el Antonio de Souza y Gayo, muchas
[cuzzio] en las penas y contra los publicos percusores de clerigo, y algunas
denunciado descomugaldo por el Legado apostolico y declarado por sospechoso
de , al tenor del tridentino, vino a compañando un intierro al
de Agustin, y entrado en la el Prior Juan
de Rosa no queriendo, que dicho descomulgado asistiese a el oficio de la
sepultura, lo mando salir de ello. Fue dicho Gayo al
General, el consiguio del Vicario General, que por esta causa
a poner el sobre oicho entre dicho, que duro hasta mediado de Octubre, [enge]
el General a los Agustinos, para defender. Como
de echo lo defendieron la jurisdiccion real contra las violencias, que el
de Pinto de la de del santo oficio executado
con aprobacion y patrosinio de Algunos theologos de Macao, en el (o corregidor)
de dicha ciudad, y que despues el tribunal del oficio de Goa de claro por
[nullas,] hizo que se levanta se dicho entre dicho
Por Septiembre de lo llego el [procu.] que dicha ciudad de Macao re-
mitido a la corte de Lisboa, en un Barco, aun en derechura de Lisboa a
Macao; Con ocasion el serenissimo rey de Portugal. despacho diversas , de todas las solo dicen, [garon] tres, y llegado [] la
Septima, via, no llegaron las [riotras] subsequentes, hasta el nu-
mero 18 que segun. Los negocios remitidos asi [] esperaban y de las tres
que llegaron, la una se entrego abierta, por cuya causa fue preso el quela entrego,
el despues se huyo de la fuerza, y se retira a sagrado; y asi no pudieron saber
los Macaenses, si su [mapa] dana algunas sobre el negocio de la
Jurisdiccion del Legado. tambien el de Goa segue[xano] por Mayo de
11 no tenia [resenida] respuesta de [Magd.] sobre dicha jurisdiccion, no obstan-
te a todos los años escrito sobre ello: mas no por eso ha de dar
ordenes muy inhorbitantes, y contrarias a la ni los Macaenses sus-
pendido la execusion de ellas
Por este mismo tiempo, o poco antes, llegaron de Roma a Macao dos copias de dos
breves, que su santidad en principio de Marzo de 1709 despachado al

serenissino Rey. Rey de Portugal contra las operaciones de macao. En uno
de ellos, Su Santidad despues de referir la procella que el Legado Apostolico habia pa-
decido en China dice que mucho mayor procella ha sido necesitado a padecer
en Macao y que la corona del martirio, que no consiguio de los gentiles en China
la puede esperar en Macao, reprueba y reprende a los que le impidieron el
ejercicio de su Jurisdiccion y tan infuriosamente maltrataron, a los cuales
7 supone ligados con las censuras eclesiasticas y en carga a muchos al sere-
nisimo Rey , haga tal castigo en los que son de su Jurisdiccion que baste
a quitar la afrenta que tienen puesta a la nacion lusitana. Tmabien
llegaron cartas del Reverendisimo Padre General de san Agustin que daba parte a sus
religiosos como Su Santidad tenia aprobada su obediencia al Legado Apostolico
y les exhortaba en la perseverancia en ella.
En principio de Enero de (1)711, el Capitan General, en cumplimiento de los ordenes
que tenia del Virrey de Goa, hizo que el Reverendo Padre Prior del Convento de San Agustin Fray
Juan de Santa Rosa se embarcase para Goa; la causa fue, porque habia recono-
cido la Jurisdiccion del Legado y hospedado a los misioneros desterrados de
China en el Convento y en la Casa de Nuestra Senora de la Pena. Tmabine remitio para
1Goa al Muy Reverendo Padre Fray Pedro de Amaral, dominicano por la obediencia del legado
Apostólico después de cuatro meses que lo tuvieron preso en una fuerza. Por este

y sus religiosos que decía = Ira el de Souza y Gayo al de
y a el Prior y sus religiosos portuguezes llevara presos a la fragata de
senora de Nasaret, por horden del señor Virrey, y el que
cuida de dicha fragata, pasara resibo de ellos en cumplimento deste horden
fue este mismo día a las tres dela tarde al de dicho
Gayo con una cuadrilla de soldados y oficiales militantes, que en todos serian
treinta con poca diferencia; con ellos iba [im] pabellón publico, y un ministro
(que llaman Meriño) dela curia episcopal=
- Luego que dicho Gayo llegó al de el Joseph del Rosario
que ignoraba el suceso, juzgando que venia alguna persona de cumplimiento
al bajo a recibirle; en el [clautro] bajo, se encontró con la sobredicha
cuadrilla de soldados, y adelantándose el Gayo, le notificó, dicho orden
dicho Prior le protestó las violencias que el Virrey y General ejecutaba contra
el, y demás religiosos, y con gravísimo daño de la libertad y immunidad
eclesiástica, y enorme detrimento de todo derecho eclesiástico y civil, y
así mismo todos los danos que resultasen, de dichas Violencias. Dijo le también
que exhibiese los ordones del serenísimo rey, y de su Virrey; mas no pudo
mostrarlos los unos porque nunca los hubo, y los otros, porque si los habia los tenia
guardados el General por juzgarno serle inconveniente sacarlos a luz=
- Quisieron dicho Prior y Joseph de Antonio que habían bajado a
saber lo que era, volver para sus celdas, mas el Gayo lo impidió, mandando
a sus soldados que ocupasen la escalera del y no les dejasen subir para
arriba. El Prior le dijo entonces le diesen tiempo para entregar el y
sus cosas, lo qual nunca podia reprobar el serenísimo rey, ni su Virrey;
antes por el contrario tendrian a mal semejantes exorbitancias. Respondió
el Gayo quena había otro remedio que obedecer aquel orden, y de
aquel propio lugar irse a embarcar, y asi que mandasen buscar los habitos
prietos, para luego salir camino de la fragata de Goa: y que de no hacerlo así
les protestaba los excesos que por eso se cometiesen=

y de otros cualquiera que fuesen causa de aquellos excesos, todos los daños y perdidas
que su religion, y religiosos, padeciesen por causa de dichas violencias
respondió dicho Fabellion que no podia dar dicho traslado y testimonio sin licencia
de sus superiores=
El Gayo instaba mucho que se hiciese luego la entrega del y echa
se fuesen luego sin dilación alguna a embarcar y a si fue que dicho
Prior bajase para eso ala sacristía bajaron en su el Presbítero
Cayetano Fonceca, Escribano, y Meriño dela Curia episcopal, Gayo Fabellion,
Jorge Machado, y Algunos Soldados. En este tiempo llegaron al
los señores Joseph Ignacio Cordero y Domingo Marquini, y viendo el
Vice Provincial Thomas Ortiz, y Fray Joseph de San Antonio, que no podían conseguir
el testimonio, que pretendían del Fabellion, pidieron a dicho señor
Marquini, volviese a llamar (como de echo llamo) al señor Anderes Candela
notario Apostolico, para que diese fee de todo lo que pasaba y repetida ante el
la sobre dicha protesta, diese testimonio de ella, vino dicho señor Andres
Candela, vino dicho señor Candela en del señor [==Lavaluert]
[Jaualeure] Aplico los cuales después de tomada noticia de todo el caso, y esperado
hasta cerca de las Ave Marias, bajaron a la sacristía en delos
misioneros españoles, y el Joseph de San Antonio y Fray Martin dela
Cruz a donde estaba el. Prior entregando los Ornamentos al sobre
dicho Cayetano Fonceca y Fabelion, Jorge Machado y otros=
Luego que dicho Prior saludo al dicho notario con los demás, advertido
por el Joseph de San Antonio, del fin y intento de aquella visita, en
vos alta. Reconvino al dicho Fabellion, con la protesta que ante el tenia antes
echa, y volviendo de nuevo a repetirla, pidió testimonio de dicha protesta
y traslado de los ordenes del General que hasta entonces se le
habían negado; y saliendo después a despedir a dichos señores, en
de dichos dixo = tenia por mucha honora y Gloria suya y de su
religion el Padecer aquellas Violencias por la obediencia ala silla
En su Legado, y delos decretos pontificios a que siempre estaban muy obedientes;
lo qual no obstante se confesaba fiel vasallo y mui obediente
al serenísimo rey de Portugal, en todo aquello que según derecho le
competía=
Alas nuebe dela noche en poca diferencia, vino un ayudante con un orden
del General, contra los tres Misioneros españoles, Thomas Ortiz, Juan Barruelos, y Juan Nuñes, que en sumo era decir, que el dia
siguiente, temprano saliesen dichos misioneros del por que ya estaba
entregado al ordinario, o y o el Thomas Ortiz lo que el Ayudante
decía, y no quiso responder hasta que el le arguyo de que no quería
responder al General entonces dijo, que para evitar semejantes
violencias y escándalos saldrían de allí; mas que no tenían casa alguna
donde poder ir y así que su General viese si tenia alguna casa
que mandar darles por su plata; y de no que les diese banco para ir a
Manila, adonde ya estuvieran sino les hubieran impedido su viaje =
Alas dies dela noche volvio dicho con segundo orden, diciendo, que
el General ordenaba, que en todo caso mañana temprano no estuviesen
dichos tres misioneros en el ; respondió el dicho Vice
Provincial diciendo que primero se pondrían en medio dela calle, que dar lugar
a que se cometiesen nuevas violencias, y escándalos, y que para evitar las
el día siguiente saldrían del ; No tuvo dicho ayudante que

replicar esto, como antes el, [] metidos [detrados] y asi serradasu
boca y con señales solo [dequezen] hablar sefue=
Alasdos dela noche queya se contanan 231 deSeptiembre, dia de S.[ Silueslney]
Fiesta de Guardar, se concluso la entrega del conv.to que se hizo atropellada
mente, y solo en Abrebiatural y Luego los Soldados llevaron adicho R.P.
Prior fr. Joseph del Rosario, y R.P. fr. Joseph del Antonio, y fr. [Inñ] dela
Cruz a embarear ala frag ata quey a era [cansel] de dichos religiosos, esta
bienon disponiendo sus cosas hasta el dia 16 de Enero del 1712 enquepartío
para Goa=
Elmismo dia alaseis delamañana, salio del conv.to el RP. [Vicazio] Prov. fr.
Thomas ortiz, primeramente fueparala casa del senor cardenal, adonde dio
cumplimieto alpresepto dela fiesta; deallipaso ala casa del s. Abad jy=
nacio [condezo], para suplicarle les [diesfer] habitacion en su casa; Luego
sela ofrecio dicho señor Abad; opor mejor desir retifico laoferta, queel
dia antes letenia echa: masnofue acceptada por dicho RP. Vicario Prou.
por causa dequerer espezar el fin desta trayecta, o entremes, y tambien, por
la dificultad, que resultara deser los otros Señores nesesitados A salir
de la casa del señor cardenal, enque. Vivian; concluida esta diliyen=
cia comensaron Luego amudar sus cosas adicha casa contanta priesa
que alas diez del dia conpoca diferencia,yatenian desocupado el conv.to
y quitado de cuidados alos Soldados que hasta entonces le Guardaban
Aquella misma mañana enbiaron un Clerigo, para que enaquella Yglesia [discera] la ultima missa. y con sumiese el santissimo, y consu
mido serraron la puerta ela Yglesia; deste modo prosigue y pro
siguira en significacion (aunque preter. [intentionerro]) (dela Graui=
ssima unsuria, que dicha Yglesia tiene resebida y deque esta
clamando aDios, como la sangre de Abel. y por ser asi ber=
dad sehico la presente relacion, enMacaoa [ 7] de 11 enero de 1712=
Relación de la muerte y honorífico entierro del Ilustrísimo y Reverentísimo Señor M.B. F. Álvaro de Benavente, Obispo Ascalonense y Vicario Apostólico de la Provincia de Kiangsi [Jiangxi]. 17 de abril del 1709.

Breve Relación de la muerte y honorifico entierro del Illustrisímo
y Reverendisímo Señor Albano de Benavente Obispo Ascalonense
y Vicario de la de Kiang sy
Por Diciembre del año pasado de 1708. llegó el señor obispo de Ascalon a esta
Ciudad de Macao, desterrado de China por los Mandarines. La causa de su destierro
no fue otra, que no haber querido subir a la corte de Pe King a recibir el Regio diploma,
que no se da sino sólo a los que prometen conformarse con las Prajes del Reverendo Padre Matheo Ric-
cio que el Señor Patriarca de Antioquia Visitador con Potestad de Lega-
do a Latere tenia ya prohibidas en nombre de la Silla y aunque dicho Señor
Ascalonense tenia ya dicha apelación a la Silla ante dicho Señor Patriarca que no
la quiso admitir, y por eso la proseguía por Via de recurso ante de su santidad No obs-
tante nunca quiso seguir la practico de otros Ministros, que valiéndose de la Apelación,
que tenian echa, aunque no admitido se apartaron de la observancia de dicha prohibi-
ción; tomando el Regio diploma con la protesta de seguir al dicho Reverendo Padre Matheo Riccio,
y obligándose a vivir en este Reyno de China hasta la muerte. Por esta, o otras causas es-
pinaban algunos, que dicho [S.s ]obispo se arrepentirse retratando su apelación; mas es-
tuvo tan lejos da eso, que por el contrario protesto muchos veces y algunas estando ya
en Macao, delante de los Misioneros de su Orden, y otros que tenia echa apela-
ción, y la proseguia por via de recurso ante su sanctidad, por dar cumplimiento a las obli-
gaciones de su oficio y satisfacer a su conciencia y mirar por el bien de las almas que la
Iglesia tenia encomendados a su cuidado y de hacer lo contrario decía faltaría a mis o
quienes sin duda me angunian de omiso y de que dejaba culpablemente perder etas Misi-
ones. Este era su dictamen, si recto o erróneo lo resolverá el supremo Juez, a cuyo o tri-
bunal esta remitida esta causa. Entre tanto a los demas solo toca con reverencia. y hu-
milidad y no con apresurada libertad, espirar su resolución.
Por obedecer pues ha dicho decreto, y no querer tomar el diploma Regio, contra lo man-
dado por él, fue desterrado a Macao, como también lo fueron otros muchos Misionarios.
y entre ellos todos los de su orden de esta Misión Agustiniana de China. Y aunque an-
tes y despues de su llegada a Macao, fue suplicado y rogado muchas veces de los Reverendos
Padres Agustinos así Portugueses como Misionarios Castellanos, que le ofrecian el para
que Viviese en en él; no obstante siempre Juzgó no sin conveniente aceptar la oferta,
y así se hospedo en una casa que estaba vacía de un caballero particular de esta ciudad,
que el le ofreció, o le solicitaron los de la Compañia. La causa que para esto
daba era decir que no quería dar ocasion a esta ciudad de mayores trabajos. los qua-
les temía se podrian ocasionar de vivir in dicho convento de especialmente por

causa de que el Capitan General se lo tenia prohibido, en atención o cumplimiento de un
edicto de Vicario General de este obispado, quien porque los Religiosos de dicho convento contra
el común de toda esta ciudad tenían dada la obediencia al[ S.s Pat.a] y actualmente perma-
necían en ella, tenia prohibido con censuras, y otras penas , que ninguna persona de este o-
bispado asistiere a dicho convento e Iglesia ni hubiese comunicación alguna con di-
chos Religiosos [Sa].
En dicha casa vivió dicho señor con tanta pobreza , como siempre el poco tiempo
que le restó de vida. A los enfermó de una puntada o dolor
en un lado a que le sobrevivió calentura, y aunque a los tres dias se hallo aliviado
del dolor , nunca se vió limpio de calentura, y si bien no maligna, ni peligrosa, no
obstante siempre tuvo con cuidado a los Religiosos de su orden , especialmente por
ver sea mucha flaqueza, y pocas ganas de comer. Por esta causa procuró recibir los
santos sacramentos, y para que fuese notaria su intención , y no decirse o se tomarse al-
guna ocasion de mormuras , o discurrir al tiempo de recibir el Viatico (que le re-
cibió el día diez) después de haber dicho [Arie non sum dignus Sa.] hizo detener al
sacerdote (que esta vicera el Bernardino de las Llagas Comisario de esta
Misión Seráfica de China) y le dijo: Sepa [Vp.] que ahora recibo la Eucaristía por Vi-
ático; acabadas de decir estas palabras comulgo. Desde este día conoció algun alivio,
y para refrescar la naturaleza, y templar el calorcillo ocasionado de la calentura , aun
que poca , que tenia , tomo algunas veces sueros, medicina de que vio muchas veces
en vida , y siempre con muy buen suceso.
No obstante, que se hallaba mas aliviado, no se descuido en procurar por su alma
Y así el día 16 por la tarde se confesó para el día 17 recibir a su Majestad mas por tardar-
se el sacerdote así este día como el siguiente, y les desayunarse, o tomar los
sueros dejo para otro día la diligencia, que estos dias quería hacer de comulgar. Fue
las desgracia que los sueros estaban mal echos y ni bien eran leche , ni bien sueros, y
sobre todo acedos; mas llevado de la experiencia de que siempre le hacían mucho bien
y olvidado dela flaqueza con que se hallaba, los bebió: a poco tiempo de bebidos conoció
el daño y comenzo a quejarse de los sueros , quiso remediarlo y el medio que para eso
tomó, fue beber agua de cebada dos veces, medio totalmente contrario a su intento. con
que un vez de hallar algún alivio a tanto mal, lo aumento tanto, que le ocasionó su
total ruina; pues según [secrer] el agua con los sueros le sufocaron totalmente el calor del
estomago: De esta suerte y sin conocer tanto mal como ya tenia causado llegó a medio
dia , en que habiendo comido muy poco se echo a dormir la siesta que ya inquieto no
pueda dormir; volviese a levantar y a poco tiempo comenzó a quejarse de que le dolía la
media cabeza y para alivio de su dolor mandó al Reverendo Padre Fray Juan Barruelo le rascase la
parte

parte dolorida.
No se persuadió ninguno el mal fin que había detener esta indisposición, y por eso
así los Reverendos Padres Fray Juan Barruelo y Fray Juan Nuñez, como después dos Reverendos
Padres de la Compañia de Jesus , que habian ido a visitarle , se despidieron de dicho Señor O-
bispo: poco tiempo después que seria como a las cinco, o seis de la tarde , el mozo que
le asistía conoció que les [bariaba] y turbado salió de casa a buscar algun Religioso; en-
contró en la casa inmediata , que era de las señoras que le guisaban de comer al Reverendo Padre
Juan Mourao de la Compañia de Jesus quien luego fue a socorrer a dicho señor , mas
y tan tarde , que solo mitad por señas y mitad de palabra le pudo confesar; hecha
esta diligencia le pasaron a la cama a donde quedo echo un tronco y sin habla
mas segun muchos de los que de asistieron , siempre estuvo con oido y vio de razón
y así pudo dar señales de dolor unas veces con indiferencia otras con mas determina
ción de tal suerte que pudo ser absuelto aquella noche y día siguiente muchas veces.
Después que le c en la cama algún tiempo avisaron al de los
que luego vinieron y procuraron se le diese la extremaunción que se la dio el cura de la
Parroquia con asistencia de muchos sacerdotes misioneros y Padres de la Compañia : conclui-
da esta función y aplicándole todas las indulgencias que con ella hora podia ganar por
diciensos titulos , [serctiraron] todos menos cuatro Misioneros y el Reverendo Padre Juan Mou-
ron con su Compañero que se quedaron a guardar la aquella noche hasta la mañana , en
que vinieron diciensos sacerdotes de todos ordenes , en especial de la Compañia de Jesus , que
siempre con especialidad se señalo en su asistencia. Todo el tiempo de este accidente
(que algunos no se con que fundamento llaman apologia) estuvo con una vigorosa respi-
racion , pestañeando los ojos con bastante apresuración ; pero cuando se le excitaba a do-
lor de sus pecados, y amor de Dios , los pestañeaba con mayor apresuración y abriendo los
mas que lo ordinario ; prosiguió de esta suerte hasta las dos de la tarde del día 20
de Marzo , en que entrego su alma a Dios entre las manos de los sacerdotes , que nun-
ca se apartaron de su lado , todo el tiempo de su accidente , ayudándole siempre a bien
morir: Murió pues de edad de sesenta y tres años, y nueve de su consagración.
Quiso sin duda el Gran Patriarca, y Glorioso patron de China S. Joseph, de
quien en Vida fue siempre muy devoto , llamarlo a recibir de Dios el premio de los
muchos meritos que habia acumulado en servicio de las almas de este imperio; habi-
endo sido su el primer fundador de su misión Agustiniana , con cuyo con-
tinuo fomento se vio florecer en solos treinta años con Variedad de Iglesias y Cris-
tiandad y siendo tanto el amor , que la tenia , que según se dice , estando ya en Macao
escribió

escribió a los Reverendos Padres de la Corte despidiéndose de ellos y suplicándoles no perdiesen
ocasión alguna de mirar por ella y procurasen por todas las vias que fuese posible
su restauración porque era la Unica , y principal prenda de su amor . Por ella tres ve-
ces atravesó estos mares , para asistir a su cultura ; y para procurar su conservación
que peligraba con la sujeción de Regulares , que los años de 1685, y 86 [sepretundio]
establecer , fue a Roma dando vuelta a todo el mundo y lo que mas es de ponderar , si-
empre con muy poco salud y muy achacoso sin que esto ni tantos caminos fuese
bastante a retardarle el cuidado de su alma , la afición a los libros y asistencia a to-
dos los negocios de su orden , y Mision.
Antes de morir comenzaron a tratar del contierro el Reverendo Padre Vicario Provincial de San
Agustin Fray Thomas Hortiz, y el Reverendo Padre Joan Mourao y discurriendo por todas partes ,
nunca pudieron allanar las dificultades, que sobra el entierro se ofrecían por cau-
sa de están opuestas las dos jurisdicciones eclesiástica y secular de esta Ciudad contra
La Jurisdicción del excelentísimo Señor Patriarca , a quien obedecían los Padres Agustinos y por eso
como esta dicho, estaba prohibida por el Vicario General y Capitan General la entrada en
dicho Convento e Iglesia por ultimo acordaron que luego que espinarse poner el cada-
ver en un Palanquin y ocultamente llevarlo a la Iglesia del Gran pa-
ra después allí hacer los oficios del entierro. Supo el Gobernador y
de este presidio y Ciudad Diego de Pino y Fereira el accidente del Señores Ascalonen-
se , y lo peligroso de el y luego como a las once del día vino a su casa y conociendo in-
faliblemente se moría , o bien llevado de piedad Cristiana con un Señor obispo , pobre
estranjero , desterrado y puesto en los limites de su gobierno , o bien agradecido del afec-
to , que dicho Señor Obispo tuvo a esta Ciudad y que diversas veces explicó en especial
negociando de la católica cedula Real , para que en Manila no se impidiese
el comercio con esta Ciudad de Macao , o ya en atención de la Ciudad de Manila , y su
Gobernador y General; por estas pues o por otras razones , no aprobó la determina-
ción , que tenían echa los dichos dos de llevar el cadaver oculto a la Iglesia del Gran
determinando tomar a su cuidado y gastos la funebre función del entierro.
De esta determinación del General quiso el Reverendo Padre Joan Mourao dar parte
a dicho Reverendo Padre Vicario Provincial de San Agustin y para eso le mando un recado diciendo se llega-
se a casa del Señores Abbad de San Jorge para tratar cierto negocio. Estando alli in presen-
cia de dicho Señor Abbad y del Señores Abbad Cordero y otros Misioneros de aquella ca-
sa ; dicho Reverendo Padre Mourao refirió la determinación del Capitan Respondió dicho
Padre Vicario diciendo no carecía de inconvenientes la propuesta , por causa de que en-
tonces

tonces los que estaban publicados descomulgados por el Señores Patriarca querían asistir
al entierro , en que no podían venir , por ser obligados a evitarlos, como siempre lo habían
echo y para eso si fuese necesario descamparían el altar y entierro, lo cual mas seria
echar a perder la función con deprecio del difunto que concurrir a ella en obsequio suyo:
pero que si fijaba , que los dichos descomulgados no asistiesen , no solo no podrían op-
ponerse a la sobre dicha operación , por ser obra tan piadosa , como lo es enterar a los
muertos; sino que que darían muy obligados y agradecidos Sa. pareció a todos los pre-
sentes muy bien la respuesta de dicho Vicario Provincial y dado parte al Capitan General, quien
considerando lo todo muy discretamente y dedscando hacer la funcion con todo lucimiento
imperio Su palabra de que no asistiría ninguno de los descomulgados al entierro ni a la
Misa.
Comenzando pues dicho Capitan Genral a dar cumplimiento a su palabara se retiro a
un estrecho aposento de la misma casa del enfermo , para dar lugar al paso de los misio-
neros que juzgo prudentemente no entrarían , por no ponerse un ocasion de comunicar
con el o de hacer le [desayne] y para esperar allí el ultimo transito de dicho señores
obispo; Alli estuvo hasta las cinco , o seis de la tarde , que fue todo el tiempo , que se
gasto en provenir las cosas que se dirán abajo. Esta operación no fue menos , sino
mucho mas manifestativa de lo limpio de su intención , de lo recto de sus pensamientos,
y de lo fino de su afecto , que todas las demás ([a es en que] Grandes, y muchas) demonstraciones
del entierro ; porque quien en casi dos años con tanto imperio no habia querido en con-
currencia alguna tenerse por descomulgado a hora voluntariamente y sin necesidad forzosa
quiso ser tenido portal ; a fin solo de que en todo fuese cumplido el obsequio , que pre-
tendía hacer a dicho señores obispo y no enajenarlo se su Orden , quen tanto envida amo. y
por quien tanto trabajo : porque es cierto. que da ser otra su intencion fácilmente pudiera a
ver allanado o dado de mano las sobre dichas dificultades con mucha facilidad a Jus-
tando con el ordinario enterrar a dicho Señor en la Catedral se esta Ciudad y no en
la Iglesia de San Agustin : en fin quiso que la funcion fuese con todo lucimiento y en nada de
fectuosa , y para eso atropello con todo dando cumplimiento con mucha generosidad y
bizzaria a su palabra.
Certificado que fue dicho Capitan General de la muerte de dicho señor comenzó a execu-
tan sus deseos , dando principio con la artilleria que luego dio el fatal anuncio con sus ho-
rrorosos [ecos] continuando los hasta la noche de ampolleta en ampolleta. Siguio se inmedia-
tamente el doloroso clamor de los campanas en todas las Iglesias y Parroquias : al mismo ti-
empo empezaron a traer por Orden del Capitan General a casa del difunto muy vistosas alfom-
bras, riquísimos blandones de plata con mucha cera [bujía] y otras diversas cosas pa-
ra obsequio del difunto ; hizo se en la ante sala un mas que mediano túmulo , que era cuan-
to la estrechez del lugar permitía. Colganonse de luto todos sus paredes armaron se pues altanos

Sirviendo en estos humildes oficios , muchos y muy nobles oficiales Reales con mucho
[exconp] lo de los que los Viyan. Entre tanto que en la sola de afuera se preparaba todo
lo dicho , los Misioneros de su Orden y otros dentro compusieron el cuerpo, y Vesti-
do de Pontifical lo pusieron en las andas y trasladandole al prevenido salon, le coloca-
ron sobre el tumulo dicho, que estaba cubierto de muy ricas alfombras , rodeado de
muchas hileras de candelas que despidiendo sus luces autorizaban el tumulo: luego apa-
reció una compañía de soldados que venia marchando con muy buen Orden al son
des sus tambores, y llegandose a la puerta de la casa del difunto arrimaron allí la Van-
deza , y las armas formando cuerpo de Guardia que la hicieron toda la noche algunos
de ellos ; Seis soldados hacían la centinela Junto al féretro con sus rosarios en las manos;
Seis en la sala de afuera , y otros tantos o mas en la puerta de la calle. Toda la noche
estuvieron escondidas todas las candelas ; porque aunque los Religiosos Agustinos qui-
sieron apagar parte de ellas por causa de que siendo muchos era excesivo el calor , que oca-
sionaban ; no obstante no lo permitió el cabo de los soldados por decir que así lo tenia
mandado el [S.s ] obispo de Macao , que cuya voluntad era que todas siempre estubiesen encen-
didas.
Amanecio el dia siguiente que fue 21 de Marzo y luego comenzaron los soberanos
sufragios de las Misas , que dijeron en los tres sobre dichos altares muchos señores cleri-
gos de Macao. y algunos otros Religiosos a que sinas el Capellan del Capitan General ofrecia
la limosna de un peso para cuyo efecto antes habia recibido la plata necesaria dema-
no de dicho Capitan General. A la hora competente comenzaron a venir las Religiones,
Parroquias y cofradias , combidadas todas del Capitan General quien despues ofreció a lo
dos la limosna : todas Venian con sus Cruzes altas y ciriales. Acedio multitud de po-
bres, entre quienes el Reverendo Padre Vicario Provincial de San Agustin mando repartir treinta o quarenta
mil chapas dela tierra, que son como ochavos castellanos. Comunicaron luego todas las comu-
nidades acantar el oficio de difuntos y llegados al tercer nocturno, entro el Venerable
[Acar], y Cabildo y otra bastante Clerecia, todos con sus sobre pellices y los del Cabildo con
sus mucetas negoras sobre ellos. Al acabar el oficio de difuntos llego la Santa Hermandad de la
Misericordia que se componía de lo mas noble y rico de toda la Ciudad; todos o las mas Cu
ropcos que parace serian como treinta o cuarenta señores, vestidos todos de sus ropas ne-
gras : Juntos y a todos ser a partio gran cantidad de cera bujía de tal suerte que a cada
uno de los que habían de asistir al entierro la toco una candela de a libra.
Todo ya dispuesto comenzo a salir el acompañamiento procedian las cofradias con
sus cruzes, y ciriales. Seguianse las cruzes de la Parroquias ; luego la Santa Miserecoridia,
entre cuyos cofrades no faltaban algunos habitos de [Christo] y Santiago. Después iban las sa-
gradas Religiones, que aunque en poco numero de Religiosos cada una formaba cuerpo de
comunidad : Seguiase luego Clerecia y el Venerable [Acan.] y Cabildo cantando con devota

devota pausa el miserere. Tomaron el féretro en sus hombres quatro Venera-
bles sacerdotes, que ocuparon el intermedio de toda la clerecía: Siguio por ultimo a esta
magnifica Pompa y Majestuoso concurso el tercio militar de la infanteria a son tris-
tede tambores destemplados : sin cesar aun por breve tiempo los dolorosos y penetrantes
clamores de las campanas, como tampoco el estruendo de la artillería. El orden, el
concierto , el silencio , la compassion , el dolor de ver que tan presto les faltaba a quien
tanto amaban , fue el mayor que se puede hallar en otro semejante acompañamiento.
La gente que por los balcones, y bocas calles miraba era muchísima especialmente de
Chinos infieles que no satisfechos de ver lo en una calle daban la vuelta por otra para
volverlo [aminar] y aun admirar ; sin duda con mucho exemplo de todos asi Europeos
como Chinos, y asi Cristianos, como gentiles : con esta magnificencia y aparato tan lucido
entro la procesión en la Iglesia del Gran Padre San Agustin y puesto el cadaver sobre una alta
resplandeciente y rica tumba, el [Dean] y Cabildo entornó el responso, que
acabado se despidió con la demás clerecía. Luego comenzo La Misa el Joan
de Rosa Prior de dicho Convento de ; acabada que fue la Misa, que
oficio, la musica en tono compasivo y doloroso, y dichos los demás oficios fue sepultado
a que vecina por muchos siglos en el corazon de los suyos en el mejor y mas principal lu-
gar de la Capilla mayor Dio fin a todo el escuadrón disparando sus mosquetes.
Concluida esta función luego el Thomas Hortiz dio parte al Excelentísimo Señor Patriarca de su espolio diciendo : que los cosas de dicho señor estaban en el mismo
estado que estaban antes morir , que todas eran de la Orden y muchas mas que tubie-
ra también lo fueran ; pero que si sobre ellas habia de haber después el mas mínimo
embarazo, las renunciaba todas desde luego ; que si su excelencia tenia alguna disposi-
ción, que hacer sobre ellas, solo le restaba obedecer ; pero sino que con su licencia dis-
pondría de ellos. Respondió dicho señor Patriarca nombrando o señalado un Misi-
onario de la por Notario, para que hiciese inventario de ellas, como de
echo se hizo con poco trabajo por ser tan corto el numero de sus cosas y de tan pobre
calidad, cual competía, no aun obispo sino aun Religioso muy pobre ; y porque no
le faltase a lo real y físico las formalidad de pobre, nada era suyo y todo era de la Or-
den, y por eso nunca pudo (como algunos juzgaron) hacer testamento, verificandose de
dicho señor, lo que se dice de el Gran testamentum nullum fecit; quia Unde
faceret Cristi pauper non habuit: hizo solo na Ultima declaración que segun dicho se
ñor Así había dicho al Vicario se reduzca a decir que todo lo que tenia era de Or-
den de ; quien como todos saben le entrego [ad Ulcim]todas las alaja, que siendo Provincial
de la Provincia de Filipinas tenia a su uso y otras mas y le asistió no solo con lo necesario para
venir a China y consagrarse sino también con el sustento de algunos años hasta que las

Católica noticioso de su pobreza , le asignó [congrua] competente aun obispo Misionario , la
cual recibió por espacio de unos cuatro años con poco difererencia. Remitió dicho Notario el
inventario al s.s Patriarca y la repuesta fue mandarle de ese parte a dicho co-
mo dicho señor le perdonaba los derechos de la Camara Apostólica en beneficio de su Mision. To-
dos se hubieran alegrado , que el espolio de dichos señor hubiera sido muy abundante y rico
para que la Mision de San Agustin pudiera recibir con abundancia el beneficio de dichos dere-
chos, pues por haber asistido en vida a dicho santos difunto como esta dicho y todos saben,
era digna de cualquiera beneficio.
Prosiguieron los con los sufragios por dicho señor, pero sin con-
curso alguno de gente, ni asistencia de Musica ; porque no obstante que la pretendieron traer al segun-
do, o tercero dia para hacerle unas honras, no lo pudieron conseguir por la razon de la prohi-
bición arriba dicha ; con que fueron necesitados a hacerla solo con asistencia de los Misioneros
Españoles y algunos Reverendos Padres de la Compañía de Jesus que ya estaban convidados. No se convido a otros
Misioneros por causa que habiendo sido convidados al entierro , no quisieron asistir , siendo es-
tos, y los descomulgados solos los que faltaron ataos piadosa función. Las razones que para esto
dieron después son diversos y por ultimo rematan diciendo que no asistieron porque el [s.s] Pa-
triarca habiendo sido preguntado de uno de ellos si asistirian al entierro o no? Ordenó que no asistiesen
hasta nuevo Orden suyo (el cual Orden nunca llegó) fundado en que el Capitan General hacia
la funcion y porque algunos ciudadanos de los que asistieron, aunque no eran descomulgados [Vi-
tandos] por lo menos lo eran tolerados, los cuales pueden evitar los fieles , renunciado el privilegio
de Martino [S] en cuanto a este [punito]. No se pretenda impugnar aqui sus razones y asi se de-
ja a juicio de varón prudente la censura de ellas y concito se dio fin a esta funebre
relación pidiendo al Lector [resigna] por el difunto a Dios. para que le da el eterno descanso
a los vieros gracia para que le sirvan. Macao, y Abril 5 de 1709.
Los infrascritos Religiosos del Orden de y Misioner-
os testificamos y en cuanto podemos , damos fee de la verdad de la su-
prascripta relación. Y por ser así verdad lo firmamos en este Convento de
Nuestro Padre San Agustin de Macao a 17 de Abril de 1709.
Thomas Hortiz [...] Fray de Fontanilla
de [...] Misionero
Fray Bazzuelo [...] Fray Juan Nuñez
Misionero Apostolico [...] Misionero Apostolico
{[margen derecha] Año de 1709
en Macao 17 de Abril}
Validación de la firma de Juan Díez de la Calle en un documento anterior [incompleto]. 30 de junio del 1689.

[En papel timbrado: sello cuarto, diez maravedís, 1689]*este papel le continúa a otro perdido
y damos fe que Don Juan Díaz de la Calle Madrigal, caba-
llero de la Orden de Santiago, Secretario del Rey Nuestro Señor, es oficial mayor de
la de la secretaría del Consejo Real de las Indias, cámara oficial y junta de gue-
rra de ellas de la negociación de Nueva España, de quien parece
ha firmado la certificación desta hoja antes vista. Y como tal
oficial mayor a las certificaciones y demás despachos que dare
de él es ha dado y da en vera fe y crédito en juicio y fue-
ra de él. Y para que conste, damos la presente en Madrid a trein-
ta días del mes de junio, año de mil seicientos y ochenta y nue-
ve.
En testimonio de verdad,
Agustín López Cabezas,
En testimonio de verdad,
Domingo Farena,
En testimonio de verdad,
González Br[etor]
Carta de Juan Nicolás de Rivera a Álvaro de Benavente desde Xao-King-fu el 23 de octubre de 1686

En conformidad de lo que vuestra señoría me ordena en el ruego y encargo
de arriba, saqué la relación siguiente de las cartas del padre lector Fray Miguel
Rubio vicario provincial de los religiosos que esta provincia del Santísimo Nombre
de Jesús de Filipinas del orden de los ermitaños de nuestro padre San Agustin. Tiene ocupados
en las misiones de los reinos de la gran China en la propagación de
nuestra santa fe. Con las cuales contesta las demás que escriben los religiosos nuestros de
dicha misión, que al presente son cuatro conviene. A saber dicho padre lector Fray Miguel
Rubio vicario provincial, el padre predicador Fray Juan de Rivera, el padre lector
Fray Juan de Aguilar, y el padre predicador Fray Joseph Gil. Repartidos entres iglesias
de la provincia de Cantón que son la Concepción de Nuestra Señora de la ciudad de
Xao King Fu Nang Hing Fu la del santísimo nombre de Jesús de la ciudad de Nan Hing Fu,
y la de la Asunción de Nuestra Señora del pueblo de Foki. En los cuales, mediante
la divina providencia, han hecho dichos religiosos muchas y admirables conversiones
así de gente principal como plebeya, pues solo desde octubre de 1686
hasta noviembre de 1687 han convertido más de mil y doscientas almas de gentiles adultos,
sin grande número de niños recién nacidos arrojados en las calles,
costumbre lastimosa de los chinos. Los cuales, lo grando recibir el santo bautismo,
han alcanzado la eterna felicidad. Los prodigios que la divina omnipotencia
obra cada día para justificación y aumento de nuestra santa fe
son tantos que necesitaban demás copiosa relación y no tan precisada como
esta. Y así solamente apuntaré algunos de las que se contienen en las cartas
de dichos religiosos.
En la ciudad de Nan Hiung Fu ha convertido el padre Fray
Juan de Rivera mas de trescientos infieles. Y en un aldea, un dia de camino
de dicha ciudad, va haciendo una grande cristiandad y le han dado
sus aldeanos una casa muy buena para que haga iglesia y habitación, cosa
jamas oída en el interés de la nación china, y en otra aldea así mismo
cercana a dicha ciudad, le dieron otra casa para el mismo efecto habiendo
sucedido un caso digno de contarse. Y es que andaba por aquella comarca
un demonio de pueblo en pueblo y de casa en casa, haciendo grandes
daños en las familias a donde se iba poniéndo los a todos en notable
Carta anónima e incompleta de un agustino en el sur de China. Ca. 1687

En otra aldea cercana a Nanhing Fu vivía un hombre muy [honrado] el
cual dijo a un muchacho, su sobrino, como se le había aparecido una mujer
muy hermosa con una corona de flores, y un niño muy hermoso en los brazos
y que le dijo que solo [le] faltaba la [bañarse] en el agua de una fuente, que juntamente
le mostraba; el hombre estaba admirado de esta visión, y el muchacho le dijo
que era señora era la madre del Tien Chu la madre de Dios que él la había
visto pintada en nuestra iglesia. El hombre vino a la ciudad haber si era
verdad, y hallo ser así porque con las mismas señas tenía el padre Fray Juan
de Rivera una imagen de nuestra señora. [Bautizóse] el hombre y ha sido el
juntamento de aquella cristiandad, que son ya más de doscientos, donde
se hizo una iglesia en la cual se colocó la dicha imagen.
Los trabajos que padecen dichos ministros son incomparables así de parte de las [dn
nas] como de los cooperarios espirituales obispos y clerigos franceses expedidos
por la Sagrada Congregación de Propaganda fide, de los cuales son los
nuestros tenidos por excomulgados por no querer hacer el juramento de obediencia
a dichos obispos y [pro vicarios] franceses de los cuales el administrador general el
señor Don Luis Lanay obispo de Metelopolis asistente en Siam, que entró
en lugar del Señor Palu el cual a nombrado por su vicario general Don Carlos
[Maygrot] y asi mismo ay han entrado en China otros muchos misioneros
franceses que son de gran de mortificación y estorbo a los nuestros para hacer el
fruto que desea en aquella cristiandad. Porque lo que han logrado de su trabajo
ha sido asombra y patrocinio del señor obispo de Argolis don Fray Buenaventura
de la iglesia religioso franciscano y veneciano de nación afecto
a España y defensor de los regulares, el cual por ser vicario apostólico de Canton
y de las demás provincias meridionales ha dado licencia a nuestros religiosos
para administrar con grande repugnancia de los franceses y por instantes
se espera de Roma la resolución de esta materia con las esperanzas en
Dios nuestro señor y los informes de dicho señor obispo Argolicensé de que vendrá resolución
[a gusto] de los [nuestros]. El año de 86 llegó a Siam el Abad Palu
sobrino del señor obispo Don Francisco Palu con comisión de visitador general de las misiones
del oriente y a quince días de llegado murió en Siam. Y se dice que venía
a seguir [acérrimamente] los dictámenes de su tío.
El año de 87 aportaron cinco franceses al puerto de Ning Po de
Relación de los sucesos de esta nuestra misión de la Orden de Predicadores en China en este año de 1682

venido en un barco que llegó a las primeras islas, había dicho como
en una tormenta se había desaparecido otro barco que ve-
nía en compañia del suyo en el cual según las circunstancias
que añadía, se colegía que vendrían los mozos que el año antes
habían ido con nuestro despacho y que los que este año habían
salido de Macao volvían ya de arribada camino de esta pro-
vincia todo esto hacía no poca fuerza para que se dificultase
el poner mano en acciones que pidiesen el menor gasto, pero
juzgose, por excusable la jornada del dicho padre y así se par-
tío que dando los de Fogān en el trabajoso aprieto en que
los continuos golpes de hinchadas olas, y furioso huracán,
sino sumergían la barquilla, la tenían siempre bien atri-
bulada.
Tan ufano se hallaba el tirano corregidor de Fogān con el
buen despacho que había conseguido torciendo a su diabólica
facción al Gobernador de Foning que ya daba por asentada por
superintendente la Victoria, y a lo humano tenía mucho fundamente por que
no pudiendo (según el estilo de China despacho ninguno
de las villas subir a las metrópolis, sin que pase primero
de los gobernadores de las ciudades, y a miraba, no solo segu-
ro el paso a sus depravados informes, sino que irían corrobo-
rados con la aprobación de dicho gobernador que se deja bien en
tender la fuerza que los despachos harán (yendo en este [señora])
a los magistrados supremos: Y consiguientemente cuan se-
guro juzgaría ahora este tirano su partido. Viéndole pues
blasonar vencimientos, todos los de su bando procuraban
tener alguna parte en el triunfo, no perdiendo ocasión
en que cualquiera de ellos podía hacer alguna moles-
tia, o decir algún baldón a cualquiera cristiano- siendo
el mayordomo del Rosario llamado Tomás [Chin]
el que mas en esto padeció, sin que el ser letrado gra-
duado de mucho nombre, y de lo principal de la villa
le valiese para que le tuviesen [respecto]. El aguardar la
confirmación de la metrópoli para derribar la iglesia
les parecía demasiado dilación, y así todo era hablan
y tra

y trazar en los corrillos el poner lo cuanto antes en ejecución,
teniéndonos de esta manera en un continuo sobre salto,
dando fuerzas al susto la memoria de que en años pasados,
aún sin tener de su parte al corregidor y sin otra autori-
dad más que la que suele tomarse un ciego, y desenfrenado
vulgacho nos derribaron otra iglesia en la misma villa.
Si bien que en media de este tropel de sustos en que fluctuaba
la flaqueza de la parte inferior, se hallaba lo superior
del espíritu con una segura, y cierta confianza de que
no había de permitir la piedad divina que llegase a eje-
cutarlo fundando esta confianza en que se había visto
la dicha iglesia llena de sobre naturales resplandores en
diversas ocasiones, alguna de ellas antes de comenzarse
la persecución, y algunas después, siendo en estas ultimas
testigos aun lo mismos infieles, que llegaban a preguntar
si se quemaba la iglesia, y en todas algunos cristianos,
y cristianas muy fidedignos, y deseñalada virtud. Por lo que
en diversos, lances que llegue yo a recelar muy próximo
el riesgo, diciéndole al mayordomo del Rosario (que nombre
arriba) que quitásemos la imagen de Nuestra Señora que
estaba en el altar por asegurar la de indecentes y reve-
rencias, me respondió siempre constante que de nin-
gun modo: que Nuestra Señora y su glorioso esposo San José
(a quien por ser patron de China se había escogido por
principal abogado en esta persecución) Los dos mira-
rían por si, y por su iglesia, mostrando cuando decía
esto tal fe, que me confundía: ejecutándome ahora
el fiel reconocimiento a que le aclame por digno de e-
terno renombre así por esta acción, como por lo mucho
que con rara fortaleza, y tolerancia magnánima pa-
deció en el discurso de toda la persecución.
[15] Ni es menos digno de mucha alabanza, un hermano
de dicho Thomas llamado Joseph [Loring], así por la gran-
de fe que en esta ocasión mostró como por lo mucho que trabajo.
No

La primera de hacer al Padre Fray Francisco Varo otro presente de
retorno; favor que aún otros de menores puestos no se dignan en China de
hacerle a todos. Pero lo que más tuvo de particular, fue, que entre otras
cosas de que el presente se componía, y van veinte y cuatro [taes] de plata
fina, siendo [forzoso] el recivirlo todo sin hacer la menor replica, por
venir de mano de persona tan superior. Que para quien se hallaba re-
celando gastos encontrar con un juez de antemano paga el mismo
las costas, da motivo para que principalmente se reconozca por dádiva de
aquel señor que de este modo nos da a entender, que aún en los
tesoros de los tiranos tiene su providencia el deposito para cuando
falte a sus hijos. Y si lo que contenía el regalo fue del precio que
queda referido, de mucho mayor monta fueron los efectos quede
el se sugieron para que el magistrado de la sala del crimen, en cuyo po-
der estaba ya el siniestro informe el tirano de Fogān como esta-
ba a la mira de lo que pasaba; extrañada la novedad de agasajo
tan doméstico en persona tal, no obstante que era desafecto a la
Ley de Dios suspendió por entonces el actuar cosa alguna
sobre la materia, por que conocía que había el Virrey de advo-
car así luego la causa, y declarar por falsa la acusación y con
firmariase en este sentir, cuando vió que el dicho Vierry despa-
cho dos carteles a favor de las dos iglesias de Fogān y Ningte,
que para ambas se le pidieron, mirando siempre como propia
la causa por lo que también tocaba a nuestros hermanos los reli-
giosos de nuestro Padre San Francisco.
[17] Aunque por esta parte habían comenzado a correr bien y favo-
rables los vientos; pero aunque daba mucho y que se miraba más
arduo por ajustar, por que estando también la acusación por
conocer de sus causas. Hay también en aquella metrópoli; el
cual es independente de todos los demás: y no habiendo nosotros
hasta entonces tenido entrada con el perfect que allí preside,
ni con otro alguno de su audiencia, ni menos descubrir quien
de nuestra [padre] le pudiese hablara no se podía esperar menos que senten-
cia en contra de los letrados quitádoles los grados que por ser
en este reino un grado de estos tan apetecido que si por ser
cristianos les privaran del a los que le tienen tengo por cierto que
fuera

que a favor nuestro había concedido el Virrey parece, que se seguía que
habían [depocar] del alivio de algunas treguas, por lo menos en el
interin que el despacho que en contra nuestra se había hecho en nombre
de toda la villa de Fogān, y remitido a la ciudad de Foning, presenta-
do en aquel tribunal fuese ascendiendo por su orden a los demás
tribunales superiores, [esto] lo que puntualmente guardan los negocios
en China en el ascenso, y descenso de cualquier despacho. Pero en este
tiempo fue cuando la malicia de corregidor temiendo que nos gloriá-
semos del buen suceso, procuro privar nos de todo sosiego haciendo
amago de aposentar en la iglesia a todos cuantos hombres de cuen-
ta pasaban por aquella villa o venían a ella. Y a los cristianos
espantándolos con diversas amenazas que como estas suelen
causar aún mayor favor que los mismos golpes, hasta entonces
desde que comenzó la persecución, no se veo tan [amilanado], y
sombrado aquel pobre rebaño, en tanto grado que por este tiempo
el mayordomo del [Rosario] que nombre arriba de dijo un día; gra-
cias a Dios por todo que ocho o nueve meses a que no se pasa día
en que no padezcamos alguna especial aflicción, o trabajo.
[24] Llegó el despacho a manos del Virrey, que dejo burlado no
solo en esto nuestro discurso, sino que admitiéndolo, decreto que se
hiciese averiguación con todo secreto de lo que contenía la [acu]-
sación, y sele remitiese para que el despacharse mandamiento
de prisión contra los delincuentes, que éramos los dos que enton-
ces nos hallabamos en Fogān. Al mismo tiempo que salió este de-
creto, acertó a llegar a aquella metrópoli el Señor Don Fray
Gregorio López, que habiéndole yo suplicado que subiese a la villa
de Loyuen para comunicar puntos graves tocantes a su obis-
pado, siendo forzoso para su viaje el pasar por allí, llegó
a tan buena ocasión, pues no eso pudo luego darme a-
viso de lo que pasaba. Bajando yo de la villa de Fogān a la de
Loyuen por el fin sobre dicho [deber] me con el Señor Don Fray Gregorio
me encontró en el camino el tal aviso, y desde allí escribí al
Padre Fray Andrés López, que quedaba en Fogān que con to-
do disimulo fuese recogiendo las alhajas de la iglesia, y re-
partiéndolas por los cristianos que yo procuraría volver con
tiempo que pudiese hallarnos allí el order de que nos prendiesen,
si

quince, [arrojas.] Pedro que los recibió con mucho goza de su corazón.
[27] Desechado este testigo procedió a examinar a otro que por
ser viejo y medio sordo, por ahorar de pensarlo que había de respon-
der a tan molestas preguntas, de termino de fingirse sordo del todo;
con que a cada pregunta del corregidor respondía a un despropósi-
to, que causaba risa en el auditorio, y no poco rabiosa irá en el
tirano, levantaba este la voz, y el otro cerraba sus oídos, hasta
que a los gritos, que le dió un sayón respondió que el era cristiano,
y no decía más. Bien quisiera el corregidor para desfogar su có-
lera mandar que luego allí lo matasen a azotes, pero no sele
ofreció a toda su malicia la menor aparencia de razón
por donde honestar con el vulgo semejante castigo, con que
hecho un veneno de ver que así sele malograba una acción
en que el había trazado hacerla el total papel de su justicia,
sin atreverse a pasar adelante en el examen, explicando
su enfado levantóse del tribunal y fuese corrido, con que
se dió a este auto bien distinto de lo que de el aparato, y es-
truendo de amenazas se habían los infieles prometido, y así
se fueron bastantemente frio todos los que habían concurrido
con ganas de [oí] por lo menos en juicio las maldades que en
contra de nuestra Santa Iglesia, y Ley, y sus ministros se habían
hasta entonces publicado.
[28] En estas diligencias, y judicaturas andaban en la villa
de Fogān apelando el corregidor a nuevas trazas, y blasonando
ejecuciones de los órdenes del Virrey, cuando andaba Dios en la
metrópoli de Fòcheû disponiendo por medios bien extra or-
dinarios como se proveyese de remedio a aquellos daños.
Oyendo el Señor Don Fray Gregorio en Fòcheû el estado a que había
llegado la persecución, y no hallando aunque lo buscaba, modo
como se le pudiese suplicar al Virrey a mejor informe
ofrecióle Dios un buen cristiano llamado Eleuterio criado
del mismo Virrey, del cual ni aún senos había antes ocu-
rrido el valernos del, por juzgarlo de muy poca su posición
para con persona tan grande , y en negocio de tanto empe-
ño. Viendo Eleuterio afligido al Señor Don Fray Gregorio le o-
freció que el presentaría un memorial y hablaría al
Virrey, el dicho Señor Don Fray Gregorio considerando que no se descubría
otro

con que se portan y hallándose este jurídicamente informa-
do contra nosotros de los tribunales inferiores, que esperaba más exac-
to el informe, en virtud del decreto que el pocos días antes había des-
pachado; Bien se deja entender de cuan poca monta ha-
bía de ser la intercesión de un pobre viejo de por cristiano llevaba
consigo el crédito de [aposionado ] a no haber habido otro más su-
perior impulso de aquel poderoso señor que para [dar] alguna
muestra de su infinito poder, suele escoger los medios más
humildes para derribar los imperios más fuertes. Llegó el des-
pacho a Fogān donde se hallaban unos ocupados en continuas
oraciones, letanías, y sufragios, porque las que comenzaron al prin-
cipio de la persecusión, ahora se repetían con mayor instancia
hallábanse ocupados, otros en violencias extorsiones, y di-
ligencias inicuas, con lo cual aunque a todos causo admi-
ración la impensada nueva, pero con la diferencia de efec-
tos que pedían tan opuestos ejercicios, porque en unos
entre júbilos, y alegres alborozos, sonaba la suave har-
monía de hacimiento de gracias, y alabanzas a la majestad
de Dios, y en otros se [vian] la turbación, los [tomores] y rabio-
sas blasfemias contra su divina bondad, pero todos
(sic) también los concluyan con que con esto
se había y ha dado fin a todas las máquinas de la per-
secución: Y así se seguía que había ello de ser a haber-
se de acomodar los sucesos a los discursos humanos, pero
por más ciertos y bien fundados que a los hombres les
parezcan suelen salir después vanos.
[31] Y a se sabía que por este mismo tiempo había llegado nueva de
la corte de que estaba el Virrey promovido para Capitán
General de Cantón, pero también se sabía que las personas
de puesto de aquella Provincia de Fo Kiên habían supli-
cado al emperador que tuviese por bien de que dicho Virrey se de-
tuviese allí por lo menos un año más que importaba su a-
sistencia para acabar de asustar las inquietudes de los
de Tayoan, con lo cual nos prometíamos que en aquel tiempo
que daría totalmente o segurada la paz, que deseábamos para
Fogān porque el Virrey demás de haber despachado el
sobre

pero no hallaban aunque intentaban algunos, ninguno
que fuera eficaz. Parece que en tan deshecha tormenta
aún todavía dormía el que siempre vela para nuestro reme-
dio. Despertó en fin su misericordia, quien duda que mo-
vido a piedad por las voces de muchos que le instarían
diciendo: Sálvanos señor que perecemos. Mandó
a los vientos que cesasen. Tardó el corazón del Virrey to-
mando por instrumento una carta del Padre Ferdinando Verbiest
presidente de la matemática que con especial providencia dispuso
su majestad que llegase dos días después de haber el Virrey he-
cho el despacho referido encomendándole en ella de nuevo nuestro
negocio [enviase] leal Padre Vice Provincial con un mozo suyo el cual
al dársela añadió diciéndole, lo afligido que nos hallába-
mos, y habiendo la leído respondió, que dijese al Padre
que no tuviese pena, que el lo compondría todo muy bien y pres-
to; y luego allí en presencia del mismo mozo hizo que se
escribiese un orden al corregidor de Fogān, para que al punto
se partiese para aquella metrópoli, fue luego en cumpli-
miento de dicho orden, y como no pudiese saber claramente la
causa de ser tan impensadamente llamado solo supo era por el
negocio tocante a la Ley de Dios, y va [temeroso] recelándo-
se algún grave daño, que la conciencia le acusaba.
Llegó a Fòcheû y el primer día no le quiso el Virrey ad-
mitir a audiencia, con fin humillarle como el mismo Virrey en-
vió a decir al Padre Vice Provincial el segundo día le admitió pero
fue para solo decirle que fuese al templo de la Ley de Dios a
visitar al dicho Padre Vice Provincial que estaba allí; quedo aturdido
el miserable con este orden viendo que le obligaban a ir a hu-
millarse a los que hasta entonces el se prometía ver los puestos
a sus pies con cadenas. Mostróse muy humilde en la visita dis-
culpándose de lo que hasta entonces había obrado, que gente
mal intencionada le había engañado por no haber tenido an-
tes noticia de la Ley de Dios. El día siguiente volvió a dar razón
al Virrey de cómo había cumplido con lo que el día antes sele
había mandado. Mándole el Virrey aguardar en una ante-
sala, y envió un recado a los Padres que fuesen allá los tres que
allí se hallaban; fueron luego y al punto que llegaron se
le

una grave reprehensión. Con que no solo en Fogān, sino en
toda aquella Provincia de Fô Kiên mientras aquel Virrey gober-
nare, no me parece que los ministros tienen que recelar. Gracias
y alabanzas sean dadas a la majestad de Dios por haberse dignado
su piedad, de haber traído por tan raros medios a tan glorioso
fin esta persecución, dándonos manifiestamente a entender su divi-
na majestad que no quiere que se acabe, sino solo que se ejercite es-
ta cristianidad, pues dejando obrar a la malicia lo que bastaba
para que diese [a beber] la atribulación, acudió luego su mise-
ricordia con el refrigerio de su patrocinio aplicándolo por últi-
mo con la eficacia, que se requería para el total remedio. Dejándo-
nos juntamente enseñado a los ministros que en semejantes lances
se procuren poner todos los remedios para que se negocie por bien,
y de ningun modo se emprenda acción que suene al menor á-
pice de llevar los negocios por el rigor debía juridica, por muy
armados que nos hallemos en la razón. Dios por su piedad nos
dé en todo y para todo la luz que para no errar hemos menester.
2a
[1] No solo acudió nuestro buen Padre Dios a consolar a los ministros en el
discurso de esta persecución con le refrigerio de su piadoso patrocinio
con que en los lances más apretados (como se ha visto) nos es forzaba
dejándonos asegurados de su especial, como paternal asisten-
cia; sino que cariñosamente nos regalaba también con los sabrosos
bocados de algunos sucesos, ya en provecho de las almas, y a en con-
fusión de los príncipes de las tinieblas, que este es el néctar más
suave para al gusto de los ministros. Con lo cual el Dragón
protervo que han helaba por nuestro daño al paso que su infernal
astucia maquinaba trazas para su mayor oprobio.
[2] Sea el primero un caso que sucedió en un pueblo cerca de la villa
de Fogān, que bastaba para consuelo, aún demás agrias persecuciones.
Y en que confirmó el señor lo que vale es Santo Bautismo válidamente
dado, aunque no sea por el sacerdote, pues el ministro en esta
ocasión fue una mujer. Pondré el caso con las mismas palabras
que el Padre Fray Andrés Lopez, lo referió en una carta suya, por haber-
lo podido dicho Padre averiguar más de cerca. Dice así, en el
pueblo de Hipiēn María Fōsiētiēnchū (es una de las beatas
cuyo apellido quiere decir, gracias a Dios, renombre que se ha ga-
nado por lo muy continua que es en su boca esta palabra) Baunzo
a una

de los sentidos, pero dióle la misericordia de Dios juicio
y palabras lo que basto para poder explicar su fe y deseos:
bautizóle el Padre y dentro de muy poco rato murió. El haber
sido la acción tan a prisa, y en aquel lance tan apretado en que
tan fácil puede ser el que la naturaleza confundiendo
los remedios apetezca lo sagrado como medicina de solo la
que le fatiga; y especialmente en un hombre tosco, y que tan de poco
había sido catequizado, no dejaba de causar en el minis-
tro algún recelo sobre si se habría logrado aquel sacramento
y, daba fuerzas al recelo, el ver que la mujer, y demás pari-
entes del difunto que daron tan desgraciados, que no per-
mitieron al catequista, ni a otro cristiano, que después
entrasen allá, ni aún para el rezo, y ceremonias, que se
hacen con los difuntos bautizados, sino que mezclando en-
tre los llantos maldiciones contra los diablos extranjeros
(que es el vocablo con que nos honran las cóleras chinas) le
hicieron las exequias supersticiosas que ellos como infie-
les usan. No pasaron ocho días, cuando el señor comenzó
a consolar al religioso, trayéndole a la iglesia pidiéndole
el bautismo a un cuñado del tal difunto con muestras gran-
des de arrepentimiento por haber sido el que entonces se había
mostrado más desazonado, y ahora la gracia de Dios le traía
ya bien dispuesto; como trajo también después a la viuda
a una hija, ya otra cuñada. Todos los cuales en el tiempo
de un mes después que sucedió la referida muerte, queda-
ron bautizados, retornando en bendiciones las maldicio-
nes antecedentes, y prosiguiendo muy firmes en la fe.
Con que podemos piadosamente creer, que la intercesión de a-
que pobrecito, aunque bautizado deprisa les había alcan-
zado de Dios tal merced; y que lo dispuso así su majestad
para enseñar a los ministros, que en sacramento tan necesario
y en casos tan apretados no han de [escrupulicando] nuestra cor-
tedad; pues por ventura Cristo nuestro señor conociendo, como
es el agua, y tan fácil de dar al que la pide, que el no dar-
la es uno de los primeros cargos de la cuenta universal
Si tibi, et non de [dixi] mihi vibere.
[5] Pa

que el milagro le cortase a la buena señora golpes, y
palos. Lo cual sucedió en la forma siguiente.
[7] Después de haber cesado el estrago reducido ya a
cenizas casi todo el barrio uno de los vecinos en cuya casa pren-
dió el fuego cuando obedeciendo a la virtud del Santo Agnus mudó
de rumbo habiendo hecho muchas promesas a los ídolos viendo cuan
en vano le habían salido fue con rabiosa ira contra el marido de
Teresa diciendo que debía pagarle los daños de su casa quemada
pues por haber en aquella cristianos que pidieron favor al Dios de los
europeos que tiene mas poder que los suyos (aún no sabía lo del
Agnus) viniendo el fuego derecho hacía aquella casa se había
vuelto, y quemádole la suya lo cual era contra toda justicia
y así que debía satisfacerle todos los daños, porque de no hacen
lo le pondría pleito en la audiencia. [Excusábase] el uno todo
lo que podía, instaba clamando el otro que las hechicerías de
los cristianos habían causado aquella ruina en su hacienda
y casa; el marido de Teresa tomó por partido el darle
veinte [taes] de plata para a callarle, y que desistiese de ponerle
pleito. Fuese el litigante aunque no del todo gustoso, [ni menos ]
lo quedo el que dió la plata, antes comenzando, a dar más mu-
estras de miserable que agradecido, no queriendo recono-
cer el autor del grande beneficio que acababa de recibir, a-
unque la pidió de rodillas al Dios de su mujer, persuadién-
dole su malicia a que había sido suceso acaso con que comen-
zó a enfurecerse de sentimiento de que le hubieran sacado a-
quella poca de plata y ciego tanto de infidelidad como de cóle-
ra, cargando toda la culpa a su mujer, la apeleó diciendo que
fuera haber acudido a otro Dios que a menos costa hubiera
hecho el milagro: ya juntando también entonces otro en-
ojo que tenía guardado a la devota mujer, por haberse con-
fesado a escondidas con el Padre Fray Raymundo de el Valle
acumulando venganzas, añadió rigores [a se] injusto castigo
con que pudo bien la buena Teresa ejercitar su paciencia
y añadir muchos grados al mérito como tengo por cierto que lo
haría, según el concepto grande que tengo de su virtud, y
sólida fe. Conociéndose claramente en la misma acción cuan
poco importan milagros para corazones de endurecidos. Faraones,
o de

o de [abstinados]. Fariseos, como mostraron estarlo los
de estos miserables gentiles en el caso referido.
[8] He oído a algunos menos experimentados mostrar
deseos de que Dios, para mover a esta gentilidad que se
conviertan hiciese su majestad muchos milagros, pero otros
a los cuales la experiencia de sucesos como el pasado
los tiene desengañados, conformándose con la voluntad
del señor de la Viña, que sabe el ruego de que cada tierra
necesita se contentan con poner los medios naturales, que
buenamente pueden cifrando su mayor consuelo en que su
divina majestad se digne de tenerlos ocupados en esta su
heredad, que aunque demos que la ocupación sea solo de ir
enterándose en el conocimiento de las yerbas malas que
hubiere en ella, puede ser que su divina majestad le haya trai-
do solo para eso, y si cumple con ello, bastále, que no razón
para que el operario quiera trabajar en otra cosa de lo
que dueño ordena. Si bien que nuestro Dios, y Señor cono-
ciendo que el fin que mueve a desear los milagros, es
que haya fruto que recoger tiene cuidado de ofrecernos
para nuestro consuelo continuos lances, que nos dejan con
ciertas esperanzas de que muchos se salvan, concluiré
esta párrafo referiendo dos, que sucedieron en la forma
que ahora diré.
[9] Llevaron al Padre Fray Juan de Santo Tomás a confesar
a un enfermo a la villa de Liēn Riāng luego que llegó, hice
público entre los cristianos su llegado concurrieron todos
hombres, y mujeres a pedir al Padre que los confesara mostrando
se hambrientos de los Santo Sacramentos, por haber ya tiempo
que no los reciban. Ofreciósele al Padre no poco embarazo-
sa dificultad sobre el caso especialmente por lo que tocaba
a las mujeres por no entender ellas la lengua man-
darina ni el Padre su lenguaje natural. No obstante
considerando el dicho Padre la necesidad a la cual agrava
mucho la circunstancia de la contingencia de no volver
haber tan presto ministro, formando allí un breve inte-
rrogatorio ayudándose para ello de algunos de los hombres,
con lo cuales se entendía ya algo en la lengua manda-
rina

mandarina, se animó a confesar a los que por viejos
o enfermos fuese en ellos más expresa la necesidad, pero
entendiendo ellos la limitación, valiéndose unos de un
pretexto, y otros de otro se fueron confesando todos y to-
das: si bien quedó el Padre consolado, porque según refirió,
les había entendido lo bastante. Donde sele ofreció mayor
dificultad fue al querer que le concediesen licencia para
comulgar, por haber entre ellos algunos viejos y viejas;
y una aldeana que había venido tres días de camino a con-
fesarse, tan cerrados en la expresiva aquellos, y está en lo
natural de su lenguaje que no era posible al Padre enterarse
de que estuviesen instruidos, y con suficiente inteligen-
cia del Santo Sacramento que pedían. Pero entendiendo,
que ya en otras ocasiones habían comulgado, y el catequis-
ta asegurar que sabían lo bastante se resolvió a condes-
cender con sus devotos ruegos, y así comulgaron con mu-
cho consuelo suyo, con el mismo quedó el enfermo habien-
do recibido todos los sacramentos, y lo que más digno es de-
notar que le sobre vinieron tan buenas ganas de morirse
cosa que antes per ser mozo, sentía mucho, que parecién-
dole que las medicinas, y comida le retardarían la jorna-
da, envió de secreto a preguntar al Padre si podría irse ex-
cusando de estos cuidados del cuerpo, dejando al des-
cuido de comer para con eso ir más presto haber a su cria-
do (no alcanzaba la fuerza de la obligación de conser-
var la vida). Fue el Padre y explícole el punto como conve-
nía, apelando al medio que le era lícito, que era el pedir
solo a Dios con resignación, y da a entender la candidez
de sus deseos, el que muy en breve le oyó su divina majestad
el poco tiempo que se detuvo allí el religioso enfermo
de muerte unas de las viejas que habían comulgado, que te-
nía noventa y ocho años de edad. Hizo llamar al
Padre para que la olease, y habiendo recibido aquel último
sacramento, con mucha alegría repitiendo muy a menudo
que aquel era beneficio de nuestra señora porque ella deseaba
mucho

de los sentidos, pero dióle la misericordia de Dios juicio
y palabras lo que basto para poder explicar su fe y deseos:
bautizóle el Padre y dentro de muy poco rato murió. El haber
sido la acción tan a prisa, y en aquel lance tan apretado en que
tan fácil puede ser el que la naturaleza confundiendo
los remedios apetezca lo sagrado como medicina de solo la
que le fatiga; y especialmente en un hombre tosco, y que tan de poco
había sido catequizado, no dejaba de causar en el minis-
tro algún recelo sobre si se habría logrado aquel sacramento
y, daba fuerzas al recelo, el ver que la mujer, y demás pari-
entes del difunto que daron tan desgraciados, que no per-
mitieron al catequista, ni a otro cristiano, que después
entrasen allá, ni aún para el rezo, y ceremonias, que se
hacen con los difuntos bautizados, sino que mezclando en-
tre los llantos maldiciones contra los diablos extranjeros
(que es el vocablo con que nos honran las cóleras chinas) le
hicieron las exequias supersticiosas que ellos como infie-
les usan. No pasaron ocho días, cuando el señor comenzó
a consolar al religioso, trayéndole a la iglesia pidiéndole
el bautismo a un cuñado del tal difunto con muestras gran-
des de arrepentimiento por haber sido el que entonces se había
mostrado más desazonado, y ahora la gracia de Dios le traía
ya bien dispuesto; como trajo también después a la viuda
a una hija, ya otra cuñada. Todos los cuales en el tiempo
de un mes después que sucedió la referida muerte, queda-
ron bautizados, retornando en bendiciones las maldicio-
nes antecedentes, y prosiguiendo muy firmes en la fe.
Con que podemos piadosamente creer, que la intercesión de a-
que pobrecito, aunque bautizado deprisa les había alcan-
zado de Dios tal merced; y que lo dispuso así su majestad
para enseñar a los ministros, que en sacramento tan necesario
y en casos tan apretados no han de [escrupulicando] nuestra cor-
tedad; pues por ventura Cristo nuestro señor conociendo, como
es el agua, y tan fácil de dar al que la pide, que el no dar-
la es uno de los primeros cargos de la cuenta universal
Si tibi, et non de [dixi] mihi vibere.
[5] Pa

que el milagro le cortase a la buena señora golpes, y
palos. Lo cual sucedió en la forma siguiente.
[7] Después de haber cesado el estrago reducido ya a
cenizas casi todo el barrio uno de los vecinos en cuya casa pren-
dió el fuego cuando obedeciendo a la virtud del Santo Agnus mudó
de rumbo habiendo hecho muchas promesas a los ídolos viendo cuan
en vano le habían salido fue con rabiosa ira contra el marido de
Teresa diciendo que debía pagarle los daños de su casa quemada
pues por haber en aquella cristianos que pidieron favor al Dios de los
europeos que tiene mas poder que los suyos (aún no sabía lo del
Agnus) viniendo el fuego derecho hacía aquella casa se había
vuelto, y quemádole la suya lo cual era contra toda justicia
y así que debía satisfacerle todos los daños, porque de no hacen
lo le pondría pleito en la audiencia. [Excusábase] el uno todo
lo que podía, instaba clamando el otro que las hechicerías de
los cristianos habían causado aquella ruina en su hacienda
y casa; el marido de Teresa tomó por partido el darle
veinte [taes] de plata para a callarle, y que desistiese de ponerle
pleito. Fuese el litigante aunque no del todo gustoso, [ni menos ]
lo quedo el que dió la plata, antes comenzando, a dar más mu-
estras de miserable que agradecido, no queriendo recono-
cer el autor del grande beneficio que acababa de recibir, a-
unque la pidió de rodillas al Dios de su mujer, persuadién-
dole su malicia a que había sido suceso acaso con que comen-
zó a enfurecerse de sentimiento de que le hubieran sacado a-
quella poca de plata y ciego tanto de infidelidad como de cóle-
ra, cargando toda la culpa a su mujer, la apeleó diciendo que
fuera haber acudido a otro Dios que a menos costa hubiera
hecho el milagro: ya juntando también entonces otro en-
ojo que tenía guardado a la devota mujer, por haberse con-
fesado a escondidas con el Padre Fray Raymundo de el Valle
acumulando venganzas, añadió rigores [a se] injusto castigo
con que pudo bien la buena Teresa ejercitar su paciencia
y añadir muchos grados al mérito como tengo por cierto que lo
haría, según el concepto grande que tengo de su virtud, y
sólida fe. Conociéndose claramente en la misma acción cuan
poco importan milagros para corazones de endurecidos. Faraones,
o de

o de [abstinados]. Fariseos, como mostraron estarlo los
de estos miserables gentiles en el caso referido.
[8] He oído a algunos menos experimentados mostrar
deseos de que Dios, para mover a esta gentilidad que se
conviertan hiciese su majestad muchos milagros, pero otros
a los cuales la experiencia de sucesos como el pasado
los tiene desengañados, conformándose con la voluntad
del señor de la Viña, que sabe el ruego de que cada tierra
necesita se contentan con poner los medios naturales, que
buenamente pueden cifrando su mayor consuelo en que su
divina majestad se digne de tenerlos ocupados en esta su
heredad, que aunque demos que la ocupación sea solo de ir
enterándose en el conocimiento de las yerbas malas que
hubiere en ella, puede ser que su divina majestad le haya trai-
do solo para eso, y si cumple con ello, bastále, que no razón
para que el operario quiera trabajar en otra cosa de lo
que dueño ordena. Si bien que nuestro Dios, y Señor cono-
ciendo que el fin que mueve a desear los milagros, es
que haya fruto que recoger tiene cuidado de ofrecernos
para nuestro consuelo continuos lances, que nos dejan con
ciertas esperanzas de que muchos se salvan, concluiré
esta párrafo referiendo dos, que sucedieron en la forma
que ahora diré.
[9] Llevaron al Padre Fray Juan de Santo Tomás a confesar
a un enfermo a la villa de Liēn Riāng luego que llegó, hice
público entre los cristianos su llegado concurrieron todos
hombres, y mujeres a pedir al Padre que los confesara mostrando
se hambrientos de los Santo Sacramentos, por haber ya tiempo
que no los reciban. Ofreciósele al Padre no poco embarazo-
sa dificultad sobre el caso especialmente por lo que tocaba
a las mujeres por no entender ellas la lengua man-
darina ni el Padre su lenguaje natural. No obstante
considerando el dicho Padre la necesidad a la cual agrava
mucho la circunstancia de la contingencia de no volver
haber tan presto ministro, formando allí un breve inte-
rrogatorio ayudándose para ello de algunos de los hombres,
con lo cuales se entendía ya algo en la lengua manda-
rina

mandarina, se animó a confesar a los que por viejos
o enfermos fuese en ellos más expresa la necesidad, pero
entendiendo ellos la limitación, valiéndose unos de un
pretexto, y otros de otro se fueron confesando todos y to-
das: si bien quedó el Padre consolado, porque según refirió,
les había entendido lo bastante. Donde sele ofreció mayor
dificultad fue al querer que le concediesen licencia para
comulgar, por haber entre ellos algunos viejos y viejas;
y una aldeana que había venido tres días de camino a con-
fesarse, tan cerrados en la expresiva aquellos, y está en lo
natural de su lenguaje que no era posible al Padre enterarse
de que estuviesen instruidos, y con suficiente inteligen-
cia del Santo Sacramento que pedían. Pero entendiendo,
que ya en otras ocasiones habían comulgado, y el catequis-
ta asegurar que sabían lo bastante se resolvió a condes-
cender con sus devotos ruegos, y así comulgaron con mu-
cho consuelo suyo, con el mismo quedó el enfermo habien-
do recibido todos los sacramentos, y lo que más digno es de-
notar que le sobre vinieron tan buenas ganas de morirse
cosa que antes per ser mozo, sentía mucho, que parecién-
dole que las medicinas, y comida le retardarían la jorna-
da, envió de secreto a preguntar al Padre si podría irse ex-
cusando de estos cuidados del cuerpo, dejando al des-
cuido de comer para con eso ir más presto haber a su cria-
do (no alcanzaba la fuerza de la obligación de conser-
var la vida). Fue el Padre y explícole el punto como conve-
nía, apelando al medio que le era lícito, que era el pedir
solo a Dios con resignación, y da a entender la candidez
de sus deseos, el que muy en breve le oyó su divina majestad
el poco tiempo que se detuvo allí el religioso enfermo
de muerte unas de las viejas que habían comulgado, que te-
nía noventa y ocho años de edad. Hizo llamar al
Padre para que la olease, y habiendo recibido aquel último
sacramento, con mucha alegría repitiendo muy a menudo
que aquel era beneficio de nuestra señora porque ella deseaba
mucho

el que vine en nuestra casa antigua, y luego que llegó le preguntado
a la enferma si deseaba el bautismo, que él podía admi-
nitrárselo en aquella ocasión? Había perdido ya la habla;
pero hizo señas con la cabeza que sí, dando juntamente muestras
de alegría. Bautizóle el dicho Juan y Jacobe juntamente aunque no acude
a las obligaciones de cristiano, cumplió con la de ser padri-
no en aquella ocasión, llamóse María y el día siguiente
se fue al cielo. Todo esto me refirió el mismo que la bau-
tizó. Y lo cierto es que es mucho consuelo para los que hemos
venido por la salud de las almas. Ha sido notorio y a los más
de los cristianos de esta ciudad y todos dicen, que fue maravilla
gran de Dios, que en China hablase una hija con tanta liber-
tad a sus padres. A y quien dice, que su abuela materna
fue cristiana, pero que a mucho tiempo que murió, aunque por
ella hubiera tenido alguna noticia de la fe, lo cierto es, que
con las palabras que ella pidió el bautismo se las dictó el
señor. Harto e sentido estar yo tan corto en la lengua, que
me juzguen por incapaz de ser ministro aun de necesidad.
No era digno yo de ser ministro de tan grande obra. Hágase
la voluntad de Dios. Hasta aquí el Padre Fray Manuel Trigueros.
[11] Mucho podrán hallar los que supieren este caso por que alabar
a Dios, y darle gracias a su majestad especialmente los que saben
la nimia reclusión de las doncellas de China, y la poca o ninguna
comunicación con los que no asisten de las puertas adentro
de la casa de sus padres. Pero a lo que yo ahora aplico más
consideraciones, a que en este, y otros semejantes casos, quie-
re nuestro buen Padre Dios dar nos a entender a los ministros, que
aunque somos el medio ordinario de que se vale para dispo-
ner las almas, a que [reciban] la fe; pero que le es muy fácil
a su majestad soberana sin este ni otro medio alguno exterior,
instruir interiormente a sus predestinados, y inflamar los en su
divino amor, para que con eso nos humillemos, y tengamos
a gran dicha el que su majestad se digne de admitirnos al ejer-
cicio de tan alto ministerio, asegurandonos de este modo
su paternal providencia del riesgo en que nos pudiera poner
alguna disimulada. Como vana presunción de que Dios nos
a menes

nos a menester conociendo claramente que por el contrario solo
su fin ha sido, y es siempre de que nosotros en todo podamos
obtener algún provecho. Bendita sea por siempre su bondad.
[12] Otros sucesos que tienes muchos avisos de que [exceden] al
curso, y orden natural obra Nuestro Señor muy de ordinario
en estas misiones, pero porque unos no son de los muy parti-
culares, y otros no tienen la autoridad que basta para
la relación dejo de poner los en esta y porque también
atiendo a la brevedad.
3
[1] Aunque la persecución nos dió a beber tan desabridos
tragos en todo el tiempo que duro, no es éste el mayor trabajo
que la misión en este año ha padecido, pues la muerte de tres
ministros, que Dios fue servido de llevarse en menos de
cinco meses ha sido un golpe sobre todo en carecimiento
sensible de tal modo que si los sustos de la persecución
[congoja van], era porque traían consigo el recelo de que
parece en privarles a los pobres y tiernos cristianos de los
ministros, que los alientan con que el haberse los quitado
Dios por este camino, no solo no disminuye el sentimiento
sino que le agrava; pues parece que es dar su majestad a
entender, que el permitir la persecución no fue solo
para que sirviese de ejercicio de algunos buenos; sino
principalmente por castigo de algunos culpas de las cuales
se halla tan ofendido que el mismo sin valerse de los tira-
nos a querido por si ejecutar el castigo tanto más ri-
guroso, cuanto por ser los dos religiosos difuntos mo-
zos, y dotados de muy particulares prendas se pro-
metía esta misión en ellos grandes, y gloriosos pro-
gresos son pues los tres difuntos. El primero el Padre
Fray Domingo de San Pedro que murió a quince de a-
bril: El segundo el Padre Fray Juan de Santo Tomás
que murió a veinte y cinco de agosto y el último
el Padre Fray Andrés Lopez, que murió a diez de septiembre
la relación de la vida y religiosos de todos tres
y
Casos de cosas que vieron algunos chinos por lo que se bautizaron. 1684

pencil mark125
incomplete seal
A o Alvaro de Benaven=
te, y de da el [agrada]
Ordem de Agostinho
19.6
52
104
------
352
272 em Xao [Kum]
6
219 6 375
12 8 1 6
2 5 9
3 2 1 10
2 8 2 7
2 7 4 2
2 5 5
2 7 5 8
2 2 1 6
6 6 2
5 5 5 6
2 7 3 6
2 2 6 5
2 4 _______
_____ 2 1 9 6
1732 1 7 3 2
_______
3 9 2 8
3 5 2
_______
0 4 0 8
De Quam Choū

01 Nân Hûng Kín Kang Julio 1689. Un gentil [moribun]
do vio en sueños vio al ir a decir mura[...]
casa del hón chang, y diciéndola la cosa muy [...] lan
deciente, llame al hóci chàng y le legebirio no le
[aur] asesinado a los Cristianos, y que llaman al [ ]
bautizarles no pudo el [] alcanzar y el oir [chung le]
bautizo. Luego dijo y [acua] visto [mes] señores le
preguntaran donde iba, y el [Rispo.] que al [ercho] y el cate
quista lo interpreto de la Trinidad, murio y fue el
caso publico.
02 -- En Nan hiang fu la de Julian Pung Chang [Chaytre]
no queria hacer se [y] a la muerte dice vio una
[] con la coronadas flores le reprendio [y] no ser [ehnaña]
despierto y dijo en la hay una [la] con corona de flor y
[y] me a dicho esto, bautizola el marido y murio.
3 -- En Nan Hiung Chin Tang un mozo a la muerte muy malo en sueño
vio un camino de ley [torso] y grande iba a la y le dio
gan a de andarlo, y co se llevar a la se bautizo y [sano].
3 -- En [] una mujer [priorite] de muchos cristianos mas el ma-
rido gentil [terra] su [suegro] cristiano le hizo bautizar un hizo
que murió por lo cual [aborrecia] el Fe cristiana, en sueños
vío a la que la dijo fuese cristiana, respondió que no salva
rezar, que luego aprendería a bautizardose, comenzó aprender
y en tres semanas no puedo aprender el lizo bautizada luego
aprendió a esta muchas oraciones no necesarias. El marido
se quiere bautizar.
0 + -- Nan Hiang de 84 vecinos a la Iglesia, un niño movibiendo
hizo de gentil el le dijo al por que la dejase bautizar
y luego murió y estuvo así algunas horas, no [democu]
do del marido de los padres. El le dijo el [pane]
crito del en vivo y luego volvió, y sano y vive. Lla
marse Nicolás. --
Carta del P. Carlos Turcotti de la Compania de Jesús en Cantón para el comisario de San Francisco

Carta del padre Carlos Turcotti de la compañia de Jesus vicario de vara en Cantón para el muy reverendo padre comisario de San Francisco
[Muito] reverendo padre comisario
El señor obispo dispensa a todos los neófitos de estas dos provincias de Cantón y Guangxi: los dos primeros
días de su año nuevo sínico, cuales caen en viernes y sábado, para poder comer carne, y ordena que se les
notifique esta su disposición en todas las iglesias, y con eso yo le avise si todos los reverendos padres [sus súbditos] misioneros
se conforman a esta ordenación suya. Y así suplico a vuestro padre se sirva de avisar a cada uno de los reverendos padres sus
súbditos, y hacerme favor de la respuesta, para podersela yo dar al señor obispo con que etc.
de vuestro padre siervo
Carlos Turcotti de la compañía de Jesús, vicario etc.
Respuesta del padre comisario
Muito reverendo padre Carlos Turcotti
De las varias respuestas, que en otras semejantes ocasiones se han dado le consta a vuestro padre claramente de la opinión
en que yo, y los demás misioneros españoles estamos, no teniendo por revocada aún en estas misiones la jurisdicción,
y autoridad, que ejercitan los señores vicarios apostólicos: hasta que aparecen de Roma el decreto revocativo
de lo que les han concedido los summos pontifices en sus bullas. Y así en la dispensación que a vuestro padre me dice
tiene hecha el señor obispo de Macao con los neófitos de las dos provincias de Cantón y Guanxi dándoles permiso
para poder [comer] carne en el viernes y sábado de su año nuevo sínico, y vuestro padre me notifica ahora en su carta firmándose
en ellas con el título de vicario. Digo que vuestro padre podrá avisar de este punto al señor vicario o provicario
de esta provincia cuyo juicio, y respuesta en la materia será más acertada que la mía y muy conforme a las necesidades
de las misiones, y gusto de Dios nuestro señor, el cual guarde a vuestro padre como deseo. Cantón 20 de enero 1696
Menor siervo de vuestro padre
Contrarespuesta del Padre Carlos Turcotti a la sobredicha del padre comisario
Muito reverendo padre comisario
A la respuesta de vuestro padre no tengo que replicar, si no que supuesto que se le niega al señor obispo el poder ejercitar
su jurisdicción en cosa alguna, tan poco el dispensar unos ayunos a estos neófitos sus ovejas. Desde ahora yo renuncio [todo] el
oficio y título de vicario, que al mismo señor me tiene encomendado, lo cual tuviera hecha mucho antes si no fuera. Lo [procuro]
porque aunque bien sé, y sabía que vuestro padre es de opinión no estar aún revocados los vicarios apostólicos. Y por la misma razón, y mucho
más por otras más seguras de los privilegios, que gozan los [regulares] no extrañaba, que vuestro padre no se sujetase a pedir licencia
para las confesiones etc. con todo absolutamente ignoraba que vuestro padre fuese también de parecer, que dado que aún dure la jurisdicción
delegada etc. no pueda el señor obispo ejercitar su ordinaria en cosa alguna. Pues puedo mostrar algunas cartas asimismo
del mismo señor obispo, el cual testifica, que vuestros padres por sus escritos confiesan y conocen por obispo con toda su jurisdicción ordinaria
en Cantón y Guanxi, como del seño de Cice. El cual dice, que vuestros padres, y el mismo señor Baset concederán todo lo que le
toca por su jurisdicción ordinaria especificando entre otras cosas en los ayunos y causas matrimoniales etc. Y asimismo de
los reverendos padres Fray Miguel Rubio y Fray [Jose] de Olivera, con que dicen no habrá pleitos como el señor obispo se contente de su jurisdicción,
que le dan los sagrados cánones [salvos] privilegios etc. Por esto confieso haber estado hasta ahora engañado en mi concepto y
por la misma razón quedo admirado por no alcanzar las causas de tal mudanza. Y como siendo tan claras las bullas del papa
que dan al señor obispo total jurisdicción como a cualquier obispo de Portugal en su diócesis totalmente se le pueda negar hasta
dispensar ayunos y publicar algunos jubileos del papa que se los envió por su nuncio en Portugal.
Lo segundo porque admití tal oficio, y con eso el peso y pesadumbres, que por el [tiempo] sufrido hasta ahora solamente para
estorbar los escándalos, que ya se hubieran seguido en todas las iglesias de estas provincias si yo no lo tuviera admitido o

renunciando antes: y allí [quantum est ex me] doy gracias a vuestros padres (a quienes después de Dios juzgue hacer un buen servicio con
tal título de vicario) de serme librado de él. Y [folgaré] mucho que el señor obispo no envíe más otro, o si le enviará [...]
con más prudencia y paciencia que yo, y no sea tan o más valiente (por tener más razón) del señor Basset, cuyo juicio y rep[...]
que tiene dado contra la jurisdicción y autoridad del señor Macaense y también contra el patronato, y decoro del [serenísimo]
rey de Portugal sepa vuestro padre que por hombres píos y doctos han sido juzgadas por descompuestas etc. y también dignas
de [ser en] remetidas al supremo juicio de la inquisición de Roma. Pues algunas de sus proposiciones son directamente [opuestas] a [las]
clausulas de la bulla del papa para el señor obispo macaense, no solo limitándola, mas totalmente frustrando la
misma bulla, y mente de su santidad; con otras cosas, y casos reservados in bulla [cena]. Y aún por esto mucho
más quedó admirado, que misioneros españoles tan prudentes y píos como vuestros padres se remitan a sí mismos, y a [...]
y también al mismo señor obispo, al juicio y respuestas (según dice vuestro padre más acertadas, que las suyas, y muy conformes
a la necesidad de las misiones, y gusto de Dios nuestro señor) de un clérigo francés y [intruso] etc.
Pero me parece que dirá vuestro padre, que no niega su jurisdicción ordinaria al señor obispo, mas solamente remite a los
vicarios apostólicos la respuesta si le toca o no al señor obispo el dispensar los ayunos. Con todo yo digo, que no vale este m[...]
termino, por 20 razones en contrario, que dejo por brevedad y la principal es porque es cierto que el papa dio la
jurisdicción total ordinaria sobre estos neófitos al señor Don Joao de Casal obispo macaense, y no tienen autoridad
los vicarios apostólicos, ni los mismos nuncios y legados del papa sobre los ordinarios sobre lo tocante a la
jurisdicción ordinaria. Y mucho menos la tienen para juzgar, limitar, [irritar] las bullas de su santidad, y lo
que los mismos les dan a los obispos. Y por eso los regulares no pueden ni deben recurrir, o remitirse a los vicarios
apostólicos y por esso para negar a los señores obispos lo que el papa, y los sagrados cánones les dan y no [...]
contra sus privilegios. Pues como escribió el señor obispo en una suya; [os ordinarios en todos seus bispados
tem jus pera mandar les pastrorais, dispensasoés jesuns, impedimentos matrimoniais publicar indulgecias e jubileos
não so em as paroquias mas ainda nos conventos i sentos etc.] cuanto más, que en este caso por vicarios apostólicos
no pueden ser jueces por ser también parte y tan dudosa su jurisdicción. Pues lo más cierto es, que ya acabó, antes
nunca la tuvo aquí el señor Maigrot etc. y por eso dejarlo incierto [por lo] incierto parece voluntariamente ser
amar o peligro, qui amat periculus etc.
Otra razón más breve y clara es del mismo señor obispo, el cual dice así: [O papa no enganou ao serenísimo rey de
Portugal concedendolhe seu jus patronato, eos bispos de China etc.] Ni engañó al señor obispo de Macao dándole tal
jurisdicción ordinaria en este Cantón etc. Luego si el papa revocó a los vicarios apostólicos o al menos no limitó su jurisdicción, mas[...]
la dejó toda entera como antes de enviar los obispos según siente vuestro padre [talmente] que, no pueda el señor obispo ejercitar
su jurisdicción en cosa alguna ni poner aquí vicario para el mismo fin sin ser juzgado, y amenazado el mismo [...]
señor Basset, y el reverendo Padre Fray Bernardino de las Llasas juzgaron, y amenazaron en sus respuestas. Claramente
se sigue que su santidad tendría engañado al serenísimo rey de Portugal y al señor obispo de Macao. Pues según la
opinión de vuestro padre no les concedió in [praxi] cosa alguna, más todo lo dejó como antes a los vicarios apostólicos.
Todo esto muy reverendo padre comisario supuesta la renuncia del oficio, y título de vicario, que dije al principio
de estas, hice. No es más entre nos que disputa, y cuestión [mera] especulación; y así non obstante ser los
de contraria opinión, yo soy como siempre.
De vuestro padre muy amigo y siervo
Traslado de la consulta que los agustinos hicieron sobre salir de Macao y volver a Filipinas. 1710

[...] Traslado de la consulta que los Reverendos Padres Misioneros
[...]Agustinos hicieron sobre salir de Macao
[...] y volver a las islas Filipinas
En este Convento de Nuestra Señora de Gracia del Orden de los Ermitaños de Nuestro Padre San Agustin
en . el Thomas Hortiz Vicario de la Mision de es-
te Imperio de China del mismo Orden , Junto la consulta en que asistieron los Padres Misioner-
os de dicha Misión que al presente se hallan desterrados en esta Ciudad de Macao , Lector Fray Fran-
cisco Fontanilla. Joan de Rivera, Joan Barruelo, y Joan Nuñez, y juntos, y congre-
gados dicho Thomas Hortiz les propuso el miserable estado a que habían llegado
las cosas de la Mision, y Cristiandad de dicho Imperio, y que no obstante los muchos trabajos y
aflicciones, que tenían padecidas por espacio de cuatro años solo por la esperenza de no perder la Mi-
sion , nada tenían conseguido antes por el contrario las dificultades que el día de hoy se hallaban pa-
ra entrar un dicho Imperio a cuidar de sus Cristiandades e Iglesias sino eran mayores , que an-
tes por lo menos eran las mismas y que así era necesario, que con maduro consejo se eligiese, y
determinase sobre este punito, lo que mas pareciese convenir para honra y Gloria de la Majestad
Divina. La cual propuesta oída por dichos Padres y controvertidas las dificultades y inconvenien-
tes de una y otra parte y encomendado a Dios negocio de tanta importancia; el día siguiente 1 de
Noviembre todos Unánimes y conformes dijeron que atenta la decision de la sagrada congrega-
ción sobre los ritos cínicos aprobada y mandaba poner en ejecución por [Nuestro Majestad] Santo Papa Clemen-
te XI. en Junto con las circunstancias de tiempo, y estado de las co-
sas de dicho imperio de China. Juzgaban no era posible la entrada en el, la cual no solo se
dificultaba por la obediencia , que toda esta Misión Agustiniana tenia dada y ofrecía siem-
pre dar a los mandados de la Silla Apostólica sino también por la interpretación , con que algu-
nos (según tenemos noticia) iludiendo dicha decision de la Sagrada Congregación se deter-
minan ir a la Corte a tomar diploma , protestando como antiguamente seguirlas prajes del Matheo
Riccio ; con cuyo ejemplar que dara mas establecida la ley de tomar diploma y seguir los ritos
cínicos y los Misioneros mas desengañados en cuanto año poder entraren China sino solo con
dicha condición que totalmente se opuesta a la obediencia , que profesan a la Silla Apostólica de la
cual no juzgamos licito apartarnos aunque sea acosta depender nuestra Misión: porque la ca-
ridad que es la que mas nos podia obligar en esta ocasión para ser bien Ordenado es necesario que
comience de nosotros mismos, procurando primero por nuestra Salvación que por la del proximo
como nos lo enseña la Majestad divina por aquellas palabras : quid pro dest homini sitotum mun-
dum lucretur anime acetem sue detrimentum paliatur? En cuanto a permanecer en esta cui-
dad de Macao [Ultra] de faltar el fin de entrar en China y recuperar la Mision, que es la U-
nica y total causa que nos ha tenido aquí tanto tiempo , se hallan algunos inconvenientes y en-
tre otros uno es el peligro con que vivirnos en ella y a de ser obligados a salir de ella para tierras
estranas , y a de ser encartados en los pleitos, que se suelen fomentar en dicha Ciudad, la cual co-
múnmente goza de poca paz y abunda de perturbaciones , y alborotos , y el día de hoy no se halla
poco perturbada por haberse encontrado las jurisdicciones del santo oficio y real en la causa
de un rebelde a la justicia , de que se [teme] se han de originar muchos males a esta republica.
A todo esto se llego, que supuesto no hay esperanza de poder entrar en China y no ser necessa-
ria licencia de alguno para salir de aquí , por ser ya muerto el Excelentísimo Señor Cardenal de
[Jovernon] a la Provincia de Filipinas. Por estas y otras causas determinamos que se procu-
re sacar licencia del Virrey de Canton para podernos embarcar en la chalupa de Miguel
Traslado de una carta que Thomas Ortiz escribió al Capitán General de la Ciudad de Macao. 1608

Traslado de una carta que el reverendo padre lector Fray
Tomás Ortiz escribió al Capitán General de
la ciudad de Macao.
La obligación de mi oficio me compele a representar a vuestra señoría el agravio que padece esta misión agustiniana,
no con ánimo de querellarme ni pedir contra persona alguna, sino sólo para suplicar a vuestra señoría
[que] se sirva de defendernos de él y ayudarnos para la propagación del evangelio y salvación de tantas almas,
cuantas por nuestra ausencia de la misión de China en adelante se condenarán, que serán muchas,
y no serán pocas las que hasta el día de hoy se habrán ya condenado por esta misma causa.
Salimos de China no voluntarios, sino forzados o desterrados por la causa que todos saben,
y vinimos a Macao por orden del [chungto] y virrey, los cuales se despacharon un decreto (que
se conserva en esta ciudad) en que mandaban [que] estuviésemos en Macao y aquí esperásemos ocasión
oportuna para volver a entrar en China e ir a la corte, o por mejor decir esperásemos los
ordenes de Roma, para según ellos elegir camino.
Cuando esperábamos dicha ocasión, se interpuso la ciudad de Macao, poniendo escrito al
mandarín, en que dice: que "para evitar males, certifica que los cuatro religiosos agustinianos que
se hallan en Macao no quieren ir a la Corte a tomar diploma y espontáneamente desean volver
a sus reinos." Decreta el mandarín diciendo: que "dichos religiosos son mandados por el [chungto] y virrey
estar en Macao y no volver a su reino. Y así que vea si es que dichos religiosos desean irse, o si
es invención de la ciudad para echar de sí esta obligación" [etc.]
Vuelve la ciudad a poner segunda petición o escrito, diciendo: que habiendo examinado lo
que se la mandaba, halla que dichos religiosos dicen que "no desean ir a la corte, y que espontáneamente
desean volver a su reino." Decreta el mandarín que "dichos religiosos no tienen causas para tan
atropelladamente querer volver a su reino, y que parece que la ciudad por propia voluntad suya
pide esto por ellos" [etc.]
De todas estas cosas estábamos muy ajenos, cuando el mandarín de la Villa de Hiangxan llegó a
esta ciudad. Con su llegada tuvimos noticia de todo, no sin grande admiración nuestra. Mas procurando
olvidar agravios, el día 11 de este mes, en que el mandarín vino a este convento, sólo le representamos
como deseábamos ir a Cantón para allí esperar la ocasión, que aquí estábamos esperando. Y para
ello le suplicamos que nos ayudase. Respondió que lo haría de muy buena gana, mas que para
eso sería bien que el procurador de esta ciudad pusiese una petición representando esto mismo, que
entonces él la despacharía según nosotros deseábamos.
No quiero detenerme a ponderar todas estas cosas, porque no dudo que vuestra señoría lo podrá hacer mejor
que yo, a quien suplico sea de tal suerte la ponderación de ellas, que más le mueva a compasión, que
a enojo contra los que así tienen obrado. A mí no me duele tanto el agravio que padecemos, cuanto a
considerar que los gentiles son noticiosos de nuestras faltas, porque de esto sólo se puede seguir un gran
descredito de la nación europea, y un sumo menosprecio de la ley de Dios que profesamos.
No ignoro que para echarnos de Macao se valdrán de decir [que] hay ordenes reales, y que así conviene
para el servicio de su majestad. Pero es cierto que el servicio de su majestad no consiste en que las almas, por las
cuales Cristo nuestro bien derramó su sangre, se condenen, sino sólo en que se salven. Yo no puedo saber si el
día de hoy hay tales ordenes de su majestad. Pero sé que nunca nos las mostraron, y que en otras ocasiones no las había.
Y no obstante eso se procuró hacer esto mismo en Macao con los misionarios con título o pretexto de que
había ordenes de su majestad para ello. Pero dado caso que el día de hoy las hubiese, es cierto que nunca se pueden
entender con los misionarios desterrados de China por la obediencia a la Silla Apostólica, ni con los
regulares españoles, ni tampoco en la forma que se practican.
El derecho que tienen los misionarios para predicar la ley de Dios a las gentes se le dio Cristo
nuestro bien cuando en el evangelio les manda. Que caminando por el universo mundo siembran su evangelio
y le prediquen, y también cuando San Pablo dijo: que la palabra de Dios ni está ni debe estar
atada, esto es que no sólo éste o aquél, sino que todos la deben predicar. Y para no ser largo en referir
textos de la sagrada escritura etc. basta el precepto de caridad, que Dios puso en el Decálogo, por el cual
estamos obligados a procurar la salvación de las almas, así como por la justicia somos necesitados a no impedirla,
so pena de padecer los tormentos del infierno por una eternidad.
Para mejor cumplimiento de los preceptos divinos la majestad de Felipe 3.°, rey de España, y Portugal
alcanzó de la santidad de Paulo 5.° una bulla su data a 11 de junio, de 1608, en que después de

revocar cualquiera prohibición que hubiese sobre este punto, dio facultad para que todos los regulares
puedan libremente venir a China y demás reinos de estas partes. Después la majestad de Felipe 4.°, rey
también de España y Portugal alcanzó de la santidad de Urbano 8.° otra bulla su data a 22 de febrero,
de 1633, en que revalida la de Paulo 5.° y manda debajo de descomunión mayor [que] ninguna los
impida. A estas bullas se dio cumplimiento no sólo por cédulas reales, sino también por leyes, que su
majestad estableció, como consta del libro [1. Tit. 1A.] Ley 32. y 33. Últimamente Clemente X en su bulla
de 23 de diciembre de 1673 revalida las sobredichas bullas y las extiende a todos los sacerdotes
etc. y vuelve a descomulgar con descomunión mayor a todos los que los impidieren entrar en
dichos reinos. Si de todo esto fuere necesaria más amplia noticia, no me será difícil darla.
La causa, que aquí he tratado, no es de poca entidad, ni digna de echar en olvido, pues es
la misma que la majestad divina hecho hombre trató en la cruz. Por ello, aunque miserables, queremos
sacrificar nuestras vidas, y nos ofrecemos a padecer muchos trabajos y aflicciones. Y suplico a vuestra señoría
[que] la ponga ante sus ojos, a fin de ayudarnos en nuestra pretensión de entrar en Cantón. Si así lo
hiciere, no obstante que le es muy fácil, el premio que recibirá de Dios será muy grande. Pero si
no lo hiciere, puede estar cierto que tendrá tantas almas en el tribunal divino contra sí, cuantas se
condenarán en el tiempo futuro por falta nuestra y de mi religión en China. Y si vuestra señoría u otra cualquiera
persona fuere causa de no poder nosotros volver a la misión, les protesto en la mejor forma que en derecho
puedo y le hago cargo de todas nuestras iglesias y cristiandades de China y todos los demás
daños, que así la misión de China como nuestras personas y mi religión por eso padecieren. Suplico a vuestra señoría
[que] perdone la molestia que en esto le hubiere dado, y [que] me mande cosas de su mayor agrado. Cuya vida
guarde Dios muchos años como deseo. Macao y octubre, 14 del 1710. = De vuestra señoría su menor siervo y
capitán = Fray Tomás Ortiz. = Señor Don Francisco Mello de Castro capitán general y gobernador de esta ciudad
de Macao.
Suprascripta copia [fuit perme] infrascriptum [vicarium provincialem]
fideliter transcripta etc. in cuius fidem etc. Macai. dic 19
aprilis, annum 1712.
Fray Tomás Ortiz
[Vicarium provincialis]
O motivo que teve Donna Breatriz de Gusmão, mother de Amaro Gomez, para ir a casa do Frei Álvaro de Benavente, Obispo de Ascalon.

Diz o padre Joan Mourão da Companía de Jesus, que para certo requerimiento lhe é
necessário ter a certeza do motivo que teve Donna Breatriz de Gusmao molher
de Amaro Gomez para ir a casa do S dom fray Albaro de Benavente, bispo
de Ascalon, e vicario? a?co da Provincia de Kiang Sy, defunto nesta cidade de Macao p. q.
Pa VM senhor ouvidor de Santa
Magestad seja servido ordenar ao tabalião
Miguel Vaz Pacheco, e u outro qual quer efi-
cial da fe para que va a casa da? donna Bre-
atriz e tome testemonho auténtico do que lhe
ouvir nesta materia e ??
O tabalião Miguel Vaz Pacheco vai as
pouzadas de dona Breatriz de Guzmão,
molher de Amaro Gómez e tome seu de
puhimento? judicialmente sobre o conteúdo na
petição acima. Macao 24 de abril de
1709 ano. Carneiro.
Miguel Vaz Pacheco Tabalião público proprietário das notas e do judicial por
Su Magestade que Dios guarde nesta ciudade de Macao do nome de Deos na China certifi-
co por minha fe, que aos veinte e seis días do mes de abril de mil setecientos e no-
ve anos em comprimento de despacho acima do ouvidor de Sua Magestade que Deos
guarde. Joan Carneiro Iuzarte? de Vasconcellos a requerimento do Reverendo Padre Joan Mourão
da Companía de Jesus, fui as pouzadas de Dona Beatriz de Gusman,molher de
Amaro Gómez, e sendo ella ahí de presente lhe de a juramento dos santos evange-
lios, em que por sua mão direita, para dizer a verdade sobre a conteúdo na
petição atrás, que foi por mim lida, e sendo por ella ouvida e bem entendida,
dise, que na cidade de Manila tem ella um hermão clérigo por nome Joan
Gonzalez de Gusman, que é amigo do ilustrísimo señor bispo Dom Fray
Albaro de Benavente, por cuya vía corrió também ella sempre com o dicho
señor bispo, o qual tem notícia que o dito seu hermão deseja muito que
ella torne para Manila em companhia de dito seu marido, para ser la mora-
dor, le mandou preguntar se quería ir nesta ocaçião en que vai o dito seu marido por
Traslados de cartas que el Reverendo Padre Lector Fray Thomas Ortiz Vicario Provincial de la misión de San Agustín de la China escribió al patriarca Charles-Thomas Maillard de Tournon .

Trasladado de una carta , que el Reverendísimo Padre Lector Fray Thomas Hortiz Vicario Provincial de
La Misión del Gran Padre San Augustin de China escribió al excelentísimo [S.s]. Patriarca [S.a]
1a Carta = Excelentísimo Señor las cosas del S.s Ascalonense , que Dios tenga en gloria , están aun de la misma diserte,
que estaban antes de morir. Son todos de la orden y muchas mas que tuviera lo fueran también : mas
si despues ha de haber algun embarazo sobre ellas estas y otras muchas mas que tuviera las renunció
desde luego. Esto supuesto[ VCax.a] [Uco] si tiene alguna disposición , que hacer sobre ellas porque
en ese caso solo me resta obedecer , pero sino con liciencia de [VCax.a] dispondré de ellas. = Hasta
aquí tenia esta iglesia y convento un entredicho , mas ahora tiene dos , supuesto que los señores con
algunos Padres no han querido asistir al entierro y pues no ha sido la causa censura alguna Ecle-
siástica , que este publicada contra el S.s Ascalonense , es cierto ha sido por alguna razón parti-
cular , de la cual debieran haber renunciado en atención de que este Convento y nosotros estamos
padeciendo por defender la jurisdicción de [VCax.a] y otras causas [Sa.] por otras razones he renuncia-
do yo de algunas y por eso estoy obrando lo que obro y obrare por el S.s Ascalonense todo lo cual a
razón permitiere y mis fuerzas alcanzaren [VCax.a] perdone , que esto no es otra cosa que des-
ahogar mi corazon , porque es cierto , que el dolor , que me ha causado esto mucho sido a [VCax.a]
su bendición cuya vida [g.de] Dios nuestros años Macao y Marzo 21 de 1709. = Excelentísimo Señor
de [VCax.a] Su menor siervo y capellan que S.M.B. Fray Thomas Hortiz. = Excelentísimo [R.R.]
Carlos Thomas Mayllard de Tournon Patriarca Antiochino y Visitador Apostolico con Postedad de Lega-
do a Latere Sz.a
Trasladado de una Carta de dicho Reverendo Padre Lector Fray Thomas Hortiz escrita en respuesta
de otra del [S.s] Don Andres de Candela del S.s Patriarca a fin de publicar cierta des com.n Sz.a
2a Carta = M.R. Señor Don Andres de Candela = Esto y todo lo que mandare el S.s. Patriarca , lo obe-
decere yo y mis Religiosos como siempre y a ninguno seremos inferiores en eso , como la experiencia
lo ha enseñado y en especial ayer y hoy en que contra toda esta Ciudad , contra el señor obispo de Macao
y Capitán General tengo pactado que ninguno de los descomulgados había de asistir al entierro , y
si hubiera sabido la descomunion contra el Padre Guardian de San Francisco mucho mejor hubiera
pactado contra el esto mismo , mas como dicen , que la publicacion se hizo mientras la misa del entier-
ro no pudimos los que asistimos, ni los señores que no asistieron saberla a tiempo competente , para
los unos evitarlos y los otros faltar el entierro. [immo] el Padre Langasco que estuvo con dichos Seño-
res. después de medio día , volvió y atarde a este convento con la misma ignorancia , que nosotros te-
niamos y diciendo que dichos señores lo ignoraban también. Son mis pecados la causa de que
una única función de enterrar aun obispo. que nos toco hacer a los Agustinos haya sido en que se hi-
zo dicha publicación , especialmente estando firmada desde el día siguiente de Marzo. En
fin esta Iglesia tiene dos entredichos, pero ni uno, ni otro sera suficiente para retardarnos en la
obediencia de [S.s.] Patriarca y Dios nos favorecerá que [S.de] [aumd] muchos años como deseo. Macao
y Marzo 21 de 1709. = B.L.M. de [umd] [Surnen.s ][Serv.or] Fray Thomas Hortiz. =
Trasladado Una Carta de dicho Reverendísimo P. Padre Lector Fray Thomas Hortiz escrita un
de otra Reverendísimo Padre Fray Bernardino de las Llagas , que vive con algunos señores de los que
faltaron al entierro , quien escribió al Padre Lector Fray Fontanilla sobre estas cosas
3a Carta

3a Carta = M.R.P. Com.o Provincial El papelillos (o renglones) no quire decir que el menciona en la del
Padre Lector Fontanilla, no quiere decir , que nosotros hacemos juicio de que los señores sabían la publicación
del Padre Guardian , serio solo arguir por una y otra parte ; esto es si lo sabían mal, y sino lo sabían peor Sa
A lo que [US.] dice que el señor Patriarca respondio Sz.a Digo que yo venero a dicho señor y sus cosas , y asi no
tengo mas , que decir , sino solo que no sabemos si la causa de responder no fuesen al entierro , fue la pregun-
ta que se le hizo , y si esta fue la causa , cual hubo de ser? en fin bastaba , que el señor Ascalonense fuese
obispo , y obispo de la Congregación , para que todos le honrásemos , y no nos negásemos a una obra
de caridad , que cada día hacemos a cualquiera. Bastaba también que hubiésemos ido en persona dos
veces a suplicarles asistiesen al entierro y tercera vez por un criado , siendo la causa de esta mi importu-
nidad el temor de algún escándalo , y el mirar por sus mismas cosas , y las del señor a quien con
estas cosas se ha echo mucho daño , y por ultima se ha puesto a sus contrarios ( a lo que yo discurro) Una
corona con esta operación se les ha dado bastante escándalo , y ocasión de que burlen de los Agustinos y di es-del
te Convento diciendo : que muy bien pagadas están las finezas echas por dichos Religiosos a dichos seño-
res , quienes no podrán negar , que cuando esta Ciudad les cerraba la puerta , este Convento la abría para
todos , (y aun actualmente están algunos de ellos viviendo en dicho Convento y en nuestra Señora de la Peña del mis
mo Orden) exponiéndose por esto a muchos males , como la experiencia ha mostrado y pleiteando con-
tra todas esta Ciudad antes de ayer, y ayer en la misma función del entierro por fin de la obediencia al S.s
Patriarca a este mismo tiempo recibimos el premio y Galardon Sz.a solo me consuela , que lo que obró lo obro por
Dios. por Religioso. y hombre de bien , y asi sin atender a estas cosas. Siempre que las razón lo pi-
diere , me tendrán dichos señores a su mandado porque siempre soy el mismo, y no hay mas de es He-
rencia en mi , sino que antes estaba edificado , y ahora escandalizado . Amigo el dolor es mucho . y
muchísima razón , y porque no se me aumente , le suplico [auP]. no nos vuelva a tocar este punto ;
bastan nos nuestros males y el padecen por todas partes ; mas espero con Dios ques es Padre de miseri-
cordia, nos sacara bien de todo , y nos consolara Sz.a = A lo que dice el S.s. Abad Cordero de que sera
muy acertado , y del gusto de su exelencia que yo escriba una carta al S.s Patriarca diciéndole no hallo [eltes]
[lam.lo] [Sz.a ] y asi suplio a su excelencia mande por censuras Sz.a Resp.o lo l.o que yo no busco pleitos , ni los
quiero , y si los que hoy , los pudiera yo acabar , y hacer que todos quedaran en paz lo hiciera desde
luego. Lo 2o que nosotros llevamos otro modo de proceder , y no es honra , ni atencion al S.s. asi
que Dios haya excitar pleito alguno sobre sus cosas; primero quiero perderlas todas , y todo el bien,
por grande que sea, que de eso se pudiese originar a nosotros que tomar en boca semejante cosa, faltan-
do en ello a mis obligaciones [Sz.a] Dios [g.de] [Aus] muchos años como [desco.] Macao, y Marzo 22 de 1709.
De P.M.R. Su menor siervo in Christo. Fray Thomas Hortiz. =
Traslado de Una Carta , que dicho Thomas Hortiz escribió en
de otra del S.s Patriarca , otra del Reverendo Padre Fray Joan de Astudillo , quien sobre este mismo
punto escribió al Revrendo Padre Fray Bernardino de las llagas. y son las del n.o
4a Carta. = Exelentisimo Señor tiene echo el Padre Langasco el inventario de las cosas del S.s Ascalonense
que este implora , como Vex.a Ordeno. Solo falta de ajustar una cuenta sobre la plata , de todo [ho]
[ura] dado dicho Pe. parte a vex.a y así yo lo omito. No dudo que vex.a en caso de no ser fortuita la
noticia de la enfermedad , muerte , y entierro de al S.s Ascalonense , que Dios haya , hubiera explicado
su mucha

Su mucha piedad , que represo la falta , que supone , de otra noticia : Mas no creo que vex.a me Juz-
gara a mi culpado en no haber tenido la noticia , que deseaba. Fundo me lo l.o en decir que habiendo yo
Junto con el Padre Lector Fontanilla y do a casa del [S.s] Abad de S. Jorge para convidar a los señores al entier-
ro , nos respondió que no era nuestra la función , y que así era necesario espesar el convite de los que la hacían : Res
pondi Yo, que aunque afuera no lo era , mas en la Iglesia lo era , aquí respondió dicho Señor , que vería lo
que [vex.a] determinaba. Repetí el día siguiente con la misma diligencia y me respondió ; que estaba espe-
rando respuesta de [vex.a] y aunque admire la resignación de dicho señor , no obstante juzgué por cosa im-
pertinente toda consulta sobre hacer una obra de misericordia de enterrar a los muertos y mucho
mas sobre enterrar aun obispo . Repetí tercera vez por medio de un mozo mas por mirar por las co-
sas de [vex.a] que por juzgan hacían falta ocho o diez en el entierro , porque cuando estabamos acostum-
brados a no ver una persona en todo el año dentro de esta Iglesia , como podríamos echar menos ocho , o
diez en ocasión , que veíamos tantos? Respondió me en fin dicho señor por medio de un Religioso de
su casa que era el Padre Fray Bernardino de las Llagas diciendo que [vex.a]tenia ordenado no fuese al
entierro hasta tener nuevo Orden suyo ; Este mismo Orden había ya pasado el día antecedente a los
que viven en Nuestra Señora de la Peña , quienes por esta misma causa aunque estaban convidados , tampoco
asistieron el entierro. Fundo me lo 2o en decir que dicho Señor aunque a lias le tenia muchas o-
bligaciones , no obstante ni vivía en este Convento ni era persona de mi cargo , supuesto era obispo y Obis-
po de la Sagrada Congregación y por eso podia juzgar pertenecer a otros el dar la des cada
Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

Muy ilustre señor.
Mandó me vuestra señoría [que] le noticiase el estado de las
misiones del Imperio de China y moradores
en él, extranjeros de Holanda, Inglaterra, con
lo demás que de su ruego y encargo que se me hizo
notorio en cuatro del corriente mes y año. Parece [que]
diferí mi obedecimiento a él, con no pequeña mortificación
por faltarme noticias para el más pleno informe
que pide negocio de tamaña entidad. Pues aunque
en dicho imperio mi religión de San Agustín
mantiene sus religiosos hijos de esta provincia de
Filipinas, como el principal y único empleo es la
propagación de nuestra santa fe, se contentan con participar
a sus superiores lo que anualmente en el
particular dicho [adelantan]. Y sobre qué pudiera informar
a vuestra señoría y desde los años de 1680 con evidentes
testimonios de que fue del agrado de la majestad divina
la manutención de religiosos de mi orden en dicho
imperio, favoreciéndolos su majestad tanto, que por su
predicación llegaron a la fuente del santo bautismo
gran número de Chinas en diecisiete iglesias que en
diversas ciudades y villas de dicho imperio administraban
los santos sacramentos y predicaban la palabra
divina. Pero éstas ya hoy desamparadas de sus ministros
en fuerza de un decreto del señor patriarca de
Antioquia en orden a las praxis, contrario a la mente

del emperador y seguido por los más misioneros regulares
por muchos años, porque los religiosos misioneros
de mi orden y los más de los que en dicho
imperio se hallaban, no habiendo sido oídos [en]
la apelación que interpusieron de dicho decreto [para]
ante su santidad, como hijos de la iglesia [tuvieron]
por bien sujetar su dictamen y opinión a la [decoración]
que dicho señor patriarca dio, y no a sacar
el Piao o licencia del emperador para continuar sus
misiones, conforme los ritos chinicos y [opinión]
del reverendo Padre Mateo Ricio, que es con la que [permitió]
dicho emperador [que] se predique el santo evangelio [de que]
resultó [que] fuesen desterrados los dichos misioneros, [y]
se hallan hoy en la ciudad de Macao del Reino [de]
Portugal, de donde dicho señor patriarca les impide [salir]
para volver a estas islas, como ya vuestra señoría sabrá
por las relaciones que ha tenido. Y esto es, señor,
cuanto yo a vuestra señoría puedo informar del estado
del Imperio de China y por noticia que me ha [dado]
el padre lector Fray Miguel Rubio, religioso [de la]
orden misionero que fue en el dicho imperio [por]
espacio de veinticuatro años, sujeto de [ciencia]
y conciencia, y uno de los europeos más [versados]
en las cosas de China, y que estando en ella [merece]
la amistad de los mandarines, digo que.
Las provincias de China son quince. Kuang tung = [Kuang sy =]
Hu kuang = Yu nan = Cu chuen = Kiang sy = Fo kien = [O]
kiang = Nan king = Ho nan = Xen sy = Xan sy = [Xan tung =]
Pe king = La decimaquinta provincia cree se llama [Co a].
De estas quince provincias se compone el Reino de China, y por
años de seiscientos ochenta y nueve, su santidad se las concedió
todas el rey de Portugal. Y el de 1698 el mismo [su]
Pontífice hizo división de las dichas provincias de suerte que al
rey de Portugal le concedió tres obispados, y en ellos seis provincias
al obispo de Macao, a Kuang tung y Kiang sy. [Al]
obispo de Nan king, dicha provincia de Nan king y
[nang]. Al de Pe king, donde está la corte de China, la dicha
provincia de Pe king y Xan tung. Este obispo y el de [Macau]

viven hoy. La provincia de Kiang sy se dio con título de vicariato
apostólico y obispado de Ascalón al señor don Fray Álvaro de Benavente
de la Orden de San Agustín, hijo de Salamanca, que murió
en Macao a 20 de marzo, de este presente año de 1709.
La provincia de Fo kien se dio con título de vicariato apostólico
y obispo titular al señor don Carlos Megrot, clérigo francés, y
el año de 707 salió desterrado de China por los pleitos de las
[praxis] de la Compañía contraria a las [praxis] de los clérigos y
padres domínicos. La provincia de Che kiang se dio con título
de vicario apostólico al padre Fray Pedro Álcala, español que murió por agosto,
de 709. Por muerte de este hizo al señor patriarca vicario apostólico de dicha
provincia a un clérigo italiano, llamado [media falze], que también
salió desterrado con el señor Megrot y por la misma causa. En Hu kuang,
fue nombrado por vicario apostólico y obispo titular el señor don Fray Francisco
Leonisa, italiano, de la Orden de San Francisco reformado, que antes de
venirle dichos puestos se fue a Roma, y allá se quedó. En la provincia
de Yu nang, fue nombrado vicario apostólico el señor Feliberto LeBlanc.
En la provincia de Cu chuin, fue nombrado por vicario apostólico y obispo
de [Rosalía] un clérigo francés, y sin tomar posesión de dicho vicariato,
se fue a Roma. Y cuatro clérigos que envió allá, el uno murió, dos
salieron de China con dicho LeBlanc, y el otro llamado a Piani Piamontés
está preso en la casa de la Compañía francesa en Pe king por
orden del emperador por pleitos que hubo con los que gobiernan aquella
provincia. En la provincia que cree se llama Cu choey, fue
electo un vicario apostólico el Padre Carlos Turcote, milanés de la
Compañía de Jesús y obispo auxiliar, murió más ha de dos años sin
haber visto su provincia. En la provincia de Xen sy, fue electo un
vicario apostólico el padre Fray Basilio Clemona, franciscano reformado
del señorío de Venecia, murió por los años de 704.
En su lugar puso el señor patriarca otro religioso franciscano reformado
también italiano. En la provincia de Xan sy, fue electo
por vicario apostólico un padre de la Compañía italiano y a poco que había
tomado posesión murió el año de 709.
A ocho de abril, de dicho año de 1709, llegó a Cantón el señor
patriarca y se hospedó en la casa que tienen los religiosos agustinos
en dicha ciudad. Y a nueve de septiembre, de dicho año se partió
para Pe king por orden del emperador. Llegó a dicha ciudad a cuatro
de diciembre, de dicho año donde fue bien recibido del emperador.

Y a 27 de agosto, del año de 706 fue echado de la corte con
gran vituperio por las [cuestiones] de las [praxis], porque el emperador
quiere que en su reino se sigan el de la Compañía. Llegó dicho
señor patriarca a Nan king, y mandó que de ninguna manera
se siguieran las [praxis] de la Compañía, con censuras a todos
los ministros de China que la siguieran. Apelaron del dicho
decreto todos los padres de la Compañía menos unos cinco o seis.
También apeló a su santidad el señor don Fray Álvaro (que Dios [halla])
y todos tuvieron repulsa. El emperador crece que picado de esto,
mandó llevar al dicho señor patriarca preso a Macao, y mandó publicar
un decreto por todo su reino, que todos los que quisieren [quedarse]
predicando el evangelio en él habían de guardar las [praxis]
de la Compañía, y que fueran a la corte a sacar su diplomo y jurar
guardar dichas [praxis], decir su edad, reino, nación
y religión y no poder salir de China jamás. Casi todos los
padres de la Compañía obedecieron dicho mandato, y todos los
padres de San Francisco, españoles de esta provincia de San Gregorio menos
uno. Todos los padres domínicos, españoles y agustinos también españoles,
con todos los clérigos y vicarios apostólicos franceses y clérigos
italianos con algunos padres de San Francisco italianos están
desterrados de China por haber seguido el decreto del señor patriarca.
Los extranjeros casi todos han tirado para Europa, los religiosos españoles
están en Macao, sin dejarlos salir el señor patriarca para estas Islas
Filipinas. Los ministros que había en China serían hasta setenta y
uno o dos, más o menos.
Dicho señor patriarca empezó en Macao a ejercer su jurisdicción,
habiéndole rogado antes [que] no ejerciera ninguna hasta saber lo que [hay]
ponían en Goa. Opuso se el obispo de dicha ciudad, y el señor patriarca
descomulgó a dicho señor obispo, al padre provincial de la Compañía y al
capitán general en dicha ciudad. Y el señor obispo a dicho señor patriarca
y el capitán general le puso guardias en su casa casi a [esrrio]
sin dejar entrar ni salir sino los que ellos querían. Y [años]
dice que le tienen con una o dos guardas por ceremonia
y puede salir a pasearse libremente, pero dicho señor patriarca
se da por preso.
El diciembre, próximo, pasado con los padres de San Agustín

fue el señor don Fray Álvaro a Macao, no porque seguía el dictamen del
dicho señor patriarca, sino por ser ministro inmediato de la sede apostólica,
(salió de China por quitar la nota que podía haber). Fue le a
visitar dicho señor don Fray Álvaro, y no se dejó ver. Escribió le, y respondió
le dicho señor patriarca una muy cruda carta, porque no seguía su dictamen.
Con estos y otros trabajos, fue servido nuestro señor de llevarle
para sí al dicho señor don Fray Álvaro a 20 de marzo, próximo pasado.
Y adviértase que haberle resistido en la ciudad de Macao al dicho
señor patriarca ha sido por no haber manifestado el poder que trae
de su santidad sobre dicha ciudad de Macao y tierras sujetas a la
corona de Portugal.
Por julio, del año próximo pasado, dicho señor patriarca publicó un edicto
en que manda con censuras reservadas, así que ningún sacerdote
clérigo o religioso pueda entrar ni salir de China sin su licencia
y que ningún superior de cualquier religión que sea pueda gobernar
a sus súbditos sin licencia especial suya.
En el reino de Tun king, confinante con el de China, hay
dos vicariatos apostólicos. El uno es de un clérigo francés que juntamente
es obispo titular con otro obispo también clérigo francés con la
futura sucesión y cuatro o cinco clérigos franceses y algunos naturales
también clérigos. En el otro vicariato estaba un padre
domínico milanés también obispo auxiliar [ha cerca] dos años que
murió, y el señor patriarca nombró por vicario apostólico en su lugar
al padre Fray Juan de Santa Cruz, domínico natural de cerca de Valladolid
en Castilla la Vieja. A este todos los ministros de su vicariato
le han dado la obediencia como a tal, menos los padres de la Compañía
que se han resistido, diciendo que aquel reino es del patronato real
de Portugal, y así que no le han de reconocer por vicario apostólico
hasta que venga decidido de Roma, adonde apelaron.
En el reino de Cochinchina, que se sigue a el de Tun kin,
está por vicario apostólico un clérigo portugués de la India,
y tiene otro obispo clérigo sucesor suyo. Este reino hay
pocos clérigos franceses y algunos padres de la Compañía, y entre
ellos el Padre Juan Antonio Arnedo de la Compañía de Jesús
y natural de la ciudad de Tarazona en el reino de Aragón. Este es
muy estimado del rey por la matemática del rey, y ha servido y sirve

fuercilla en la isla de Puricondol desierta. Y habiéndose vuelto sus
navíos a Europa, [quedó] alguna gente en dicha fuercilla. Y los de
Camboya o Cochinchina fueron allá, destruyeron la, y echaron
toda la gente fuera. Y así quedó desierta como antes.
[Guarde] Dios a vuestra señoría [majestad] y felices años como desea de
este Convento de San Agustín nuestro padre de Macabebe
en 10 de junio, de 1709 años.
Besa la mano de vuestra señoría su siervo y capellán
Fray Juan Bautista de Olarte
[R.or] Provincial de San Agustín
Muy ilustre señor maestro de campo don Domingo
[Zabálburu Echávarri], gobernador y capitán general
de estas Islas Filipinas.

Informe que [señor nuestro] Padre [R.or] Provincial dio al señor gobernador sobre
el Imperio de China - año de 1709
Carátula de las cartas de Fray Álvaro de Benavente desde China y otras partes, ca. 1680.

[esquina superior derecha en tinta] 132 [esquina superior derecha a lápiz] 16970
Cartas de el Señor Don Fray Alvaro
de Benavente y otras escritas a su
[que] es de china
y otras partes
Con una noticía que dio dicho Señor Obispo
al señor Patriarca de las cosas de china y de
los inconvenientes que hay para que los mi [ico nezor]
europeos de en el Juramento que se intima el de-
creto de Pio Pagandafide En 29 de Enero
de 1680 años. Contiene seis hojas
Cajon Número 4 Italones
y china
Legajo 2
Carta de Fray Álvaro de Benavente a Francisco de Zamora desde Macao. 1708.

Pocos días a que escribí a vuestra reverencia por esta via, y porqué el cuñado de
Quintero dice hay mejor portador, [escribió] esta pero con gran prisa, y así
solo avisaré de lo más importante. Ya allá saben como los padres dominicanos
están en Macao, de donde algunos salieron por abril y arribaron, otro
queda en Fokién, mas ya viene echado por Macao. Los franciscanos
de las [partes provisionales] con cierta epiqueya obtuvieron licencia de
estar en China, los de estas [partes] apelando del edicto del [señor Parsiano]
por [octubre] [pasieron] a sacarle a Pekín. Los augustínos y yo
con ellos avisando de quebrar con el [señor Parsiano] si íbamos. Y por muchas
causas no hemos querido ir a Pekín y así fueron echados de sus
iglesias aún están aquí esperando los echen a Macao. A mí se me
intimó el destierro el día de la presentación, y pasado mañana a 27
soy compelido a ir para Macao. Los clérigos, lo más fueron ya a Macao
o están embarcados en un navío francés, que vino por el [Piru], y vuelve
por allí, uno anda escondido, otro ya viene desterrado. Los padres jesuitas
(menos 5 que están aquí detenidos) apelaron y tienen licencia, los de Pekín
valientemente trabajan por conservar estas misiones, pero los miserables no
pueden más, porque el emperador está muy ofendido.
Suplique a vuestra reverendísima, que por parte de las [iglesias] se pidiese al señor [Guia] que
mandase a los chinos de Cantón, que tomasen en sus champanes la misión
desterrado en Macao. Si esto no se ha echo, no sé como podemos ir a Manila
y quizá algunos serán echados a la Costa. Y yo aunque [tengo] salvo del
capitán general para pasar por Macao, y [desunirme] hasta que haya ocasión de
pasar a tierra de católicos: no se que dispondrán de mi si me [desmayo]
demasiado. Los españoles estamos muy desunidos, y a no ser así pudiéramos

tomar, o fletar algún barco para ir a Manila, mas parece [em]
jurado de no convenir en nada.
Llegó el barco en que venía el socorro y demás cosas, ya he enviado al
[conocimiento] de [Baluha] al padre [L] Fontanilla para que lo cobre todo. Doy a [H]
las gracias de los 500 pesos y regalos. Ya he avisado que del dinero que le [pagase]
al padre [L] Sanz, que son seiscientos o 700 pesos se saquen 60 pesos que se le dieron
aquí al pasarse. Está en la Costa en San Thome esperando su plata que
pide. Yo había tomado de ella 270 pesos mas los [restituiré] al padre [vicario]
[provincial] porque soy de parecer, que pues vuestra reverendísima envió el socorro que [entero] y
no es menester más, se le envió su dinero, como lo pide, más [traérselo]
[90 manual] de villa de [Dueñas]. No es de ese parecer, por eso entregará
lo recibido, y que allá se lo haya.
Llegó la suma menos del [chapeleo] a este Cantón. Falta la [...]
[...] donde viene la plata de los padres dominicanos, y ya [tarda] mucho
el champán en que venía Felix y el criado del padre Guardian de San Francisco
por [...] estaba en Isla Hermosa quebrado el árbol, no sabemos si
ha llegado ya a Chinchiu. A los padres de San Francisco aún no le han llegado
las cartas con el nombramiento de prelado, que era harto necesario, porque el
padre fray Bernardino de las llagas, que lo era, estando muy enfermo, se huyó para
Macao por julio, aprehendiendo, que allí sanaría. Y así fue, mas dejamos
hartos enfados por su fuga, que aún duran. Ítem tiene gran pleito
con los suyos pretendiendo, que no pudieran apelar sin su licencia y sobre
esto ha cometido grandes [atentados], que consisten en que alcanza muy poco
y no falta quien lo avisa contra los suyos, que reírse de él, y de ellos, mas
ellos se han defendido con valor, y mayor justicia. A Europa no vino [návio]
este año, y solo sabemos lo que ha venido para Manila. Y así no me alargo
más por la prisa. A [reverendos] padres y a los amigos mis cordiales memorias, y a todos
pido muchas oraciones, que son muy necesarias. Nuestro señor guarde a vuestra reverencia muchos
años. Cantón y 1708-11-25
Vuestra reverendísima siervo y amigo que [S.M.O]
Fray Álvaro [Aq.o de Arcalon]
reverendísimo padre señor [Grad] Fray Francisco de Zamora
Carta de Basilio de Gemona a Álvaro de Benavente desde Nanking. 1695.

[V.S.M.S.]
Muy reverendo Padre Fray Alvaro mi [Catisso]
Resto non poco [amirato], di non veder sue lettere, già due anni sono;
(por [cierto] empiezo en italiano, paciencia, que acabaré en español) con todo no quiero
dejar de [elencar] a vuestro padre lo que hay de nuevo en China, [suponiendo] que su
zelo en provecho de esta misión será aún lo mismo que conocí en su persona,
cuando mozo en China, y cuando se salió de ella y el no llegar sus
cartas procederá de otro accidente y no [o] de olvido de los amigos, o de poco
cuidado de la misión. Vamos pues al sustantivo. Los nuevos obispos
aún no aparecen. Los bulas para el señor de Argolis, debían ser llegadas
en la pasada moción y no llegaron, con sospechas, que desde Goa le habían
remitido a Portugal. La causa que más parece es porque los portugueses lo
quieren obispo de Nankín y Roma lo hizo de Pekín: y quien [detuviera]
que ni lo quieren de Nankín ni de Pekín por ventura [a su] [aversario]: [Padre] Pekín
ha sido nombrado el Padre Alejandre Cicero jesuita. Dirá vuestro padre puesto
esto que ¿aún no hay obispos en China, que es de los vicarios apostólicos? Si
quiere que responda [di cuál] diré que son lo que eran. Pues hasta el día de
hoy nada de auténtico ha llegado en China que perjudique a su
autoridad. Si de facto; los padres portugueses los dan por acabados
ya son dos años, y ahora mucho más [valindizo] de una carta privada
del [reverendísimo] señor secretario de propaganda al difunto Señor Basilisano. En la cual
no dice nada más sino que siendo él ordinario cesará la autoridad del
señor Maigrot e [Pin], para probar (a su parecer) evidentemente que ya cesó
lo que [d.o] señor secretario solamente escribe que cesará. Ridículo fundamento en
el cual estribando deben temer de dar una gran cabezada en el suelo.
Dios les ayuda y nos de la paciencia nuestra para no causar escándalos.
[Dio lacee] que en Cochinchina el vicario de Vara excomulgó públicamente
al vicario apostólico, y todos sus misioneros? Aquí espero en Dios no llegaremos
a estos extremos. Pues antes se dejarán hacer todo lo que quieren,
que no ocasionar tales escándalos. Se dijo que vénia el Padre Espinola jesuita
por prefetto sobre los vicarios apostólicos. Él murió de frente de Cochinchina y delegó
(dijeron) sus facultades al Padre Emanuel [Sà] portugués, cual llegado a Macao,
[trata] de volverse y nada de tal oficio. [Trazia] de [mais] cartas del summo
pontifice con presentes para este emperador, cual envió a Macao un [tajín] con el

, [fú ciên] y otros grandes mandarines de Cantón a tomarlas. No será fácil a lo
en que pesarán estas cosas en la corte. Pues pasamos con estes con mucha dificultad
y los padres franceses ya le concertaron por agencia del Padre Grimaldi sujetándose
con [que daba] en la casa, que el emperador les dio. Nos aquí estamos en [...]
casa de Nankín esperando, [quid parturiant] montes, el señor obispo con el [...]
Fray Juan Francisco envían a vuestro reverendísimo muy cordiales memorias. Y yo encomendando
en sus santos sacrificios y de los padres Gil y secretario, haré siempre [cual] [fue]
Nankín y [enero 15: 1695]
DVPMR
Muy humilde y [Af.o siervo in Deo]
Fray Basilio de Gemona
Carta de "Fray Salvador" a Álvaro de Benavente desde Lo Yuen. 1696.

Muy Reverendo Padre Nuestro Fray Álvaro de Benavente +
139 181
el M.
La de Vuestro Padre muy reverendo Rocaberti con mas que ordinario aprecio, por el tiempo
que fue servido gastar en escribirla tan precioso a un prelado que lo
sabe ser y por la mala disposición en que les cogio el despacho, vuelto de las
visitas, naufragios, y achaques antiguos, dificiles de desarrimar de que
también me acusan otras cartas lastimandose todos de lo mal que trata a
Vuestra Real la prelasia, en que le quisieran eterno. Muchos años a que vuestra real la
carga y así no puede extrañar supeso mas el sujeto después de tantos
trabajos no es maravilla se vinda. Nuestro Padre San Agustín cercano ya a su
muestre preciosa decia a los que le lloraban: non erit magnus magnum putans
quod cadunt ligna et laspides, et moriunt mortales.
Yo me hallo a la fecha de esta con algunas treguas que mis muchos
achaques me conceden y aunque no las [casas], las admito con accion de
grandes receloso siempre del invierno que se acerca en que padezco mucho.
Novedades de este Reino, teniendo aquí vuestra real sus cronistas parece ocioso
referirlas. Mas por si llegare esta antes, en cargo al Padre Comissario
Fray Baltasar remita a vuestra real la gaceta que vino de Macao con
unos versos contra gallos (segun se sospecha del Padre Arnado) que
es hoy el aquí les de el patronato y [sunis] don del Macaense.
Otras relaciones de la corte como es salida del Rey acompaña al uso de
Reyes católicos, acompañado de sus dos obispos, presente y sucesor,
y otro padre con el manjo de el tren de la artillería que disparada a tiempo
auyento al enemigo, y canto la Victoria vicaria no lo hoy a persona muy
dignas de credito. Y así tanque son n. [dictriz.] en la gaceta de Kuang Tuay vendra
mas fide aligno.
De estos señores clerigos he entendido tienen nueva cierta que su compa-
ñero el Padre Kemener ha llegado a la costa y con [buen] de Roma
digo: despacho de Roma. Puede ser sea bueno para ellos y no para nosotros
aun siendo contra la extensión de el Patronato. Porque franceses y
portugueses son para los frailes Scilla y Caribdis y de todos es ne-
cesario retirarse con cuento recato nos ea possible.
Ruego.

Ruego al Señor nos traiga esta despacho mejores nuestras de
la salud de vuestra real. Quitandonos el susto en que nos puso el [poss]
de verse privada esta misión de tal Patrono. Y nos legados de como le [pod]Lo Yuen y Noviembre quince de mil seiscientos noventa y seis.
Beso las manos de Vuestro Padre más Reverendo.
El menor de sus clientos.

Al Muy Reverendísimo Padre Fray Álvaro de Benavente
Gu.e Nuestro Señor Provincial de los Ermitaños de San Agustín
Nuestro Padre en las islas Philippinas.
Carta de Fray Agustín de San Pascual a Álvaro de Benavente desde Cantón con noticias de Goa y Macao. 1692.

[190]
[Pax cristi]
Muy reverendo Padre Fray Álvaro de Benavente mi amigo y señor.
Por veinte y tantos de agosto recibí la gratísima de vuestra reverencia de 6 de junio,
y suponiendo ser para mi sensible el achaque de asma que entonces molestaba
la persona de vuestra reverencia que estimo, deseándole muy cumplida, y superabundante
salud, paso a los negocios, cuya relación se me encarga.
Este año los navíos de la India, llegaron a Macao muy temprano, con noticias de
haber venido nuevo virrey a Goa, y juntamente nuevos órdenes para estas misiones
mas todos misteriosos y estos tan profundos, que hasta el tiempo presente no
han salido a luz, aunque las voces son muy repetidas de ser derogados los vicarios apostólicos
y según buenas conjeturas inferimos ser verdad, pero sin instrumento de donde
conste. Sea la primera el haber negado los padres de la compañía la autoridad a todos
los vicarios apostólicos sin hacer caso de ninguno y esto no se hiciera tan grave fundamento.
Y hablando yo sobre este punto con el Padre Vidal me respondió que era cierto
estaban derogados, mas porque esta certeza no podía hacer fe fuera de la compañía
no la mostraban. La segunda este año envió el señor obispo de Macao un jubileo
de nuestro Santa Papa Inocencio XII mandando se publicase en Cantón, y todo su obispado,
por mano del Padre Turcotti, a quien tiene constituido su vicario de Vara. Llegó
{Al margen izquierdo: Nota a la carta del
señor Lopez.
Después de escrita esta me llegaron cartas
del señor de Argolis, y en una
de este señor hay esta cláusula: "Recibo
carta del ilustrísimo señor secretario de
propaganda de con la sobrescrita de vicario apostólico vean ahora
estes vicarios de Vara, como en el
mismo tiempo aquí quieren quitarlos"
y en esta misma carta me dice
le envía la congregación 600
escudos por vicario apostólico. Ajuste
vuestra reverencia estos [celos]. Remito a vuestra reverencia el
original de las praxis de Maigrot
que nos puede ser más auténtico. El
señor de Argolis me remitió unas
cartas para Roma pidiéndome
[se] las pusiera en un navío de}
con el primero a nosotros, y nosotros le respondimos, que fuera primero al señor de Cice
fue allá, y les respondió con sus derechos de vicario apostólico y que no lo publicara sin primero
traérselo para refrendarlo aquí salió lo de ser derogados etc. Pidió las letras
de la derogación al Padre Turcotti, y con una carta muy cortés al señor obispo de Macao
y al cabo de días presentó el Padre Turcotti el traslado de una carta del secretario de propaganda escrita
al señor Lopez en 19 de enero de en la cual hay un periodo que dice: "Vuestra señoría etc.
constituido obispo de Nankín, y el Señor de Argolis de Pekín, y con esto de aquí adelante
no habrá más vicarios apostólicos amovibles." Mostró también una carta del Padre
Baiar francés de nación que este año llegó a Macao y al presente esta allí, la tal carta
era escrita a otro padre de la compañía que esta en Tunquin. En ella le dice: "Los vicarios
apostólicos están derogados, y el decreto de la derogación está en mi poder." Note vuestra reverencia aquí el
haber dado los padres de la compañía la carta del Señor Lopez para que se trasladase, y autenticase
y no dar este decreto de la derogación que dice tiene en su poder el Padre Baiar

y de esta ocultación infiera lo quisiese. La tercera diome quejas el Padre Lampria de parte
del señor obispo porque no quisimos publicar el jubileo a que le respondí con la nota antecedente
y a esto responde que leyéndole la carta al señor obispo respondió: yo he leído el decreto
de la derogación. La primera corrió voz que el Padre Espinola (que murió ya cerca de Macao) [tenía]
hecho perfecto apostólico y esta noticia se confirma verdadera por carta del padre [tanci]
escrita al señor de Cice, en que le dice por cierto que venía el Padre Espinola hecho perfecto apostólico
antecedente que [arguie] lo mismo. Hasta aquí las conjeturas: mas lo profundo de esta misteriosa
ocultación no se acaba de penetrar, si bien que la palabra que [olim] vuestra reverencia escribió de que les
han concedido lo que no querían y les negaron lo que querían. Con tal ocultación se hace verdadera
en fin el tal jubileo de la segunda conjetura aún no se ha publicado hasta ahora: porque
uno de esta en [sus trece], este en que me lo habéis de enseñar, y los otros en que no lo veréis. El señor
de Cice confiado en lo paisano escribió una carta al Padre Baiar pidiéndole con la [conciencia]
de buen francés le dijese lo que contenía el tal decreto. Y en lugar de decirle lo que contenía
le escribió muchas persuasiones y buenos consejos de que se sujetase al obispo de Macao. Y esto
sabía estaban derogados los vicarios apostólicos y que siempre se quedaban sus mercedes misteriosas
de la sagrada congregación con todos sus privilegios (y el mismo padre dice en esta carta). Y yo luego que llegué aquí
intimé al señor obispo que yo era misionero de la sagrada congregación y por virtud de mis privilegios
nada dependía de su señoría ilustrísima y que así podían quedar sus mercedes, y que bien [co]
a tales señores obedientísimos a la iglesia romana. Y el no dejar al señor obispo ejercitar
su jurisdicción ya sabía no era por ellos que como obedientísimos a la más mínima insinuación
largarían toda pretensión, mas no ignoraban era por la instancia que le hacían los [religiosos]
de Cantón. Todo esto me contó el señor de Cice delante del Padre Rubio con estos fundamentos
eche vuestra reverencia las líneas que quisiese.
Este año por junio llegó a Macao el Padre Grimaldi y aunque su llegada fue muy [se]
más llena de azares, el primero fue un pleito que tuvo con el [hû pú] sobre que había [...]
aduana de todo lo que traía. El segundo fue en Cantón porque los mandarines no le dejaron
a recibir fuese a su iglesia y luego el virrey fue a visitarle y el le dio [co]
[tō pái xáng] y que en el Kung Kuon [se verían]. Detúvose aquí más de mes y medio
que por no estar en la ciudad el [iē chûen táo] que había de [dudar] el despacho del [Kān hò] cuando
{Al margen izquierdo: Zurrate que estaba en Cantón, cuando llegaron ya se había ido. Yo las remito ahora al Padre Maximo. Las ponga en uno de los dos navios de Zurrate
que están en Hiámuên. Y si se hubiesen ido que se las remita al vuestro reverendísimo a quien suplico haga esta caridad al señor obispo de remitirse las por España
o por Zurrate si hay ocasión. Y si van por España detenga vuestra reverencia la carta que va para el superior de los Capuchinos de Zurrate etc}
Carta de Fray Jaime Tarin a Fray Álvaro de Benavente desde Cantón sobre la pérdida de comunicación por el lado español a causa de la pérdida de dos naos

Mi padre Fray Álvaro de Benavente y señor mío
[P.C.]
La de vuestra reverencia que vino este año por Fo kien recibí, y con ella el sumo
consuelo que tengo de saber de su salud, menos el asma, que siendo
originada de causa fría como vuestra reverencia escribe, no faltando canícula en
Manila, no irá tantas veces a la horca. Aquí nuestro Fray Blas padece bastantemente
de este mal, y vuestra reverencia le dio el alivio cuando le aprietan los
cordeles con los cigarrillos de [Hien Kie], y muchas veces le he oído
dar las gracias a quien le enseñó el remedio. Por acá ha Dios bendito
por todo. No hay al presente enfermos de consideración, aunque no
le falta a cada uno sus achaques, que la China bien sabe vuestra reverencia que cría
malos humores. Las nuevas que este año nos enviaron de Manila
todas fueron unas peores que otras, y más con la pérdida de dos naos y
una arribada. Consideramos los moradores de esa tierra bien afligidos
y castigados con fuerte mano del Señor. Y si los seculares lloran pérdidas
y desgracias, no hay duda que lo mismo pasará en las religiones, sintiéndose
y experimentándose el común trabajo. El Señor nos acuda a todos
por su infinita misericordia.
La falta de los viajes de Manila a la Nueva España
habrán detenido y frustrado las diligencias que hacen las religiones
con el gobierno para acudir a estas misiones, dando noticias a nuestro
rey, para que acuda por nosotros con el remedio a Roma. No sé si pudo
lograrse alguna vía pasando la noticia a España. Vuestra reverencia nos avise de este
punto para nuestro consuelo. Este año que esperábamos por la vía de Portugal
algunas novedades, y más con la venida del [Min Lao Ye] a China
nos hemos quedado tan a oscuras como antes estábamos. Primero publicaron
los padres de la Compañía, que ya estaba en Macao, la revocación de los
vicarios apostólicos con otras órdenes de Roma. Llegó el Padre Grimaldi a
China y no mostraron nada, diciendo [que] lo traía todo otro padre que venía detrás
llamado el Padre Espínola, y su padre compañero un portugués, el Padre Sa. Murió
el Padre Espínola en el viaje de Goa a Macao y quedó su compañero
con los papeles que traía. Llegó este a Macao, y pensando saldría luego a luz

a luz el decreto revocatorio de vicarios apostólicos, que es el que les importa a los
portugueses para sus intentos, hasta ahora no hemos visto nada. El señor
obispo de Macao quiso publicar un jubileo en Cantón, nombrando
primero por vicario de vara al Padre Turcotti. Resistióle el señor provicario
Don Luis de Cisse, diciendo que a él le pertenecía el ver la bulla del
jubileo y publicarlo hasta que le mostrasen nula su autoridad con
decreto dimanado de la silla apostólica, y que si lo tenían se lo mostrasen
luego, que él estará pronto a obedecerlo. Esperaríamos [que] se [concluya]
el pleito con él, mas no ha aparecido hasta el presente, aunque el señor
obispo de Macao certifica haberlo visto y leído. Por último el jubileo
se ha quedado sin publicar en nuestras iglesias, impidiéndole el [Señor]
de Cisse, y sólo los padres de la Compañía lo publicaron en su iglesia.
Este obrar nos causa admiración, no pudiendo penetrar el misterio
de decir [que] hay decreto [revocatorio] de vicarios apostólicos, y no querer sacarlo para
fuera los portugueses y más, viéndose el señor obispo de Macao atadas
las manos para no poder ejecutar lo que pretende de jurisdicción. Algunos
discurren que lo que se dio en Roma en favor de los portugueses no es
a su gusto, y aunque acaben los vicarios apostólicos, deben de quedar las
misiones con alguna particular disposición en favor de los misionarios,
y de disgusto para los portugueses padres de la Compañía. Las noticias
no han llegado por ninguna vía. Si en Manila se sabe algo
vuestra reverencia nos avisará. Y si no, esperamos siempre algún buen efecto de
lo que en nuestro favor trabajare nuestro Rey Carlos, que Dios guarde.
Lo que traían de nuevo el Padre Espínola difunto y el
Padre Sa, su compañero, fue una carta que los padres de la Compañía diligenciaron
en Roma del pontífice para el emperador, agradeciéndole el favor
hecho a los ministros europeos. Acompañaron la carta con un
[zaguate], que buscó la Compañía, diciendo que el Papa lo enviará
de particular afecto y memoria. Dio aviso el Padre Min al emperador
luego que llegó a la corte, diciendo ser muerto el padre que lo traía y []
que dispusiese Su Majestad lo que gustase. Despachó el emperador un [tapi]
de la corte, con orden que fuera a Macao acompañado del virrey
y otros mandarines de Cantón, ordenándoles [que] hicieran al difunto
su ceremonia de sentimiento de su muerte, y recibiesen la carta y la

y [zaguate] del Papa, y lo trajeran a la corte. Todo se ejecutó puntualmente,
y la carta y [zaguate] va caminando hacia la corte, sucediendo
más bien de lo que se pensaba, aunque no sabemos de qué cosa
hará más estimación el emperador: o del [zaguate], o de la carta
del pontífice.
Las historias de padres de la Compañía en la corte entre franceses
y portugueses ya vuestra reverencia juzgo que tiene noticia por el padre Fray Agustín.
Pasó el negocio bien adelante con notable escándalo público por las
descomuniones que echó el Padre Pereira a todos los cristianos que iban
a comunicar con los franceses, diciendo que si morían en tal mal estado
serían privados de eclesiástica sepultura. Fue la cosa tan
pública que dicen que el emperador y los [muon chens] ya saben hoy la
materia de descomunión. Mucho se ha temido alguna destrucción
de esta misión originada de ellos mismos. Si el emperador no fuera
tan político y prudente tratando de aprovecharse de unos y otros
en su servicio, el Min Lao Ye dicen que traía autoridad de su
general para componerlo todo, ello dirá. Lo que sabemos es que los padres
franceses son los que más reinan en la gracia del emperador, de quien nuevamente
han conseguido un grande territorio, cerca de la casa
que tienen, para en el fabricar una iglesia grande.
El socorro nuestro y de vuestra reverencia que vino por Fo kien
está ya, gracias a Dios, en casa. Que fue muy acertado el enviarnos
algo por allá, pues faltando el barco de Cantón, todo falta, y
así paciencia y aguantar esperando el mejor tiempo. El señor
obispo de Argolís, sin bullas y sin sustento, ni juzgo que lo tendrá
mientras quiera ser obispo de Portugal, pues el de Macao se lo
dan los nobles hidalgos de la ciudad, amenazándoles con descomuniones.
Harto me he alargado en esta carta, y porque podrá ser [que] no
escriba tanto a otros. Suplico a vuestra reverencia [que] la comunique a los amigos
y deseosos de saber algunas cosas de China, no olvidándose
de nosotros en sus santos sacrificios y oraciones, recibiendo las
saludes que todos le mandan. Y a Dios que a vuestra reverencia guarde. Cantón. 20
de noviembre de 1694.
De vuestra reverencia
humilde siervo y más afecto
Fray Jaime Tarin
Carta del franciscano Fray Agustín de San Pascual desde Cantón a Fray Álvaro de Benavente. 1697

Muy reverendo padre, Fray Álvaro de Benavente
Los días pasados escribí a vuestro padre en que le daba noticia de las cosas de
por acá en order de vicarios apostólicos y obispos y lo que nosotros en Cantón
comunicábamos sin determinación por el mismo tiempo lo determinó
el señor obispo de Argolis en Nanking enviando al padre Fray Juan
Francisco de Leonita a Cantón para por esas islas pasar a Roma y aconséjanos
a nosotros que en todo caso conviene vaya uno de nuestra misión
con él, dando la razón para por nuestra parte proponer nuestros negocios,
porque el padre Fray Juan Francisco no se puede hacer parcial agenciando
las cosas de los españoles que esa será arriesgar el negocio común
que lleva por el bien de toda la misión. Y el nuestro también quizás no
tendrá el efecto que podemos desear. Estuvimos ya determinados
de ir por Fokien por decir los españoles que aquí están no pueden llegar
a Manila temprano, ni dar tiempo más de el que puede gastarse
en enfardar la ropa. Más considerando que la idea de Fokien
es bien incómoda, lo uno por el viaje de aquí a Hiamuen, lo otro
por lo champanes de los chinas, teniendo este viaje por tal vía sólo
el fin de ganar tiempo para que los tres provinciales se junten y
traten este punto entre sí, y con el gobierno tuvimos por más
conveniente enviar con las cartas un mozo por esta vía. Y nosotros
ir con el navío de los españoles que así se consigue el fin
que [se] pretende, y nos libramos de las molestias de tal camino.
En fin, mi reverendo padre, la principal agencia de de nuestro negocio en orden
a despachos para Madrid tanto de vuestro padres como de gobierno lo
pongo yo en la agencia, cuidado, y celo misionario de vuestro padre que
en esta ocasión no dejara de hacer en Manila lo que hizo en
Madrid y en Roma por ella, coronando con tal trabajo el buen
efecto que comenzó en referidas partes, dando la última mano a
conseguir la promesa que nuestro rey y señor que Dios guarde nos tiene
prometido afianzada su palabra en la carta que remitió a los
provinciales de Manila, por mano de vuestro padre y así le suplico [hable]

por allá sobre este punto con el afecto que siempre tiene a [esta]
misión. En la carta de mi padre provincial verá vuestro padre los motivos [que]
causan nuestra idea de vuestro padre en distintas ocasiones bien augurados [en]
víspera de navidad murió después de prolongada y [penosa]
enfermedad el padre Fray Juan Gómez asistió sele en esta casa con el
cuidado que Fray Blas suele tener con semejantes enfermos. Estuvo a la
cabecera siempre el padre Fray Miguel Rubio de cuya mano recivió el
viático y la extremaunción. Enterrámosle en nuestro Xingtio acudiendo
al entierro los más de los españoles y y diez religiosos entre
los cuales el uno es portugués, padre de la Compañía y el Padre [Tua]
[ti] causa de no asistir el Señor Basset por las competencia que entre
dos están de [prov.co ]a postólico y vicariato de bara en esta ocasión.
No escribe el padre vicario provincial Fray Miguel Rubio que fue a Xao King
uno por la visita del Chingiue al Chungto y lo otro por [concl]
la compra de una caja para iglesia en que Hungto y lo otro por conseguir
la compra de una caja para iglesia en Quchu y aún no tiene más
de nuestra determinación porque aunque el padre Fray Juan Francisco la propuso luego
llegó no luego pudimos de terminar procurando saber el parecer de
los religiosos que están en esta provincia de Cantón en la cual todos vinieron
por esta causa. El padre vicario provincial no podrá escribir si no en el navío de los
españoles. Lo demás que da a la vista si nos lleva con bien. El señor lo
guarde. Cantón y febrero 3 de 1697.
de vuestro padre muy reverendo
menor siervo en el señor
Fray Augustín de Pascual.

[Escrito de lado]
Al mas reverendo padre Fray Álvaro de
Benavente que nuestro señor guarde,
ministro provincial de su muy religiosa
provincia del nombre de Jesús
de la orden de San Agustín y en su ausencia
al muy reverendo padre prior del convento de
Manila
Fray Basilio de Gemona desde Kiang-Ning a Fray Álvaro de Benavente. 1696

{152}
Muy Reverendo Padre Fray Álvaro de Benavente
Cuando llegue a su presencia el lator de ésta y entienda Vuestro Padre Muy Reverendo per-
meando los extremos que han llegado las cosas en esta misión sabrá
ex consequent todo lo que en la que sentí yo debiera escribir. Me remito pues
a su dicho y a que solo le testifico que queda y quedará siempre en mi la memoria de su persona, la estimación de sus virtudes y el
cordial afecto que desde que lo conocí le tributé: Por su benignidad continúe
Vuestro Padre Muy Reverendo el suyo y Nuestro Señor la prospere a medida de mis deseos.
Me encomiendo en sus ilustrísimas oraciones de la que tengo más necesidad cuanto
es más larga y pasada la cruz que aquí nos queda a costas hasta
por lo menos volver el lator con los deseados despachos.
Kiang-ning. El 9 de noviembre de 1696.
Menor y muy cordial siervo en Jesucristo
Fray Basilio de Gemona
Fray Joseph Navarro desde Cantón a Fray Álvaro de Benavente. 1697

Muy reverendo padre Fray Álvaro de Benavente
ministro provincial
Sirvan estas dos líneas sólo de Vuenheu a vuestro padre
deseándole muy perfecta salud para emplearla
en el bien de esas islas y de estas misiones, el que
conduce esta es carta viva, el cual deo favente
llegando supervacaneu est el repetir puntos.
Sólo si suplicara vuestro padre que [secundu gratia sividatam
a deo], interponga su autoridad en estos
negocios. Puesto que por acá todos le reconocemos
único en dar el más acertado parecer y
solicitan el mejor despacho en las presentes
ocurrencias de negocios. Y siendo estos negocios
no a todos prácticos, juzgo que como dice el
adagio castellano “a lo tuyo tú,” que era conveniente
que uno [que sea] práctico en ellos se encargue
de solicitarlos. La experiencia
[nes]enseña que despachos van y despachos
vienen. Y en muchos años no se adelantar,
si bien lo más [conviene] es abrasar los negocios,
[ya que] lo que se consigue es comúnente
lo que mirando [se] como propio, se trata con
eficacia. Dejo lo todo a la nuestra prudencia y
experiencia y ponderación de vuestro padre
procurado a nuestro padre provincial hacerle capaz de lo importante
[de] estas materias y entre tanto y [quedo]
a las órdenes de vuestro padre en cuyo santos sacrificios un encomiendo
desde esta su iglesia extramuros de Cantón.
a 16 de marzo de 1697.
Fray Blas Tochy y de que vuestro padre su menor y más afecto. [Señor],
agredere el chocolate
que le fortalece su mano
[tremblique hicieran]
Carta desde Manila a Fray Álvaro de Benavente de Fray Diego. 4 de abril 1698.

He recibido su dilatada carta de vuestra reverendísima, y
considerando muy [aspacio] su contenido, discurro
que todo el remedio que puedo poner
ha de parar en que lo padezcan estos miserables
indios. Y así recurriré a quien me prevenga
la verdadera inteligencia del concilio,
aun siendo tan expresas sus cláusulas
como a quien pueda poner todo el consuelo,
que tanto deseo, como el que nuestro señor
guarde a vuestra reverendísima los dilatados años que le suplico.
Manila, y abril 4 del 1698 años.
Beso la mano de vuestra reverencia su menor servidor,
Diego, Arzobispo de Manila
Reverendísimo padre Fray Álvaro de Benavente
Provincial de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús.
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1703

[Graa] Christi
Padre nuestro
Escribió esta con poca seguridad de que llegue. Y así
seré breve, porque si se perdiere se pierda poco. Alegraréme
que esta hallé a vuestra reverencia con mucha salud, a qua todos
la gozamos, y siempre para servir y obedecer sus órdenes.
Las noticias que tenemos son pocas pero gordas. De la
Costa avisan que el ejército Frances destruyó a Holanda
soltando los diques y también se dice que destruyó
al ejército imperial sin dejar hombre a
vida. De Francía se escribe que el sumo pontífice
ha despachado al Patriarca de Antioquía por visitador
general y nuncio a [latere] de estas misiones. Dios
quiera que no nos mortifique etcétera. Después de cuaresma
que fue cuando escribí a vuestra reverencia la última vez, han proseguido
los niños expuestos bastantemente. Murieronse los
antiguos y los nuevos, menos tres que crío en casa y dos
que tengo dados a criar. El Padre Barruelo en Guchiu
tiene también esta fruta y al presente esta criando
dos en casa sin los que se han muerto que son algunos etcétera.
Dios guarde a vuestra reverencia muchos años como deseo. Xao Fu y
octubre 20 de 1703
Padre nuestro,
Hijo de vuestra reverencia que su mano besa
Fray Tomás Ortiz
{Al margen de izquerdo: nuestro Padre Fray Francisco de Zamora. Provincial Absoluto etcétera.}
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1699

mucha virtud o demasiada segura que haya quien los quiera, pues, ni para el cuerpo ni para el alma tienen conveniencia [no]
alguno, sino mucha miseria. En fin ella es piltrafa zancarrón toda [queso] y sin migaja de carne []
[te] tantos obispos yo no veo uno, siquiera algunos, reciben la enhorabuena. Pero no oigo decir que [tratan]
consagrarse. Y así me parece que se están con él nomine tenus [sembrion] cómo vuestra reverencia dice. Recibí del []
[gial] (honora difuntos) más antiguo las pistolas con harto dolor de su muerte. Que aunque no fuese lo [bien]
inmediato siempre me acordará de él en la misa, mas ahora parece que pide justicia. Y así por los dos [t]
me he visto obligado a hacerlo y, ya que no le puedo por esta darlas gracias, se las doy a vuestra reverencia. Pues, eran ánima []
ultra que bien creo vuestra reverencia tiene parte también en ellas o a lo menos no le falta a vuestra reverencia el buen deseo de que
ellas me defienda de los ladrones y les dé a conocer mi valor. Cierto que vuestra reverencia me hace muy poca falta
eso. Pues, me apoca tanto mi valor que para qué se dé a conocer nizessi dice necesita de los pistolillas [__lor]
el mío de esa laya. Ni menos es valor que se pueda encubrir para que los Chinos no le conozcan. [Sabe]
bien que soy valiente, aunque no saben que soy de [Duinos] que fuera si supieron que era de [Duinos]
atrevieran a mirarme a la cara sin dar en tierra de cabeza. Y así aunque me hurtaron la plata []
ignorancia que tenían de mi valor, antes por tenerlo muy conocido, esperaron a que fuese a las aldeas, [q]
traidores me asaltaron la casa y como alra no hay valentía que pueda resistir una traición, me [agarraron]
plata y me dejaron a la luna de Valencia. No obstante que los ladrones me llevaron la plata, Dios [ha dejado]
tanto que he podido pagar la casa que tenía comprada y compuesto esta iglesia que estaba [harto sa]
e indecente. Pues, dos caminos que había para entrar en la casa, el uno estaba debajo del altar [cogenera]
el otro delante del mismo altar por donde pasaban cuantas cargas entraban y salían de[]
he hecho una iglesia de nuestra señora para las mujeres que no la había. Y con ella habitación para []
cuida de ella, he hecho mucha parte de esta casa nueva y casi todo lo demás he aderezado, con [bien verdad]
que aún hay un pedazo harto trabajoso de hacer y mientras no tuviere compañero no es factible [porque]
ciertamente los ladrones me agarrarán lo que tengo, si no hay quien quede en casa, si a caso me [llame]
para administrar los sacramentos. Y para que sepa vuestra reverencia que soy valiente no la [ha costado] a la [m_sino]
24 taes. No se maraville vuestra reverencia de que no haya quien admita el deanato de [Ascalona][]
lo tengo proveído en persona muy fidedigna y benemérita y por última se le debía, pues, a la [dig]
canónigo solo sigue la de deán. Y sobre ello me tiene dado benedictus el Padre Fray Juan Nuñez [(]
[ja] decir) conque queda hecho deán en embrión aunque huero. La carta en que dice vuestra reverencia escribe
largo no ha llegado. Y así vuestra reverencia la empuje [por acá] que me alegraré de verla.[El]
Padre Bosqued me escribe una cláusula de este tenor. [Remito 50 pesos que juzgando]
Por mano de nuestro Padre Zamora remito 50 pesos, que juzgando estaban ya con vuestra reverencia
duda por haberse perdido las cartas, no se han remitido. Pero vuestra reverencia los reciba y me perdone etcétera.
[moria] que vuestra reverencia envía de lo que viene a esta misión. Dice que el Padre Bosqued envía 50 pesos []
misión. Esto supuesto vuestra reverencia se sirve de avisar (en [caso] de venir los 50 pesos) si es yerro de []
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702

Padre nuestro
Escribo está después de dos o tres [días] con poca esperanza de que
llegué y mucha de que se pierda, en que se perderá bien poco. Después
que soy vicario provincial he estado muy poco en casa y mucho fuera. Y lo
más del tiempo en la ciudad de [Guichiu] adonde he estado pleiteando sobre
que me querían impedir de comprar una casa. Y después que la compré
me querían echar de ella mas no lo pudieron conseguir y así me quedé con la
casa y en paz. Y ahora se está disponiendo el Padre Barruelo para ir
este mes de septiembre a lo más por obispo de aquella ciudad y aun de aquella
provincia. El señor obispo se halla en esta iglesia camino de []
[Nan hiceng] a quién iré sirviendo hasta allá, adonde voy para
ver el estado de aquellas casas y ver quién ha de quedar Mrn por ministro
de la casa o iglesia que nuevamente hemos comprado en la ciud provincia de
Kiangsi. Dicho señor obispo aún queda guardián de [Nangon.] Y yo
deseoso de servir a vuestra reverencia a quién guarde Dios muchos años como deseo Xa
[Xao King fu] y agosto 22 de 1702.
Los 30 pesos que vinieron para el padre [Recoleto] y los 25 que vinieron para
el señor de Ascalon de que escribí no habían llegado. Lo escribí entonces y lo que
del Padre [Señor ]Rubio y los entregué etcétera. Tengo recibidos tres tomos juntamente de
Barcia, mas no sé por qué mano vienen. Ni de ello hay más noticia que decir en el
aforro son de nuestro uso, mas no obstante creo que vendrán por mano de vuestra reverencia
y así le doy repetidas gracias etcétera.
Padre nuestro
Hijo de vuestra reverencia que su mano besa
{Al margen izquierdo: Nuestro Padre Fray Francisco de Zamora, provincial absoluto etcétera.}

A nuestro Padre Fray Francisco de Zamora
guarde Dios nuestro señor
calificador del santo officio y p
provincial absoluto etcétera.
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702.

Padre nuestro
El barco de Macao llegó con todo nuestro socorro y con el cumplimiento de
las limosnas que vuestra reverencia a mi y a los demás padres hace, de que rindo muchas gracias.
Las novedades de por acá las tengo ya escritas por vía del Fukien en dos de sobre
dos veces y así en esta hay poca materia de moler, de [ruinas] que es de adonde vuestra reverencia
podía esperar algunas buenas nuevas y gustosas no he tenido carta alguna y menos del
colegial de San Gabriel y predicador de [Cubillas.] Con que por todas vías estoy [negado demás]
obligado a ser breve. Y si hubiere alguna novedad por acá vuestra reverencia la podrá ver en la
carta que escribo al señor gobernador vago de esas islas. Diceme vuestra reverencia que me envía
el testamento de nuestro rey y otros papeles mas no los he visto ni espero ya verlos
sé adonde vienen a que se hicieron. Los padres vagos trajeron solo un socorro, no dos
como se juzga por allá. Ítem en las memorias que ahora vienen hay además 30 pesos
para el padre Fray Juan de San Augustin que le envía el padre provincial de los recoletos. Ítem 25
pesos que envía Quintero al señor arzobispo, y un tibor de chocolate que envía nuestro padre
provincial a dicho señor obispo todo lo qual no [parece] no obstante que el capitán entregó todo lo
que traía según el reconocimiento que hizo en Manila. Y así vuestra reverencia se sirva de
examinar si se olvidó el padre procurador general de remitirlo o si acaso fue yerro de pluma
etcétera. Lo que vino el año pasado en la bolsa solo fueron 842 pesos y un real
no 1142 y un real como ahora dicen algunos. Los padres de la compañía me pidieron
respuesta a unas dificultades sínicas o por mejor decir teológicas acerca de las praxis
sínicas. Dilas con aprobación del Padre [Señor] Rubio y consejo del señor obispo, pero por qué
en ellas decimos que los padres franciscanos permitían las praxis de la compañía an han [dado]
dichos padres [franciscanos] muchas quejas contra nosotros y hicieron una protesta [intentada]
que nuestro testimonio fuese nulo. Yo, luego que lo supe, hice mi contra protesta, probando
las con testimonios suyos ser mucha verdad lo que teníamos dicho en nuestras respuestas.
Con que así respuestas como contra protesta está ya camino de Roma, adonde la llevan
dos padres de la compañía que van a litigar las [inquisiciones] de este reyno y defender sus praxis
ante la sagrada congregación de propaganda contra los señores clérigos [Franceses]. Hemos comprado
casa en Kiangsi a expensas [qua si] del señor obispo pero para nosotros, es verdad
que también le ayude en algo la misión. La de [Geichiu] está y también comprado

y así este año tendremos dos [ministros] más en ellas que serán el Padre [Rubio]
y el Padre [Señor] Fontanilla. Y con esto vuestra reverencia me encomiende a Dios que le guarde [muchos]
años como deseo. De esta iglesia de nuestro Padre San Agustín de [Xioking]
a 16 de Febrero de 1702.
Padre Nuestro
Humilde hijo de vuestra reverencia que su mano besa
Nuestro Padre Fray Francisco de Zamora, provincial absoluto etcétera.
Informe de Fray Francisco Baroulla en italiano desde Cantón, 1717.

Yo, el infrascrito, siendo requerido por la verdad, atesto que en el año de 1710, siendo [sic] yo en esta metrópoli de Cantón guardián de la Iglesia de Teu Chӱ Hong de los trastos de los Reverendos Señores missionarios apostólicos franceses del Seminario de París, recibí una carta del Reverendo Señor Don [Jean-François] de la Baluère de Macau, en la qual me mandaba de emprestar algunos instrumentos de matemáticos por [sic] el Reverendo Señor Don [Guglielmo] Fabris Bonjour de la Sagrada Orden de San Agustín. Yo lo atesto que tengo emprestado tres instrumentos al dicho Reverendo Fray Don Fabris [sic] Bonjour (el cual los llevó consigo en la corte de Pekin): un círculo de cobre que tiene in medio una regla que se mueve, y creo se llame [sic] astrolabio; l’otro [sic] es un estuche que tiene adentro un instrumento de cobre que abre o cierra in varias partes; el tercero es un plano casi redondo que en medio tiene una lengua que gira; y estos instrumentos conserva dentro una cajeta de piel. Por ser verdad esto, la pura verdad, tengo escrito y susoscrito de mi propria mano esta presente atestación. Canton, 31 agosto de 1717.
Francisco Baroulla
Il sottoscritto, vista la predetta dichiarazione di Francisco Baroulla dichiaro, che in quanto ai suddetti strumenti matematici descritti in questo documento, di non avere pretese sugli strumenti per conto della Santa Congregazione de Propaganda Fide alla quale appartiene lo spoglio del molto Reverendo Padre Guglielmo Bonjour Fabre [G. al] […]. In fede […] Cantone, 1 Settembre 1717, Giuseppe Cerù, Missionario Apostolico Provinciale della Congregazione de Propaganda Fide.
Memoria de las alhajas de la misión agustiniana que se han ido perdiendo desde enero de 1709.

Por marzo, de 1715 en la iglesia reedificada de San Nicolás de Tolentino de la aldea de
Xuy keng puse una imagen nueva de lienzo de Nuestra Señora de Guadalupe de México,
de casi vara y media de alto; ítem una imagen de lienzo del salvador, de cuerpo entero,
poco más de dos palmos de largo, con su tabernáculo [enchalanado], todo viejo.
Cantón, y enero, 2 de 1717 años.
Auto prohibiendo que presenten comedias, saraos y danzas sin autorización previa del vicario provincial. 1701.

[Im. 1]
Nuestro tanto simple del auto del Señor Camacho
mandando se presenten las comedias y entremeses al
vicario provincial antes de representarle
Caja Número 9 =
Legajo 5 =
Papeles de Tagalos =

[Im. 3]
[Nos], el doctor don Diego Camacho y Ávila, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica,
Arzobispo de Manila Metropolitano de estas islas Filipinas y gobernador
apostólico del obispado, sufragáneo de la Nueva Segovia, vacante del consejo
de su majestad = A vos los fieles cristianos, estantes, habitantes, y residentes en
la ciudad de Manila y en todo este nuestro arzobispado y en el Obispado de la Nueva Segovia
sede vacante que es a nuestro cargo, salud a nuestro señor Jesucristo. Ya sabéis
o debéis saber que la obligación principal del cargo y oficio pastoral que Dios nuestro señor
fue servido poner sobre nuestros flacos hombros, es evitar todas y cualesquier ocasiones
de pecados que se puedan perpetrar contra su divina majestad, más en estos tiempos en
que estamos experimentando todos los de la monarquía de España sus justos
enojos con tantos azotes de pestes, guerras, hambres, y la falta de sucesión a la
real corona en nuestro católico monarca, indignaciones todas que debemos considerar
merecemos de la divina justicia por nuestros pecados. Sobre que ya visteis y oísteis
las rogativas públicas que por tiempo de nueve días se hicieron por mandato de nuestro
rey y señor (que Dios guarde), para que con la reformación de costumbres, enmienda
de vidas, y frecuencia de sacramentos, se aplaque la justísima indignación de
Dios contra nosotros, que debemos temer más rigurosa si de nuestra parte no ejecutamos
tan católicos preceptos. En cuya atención, y porqué de la concurrencia
de hombres y mujeres en donde se representan comedias ya obscenas, ya trá[gicas]
y ejemplares se han experimentado y cada dia se experimentan muchas of[ensas contra]
Dios nuestro señor, cuya bondad inmensa debe ser infinitamente amada [ ] [recurso]
mismo de entrambos sexos en que el enemigo común no cesa ja[más] []
citar incentivos con que abrazar las almas en el fuego infernal de la concupiscencia,
como por lo que de semejantes comedias y representaciones se origina, ya por ser
ellas mismas arte diabólico de enseñar venganzas, duelos, liviandades, y de poner en
práctica modos y medios ilícitos y deshonestos de ofender la majestad de Dios. Y haciendo [stop here, 7-9-2024, decide whether this sentence belongs to the previous or next sentence]
ellos mismos el tropiezo y ocasión de semejantes culpas y maldades y de otras
muchas que vosotros no ignoráis y sabéis muy bien. Circunstancias todas que atentamente
vistas son saludablemente prohibidas por los sagrados cánones y especialmente por el
Concilio Toledano, cuya saludable resolución se tomó también en tiempo de nuestros católicos monarcas
(que santa gloria hayan) los señores Don Felipe segundo y Don Felipe cuatro,
el grande, habiendo sido este dictamen cristiano y político de la
mayor parte del real y supremo Consejo de Castilla, sobre que deseando como de-seamos
ejecutarlo para poner el remedio que ataje tan perniciosos daños en
vuestras almas, para que Dios nuestro señor sea más dignamente loado, servido, y venerado.
Y cumpliendo con nuestra obligación y oficio pastoral, desde luego para en adelante,
et in perpetuum, quitamos y prohibimos absolutamente todas, y cualesquiera
comedias, de cualquier especie que sean coloquios y entremeses de
cualquier idioma que fueren y escuadrones de mujeres de cualquiera

[Im. 6]
como del Obispado de la Nueva Segovia sede vacante. Y el
mismo se remitan a todos los alcaldes mayores de toda esta archidiócesis,
y de la dicha de Nueva Segovia, para que habiendo los [leído]
y entendido los entreguen a los jueces eclesiásticos, ministros
doctrineros, seculares, o regulares de todas sus provincias [para que]
los manden publicar, y den a entender a sus feligreses [como]
está expresado y mandado, so las penas impuestas dado [en]
esta casa del río extramuros de la ciudad de Manila.
Firmado de nuestro nombre, sellado con el sello de nuestras armas, y represendado
de nuestro infrascrito secretario en el veinte y ocho días del mes de febrero de mil setecientos y un años
= Diego Arzobispo de
Manila = Por mando de su señyoría ilustrísima el arzobispado mi señor
Don Francisco Santos de Oliveros, secretario.
Sobre pleito que este Convento de Tondo siguio contra el guardia de Bangcosey. 1683

{Al margen derecho: Folio 1}
Tanto del pleito
de Bangcosey
Fray Gaspar de San Agustín procurador general de esta provincia
del santísimo nombre de Jesús de Filipinas del Orden de los Ermitaños
de nuestro padre San Agustín. Digo que al derecho de dicha mi provincia conviene
y especialmente al Convento de Tondo que el presente
escribano de gobernación y guerra me dé un testimonio y tanto de
los autos que ante vuestra señoría sean seguido contra el Capitán Francisco
de Rivera guarda mayor que fue del estero llamado Bangcosey que
está en tierras propias del dicho Convento de Tondo sobre haber
pretendido dicho guardia eximirse de pagar cinco pesos que desde el tiempo
en que se abrió dicho estero se han pagado al dicho Convento de Tondo por
orden de los señores gobernadores antecesores de vuestra señoría el cual se
siguió con vista del señor fiscal de su majestad hasta la sentencia
definitiva por tanto.
A vuestra señoría pido y suplico se sirva de mandar se me dé dicho tanto y testimonio
de los autos en pública vía y forma que haga fe en juicio quien
ello recibiré justicia que pido y juro in verbo sacerdotis no ser de malicia
este mi pedimento. Fray Gaspar de San Agustin.
Manila y diciembre 1 de 1683 años. Dé se le. Luego está una
rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador y capitán general de
estas islas - Velmonte.
En cumplimiento del decreto de esta otra parte de su señoría el señor
presidente gobernador y capitán general de estas islas Filipinas, yo el capitán
Don Francisco Velmonte oficial mayor de la secretaría de gobernación
y guerra de estas islas y escribano público, uno de los del número de esta
ciudad de Manila su término y jurisdicción por su majestad hice
sacar y saqué el testimonio que por la petición de esta otra parte se pide
y por dicho decreto se manda que su tenor a la letra es como se sigue.

{Al margen izquierdo: Petición}
El Capitán Francisco de Rivera, guardia mayor del pueblo de Tondo.
Dice que todos los meses efectivos está pagando cinco pesos del río
por donde pasan las bancas al Convento de Tondo por cuanto
dice el padre prior de dicho pueblo que son tierras del convento
donde se abrió el estero. Por lo cual, a vuestra señoría pide
y suplica sea servido de que no pague tal imposición que en
ello recibirá bien y merced de vuestra señoría etcétera. Francisco de Rivera.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila, y julio diecisiete de mil seiscientos ochenta y dos años.
Informe el alcalde mayor lo que hay en ello. Al pie está
una rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador y capitán
general de estas islas. Perea.
{Al margen izquierdo: Informe}
El alcalde mayor de la jurisdicción de Tondo. Dice que se ha
informado de los principales del pueblo de Tondo
que cuando se abrió el estero de dicho pueblo para comunicarse
con el río que va al de Tambobo por haberse
cerrado la boca de Bangcosey con el grande baguio que hubo.
Se convino el guardia mayor que, entonces, era el Capitán
Juan de Castro y Valdés de dicho pueblo, con el reverendo
padre Fray Dionisio Suárez, prior del convento de él, por estar
entonces reedificando la iglesia de que daría cinco pesos
todos los meses para ayudar a los gastos de dicha iglesia
y convento hasta que se acabase la obra de ella por decir dicho reverendo
padre que la tierra que rompieron para hacer dicho estero
era de dicho convento y que, a tres años, se acabó la iglesia
y convento de dicho pueblo y, sin embargo, se prosigue
con la saca de los cinco pesos. Sobre ello vuestra señoría mandará lo que
fuere servido que será lo mejor. Tondo y julio dieciocho
de mil seiscientos ochenta y dos años. Don Joseph
de Samonte.
{Al margen izquierdo: Decreto}

{Al margen derecho: 2}
Al asesor. Rubricado de su señoría. Velmonte.
Manila y agosto diecisiete de mil seiscientos y ochenta
y dos años. El reverendo padre prior del pueblo
de Tondo, dentro del tercero día exhiba en el superior
gobierno el título que tuviere por el cual cobra
cinco pesos cada mes del guardia mayor de la estacada y pueblo
de Tondo, y en el ínterin, este retenga en sí la cantidad
que corriere hasta la determinación de este negocio. Al pie
está una rúbrica que parece ser de su señoría el señor presidente gobernador
y capitán general de estas islas. Licenciado Lezama. Perea.
En el pueblo de Tondo en veinte horas del mes de agosto
de mil seiscientos ochenta y dos años. Yo, el capitán Don Joseph
de Samonte y Ramírez, alcalde mayor y capitán a guerra en
esta jurisdicción por su majestad y juez [regidor] en ella en virtud
de auto de los señores presentes y oidores de la Audiencia y
Chancillería Real de estas islas y con asistencia de mis testigos acompañados
que lo fueron Felipe de Páez y Tomás Guerrero por
mi nombrados y jurados como consta del recaudo original
que está en el archivo de este juzgado a qué me refiero. Leí
y notifiqué el decreto de esta otra parte de su señoría al señor
presidente gobernador y capitán general de estas dichas islas al reverendo
padre Fray Carlos Bautista prior del convento de este dicho
pueblo de Tondo. Según y como en él se contiene y entendido,
dijo que no tiene recaudo ninguno que exhibir y esto dio.
Por su respuesta de que doy fe y lo firmé con mis testigos acompañados
siéndolos instrumentales. Andrés Navarro y Don Marcos
de los Santos, Samonte, Felipe de Páez, Tomás Guerrero.
Fray Miguel Rubio religioso del Orden de Nuestro Padre San
Agustín y prior del convento del pueblo de Tondo con la licencia

{Al margen derecho: 3}
de estas islas pido justicia. Ut supra. Fray Miguel Rubio.
En la ciudad de Manila en quince días del mes de junio de
mil seiscientos y ochenta y tres años, ante el señor capitán Don Alonso
de León alcalde ordinario de esta ciudad su término y jurisdicción
por su majestad. Se leyó esta petición que presentó el contenido en ella
con los demás recaudos visto por su merced, uno y otro
lado por presentado y mandó se haga como esta parte lo pide,
y que el presente escribano u otro público o real de los de esta
ciudad, reciba la declaración y juramento, al General Sebastián
Rayo Doria. Y para la información que ofrece daba
y dio comisión en bastante forma la que de derecho se requiere
y sea necesario al capitán Don Luis de Escobar relator de la
real audiencia de estas islas que para ello, y su autoridad desde
luego sellada en forma y conforme a derecho, y por este
auto así lo proveyó, mandó y firmó. Don Alonso de León.
Ante mí Baltazar de Lerma escribano público.
{Al margen izquierdo: Licencia}
Fray Joseph Duque comisario del santo oficio y provincial, de
esta Provincia del Santísimo Nombre de Jesús de Filipinas, del
orden de los ermitaños de nuestro padre, San Agustín, etcétera.
Por la presente doy licencia al padre lector Fray Miguel Rubio
prior de nuestro Convento de Tondo para que pueda parecer en
juicio ante cualquier justicias de su majestad para seguir y contestar
cualquiera pleitos perteneciente al útil de dicho nuestro
convento y fenecerles hasta la definitiva representando jurídicamente
nuestra persona y usando de toda aquella autoridad
que según nuestras sagrados constituciones le puedo comunicar.
Dada en nuestro Convento de San Pablo de Manila
en catorce de junio de mil seiscientos y ochenta y tres años, sellada
con el sello menor, de nuestro oficio y refrendada
de nuestro secretario. Fray Joseph Duque provincial.
Por mandado de nuestro padre provincial Fray Francisco de Zamora
definidor y secretario de provincia.
{Al margen izquierdo: Carta}
Mi padre lector Fray Miguel Rubio. Dios dé a vuestro padre las Pascuas

que me comunica, con el misterio del espíritu del señor para que
haga las operaciones de su santo servicio en beneficio de sus
criaturas con el don que recibieron sus apóstoles con la prometida,
venida esmaltándole su gozo con aquel inefable fíat.
Para que lo que el sacrificio de su voluntad a mayor honra y
gloria suya como lo confío de su infinita misericordia para
que propague y fecunde en los ciegos la luz del evangelio.
El reverendo padre Fray Antonio Gutierrez se fue sin respuesta
porque llegó a ocasión que citado esperaba dos religiosos
dejándole, con el general Don Nicolás de Pamplona, quién
fue llamado y quedó solo con alto sentimiento mío pídale vuestra padre
de mi parte me perdone. Que no estuvo en mi mano lo atento
y lo cortes, los papeles han de estar en el archivo de Tondo
o en él de ese santo convento por donde consta tuve orden
del señor maestro de campo Don Manuel de León siendo
presidente gobernador y capitán general de estas islas. Para que
abriese el estero providente a reparar los daños que se reconocían
en muchas bancas que se pierdan para entrar
por la barra del río en tiempo de vendavales y reconociendo,
que el sitio por donde le abrieran tierras de ese santo
convento para abreviar su abertura, me compuse con el reverendo
padre Fray Luis de Montúfar prior de ese santo convento
a la sazón de qué diesen las embarcaciones de trato. Que por él pasasen
un cuartillo de limosna al convento de que se dio parte
al señor gobernador por mi y convinieron en ello. Y mediante
el permiso que dio el reverendo padre prior Fray
Luis de Montúfar se abrió el estero con gozo universal
por ser el beneficio procomunal que todos reconocieron
después. Entendí dio su facultad el padre prior al guardia
mayor para que cobrase por un tanto que le daba cada
mes, y que en esa forma se fue continuando todo

Francisco de Rivera. Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Notación}
En la Fuerza Santiago de la ciudad de Manila
en dieciocho días de junio de mil seiscientos y ochenta y
tres años yo el presente escribano en virtud del auto
del señor capitán Don Alonso de León alcalde ordinario
de la ciudad su término y jurisdicción por su majestad. Al General
Sebastián Rayo Doria para que haga la declaración que
pide el reverendo padre Fray Miguel Rubio prior del Convento
de Tondo el cual en su cumplimento juro por Dios nuestro señor
y una señal de la cruz en forma de derecho, su cargo del cual prometió
decir verdad en lo que supiere y siéndole preguntado
{Al margen izquierdo: Declaración}
por el tenor de la carta presentada. Dijo que la reconoce por
suya y la escribió a dicho reverendo padre Fray Miguel Rubio
en respuesta de otra, que recibió suyo y que todo lo que contiene
en ella pasó el tiempo de querer abrir el estero en que sea
firma y ratificó y declaró ser de más de cincuenta años y que las
generales de la ley no le tocare y lo firmó. Sebastián Rayo Doria.
Ante mí Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Información. Testigo.
Capitán Juan Ramos
de 73 años}
En el pueblo de Binondo en veintidós días del
mes de junio de mil seiscientos ochenta y tres años. El reverendo
padre Fray Miguel Rubio prior del Convento del Pueblo
de Tondo para la información que ofreció en su escrito
de quince del corriente, presentó por testigo al Capitán
Juan Ramos de quien en virtud de la comisión que por el auto
a dicho escrito proveído se me da. Le recibió juramento que lo
hizo por Dios nuestro señor dicha señal de la cruz según forma
de derecho y so cargo del prometió de sin verdad en
lo que supiere y se le fuere preguntado y siéndolo por
el tenor de dicho escrito. Dijo que lo que sabe

y pasa el que cuando se abrió el estero del pueblo de Tondo
era este testigo guardia mayor que por haberse abierto en tierras
que eran del convento de dicho pueblo con consentimiento
del padre prior que entonces era Fray Luis de Montúfar.
El General Sebastián Rayo que era alcalde mayor
le ordenó a este testigo, cobrase un cuartillo de las embarcaciones
y se diese al dicho convento. Y este testigo se concertó
con dicho padre prior en que le daría tres pesos por cada cobranza
al mes y que después dio cuatro pesos y todo el tiempo que
fue guardia mayor acudió a dicho convento con dicho cuatro pesos
al mes y que los guardias mayores que les subsidiaron daban cinco
pesos por cada cobranza en cuya conformidad los dichos
guardias mayores cobran de las embarcaciones. Y por dicha cobranza
pagan los dichos cinco pesos y esto dijo ser la verdad
so cargo del juramento que ha hecho en que sea firmó y ratificó
y declaró ser de setenta y tres años de edad y lo firmó. Juan
Ramos. Don Luis de Escobar escribano público.
{Al margen izquierdo: Testigo Alférez
Roque López de
Meza de 50 años}
Incontinenti dicho padre prior de Tondo para su dicha información.
Presenté por testigo, al Alférez Roque López de
Meza residente en el pueblo de Tondo, de quien en virtud
de dicha comisión recibí juramento, que lo hizo por Dios nuestro
señor y la señal de la cruz y so cargo del prometió decir verdad
en lo que supiere y se le fuere preguntado y siéndolo por el
tenor de dicho escrito. Dijo que lo que sabe y ha visto
como quien a muchos años que vive en dicho pueblo de Tondo
es que desde que se abrió el estero de dicho pueblo los guardias
mayores que han sido, han dado al convento de dicho pueblo
cinco pesos y los primeros meses, a tres, y a cuatro. Y que la
razón según de público y notorio se sabe, es, y ha sido
porque dicho estero se abrió por tierras que tenía dicho convento

y las arrendaba y que para que el padre prior que era de
Tondo cuando se abrió diese permiso para abrirse el General
Sebastián Rayo de orden del señor Don Manuel de León dio
permiso para que las bancas que entrasen y saliesen por dicho estero
a contratar diesen un cuartillo a dicho convento en recompensa
de lo que rentaban y que esta cobranza la arrendó y la
arrendado los padres priores a los guardias mayores. Y que corrió
a dichos los primeros meses fue por tres pesos y luego a cuatro y por
último llegó a cinco pesos en lo cual se ha quedado. Y todos
los guardias mayores han acudido a dicho convento en cada
un mes con dicho cinco pesos lo cual como ha dicho ha sido público
y notorio y voz comunidad sin que haya habido cosa en contrario
y esta dijo ser la verdad verdad so cargo del juramento
que ha hecho en que sea firmó y ratificó después de haber
lo leído y declaró ser de más de cincuenta años y lo firmó,
de que doy fe. Roque de Meza. Don Luis de Escobar
escribano público.
{Al margen izquierdo: Testigo capitán Don
Jerónimo de Lara de
47 años}
En dicho pueblo de Binondo en veintiocho días del
mes de junio de mil seiscientos ochenta y tres años. El dicho
padre prior para su información, presentó por testigo,
a Don Jerónimo de Lara principal del pueblo de Tondo,
del cual recibí juramento que lo hizo por Dios nuestro
señor y la señal de la cruz, y so cargo de él prometió
decir verdad en lo que supiere y se le fuere preguntado
y siéndolo por dicho escrito. Dijo que como
quien asiste de escribiente al General Sebastián
Rayo Doria todo el tiempo que fue alcalde mayor
de esta jurisdicción, y como quien fue gobernador [de] dos años, de dicho
pueblo de Tondo. Sabe que cuando se trató de abrir el
estero de dicho pueblo se reconoció la tierra por donde se había
de abrir y porque eran del convento de dicho pueblo

{Al margen derecho: 6}
y la tenía arrendadas a diferentes personas el dicho General Sebastián
Rayo Doria, escribió por medio de este testigo al señor
Don Manuel de León gobernador y capitán general, que era de estas
islas, diciéndole que para que se consiguiese la abertura del estero
que tan necesario era al [común] por las muchas pérdidas que
en tiempo de vendavales había en las embarcaciones, en la
costa diese permiso para que después de abierto, las embarcaciones
que entrasen con géneros para vender, pagase cada una
un cuartillo para dicho convento. Y que dicho señor gobernador dio
su permiso para ello. Por cuya razón, y enterado de ello
el padre Fray Luis de Montúfar, que era prior, dio consentimiento
para que se abriese dicho estero y que el Capitán Juan
Ramos, que en la ocasión era guardia mayor asentó con
dicho padre prior el darle un tanto, en cada un mes por
dicha cobranza. Y que no se acuerda, este testigo, cuánto fue lo
que daba, pero que el Capitán Juan de Castro que le subsidió
y todos los demás guardias mayores han dado cinco pesos en cada
un mes a los padres priores. Y que esto lo sabe así de público
notorio como porque el tiempo de los dos años que fue gobernador
de dicho pueblo de Tondo, se pagaban dichos cinco pesos en cada
un mes por mano de este testigo que las mismas guardias llevaban
dichos cinco pesos y los entregaban al padre prior. Y que
esto es y ha sido tan público y notorio que no se puede decir
con verdad cosa en contraria por serlo solo lo que lleva referido.
En lo cual después de habérselo leído se afirmó y ratificó
y declaró ser de cuatro y siete años de edad. Y no firmó
porque dijo que ha cuatro años que está impedido de la
vista de que doy fe y de que no fue necesario intérprete por ser

ladino. Don Luis de Escobar escribano público.
{ Al margen izquierdo: Testigo Don Juan Polintan de 60 años}
Incontinenti dicho padre prior para dicha información
[presentó] por testigo a Don Juan Polintan natural y principal
del pueblo de Tondo, del cual sin necesidad de intérprete por
ser ladino. Recibí juramento que lo hizo por Dios nuestro señor
y la señal de la cruz so cargo del cual prometió decir verdad
en lo que supiere y se le fuere preguntado y siéndolo por dicho escrito.
Dijo que lo que sabe como natural de dicho pueblo, es que
la tierra, que se rompió para abrir el estero que hoy tiene el
pueblo era del convento de él y que los padres priores la tenían
siempre arrendada a sangleyes, lecheros y pateros. Y que cuando
se trató de abrir dicho estero fue pública voz que se le prometió al
padre prior se le cobraría un cuartillo de todas las embarcaciones
que entrasen a vender [maga valijas]. En cuya virtud el
padre prior que era entonces Fray Luis de Montúfar, dio licencia
para que se abriese dicho estero. Y que asimismo sabe de público y notorio
que los guardias mayores han tenido a su cargo esta cobranza
y por ella han dado cada un mes al padre prior cinco pesos
y que muchas veces se ha hallado presente este testigo al tiempo
que dichos guardias mayores han ido a entregar dichos cinco pesos.
Y que no sabe ni tiene noticia que haya habido en esto contradicción
ni reparo alguno. Y esto dijo ser la verdad so cargo
del juramento que ha hecho en que después de habérselo leído
se afirmó y ratificó y declaró ser de sesenta años y lo firmó
de que doy fe. Don Juan Polintan. Don Luis de
Escobar escribano público.
{Al margen izquierdo: Petición}
Fray Miguel Rubio religioso de la Orden de San Agustín
y prior del Convento del Pueblo de Tondo dice que como
consta de los recaudos que presenta con la solemnidad

{Al margen derecho: 7}
necesaria dicho convento tiene derecho a la cobranza de un cuartillo
de cada una de las embarcaciones que entran por el estero de
dicho pueblo de Tondo que traen géneros para vender por haberse abierto
dicho estero por tierras de dicho convento que antes le rendían arrendamiento.
Y no solo ha perdido dicho convento las tierras que cogen
dicho estero sino otras cercanas por anegarse con agua salada
que le entra por dicho estero. Y asimismo consta por dichos recaudos
que el derecho de dicha cobranza desde su principio y después acá le han
arrendado los guardias mayores de dicho pueblo por cinco pesos, en
cada un mes, que han dado a dicho convento. Y porque con el transcurso
del tiempo no se pierda la noticia y origen de este derecho ni
los guardias mayores dejen de acudir con dichos cinco pesos o un cuartillo
de cada banca de las que trajeran que vender, y para que
siempre consta de él legítimo título que se tiene para lo referido,
a vuestra señoría pide y suplica se ha servido de haber por
presentados dichos recaudos. Y en su virtud se sirva de mandar
al alcalde mayor que hoy es de Tondo y a los que en adelante fueren
notifique al guardia mayor que es y a los que le subsidiaren
acudan a dicho convento con dichos cinco pesos o el cuartillo como
dicho es, en cada un mes. Y de no querer se abstengan y alcen
en la mano en la cobranza para que el prior la encomiende
a quien la haga. Y en caso necesario apruebe y conforme, vuestra señoría
lo tratado en razón de dicha cobranza al tiempo que se abrió
dicho estero que en todo recibirá merced de la mano de vuestra señoría.
Fray Miguel Rubio.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y julio ocho de mil seiscientos y ochenta y tres. Al asesor.
Al pie está una rúbrica que parece ser de su señoría el señor
presidente gobernador y capitán general de estas islas. Perea.
{Al margen izquierdo: Ítem}
Manila y julio diecisiete de mil seiscientos ochenta
y tres. El guarda mayor de Tondo [pagué] al reverendo padre

prior del pueblo de Tondo los cinco pesos que constan haberse pagado
en cada un mes de arrendamiento del estero por donde
pasan las bancas o de razón suficiente por qué no lo deba hacer
dentro del segundo día. Rubricado de su señoría. Licenciado
Lezama. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En el pueblo de Tondo en veintiuno de julio
de mil seiscientos y ochenta y tres años. Yo escribano, leí y notifiqué
el auto de arriba del señor, gobernador y capitán general
de estas islas según y como en él se contiene al Capitán
Francisco de Rivera guardia mayor de dicho pueblo el cual
habiéndolo entendido dijo que lo oye y que se le entreguen
los autos para responder y esto dio por su respuesta
de que doy fe y lo firmó. Francisco de Rivera. Ante mi,
Pedro Manrique escribano real.
{Al margen izquierdo: Memorial}
El Capitán Francisco de Rivera guardia mayor del pueblo de Tondo
en lo que tiene pedido el reverendo padre Fray Miguel Rubio prior
del convento de dicho pueblo, sobre que el suplicante como tal
guardia mayor le pague cinco pesos todos los meses por el estero, en
que pasan las bancas del trajino por decir pertenecer las tierras
a dicho convento. Dice que habiendo notificado el decreto de vuestra señoría
de diecisiete de agosto del año pasado al reverendo padre
Fray Carlos Bautista prior entonces de dicho convento para que
exhibiera, los títulos que tuviese, de ser las tierras de dicho estero
perteneciente a dicho convento respondió no tener ninguno. Y
para a continuación de dicha cobranza dicho reverendo padre
prior en virtud de otro decreto, ha dado información
sin haber representado recaudo de compra de limosna, o por otra
causa o razón, a dicho convento por lo cual y para
el caso se concluya. A vuestra señoría pide y suplico se sirva de

{Al margen derecho: 8}
mandar se acumule, a este memorial y recaudos que presenta
la información que dio dicho reverendo padre prior y con vista
de ellos, se remita, al fiscal de su majestad, como protector general
de los naturales de estas islas que en ello recibirá bien y merced, etcétera.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Francisco de Rivera. Manila y julio veintiocho de mil seiscientos
y ochenta y tres. Vista al señor fiscal con los autos que contiene
este escrito. Rubricado de su señoría. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Informe del
fiscal de su majestad}
El fiscal de su majestad ha visto el memorial del Capitán Francisco
de Rivera guardia mayor del pueblo de Tondo con los recaudos
adjuntos sobre pretender que no debe pagar cinco pesos en cada
un mes al reverendo padre prior del convento de dicho pueblo de la
Orden del Señor San Agustín por razón del pasaje y trajino
de las bancas por el estero del por no haber presentado dicho
padre prior títulos ni recaudos algunos por donde conste
haberse abierto dicho estero por tierras del dicho convento con
los demás alegado. Dice que vuestra señoría tiene ya dada providencia
sobre esta materia, pues con vista de la información que dio
dicho padre prior en que probó la cuasi posesión en que estaba
dicho convento de cobrar los reverendos padres priores del
cinco pesos en cada un mes de dichos guardias mayores. Fue vuestra señoría
servido de mandar por su decreto de diecisiete de julio de
este presente año que el guardia mayor de Tondo pague el reverendo
padre prior de dicho pueblo los cinco pesos que constan haberse
pagado en cada un mes de arrendamiento del estero por
donde pasan las bancas o que diese razón suficiente
por qué no lo debe hacer dentro de segundo día. Y habiéndosele
notificado este decreto a dicho guardia mayor en veintiuno
de dicho mes y año. No ha mostrado hasta ahora razón
alguna por donde se pudiese eximir de hacer la dicha

paga ni dentro del término de los dos días como debía, ni aún
después de ellos. Pues aunque presentó memorial siete días después
de dicha notificación (caso negado que se le debiese admitir
razón alguna fuera del término que se le señaló). La
que alega en dicho memorial es frívola y sin fundamento
alguno como es decir que dicho padre prior actual no ha exhibido
títulos ni recaudos algunos de compra o donación
de las tierras por donde se abrió el estero. Porque aunque vuestra señoría
por su primer decreto de diecisiete de agosto del año pasado
de ochenta y dos proveído a otro memorial de dicho guardia mayor.
Fue servido de mandar que el reverendo padre prior del
pueblo de Tondo exhibiese dentro de tercero día en el superior
gobierno el título que tuviese por el cual cobra cinco pesos
cada mes del guardia mayor de la estacada y pueblo de Tondo.
Y que el ínterin este retenga en sí la cantidad que corriere
hasta la determinación de este negocio. Pero habiéndose después
probado dicho padre prior en la información que presentó, en
defecto de títulos, la cuasi posesión en que han estado siempre
los reverendos padres priores de dicho pueblo de cobrar por arrendamiento
los cinco pesos de los guardias mayores de Tondo. Con vista
de esta información, recayó el segundo decreto referido
de diecisiete de julio de este año que miró a la manutención
de dicha cuasi posesión, por el cual quedó evacuada ya la obligación
de presentar dicho padre prior actual títulos algunos de las tierras
por donde se abrió el estero. Y porque en el interdicto posesorio
retinende (de qué se vale dicho padre prior), solo se atiende
a la posesión vel quasi en que alguno está al tiempo en que se movió
el pleito para que deba ser manutenido y amparado en ella
en el ínterin que se ventila sobre el juicio de la propiedad y justicia
de dicha posesión por las reglas ordinarias de la manutención. Conforme
a derecho, siguiese de necesidad precisa que hallándose los

reverendos padres priores de dicho convento en la cuasi posesión de cobrar
dichos cinco pesos cada mes de arrendamiento. Y el prior actual,
estando en ella al tiempo que se movió este litigio confesada
dicha cuasi posesión por el guardia mayor, presente en su primer memorial
de diecisiete de julio de ochenta y dos, debe ser manutenido
y amparado dicho padre prior absolutamente en ella en cuya atención.
Vuestra señoría siendo servido podrá mandar que su decreto de
diecisiete de julio de este año corra absoluto. Y que en su
consecuencia, se le manutenga llanamente al reverendo padre prior
que hoy es. Y a los que en adelante lo fueren en la cuasi posesión
en que se hallaba al tiempo que le inquietó en ella dicho
guardia mayor y que éste le restituya todos los corridos que ha
retenido en su poder desde diecisiete de agosto de ochenta
y dos los cuales por el primer decreto de vuestra señoría. Se mandó los
retuviese hasta el fenecimiento de este negocio, pues dichos corridos
le pertenecen jurídicamente a dicho padre prior en consecuencia
de la manutención condenándole asimismo al dicho guardia
mayor a que pague a la otra parte las costas que hubiere causado
en este litigio por haber aquello litigado injustamente. Y que en caso
que dicho guardia mayor se quiera excusar por algún pretexto o color
de haber la dicha paga, alce la mano, en dicho arrendamiento
y cobranza del pasaje de las bancas por dicho estero, para que dicho padre
prior la encomiende a persona, que la haga reservando su derecho a salvo
al real fisco, para que sobre el juicio de la propiedad de dichas
tierras, pida lo que le convenga. Manila y septiembre veinticuatro
de mil seiscientos y ochenta y tres. Doctor Fuentes.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y noviembre dos de mil seiscientos y ochenta
y tres. Asesor rubricado de su señoría. Velmonte.
{Al margen izquierdo: Ítem}
Manila y noviembre cinco de mil seiscientos y ochenta y tres
amparase al reverendo padre prior del pueblo de Tondo que es y en los

que en adelante fueren en la posesión de la cobranza de cinco pesos
en cada un mes en el estero del pueblo de Tondo y el guardia mayor
de Bangcosey, a cuyo cargo esta dicho estero pagará los cinco pesos
en cada un mes a dicho reverendo padre prior. Y se reserva
el derecho a salvo a los naturales de dicho pueblo y al real fisco
para que sobre la propiedad de dichas tierras tuviesen que pedir lo haga
como les convenga. Y así lo mandó y firmó su señoría comparecer
de su asesor y se comete la notificación a cualquier escribano público
o real. Urtado. Licenciado Don Miguel de Lezama Altamirano
y Reynoso. Ante mí Don Francisco Velmonte,
escribano público.
{Al margen izquierdo: Notificación}
En la ciudad de Manila en diez días del mes de noviembre de
mil seiscientos y ochenta y tres años. Yo el escribano notifiqué el auto de la
vuelta de esta hoja según y cómo se contiene proveída por su señoría
el señor gobernador y capitán general de estas islas al alférez Don
Jacinto de Salazar guardia mayor de Tondo quien habiéndolo
entendido. Dijo que lo oye y que usara del derecho que le convenga.
Esto dio por su respuesta y lo firmó de que doy fe. Jacinto de Salazar.
Ante mí Don Francisco Velmonte escribano público.
Concuerda con los autos originales que queda en el oficio de gobernación
y guerra de estas islas a que me remito y para que conste de pedimento de esta
parte y mandato de dicho señor gobernador y capitán general que va por principio de este
traslado, doy el presente en la ciudad de Manila en cuatro días del mes de
diciembre de mil seiscientos y ochenta y tres años. Siendo testigos a lo ver, sacar,
corregir y concertar Joseph de Vargas, Lucas de la Cruz, Don Juan de
Masangcay. Hago mi signo en testimonio de verdad, Don Francisco
Velmonte, escribano público.
Concuerda con el tanto jurídico que para en el archivo de la provincia y que [volví al padre]
procurador general Fray Gaspar de San Agustín de quién lo recibí y por verdad lo firmé en veintidós de
diciembre de mil seiscientos ochenta y tres años.
{Al margen izquierdo: Va en nueve hojas
con esta}
Monacillos que sean hijos de mestizos de sangley. 1732

Sello cuarto, un cuartillo,
años de mil setecientos
y treinta y uno
y treinta y dos.
{Al margen izquierdo: Memorial}
Muy ilustre señor =
Fray Pedro Orense del Orden de Nuestro
Padre San Agustín, y ministro
doctrinero del pueblo de Malate
ante vuestra señoría me presento y digo
que al derecho de mi iglesia conviene [que]
se me den dos tantos jurídicos
del escrito y su proveídos con
el decreto y demás sobre que
los naturales y Mestizos de Vetuz
y Pasay concurren a que sus hijos sirvan
de monacillos en esta iglesia
resultado dicho decreto a continuación
de lo que dijo el señor fiscal
de su majestad la fecha de
dicho decreto a primero de este
presente mes de agosto, por lo que =
a vuestra señoría pido y suplico [que] se sirva
de haberme por presentado
y mandar según que llevo pedido
por ser justicia que espero
de vuestra señoría etcétera = Fray Pedro
Orense

{Al margen izquierdo: Decreto.}
Manila y agosto, catorce de mil setecientos
treinta y dos = Hágase
como lo pide el suplicante =
Rubricado de su señoría =
Allanegui
En ejecución de lo dispuesto y mandado por [el]
decreto y pedimento de arriba, hice [sacar]
y saqué los recaudos que por él se manda [y]
se pide que el tenor de ellos uno en pos de
otro son como se siguen.
{Al margen izquierdo: Petición.}
Muy reverendo padre nuestro provincial = El
capitán Don Francisco Nicolás,
gobernador actual de este pueblo
de Malate, los cabezas de barangay y demás
principales que abajo firmamos
por nosotros, y en nombre del común
de este dicho pueblo ante
vuestro reverendísimo con la sumisión debida,
nos presentamos y decimos
que sólo hay dieciséis muchachos
de nuestros hijos que puedan servir
de monacillos, por lo que hay
[semanería] de un monacillo no más,
pues suele acontecer el caer
enfermo los otros, que en todo
son cuatro, y esta semana
sólo hay tres, y el uno recién

Pangaya = Juan de la Cruz =
Juan Perez = Baltasar
Perez = Santiago de Robles =
Juan Hipólito = Juan Benítez
Paglingasan = Juan Gonzales =
{Al margen izquierdo: Auto.}
Malate y abril, veintidós de mil setecientos
treinta y dos años = Aunque
conozco ser muy justa la
petición de los suplicantes, por no
estar en mi mano su despacho, doy
por éste licencia al padre prior
de este nuestro convento para
que se presente, o ante el señor
gobernador o señor fiscal de su
majestad para que por su medio
puedan lograr lo que pretenden.
Así lo proveyó nuestro muy
reverendo padre provincial Fray
Félix de Trillo de que doy fe =
Trillo = Fray Miguel [Vivas] =
Secretario.
{Al margen izquierdo: Petición.}
Muy ilustre señor = Fray
Pedro Orense de la Orden de Nuestro Padre
Padre San Agustín, prior y
ministro doctrinero del pueblo de
Malate, jurisdicción de Tondo,
ante vuestra señoría como mejor

haya lugar en derecho, me presento y digo
que mi provincial, estando en visita,
me ordenó [que] ocurra a vuestra señoría para que, atendiendo
al justo pedimento de los Indios
naturales de dicho pueblo, que presento
en debida forma, se sirva de dar las
providencias que hallaré por conveniente,
pues es cierto que no hay sino
dieciséis muchachos que puedan
servir de monacillos para el servicio
de la iglesia, y estos es preciso
que se remuden por semanas,
y que se les dé un mes de descanso.
Y acontece la más veces que sólo
hay dos monacillos en la semana
por estar enfermo el otro compañero,
y a veces uno, de manera que
no hay quien asista [a] ayudar a
misa y a las demás funciones que
se ofrece de llevar el viático
a los enfermos y administrarle
los sacramentos de la extremaunción,
y que ha sucedido haberse
caído los monacillos desmayados
en el camino por ser muchachuelos
de tierna edad y haber
ido a pie en mi asistencia a la administración

los santos sacramentos
de la extremaunción con la aceleración
que de ordinario pide el caso y estar distante
casi una legua donde fuimos sin que
estos ejemplares les haya movido a los Mestizos
ni demás que viven tan apartados de la iglesia
para que coadyuven en dar sus hijos para monacillos
y que recíprocamente se ayuden
los unos a los otros, a lo menos en lo que es del
servicio de la iglesia y bien común de todos
ellos, pues no hay duda que no habiendo dichos
monacillos, será preciso alguna detención
para que no se lleven los santos sacramentos
a los enfermos sin la decencia debida
de que resultará precisamente detrimento al
enfermo que estuviese en sumo peligro
por todo lo cual = A vuestra señoría pido y suplico
[que] se sirva de haberme por presentado con
el escrito de dichos naturales y su proveído
y mandar según que llevo pedido por
ser justicia la que espero de vuestra señoría y en lo
necesario etcétera = Fray Pedro Orense
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y abril, veintitrés de mil setecientos
treinta y dos = Vista al señor fiscal
de su majestad = Rubricado de su señoría. Allanegui
{Al margen izquierdo: Respuesta del señor fiscal de su majestad}
El fiscal de su majestad ha visto
este expediente y para su providencia
en lo que hubiere lugar mandará
vuestra señoría informe el alcalde
mayor de la provincia de Tondo, Manila
y abril, veintiocho de mil setecientos
treinta y dos años = Licenciado Vedaya

{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y abril, treinta de mil setecientos
treinta y dos = Por asesoría al Doctor
Don Joseph Correa Villarreal = Rubricado
de su señoría = Allanegui
{Parecer del asesor}
Muy ilustre señor = La representación
que hace de padre ministro
del pueblo de Malate y a que dio motivo
el pedimento de los naturales es
muy arreglada a justicia, y debiéndose
distribuir el trabajo por igual
en todos los que son beneficiados, podrá
vuestra señoría mandar que el alcalde mayor
de la jurisdicción de Tondo obligue
a los hijos de los naturales y Mestizos
que residen en Vetuz y Pasay
a que vengan a servir a la
iglesia alternativamente,
como les tocare en el ministerio
de monacillos. Y que sus
padres y parientes no puedan
embarazarles en manera
alguna, vuestra señoría sobre todo mandará
lo que fuere de su superior
agrado que será como
siempre lo mejor. Manila
y mayo, seis de mil setecientos
treinta y dos =
Doctor Don Joseph Correa
Villarreal.
{Al margen izquierdo: Decreto}

= Como
parece al asesor y se notifique
al provincial governor de Tondo,
haga cumplir según se previene
en el parecer accesorio =
Rubricado de su señoría = Allanegui
{Al margen izquierdo: Notación}
En el sitio de Anloague en seis
de mayo, de mil setecientos treinta
y dos años, yo, el presente escribano
receptor y teniente del escribano
mayor de este superior gobierno,
notifiqué el superior decreto
accesorio de arriba al
Capitán Don Joseph Ruiz, alcalde
mayor y capitán a guerra
por su majestad de
la provincia de Tondo, que
enterado dijo = Quedará
el debido cumplimiento
a lo que por dicho superior
decreto se manda, lo cual
respondió y firmó de que
doy fe. = Joseph Ruiz =
Domingo Cortez de Arquiza,
escribano receptor.
{Al margen izquierdo: Petición}
Muy ilustre señor = El común
de Mestizos labradores del sitio
de Pasay doctrina de la iglesia

del pueblo de Malate, jurisdicción
de Tondo, postrados a los pies de
vuestra señoría. Nos presentamos y decimos que
por mandamiento de nuestro alcalde
mayor se nos hizo notorio el día
once de mayo, próximo pasado de
este presente año, dos superiores decretos
de vuestra señoría [el un pedimento] se dirige
a que nuestros hijos asistan
a la iglesia de monacillos. Y porque
a este pedimento se ofrece
el que gozamos de dos decretos
testimoniados sobre el mismo
asunto el año de mil setecientos
y dos, y el otro de mil
setecientos y once, como consta
de dichos recaudos que en debida
forma adjunto, presentamos
con toda solemnidad,
alegando en ellos lo acostumbrado
inmemorial que
por Mestizos y labradores
jamás se nos ha obligado
a semejante estilo respecto
a que labramos
tierras arrendadas y a costa
de fatigas pagamos los arrendamientos
y los reales tributos
a su majestad que Dios guarde y

Todo lo dejamos a la alta comprensión
y recta benignidad de vuestra señoría.
Por todo lo cual = A vuestra señoría pedimos
y suplicamos que, en atención a los
recaudos, que con la debida veneración
presentamos, prefiriendo
a todos la acostumbrada misericordia
de vuestra señoría, se sirva mandar
por su superior decreto como
lo pedimos favor, que esperamos
de la generosidad y grandeza
de vuestra señoría etcétera = Simón de los
Santos = Fernando Núñez =
Juan Dizon = Francisco Feliz =
Diego de la Cruz = Luis Eusebio
= Francisco Naval = Juan
Adriano = Manuel Esguerra =
Domingo de la Cruz = Domingo
de la Cruz = Gabriel Ayson =
Juan Lona.
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y julio, dieciséis
de mil setecientos treinta y dos = Vista al señor fiscal de su
majestad = Rubricado de
su señoría = Allanegui
{Al margen izquierdo: [Decreto al] señor fiscal de su majestad}
El fiscal de su majestad
ha visto lo que se representa

precisa obligación cristiana
de ser enseñados e instruidos
en el rezo de la doctrina cristiana
como ni que sus hijos acudan a la
iglesia de monacillos, precisa obligación
para la asistencia a dicho
ministro al culto divino, es
evidente que dicha representación
es directamente opuesta a la
providencia de dicho auto, y sólo
dirigida a querer evadir a sus hijos
de las obligaciones de cristianos
que oficiosamente como buenos
padres y tales cristianos debían estimular
y precisar a sus hijos a
ellas por lo que sea. Y debe servir
vuestra señoría mandar [que] cumpla con lo
mismo que resiste dicho común
con apercibimiento que
de cualquiera novedad que se
extienda por este superior gobierno
en contrario se pasará a la debida
punición y castigo de los
contraventores. Manila y julio,
veinticuatro de mil setecientos
treinta y dos años = Licenciado Vedaya
{Al margen izquierdo: Decreto}
Manila y julio, veintinueve de mil setecientos treinta y dos

= Póngase
con los autos de su materia y [al]
asesor en ellos = Rubricado de su señoría =
Allanegui
{Al margen izquierdo: Decreto accesorio}
Manila y agosto, primero de mil setecientos
treinta y dos = Guárdese lo proveído
por superior decreto de cinco de mayo,
de este año, y el alcalde mayor de la jurisdicción
de Tondo haga que los Mestizos y naturales
del sitio de Pasay cumplan precisa
y puntualmente con lo que se les está
mandado, haciendo que sus hijos concurran
al servicio de la iglesia en todas las ocasiones
que les toque y sean avisados y señalados
por el padre ministro del pueblo
de Malate con apercibimiento que por su renuencia
se procederá contra sus personas a lo
que haya lugar. Proveyó lo así su señoría el señor
brigadier de los reales ejércitos, gobernador y capitán general de estas
islas y presidente de la real audiencia de ellas, comparecer
de asesor = Rubricado de su señoría =
Doctor Correa = Allanegui.
{Al margen izquierdo: Notación}
En el sitio de Anloague, extramuros
de Manila, en nueve de agosto, de mil
setecientos treinta y dos años, yo, el escribano mayor
de la superior gobernación y guerra de estas islas, hice
saber el superior decreto accesorio de la hoja antes
de esta al Capitán Don Joseph Ruiz, alcalde mayor y
capitán a guerra de la jurisdicción de Tondo, quien enterado
dijo = Que lo oye y dará el
debido cumplimiento. Y lo firmó de que

hago fe = Don Joseph Ruiz = Miguel
de Allanegui.
{Al margen izquierdo: Notación}
En la ciudad de Manila, en trece
de septiembre, de mil setecientos
treinta y dos años, yo, escribano mayor
de la superior gobernación y guerra de estas
islas, por medio de Nicolás de Soto y Zúñiga,
intérprete de los del [numero] de esta
real audiencia, notifiqué el superior decreto
accesorio de la hoja antes de esta para
los efectos que en él se mandan a Domingo
de la Cruz, Francisco Naval, Simón de los Santos,
Domingo de la Cruz e Ignacio Galindo,
mestizos labradores contenidos en
estos autos, quienes enterados, dijeron
que suplican con todo rendimiento a su señoría el
muy ilustre señor presidente gobernador y capitán general
[que] se sirva de mandar [que] se les entreguen estos
autos para representar lo que a su derecho deban,
sin ser visto ni entendido en manera
alguna oponerse a lo mandado en dicho superior decreto,
lo cual respondieron y lo firmó el
dicho Domingo de la Cruz, y no los otros porque dijeron
no saber. Y asimismo firmó dicho intérprete de
que hago fe = Domingo de la Cruz =
Nicolás de Soto y Zúñiga = Miguel
de Allanegui = Enmendado = Malate y abril,
veintidós = Hago vale.
Es copia de sus originales que quedan en el oficio [de la]
superior gobernación y guerra de estas
islas Filipinas de donde corregí
Relación y otros instrumentos sobre el desacato de los Naturales de Dongalo. 1717.

Ang comunidad nang lahat nang mañga caguinoohan sa tatlong manga visitas,
Palanyag, Las Piñas, at San Nicolas, na may mañga firma dito, ang maalam
somolat at ang di maronong somolat ypinamintacasi sa maronong
na yfirma ang canilang panĝalan; Cami nagsisipaniclohod nang pospos
na galang sa camahal-mahalang harapan nang nuestro muy reverendísimo padre provincial
dito sa caniyang pagvivizita dito sa convento at simbahan nitong aming bayan
at ang uica po namin; yquinahihiya, at yquinaâalapap nang aming
manĝa ysip, at bait ang alborotong napasar nahayag sa lahat, na nacarating
sa caniyang mañga mahal na tainĝa, na sa ngalan nitong bayang Palanyag,
ang [uicari't haca] nang di nacatatanto nang bagay, ay cami casama ring
lahat doon sa alboroto, na ytong bagai na yto, siyang nacapilit sa aming
maghain cami nito, na bilang aming descargo, lalo pa doon sa ang uica'y nanhihinampo
na caming manĝa taga-Palaniag sa aming dating Ama, at Pañginoon
na manĝa padre augustino at cami hongmihingi sa ilustrísimo señor arsobispo nang
ybang horden clerigo baga, na siang mag-administrar sa amin; doon sa hiñging
yaon nang nanĝagsihinĝi hindi cami casama, at hindi pa ayon sa
gaion canilang yniysip; condi ang dati na naming Ama at Panĝinoon
na manĝa padre San Agustin na aming quinaguisnan capag [caracana] ang maalindog
nilang pagcopcop at pagcacalinĝa sa canilang manĝa anac at alaga, na siya
naming pinagcaquitaan nang totoong caliuanagan nang pananangpalataya
sa Santísima Trinidad, na sila rin ang nacapag-alis nang bendang nacatataquip sa aming
maporol na bait, na sa canilang matiagang pag-aral sa canilang manĝa predicaciones
naguin maliuanag [nasula] sa aming maporol at maicling bait na manĝa
caaua-auang tagalog dito sa bayan nang Palaniag. Na cami ualan sucat may ganti
sa canilang pagaadministar sa gabi't, sa arao, na yto ang aming quiniquilalang
malaquing otang; At ang bocod pa dito 'y ang pagtolong sa ycagagaling nang bayan
na ang hindi macayanan nang canilang sariling cataoan, ay napatotolong at
tinotolonĝan nang nang canilang pono at provincial na quinacalinĝang totoo; caya
sa aming pañginoon nuestro muy reverendísimo padre provincial hinihinĝi nami't; ynaamo [am]
na huag caming ypaquidamay sa galit, at hinanaquit sa manĝa di congmiquilala
dito sa madlang mañga caotanĝan na aming nasabi na sa ytaas nito ang hinĝi
[nami' i] ampon, at misericordia etc
Don Juan Mamonong

El día 28 de mayo me avisó el Hermano Fray Diego
cómo había tenido noticias de que el juez
mayor había mandado que todos los indios
de Dongalo salieran a la sábana para señalarles
adonde habían de hacer la cerca, y
que si que yo le podía hablar para que no hiciera
tal cosa. Aquel mismo día por la tarde
estando sentado en la puerta del campo en
presencia del español que trajo el recado
y del fiscal mayor el Capitán Don Pedro de los
Santos, y de otro principal llamado Don Diego
Bernal llamé al juez mayor y le pregunté
si es verdad había echado bando para
que todos los de Dongalo fueran a la sábana
para señalarles adonde habían de hacer la cerca
y me respondió que era verdad. Porque todo
el común de Dongalo le habían presentado un
escrito pidiéndole lo hiciera así y que tenían
orden verbal del señor oidor fiscal para hacer allí
la cerca. Yo le respondí que pues el pleito estaba

haciendo su cerca [que] era el sitio que llaman Santa Lucía. Y cuando llegamos, hallamos
que estaba toda la gente de Dongalo viejos, y mozos, y hasta los muchachos,
y todos los baguntaos, y sacristanes, que al parecer había más
de trescientas personas. Y luego que nos vieron llegar a donde estaba el
juez y sus compañeros, los motores del pleito, se acercó la mayor parte de
la gente, y nos fueron cogiendo en medio. Yo [reparé] que todos tenían
en las manos fuera de los bolos muy buenos garrotes y otros tenían
machetes y garrotes y algunos lanzas cortas, y el juez mayor su
alfanje. Y habiéndome yo llegado [donde] estaba el juez mayor le dije
que como hacía lo que hacía de haber echado [bando] para que toda la
gente saliera a hacer la cerca que estaban haciendo, habiéndole yo dicho
lo que le dije el día viernes en la tarde, me respondió que no podía
hacer otra cosa porque bastaba que [si lo] hubieran pedido todos los del común
de su pueblo. Y que bastaba la orden verbal del señor oidor fiscal que les había
dado para hacer la cerca donde la hacían. Y que así que ellos sabían
muy bien lo que se hacía. Yo le dije que nada de lo que había mandado
ni hacían era puesto en razón. Pues si él era [justicia] debía obrar como
Dios manda, y no hacer [una] sin razón como la que estaban haciendo.
Pero que Dios [cuidado] y que se resultare alguna cosa que él lo había
de pagar por fin [por] haber mandado hacer lo que todo el común
de Dongalo estaba haciendo. Y que esperaba en Dios el que no habían
de ganar el pleito, y también le dijimos que como decían que
se lo había mandado el señor oidor fiscal pues al Hermano Fray Diego le había
dicho dicho señor oidor fiscal que él no había mandado tal cosa, y a
eso respondieron ellos que a ellos se lo había dicho verbalmente. Y que
así [se veían] muy bien lo que se hacían, y yo le dije tanto a él como
al Capitán Pablo, y a sus compañeros: "con que vosotros diréis más verdad

contra el fiscal mayor que le hizo arrojarse del caballo [pe]
le hizo amago con el alfanje, y dijo: "tú has de morir [ahora]."
Y a mí me comenzó a maltratar de palabras, y viendo [el]
fiscal que le querían matar, el pobre se fue a favorecer [de]
mí. Y yo le eché mi justacor encima pareciéndome que por [haber]
ido a favorecer de mí no le harían mal alguno. No le [valió]
mi sagrado porque fueron los indios con sus [garrotes], y [machetes]
adonde yo estaba a caballo haciendo ademanes de []
con ellos, y gran gritería [por]que parecían diablos del infierno.
Y mi caballo como era arisco luego que vio que se le [acercaban]
aquella turba multa de gente con sus garrotes levantados
para dar con ellos arrancó a correr. Y viendo eso el
Capitán Pablo dijo a gritos: "corran tras de ese padre y [cójanle]
y a él le llevaremos preso a Manila." Y lo hicieron [así]
y lo mismo hicieron otros tras mi chiquillo, y como mi
caballo era ligero, ya iba desbocado, no me pudieron coger.
Y más de dos leguas anduvo corriendo mi caballo [sin]
poderlo sujetar. Milagrosamente, me escapé de que [no se]
hubiera muerto el caballo según por las partes por donde
corría por los muchos árboles que había. Y los muchos [garrotes]
que llevé cuando iba corriendo en la cerca que ellos [habían]
hecho, y en otros palos. Y cuando fue a parar el caballo
de una casilla donde habitaban los negros del señor obispo [de]
Camarines y, allí le pude parar contra una cerca. Y [brevemente]
porque llegó mi criado y se le atravesó por delante [mi]
caballo, y de allí proseguí a Malate, y Manila, y a mi
Vocabulario Visaya de Pedro de San Nicolás y otros. 1700s.

Amistad. Dugu
Amo o señor. Apo. Guinoo
Amontonar ut grano o leña etcétera. Tampuc
Amparar. Vide. Lucub
Amparar ut codoroso. Vide. Salampad
Amparar o resguardar ut poderoso a doble. Vide. Canlong
Ampollas o fuego de la boca. Aguiap
Ampolla de que madura. Lintug
Ampollas que salen sobre el agua o para pez que anda abajo o por piedra que se arroja. Pupug
Ampollas de calor en la boca. Laso

Suciedad de la cara. Dildil
Suciedad material y moral. Dinat
Suciedad del cuerpo. Buangis
Sudor. Pauas
Sudadero o aforro o cosa doblada. Sapin
Suegro o suegra. Catuyangan
Sufocar tapando la cosa. Pugung. Puput
Sufrir. Vide. Coasa
Sujeto inútil. Lupacaya
Sujeto ut vasallo o señor subdito a superior el que está empeñado en poder de que pagó por él. Saup
Superficie exterior. Salimpapao
Suplicar o rogar. Vide. Dalita
Supuesto que adverbio. Ampat
Supuesto que. Baquit
Surgidero o puesto sondable. Lurang
Suspirar. Vide. Ynaua
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Galvaro, Adviento: 1
Peralta, Adviento: 1
Moreno, Santoral y Adviento: 2
Estante 5
Matos, Luz evangélico [sic]: 1
Trellera, Marial: 1
Chagas, Sermones varios: 2
Valdelomar, Sermones varios: 1
Herrera, Fiestas de Nuestra Señora del Pilar: 1
Quirós, Sermones varios: 1
Manrique, Honras de Felipe III: 2
Herrera, Sermones varios: 3
Herrera, Sermones varios: 1
Santaella, Pláticas domésticas: 1
Hontiveros, Conceptos predicables: 1
Payva, Cuaresma: 1
Dávila, Sermones del Sacramento: 1
Aste, Fiestas de Santo Tomás de Villanueva: 1
Concepción, Sermones de pasión: 1
Quintero, Cuaresma: 1
Boceta, Misión: 1
Pérez, Sanctoral: 1
San Joseph, Marial y Cuaresma: 2
Isidro de San Juan, Cuaresma y Triunfo: 2
Pardo, Cuaresma y Santoral: 3

Givalino: 10
Villano, El gobierno eclesiástico: 2
Rubeus, de Moriend elemosin: 1
Clericatus, Decisiones: 3
Estante 3
Barbosa, Tractatus absolutissinu: 2 tomos
Barbosa, Colectanea in justinianum: 1
Covarrubias, Opera: 4
Segusius, Hostiensis summa aurea: 1
Sacro Sanctus; Decisiones canonicorum: 1
Choppino, de Monastica: 1
Cabrera, de Immunitate clericales: 1
Belletto, Desquisitio clericales: 1
Memoriales del Señor Palafox y PP. de la Compañía: 2
Passerino, Opera: 10
Olivario, Decisiones rotales: 1
Feganano, in Decretales: 6
Connazzani, Decisiones rotales: 1
Castejón, Index juris: 2
Privilegios y leyes de Vizcaya: 1
Misal romano: 1
Torres, Historia de las órdenes militares: 1
Palacios, in Cap. repetit. rubrica: 1

Posserini, Bibliotheca: 1
Platini, Historia pontificia: 1
Crónicas de Santo Domingo de Filipinas: 2
Crónicas de la Compañía de Jesús de Filipinas: 2
San Antonio, Crónicas de San Francisco de Filipinas: 3
Rivadeneyra, Flos SS en Romance: 3
Hicephoro, Callisto: 2
Chirino, Labor evangélica: 1
Estante 3
Sor María de Agreda, Mística ciudad de Dios y Vindicación: 4 tomos
Luzuriaga, Nuestra Señora de Ananzazú: 1
Spiritu Sancto, Cadena mística: 1
Fernández, Alma instruída: 2
Sor María de Antigua: 1
Jesús María, Excelencias de la castidad: 1
Fernández, Demonstraciones católicas: 1
Revelaciones de Santa Brígida: 1
Puente, Vida de la Ilustre María de Escobar: 1
Samaniego, Vida del venerable Escato: 1
Gómez, Vida de Santo Domingo de Silos: 1
Herrera, Vida de Santo Toribio de Mogobrejo: 1
Maná del alma religiosa: 1
Fray Luis de Granada, sus Obras: 3

Santa María, Vida de Antonio de Padua: 1
Villavivencio, Vida de San Pedro Mártir: 1
Granada, Vida y revelaciones de Santa Gertrudis: 2
Pineda, Vida de San Telmo: 1
Huerta, Vida de San Pedro de Alcántara: 1
Rocaberti, Vida de San Pío Quinto: 1
Florencia, Historia de Nuestra Señora de Loreto: 1
San Miguel, Vida del venerable Aparicio: 1
Mora, Vida del Hermita Juan Nicolás: 1
Vida del Padre Luis de Medina: 1
Colín, Vida del Padre Alonso Rodríguez: 1
Madre Constanza, Huerto celestial: 1
Arbiol, Desengaños místicos: 1
Andrade, Vida del Padre Francisco Aguado: 1
Roberto Belarmino, Opúsculo: 4
Froilan, de Institut. Novitiorum: 1
Fray Bartolomé de los Martíres, Doctrin. spirit: 1
Osorio, de Gloria et Novissima: 1
Peraldo, de Virtutibus et Vitiis: 2
Licino, Vita et justitia christiana: 1
Galloni, de Cruciatibus martyrum: 1
Radero, Viridarium sanctorum: 2
Compendio de los Milagros del Rosario: 1
Raulin, Doctrinale: 1
Nadal, Glorias del sacerdocio: 1
Jesús, Nombres de Christo sacramentado: 1
Fuentelapeña, Escuela de la verdad: 1
Posa, Ayudar a bien morir: 2
Fiol, Razones para convencer al pecador: 1

Valdivieso, Romancero espiritual: 1
Lope de Vega, Pastores de Belén: 1
Seijas, Silvos del Pastor Divino: 1
Ataide, Pastoral: 1
Crombecium, Ascensus Moysis: 1
Sánchez, Obras del Padre Juan Falconi: 1
Cischio, Exercitia Joannes Taulero: 1
Anunciación, Communión quotidiana: 1
Cárdenas, Via sacra: 1
Albertino de Ángelo, Culto de: 1
Salustio, Speculum animae: 1
Izquierdo, Exercicios de San Ignacio en latín y romance: 2
Meditaciones de la passión de Cristo:
Costero, Meditaciones de Nuestra Señora: 1
Salazar, Los cuatro novísimos: 1
Figueroa, Summa espiritual: 1
Niño, Aforismo espiritual: 1
Villacastín: 1
Mendoza, Vida de Nuestra señora: 1
Alfabeto monacal: 1
Segura, Vida de San Juan Nepomuceno: 1
Loyola, El corazón de Jesús: 1
Osuna y Ruiz, Memorias sagradas: 2
Gómez Durán, de la Peregrinación del hijo de Dios: 1
Vergara, Vida interior de Palafox: 1

Estante 3
Jacobs, Bergomense: 1
Collect. author in caus. S.P. Aug: 1
Laynez, Daniel. Contesno y cristiano privado: 2
San Ildefonso Theolog. Mistica: 1
Camos, Gobierno universal del hombre: 1
San Antonio, Flos Sanctorum: 4
Portillo, Crónica espirit augustina: 4
Fray Gaspar, Conquista de Filipinas y Hieromelisa: 2
Estante 4
Herrera, Alfabeto. Responsión. Clips y compendio: 4 tomos
Roiz y Rozas, Ciudad de Dios N.G.P.S Agustín en romance: 1
Dubal, Exposiss. Regul. S.P. Aug: 1
Gouvea, Jornadas del Señor Meneses: 1
El Beato Jordan de Saxonia: 1
Angeles, de Vita et Laudibs. Augni: 1
Rivio, Vita S.P. Augustini: 1
Gante, Vida Nuestro Padre San Agustín: 1
Ribera, Vida de Nuestro Padre San Agustín: 1
Sicardo, Vida de San Nicolás de Tolentino: 1
Sicardo, Vida de Santa Rita de Casia: 1
Salón, Vida de Santo Tomás de Villanueva: 1
Castel Blanco, Vida de San Juan de Sahagún: 1
Salgado, Cronología sacra: 1
Riera, Exposición de la Regla: 1

Morales, Despertador del Alma: 1
Vuillamart., Historia de Nuestra Señora de Regla: 1
Luz, Vida contemplativa: 1
Santa María, Historia del Santo Cristo de Burgos: 1
Paz, Vida de Santa Rita de Cassia en comp.: 1
Correa, de Nuestro Padre San Agustín: 1
Benavente, Vida de San Juan Sahagún: 1
Jaime Jorda, Excelencias de la orden: 1
Kempis en romance: 1
Constitutiones Ord. S.P. Augni: 1
Constitutiones Fratum descalzeatorum Ord. S.P. Augni: 1
Logroçan, Exposition de la Regla: 1-Octubre 1756
Humberto, Exposition de la Regla: 1

Concilium limense.{ 1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 3 (4) (3)}
Concilium mexicanum. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 2(3)}
Concilium tridentinum. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 2 (3)}
Conrrado Gesnerio de Pezes y aves.{ 2 Tomos. Cajon 6, estante 1 }
Consideraciones cuaresmales.{ 1 Tomo. Cajon 9(11), estante 4 (3) }
Madree Constanza Huerto celestial.{ 1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 6 (9) }
Constituciones apostolica. {2 Tomos. Cajon 8 (10), estante 3(4)}
Constituciones Colleg. Conchensis. {1 Tomo. Cajon 10 (7), estante (4) }
Constituciones societatis Jesu. {1 Tomo. Cajon 10 (7), estante 5}
Constituciones de Nuestro Padre San Augustin. {1 Tomo. Cajon 13 (12), estante 6 (4)}
Constituciones F.F Dezcalzeat.m Santo Padre Aug.ni. {1 Tomo. Cajon 13 (12) estante 6 (3) }
Continenti Predicación Fructuosa. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 4 (3)}
Contiones Sancta Sanctorum Patrum. {1 Tomo. Cajon 1 (2), estante 6 (4) }
Coqueus Antimoraneus.{ 1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 1 (9)}
Cordova Summa Moral y casos de conciencia. {2 Tomos. Cajon 5 (8), estante 4 (3)}
Cordubense Comment. in reg. Franc.n. {1 Tomo, Cajon 10 (7), estante 5}
Corella Obras morales. {4 Tomos. Cajon 5 (8), estante 3}
Coriollani Summa Conciliorum. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 1 (3) }
Cornazzani Decisiones [Rotg]. {1 Tomo. Cajon 10 (6), estante 3 (9)}
Cornelio Tacito Annales. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 1 (2) }
Cornelius a Lapide. {10 Tomos. Cajon 2 (1), estante 3 (2) }
Coroliano Breviario Cronológico. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 1 }
Coronel de Vera eclesis. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 4 (3) }
Corpus Omnium Poetarum veterum. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 4 (3)}
Correa Conspiración Universidad con los siete vicios. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 1 }
Correa de Nuestro Padre San Augustin. {1 Tomo. Cajon 13 (12), estante 6 (4) }
Costero Meditaciones Nuestra Señora. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 6 (9)}
Covarrubias Opera. {4 Tomos. Cajon 10 (7), estante 3}
Coutiño Promptuario y concideraciones. {3 Tomos. Cajon 9 (11), estante 1}
Crabbe summa conciliorum Hispania. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 2}
Crinito Vita Publi Stati. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 4 (3)}
Crombecium Ascensus Moysis. {1 Tomo, Cajon 12 (4), estante 6 (9)}
Cronografía Concil. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 2 (4)}
Crucenio Monasticon Agustiniano.{ 1 Tomo, Cajon 13 (12), estante 2 (1) }

F
Fabii, Manipulus exemplorum. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Fachino, Opus Controversiarum. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 6 (5)}
Fagnano, in Decretables. {6 Tomos. Cajón 10 (7), estante 3}
Fallentiae regular juris. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 4}
Farinacii, Declarat.s sacri concilii. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 4}
Fajardo, Corona gótica. [(3)] {1 Tomo. Cajón 7 (6), estante 2}
Felino, in Decret. {3 Tomos. Cajón 10 (7), estante 2 (1)}
Feo, Tratado de las Vidas de los Santos. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 1}
Fernandez, Alma instruida. { 2 Tomos. Cajón 12 (4), estante 3}
Fernandez, Demostraciones católicas. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3}
Fernandez, Milagros del Rosario. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Fero, Gramática italiana y francesa. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 7 (5)}
Ferrario, Epitome geográfico. {1 Tomo. Cajón 6 (14), estante 6 (3)}
Fiestas de San Francisco Regis en Manila.{ 1 Tomo. Cajón 9 (16), estante 3 (2) (4)}
Fiestas de San Juan de la Cruz. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 3}
Fiestas Reales de Manila. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 5 (4) (2)}
Figueroa, Templo militante. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 2 (3)}
Figuera, Summa espiritual. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (5)}
Filguera, Censura pontificia. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Fero, Opera. {5 Tomos. Cajón 3, estante 6 (4)}
Filguera, Lucerna decretal. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5 (4)}
Fiol, Razones para convencer al pecador. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (5)}
Filutio, Opera et comped. { 3 Tomos. Cajón 5 (8), estante 2 (1)}
Fiorentino, Gramática italiana y española. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 7 (4)}
Flaminius, in Psalmos. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Flosculum Bibliorum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Flores, Cursus theolog.es. {4 Tomos. Cajón 4 (9), estante 6 (4)}
Flores, de Inelito agone. {1 Tomo. Cajón 3, estante 4 (3)}
Flores, Sancta Sanctorum Patrum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Florencia, Historia de Nuestra Señora de Loreto. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6}
Florencia marial. {2 Tomos. Cajón 9 (11), estante 1}

Florencia Pandectas. {2 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 2 (1).}
Florilegium oratorum. {1 Tomo. Cajón 9 (11). Estante 6 4 3.}
[Focher] Itinerario Catolico. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (5).}
Fomperosa Fiestas de señor Francisco de Borja en Madrid y en Manila. {2 Tomos. Cajón 9 (12). Estante 3 2.}
Foniana Fabricas de Roma. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 7 (10).}
Fontanella Decisiones. {4 Tomos. Cajón 11 (6). Estante 2 (1).}
Fonteca Medicina. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 5 (4).}
Forerio in Ysayam. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 6 (4).}
Fragoso Cirugía. {1 Tomo. Cajón 6 (14). Estante 4 (3).}
Fray Francisco Ignacio Vida de la Madre Ysabel de Jesus.{ 1 Tomo. Cajón 13 (12). Estante 6 (3).}
Francisca Jesus in Apocalipsim. {1 Tomo. Cajón 3. Estante 2.}
Franciscus de Leon in Parce mihi. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
San Francisco Thesoro Celestial. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 4.}
Franco Doctrina Philosophia. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 5 (3).}
Frasso de Regio [Patronatos]. {2 Tomos. Cajón 10 (7). Estante 2.}
Freyre in judicum. {1 Tomo. Cajón 2 (1). Estante 5 (4).}
Freyjo theatro chritico. {(7) 8 Tomos. Cajón 7 (5). Estante 3 (4).}
Fresneda in Aristot. {1 Tomo. Cajón 6 (13). Estante 1 (3).}
Froylan Curso Philosophia. {3 Tomos. Cajón 6 (13). Estante 3. item sumulas 1 tomo cajon 13 estante 3.}
Froylan de justitut. Novitiorum. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Fuentelapeña escuela de la verdad. {1 Tomo. Cajón 12 (4). Estante 6 (9).}
Fuero de la conciencia. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 5.}
Fuero jusgo. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 5.}
Fulgosius Factorum, et dictorum. {1 Tomo. Cajón 7 (5). Estante 5.}
Fumo summa Aurea. {1 Tomo. Cajón 5 (8). Estante 6 (4).}
Fusario de substitutionibus. {1 Tomo. Cajón 11 (6). Estante 4.}
Flores españa sagrada. {(16) 13 16 Tomos. Cajón 12. Estante 3.}
Ferrares Biblioteca. {8 Tomos. Cajón 10. Estante 4.}
Fulgensio a [judize] filosofia.{ Cajón 13. Estante 2.}

Gratiano, Compend. juris civilis. {5 Tomos. Cajón 11 (6), estante 3 (4)}
Gatica, de adventu messia. {1 Tomo. Cajón 8 (10), estante 3}
Gavant Merati, Ceremonial. {5 Tomos. Cajón 10 (7), estante 6 (5)}
Gavardus, Scola Aegidiana. {6 Tomos. Cajón 4 (9), estante 2 (1)}
Gavarri, Instrucciones de predicadores y sermones. {2 Tomos. Cajón 9 (11), estante 3 (2)}
Gebhardus, Elegías de Valerio Catulo. {1 Tomo. Cajón 7 (5), estante 5}
Geminianus, in Decretables. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 1}
Geminianus, Summa de Exemplis. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Genebrardus, in Psalmos. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Geneto, Theolog. moral. {7 Tomos. Cajón 5 (8), estante 5}
Gibon, Theolog. scholastica. {8 Tomos. Cajón 4 (9), estante 5 (4)}
Gislerio, in Cantica. {1 Tomo. Cajón 3, estante 4 (3)}
Georgius Edere, Encomia Bibliorum. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 4 (3)}
Givalino. {10 Tomos. Cajón 10, estante 2 (4)}
Godoy, in 3 partes. D. Thoms. {5 (9) Tomos. Cajón 4, estante 2}
Gomez, de Bulla Cruciata. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5 (4)}
Gómez Durán, de la Peregrinación del Hijo de Dios. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 6 (4)}
Gomez y Gomezio. {2 Tomos. Cajón 11 (6), estante 4 (3) (4)}
Gómez, Falichristica. {1 Tomo. Cajón 7 (5), estante 5 (4)}
Gómez, Vida de Santo Domingo de Silos. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3 (4)}
Gonet, Compendio manual. {6 Tomos. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Gonet, Clipeos. {5 Tomos. Cajón 4 (9), estante 2 (1)}
Gonzales, Super decretales. {4 Tomos. Cajón 10 (7), estante 3}
Gonzales, Theolog. moral. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 5(4)}
Gotofredo, Digesta juris civil et codex.{ 2 Tomos. Cajón 10 (7), estante 6 (5)}
Goudin, Curs. philos. {4 Tomos. Cajón 6 (13), estante 4}
Govea, Vida de San Juan de Dios. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 4}
Gouvea, Jornadas del Señor Meneses. {1 Tomo. Cajón 13 (12), estante 1}
Gracian, Arte de Ingenio. {2 Tomos. Cajón 7 (5), estante 5 (4)}
Granada, Contiones. {5 Tomos. Cajón 3, estante 6 (5)}
Granada in 3 partes D. Thoms. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 4 (3)}
Granada, Vida y revelaciones de Santa Gertrudis. {2 Tomos. Cajón 12 (4), estante 6 (4)}
Granado, de Concept. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 6 (5)}
Grajar, in Micheam. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 6 (4)}
Grazaton, Compend. juris. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 4}

Haller Historia romana. {3 Tomos. Cajon 7 (9), estante 4 }
Hector Pinto. {2 Tomos. Cajon 2 (1), estante 4 (3)}
Hector Pinto Imagen de la vida. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 4}
Heliodoris Opera. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 5}
Henrriquez Hortus Malabaricus.{ 1 2 Tomos. Cajon 7 (14), estante 1 (2)}
Henrriquez Summa.{ 1 Tomo. Cajon 5 (8), estante 2 (1)}
Herize in 1. parte D. Thomas. {1 Tomo. Cajon 4, estante 2 }
Herrera Agricultura. {1 Tomo. Cajon 6 (14), estante 2 (3)}
Herrera Alfabeto Responsión clip.o y compendio. { 4 Tomos. Cajon 13 (12), estante 4 (2)}
Herrera Decisiónes Morales. {1 Tomo. Cajon 5 (8),estante 6 (9)}
Herrera Fiestas de Nuestra Señora del Pilar. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 5 (3) 4}
Herrera Historia de las Indias Occidentales. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3}
Herrera de Ritos de la Iglesia. { 1 Tomo. Cajon 10 (7), estante 5 }
Herrera Sermones Varios. {4 Tomos. Cajon 9 (11), estante 3 (2)4}
Herrera Sermones Varios.{ 3 Tomos. Cajon 9 (11), estante 5 (4)}
Herrera Sermones Varios. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 5 (4) 2}
Herrera Vida de San Toribio de Mogobrejo. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 3 (4)}
Hevelio Comethographica. {1 Tomo. Cajon 6 (14), estante 1 (4)}
D. Hieronimus. {6 Tomos. Cajon 1 (2), estante 3 (2)}
Higini Tabula. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3 (3) 4}
Hinojosa Decretat. Decisiónes Regular. {1 Tomo. Cajon 10 (7), estante 5}
Historia del Carmen. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 5}
Historia de Job. {1 Tomo. Cajon 3, estante 4 (3)}
Hoces proposiciones condenadas. {1 Tomo. Cajon 5 (8) , estante 4 }
Homilía de Sacramentos. {1 Tomo. Cajon 3, estante 6 (4)}
Homeri Opera.{ 1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3 (1)}
Hontiveros Conceptos predicables. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 5 (2) 4}
Horatio Flacco. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3 (4)}
Hortiz Practica del ministerio. {1 Tomo. Cajon 10 (7), estante 5 }
Huelamo Sobre la Salve. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 3 (2)}
Huerta Vida de San Pedro de Alcántara. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 6 (4)}
Huerta Súmulas. {1 Tomo. Cajon 6 (13), estante 3 }
Hugo Cardenal. {8 Tomos. Cajon 2, estante 4 (3)}
Hugo Obsidio bedana. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3 (2)}
Hugones de Militia Aequestri. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3}
Hurtado de Beatitudine. {1 Tomo. Cajon 4 (9), estante 5 (4)}

Lubin Orbis Augustinianus. {1 Tomo. Cajon 13 (12), estante 6 (4)}
Luca Cardinales. {21 Tomos. Cajon 8 (10), estante 2 (1)}
Lucarino Tract. episcopal.{ 1 Tomo. Cajon 10 (7), estante 5 }
Luchecinio Signa Fidei. {1 Tomo. Cajon 8 (10), estante 3}
Ludovico Blosio. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 3}
Ludovico Celia Diccionario Antiq. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 2 (1)}
Ludovicus de Leon. {2 Tomos. Cajon 2 (1), estante 5 (4)}
{Cardon }Lugo de Sacramentis. {2 Tomos. Cajon 5 (8), estante 2 (1)}
Fray Luiz de Granada sus obras. {3 Tomos. Cajon 12 (4), estante 3 (2)}
Lumbier Proposiciones Condenadas.{ 1 Tomo. Cajon 5 (8), estante 5 (4)}
Luz Sermones Varios de Cuaresma y domm.s. {2 Tomos. Cajon 9 (11), estante 1 }
Luz Vida contemplativa. {1 Tomo. Cajon 13 (12), estante 6 (4)}
Luzuriaga Nuestra Señora de Aranzazú . {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 3 (4)}
Lorenzo Empoli Bullarium ordinis. {1 Tomo. Cajon 12, estante 4}
Lanuza Predicable —- {4 Tomos. Cajon 11, estante 2}
Logrosán Exposicion de N. Regla.{ 1 Tomo. Cajon 12, estante 2}
Lobiano Milagros de el Santo Cristo de Burgos. {1 Tomo, Cajon 12, estante 4}
[Loca] de Privilegios de Indias.{ 1 Tomo. Cajon 8, estante 4}
Losada Física. ----------{1 Tomo. Cajon 13, estante 9}
Laurentio Surio. ----------{6 Tomos. Cajon 4, estante 1}
M
Mabillón de re diplomatica. {1 Tomo. Cajon, 7 (5), estante 1}
Macedo Concentus. {1 Tomo. Cajon 2 (1), estante 4 (3)}
Machado Expositio in Dominicus Adventus. {1 Tomo. Cajon 3, estante 5 (3)}
Machado Summa Moral. {2 Tomos. Cajon 5 (8), estante 4 (3)}
Macrobio Aurelio. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 5}
Maffey Historia indica. {1 Tomo. Cajon 7 (9), estante 3}
Magallanes in Josue. {1 Tomo. Cajon 3, estante 2}

Medina in tres partes. Don Thomas. {2 Tomos. Cajon 4 (9). Estante 4 (3).}
Medina Instruccion de Confessores. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 6 (2).}
Medina summa Moral. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 4 (2).}
Meditaciones de la pasión de Cristo. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 6 (9).}
Melo in Lucam. {3 Tomos. Cajon 3. Estante 5 (3).}
Memorial Informatorio. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 5 (9).}
Memoriales del Señor Palafox y PP de la Compañía. {2 Tomos. Cajon 10 (7). Estante 3 (4).}
Mendez Dignidad de Maria summa. {1 Tomo. Cajon 9 (4). Estante 1 (4).}
Mendo Bulla Crutiata. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 2.}
Mendo Ordenanzas de las Ordenes Militares. {1 Tomo. Cajon 10 (7). Estante 4.}
Mendo sermones varios. {2 Tomos. Cajon 9 (11). Estante 5 (3 4).}
Mendoza. {5 Tomos. Cajon 3. Estante 2.}
Mendoza Quodlibetos. {1 Tomo. Cajon 4 (9). Estante 6 (4).}
Mendoza Vida de Via summa. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 6 (9).}
Meneses sugilatio Ingratitudinis. {1 Tomo. Cajon 3. Estante 3.}
Menochius expositio totius scriptura. {2 Tomos. Cajon 3. Estante 1.}
[Mentrida] Vocabulario Visaya. {1 Tomo. Cajon 6 (12). Estante 7 (9).}
Mercado in Dialecticam. {1 Tomo. Cajon 6 (13). Estante 2.}
Messa de Mensa Ciborum espiritualium. {1 Tomo. Cajon 3. Estante 1.}
Messena in Hieronim. {1 Tomo. Cajon 3. Estante 5.}
San Miguel Vida del [vale] Aparicio. {1 Tomo. Cajon 12 (4). Estante 6 (4).}
Minsingeri in Libri dos decretables. {1 Tomo. Cajon 10 (7). Estante 4 ([9])}
Miranda de Adan. {1 Tomo. Cajon 8 (10). Estante 4 (3).}
Miranda de Concepcion. {1 Tomo. Cajon 9 (11). Estante 6 ([4] 3).}
Missal Romano. {1 Tomo. Cajon 10 (7). Estante 3.}
Mobre Moral. {1 Tomo. Cajon 5 (8). Estante 6 (4).}
Moya Arismetica. {1 Tomo. Cajon 6 (14). Estante 4.}
Moya Philosophia secreta. {1 Tomo. Cajon 7 (6). Estante 5 (4).}
Moya selectas y la summa. {2 Tomos. Cajon 5 (8). Estante 3.}
Mercado cirugía. {1 Tomo. Cajon 6 (14). Estante 5 (4).}
Moles Philosophia Corp. Christi. {1 Tomo. Cajon 6 (13). Estante 3.}
Molina escuelas politicas. {1 Tomo. Cajon 7 (9). Estante 5 (4).}
Molina in una parte Don Thomas.{ 2 Tomos. Cajon 4 (9). Estante 5 (4).}
Molina de justicia. {2 (3) Tomos. Cajon 5 (8). Estante 4 (3).}
Molina de oración y sacerdotes. {2 Tomos. Cajon 12 (4). Estante 4 (3).}
Molina de Primogenitis.{ 1 Tomo. Cajon 11 (6). Estante 3.}
Molina de Ritu Nuptiarum. {1 Tomo. Cajon 10 (7). Estante 4.}

Ormaza el sabio dichoso thesauro y sermones. { 4 Tomos. Cajon 9 (11), estante 1}
Oroz de Picibus juris civilis. {1 Tomo. Cajon 11 [(6)], estante 2}
Orozco su vida y obras. {13. Cajon 13 (12), estante 5 (4)}
Ortelio Sinonimia geográfica. {1 Tomo. Cajon 6 (14), estante 5 (3)}
Ortensio Sermones de Adviento y Cuaresma. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 1 (2)}
Ortiz Vocabulario arte y mitos en tagalo. {11 Tomos. Cajon 6 (13), estante 7 (9)}
Ortiz Cursó Filosofía. {2 Tomos. Cajon 6 (13), estante 3}
Ortiz Flos Sanctorum. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 2 }
Ortiz Lugares comunes. {1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 4 (3)}
Osorio de Gloria et Novissima. {1. Cajon 12 (4), estante 6 (9)}
Osorio Marial y Maravillas de Dios. {2 Tomos. Cajon 9 (11),estante 6 (2)}
Ossorius Contiones. {2 Tomos. Cajon 3, estante 6 (4)}
Osuna Abecedario espiritual. { 4 Tomos. Cajon 12 (4), estante 4}
Osuna y Ruis Memorias Sagradas. {2 Tomos. Cajon 12 (4), estante 6 (4) 5}
Osuna República de Dios. {1 Tomo. Cajon 12 (4), estante 4}
Osuna Triloguim Evangelicum. {1 Tomo. Cajon 2 (4), estante 6 (4)}
Oviedo. {1 Tomo. Cajon 6 (11), estante 2 (1)}
Oviedo Panegéricos Sagrados. {2 Tomos. Cajon 9 (11), estante 2 3}
Oviedo Opera. {3 Tomos. Cajon 7, estante 1}
Origines. {2 Tomos. Cajon 2, estante 4}
Orgio Historia de Nuestra Señora Del Buen Consejo. {1 Tomo. Cajon 4, estante 4}
[Olloa] viaje de la America. {9 Tomos. Cajon 5, estante 4}
P
Pacheco in Genesim. {1 Tomo. Cajon 3, estante 4 (3)}
Pacheco Sobre el Padre Nuestro.{ 1 Tomo. Cajon 9 (11), estante 3 (2)}

Poza, de Beata Maria. {1 Tomo. Cajón 2 (1), estante 5 (4)}
Procopius, de Bello gotorum. {1 Tomo. Cajón 7 (5), estante 3 (2)}
Prado, Espiritual. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3}
Prado, de Penitentia. {3 Tomos. Cajón 5 (8), estante 3}
Prado, Cuaresma y Santoral. {3 Tomos. Cajón 9 (11), estante 5 (3)}
Prado, Sumulas. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 3}
Presentación, Sermones de San Juan de la Cruz. {2 Tomos. Cajón 9 (11), estante 5 (3)}
Privilegia, Societatis. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 5}
Privilegios y leyes de Vizcaya. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 3}
Prudentius, in 1 Parte. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 2 (1)}
Puente, in Cantica. {2 Tomos. Cajón 3, estante 2 (1)}
Puente, Sus obras. {6 Tomos. Cajón 12 (4), estante 4 (3)}
Puente, Vida de la Madre María de Escobar. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 3}
Purgatorio de la conciencia. {1 Tomo. Cajón 12 (4), estante 5}
Purificación, Crónica de Portugal y Varones Ilustrísimos. {3 Tomos. Cajón 13 (12), estante 1}
Plutarchi, opera con comp. {2 Tomos. Cajón 7 (5), estante 1}
Señor Prospero......{2 Tomos. Cajón 2. estante 3.}
Palavicine, Historia del concilio tridentino. {3 Tomos. Cajón 10, estante 4}
Purchoz, Philosophia. {5 Tomos. Cajón 13 estante 4}
Pablo Zaquias, Cuestiones medico-legales. {3 tomos. Cajón 24, estante 3.}
Paulus a Santa Maria. {un tomo. Cajón 20. Estante 2.}
Q
Quaranta, Summa bullar. pontif. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 5}
Quaresma, Santoral y octavario sin autor, {3 Tomos. Cajón 9 [(11)], estante 4 (3)}

Vuillamart, Historia de Nuestra Señora de Regla. {1 Tomo. Cajón 13 (12), estante 6 (5)}
Villalva, Curso filosófico. {2 Tomos. Cajón 13 estante 3.}
X
Xenopleontis, Opera. {2 Tomos. Cajón 7 (5), estante 1 (2)}
Ximenes, Concordantiae utriusque juris. {2 Tomos. Cajón 10 (7), estante 4 (3)}
Ximenes, Lexicon ecclesiastico. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 4 (1)}
Z
Zambrano, [Aureg.] decisiones. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 6 (5)}
Zambrano. Casos de contient. {1 Tomo. Cajón 5 (8), estante 6 (5)}

Zamora Alabanzas de Nuestra Senora y varios sermones 4,, [9,,1] estante 2,,
Zamora Margarita Preciosa. 1,, 12,,4 estante 5,,
Zapata de Justitia. 1,, 5,,[81] estante 54
Zaragosa Geometria. 5,, 6,,[14] estante 5,,4
Zarate Discursos de la Paciencia. 1,,13,,12 estante 6,,3
Zarate de Incarnatione. 1,, 4,,9 estante 5,,
{A} Zeballos y Viaje del Mundo. 1,, 7,,5 estante [5,,4]
Zelada. 4n 2,,1 estante 1,,
Zuares Quaresma. 1,, 3,,estante 5,,
Zuares de Sacramen. 1,, 5,,9 estante 6,,[4]
Zumel in [1.p.] 2,, 4,,9 estante 5,,
Zurita Annales de Aragon. 7,, 7,,[9] estante 3,,2
Zurita de Indias. 1,,5,,[9] estante [6s]
Zaquias, questiones medico-legales. 3 tomos, cajon [14] estante 3.o
Visitado en 25 de febrero de 1757 y queda en dia
fuerza la excomunion puesta por Nuestro Padre Fray Corrillo
Fray Juan Facundo [mesiguire]
Visitado en 12 de marzo de 1758. y se da licencia
para que se puedan sacar libros de esta libreria
para los Religiosos de la orden que viven fuera
de este por el tiempo de dos meses quedan
de nota del cuando, y para quien se saca; yendo
de mas queda en la fuerza la excomunion puesta
por Nuestro Muy Reverendo Plr Manuel Carrillo en 26
de septiembre de 53. reservandome el dar mas extensa
lisencia, y para otras, si algun casa lo pide; y para
que Conste lo firme ut supra
Juan Facundo [Mesiguire]
Al Virrey de Nueva España que ponga todo cuidado en que las naos de Filipinas al puerto de Acapulco se despachen con brevedad y sin retardasen en su retorno: por que no pierdan el tiempo de su viaje. 1669, 1707.

con puntualidad lo ordenado por la cédula citada
resultar muchos inconvenientes y pérdidas
muy considerables a los vecinos de aquellas islas,
con disminución de mi real hacienda porque de
la conservación del comercio de Filipinas
con esa Nueva España pende el mayor aumento
de ella. Suplicándome [que] fuese servido demandar
que luego que lleguen al puerto de Acapulco
las naos de Filipinas se despachen con puntualidad,
sin que haga retardación en su retorno
porque no pierdan el tiempo de su viaje.
Y habiéndose visto en mi Consejo de Indias
con lo que dijo mi fiscal de él, he tenido
por bien de ordenaros y mandaros como
lo hago [que] pongáis todo cuidado en el breve despacho
de las naos que de Filipinas vienen
al puerto de Acapulco, dando las
órdenes que sean necesarias para
que luego que lleguen a él se despachen
con toda brevedad, sin que se retarde el
tiempo de su viaje. Y que se atienda mucho
al alivio de aquel comercio, pues de su
conservación y crédito pende el mayor
aumento de aquellas islas con beneficio
de mi real hacienda. Hecha en
Madrid a veinticuatro de junio de mil
seiscientos y sesenta y nueve años.

Al pie de esta real cédula están cuatro rúbricas,
que al parecer son de los señores del supremo
Consejo de las Indias.
Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy actual de las reales
galeras, que su majestad (que Dios guarde) tiene en estas
islas para su guardia y custodia, y escribano mayor en propiedad
del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima ciudad
de Manila y su diputación con voz y voto de privilegio
en él, en virtud de un acuerdo celebrado el día trece
de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco, por
los muy ilustres señores de ciudad que se halla a fojas
sesenta y cuatro a sesenta y cinco de libro número
treinta y siete, hice sacar y saqué este traslado
de la real cédula arriba inserta que está en el libro tercero
de cédulas reales en el archivo de mi cargo, y
va cierto y verdadero, corregido y concertado con su
original en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo
testigos Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado
y Pascual Casinag, presentes a ocho de enero de este
presente año de mil y setecientos y siete.
Al Virrey de la Nueva España que dé las órdenes que convengan para que vengan a estas islas médicos, letrados y escribanos. 1660, 1705

Y que es justo se acuda al remedio
y consuelo de tantos y tan fieles vasallos. Y que no
faltaba a quien pase si para ello se les da alguna
ayuda de costa y comunidad buena
en la nao, y en Manila se les sitúa algún salario
así por la ciudad como de los conventos
y comunidades con permiso también de poderse
volver. Pues yendo unos y volviendo otros
se acudirá a la necesidad de los que pasan con
médicos a ida y vuelta. Suplicándome fuese
servido de proveer del remedio que más
convenga, y habiéndose visto en mi consejo
real de las indias, con lo que dijo mi
fiscal de él, deseando que se provea a la necesidad
que hay de médicos, letrados, y escribanos
en las islas Filipinas, he tenido por
bien de dar la presente. Por lo cual os
mando dé esas órdenes que más convenga
para que vayan a las islas médicos, letrados,
y escribanos para que empleen cada uno en su
ministerio [pus es beis] la necesidad tan grande que hay de ellos
haciéndoles así en el viaje como en todo lo demás
el buen pasaje que pudiere [des] sin que a los que
quisieren volver a esa Nueva España se les ponga
embarazo. Pues con esto se alentaran a pasar
a las dichas islas sujetos de las dichas facultades
que en ello me serviréis. Fecha en Madrid
a ocho de marso de mil seiscientos y
sesenta años. Yo el rey. Por mandado
del rey nuestro señor, Juan de Subiza.
Al pie de esta real cédula está una rúbrica y
atrás están seis rúbricas al parecer son de
los señores del supremo consejo de las indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy

actual de las reales galeras que su majestad
(que Dios guarde) tiene en estas islas para su
guardia y custodia, escribano mayor en propiedad
del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima
ciudad de Manila y su diputación con voz y
voto de privilegió en él, en virtud de un acuerdo
celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores
de ciudad que se halla a fojas sesenta
y cuatro a sesenta y cinco de libro número treinta
y siete, hice sacar y saque este traslado de la real
cédula arriba inserta que está en el libro tercero
de cédulas reales en el archivo de mi cargo. Y
va cierto y verdadero corregido y concertado con
su original en virtud del mandato de dicha ciudad,
siendo testigos Ignacio Álvarez, Simeón
de Mercado, y Pascual Casinag, presentes a ocho
de enero de este presente año de mil setecientos
y siete.
Al gobernador de Filipinas: sobre que los indios que fueren por grumetes en las naos del comercio, que todos sean de la costa de aquellas islas enseñados a navegar, y que lleven vestidos para la defensa del frío. 1620, 1707.

***viaje a los oficiales que fueren en las dichas
naos las pagas de tratamientos que
les hubieren hecho. Y si algunos de los indios y
grumetes que hubieren muerto por maltratamiento
o por alguna de las causas referidas, [se querelle]
de ellos hasta que sean castigados con la demostración
y ejemplo que requiere la calidad de este delito.
Y para que mejor se ejecute sea este uno de los
capítulos principales de la residencia de los tales
oficiales, de manera que queden obligados a dar
cuenta de los tales indios. Y si alguno muriere
por enfermedad o caso fortuito, tengan obligación
de hacer información en el mismo
bajel luego como suceda de la verdad del
caso. Y si no lo hicieren y faltarse el tal indio, se
han habido por confesos y reos delincuentes del
delito. Fecha en Madrid a veinte y nueve
de mayo de mil seiscientos y veinte años =
Yo el rey = Por mandado del rey
nuestro señor = Pedro de Ledesma =
Al pie de esta real cédula está una rúbrica
y atrás están seis rúbricas al parecer
son de los señores del supremo consejo de
las indias.
Yo el General Don Benito Carrasco que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad
(que Dios guarde) tiene en estas islas para
su guardia y custodia y escribano mayor
en propiedad del cabildo y ayuntamiento de
esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación
con voz y voto de privilegio en él

en virtud de un acuerdo celebrado el día trece
de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco
por los muy ilustres señores de ciudad que
se halla a fojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco
de libro número treinta y siete, hice sacar y saque
este traslado de la real cédula arriba inserta
que está en el libro tercero de cédulas reales en
el archivo de mi cargo. Y va cierto y verdadero
corregido y concertado con su original en virtud
del mandato de dicha ciudad, siendo testigos
Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado, y Pascual
Casinag, presentes a ocho de enero de este
presente año de mil setecientos y siete.
Sobre las tierras y los esclavos que la difunta Doña Agustina de Morales dejó para el Convento de Nuestra Señora de Guadalupe. 1633.

En la ciudad de Manila en diez y siete de diciembre de
mil y seiscientos y treinta tres años, ante mí el escribano y testigos
pareció el capitán y Sargento Mayor Sebastián Pérez de Acuña, vecino
de esta dicha ciudad y alguacil mayor de ella a quien doy fe que conozco
y otorgo, que vende a los albaceas de Doña Agustina de Morales,
difunta, para el patronazgo del Convento de Nuestra Señora de Guadalupe
o para la obra pia o capellanía que lo aplicaran, ciento y treinta y
siete pesos y cuatro tomines de oro común de censo y tributo en cada
un año; redimible y al quitar, y de a veinte mil el millar conforme
a la nueva pragmática; puestos y pagados en esta ciudad o donde le
fueren pedidos llanamente con las costas de la cobranza que ha de correr
y contarse desde hoy día de la fecha en adelante por razón de
dos mil y setecientos y cincuenta pesos de oro común de principal que
recibió en reales de contado de los dichos albaceas por mano de Fernando
de Caravajal, procurador de causas de la real audiencia
de estas islas como persona que tiene su poder. De cuyo [recibo], yo el presente
escribano, doy fe por qué se hizo en mi presencia y de los testigos
y [uso] escritos en reales de contado. Los cuales son y proceden
de los cinco mil y quinientos pesos, en que se remató en este otorgante
la huerta, casas, y tierras que en el río frontero del pueblo
de Santa Ana, quedó por fin y muerte de la dicha difunta, con los
esclavos de su servicio y lo demás pertenecientes a ellas que son los que conforme
el dicho remate habían de quedar a censo sobre la dicha huerta, casas
y tierras. Por qué la otra mitad, de los dichos cinco mil y quinientos
pesos los ha dado y pagado de que hoy dicho día el dicho Fernando de Caravajal
en el dicho nombre le ha otorgado, carta de pago, ante mí. Y los
dichos dos mil y setecientos y cincuenta pesos, del dicho censo impone
carga y sitúa sobre todos sus bienes derechos y acciones y especial-
y señaladamente sobre la dicha huerta, casas de piedra, y tierras, que
como [dicho es] se le remataron por bienes de la dicha Doña Agustina
de Morales, difunta. Las cuales son y alinde, por una parte, con huerta
y casa de Doña Josepha Girón, viuda del Sargento Mayor Antonio
Luis Vezerra, difunto, y por otra tierra de este dicho otorgante y por frente
el dicho río, en medio el dicho pueblo de Santa Ana, con todo lo anejo
y perteneciente a la dicha huerta y tierras; las cuales son libres de otros
censos, hipoteca, ni enajenación; con cargo de guardar y cumplir las
condiciones siguientes.
Lo primero que en todo tiempo tendrá la dicha huerta, casas, y tierras
bien reparadas de todas las labores y reparos de que tuvieren
necesidad de suerte que siempre vayan en aumento y no en disminución
y si no lo hiciere pueda quien fuere parte hacer los reparos
necesarios a su costa. Y por lo que se gastare sea ejecutado con solo
su simple juramento, de quien como dicho es fuere parte, sin que sea

necesaria otra diligencia ni averiguación de que desde luego le relieva.
Ítem que cada y cuando que haya de vender la dicha huerta, casas, y tierras
sea obligado a hacerlo saber a quién fuere parte por el dicho censo; para que
si las quisiere por el tanto que otra diere las pueda tomar; y para responder
si las quiere o no, tenga de término ocho días que se cuenten desde que
se le diere la noticia. Y si pasados no hubiere respondido ha de poder y pueda
efectuar la venta o traspaso con que sea en persona le [hallan a y] abonada
y no en ninguna de las en derechos prohibidas, y con el cargo de este
dicho censo y condiciones de esta escritura y la venta y enajenación;
que en otra manera se hiciere sea en sí ninguna y no valga.
Ítem que aunque la dicha huerta, casas, y tierras venga a poder de
sus herederos divisa proindivisamente no sean de poder partir ni dividir
sino que sean de obligar ellos o los que sucedieren por venta o traspaso,
si fueren más que una persona de mancomún, de por sí por el todo
in sólidum a la paga de este dicho censo haciendo nueva obligación y reconocimiento
de él.
Ítem que cada y cuando que diere y pagaré los dichos dos mil y setecientos
y cincuenta pesos del dicho principal con más los réditos que
hasta aquel día se debieren, o parte del dicho principal, tengan obligación
los dichos albaceas, o quien fuere parte, a los recibir y otorgar
le escritura de redención del dicho censo. Y en caso que no los
quieran recibir [componerlos] en poder del depositario general de esta
corte y con un testimonio de escribano público o real haya cumplido para
quedar libre él y las dichas casas, huerta, y tierras del dicho censo.
Y con las dichas condiciones se obligó a la paga del dicho censo y para
mayor seguridad de la demás de la dicha hipoteca de dichas casas,
huerta, y tierras sobre que se impone hipoteca por expresa y especial
hipoteca sin que derogue a la general de sus bienes ni, por el contrario,
la una a la otra se perjudique una estancia de ganado mayor y tierras de
labor que tiene y poseé frontero del dicho Convento de Nuestra Señora
de Guadalupe en el dicho río con todo lo a ellas anejo y perteneciente
para no poder disponer de ellas si no fuere con el cargo de esta dicha hipoteca
y no de otra manera mientras no se redimiere y quitaré y la venta
y enajenación que en otra forma se hiciere, sea en sí ninguna
y no valga aunque pasen a poder de otro tercero. Y en cuanto a la cantidad
del dicho censo desde luego se desiste y aparta del derecho y
acción que tiene a las dichas casas, huerta, y tierras sobre que se impone
y lo cede, renuncia, y traspasa en los dichos albaceas o quien como
dicho es fuere parte, reservando en sí la propiedad y usufructo de ellas
y se obligó a la seguridad y saneamiento de todos los dichos bienes
en tal manera que en todo tiempo será cierto y seguro y de paz el dicho
censo, sin que a ello salga embargo ni impedimento alguno y si le
hubiere, o algún litigio sobre ello se recreciere, saldrá a la defensa
y los seguirá a su costa por todas instancias y sentencias hasta

que el censo quede seguro y en paz. Y en caso que salgan inciertos los
dichos bienes referidos volverá y pagará los dichos dos mil y setecientos
y cincuenta pesos del dicho principal con más los réditos corridos,
para cuya firmeza y cumplimiento obligó su persona y bienes
y dio poder a los jueces y justicias del rey nuestro señor de cualquier
parte que sean a cuyo fuero y jurisdicción se somete y renuncia el
suyo propio y su domicilio y vecindad y la ley si convenerit de jurisditione
omnium judicium para que le compelan y apremien a ello como
por sentencia pasada en cosa juzgada renunció las leyes de su
favor y la general del derecho y así lo otorgó y firmó de su nombre
siendo testigos el Alférez Domingo Ruiz, Antonio Manrique, y
Diego Díaz, vecino y testigos en esta dicha ciudad = Sebastián Pérez de
Acuña = Ante mí Juan Vásquez de Miranda, escribano público.
Concuerda con su original que está en un protocolo de escrituras públicas que
pasaron y se otorgaron ante Juan Vásquez de Miranda, escribano público
que fue de los del número de esta ciudad de Manila el año pasado de mil y seiscientos
y treinta y tres que queda en el archivo de mi oficio a que me remito y
doy fe. Con el cual corregí y concerté este traslado y va cierto y verdadero según
que de él parece. Y para que conste de dicho pedimento y mandamiento, doy el
presente en la ciudad de Manila en diez y seis días del mes de julio de mil
y seiscientos y setenta y cuatro años siendo testigos el Alférez Juan Rodríguez
del Castillo, Nicolás de la Cruz, y Agustín Capolong.
Gerónima Esguerra, viuda de esta ciudad de Manila sobre el bando que pide que presenten los recaudos de las tierras que posee, 1697.

Gerónima Esguerra, viuda, vecina de esta ciudad. Ante vuestra señoría,
me presento en la mejor vía y forma que de derecho lugar haya. Digo
que en virtud del bando que se publicó en esta dicha ciudad sobre que
presenten los recaudos de las tierras que llegamos a poseer, y porque las
que al presente obtengo por mías están en el sitio del Mandaluyong,
doctrina de él de Santa Ana en la jurisdicción de Tondo como consta de los recaudos
que con esta hago presentación en debida forma en cuya virtud
la he poseído por tanto.
A vuestra señoría pido y suplico habiéndome por presentado con dichos recaudos, que
vistos, se me vuelvan originalmente a un tanto de ella autorizado para en
guardo de mi derecho, por ser justicia que pido y juro en forma no sea de
malicia etcétera. Enmendado habiendo vale.

{en la margen izquierda: Auto}
En la ciudad de Manila en veinte y dos días de mes
de mayo de mil seiscientos noventa y siete años. Ante
el señor licenciado Don Juan de Sierra Ozorio caballero de
Orden de Calatrava del consejo de su majestad, su oidor en
la audiencia y real chancillería de estas islas juez privativo
para la [recaudación] y cobro de todo lo que se estuviere diciendo
a su majestad por razón de compras de tierras, composiciones y lo demás
que en la real cédula de comisión se expresa, se presentó
esta petición con los recaudos que refiere por la
contenida en ella. [Él está] por dicho señor oidor, dijo
trasladó al promotor fiscal. Y se le notifiqué responda dentro
de tercero día y esta parte otorgue poder a procurador
conocido con quien se siga esta causa con apercibimiento que
de no hacerlo se seguirá con los estrados de esta audiencia
y le parará entero perjuicio. Y por este auto así lo proveo
mando rubrico de que doy fe.
Ante mí, Francisco Puyo
[publico y real]
{En la margen izquierda: Notificación al promotor fiscal.}
En dicho día, mes y año, yo el presente escribano leí y notifiqué
el auto de arriba y di el traslado que en el se manda
al Capitán Juan de Angulo promotor fiscal de comisiones
y habiéndolo oído y entendido, dijo que lo oye [por] y
que se da por notificado, de que doy fe.

En la ciudad de Manila, en diez
días del mes de julio de mil seiscientos y
setenta y cinco años, ante mí, el escribano
y testigos, el General Don Francisco de Ocampo
que doy fe conozco, vecino de esta ciudad, como
administrador de los bienes que quedaron por
fin y muerte del Sargento Mayor Don Nicolás
Sarmiento y Paredes por nombramiento de la justicia
ordinaria. Y discernidole el dicho cargo cuyos autos
pasaron ante mí, de que doy fe, y de que quedan
en el archivo de mi oficio a que me [remito] estando
haciendo pregonar en la plaza pública en la
puerta de la secretaria de gobierno y guerra un
quiñón de tierra perteneciente a dichos [bienes]
que está en el río de San Juan del Monte por
voz de Andrés de Poli a tambor de la compañía
del señor gobernador y capitán general de estas islas
que sirvió de pregonero para efecto de rematarlo
en la persona que más diere por él, por bienes de los
hijos menores del dicho difunto a quien se citaron
para su remate y en su nombre al Alférez Jorge
Rodríguez su defensor y al Almirante Don
Diego Cortes como albacea del Alférez Don Nicolás
Sarmiento y Romero su yerno y por lo que toca
a Doña Nicolasa Cortes su hija viuda del dicho
alférez y de quien dice tener su poder y al Capitán
Don Pedro Sarmiento y Leos como acreedor a
dichos bienes, según consta con las que se hicieron, pareció
Gerónima Esguerra residente en esta ciudad
a quien yo el escribano doy fe conozco. Y dijo que
en conformidad de la postura que tenía hecha
a dicho quiñón de tierra de ciento y once pesos en
siete del corriente mes y año. No habiendo otro
mayor ponedor se le rematase en dicha cantidad.
Y dicho General Don Francisco de Ocampo como tal
administrador mandó se prosiguiese con los
pregones y se repitiesen por si hubiese otra persona
que diese más por dicho quiñón de tierra. Y se
fue prosiguiendo con dicho pregones diciendo
dicho pregonero "ciento y once pesos dan por en el
quiñón de tierra que quedó por bienes del Sargento
Mayor Don Nicolás Sarmiento y Paredes
que está en el río del San Juan del Monte". Hay quien
puje y quien diga más [apercibo] de remate
repitiéndolo muchas veces y pues no hay quien
puje "a la una a las dos a la tercera que buena."
Índice de todas las escrituras que se hallan en este libro de las tierras comprehendidas con el nombre de San Isidro pertenecientes al Convento de San Agustín

se le licencia con tal que fuese con
intervención del señor fiscal de su majestad
como protector de los naturales. Todas las
diligencias se hallan en este libro desde
hoja 8 vuelta hasta 15 de él.
{Al margen izquierdo: 325 pesos}
En tres de febrero de mil seiscientos y veinticuatro,
Francisco Coro vendió dichas tierras
al Convento de San Agustín, cuya escritura
está desde hojas 15 de este libro hasta
17, ante Pedro de Valdés, escribano público.
{Al margen izquierdo: Putac}
En cinco de febrero de mil seiscientos y veinticuatro,
pide la parte de San Agustín
a la real justicia [que] le meta en posesión de
las dichas tierras en virtud de dicha escritura
con citación de los linderos. Las diligencias
se hallan en este libro desde hoja
17 vuelta hasta 20 de él.
En ocho de marzo de mil seiscientos y veinticuatro,
Don Alonso Datal y demás consortes
presentaron escrito ante la real justicia,
diciendo que como tenían unas tierras altas
nombradas Socong [y] Mabilog en términos de
dicho pueblo de Dongalo, ofreciendo información
de que no les era de provecho. Y así [que]
les concediera licencia para venderlas. Recibió se
la información en cuya virtud la justicia
ordinaria remitió al señor fiscal de su
majestad para que les concediera licencia.
Y habiéndola concedido, se mandó por
dicha justicia ordinaria [que] se otorgase la
venta. Todas estas diligencias se hallan en
este libro desde hoja 20 vuelta hasta 26 de él.

{Al margen derecho: 250 pesos}
En diecisiete de marzo de mil seiscientos
y veinticuatro el dicho Don Alonso Datal
y demás consortes otorgaron escritura en virtud
de las diligencias arriba citadas de las
dichas tierras a favor del señor San Agustín
ante Pedro de Valdés, escribano público, cuya
escritura se hallan [sic] en este libro desde hoja 26
vuelta hasta 29 de él.
{Al margen derecho: Socong Mabilog}
En dieciocho de marzo de dicho año de
mil seiscientos veinticuatro, la parte de dicho
Convento de San Agustín, en virtud de
dicha escritura de venta, pidió [que] le metiera
en posesión de dichas tierras con citación de los
linderos ante la real justicia, quien mandó
por su auto [que] le metiera en posesión por cualquier
teniente de alguacil mayor, las cuales diligencias
se hallan en este libro desde hoja 29 vuelta
hasta 33 de él.
{Al margen izquierdo: Sipit}
{Al margen derecho: 30 pesos}
En ocho de enero de mil seiscientos veintiséis
la parte del convento del pueblo de Parañaque
otorgó escritura de venta en forma
a favor del Convento de San Pablo de un pedazo
de tierra que está en una isleta junto
a la pedrera ante Pedro de Valdés, escribano
público. Está en este libro desde hoja 33 a 34 de él.
En siete de junio de mil seiscientos y veintisiete
Fray Francisco Bonifacio, provincial,
concedió licencia a Fray Diego de
Águila, prior del pueblo de Parañaque para
que pueda hacer donación de un pedazo de
tierra que posee al Convento de San Pablo en
cuya virtud el dicho Fray Diego de Águila
y otros padres conventuales hicieron donación

de dicho pedazo de tierra. Y está en
este libro desde hoja 34 vuelta a 35 de él.
En ocho de enero de mil seiscientos
y veintiséis Fray Luis Brito, prior de dicho
Convento de Parañaque, vendió dos pedazos
de tierra al Convento de San Pablo que
en términos de dicho pueblo ante Pedro de
Valdés, escribano público, cuya escritura
se halla en este libro desde hoja 35 vuelta
hasta 38 de él.
En veintisiete de enero de mil seiscientos
y veintiséis Don Salvador Martín presentó
escrito, diciendo que como poseía un
pedazo de tierra en los altos de Dongalo
nombrada Amaya, y por ser altas
y montuosas no le era de provecho. De lo cual
ofreció información y las hubo de Don Agustín
Sungab y demás consortes, según consta
de escritura que presentó con dicho escrito
el dicho Don Salvador Martín. Su fecha
a los ocho de enero de mil seiscientos y
veintiséis ante Pedro de Valdés, escribano
público. Y habiendo dado las informaciones
y dado algunos pregones, la real
justicia ordinaria, habiendo visto todas
las diligencias, las remitió al señor fiscal
de su majestad como protector de
los naturales, quien concedió licencia
para otorgar la venta de dichas tierras, las
cuales diligencias se hallan en este libro
desde hoja 38 vuelta hasta 50 de él.
{Al margen izquierdo: Amaya}
En cinco de febrero de mil seiscientos y
veintiocho años la parte del Convento de San Agustín

{Al margen izquierdo: Yumabon}
unos pedazos de tierra que poseían
en Paquita y Majayjay a la parte
de dicho convento, cuyas escrituras
pasaron ante Juan Banguis, escribano
de los naturales del pueblo
de Parañaque. Y está a hojas 59 a 64 de
este libro.
{Al margen izquierdo: Yumabon}
En ocho de marzo de mil seiscientos
ochenta y nueve la parte de dicho convento
pidió a la Real Justicia [que] se trasuntase
un recaudo que hizo presentación
de él por estar en la lengua tagala.
Y está a hojas 64 a 65 de este libro.
En veintiocho de marzo de mil
seiscientos veintiocho Don Francisco
Baguio, Don Cristobal Pasco y Doña
Inés Panian hicieron gracia y donación
al Convento de Parañaque como hermanos
de Don Pedro Dayag, difunto,
cuyas eran para el bien de su alma, dos
pedazos de tierra que tenía en Yumabong
y Pangpang, cuya escritura pasó
ante dicho Juan Banguis. Y en virtud
de ella tomó posesión de ellas Fray Luis
Caro. Y está en este libro a hojas 65 a 67.
{Al margen izquierdo: 151 pesos 4 reales}
{Al margen izquierdo: Yumabon}
En trece de mayo de mil seiscientos
veintiocho Don Juan Suy vendió a la
parte de dicho convento diferentes
pedazos de tierra en virtud de información
y licencia del señor fiscal,
que todo se halla inserta en la escritura
de venta que otorgó el susodicho

{Al margen izquierdo: San Isidro}
Doña Margarita Malay, Doña Luisa
Carohin, Don Juan Pezo, Don Gerónimo
Paslao, Pablo Panayon, Doña Inés Pitahin [y]
María Vidal vendieron cada uno
por sí diferentes pedazos de tierra a Don
Pedro Tello, cuyas escrituras pasaron
ante Don Cristobal Bayani, escribano
de naturales del pueblo de Parañaque.
Y están en este libro a hojas 93 a 99.
{Al margen izquierdo: San Isidro}
Don Alonzo Fira, Don Lázaro Dalansic,
Don Martín de la Cruz [y] Don Agustín
Mercado vendieron diferentes pedazos
de tierras a Don Felipe Vasco, cuyas
escrituras pasaron ante Hernando
de Cabrera, escribano de naturales
del pueblo de Parañaque. Y están
a hojas 99 a 104.
En veintitrés de diciembre de mil
seiscientos y veintiséis Don Felipe
Vasco vendió todas las tierras a Don
Pedro Tello, cuya escritura pasó ante
dicho Hernando de Cabrera a hojas 104
a 105 de este libro.
{Al margen izquierdo: 120 pesos}
En nueve de agosto de mil seiscientos
cuarenta y siete Don Pedro Tello, en
virtud de la licencia de la justicia ordinaria
y parecer del señor fiscal, que se
halla inserta en la escritura, vendió
todas las tierras que posee a la parte de
dicho convento. Y la escritura se otorgó
ante Diego de Aldave, escribano público real,
y está a hojas 105 de este libro a 107.
Sobre las mentiras de Don Juan de Rosales, escrito por el General Don Franco de Figueroa

Demonstración de la verdad que
saca contra las mentiras del
papel de Don Juan de Rosales
El general
Don Francisco de Figueroa, castellano de Cavite
Amicus. Amicus Plato sed magis
amica veritas.
Amigo, ya es tiempo de decir verdades que así
se lo escribí los días pasados al señor Don Juan Manuel
y bien sabe vuestra merced que ninguno mejor que yo puede decirla,
siquiera contra lo que se miente en el papel de
vuestra merced. Yo quiero decirla antes que me obliguen a decirla
aunque no quiera. Sálvese quien pudiere, que
aunque yo he mojado en el plato más que todos, no
será la primera vez que salgo con las manos limpias,
aunque las demás queden manchadas. Por lo menos,
he de probar ventura que quizás no estará cansada
de asistirme, y si lo estuviere y me ahorcasen, servirá
me de confesión. Esto me obliga a responder a su

papel y porque estoy muy en los puntos de todo he de responder
a él punto por punto. Ya veo que no soy letrado,
pero pocas letras son menester para decir lo que pasó.
Y faltando vuestra merced al hecho poco cuidado, me dará
responder al derecho, que sin lo primero, es nulo.
En el primer número, dice vuestra merced es obligación
precisa decir la verdad y torpeza decir lo que no es.
Según el sabio, qui quod novit loquitur index
iustitiae est qui autem mentitur testis est fraudulentus.
Y que llevado de este afecto, saca vuestra merced esta demostración
jurídica a este número. Digo dos cosas, lo
primero que se acuerde vuestra merced bien de este texto para
lo de adelante y procure corresponder a su afecto,
porque yo con él solo le he de argüir. Lo segundo, que
podía vuestra merced haber escusado el término demostración
jurídica y se podía dar por sobradamente dichoso si
fuera probabilidad y el señor Don Juan Manuel por
muy servido de vuestra merced.
En el número segundo, refiere vuestra merced el hecho
sobre que había vuestra merced de fundar todo el derecho que vuestra merced
pretendía del señor Don Juan, pero tal es el derecho que
su merced tiene, como el hecho que vuestra merced refiere de
minuto, truncado, alterado e invertido. Vamos
al caso. Dice vuestra merced que al pasar a la obediencia
del gobierno militar que su majestad manda, tenga
el señor oidor más antiguo se presumió entrase
en dicho gobierno el señor Don Francisco Coloma, pero que
le contradijo el señor Don Francisco Mansilla. Yo quisiera

preguntar a vuestra merced quien lo presumió, si vuestra merced que
aquí lo escribe o el señor Don Juan Manuel que lo manda
imprimir. El señor Don Juan sabe vuestra merced no lo presumió,
pues dijo allí mismo aquella mañana antes que se
excitase la controversia a uno de la ciudad que
la había de haber. Y para que es andar por rodeos hartas
veces, nos lo ha dicho a las dos como se urdió esta
tela. Baste decir que le estaba bien él no lo presumir,
y así mal permite que se imprima esto
vuestra merced. Aunque lo presumiese, no presume tanto de sí como
discreto que juzgue hacia al caso su presunción
para ponerlo en este papel contra la del señor
Oidor Mansilla, a quien vuestra merced debe, si tiene presunción, mostrarse
más agradecida de lo que aquí se muestra con su presunción.
Y porque no olvidemos el texto del sabio, que
vuestra merced cita en su primer número, pregunto, ¿no sabe
vuestra merced lo que le pasó a la ciudad cuando fue a dar cuenta
al Señor Coloma de la prisión del gobernador? Si dice
vuestra merced que sí, ¿cómo ajusta vuestra majestad en esta noticia su presunción
y el qui quod novit loquitur? Si dice vuestra merced
que no, ¿cómo ajusta vuestra merced la carta que vuestra merced cita en
el número [57]?
También dice vuestra merced en ese número, «se iba agravando
la controversia con circunstancias que casi parecían
contra la decencia de tan soberano tribunal». Vuestra merced
es como los predicadores de estos tiempos que con un [casi]
hacen un santo simple la santísima trinidad.
Y no dice vuestra merced su [casi] con tanta simpleza que no dé
mucho que reparar aún a los más simples y dé que

hacer caso aún a los entendidos. Pues el decir con lo
que alegó el señor fiscal sin decir lo que alegase que
está dicho con simpleza y que no hace mucho al caso.
Para la frívola escusa de recusarle, señor mío, esto no es
lo concertado. O borrar el texto del sabio del
número primero o si quiere que vamos con el qui
quod novit loquitur, ya ve, vuestra merced, que es forzoso que
no cumpliendo vuestra merced con lo primero, hayamos de añadirle
a vuestra merced lo segundo del texto, y diciendo
vuestra merced, que llevado de ese afecto, saca este papel.
No podremos sufrir le cuadre a vuestra merced lo demás
de lo que le tenemos afecto.
Lo demás que vuestra merced cita en este número que
es en siete renglones, no tiene cosa ninguna que
se ajuste al hecho. Antes todo lo contrario, pues sabe
vuestra merced que toda la real audiencia puso el bastón
en el señor maestre de campo Don Agustín de Zepeda. Sabe
vuestra merced se salieron de la sala los señores Coloma
y Mansilla y quedaron en ella el señor Don Juan
y señor fiscal para determinar la competencia
y que entonces estaba el bastón en poder del
señor maestre de campo. Sabe vuestra merced que se salieron
de la real audiencia sin determinarlo allí. Luego
porque no le estaba bien al señor Don Juan Manuel
que pidió autos y que, pasando junto con el señor
fiscal delante de los dos señores que estaban en
la sala de afuera, dijo por dos días mientras
los autos se vean, traería su merced el bastón.

Pues con esta verdad irrefragable como ajusta vuestra merced
la renunciación de político y militar dada en la
real audiencia pues ni entonces se la dieron, ni
jamás se han vuelto a ver juntos en ella. ¿Quién se la
dio? Fuimos nosotros. Y así a nosotros nos lo debe agradecer,
no a los señores oidores que no le darán
sino una soga para que se ahogue.
En el número 3, pone vuestra merced el auto con
que dice vuestra merced renunciación. Sepa vuestra merced, ya lo sabe
que este auto es [suplicando] y bien se echa deber. Se hizo
aprisa, pues en él hay tantas contradicciones, en que
me admiro no haya reparado vuestra merced que lo imprime,
porque aquellas palabras dijeron que se traigan
los autos que precedieron sobre dicho antigüedad. No
las entiendo que señores son los que la dijeron
Coloma y Mansilla eran parte. Y esa era
acción de jueces Don Juan Manuel y el señor
fiscal, esos sí que las podían decir. Pero cuando
lo dijeron, no estaban presentes el Señor Coloma
ni Mansilla. Pues si esto es evidente, ajuste
vuestra merced lo demás de este número, que tal puede ser careciendo
de sólido fundamento. Y si no, dígame vuestra merced
si es verdad que se dieron político y militar
[ínter] que determinaba, como [ínter] que determinaba
no ejerció solo el señor Don Juan político
y militar. Y con eso había verdadera la causa que da
para que no cesase el curso de los despachos.
Estas palabras echaron a perder todo el auto.

Valga el diablo a Zurbarán que los puso y a vuestra merced
que no la hurtó que para todo hay traza y no costaba
tanto alterar una firma. Ni sería la primera,
porque el curso de los despachos es el gobierno político.
Estuvieron despachando dichos señores a un
ínter que Don Juan Manuel determinaba.
Luego ejercían el gobierno político, luego o la
razón del auto es nula, o es nula la posición
del gobierno político en Don Juan. O por mejor
inferir, luego no cedieron lo político en
Don Juan, de donde se infiere con la misma evidencia,
que ni lo militar, porque parte lo cedieron
simul. No cedieron lo político, ni lo militar
fuera de que si allá luego en la real audiencia
lo cedieron y allí parte le dieron la posición, como
no firmó allí el señor Don Juan, sino en su casa,
luego no se la dieron allí, pues allí no la aceptó,
y como no firmó ante el Secretario Perea,
ante quien dice pasó el auto, sino ante Zurbarán
y como tampoco dice quien lo llevó. Estáis
durmiendo Don Juan, pues no está el tiempo
para dormidos, que por Dios que los más despiertos
estamos temblando.
En el número 4, 5, 6 y 7, pretende vuestra merced probar
que el señor Don Juan es capitán general.
Si vuestra merced lo consiguiera, merecía que partiese con vuestra merced
el sueldo de capitán general a que parece se enderezan
dichos numerosos. Pero en ello, hallo pruebas

vuestra merced que el gobernador propietario de estas islas es capitán
general, pero no el interino. Dado que justifica
[dam.de] lo fuese, vuestra merced pregunta a los señores jueces,
oficiales reales, donde están dos cédulas que dicen
el sueldo que ha de llevar y verá como no es de capitán
general, y como no lleve el sueldo, llámese generalísimo.
Pero si lo tiene y ha llevado, que remedio
fácil. Yo diré donde está ese, y lo demás que quizá
con eso me salvaré. Haced voz, lo mismo, amigo,
y cada zorra guarde su cola, y cada puta, hile y coma.
En el número 8, dice vuestra merced que los señores oidores
Coloma y Mansilla se impidieron asimismo.
Yo digo lo mismo, pero no en el sentido que el
de vuestra merced. No dudo que han de llegarlo a sentir y mucho
en que se impidieron, señor mío. Responde
vuestra merced en que recayó el gobierno en el señor
Don Juan y que le dieron posición en la
real audiencia y que se continuó despachándose a las
provincias diferentes provisiones. El laberinto
de Creta es este. Cojamos el hilo de oro de la verdad,
amigo. Aquí no se contenta vuestra merced con que
los señores Coloma y Mansilla estuviesen impedidos,
sino con recaídas, solo el señor Don Juan
estuvo suelto. Más, pregunto estas provisiones
que vuestra merced alega quien las firmaba Don Juan, no eran
reales todos. Luego, todos ejercían lo político, luego
no lo habían renumerado, luego no poseía el
señor Don Juan ni se continuó despachándose. Para

otra vez hablar más claro, señor mío, que no sólo
escribe vuestra merced para los de Madrid que no lo han visto,
sino para los de Manila a quien vuestra merced les da a ver
su papel. Yo he andado más avisado que una carta
que escribí de este Jaez, mintiendo a dos carrillos
por alabar a Don Juan Manuel. Por lo menos no
lo imprimí.
En el número 9, alaba vuestra merced al Señor
Coloma de que esperaba, callando la resolución
del señor Don Juan, sin ambición del mando
y vitupera que el Señor Mansilla presentase
escritos, queriendo que esto sea ambición. Aunque
a vuestra merced le hizo el señor Don Juan juez de la
controversia, no le hizo ni le puede hacer
juez de las intenciones, ni es bien que vuestra merced se adelante tanto
en juzgar. Mucho había en esto que decir pero
pasó un argumento que vuestra merced hace en dicho número,
o por mejor decir a un supuesto para lo de adelante
y prueba de lo que tantas veces ha dicho, que
los señores habían renunciado político y militar.
Dice vuestra merced que el un señor esperaba y el otro
señor presentaba escritos, sin que entre ambos
señores dudasen de la jurisdicción con que se hallaban
para determinar, y que ambos le reconocieron
por juez legítimo al señor Don Juan,
que infiere vuestra merced de allí que le habían cedido
lo militar. Graciosa ilación por cierto porque

no era juez de controversia militar ninguna. Pues,
tan graciosa será si infiere que le habían renunciado
lo político. Lo uno porque para ser juez de la controversia,
no era necesaria tal renunciación, pues
sin ella lo era el señor fiscal. Lo otro porque
si de allí, no prueba le habían cedido lo militar, tampoco
lo político pues. O no se lo cedieran de ningún
modo o fue simul. Y así nada prueba vuestra merced en este
número sino su intención.
En el número 10, dice vuestra merced que el señor
Don Juan podía solo resolver, pero que como era
en negocio propio, no asentaba. Y así llamó a vuestra merced
y al licenciado Don Eugenio. También podía decir
que me llamó a mí, o que sin llamarme, me
metió. Y no hace poco al caso, pues sabe vuestra merced
que aunque vuestra merced tenía movida la pena, yo le cabe
de despenar. Pero yo no sé como podía solo
resolver si no era juez. Solo que la frívola
recusación del señor fiscal en su número
tendrá su respuesta. Tampoco sé como siendo aún
los rústicos demóstenes en su negocio, haga
vuestra merced al señor Don Juan tan rústico en el suyo, fuera
que hasta que lo vi impreso, siempre entendí
que era negocio del rey nuestro señor este,
no de Don Juan Manuel. Y es fuerte caso que un letrado
tan grande confiese, le llamó para su negocio

y que de jurista le quiera hacer negociante.
Lo demás que vuestra merced refiere de inquietudes
y demás motivos de su auto, vea lo respondido
y rechazado con la respuesta que la nobilísima
ciudad dio cuando se le notificaron. Y
yo me espanto de que entonces en el auto
lo pusiesen por motivo, sino que ahora nos lo
pongan a los ojos impresos, conocida tiene vuestra merced
la tierra imprima cuanto quisiere.
En el número 11, dice vuestra merced se le hizo
saber al señor maestre de campo. Aquí no puede dejar
de repetir su texto, qui quod novit loquitur.
No sabe vuestra merced el como se le hizo saber, pues qué espera
de su merced si lo acierta a leer.
Número 12. Dice vuestra merced se notificó al Señor
Coloma que respondió tan docto como erudito. Poca
erudición era menester para responder uno
redondo y al escribano hacerle rodar por las
escaleras abajo, pero aunque él no fuese rodado,
vuestra merced, que es letrado, no conoce que por lo menos fue
ruejo. No dice que reserva la posesión de oidor
más antiguo y que ha de ser sin perjuicio de ella.
Luego si no puede ser sin tal perjuicio, de ningún
modo pudo ser, ni quiso el Señor Coloma que fuese.
En el número 13, dice vuestra merced que por ser ya de
noche, no se notificó a los señores Mansilla

y fiscal, no está puesto con poca traza él ya como
si de día. Se hubiera comenzado a notificar
al Señor Coloma y no a las nueve de la noche
sino para dejar a buenas noches al Señor Mansilla.
Pasó esto, pero no puedo llevar en paciencia
que diga vuestra merced que el señor fiscal asintió y tuvo
por acertado lo resuelto en el auto cuando nos
consta con evidencia de lo contrario. Pero ya que
vuestra merced levanta este testimonio al señor fiscal,
porque está muerto, por qué le levanta otro, no
menos al Señor Mansilla, diciendo que no
replicó. Yo no hallo otra respuesta sino que pensó
vuestra merced que el Señor Mansilla había de correr
la misma fortuna que el señor fiscal mediante
las buenas diligencias que para ello hemos puesto
Don Juan Manuel, y yo sabe Dios que estoy
arrepentido y quede procurar soldarlo valga
lo que valiere.
Lo del número 14 de la vista de los alcaldes,
la noche buena y el pleito amenacé
y todo lo restante es graciosísimo. Yo no sé qué
me hiciera si fuera alcalde y tal testimonio
contra mí se imprimiera, aunque fuese alcalde
de palo. Pero gracias a Dios que si el un alcalde
no es de palo, es de rayo. No hay sino prevenir
cruces de Caravaca que bien son
menester.

El supuesto del número 15 de que tomó la
posición a vista del Señor Coloma. Violó, instaló y
no lo resistió. Es gran fundamento de letrado para
inferir mayores consecuencias. Aquí entra el
[qui tacet el digestis, Bartolo y Baldo amontones
y el fortiato]. Hará su papel Bovadilla
y más que ninguno, porque para bobos, es bueno
el supuesto. Miren que es [carraman], rajabroqueles,
o que gran capitán con una escuadra de
corazas era el Señor Coloma para resistir
la posición que nadie le daba, sino él usurpaba,
asistido de un tercio de infantería
en batallón puesto. Pero no hay cosa como lo del
Señor Montemayor que dice tampoco lo resistió
como lo había de resistir si vivía fuera y mandó
la cerrasen las puertas porque así se lo advirtió
que no dormía, y por su merced esta misma escusa
que por el Señor Coloma.
En el número 16 dice vuestra merced estas palabras
en esta seguridad, paz, y quietud estábamos,
cuando el día siguiente nos sobresalto un
peligro. No sé si diga el mayor que, contra esta
ciudad, se pudo recelar que por lo que tuvo de
más extraordinarias las causas, tuvo de más
horrible por lo menos esperado. Y fue la noticia
de que los señores oidores y señor fiscal
se habían retirado al colegio de la Compañía de Jesús.

Hasta aquí vuestra merced y yo digo le viene
tan de molde como su escrito al adagio castellano,
«aramos, dijo la mosca y iba en el
cuerno del buey. Estábamos, ¿quiénes estábamos?
Porque la ciudad estaba para perderse el día
antecedente cuando resistió entregarle las llaves
y al fin lo hubo de hacer, viéndose cercado de un
escuadrón. Los nobles y cuerdos estaban admirados
de tan desleal resolución. Los señores togados
no sabían qué medio elegir para poner en
relación a Don Juan Manuel que, contra la expresa
voluntad de su merced, se había alzado
con el gobierno. Pues aquel estábamos en paz
y seguridad. Por quien lo dice vuestra merced,
por Don Juan Manuel que seguridad podía
tener, habiéndose levantado y al fin no bastaba,
aunque la tuviese para llenar el[estábamos].
Pues que otro hay para llenar este término
a vista de los togados que no lo estaban, de los
nobles, de los leales, de los cuerdos. Que yo saco mi
blanca que vive Dios, que no estaba seguro sino
temblando. Sin duda que es vuestra merced que lo escribe
y como ha dado en imprimir, quiere también
dar en hacer papel. Y no entendí yo que
a vista de una ciudad y república que no lo estaba,
podía vuestra merced atreverse a imprimir el [estábamos]

en esta paz, si no fiado en el adagio que cité, «aramos,
dijo la mosca y iba en el cuerno del buey».
En el número 17, dice vuestra merced que el vulgo
se incitaba a novedades, y podía vuestra merced decir
que le incitaba que era el señor Don Juan Manuel,
que, de su ventana, decía a los soldados que les
parece a vuestras mercedes señores, lo que ustedes me han dado.
Las palabrillas son bobas y las que vuestra merced
fomentaba, estando siempre a su lado que cada
una era un barril de fina pólvora. Y yo,
que mandaba nísperos, ya hablando aquí,
ya engañando allí, y dando en aquella admirable
traza de poner el sello en un
bufete con candelas que fue lo que acabo de encandilar
a los pobres inocentes.
Lo que vuestra merced añade, refiriendo los que
entraron en la compañía con el real
acuerdo, no sé con que cara se lo atreve a imprimir,
faltando tanto a la verdad o para que Diablos
puso a que texto qui quod novit loquitur
sino para que ya de enfadados. Le acabemos de
añadir el testis est fraudulentus, pues no lo cumple
como [osa] decir que fueron a la compañía
particulares personas y algunos de la ciudad.

No sabe que estaba en ella, la nobilísima ciudad
en forma con su secretario, regidor y depositario.
No sabe estaba el maestre de campo, sargento
mayor, general de la caballería, capitán de la guardia,
castellano de esta fuerza en su teniente que
envió por estar el achacoso. Y yo, que lo soy de la
de Cavite y que el no estar más, fue porque no llamaros
a más, y porque cercando la compañía Don Juan Manuel
como si fuera la rochela. No dejó entrar más que
sino todos los leales entraron, y porque sobraban
los que estaban dentro para dar cumplimiento a
la real cédula, pues eran todos las cabezas de la república.
El recaudo que dice vuestra merced envió Don
Juan Manuel a los señores y que respondieron,
dando a entender estaban en misa, es supuesto. Y
no sé yo que haga a vuestra merced al caso. Y así por tan poca
cosa, ¿por qué quiere le pongamos la ceniza del qui
autem mentitur testis est fraudulentis? Que por ser de
su texto de vuestra merced, no le puede dejar de venir,
porque no dice vuestra merced quien llevó el tal recaudo
como dice quien llevó el segundo que fue el Capitán
Padilla y Secretario Delgado, y si a estos no
les dejaron dar el suyo como le dio el primero
y volvió con la respuesta, «amigo, paciencia
que hallaba el testis est fraudulentus», vos tenéis

la culpa. Pusisteis a vuestro papel este tema.
En el número 18, dice vuestra merced que personas
de autoridad avisaron al señor Don Juan Manuel
trataban los señores de elegir nuevo gobernador
y que viendo se alteraban y conmovían los
ánimos de todos y de las naciones en perjuicio
de la paz público, se resolvió a creerlo el
tal señor Don Juan Manuel, sobre lo cual le canta
vuestra merced sonoras laudes con textos que es bendición.
Amigo, Don Juan ya que estáis más desembarazado
de temores o más desapasionado que cuando imprimisteis
este papel, decidme así Dios os saque
bien del que es lo más que podéis desear en esta
vida, no os pesa de haber dicho disparate, tal
mentira, tal falsedad, tal encarecimiento
de que se alteraban las naciones en perjuicio
de la paz pública en que se hallaba la república.
[Venid] acá esto leído en Madrid
si se creyera no era forzoso que inquietará y [diese]
cuidado a vuestro rey a quien vos, por lisonjear
un oidor, no reparáis en engañar
e inquietar, esto visto y leído de la real audiencia
y acuerdo contra quien vos lo escribís. No es forzoso
que os inquiete a vos. No basta el trabajo
que os costó cuando lo imprimisteis, obligado

a vivir en clausura, sino que después de ese,
queréis tener otro mayor, y tras de etcétera, apaleado.
¿Con qué verdad dice vuestra merced trataban de elegir
nuevo gobernador? La palabra elegir tiene
más misterio de lo que parece, y bien sé yo quien
trató, solicitó y pidió que le eligiesen a él. Todo
tendrá su tiempo, amigo letrado. Vuestra merced ha leído la cédula
de su majestad que manda sea el gobernador de las
armas el oidor mas antiguo, pues que hay que tratar
de elegir, se pase quien es el más antiguo.
Y no hay que tratar dudase, averiguase no se puede,
o no se puede averiguar, pues dos hay más antiguos
que Don Juan Manuel, atropéllese el uno por sus
conveniencias para que se obedezca de rey.
A solo el Señor Mansilla declaró con la real audiencia,
ser el más antiguo el Señor Coloma, pues en esto que
quita a Don Juan Manuel, ni se acuerdan de él,
sino de su rey y señor a quien se trataba
de obedecer y no de elegir.
Llama vuestra merced junta o congregación en
dicho número el real acuerdo, queriendo
no lo sea el que se hizo en la Compañía de Jesús.
Yo también le llamé del mismo modo en la
carta que escribí al rey, y aún peor, no lo imprimí
que aunque soy loco, no lo quiero ser de molde.

guapo, eso me contenta. O bizarro oidor y
contra quien las tocaba y prevenía los infantes.
Amigo Don Juan venía contra Manila,
el Tártaro, no sino contra la congregación. Aquí
viene bien la congregación, porque decir contra
el real acuerdo, Dios nos libre quien
lo ha de creer de un fiel y noble vasallo,
pero mejores lo que vuestra merced dice que fue para
defender las cajas reales llenas de las preseas
de oro y plata de Salcedo que podían despertar
la codicia. Esto es yerro de imprenta
sin duda. Me río yo que Don Juan de Rosales,
siendo tan buen filósofo de esta cabeza,
porque por esta razón se habían de estar
tocando hasta la hora de esta y con eso 400 [pesos]
que había en ellos no se habían desparecido, pero
ellos parecerán y con eso las islas no [perecerán],
y si no, pregúntenme a mí que reventó
ya por hablar.
El número 19, está respondido varias
veces. Vamos al 20 en que dice vuestra merced
que de parte de los señores oidores retirados,
llevarían un recaudo a Don Juan Manuel
el reverendo padre provincial de la Compañía de
Jesús Miguel Solana y el padre Ministro Tiburcio de Cifuentes

en cuyos elogios se delata
vuestra merced con razón para que fuese ha llamado
del real acuerdo y dice vuestra merced respondió
estaba llano a obedecer. Pero que no obedeció,
pues no fue adonde lo llamaban y debía ir
como fiel vasallo, sin que le valga la frívola
excusa de no desamparar las cajas. Pues estaban
bien guardadas con un cabo cualquiera
que fuese, válgate el diantre, las cajas.
Y el cuidado que vosotros tiene Don Juan
Manuel, cierto que le debéis mucho, pero
pienso que más os debe él a vosotros, hace decir
verdad Don Juan. Y hemos de cumplir
con vuestro texto que pusisteis al principio,
qui quod novit loquitur, nunca vos lo
pusiera después. Por Dios que vos y yo tuvimos
la culpa de que no fuese a la compañía
que él ya estaba ciscado, con perdón de vuestras
pocas y malas barbas, así que oyó real
acuerdo.
En dicho número, dice vuestra majestad que la Compañía de Jesús,
su madre y maestra solicitaba de su parte,
con vivo celo, la unión y concordia entre
los señores magistrados. Doy os el parabién Don
Juan que tenéis madre tal como la compañía

hay es como quiera. Madre, vive Dios, que la
tomara yo para mí. Hice de punta si es bobo el Don
Juan y no escoge madre de importancia, el Diablo
que se meta con ella. Pero al fin, ose decir un
chiste advertido. Mal hicisteis en poner eso, porque
os dirán que tuvisteis madre de compañía y ya
que os gloriáis de tal madre, ¿por qué no procedéis como
su hijo? Y pues vuestra madre trataba y solicitaba
la unión entre los señores magistrados, ¿por qué
vos tratabais y defendíais la desunión? Que
yo, aunque decía lo mismo, no digo que tenía tal
madre.
En el número 21, dice vuestra merced que [idos]
los padres, hizo Don Juan una junta abierta
de personas de letras y prudencia, a quienes
pidió parecer si había de ir a llamado de real
acuerdo. Y que fueron de parecer que no y esto se
firmó de muchos en el número 22, y que
fueron testigos el señor deán Don Joseph Milán
de Poblete, el maestre [de] escuela Cordero, el reverendo
Padre Solier provincial de San Francisco y Fray
Mateo Ballón su guardian.
En dicha propuesta, hay tantas cosas que notar,
reparar y tildar cuantas palabras tiene, porque
todos los motivos queda. Son supuestos vanos,

Pero dirá vuestra merced que ya consultó al Licenciado
Manuel Suárez y dijo que si dicho licenciado
fuese de parecer de que fuese a la compañía
al llamado del real acuerdo [iría], y tiene
vuestra merced razón y dice verdad. Pero qué razón
hay para que habiéndose remitido al parecer
de dicho licenciado que montaba más que el de todos
cuantos en la junta abierta estaban,
y dicho le por escrito dicho licenciado debía ir, y
que no tenía derecho ninguno para tener el gobierno
militar con todo eso, ni fuese Don Juan Manuel
ha llamado del real acuerdo, ni desistido de
su porfiada intención. Aquí, no hay que responder
sino que los cabos militares fueron
del parecer contrario y que lo firmaron. Pues
los cabos lo firmaron, que lo defiendan,
y el que sigue su parecer contra el mandamiento
del real acuerdo, que lo pague, que
yo en la compañía estuve.
En el número 23, no hay que responder
y paso al número 24, por el cual merecía
vuestra merced otros tantos de buen pulso. Hay cosa
más graciosa que decir puso una compañía
de infantes para respecto de los magistrados.
Señor Don Juan, esto es qui quod novit loquitur.

A fe que si yo magistrado, fuera que había de hacer,
tuviesen a vuestra merced y a Don Juan Manuel
respecto y dar orden como le tenían los soldados,
para que no dejasen entrar sustento ni un
buyo. Este nuevo modo de respectar, no lo
había yo visto hasta ahora y es bueno saberlo
para cuando oyéremos que el turco nos cerca
una plaza y que no deja entrar vituallas, consolarnos
que lo hace por nuestro respecto. Poco respecto tiene vuestra merced
a los hambres ante quienes imprime tal falsedad.
En el número 26, dice vuestra merced amaneció
la aurora. Tiene relación que vuestras mercedes estaban muy
a oscuras. Pero aunque la aurora amaneciese para
todos buenos y malos, no parece amaneció
para vuestras mercedes, pues se quedaron en sus tinieblas.
Dice vuestra merced en dicho número que se supo había
vuelto a renunciar su derecho en el Señor
Coloma. Decía bien, pero en el vuelto, merecía
digo el Señor Mansilla, niego el supuesto
porque supone vuestra merced lo había renunciado antes,
en el señor Don Juan. Si dijera vuestra merced que
renunció en el Señor Coloma, decía bien, pero
en el vuelto, merecía una vuelta por la mentira.
Dice vuestra merced había empuñado el bastón
de gobernador de las armas el Señor Coloma

y [se echó] obedecer, por tal tiene relación que lo empuñó,
pero él [se echó] obedecer esta hecho con malicia.
No se hizo obedecer, que allí no había fuerza, sino
prontísima fidelidad. Que yo estuve allá y lo vi y
aún porque no había fuerza, y penetré que el
negocio por fuerza había de ir y las tenía Don
Juan Manuel engañada la milicia, y así
lo que vuestra merced añade, de que muchos de los que allí
estaban creyendo peligrar, le obedecieron.
Ellos le pedirán cuenta a vuestra merced si son
hombres tan valientes ahora como lo fueron
entonces y leales. Dice más vuestra merced que así que
vieron desunidos los señores y nada firme
lo resuelto en la salida del Señor Coloma,
y venida a la palacio sin bastón, prosiguieron
con aplauso en la obediencia del
señor Don Juan. Lo resuelto siempre estuvo
y estará firme, que la verdad no quiebra.
Y después de salida, el Señor Coloma dijo
a todos el Señor Mansilla que eso era lo que
se había de seguir, que quizás si no lo hubiera
dicho, no le hubiera preso y desterrado. Pero
padezca que para eso [aceptó] el cargo de ministro
del rey y el que sin peligro no se
atreviese hacerlo, déjelo de ser, que no les paga

su rey tres mil pesos al año para estarse en su cama
y regazo de sus mujeres, comiendo bodigos.
El aplauso que vuestra merced dice por ver los señores
desunidos, dígalo lo que por esa desunión ha padecido
la república y tantas desterradas. Y lleve
el Diablo a vuestra merced que me hace acordar
el destierro del Señor Mansilla, para mí
mal que hasta aquí no iba tan malo. Y
al Señor Peña, que allá me lo envío, que
si no, yo hiciera ahora piernas y no que temo
me hagan pernear.
En el número 27, dice vuestra merced que ha de
desvanecer los motivos que tuvo el
real acuerdo y establecen los que Don Juan
Manuel tuvo para su auto y se pone a probar
hasta el número 33. No era nulo por haber excluido
al señor fiscal, diciendo debía ser
excluido porque el señor fiscal no podía
ser juez por ser parte y de todos estos números
halló se podía formar este silogismo. El señor
fiscal no pudo ser juez en los negocios
en que es parte en el pleito de la antigüedad
que traían los Señores Coloma y Mansilla,
luego de tal pleito, no podía ser juez. La mayor
es verdadera y eso solo prueba cuanto vuestra merced

dé textos y cédulas [su faranze], que sin ellos
se lo concediéramos. Porque no solo el señor
fiscal pero ni otra persona ninguna puede ser
juez en lo que es parte, sino Don Juan Manuel
que lo fue para adjudicarse asimismo el gobierno
de las armas. Pero la menor que
era la que vuestra merced hacía al caso, con que la prueba
ni la puede probar, porque el señor fiscal
es parte solo en los negocios del fisco y real
hacienda. Pues, ¿qué tiene que ver el fisco con
pleitos de antigüedad? Dice vuestra merced había de
pedir ejecución de la cédula gran fundamento.
Pues amigo, esa no estaba ya pedida y ejecutada,
fuera que si esa era causa, como no reparó
en ella cuando se quedó a juzgar en
la audiencia la controversia con el señor fiscal,
su conjuez, y ya que todo esto no valiese,
quien le dio autoridad al señor Don Juan
para excluirle, no aguardará a que le excluyera
las partes.
Bien reconoce vuestra merced la sutilidad de sus
fundamentos y por eso en el número 34, da otro
como de tan gran letrado y es que el señor fiscal
había propalado su voto a favor del no
de los dos señores. Aquí, no puedo detener

la risa ni dejarme de admirar de su necedad,
pues aunque eso sea verdad, ¿qué jurisdicción tiene el conjuez
para excluir al otro? Eso se deja a las partes,
fuera de que yo muy bien sé que Don Juan Manuel
había declarado el suya tan bien y por esa causa
le podía excluir a él, el señor fiscal. Y fuera
esto más acertado que, por lo menos, el señor
fiscal hubiera dado el bastón a uno de los
dos más antiguos y no se hubiera quedado con él.
Pasa vuestra merced al número 33 y desde él
hasta 46 con infinidad de textos, pretende vuestra merced
que la renunciación que el Señor Mansilla
hizo de antigüedad en el Señor Coloma, no es
válida por que en lo una vez renunciado,
no hay regreso. No me meto en si hay o no hay regreso,
que eso se lo probaban los letrados. Solo
digo no prueba vuestra merced nada porque va fundado
sobre falso, pues los señores nunca renunciaron
en Don Juan Manuel. Pero doy que
cediesen por dos horas mientras determinaba.
Ya determinó bien mal, luego, ya
cesaba la sesión, no es tan sutil, amigo
el argumento que, por Dios, que aunque
no soy lógico y vos lo sois, no lo soltáis
por más que lo pretendéis.
En el número 47, pone vuestra merced el auto

que hizo Don Juan Manuel y vos firmasteis
a cuantas veces. Os habrá pesado si sois
discreto, porque él contiene más nulidad que palabras.
Uno de ellos, nos mostró Don Juan Manuel
con unas márgenes que como son en
romance castellano las entendí y di
gracias a Dios de no ser letrado ni firmado
tales disparate. Mucho temo os las pongan
en este papel impreso, de que quedaréis
corrido si tenéis vergüenza.
En el número 48, dice vuestra merced una
verdad y quiere sacar una mentira. La verdad
es que, en el señor Don Juan Manuel estaba
la jurisdicción de la real audiencia
para dirimir la competencia entre los dos
Señores Mansilla y Coloma sobre la
[mejor] antigüedad. La falsedad que de
eso se infiere que lo que sentenció el señor
Don Juan Manuel haya sido bien sentenciado.
Lo primero, porque en él solo
no estaba la jurisdicción de la real audiencia
para sentenciar sino también en el señor
fiscal que con él, era juez. Y no sentenciado
con él, fue nula la sentencia. Lo segundo,
dado que fuese el solo juez y en él solo
residiese la jurisdicción, no tenía más que

la que habían dado los señores, no se la dieron,
ni pudieron dar para sentenciar en su
favor como sentenció, luego, sentenció mal.
Dirá vuestra merced no sentenció, sino que retuvo
lo que la audiencia le había dado. Pero
ya sabe vuestra merced, y sabe que sé yo, no le dio a él
la real audiencia nada, ni en él puso el
bastón, sino en el maestre de campo. Pero
demos que le pusiese al punto que bien
o mal sentenció, o dijo que a él, no le tocaba
sentenciar, como cesaba su comisión cesaba
su bastón. O por mejor decir, su [introducción]
y más que sea la renunciación, mejor le fuera
para llevar esta patarata adelante.
Irse deteniendo en sentenciar y aún
no haber sentenciado, que eso tenía mas color.
Con esto mismo, está respondido el número
49, que no trae nada al caso como ni el 50 y
51. Porque en ellos gasta textos en probar
lo que le concedemos todos. Esto es, que tenía
jurisdicción para dirimir la competencia
en compañía del señor fiscal, su conjuez. Pero
no los trae, ni puede hallar ni traer para
probar lo que le hacía al caso. Y lo que
vamos buscando es, a saber que no siendo

juez, solo pudo determinarlo solo, o ya determinó
bien o mal, o dijo que no le tocaba
determinar. Con todo eso debiese proseguir con
el bastón, pues este le tuvo en depósito.
Mientras bien o mal determinase, no le decía
yo a vuestra merced, que le hubiera estado mejor
estarse hasta ahora, sin determinar
que no tomar tan loca determinación.
Dirá vuestra merced que yo lo determiné allá. Yo
respondo que no me lo podrá probar, pero sí, vuestra merced,
que lo firmo y yo ando con mucho cuidado en firmas
que soy perro viejo. Pero vuestra merced que no
repara en firmar, comerás ahora pan de
perro y verás si el número 52 y 53 le
defienden, que son de tan poca sustancia
como los pasados. Y así vamos al 54.
Este es gran número porque de él saca
vuestra merced un argumento horrendo. Veamos
si yo lo acierto a formar después de haber
consultado al cura de este puerto. Digo así
el Escribano Zurbarán, dio fe de que había
cuatro años, poco más o menos, que los Señores
Mansilla y Coloma habían dado parte
de esta competencia al real consejo de
Indias. [Deus] sic est, este latín, dice el cura,

viene bien aquí. [Deus] sic est, que en lo que está
dado parte al consejo, no se puede innovar aquí
hasta que de ella venga determinado. Igitur,
esto también, dice el cura, viene bien
aquí, y como suena a cosa de hijos, lo entiendo
yo muy bien. Igitur, igitur. Vive Dios, me
salen hijos como palabras, igitur, no pudo
ni debió aquí el señor Don Juan innovar.
Esta consecuencia sale de aquellas premisas
y vuestra merced la concede y yo, aunque una de ellas
es falsa. Pero concedido todo, este argumento
no saca vuestra merced nada en su favor antes todo
lo contrario. Porque si no debió ni pudo innovar,
había de dejar las cosas como se estaban.
Estaba en posesión de la antigüedad
el Señor Coloma. Luego él se había de quedar
con la antigüedad hasta que del real
consejo viniese determinado lo contrario
y gobernar lo militar como oidor
más antiguo.
Dirá vuestra merced ya dejó las cosas como
se estaban porque estaba Don Juan Manuel
con el bastón y se dejó estar con el. Yo no me
espantó de que se dejase estar con él y
que vuestra merced le dejase estar porque le está y le estuvo
bien para el oficio de Tondo y a mí para

proseguir en mi potosí de Cavite. Sí me espanto
de que los demás le dejasen estar, mas, dejemos
esto y vamos al caso. Pregunto,¿ hicieron le
juez de la causa hasta que viniese la
resolución del real consejo, o hasta que la
resolviese él, a juzgarse no podía resolverlo?
¿O hicieron le juez de sí? El bastón había de quedar
en él o de quien de los dos señores. Había
de tocar, claro está, que de esto segundo.
Luego si resolvió, había de resolver (el bastón
no había de estar en quien antes). Digo, como
buen juez por una de los dos, si no resolvió
ni debía resolver el bastón, no había de estar
en quien antes de esta competencia estaba
la antigüedad. Amigo, por Dios que soy
mejor lógico de lo que pensaba y desde que el
cura me dijo el Igitur, me como las manos
por Igitur. Dije que una de las premisas
es falsa y con todo eso, la asienta
vuestra merced por sólido fundamento porque ha dado
en ser tonto. Y por Dios que se ha de salir
con ello, la premisa es aquella mejor. El Escribano
Zurbarán dio fe que había cuatro años
poco más o menos que los Señores Mansilla
y Coloma habían dado parte al consejo

de su competencia. No digo que es falso que el
Escribano Zurbarán diese fe, sino que la
fe que dio es falsa. Los recaudos que Zurbarán
comprobó cuatro años están en la
secretaria de Nicolás de Herrera, secretario,
y son un poder general para todos los negocios
sin hacer ni la menor acción de antigüedad.
Mire si la fe que da es falsa, pero
doy que no lo fuese. Vuestra merced, que presume de letrado,
no sabe que en el número de 24 se da fe
como no reparó aquella noche del auto en que Zurbarán
le daba de cuatro años. Dirá vuestra merced que era de
noche y cierto que yo no hallo otra respuesta.
Dirá también que Don Juan Manuel no quitó
la antigüedad al Señor Coloma, que con ella se ha quedado
y firma primero y es presidente. Hambre de
los Diablos, no diga eso que se degüella. Pues, si ha quedado
con la antigüedad como se quedó con el
bastón, respóndame vuestra merced que se quedó allá
en los teatinos, donde lo empuñó y se salió
sin él. Y pues, él no le quiere no le hace agravio
Don Juan Manuel, bien está. Pero si él no
le quiere, no estaba allí el Señor Mansilla barbado,
me replicará vuestra merced. Pues, ¿para qué lo desterró

y aprisionó Don Juan Manuel sino para
que no le tuviese? Valga el Diablo su alma.
El letradillo no le hecho que no me traiga a la
memoria el destierro y prisión de Mansilla.
Piensa que no le entiendo que lo hace para que me
ahorquen, porque le desobedecí en Cavite, siendo
mi gobernador en lo político, y le traté tan
indignamente y más no teniendo yo por gobernador
en lo militar a Don Juan Manuel. Pues
obedecí en la compañía al Señor Coloma. Y porque
he jurado contra su merced lo que no he visto ni
podido ver, todo por agradar a Don Juan Manuel.
Pero yo haré de las mías para librarme, que [ungüento
hay sana] lo todo para todo.
El número 55 está bueno porque en él, tácitamente
confiesa vuestra merced que era real acuerdo
el que se hizo en la compañía. Ya yo me espantaba
que un tan gran letrado como vuestra merced lo negase, basta
que por lo que tiene de sutil, lo disimule. Pero
no puedo yo disimular un argumento ad
hominem, que de este número se hace contra vuestra merced y todos
sus autos firmas y pataratas, y aunque yo mejor
sé hacer argumentos ad feminam. Con todo eso
hallaba, dice vuestra merced, los Señores Mansilla
y Coloma como partes esenciales en el auto.

Pronunciaban no podían ser jueces, y así que
la renunciación allí hecha era nula, siendo
uno el que renunciaba y otro el que declaraba
por válida la renunciación, bien está. Luego
fue nulo también el auto de Don Juan Manuel,
adjudicándose así el gobierno militar.
Pues, en eso es parte esencial.
Esta consecuencia es evidente de sus principios
de vuestra merced y así mal hizo en ponerlos,
pero podrá responder. Don Juan Manuel
no sentenció en su favor sino que retuvo todo.
El pecado de Don Juan Manuel es retener, dice
bien vuestra merced, pero no responde bien. Porque en
virtud de que retuvo, en virtud de su auto
es nulidad. [Porque], en virtud de auto de los
señores, es falsedad. Argumento cornuto,
me dijo el cura que se llamaba este. Y como
vuestra merced no se trata como casado (aunque lo es),
me lo atrevo a poner más, aunque todo este
argumento cornuto no valiese. No ve vuestra merced
una gran disparidad que hay entre los señores
y Don Juan Manuel, que digo una gran disparidad
muchas. La primera, estos señores
no juzgaban sino se componían, y así como
solos sus señores, se podían componer solos

ellos. En esto, podían entrar en la composición.
Don Juan Manuel, juzgó, se adjudicó y no podía
juzgar. Segunda, dado que solos sus señores no
bastasen y fuese necesario otro juez, no estaba allí
y estuvo el señor fiscal que lo firmó. No
estaba allí el señor Licenciado Manuel
Suárez que firmó y obedeció el auto también.
Y con esta gran diferencia que al señor fiscal
y Licenciado Manuel Suárez, dado que fuesen necesarios
para la tal renunciación, cesión y apartamiento,
lo podían nombrar los señores como parte.
Y a vuestra merced y Don Eugenio no los señalaron las
partes que litigaban y así no pudieron entrar
por todas partes. Estáis cogido Don Juan, nunca vos
hubierais impreso este papel o ya que lo
imprimisteis, lo hubierais sepultado, sino que
lo gana de parecer os hará perecer.
El número 56. Le he leído y releído
y vuelto a leer y, por Dios, que no lo entiendo, ni a
que venga a propósito sino para vuestro desempeño.
Porque con él, habláis mal de los teatinos
y los alabáis. Habláis mal del Señor Coloma y le
alabáis. Levantáis testimonio a la ciudad,
haciendo muy vidriosa su fidelidad. Del
Señor Mansilla, habláis tan mal, que no pueda
ser más, diciendo aventuró la paz de la república

por pedir restitución de lo que injustamente se le había
quitado. Y solo habláis bien de Don Juan Manuel
(más juicio Juanico). Yo, de las dos cosas antes
escogiera hablar mal de uno tan malo
que no hablar mal de tantos buenos. En los teatinos
queréis motejar la mayor fidelidad
en el Señor Coloma. Queréis alabar el mayor
miedo con que le vituperáis en el Señor
Mansilla el derecho natural con que cada
uno puede pedirlo que es suyo. En la república
queréis dudar del más leal amor a su rey.
Pues, los teatinos que os azoten como [añino],
los oidores que os ahorquen como alevoso
contra la suprema dignidad, la república
que os trate como hay indigno de vivir en
ella. Diréis que sois de la tierra, ya lo sabemos,
pues que os entierren luego en ella.
En el número 57, dice vuestra merced que
algún curioso, preguntará porque no cedió
también el señor Don Juan Manuel
en el Señor Coloma en quien había cedido
el Señor Mansilla, con que cesaba todo.
Digo que no será curioso sino majadero
el que tal dijera que había de renunciar
el señor Don Juan en el Señor Coloma si no tenía nada que renunciar.

Pero pasó a la respuesta que vuestra merced da, que solo
ella basta para descubrir la maldad, con que
procedió Don Juan Manuel. La nulidad de
sus autos, el mal juicio de vuestra merced que pone en
un papel impreso y público, lo que estaba tan secreto
ahora lo verá. Dice vuestra merced con palabras formales
que trasladó aquí de su informe, que el
muy reverendo padre, comisario del santo oficio, prudentemente
advertido y cristianamente político,
sabiendo la primer competencia, luego que
fue preso dicho maestre de campo previno cuerdamente
obrar con su autoridad y celó
justo todo género de inquietudes en la república.
Y así con razones que a ello le persuadieron, dio
aviso al señor Don Juan, en recaudo auténtico,
proveyese de suerte que uno de los dos señores
no entrase en dicho gobierno militar por entonces.
Hasta aquí vuestra merced y desde aquí, yo y todos,
aún los más barbados, hemos de convencer
a vuestra merced por mal letrado y peor filósofo
y a Don Juan Manuel por mal juez y peor
vasallo.
Vuestra merced confiesa que el reverendo padre comisario con
recaudo auténtico dijo a Don Juan Manuel
no entrase en el gobierno militar. Uno
de los dos señores más antiguos luego ya no

tenía que juzgar Don Juan Manuel ni que
esperar, ni remitir a la corte, ni pretexto para
retener el bastón aunque se lo hubiesen dado,
porque estando impedido, el uno necesariamente
quedaba por gobernador de las armas, el otro
señor oidor que no lo estaba. Y la cédula real
daba voces a los leales oídos que manda gobierne
lo militar el más antiguo. Quedaba
supuesto este auto del padre comisario, uno
más antiguo que Don Juan Manuel, suelto
expeditó el llamado por la cédula, el pedido
por la república deseosa de obedecer a su
rey, luego este había de gobernar lo militar,
no Don Juan Manuel. Yo no hallo que pueda
vuestra merced responder a esto, sino que vuestra merced [que citó]
en su favor el auto del padre comisario. Fue un
tonto Don Juan Manuel que lo obedeció (y con
todo eso usurpó el gobierno militar un
intruso) y todos los que lo supieren. Pues fue tan público
y se lo sufrieron unos. No sé que me diga.
Y con todo esto que debiera haber previsto
un hombre que se precia de letrado y de advertido,
dice con mucha satisfacción en el
número 58 siguiente, que habiendo obrado
el señor Don Peña con tantos fundamentos, no puede
ser culpado en los peligros que ha tenido

la república y que el auto que proveyó con dichos abogados
no es nulo, a que no solo os mostráis loco, sino
loco incurable, pues no reconocéis vuestra enfermedad
y así os habrán de prender y enjaular.
En el número 59, dice vuestra merced que saliendo el
Señor Coloma, del colegio de la compañía, se fue a palacio
donde le salió a recibir con todo agasajo el Señor Peña
como se lo había prometido, quedándose en amigable
conformidad los dos señores y el Señor Mansilla
y fiscal en su retiro sin conseguir el intento.
Pues, vuestra merced tan advertido en el número 57, en no
decir que el reverendo padre comisario pidió no entrase
en el gobierno militar el Señor Coloma porque
estaba presente o agradecido de que a vuestra merced
le hubiese habilitado para ser alcalde mayor
de Tondo, estando legítimamente impedido. Porque
no lleva adelante esa política y calla la salida
del Señor Coloma de la compañía, dejando a sus
compañeros a la ciudad cabos superiores en el
peligro. Pues, le ha salido tan mal y no dudo que
lo ha de sentir para que añade que le había prometido Don
Juan Manuel. No ve que esto indica trato doble,
ajeno de tan gran ministro, pues tanto cuidado
ha tenido en picar, herir y morder a los Señores
Mansilla y fiscal. En cuantas ocasiones se ha ofrecido
en su papel para que los alaba ahora

de constantes fieles, leales y valerosos, quedándose en el
palenque. O fuerza de la verdad, que aún
entre las más espesas nubes no te puede esconder.
En el número 60, no puedo dejar de alabar
a vuestra merced, pues dice con tanto rebozo una cosa que
dicha claramente, y como pasó hará temblar al mundo.
Dice vuestra merced que Don Juan Manuel, aquella
misma noche, hizo retirar al Señor Mansilla. Esto
sí, por Dios, y no se diga prisión. Con circunstancias
hacen horribles. Cállese que le tuve yo preso en
este castillo que se le quitó toda humana comunicación.
Y aún la de los santos sacramentos que
le registraban la comida, con indecentes diligencias
que de allí lo sacaron, arrastrando y metieron
en un champán podrido sin permitir
a su casa, a sus hijos y deudos el consuelo de enviarle
algún regalo para el camino, que ni
aún la cama le dejaron embarcar que se perdió
y hizo pedazos el champán, a breve contraste
de los tiempos. Y que aún allí no pudo un religioso
piadoso ministro de aquel partido introducirle
sustento ni le dejaron confesar, pidiéndolo
que habiéndose de embarcar otra vez, en otro
peor champán le enviaron, y en contrarios tiempos
y otras cosas a este tono de que tiemblan los oídos.

apartamiento tenéis a esta ciudad escandalizada.
Pagad con unas tantas vidas como quitasteis en la
Pampanga, que yo trato de hacer lo mismo, restituir
lo ajeno, que no tengo nada propio y con
eso, si no dejaremos estas islas edificadas, por lo
menos, las dejaremos limpias.
En el número 61, pone vuestra merced un auto de la
real audiencia que se despachó a las provincias
dando parte del nuevo gobierno. Venero el
auto por ser de la real audiencia y dejo a la disputa
de los letrados y doctos si era o no válido
y legítimo el gobierno político, faltando
una parte esencial de él. En el Señor Mansilla,
pues la cédula de su merced indivisiblemente
lo aliga a todos los señores oidores,
dejo pues esto a los letrados y yo me voy solo, aún
reparo que aún los barbados podemos hacer
y debiera vuestra merced haber hecho. Y si no estuvieras
tan ciego, el Señor Coloma firma primero ese auto
y luego Don Juan Manuel. Pues, no veis que
aún el más tonto ha de reparar, como no gobierna
lo militar, este que firma primero, que
necesariamente es el oidor más antiguo. Que
monstruosidad es esta.
[Ahora] yo quiero responder por vos Don Juan

a ver si a cierto cuidado no nos cojan. Diréis no
gobierna lo militar el Señor Coloma, aunque firma
primero y es más antiguo, porque el padre
comisario pidió a Don Juan Manuel no gobernase.
Juan, como mentís tanto, juzgo no han de creer
que el padre comisario tal mandase. Porque si no ha estado
impedida la persona, no lo ha estado como lo puede
estar en el ejercicio y beneficio a ella.
Anexo por cédula de su merced. Segundo,
si no queda impedido para el gobierno político
que es más, como para lo militar que es menos,
ni digáis que del militar se podía recelar
peligro, lo uno porque de armas españolas
nunca se recela peligro en lo católico y
sagrado, lo otro porque esas armas estaban y
están siempre sujetas al gobierno superior
político. Y quedando el Señor Coloma
por gobernador superior a ellas, siempre
quedaba a su mandado. Veis como por todas
partes estáis cogido.
Pero quiero daros de barato que no lo estéis
y que el Señor Coloma pase por impedido con que
lo está el Señor Mansilla. Tenéis por hay otro
auto que fingir del padre comisario porque si no, por
Dios, que ha de ir allá otro argumento cornudo, y es

este. O estaba legítimamente impedido el Señor
Coloma para el gobierno militar o no lo estaba.
Si decís que no lo estaba, había de gobernar el Señor
Coloma lo militar, pues es más antiguo que Don
Juan Manuel. Si lo estaba, había de gobernar
el Señor Mansilla, pues también es más antiguo
que el Señor Peña. Respóndeme a este argumento
cornuto.
El número 62. He de trasladar a la letra
porque no solo por él hallo a vuestro arrojo
igual pena. Decís así, en esta nueva paz,
queda el gobierno de estas islas, habiendo
entrado el señor Don Juan Manuel al militar
con el aplauso común, en cuyo estado y crédito
no parecerá, se escaparía ya de la censura
del político tácito español. L.1. [annal
aphor] 411. ¿Quién intentará perturbar este
estado hasta que su merced se ha servido de proveer
lo que más convenga? Porque como dice
la sentencia del que cito, «el príncipe que
tiene en su favor la ciudad y estado, que suele
ser cabeza de un reino, tiene las más
veces por sí la opinión de la justicia, y el
que se levanta contra este, merece el nombre
de traidor, con que habiendo el señor Don Juan Manuel

que para otra cosa. Dice así, «acabo con lo que
empieza el señor doctor Don Francisco Carrasco
del Saz, oidor». Con esto, había de acabar quien
tan mal comienza y peor prosigue. Y así
pues, vuestra merced se ha querido meter con tres oidores
franciscos, justo es que ellos sean para vuestra merced,
Carrasco del Saz. Y así Don Francisco Mansilla
Carrasco y Saz, a Don Juan de Rosales,
Don Francisco Coloma, Carrasco y Saz,
al letrado Don Francisco Corbera Carrasco y Saz
y la ciudad Saz con el carrasco, los cabos
de la milicia Saz y a él. Y lluevan carrascos
que todo lo merece quien, por adular
a un intruso, pone su lengua y pluma
contra la lealtad de su patria.
Papeles que se enviaron en 1626 para que hayan fiscales en las doctrinas

Las razones que en suma se ofrecen para que
no se haga mudanza alguna acerca de los
fiscales son las siguientes:
Primera. Hasta aquí ha corrido muy bien la doctrina de los naturales por tantos
años como han pasado y esto ha sido por los medios, que se saben, en que
ha tenido su lugar este de los fiscales. Y así no conviene intentar otros
con tanto riesgo del bien de las almas como puede suceder y moralmente sucederá.
Y con los inconvenientes que se seguirán, que son muchos, y de ellos
aquí se apuntaron algunos.
Segunda. El fiscal es los pies, manos y ojos del ministro. Y así importa muchísimo
que sea muy a propósito y a gusto suyo. El ministro es el que conoce
quiénes son aptos y quiénes no, con que puede escoger lo mejor. El que no
tuviere este conocimiento y experiencia, es cierto que errará muchas veces y
como sería grandísimo trabajo e intolerable de un príncipe o señor, tener
un mayordomo o secretario que no fuese a propósito ni a su gusto. Así será tormento
de los ministros tener fiscales puestos por quien no los puede conocer
y que muchas veces no serán a propósito.
Tercera. El oficio del fiscal, como cosa perteneciente a la iglesia, doctrina y
cristiandad, es de mucha importancia y pide muchas y muy buenas partes en
las que lo han de ejercitar como son virtud, celo, caridad, buen juicio,
y también nobleza y superioridad sobre los demás indios para que así
le reconozcan y obedezcan mejor. Estas partes quien puede saber mejor
de los que las tienen, que los mismos ministros con la larga experiencia,
comunicación y trato que tienen con ellos. Demás por caso que se pongan
los que no tienen las dichas partes como es evidente que sucederá muchas
veces. ¿Cuál andará la doctrina y cristiandad? ¿Cómo se remediarán las
ofensas de Dios? ¿Con qué ojos velará el pastor y ministro sobre su
grey? ¿Cómo celará el quitar las borracheras, amancebamientos, juegos
y otros vicios el que por ventura es el más culpado y capitán de ellos?

Cuarta. De ejecutar se lo dicho es cierto que resultarán innumerables [pleitos]
y gastos, yendo los indios a los tribunales de los prelados que a veces
de ordinario estarán muy lejos. Y con eso consumirán sus pobres [haciendas]
en semejantes cosas porque al fin ahora el ministro celoso y santo [hace]
oficio más de padre que de juez, los compone con facilidad y [sin] gastos [y]
procesos. Entre estos gastos no dejan de tener su consideración los derechos
que pedirán por los títulos, los secretarios y otros oficiales de los prelados.
Y podrá ser que entren a lo secreto los cohechos y que, cesando la [simplicidad]
que hasta ahora ha habido, empiece a entrar y predominar la codicia y
estos oficios se negocien por dineros y favor, saliendo con ellos el que fue
más rico y más poderoso con gran deservicio de nuestro señor y perjuicio del [bien]
espiritual de estos pobres.
Quinta. Si esto se ejecuta, es llano que cesará luego la obediencia y [subjetivismo]
que tienen los naturales a sus ministros y la filial reverencia con que
ahora los han mirado como a sus padres amantísimos de cuerpo y alma
a lugartenientes de Dios y vicarios suyos que es uno de los principales [ju] [mentos]
en que estriba la cristiandad tan lucida y florida como [hago]
por la bondad de Dios.
Sexta. Sucederá muchas veces que algunos de los oficiales puestos por los [prelados]
no serán convenientes para el oficio y que sea necesario hacer mudanza
si en esto se ha de recurrir al prelado como parece que se sigue lo [uno]
será merecer (especialmente estando lejos) escribir largo, hacer [informes]
enviar testigos, armar pleitos con no pequeños gastos y disgustos y luego
ponderá el prelado lo que le pareciere y cual vez dirá que es tema dentro.
Y que, por haberle puesto él, le desfavorece y con esto mandará de [ca]
[prosiga] el mismo uno y muchos años con irremediable daño del [pre]
y de la cristiandad y tormento increíble del celoso ministro y [cade juicio]
suyo. Porque, ¿qué caso hará entonces el fiscal del ministro [tien]
ha prevalecido contra él y que en efecto sus vicios (que quiso remediar con
ministro santo y no pudo) alcanzaron victoria? ¿Y que ejemplo tendrán
los demás indios? ¿Y qué caso harán de los ministros?
Séptima. A los religiosos se les debe mucho en las Indias pues ellos han sido

El padre Fray Miguel Ruiz, vicario de provincia de la Orden de Nuestro Padre
Santo Domingo, y el padre Fray Gregorio de San Esteban, guardián del Convento de Manila
de nuestro padre San Francisco, y el padre Fray Francisco Bonifacio,
rector provincial de la Orden de Nuestro Padre Señor Agustín, y el padre
Francisco Vicente, viceprovincial de la compañía de Jesús, y el padre Fray
Benito del Espíritu Santo, vicario provincial de la recolección de
nuestro padre San Agustín]], en nombre de las religiones y religiosos
que en estas islas Filipinas hay, decimos que a había noticia
[que] ha venido que se ha presentado en la real audiencia una cédula
de su majestad en que manda, que los prelados pongan los
fiscales de las doctrinas de los religiosos. Y que la real
audiencia ha proveído que tenga presta ejecución. Y porque
en ella hay graves inconvenientes y en correr con lo que hasta
aquí se ha hecho muchas conveniencias como consta del
papel que con esta presentamos, de que su majestad no ha sido informado
de las dichas religiones ni ellas citadas. Por tanto,
a vuestra señoría pedimos y suplicamos sobresea en la ejecución
de la dicha cédula hasta informar enteramente a su majestad que en
ello recibiremos merced con justicia.
Fray Miguel Ruiz, Fray Gregorio de San Esteban= Fray Francisco Bonifacio [Rector provincial]
Francisco Vicente, Fray Benito de Espíritu Santo

primeros que han plantado en ellas la santa fe católica y enarbolado
las banderas de la santa cruz. Y han acompañado a los primeros conquistadores
de estos reinos, derramando muchos de ellos su sangre a manos de herejes
y de gentiles idólatras. Esa misma cristiandad que han plantado
con la gracia de Dios la han también sustentado con sus trabajos y
sudores con que tiene el estado tan florido como ahora se ve. Y así tan
lejos están de desmerecer los favores y mercedes que les han hecho y hacen
su santidad y la majestad de nuestros reyes católicos que antes de
nuevo los reciben cada día mayores. Y así no será justo que en cosa tan poca
y que por otra parte es tan necesaria para la buena administración de la doctrina
y que ellos piden con tanto afecto dejen de ser oídos. Que al fin bien se
ve que si ellos de hecho y de una vez dejan las doctrinas, el daño gravísimo
que recibirá la cristiandad de estas nuevas y tiernas plantas. Y
aún se puede tener con mucho fundamento algún general desconcierto en razón
de la sujeción y obediencia que deben a su rey y señor porque un abismo
llama a otro. Tampoco hay clérigos que puedan sustituir por ellos especialmente
en esta tierra. Y cuando los hubiera (por hablar con modestia en cosas propias)
no son excedidos los religiosos de ellos en vida, ejemplo, doctrina, celo de almas,
y en todo lo demás. Y si hay algunos fallos e imperfectos (que no lo negamos)
son los menos. Y hay otros innumerables que son muy grandes siervos del señor y
muy amigos suyos y fervorosos y santos. Y tampoco son todos los clérigos santos,
que algunos habrá que sean faltos e imperfectos. Y quizá serán en proporción
más que los religiosos. Y si se dice que esos tienen prelados que los corrijan
también los tienen los religiosos. Y cuando en eso hubiese remisión alguna
vez, tiene también prevenido y proveído este punto el santo concilio tridentino.
8.a. Las religiones están en posesión antigua de poner los ministros [y] los fiscales.
Y esto se ha usado desde que se plantó la fe en estas islas y se usa en la Nueva
España. De suerte que con haber habido tantos ruidos sobre las doctrinas,
jamás se ha inmutado en esto de que los ministros pongan los fiscales.
Novena. Si su majestad ha mandado que los prelados pongan los fiscales puede se
entender que no ha sido enteramente informado. Y lo cierto es que no lo ha sido

de parte de los religiosos y por ventura se imagina en España que el [fiscal]
es un oficio de mucha consideración, cual es el de los fiscales de allá. [Que]
si halla se supiera que los fiscales de los indios no sirven sino detrás
los indios a misa, denunciar los que viven mal, hacer las [amonestaciones]
echar las fiestas y otras cosas a este modo. Y que no tienen cepo ni carcel, [sin]
duda no se hubiera puesto tanto la mira en la ejecución de esto. Y así bien [por]
el señor gobernador sobreseer en la cédula de su majestad que así lo tienen [mandado]
que se haga cuando se entendiere que no ha sido plenamente informado
de lo que manda y ordena.
10.a. Finalmente tenemos por cosa certísima que la ejecución de lo que se [interesa]
no ha de ser sino un seminario de infinitos inconvenientes y daños y de [estos]
entre los ministros y prelados. Pues no ha de servir sino de andar [lleve]
que entecillos y plegue a Dios que alguna vez por excusarse de alguna [bella]
en que el ministro le coge y de aviso al prelado no le levante algún [falso testimonio]
y le infame que todo se puede tener.
Y por tanto suplicamos todos a vuestra señoría con el encarecimiento posible
la sangre de Jesucristo que derramó en la cruz tome a su cargo el [patrocinio y]
amparo de esta causa. Y pues está en lugar de su majestad, ataje [contenido]
los dichos inconvenientes para que se goce de la paz que ha habido hasta [ahora]
habiendo todos los religiosos esta merced quedaremos obligados. Y si
apareciere por modo de concierto que totalmente se quiten los fiscales [y]
los prelados ni ministros los pongan, pasaremos con ellos como pasar en [ellas]
que no tienen los curas fiscales aunque sea en pueblos muy grandes [s]
donde hay provisor y los ministros ejecutaran lo que se ofreciere o por
del indio capitán o por medio de algún [bilango]. En fin todo lo que [ponemos]
en manos de vuestra señoría que con su mucha prudencia, celo y cristiandad
verá la eficacia de estas razones y cuán justa cosa es la que pedimos y que
nos prometemos todos muy buen suceso para mayor gloria de nuestro señor que [guíe]
y prospere a vuestra señoría como todos deseamos. Manila y septiembre
21 de 1626.
Fray Miguel Ruiz Fray Gregorio de San Esteban Fray Francisco Bonifacio padre rector provincial
Francisco Vicente Fray Benito de Espíritu Santo
Copia de una carta que Fray Rodrigo de Cárdenas, el Obispo de Nueva Segovia, escribió al oidor Don Salvador Gómez de Espinosa.1650s/1698

Copia de una carta que el señor obispo de Segovia escribió al
oidor Don Salvador Gómez de Espinosa su discurso
parenético
Después de haber escrito a vuestra merced dos cartas y un modesto papel de apuntamiento y escolios
o [escrúpulos] sobre algunos puntos del gran escrito de vuestra merced, cerrado todo y entregado en la forma
que [parecera], me llegaron dos de vuestra merced, e impreso el discurso parenético, leí el encomio del señor
catedrático de prima de la Universidad de la Compañía de Jesús. Y hallo por mi cuenta que yo quiero más
a vuestra merced y le soy más amigo por qué le digo la verdad y le hablo claro. No quiero más apoyo que al
mismo que la devoción que vuestra merced tiene. A decir la, me da y no me niega el autor del elogio. He ponderado
cuanto vuestra merced me dice en ambas cartas. Y fiado en la doctrina de los santos sagrados padres de la
iglesia y grado de [profecía] vaticinador o adivino en que me hallo graduado, estándolo los
senadores, como afirma y exorna muy bien y doctamente el encomiasta, profetizo a vuestra merced desde
luego, que su papel ha de llegar todas las religiones sagradas; que llegaren, [a verle] de la [ronch ]
tengo ya bastantes premisas y aun ciencia. Pero toda esta desprecia [vin] generosa y voluntariamente
anteponiendo la gloria de decir la [verdad] a la pena que aquellas quejas le pueden dar
no sé qué sea valor el padecerlas cuando siendo de todas las religiones no puede dudarse el ser [justas].
Pronostico también que se ha de recoger su papel por quien pueda mandarlo, por qué me lo [en nan]
los ejemplares que tengo, de que otros menos pesados sean mandado recoger, y no ha muchos
días. Pues tengo en mi poder los edictos de la santa inquisición en que se prohibieron, no por qué contengan
mala doctrina, sino infamias a personas religiosas de cuyo crédito y fama pende la
reformación de tantos. Mucho estima leyera vuestra merced a Santo Tomás en el opúsculo contra [impugnantes]
religionem contra Guillermo de Santo Amor [parisiense] que casi con los mismos místicos
de vuestra merced, y no en muy diferentes materias, sacó a luz un escrito que fue condenado en Roma y
quemado por blasfemo contra el estado religioso. No en visto de flecha al estado pero [por ]
el lado de algunos vicios de los que le profesan, acometió a su celsitud sagrada. Entendió se le
el intento y se remedió a sudores de Santo Tomás que los descubrió y piedad materna de la iglesia
y le atajó. No digo yo que el de vuestra merced es el mismo. Ni lo dirá nadie. Pero supongamos que Dios
le hubiese dejado de su mano y que intentase destruirlas religiones. Pregunto siendo vuestra merced
tan entendido y prudente ¿por dónde comenzaría? Claro es que no sacándola cara contra
la perfección del estado, ni contra los observantes, que es lo que protesta en el principio del
párrafo segundo sacara le pues, y declararase contra los vicios, excesos, y demasías
de los que no le observan. Por aquí les hiciera el tiro para llegarle poco a poco con arte
al [corazón]. Harto trabajo es. Pues que hay de caminar el celo por el camino que caminará la
emulación. Y sea ya de dar lugar a que equivoque el juicio el que no conoce la cristiandad
de él de vuestra merced. En todo caso lea vuestra merced a Santo Tomás en el lugar citado y haga escrúpulo de

no hacerlo porque le sirva, sino al revocarlo escrito a arrepentirse del que ya no [podr ]
tajarse pronóstico con lágrimas lo demás peso y es que llegaran estas noticias a los [ingleses],
holandeses, mahometanos, comerciantes en el Japón y en China, [pondra ]
en las manos el escrito de vuestra merced constituyeran se le y les dirán a esto vienen al [Ja ]
los religiosos que tanto porfían entrar en el obrar quieren aquello mismo que han [ob ]
en Filipinas, admitirles será [sujetaros] a todo esto, vendrá el escuadrón de alcaldes mayores,
publicanos, y cobradores a lo mismo que en este papel se escribe de ellos. [Elegid ahora]
y que cuanto más entendido fuere el Japón o China, tanto más cerrara la [puerta ]
evangelio no admitiéndolos buenos ministros con temor de [incurrir] en los malos [mayormente]
no alcanzando que por la [margarita] del evangelio se deben padecer [mayores]
tiranías todo esto se deberá al papel de vuestra merced después de no haber [consig ]
el intento que es la relevación de los indios que pronostico también con los demás [ da]
los que han de recibirlas demás naciones extranjeras viendo tan exornado y [a nado]
nuestro mal proceder en el papel de vuestra merced una [cierra] dice vuestra merced que no le [ ]
mira la pluma, yo digo más que el amor que a vuestra merced. Le tengo no reprimirá la mía, [lle ]
la coyuntura de decirle la verdad. Nadie está obligado de decirla a todos, sino [a quien ]
[debela] al predicador decir al [pueblo], el consejero a su rey, el asesor [al pri ]
le elige gobernador presente no a otros dictará se la vuestra merced al señor gobernador al oído diera
escrita de buena mano, y de otra tal enviársela al rey y al papa pero [impr ]
y sacará tantas copias como habrán salido con tanto [aleno] tanta [erudita gl]
de que se trabajó para lucirla a todas luces y a todas tinieblas poniéndola a los [ojos]
vulgo que sin discreción ha de condenar, no solo los religiosos de Filipinas sino [a sus nes]
que necesidad pregunto tienen los seglares y los extraños de saber lo mal [obrado ]
religiosos que remedio han de poner los que llegaren a entenderlo en los [agravios]
indio ninguno cierto sacar si ejemplares y enviarles a la Nueva España y
Perú para que se obre halla como de acá se escribe quien lo ha de remediar [ ]
en España, su gobernador en esta isla bastaba que estos lo supiesen y se había cumplido [ ]
obligación no digo más en esta materia aunque era capaz para hacer un [ ierra]
nuestro señor que [eso] salga profeta falso, aunque [me dé] grande [el P.e com ]
tenía ya comenzada la obra del mismo [asumpto] que la de vuestra merced señalando [ra ]
la opresión de estos miserables y el remedio que [he a] alcanzado posible [a ]
[llevarles] con algunas más experiencias que las que vuestra merced tiene, [interumpie me le]
algunos achaques y ocupaciones y déjelo con ánimo de proseguirlo [ dome]
más [desahogado] [hacerlo] siendo Dios servido y se lo remitiré a [vuestra merced ]
para que lo corrija en el ínterin y para lo que yo pretendo [basta pel]
del pliego [ya cerrado] vuestra merced. [ uea] y perdone si excedo que el [ ]
es el que ha dado esta licencia. He sentido mucho la indisposición de vuestra merced y [me ra]
[asurtado] mucho a no haber llegado la noticia, con la templanza de la [sume ]

que llevé nuestro señor adelante hasta la perfección de la salud que todos le deseamos
y guarde su gravísima persona como puede y [he menester]. Segovia y febrero 13
de 1698. Señor Don Salvador besa la mano de vuestra merced. Fray Rodrigo obispo de Segovia
Señor Don Salvador Gómez de Espinoza.
Memoria de las cosas que deberían remediarse en estas Islas Filipinas para que los naturales vivan con más gusto y sin agravios de los ministros como de sus encomenderos y cobradores y vandalas de su Majestad

el indio compra la gallina ponedora por tres reales y el ministro o alcalde
mayor no les da por ella, ni se la paga más de a real. Y a la [dunlaga]
que al indio le cuesta real y medio se la toma por medio
real. Y el pollo, que le cuesta un real, se lo toma por un cuartillo
de castilla que son cuatro cuartillos por un real. Y aunque
es verdad que el dicho indio cría seis gallinas y un [gallo]
y un puerco, que le está mandado [que] críe por ordenanza, estas las da
para el sustento del dicho ministro, alcalde mayor, encomendero
y escribano, y las da a real conforme la tasación de aquella
provincia. Y echándole más repartimientos de gallinas y
pollos forzosamente, las ha de ir a comprar, y no las ha de [hallar]
menos que a los dichos tres reales, como arriba está dicho.
{Al margen izquierdo: Dalagas que no se ocupen etcétera}
Ítem que a las dalagas, que son las muchachas por casar que vienen
todos los sábados a las iglesias, no les puedan obligar los ministros
a más de que recen las oraciones y oigan la misa
Nuestra Señora. Y luego las envíen a sus casas, sin consentir
que barran ni quiten la hierba del patio, pues esto será más
justo [que] lo hagan los baguntaos con mucha más seguridad
religioso. Ni a las dichas dalagas les hagan moler arroz,
hacer costura y labrados si (sic) pagarles su trabajo.
Alcaldes mayores
{Al margen izquierdo: Repartimiento}
Que no saquen más arroz, ni gallinas, ni pollos de lo que por ordenanza
les es permitido. Y si lo sacaren, lo hayan de pagar al
precio que cualquier particular lo compra.
{Al margen izquierdo: Tanores}
Que no se sirva de los tanores si no es pagándoles y los [despacha]
cada semana.
{Al margen izquierdo: Asistencia}
Que ande de ordinario visitando sin tener asistencia [demandada]
más en un pueblo que en otro para que se comparta el trabajo.
{Al margen izquierdo: Juzgado}
Que haya un banco grande en las casas de la justicia donde
siente el gobernador y principales, sin consentir que estén en pie.
Y porque para en todo lo demás, los alcaldes mayores tienen
ordenanzas juradas, no hay para qué cansar en este particular.
Encomenderos y cobradores
No obligarán al indio a más especie que al tostón que por la [tasación]
le está permitido. Ni la cobrarán de el que sembró, y no [con]
Memoria de las cosas que tiene que advertir el Padre Provincial de los agustinos descalzos conforme a lo que el señor gobernador ha dispuesto que se le informe

Memoria de las cosas que tiene que advertir el Padre Provincial de los agustinos descalzos conforme a lo que el señor gobernador ha dispuesto que se le informe.
Advertencias sobre los sangleyes de Tondo y del Parián

(13 §. 1. + 114
Si no se tiene cuidado con ellos los escribanos y naguatatos
siempre el cuan de mas y por esto llenan las licencias
en sus casas, en cargandose le al juez de las licencias que las haga
llenar allí sin que se les lleve nada se remedia esto.
§. 2
Las ordenanzas de Tondo y del Parián hay necesidad que se vean señalando
personas y los dias en que las ande ver y si fuere menester pagáse-
les de la caja su trabajo, que sin dudad hay necesidad
de quitar muchas, y quiza ahora que poner otras que importen
lo del corregidor de Mariveles. Si oblige puesto aquel tributo de tablas
y otras maderas viene a redundar en daño de la republica que
de ella ande sacar y sacan los sangleyes lo que le dan y así no se
lo hace injusticia a los sangleyes sino a los españoles
Item tiene puesto arancel de lo que de llevar de los navios asi el como los
de mas que visitan a los chinos sera gran servicio del que
se haga guardar que redunda en descredito de la fe lo que contra
los sangleyes se hace en esta parte, y a pocos años como el
pasado se acabára el trato con los sangleyes por que les fuera
imposible llevar tan gran carga.
§ 3.
Aunque el impedir el atravesar la ropa que los sangleyes traen parece cosa
dificultosa no lo es, por que los que ordinariamente compran asi son
gente de puesto, y si saben que el de hecho lo pretende im-
pedir y disgustes de que compren tomandolo por fuerza de los navi-
os, no lo havan, y para esto basta su s.a mande echar un
bando y diga a algunos que son notados de esto que no lo hagan
y echas en galeras al sangley corredor o naguatato que en esto
interviniere que sin duda hecho esto en uno temuran los demas.
El juego de los sangleyes les es muy dañoso y por se ellos tan inconside-
rados en esta parte sin gravísimas las penas que tienen en su
tierra contra los jugadores todo lo que aquí se pudiere quitar es de
gran bien para la republica así de los sangleyes como de los españoles.
Los baratos que se les piden son muy excesivos y hay muchos sangleyes que
Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

In nomine dominum nostrum Jesum Christum benedicti, amen.
Nuestro muy reverendo Padre Fray Manuel de la Cruz procurador de esta
provincia y vicario general de la misión, que vino a ella
el año de 1684, escribió con celo y acierto un itinerario
de los procuradores que van a Europa. Mas así
porque en éste se contienen muchos avisos, que []
al provincial, que los despacha, como por añadir otros que con su
experiencia, observó Fray Álvaro en la misión que condujo
el año de 1690, escribí estos, que son compendio de
unos y otros.
§.1 - Antes de salir de Filipinas
El primero y más esencial aviso de nuestro Padre Cruz*The reference is to Manuel de la Cruz es que
el procurador rectifique su intención en el viaje, emprendiéndolo
puramente por servir a Dios nuestro señor y conformarse
con la santa obediencia sirviendo a la provincia con
fidelidad de buen hijo, y desnudando de otros cualesquiera
fines particulares que solo servirán aunque no sean viciosos
de arriesgar la corona, que le espera, y los mismos negocios
a que va. Haga pues una confesión general antes de embarcarse,
y resígnese de veras en la voluntad de Dios. Y
en lo natural procure no impresionarse de imaginaciones
y cuidados tristes que le den pena, sino hacer el ánimo a
trabajos, incomodidades, tormentas, y otras muchas miserias
tratando de divertirse, y pasar alegremente el tiempo. Prevéngase
de una frasquera con algunos frascos de zumo
de limón, y los demás de vino de nipa, y alguno de Castilla o
aguardiente para estos fines. El de Castilla y aguardiente
para remedio de algún dolor de estómago, o ventosidad:
El de nipa

publicar lo que lleva.
Ya en Acapulco por los encomenderos, sabrá si el presidente
del hospicio está en él, o quien cuida de él. Y desde allí le escribirá
por delante si en las petacas lleva algo que
no convenga parecer en la aduana, para que el presidente
negocie, pasen sin abrirse las petacas.
Aunque el frío de México luego molesta no añada
mucha más ropa sobre sí. Basta la que lleva de acá,
y su manto o capote. El vino es dañoso, porque el frío
es externo y el calor está reconcentrado.
Cuando sea tiempo de pasar a España, pide el procurador
licencia al señor virrey para ir en los navíos de próximo
presentando con el memorial la licencia de la religión
y la del gobernador de Filipinas. Cuesta el sacarla
cuatro o cinco pesos, y sacada se presenta a la inquisición,
que la firma también.
Yendo por misión conviene reconocer en la contaduría
de México los autos de la misión antecedente
y ver si se dio la limosna a todos los sujetos que el
rey concedió en la tal misión verbi gratia la cedula concede
pasen 40 pero en México no se presentaron, ni
cobraron sino 30. Pídese pues allí certificación de
esto para que conste que aún no está cumplida la concesión,
y como se hará esto lo dirá cualquier oficial
de la contaduría. Y la certificación sirve para pedir
en Madrid despacho para los que faltan con los
que

que unos por celo indiscreto, otros por voluntad perversa
se arman no cesando de impugnar la saca de los religiosos
para Indias, y Filipinas y esto es general en todas las religiones.
¿Qué hará pues el pobre procurador solo? Si estuviese solo,
era lo más acertado dejarlo todo mas si pensare esta
solo se engaña: porque con él está Dios, que ama, más
que él, las almas de sus escogidos. Con él está la Madre [de]
Dios, que incesantemente ruega por los pecadores. Con él están
los ángeles de todos los pueblos, que tiene esta provincia a
su cargo, que ruegan al verdadero Señor de la viña, que
envíe a ellas sus operarios. Con él está nuestro padre San
Agustín y los santos sus hijos, y en especial Santo Tomás
de Villanueva que fue quien envió religiosos a Indias
y un hijo suyo fundó esta provincia enviándose pues
el procurador [acometido] de trabajos y dificultades, acuda
con toda fe a la Virgen santísima a los ángeles
y santos dichos, y por su medio a Dios y dígale de todo
corazón "Señor, yo por entender que os sirvo, intento
llevar ministros vuestros a aquellas islas. Mas yo
Señor no crie, ni redimí a aquellas almas. A vos os toca
más que a mí: dadme paciencia y fortaleza para que os
sirva en esta vuestra obra." Y tenga para si firmemente
que Dios le sacara con bien de todo por los caminos
que menos imaginó, de forma que se pasme de ver
como se hacen las cosas, que más le espantaron.
Llegado a Madrid después de visto el prior

ni admita opinión (aunque no la practique) de que
es lícito el juego de naipes y dados, y porque solo será
de sujetos relajados, y sin más fundamento que su vicio
trabaje en persuadir a todos que lo que lleva es de su provincia,
y que solo es administrador de lo ajeno, para
emplearlo en aquellos efectos que su provincia le ordena
y no en otros. Y siempre se muestre muy atado a las
instrucciones de la provincia diciendo no puede aparatarse
de ellas sin grave escrúpulo y así es: y todo esto
le aprovecha no solo para los de casa, sino para los seglares,
que a título de conocimiento o parentesco se le pegarán
como [lardillas], y aunque él se pegue a ellos mucho,
y ellos den de si mucho, todo [parara en qua no perdices],
o jamones, [imítelos] el procurador en proporcionar
así sus regalos, y dádivas. Y en fin ármese
contra embestiduras de emprestamos, y sacaliñas
que tiene bien que resistir, y con todo pliegue a Dios
resista.
Dentro de un día, o dos de llegado a Madrid
y no lo delante más, mas visite al secretario del
consejo de Indias de parte de Nueva España
(que hay otro del Perú) y al presidente del consejo,
estos dos es menester ver cuanto antes, y al secretario
se han de entregar en su mano los pliegos que llevare
para su majestad sin dilatarlo: y a mejor hora
deben estos señores es a medio día poco antes, si no

tiene padrino que le conduzca a otra hora, y también
al secretario se puede ver a las tres. La [arenga] estudiada
para estos y todo las demás del concejo sea
en esta sustancia: Que su provincia de Filipinas le ha enviado
a esta corte, por su procurador a todos sus negocios,
y en especial para pedir a su majestad una
misión de religiosos para la continuación de las muchas
doctrinas que están a su cargo, que se pone a los pies de
su excelencia (o señoría) para que le ampare y favorezca,
en esta causa como tan del servicio de Dios.
Visitados presidente y secretario visitará
a los señores del consejo de Indias y su cámara, sin
reparar en que este sea antes o después sino como pudiere,
mas tómelos por lista y donde vive cada uno:
y si tiene señoría, o excelencia que algunos de la cámara
suelen tener excelencia y otros señoría ilustrísima
y habiéndolos visitado todos, o casi todos se
puede presentar con su memorial y poderes en esta
forma.
Hará el memorial, que se escribirá a la postre
con título de presentación en el consejo, y con este
juntará las licencias de la orden, y del gobernador de Filipinas
y virrey de la Nueva España y sus poderes.
Y todo esto lo entregará en su mano al secretario del consejo
suplicándole se sirva de presentarlo: y no presentará
otras instrucciones, ni patentes de [definición]

antes bien, si le pidieren las instrucciones dirá que las instrucciones
son que obre conforme al poder y licencia y no contienen
otra cosa. Nuestro Padre Cruz dice que las instrucciones
las presente el procurador. Obedecióle en esto Fray
Álvaro mas el agente fiscal, que era muy su amigo
le dijo, que era error presentarlas, y que los de la Compañía
no las habían presentado y le dio grandes razones
para no presentarlas, si no es que le obliguen a
esto, que no obligaran. Dado el memorial visitará
luego al agente fiscal, al oficial mayor
de la secretaría, y al oficial especial de Filipinas.
El oficial mayor es de poco provecho. El dicho
agente, y el oficial de Filipinas son los ejes inferiores
en que voltean sus negocios. A todos por
ahora se les dígala a venga supra [cerita] tratándolos
de ["vuestra merced"] y no más. Y no pasarán muchos
días, sin que el oficial de Filipinas le lleve le
memorial. Y entonces irá como a las diez del
día o más tarde, a la secretaría y cobrará su poder
y licencia. Y el oficial mayor le dará una certificación
de como esta recibido en el concejo por su procurador.
Y sus derechos son un tostón, puede largar un peso diciendo
para el escribiente. Ítem cuando visite a
los señores no se olvide de que sea el fiscal el

primero, o de los primeros, porque le ha menester más
que todos.
Habiendo visitado a los señores del concejo, ya
reconocerá si alguno le hace más merced, y sino procúrela
mediante algún favor, y convendrá tener
un señor confidente concejero, y otro
camarista con quienes pedir tratar sus negocios
con mayor confianza. Y a estos regalarlos con algo
curioso como abanicos, o cosa así, no mucho sino
poco y en ocasión según el buen rostro que le muestran,
y lo mismo al fiscal, y secretario.
Con los inferiores como son agente fiscal, y oficial
de Filipinas, se cumple con media docena de pesos al principio
regalo de aves y vino en las Pascuas. Y según
fuere las cédulas que pretendiere ir regando el
almácigo con tiento: procure mostrar mucha confianza
con el dicho oficial de la secretaría de Filipinas. Y
antes de entregárselos memoriales al secretario (que
todos se le han de dar en su mano) comunique con
su oficial el borrador, que si es buen hombre como
el que estuvo en este oficio más de 20 años, le aconsejará
lo mejor y dirigirá la [presensión], porque
tiene experiencia, y no le cuesta nada dar un buen
parecer.
Admitido por procurador en el concejo, y dado

sino lo que la silla apostólica ha concedido al rey católico
el cual es defraudado si no se le dan los medios precisos
para sacar la comisión y conducirla, y todo esto y
lo demás que supiere ha de representar al general asistente.
Y aviso, que si el procurador no tiene mediano
latín para estas alegaciones busque un amigo que
se lo haga o escriba en castellano de buena letra,
que bien lo entenderá el general, o su secretario. Mas
tengo por mejor buscar secretario latino, que con eso
las respuestas vuelven en latín, y no en italiano.
No dudo que con estas instancias despache
el reverendísimo la patente amplia, y sino válgase de la
que [que] le diere, y supla lo que falta con la dicha Bula
de Adriano, que hallara a mano en el ritual
de Méntrida, o en el de Sánchez nuevo al fin.
Da un aviso nuestro Padre Cruz de gran monta,
y es que el procurador obre en todo con diligencia y eficacia,
de suerte que se lo conozcan los señores del
consejo, que esto les edifica, mucho y mueve a despacharle
bien: mas si le ven remiso, y que negocia
mediante agente, y no por sí mismo, les parece
muy mal, y así en ningún caso cometa diligencia
a otro sino por enfermedad conocida: ni ande
en coche aunque sea prestado, y no alquilado a lo menos

{Al margen derecho: 17}
-tanciales, que presentado el despacho en el consejo, se
remite a un señor de él, y en sabiendo quien es, visitarle
y darle razón del despacho si fueren solo
breves de indulgencias se llevan al tribunal de cruzada
simplemente y allí dan su papelón por nueve reales de
plata.
No se ha hablado, sobre jubileos cofradías, altares
privilegiados títulos de notarios apostólicos, y si
algo de esto necesita el padre procurador sepa quien está
por procurador en Roma de Castilla, y por este puede
pedirlos: mas si hay allá asistente de España soy
de parecer, que se le escriba a él pidiendo estas cosas con
toda individuación, y [se le envié le dé] doce pesos diciendo
que su reverendísima los dé a su compañero para que agencie
dichas cosas, que no tiene persona de quien valerse:
y sepa, que jubileos indulgencias altares privilegiados
nada cuestan en Roma, mas debe se advertir
a la gente que los altares como son para Indias no han
de tener cláusula de decirse en la iglesia tantas misas
porque solo hay un cura en un pueblo = Los notarios
apostólicos cuestan doce o catorce reales de plata, y las
cofradías cuatro pesos y así según pidiere de esto aumentará
la letra que enviare de forma que a la gente
queden por lo menos seis pesos de corretaje. Si deseare
medallas camándulas, tierra de San Pablo la procurará
por medio del algún procurador religioso que pase a Roma

a Roma, o busque por donde, que pende de las ocasiones.
Déjese en Madrid de tratar con los señores
del consejo cosa alguna de Filipinas que no toque
a sus negocios. No se deje llevar de alguna pasión,
que le costara caro. Y si preguntaren solo responda
en las materias públicas, y que puede jurar, en las otras
escúsese de saberlas con que asistió siempre al ministerio
de las almas, que en esto va a ganar no
a perder.
Cuando envíe la convocatoria pida a los priores
que la lean a la comunidad, y después la fijen a la
puerta del coro.
Advierta el procurador que no ha de admitir religioso
alguno para la misión hasta tener presentado a su
provincial la patente del reverendísimo y si antes alguno le hablare
le responderá, como aún no tiene facultad de admitir;
que a su tiempo, si estuviere del mismo parecer, avise que lo
admitirá; y a ninguno repruebe, ni admita por bueno,
o malo que sea, sino palabras de esperanza, y no más.
Y no sea omiso en escribir las cartas que entiende son
menester, ni menos en responder, que es gravísima
falta no responder con puntualidad, aunque sea a un
hermano donado, y perderá mucho en esto, de suerte
que creo pecara mortalmente en tal omisión, por lo mucho
que arriesga en daño de la misión, y lo encargo
porque conozco algunos que por no escribir una
carta

{Al margen derecho: 18}
carta, y tomar este poco de enfado venderán su
provincia.
Presentada la licencia a los provinciales, y despachada
la convocatoria: comienzan las cartas de los pretendientes
de Filipinas. Y antes es necesario que el
procurador sepa lo que ha de hacer si algún provincial tácita
o expresamente se opusiere no consintiendo que saque
religiosos de la provincia. Y en tal caso se puede valer de
uno de tres medios, y ejecutara el que tuviere por
más acertado entonces el señor del consejo
que fuere su particular favorecedor. El primero y más
duro es presentar memorial en el consejo, refiriendo
todo lo que Adriano Sexto concede a
su majestad en la bula citada, por la cual su
majestad tiene derecho de sacar los religiosos voluntarios
de cualquier provincia y que en contravención
de esta regalía tal provincial les impide,
que su majestad de la providencia que gustare porque
sin ella no puede conducir la misión. El segundo
medio es decir esto mismo a boca al señor presidente
de las Indias. El tercero hablar sobre ello al
señor nuncio y pedirle carta para el dicho provincial
y éste es el más suave: mas [ha de ser] mostrando
al nuncio su patente para que le conste de sus
facultades. Todo lo cual ha lugar cuando de facto

{Al margen derecho: 19}
de su letra la fórmula que le remite = Y esta [flema]
observará generalmente el procurador, que si es de Dios
esta advertencia le afirmará más el sujeto: y entre
tanto que responde tiene tiempo para informarse de
que persona es que no faltan en San Felipe sujetos
temerosos de Dios y celosos que le informen. Y en
caso de hallar luego quien le informe le puede desde
luego despedir con cortesía diciendo, que no puede
llevar sino los sujetos que tienen las calidades necesarias,
que le perdone no admitirlo, que en esto le sirve, pues
no le mete en empeño mayor del que puede emprender:
mas aunque luego tenga informe de que es
bueno no deje de escribirle en la [fra] dicha antes.
Debe tener el procurador algunas cuartillas de papel
y en ellas de mano de un escribiente escrita la [fórmula]
de la firma así:
"Fray Fulano sacerdote o corista profeso del orden
de nuestro padre San Agustín natural de tal patria, y residente
en este convento de tal lugar: digo que por
entender para mi que Dios nuestro señor me llama
para que le sirva en las convenciones y doctrinas
que están a cargo de la provincia del Santísimo Nombre
de Jesús de las islas Filipinas del mismo orden

por la presente me ofrezco y obligo espontánea y libremente
a pasar a la dicha provincia de Filipinas, en la misión
que está congregando el reverendo padre Fray Fulano
vicario general y procurador de la dicha provincia y ruego
y pido al dicho reverendo padre que me admita e incorpore
en la dicha misión para pasar a las dichas islas: y desde
ahora doy la obediencia al dicho reverendo padre como a vicario
general de la dicha misión; y para que con este hice está
firmada de mi nombre en este convento de tal
parte y en tantos de tal mes y año Fray Fulano de tal."
Y en la carta dirá el procurador "Remito la fórmula
de la firma para que [vuestra paternidad] la traslade de su letra y me
la remita, no para ejecutar a [vuestra paternidad] por ella, que
mientras [vuestra paternidad] no saliere de su provincia siempre
tiene libertad de hacerse atrás con muy buena
conciencia porque no quiero sacar a ninguno contra
su gusto, mas pídola para que conste los que tengo
en la misión, y poder hacer presentación de ellos
al rey nuestro señor."
Si remitida la firma y admitido el religioso
pide licencia para llegarse verbi gratia a su tierra, habiendo de él
buenos informes se puede conceder la [firmala]
será como las licencias de los provinciales comenzando "Fray
Fulano vicario general de la misión del orden de nuestro

Padre San Agustín de las Islas Filipinas por Nuestro Reverendísimo
Padre Fray Fulano, general de todo el dicho orden, por la presente
doy licencia al Padre Fulano, que está incorporado en
la dicha misión etc.”
Es muy ordinario que algunos piden al procurador dineros,
diciendo [que] tienen deudas, y que si no las pagan, no pueden
ir con él. Sea regla general, que a todos responda
que no es señor sino administrador de lo que trae de
la provincia, que ésta solo le manda gaste en llevar los
religiosos como da. Y dicen últimamente, que esto lo ejecutará
como mejor pudiere, mas otra plata no la puede
dar, ni tiene orden para eso. Y guárdese de dar cosa
alguna con este pretexto, porque luego se publica por más
secreto que prometa el recipiente, y perderá dinero
y crédito porque luego claman que compra los sujetos
y otros se animan a pretender ser comprados, y pegársela
al procurador, como se la han pegado a algunos
muy avisados. Mas, si después de incorporado,
el religioso se le ofrece alguna necesidad que el procurador
conoce no [es engaño], podrá socorrerla con
discreción, y más si no llega a diez pesos.
Por acta general del Reverendísimo Travalloni, se manda
que todos los religiosos ministros hayan estudiado a lo
menos dos años de artes, y tres de teología, y si no
no pueden ser priores; de donde se saca con evidencia,
que todos aquellos, que o no han estudiado

el juicio bueno que tengo hecho de su persona.”
En esto pararen los ruegos y porfías, y aun muestras
de enfado, porque la traición, aunque agrada,
nunca agrada el traidor. Y traidor es a Dios,
al rey y su provincia el comisario que a sabiendos
admite un sujeto ruin.
No tema las amenazas, que le harán de que
escribirán contra él a Filipinas. Porque obrando
bien y con celo, luego se conoce, y antes acredita al
comisario. Contra Fray Álvaro escribió un padre muy
grave, así: “Si el padre comisario no fuese tan entero,
hubiera llevado de esta provincia muy buenos religiosos.”
Véase si el disparate puede ser mayor: de la entereza
se espantan los malos, no los buenos, y [escribirlo]
porque se empeñó que había de venir a Filipinas
un sujeto que estaba condenado a cárcel perpetua,
porque en más de 20 años había hecho muchas fugas
y otros peores desafueros.
No dé hábito a quien no supiere medianamente
Latín, que es contra actas de la provincia, y la
razón lo dicta porque jamás lo aprenden, sino
es que sea para lego.
Siendo ya tiempo de caminar a Sevilla, reconoce
el comisario las firmas que tiene, y presenta
al consejo el memorial que se sigue: “Señor

con la verdad y fidelidad que debe, halla muchos que
le fíen. Y así en todas sus cosas ha de portarse con mucha
verdad, y la menor falta de ella, y más en
materia de[ maravedíes], será de gran deshonra
para él y su provincia.
Antes de partirse de Madrid, se despida urbanamente
de todos los señores del consejo y oficiales
de secretaria. Y tome todas sus cédulas y despachos
del consejo, y llévelas al oficial de Filipinas, dándole
algo por despedida como uno o dos doblones, y
ruéguele que reconozca todos los despachos para ver
si les falta algo y si está tomada la razón en
las cédulas, aunque sean duplicados. Y si nada
falta, dé a Dios las gracias, y si falta, diligéncielo. Y despedido
del convento, tome su camino a Sevilla.
Y siempre pondere que lo que más desea en su misión
es sujetos virtuosos, y assi sobre el temor de Dios hay
letras, es grande el bien. Pero, si falta lo primero, antes
daña que aprovecha lo segundo. Y macear en esto importa
mucho porque hay unos letorcitos de media tijera, que
piensan honrar la misión, por [qu.tro] consecuencias.
Y a título de ellas proceden sin modo ni religión porque
los casos son malos, y puede ser que viendo este dictamen
fijo en el comisario, se refrenen y entren en
más cordura.

que trae de la corte, que son la concesión de la misión,
y su paraje, y el despacho cerrado que es la
lista de los sujetos. Visitase para esto al oficial
mayor, que es inferior, y a los señores no es necesario
porque todo el despacho es ordinario. Este oficial
le dirá al comisario como ha de hacer el escrito para
presentar los papeles y pedir la reseña. Y a este tiempo
tiene preparadas certificaciones de los priores de dónde
salieron los religiosos. Y si no las tiene verdaderas, como
acontece, se hacen en Sevilla de diversas manos,
ajustando los días, que son menester para Sevilla
antes más que menos. Verbi gratia, si se supone [que] llegó el
religioso a Sevilla a 15 de junio, la certificación
del que sale de Pamplona podrá ser a 15 de marzo. Malas
que salió de Córdoba si se supone llegó a 15
será a diez del mismo junio. Y para ajustar esto
y lo demás se le advirtió, que guarde el comisario la lista
que presenta al consejo, pues en ella se dice de dónde
sale el sujeto. Ídem sacará otra certificación
del padre prior de Sevilla de los días en que fueron
llegando las tropas. Y estas certificaciones se llevan
al correo mayor de Sevilla (según le dirá dicho
oficial mayor), para que saque la certificación
de las distancias y leguas, y se entregarán todas
al dicho oficial. El despacho del correo suele ser cuatro
pesos lo que cuesta, y puede regañar y note

de agua de borrajas, que tomando un poco caliente
se suda sin riesgo mayor de encendiere la sangre durante
la misión de la China. Es conveniente aprovecharse
en Madrid o Cádiz de algunos anteojos de
larga vista, estuches chiquitos, relojes de campanilla,
todo esto no de lo mejor, sino del más barato
con que esté exteriormente algo curioso. Algunas
imágenes y pinturas del Salvador o de Nuestra Señora etc.
Todo lo dicho arriba se compra en Sevilla
si se halla o dónde pudiere. Libros le saldrán regularmente
más baratos en Madrid. Y tenga por
aviso no cargar de libros predicables [romancistas],
que es droga y acá hay harto. Lo que más es menester
es sumas de moral, según se le hubiere encomendado,
y de los libros nuevos teólogos, o canonistas,
dos o tres juegos. Por ahora necesita la librería
de Manila de todo el juego de Barbosa,
de un Sánchez de matrimonio, y si se halla,
un juego del cardenal de Lugo. Historia moderna
tampoco es de despreciar. Obras antiguas, aunque
sean santos, pues acá hay, y sirven de poco.
Y [también] provéase de un cajón o dos de bujías, para
la misión decir misa en México, que es buen
ahorro.

Paréceme que de hoy en adelante, puede enviar esta
provincia a México algunas mantas para hábitos negros.
Si esto no se hiciere, será menester que en Sevilla
o Cádiz compre el comisario anascotes, o picotes para dar
hábitos en México. =
Ajustados los papeles recados y reseña de la contratación
de Sevilla, se trata del viaje a Cádiz. Y
antes se me olvidó de decir, que la reseña se hace en
nuestro convento. El comisario raras veces tiene celda para
ella, y más que suele venir uno de los señores jueces
de la Casa de la Contratación, con el oficial mayor
recíbesele en la celda de un padre ministro amigo, y previniese
colación chocolate, agua fría, o limonada. Y cuidado
aquí de que cada uno tenga su papelito con el
nombre propio, o el que se le ha mudado, con su patria
provincia y convento de dónde viene. Y aunque estas drogas no
las ignoran los de la contratación, es necesario obrarlas de suerte
que no las entiendan.
Para ir de Sevilla a Cádiz se hace una memoria
del [foro] de la misión, diciendo tantas arcas, tantos
barriles, tantas botijas para el avío de la misión,
y esta memoria se presenta en la aduana de Sevilla.
Y allí se toma despacho para que todo pueda caminar
a Cádiz por el río en barcos. Y en el río salen las guardas
a visitarlo, y si les puede contentar con dos
cajetas o cosa así alquílense pues los barcos necesarios

en los seglares y por lo menos se edifican deber
a los religiosos empleados en estas cosas. Y todos
estos aviso sirven proporcionadamente en el mar del Sur.
Pláticas de la doctrina cristiana son excelente cosa:
Fray Álvaro cuando los muchachos [pares] rezan, se iba algunos
días a la proa, y allí habiendo pedido licencia a
capellán y capitán (que esto siempre debe hacerse)
decir "Señores hay quien quiera oír la doctrina cristiana
que hay grandes indulgencias y perdones para los que
la oyen explicar?" Y luego explicaba dos o tres artículos
del credo, o paternóster, o mandamientos sin artificio
alguno, y solo con los términos que le venían
a la boca, y hacia la exertacion que podía: y subía mucha
gente de popa de la más grave venir a oír; y
quizá se les pegaría algo: porque muchos no saben
el rezo sino como papagayos. Si hubiere semana
de misas procure coger la el comisario y dividir las
misas, y después si le parece en la Veracruz
dar les a todos alguna cosa su [per numer.a] para ellas muchas
veces le preguntaran del Hospicio de México
dígales mucho de su sitio y amenidad, y que en fin
es un convento y que en él sea [decisión] como [ental]
aunque con ligereza pues el coro es rezado, y los
estudios no pesados por las muchas fiestas, y en fin

de personas prudentes procure reducirlo al rebaño.
Que si él no es sujeto totalmente perverso, esto basta
para meterlo por camino. Y si esto no basta, no
tenga su fuga por perdido sino por ganancia. Más
en todo caso, no se valga de justicias, guardas prisiones,
y estruendo, en que es preciso desedificar
no ganar.
Si hubiere quien pida órdenes, y las hubiere, concédalas.
Más sea sin usar de dispensaciones que se expone
el comisario a muchos absurdos principalmente
si son para sacerdotes. Asimismo si pidiere alguno
licencia para confesar, se vaya a espacio, si no es sujeto
muy conocidamente capaz, porque es fuerza examinarle
con tres antiguos, y si se la concede siendo
ignorante, peca, y si no lo aprueban, son muy sensibles
las calabazas, y se expone a perder el sujeto,
y así es mejor responderle, aquí no hay necesidad
en Manila se expondrá. Más a los expuestos ya en
España haga se presenten al ordinario para confesar allí
y en la nao, que como se navega en cuaresma es muy necesario.
Luego que llegue a México visita al señor virrey,
y al señor arzobispo, poniéndose de bajo de su amparo.
Y después trate de sus despachos, y vea para esto
a los oficiales reales. Y no sé qué algunos misiones

luego que llegan a México se hace la reseña, y se
comienza a cobrar de la casa. Más otras misiones
no lo pueden conseguir hasta, que viene la nueva
de la nao de Filipinas como sucedió a Fray Álvaro
que el virrey [si cerró] a no tratar de misiones
hasta dicha nueva. En fin cuando estos señores quieren,
se hace la reseña, y para ella se previene algún
refresco en el hospicio de ensalada, y cosas de merienda,
y algunas medallas, y camándulas, va ordinariamente
un oficial real con sus escribanos. Aquí se
vuelven a recorrer los papelillos del nombre, patria
convento etcétera que ha de estar todo en prompto. Para esto
se les presentan los despachos que trae de la Veracruz,
y cuidado no haya equivocación en la reseña, y para
todo contingente se procura la amistad del oficial
real de la reseña. Hecha se acude luego a la contaduría,
y se le da alguno al oficial mayor como 10 pesos y menos
a otro oficial si asiste, y al escribano se le ofrece
su paga a la conclusión, y hecha una vez la reseña
váyase despacio [en dar], que los despachos con pocos días
de diferencia no pueden dejar de salir.
Lo que en México se da, es a cuatro reales por [causa]
coronada, y dos por motilona, y si el comisario tiene de que
suplir, excuse el andar pidiendo dinero en la casa

prevenga el hospedaje y matalotaje, y convendrá
salga de México a principios de febrero. Han
de ir dos de confianza, más uno como cabeza, y
otro solo como ayudante, que si ambos llevan igual
la superintendencia, si son diversos en los juicios
no harán nada sino porfiar. Es bien que lleven estos
un despacho así. Pidiese por memorial al señor
virrey dándolo en mano propria, que su excelencia mande
a los oficiales reales, que señalen en la nao las comodidades
acostumbradas de rancho, y camarote
para el matalotaje de la misión. Y porque ya
el comisario llegado a este lance está muy ducho, no
se pone el ejemplar de dicho memorial, el virrey
manda dar su despacho, que no es bien haga
de costos más de cinco pesos y aún menos.
Una de las cosas más embarazosas para el buen
comisario es disponer su matalotaje, mas ya al pasar
por Acapulco habrá conocido unos agentes universales,
que llaman encomenderos, porque agencian
lo que se les encomienda pagándoles. Por medio
de uno de estos se negocia lo más, y los religiosos que
van a la prevención, sirven de poner espuelas a estos
para la agencia de matalotaje. Y dichos encomenderos
ordenan a dichos religiosos lo que han de hacer en orden
a buscar las cosas necesarias y en fin ad invicem sea

a cinco de marzo día más {,} o o menos{,} y las restantes vayan
en su séquito con un día de interpolación a lo
menos, y en la última el comisario con los papeles de la
contaduría, y dejandoo ya todo suaves despachado
y en camino antes de salir de México. Y no deje
de despedirse de los señores virrey, arzobispo, provincial, y demás
personas, que le han hecho bien, que es grave falta.
Y para todo esto se supone que el comisario ha de tener
mula en que andar por México que sin esta sería
imposible ajustar sus negocios.
Otra cosa, y que importa desde el principio, acierte
el comisario que ninguno ha de dormir en México aunque
sobre esto riña con dos o tres, porque va perdido
todo si abre la puerta a esto y no tiene fraile seguro
más. Si alguno se le quedare por la primera vez admítale
las excusas que diere, sin averiguar mucho
el caso. Mas procure cautelar no suceda segunda,
y para esto servirá no quedarse el comisario
jamás en México aunque vuelva a las diez de
la noche. Y es regla que todas las observancias, que
el comisario desea en los suyos, las ejecutan primero
en sí, que es el más poderoso modo de mandar
y de inducir.
Para el camino de Acapulco dará el comisario

el gasto en cada tropa a uno, y ocho pesos por causa,
y libra y media de chocolate que sobra. Y les encargará
la modestia de los demás caminos, y que no sean
perezosos en madrugar por los muchos calores, y que
el sol les puede quitar la salud y aun la vida. En
este camino conviene llevar mulas con las camas [aún
más] que en el campo de la Veracruz, y por esto
se encargó tanto en Sevilla, que los colchones sean
transportines estrechos y ligeros para la facilidad.
Y advierta que los precios de las mulas, de los mozos de
mulas, y estas de carga son siempre a menor
precio que los demás de silla y los de los religiosos.
§ en Acapulco.
En Acapulco conviene más el buen orden y modestia
en los misioneros, porque allí pierden el
crédito para Filipinas y la Nueva España si se desconcierta.
Luego que el comisario llegue presente a los
oficiales reales sus despachos de México, y el
despacho del señor virrey para el rancho y camarote,
si los religiosos no lo presentaron cuando
fueron a la prevención. Y [no sé] que si algún religioso
le quedó en México enfermo, debe tomar
certificación del médico. Y asimismo si alguno
queda en Acapulco enfermo, y pida a los oficiales reales

siempre conviene usar más de persuasiones que de imperio,
mas ya en el mar del Sur, los tiene en razón era,
y puede hablar algo más recio, y conviene porque no se
desacredite su misión, pues lo bueno o malo todo se cuenta
luego en Filipinas.
Ordinariamente el galeón sale por semana santa
o antes, para tal tiempo tenga el comisario prevenidas cuatro
o cinco pláticas en los sujetos más fervorosos, que traten
del modo de confesarse y de la pasión de Cristo
[ni] señor aunque no sean muy estudiadas. Y si el general
gustare las hagan unas junto al altar, y otras junto
al trinquete, y a los confesores que confiesen, que suele
haber que hacer bien. Y no solo por semana santa sino una
dos veces en la semana enseñe uno la doctrina
aproa. Fray Álvaro no lo hizo aquí como en el mar del Norte,
porque un padre jesuita tomó esto por su cuenta. Pero
en las demás fiestas si no sale del mismo general el pedirlo,
no se meta en más sermones que interrumpen el juego,
y por esto son mal oídos, mas puedese convidar con ellos,
basta como dijze las pláticas aproa explicando la doctrina
cristiana dos veces en la semana, que entra
la chusma de forzados y soldados son más útiles y
con fruto palpable.
Si va otra religión con la nuestra es menester
en el comisario gran prudencia, y a veces riña

con los suyos, para que haya paz con los extraños. En primer
lugar amoneste el comisario a los suyos, que no se pongan
con los de otro orden en disputa, sobre cual es religión
más antigua, ni más acreditada, ni cual tiene mayores
sujetos o santos, porque suele haber algunos tan tontos,
que dicen mil palabradas. Y otros tan imprudentes que
revientan de que otros alaben su orden y piensan es
descrédito de la propia, y quieren adelantarse a ellos.
Verbi gratia oyera un agustino a un franciscano decir
que su orden es más antigua, y San Buenaventura
fundó la nuestra. Pensará que por esto ya se acabó
la honra de San Agustín. Y con celo disparatado,
saldrá con que San Francisco es hijo de San Juan. Bueno,
hay otras historias con que se encenderá una gran
llama con gran escándalo de los seglares, y ninguna
honra de ambos órdenes. Estos años pasados se juntaron
en la nao que venía el Señor Gobernador
Curuzealegui, dominicos y franciscanos. Unos
ponían en Santa Catalina de Sena llagas. Otros se
las quitaban como si fuese deshonra de San Francisco
que otro ha recibido de Dios este beneficio. Hubo
sobre esto varias disputas riñas palabradas,
baldones. San Francisco ni Santa Catalina no fueron
más honrados. Los seglares quedaron escandalizados

Procure evitar que salten en Marianas, porque
tiene esto algunos inconvenientes para la salud, no
el que se queden que los padres jesuitas los harán
volver a bordo. Conténtese con adquirir el refresco
que pudiere. Mas sea sin pleito por esto, que lo
que viene cada uno lo quiere agarrar todo, mas
por medio del general, u otro oficial no se quedará sin
parte, sin ponerse a voces por cuatro sandias, que
será sandez.
Alguna vez no hay capellán en la nao, y el señor
virrey o arzobispo pide religioso capellán. Tome
el comisario este buen aviso, que no le pesara
de ejecutarlo. Nómbrese así por capellán, y no
permita sea nombrado otro sacerdote de la barcada,
que sí expone a mil pesares, si este no es muy bueno
y prudente porque los bagos ordinariamente puestos
[ensanchos], aunque sean bajos, hacen mil alcaldadas,
y obran como quien no tiene experiencia de las gentes
de acá. Que si acaso llegando a puerto de Filipinas
es menester saltar en tierra, el general
fácilmente se contentara con que en su lugar quede
otro de los sacerdotes confesores, pues pocos sacramentos
hay que administrar, y el trabajo del capellán
Carta del Padre Marcelo Francisco Mastrilli, sobre la conquista de Mindanao. Taytay, 1637

Carta del Padre Marcelo Francisco Mastrili en que da cuenta
de la conquista de Mindanao Al Padre Juan de Salazar
Provincial de la Compañía de Jesus en las Islas Filipinas
[Gia] et Pax Cristi [...]
De ninguna manera mi Padre Viviera esperado la orden de [VR]
para darle parte de la nuestra Jornada de Mindanao , si viese sabido,
que la carta que yo escribí desde Lamitan al Padre Juan de Bueras les
habían quedado en Zamboanga ; porque de la tardo en ellas con grandísima
puntualidad todo el suceso, Le pedía que las leyese a [VR] para
que sin cansarse con carta mia aparte sabiese lo que pasaba. Ahora
por obedecer a lo que me mando cuando partí por Taytay le referiré
fielmente en esta lo que me podré acordar.
Pues sabia V.R. como habiendo el Señor Don Sebastian Hurtado
de Corcuera Gobernador de estas Islas de terminado la Jornada de
Mindanao, llamo consejo general de guerra, en el cual fueron to-
dos de contrario parecer fuera del señor Sargento Mayor Don Pedro Hur-
tado de Corcuera su sobrino: con todo eso porque lo apretaba el
[celo] de la glorias y honra de entrambas Majestades Divina y humana
resolvio no obstarse aparecer contrario de todo el consejo pro-
seguir adelante con sus santos intentos; y asi el día de la Purifica-
ción de Nuestra Señora a dos de Febrero de este año 31. Habiendo con
[..ado] y comulgado con todos los soldados en las dos Capillas de
Palacio mando se embarcasen en los once sampanes, que por
este efecto estaban y [aprecienidos.] El Padre Juan de Barrios y yo nos
embarcamos en la Capitanas con su señorías a donde también
se embarco al sargento mayor Don Marcos Zapata que llevo por su Ca-
maradas y a su mesa. el clérigo Don Julian Capellan del Arma-
da en la Almiranta con el sargento mayor Don Pedro Hurtado
de Corcuera sobrino del señor Gobernador: y fraile Agustino que
venia por confesor de los Pampangos en el champan del Capitan
Lorenzo Ugalde. y porque había venido el día antes una carta al señor

Arzobispo de como estaban ochenta caracoas de enemigos en la Isla de
Mindoro; fue su señoría para cogerlas navegando con cinco cham-
panes por la con era costa de fuera la dicha isla ; y al capitan Ugal-
de mando que la costease con los demás por la parte de dentro hasta
punta de Nasso que esta en las costa de la Isla de Othon. el no haber
hallado ni rastro de enemigos por ninguna parte , de claro la nueva
Mentirosa, y promulgada por obra del demonio, a fin de estorbarnos
el camino: porque fue fuerza por este camino trabajar mas de do-
ce días para poder navegar doce leguas que hay desde la dicha
Punta de Nasso a Othon, por ser las brisas a la dicha vueltas de
rechamente por proa y un día que quisimos doblarla con repiquetes
fue tal la fuerza de los vientos y de las mares que nos que guiaron
la guía del [pavernalle] con grandísimo peligro de hundirse el navío,
en la popa, que de embarcado con la [arga] de la vela a la improvisa
y furiosa vueltas que no gobernando ya el navío dis por fuerza del viento
era en fin tal la rabia y pena que de la hornada tenia el de-
monio por lo que ya se temía ; que como supe después por cosa cierta , se
que muchas veces con alguno dando sensiblemente voces por los bos-
ques, A que Venís, que queréis ; quien te trajo aquí; maldito seas,
y o te quitare La vida y con esto acabaremos [Vzc] - No se le dio era dice
por entonces como a Padre de la mentira; pero luego nos enseño
con la experiencia lo mucho que trabajo por hallarse verdadero [A.]
Pues que aunque todas eras cosas fuesen bastantes a causar de por sí al
gun enfado; toda via la dulcísima conversación de su señoría
con la [s.la] reparación que hizo de las horas del día, no le dio lugar
de manera ninguna porque la mañana decíamos misa los dos el
Padre Juan de Barrios y yo: luego recabamos con su señoría las ho-
ras divinas y de nuestra señora y Maitines de difuntos: el día las
vísperas de los mismos, y Maitines Divinas, y de nuestra señora. Por la tarde
La
[margen a la izquierda]
A
esta persona a quien
dio que vas el demo-
nio, fue el mismo
Padre Marcelo que
acostumbrasen cuan-
to podia [entuvase] por
los bosques a tener
su oración y ejerci-
cio de disciplina,
como el mismo Padre lo
descubrió al Padre Juan
de Bueras su Confesor
[i.el] cual ejercicio
de disciplina antes de
que a la jornada muchas
veces le inquisito el de-
monio con ruidos, y burlas
hasta llegar a maltratarle.

la salve con la letanía pública; y a la noche las almas del purgatorio
refiriendo de ordinario algún milagro apropósito: con que muy bien
se aprovechó con muchos.
Ni piense vuestra reverencia que por la contrariedad que tuvimos de vientos,
como se ha dicho, en punta de [Nasco], se [perdió] punto de tiempo; porque
se despacharon las órdenes a las islas de pintados por los indios aventureros,
y se enviaron a Oton con la [falúa ]por el ayudante
Don Francisco [Olajaian], el cual volvió en un sampán con el padre
[rector] de Oton, el Padre Francisco Angel, y el Padre Gregorio Belin, que iba
de Zamboanga a Manila a dar la nueva a su señoría de la victoria
alcanzada del Sargento Mayor Nicolas Gonzales contra siete
caracoas del Mindanao que volvían de robar las islas con algunos
esclavos y ornamentos sacros. Trajo el padre rector de Oton muy
buen refresco y mucho mejor lo dio después a toda la armada en
Iloilo, a donde llegó su señoría con el mismo padre tres días antes
de nosotros con la falúa, por tener tiempo de visitar la fuerza,
y ver si estaban prevenidos los bastimentos del Capitán Briones para
el socoro de su gente en Mindanao. Luego en llegando los sampanes
desembarcó el Padre Angel por volver a su doctrina de la isla
de Negros; y el padre [rector] de Oton se embarcó en el sampán del
Capitán Martín Monte con orden de su señoría por Zamboanga
a donde llegamos el domingo de carnestolendas a 22 de febrero.
Aquí mandó su señoría, que no disparase la fuerza ni la mosquetería
a la entrada suya, por no hacer ruido y darse a conocer
y por la misma razón se ordenó, que no saliese del río embarcación
ninguna. Todavía luego supo Correlat su venida por un
hijo de un principal de Basilan, el cual ahora en castigo que daba
preso en la fuerza de Zamboanga con orden que no fuese soltado si no
a grande de instancia de los padres para que con esto se cautivasen

las voluntades de los moros. El día siguiente se publicó la comunión
general con una indulgencia y jubileo amplísimo a todo el real por el domingo
primero de cuaresma; obligando su señoría los soldados todos
a dar cédulas de confesión y comunión a sus oficiales y sus criados. Así
mismo, como yo lo hallé un día que las estaba juntado con sus manos,
hizose por cierto con grandísimo fervor y muchas confesiones generales,
a que ayudaron las continuas pláticas y sermones de aquellos
días; se acabaron comulgar todos el domingo con su señoría, estando
el santísimo sacramento descubierto, asistiendo después todos al sermón
del Padre Belin. Por la tarde al encerrarlo acudió también sus
señoría con toda la gente de guerra, porque me había encargado
la mañana el sermón de la tarde sobre la reverencia y devoción
con que se ha de estar en la iglesia en presencia de tan grande
majestad. Hicelo como supe y al fin animando la gente a la jornada
y a la pelea, les mostré un cristo pintado en un lienzo,
a quien los moros habían cortado el brazo y los pies, y hechole un agujero
en medio se le había servido de [cinina] o capotillo. Esta la llevaba
actualmente un moro, y con la misma lo mataron el día que
Nicolas Gonzales cogió las caracoas. Llevabala el Padre Belin entre
los ornamentos sacros a su señoría, el cual sabiendo que yo en
Manila había ido buscando una cosa semejante. Luego enviándola
en punta de [Naszo] me la dio. Pues mirando la dicha imagen
los soldados y animandoles a vengar con sus armas las injurias
del santo cristo; fueron tales las lágrimas, y entraron en tan
tierna devoción y santo deseo de venganza, que como me dijeron
después, hubieran embestido al salir de la iglesia con todo
el mundo. Los afectos fueron muchísimos y muy tiernos,
llegando a decir públicamente, que era desdicha de la madre
que no tenía sus hijos en tan gloriosa jornada.
con estos

con estos fervores, y con tan buena disposición partieron los champanes a la vuelta
de Mindanao que estaba unas sesenta leguas de Zamboanga a y a cuatro partimos con su señoría los de mas en once caracoas
Toda la gente que se embarco fueron cuatro Compañías tres españolas
y una de Pampangos. La compañía de su señoría tenia cierto y
cincuenta soldados; la de Nicolas Gonzales cierto, y otros tantos La
de Ugalde de los Marineros y del Maestre de campo de los Pam-
pangos. No quiero dejar [eferivir] lo que pasó el Martes, que que par-
tieron los champanes de sea vamos todos que su señoría no partiese
hasta el Sábado por ver si llegaban entre tanto los Indios aventu-
reros; pero no quise pedirse lo antes de haberlo encomendado a Dios.
Rogase al de Othon que dijese la misa Javier
a mi intención; yo también la dije. Luego nos recogimos en un
Aposento, y después de competente oración abrió su [R.] el librillo
de las Carta del S. que yo tengo por Un día [Rotero], señalar-
do antes la parte que se habían de leer; y vinieron esta pala-
bras. Muchas veces [...] [...] [...] parecer [...] mejor;
con todo esto habemos de dejar las cosas a quien las gobiernas
seguiremos acertar. Vista tan claramente la voluntad del
santo ni por imaginación quise hablar mas del negocio con su
señoría y verdaderamente todo fue guiado del cielo por darle la
Victoria dar grandiosa que tuvo para confusion de los moros, y desen-
gaño de los indios, que bien saber pueden los españoles pelear
en sus mismas tierras sin ellos cuando quieren.
En el golfo de la Silanga tuvimos una mala peligrosa tor-
menta, de la cual con reliquias y con juros. como de cosas eviden-
temente trazados del demonio nos libramos Aqui [q.do] Nico-
las Gonzalez con ocho caracoas a remocar Los champanes por
la Silanga que es un estrecho de mar de dos leguas entre la
Isla Grande de Mindanao, y otro Isleta y su señoría con cuatro
de las paso apunta de flechas, así llamada por el rito y superstición

de los Moros de echar flechas a una peña suya cuando vuelven a sus
tierras en agradecimiento a Mahoma. Aquí estuvimos agua
dando dos días los navíos del Armada, en los cuales yo dije misa
en tierra; habiendo pero antes conjurado tremendamente al demonio,
como acostumbra La Santa Iglesia con sus exorcismos agua bendita :
Luego se quemaron todas las flechas pegadas en la dicha punta, que
erran infinitas con otras mil cosas de comer, como pescador, huevos
que por su devoción solían dejar en varias partes y luego se le mudo
solemnemente al nombre en punta de San Sebastián; para que con
sus divinas flechas acabase de derribar estas infernales y mal
ditas, que tantos años nos han trabajado, por memoria de que el
Señor Don Sebastián habido el primero Gobernador que ha dado
fondo pasado dicha punta. Demás que la caída prodigiosa de esta
Peña La noche que peleo a Vista de la Nicolas Gonzalez, La atri
buimos todos al mismo [Les.] que quiso dar prendas al señor Don
Sebastian de la gloriosa jornada de Mindanao, supuesto que de la
dicha peña sola la parte que por alla miraba, se cayo como todos con
admiración reparamos. Mientras aquí estabamos, vino una embar
cacion Ligera del enemigo a reconocer La armada; Le
dio luego [caia] La nuestra faluga pero por estar muy lejos no pu-
do cogerla. Solo al carcamos un barquillo con cuatro indios de los
nuestros cautivos que se habían huido de los enemigos estos
nos dieron nueva como estaban a pique departir de Mindanao
algunos navíos dejados cargados de esclavos nuestros cristianos.
confieso a [V.R.] que no fue nueva esta para su señoría sino
lanzada al corazón por lastima de tantas almas; y luego resol-
vió de caminar de día y de noche para coger dichas embarca
ciones este Santa Fe lo fue La única y verdadera causa
porque sin aguardar su Armada fue caminando de noche y
de día hasta dar con ellas y muy bien fue remunerada del cielo
con

con tan grande Victoria como V.R. entendera
Quiso el demonio que tantos años había morado en la dicha Punta
de Flechas hacernos punta, e impedirnos el pasar adelante; porque tres
veces por fuerza del viento y mares volvimos a tras y la cuarta sin tener
viento contrario estuvimos para dos mas de una hora sin poder dar paso
adelante; aunque tenía nuestra caracoa noventa Barigas, así lla-
man en las Islas de Pintados Los Bogadores. De manera que conocida cla-
ramente la obra del demonio con echan un poco de reliquias a la mar
y con jurarlo como antes, pasamos luego adelante
Vencidos ya los embustes y estorbos del enemigo invisible, llega-
mos a Vista de Mindanao sin saberlo el Viernes a cuatro caracoas y habiendo yo acabado La Misa antes que a-
maneciese desembarcó se Señoría a la faluga y con solo seis sol-
dados fue a reconocer el puesto, sondar todos los ríos y puertos de la
costa y ver si podia coger algún Moro por servirse me de guía
que nos faltaba. Dio casa a algunos de los hasta su misma playa
disparo les dos Mosqueteros; y con todo eso de huyeron por el Rio,
desamparando sus embarcaciones o yo se en respuesta de estos un tiro
de pieza de la tierra dentro que nos dio mucho que temer, viendo su
señoría tan arriscado y temiendo lo no esta sea con el enemigo em
pernado. Recamos luego la letanía con otras oraciones y remando a
todo poder, lo alcanzamos de vuelta. embarcase en su caracoa por
las once del día ordenado que todas cuatro con los dos Sampanes
de nuestra Armada de los Capitanes Don Rodrigo y Ugalde
que ya tres días antes habían llegado y cogido tres caracoas del ene-
migo y por otra que vino con bandera blanca escrito a los Padres
Recoletos que tenían a la cautivos que los avisasen de los que pasaba
diesen fondo cerca la boca de un rio a donde aparecían a algunas ca-
sas sin saber que Pueblo fuese y volviéndose a mi me dijo en estas
casas quiero alojar migarte esta tarde. Luego mando que to-
dos comiesen, y habiendo enviado el ayudante don Francisco Olazaran

a tierra con veinte cinco mosqueteros para asegurar La playa; tocan
de todos los clarines y a tambores y disparando Las piezas de las embarca-
ciones a la vuelta del pueblo, desembarcó su señoría con toda La gente
que entre españoles y Pampangos llegarían a sesenta soldadosl el Sar-
gento mayor del Tercio y Almirante del Armada don Pedro Hurta-
do de Corcuera ordenó en la playa el escuadrón poniendo por orden de
su señoría dos piezas de campaña a la Vanguardia que fueron el
terror del enemigo. Aquí yo habiendo animado y alertado La gente
con la milagrosa Imagen de San Francisco Javier de un lado y del Santo
Cristo del cual se hablo arriba del otro colgados en una [Laroa]
fui marchando entre La Vanguardia y cuerpo de guardia con
el Padre Juan de Barrios, el Padre Agustino y el capelllan del Armada;
cual estilo guardamos en toda La Jornada. Al tiempo que desembarcá-
bamos vino de tierra nadando uno de ríos Indios cautivos, del
cual supimos como aquel era el pueblo de Correlat pero por el sobre
salto grande con que quedó por los muchos mosqueteros que le tiraron
a [riña] Vista los Moros de una emboscada que tenían aparejada
contra nosotros, no pudo decirnos otra cosa; y asi fuimos marchando sin
saber, que dicho pueblo hubiese alguna fuerza de Armas, o sol-
dados; supuesto lo que siempre le había dicho que sola la defen-
sa de Correlat estaba en el cerro de arriba, no en el pueblo de abajo
Pero porque era causa de Dios a donde faltaron los medios humanos
suplió su Divina Majestad con los divinos alumbrando compartir
clarísima luz a su señoría para que dejando el camino llano
de la playa al pueblo marchase con su gente por el lado derecho
el cual camino aun que nos obligó a pasar dos veces al rio y con
algún trabajo por las dos piezas y por la persona misma de su señoría
que se arrojo al agua como todos los demás soldados con todo eso
nos libro dedos peligros muy grandes, el una de la emboscada ar-
mada en el lado izquierdo del camino, entre la espera Arbo-
leda de un Montesillo, de la cual con dificultad podíamos escapar
por ser

por ser el camino muy pantanoso y embarcado de cañas huertecillas y casas.
el otro y mayor fue, que todas las piezas de la fuerza estaban abocadas a la
dicha vuelta, con las cuales después por no poderlas volver a la mano de-
recha, nunca pudieron ofendernos. Verdad es, que dos grandes versos
de cámaras habían a bocado muy dipriesa contra el camino al pie
de su fuerza pero por el gran miedo nunca acertaron dar le fuego.
Pues habiendo nos librado Dios, sin saberlo de tan grandes peligrosos,
supuesta la poca gente que lleva vamos; que su señoría marchando en
La Vanguardia por el camino, que milagrosamente había escogido,
pasamos La primera vez el Rio y Luego fueron Las piezas y mosque-
teria Limpiando La campaña hasta una estacada cerca del Rio,
a donde Los Moros La primera vez hicieron cara, aquí aconteció
que adelantandose su señoría un rato por descubrir el enemigo
que estaba otras de la dicha estacada, Lo asaltaron cuatro
Moros con sus Campilanes muy airosamente. Se volvió con la cara
por hecharle el perro que le llevaba un negro siempre a su La
[...] [...] La [...] por haberse que dado un poco otras [...]
no a la espada con tanto brio, que desanimando los Moros.
Volvieron luego las espaldas con todo eso uno de los que era [Boron]
por, el mas alentado Capitan de corralat saliendo con grandissimo
animo de la otra parte de la estacada quiso impedir los nuestros
que ya querían pasar la segunda vez el rio a embestir la fuer-
za que de esta primera estacada se había descubierto hirió vale-
rosamente a Dos, y en tercer lugar acometió el capitán Lorenzo
Ugalde que quiaba la mitad de la gente por esta parte mar-
chando Los demas con La guía del Capitan Don Rodrigo po La
mano derecha del Rio, a donde via de acudió gran cantidad de
moros. Reparo Ugalde con su rodela los dos primeros gol-
pes del Campilan, y luego entrando con su espada Le dio mu-
chas heridas en la cara, no pudiendo en el pecho por las armas
que llevaba; con que Lo obligo a retirarse, aunque sin provecho,

Por que la furia de nuestras balas, y últimamente La espada de Don
Francisco Olazaran lo acabaron el mismo rio; pasando ya con La
muerte de este sin resistencia Los nuestros a la fuerza guarnecida
de un nuevo foso y llena de armas como ocho piezas de artillería
de Bronce, veinte y siete versos, muchos mosquetes de pin dotes ar-
cabuces y otras armas de mano, con mas de dos mil moros que la defendían
con el Pueblo, como nos dijo [Sosocan], (moro nuestro amigo muy pla-
tico de las fuerzas y poder de Corralat.) Poco pero Les aprovecho
todo eso, por que fue tan cerrada La embestida de los nuestros,
que luego al punto quedaron señores de todo, en el alborando en-
cima del fuerte el Alférez A mesquita su bandera, con muerte
de muchísimos moros, huyendose Los demás malamente heridos,
como nuestros cautivos se supo el día siguiente. En este
puesto matamos al Castellano del fuerte, nieto de Corralat
hijo de una hija suya casada con el señor de la laguna, mozo
muy brioso a quien le quería infinitamente su tío. Este había
ama prometido el mismo día a Mahoma de no de [...] parar La
fuerza hasta La muerte, y así lo cumplio.
Viendo ya banderas en la estacada enemiga pa-
samos luego con su señoría La Segunda Vez el Rio y subien-
do arriba, Levante también mi estandarte del [S.L]
y de Javier, cantamos todos el Te Deum Laudamus,
y habiendo dado su señoría el nombre de Javier
a la fuerza, y dejado el Alférez A mesquita por castellano de
la con presidió de soldados, fuimos marchando adelante
a la vuelta de una estacada que con su pieza defendía La
Casa de Corralat y La Mesquita a donde [Capp tre ra vez] habían
hecho cara los moros, fiados en lo que su con [de stable] de los Les
había dicho que no huyesen han esta ver lo muerto
se fiaba en su poner por no se que hechicería, que nuestras balas
no podían ofenderlo, y tenia de esto La experiencia
porque

por que una vez le había quebrado con una pieza el hueso de la pierna
con que había quedado cojo, sin romperle pero La Carne ni sacarle sangre
con esta confianza Vino a desafiar con su Campilan Los nuestros apun-
to le luego con su mosquete el capitán subiré y le paso dos balas
por la frente que sola descubría, estando lo demás del cuerpo encubierto
con una Rodela Inglesa. Cayo muerto al punto el miserable, y con
este cayo el animo a todos los demás que estaban en la mesquita y esta
cada y así dejando sus armas, muy [depriesa] se huyeron al monte en
este mismo tiempo marchando Don Rodrigo co su gente entre la falda
del monte y al rio, cargo tan Valerosamente contra el enemigo que lo
obligó a desamparar todas sus embarcaciones, que por nuestro miedo había
escondido dos dias antes en una muy larga vuelta del mismo rio.
De manera que en poco mas de media hora nos apoderamos de todo lo
de abajo; y el mismo día hubiéramos cogido el cerro de arriba, si
teníamos toda la gente, huyendo los moros con tan grande temor, que
Corralat mismo se había encubierto la cara de lodo por no fez conocido
de los nuestros en caso que pasasen adelante como Nos dijo Un
criado suyo Cristiano que la mañana siguiente se vino a nosotros
afirmando el mismo la cantidad grande de los Moros heridos,
y en particular del Rey de la laguna pasado con un balazo
por los pechos el cual a via venido a celebrar no se que bodas de
un primo suyo con una hija de Corralat quería en todo caso en-
tregarse en mano del Señor Gobernador; pero que los [habos] no
habían querido antes le habían persuadido a defenderse prome-
tiéndole de peleas los primeros, y así lo ejecutaron, en
particular el día del asalto el cerro por que ellos fueron los
que nos mataron e hirieron la mayor parte de la gente, pa-
saron pero muy [depriesa] la pena de tan atrevido consejo no so-
lamente con la hacienda que le cogimos en sus embarcaciones
sino con la vida también muriendo por mano de los mismos

Moros que por sabia de tan mal consejo los mataron.
Acabada la pelea comenzaron los soldados a dar el sajes a las
casas, y el señor gobernador habiendo visto hasta el rio arriba
las embarcaciones todas, se retiro con los que lo acompañábamos
a la mesquita, Aquí la primera cosa que se hizo fue coger La
cathedra grande de Mahoma con sus libros, y otros aderezos
y luego al punto quemarlos. Por cierto que nos admiró lo que
vimos al sacar la dicha Cathedra, por que antes de llegar
al fuego, salieron de sus pies dos culebras venenocissimas, que
dieron salto miedo a los soldados que la llevaban, y realmente
no podia estar otra cosa en guardia de la Cathedra del gran
Diablo de Mindanao que culebras y ponzoña. [Cua mada] la
Cathedra con todo lo de mas que había de [su paritieroso], bendeci-
mos la mesquita con La Salve a Nuestra Señora. Y Luego La
mañana que fue el sábado a catorce de marzo habiendose de-
dicado a Dios con el Titulo de Nuestra Señora del Buen Suceso, co-
menzamos a decir los misas en ella en un muy lindo altar
que nos sirvió todos los doce días que hay estuvimos.
Esta misma Mesquita por ser muy grande ya proposito
sirvió de cuerpo de guardia, y alojo en ella su señoría con
los demas Capitanas sirviendo Las otras casas alrededor
para los soldados. Aunque por estar a la orilla del rio
muy cerca del monte y also lejos de la fuerza fue causa
que todas las noches nos tocasen armas los moros, y por los con-
tinuos aguaceros hay uno de noche, nos y vieran dado muy bien
que entiendan por no poder nos valer de los armas de fuego en
tiempo de agua si la buena disposición y orden de sus señoría
no hubiese remediado todo por que demás de haber fortificado
el camino del cerco con una media luna muy fuerte y
muy bizarra con su [ett.] estaban todas Las noches
alrededor del Real muy grandes fuegos llamado siempre
Las--

[margen a la derecha] {A
Acudir allí el Padre
Marcelo para hacer
sus ejercicios ordi-
narios de oración
y especialmente para la
disciplinan que por Lar-
go tiempo y con
varias oraciones
y plegarias y especial
devoción acostumbraba
hacer todos los
dias en donde quiera
que se hallaba aho-
ra viviendo en
los colegios y casos
ahora fuera de Majestad }
Las sentinelas, Alerta Rondando todos los sargentos mayores
y capitanes, y muchas veces el mismo en persona: tanto que por ver
nos continuamente despiertos, nunca atrevieron los Moros embestirnos
descubiertamente, sino tentar por algunos mas alentados la suerte
y la embestida. El esto muy a menudo en la boca del rio, cuan-
do de la Visita de los enfermos me halla solo con el capitán don Ro-
drigo en una champancilla con cuatro sangleyes que por el gran
miedo no viendo el camino dieron en un bajo fue cierto mi-
lagro de Dios que no lo advirtiesen Los Moros por que sin duda
nos mataran. Otro peligro mayor pase a quien este pueblo por
que no sabiendo Las continuas emboscadas que hacían de día
en unas casillas algo lejos de la fuera cada día en algunas horas
me recogía en ellas; y fue Dios servido que nunca me vieron
en muchos días hasta que sabiendo lo ser señoría las mando que mar
las embarcaciones que se hallaron el primer día en el Rio
por ser ya bajo mar no se pidieron retirarse a la fuerza hasta el día
siguiente. Eran estas mas de trescientas entre grandes; media-
nas y chicas; La mayor parte de las cargada de mil cosas, en
particular cinco o seis muy grandes de los [habos] llenas de cera
aceite, arroz, y otras mercaderías, de que todo se aprovecha-
ron Los soldados Barigas y sangleyes, fuera de una gran
cantidad de cera que se guardo para el Rey, con un gran numero
de armas porque las piezas de bronce de cuchara fueron ocho: los
versos veinte y siete: Un [pedraro] [dezerno] colado muchísimas
cámaras de versos: mas de cien mosquetes y arcabuces; y una
infinidad de balas, hierro, pólvora, campilanes, lanzas, flechas,
bacacayes y sompites que es un genero de flechas chiquitas que los
tiran por unas [carabatanas]; tan venenoso que serio se le acude luego
luego con contras muy eficaces, mata en pocas horas con otros instru-
mentos de guerra que se hallaron en la casa de la pólvora

en frente de la Mesquita y sirvió de cuerpo de guardia para los
Pampangos.
El día siguiente comenzaron a llegar los demás champanes y ca-
racoas de nuestra Armada en que declaró luego el señor gover-
nador cabo de la el capitán Mena por todo el tiempo que estuviése-
mos en Mindanao: y por castellano de la fuerza San Francisco Javier
nombro al Sargento Mayor Palomino el cual luego la fortifico
y puso en order cerrando La de todos las lados con sus puertas y [reparos-
ariadiendole] al veedor una baranda encubierta de la parte
de dentro con sus troneras para que tuviese dos ordenes de
artillería, mosqueteria. En esta obra trabajaron muy bien
todos los soldados, en partirlas el Mayor Don Pedro
Hurtado de Corcuera como muy platico en las fortificaciones
de Flandes; el mismo Señor Gobernador dando junta-
mente la traza, y las manos con pegar el primero con [la a cada].
Otro dos días que fueron Domingo y lunes se emplearon en
hacer muchas fortidas y quemar muchos pueblos alrededor mar-
chando el capitan Rodrigo con su gente por tierra, y el
capitan Ugalde con la suya por la mar hasta llegar al pueblo
y casa antigua de corralat que llaman de las savanillas,
y quemar las todas, con otros muchos pueblos y embarcaciones
grandes que hallaron en otro rio escondidas. Los demás sol-
dados que quedaron en el Real se emplearon en echar al
agua todos las Caracoas baradas con que salían a robar que
eran muchas y muy lindas: y en buscar lo que estaba enterrado,
que fueron muchas cámaras de versos, hierros, cera, y tres campanas, demas de grande que estaba a la puerta de la
Mesquita boca arriba llena de agua para lavarse los pies antes de entrar en ella.
Despacho también su señoria este Domingo una caracoa
de los moros a Zambaonga llena dentros cautivos Cristianos
y san

La Silanga, en que se perdió una Caracoa de la cual venia cabo el
Capitan Xineros, sin muerto pero ma que de un muchacho. Luego al
punto disponiendo sun señoría Las cosas por marchar el día siguiente
al cerro, mando dar a los soldados [bifioc] Lo y que lo para cuatro días;
en que el Señor Sargento Mayor Don Pedro con el ayudante Don Francisco Ola-
zaran gastaron toda la noche, cual misma yo gaste en confesar la gente
no contenta de lo que habían hecho con tanta devoción en Zamboanga.
Por las tres de la mañana se comenzaron a decir Las misas; y al
fin de la primera hizo señoría una platica a los soldados tan apro-
pósito y ajusto de todos; que bien se hecho de ver su grande prudencia
zelo del honor divino, y experiencia militar. Estábamos concer-
tados quejo después mostrase el Santo Cristo con San Francisco Javier
como me había pedido muchas veces y deseaba la gente: pero
por confesar a V.R. La verdad no me lo sentí del corazón y así
no quise hacerlo como que fuera presagio de lo que nos había de con-
decer el día.
Acabada la platica envio su señoría al mayor Nicolas
Gonzalez con el Padre Melchior de Vera que había venido en el mis-
mo de Zamboanga. ciento y veinte españoles, treinta pampangos:
y ochenta indios por las cargas señalando a la vanguardia al
Castelo, y a la Retroguardia at Becerra, con dos fa-
mosas espías uno moro, y el otro Cristiano, con orden que cogi-
se el enemigo La retirada del cerro; y por el mismo camino
bajase de embestirlo, tocando pero antes sus clarines; para que al
mismo tiempo embistiese su señoría de la otra parte. y así Lo
cogiesemos en medio partido Nicolas Gonzalez, Ordeno La gente
suya señalando el Ugalde a la vanguardia: Luego el capitán
Don Rodrigo con los demás, dando a cada uno de los capitanes re-
formados una tropa de soldados a su cargo Las banderas, pieza de
artillería pertrechos de guerra y bastimentos al cuerpo de
guardia, en la retroguardia lo Panpangos el Mayor
Don Pedro

Don Pedro se fue al a vanguardia con el Capitan Don Rodrigo en el Rd.
quedo el sargento mayor Palomino con buen numero de soldados y el Padre
Reverendo de Othon por Capellan --
Dispuesta la gente comenzamos por las seis de la mañana a marchar
con grande alegría. Pasada una legua y media de mediocre camino
dimos con un muy grande pueblo que estaría al pie del cerro, puesto por cierto muy lin-
do y apacible, lleno de huertas platanares y cañas dulces, pezo desamparado la
misma noche de los Moros, por lo que podemos inferir de las casas, y del fuego
con que al [bialmente] se estaba que mando la casa fuerta del Rey: por mie-
do sin duda que no se fortificarse su Señoría en ella, siendo por el sitio muy
apropósito para eso. Todavía ordeno al Ayudante Don Martin, que for-
tificarse otra casa que estaba a la orilla del Rio con un buen en-
biado pieza de artillería y presidio de Pampangos por guardia de las cargas
y retirada de la gente. Luego los demás pasamos el rio para ir a descu-
brir el puesto del enemigo lleva al agua hasta los pechos; pero tan
fresca y tan linda, que no la visto mejor en estas Islas. Poco des-
pues pasamos al mismo modo un arrojo y comenzamos a subir por una
ladera llena de casa tal. Aquí paso señoría y viendo mas aba-
jo otro camino, pregunto al moro que nos guiaba, si aquel otro era
también camino del cerro. Dijo que si pero a la replica de cual era
mejor respondió que [emtrambos] eran muy malos. Luego alumbrado su
señoria de particular Luz del cielo, dijo pues si aparecer del moro
[emtrambos] son malos; Mas quiero ir por el otro que por donde el nos
guía y así mando que volviese otras La Vanguardia y marchase
por el otro camino. A la ahora V.R. La particular providencia
y misericordia de Dios y protección de mi gloriosissimo [Ls.] estaban
en el otro camino por donde nos guiaba el moro abocada tres pie-
zas de artillería sin poderse ver que lo menos que podían ha-
cer nos de daño era degollarnos todo la vanguardia de peso con
la sola pieza de bronce que estaba entre dos mayores de yerro;
que cuando el nuestro con destable la descargó hallo que tenia dos

Dos Balas grandes de artillería, dos piezas de cabra, y trecientas balas
de mosquete con carga doblada de pólvora; en fin de las tres partes
Las dos estaba cargada. Librados de tan grande peligro, fuimos
marchando por el otro camino; en el cual habiendo La segunda Vez
pasado el rio y el Arroyo, llegamos al pisde un cerro. Aquí al pis de un cerro. Aquí
se hizo alto mandando su señoría que fuesen algunos de la vanguar-
dia a descubrir el camino si puesto ser tan malo lo que se [veía]
al principio de la subida que después por las raíces de los arboles
allí dando nos después y de manos lo pasamos uno atrás del otro. en
manera que no defendiéndolo los enemigos como pudieran con solo
dos que echasen piedras de arriba; nos dio a entender que mas
adelante tenían puesto peor. fueron a descubrir y paso luego La
palabra quedada la primera vuelta, era el camino mejor con que
subimos todos. La verdad es, que el lobrado valor animo y deseo
de pelear que tenían en particular los de la vanguardia les hizo
aparecer, bueno el camino que era muy angosto, [agro] y peligroso por
los terribles despeñaderos que tenía de entrambas postes. Dimos
con todo eso dos vueltas por el cerro arriba pensando nos ha-
llar algún puesto a donde hacer alto; cuando de dos estacadas que
estaban el lado derecho del monte comenzaron Los Moros a
[hecirnos]. A mi en particular uno una bala de artillería
que habiendo me sensiblemente dado el golpe fue dios servido
que no me hiciese otro mal que dejan con un [auxero] su
señal en la sotana permita el mismo que la escapada tan
milagrosa de esta, sea reserva otras mas gloriosa muerta.
Juzgaron todos que no había otra estacada mas de las dos que
Se veían, cuando a la tercera vuelta del cerro encontró La
vanguardia con otra que no se había podido descubrir debajo
se comenzó a pelear valerosamente, pero por que el sitio de la
estacada era muy fuerte y el lugar de los muy angosto
no dejado de formidables despeñaderos, y descubierto a todas Las

Las troneras de los enemigos y demás armas en particular
sompites, bacacayes, y piedras no tan presto se asomaba alguno de
Los a la plazuela de la estacada, cuanto quedaba luego
muerto o herido. Esta fue la causa porque habiendo peleado
buenas dos horas y mas no se pudo ganar la fuerza
En este tiempo los cuatro sacerdotes que subimos al cerro el
Padre[ [...]] de Barrios, el Fraile Agustino. el Capellán del Armada
y yo estuvimos al mismo puesto confesandos los heridos y ani-
mando los demás, yo aunque por todo el camino nunca que ni se a largar
mi estandarte el Santo Cristo y de San Francisco Javier: con todo eso al
tiempo de la pelea. entrando en fervor y zelo hice
me dicho y así me fue fuerza dar el estandarte a un soldado
el cual adelantandosemos arriba por orden mía, para que fuese
en guardia de la persona de su señoría que se me había esca-
pado para reconocer mas cerca la estacada; vino un ba-
laco que paso entrambos los lienzos de las sanitas imágenes
sin tocar pero Las figuras estaba entonces el [Ls.] con la cara
a la estacada, y ha sabido por via muy secreta el como no se
que aquel balaco iba en derecado del demonio a matar un
gran personaje y el santo que le estaba adelante se lo reparo [B]
viendo yo las cosas tan apretadas hice por mi parte un gran voto
al santo y después a voz alta dije a su señoría hiciese un voto
al mismo de hacerle una capilla en San Miguel. a lo que con gran-
dísimo animo y liberalidad respondió si Padre muy linda
muy hermosa se hara. Pareció me determinar esta iglesia por ser
del [Ls.] mas devoto y querido que tuvo San Francisco Javier en su
vida. No puedo negar, que fue muy grande la pena de mi
corazón en este tiempo: no por el miedo de las balas que volaban
propiamente como mosquitos y hacia un ruido por los arboles for-
midable , porque puedo afirmar con verdad al de que
nunca he tenido rastro de miedo en toda esta jornada gracias a Dios
[margen a la derecha]
A
lo que hizo viendo
el gran daño que
recibían los nuestros y
los muertos y heri-
dos, fue con notable
fervor romper la
sotana y que dando
desnudo hasta sin-
tiera, darse crueles
azotes para a placar
a nuestro [s.s] con su sangre
y alcanzar de su
Majestad trocase las
cosas, y diese a los
nuestros victoria como
el Señor Gobernador que quedo
pasmado con los demás
de tan nueva y
fervorosa acción
reconoce haberla
recebido de Dios
nuestros el día siguiente
por sus merecimientos
B.
el Padre Marcelo descu-
brió al mismo padre su
confesor como deseando
nuestro sirvir el mis-
terio de aquel balazo
y pidiéndolo con grande
instancia a dios nuestro señor
estando diciendo mi-
sa le manifesto cla-
ra y [disjustamente] que
aquel balazo iba
enderezado al Señor Gobernador
que estaba detras y
hubiera quitados la
vida si el gloriosos
Patron de la empresa
San Francisco Javier no le
hubiera reparado; y dijo que
fue tan interés a la claridad con
que se le mostró, y la alegría que
le causo, que apenas se podía
contener de iba [alargar] a su [S.a]

con haber me hallado en los mayores aprietos y peligros de la vida
que nunca lo que me ha consolado muchísimo y servido muy bien
en la ocasion presente. Sea por siempre bendito Dios y alabado
su santisimo nombre, que [a ttingit a furie us que ad finem fur-
diter et disponir omnia suaviter] que me ha llevado por tantos
rodeos al puesto tan cercano a mis antiguos deseos de manera
que lo que me causo pena en este día no fue el miedo, sino el ver
los mas adelantados y valerosos soldados o muertos, o heridos.
Vaga pero la verdad me consoló muchísimo el ver los entrar
en la pelea con el [Ls.] Christo y San Francisco Javier en la boca, y con
las mismas palabras morirse, abrazandose muchos con las
dichas imágenes que aun tienen algunas manchas de sangre
Otros pegando con sus Relicarios y besándolos: otros pidiéndome
absolución general para disponerse a tan gloriosa muerte
parada por vengar Las [In Burias] echar al Santo Cristo: (esta
era quasi formula común de todos) y otros finalmente a quien
no podia llegar tan depriesa, diciendo sus pecados
dieron señas del gran dolor, y contrición que tenían de los uno
fue en particular que tres veces dijo: Señores digan a fila
no que me perdone, porque me habían dado dinero en Manila
Viviese puesto en este estado. Cierto que fue gran fineza de
contrición, pues se [Pa V R] que solo este no se había con-
fesado la noche antes. todos los demás casi confesejo y co-
mulgaron con grandísima devoción.
De los primeros heridos fue el Lorenzo Ugalde con
dos balazos en los dos brazos, y el señor Mayor Don Pedro
con un [mosquetaso] que le [auxero] de parte a parte el espino
de la pierna derecha. de manera que no pudiendo el valeroso
caballero estar mas en pie, estuvo un gran rato de rodillas
animando La gente con gran peligro que lo acaba ser habiendo le
quedado

quedado en el mismo puesto a [do] lo habían herido.
Don Rodrigo de Guillestigui fue dichosissimo porque peleo siempre
y estuvo todo el tiempo en el foso de la estacada sin salir con herida
de consideración llego el Alférez a mesquita a tremolar la nuestra
bandera sobre la misma fuerza, aunque con gran peligro, por que por
poco lo despeñan con una La [..da] en la cabeza y muchos sompites
en la garganta. En fin con[ esta...]los nuestros en apunas, y ser mas
de la una, cargados de biscocho, y armas, y cansados del camino, no
tan largo cuán dificultoso, pelearon como Leones, y dieron mu-
cho mayor miedo a los moros muriendo, que ni viesen ganado
el puesto sin sangre, viéndoles tan obstinadamente proseguir La
batalla en un degolladero; que otro nombre no me race tal puesto
y tenga V.R. por cosa cierta que ni un millon de españoles vinie
ra salido con el; supuesto que ni creer, ni aun imaginarse
puede a mi parecer su fuerza sino de quien se hallo presente
a la embestida. La Verdades que paso de valor a temeridad
por que por no dejar de pelear trocaban Las ordenes de [[...]]
o las entendían al revés, mandando a los cabos que la mejora-
sen en lugar de ordenarles que se retirasen, y luego cantaban
Victoria por los de mas que subían (bien pero la pagaron la mayor
parte con la vida) con que estuvimos gran tiempo engañados. Aun-
que La verdadera causa por que el Señor Gobernador no aprestó
mas Las ordenes de la retirada, fue el estar aguardando por
momentos, que Nicolas Gonzales embistiese de la otra parte de
arriba, por no ser su camino mas Largo que de tres leguas; pero
por haberlo hallado muy malo y estar también el malo, no pudieron
llegar hasta La noche. Con estas esperanzas y mucho mas falsas nue-
vas de Victoria, que muy a menudo se levantaban estuvo su [ss.a]
a guardando y alentando la gente buenas dos horas en un puesto
muy peligroso y descubierto a todas Las Armas del enemigo; vien-
do pero muchos muertos y heridos se adelanto con harto peligro

suyo y de todos si acontencia algun desastre; y fue a la plazuela
a vista de la estacada entre la furia de las balas, piedras, bacacayes
y sompites a donde mataron y hirieron muchos a su lado en particu-
lar a su paje de armas, pasandole con un balaco al morrion
y la cara. y habiendo por mas de media hora reconocido el puesto; vis-
tolo inexpugnable por aquel camino conforme poco antes le
habia dicho un Alférez reformado quejándose de los que querían
con mentiras engañarlo y empeñar lo mas; ordeno que tocasen Las
cajas a retirada.
Verdad es que nos podían los enemigos hacer muchísimo daño si
nos embestían a la retirada por que los muertos era diez y ocho, los heridos
mas de ochenta; y los pocos que que daban, muy cansados y embarcados
con los mismos heridos: de mas de ser el camino un mero despeñadero mas di-
ficultoso a la bajada que a la subida: pero Dios nuestro señor por la intercesión
de mi glorioso Ls. los cegó totalmente, u el valor y buena orden de su señoría
tampoco le dio lugar de acometernos porque con grandísimo brio, como si-
no viese acontecido nada, teniendo su espada desnuda en la mano usa
animando a todos, deteniendo La gente para que se retirase poco a poco siem-
pre con la cara al enemigo, disparándoles y tocando nuestras cajas y clari-
nes hasta llegar a la casa que había fortificado el Ayudante Don
Martin. estando aquí todos, Vimos por una Ladera bajar gran cantidad
de Moros que venían a impedirnos las retirada al Real. Dispararon
se le luego algunos tiros de artillería, con los cuales muy apriesa le
recogieron al cerro. quería su señoría hacer alto aquí; y a
guardar La embestida de Nicolas Gonzalez: pero la poca gente
lo obligo a retirarse, como se hizo tocando de la misma manera las ca-
jas hasta llegar al Real. los heridos [sepuereron] todos aque-
lla noche en una casa frontera a la mesquita y la mañana los
pasamos a los champanes enterrado tres que se habían muerto La
noche. fueron muchos de parecer que su señoría retirase a-
quella tarde al fuerte, lugar mas seguro por alguna embestida
no

no quiso pero de ninguna manera mostrar flaqueza al enemigo: y asi
se paso aquella noche con harto cuidado, porque si bajaba peligraban
por los menos muchísimos los heridos. se supo de algunos cautivos, que
realmente quiso embestir y [plocieza] de acabar con todo; pero que ima-
ginándose que haber muerto aquel día al señor gobernador que por su
Linda presencia pensaron fuese al buen Capitan Martin Monte; Juz-
garon ser necesario agradecer antes a Mahoma tan grande Vic-
toria con muchas ceremonias y borrachearías que hicieron aquella
noche con las cabezas de los nuestros muertos: como también sacamos
de la cantidad grande de luces, que vieron a la misma hora
en el cerro. Después de este asalto cuando nos retiramos La
tarde al real, escribió el señor Gobernador una carta aviso
Las Gonzalez dándoles parte de lo que había sucedido el día, y ordenán-
dole, que si por el sitio y gente suya sola juzgaba poder salir con el
cerro, embistiese valerosamente el solo: cuando que no, pro-
curase de retirarse honradamente al Real, a donde de dispon-
dría todo. Se dio la carta a [sosocan], para que luego por alguno de
sus Moros La enviase; pero nadie se fio llevarla, y así la volvie-
ron la misma noche al secretario.
La mañana muy temprano estaba yo diciendo misa en la mesquita,
cuando se comenzaron a oír los golpes de artillería y mosqueteria
en el cerro; señal que y a los nuestros estaban peleando. alborotase
luego todo el Real, y su señoría mando, que Don Rodrigo mar-
chase con toda la gente sana por el mismo camino del día antes por divi-
dir las fuerzas del enemigo. supuesto que ya Nicolas Gonzalez estaba
empeñado. yo proseguí La misa, aunque con harta dificultad por las mu-
chas lagrimas que causo el ruido de las piezas: y como que la decía por los
nuestros soldados difuntos; apreté mucho sus benditas almas, que nos alcan-
zasende Dios la Victoria que con su sangre habían procurado el día antes.
Acabada la misa decimos la letanía grande y nos pusimos todos en
oración era ver al señor gobernador de rodillas con sus lagrimas

a los ojos, y manos levantadas al cielo como Moyses dar socorro
y alcanzar la Victoria a los suyos. no había pasado una hora, cuan-
do vinieron dos soldados con la nueva de la victoria, y luego llegó
el Padre Melchior de Vera con las banderas del enemigo. no escribo
los abrazos, la fiesta y alegría que uno en el nuestro Real, porque
Mejor se le sabía VR imaginar que yo referir. Dio su señoría
Luego al soldado que trajo La nueva una bandera; y por el mismo
envió una encomienda a Nicolas Gonzalez.
Pues La manera como se gano el cerro, nos la dijo el mismo Padre
Vera de este modo. Marcharon todo el martes diez y siete, que fue el día
de la nuestra embestida, no por ser muy largo como y el dicho, sino por
estar muy malo el camino, y por andar en una a maca el dicho
Nicolas Gonzalez, que actualmente estaba tan achacoso y flaco,
que como el mismo me confeso después, La espada le sirvió el día
de la pelea de bordon; y un mozo le fue sustenando al brazo, que por el
peso de la rodela no podia levantarla tuvieron varios encuentros
de moros; que pero por no hacer ruido, llevaban orden de no pelear;
y asi no mataron por el camino mas que el cacique de Corralat
que lo hallaron escondido en un monte que predominaba al cerro:
y luego La mañana del miércoles, vigilia de San Joseph y día del
glorioso Angel San Gabriel habiendo Nicolas Gonzalez animando
los soldados y dicho les que por no tener retirada no había por
ellos otra cosa que el cerro o el cielo, embistieron valerosisima-
mente al enemigo que los aguardaba detras de un arbol
muy grande tendido en medio del camino; no teniendo por esta
parte otra fuerza de estacado o fosos, por no poderse imaginar
que por hay los viésemos de embestir estuvieron un rato pelear
lo: pero habiendo el Capitán Castelo que guiaba la vanguardia pa-
sado con algunos soldados de la otra banda del palo, los obligó
a desampara el puesto, y así fue siguiendo los con su gente sin dificultad
ni pe

ni peligro ninguno por la Retroguardia de las estacadas y fuerzas
hasta quedar señor de dos de las con cuatro piezas de Artillería, y de la
casa del Rey fuerte, en la cual tenia su dichoso con muerte de
muchísimos Moros a si por nuestros balazos, como por haberse despe-
nado con la hurda muy furiosa y atropellada que hicieron en una
ladera muy angosta que estaba a la salida de su misma esta-
cada por donde nos esperaban cayendo por justo juicio de Dios
en los mismos [Lacos] que habían armado contra nosotros.
Al mismo tiempo que Capitan Castelo con La Vanguardia sanó Las dos
estacadas; fue Capitan Bezerra con las Retroguardia al alcanza de otros
Moros que iban a juntarse con los que estaban de presido en la
tercera estacada que habíamos embestido nosotros por las van-
guardia el día antes y con la misma facilidad los obligo a
huir y a despenarse quedando señor de la fuerza y sus armar que
fueron Mosquetes de pinsote arcabuces campilanes [ett].
Los pacientes, criados y criadas de Corralat con otra mucha gente
suya que quedo aquel día cautiva, dijeron, que La noche antes
se había puesto un viril del santos sacramento que había robado
debajo de los pies, diciendo a todos que no había que temer porque ya
tenia Dios de los Cristianos debajo de sus Pies, y que supuesta La for-
taleja grande de sus cerros y estacadas, y los muchos
que tenían, sino lloviesen hombres del cielo, bien seguros estaban.
Pero que cuando La mañana Le dieron avisos que los nuestros em-
bestian por La retirada dijo a su mujer. Mal Lugar han es-
copido para mi Los Españoles: supuesto como he dicho que por
La Retroguardia del cerro no tenia defensa ningunas con todo
eso esta de buen animo, y guárdame aquí que quiero ir a hacer
con estos Lo que hice ayer con los otros fue, y viendo su mujer que ya
Los nuestros iban entrando; persuadió a sus criadas, que se despenasen
con ella por. no ser cautivas. Reusaron lo estas como mas cuerdas
y así quedaron nuestros esclavas; y la pobre Reina con un hijo

que tenia en sus brazos se despenó y quedo colgada en un Arbol con pena
cierro de todos por su buen natural conforme a la Relacion que nos
Dio el Padre de Dapitan que La conocía y por ser muy amiga de los
nuestros Cristianos cautivos embijando les a escondida La comida, en parti-
cular a los Religiosos; y viniendo con su marido cuando los Maltrata-
ba y a [fligia]. Despenada La Reyna llego Corralat herido
con un balazo en un brazo en busca de la; y viendo La ya muerta
se huyo por una de aquellas Laderas sin ser conocido A unos
Pueblecillos cuatro leguas del cerro, a donde ahora dicen que esta
curando. De los nuestros no murio Ninguno, gracias a Dios; queda
ron solamente siete o ocho heridos que ya estan buenos. Don Rodri-
go que había a marchado La mañana como dije con otra gente; sabien-
do por el camino La victoria embio Los soldados de refresco
Nicolas Gonzalez y el de volvió al Real.
Mire VR su pudiéramos nunca como decían coger el cerro
por hambre. A tenia sementeras, platanares, Un rio de muy
Linda agua, y seis en siete mil cestos de arroz, que por ellos
era muy grande provision. fortifico se Nicolas Gonzales con su
gente en dos puestos. Puso en la casa del Rey que había embargado
por su majestad el Capitan Becerra con cincuentas soldados
y el se quedo con los demás en la estacada principal a do estaban las piezas
hasta que se quemasen todos. Las cuatro piezas estacadas, casas, arroz
y sementeras, y se bajasen Las cuatro piezas de Artillería que se hizo en
dos días, con admiraron de todos, y de los Mismos con destables, que lo
tenían por imposible y lo vieran arrebentado si su señoría
no viese tenido tieso en que no había departir salta que bajasen
no queriendo que dijese Corralat que los españoles no
habían podido bajan las que el había subido: aunque el [lodic
co] con dos mil Indios en seis meses y los nuestros en dos dias
con cuatro Barigas.
No puedo negar que fue muy grande La alegría de este días
Pero

pero mucho nos [Lanerbo] La nueva de la muerte de los dos padres Reco-
letos, que su señoría con todo su poder deseaba libran de manos de los moros
porque aunque cautivaron tres en Pintados, toda via uno de los
fueron verlo con nosotros mismos balazos de los soldados de Nicolas
Gonzales el día que [cojio] la armada enemiga en punta de
San Sebastián, o lina de flechas. El uno mataron Los Moros
el dia que ganamos el pueblo debajo, porque huyendo los con sus muge-
res y cautivos al cerro arriba; ni pudiendo este buen siervo de Dios
caminar muy deprisa por haber estado enfermo a furia de palos lo
acabaron, y colgaron muerto en un Arbol para que nos lo viése-
mos del Real; pero porque estaba a lejos, aunque lo reparamos,
no pudimos afirmarlo; tanto mas que lo quitaron luego el día
siguiente, sin haber se podido saber que se hicieron el otro de
lo mataron por rabia arriba el mismo día, que Nicolas Gonzalez gano el
cerro aunque no murió el día siguiente en la mesquita de
abajo en frente al altar que fue lo que lo consolo muchisimo
por ver ya bendita con titulo de nuestra señora del buensuceso
La casa que poco antes había dejado dedicada a Mahoma, Acudi-
mos a su muerte cinco Padres que nos hallamos en el Real
y la mañana lo enteramos en la mar por no dejar aquel santo
cuerpo en las manos de los Barbaros. Cuando lo por amor
tajarlo que de pasmado en ver la cantidad grande de las heridas
y [Campilanasos] crueles, con que le habían despedazado todo el
cuerpo: y entonces admire la gran paciencia y su sufrimiento que tuvo.
Admiraron también los soldados el gran zelo [deteslo.] veron
porque cuando lo hallaron en un rincón del cerro de esta mane-
ra herido, no solo no se quejo, sino que pregunto luego, si habían
algún soldado herido para confesarlo; y diciéndole que no se
cansase porque llevaban un Padre de la por esto:
se alegro muchísimo y los rogó que lo llamasen luego para
confesarse el, como al punto acudió el Melchor de Vera

Al tiempo que lo bajaron al Real yo estaba con los enfer-
mos en la armada, dijeron me pero La tarde cuando volví, que
su señoría había hecho finezas propias de su piedad en el Padre
ayudándolo a concertar y poner en la cama; dandole con sus manos
de comer limpiándole La sangre de los heridas; y consolando con
muy tiernas y devotas palabras; en particular cuando comenzo
el cirujano a medicarlo; porque estando ya los vestidos pe-
gados con las heridas por haber pasado ya días medio sin hon-
rarse; fue grande la fuerza del dolor al arrancarlos con que se
resintió un poco. Le fue luego su señoría a la mano con las
memoria de la pasión de Cristo señor nuestro y tuvo tanta efica-
cia que como me afirmo después, ni palabra dijo ya mas mi
acción mostró contraria a una invicta paciencia de glorioso Martyr.
Confieso que Lavé sus heridas después de su muerte mas
con lagrimas de los ojos que con agua del rio por una santa
[embidia] que tan gloriosamente hubiese [acarlo] su peregrinación
Le pedi antes de morirse que me alcanzarse de Dios Muerte
semejante a la suya, o mas penosa en defensa de sus mas Ley:
Me lo prometio el [S. Varon], y lo espero por su intercesión
No por quejo le merezca; sino en pago de la gracia que sus
gloriosas heridas se le añadió con las cuatro postreras absolució-
nes que con mi particular consuelo le di. Por cierto dichosi-
simos Padres que han podido con sangre manifestar al mundo
el zelo y amor Divino que escondían a sus pechos.
Acabada la mañana de enterar al Padre que fue
el Viernes a dos días después de la Victoria
subimos con su señoría al cerro. pero era tan grande el he-
dor que había por los Moros muertos en los barranca
de nos, aunque muchos aun vivían por las voces y gemi-
dos de mucha gente que oía que apenas llegados vimos La
casa del Rey y Luego nos volvimos al Real, mandando que fuera
de los

De los ornamentos de las Iglesias, y armas por su majestad Lo demás se re-
partiese a los soldados sin reservar por si o por los suyos ni una blanca
Acción por cierto con muy grande razon alabadas y admirada de todos,
por no estar ahora en uso entre los Capitanes y Generales, y por haber
sido me parece, La primera en estas Islas Filipinas confirmando el con-
cepto en que lo tienen todos de caballero totalmente desinteresado, lo que
se [hallo] y repartió fue muchísimo dicen que vio muchas escriba-
nias llenas y muy pesadas. Lo cierto es que hay estaba todo tel tesoro
de Corralat, y cuanto había robado en tantos años no quiera saber mas
[V.R. ]los soldados han venido muy contentos y muchos muy ricos
buen provecho les haga que verdaderamente todo lo merecer, por
todos pelearon valerosisismamente de los ornamentos de las Iglesias
y vasos sagrados, como cálices, patenas, viriles, incensarios, crimeras, [VEa.]
que ya se han vuelto con grandisima puntiealidad a sus Dueños se lle-
no un cajon muy grande como de las cuatro Andas cargadas
de los pudo colegir [VR] en la procesión tan solemne que
[...] sus señoría en Manila el Domingo de la Trinidad en agrade-
cimiento a Dios por La Victoria. Solo me pesó en este día en que su-
bimos al cerro no haber tenido tiempo de buscan mis cuentas que
habia perdido el dia del asalto cuando por a placar La ira de
Dios partí muy apriesa por el medio mi sotana pero Dios quiso con
solarme el día siguiente, porque volviendo de la visita de los en-
fermos al Real me las dio su señoría que reconociéndoles en
mano de un soldado que Las había hallado bajando del cerro
Le dio no se cuantos pesos por ellas, y cierto de los merecieron
por ser del palo de los mártires quemados en Japon y por ha-
ber tocado todo el cuerpo de mi gloriosissimo Padre Francisco Javier
en Goa; que son Los causas, por quejo las quiero tanto.
Seis dias enteros gastaron en repartir, abrasan y destruir to-
do lo que había en Mindanao, y así a Veinte y cinco de Marzo día
de la Santísima Anunciada partimos a la vuelta de Zamboanga. No

No quiso Señor Gobernador La Vela antes de agredecer en el mis-
mo puesto a su divina Majestad tan grande Victoria; y asi se hizo una so-
lemne procesion del santísimo sacramento de la Mesquita a la fueren
llevando adelante su señoria La imagen del Santo Cristo y de San
Francisco Javier patron de la jornada con el manto blanco de su orden
con que se había comulgado Dando Los soldados con sus Mosquetes
y La fuerza con sus piezas unas ocho salvos reales con balas quede
mas de honrar La procesion sirvieron a limpiar los dos Mon-
tecillos de la emboscada que sin saberlo nos habían algunos
Moros armado para La nuestra embarcada se sacó estos de los
muertos que hallo poco después el Capitan Juan Nicolas
cuando volviendo del Rio de Bugayen quiso Ver el puerto que
habíamos cogido a Corralat. Acabada La procesion se dió
fuego a la Mesquita y fuerza y se comenzo a embarcan La gen-
te con buena orden en los champancillos del Armada.
Luego se despacho Sargento Mayor Palomino con cinco Cara-
coas y cien españoles [par...] con el Padre Melchor de Vera [...re]
sabia bien La Lengua fuese a buscan a Monca y Rey de Buga-
yen, y verdadero señor de la Isla de Mindanao (que este
otro Corralat aunque su paciente es Tirano) que esta doce le-
guas del cerro de Mindanao y tratasen con el de paces y de ser
tributario y vasallo de sus majestad Mientras ya dábamos La Vela
apareció a la playa Un nuestro Indio cautivo lleno lo la faluga
al nuestro champan, y nos dijo, como se había huido de las se-
menteras de los enemigos a donde lo habían tenido aque-
llos días preso: y que pasando por uno de los desbarrancaderos del
cerro había hallado una infinidad de moros muertos.
Dos o tres horas después de haber partido de Mindanao encontramos
el Capitan Juan Nicolas el Padre Pedro Gutierrez Rector de Dapitan
que con cuarenta embarcaciones, mil y dos cientos Indios aventureros
y cincuenta españoles venían de socorro a la nuestra Armada.
Los

Los despacho luego su señoría con nueva orden para el Sargento Mayor
Palomino, en la cual la mandaba que no obstante La primera in-
tención viese con toda la gente que le embiaba demás de coger en
todo caso a Moncay o por la menos le quitase Las armas con esto pro-
seguimos el nuestro camino y el Domingo de Pasión llegamos en
Zamboanga.
Recibió la fuerza su Capitan General que volvía victorioso con sal-
va Real y escuadron, y el Padre Gregorio Belin con capa y Te Deum
Laudamus en su Iglesia yo habiendo acompañado hasta las casas
Reales me fui a disponer en el Hospital para los enfermos
que aunque les habia acudido en Mindanao, y por el camino con
todo lo que había de la dispensa de su señoría, con todo eso por las
incomodidades de los champanes en que habían venido [forcosa mste ]
apretados para que los pudiese curar cada día el cirujano
que en la faluga de su señoría Los iba visitando; por falta de ga-
llinas venían muy flacos fui buscando Luego Las camas hasta llevar
Las de casa: encerre en una posento quema mando hacer Luego
se señoría en el mismo hospital cuanto pude coger de dulces y
otras cosas para el regalo de los enfermos: y en nuestro corral guardé
cuantas gallinas habian Venido en Zamboanga de Othon: porque
Los particulares Las dieron a su señoría; y el sin guardarse le
ni una tan sola por si, me las entregó todas para el servicio de los
heridos. Con tan buena provieron quedeme en el Hospital para
poder acudir de día y de noche al cuerpo y al alma de los enfer-
mos adelantados mucho de la visita personal, y cuidado continuo
de su señoria para que no le faltase cosa ninguna con esto y con
La devoción con que estaban y confesión y comunión general que
hicieron todos el Domingo de Ramos se hallaron el sábado
en que partimos de Zamboanga gracias a Dios La mayor parte
sanos y valientes.
Y verdaderamente quien vio el numero y calidad de las

heridas, no puede negar haber sido cosa Milagrosa, que de ochenta
heridos, fuera de los tres que acabaron La misma noches del asalto
en el Real, no muriesen mas que dos teniendo todas Las heridas
ponzoña; demás de ser muchísimas de por si penetrantes y mortales; como
vimos de los efectos que causaron en los enfermos, los sompites, baca-
cayes, y balas mismas que no obstante de ser todas mordidas, hallamos
también en el cerro que estaban metidas en un [tibor] lleno de ponzoña
La verdad es que yo me servi de algunas contras muy buenas que me habían
dado en Malaca: pero La verdadera contra fue mezclan con ellas Un
poco de reliquia de San Francisco Javier, que junta con la fe y devoción de los
enfermos y cirujano valentisimo hombre obro maravillas. Bien Las
experimentó el Capitan Marotto que ya estaba todo negro y agonizante, cuan-
do me llamó por confesarse y recibir Loa sacramentos. Mejor el Alfé-
rez Miguel a Mesquita, que hecho por la boca una noche tres sompites
que tres dias antes en el asalto le habian atrevesado la garganta. Mas
que todos un sargento de su misma Compañía a quien muy aprisa di La ex-
tremaunción, por tener pesado el estomago con un balazo, y echarla
sustancia de la comida por la herida: con otros muchos que estando y
desanclados en Mindanao van a hora caminando por Manila. So-
lo el Alférez Romero y el Alférez Mochuica murieron en Zam-
boanga de lanzadas que le dieron Los Moros ya ganado el cerro
por el camino, pero entrambos voluntariamente se compraron La
muerte con quererse dejan curar en manera ninguna.
Estaba entre tanto el señor Gobernador a guardando La vuelta
del Sargento mayor Palomino del Capitan Juan Nicolas de Bugayen
y en lugar de descansar estos días como todos pensaban, por los [trama]
los pasados; fue en personas con los soldados a trabajaren Un
foso que habia mandado abrir por trae un Rio de aguas
dulce a la fuerza que es lo que solo le faltaba; y ahora y a por gracia de
Dios a llegado, como habían de Zamboanga: pero antes de poner mano
a otras obras, quiso como señor tan pio, agradecer La segunda vez a Dios
La

La victoria con una fiesta al santísimo sacramento
y porque no faltase ni el valor ni la piedad del gran
Capitan Judas Macabeo; mando se hiciesen también
el siguiente Las honras a sus soldados difuntos aun-
que por mala dicha de las fiestas tocó predicar a mi
en entrambas Publico también un gran papelón de
mercedes, oficios y ventajas a todos los heridos en es-
ta jornada con que acabó de obligarse la solda-
desca toda en manera que ya no trata ni habla de otra cosa
que de su Capitan General; hasta los mismos marineros, de-
clandose que no quieren servirse de la merced de
pasar a la Nueva España, por perder La jorna-
da del año siguiente.
En estas ocupaciones se pasaron algunos dias, hasta
que llegó la nuestra Armada de Bugayen el Miércoles
Santo, y el día siguiente vino con tres caracoas el her-
mano del mismo Rey por embajador a tratar con
su señoría la confirma de las paces tratadas del
Sargento Mayor Palomino su puesto que no se había po-
dido ejecutan La segunda orden que llevaba Juan
Nicolas, por haber llegado tarde cuando ya Mon-
cay había venido a cuantas condiciones podíamos dese-
ar, hasta decir públicamente a los suyos que el que-
ría ser amigo y vasallo del Rey de españa por lo
cual que no quería ser lo, se fuese de sus pueblos. en
esta conformidad ofreció el embajador en nombre
del Rey su hermano al Señor Gobernador cinco cosas.
La de dar luego todos los cautivos que tiene Cristianos

La 2a de pagar tributo a su Majestad. La 3a de recibir
Los Padres de la Compañía para que públicamente ense-
ñasen a sus vasallos La Ley de Jesu Cristo. La 4a que
si quería tener una fuerza con presidio de españoles en
sus mismas tierras; Los trataría como hermano y la
5a de ser amigo de los amigos, y enemigos de los enemi
gos: y consiguientemente procurar de acabar a todo su poder
con Corralat o Vivo o muerto, y entregárselo de cual-
quiera manera en sus manos. Lo recibió su señoría con
grandísima Majestad en una silla rodeado de todo el mas
lucido de nuestro ejército muy lleno de galas y [bacarria
sesento] en el suelo de la misma alfombra el embajador
admirado de la magnificencia y gallandia del nuestro Capitan
General y sus soldados. Mandó luego al gobernador de la fuer-
za que lo hospedarse en su casa: y por el regalo que le
embio después de algunos cocos y gallinas, le dio unas
piezas de seda muy linda: pero por un sangley cauti-
vo que le donó en nombre del Rey su [herma], dijo
que no daba nada, por no ser aquel vasallo del Rey de es-
paña. Hizo el embajador nueva instancia, para que le em-
biase alguna cosa, lo menos algunas armas suyas: le respon-
dió su señoría que hasta entonces Moncay había sido ene-
migo y que como tal no merecía nada; pero que comenzase
a dar señas de su amistad con embian luego Los
cautivos [Vza.] que así bien presto experimentaría su
liberalidad al punto de Corralat le ofreció dos mil pesos
si se lo daban muerto y cuatro mil si lo entregaban
vivo; lo que de moro recibido con grandísimo gusto
por

por la codicia grande que tienen de dinero por lo cual mata-
ran a sus mismos Padres de manera que pienso, su puesto es-
to, que muy pocos habían de ser sus días.
El Sábado santo la mañana estando su señoría en la playa
para embarcarse, se vino a despedir el dicho embajador
y a recibir las cartas y capítulos de paces firmados hay en
su misma presencia. Y al fin mientras su señoría para
honrarlo a la postrera despedida lo abarcaba; de dijo el
Moro muy agradecido, que dentro se cuatro lunas (así dis-
tinguen los meses) habían de ir haberlo en Manila
Cosa que sumamente me consoló por la comodidad que
V.R. tendrá de enviar por el mismo los obreros
a tan abundante cosecha.
Luego disparo la fuerza toda su Artillería, respon-
diendo con su Salva toda La Armada y habiendo se el
señor Gobernador embarcado en su chapan, dimos La
Vela en demanda de Manila; y el embajador
para Bugayen; partió también el Capitan Juan
Nicolas y el Capitan Juan de Leon con Una Compañía
de cien españoles y mil indios con orden que habien-
do acompañado el embajador de Bugayen hasta sus
tiernas pasasen adelante con su armada, y rodeasen
toda La Isla de Mindanao hasta Dapitan, destruyendo
y abrazando todos los Pueblos y tierras que no quisie-
sen su [gestarse] a nuestra armas. fueron por Capellanes
del Armada el Padre Rector de Dapitan y el Fraile
Agustino que había venido por confesor de los Pan-
pangos.

Este mismo día partió de Zamboanga para la
Isla de Basilan el Padre Gregorio Belin con el
Capitan Xineros por la causa que ahora dire a V.R.
esta esta Isla frontera a la nuestra fuerza dos
leguas de ella; tiene tres en cuatro mil tributos
que se pagaban al Rey de Joló aunque han desea-
do siempre ser trubutarios de su Majestad Ultimamente
vinieron a dar obediencia los principales de la dicha
Isla al señor Gobernador en Zamboanga con que
mando que el Gobernador de la fuerza cobrase dichos
tributos, y los defendiese de Joló hasta que el año si-
guiente se sujete también el por fuerza de armas
al mismo tributo. Publicado este concierto vinieron
[dos] cientos principales Joloes con todas sus casas a una
Isla hay cercana para pasarse amorar en Zambo-
anga, y ser nuestros vasallos pero querían saber
el gusto de su señoría. Por esto fue al dicho capitán
con el Padre Belin para que los asegurasen y lleva-
sen ala fuerza; a donde con fio en dios estaban ahora
muy bien adoctrinados y dispuestos para el Santo Bautismo
y por que no tenia su señoría Padres por embiar a Ba-
silan, escribió al Padre Francisco Ángel en Virtud
de una potente amplísima que lleva de VR que de
La Isla de Negros pasase luego a Zamboanga
a do el Gobernador de la fuerza le daría soldados
para la guardia de su persona con todo lo demás necesa-
rio a la promulgación del Santo Evangelio en la
dicha Isla; a donde ya fue con grandísimo gusto,
con

La cual cierto por haber sido muy larga y peligrosa nos ha dado mucho que padecer porque
cualquiera Isla que encontrábamos habíamos de rodearla forzosamente toda, y por
cualquier parte que que [fiesemos] ir, luego el viento se ponía a la proa; con
tres o cuatro baguios (que son tormentas des echas) en las Islas de negros,
de Mindoro y Marinduque; que fue milagro propiamente de Dios por
particular protección de San Francisco Javier escapar libres de todos princi-
palmente en lo que tuvimos en la Isla de Mindanao se nos vendió el árbol
y pasó un [rollero] por encima de la nuestra popa tan caliente y tan
nuevo a los Pilotos y marineros, que viendo lo de lejos venir sobre Las
aguas me llamaron aprisa para que lo con [hurase], como hice: y cierto no
pudo ser otra cosa que diabólica por declararse visiblemente autor de tantas
hazañas, estorbos, y contrariedades el gran diablo de Mindanao, que de su silla
con tanto valor había se señoría derribado.
Pero si visible fue la obra del enemigo en los peligros muchos mas patentes
y clara fue la protección divina y del nuestro [Ls].en los mismos: como cuando nos
libro de algunos bajos [de...dra] en la costa de Manila, a donde irrepara-
blemente habíamos en callado [y...a] un champan que se [ab...] de donde [...mudar]
mos sin saberlo un día antes: y otros muchos que por no cansar VR no re-
fiero. Dos veces tomamos refresco por el camino por acudir a los enfermos
una en Iloilo a donde los nuestros Padres nos regalaron con muchos novillos,
terneros, quesos, y gallinas; La otra en Panay por el capitán y alcalde mayor
Don Francisco de Frias. Al fin porque los vientos eran totalmente por proas,
y realmente su señoría había padecido tanto por el camino que bastantemente
Lo declararse con referir a V.R. lo que el mismo me afirmo que de cuan-
do había padecido y pasado en Flandes y otras partes por servicio de su majestad
ninguna cosa llegaba a lo que había sufrido tantos días embarcado en un cham-
pan. Se resolvió desembarcan en Tayabas con el sargento mayor Don Pedro
su sobrino y el Capitán Lorenzo Ugalde enfermos que tenían necesidad del
Cirujano, y de aquí fuimos por tierra dos días de camino hasta la laguna,
de donde por el rio llegamos a Manila los diez y nueve de Mayo yo me
que de en San Miguel, los enfermos en Manila y su señoría La misma noche
pasó

pasó a Cavite donde tenia orden de aguardarlo su Armada. La cual
fue Dios servido que llegase toda entre cuatro días, y así el Domingo hizo
su entrada con la pompa y gallardía que V.R. vio y no se si repara-
ron muchos en lo que aconteció aquel día, porque de todos los cham-
panes faltaba un solo del capitán Don Gabriel Niño de tavora que
traía algunas piezas grandes del enemigo, y cuando se señoría
llegaba por una parte de Cavite por haber la entrada llegó por
La otra de Mariveles Don Grabriel Niño con que parece quiso
mostrar Dios La particular providencia suya en llevan toda
La Armada con salud; y la gloria y alegría grande que había
de causar en el cielo La dicha triunfal entrada en Manila: su
puesto que tan milagrosamente Junto todo sin que le faltase de los despo-
jos cosa chica ni grande bendito sea por siempre y alabado sus
caballero se ha servido dar al mismo tiempo el remedio a las Islas,
y castigo a la soberbia de estos moros que la menor cosa que decían
cuando llevaban cautivos últimamente Los tres Padres Recoletos
con tantos ornamentos y vasos sagrados fue que llevaban cauti-
vos preso al Dios de los Cristianos y que no había quien pudiese
resistir mas a Mahoma. Viense se echa de ver con las ex-
periencia. La verdad de la revelación que tuvo aquella santa
sierva de Dios y salvación de esta conquista.
Nuestro Señor Le de vida y salud para que pueda
acabar lo que con tanto animo y valor ha empecado
por gloria de su Divina Majestad. bien de esta con-
quista, y reputación de nuestras Armas, que por mu-
chos desastres estaban ya muy abatidas.
Esto es lo que se me ha ofrecido escribir a VR
Alonso de Carvajal. Sobre el alzamiento de los Sangleyes del año de 1639 y 1640.

Padre nuestro quiera nuestro señor y la virgen de Caysasay [que]
haya estado con la salud y gusto que todos sus verdaderos
hijos deseamos, que ese es el consuelo que en tantos
sobresaltos tenemos. Aunque nuestro padre [Medr.o] ha
escrito [reverendo] padre nuestro sin avisarnos, y dado le cuenta por
mayor del estado en que nos deseaban poner los
sangleyes, lo haré yo con algunas particularidades.
El domingo en la noche como a las ocho llegó un papel
del mayordomo del maese de campo de Biñan
que los sangleyes de Calamba se habían alzado, y
muerto a [Arias de Mora], y que venían haciendo daño.
Corrió voz habían muerto a Juan de [Herz.a] y a
su mujer, y a la del mayordomo de [Minian]. Tocaron
a arma. Juntaronse vecinos, y toda la milicia.
No se presumio era la gente que venia tanta sino hasta
quinientos que forzados de los malos tratamientos desesperados
habían querido salir de la opresión. La confusión
era grande, y el señor gobernador envió a [Martin de]
Aduna con algunos de la compañía de a caballo, y
que juntase por el camino de su gente de las estancias,
y viendose con ellos los acometiese sin mucho
riesgo. Con que el lunes día de la presentación
fuimos a la misericodia, [y gobernador] y toda la ciudad
con quietud, aunque las compañías de vecinos estaban
en el Parián, y cuerpo de guardia. A la una
del día corrió voz que salió de hacia Bagumbayan
que los sangleyes venían entrando en Manila
con que todos quedamos en confusión. Originóse esto
de que venia un soldado de a caballo malherido
y dijeron como fue verdad habían muerto a
[Martin] de Aduna. Con esto la gente toda de Bagumbayan

y que él le disuadió. Viendo la multitud y los pocos nuestros, que no
serían treinta y que no tenía orden, él dijo: “Ea, españoles, logremos
el buen día.” Y empeñó se [había embarcando atollo] en caballo
y allí le mataron [y a] dichos tres, e hicieron dos, con que
el padre hizo [acto] en escaparse y venir a dar nueva. Juntaron consejo
de guerra, y dicen [que] había en palacio brava confusión.
Previnieron los soldados de Tondo, iba Ermita y Malate, y de
la bóveda de la compañía llevaban plomo para balas a pieza. A las cinco
de la tarde salió el sargento mayor Don Juan de Arceo con tres
piezas de campaña, más de ciento y cincuenta españoles de las compañías
de Domingo Ruiz, Don Martín de Ocáriz, dos capitanes bagos y
más de otros tantos pampangos con armas de fuego, doscientos
tagalos piqueros y algunos joloes y japones. Iban le acompañando
el señor gobernador y maese de campo a caballo, iba Don Rodrigo
de Guillestigui, Mena, Balderrama y algunos soldados viejos
aventureros. Decían [que] iban a San Pedro de [Minian] pero
no fue así. Llegaron a Pasay a donde hicieron noche aguardándolos
para el amanecer por ser el camino forzoso.
Acá hubo prevención. El parián estaba quieto. No quiso
el gobernador entrar por las calles de él, ni que nadie entrase.
Estuvieron en la calzada el gobernador, la compañía de Don Pedro Jara,
que él estaba en la huerta y llegó a las oraciones, y
Enríquez con gente debajo de la horca. Y él y el vicario
visitaban el parián, que todos estaban quietos y temerosos.
A las cinco de la tarde se supo [que] habían pasado por
nuestra estancia y la quemaron, y veíamos fuegos en
San Pedro, junto a Guadalupe que la Virgen defendía.
Había despachado yo aviso al [pelovos] por la mañana con
embarcación de lo que pasaba hasta entonces, y que estuviese
con cuidado, y en caso consumiese el Santísimo y tuviese
prevenida embarcación, y cogiese la Virgen y la plata
y se bajase, pues el río estaba seguro, antes que llegase
mi carta el lunes tuvo nueva consumió el señor y por la
tarde con los criados porque toda la gente sino es cuatro

y todo aquel contorno, dieron la vuelta por San Mateo
no hallaron cosa, aunque afirmaban los padres Franciscos que se juntaba.
Y como tuvieron nueva de la rota en San Pablo que todo el recelo era
que como eran tantos los que bajaron y por donde quiera que pasaban
se llebaban todos los que había y los mataban. Y en Santa Cruz
habían quedado tan pocos, que procurarían venir a juntarse
con los de el Parian y Santa Cruz y alborotarlos. Y no habiendo
muerto gran numero no volviesen destruyendo pueblos.
Ellos volvieron caminando a toda prisa a Calamba, el sargento
mayor siguiendolos. Y tuvose nueva [de que] se fortificaban en
Socol Don Fernando Galindo junto la gente de los Baños, que casi
todos los españoles de por allá concurrieron allí y con
la más que pudo fue a Socol primero que llegase el sargento
mayor. Animó los que traía facilitóles la subida y apocó el
numero de sangleyes con que unos y otros acometieron
animosos, y les ganaron el [cerco] y desbarataron. De que
tendra ir más noticia allá con la nueva de esta rota que
fue el [sabb.o] quedó todo quieto, y todos lo atribuyen
a la virgen. Diose nuestra parte el parabién al gobernador, el
cual publicó ser milagro de nuestra virgen y así lo sienten
todos y lo dicen los soldados.
Hace continuado el novenario, salve completas y antífona
con la mayor puntualidad de nuestra parte y concurso de el
[publico] que jamás se ha visto, dijo el secretario de el comissario la misa
[su dia], el regidor de la compañia acudiendo todas las comunidades
y lo [grabe] todo de ellas y de acá recibiendo
a las religiones, y luego al gobernador y audiencia que nunca han
faltado, y hoy que es martes día de la fiesta del santísismo que
ha de acudir a la iglesia mayor se anticipa la misa muy de
mañana porque así lo ordenó el señor gobernador por poder [venir],
que en todas las acciónes nos gobernamos por él, comunicandoselo
yo, a quien [he] hecho dueño de todo a lo [teatino]
que [tan bien se q.do] conviene a la orden. Luego dijo
el [p.e] absoluto de los recoletos, que les convidamos diciendo
eramos todos unos y esta fiesta tanto suya como

y el valiente del [Padre Compañia Rojas ] y otros tres españoles que venía
de [Passi], como los vio los llamó. Y ellos preguntaron por la virgen
dijo estaba en la iglesia. Fueron allá sacaronla y la plata, y echaronse
[rio] abajo. Llegando a San Pablo vieron la multitud en el embarcadero
de sangleyes dijeron querían llegar el padre. Decía hiciesen [sa]
[cam.o] ellos no hay que temer que buena defensa tenemos con nosotros.
Llegaron. Dieron dos cargas. Mataron nueve sangleyes. Faltóles
la pólvora, y vinieronse. Y como el Padre Covos venía más muerto que vivo
de el susto y malanoche no estaba en sí. Llegaron a la puesta de los almacenes.
Y con el respecto de la virgen que traían (aunque yo había avisado la trajese
de secreto) la llevaron a la capilla real. Avisaronme estaba allí y
yo iba con una silla para traerla. Llegué a la capilla. Ya tenían a mi virgen
colocada en el altar mayor. Quise traela. Dijome Don Pablo de Artosa tenía
orden para no la dar ni dejarla salir. Fuime al señor gobernador ponderéle la estimacion
que la [p.a]hacía de aquella santa imagen. Y que aunque su señoría era dueño
de todo, y en especial por muchas razones de lo que esta [p.a] tenía, no daría
yo buena cuenta de lo que me había encomendado. Dijome él no había buscado
a la imagen sino que se había entrado por sus puestas que le había [sobrado]
devoción que así deseara tenerla allí, y que pediría el beneplácito
al padre vicario [pl y a ir] yo haciendole a el dueño le hablé a lo [teatino], dijome
que si quiera se la dejase un novenario que le quería hacer con
el campo. Yo le dije estimando el servicio a la virgen, y [honría] a la religion
que permitiese se le hiciese en el convento. Al fin tanto insté que me
dijo que la daría pero que quería él entregarmela con una procesión
con el tercio. Yo lo estimé y agradecí. Fuime a la capilla y
estuveme con mi virgen a donde luego concurrió la poca gente
que había en Manila. El Governador convidó al cabildo religiones [hasta]
a nosotros ciudad y [medio.] Pregonasen la procesión para las cuatro.
Colgaron las calles y la iglesia y la adornaron. Y el padre prior lo
hizo. Y hace con grande aparato. Colgaron y aderezaron ricamente
la iglesia nuestra. Y el padre prior quiso ir revestido. Pedimos licencia al
señor arzobispo para la procesión. Salió de la capilla con governador y audiencia [de la]
ciudad y religiones y todo el cabildo eclsiastico sin faltar
ni el dean con todo el tercio y gran multitud de luces. Llevabamos
nuestro guion y estandarte y el de la capilla. Quiso el señor
governador la trajesen sus capellanes. No reparamos en eso aunque los
prelados acudieron a sacarla. A la puerta de casa estaba un
escuadron. Allí me la entregaron, y la metimos y pusimos en

un altar al principio de las gradas cantóse la salve con mucha
musica, y cera y adorno de iglesia como día del corpus fue la
procesíon con gran devocion, y concurso. A la noche colocamos
a la virgen, en la custodia con un nicho de un baldaquino y sus
velos, al salir dijo el señor gobernador tenía intento de hacerle un novenario
en su capilla. Con que yo dije a nuestro padre [medr.o] y al padre prior
era ya empeño el hacersele acá. Parecióles bien y así convidé
al cabildo para la primera misa y a las religiones para las demás
avisando al señor gobernador y dandole las gracias de su devocion y del
buen suceso que tuvimos con los sangleyes en San Pablo que el ponderó
había sido al mismo tiempo que traiamos en procesíon a la virgen
y que desde que llegó se había prometido buen suceso. Pedíle sus
capellanes dijesen una misa y fuese el ultimo día para cuando
había sermón que predicaría el padre prior de [Maalat.] Y por sus
muchas ocupaciones no le pedíamos asistiese. Él dijo lo estimaba,
y que todo eso le debíamos, que no se prometía venir, pero
que lo haría las veces que pudiese. Estimó mucho el darle el
parabién del suceso (que diré luego) y había lo hecho con
ponderación, de haberle enviado un recuado cuando vino la nueva
de la muerte de Aduna, de que toda la [p.a]. Y los que nos hallábamos
estábamos a orden de su señoría de la manera que quisiese ocuparnos.
Y aquella noche fuimos todos al coro a hacer
una plegaria con letanías cantadas y diciplina por el suceso.
Y estandolas cantando, vino padre Julian y [Gr.mo] Nuñez de parte
del gobernador a pedirse encomendase a dios. Y como nos hallaron
en eso, entraron en el coro, serían las siete y media, hablaron
al padre prior y dijeronselo al gobernador. La primera misa
dijo el cabildo, viniendo todos sin faltar ninguno al coro con
sobrepellices, el gobernador, audiencia, y ciudad y toda la gente que es
mucho para el aprieto que hay. El segundo día, santo Domingo, también vino
gobernador y audiencia. Estas misas estan dichas [por] los padres de la compañia
vienen el [sab.o] cosa extrordinaria para ellos salir fuera a eso.
A las cuatro cantamos completas abajo y la salve a la virgen
y antífona. Acude mucha gente esta con muchas luces
acuden todas las [s.as ]de Manila todo el día viniendo siempre
las más a pie y volviendose a sus casas del mismo modo

nuestra y que así las misas que faltaban las habíamos
de decir entre los dos, ese día me dijo el señor gobernador que: "¿cuando
llevaríamos la virgen?" Respondíle que: "cuando su señoría ordenase
que sí en todo seguíamos sus disposición." En eso también
que el jueves se acababa el novenario, dijome que
él quería llevar la virgen + con la audiencia pero que no podía
ser, luego que era necesario enterrar los cuerpos porque (sic) no inficionasen.
Y al salir me dijo que aunque [peño] de cuerpo sabía era de
grande animó que quería ser mi huésped con la audiencia y ciudad
con que fue [forzoso] tratar luego de aparejar así para lo eclesiástico
de iglesia y adorno, como para hospedar tanta gente
y tan grave y todo se vence abriendo la bolsa. Dio orden
trajasen dos falúas [bagas] toda la jurisdicción trajese embarcaciones
con soldadesca y para ir el campo y ciudad de
manera que se iba preparando uno de los mayores acompañamientos
y concurso que jamás se ha visto que esto es de notar
cierto que sin procurarlo con mucho cuidado todo se ha dispuesto
con muchas más ventajas y [magestad] que si lo hubiéramos
afectado y solicitado mucho, si bien confieso me he cansado
y canso harto porque todo se haga con ostentación y
puntualidad. Yo fui a hacerle dueño y ver que nos ordenaba
y como quería lo dispusiésemos por no salir en
nada de su orden. Esto fue lunes después de haber yo
dicho la misa. Y su señoría citado al padre prior a mi para
una junta a las tres de la tarde en la cual asistió la
audiencia, maestre de campo, oficiales reales, el alcalde Diego Diaz
por la ciudad y Bañuelos, Don Francisco Ezquerra y Luis Alonso por
la [mis.a] que aún no han mudado la mesa, el [jenat] Enriquez
el chanciller Estacio, dean Padre Paula, comissario Fray Francisco de Herrera
el vicario del Parian, el comisario de San Francisco y su
vicario provincial, el padre provincial de la compañía, y el [relator,] el vicario provincial de los
recoletos con otro padre prior y yo. Propuso el gobernador que
cual parecía más conveniente echar totalmente
sin dejar ninguno todos los sangleyes de las islas
y cercarlos en el Parian. Todos convinieron en que
echarlos todos no era conveniente pero que lo era

veinte Japonés con su capitán mataron a Agustin Tenorio y
hicieron dicen seis Españoles, corre voz mataron otros. Y entre
ellos al [P.o] Amaro Díaz que quiso ir ayudar por haber poca
gente. Que el tercio que llevó Don Juan de Arceo acabó de llegar
en esta ocasión a Bagumbayan que fue harta ventura aunque
venían rendidos. Y aca lo está la gente harto [de] esta nueva.
Llegó a medio día en confuso con que se alborotó la ciudad
porque como solo hay mujeres y negros cualquiera nueva
la [guían] y alborotan la gente de manera que presumimos
hay muchos más mal. En este estado estaba nuestro Padre
[Medr.o] en Tondo, el convento bien fortificado [y aunque] yo le había
pedido el día antes se volviese, el poner en seguridad
la gente le detuvo. A las dos de la noche había tocado arma
la centinela que estaba en la casa de Carretin porque
bajaron los sangleyes [poniendo] fuego a casas y [llgverdas]
acudió Don Francisco y Don Juan Ezquerra que para allí entraron
hacía Santa Cruz. A las cuatro de la tarde fui yo
al señor gobernador a ofrecerle si era necesario le asistiésemos y
que nos ordenaba. Estimólo, respondiendo que mientras
el enemigo no acometiese las murallas no éramos necesarios.
Que si eso sucediese que a todos pediría. El enemigo
se estuvo por las espaldas de Tondo. Y a la noche puso
fuego a Navotas, Bancusey. Temimos todos quería
entrar en el Parian y quemarlo y todos creímos
esta noche había de hacer algún alboroto en el.
Previno el gobernador que todas las bocas de calles de el
Parian estuviesen guardadas y que a cualquier inquietud
se le pegase fuego y la artillería afrentó.
En Tondo pusieron dos presas. En Santa Cruz en la iglesia
nueva cuatro. Y al anochecer hubo gran fuego creímos
mandó el gobernador ponerle a la casa de los padres porque
no hubiese padrastro después de haber quemado
Sentencia contra Manuel Estacio Venegas, sargento mayor. 1654

SENTENCIA DE MANUEL ESTACIO.
A
VISTO ESTE PROCESSO.
Fallo a Tento a Los Autos y meritos del que por las culpas que resultan con-
tra Manuel Estacio Venegas Sargento Mayor Governador y Maestre de Campo que fue
En interin dos veces del tercio de infanteria Española de estas yslas y castellano
del Castillo de Sanctiago de esta Ciudad, que la debo sentenciar sentencio y
termino en la forma y manera siguiente --
1. En quanto al primer cargo que se le hizo sobre a ver seledado y he-
cho merced delas encomiendas delos pueblos de Sogor y Cabalian
en las Provincias de Leite y en el pueblo de Ynatilan en Zebu de que
hizo delacion por conseguir como conseguio. La demendero y pose y en
de la boluio a hazer delacion por que se le encomendase como se le
comendo la dela Laguna de Hanaguan que actualmente goca y
possee. En contra vencion delas Reales Cedulas de veinte y ocho
de octubre de quinientos y cinquenta y dos y de doce de diziembre
de seis cientos y dies y nueve de ser como era El dho. Manuel Esta-
cio familiar allegado, unico privado y poderoso valido del señor
Don Diego Faxardo Governador press.de y cap. General que entonces e-
ra de estas Yslas y consequente mente incapas e inabil de
obtener dhas. encomiendas y assi mismo a ver las conseguido p.r
subrepcion y obrepcion de falcas relaciones e informaciones de ser-
vicios supuestos y fingidos induciendo para su provença testigos,
con su mucho poder y valimiento a que jurassen y depuciessen lo
que no sabian ni abia passado en hecho de verdad. Cerca de los me-
ritos, que articulo y provole devo declarar y declaro por incapaz
e inabil de aver obtenido y poder obtener las dhas. encomiendas
y en su consequencia le pribo dela que actualmente possee y le
condeno a que restituya luego a la Real Casa y Hacienda de Su Ma-
gestad todos los frutos que hubiere persebido de todas las dhas. enco-
miendas desde el dia que empezo a goçar, y poseer la primera has-
ta en el que se mandaron detener y depositaren la dha. Real Casas
y mando que los Jueçes officiales Reales de esta Corte asusten
lo que an importado liquidamente los dhos. fructos, y su valor
desde el tiempo referido y con el quatro tanto en que demas desto
declaro a ver yncurrido se cobre de los vienes embargados, y se
crestados del dho. Manuel Estacio y se entere en la dha. Real
Casa desde luego incorporo la dha encomienda dela Laguna
Información del gran milagro del pueblo de Caysasay [Casasui], 1619

{[298] 343}
Nos don fray Pedro Arce, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica,
obispo de la ciudad del Santísimo Nombre de Jesús y gobernador de este arzobispado de Manila
del Consejo de Su Majestad, etc. Por cuanto de parte del padre fray Alonso Barahona,
provincial de la orden de nuestro padre San Agustín, se nos ha hecho relación por
petición que ante nos presentó diciendo que, había sido informado de algunos re-
ligiosos de crédito y toda satisfacción, que en el pueblo de Binogsacan, jurisdicción
del convento de nuestro padre San Agustín del pueblo de Tal, en una peña que está algo
apartada del dicho pueblo, se ha aparecido a algunos indios e indias di-
versas veces una imagen de la Virgen Santísima Nuestra Señora,
con gran resplandor, teniendo el niño sacratísimo en sus manos, hijo
y madre con coronas saliendo grandísima fragancia y suavísimos
olores de aquel lugar, en el cual hay un ojo de agua que ha hecho y hace
milagros Nuestro Señor, bebiéndola diversos y muchos enfermos sanando de di-
versas enfermedades interiores, lavando con la dicha agua las
llagas exteriores han quedado limpios, sanos y buenos con grande
admiración y alegría de los que lo han visto y experimentado. A cuya
fama y devoción acude mucha gente de toda aquella jurisdicción,
donde han sucedido muy particulares milagros. Y para que conste de la
verdad de modo que haga fe, nos pidió y suplicó nom-
brásemos una persona de toda satisfacción para que haga
la averiguación de lo referido y otras cosas maravillosas para
que Nuestro Señor sea glorificado, y su Madre Santísima, y aquél lugar
venerado y reverenciado. Y por nos visto atendiendo
a lo susodicho y la relación de ello hemos tenido y a las muchas
y buenas partes, virtud y religión del padre predicador
fray Juan Baptista de Montoya, que al presente es prior en el dicho
convento de Tal, de quien tenemos entera satisfacción. Por la presente
le damos plena facultad y comisión para que averigüe y verifi-
que este caso arriba referido, a honra y gloria de Dios
Nuestro y de Su Majestad Santísima. Examinando y tomando las de-
claraciones a las personas que supieren de ello y lo hayan visto;
tomándoles para ello juramento, escribiendo lo que dijeren sin
quitar ni añadir sino examinados bien. Y enterados de ello
aquello que meramente dijeren ante intérpretes y naguatatos,

{344 [2909] 34}
Fray Alonso Barona, provincial de la orden de nuestro padre San Agustín,
por cuanto el reverendísimo de Cebú que al presente gobierna
el arzobispado de Manila, ha cometido al padre predicador
Fray Juan Bautista de Montoya, prior de nuestro convento de Taal.
de hacer información sobre el haber aparecido la San-
tísima Virgen Nuestra Señora a algunas personas indios y
indias en un lugar de la jurisdicción de Taal, y que lo que
más se refiere en la comisión, por la presente doy li-
cencia al dicho padre predicador Fray Juan Bautista de Montoya
para que acepte la dicha comisión. Y ni más ni menos
doy mi autoridad como de derecho puedo y debo al dicho
padre para que juntamente con el padre predicador Fray Jerónimo
Medrano, prior de nuestro convento de Tanauan, y del padre
predicador Fray Gabriel de Rojas, todos juntos asistan
a la dicha averiguación en mi nombre y de nuestra re-
ligión para que se haga con más autoridad y
justificación. A los cuales mando en virtud
de santa obediencia los hagan bien, fiel y legal-
mente como se espera de su buen nombre reli-
gióny celo. Dada en nuestro convento de Malat, en
veinte y dos de agosto de seicientos y diez y nue-
ve. Y sellada con el sello menor de nuestro oficio,
y refrendada de nuestro secretario de provincias
Fray Alonso Barona
Por mandado de nuestro padre provincial
Fray Francisco de
Castromonte
secretario de provincia

{[300] 349}
{[En el margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Bernardo de Landecho. Notario, A Pedro Pérez}
En el pueblo de Taal de la laguna de Bombon en
tres días del mes de octubre de mil y seiscientos diez y nueve
habiendo tenido noticia y relación el reverendísimo señor don fray
[En el margen izquierdo] notario ante mí Pedro Pérez. - Pedro de Arce, obispo de la ciudad de Cebú del Santísimo Nombre de
Jesús y gobernador de este arzobispado de Manila de que en una con-
cavidad que está en una peña en el sitio llamado Quisasay,
junto al pueblo de Binocsocan. De esta dicha jurisdicción de Bombon
se ha aparecido la Virgen gloriosa de[tachado] Nuestra Señora diversas
veces a mucha cantidad de indios e indias con mucha claridad
y resplandor y mucha música teniendo a su precioso hijo y
bien nuestro en sus brazos entrambos con sus coronas junto
al cual lugar de poco tiempo a esta parte se ha visto y
hallado. Nace un ojo de agua luce la cual mediante ya be-
biéndola ya lavándose con ella. Ha Nuestro Señor hecho y obrado
muchas maravillas haciendo merced de dar salud a diversos
enfermos de diversas enfermedades. Por cuanto el dicho
señor obispo me ha cometido a mí fray Juan Bautista de Montoya,
prior del convento de este dicho pueblo de Taal de la orden
de nuestro padre san Agustín que haga auténtica información
acerca de todo lo sobre dicho para que Nuestro Señor y su ben-
dita madre con más devoción sean servidos y alabados como
consta al principio y cabeza de este proceso habiéndome dado
licencia para admitir la dicha comisión nuestro padre provincial
fray Alonso Barona, mandándome juntamente que para la
dicha información me acompañe con los padres predicadores
el uno el padre fray Jerónimo de Medrano, prior del convento
de Tanaguan y el otro el padre fray Gabriel de Rojas, habi-
tante y morador en este dicho convento de Taal, para que
con más justificación se sepa la verdad del caso y man-
dándome juntamente el dicho reverendísimo y el dicho nuestro
padre provincial nombre para ello. Naguatato y notario seculares

recibiendo juramento en forma así a los dichos naguatato y
notario de que harán su oficio fiel y legalmente
como a todos los testigos que se recibieren de que
dirán toda la verdad sin añadir ni quitar de lo que
hubieren visto y experimentado y se les acordare
del caso dicho. Por la presente, en virtud de
la dicha autoridad y comisión nombro para el dicho
efecto por intérprete a Bernardo de Landecho, escribano
público asistente y morador en este dicho pueblo de Taal y
por notario nombro también en razón de lo suso-
dicho a Pedro Pérez, estante en este dicho pueblo, los cua-
les entrambos y cada uno de ellos aceptando los dichos
oficios juraron en forma por Dios nuestro señor y por
la señal de la Cruz, que con sus manos de [todas] hicieron
usarlos con toda fidelidad y lo formaron de sus nom-
bres siendo presente los dichos padres predicadores, jueces
acompañados en esta causa, los cuáles justamente lo
firmaron. Testado "de" non vala.
[Rúbricas] Fray Juan Bautista de Montoya, Fray Jerónimo de Medrano, Fray Gabriel de Rojas
Bernardo de Landecho, Pedro Pérez
[Al margen izqdo.] Testimonio. 1º. Catalina Talayn, natural de Binogsocan, de 25 años. Es de las dos primeras que vieron a la Virgen.
En el dicho pueblo de Taal, en tres días
del mes de octubre de mil seiscientos diecinueve
años, estando juntos y congregados en el convento
y casa de este dicho pueblo, nos, los dichos jueces el padre
Fray Juan Bautista de Medrano Montoya, Prior de este dicho
convento y el padre fray Gerónimo de Medrano, prior del

convento de Tanaguan, y el padre predicador fray Gabriel
de Rojas, morador de este dicho convento. Pareciendo
presente una india que mediante Bernardo de Landecho,
intérprete nombrado para esta causa, dijo llamarse
Catalina Talayn y ser natural del pueblo de Binogsocan,
y de edad de veinticinco años poco más o menos,
de la cual fue tomado y recibido juramento por Dios
Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según
forma de derecho. Y habiéndolo dicho prometió de decir
verdad en todo lo que le fuere preguntado en el
caso sobredicho, y siéndole preguntado al tenor
de la comisión de Su Señoría del señor obispo de Cebú del
Santísimo Nombre de Jesús, y gobernador de este arzobispado de
Manila, cuanto al haber aparecido la Virgen gloriosa
Nuestra Señora. Dijo que lo que sabe y pasa
es que debe de haber ocho años poco más o menos, que siendo
en este convento prior el padre definidor mayor que al pre-
sente es fray Juan Enríquez y su compañero fray Mateo
Braceros, yendo esta declarante en compañía de otra india
llamada Mariana Bagoyn, {al margen izquierdo. Cítase Mariana Bragohin de Binagsocan, que vio a la imagen la primera vez, está en Cabite con su marido que es allí carpintero} natural de su mismo pueblo de esta
declarante, por agua al sobredicho sitio de Quisasay,
cuando volvía con el agua un jueves a mediodía vio de
repente en una concavidad que a modo de cuevecita
está hecha en una peña que está en el dicho sitio de
Quisasay, casi a la lengua del agua, una persona de
altor poco más de un palmo, que le pareció verdaderamente
persona viva, con un gran resplandor y claridad; de
lo cual espantada y maravillada volviendo un poco atrás,
dijo a la compañera Mariana Bagoyn: - ¿Ala no ves aquella
persona que está en aquella cuevecita?- De lo cual ma-
ravilladas y espantadas de lo que habían visto se vol-
vieron a su banca y a su pueblo sin llevar el agua, porque

habían ido. Y esto es lo que sabe y pasa y es la ver-
dad para el juramento que tiene hecho, en que se a-
firmó y ratificó para el juramento que tiene hecho.
Todo lo cual dijo en voz alta y clara que se
pudo entender, y no firmó por no saber. Firmolo
máronlo el dicho padre fray Juan Bautista y jueces nombrados junto con el dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Ante mí, Pedro Pérez notario nombrado.
{Al margen izqdo: Testimonio 2º. Joana Tangui, natural de Baguan, 25 años, sanó de un fuego que tenía en los ojos. Vio a la Virgen dos veces, habló con ella, ofrecióle su cinta y rosario y otros muchos rosarios, todo lo cual bendijo la Virgen. Era de antes casi del todo tonta y desde entonces habla y trata con mucha razón, dándola de sí en lo que la preguntan.}
En el dicho pueblo de Tal, en cuatro días del mes
de octubre de mil seiscientos diecinueve años, estando
juntos y congregados los sobredichos jueces hicieron pare-
cer ante sí a una india para la dicha información,
que mediante el dicho intérprete dijo llamarse Juana Tangui,
y ser natural del pueblo de Baguan, esclava de don Juan
Mangabot principal del dicho pueblo, de la cual fue toma-
do y recibido juramento por Dios Nuestro Señor sobre la
señal de la cruz, según forma de derecho. Y habiéndolo
hecho prometió de decir verdad; y siendo preguntado al tenor
de la comisión de Su Señoría del señor obispo de Cebú del Santísimo Nombre de
Jesús, sobre el haberse aparecido la Virgen gloriosa Nuestra Señora
dijo: Cuanto a lo sobredicho que sabe y vio es que habrá
como dos meses y medio que estando esta declarante enfer-
ma de los ojos, de un fuego que en ellos le había nacido, que

{[302] 347}
no los podía abrir; y llevándola la hija de su ama con devoción,
con la fama que corría de que un ojo de agua que de nuevo habían
visto en el puesto de quisasay, más cerca de la lengua del agua
como catorce o quince pasos de otra agua que nacía y nace más a-
rriba, donde de ordinario iban por agua; que esta agua dicha nue-
vamente vista daba salud a algunos enfermos que usaban de ella para
ver si era Nuestro Señor servido, y la Virgen gloriosa su madre, de-
sanar a esta declarante de la enfermedad dicha que en los ojos
tenía. Dice esta dicha declarante que estando allí con hasta
nueve o diez personas que se habían bañado en la agua de más
arriba, habiendo advertido algunas veces tenía a su lado cierta par-
ticular sombra, sin haber sol ni luna que la pudiese causar
por cuanto aun era a prima noche, sintió que como persona que
por detrás la volvía del hombro para que volviese y mirase
atrás. Y volviendo no vio más que una manera de sombra,
y habiendo andado obra de veinte pasos volvió otra vez a
mirar hacia atrás donde estaba el agua nuevamente vista, y vio una
claridad y luz a manera de una candela grande encendida. Y
habiéndose ido a una sementera o choza que de allí estaba cerca,
donde estaban unas indias entre las cuales estaban doña Ana
Dimasacay y doña María Dalisay. {Al margen izquierdo. Doña Ana Dimasacay y doña María Dalisay son citadas, que enviaron a esta declarante}. Y refiriéndoles lo que ella había
visto y diciéndole que volviese a donde había visto aquella luz
para que se certificase, y respondiendo que no veía
porque estaba mala de los ojos, le dieron un muchacho con
una luz para que la acompañase hasta el lugar dicho, donde
habiendo llegado hizo al muchacho que con ella iba se hincase de
rodillas, e hincase en el suelo la candela que llevaba; y adelantán-
dose ella un poquito, se hincó de rodillas a una claridad gran-
de donde vio una figura de obra de dos palmos de alto, que le
pareció con certidumbre persona viva, juzgando ella en su en-
tendimiento era verdaderamente la Virgen gloriosa. La cual estaba
con una corona en la cabeza y una crucecita pequeña
en la frente. La cual imagen o persona, dice esta decla-
rante, que le habló agradeciéndole el haber tenídola en memoria,

y haber vuelto a verla, y le dijo: “Pues tienes buen corazón
conmigo; como no traes la cinta de la cofradía no vuelvas
a verme hasta que seas cofrade y la traigas”- En razón de lo
cual como pasa en realidad y verdad, dice esta declarante
que vino al prior de este dicho convento de Tal que es fray
Juan Bautista de Montoya, juez nombrado para esta causa. Y
refiriéndole todo lo dicho le pidió con devoción la admitiese
por cofrade y le pusiese la cinta de la cofradía. Lo cual hecho
y recibida por cofrade y recibida la cinta del glorioso padre
san Agustín, dice esta declarante que volvió al dicho lugar den-
tro de ocho días, como el dicho prior se lo mandó. Donde habiendo
vuelto con obra de otras nueve o diez personas, entre las cua-
les iban doña Madalena Ponsuan y doña Juliana Dimoyaguin,
ama de esta declarante; y doña María Dalisei, y María Masueley,
y Luisa Sanyota. {Al margen izquierdo. doña Madalena Ponsuan, doña Jualiana Dimoyaguin y doña María Dalisay, y María Masuelay, y Luisa Sanyota son citadas y contestan con quien las cita.} Dice esta declarante que adelantándose y a-
partándose un poquito de ellas, vio en el mismo lugar que an-
tes a la gloriosa Virgen Nuestra Señora de la misma manera que an-
tes la había visto, con grandísimo resplandor y hermosura, la
cual dice esta declarante que hincándosele de rodillas la
gloriosa Virgen le dijo que se agradaba de ella mucho
más que antes, porque llevaba la cinta de la cofradía consigo,
siendo ya cofrade. Y dice más esta declarante, que pidiéndole
ella alguna señal para que los demás la creyesen, le res-
pondió la Virgen gloriosa que bastaba hubiese ella tenido
en sus manos el rosario y cinta que ella consigo traía. Lo cual
dice esta declarante puso en las manos de la Virgen glo-
riosa el rosario y cinta que ella traía, de las cuales manos de
la Virgen gloriosa volvió esta declarante a recibir el dicho
rosario y cinta, habiéndoselo así mandado la Virgen Nuestra Señora.
Y dice más esta declarante que, en razón de lo dicho, había ella
de antes recogido los rosarios de todos sus compañeros que con
ella habían ido, los cuales rosarios ofreció también ella a la
Virgen gloriosa cuando le ofreció el propio suyo, los cuales

{Al margen izquierdo: Refrendado
Testimonio 3º: Doña Catalina Guinatoan, natural de Molavin, de 30 años.
Vio claridad extraordinaria siendo muy de noche, en razón de lo cual de dos candelas que llevaban encendidas mataron la una y escondieron la otra, y luego vio un brazo en el aire que les alumbraba con una muy gran candela encendida.}
En el dicho día, mes y año dichos en el dicho pueblo
de Tal, los dichos jueces para la dicha infor-
mación hicieron parecer ante sí a una india que mediante
el dicho intérprete dijo llamarse doña Catalina Guinatoan,
y que es natural del pueblo de Molavin, de la cual fue tomado y
recibido juramento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la
cruz, so cargo del cual prometió de decir verdad; y siendo pre-
guntada al tenor de la comisión de Su Señoría del señor obispo
del Santísimo Nombre de Jesús, dijo que lo que sabe es que
en dos días del mes de julio pasado de este año, yendo esta de-
clarante con otras siete u ocho personas con mucha devoción
a visitar esta agua y lugar dicho, siendo muy de noche y haci-
endo mucho oscuro, llevando dos candelas con que se alumbra-
ban estando ya cerca de este dicho sitio y agua vieron todos
una gran claridad y resplandor extraordinario. De lo cual
maravillados para certificarse que pudiese ser y gozar mejor
de la dicha luz, para ver si acaso era distinta claridad
de la que daban las candelas que encendidas llevaban, deter-
minaron de matarlas como de hecho las mataron. Las cuales
muertas, como perseverasen en ver la dicha luz y resplan-
dor extraordinario, quedando de ello grandemente mara-
villados, enviaron delante dos personas que con diligencia
buscasen y mirasen si había por allí cerca algún fuego
u hoguera que pudiese causar el resplandor; y como no
hallasen fuego alguno en este ínter afirma esta decla-
rante, debajo del dicho juramento, que vio y entiende que
vio lo mismo como se lo ha oído decir muchas veces a
doña Lucía Tarolan, {Al margen izquierdo: doña Lucía Tarolan es citada que vio como un brazo de persona que con una gran candela alumbraba a los que llegaban a este sitio.} su compañera, que a modo de un brazo y
mano de persona levantaron sobre el lugar donde habían
visto la dicha claridad una como hacha encendida, como
que alumbraba a los que allí se llegaban, por cuanto ya la
claridad que allí habían visto había cesado, las demás personas
que con ella iban no sabe si vieron la dicha candela con
el brazo que parecía levantaba en alto para alumbrarlo,
pero oyó decirles a todas muchas veces que veían la
dicha claridad y resplandor, con que habiendo llegado

{[304] 349}
muy maravillados se volvieron todos a sus casas dando
gracias a Dios de lo que habían visto. Y esto es lo que sabe
y pasa acerca del caso y de lo que se le pregunta y es la ver-
dad so cargo del juramento que tiene hecho. Fuera de lo
dicho, dijo más esta declarante debajo del dicho juramento
que estando ella y con hasta siete u ocho personas recogidos
en una casita de una sementera que está poco trecho de este
sitio y lugar donde está esta agua nuevamente vista, la
cual había ido toda esta gente a ver en razón de lo que habían
oído y la devoción que con Nuestra Señora tenían, y por ser ya de
noche se habían recogido allí para volver a la mañana
a visitar este dicho sitio y lugar siendo a tercera noche des-
pués de la claridad y resplandor que esta declarante
tiene referido se había visto; dice pues esta declarante
que estando allí todos juntos, desde las ventanas de esta
dicha casita de la sementera vieron sobre este dicho lugar
y sitio una gran claridad, de lo cual maravillados confiri-
endo entre sí qué pudiera ser, bajaron de la casa con in-
tento de ir a ver la dicha claridad. Y como considerasen
ser ya muy de noche y llovía algún tanto, no pasaron
adelante todos más de tan solamente esta declarante,
y junto con ella doña Madalena Ponsoin, y doña Marta Di-
matoloi; {Al margen izquierdo: doña Madalena Pongsoin, doña Marta Dimatoloy son citados que iban a ver esta claridad que fuese donde las dos primeras vieron claramente a la Virgen} las cuales tres, aunque llovía y hacía oscuro se
determinaron por más de noche que era de ir hacia donde veían
aquella claridad. Donde en el camino, dice esta declarante,
vio en esta claridad un medio cuerpo de la cintura arri-
ba que le pareció ser de persona viva y muy hermosa,
la cual juzgó ser la Virgen Nuestra Señora; que tenía al parecer
una corona en la cabeza, no distinguiendo qué vestido tenía
ni cómo. Y no obstante que esta declarante dice no haber vis-
to ella más que de la cintura arriba, dice ha oído decir muchas
veces a la dicha doña Madalena que vio en esta claridad,
a su parecer, todo el cuerpo entero de la Virgen Nuestra Señora;
y la otra tercera que asimismo iba con ella, la ha oído
decir que no vio más de tan solamente la claridad y

resplandor, después de lo cual y de haber de rodillas
dado gracias a Nuestra Señora por la merced que les había hecho,
habiendo ya cesado la dicha visión y aparición, dice esta
declarante se volvieron a recoger al rancho donde
antes estaban. Todo lo cual es la verdad como tiene dicho,
en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de
treinta años poco más o menos. Y no firmó por no saber; fir-
máronlo los dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izqdo: Refrendado
Testimonio 4º. Doña Luisa Tarolan, natural de Molavin, de 25 años. Esta es la doña Lucía Tarolan que el testigo tercero sobredicho cita y contesta con él totalmente. }
En este dicho pueblo de Tal, en el dicho día cuatro
de octubre del dicho año, los dichos padres priores,
jueces en esta causa hicieron parecer ante sí a una india que
mediante el dicho intérprete dijo llamarse doña Luisa Ta-
rolan, natural de Molavin, citada en el dicho de atrás, de
la cual se tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor
sobre la señal de la cruz según forma de derecho, so car-
go del cual prometió de decir verdad. Y siéndo pregun-
tado al tenor de la dicha comisión de Su Señoría dijo
que es verdad que al principio del mes de julio pasado de
este año yendo en compañía de doña Catalina Guinatoan
y de otras personas, algunas como lo refiere y cita el
testigo sobredicho, habiendo visto con todos los demás la
sobredicha claridad y resplandor que arriba está referido,
ella en particular junto con la dicha doña Catalina, habiendo
cesado la dicha claridad cuando llegaban a este dicho sitio

{[305] 390 }8
vio distintamente como un brazo de persona viva que le-
vantaba en alto una hacha encendida, al parecer como que
alumbraba a los que allí se llegaban; al mismo modo que ha re-
ferido el testigo sobredicho, todo lo cual dice y dijo es la
verdad acerca del juramento que tiene hecho, en que se afir-
mó y ratificó. Y dijo ser de edad de veinticinco años
poco más o menos. Y no firmó por no saber, firmáronlo los
dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Ante mí, Pedro Pérez, notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Refrendado
Testimonio 5º: Doña Madalena Pongsoin, natural de Baguan, de 50 años. Ésta en particular ha sido y es tenida por mujer de mucho juicio y razón, y muy buena cristiana y muy principala. Vio a la Virgen con una candela.}
En el pueblo de Tal, en cinco días del mes de octubre de
mil seiscientos diecinueve años, los dichos padres priores, jueces en
esta causa para más prueba de la dicha información hicieron pare-
cer ante sí a una india que, mediante el dicho intérprete dijo llamar-
se doña Madalena Pongsoin, natural del pueblo de Baguan, citada por
el testigo tercero de esta causa, de la cual fue tomado y recibido jura-
mento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según forma
de derecho, so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siendo pregun-
tada al tenor de la comisión de Su Señoría el señor obispo de Cebú, gobernador de
este arzobispado dijo que:
-Lo que sabe y pasa es que habien-
do ido a recogerse a la casilla de la sementera donde el tercero testigo refie-
re haberse recogido cantidad de siete o diez personas, después de haber visitado
con devoción esta agua nuevamente vista por ser ya muy

de noche, con intento de volver a la mañana a visitar
el mismo lugar y agua, habiendo visto y maravillándose grande-
mente de la gran claridad y resplandor admirable
que todos vieron sobre donde estaba esta dicha agua en el
aire, iba en compañía del testigo tercero arriba dicho llamado
doña Catalina Guinatoan a certificarse qué podía ser a-
quella maravillosa claridad que estaba fija y perseveran-
te, siendo de noche y muy oscuro y lloviendo, llegando hacia
ella vio en la dicha claridad una hermosísima figura
muy resplandeciente y admirable, teniendo un brazo
levantado con una candela encendida en el que estando
algún tanto de lado, cuando esta dicha declarante llegaba
hacia ella en compañía de la dicha doña Catalina Guintoan,
tercer testigo, y de doña Marta Dimatoloy se volvió derecha como
alumbrándolas y a[le]grándose de su venida; la cual persona
juzgó esta declarante por certísima cosa ser la Virgen
gloriosa Nuestra Señora. Y así se le arrodillaron haciéndole gracias
por tanta merced, donde estando por un gran rato gozan-
do de la tal visión y aparición después de haber cesado, se
volvieron a su rancho con grande alegría y consuelo.
Y añade más esta declarante que había oído decir a la dicha
doña Catalina
{al margen izquierdo: Aquí es otra vez citada la dicha tercer testigo, de que otras dos noches había visto lo mismo, que en su dicho no declaró haberlo visto más de una vez }
que tres noches antes había visto por otras dos
noches arreo la misma claridad y resplandor admirable. Y
pareciendo presente ante los dichos jueces la dicha doña Marta Dima-
toloy, citada por el dicho tercero testigo, habiéndosele recibido ju-
ramento en forma de que dirá toda verdad sin añadir ni
quitar, dijo debajo del dicho juramento que: Habiendo bajado
de la casita de la sementera dicha con las demás personas hasta
nueve o diez, que maravillados de la dicha claridad y resplandor
maravilloso que habían visto desde las ventanas sobre la dicha agua
nuevamente vista, que habían bajado para ir a certificar a
qué maravilla fuese aquello que veían, no obstante que los de-
más por llover y ser tan de noche se quedaron a la puerta miran-
do desde allí la dicha claridad, esta declarante sin reparar

{[307] 352}
Bombon, de la cual se tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor, sobre
la señal de la cruz según forma de derecho prometió de decir ver-
dad; y siendo preguntada qué es lo que sabe acerca de las aparicio-
nes que se dice haber hecho la Virgen Nuestra Señora en el dicho sitio de
Quisasai, dijo que debe de haber tres meses poco más o
menos que estando en oración esta declarante con doña María Masuña
y doña Isabel Dayanpita, hija de esta declarante, y don Pedro Cahonhon, su
marido, y Ana Bontoan, esclava de esta declarante en el dicho sitio
de Quisasai donde se dice haber aparecido la Virgen gloriosa, que es en la
cuevecita de la piedra sobredicha siendo ya muy de noche, que serían ya
casi las diez de la noche, haciendo muy oscuro, teniendo una candela
grande encendida hincada en el mismo suelo con piedras alrededor
porque no se cayese, vio de repente que la dicha candela se apagó, vol-
viéndose lo de abajo arriba como si alguna persona de industria la
matara, no habiendo persona que a ella llegase. Y juntamente vieron
{Al margen izquierdo: Masungia, Dayanpita, Cahonhon y Bontoan son citadas, que fueron a prima noche a hacer veneración, empero que ya era casi medianoche que se mató la candela, solos estaban doña María Labinisa, doña María Masungia, Joan Mangagat y Pablo Dumaan en oración }
de repente tanta claridad que no solamente se veían las piedras y hojas
de árboles para poderse contar, sino que se podía leer cualquier
escritura. Y se estuvieron allí todos viendo que la claridad estaba
fija como cuatro horas poco más o menos. Y que esto es lo que sabe y
no otra cosa en razón de haberlo ella visto por sus ojos. Y acor-
dándose mejor esta declarante, hablando con más claridad dice debajo
del dicho juramento que de las cuatro personas que arriba ha citado que esta-
ban con ella en oración, esto fue a prima noche, pero que después
ya cerca de la medianoche cuando ella volvió a hacer oración, que fue
cuando ella vio se mató la candela; las tres personas citadas estaban en
sus ranchos durmiendo algo lejos de allí, y así sólo estaba con ella de las
personas citadas doña María Sungya y otras dos diferentes que son Joan
Mangagat y Pedro Dumaan. Y pareciendo la dicha doña María Sungnia
citada, siéndole recibido juramento, según forma de derecho, me-
{Al margen izquierdo: 9 testigo, dice doña María Sungnya, citada y contesta con el citante}
diante el dicho intérprete prometió de decir verdad acerca de
el haber visto la claridad sobredicha, y el matarse la candela.
Dijo que, estando la candela que allí tenían muy bien puesta,
hincada y con piedras alrededor para que no se cayese, recelándose
de quedar sin luz porque hacía oscurísimo, la candela se
cayó y quedó muerta la luz de repente, y luego se volvió la claridad

arriba dicha. Y esto es lo que sabe para el juramento
que tiene hecho. Y demás de lo sobredicho habiendo
de nuevo recibídole juramento a la sobredicha doña
María Lavinysa, octavo testigo, dijo que esta misma noche
sobredicha que vieron esta claridad esta declarante con
las dichas cuatro personas, ella en particular por tres veces
o pausas oyó una tan grande música a modo de chirimías,
a que lo compara como cuando se hace fiesta a algunos casados;
no obstante que preguntando ella muchas veces a los que con
ella estaban si oían la tal música le respondían que no,
de lo cual ella se maravillaba. Porque dice que aunque
ella estuviera allí una semana entera sin comer ni beber
estuviera contentísima y satisfecha.
{Al margen izquierdo: Testigo décimo Pablo Dumaan que vio volverse la candela lo de arriba abajo, y quedar muerta totalmente; y es citado por el octavo testigo.
}
Pareciendo presente ante los dichos padres jueces el dicho Pablo
Dumaan, arriba citado por el sobredicho octavo testigo llamado
doña María Lavinysa, y siéndole recibido juramento mediante el dicho
intérprete dijo que, yendo con la dicha principala y con
las personas allí citadas estando con ellas todas en oración
vio que de repente la candela que allí tenían puesta y muy fija
se volvió lo de abajo arriba, matándose sin quedar señal, y sin
que hubiese persona que a ella tocase; con lo cual se partió luego al
monte este declarante a buscar dónde encenderla, en que al pare-
cer se tardó más de tres horas; y no sabe otra cosa alguna. Y esto es la
verdad para el juramento que tiene hecho.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas.
Bernardo de Landecho.
[R... pa...]
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo. María Banayag. Testigo undécimo citado por el testigo 3º en razón de haber visto grandísima claridad, y acabada vio como un brazo que levantó una hacha alumbrándolos.}
En este pueblo de Tal, en ocho días del dicho mes
de octubre de mil seiscientos diecinueve años, los dichos
padres, priores y jueces en esta causa hicieron pare-
cer ante sí a una india que mediante el dicho intérprete
dijo llamarse María Banayag, natural de este dicho pueblo
de Tal, de la cual fue recibido juramento
por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz, según forma
de derecho so cargo del cual prometióles de decir verdad
en todo.

{[308] 393}
en todo lo que supiere y fuere preguntada. Y siéndo pre-
guntada si es verdad que fue en compañía de doña Catalina
Guinatoan y de doña Luisa Tarolan con otras algunas personas,
por el principio del mes de julio pasado a visitar y rezar
en el dicho lugar y sitio de Quisasay, donde se dice haber apa-
recido la Virgen gloriosa, y haberse visto muchas veces mucho
resplandor y claridad extraordinaria dijo
que, es verdad que iba con las dichas doña Catalina Guinatoan y doña
Luisa Tarolan y con otras cuatro o cinco personas a visitar
y rezar en el dicho lugar; y que yendo viendo una gran claridad
y luz en el dicho lugar, para mejor gozar de la tal luz ma-
taron una de dos candelas que llevaban, y la otra escondieron
en el zacate. Y como perseverase por un gran rato la dicha
luz, dice esta declarante que luego que cesó la dicha claridad,
vio en el aire a modo de candela grande encendida en-
cima del dicho sitio, como que alumbraba a los que allí
llegaban. Y que esto es la verdad debajo del juramento
que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó. Y lo firmaron de sus
nombres los dichos juez e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Al margen izquierdo: Nótese aquí está entre los milagros un testigo llamado doña María Sadyatanan que da testimonio de una maravillosísima aparición, y así es en razón de esto duodécimo testigo.
{Al margen izquierdo: Testigo doña Madalena Dayantomo que afirma muchas y diversas cosas.}
En este pueblo de Tal, en once días de mes de octubre de mil seisci-
entos diecinueve años, los dichos padres, priores, jueces en esta causa
hicieron parecer ante sí a una india mujer de don Pablo
Carayg, sargento mayor de esta jurisdicción de Tal, y dijo mediante el dicho
intérprete llamarse doña Madalena Dayantomo, natural de este pueblo y vecina del
pueblo de Calanga, y de la cual fue tomado y recibido juramento por Dios
Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según de derecho, so cargo del cual prometió de
decir verdad. Y siendo preguntada al tenor de la comisión de Su Señoría Reverendísima
dijo cuanto a lo que toca haber visto a la Virgen glorio-
sa que un jueves a mediodía estando gran cantidad de gente haciendo

la iglesia, dos indias que estaban en oración ante
la cuevecita de la piedra donde se dice haber aparecido la
Virgen gloriosa la primera vez, allí encima de aquella misma piedra en
una concavidad que está a modo de cuevecita, junto a una
gran raíz de un árbol que allí está, estas dos dichas mu-
jeres que allí estaban rezando como allí viesen a la Virgen
gloriosa Nuestra Señora llamaron a grandes voces a esta dicha de-
clarante, que estaba en compañía de la dicha gran cantidad de gen-
te que estaba haciendo la iglesia, que estaban de allí apar-
tados para que viesen a la Virgen gloriosa. A las cuales
voces, dice esta dicha declarante, que fue corriendo y toda
la demás gente con ella. Y como llegasen al dicho sitio dice
y afirma esta declarante debajo del juramento
dicho, vio distinta y claramente a la Virgen glorio-
sa Nuestra Señora, que tenía a su precioso hijo en los bra-
zos, de suerte que con claridad le vio la llaguita del costa-
do que rebosaba sangre. Y dice que estaban madre e hijo con
grandísima claridad y resplandor, y de modo que se echaba
de ver muy claro tener entrambos en las cabezas unas cosas
grandísimamente resplandecientes a modo de diademas; y la
estatura que le parece que tenía esta imagen era de un poco
más de altor de un palmo. Lo cual como esta declarante
viese maravillada grandísimamente con gran devoción, daba
grandes voces dando gracias a Dios de que no solamente les hacía
merced con la aparición de la Virgen gloriosa sino que también
les hacía demostración de lo que Cristo Redentor Nuestro por
nosotros padeció, y así lo pronunciaba ella con sus propias voces. Y
esto mismo de la misma manera que esta declarante lo ha
referido tiene para sí que lo vieron y oyeron estas razones que ella
decía como sesenta personas, poco más o menos, que todas fue-
ron corriendo a las voces que dieron las dos primeras personas;
y al llamamiento de un indio que allí hace oficio de mayor-
domo, a quien enviaron corriendo a llamarlos las dos personas
primeras, que la una de ellas se llamaba Ybacsie y la otra
María Panavin.
Demás de lo dicho dice esta declarante que el sábado después de este

{[309] 394}
de este día en que las dichas sesenta personas vieron a la Virgen
gloriosa, que era jueves, el sábado pues adelante habiéndose venido
la mayor parte de la gente a sus casas para oír misa el domingo
siguiente en este pueblo de Tal, se quedaron como veinte
personas en este dicho sitio de Quisasay, donde se dice haber
aparecido la Virgen gloriosa muchas veces, con las cuales veinte
personas quedó esta declarante; y como fuese ya la hora or-
dinaria en que se suele cantar la salve los sábados, viendo
esta declarante se esparcían algunas personas de las dichas
alrededor de este dicho sitio en algunas sementeras que allí
hay, esta declarante les enseñó y persuadió a todos que
supuesto que era ya hora de la salve y estaban en lugar tan,
tan santo, donde la Virgen gloriosa se había aparecido, que no
obstante no hubiese allí religioso se juntasen allí todos y con
sus candelas encendidas rezase cada uno nueve veces la
salve, ofreciéndola a la Virgen gloriosa Nuestra Señora en
memoria de los nueve meses que trajo en su vientre a su pre-
cioso hijo y redentor nuestro Jesucristo. Para lo cual como
esta declarante apercibiese seis candelas que poner en
este dicho lugar a modo de altarcito, yendo ella propia
a encender una de estas candelas, dice y afirma esta de-
clarante que oyó claramente repicar campanas en este dicho
lugar y piedra, sin haber allí campana alguna de ningún modo ni
manera, ni ser posible oírse allí campanas de iglesia alguna.
Y esto mismo dice esta declarante oyó decir a muchos de los que
allí estaban que así lo oían acabado que fue de rezar esta salve,
como esta declarante se apartase un poco hacia un rancho que
tenía a comer un poquito de pescado que le habían dado, porque
había ocho días que lo deseaba, dejó un soldado por cen-
tinela diciéndole que ella lleva el corazón grandemente alboro-
tado, que le parecía había la Virgen gloriosa de volver a
aparecer en aquel mismo lugar de antes. Y así mandó a la centine-
la que al punto que viese cualquiera cosa de claridad ex-
traordinaria fuese corriendo a llamarla. No obstante que
iba ella con intento de volverse luego, al punto en co-
miendo sólo un bocado y cómo el soldado que estaba por

{[310] 399} 13
escalera, y como hubiese cierta persona que luego aferrase la
escalera poniéndose a los pies de esta declarante como que
quería subir o comenzaba ya a subir, dice esta declarante
que vio de repente una boca a modo de boca de caimán
que iba a salir de esta dicha cuevecita. Con lo cual como esta decla-
rante se turbase y temiese grandísimamente, aunque no
tanto que la estorbase el volver a hacer oración a la Virgen,
fuese perdonada si había en algo ofendídola. Estando en esta
turbación y oración, dice esta declarante que dio una voz
muy grande a aquella persona que iba a subir, que le parece cayó
de ella en el suelo, y se apartó de allí, con lo cual vuelve esta
declarante a afirmar que volvió a ver el sobredicho velo res-
plandeciente con la misma claridad que antes, sin ver más aquella
espantable boca como de caimán e infierno. Y así se bajó de
la escalera y la hizo quitar, mandando que nadie osase volverla
más a poner.
Fray Gabriel de Rojas, juez acompañado que [es ] en esta
en esta causa por orden y mandato de nuestro padre fray Alonso Barona,
y juntamente notario nombrado que he sido como en este
proceso parecerá por falta y ausencia de Pedro Pérez, pri-
mer notario que nombró para esta causa el padre fray Juan
Bautista de Montoya por orden y comisión que tuvo del señor
obispo fray Pedro Arce, gobernador en este arzobispado,
aceptada con licencia del dicho maestro padre principal, doy testimonio
y afirmo que habiendo dicho y referido doña Magdalena
Dayantomo, natural del pueblo de Calangay todo lo
sobrescrito ante el dicho padre prior fray Juan Bautista de
Montoya, y ante el padre prior de Tanavan, y mí que somos
jueces acompañados en esta causa; lo cual pasó ante
el dicho notario Pedro Pérez y la dicha doña Magdalena refirió
todo lo sobrescrito mediante Bernardo de Landecho,
intérprete nombrado en esta causa en virtud de la dicha
comisión. Y doy testimonio que no se concluyó ni firmó
este dicho por ocupaciones legítimas que entonces hubo
mediante las cuales la dicha doña Magdalena no pudo
acabar de decir todo lo que tenía que decir, en [razón]
de lo cual hoy, tres del mes de febrero de mil

{Al margen izquierdo: Testigo. Doña Clara Datinguinco, natural de Balayan, vio con claridad a la Virgen con su precioso hijo entrambos con coronas y música y olor. Dimaroloc.}
En el pueblo de Balayán, en veinte días del mes de
octubre de mil seiscientos diecinueve años, el padre
prior juez de esta causa para la dicha información hizo pare-
cer ante sí a una india, que mediante el dicho intérprete
Bernardo de Landecho, dijo llamarse doña Clara Datingui-
noo, mujer de don Marcos Dimaroloc, gobernador de este dicho pueblo del cual
fue tomado y recibido juramento por Dios Nuestro Señor, sobre
la señal de la cruz, según forma de derecho so cargo del cual pro-
metió de decir verdad. Y siendo preguntada al tenor
de la comisión de Su Señoría del señor obispo del Santísimo Nombre
de Jesús, dijo que, un sábado, poco más de un mes, a la hora de la
oración, estando en oración en el dicho lugar de Quisasay, donde
se dice haber aparecido la Virgen gloriosa otras veces, vio en la
cuevecita que se ha dicho está junto a la raíz grande de
un árbol a la Virgen gloriosa, que tenía de altor más
de un palmo con toda la claridad, vestida a su parecer
de colorado con manto azul, y que tenía en sus bra-
zos a su precioso hijo, el cual tenía en la una mano una
como bolita redonda, teniendo la otra mano alza-
da como para bendecir a los que allí se llegaban. Y que
juntamente oía por el dentro, a su parecer, una música muy
suave a su oído, y afirma también haber percibido un olor
tan suave que no sabe a qué compararlo, ni cómo decir-
lo. Y dice también percibió con claridad tenían
coronas en las cabezas muy resplandecientes.
Dice estaban con ella dos indias de este propio
pueblo de Balayan, llamada la una doña María Ca-
litangan, y la otra Isabel Dimalongsan y otras perso-
nas también de cuyos nombres no se acuerda ni
de qué pueblos fuesen. Lo cual dice le parece duraría
un gran rato; y esto es lo que sabe para el juramento
que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó. Y no firmó
y dijo ser de edad de treinta y cinco años.
{Al margen izquierdo: Testigo. Isabel Dimalongsar, de Balayan, vio a la Virgen después de haber ayunado y orado e ídose a confesar con este deseo.}
Luego incontinente, el dicho padre prior para la
dicha información hizo parecer ante sí a una india

{[312] 397} 15
citada por la dicha doña Clara Datinguinoo, que
mediante el dicho intérprete dijo llamarse Isabel Di-
malongsan, natural de este dicho pueblo de la cual se tomó
y recibió juramento en forma, y siendo asimismo preguntada
dijo que, aunque es verdad estaba en compañía
de la dicha doña Clara Datinguino, que es el testigo que
la cita pero que cuando la dicha doña Clara dice
que vio a la Virgen gloriosa, ella no la vio; más
de que tan solamente oyó una música muy suave
que le parece era dentro de la dicha cuevecita, y per-
cibió también un muy suave olor en razón de lo
cual por oír a la dicha doña Clara había visto a la
Virgen gloriosa, ella se entristeció grandemente y lloró vien-
do no era digna de recibir tal merced por sus muchos
pecados, doliéndose de los cuales propuso luego de ir-
se a confesar al pueblo de Tal como luego lo puso
por obra con muchas lágrimas, y como en el dicho pueblo
hallase que los religiosos del convento estaban en las
visitas se volvió con mucha tristeza y lágrimas al
dicho sitio de Quisasay, donde habiendo lunes y martes
con ayunos y oraciones, suplicando a la Virgen gloriosa
que alcanzándole de ellos perdón de Nuestro Señor,
se dignase de mostrársele. Y así dice que finalmente
el miércoles a prima noche, estando en oración vio
a la Virgen gloriosa. No todo el cuerpo sino como
de los pechos arriba, que le parece tenía en sus brazos
a su hijo precioso, aunque de él también no echaba
de ver más que del pecho arriba. Y dice percibió te-
ner en sus cabezas, madre e hijo, una corona relum-
brante el uno y el otro, y que duraría esta visión
un gran rato, con que desapareció quedando ella
dando gracias a dichos por semejante merced.

Y que esto es la verdad para el juramento que
tiene hecho en que se afirmó y ratificó. Y no firmó
por no saber, y dijo ser de edad de veinte años
poco más o menos.
Y luego asimismo el dicho padre prior hizo parecer
ante sí a una india citada también por la dicha doña
Clara Datinguino, que mediante el dicho intérprete di-
jo llamarse doña María Cavitangan de la cual se tomó
{al margen izquierdo: doña María Cavitangan, es citada y contesta con la citante y es también Balayan}
el mismo juramento en forma, so cargo del cual dijo
lo siguiente: que el sábado mismo que ha referido do-
ña Clara Datinguino vio ella también a la Virgen
gloriosa Nuestra Señora, de altor poco más de un palmo,
que le parece estaba vestida de blanco y colorado
y manto azul encima, y tenía en sus brazos a su pre-
cioso hijo, que tenían en sus cabezas madre e hijo como
resplandecientes coronas, teniendo el precioso hijo
en una mano una como bolita redonda; y que oyó
una suave música que le parece era dentro de la cue-
vecita ya dicha. Y añade más esta dicha declarante que
andando cavando tierra cerca de este dicho lugar para poner
bien la delantera de este dicho sitio, que estaba muy hú-
meda cuando la Virgen gloriosa apareció los pedazos
de raíces y árboles que junto a esta tierra estaban
resplandecían con claridad, tanto que parecían
lucernas. Y llevándolas a casa o rancho donde se
recogían estuvieron con este resplandor hasta la
mañana, y esto es lo que sabe para el juramento que tiene
hecho en que se afirmó y ratificó. Y no firmó; pareció
por su aspecto de veinticinco años poco más o me-
nos. Y la dicha doña Clara no firmó; firmólo el
dicho padre prior y dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{[313] 358 16}
{Al margen izquierdo: Testimonio.}
En el sitio y puesto de Quisasay, en dieciocho
días del mes de noviembre de mil seiscientos diecinueve
años, ante el dicho padre prior y padre fray Gabriel de Rojas,
un hombre español que es uno de los jueces acompañados por
no haber podido venir el padre prior de Tanaguan, pare-
ció presente Joan Caraballo, vecino y morador de punta
y puerto de Cavite, del cual fue recibido juramento
por Dios Nuestro Señor, sobre la señal de la cruz que hizo con
su mando derecha. Y siéndole preguntado al tenor de la
comisión de Su Señoría del señor obispo don fray Pedro de Arce,
gobernador de este arzobispado de Manila, prometiendo de decir
verdad debajo del juramento dicho, dijo
que había como nueve días que está en este sitio y puesto de
Quisasay, adonde vino desde la dicha punta de Cavite
solo movido con devoción a la Virgen gloriosa Nuestra Señora,
en razón de lo cual trajo consigo a su mujer, hijos y escla-
vos por la mucha voz y fama que ha oído de que la
Virgen gloriosa Nuestra Señora se ha aparecido y aparece en
estos lugares. En el discurso de los cuales nueve días
dijo que, desde el día que llegó es certísimo que todas las
veces que ha llegado a hacer oración a cualquiera de cuatro
lugares donde se dice haberse aparecido la Virgen glorio-
sa, para la gloria de Dios Nuestro Señor, ha sentido tal fragan-
cia de olor suavísimo que no sabe a qué compararlo.
Y aun afirma que son siete estos dichos lugares a don-
de ha sentido este suavísimo olor llegando a hacer
oración. Dice más que el jueves pasado, a medianoche,
estando en oración en este santo lugar vio de repente
en una cuevecita que está a la raíz de un árbol, en-
cima de la peña donde otras muchas veces dicen diver-
sas personas haber visto a la Virgen gloriosa, dice pues que
en esta cuevecita vio de repente una gran claridad y resplandor,

juntamente vio a la Virgen gloriosa Nuestra Señora con su
niño precioso en los brazos, que en su mano tenía una
bola con una crucecita; que le parecía tendría de alto
la Virgen gloriosa poco más de un palmo, y que vio
tenía la Virgen gloriosa una cruz pequeña como que
salía de las espaldas. Dijo más que, hoy lunes que es
adelante del jueves dicho, vio también encima de este dicho
lugar, un poco más alto, un grandísimo resplandor siendo
a medianoche y estando en oración y entre la dicha
claridad dice vio un bulto como el pasado cuando vio
a la Virgen, pero que no la vio con tanta distinción
como antes. Y siendo preguntado este testigo si sabe de
algún criado o persona de su casa que haya visto alguna
cosa, dijo que una niña que cría y trajo consigo que se llama
María, que tendrá siete años, le ha contado y cuenta muchas
veces ha visto a la Virgen gloriosa toda entera, con gran
claridad y distinción, y que la ha visto con mucho resplan-
dor. Y que le parece tendrá de alto una vez tan alta como
ella propia, y otras como de palmo y medio, con sus vestidos
con toda claridad saya colorada y manto azul, con su pre-
cioso hijo en los brazos vestido de blanco con una bola
y encima una cruz en la mano. Dice este dicho testigo le
ha contado la dicha niña que estando ella tomando un
coco de agua de esta fuente nuevamente vista para be-
ber, le dijo la Virgen aguardase un poco, y metiendo
la Virgen la mano en la dicha agua se la dio a beber.
Y dice le ha contado la dicha niña que le dijo la Vir-
gen no se llamase más Marota como se solía llamar, sino
que se llamase María de Jesús. Y dice más este dicho testigo,
le ha contado la dicha niña como otra vez le dijo la
Virgen gloriosa Nuestra Señora, andando rezando en cada lu-
gar de estos un pater noster y un Ave María, que no re-
zase un pater noster y un Ave María sola sino que re-
zase en cada lugar de estos tres pater noster y tres Ave María.
{y dice}

[314] 359 17
Y dice más este dicho testigo que andando esta niña sola
rezando por estos lugares dichos, desde el último lugar
que está apartado en este montecito la acompañó la
Virgen gloriosa hasta cierta palma que está cerca del
rancho de este testigo, donde le dijo se fuese donde estaba
su padre, porque por tal le tiene la niña; y que cuando
fuese grande ella le ayudaría para que fuese buena. Y
cuenta más este dicho testigo le ha referido la niña que siendo
un día antes de cuando tenía este testigo determinado de
partirse para Cavite, le dijo la Virgen a esta niña
que le dijese a su padre no se partiese por lo menos en
aquellos tres días, que no tendría buen viaje; que después cuando
se fuese lo tendría bueno. Y dice más, que siendo esta niña
tan medrosa y habiéndolo sido siempre, siendo ya cerca de la
oración jamás se apartaba un paso de donde estaba su padre,
pero que desde que la primera vez vio a la Virgen, que fue
el segundo día que llegó aquí, cada día con ser estos lugares
fragosos y como bosques y peñascos y espesuras de arboledas,
no ha reparado jamás en andarse por estos lugares sola
por más de noche que sea. Y así cuenta este testigo ha visto
por cinco veces esta niña a la Virgen gloriosa en distin-
tos días.
Y luego incontinente pareciendo ante los dichos padres fray
Juan Bautista de Montoya y fray Gabriel de Rojas,
Felipa de San Miguel, mujer del sobredicho Joan de
Caraballo, habitante en la dicha punta de Cavite, y habi-
éndosele recibido juramento por Dios Nuestro Señor, sobre la
señal de la cruz que hizo con su mano derecha, debajo
del dicho juramento afirmó haber visto todo lo
mismo que el dicho Joan de Caraballo su marido ha visto, y
ni más ni menos. Afirmó haber visto a la dicha niña a quien
tienen prohijada ella y su marido, todo lo mismo que
ha dicho el dicho Joan de Caraballo su marido. Demás de lo cual

en presencia de los dichos padres y de mí, el notario
infrascrito y del testigo infrascrito hablan-
do la niña como ella puede conforme a su edad,
ha dicho y contado casi todo lo mismo. Y esto es la ver-
dad y lo que pasa so cargo del juramento que tiene
hecho, en que se afirmó y ratificó; y dijo ser de edad
de cincuenta y tres años poco más o menos. Y
lo firmó de su nombre junto con los dichos padres
y testigo.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Alonso de Guadiana.
[[difícil de leerse] Joan de Caraballo.]
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Testigo: }
En el dicho sitio de Quisasay, en el dicho día, mes y año dichos, pare-
ciendo ante los dichos padres fray Juan Bautista de Montoya y fray
Gabriel de Rojas, Manuel, esclavo de dicho Joan Caraballo, en len-
gua portuguesa, habiéndole recibido juramento por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz, de que dirá toda verdad, dijo:
Haber visto a la Virgen gloriosa Nuestra Señora cuando y de la misma
manera que los dichos sus amos Joan de Caraballo y Felipa de San
Miguel han referido. Y esto era la verdad, y dijo ser de
veintidós años, poco más o menos.
Y luego incontinente, pareciendo Joan, esclavo de los dichos Joan
de Caraballo, recibiéndosele juramento por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz de que dirá toda verdad, dijo haber visto
de la misma manera que sus amos a la Virgen gloriosa, aunque
refiere no pudo ver el rostro con distinción. Pareció de e-
dad de dieciséis a dieciocho años.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
Alonso de Guadiana. Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{360 [315]} 18
En el sitio y puesto de Quisasay, en veintidós
días del mes de noviembre de mil seiscientos diecinue-
ve años, fray Juan Bautista de Montoya, juez de comisión
en esta causa, por cuanto para la prosecución de esta
causa es necesario haya intérprete nombrado por ausencia de
Bernardo de Landecho, que lo era en virtud de la co-
misión del señor obispo reverendísimo de Zubú don fray Pedro de
Arce, que al presente es gobernador de este arzobispado que está en
la cabeza de este proceso, nombró por intérprete para esta
dicha prosecución al sargento Alonso de Guadiana, el cual
estando presente dijo aceptaba y aceptó el dicho oficio,
y juró por Dios Nuestro Señor y por la señal de la cruz que
hizo con su mano derecha, de ejercer y usar el dicho oficio
de intérprete bien y fielmente, cuanto Dios le diere a entender.
Y lo firmó de su nombre junto con el dicho padre y juez.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Alonso de Guadiana. Ante mí,
Pedro Pérez
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo.}
En el dicho sitio y puesto de Quisasay, en veintidós
días del mes de noviembre de mil seiscientos diecinueve años,
los dichos padres y jueces de esta causa fray Juan Bautista de Mon-
toya, y fray Gabriel de Rojas, recibieron juramento
por Dios Nuestro Señor del padre fray Alonso Colón, y pidi-
éndole que debajo del dicho juramento diga si ha visto al-
guna cosa notable o alguna merced que Nuestro Señor le haya hecho,

dijo que estando en oración en este lugar
de Quisasay donde se dice comúnmente haber aparecido la Vir-
gen gloriosa Nuestra Señora siendo ya a puesta de sol, y estando el
dicho lugar con cubierta y techado de suerte que no podía por
allí entrar sol alguno, vio de repente junto al mismo te-
cho que es encima de la misma cuevecita donde se dice
haber aparecido la Virgen gloriosa, una luz muy grande y clara,
tanto y más que el mismo sol, que bajó del mismo techo a manera
de relámpago, y fue tal y tan de repente que quedando to-
talmente deslumbrado quedó tan marchito y admirado
como si no supiera de sí. Otras muchas estando en ora-
ción dice ha sentido vaharadas de olores diversos, muy
grandes, que no se determina en qué puedan ser. Y lo
firmó junto con los dichos padres, jueces.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Fray Alonso Colón.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{Al margen izquierdo: Testigo.}
En el dicho sitio y puesto de Quisasay, en el dicho día,
mes y año dichos, los dichos padres, jueces en esta causa para
la dicha información hicieron parecer ante sí a una in-
dia que mediante Alonso de Guadiana, intérprete, dijo llamar-
se Catalina Lictas, natural del pueblo de Agunoy, de la cual
se tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor
sobre la señal de la cruz so cargo del cual prometió
de decir verdad, y siendo preguntada en razón de
haber venido desde el pueblo de Agunoy movida con
gran devoción a estar aquí como ha estado cantidad de días,
que se debe advertir es una india conocidísima de todos
{Los}

{[316] 361}
los priores que lo han sido en el dicho pueblo de Agunoy
por de una simplísima y gran cristiandad, sin género
de malicia ninguna; siendo pues preguntada debajo del dicho
juramento si ha visto alguna cosa notable o ha recibido
alguna particular merced de Nuestra Señora, o si sabe alguna
otra cosa conforme a la comisión del señor obispo don
fray Pedro de Arce, dijo que el día propio
que se desembarcó cuando vino de Agunoy habiendo estado
en una oración un gran rato en este lugar donde se dice
haberse aparecido la Virgen gloriosa, levantándose con gran
tristeza, lágrimas y devoción juzgándose por muy indigna
de ver a la Virgen gloriosa Nuestra Señora, no la habiendo visto
y volviéndose a hincar de rodillas con lágrimas, la vio
luego clara y distintamente, distinguiendo tenía en sus brazos
a su precioso hijo con coronas en las cabezas entrambos,
cercados madre e hijo de un grandísimo resplandor mayor
que el del sol. Y que le parece por muy cierto tenía la Vir-
gen gloriosa una estrella en el pecho, junto a la garganta
muy resplandeciente. Dice distinguió estaba vestida de colo-
rado con manto azul, y que le parece tenía de altor
como un palmo.
Dijo más esta testigo que otro día siguiente que era
martes, estando otra vez en oración después de mediodía
en este dicho lugar vio también a la Virgen gloriosa
Nuestra Señora, que le parece estaba como sentada en una
silla, pero vio con distinción tenía a su precioso hijo en sus
brazos, y a la mano derecha vio un bulto cuyo rostro y
cuello distinguió con claridad. Y que tenía canas en la
cabeza, y como un cayado o bordón arrimado al cuello, y pues-
tas las manos en alto que estaba adorando al Niño pre-
cioso. Dice que distinguió tener coronas madre e hijo, y que tenía
la Virgen gloriosa una toca en la cabeza debajo de la corona,

y el mismo vestido colorado que el día antes había visto
con muy gran claridad y resplandor. Dice
más esta declarante que el miércoles adelante, estando otra
vez en oración, siendo como a las siete o a las ocho de la
mañana, vio otra vez a la misma Virgen gloriosa al mismo
modo que el martes la había visto, con gran claridad y res-
plandor, excepto solo que no vio allí el rostro de aquel
viejo que había visto el día antes, que juzgó ser el glo-
rioso San José. Pero que vio a los dos lados de la
Virgen gloriosa dos ángeles de rodillas, vestidos de blan-
co con cabelleras que le parecía tenían de cabellos do-
rados, al modo que se suelen vestir cuando se representan
algunos ángeles. Y que también se echaba de ver
les estaban revoloteando las alas. Dice más esta
dicha declarante que luego adelante, que no se acuerda si era
a tercero o cuarto día, estando a medianoche en oración, es-
tando allí juntamente en oración un portugués llamado Joan
Caravallo con su mujer, los cuales habían venido también de
Cavite a esta misma devoción, vio juntamente con ellos un
blanco pequeño del cual maravillados grandemente, estando
perseverando en oración, vieron se fue alargando hasta
hacerse como un cuerpecito de persona, de altor como de
un palmo, muy resplandeciente, de lo cual como se alegrasen
grandemente los que allí estaban, perseverando en la
dicha oración, con lágrimas el dicho Joan de Caravallo pidi-
endo a Nuestra Señora se dignase de mostrársele, dice esta
declarante se mostró luego, y vio juntamente con el dicho
Joan de Caravallo a la Virgen gloriosa; que teniendo
a su hijo precioso en los brazos, extendiendo las manos,
bajaba ella propia el rostro como diciendo: -“Heísme []Heme] aquí
a mí y a mi hijo”-, teniendo entrambos coronas en sus cabe-
zas, y la Virgen vestida como de antes, y el manto
azul como que se le caía de un lado por mostrar el niño.
{Y añade}

En el dicho sitio y puesto de Quisasay, en dicho día, mes
y año dichos, los dichos padres jueces en esta dicha causa hicieron
parecer ante sí a una india que mediante el dicho intérprete
dijo llamarse doña María Sadyona, natural del pueblo
de Agunoy, persona que de ordinario todos los religiosos
que en el dicho pueblo han estado la han tenido siempre por mujer
de buen entendimiento y buena cristiana. Y habiéndosele
recibido juramento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz,
prometió de decir verdad; y siendo preguntada al tenor de la
comisión de Su Señoría del señor obispo, dijo que un
día estando en oración, con devoción a la Virgen glo-
riosa, porque a eso vino desde el dicho su pueblo de Agunoy a
éste de Quisasay vio en esta cuevecita dicha a la Virgen
gloriosa con su precioso hijo en los brazos, teniendo corona
en la cabeza, aunque no distinguió la tuviese el ni-
ño que sería de altor de un palmo, y tenía a su
lado un religioso vestido de negro con tres estrellas:
la una en particular muy grande en el pecho;
todo con mucha claridad y resplandor y grandísima
fragancia de olor. Dice más que otra vez distinta
de ésta vio también estando en oración y siendo ya el
término de la noche a la misma Virgen gloriosa, que te-
nía a su hijo glorioso como en pie, conforme a ella le
parece que le vio en las manos de la Virgen, y que
madre e hijo estaban con coronas; y que vio juntamente
un ángel que estaba inclinado puestas las manos como
reverenciando y adorando al glorioso niño y a su madre.
Dice más que otras tres veces distintas después de estas
dos vio a la Virgen gloriosa, no con tanta dis-
tinción pero con mucha claridad, a modo de ima-
gen que se trasluce debajo de algún velo, y que
estas veces vio a su parecer un santo que no sabe
quién pudiese ser porque no se podía del todo
{
ber con}

{364 [319]}
para el juramento que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de treinta años, poco más o menos. Y lo firmó a su usanza junto con los dichos padres e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
[Firma en tagalog baybayin] [María Saua]. Alonso de Guardiana.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
Fray Juan Bautista de Montoya, en este puesto y sitio de Quisasay,
por cuanto para la prosecución de esta causa es necesario haya notario,
por ausencia del que hasta aquí ha usado el dicho oficio de notaría,
en virtud de la comisión del señor reverendísimo obispo Sugbú y
gobernador de este arzobispado, la cual está en la cabeza de este
proceso, nombro por notario al padre predicador fray Gabriel de Rojas,
el cual estando presente aceptó el dicho oficio, jurando como
juró in verbo sacerdotis usarle fielmente. Que es hecha en veinti-
trés del mes de noviembre de 1619.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas.
En veintitrés de noviembre de mil seiscientos diecinueve
años, pareciendo presente doña María Semgcali, natural del
pueblo de Agonoy, habiéndosele recibido juramento en forma
cuanto a esta causa, dijo que el martes, segundo día
que llegó aquí desde Agonoy por la gran devoción que oyó
decir tienen todos con este santo lugar, este día a hora de vís-
peras en esta cuevecita, adonde se dice haber aparecido la Virgen
gloriosa muchas veces, vio a su parecer distintamente a la Virgen
gloriosa que tendría de alto poco más de un palmo, con gran

{366 [321]}
{[Al margen izquierd] en cuanto a las maravillas o milagros que han sucedido. }
{Testigo 8º doña María Lavinysa cuanto a las apariciones y testigo primero, cuanto a milagros que sanó de cierta dureza?, incompleto] antigua que en él tenía.}
En el pueblo de Tal en ocho días del mes de oc-
tubre de mil seiscientos diecinueve años, los padres priores y jueces
en esta causa para la dicha información hicieron pa-
recer ante sí a una india que mediante Bernardo de Lande-
cho, intérprete nombrado, dijo llamarse doña
María Lavinysa, que es el mismo testigo octavo que ya ha dicho su
dicho y lo que sabe acerca de las apariciones que ha visto.
Y recibiéndosele juramento de nuevo por Dios Nuestro
Señor sobre la señal de la cruz según forma de derecho,
para que diga si sabe alguna cosa tocante a maravillas y mi-
lagros. Dijo que aquella misma noche cuan-
do estaban en oración a prima noche ella y su hija doña
Isabel Dayampita con su marido D. Pedro Cahonhon y
Joan Mangagat, y Ana Bontoan, esclava de esta declarante,
habiendo muy en particular pedido y suplicado esta declarante
a la Virgen gloriosa Nuestra Señora le hiciese merced de mos-
trarle alguna cosa con que pudiese curar una gran dureza
que, había más de siete años la fatigaba grandemente en el
vientre, habiendo gastado más de cincuenta tostones
en curas diversas sin haber hallado alivio con ellas ni des-
canso alguno; dice pues que estando así en oración vio
de repente en el suelo y [en] medio de un plato de China,
que allí estaba puesto para el que quisiese poner allí alguna li-
mosna, estando de antes el dicho plato vacío sin tener cosa
alguna, como con la claridad lo habían visto los que allí es-
taban, vio en él esta declarante un poquito de licor
a modo de vino de Castilla en el color; el cual plato
tomándole en las manos esta declarante y oliendo lo que
en él estaba, trascendía de grandísimo olor. Y dice que vol-
viéndole a poner donde estaba, volvió a hacer oración
a Nuestra Señora suplicándole tuviese por bien se ungiese
ella con el dicho licor, lo cual hecho, como con el dicho licor
se ungía se sintió luego sudando y la dureza dicha que en

el vientre tenía tan dura como un guijarro, la sintió blan-
da como una cera; con que quedó totalmente sana de
la tal enfermedad, y luego las demás personas se
ungieron también con aquel poquitito que quedaba, que por
ser tan poco aún no alcanzó para la una de ellas.
La cual unción hicieron, lo uno por la gran unción,
digo, devoción que obraron; y lo otro por el gran olor
y fragancia que el dicho licor salía.
{[Al margen izquierdo] Este mismo testigo vio también a la Virgen sobre el agua.}
Demás de lo dicho añade la dicha declarante que, algunos
días después de haber visto esta claridad grande sobredicha
y haberse muerto la candela, yéndose a bañarse al agua antigua que
nace un poco más arriba de la nuevamente vista, vio en
el aire como un estado en alto, casi sobre esta agua nueva-
mente vista, una figura hermosísima a modo de
una imagen pintada y dorada que teniendo la mano derecha
puesta sobre el pecho y en la izquierda que tenía algo
levantada, le parece tenía una cruz. La cual figura e i-
magen tuvo por cierto esta declarante en su pecho era
la Virgen gloriosa Nuestra Señora. Y dice tendría a su parecer
como dos palmos de altor. A la cual imagen, esta declarante
con otras personas que allí estaban se hincaron de rodillas
llorando de contento, dando gracias a la Virgen por semejante
merced. La cual visión duró por un gran rato.
{[Al margen izquierdo.] Testigo doña Isabel Dayanpita, citada por el testigo sobredicho y contesta con ella.}
Y pareciendo luego presente ante los dichos jueces la
dicha doña Isabel Dayampita, y siéndole recibido jura-
mento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según for-
ma de derecho mediante el dicho intérprete, de que dirá
toda verdad cuanto a la maravilla del licor que apareció,
con que su madre la dicha Dª. María Lavinisa sanó.
Dijo que, habiendo ido con su madre, con mucha de-
voción a visitar estos dichos lugares de Quisasay donde
se dice haber aparecido la Virgen gloriosa, para suplicarle
alcanzase salud para la dicha su madre Dª. María Lavinysa,
{
estando}

estando en esta oración, es verdad que en el plato
que está referido estaba allí puesto para poner la li-
mosna que diesen, sin tener cosa alguna; cuando allí se hin-
caron de rodillas vieron de repente en él un poco
de licor en el medio, del que en el color tiraba a vino
de Castilla; y como la dicha su madre tocase al dicho licor
hallaron oler grandísimamente, tanto que no sabe a qué
compararlo. Y como volviese la dicha su madre a hacer
oración a la Virgen se ungió con el dicho licor en la gran
dureza que en el vientre tenía, con lo cual sintiéndose
luego sudando quedó sana de la dicha enfermedad, sin que
le quedase dureza alguna. Y también esta declarante con su
marido y otra persona de las cuatro se ungieron con aquél po-
quitico de licor que quedaba, así por la mucha devoción
que cobraron como por la gran fragancia del dicho licor.
Y esto es lo que sabe acerca de este caso, y la verdad para el
juramento que tiene hecho.
{[Al margen izquierdo.] Testigo, D. Pedro Cahonhon citado por el testigo 8º sobredicho, y también se llama Dimahonhon que es lo mismo entre los tagalos, contesta con quien le cita}
Y asimismo pareció luego presente y a solas y ante los
dichos jueces D. Pedro Cahonhon citado por la dicha doña
María Lavinysa, octavo testigo; y habiéndosele asimismo recibido
juramento que dirá verdad en todo lo que su-
piere, en cuanto al haber sanado su suegra con la unción
del licor sobredicho. Dijo que habiendo allí
estado en oración con su mujer, con su suegra y con Joan
Mangagat y Ana Bontohan es verdad que vieron de re-
pente en el sobredicho plato un poquito de licor mara-
villoso, con grande fragancia de olor con el cual como
su suegra, la dicha Dª. María Lavinysa se ungiese la dureza
que en el vientre tenía, que había mucho tiempo que pa-
decía de ella. Luego que se ungió según ella y la dicha su mujer
decían, quedó sana, quedando todos muy contentos, dando gra-
cias a Nuestra Señora por semejante merced.

{[Al margen izquierdo.] Testigo: Ana Bontoan, citada por el testigo sobredicho contesta totalmente con ella.}
Ítem, en doce días de este dicho mes de octubre del dicho año, pareció mismo
así presente ante los dichos padres Ana Bontoan, esclava de Dª. María Lavinysa
estando en oración vio de repente el licor sobredicho con que sa-
nó, como más largamente se refiere en el dicho testimonio primero que
esta dicha Dª. María Lavinisa da cuanto a maravillas y milagros; y habién-
fdosele recibido juramento en forma mediante el dicho intérprete
dijo que, es verdad que estando en oración junto con su ama
Dª. María Lavinysa, con la grandísima claridad extraordinaria que
allí había, siendo antes de noche muy oscuro vieron de repente en el
plato que allí estaba para si alguno diese limosna, un poquito de licor
que ella compara a color de quilán, el cual olía que trascendía; con el
cual como se ungiese la dicha su ama dice esta declarante que
luego quedó sudando, y con esto la dureza grande que en el vientre tenía
la dicha su ama había muchos años. Luego quedó blando el vientre
como si no hubiera tenido tal dureza; y adviértase más que añade
esta declarante que cuando este licor se vio de repente, era tan grande la
claridad con ser de noche y no haber candela que se podía leer cualquiera escritura.
Y que esta es la verdad debajo del juramento que tiene hecho, en que
se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de cuarenta años poco
más o menos. Y no firmó por no saber. Firmáronlo los dichos padres,
jueces y dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho. Don Pedro Dimagongon.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: Don Cristóbal Managit afirma haber sanado de una antigua tullidez.}
En el pueblo de Tal, en nueve días del mes de octubre
de mil seiscientos diecinueve años, ante los dichos padres, priores,
jueces de esta causa pareció un indio que mediante el dicho intér-
prete dijo llamarse don Cristóbal Managuit, y ser natural de
el pueblo de Molavin, doctrina de Tal, del cual tomado fue tomado y re-
cibido juramento por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz se-
gún forma de derecho, y prometió de decir verdad. Y siéndo-
le preguntado si ha usado Dios Nuestro Señor con él alguna maravilla
haciéndole merced por intercesión de la Virgen de darle sa-
lud en ocasión de alguna enfermedad que haya tenido
{dijo}

{[323] 368}
dijo que, habrá como cuatro meses que habiendo tenido
noticia de las mercedes que Dios Nuestro Señor hacía a algunas per-
sonas por intercesión de la gloriosa Virgen Nuestra Señora, habiendo ido
a visitar los lugares dichos, lavándose con esta agua nuevamente
vista en el dicho sitio de Quisasay o prometiendo de ir
allá prometió él estando muy enfermo, y tanto que había seis
años poco más o menos que por ninguna manera podía andar
ni tenerse sino sólo andar algo a gatas, no obstante que en el
discurso de este tiempo había gastado en muchas y diversas cu-
ras y bebedizos diversos el valor de dos esclavos que para
este efecto había vendido. Dice pues que estando así, habién-
dolo primero prometido, fue a visitar los sobredichos
lugares de Quisasay a donde le llevaron para este efecto cargado
hasta embarcarle. Y llegando a este sitio le desembar-
caron también y le llevaron a poner en el lugar donde
se dice haber aparecido la Virgen gloriosa, porque de otra
suerte él no podía tenerse ni andar. Y hecha allí oración le
llevaron también cargado al sitio y lugar donde nace esta
sobredicha agua nuevamente vista, a donde le bañaron
tres veces con esta agua, y luego después de bañado dice
y afirma este declarante debajo del dicho juramento
que se comenzó a tener y andar como siempre ha andado, sin bor-
dón ni ayuda de nadie. En razón de lo cual quedándose
allí por nueve días, estando en esta novena como de noche
no pudiese dormir, bebiendo un jarro de esta dicha agua
nuevamente vista luego dormía y descansaba. Y así ha
quedado desde entonces hasta ahora sano, aunque flaco,
pero que se tiene y anda por cualquiera parte y sube cuales-
quiera escaleras, sin ayuda de bordón ni persona alguna.
Y esto es la verdad para el juramento que tiene hecho en que se
afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de treinta años po-
co más o menos. Y lo firmó de su nombre junto con los dichos jueces
e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. D. Cristóbal Managuit. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{[Al margen izquierdo.] Testigo: Catalina Polonsian que con esta agua sanó de una papera y herida sin quedarle señal, y de un escocimiento de ojos; y halló a medianoche llena de esta agua una banga en que a prima noche no había quedado más de un poquito.}
En el pueblo de Tal, en diez días del mes de octubre
de mil seiscientos diecinueve años, los padres priores, jueces
de esta causa hicieron parecer ante sí a una india que median-
te el dicho intérprete dijo llamarse Catalina Polonsian, natural
del pueblo de Molavin, del cual se tomó y recibió juramento
por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según forma de
derecho, so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siendo pre-
guntada si sabe alguna cosa en razón de haber la Vir-
gen gloriosa alcanzádole salud de su precioso hijo, de alguna
enfermedad que haya tenido, dijo que,
habiendo estado muchos días con una papera o hinchazón
que tenía en la garganta tan grande como un santor ordinario,
y habiéndose curado con algunas medicinas que le decían eran
buenas y no habiendo hallado descanso, teniendo devoción con
esta agua nuevamente vista por lo que había oído decir
de ella, se lavó con ella en su casa algunas veces, y como sintie-
se muy grande alivio, prometió ella propia de ir a visitar
este lugar dicho donde se dice haber aparecido la Virgen glo-
riosa; y como de hecho fuese e hiciese oración
ofreciendo una candela, volviéndose allí a lavar con la
dicha agua, se sintió del todo sana de la dicha enferme-
dad. De más de lo cual dice que por tener devoción con
esta dicha agua teniéndola en casa, se lavó un día con
ella los ojos en los cuales tenía un grande escocimiento;
también se le quitó luego. Y refiere más esta misma india
que estando una mañana con grandísima tristeza, por
ver que esta agua con que tanta devoción tenía se le iba
acabando porque no le había quedado ya, mandé tanto
cuanto cabía en un jarro ordinario, sin tener a quién man-
dar a que fuese por ella, por ser lejos y llover y no te-
ner banca en que ir aquella misma noche. A medianoche llegan-
do a la banga para lavarse los ojos con aquella agua po-
quita que había quedado, halló la banga llena sin haber en su
casa quien pudiese haber echado agua en ella; con lo
cual juzgando aquello por milagro particular, quedó con
mucho contento y mucha mayor devoción que antes,
{
dando}

{369 [324]} 27
dando muchas gracias a Dios y a Nuestra Señora por tan
gran merced. Y que esto es lo que sabe para el juramento
que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó y dijo ser
de edad de cuarenta años, poco más o menos. Y no firmó
por no saber. Firmáronlo los dichos jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: Alvaro Bani, principal del pueblo de Molavín, con esta agua maravillosa sanó de una hinchazón o postema de una ingle.}
En el dicho día diez de octubre de mil seiscientos
diecinueve años, en el dicho pueblo de Tal, los dichos padres,
priores y jueces hicieron parecer ante sí a otro indio que mediante
el dicho intérprete dijo llamarse Dº. Álvaro Bani, natural del
pueblo de Molavin, del cual se tomó y recibió juramento por
Dios Nuestro Señor, sobre la señal de la cruz según forma de derecho,
so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siendo preguntado
si ha usado Dios Nuestro Señor con él alguna maravilla dándole salud
mediante la Virgen gloriosa, de alguna enfermedad
que haya tenido dijo que, habiendo estado algunos
días, tiempo de más de tres semanas muy malo de una hincha-
zón en la ingle izquierda a modo de postema sin po-
derse valer de dolor, tanto que admitía cuales-
quiera medicinas que le decían sin haber hallado con ellas ali-
vio alguno, quitando todas las medicinas y emplastos.
Se lavó con esta dicha agua, con que comenzando a recibir mu-
cho alivio y descanso, prosiguiendo a lavarse con esta dicha agua
al tercero o cuarto día se sintió del todo sano. Y que esta es
la verdad para el juramento que tiene hecho,

en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad de cin-
cuenta años, poco más o menos. Y no firmó por no saber.
Firmáronlo los jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: D. Joan Cabinti se le multiplicó un poquito de agua que tenía de esta maravillosa en un tibor, y vio extraordinaria claridad.}
En el dicho pueblo de Tal, en el dicho día diez de octubre
de mil seiscientos diecinueve años, los dichos padres, priores, jue-
ces de esta causa hicieron parecer ante sí a un indio que mediante
el dicho intérprete dijo llamarse don Joan Cavinti, natural de
el pueblo de Vis, doctrina de este dicho pueblo, del cual fue toma-
do y recibido juramento por Dios Nuestro Señor, sobre la señal de la
cruz según forma de derecho, so cargo del cual prometió de decir
verdad. Y siendo preguntado al tenor, digo, si sabe al-
guna cosa acerca de haber aparecido la Virgen gloriosa
o de algún milagro que haya Nuestro Señor obrado por su inter-
cesión dijo que, como cinco días después de lo
que decían grandísima cantidad de gente que había visto a
Nuestra Señora, estando haciendo la iglesia encima de la propia
concavidad de la peña donde los primeros testigos dicen
la vieron encima de aquello, vio este declarante una
particular claridad, en una como cuevecita que está allí,
de que mucho se movió a devoción y se maravilló. Y que yén-
dose a su casa llevó de esta dicha agua nuevamente vista un
tibor negro lleno de los que, en los que los sangleyes suelen traer vino de
mandarín; la cual agua como con ella se lavasen el rostro
{cada}

{370 [325]} 28
cada día y las manos y se enjuagasen el cuerpo con ella des-
pués de haberse bañado con otra agua ordinaria así este de-
clarante como su mujer e hijos, todo por tiempo
de ocho días, pero siempre con mucha devoción; dice este
declarante que como él hubiese oído decir se multiplicaba esta
agua a otros que la tenían, él también con la misma de-
voción, habiendo quedado ya en el tibor como el tercio, llegando a ver
esta agua una mañana para lavarse como solía, teniéndola
tapada y muy guardada sin haber allí llegado nadie halló que
estaba el tibor dicho casi lleno, de que mucho se maravilló. Y
dando muchas gracias a Nuestro Señor le creció la devoción. Y que esto
es la verdad debajo del juramento que tiene hecho,
en que se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de se-
senta años, poco más o menos. Y lo firmó de su nombre junto
con los dichos padres, priores, jueces y dicho intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas. Juan Cabinti. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.
{[Al margen izquierdo.] Testigo: Catalina Sadayantanan da testimonio de una maravillosa aparición de la Virgen y de su precioso hijo}
En el dicho pueblo de Tal, en once días del mes de octubre de
mil seiscientos diecinueve años, los padres, priores, jueces en esta
causa hicieron parecer ante sí a una india que, mediante el dicho
intérprete dijo llamarse Dª. Catalina Sadyantanan, mujer del
maestre de campo de esta jurisdicción de Tal llamado D. Diego Dimagtimtim,
natural de este dicho pueblo de Tal, de la cual se tomó y recibió juramento
por Dios Nuestro Señor sobre la señal de la cruz según forma de derecho,
y prometió debajo de él de decir verdad. Y siendo preguntada al tenor
de la comisión de Su Señoría Reverendísima dijo que, al tercero día
después de lo que dicen mucha cantidad de gente que estaba haciendo la
iglesia, cuando dicen que vieron a la Virgen gloriosa, al tercero

día, un sábado a la hora que se suele tocar a las ánimas, estando
en oración en este dicho lugar donde la primera vez se dice haber-
se aparecido la Virgen Nuestra Señora, en este mismo lugar encima de
esta misma piedra, en una concavidad que allí está a modo de cueva con
cavidad junto a una raíz de un árbol grande, vio a su pa-
recer distinta y claramente con muy gran claridad a la Vir-
gen gloriosa Nuestra Señora con su hijo precioso en los brazos, de ma-
nera que se podía distinguir la llaguita que en el costado tenía
a modo de sajadura, que brotaba ya gotas de sangre. Y dice que
esta gloriosa imagen le parece tendría de alto poco más de
un palmo; y que así la Virgen como su precioso hijo tenían coronas,
el uno y el otro, puestas en las cabezas. Y dice más que
juntamente con esto le parece oía una música muy suave,
oliendo también juntamente un muy suave olor. Todo lo cual
le parece duraría tanto como se suele tardar una misa cantada.
{[Al margen izquierdo]. Testigo: El mismo testigo sobredicho afirma haber con esta agua sanado de una enfermedad del pecho, siendo muy antigua}
Demás de lo dicho afirma esta declarante debajo del
juramento dicho que, habiendo más de nueve años que te-
nía cierta enfermedad en el pecho, a modo de un gran hipo
que la fatigaba, de modo que no la dejaba resollar. Dice
pues que usando por algún tiempo el bañarse con esta agua maravi-
llosa y beberla, vino totalmente a quitársele esta enfer-
medad. Y que esta es la verdad para el juramento que tiene hecho,
en que se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de treinta y
seis años. Y lo firmó de su nombre a su usanza, junto con los dichos
padres, priores, jueces e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Gerónimo de Medrano. Fray Gabriel de Rojas.
[Firma en tagalog baybayin] [Catalina Sadyantanan?]. Bernardo de Landecho.
Ante mí,
Pedro Pérez,
notario nombrado.

{375 [326] 29}
En el pueblo de Casaysay, en el partido del convento de Taal, en tres
de febrero de [mil] seiscientos veinte años, nuestro padre fray Alonso Barona,
provincial, dijo que por cuanto ha visto una información que el padre
fray Juan Bautista de Montoya, prior de dicho convento ha hecho por
comisión y mandato del Reverendísimo señor obispo fray Pedro de Arce,
obispo del Santísimo Nombre de Jesús y gobernador de este arzo-
bispado de Manila, acerca de haberse aparecido aquí en
este sitio la sagrada Virgen María Nuestra Señora, y otros mi-
lagros y maravillas que en este lugar por su medio e inter-
cesión Nuestro Señor ha obrado con diferentes personas. La cual infor-
mación hizo con licencia que para ello tuvo del dicho maestro
padre provincial y en compañía de los padres fray Jerónimo de Medrano,
prior del convento de Tanavan, y del padre fray Gabriel de Rojas,
conventual de este dicho convento. Los cuales el dicho maestro padre provincial
mandó se hallasen presente al examinar los testigos para
mayor justificación. Y aunque le ha parecido y parece la
sobredicha información muy bastante, y es tan suficiente así
probado el haberse aparecido a diferentes personas la Serení-
sima Reina de los Ángeles Nuestra Señora la Virgen María. Con to-
do eso le pareció ser necesario que los testigos se vuelvan a testi-
ficar de nuevo en sus dichos y declaraciones ante el dicho maestro
padre provincial y el sobredicho padre fray Juan Bautista de Montoya. Por
tanto mandaba y mandó que todos los testigos que en la sobre-
dicha información han dicho, y si algunos hubiere de nuevo
que en ello no hayan dicho puedan decir de nuevo, parezcan
ante el dicho maestro padre provincial y sobredicho juez de comisión por
Su Señoría Reverendísima; y ante mí el presente secretario de provincia, y me-
diante el padre fray Fernando de Cabrera, prior del convento de San Pa-
blo de los Montes, a quien el dicho maestro padre provincial nombró por in-
térprete de las dichas testificaciones y demás testigos que de
nuevo dijeren, a quien el dicho maestro provincial dijo que mandaba y man-
dó en virtud de santa obediencia acepte el dicho oficio
de intérprete, bien fiel y legalmente. El cual dijo que
aceptaba y aceptó el dicho oficio, y juró in verbum sacerdotis,
poniendo la mano en el pecho de lo hacer bien, fiel y legal-
mente como le es mandado para que digan y declaren
debajo de juramento, de suerte que haga fe lo que supieren,
acerca de lo en la información contenido. Y por este auto
así lo pronunció, ordenó, mandó y firmó.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona.
Ante mí, fray Francisco de Castromonte,
secretario de provincia.

Fray Juan Bautista de Montoya, prior de este convento de
Taal y juez nombrado por el reverendo padre don fray Pedro de
Arce, obispo del Santísimo Nombre de Jesús, y gobernador de
este arzobispado de Manila, para la averiguación
de esta causa dijo que por cuanto Pedro Pérez, no-
tario nombrado para esta causa estaba ausen-
te y no se podía hallar a esta averiguación,
en conformidad de lo ordenado por nuestro padre provincial
en virtud de la comisión que tiene, hacía
el nombramiento de secretario e intérprete en los
dichos padres fray Fernando de Cabrera y fray Francisco
de Castromonte. Y lo firmó en cuatro de febrero
de [mil] seiscientos veinte años.
[Rúbricas:] Fray Juan Bautista de Montoya. Ante mí, fray Fernando de Cabrera. Fray Francisco de Castromonte.
{[Al margen izquierdo] Recuerdo.}
Y en el sitio de Casaysay, en cuatro de febrero de [mil] seiscientos
y veinte años, nuestro padre provincial fray Alonso Barona, y el padre fray Juan
Bautista de Montoya, juez nombrado, mandaron pa-
recer ante sí a don Pablo Caraig, principal del pueblo
de Calangay, para la averiguación de esta causa
del cual se tomó juramento en forma de derecho, y él
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tado; y habiéndole dado a entender mediante el padre
fray Fernando de Cabrera, prior del convento de San Pablo,
intérprete nombrado lo para que es llamado dijo
que martes, habrá seis meses poco más o menos, le envío
el padre prior a hacer una iglesia en este lugar y sitio
de Casaysay, por razón de haberse él convidado
por la mucha devoción que tenía a la sacratísima
Virgen que había oído decir se aparecía en aquel
lugar, y que habiendo estado aquí martes y miér-
coles con mucha gente haciendo la iglesia, el jueves
siguiente encomendó muy en particular a dos in-
dias, la una esclava suya llamada Panavin,
y otra llamada Ybagsic, natural del pueblo de

-más personas que estaban allí, era una doña Cata-
lina Sanyantanan, y doña Úrsula Dimarbion, principala-
de Taal. Y que el niño tenía el vestido blanco, que
no hay cosa con que poder comparar la blancura que
le quitaba la vista. Y que la Virgen era de color mo-
rena tostada y el niño muy blanco. Y que esto es públi-
co haberse parecido a muchas personas de diferen-
tes lugares. Y es lo que sabe y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y en ello se afirmó
y ratificó. Y dijo ser de edad de cincuenta años
poco más o menos. Y lo firmó de su nombre y con
él los jueces e intérprete. Y añade más, que esta
cuevecita donde estaba la Virgen gloriosa cuando se a-
pareció no estaba hecha ni casa ni la había visto él, aunque lo
había mirado hasta el jueves cuando apareció, y que
por eso subió a mirar qué había en la cuevecita dicha.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. Don Pablo Caraig. Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
{[En la margen izquierda] Testigo}
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho, nuestro padre provincial y juez nombrado mandaron
parecer ante sí a doña Angelina Oralian, natural
del pueblo de Bavan, de la cual se tomó y recibió jura-
mento en forma de derecho, y ella lo hizo por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz, y prometió de decir verdad de
lo que supiere y fuere preguntada. Y habiéndo-
le dado a entender lo para que es llamada mediante
el padre fray Fernando Cabrera, intérprete nombrado
dijo que, lo que sabe es que habiendo oído decir
que en este sitio había aparecido la Sacratísima
Virgen María, y que había una fuente que tení-
a agua que con ella sanaban los enfermos; vino
a este sitio esta declarante un viernes por la ma-
ñana, llegó a este sitio y estuvo todo el día hasta

otra Dimatanco; y que era grandísima la fragancia
que había, y se oían como órganos y guitarras y chiri-
mías, que todos estaban espantados y que por ser tan
grande el gusto que recibían se fueron a ver si había
alguien que tañese en la sementera. Y esta es la ver-
dad y lo que sabe so cargo del juramento que hecho
tiene, en que se afirmó y ratificó y dijo ser de edad
de treinta años poco más o menos. Y no firmó porque
no supo. Firmáronlo los jueces de esta causa y el in-
térprete de ella.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, Fray Francisco de Castromonte,
notario.
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año arri-
ba dicho, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya,
juez nombrado mandaron parecer ante sí a don Agustín
Sumaroc y doña Juana Bitosin y doña Bárbara Mavayag,
principales del pueblo de Bonbong, de los cuales y cada uno
de por sí fue recibido juramento en forma, el cual hi-
cieron por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tieron de decir verdad de lo que supieren y fue-
ren preguntados. Y habiéndoles dado a en-
tender lo para que son llamados, mediante el
padre fray Fernando Cabrera, intérprete nombrado
dijeron que, el domingo pasado veintiséis de e-
nero de este presente año de [mil] seiscientos veinte,
estando sus dos hermanos en el sitio donde está
la fuente medicinal que hay en este sitio vieron
a la sacratísima Virgen entre las dos paredes del agua,
y luego enviaron a llamar al dicho don Agustín Sumaroc;
y que realmente vieron a la sacratísima Virgen
muy resplandeciente, de la misma manera que
dijeron otras personas la han visto. Y que tenía a su hijo
precioso, lo cual vieron todos tres, y un soldado
llamado Maoc llegó a tiempo que la vio tam-
bién, según él dice. Dice más doña Juana Bitosin,
que cuando la vieron los indios que hacían

{[329] 374 }32
las iglesias el día que la vieron todos, fue ella una de
las que la vieron; lo cual todo es verdad, so cargo del
juramento que hecho tienen en que se afirmaron y ra-
tificaron. Y lo firmó don Agustín Sumaroc a su usan-
za, y los demás no supieron firmar. Firmáronlo
los jueces e intérprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en Tagalog Baybayin] Don Agustín Sumaroc*
Los testigos son don Agustín Sumaroc, doña Juana Bitosin y doña Bárbara Mavayag, pero sólo firma uno, don Agustín Sumaroc
Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, Fray Francisco de
Castromonte
notario
En este mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año arri-
ba dicho, nuestro padre provincial fray Alonso Barona y el padre fray Juan Bautista
de Montoya, juez nombrado por haber tenido noticia que
había sucedido una cosa milagrosa en la bahía de Bonbong, man-
daron parecer a don Juan Sava, natural del pueblo de
Sala, del cual se tomó y recibió juramento en forma
de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz,
y prometió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tado. Y habiéndole dado a entender lo para qué es llamado,
mediante el padre fray Fernando de Cabrera, intérprete de esta
causa dijo que, viniendo desde el pueblo de Sala a novena y
a este sitio de Casasay donde dicen se ha visto la gloriosa
Virgen María cerca del pueblo de Pangclar, con un tiempo
se les hundió la banca en que venían él y su mujer y dos hijas
suyas, una de hasta catorce años poco más o menos, y otra de
hasta diez años, y un niño de poco más de un año, y dos
soldados del pueblo de Tal llamados el uno Lucas Casigir,
y el otro Juan Casangcab. Y el niño, afirma este declaran-
te, que habiéndose desasido de la madre con la fuerza
de las olas que eran muy grandes y altas que le pare-
cían como tejado de casa, anduvo sobre el agua sin
que nadie le viese por tiempo que, a su parecer, se podían
cocer dos ollas de morisqueta una tras otra; y al ca-
bo de este tiempo, habiéndole buscado le vio bueno y sano,
echado de pies y la cabeza de fuera sin haberse
mojado ni la cara, ni haber bebido gota de agua;
y habiéndole asido una vez con el frío y llevar una
hermana suya asido también, porque no se ahogase

se lo arrebató una ola y después le tornó a coger uno de los
soldados que iban con él y se lo dio a su hermana, que iba
encima de la banca que se había volcado. Que tampo-
co las dos hijas sabían nadar, y es de entender que es lo
más hondo y áspero de la laguna donde esto sucedió. Y dice
y declara este declarante que sólo tuvo lugar de pe-
dir socorro a la Virgen de Casaysay diciendo que
les valiese, pues sólo iban a su casa a novenas y a ver-
la. Y que así tiene por cierto que por su intercesión de la
Virgen no se hicieran todos pedazos, que ni unos ni o-
tros no escaparían si ella no les favoreciere, y Dios por
ella. Y esto es la verdad so cargo del juramento que
hecho tiene, en que se afirmó y ratificó y dijo ser de
edad de cuarenta años poco más o menos. Y no firmó
por no saber. Firmáronlo los jueces e intérpretes
de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona. Fray Juan Bautista de Montoya. Fernando de Cabrera.
Ante mí, Fray Francisco de Castromonte
notario
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya,
juez nombrado, mandaron parecer ante sí a Magdalena
Matalo y María Marota, mujer e hija del testigo atrás di-
cho, de las cuales se tomó y recibió juramento en forma
de derecho a cada una de por sí, las cuales lo hicieron
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometieron de
decir verdad de lo que supieren y fueren preguntadas.
Y habiéndoles dado a entender lo para que son citadas
mediante el padre fray Fernando de Cabrera, intérprete
de esta causa, dijeron la una y la otra todo cuanto
el padre ha referido en el dicho de arriba. Y que tienen
por cierto que si la Virgen, a quien con mucha devo-
ción se encomendaron les favoreciese, ninguna de
ellas y de otra talaga que pareció presente, a quien
yo el presente notario doy fe que vi que por ser de poca
edad no se le tomó juramento, escaparan--la cual
dijo llamarse María Gracia. Y ésta es la verdad so
cargo del juramento que hecho tiene, en que
se afirmaron y ratificaron. Y porque no
sabían escribir no lo firmaron. Firmá-

{[330] 379} 33
ronlo los padres jueces de esta causa y el intérprete de ella.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera. Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año arri-
ba dicho nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya, juez nombrado, mandaron parecer ante sí a Lucas Casinga,
natural del pueblo de Taal, y Juan Casancap, natural de
el pueblo de Molavin, de los cuales se tomó y recibió jura-
mento en forma de derecho, y ellos lo hicieron por Dios Nuestro Señor y
la señal de la cruz, y prometieron de decir verdad de lo
que supieren. Y habiéndoles dado a entender lo para que
son citadas mediante el padre fray Fernando de Cabrera, in-
térprete de esta causa, dijeron todo lo que dijo en
su dicho don Juan Sava. Y que el uno de ellos llamado Juan
Casancap cogió al niño en el agua sin estar mojada
la cabeza ni la cara. Y el otro sacó debajo del agua
a una de las hijas. Y que tiene por cierto fue mila-
gro escapar, y que la Virgen les ayudó a quien
firmemente llamaban porque sin remedio
se ahogaban. Y ésta es la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, en que se afirmaron y ratificaron.
Y el uno firmó porque supo firmar a su usanza
y el otro no supo. Firmáronlo los jueces y el in-
térprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en tagalog baybayin] [Lucas Casinga ]
Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario
En este mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Mon-
toya, juez nombrado, mandaron parecer ante sí a
D. Francisco Tabagan [sic], Agustin Tibos y Juan Manicat, Agustín Alta,

Francisco Manayc, Domingo Dimacac, Juan Tacosan, todos
siete naturales del pueblo de Tal y sus visitas, de los cua-
les y de cada uno de ellos en particular se tomó y recibió
juramento en forma de derecho, y ellos lo hicieron por Dios
Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometieron de decir
verdad de lo que supieren y fueren preguntados.
Y habiéndoles dado a entender lo para que son
llamados mediante el padre fray Fernando de Ca-
brera, intérprete nombrado, dijeron que, es ver-
dad que estando en compañía del sargento mayor
D. Pablo Caraig haciendo una iglesia para que
oyeran misa los que venían a novenas, más de
sesenta personas vieron a la sacratísima Virgen
Nuestra Señora, en la parte y lugar que el sargento mayor
dice estaba y que todos ellos la vieron, y todos los
demás que con ellos estaban y que era cosa
de maravilla el resplandor que salía de la Virgen.
Y que tenía a su precioso hijo, señor nuestro, en los bra-
zos. Y que la Virgen estaba vestida de azul el man-
to. Lo cual todos afirmaron ser verdad y en ello
se afirmaron y ratificaron. Y los que supieron
firmarlo lo firmaron, y por los demás lo firma-
ron los jueces e intérprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera.
[Firma en tagalog baybayin] Don Francisco Tabala [Sabaran]. D. Agustín Tibos. [Domego Dimaha [Domingo Dimacac?] ] Agustín Alta.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
En el sitio de Casaysay, en cinco de febrero de [mil] seiscientos y vein-
te años, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Mon-
toya, juez nombrado mandaron parecer ante sí a
doña María Maiga, principala del pueblo de Lipa,
de la cual se tomó y recibió juramento en forma de
derecho; y ella lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz

{376[331] } 34
y prometió de decir verdad de lo que supiere y fuere pre-
guntada. Y habiéndole dado a entender lo para que
es citada y llamada mediante el padre fray Fernando Cabre-
ra, intérprete nombrado dijo que habrá cinco o seis me-
ses, poco más o menos, que viniendo a visitar este sitio, un
día por la tarde estando haciendo oración se apare-
ció la sacratísima Virgen María, estando mucha
gente junta entre los cuales se acuerda estaba Juana
natural de Barian, y Macali natural de San Sebastián,
y otros que no se acuerda; y que estaba [la Virgen] con un vestido
colorado, aunque abajo descubría un poco blanco;
y que estaba en el aire junto a la misma peña. Y que
el niño que tenía estaba vestido de colorado, aunque
le parece no tenía mangas.
Y que otra vez, el jueves pasado
que se contaron dieciocho de enero, la vio otra vez en
la peña abajo, aunque le parece tenía diferente ves-
tido; y que esta segunda vez la vio con ella Dimataroc,
india del pueblo de Molavin. Y esta es la verdad so cargo
del juramento que hecho tiene, en que se afirmó y rati-
ficó y dijo. Y pareció ser de edad de treinta y seis
años, poco más o menos. Y lo firmó a su usanza, y
con ella los jueces e intérprete de esta causa.
Y que la primera vez le vio las plantas de los pies, como
estaba en el aire y no tenía zapatos. Y que la segunda
vez estaba tan cerca de ella que casi la pudo tocar
con las manos; y que le dijo esta testigo:- “Madre de Dios:
Dime lo que eres.”- Y en lo uno y en lo otro se ratificó y lo firmó.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. [Firma en tagalog baybayin] [Doña María Maiga]
Fray Fernando de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
Este mismo día, mes y año arriba dicho en el mismo sitio de
Casaysay, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya
mandaron parecer ante sí a doña Lucía Lacandola, na-
tural del pueblo de Bonbong, de la cual se tomó y recibió
juramento en forma de derecho y[ ella le sico ]por Dios Nuestro
Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir verdad
de lo que supiere y fuere preguntada. Y habiéndole

dado a entender lo para que es llamada, dijo que, habrá
cuatro domingos que estando ella y una india de Bauan,
que no sabe el nombre, vio junto a la fuente donde está
el agua medicinal a la sacratísima Virgen Nuestra
Señora con muchísima claridad, que no se puede de-
cir más que el sol, mucho, y salió mucha fragancia
de olor; y que el niño estaba en la mano izquierda
y una corona muy resplandeciente como de espi-
nas. Y ésta es la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, en que se afirmó y ratificó, y
dijo ser de edad de cuarenta años, poco más
o menos. Y lo firmó a su usanza, y con ella
los jueces de esta causa y el intérprete.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernando de Cabrera.
[Signos en baybayin.] [Doña Lucía Lacandola]
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
{[En el margen izquierdo] Testigo}
Este mismo día, mes y año arriba dicho, en el mismo sitio y lu-
gar nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya man-
daron parecer ante sí a Luis Lumidic, natural del pueblo de Umogsocan, del
cual se tomó y recibió juramento en forma de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz, y prometió de decir verdad
de lo que supiere y fuere preguntado. Y habiéndole
dado a entender lo para que es llamado, mediante
el padre fray Fernando de Cabrera, intérprete de esta ca-
usa, dijo que, uando estaban edificando la
iglesia de este sitio cuando dice don Pablo Ca-
raig vio a la sacratísima Virgen grande nú-
mero de gente que la hacía, fue uno de ellos este
testigo. Y que la vio de la misma suerte que los
demás; y que otra vez la vio este testigo en el mismo
sitio, y que había alguna gente pero que no se a-
cuerda quiénes eran. Y que otra vez la vio

{[332] 377 }35
en la fuente donde está el agua medicinal, y que había
nueve o diez personas, que entre ellos eran Imagelo, del
pueblo de Ilog, y la mujer de Lorenzo sacristán mayor,
del pueblo de Tal y del mismo pueblo de Ilog. Y que todas
ellas veían grandísimo resplandor y claridad. Y
que él es indio viejo y siempre anda muy enfermo
y lleno de gota; y que después que frecuenta el visi-
tar este sitio se halla ágil y con fuerzas, como de
hecho pareció ante los jueces de esta causa, de
que yo el notario doy fe. Y que esta es la verdad so
cargo del juramento que hecho tiene, en que se
afirmó y ratificó. Y pareció ser de edad de
cincuenta años poco más o menos. No firmó por-
que no supo. Firmáronlo los jueces e intérprete
de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de
Montoya. Fray Fernado de Cabrera.
Ante mí, fray Francisco de Castromonte,
notario.
{[Al margen izquierdo] Testigo}
En el mismo sitio de Casaysay, este mismo día, mes y año
arriba dicho, nuestro padre provincial y el padre fray Juan Bautista de Montoya,
juez nombrado, mandaron parecer ante sí a Ana Ca-
cuay, natural del pueblo de Binogsocan, de la cual se to-
mó y recibió juramento en forma de derecho, y ella
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pre-
guntada. Y habiéndole dado a entender lo para
que es llamada, dijo que, es verdad que
el domingo pasado veintiséis de este pre-
sente año vio esta testigo a la sacratísima Virgen
María, de la misma suerte que don Agustín Suma-
roc, y doña Juana Bisoin y doña Bárbara Marayag,
de la misma forma y manera que ellos en su
dicho lo dijeron y declararon, porque en realidad

estaban todos cuatro presentes; está su dicho de ellos
a foja treinta y uno. Y es la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, en que se afirmó y ratificó. Y dijo
ser de edad de cincuenta años, poco más o menos. Y
no firmó porque no supo. Firmáronlo los jueces
e intérprete de esta causa.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernado de Cabrera.
En el pueblo de Taal, en cinco días del mes de febrero de mil
seiscientos veinte años, nuestro padre provincial fray Alonso Barona
y el padre fray Juan Bautista de Montoya, prior de este convento de Taal
y juez nombrado en esta causa, mandaron parecer ante sí
a doña Catalina Ginatoan, natural del pueblo de Mola-
vin, para la ratificación de su dicho, de la cual
se tomó y recibió juramento en forma de derecho, y ella
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad de lo que supiere y fuere pregun-
tada. Y habiéndole dado a entender un dicho suyo que
está a foja seis, mediante el padre fray Fernando Ca-
brera, prior del convento de San Pablo, intérprete nombra-
do dijo que: aquel dicho era suyo, y lo dijo y es la verdad, y en
ello se afirmó y ratificó; y dijo que si de nuevo era me-
nester lo decía de nuevo para mayor abundamiento. Y no
firmó por no saber, firmáronlo los jueces e intér-
prete. Asimismo mandaron parecer ante sí a doña
Lucía Tarolan, y habiendo recibido juramento en forma
de derecho, y dádole a entender un dicho suyo que está a fojas
siete, dijo que aquel dicho es suyo, y ella lo dijo y es la
verdad so cargo del juramento que hecho tiene en que
se afirmó y ratificó, y si necesario es lo vuelve a de-
cir de nuevo. Y no firmó porque no supo. Asimis-
mo pareció presente Marta Dimatolog, y de la cual se re-
cibió juramento en forma de derecho, y ella lo hizo por Dios
Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir
verdad de lo que supiere. Y habiéndole dado a en-
tender un dicho que está a fojas ocho, dijo que
aquel dicho era suyo y ella lo dijo, y es la verdad
so cargo del juramento que hecho tiene en que se a-
firmó y ratificó. Y no firmó por no saber.

{[333] 375} 35
Asimismo pareció don Álvaro Banir, del cual se tomó y re-
cibió juramento en forma de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndole dado a entender de un
dicho que está a fojas veintisiete de esta causa, el cual
dijo era suyo, y lo dijo y declaró; y es la verdad so cargo
del juramento que hecho tiene en que se afirmó y ratificó.
Y dijo que si era necesario lo vuelve a decir de nuevo. Y no lo
firmó porque no supo. Asimismo pareció don
Cristóbal Managit, del cual se tomó y recibió jura-
mento en forma de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal
de la cruz. Y habiéndole leído un dicho que está a
fojas veinticinco, dijo que aquél dicho era suyo
y él lo dijo, y es la verdad, y en ello se afirmó y ratificó.
Y lo firmó de su nombre abajo. Asimismo pareció
don Pablo Caraig, del cual se tomó y recibió juramento
en forma de derecho, y él lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal
de la cruz; y habiéndole dado a entender un dicho que
está a fojas veintinueve, dijo que aquél dicho es
suyo y él lo dijo, y es la verdad; y si necesario es lo vuelve
a decir de nuevo, y en ello se afirmó y ratificó
y lo firmó de su nombre abajo. Asimismo
pareció doña Magdalena Dayangtomo, de la cual
se tomó y recibió juramento en forma de derecho, y ella
lo hizo por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prome-
tió de decir verdad. Y habiéndole dado a entender
un dicho que está a fojas once, dijo que aquel
dicho es suyo y ella lo dijo. Y es la verdad como en él se
contiene, y si necesario es lo vuelve a decir de nuevo. Y en
ello se afirmó y ratificó y lo firmó de su nom-
bre a su usanza. Asimismo pareció doña Ma-
dalena Ponsoin, de la cual se tomó y re-
cibió juramento en forma de derecho, y ella lo hizo por Di-
os Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometió de de-
cir verdad de lo que supiere. Y habiéndole dado
a entender un dicho que está a fojas ocho, dijo que
aquél dicho es suyo y ella lo dijo, y es la verdad so car-
go del juramento que hecho tiene y en ello se afir-
mó y ratificó, y si necesario es lo vuelve a decir

de nuevo. Y lo firmó de su nombre, y lo firmaron junta-
mente con los de arriba todos los jueces de esta causa e intérprete.
[Rúbricas:] Fray Alonso Barona, provincial. Fray Juan Bautista de Montoya. Fray Fernado de Cabrera. Don Pablo Caraig. D. Cristóbal Managuit. [Firma en tagalog en baybayin] [Magdalena Ponsoin? ]
Ante mí, fray Francisco de
Castromonte,
notario.
En el pueblo de Taal, en siete días del mes de febrero de [mil] seiscien-
tos veinte años, nuestro padre provincial y fray Juan Bautista de Mon-
toya, prior del convento de Taal y juez nombrado, manda-
ron parecer ante sí a don Juan Cabinti, principal del
pueblo de Ovis [sic] para la ratificación, del cual se tomó y re-
cibió juramento en forma de derecho, y él lo hizo por Dios
Nuestro Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir verdad
de lo que supiere. Y habiéndole dado a entender, median-
te el padre fray Fernando Cabrera, prior del convento
de San Pablo, intérprete nombrado, un dicho que está
a fojas veintisiete, dijo que aquél dicho es suyo
y que él lo dijo, y es la verdad. Y si necesario es lo vuelve a de-
cir de nuevo, y en él se afirmó y ratificó debajo d
el juramento que hecho tiene. Y lo firmó de su nom-
bre, y con él los jueces e intérprete de esta causa.
Asimismo pareció doña María Margur, prin-
cipala del pueblo de Lipa de la cual se tomó y recibió
juramento en forma de derecho, y ella lo hizo por Dios Nuestro
Señor y la señal de la cruz, y prometió de decir ver-
dad de lo que supiere. Y habiéndole dado a en-
tender mediante el intérprete nombrado un di-
cho que está a fojas treinta y tres, dijo que aquél di-
cho es suyo y que ella lo dijo y es la verdad como en él se
contiene, debajo del juramento que hecho tiene, en que
se afirmó y ratificó. Y no lo firmó porque no supo;
firmáronlo los jueces e intérprete de esta causa.
Asimismo pareció Catalina Talain, natural del pue-
Año de 1640—Información sobre el milagro que Nuestra Señora de Caysasay usó con Juan Ynbin, sangley cristiano.

[al margen izquierdo] Año [al margen derecho] de 1640.
Información que el maestro Joseph Cabral,
beneficiado del partido de Balayan,
foráneo en esta provincia, ha hecho en virtud
del Ilustrísimo Señor Fray Hernando Gue-
rrero, Arzobispo Metropolitano en estas islas y del
Consejo de Su Majestad, sobre el milagro que Nuestra
Señora de Casaysay usó con Juan Ynbin, sangley
cristiano.
[rúbrica] Alonso Márquez, notario.

[al margen izquierdo] Comisión al maestro Joseph Cabral para la averiguación del milagro.
Nos, D. Fray Hernando Guerrero, por la gracia de Dios y de la
Santa Sede Apostólica, Arzobispo Metropolitano de estas islas Filipinas, del
Consejo de Su Majestad. Por cuanto ha llegado a nuestras manos un testimonio signado
y firmado de Alonso Márquez, escribano público de la provincia de Balayan,
término de nuestra diócesis, por do consta que una imagen de Nuestra Señora
la Virgen María, Reina de los Ángeles, que está en la iglesia de
Casaysay, visita del priorato de Taal, ha hecho un milagro con un sangley
cristiano llamado Juan Ynbin, cantero, que en aquella sazón ayudaba a la
fábrica de aquella iglesia; al cual prendieron con otros sangleyes y echa-
ron por muerto los ejecutores, con ocasión de este alzamiento general que han
hecho los de Calamba, parián de esta ciudad y los de Santa Cruz. Y le die-
ron grandes heridas penetrantes de modo que lo dejaron por muerto. Y pare-
ce que el dicho Juan Ynbin se había próximamente confesado con el padre predi-
cador fray Alonso Rodríguez, prior del dicho convento de Taal, y encomen-
dándose a la dicha imagen para que le librase de la muerte. No obstante que
por el dicho testimonio consta tener cuatro heridas penetrantes, que por cualquie-
ra de ellas naturalmente eran de muerte, teniendo todos los nervios prin-
cipales del pescuezo cortados a machetazos, y con dos lanzadas en el cuerpo,
en la tetilla derecha. Y [consta] haber estado tres días naturales sin comer ni
beber, ni recibido cura alguna, y haber estado en el agua y a las inclemen-
cias del cielo. Y dicho y declarado el dicho Juan Ynbin habérsele aparecido
la dicha imagen, y sacádole de la mar donde se halló la primera vez
que le socorrió, y después traídole a la orilla y a tierra sobre una hoja
blanca. Y cuando le iba trayendo se apartaban y huían caimanes y otros
peces espantosos con la vista de la dicha imagen. Y habiéndole traído a
tierra, le mandó se volviese a proseguir con su obra. Y diciéndole no saber
el camino para ir a Casaysay, donde se fabricaba su iglesia, le mostró
el camino y le pasó de un río sin mojarse. De modo que caminando lle-
gó al dicho lugar y estuvo en una bóveda de la dicha iglesia. Y por el dicho testigo
consta que con ser las dichas heridas tan grandes y penetrantes, no tener
olor ni estar hinchadas, como naturalmente lo suelen estar pasando vein-
ticuatro horas, especialmente las que se mojan, que todo lo susodicho son efectos
que sin particular milagro y ayuda de tan gran Señora no podía suceder.

Y para mayor honra y gloria suya y de su precioso y bendito hijo, importa
que este milagro tan estupendo se autentique con información de
todo lo sucedido, para que asimismo se alienten los fieles a su de-
voción. Para para cuyo efecto delegamos nuestras voces y jurisdicción, con toda pleni-
tud al maestro Joseph Cabral, cura y vicario del partido de Balayan,
para que haga de todo ello información, con todos los testigos que di-
recta o indirectamente supieren de este caso, en todo o en parte;
recibiéndole al dicho Juan Ynbin, siendo necesario, nueva
declaración; haciendo todas las diligencias judiciales y extrajudi-
ciales que convengan. Y para mayor firmeza nombrará un nuncio cur-
sor con quien seguirla, tomando del juramento de que acudirá a todo
lo que toca a su cargo bien y cumplidamente. Y nombrará por notario
de esta causa al dicho Alonso Márquez, escribano público, a quien desde
luego nombramos por tal. Y recibirá de él el juramento de fidelitate,
y nombrará intérpretes fieles y legales y los demás ministros en tal
caso necesarios. Y hecha la dicha información, proceso cerrado y sellado,
nos lo remitirá. Y encargamos al dicho maestro acuda a este negocio con
el cuidado que caso tan grave requiere. Y para mayor solemni-
dad acudirá a hacer el dicho juramento de fidelitate ante cual-
quiera religioso sacerdote de la orden de nuestro padre San Agustín,
a quien lo cometemos. Y para que conste, dimos la presente firma-
da de nuestra mano, sellada con el sello de nuestras armas, re-
frendada de nuestro secretario. Dada en Manila, en nuestro palacio a o-
cho de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[rúbricas] Fray Hernando,
Arzobispo. Por mandado de Su Señoría Ilustrísima, Diego Núñez.
[al margen izquierdo] Aceptación de la comisión.
En el pueblo de Casaysay, visita del de Taal, en dieci-
ocho días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan,
dijo que por cuanto Su Ilustrísima del Sr. D. fray Hernando
Guerrero, Arzobispo de estas islas y del Consejo de Su Majestad, le da comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, como
más largamente consta de la comisión de esta otra parte. Y para usar de ella

primero y ante todas cosas hizo juramento de fidelidad, y que aceptaba
y aceptó la dicha comisión, y juró in verbo sacerdotis poniendo la
mano derecha en el pecho ante el padre predicador Fray Alonso Rodrí-
guez, prior de este partido de Taal, de usar de ella según y como
por dicha comisión se contiene. Y lo firmó el dicho padre prior, y dicho
maestro Joseph Cabral. [Rúbricas] Fray Alonso Rodríguez, Maestro Joseph
Cabral. Ante mí, Alonso Márquez, notario.
[al margen izquierdo] Aceptación del notario.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de suso
referido, el dicho maestro Joseph Cabral, juez de comisión recibió
juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la
cruz, de Alonso Márquez, notario nombrado por Su Señoría Ilustrísima,
contenido en dicha comisión. El cual estando presente dijo
que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento, y de usarlo bien y
fielmente a todo su leal saber y entender. Y a la absolución
del juramento dijo: “sí, juro y amén”. Y lo firmó con el dicho juez
de comisión. Maestro Joseph Cabral. Alonso Márquez, notario.
Concuerda con la comisión original y aceptamiento de ella
por el maestro Joseph Cabral y juramento. Y asimismo
aceptación de Alonso Márquez, notario por ella
nombrado, lo cual va cierto y verdadero. Y la dicha
comisión original entregue al dicho maestro Joseph Cabral;
y fueron testigos a verla corregir y entrega de ella
Don Antonio Tanhayanin, Juan Obagan, Pedro Cabello,
presentes. Y para que conste y de mandato del dicho juez de comisión
saqué el presente, que es hecho en este pueblo de Casaysay en dieciocho días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[Rúbrica:] Alonso Márquez, notario.

[al margen izquierdo] Auto para que se nombren los oficiales.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Ca-
bral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de este dicho pueblo, dijo
ser necesario primero nombrar un nuncio cursor e intérpretes en len-
gua sangleya y tagala, y los demás oficiales que sean necesarios para el
dicho efecto; y que sean personas de satisfacción y confianza. Y a cada una
se les despache nombramiento en forma. Y por este auto así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Maestro Cabral
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Thomás Dimaligalig.
El maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Ca-
saysay, dijo ser necesario nombrar un intérprete en lengua tagala
que sea de satisfacción y confianza, y entendido en lengua castella-
na para que con toda fidelidad, interprete los testigos tagalos si necesario
fueren para la averiguación y las demás cosas que se ofrezcan
en lengua tagala. Y porque las partes necesarias concurren
en la de vos, Thomás Dimaligalid, por el presente y en vir-
tud de la facultad que por la dicha comisión se me concede, os elijo y
nombro por tal intérprete de la lengua tagala para la dicha
averiguación de dicho milagro. Para que como tal lo uséis y ejer-
záis; y primero y ante todas cosas haréis juramento en forma de usar
bien y fielmente el dicho oficio. Y estando presente el dicho Thomás Dimaligalig dijo que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento de tal
intérprete para la dicha averiguación de dicho milagro que en él hecho, y que lo usará bien y fielmente a todo su leal saber y entender; y que
guardará secreto en las cosas y casos que lo pidan. Y así lo juró
a Dios y a la cruz en forma de derecho. Y a la absolución del juramento dijo:
“sí juro, y amén.” Y lo firmó el dicho juez de comisión. Dado en este pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscientos
cuarenta años.
[Rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Nombramiento de intérprete a Agustín Sico, sangley cristiano.
El maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, dijo ser necesario nombrar un intérprete en lengua sangleya que sea de
satisfacción y confianza, y entendido en lengua castellana para que, con
toda fidelidad, interprete la declaración o declaraciones que sean
necesarias hacer de algunos sangleyes o testigos que para el dicho caso
se ofrezcan examinar siendo sangleyes, y otras cosas tocantes a dicha len-
gua sangleya. Y porque las partes necesarias concurren en la de
vos, Agustín Sico, sangley cristiano, por el presente y en virtud
de la facultad que por la dicha comisión se me concede, os elijo y nombro
por tal intérprete de la dicha lengua sangleya, para la dicha averiguación
de dicho milagro. Para que como tal lo uséis y ejerzáis. Y primero ha-
réis juramento en forma de usar bien y fielmente el dicho oficio. Y estando presente
el dicho Agustín Sico, dijo que aceptaba y aceptó el dicho nombramiento de tal intérprete para la averiguación de dicho milagro en él hecho, y que lo
usará bien y fielmente a todo su [r]eal*El notario imita la pronunciación del Sangley, quien dice "leal" en vez de "real." saber y entender. Y que guar-
dará secreto en las cosas y casos que lo pidan. Y así lo juró a Dios y
a la cruz en forma de derecho. Y a la absolución del juramento dijo: “sí juro, y
amén.” Y lo firmó el dicho juez de comisión, que es hecho en este pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscien-
tos cuarenta años.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí, Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio
Yo, Alonso Márquez, escribano público de esta provincia de Bala-
yan, doy fe y verdadero testimonio a los que el presente vieren,
cómo ayer que se contaron once de este presente mes y año, tra-
jeron unos indios a este pueblo de Taal, un sangley cristia-
no llamado Juan Ynbin, cantero que trabajaba en la igle-
sia de Nuestra Señora de Caysasay [sic], uno de los que dicen ha-
ber muerto con otros sangleyes en la fuerza de Bonbon el
miércoles que se contaron siete días de este dicho mes; al cual y me-
diante Agustín Sico, sangley cristiano, intérprete, le pregun-
tó en mi presencia y de los testigos que abajo irán declarados,
el padre prior fray Alonso Rodríguez, que lo es de este convento
de Taal, de cuyo pedimento fue traído a este dicho pueblo
la causa de estar vivo y halládole el sábado en la noche,
que se contaron diez de este dicho mes, junto a las bóvedas de pie-
dra do está el agua que llaman de Nuestra Señora de Casasay,
las cuales están cerca de su iglesia. Dijo que lo que sabe
y se acuerda es que a él y a otros sangleyes cristianos e infieles
prendieron para matarlos. Y que antes él se había confesado
con el dicho padre prior, y encomendado muy de veras a Nuestra
Señora de Casasay, pidiéndole le librase de la muerte. Lo sacaron
de la dicha fuerza amarradas las manos y con una trompa, co-
mo a los demás. Y le llevaron a la playa que era el lugar
donde los mataron, y a él le dieron de machetazos y lanzadas,
y siempre llamando a la Virgen hasta que quedó allí y no sabe
si lo echaron a la mar o lo que de él hicieron. Pero le parece lo
despertaron aquella noche de un sueño, y se halló en la mar,
encima de las aguas en una hoja blanca, y que no sabe qué ho-
ja fuese. Y vio una niña pequeña del tamaño de Nuestra Se-
ñora de Caysasay, muy resplandeciente, y vio que tiraba
de la dicha hoja hacia la playa. Y dice vio caimanes y otros
géneros de peces que se iban apartando por donde iba aque-
lla niña. Y al cuarto del alba llegó a la playa que llaman
de Mahayay, que es debajo de las palmillas que están en el mon-
te, antes de llegar al pueblo de Sinisian, y allí se quedó sin sen-
tido y no vio el día. Y de allí, volviendo otra vez en sí, vio a la misma
niña que le había sacado de las aguas, y le dijo se volviese a Caysasay [sic]
a trabajar en la obra que estaba haciendo. Y le respondió no sa-
bía el camino, y ella le guió hasta donde estaba el pueblo de Bonbon,
donde dice se volvió a quedar sin sentido. Y volviendo en sí, vio otra
vez a la dicha niña que lo guiaba y le pasó de la otra banda del

{Licencia}
Fray Juan Ramírez, rector provincial de esta provincia de Nuestro Padre San Agustín de Filipinas, por cuanto el Señor Arzobispo de Manila envía comisión
al maestro Joseph Cabral, beneficiado del partido de Balayan, para
que haga información de un milagro o milagros que se dice ha obra-
do Nuestra Señora de Casasay [sic] en el partido de Tal. Y por cuanto puede ser
haya algunos religiosos que sean testigos, o sepan algunas circuns-
tancias o cosas pertenecientes al dicho milagro. Por la presente
doy licencia a todos los religiosos de esta provincia de Nuestro Padre San Agustín que supieren de este caso, para que debajo de juramento, declaren
ante el dicho maestro Joseph Cabral lo que supieren. Y concedo
la autoridad necesaria al dicho maestro Joseph Cabral para que pueda
examinar y examine debajo de juramento, a cualesquiera re-
ligiosos de nuestra religión, acerca de este caso e informaciones
que para la probanza del dicho milagro se han de hacer. Hecho
en el pueblo de Pasig, en nueve del mes de enero de [1]640 años.
Valeat sic.
[rúbrica] fray Juan Ramírez, rector provincial.

[al margen izquierdo] Auto para que se haga interrogatorio de preguntas.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, dijo se haga un interrogatorio de preguntas por las cuales sean examinados los testigos que juraren en la dicha información, y que el dicho interrogatorio de preguntas se saque del testimonio en que se hace relación del dicho milagro. Y que se ponga con estos autos para que conste, y por este auto así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

Por las preguntas siguientes sean preguntados y exa-
minados los testigos que juraren y declaren en la información
que se hace acerca del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hecho en
Juan Ynbin, sangley cristiano. Digan:
1. Si conocen a Juan Ynbin, sangley cristiano, cantero, que trabajaba en este san-
tuario de Casaysay. Y si tienen noticia del milagro que la Virgen Santísima de
Casaysay usó con él. Y si era hombre de buena vida y costumbres, digan.
2. Si saben que en este alzamiento general de los sangleyes fue el dicho Juan Ynbin
preso en este dicho pueblo de Casaysay con los demás sangleyes que en él había, y llevado
a la Fuerza de Bonbon para que le matasen, digan.
3. Si saben que estando el dicho Juan Ynbin dentro de la dicha fuerza, amarradas
las manos y con una trompa al pescuezo como lo estaban sus compañeros,
después de confesado él y los demás, le sacaron de la dicha fuerza amarra-
do como estaba de antes al lugar donde los mataron y en qué lugar
fue, digan.
4. Si saben o vieron matar conocidamente al dicho Juan Ynbin y qué genero de muerte le dieron, digan.
5. Si saben que después de muerto el dicho Juan Ynbin le metieron en una
banca como a los demás sus compañeros, y lo llevaron embarcado en ella
buen trecho de la orilla y barra del rio de Bonbon, y lo echaron en
lo profundo del mar, amarradas las manos y con la misma trompa al
pescuezo que tenía cuando le mataron, digan.
6. Si saben la distancia que hay desde donde echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta donde le hallaron, y dónde fue. Y si con las dichas heridas naturalmente pudo ir a la bóveda y fuente donde fue hallado, digan.
7. Si saben del tiempo que hubo y pasó desde que mataron al dicho Juan Ynbin
hasta que le hallaron en la bóveda, digan.
8. Si saben que las dichas heridas y lanzadas del dicho Juan Ynbin fueron
grandes, penetrantes y mortales. Y si las del pescuezo tenían cortados
los nervios principales. Y si las dos heridas o lanzadas sobre la tetilla
y costado derecho eran asimismo penetrantes. Y si las unas y las otras

[al margen izquierdo] Declaración de Juan Ynbin, sangley cristiano.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de ene-
ro de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura
beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia
de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra
Señora de Casaysay por el Ilustrísimo don fray Hernando Guerrero,
arzobispo metropolitano de estas islas y del Consejo de Su Majestad, hizo parecer ante
su merced a Juan Ynbin, sangley cristiano que a la sazón está en este dicho pueblo
de Casaysay, para tomarle su declaración en razón de dicho milagro.
Y estando presente el susodicho se le fue recibido juramento en forma de derecho
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, mediante Agustín Sico, sangley
cristiano, intérprete nombrado para dicho efecto. Y habiéndolo hecho prometió de
decir verdad, y dijo que lo que pasa en razón de lo que sabe y le su-
cedió es que habrá tres años poco más o menos que ha estado y [ha] asistido en este
dicho pueblo de Casaysay, haciendo oficio de cantero en la fábrica de la iglesia
de piedra de Nuestra Señora de Casaysay, y en las bóvedas que se hicieron asimis-
mo sobre el agua que llaman Santa, que están cerca de la dicha iglesia.
Y que estando actualmente cortando piedra para hacer un pretil o cerca
en el patio de la casa y espaldas de la dicha iglesia, una noche, estando en
su casa durmiendo le despertaron y llamaron. Y luego le prendió don Juan
de Cabrera, castellano de la Fuerza de Bonbon, atándole las manos. Y le llevó a este
declarante con los demás sangleyes que en este dicho pueblo había a la dicha
Fuerza de Bonbon, donde luego que llegó le pusieron una trompa al pescue-
zo, amarradas las manos como de antes, y le tuvieron en aquellas prisiones
hasta que el día siguiente, a las cinco de la tarde poco más o menos, llegó
el alcalde mayor de esta provincia de Balayan, y le dijo a este declaran-
te y a los demás sangleyes que con él estaban presos que, los cristianos se con-
fesasen y los infieles si quisiesen ser cristianos se bautizasen; que para eso
estaba allí el padre prior de Taal, porque todos habían de morir luego al punto.
Porque tenía orden del señor gobernador de estas islas para matarlos por el al-
zamiento general de los sangleyes. Y así este declarante se confesó con el
dicho prior de Taal fray Alonso Rodríguez, y se encomendó muy de veras
a Nuestra Señora la Virgen María de Casaysay pidiéndole le librase de la
muerte, pues le había servido tanto tiempo en su iglesia. Y que le sacaron
de la dicha Fuerza con la dicha trompa al pescuezo, y atadas las manos, y le
llevaron a la playa frontero y a vista de dicha Fuerza, que fue el lugar

donde vio otros sangleyes ya muertos que habían sacado de la dicha Fuerza antes de sacarle a él. Y este declarante se hincó de rodillas y bajó la ca-
beza, y un indio con un machete que tenía en las manos
le dio con él en el pescuezo, y no se acuerda de más. Y le parece a
este declarante lo despertaron aquella noche de un sueño, y
se halló en la mar encima de las aguas, en una hoja blanca, y que no
sabe qué hoja fuese; y vio una niña pequeña, al parecer de la estatura
de Nuestra Señora de Caysasay, muy resplandeciente, que tiraba de la
dicha hoja hasta la playa. Y vio caimanes y otros géneros de peces que
se iban apartando por donde iba aquella niña. Y al cuarto del
alba llegó a la playa que llaman de Mahayahay, que es debajo de
las palmillas que están en el monte antes de llegar al pueblo de
Sinisián. Y allí se quedó sin sentido, y no vio el día. Y de allí
volviendo otra vez en sí vio a la misma niña que le había sacado de
las aguas, y le dijo se volviese a Casaysay a trabajar en la obra
que estaba haciendo. Y este declarante le respondió no sabía el cami-
no. Y ella le guió hasta donde estaba el pueblo de Bonbon, donde este
declarante se volvió a quedar sin sentido. Y volviendo en sí, vio
otra vez a la dicha niña en alto que le guiaba y le pasó el río de Bon-
bon a pie enjuto, y lo trajo al paraje donde lo hallaron, bajándole
por una cuesta que está en un lado de las dichas bóvedas sin ca-
mino alguno, por estar acantilada y llena de arboleda espesa. Y
allí sintió el dolor de las heridas, lo cual no había sentido antes. Y que
así como llegó a las dichas bóvedas no vio más a la dicha niña. Y querien-
do este declarante levantarse para ir al pueblo que está junto a dichas
bóvedas no pudo menearse, hasta que llegó un indio a bañarse
y le pidió por señas le diese una poca de aquella agua santa.
La cual le dio a beber, y luego se sintió con más vigor y pudo ha-
blar. Y el dicho indio con otro que llamó trajeron a este declarante
a este dicho pueblo de Casaysay, donde se halló con cuatro heridas, las dos grandes
en el pescuezo y las otras dos sobre la tetilla derecha, y la otra más
abajo en el costado. Y que de todas dichas heridas cuando le sacaron

de la fuerza para matarlo sólo sintió un golpe en el pescuezo; y que
le parece a este declarante que con aquél golpe sólo había quedado muer-
to, porque no sintió los demás que halló y tiene en su cuerpo. Y que
lo que tiene dicho y declarado es la verdad, so cargo del juramento
que hecho tiene, y declaró ser de edad de cuarenta y cinco años;
y lo firmó con el dicho señor juez de comisión a su usanza
y el dicho intérprete.
[Rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[Firmas en Chino] *Este es probablemente el apellido de Imbin Ma [firmado dos veces]
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio y fe de las heridas que tiene en su cuerpo Juan Ynbin.
Yo Alonso Márquez, notario nombrado en esta causa por el
Ilustrísimo señor don fray Hernando Guerrero, arzobispo me-
tropolitano de estas islas y del Consejo de Su Majestad, doy fe y verdadero
testimonio a los que al presente vieren, cómo habiendo hecho parecer el maestro
Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de
comisión para la averiguación de este milagro a Juan Ynbin, sangley
cristiano para tomarle su declaración como en efecto la tiene
hecha, y en presencia del dicho juez de comisión miré y vi las señales
de las heridas que en su cuerpo tiene el dicho Juan Ynbin, que
las dos de ellas están en el pescuezo y las otras dos, la una sobre la

[al margen izquierdo] Testimonio del capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de enero
de mil seiscientos cuarenta años]], el maestro Joseph Cabral, cura bene-
ficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia
de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al capitán Diego Maldonado Bo-
nal, alcalde mayor y capitán a guerra en esta dicha provincia de Balayan,
del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad.
Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano
de mes y medio a esta parte poco más o menos, que ha que lo vio en el
pueblo de Taal, cuando a él lo trajeron herido. Y tiene noticia del
milagro que con él usó Nuestra Señora de Casaysay, y esto responde.
-A la segunda pregunta dijo que en virtud de orden que tuvo del señor
Gobernador y Capitán General de estas islas, para que hiciese matar y degollar a todos
los sangleyes cristianos e infieles de esta provincia. Y que en conformidad
de ella mandó a D. Juan de Cabrera, castellano de la Fuerza de Bonbon
prendiese todos los sangleyes que hallase en este dicho pueblo y los llevase
a la dicha Fuerza de Bonbon, y en ella los tuviese presos a buen recaudo,
y esto responde.
-A la tercera pregunta dijo que habiendo llegado a la dicha fuerza a las
cinco horas de la tarde poco más o menos, que se contaron siete
del mes de diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta
nueve, pidió al padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este
partido de Taal que a la sazón estaba en dicha fuerza, confesase
a los sangleyes cristianos y exhortase a los infieles se volviesen cristianos,
porque luego habían de morir todos. Y así, después de confesados
y bautizados algunos infieles, los sacaron de la dicha Fuerza
de dos en dos, amarradas las manos y con trompas al pescuezo y los lle-
varon al lugar donde los mataron, que sería un tiro de arcabuz
de dicha Fuerza, y esto responde.
-A la cuarta pregunta dijo que no vio conocidamente al dicho Juan
Ynbin, pero le tiene por uno de ellos; y que a todos les iban dan-
do los indios que allí estaban, separados para ello, con los mache-

tes que tenían en las manos por el pescuezo. Y que unos se
hincaban de rodillas para que los matasen, y que el que les pa-
recía a los indios no quedaba del todo muerto con los machetazos, les
daban otros indios de lanzadas hasta que los dejaban por muer-
tos. Y que este testigo para más satisfacerse y cumplir con el tenor
de dicha orden, fue al dicho puesto y los halló a todos tendidos, que a
su parecer estaban del todo muertos. El número de todos [que] era[n]
veintinueve, que fue el mismo que halló vivos cuando sa-
lieron de la dicha Fuerza; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo este testigo que no los vio embarcar en las bancas, pero mandó [e]l dicho castellano los embarcara en bancas y con
las mismas trompas los echasen en lo profundo del mar, y fuera
de la barra del río de Bonbon; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distancia
de donde mandó echar los dichos sangleyes al agua, por tierra, hasta este
pueblo de Casaysay donde ha oído fue hallado el dicho Juan Yn-
bin, cuarto y medio de legua; y por el agua, un cuarto de dicha
legua. Y le parece a este testigo que el dicho Juan Ynbin, con las
heridas penetrantes que este testigo le vio: porque las dos del pescuezo
tenía los nervios principales cortados, que de arriba y de abajo
se veían los nervios como colmillos, y el hueso lastimado como
partido. Porque eran ambas anchas las heridas, y en par-
ticular la una de ellas, y las otras dos que tenía encima de
la tetilla y costado derecho las tiene por tan milagrosas, respecto de
parecerle a este testigo entraban en el cárcavo, y que sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor y de su bendita madre, no podía
naturalmente vivir; y esto responde.
-A la séptima pregunta dijo que el tiempo que hubo desde que mata-
ron a los dichos sangleyes, y hasta que fue traído al pueblo de Taal
hubo cuatro días; y esto responde.
-A la octava pregunta dijo que se remite a lo que tiene declarado
en la sexta de este dicho. Y que en cuanto a las heridas no

[al margen izquierdo] Testimonio Ambrosio Manalig.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo pare-
cer ante sí a un indio que mediante Thomás Dimaligalig, in-
térprete, dijo llamarse Ambrosio Manalig y ser natural del pueblo de
Taal, y a la sazón soldado de la Fuerza de Bonbon, del cual se
recibió juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal
de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad; y siéndole
preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbing [sic], sangley cristiano,
cantero, de ocho meses a esta parte que le ha visto trabajar en su oficio en
la dicha fuerza y en la iglesia y santuario de este pueblo de Casaysay.
Y tiene noticia del milagro que con él usó Nuestra Señora, y que en
el tiempo que dicho tiene que conoce al dicho Juan Ynbin, le ha tenido y
tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que este testigo, en compañía de D. Juan
de Cabrera y de otros indios prendieron una noche al dicho Juan
Ynbin en este pueblo de Casaysay y a los demás sangleyes que en él
estaban. Y a todos juntos los llevaron amarradas las manos a la dicha
Fuerza, lo cual ejecutó el dicho castellano por habérselo así man-
dado el alcalde mayor de esta dicha provincia de Balayan; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que llegando a la dicha fuerza el dicho castella-
no con el dicho Juan Ynbin y los demás sus compañeros, les pusieron a cada
uno una trompa al pescuezo, amarradas las manos; y de la dicha
Fuerza los iban sacando de dos en dos al lugar donde los iban ma-
tando, que es un tiro de arcabuz de la dicha fuerza; y esto responde.
A la cuarta pregunta, dijo este testigo que a él y a otros indios soldados
de la dicha Fuerza los había nombrado el castellano de ella para que
estuviesen fuera de la dicha Fuerza y en el lugar que habían de
matar a los dichos sangleyes; y a este testigo le tocó el matar al dicho Juan

[al margen izquierdo] Testimonio: Matheo Omali.
En el pueblo de Casaysay, en dieciocho días del mes de
enero de mil seiscientos treinta y cuatro años [errata], el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación de dicho milagro hizo parecer ante sí a un indio
que mediante el dicho intérprete dijo llamarse Matheo Oma-
li, y ser natural del pueblo de Taal; y al presente soldado de la
fuerza de Bonbon, del cual se fue recibido juramento en forma de
derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndo-
lo hecho prometió de decir verdad y, siéndole preguntado al
tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo este testigo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte por haberlo visto
trabajar en la fuerza de la barra de Bonbon y en esta i-
glesia de Nuestra Señora de Casaysay, y tiene noticia del mila-
gro que la Virgen Santísima usó con el susodicho, al cual este testigo durante
el tiempo que le conoce lo tiene por hombre de buena vida y costumbres;
y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que don Juan de Cabrera, castella-
no de la Fuerza de Bonbon tuvo orden del alcalde mayor de esta
provincia para prender a todos los sangleyes cristianos e infieles
de este pueblo de Casaysay, y a los sangleyes chinchorreros que estaban
junto a él, y a los demás que hallase; y que presos y a buen re-
caudo los llevase a la dicha Fuerza. Y al tiempo que los llevó el dicho
castellano estaba este testigo en la dicha Fuerza y vio meter en ella
al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos, y a los demás sangleyes;
y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el día siguiente el dicho
Juan Ynbin y los demás sus compañeros presos en la dicha fuerza, ama-
rradas las manos y con una trompa al pescuezo cada uno, el padre
prior de este partido de Taal confesó a los sangleyes cristianos y bautizó
algunos infieles que se habían vuelto cristianos. Y acabado

las vio este testigo que se las curaban en el pueblo de Taal, las cuales
eran cuatro penetrantes; y que sólo con una de ellas le parece
a este testigo naturalmente no poder vivir ni caminar poco ni mu-
cho, ni menos venir a parar a tan gran trecho donde fue halla-
do sin particular ayuda de Dios Nuestro Señor, por intercesión
de su bendita madre; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que un miércoles en la tarde
echó a la mar este testigo y otro compañero suyo llamado Diego Mospa-
tag, soldado de la dicha fuerza al dicho Juan Ynbin. Y el domin-
go siguiente oyó decir habían hallado aquella noche antes al
dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y fuente santa
de este pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que vio, como dicho tiene, las cuatro he-
ridas que tiene en su cuerpo el dicho Juan Ynbin cuando le cura-
ban en el dicho pueblo de Taal, y que eran penetrantes y mor-
tales. Y las del pescuezo tenían cortados los nervios principales,
y que no estaban hinchadas ni de mal olor, pero tenían muchos
gusanos gordos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus pies
y sin que nadie le ayude y sin bordón ni otra cosa. Y le pa-
rece a este testigo está el dicho Juan Ynbin fuera de todo ries-
go de dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir a muchas personas
que después que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que le
hallaron vieron en las dichas bóvedas, encima de ellas, dos luces res-
plandecientes de noche y a deshoras, y que esto fue algunas
veces; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público

y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, en que se afirmó. Y que no le tocan las
generales de la ley. No supo decir su edad. Pareció por su as-
pecto de treinta y siete años poco más o menos; y no firmó porque
dijo no saber, firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio: Diego Magpagtag.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el dicho juez de comisión
para más prueba de la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay,
hizo parecer a Diego Magpagtag, testigo citado por Matheo Umali en su dicho del
cual y mediante el dicho intérprete. Se le fue recibido juramento en for-
ma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
so cargo del cual prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor
del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero de más de dos años a esta parte por haberlo visto trabajar

en la fábrica de la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay de este pueblo, sien-
do este testigo entonces vilango de fiscal del padre fray Pedro Mexía, prior
que fue de este partido de Taal. Y tiene noticia del milagro que con el
dicho Juan Ynbin ha usado Nuestra Señora de Casaysay, y que siempre
le ha tenido y tiene al dicho sangley por hombre de buena vida y costumbres;
y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que estando este testigo en la fuerza de Bonbon,
en la plaza de soldado que en ella tiene, llegó a deshoras de la noche don Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza con cantidad de sangleyes,
cristianos e infieles, que dijo había preso por mandado del alcalde mayor
de esta provincia, en este pueblo de Casaysay y otras partes. Y acabado este testigo
su cuarto de posta bajó a ver los dichos sangleyes presos, y entre ellos vio
y conoció al dicho Juan Ynbin, que tenía atadas las manos y los demás
sangleyes que con él estaban; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que el día siguiente estando el dicho Juan Y
nbin y los demás sus compañeros presos en la dicha fuerza, y cada uno
con su trompa al pescuezo y amarradas las manos, vio este testigo que se
confesó el dicho Juan Ynbin con el padre prior de este partido de Taal,
y los demás sangleyes cristianos que estaban presos y de los infieles mu-
chos se bautizaron. Y luego el dicho alcalde mayor, que a la sazón estaba dentro
de la dicha fuerza, los mandó sacar de ella de dos en dos al lugar don-
de los mataron, que será al parecer de este testigo, un tiro de arcabuz de la
dicha fuerza; amarradas las dichas manos y con las trompas al pescuezo;
y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no vio matar conocidamente al dicho Juan
Ynbin, ni qué muerte le dieron. Porque este testigo estaba ocupado
entonces en ir sacando de la dicha fuerza a los dichos sangleyes de dos
en dos, amarrados, y entregándolos a otros soldados que los iban
recibiendo y llevándolos al lugar donde los iban matando; y esto
responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos los dichos sangleyes que por todos
fueron veintinueve, y este testigo los vio después tendidos en el suelo

y que el dicho alcalde mayor los iba contando, este testigo estaba ya prevenido
con otros por orden del dicho castellano para embarcar en dos
bancas que allí estaban prevenidas a los dichos sangleyes muertos y desangra-
dos [al margen izquierdo: ojo] y así entre los que a este testigo y su compañero tocó embarcar en su
banca fue uno de ellos al dicho Juan Ynbin que conoció. Y así entre
ambos, uno por los pies y otro por la trompa, los iban atravesando
en la dicha banca hasta que en ella cupieron los que podía llevar la dicha
banca. Y la de este testigo en que llevó al dicho Juan Ynbin era pequeña, y
así no pudo caber más del cuerpo del dicho Juan Ynbin y el de otro
sangley. Y bogando así a la mar y fuera de la barra y boca del río
de Bonbon, este testigo y el dicho su compañero los arrojaron a ambos dos
a la mar, al parecer de este testigo en más de quince brazas de fondo, en ocasión
que la marea y viento era contrario para tierra, en que era fuerza los
metiese el dicho viento y marea muy afuera de la parte y lugar do este
testigo había echado al agua al dicho Juan Ynbin; el cual a vista
de este dicho testigo, luego que lo arrojó a la dicha mar, se fue a pique como
si fuera una piedra. Y lo mismo pasó con el otro sangley difunto,
y no los vieron más; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que le parece a este testigo que hay de distrito de donde
echó a la mar al dicho Juan Ynbin hasta donde fue hallado en las bóve-
das y fuente de Casaysay, habiendo de venir una persona a su paso ordinario,
por tierra tardará una hora; y por el río algo menos. Y que con
las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin en su cuerpo, las cuales
le vio este testigo curar en el pueblo de Taal, porque antes no las había visto
ni cuando lo echó a la mar, porque lo embarcó bocarriba y de noche
y no reparó en las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin y los demás
sangleyes; y que como dicho tiene, viendo curarle las dichas heridas
tan penetrantes y mortales, que le parece a este testigo que con sola
una de ellas bastaba a quitarle la vida, era imposible poder
vivir naturalmente ni ir al paraje do fue hallado sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor, por intercesión de su pre-

-ciosa y bendita madre; y esto responde.
-A la séptima, dijo que el tiempo que hubo de por medio desde
que mataron al dicho Juan Ynbin y este testigo lo arrojó al agua, como dicho
tiene fue miércoles, y oyó decir domingo siguiente por la mañana
fue hallado en las dichas bóvedas y manantial de Nuestra Señora
de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que cuando este testigo vio en el pueblo de Taal
curarle las heridas que tenía el dicho Juan Ynbin, las vio como dicho
tiene que eran grandes, penetrantes y mortales; en particular las dos que
tenía en el cerebro porque tenían cortados los nervios, y las otras dos
sobre la tetilla y costado derecho eran asimismo penetrantes; y todas
cuatro no estaban hinchadas ni con mal olor, pero tenían mu-
chos gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
andar por sus pies libremente, sin impedimento ni ayuda de persona
ninguna, ni menos de bordón. Y le parece a este testigo está el dicho Juan
Ynbin sano y fuera de riesgo de las dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio,
pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho
tiene, y no tocarle las generales de la ley. No supo decir su edad; pa-
reció por su aspecto de treinta y seis años; y no firmó porque
dijo no saber, y que es natural del pueblo de Taal, y al presente soldado de la
fuerza de Bonbon. Firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio: Juan Mamaghoncal.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez de comisión
para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay hizo
parecer ante sí a un indio que mediante Thomas Dimaligalig,
intérprete, dijo llamarse Juan Masongcal y ser natural del pueblo
de Balangon, visita de Taal, y al presente soldado de la fuer-
za de Bonbon, del cual se fue recibido juramento en forma de
derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del
interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte por haberlo visto trabajar
en la fuerza de Bonbon y en la iglesia de Nuestra
Señora de Casaysay de este dicho pueblo en su oficio de cantero; y tiene noticia
del milagro que la Virgen Nuestra Señora de Casaysay ha usado con él.
Y en el tiempo que dicho tiene, este testigo ha que conoce al dicho Juan Ynbin,
le tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que el alcalde mayor de esta provincia de Ba-
layan, le mandó a D. Juan de Cabrera, castellano de la fuerza
de Bonbon prendiese todos los sangleyes cristianos e infieles de este
pueblo de Casaysay y los demás que hubiese alrededor de él. Y de
los soldados indios que el dicho castellano llevó consigo para dicho
efecto fue este testigo uno de ellos; y así llegaron a este pueblo y prendieron
en él al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes que en él estaban,
y amarradas las manos los llevaron a la fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Ynbin y de-
más sangleyes presos en la dicha fuerza de Bonbon, cada uno con trom-
pa al pescuezo y amarradas las manos, este testigo salió fuera de la dicha
fuerza para ir matando a los dichos sangleyes al paraje que estaba señalado,

auxilio de Dios Nuestro Señor, y por intercesión de su preciosa madre;
y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que cuando mataron al dicho Juan Ynbin
y demás sangleyes fue miércoles noche, y domingo siguiente por la
mañana oyó decir este testigo habían hallado y visto la noche anterior
al dicho Juan Ynbin en las bóvedas y agua santa de este pueblo de
Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como dicho tiene vio curar las cuatro
heridas que el dicho Juan Ynbin tenía en su cuerpo, y las dos que tenía
en el cerebro; la una mayor que la otra, ambas de muerte porque
tenía y se veían cortados los nervios; y las dos sobre la tetilla y costa-
do derecho asimismo eran mortales, y todas cuatro estaban sin hinchazón,
mal olor, pero tenían gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin muchas ve-
ces andar por sus pies sin que nadie le ayude y sin bordón. Y que le
parece, según lo susodicho y su buena disposición, estar fuera de ries-
go; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pú-
blica voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene,
y que no le tocan las generales de la ley. Y declaró ser de edad
de cuarenta y ocho años; y lo firmó a su usanza con el dicho juez de
comisión e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[en tagalog baybayin] Juan Mamaghoncal [?]
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

[al margen izquierdo] Testimonio de Alonso Calatan.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo de esta provincia de Balayan y juez de comisión para la averiguación del
milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a D. Alonso
Calatang, teniente del castellano de la fuerza de Bonbon, y dijo ser natural
del pueblo de Taal, del cual y mediante el dicho intérprete
se le fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor
y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad.
Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, cantero, de más de tres años a esta parte. [Dijo] que este testigo le ha visto
trabajar en su oficio, así en la fuerza de Bonbon como en la iglesia
de Nuestra Señora de Casaysay de este dicho pueblo; y tiene noticia del
milagro que con él usó Nuestra Señora. Y en todo el tiempo que ha que este testigo le conoce
al dicho Juan Ynbin, le ha visto y tenido por hombre de buena vida y costumbres.
Y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiéndole mandado el capitán Diego Mal-
donado Bonal, alcalde mayor de esta provincia de Balayan a don
Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza de Bonbon prendiese
a todos los sangleyes cristianos e infieles de este pueblo de Casaysay, y los demás
que hubiese en estos contornos; y entre los soldados que el dicho castella-
no apercibió para dicho efecto fue uno este testigo; y así vino en compañía del dicho castellano, vinieron a este dicho pueblo, y en él prendieron al dicho
Juan Ynbin en la casa en que estaba y a los demás sangleyes. Y presos
y atadas las manos los llevaron a la dicha fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Ynbin dentro de la
dicha fuerza, amarradas las manos y con una trompa al pescuezo, y de la
misma manera sus compañeros, vio este testigo que el dicho Juan Ynbin se confesó
con el padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior de este partido de
Taal; y lo mismo hicieron los demás sangleyes cristianos, y algunos in-

del dicho Juan Ynbin hasta que lo vio curar de ellas en el pueblo
de Taal, que fueron cuatro todas de muerte; y que era imposible,
a su parecer, solo con una de ellas vivir, y que así no pudo el dicho
Juan Ynbin ir a las bóvedas y agua santa de Nuestra Señora de
Casaysay sin particular ayuda suya; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que un día miércoles, ya tarde, mata-
ron los dichos sangleyes, y jueves día siguiente vino este testigo con al-
gunos soldados de la dicha fuerza por orden de su castellano
a guardar esta iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y que
sábado en la noche de la dicha semana, a más de medianoche,
supo este testigo estaba el dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y
agua santa de este dicho pueblo. Y a aquellas horas fue este testigo con otros
indios y le halló en el dicho paraje, y un principal llama-
do don Juan Magtangcab, que reside en el partido de
Balayan, y a la sazón estaba haciendo novenas a Nuestra Señora,
se había adelantado primero y así lo trajo a su posada. Y este testigo
el domingo por la mañana avisó al padre prior, el cual
le mandó lo llevase al pueblo de Taal, y así lo hizo; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que el dicho domingo que llevó al dicho
pueblo de Taal al dicho Juan Ynbin, luego el dicho padre prior trató le
curasen las heridas que eran cuatro, y las dos de ellas tenía en el
cerebro; la una encima de la otra, y la una mayor, y ambas
penetrantes, cortados los nervios principales, y las otras dos sobre
la tetilla y costado derecho eran asimismo penetrantes; y que las
unas y las otras no estaban hinchadas ni de mal olor, pero te-
nían muchos gusanos grandes; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto que el dicho Juan Ynbin anda por
sus pies, sin ayuda de persona ninguna ni sin otro arrimo ins-
trumento. Y que le parece a este testigo está el dicho Juan Ynbin fuera
de todo riesgo; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que este testigo no ha visto las luces encima

de las bóvedas, pero oyó decir los días que estuvo de guardia en este
dicho pueblo a muchos indios de él, que habían visto las luces y que eran
dos, encima de las bóvedas de piedra del agua santa de este
pueblo a diferentes horas de la noche; y esto responde.
-A la oncena, pregunta dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. Y dijo
ser de edad de treinta y cinco años; y lo firmó de su nombre
en castellano, con el dicho juez de comisión e
intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
D. Alonso Calatang.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, el alférez don Juan de Casanova Garay.
En el dicho pueblo de Casaysay, día, mes y año de suso referido,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan
y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora
de Casaysay, hizo parecer al alférez don Juan de Casanova
Garay, residente en el pueblo de Taal, del cual se fue recibido
juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz.

Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley, can-
tero, de cuatro años a esta parte que ha que reside este testigo en esta
provincia. Y tiene noticia del milagro que con él ha usado la
Virgen Santísima y Señora Nuestra de este santuario de Casaysay. Y en
el dicho tiempo que ha que le conoce, siendo infiel, era hombre quieto
y pacífico de quien no se sabía vicio ninguno; y después de vuelto
cristiano lo ha visto acudir a las obligaciones de tal sin ser oprimido para
ello; y esto responde.
A la segunda pregunta, dijo que el capitán Diego Maldonado Bonal,
alcalde mayor de esta dicha provincia de Balayan, tuvo orden del señor gobernador y capitán general
de estas islas para que matasen todos los sangleyes cristianos e infieles
de esta provincia; y en virtud de la cual mandó a don Juan
de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon prendiese a los sangleyes
cristianos e infieles que tuviesen en este dicho pueblo de Casaysay y sus contor-
nos. Y así el susodicho lo hizo, y entre ellos oyó este testigo había sido uno
de ellos el dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que este testigo ha oído decir al dicho castellano
de la dicha fuerza de Bonbon y a los indios soldados que se ha-
llaron a matar a los dichos sangleyes presos en dicha fuerza, cómo se
habían confesado los cristianos y algunos infieles bautizados, y
que a todos los sacaron amarradas las manos y con trompa al pes-
cuezo de la dicha fuerza, de dos en dos, al lugar donde los iban ma-
tando, y que sería un trecho de arcabuz de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que asimismo ha oído decir al dicho caste-
llano y a otros indios, soldados de la dicha fuerza, cómo conocidamente
mataron al dicho Juan Ynbin y le dieron de machetazos en el
cerebro y lanzadas en el cuerpo; y esto responde.
A la quinta pregunta, dijo que asimismo ha oído decir a las dichas per-
sonas referidas en la pregunta antecedente que, después de muer-
to el dicho Juan Ynbin le metieron en una banca como a los

[al margen izquierdo] Testimonio de Juan de Cabrera, castellano.
En el pueblo de Casaysay, en diecinueve días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario fo-
ráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación
del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer ante sí a don
Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, ladino en la lengua
castellana, que por serlo no fue menester intérprete, del cual se
fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la
señal de la cruz. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio
dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero, de más de dos años a esta parte, trabajar en su oficio en
la fuerza de Bonbon como en este santuario de Nuestra Señora
de Casaysay, y tiene noticia del milagro que la Virgen Santísima
de Casaysay usó con él. Y que en todo este tiempo que ha que este testigo le conoce
ha sido por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiendo tenido orden el capitán
Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor en esta provincia de Balayan,
del señor Gobernador y Capitán General de estas islas para que matase todos los
sangleyes cristianos e infieles de esta dicha provincia por el general
alzamiento, mandó a este testigo prendiese a todos los sangleyes cristianos e
infieles de este pueblo de Casaysay y sus contornos; y este testigo con
algunos soldados indios de la dicha fuerza llegó a este dicho pueblo,
y en él prendió en su casa al dicho Juan Ynbin y los demás
sangleyes que halló; y presos y amarradas las manos los llevó a la dicha
fuerza; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando preso en la dicha fuerza
de Bonbon el dicho Juan Ynbin, amarradas las manos y con
trompa al pescuezo, como lo estaban los demás sangleyes, llegó
el dicho alcalde mayor a ejecutar en ellos la dicha orden, y pidió

y agua santa de este pueblo de Casaysay por tierra poco menos de
media legua, y por el río menos. Y que habiendo visto este testigo
las dichas heridas que en su cuerpo tenía el dicho Juan Ynbin,
que son cuatro mortales y penetrantes, que con sola una de ellas
era imposible naturalmente poder el dicho Juan Ynbin
venir a las dichas bóvedas y fuente de agua santa, sin particular
auxilio de la Virgen Santísima Señora Nuestra de este pueblo de Casaysay;
y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde, que se con-
taron siete de diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta
y nueve mataron a los dichos veintinueve sangleyes que este testigo pren-
dió, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, y sábado en la noche
de la dicha semana fue cuando fue hallado en las dichas
bóvedas el dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que vio al dicho sangley con
las dichas cuatro heridas, las cuales doña Catalina Corso, mu-
jer de este testigo, le ha curado y le ha tenido todo el tiempo en su casa
que tiene este testigo en el dicho pueblo de Taal; las cuales heridas
cada una de ellas es penetrante. Y en particular las dos del
pescuezo, que por la primera se veían cortados los ner-
vios principales; y la segunda de más arriba de la misma ma-
nera, y las otras dos sobre la tetilla y costado derecho, mortales.
Y todas cuatro estaban sin hinchazón ni inflamación ni mal
olor, pero tenían muchos gusanos; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que como persona y que en su
casa y [con] la dicha su mujer [que] han [sic] curado al dicho Juan Ynbin, le ha visto andar
y anda por sus pies sin ayuda de persona ninguna, ni bordón ni
otro instrumento, y fuera de todo riesgo de ellas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que a este testigo le han contado por cosa muy

cierta, indios de este dicho pueblo de Casaysay, que después que ma-
taron al dicho Juan Ynbin y le hallaron en las dichas bóve-
das vieron encima de ellas dos luces resplandecientes
por espacio de tres noches, que fueron las que hubo desde
que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue halla-
do; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo
del juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales
de la ley. Y declaró ser de edad de treinta y sie-
te años; y lo firmó de su nombre en castellano con
el dicho juez de comisión.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Juan de Cabrera.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, don Juan Magtancab.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de suso
referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Bala-
yan y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora
de Casaysay hizo parecer a don Juan Magtangcab, natural del pueblo
de Sinisián en el partido de Balayan, del cual y mediante el

dicho intérprete se le fue recibido juramento en forma de derecho por
Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y siéndole preguntado al
tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano de
mes y medio a esta parte poco más o menos, y tiene noticia del milagro
que Nuestra Señora de Casaysay ha usado con el dicho Juan Ynbin, del
cual ha oído decir este testigo que es de buena vida y costumbres; y esto
responde.
-A la segunda pregunta, dijo que ha oído decir que por causa del alzamiento
general de los sangleyes, el alcalde mayor de esta provincia de Balayan tuvo
orden para prender todos los sangleyes cristianos e infieles de esta
provincia y que los matase, y que entre ellos fue uno el dicho Juan Yn-
bin, y muerto junto a la fuerza de Bonbon con los demás sangleyes
que había presos en este pueblo de Casaysay y sus contornos; y esto
responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no sabe lo que en ella se contiene y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo no vio matar conocidamente
al dicho Juan Ynbin ni a ninguno de los dichos sangleyes que con él
prendieron, ni vio la muerte que le dieron al dicho Juan Yn-
bin, pero que ha oído decir que después de preso y amarradas las manos
y con una trompa al pescuezo, sacaron al dicho Juan Ynbin de la
dicha fuerza y que le mataron con dos machetazos que le dieron en el
cerebro, y dos lanzadas sobre la tetilla y costado derecho; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que ha oído decir que después de muerto el dicho
Juan Ynbin, le metieron en una banca como a los demás
sus compañeros y lo llevaron embarcado en ella y lo echaron fue-
ra de la orilla y barra del río de Bonbon en la mar, en más de
quince brazas de fondo, amarradas las manos y con la misma
trompa al pescuezo que tenía cuando le mataron; y esto responde.
A la sexta pregunta, dijo que habiéndose informado este testigo desde
a dónde echaron a la mar al dicho Juan Ynbin y a los demás

sangleyes muertos hasta donde este testigo halló al dicho Juan Ynbin,
que fue en las bóvedas del agua que llaman "Santa" de este pueblo
de Casaysay por tierra, a su parecer, una hora de camino como
persona que lo ha andado algunas veces; y por el agua poco menos.
Y un sábado en la noche, yendo este testigo a bañarse, que fue el día
primero que había llegado a este dicho pueblo a tener, digo, a oír misa
a la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay de este dicho pueblo, por part-
icular devoción y voto que este testigo y su mujer habían hecho en
nacimiento de gracias de la salud que habían alcanzado por inter-
cesión de esta Santísima Señora, y que estando recogidos él y su mujer
durmiendo en una casa de este dicho pueblo, a este testigo le dio tan gran
fuego y ardor en todo su cuerpo a más de medianoche, que no
pudiendo sosegar, llamó a un esclavo y le preguntó si había en
aquella casa alguna timba de caña con que sacar agua de la fuente
porque se estaba abrasando, y quería irse a bañar. A lo cual respon-
dió la dueña de la casa, que allí había una banga de agua con que
se podía refrescar; a lo cual replicó este testigo que no quería sino irse
a bañar junto a la misma fuente, por parecerle era muy poca
el agua que cabe en una banga para templar el calor que él te-
nía, y por devoción particular que ha más de dieciocho años que
este testigo tiene con el agua de esta fuente. Y así, bajó de la dicha casa
donde estaba acompañándole dos esclavos, que el uno llevaba
una banga y el otro una timba de caña para sacar el agua de
la dicha fuente. Y llegando uno de los dos esclavos que iba por
delante llamado Antonio Malabar a sacar el agua de dicha fuente,
se alborotó porque halló en una de las bóvedas de dicha fuente un
hombre sentado. Y llegándose a reconocerlo lo asió de la mano y le pre-
guntó diciendo: -¿quién eres?- en lengua castellana. A lo cual no le
respondió ni habló palabra, con que el dicho Antonio Malabar le re-
prendió este testigo, y le dijo no diese voces ni alborotase el pueblo
a aquellas horas. Y llegándose este testigo más se vea, conoció que era sangley;
y le preguntó que quién era y qué hacía. El cual no le respondió

de palabra, aunque hizo acciones de sed, pidiéndole por señas
le diese de beber de aquella agua, señalándola con la mano.
Y entonces este testigo le mandó sacase agua de la dicha fuente
al dicho su esclavo con la timba que llevaba; y él lo hizo, y le dio
de beber con ella al dicho sangley, ayudándole este testigo a suspender
la dicha timba para que mejor pudiese beber. Y al principio que
se la dieron no se la pudo tragar, luego, luego, porque vio este testigo
con la luna que hacía tan clara que le iba saliendo por las
narices y oídos como la iba bebiendo por la boca. Y sosegándose
un poco el dicho sangley volvió a beber con la dicha timba, a la cual
asimismo ayudaba a suspender este testigo. Y luego que la tragó habló
bien clara y distintamente; y respondió a lo que se le había pre-
guntado antes, diciendo: - “Yo me llamo Juan Ynbin, y soy uno de
los sangleyes que mataron en la Fuerza.”- Y este testigo le dijo que có-
mo habiéndole muerto tan lejos estaba allí vivo, y quién le
había traído y [a] aquellas horas. A lo cual le respondió a este testigo
que, una mujer pequeña, muy linda y resplandeciente, del tamaño de
Nuestra Señora de Casaysay le había sacado de la mar y traídole
allí. Con lo cual y habiéndose bañado este testigo mandó a sus
dos esclavos lo cargasen y llevasen a su posada, donde lo
tuvo hasta el día siguiente, domingo, que por orden del padre prior
de este partido, lo llevaron al pueblo de Taal. Y que aunque
este testigo le vio heridas al dicho Juan Ynbin, no reparó en
cuidar de ello hasta que despacio las vio en su posada. Y que
según estaban de penetrantes y mortales, en particular las
del cerebro, era imposible que naturalmente el dicho Juan
Ynbin pudiese ir a las dichas bóvedas y fuente de agua santa
donde este testigo le halló, sin particular auxilio de la Reina
de los Ángeles. Por cuyo medio este testigo tiene por cierto fue traído
a las dichas bóvedas y agua santa; esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha oído decir que al dicho

[al margen izquierdo] Testimonio, el padre predicador fray Alonso Rodríguez
En el dicho pueblo de Casaysay, en diecinueve
días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el [Master Joseph Cabral|maestro
Joseph Cabral]], cura beneficiado del partido de Balayan, vicario fo-
ráneo en esta provincia y juez de comisión para la averiguación del
milagro de Nuestra Señora de Casaysay hecho en Juan Ynbin, sangley
cristiano, hizo parecer al padre predicador fray Alonso Rodríguez, prior
de este partido de Taal, de la orden de nuestro padre San Agustín, al cual se le
fue recibido juramento en forma de derecho, y poniendo la mano derecha en
el pecho juró in verbo sacerdotis de decir verdad. Y siéndole pregun-
tado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley
cristiano, oficio cantero, de año y medio a esta parte que este testigo le ha visto tra-
bajar en esta obra de Casaysay y en la de la fuerza del río de Bonbon;
y tiene noticia que con él usó esta santa imagen de la Virgen
Nuestra Señora de Casaysay el milagro que se está averiguando, y en
todo el tiempo que ha que este testigo le conoce al dicho Juan Ynbin, le ha visto humil-
de, buen cristiano, acudiendo a las obligaciones de tal, así oyendo misa
en los días festivos como en acudir a confesarse sin que para esto haya
sido necesario apremio alguno. Y este testigo ha oído decir a los demás sangleyes
que aquí han estado, que aún en tiempo de su infidelidad vivía el
dicho Juan Ynbin como si fuera cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiéndole llegado orden del señor
Gobernador al capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor de esta provincia,
para que matase todos los sangleyes cristianos e infieles que hallase en la
provincia, el dicho capitán dio orden a don Juan Cabrera, castella-
no de la fuerza de Bonbon, para que prendiese a los sangleyes así cristia-
nos como infieles que asistían en este pueblo de Casaysay; en eje-
cución de lo cual vio este testigo que un martes en la noche, que se
contaron seis de diciembre de mil seiscientos treinta y nueve, lle-
gó a este dicho pueblo de Casaysay don Juan de Cabrera, castellano de dicha
fuerza de Bonbon, en compañía de diez o doce indios

soldados de dicha fuerza; y en presencia de este testigo mandó a los
dichos soldados prendiesen y maniatasen a todos los sangleyes
que había en este dicho pueblo; lo cual hicieron luego al punto, y entre
ellos al dicho Juan Ynbin; y maniatadas las manos llevaron
presos al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes que en este
dicho pueblo se hallaron. Y después supo este testigo los habían llevado
y encerrado en la dicha fuerza de Bonbon; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que miércoles que se contaron siete de
diciembre del año pasado de [mil] seiscientos treinta y nueve, a las cua-
tro de tarde, fue a la fuerza de Bonbon. Y entrando en
ella vio este testigo al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos
y con una trompa al pescuezo, como lo estaban todos los demás sangleyes
que en dicha fuerza había. Que contándolos este testigo halló ser veinti-
nueve, y amonestándolos para que se confesasen, el dicho Juan Yn-
bin llegó el primero a confesarse, y se confesó con este testigo; y acabán-
dole de absolver, dice este testigo, le oyó llamar a la Virgen María Señora
Nuestra invocando su santo nombre por tres o cuatro veces,
hasta que el dicho Juan Ynbin se apartó para que los demás cristianos
se llegasen a confesar. Y habiendo este testigo acabado de confesar
a todos los sangleyes que había cristianos, y de cristianar a los in-
fieles que pidieron bautismo, vio este testigo que los iban sacando de
dicha fuerza de dos en dos; acompañándoles y haciéndoles escol-
tados indios soldados de dicha fuerza que los llevaban a la playa,
frontero de la misma fuerza que era el lugar donde los mataron
a todos; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que estando en un caballero de dicha fuer-
za que miraba al lugar donde los mataron, vio este testigo cómo iban
llegando al dicho paraje de en dos en dos los dichos sangleyes con el
mismo orden que iban saliendo de la fuerza. Y habiendo el
dicho Juan Ynbin llegado a la dicha playa se hincó de rodillas y
bajó la cabeza, y un indio soldado de dicha fuerza, uno de los que

estaban nombrados para ejecutar y matar los dichos sangleyes, le dio con
un machete grande un machetazo en el pescuezo con que cayó en tie-
rra, y consiguientemente le dio otro machetazo en el mismo pescuezo, que
sólo al dicho Juan Ynbin notó este testigo dieron dos machetazos y no a otro
alguno de veintinueve sangleyes que en aquel lugar con él murie-
ron. Y acabados de dar los machetazos vio este testigo que el mismo in-
dio que se los dio, le tiró una estocada de punta con el mismo mache-
te que le había dado en el pescuezo, y le dio en un lado del pe-
cho. Y luego incontinente llegó otro indio con una lanza
en las manos y le dio con ella una lanzada; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que después de muertos todos los dichos sangleyes los mandó
contar en presencia de este testigo el capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor
de esta provincia, que juntamente estaba en compañía de este testigo en el caballero de dicha fuerza, y se halló haber veintinueve sangleyes, que es el mismo número
que dentro de dicha fuerza. Asimismo, en presencia de este testigo se habían con-
tado, y este testigo les dijo un responso como a hombres ya muertos. Y luego
mandó el dicho alcalde mayor don Juan de Cabrera, castellano de dicha fuer-
za, los hiciese echar a la mar fuera de la barra. Y en presencia de este testigo
se previnieron las bancas e indios para echarlos; y que después oyó de-
cir este testigo los habían echado a todos, y entre ellos al dicho Juan
Ynbin, fuera de la barra, dentro de la mar en quince brazas de fon-
do; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que desde el lugar donde le echaron
a la mar al dicho Juan Ynbin y a los demás sangleyes, hasta las bóvedas
y fuente de este pueblo de Casaysay donde fue hallado el dicho Juan
Ynbin habrá poco menos de media legua por tierra. Y casi otro tanto
por el río; que por una y otra parte lo ha andado este testigo muchas veces,
y le parece a este testigo que según las heridas que le vio después al dicho
Juan Ynbin era imposible de toda imposibilidad, no tan solamente
poder ir por sus pies a las dichas bóvedas y agua santa donde el dicho Juan
Ynbin fue hallado, pero aún levantarse del lugar donde este testigo
le vio caer muerto sin particular auxilio de Dios Nuestro Señor. Y así este
testigo tiene el caso por milagroso; y esto responde.

-A la séptima pregunta, dijo que miércoles sobre tarde, que se contaron,
siete del mes de diciembre del año próximo pasado de [mil] seiscientos y treinta
y nueve, fue cuando mataron al dicho Juan Ynbin y a los dichos sus
compañeros, y sábado en la noche de la misma semana fue cuando
a este testigo le dijeron lo habían hallado en dichas bóvedas y agua santa
de este dicho pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que domingo que se contaron once de dicho mes de
diciembre de dicho año pasado de [mil] seiscientos treinta y nueve, habien-
do tenido este testigo aviso de los indios de este pueblo de Casaysay, como
aquella noche habían hallado en las dichas bóvedas al dicho Juan Ynbin,
mandó se lo llevasen al pueblo de Taal, para en él saber y averiguar en
la forma que había sido hallado en dichas bóvedas, y así lo hicieron.
Y llegado con el dicho sangley dicho domingo a las dos de la tarde, lo hizo
llevar a la iglesia donde bajó este testigo de su convento a verle; y era
tanto el concurso de gente que halló con el dicho sangley, que por buen rato
no pudo llegar a verle; porque a la fama que ya se había divulgado
de que con el dicho sangley había Nuestra Señora usado este milagro se había juntado.
Y llegando este testigo al dicho Juan Ynbin le vio las dos heridas
que tenía en el cerebro, una encima de otra, y viendo que eran tan pe-
netrantes, le pareció a este testigo se había de quedar luego allí muerto, di-
ciéndole que la Virgen había sido servida de guardarle para que
se confesase bien, si acaso con la turbación el día que le mataron
se había olvidado de algunas cosas que no hubiese confesado. Y animán-
dole a que tuviera confianza en Dios Nuestro Señor y en su Bendita
Madre, que pues ella había sido servida de guardarle, le daría salud
si le conviniese para honra y gloria suya y de su Bendito Hijo. Y
tomando el pulso este testigo al dicho Juan Ynbin le halló sin ca-
lentura ni accidente alguno, con que este testigo conoció ser cosa supe-
rior y milagrosa; por cuanto a este tiempo se le espeluzaron los cabellos
como hombre que ve alguna cosa de la otra vida; con lo cual dijo
a los indios que allí lo habían traído lo llevasen en casa de don
Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, para que
allí se cuidase de él, yendo este testigo en su seguimiento hasta la dicha casa.

[al margen izquierdo] Testimonio, el padre predicador fray Cristóbal Enríquez.
En el pueblo de Casaysay, en veinte días del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en esta provincia de Balayan, y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay hizo parecer al padre predicador fray Cristóbal Enríquez, prior en el convento de Bauan, del cual y en virtud de la licencia del reverendo padre fray Juan Ramírez, rector provincial en esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús que está presentada para dicho efecto en esta información, el cual juró in verbo sacerdotis, poniendo la mano derecha en el pecho, de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin de más de un mes a esta parte, y que ha tenido noticia que trabajaba en su oficio de cantero en la fábrica de este santuario de Nuestra Señora de Casaysay; y asimismo la tiene del milagro que esta dicha Señora ha usado con el dicho Juan Ynbin, y que ha sido hombre de buen corazón, sin malicia; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que tiene noticia por relación que por causa del general alzamiento de los sangleyes, se mandaron prender y matar los de esta provincia y los de este pueblo de Casaysay se hiciese con ellos lo mismo, llevándolos a la fuerza de Bonbon donde los mataron, y entre ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que tiene noticia, además de ser pública voz y fama en toda esta provincia que, estando preso en dicha fuerza de Bonbon el dicho Juan Ynbin con los demás sangleyes que en ella estaban, le sacaron amarradas las manos y con una trompa al pescuezo; después de haberse confesado le llevaron al lugar donde estaba dedicado para matar los dichos sangleyes, y dicen será un tiro de arcabuz, poco más o menos, apartado de la dicha fuerza; y esto responde.

-A la cuarta pregunta, dijo que este testigo no vio con evidencia matar al dicho Juan Ynbin ni la muerte que le dieron, pero ha oído decir que de hecho lo mataron dándole las cuatro heridas que este testigo vio después de curarle aquella semana que llevaron a Taal al dicho Juan Ynbin. Y que asimismo le han contado a este testigo por cosa cierta, que después de haberse confesado el dicho Juan Ynbin y llevándole al sitio donde le mataron, le decían invocase el nombre de Jesús para que en aquel trance le ayudase; y él decía: -“Cómo así morí mía tanto trabaja aquí iglesia de Santa Malía de Casaysay ella cuidado”.- Y llegando este testigo a su partido de Bavan, de vuelta de Calamba, halló en él divulgada la fama del milagro que esta Santísima Señora de Casaysay había obrado en el dicho Juan Ynbin. Y luego, el día siguiente, pasó este testigo a Taal a certificarse del milagro y vio las heridas del dicho sangley; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que asimismo ha oído decir que después de muerto el dicho Juan Ynbin y sus compañeros, le iban metiendo a él y a ellos en bancas atravesados y los llevaron bogando buen trecho de la orilla y barra del río de Bonbon, y lo echaron a la mar en quince o dieciséis brazas de fondo, amarradas las manos y con la misma trompa al pescuezo que tenía cuando le mataron; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que según a este testigo le han informado, desde donde lo echaron al agua al dicho Juan Ynbin hasta donde dicen lo hallaron, que fue en las bóvedas del agua que llaman Santa de este pueblo de Casaysay, por tierra habrá media legua, y por el agua poco menos. Y que según este testigo vio las cuatro heridas que el dicho Juan Ynbin tenía, y por la parte que el dicho Juan Ynbin ha mostrado a este testigo le bajaron, que es un monte acantilado y montuoso que está a un lado de las dichas bóvedas y fuerte, donde el mismo sangley le contó a este testigo le pusieron, le parece

a este testigo según las dificultades que naturalmente pudiese ir a las dichas bóvedas y fuente sin particular auxilio de Dios; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha tenido noticia mataron al dicho Juan Ynbin con los demás sangleyes miércoles en la tarde, que se contaron siete de diciembre del año próximo pasado de [mil] seiscientos y treinta y nueve, y a diez del dicho mes, sábado en la noche de dicho año, fue hallado en dichas bóvedas y agua santa; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que las heridas y lanzadas que este testigo vio en el cuerpo del dicho Juan Ynbin en el pueblo de Taal fueron grandes, penetrantes y de muerte cada una de ellas, particularmente las dos del pescuezo y cerebro; porque la mayor tenía de boca un jeme de largo, cortados los nervios y huesos principales de una parte a otra, quedándole a su parecer solamente el garguero sano. Y que para sustentar la cabeza el dicho Juan Ynbin se valía de entrambas sus manos cuando se sentó para que mejor le viesen las heridas; y que la herida que estaba más arriba, sobre la nuca, era asimismo algo menos ancha que la primera, y tan penetrante como la otra, que daba miedo el verlas. Y las otras dos heridas o lanzadas que tenía el susodicho sobre la tetilla y costado derecho eran asimismo mortales. Y cada una de por sí, y en particular muy penetrante la que estaba sobre la tetilla derecha. Y que todas cuatro estaban frescas, sin hinchazón ni inflamación ni mal olor y ya quitádoles los gusanos que dicen tenían; y el sangley de tan buen semblante como si no tuviera lesión ninguna, antes reparó este testigo con particular cuidado estaba risueño y alegre el rostro y de mejor semblante que hoy tiene, y como de hombre que tiene mucha oración y trato familiar con Dios; con lo cual este testigo tuvo por evidente milagro el que había oído decir había obrado Nuestro Señor con el dicho Juan Ynbin, por intercesión de la Virgen María de Casaysay. Y asimismo tuvo por cierto le había traído la Virgen

y trajo al dicho lugar de la fuente santa por el campo, cuyas vertientes bajan sobre el dicho monte por donde le bajaron, y bóvedas de la dicha fuente santa; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que ha oído decir cuando de divulgó la fama del milagro, como tiene dicho, que juntamente se vieron de noche y encima de las dichas bóvedas dos luces resplandecientes desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado en dichas bóvedas; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene, y lo firmó y dijo ser de edad de cuarenta y siete años. Y asimismo lo firmó el dicho juez de comisión.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral. Fray Cristóbal Enríquez. Ante mí, Alonso Márquez, notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, don Pedro Dimatolac.
En el dicho pueblo de Casaysay en el dicho día, mes y año de suso referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación de este milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a un indio que mediante Thomas Dimaligalig, in-

-térprete, dijo llamarse D. Pedro Dimatolac, y ser natural del pueblo de Ylog, doctrina del de Taal, del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz, y habiéndolo hecho prometió de decir verdad. Y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano, desde que ha que la Virgen Santísima usó con él el milagro de librarle de la muerte. Y ha oído decir que siempre ha sido hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
A la segunda pregunta, dijo que ha oído decir que por causa del alzamiento general de los sangleyes fue preso el dicho Juan Ynbin, y con los demás sangleyes de este pueblo llevado a la fuerza de Bonbon para que los matasen; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que ha oído decir que estando el dicho Juan Ynbin preso en la dicha fuerza y amarradas las manos y con trompa al pescuezo, como lo estaban sus compañeros, después de confesado y los demás, le sacaron de la dicha fuerza amarrado como estaba al lugar donde los mataron, que dicen fue fuera de la dicha fuerza un tiro de arcabuz, poco más o menos; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que ha oído decir que mataron al dicho Juan Ynbin dándole de machetazos en el pescuezo y cerebro quedando muerto; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que ha oído decir lo que en ella se contiene; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que según le parece a este testigo, desde donde le han dicho echaron a la mar al dicho Juan Ynbin hasta el lugar donde fue hallado, por tierra, a su parecer habrá más de media legua, y por el agua poco menos; y que con las heridas que este testigo vio al dicho Juan Ynbin tiene por cierto que con ninguna de ellas pudiese venir

a las bóvedas del agua que llaman Santa, que están en el dicho pueblo, sin auxilio y ayuda de Dios Nuestro Señor; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que ha oído decir que miércoles en la tarde mataron al dicho Juan Ynbin y sus compañeros en la dicha fuerza de Bonbon, y sábado en la noche de la dicha semana le hallaron en dichas bóvedas; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que como persona que fue llamado por el padre prior de este partido de Taal para curarle las heridas y lanzadas al dicho Juan Ynbin, las vio y tentó desde su principio, que las halló llenas de gusanos; y las dos que tenía en el pescuezo y cerebro, la primera que tenía un jeme de boca, tenía cortados los nervios principales, que solamente tenía el tragadero sano; y la otra herida más arriba asimismo se le veían los nervios cortados. Y las dos heridas o lanzadas, que la una está sobre la tetilla derecha era tan penetrante que metiendo este testigo los dedos en ella no alcanzaba. Y le fue fuerza para curarla coger un pedazo de caña y envolverle unos trapos con que hizo tienta que era de más de un jeme de largo, y entró en la dicha herida toda la tienta. Y la cuarta que tenía en el costado del mismo lado era asimismo penetrante. Por la cual este testigo metía los dedos en ella hasta su nacimiento; con lo cual este testigo se prometió siempre sanaría de ellas el dicho sangley por intercesión de la Virgen Santísima, supuesto que antes con semejantes heridas tan penetrantes y mortales vivía. Y que en todo el tiempo que este testigo las curó nunca las vio hinchadas ni inflamadas ni con mal olor, ni con accidente de calentura al dicho sangley, el cual siempre estuvo de buen semblante; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus

tido de Balayan, y vicario foráneo de esta provincia y juez de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al alférez don Fernando Dimayacyac, que mediante el dicho intérprete dijo llamarse así, y ser natural del pueblo de Ylog, doctrina de este de Taal del cual se fue recibido juramento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad, y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano, cantero, de un año a esta parte que este testigo le ha visto trabajar en su oficio en esta iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del milagro que la Virgen Santísima de este dicho pueblo usó con el dicho Juan Ynbin, al cual en este tiempo que ha que dice lo conoce lo tiene por hombre de buena vida y costumbres; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que tiene noticia que por el alzamiento general de los sangleyes, se mandaron por el alcalde mayor de esta provincia prender los cristianos e infieles de ella, y los de este pueblo los llevaron presos a la fuerza de Bonbon, y entre ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que este testigo fue en compañía del capitán Diego Maldonado Bonal, alcalde mayor de esta dicha provincia a la fuerza de Bonbon, a mandar matar todos los sangleyes que en ella estaban, entre los cuales vio al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos y con una trompa al pescuezo como lo estaban los dichos sangleyes. Y después de confesados, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, le sacaron de la dicha fuerza amarrado como estaba de antes al lugar donde los mataron, el cual será un tiro de arcabuz, poco más o menos, de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que, como tiene dicho, fue a la dicha fuerza en compañía del dicho alcalde mayor, y vio este testigo matar conocidamente al dicho Juan Ynbin y a todos los demás, porque este testigo estaba en el lugar donde los iban matando por orden del dicho alcalde mayor,

[al margen izquierdo] Testimonio, Ambrosio Panganiban.
En el pueblo de Casaysay, en veinte días del mes de
enero de mil seiscientos cuarenta años,
el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y juez
de comisión para la averiguación del milagro de Nuestra Señora de Casaysay,
hizo parecer a un indio que mediante el dicho intérprete dijo
llamarse Ambrosio Panganiban, y ser natural del pueblo de Taal,
y soldado de la fuerza de Bonbon, del cual se le fue recibido jur-
amento en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la
cruz. Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad, y siéndole
preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte poco más o me-
nos, que este testigo le ha visto en el dicho su oficio trabajar en la fuer-
za de Bonbon y en la iglesia de Nuestra Señora de Casaysay
de este pueblo. Y tiene noticia del milagro que con el dicho Juan Yn-
bin ha obrado esta Santísima Señora; y que el tiempo que aquí le conoce
le ha tenido por hombre humilde y buen cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que habiendo tenido orden don
Juan de Cabrera, castellano de la dicha fuerza del alcalde mayor
de esta provincia, para prender los sangleyes cristianos e infieles
de este dicho pueblo y sus contornos, vino al susodicho e hizo
la dicha prisión. Y este testigo fue uno de los soldados que vinieron
con él, y entre los demás sangleyes fue uno el dicho Juan Yn-
bin; al cual amarradas las manos como a los demás, los lleva-
ron presos a la dicha fuerza; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que vio al dicho Juan Ynbin
preso en la dicha fuerza, amarradas las manos y con una trom-
pa al pescuezo que le habían puesto, y a los demás sus compañeros
el día siguiente que fue cuando los mataron. Y que a-
quél día propio, el padre prior de este partido que a la sazón

en forma de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz.
Y habiéndolo hecho prometió de decir verdad; y siéndole pre-
guntado al tenor del interrogatorio dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin,
sangley cristiano, cantero, de ocho meses a esta parte poco más
o menos, y que le ha visto trabajar en su oficio en la fuerza de Bonbon
e iglesia de Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del
milagro que con él ha usado esta Santísima Señora, y que este testigo
lo ha tenido por hombre de buena vida al susodicho; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que don Juan de Cabrera,
castellano de la fuerza de Bonbon llevó a ella cantidad
de sangleyes que había preso en este pueblo de Casaysay, por
orden del alcalde mayor de esta provincia para matar-
los, y entre ellos al dicho Juan Ynbin, amarradas las
manos como a los demás; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que estando el dicho Juan Yn-
bin dentro de la dicha fuerza, amarradas las manos y
con trompa al pescuezo que ya se la habían echado y a los de-
más sangleyes, los confesó a los cristianos el padre prior de este
partido de Taal y bautizó algunos de los infieles que
asimismo estaban presos, y luego de dos en dos y con las
dichas trompas los iban sacando de la fuerza y llevando al lu-
gar donde los mataron, que será un tiro de arcabuz poco más
o menos apartado de la dicha fuerza; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que vio este testigo conocidamente
matar al dicho Juan Ynbin porque estaba fuera de la
dicha fuerza y en el lugar donde los iban matando;
y llegado a él vio este testigo que el dicho Juan Ynbin se hin-
có de rodillas y bajó la cabeza, y uno de los

-A la sexta pregunta, dijo que le parece hay de distancia desde do-
nde echaron los sangleyes muertos a la mar hasta las bóvedas
en que está el agua Santa de este pueblo de Casaysay, y don-
de fue hallado el dicho Juan Ynbin, por tierra una hora
de camino al paso ordinario; y por agua poco menos. Y que
con las heridas que este testigo como dicho tiene vio dar
al dicho Juan Ynbin, que todas ellas fueron de
muerte, tiene por imposible este testigo pudiese venir
a las dichas bóvedas y agua Santa donde fue hallado sino es
con auxilio de Dios Nuestro Señor; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde ma-
taron al dicho Juan Ynbin y sus compañeros, y el domingo
siguiente oyó este testigo en el pueblo de Taal lo habían hallado
en las dichas bóvedas y agua santa en este pueblo;
y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que sin embargo de haber visto las dichas
heridas cuando se las dieron al dicho Juan Ynbin, las tornó a ver
este testigo en el dicho pueblo de Taal cuando se las curaban, que en par-
ticular las dos del pescuezo, cerebro eran penetrantes; porque la
principal era muy grande y tenía cortados todos los nervios que
se le veían, y la otra de la misma manera. Y las otras dos
sobre la tetilla y costado derecho asimismo penetrantes, y todas
cuatro sin hinchazón ni mal olor y sin gusanos, porque ya se los ha-
bían quitado; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto al dicho Juan Ynbin
en el pueblo de Taal y en este de Casaysay andar por sus
pies, sin ayuda de nadie; y le parece según lo cual estar el suso-
dicho fuera de riesgo de las dichas heridas; y esto responde.
A la décima pregunta, dijo que ha oído decir algunos indios

que desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado
en las bóvedas y agua santa se vieron encima de ellas algunas
luces a deshoras de la noche; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público
y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo del
juramento que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley.
No supo decir su edad; pareció por su aspecto de cuarenta y seis
años, y no firmó porque dijo no saber. Firmólo el dicho juez e in-
térprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, Francisco Magpiguil.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año
suso referido, el dicho juez de comisión para más prueba del
dicho milagro hizo parecer a un indio, que mediante el dicho in-
térprete dijo llamarse Francisco Magpiguil, y ser natural de este dicho
pueblo de Casaysay, del cual se fue recibido juramento en forma
de derecho por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndolo hecho
prometió de decir verdad; y siéndole preguntado al tenor del

interrogatorio, dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce al dicho Juan Ynbin,
sangley cristiano, de más de dos años a esta parte por haber traba-
jado en su oficio de cantero en la fábrica de la iglesia
de Nuestra Señora de este dicho pueblo; y tiene noticia del milagro que
con él ha usado, y que ha sido siempre buen sangley, humilde y
ha acudido a las obligaciones de cristiano con puntualidad; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que una noche llegó a este dicho pueblo
don Juan de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon
con soldados indios de ella a prender todos los sangleyes cristianos
e infieles; como lo hizo y los llevó presos y amarradas las
manos, y con ellos al dicho Juan Ynbin a la fuerza de Bonbon
donde los habían de matar por haberse alzado todos los sangleyes de
Manila, Calamba y otras partes; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que oyó decir que habían muerto a todos los
sangleyes que en este pueblo había preso el dicho castellano, y entre
ellos al dicho Juan Ynbin; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que no sabe con certeza en el lugar
que echaron al agua muerto al dicho Juan Ynbin, por cuya
causa no sabe la distancia que hay a donde fue hallado en
estas bóvedas y agua santa de este dicho pueblo. Pero que de él
a la fuerza de Bonbon por tierra habrá media legua, y por el
agua algo menos. Y en cuanto a las heridas del dicho Juan
Ynbin nunca las había visto este testigo sino es después; que

el sábado en la noche que fue hallado en las bóvedas
y agua santa de este dicho pueblo, que de las dichas bóvedas fue traído
[a] aquellas horas a una de las casas de este pueblo, y este testigo y las de-
más personas que en él había, al ruido que corría de milagro
ocurrieron a la dicha casa a ver el dicho sangley. Y asimismo fue
este testigo y le vio dos heridas grandes y penetrantes en el pes-
cuezo y cerebro; y la una mayor que la otra, donde se veían los
nervios cortados que tan solamente le quedaba el garguero, y sin hin-
chazón ni mal olor pero muy llenas de gusanos. Y las otras dos que
después se le hallaron en su cuerpo al dicho Juan Ynbin
no las vio pero han le contado a este testigo son de muerte. Y según las dos
que este testigo vio en el dicho pescuezo y cerebro no se persuade este testigo
que naturalmente pudiese venir a las dichas bóvedas y agua santa
de este dicho pueblo sin particular ayuda y favor de esta soberana
Señora de Casaysay; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que se remite a lo que se contiene en la
sexta pregunta de este dicho; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que ha visto que el dicho Juan Ynbin
anda por sus pies, sin ayuda de nadie ni bordón; y le parece a este testigo
que según esto y su buena disposición y aliento está fuera de riesgo de las
dichas heridas; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que este testigo y los naturales de este pueblo de Casaysay
estaban de guardia en él, y debajo de esta casa que sirve de convento
por causa del alzamiento de los sangleyes; y un viernes en la noche
que este testigo se acuerda bien y antes que en las dichas bóvedas y agua
santa de este pueblo fuera hallado el dicho Juan Ynbin, estando este
testigo con don Agustín Sava, asimismo natural de este dicho pueblo y de guar-
dia con este testigo debajo de esta dicha casa, el dicho viernes en la no-
che que había luna clara, a su parecer sería el cuarto del alba
poco más o menos, estando ambos a dos platicando de diferentes
cosas y sentados en la lonja que está delante de esta dicha casa

algunas personas en diferentes ocasiones de ésta haber visto en aquel sitio
y lugar, antes que se hicieran las dichas bóvedas, otras luces. Y que se había allí
aparecido esta Santísima Señora de Casaysay a muchas personas que con fe
y devoción vienen a este manantial y agua santa a bañarse con ella
sus enfermedades y cobrado salud. Porque ha sido tanta y es la devoción
que se tiene [a] aqueste lugar y agua, que de continuo se valen de ella
para dichas enfermedades y otras necesidades; y esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y notorio, pú-
blica voz y fama, y la verdad so cargo del juramento que hecho tiene,
y que no le tocan las generales de la ley. No supo decir su edad; pare-
ció por su aspecto de cincuenta años poco más o menos, y no firmó porque
dijo no saber. Firmólo el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio, don Agustín Sava.
En el pueblo de Casaysay, en veintiún días del
mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo
de esta jurisdicción y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer a un indio citado por
Francisco Magpiguil, del cual y mediante el dicho intérprete dijo

llamarse don Agustín Sava, y ser natural de este dicho pueblo de Casaysay,
del cual se fue recibido juramento en forma de derecho
por Dios Nuestro Señor y la señal de la cruz. Y habiéndole hecho, prometió de
decir verdad, y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio
dijo lo siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
de más de dos años a esta parte trabajar en la iglesia de Nuestra
Señora de Casaysay de este dicho pueblo; y tiene noticia del milagro que con él
ha usado esta soberana Señora, y que siempre ha visto este testigo al dicho
Juan Ynbin acudir a las obligaciones de cristiano, porque es humilde
y bien quieto; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que a este pueblo de Casaysay llegó don Juan
de Cabrera, castellano de la fuerza de Bonbon, con indios solda-
dos de ella, por orden del alcalde mayor de ella para prender todos
los sangleyes cristianos e infieles de este dicho pueblo para llevarlos
a la dicha fuerza y matarlos en ella, por causa del alzamiento general
de los sangleyes. Y así lo hizo el dicho don Juan de Cabrera, y entre
ellos vio este testigo fue uno de los presos y llevado al dicho Juan Yn-
bin amarradas las manos; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que este testigo no sabe en qué parte de la mar
echaron al dicho Juan Ynbin, pero que desde la fuerza de
Bonbon hasta las bóvedas y agua santa de este pueblo de Casaysay, don-
de fue hallado el dicho Juan Ynbin por tierra le parece a este
testigo tardará una persona una hora andando al paso ordi-
nario, y si va por el agua algo menos. Y en cuanto a las heridas dijo este
testigo que el sábado en la noche que fue hallado en las dichas
bóvedas y agua santa de este pueblo por don Juan Magtangcab
y sus criados, se divulgó luego la hallada del dicho sangley en dicho
puesto; y así este testigo estaba de guardia con otros indios de este pueblo

por causa del general alzamiento de los sangleyes ocurrió al dicho
ruido que oyó hacia las dichas bóvedas, en las cuales halló como dicho han,
al dicho Juan Ynbin. Y asimismo al dicho don Juan Magtancab
y sus criados que ya lo traía de una casa de este dicho pueblo, en la cual
le vio este testigo dos heridas que tenía mortales en el pescuezo y cere-
bro, cortados todos los nervios; y asimismo otra herida o lanzada
sobre la tetilla derecha asimismo penetrante; y todas tres llenas
de muchos gusanos, pero sin mal olor ni hinchazón, con las cuales
le parece a este testigo que naturalmente pudiese el dicho Juan
Ynbin llegar a las dichas bóvedas si no es con particular favor
y ayuda de esta Santísima Señora de Casaysay, de la cual oyó este testigo al
dicho Juan Ynbin haber sido la que le había librado de la muerte
y traídole a las dichas bóvedas y agua santa. Y con esto este testigo se vol-
vió a donde estaba de guardia. Y el domingo siguiente fue
llevado el dicho Juan Ynbin al pueblo de Taal a curarle las dichas
heridas, donde este testigo dicen y le han contado le hallaron otra heri-
da más. Pero que desde entonces hasta pocos días no las había visto,
que fue cuando vino a este dicho pueblo el dicho Juan Ynbin, que las tiene
cerradas, sin hinchazón. El cual le parece a este testigo está fuera de
riesgo de ellas porque anda por sus pies, sin ayuda ni favor de per-
sona ninguna ni necesita de bordón ni otro instrumento para poder
andar como anda por sus pies; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que no sabe el tiempo que hubo ni pasó
desde que mataron al dicho Juan Ynbin hasta que fue hallado
en las dichas bóvedas, pero que como dicho tiene fue un sábado en
la noche; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que se remite a lo que tiene declarado en
la sexta pregunta de este dicho; y esto responde.
-A la novena pregunta, dijo que asimismo se remite a la dicha
sexta pregunta de este dicho; y esto responde.
-A la décima pregunta, dijo que por causa del dicho alzamiento general

y han acudido con particular devoción toda esta provincia y fuera
de ella a rezar y bañarse en aquella fuente de sus enfermedades,
que por intercesión de esta Señora han alcanzado muchos salud; y
esto responde.
-A la oncena pregunta, dijo que todo lo que dicho tiene es público y
notorio, pública voz y fama y la verdad so cargo del juramento
que hecho tiene, y que no le tocan las generales de la ley. No supo
decir su edad; pareció por su aspecto de cincuenta y ocho años poco más
o menos; y lo firmó de su nombre a su usanza con el dicho juez e intérprete.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
[en tagalog baybayin] Thomás Dimaligalig.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.
[al margen izquierdo] Testimonio: el padre predicador fray Gerónimo de León.
En el dicho pueblo de Casaysay, en el dicho día, mes y año de
suso referido, el maestro Joseph Cabral, cura beneficiado del partido
de Balayan y vicario foráneo en esta provincia de Balayan
y juez de comisión para la averiguación de la información del milagro
de Nuestra Señora de Casaysay, hizo parecer al padre predicador fray
Gerónimo de León, religioso de la orden de San Agustín
y conventual en el convento del pueblo de Taal, del cual y en
virtud de la licencia del reverendo padre fray Juan Ramírez,

rector provincial de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús
de dicha orden, que original está en esta información presentada,
se le fue recibido juramento en forma de derecho in verbo sacer-
dotis, poniendo la mano derecha en el pecho de que dirá verdad,
y siéndole preguntado al tenor del interrogatorio dijo lo
siguiente:
-A la primera pregunta, dijo que conoce a Juan Ynbin, sangley cristiano,
cantero, de más de un año a esta parte en este santuario de
Nuestra Señora de Casaysay; y tiene noticia del milagro que esta Santísima
Señora ha usado con el dicho Juan Ynbin, al cual siempre
este testigo lo ha tenido por sangley de buena vida y ha acudido
a las obligaciones de cristiano; y esto responde.
-A la segunda pregunta, dijo que estando este testigo en este pueblo
de Casaysay llegó don Juan de Cabrera, castellano de la
fuerza de Bonbon, con soldados indios a prender todos los
sangleyes cristianos e infieles de este dicho pueblo y sus contornos, por
orden que le había dado el capitán Diego Maldonado Bonal, al-
calde mayor de esta provincia de Balayan en virtud de la que él
tenía del señor Gobernador y Capitán General de estas islas, para matar a todos
los sangleyes de esta dicha provincia por causa del alzamiento general de los
sangleyes. Y así el dicho don Juan de Cabrera llevó los dichos sangleyes,
y entre ellos al dicho Juan Ynbin, amarradas las manos como
a los demás sangleyes; y esto responde.
-A la tercera pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la cuarta pregunta, dijo que ha oído decir que mataron al dicho
Juan Ynbin en la dicha fuerza de Bonbon, como a los demás
sangleyes que asimismo mataron en ella; y esto responde.
-A la quinta pregunta, dijo que a este testigo le contó el dicho que mató
al dicho Juan Ynbin en la dicha fueza cómo le había dado
con un machete grande dos golpes, el uno en el pescuezo
del cual cayó luego en tierra, y otro en el cerebro; y con el mis-

-mo machete asimismo le había dado de punta una herida sobre la tetilla derecha. Y asimismo le contaron a este testigo los indios que lle-
varon embarcado al dicho Juan Ynbin, cómo lo echaron en la
mar en más de quince de brazas de fondo, amarradas las manos y
con una trompa al pescuezo como a los demás sangleyes; y esto responde.
-A la sexta pregunta, dijo que no la sabe; y esto responde.
-A la séptima pregunta, dijo que miércoles en la tarde que se con-
taron siete de diciembre del año pasado de seiscientos treinta
y nueve, el alcalde mayor de esta provincia mandó matar todos los sangleyes
del pueblo de Taal, y este testigo se halló a confesar los
cristianos y bautizar los infieles que se volvieron cristianos, que por
todos fueron los que aquel día murieron en el pueblo de Taal
cincuenta y un sangleyes [sic], y luego despidiéndose el dicho alcalde mayor
de este testigo diciéndole iba a la fuerza de Bonbon a hacer matar
los que allí estaban; y sábado en la noche siguiente dicen fue ha-
llado el dicho Juan Ynbin en las dichas bóvedas y agua santa
que llaman de esta pueblo de Casaysay; y esto responde.
-A la octava pregunta, dijo que domingo fue traído al pueblo de
Taal el dicho Juan Ynbin, y este testigo le vio las heridas que eran
cuatro; las dos, tenía la una en el pescuezo que habría de boca un jeme
y cortados todos los nervios, que tan solamente le quedó sano el gar-
guero; y la otra más arriba asimismo grande y penetrante. Y
las otras dos heridas o lanzadas, tenía sobre la tetilla derecha y costado derecho
que eran mortales. Y a este testigo le parece y tiene por cierto que
con las dichas heridas era imposible naturalmente poder ir
a las dichas bóvedas y agua santa donde le hallaron, sin par-
ticular auxilio de Dios Nuestro Señor, por intercesión de esta Santísima
Señora de Casaysay. Y que las dichas heridas, que como dicho tiene
este testigo vio al dicho Juan Ynbin, le causó grandísima admiración
el ver que no estaban hinchadas ni inflamadas ni con mal olor

[al margen izquierdo]
Auto de remisión de esta información.
En el pueblo de Casaysay, en veintiún días
del mes de enero de mil seiscientos cuarenta años, el maestro Joseph Ca-
bral, cura beneficiado del partido de Balayan y vicario foráneo en
esta provincia y juez de comisión para la averiguación del mila-
gro de Nuestra Señora de Casaysay, que usó con Juan Ynbin,
sangley cristiano, por particular comisión del Ilustrísimo Señor don
fray Hernando Guerrero, arzobispo metropolitano de estas islas y del
Consejo de Su Majestad. Dijo que en conformidad de la dicha averiguación
que ha hecho con número de testigos, y para la calificación del dicho
milagro remitía la dicha información original al dicho Señor Ilustrísimo,
que es a quien por derecho y Santo Concilio de Trento le toca
y pertenece el calificarla. Y por este auto de remisión así
lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Maestro Joseph Cabral.
Ante mí,
Alonso Márquez,
notario.

En la ciudad de Manila a veintisiete de enero de mil seiscientos
cuarenta años, Su Señoría Ilustrísima el señor don fray Hernando Guerrero, arzobispo
metropolitano de estas islas Filipinas del Consejo de Su Majestad dijo que: por cuanto
el maestro Joseph Cabral, por comisión de Su Ilustrísima, ha hecho información
y calificado el milagro que hizo la imagen de Nuestra Señora de Casaysay con
Juan Ynbin, sangley cristiano, y para que tenga toda justificación lo escrito
y autos hechos mandaba y mandó se dé traslado de todo ello al licenciado Francisco
de la Roca, clérigo presbítero, promotor fiscal de este Arzobispado, a quien Su Señoría
Ilustrísima a mayor abundamiento nombraba y nombró por nuncio cursor en esta
causa, para que diga y alegue lo que hallare en contradictorio juicio. Y haga
el juramento de fidelitate en forma necesaria. Y dio comisión a mí, el
presente secretario, para que ante mí le haga y por este auto así lo proveyó,
mandó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.
En la ciudad de Manila a veintisiete de enero de mil seiscientos cuarenta años,
yo el infrascrito secretario notifiqué el auto de arriba y di traslado
de los autos e información que en él se refiere al licenciado Francisco
de la Roca, promotor fiscal de este Arzobispado, y aceptó el oficio de nuncio
cursor y hará lo que debe y es obligado; y así lo juró in verbo sacerdotis
de usarlo bien y fielmente. Y lo firmó de su nombre siendo testigos el maestro
Domingo de León y el bachiller Juan Fulgencio de Rivera, clérigos presbíteros.
Y de ello doy fe.
[rúbricas] Francisco de la Roca.
Diego Núñez.

El licenciado Francisco de la Roca, clérigo presbítero, promotor fiscal de este Arzobispado de Manila por el Ilustrísimo Señor fray Hernando Guerrero, arzobispo metropolitano de estas islas Filipinas y del Consejo de Su Majestad,
nuncio cursor nombrado para la información que el maestro Joseph
Cabral, cura beneficiado del partido de Balayan hizo por
comisión de Vuestra Señoría Ilustrísima sobre la averiguación del milagro que
Nuestra Señora de Casaysay obró con Juan Ynbin, sangley cristiano,
que después de haberle dado cuatro heridas penetrantes, dos en el
cerebro que le cortaron los nervios y sólo dejaron el tragadero,
y otras dos de punta de lanza, una en la tetilla derecha
y la otra en el costado; y echado por muerto amarrado con una
trompa al mar en quince brazas de fondo, cuarto y medio de
legua lejos de tierra, y haberle traído Nuestra Señora de Casaysay sobre
una hoja blanca a la playa, apartándole los caimanes y peces
por donde pasaba, y de allí lo llevó al pueblo de Bombon;
y pasado el río del dicho pueblo a pie enjuto, y haberle traído al
paraje donde le hallaron que fue adonde están unas bóvedas
de piedra en que está el agua santa, con mucha arboleda
espesa y lo demás que consta por su confesión y por los testigos
instrumentales que le echaron por muerto al mar,
amarrado como dicho es; y otros que lo vieron y conocieron
y conocían antes de haberle herido, y ser patente todo lo
referido como consta y parece por la dicha información
y el testimonio de las cuatro heridas. Y que le han visto
andar por su pie sin ayuda alguna, todo lo cual no puede
ser naturalmente sino por obra divina. Y así no se
me ofrece qué alegar ni decir contra la dicha información
cosa alguna. Hecho en Manila, en treinta días del mes
de enero de mil seiscientos cuarenta años.
[rúbrica] Francisco de la Roca.

[al margen izquierdo] Auto.
En la ciudad de Manila a treinta y uno de enero
de mil seiscientos cuarenta años, Su Ilustrísima el
Señor don fray Hernando Guerrero, arzobispo
metropolitano de estas islas Filipinas del Conse-
jo de Su Majestad, etc. Habiendo visto la respues-
ta dada por el licenciado Francisco de la Roca, promotor
fiscal de este Arzobispado y nuncio cursor
nombrado para la calificación del milagro
que hizo la imagen de Nuestra Señora del pueblo de Casaysay
con Juan Ymbin, sangley cristiano, dijo que
para más justificación de este milagro
conviene dar traslado de esta información sobre ello
hecha, y de los demás autos y dicha respuesta
del padre predicador fray Alonso de Lara, procurador
general de la orden de nuestro padre San Agustín
de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús de es-
tas islas Filipinas, para que pida y alegue lo que convenga en nombre de la dicha provincia, por ser la dicha imagen de ella.
Y por este auto así lo proveyó, mandó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.
[al margen izquierdo] Notificación.
En Manila a treinta y uno de enero de
mil seiscientos cuarenta años, yo el infrascrito
secretario di traslado de estos autos e información
al padre predicador fray Alonso de Lara, procura-
dor general de esta provincia del Santísimo Nombre de Jesús,
y le notifique el auto de arriba. Y dijo que lo
oía y recibió el dicho traslado, y lo

En la ciudad de Manila, a prime-
ro de febrero de mil
seiscientos cuarenta
años, ante el Ilustrísimo Señor don
fray Hernando Guerrero, arzo-
bispo metropolitano de estas
islas Filipinas del Consejo de
Su Majestad, se leyó esta petición que
esto es el contenido:
Fray Alonso de Lara, religioso de la orden de nuestro padre San Agustín,
procurador general en esta provincia de Filipinas, digo que:
habiendo mandado Vuestra Señoría Ilustrísima por comisión particular
al maestro Joseph Cabral, beneficiado del partido de Balayan,
hiciese información de un milagro que la imagen de Nuestra
Señora de Casaysay obró con un sangley cristiano llamado
Juan Imbin, por haber tenido Vuestra Señoría Ilustrísima noticia del dicho
milagro por carta y testimonio del escribano público de la
jurisdicción y provincia de Balayan, que a Vuestra Señoría Ilustrísima remitió
el padre fray Alonso Rodríguez, religioso de mi orden y prior
del convento de Taal, en cuyo distrito y ministerio está el
pueblo de Casaysay e iglesia de la dicha imagen de Nuestra
Señora. Habiendo hecho la dicha información y estando
conclusa la remitió el dicho maestro Joseph Cabral a Vuestra Señoría.
Y de ella, y todos los autos contenidos en ella se dio trasla-
do al licenciado Francisco de la Roca, promotor fiscal para que
por parte de la iglesia alegase y pidiese todo aquello
que le pareciese convenir. Y por estar la dicha in-
formación jurídica y el milagro patentemente probado,
el dicho promotor fiscal respondió no tener qué alegar.
Y habiéndoseme dado traslado de todo por mandado de Vuestra Señoría
como a parte que soy, como procurador general de la orden
de Nuestro Padre Señor San Agustín en estas islas Filipinas, en cuyo distrito
y cargo de ministerio cae y está la iglesia e imagen de Nuestra
Señora de Casaysay.
Ante Vuestra Señoría Ilustrísima parezco y digo que la dicha información
de dicho milagro está conclusa y hecha conforme
a derecho, y así Vuestra Señoría debe llevar a debida ejecución

la declaración del dicho milagro, para que la devoción que
se tiene con la dicha imagen se aumente, y todas estas
naciones nuevamente convertidas se fortifiquen en la fe
y conozcan los beneficios y mercedes que por intercesión
de la Virgen Santísima alcanzan sus devotos y personas que
a ella se encomiendan. Y por cuanto el dicho milagro
se obró con un sangley después de haberse comenzado el
alzamiento y guerra de los sangleyes, que hoy dura con tanto
perjuicio, daño y menoscabo de estas islas por los muchos
incendios de pueblos y templos que el dicho sangley enemi-
go va haciendo con su ejército, muertes de españoles
y naturales y asolación de haciendas; y que publicándose
el dicho milagro, la fe de los españoles y naturales y es-
peranza en Nuestra Señora del buen suceso que, de dicha guerra
habemos menester y esperamos se aumentará; y con más
fervor se le pedirá auxilio y favor, y se puede entender que
los sangleyes que de antiguo, aún los infieles veneraban
esta santa imagen de Nuestra Señora de Casaysay, y por su devoción
se han convertido muchos e ídose a vivir cerca de su iglesia,
por su intercesión cesarán de la persecución que a las islas
hacen y vendrán en conocimiento verdadero de nuestra fe. La cual
declaración de dicho milagro parece será conveniente se haga
sin dilación; y Vuestra Señoría dé licencia para su publicación por los efec-
tos y resultancias arriba dichas. Por tanto:
A Vuestra Señoría Ilustrísima pido y suplico que conforme a lo dispuesto por
el Santo Concilio de Trento, declare el dicho milagro que Nuestra Señora de
Casaysay obró con Juan Imbin, sangley cristiano, por tal y dar
licencia para que se publique y celebre, que en ello recibirá mi
religión merced, y de ello se seguirán muchos efectos en
honra y gloria de Dios Nuestro Señor.
[rúbrica] Fray Alonso de Lara.
Por Su Señoría Ilustrísima vista mandó traer
los autos. Así lo proveyó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez.

En la ciudad de Manila, a primero
de febrero de mil seiscientos cua-
renta años, Su Señoría Ilustrísima del señor don fray
Hernando Guerrero, arzobispo metro-
politano de esta ciudad de Manila e islas
Filipinas del Consejo de Su Majestad, habien-
do visto estos autos e información
del milagro que Nuestra Señora obró por me-
dio de la imagen de Casaysay, dijo que:
para que este dicho milagro se deter-
mine conforme lo que dispone el Santo Con-
cilio de Trento, por ser cosa tan grave,
se lleve al venerable deán licenciado don
Miguel Garcetas, que lo es de esta santa i-
glesia de Manila, comisario general subdelegado
de la Santa Cruzada en estas dichas is-
las; y al maestro don Gregorio Ruiz de Escalona,
arcediano de ella; y a los perlados y
superiores de todas las religiones de es-
ta dicha ciudad para que den sus pare-
ceres conforme a su facultad teoló-
gica. Y asimismo al licenciado Nicolás An-
tonio de Lomaña, y al licenciado don Diego de
Vitoria, abogados de la Real Audiencia
y Chancillería de esta dicha ciudad, para que
conforme a derecho lo vean y den asimismo
sus pareceres. Y por lo que toca a las he-
ridas que tuvo y se le dieron a Juan
Ynbin, sangley cristiano, con quien se obró
el dicho milagro, se lleven y lo vean
el doctor Luis Flores Cuadrado, protomédico,
y el licenciado Juan de Castañeda Gueto, asimismo

médico. Y por lo que toca a la facultad
de la cirugía, se lleve asimismo
a Benito Tavares, cirujano. Y que
habiendo visto los dichos autos se
junten en el palacio de Su Señoría
Ilustrísima, para cuyo día serán
avisados a que lo confieran
con maduro acuerdo y firmen
sus pareceres para determi-
nar Su Señoría lo que debe ser hecho.
Así lo proveyó, mandó y firmó.
[rúbricas] Fray Hernando, Arzobispo.
Ante mí,
Diego Núñez

En dos de febrero de [mil] seiscientos cuarenta años,
yo don Miguel Garcetas, deán de esta santa iglesia de
Manila y comisario general subdelegado de la Santa
Cruzada en estas islas, digo que he visto lo conteni-
do en esta información del milagro que Nuestra Señora
de Casaysay hizo con un sangley llamado Juan Imbin,
y cuando Su Señoría Ilustrísima fuere servido declararé
lo que siento de ello. Y lo firmé ut supra.
[Rúbrica] D. Miguel Garcetas
He visto lo contenido en esta información y soy del mismo parecer
del señor deán, y protesto declarar mi parecer a su tiempo y cuando por Su
Señoría Ilustrísima fuere mandado. En Manila a dos de febrero de mil
seiscientos cuarenta años.
[Rúbrica] D. Diego Ruiz de Escalona
En dos de febrero de mil seiscientos cuarenta años, yo fray
Carlos Clemente Gan, prior provincial de esta provincia del Santo Rosario ordines
predicatorum, digo que he visto lo contenido en esta informa-
ción del milagro que Nuestra Señora de Casasay hizo con un sangley
llamado Juan Imbin, y cuando Su Señoría Ilustrísima fuere servido de
llamarnos, declararé lo que siento de ello. Y lo firmé ut supra.
[Rúbrica] Fray Carlos Clemente Gant
También he visto lo que está averiguado en esta información,
y diré mi parecer cuando se me pregunte. En este convento de Santo Domingo,
dos de febrero de 1640.
[Rúbrica] Fray Sebastián de Oquendo
Certificaciones auténticas del modo con que se halló el Santo Niño de Cebú, 1639

En la isla de Cebu de las Filipinas del poder de su magestad a diez y seis dias
del mes de mayo de mil y quinientos y sesenta y cinco años.
El muy illustre señor
Miguel López de Legazpi gobernador y capitán general por su magestad de la gente y armada del
descubrimiento de las islas del poder, por ante mi Fernando Riquel escribano de gobernación de
las dichas islas, dijo que por quanto el día que los españoles entraron en esta
dicha isla y pueblo de Cebu que fue el sábado veinte y ocho de abril de este presente año
después de haber desbaratado los naturales de este pueblo, y que lo dejaron desamparado
y que fueron huyendo la tierra dentro, en una de las casas de las más pobres
moradas y humildes y peña y de poco aparato donde entró Juan de Canviz (sic)
natural de Bermeo marinero de la nao capitana, y halló en ella una imagen del
niño Jesús en su cajita de madera de pino con su gorron de fleco velludo de
lana colorada de los que se hacen en Flandes, y su camisita de volante y
los dos dedos de la mano derecha alzados como quien bendice. Y en la izquierda
su bola redonda sin cruz y su collarico de estaño dorado el cuello, la qual dicha
cajuela y imagen del niño Jesús estaba metida en otra caja de madera
de las de esta tierra y liada con un cordel por encima. Y luego que lo hubo
hallado llevándola en las manos con su cajita para enseñarla, topó
con el maestre de campo Matheo del Savez (sic), y se la quitó y llevó a a (sic) mostrarsela al
dicho señor general. El cual con gran veneración y solemne procesión la mandó
traer y meter en la iglesia que ahora se tiene prestado. Y hizo voto y promesa
él y los religiosos de la orden del señor San Agustín y los capitanes y otros oficiales
del campo que todos los años tal día como fue hallado la dicha imagen
se hiciese y celebrase una fiesta a invocación del nombre de Jesús. Y [hallen de esto]
sea fecho y constituido una cofradía del benditíssimo nombre de Jesús de la manera
que está instituida la del monasterio de San Agustín de México y con los mismos
estatutos de ella y para que perpetuamente quede memoria del susodicho y de como
la dicha imagen fue hallada en esta tierra de infieles el dicho día, el dicho
señor gobernador por ante mi el dicho escribano mandado hacer la información de
testigos siguiente. Y firmólo de su nombre Miguel López pasó ante mi Fernando Riquel
escribano de gobernación.
Y luego incontinente en este dicho día, mes, y año susodicho, el dicho señor
gobernador para la dicha información mandó parecer ante sí a Juan de Camuz natural de la
Villa de Bermeo en el Señorío de Vizcaya marinero de la nao capitana. El cual juró
por dios y por Santa María y por las palabras de los quatro evangelios y por la
señal de la cruz en forma de derecho y socorro del dicho juramento. Prometió
de decir verdad y siendo preguntado que [quepasa] cerca de ello, dijo
que lo [quepasa] es que el dicho día sábado que se contaron veinte y ocho de abril
de este presente año que fue cuando el dicho señor gobernador mandó saltar la
gente en tierra en este pueblo de Cebu, este que declara salió de la nao
capitana en un batel juntamente con los marineros y soldados que de ella
salieron para el dicho efecto. Y yendo a la parte donde estaba los paños (sic: paraos) y
canoas de los indios con gente. Como los naturales desampararon las canoas y

la gente, este testigo se venía recogiendo a la marina, y dentro del
pueblo topó este testigo a Juan de Camuz, Bermeo, marinero de la nao
capitana, y a este testigo llamó el dicho Juan de Camuz y le mostró una
imagen del niño Jesús, metida en una cajita de pino con
su gorroncito peludo de lana colorada de flandes y su bola dorada,
y los dos dedos de la mano derecha alzados para arriba, bien tratado,
aunque parecía muy antiguo, [excepto] le faltaba la cruz que
suele tener encima de la bola que tiene en la mano izquierda,
y que tenía, menos en algunas partes del rostro y de la bola
el [matoz] porque estaba algo comido. Y el dicho Juan Camuz, Bermeo,
preguntó a este testigo que que era aquello, porque no lo conocía
y este testigo, lo tomó en la mano, luego lo conoció y le dijo
que era el niño Jesús, y como le dijo estas palabras, el dicho Juan de
Camuz, marinero, tomó el dicho niño Jesús en las manos y hecho
a correr con él hacia la marina para enseñarlo a los capitanes,
y que después a la que se halló el dicho niño Jesús, de la casa donde se
halló, que es pequeña y al parecer debía de ser de algún hombre
pobrecillo, se llevó en procesión con mucha solemnidad y
fiesta de todo el campo a la iglesia, que ahora se tiene de prestado,
donde siendo por toda la gente adorado se puso encima del
altar y se instituyó una cofradía del nombre de Jesús, y el dicho señor
gobernador y los capitanes e oficiales del campo botaron y prometieron
de celebrar en cada un año la fiesta de la invocación
de la imagen del niño Jesús, y que esto es lo que sabe
y pasa de este caso para el juramento que tiene fecho, y en ello
se afirmó e ratificó, y lo firmó de su nombre y el dicho señor gobernador,
Miguel López ; pasó ante mi Fernando Riquel, escribano
de gobernación.
Yo el dicho Fernando Riquel, escribano mayor de gobernación susodicho esta información
saque y traslado de la original, según que ante mi
pasó y en fee dello fue aquí mi firma e rúbricas acostumbradas
que es a tal en testimonio de verdad. Fernando Riquel,
escribano mayor de la gobernación.
Este es un traslado bien fielmente sacado de un testimonio
que está en el archivo de este convento del santísimo nombre de Jesús del orden de nuestro
padre San Agustín de esta ciudad de Cebu. Signado y firmado de Fernando
Riquel escribano de gobernación de que doy fee en 1.o de Mayo de
mil y seiscientos y treinta y nueve años.

[Y es] su santissima reverencia le es notorio todo lo sucedido por el santísimo niño
como persona que a tantos años está en esta ciudad. Lo que yo he alcanzado
de saber en el tiempo que estoy en ella diré=
Lo primero que los naturales de Cebu lo llamaron bahahala
que quiere decir el "gran señor" no "diguata" porque es supersticioso.
Lo segundo que el principal que lo tenía era su casa donde
está ahora la iglesia mayor y cuando tenía necesidad de
agua para las sementeras enviaba el padre de Dona Maria la de
Mandaui que llamaron Legazpi porque fue su padrino el adelantado
Miguel López de Legazpi cuando se bautizó. Este tenía la
casa en [medio] de Cebu que yo la alcance bien grande aquien
respetaban y le ponían un altar adorada de las mejores
mantas que usaban que eran caianpata y muchas campanas y en
llegando la cajita donde estaba el santísimo niño le sacaban y ponían
en el lugar atado y había gran fiesta y bailes y luego le tomaban
y en un plato antiguo que llaman losdac le ponían de pies
y lo empezaban a bañar diciendo "balagala danos agua" y luego le enjugaban
y le volvían a su altar y jamás por jamás dejó de llover que
se rasgaban los cielos luego la noche siguiente. Y con esta fee todas las
veces que tenían necesidad de agua usaban lo propio y le volvían
luego a casa del principal dicho. Este plato le tiene Doña Maria y le
estima la india grandemente y se le han querido comprar para
tener la con el santísimo niño y no le ha querido vender diciendo que cuando
se muera se lo dejará=
Lo tercero que corrió voz y nueva de que el Burney venía sobre ellos
y temerosos se fueron a los tingues y a otras partes. Y el principal que
tenía al santísimo niño tambíen se fue a poner encobro y dejó
la cajita a un esclavo suyo casado que la [guardasen] porque estaba
allí toda su hacienda sin saber los esclavos que quedaba en ella
ni jamás lo habían visto. Y después de ido el amo dijo el marido
a la muger: "Nuestro amo nos ha dejado aquí por carnada de anzuelo para
que los enemigos nos matan o cautiven. Vámonos a esconder al manglar."
Y queriendo echarse la cajita al hombro no la pudo mover. Llamó
a su mujer que le ayudase y tampoco la pudieron mover de manera
que con esto creyeron ser verdad que allí quedaba toda la hacienda
del amo. Y así se dejaron estar a seguro la nueva. Y luego fue
volviendo la gente al pueblo y dentro de poco tuvieron falta
de agua y enviaron por el santísimo niño a un [muchacho] y viendo
el dicho esclavo con la facilidad que el [muchacho] se había echado
al hombro la cajita quedó admirado. Que sin decir nada fue tras
el y estuvo aguardando a que le abrieran y cómo vido sacar al
santísimo niño llegó a ver lo que la cajita tenía y no
Epítome de las injuriosas palabras que el Reverendo Padre Comisario Fray Francisco Solier predicó en el sermón de los mártires del Japón. 5 de febrero de 1698. Dejando lo antecedente que fue menos criminal aunque sobradamente sangriento contra los frailes

de religiosos ellos la fundaron. Y así viendo el demonio
que con otras trazas no ha podido derribar los fundamentos
de ella [de] las religiones [que] hay pone ahora todos sus tiros y batería.
Porque derribado el fundamento caerá todo el edificio. Y esto lo hace
con solo ese papel del nuevo José. Porque claro está que sí: ese
papel en que tanto se deshonran los ministros del evangelio
se divulga, como por acá pasando a España y otros reinos, como
pretende el total enemigo de esta iglesia que con eso alcanza
lo que desea que no vengan ya más ministros a ella, no vengan
ya religiosos, que lo aten de pies y manos. Porque si este
papel llega por allá con todo su infamia ¿quien ha de querer
venir por acá? Si allá se hallan los religiosos contentos con paz descansados
y con honra en servicio de Dios ¿como han de venir con
tanto riesgo de su espíritu, honra y salvación? Eso pretende
el demonio con que ese papel corra y pase. Que más ya
dice que no se barran las iglesias y se dejen criar zacatales
en ellas para establo de bestias. Ya dice que “no se lave la
ropa de los altares y sacristía para el santo sacrificio padres
míos que dejemos las iglesias y nos vamos, que ya no se vengamos
más, que se acabe ya la cristiandad de por acá, que ya
no puede sufrir más duración de ella.” El demonio por medio
de ministros de justicia y cristianos, ¿desde cuando comenzó
el demonio está empresa? Desde Corcuera acá abatiendo los de religiosos
y ministros por medio del gobierno malaconsejado, lo quiere
llevar al cabo. No por eso se entienda que yo repruebo a su principal
que no hablo sino con ese papel.
¡Válgame Dios! Que los religiosos tenemos tiranizados y
en cautiverio a los indios, ¿es porque los amparamos y [anidamos]
en alma y cuerpo? ¿Es porque los defendemos de agravios e injusticias
de ministros de justicia que como lobos se los van a comer?
¿Que es de los tesoros que les quitamos? ¿No se vuelven libres a sus
casas? Alla en nuestra España ¿como crían los hijos aun de señores?
¿No es metiéndolos en colegios apartados de sus padres? Si esto hiciéramos
acá ya arguya prisión y cautiverio.
Queréis señores que diga en que está el cautiverio de los
naturales no está ni en los ministros religiosos ni en los
alcaldes mayores que esos son [charquelos] y andar por las
ramas. Aunque haya algo en ellos de lo que dice, todo eso es
nada. Y no es por lo que los indios claman libertad sino las
dos cosas y causas que tienen destruida a toda España y
Nueva España que son como [soy] testigo, y todos [lo] son el papel
sellado y estas medias anatas. Más vaya eso que es mal
común de toda la monarquía. Fuera de eso hay otras
dos tan grandes que cargan sobre estos pobres que son: tantas
sacas bandalas de tantos años sin darles un real de paga,
tantos títulos de oficios por fuerza que a unos les cuesta 20, a otros
12, y al que menos 4 pesos. Este es el cautiverio que tanto
sienten estos pobres causa de [su tibieza] en la fe que si no
fuera por los religiosos desesperan, y se fueran a los

montes. Veamos con qué poder los habían de sacar de allá. Miren si los
religiosos son la destrucción de los tributos del rey. ¿Qué más? Cautiverio
es el estar tantos en servicio del rey sin paga ni socorro tan desmayados
de hambre. Que a los pobres pandayes se les caen los
instrumentos de las manos sin poderlos levantar, tan desnudos y tan esclavos,
que si no es a costa de sus vidas no salen del cautiverio. Y por
esto también está tan entablado el vicio de la embriagues para
socorrer esta necesidad natural del hambre que al fin con el vino
llenan los vientres. Este es el cautiverio, no él que acumulan
a los religiosos y a los alcaldes mayores que son [charquelos].
Y es fácil el remedio. En lo que hubieres sin andar con papeles
de deshonras ¿quién tiene la culpa de esto? El demonio que
vence con su soberbia a hacer tales causas, o soberbia y vana
presunción, escribir papeles públicos para acreditarse, para que
se sepa, ¿qué sabe en todo esto señores? Habla claramente no con obscuridad,
si es por este o por [es] otro. Ese, hombre, lo digo con
deseo de que se entienda, se sepa, y se diga claramente para que
se remedie y ataje tanto mal en daño de tantas almas
y de esta iglesia. Rueguen a Dios por el alma de este hombre
que está en estado [inabsoluble] que se pierde esta alma.
Lo cual siento tanto como mis pecados. O santos
mártires, ruegoos por estas islas como siendo patrones de ellos.
No las amparáis. Ya veo que queréis que os imitemos en
las persecuciones [es]. Y aún puedo decir que si vosotros
fuisteis imitadores de Cristo siendo crucificados; nosotros
lo somos más como él. Que él fue crucificado entre dos ladrones
vosotros no, nosotros sí, entre ministros de justicia. Ea santos,
acordaos que somos hermanos y de un hábito. Si vosotros padecisteis
entre japonés gentiles, nosotros entre cristianos
padecimos que es mayor martirio.
En lo antecedente a este había dicho para captar
la atención del vulgo estas palabras. Así supieran
y yo dijera lo que me pasó ayer en aquella celda.
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

Carta apologética etc.
{Al margen izquierdo: De este papel quién es el autor, pregunta Europa. Él no es de proa ni popa, y así será de Combés.}
Preguntó se me lo que me parece del sermón que contra el señor Don Salvador
Gómez de Espinosa predicó el reverendo padre comisario Fray Francisco
Solier de la seráfica religión del glorioso patriarca San Francisco. Quisiera
excusar el decirlo y no lo haré de todo mi sentimiento, porque hay
agravios. Que, siendo lo menos lo que puede contrapesar la ponderación,
esfuerza dejar lo más al discurso para no fatigar el ánimo
el señor Don Salvador Gómez de Espinosa. Me consta que se ríe, y
hace bien, porque no es lícito dar ese consuelo a la calumnia, permitiéndole
el logro de su agravio en el sentimiento. «Que el fruto que promete
a la injuria la malicia es el dolor del ofendido», según dijo:
[fertul] de patientia fructus ledentis in dolore lesi est. Y es prudencia
acedarlo con el desprecio, por que no le quede endulzado el gusto con
el aplauso. Pero porque aun este lo disimula, la modestia es fuerza, que
el celo de la justicia sirva de satisfacción. Y como a la justicia es tan deudora
la verdad, la dejara yo agraviada si no la declarara. Digo, pues, que
el reverendo padre predicador, que con tan ofensivos términos habló contra el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa, pecó mortalmente, si su mucha ignorancia
no lo excusa, porque por ambos derechos y por razón natural,
está prohibido a los predicadores el herir desde el púlpito alguna
determinada persona siendo católica. Y este predicador habló tan
licencioso que lo llama “infamador de los sacerdotes, enemigo de
los religiosos”. Le atribuye la aniquilación de las islas, el destruir la
cristiandad, haciendo que los indios no obedezcan a los religiosos,
que quiere que desamparen las iglesias y se hagan carrizales
y pasto de brutos, que está [inabsoluble]. No sé si con más licencia
se pudiera hablar de un declarado hereje, cuanto y más de
un católico y de un ministro tan cristiano y celoso y al
fin ministro de su majestad, que como asombra suya se le deriva
más respeto. Pero si el atrevimiento envolvió en la queja a su
gobernador y capitán general y a la misma persona real, como
veremos, que hay que espantar que atropelle con el respeto debido
a tan superior ministro. Que esté prohibido esto consta
por el Concilium Senonense, capítulo 36, página 167; el Coloniense, [parte] 4, capítulo
8, página 186, y partido 6, capítulo 13, 15, 16, 17, folio 190 – Augustens, capítulo 13,
folio 214; el Trevirense [c. missi.], folio 270; Mediolanens 1°, página
361; el Toledano año 1566 [ac.] 3, capítulo 3 Juan Luis Vivaldo, [tractatus] de
12. Persecutionem ecclesiae llama a esta la mayor el atrevimiento de estos predicadores,
que él dice que mejor es llamarlos detractores. Y llama
los con mucha razón «persecución de la iglesia», pues luego lo
mismo Pablo 3°, en la bula del año 1542, que comienza Apostolici
culminis encargando a los inquisidores de Milán [que] los castiguen severamente
por las duras experiencias que la iglesia tenía del daño
de sus audacias. Se les seguía desde la que dio lastimosa Diocleciano,
que siendo [gratísimo] príncipe a la iglesia por los dichos apasionados
de los sacerdotes, la despreció a la iglesia y la persiguió

tanto [quoniam] (dice) [similes obligationes seditiosae sunt,
scandalosae et vias ad schismata et tumultus aperiunt].
«No hay medio más pronto para los escándalos ni más dispuesto
para crueles tumultos». En tiempo de Enrique 3.°, por los
sermones de un Arcediano de Astorga, se revolvieron muchas
ciudades las sediciones que fatigaron a España en tiempo
de Carlos 5.°. Fueron incendios levantados a soplos de inconsiderados
predicadores, y así, aunque la clemencia fue fácil al perdón de los
culpados, nunca hablando para los predicadores como a principales
brasas del incendio.
Y es tan raro el caso en que se puede justificar tal resolución,
y tantas las condiciones que para ello se requieren, ídem
difíciles de convenir a un suceso que no atendiendo a lo que
por tan raro se juzga imposible. Todos los autores convienen
en que es ilícito. San Antonino 3, [p. título 18, c. 4, caret 3, p. quest
42, avt. Ibañez 2.2 q. 33, artículo. 4, sylv verbo predicator quest
6, soto deteng seer memb. 2. quest. 3. conclusión 4. canus. l.
12. c. 11. Fernando del Castillo. 1. 2. hist. predicad., c. 48 et 49 del
hábito del predicador San Buenaventura in apologencis editionis
Rom. folio 375, Córdoba. 2. 1. quest. 17. Richard. in. 4. dist. 19
artículo 2. q. 3. Alvarus Pelagius, De planctus, Ecclesiasticus 2 artículo 10.
Y otros. Abulense in. c. 15. Math. quest 28. Navarro manual
c. 51. Aragón 2.2 q. 11 artículo] 2. Y entre las reglas de los
menores, hay una que prohíbe tal modo de predicar, como lo
da a entender San Buenaventura [citat], y de su religión
lo dice San Antonino. La razón lo hace evidente porque, arrimándonos
a Santo Tomás, a quien siguen conformes todos los teólogos,
[2.2. quest.] 33, sólo hay dos especies de corrección, una judicial
y otra fraternal. Y ninguna le compete al predicador. La judicial
no porque esa toca a los superiores, príncipes y gobernadores
respecto de sus súbditos. Y esta, bien se ve al reverendo
padre [que] no le compete, pues ni es prelado eclesiástico ni
gobernador de la república. Ni cuando le compitiera
se usa de ella en ese estilo parte non audita, pues ni
ha oído la razón que tiene el señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
ni la alcanzó, pues le condena ni la que tiene su majestad en los
tributos, ni su gobernador en lo que le calumnia. Y con todo
eso, los condena igualmente, luego es insulto en su sentencia,
tanto como temerario en darla sin jurisdicción [ex
l. in caue. l. ss. causa cognita c. de min leg de uno quoque ff de
regiur et ss. fin inst. de temere litigante c. sacro de sent ex. co. l
consul. iut de offi delegati]. Y esto, aunque sea un ladrón manifiesto.
[L. si, de certa c. si propter publ. et leg. fin c siper vim.]
La segunda corrección, que es la fraterna, tampoco le puede pertenecer
al predicador, porque esta tiene su forma establecida de nuestro
supremo legislador Cristo. Y ha de ser secreta, inter te et
ipsum, no pública en las juntas de los fieles, y no contra que haya
hecho esa diligencia. Y cuando la haya hecho, no se sigue que luego
reprende el hecho en la iglesia, sino que lo diga al que

lo puede remediar [die] ecclesia. Y el padre echó por el atajo. Y para que
el padre sepa cómo le es lícito desde el púlpito reprender a personas
señaladas, pondré las condiciones que para ello se requieren. Para que,
viendo cuántas le faltaron para justificar el hecho, conozca su
yerro y lo enmiende, pidiendo en otro sermón perdón al rey
nuestro señor, a su gobernador y al señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
a quienes tan inconsideradamente ha agraviado.
La primera es avisar primero al delincuente. La 2.a, obstinación
de éste en la culpa, que causará escándalo público. La 3.a, delatando
por sí o interpuesta persona al señor arzobispo o a su
superior secular. La 4.a, imposibilidad en los jueces eclesiásticos
y seglares para corregirlo. 5.a, que no haya esperanza de que el delincuente
con otro medio se corrija. 6.a, que habiéndolo consultado
con hombres prudentes y doctos, juzguen que evidentemente
se ha de seguir provecho y obviar escándalos mejor que si se omitiera
la reprensión. 7.a, que el tal hecho sea pernicioso. Todas
estas condiciones se sacan de los [concilios] y autores citados y han
de preceder. Y conviniendo todas podrá con licencia de su prelado
llegar a reprender. De otra suerte: [seditiose con
tu meliore precipitanter et hostiliter evangelio y officium
exercet]. Y cuando todas estas condiciones le pareciere que convienen,
que será milagro juntarlas, si quiere obrar prudente
y cristianamente, siga el consejo del concilio coloniense
parte 6 que dice: si magistratus dissimulent, consultius magis
est, ut ultio remitatur ad Deum. «Que, disimulando los superiores,
es mejor pedir a Dios [que] la enmiende y remitirle
la venganza.»
Recorra esas condiciones y vea si reguló por sus
reglas su arrebatado espíritu. Que no es bien habiendo remedios
fáciles y seguros, echar mano de los rigurosos y peligrosos. Que
ningún cirujano echa mano de la navaja mientras puede
resolver el mal con otros lenitivos. ¿Avisó al señor Don
Salvador Gómez de Espinosa, proponiéndole los inconvenientes
para que recogiera su papel? ¿Mostró se le obstinado a la
razón? Que yo le tengo por tan dócil que a la menor razón
se rendiría si la viniese y permitiría frustrar su trabajo que
donde obró el celo y no la vana ostentación, como dice el reverendo
padre predicador. Se contentaría con satisfacer a ese cuidado tan
propio de ministro. ¿Recurrió al señor arzobispo, al señor gobernador
o a la real audiencia, delatando y proponiendo los inconvenientes?
Que todos son tan celosos y píos que estudiarían la resolución
con mucho acuerdo, y no consentirían remedios que ocasionasen
mayores males. Halló los flacos para la ejecución
y presumió los tales. Lo 1.o es imposible porque por la bondad
de Dios no ha llegado en nuestra monarquía a
padecer opresión la justicia. Nunca el señor gobernador
se ha opuesto a las resoluciones de la audiencia ni
aun ha contravenido al menor informe de ella ni

ha obrado contra el parecer de alguno de los señores
oidores, igualándolos en la estimación que como sabios
merecen. Lo 2.o fuera agravio y temeridad que de
tan supremos jueces se pensará tal flaqueza cuando
la independencia los hace tan absolutos que ni con
sus sentencias agravian, ni por él las pueden temer
algún infortunio. ¿Recurrió a hombres doctos
y todos juzgaron por único remedio la detracción pública? Halló
ser tan pernicioso el hecho que no se pudiera disimular. Pues
si nada de esto hizo sobre que son esas voces y excandecencias
por sólo su parecer, pues parecer por parecer en materia de
justicia, yo me atengo al letrado y materia de su obligación
a cada uno en su oficio. Pues qué soberbia es presumir
tanto del suyo que con tanta confianza se arroje a darlo por
infalible. Yo creo que en estos casos más obra la ignorancia
que no la sabiduría. Que todo sabio es desconfiado
y todo ignorante atrevido.
Si no es que quiera que sea revelación o profecía
que por este camino ya le permiten sin ofensa los doctores por la
jurisdicción extraordinaria que en los profetas [residía] comunicada
de Dios por este camino bien puede hablar y a esto aludiría
aquello que pasó en la celda. Y si alude a esto aquello que pasó
en la celda y aquella artificiosa énfasis con que quiso ganar
el aplauso del vulgo cuando dijo «así supieran» y yo dijera
lo que me pasó ayer en aquella celda, si es profecía o
revelación, dic nobis palam, pero como de esos profetas amanecen
alumbrados. Así alborotó a Florencia [Frate]
Jerónimo de Savanerola cuando entró en Italia Carlos 8.º y fue causa
de los escándalos de Italia con tal crédito de revelaciones,
que hubo quien por él se ofreció a entrar en una
hoguera. Pero él salió más alumbrado de lo que quisiera,
pues quedó abrasado en una que encendió la indignación
del Pontífice para que feneciera el engaño que sustentaba
en el vulgo. Y cierto con razón, porque las temeridades
del púlpito son las más poderosas para despeñar
al vulgo. Porque como se aliñan con adornos de piedad
y les dan color de religión, arrebatan la sencillez del
vulgo, que como piadoso y cristiano no piensa que de aquél
lugar puede proceder engaño. Y cree sus razones con
el mismo fervor que los misterios de la fe. Aun los
gentiles conocieron este peligro, pues dijo Livio, libro 39:
Nihil in specie fallacius que prava religio est ubi
divina numen pretenditur seceleribus. «No hay engaño
más poderoso que el que trae semblante de religión
cuando con maldades se pretende persuadir su culto.»
Porque entonces hace mérito del delito y falta
la vergüenza a la maldad y aun se hace

honroso el maleficio. Mejor lo dijo, sacado de cartas
experiencias, el reverendo Padre Juan de Mariana en el libro 19 de su
historia capítulo 3: «Ninguna cosa (dice) tiene más fuerza para alborotar
el vulgo que la máscara de la religión. Reseña a que los más
acuden como fuera de sí, sin reparar en los inconvenientes.»
Quien quisiere ver hartos ejemplares, lea [acontzen]
en su política libro 9, capítulo 9, [ss] 7. Que a mí me basta lo que sucedió
en Portugal en tiempo del rey Don Manuel, cuyo historiador
es Damián Goez, que por un celo indiscreto de un predicador
se ha fervorizó tan bárbaramente el vulgo que mató pasados
de cuatro mil cristianos nuevos. Y lo que en nuestros
tiempos pasó en Cataluña, qué acciones mal averiguadas
contra la religión y piedad se predicaban por ciertas,
con que irritaban el celo piadoso de los catalanes, que cualquier prudente
excusará su furiosa resolución. Decía se que habían los españoles
quemado las iglesias con el santísimo sacramento, pintaban se las
formas en las banderas, clamaba el reverendo padre predicador a hijos
que han quemado a nuestro padre piedad, si no alborotarse el vulgo matar
a los soldados y ministros del rey sin que ni la nobleza, ni
la prudencia los pudiera ir a la mano, mereciendo ellos en la
crueldad cuanto desmerecieron los predicadores en su inconsideración.
Pues unas acciones empeñaron a otras hasta la última
resolución contra la fidelidad. Y así, fue el mal en los predicadores
peste, y en los oyentes contagio. En los primeros estuvo
toda la culpa, y los otros padecieron la miseria, como lo sintió
de semejantes casos altamente Livio 28: Causa atque origo
omnis furoris penes auctores est, reliqui contagione insaniunt.
«Quien trae la peste, ese es el culpado, no el que sin
sentir enferma de ella.» Es el púlpito trono del evangelio.
Y lo que se oye, se oye con esa fe. Y como el vulgo no
puede discernir la verdad ni examinar la doctrina,
todo lo recibe con el mismo respeto, haciéndose [dependiente] de la
presunción sagrada. Por lo cual los predicadores habían de
proceder más remirados y nunca hablar sino lo que es puro
evangelio, ni discurrir más que por sus legítimas consecuencias,
premio y castigo, mal o bien, obrar sin condenar determinadamente
el hecho de un singular. Porque para que se
contenga en el evangelio y doctrina de la iglesia, ha de
constar de su calidad. Y no la ha de definir un particular
que no es juez. Y lo puede engañar o su mal entender, o su
pasión particular.
Si el vulgo de Manila fuera tan vulgo como el de otras
ciudades, no me espantará que de la iglesia prorrumpieran
en ira tan arrojada que se desahogará con el daño del
señor oidor, abrasará su casa y borrará del mundo su memoria.
Porque qué corazón piadoso no se había de mover contra
un proclamado enemigo de la religión, destruidor de las islas,
ultrajador de sus templos, que los condenó a ser acogida de fieras,
que los quiso privar del culto y ministerio sacerdotal, de peste
tan prejudicial. Cualquier instante es peligrosa la tolerancia

Si la fidelidad de Manila no tuviera tan hondas
raíces, viendo tratar a su majestad de injusto por sus tributos,
¿qué se pudiera esperar de quien a voces, desde el púlpito
y con afeites de religión y de revelación, condena
tan resueltamente el papel sellado y la media anata?
Si este mismo respeto no reverberara en su
imagen, quien no se amotinará contra su gobernador, viéndole
tratar de arruinador de las islas, causa del cautiverio
de los indios, instrumento de su destrucción, y de que
flaquee en ellos la fe de Dios y de las malas costumbres
del vino, cuando todos saben cuán nativo es ese vicio a su
condición, y que es la alegría en su mayor prosperidad
pero puede se consolar su señoría con que mete a la
parte a otros. Pero si aquel concebido celo se hiciera
en el vulgo furor, ¿qué provecho viniera sacado el reverendo
padre predicador sino destruir la república, la fe y los
mismos a quién pretendía salvar? A que no sucede eso cada
día ni se mueve tan fácilmente el auditorio. Miren
lo que dice Aristóteles, que aunque los movimientos
grandes nunca son de cosas leves, pero que nacen de cosas
muy leves. Oriuntur seditiones non deparivis reba,
sedex parvis dissident enim, homines et seditiones excitant
de rebus magnis. Libro 5, [polit] capítulo 4. Por una mofa de un plebeyo,
conspiró la plebe contra Roma y tiranizó el consulado.
Y el peor modo, o el más seguro, es esparcir quejas de ministros
y gobernadores, que en duda y por ambages dichos
turban cuanto y más con descaramiento que arguye más fundamento
y en el embaidor más verdad, artificio que
reconoció tan prudente como político Tácito, libro 1, historia. In
serunt querelas et ambiguos de principe sermones que
que alia turbamenta vulgi. «Turbaciones del vulgo» llama el
Tácito a esas quejas, porque a ellas fácilmente se mueve y sale
aquella voz atrevida que tantas veces ha turbado la monarquía,
de viva el rey y muera el mal gobierno que ahora
hizo tal estrago en Cataluña con muerte de su virrey y
cinco oidores. Sólo la duda de qué puede suceder, aunque muy remota;
algo de esto había de bastar para acobardar tales intentos,
que sólo el imaginarlo me llena de temor. Porque no es
bueno un remedio que si se yerra su daño es irremediable,
y que de suyo trae poco o ningún provecho. ¿Qué provecho traen
esos atrevimientos, riñas, rencores, venganzas, descréditos?
Quién de eso hace caso para enmendarse, si con suavidad
no se le persuade? El agravio y el rigor han de persuadir
a un corazón libre, a un ánimo señor, a un entendimiento
grande. Los gritos para los pastores, los palos para los brutos, las
palabras injuriosas para las [verceras], lo que se suele seguir
es empeñarse el mal, pasándolo el agravio a obstinación
a no caer en pecho tan cristiano, reduciéndolo a venganza.
Estos son los provechos ordinarios y los daños si se
yerra la razón y el tiempo: afrentas, muertes, motines,
alzamientos y asolamientos de repúblicas y reinos. Pasó, pues,

con remedio, que tiene más de veneno que de salud, no sea
que destemplado mate.
Dirán que la defensa es natural, pero también han
de entender que ha de ser cum moderamine inculpate
tutela. Y así que ha de ser por los modos lícitos y estatuidos
por derecho. ¿Tiene el papel del señor Don Salvador Gómez de
Espinosa otra calidad que la de una proposición a su
presidente y gobernador, de lo que pide remedio como
a quién lo puede remediar, o con su poder o con su autoridad?
¿Tenía más el reverendo padre, si le parecía damnificado
el estado, que oponer en el mismo tribunal otro escrito,
probando o que las tales cosas no se hacían, o que lo que se condenaba
en el escrito se hacía lícitamente[? ¿]Fuera bueno
al que me pone pleito en algo a cometerlo en la calle
a cuchilladas o ultrajar su fama públicamente a título
de defensa? [No] qué caminos tiene el derecho para todo
y nadie se ha de tomar la justicia por su mano y
más en un púlpito donde se autoriza con el evangelio
el derecho, ¿qué mayor rigor podía usar la Inquisición
con un reo convencido que leer su causa y condenar
su memoria en una iglesia con la publicidad de sus
concursos? Pues mayor fue el que usó el reverendo padre predicador
y el que usan los predicadores que condenar
personas en particular se atreven para que la Inquisición
midiera las palabras y las tasara con su escrito para que
no excedieran más de lo justo. Y en un púlpito
con un celo aprendido y más si la retórica no es muy
culta se pasa sin sentir a lastimar más de lo justo y con
exceso tal que fuera sobrado contra un heresiarca
pero no le debía de estar bien por ese camino la defensa
que quién tiene mal pleito todo lo reduce a voces y echó
por el atajo haciendo de hecho pues advierta que el que
obra de hecho siempre da indicios de su poco derecho,
y que al que obra de hecho, de hecho se le puede resistir.
Y si la real audiencia de hecho lo enviara a
predicar a Caraga, que se lo tendría bien merecido.
El 2.º sentimiento que tengo es que un religioso
franciscano se haya señalado en impugnar el papel
del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, porque o es dar
indicio de que lo prohibido en el papel se hace en su
orden, o pretender que lo que allí se nota sea lícito en
todas. En lo 1.º ofende mucho a su religión, pues
diciendo el señor Don Salvador Gómez de Espinosa que esas quejas
no son contra todas las religiones de esta región, ni de todos
los regulares o clérigos, sino de algunos que son muy pocos,
y no desacreditan a una religión ni provincias enteras
[ss] 2, número 2, ¿porque quiere que sea suyo el agravio, dando indicios
de que es suyo el hecho? Cuanto más cuerda anduvo
la compañía de Jesús en subscribir con su elogio, pues

con eso se hizo afuera de la queja. Y dio bien a entender
que no sentía en sí causas que la motivaran [que]
no fuera mejor [que] salir todas elogiando y aplaudiendo
tan justo sentimiento contra los abusos que se temen introducidos;
y declararse en un mismo sentir de la calidad
de los males, pues esfuerza que si saben los mandamientos
sin más teología los detesten; y dar a entender que no
los permiten, que antes los persiguen y castigan. Y que
si suceden, no es por uso tolerado sino por ignorancia de
algún particular. Y que sólo se eximen del castigo los
que no llegan a la noticia. Y holgarse de que conste a todos
lo que es lícito para que no pasen de ello por ignorancia.
Y que se tengan in promptu las leyes para que más perfectamente
se guarden [el] padre que anduvo poco político
y menos celoso del decoro de su religión.
Que pretendiera a lo 2.º no se puede llegar
a pensar si no es haciendo la salva a sus estudios.
Pues todo está expresamente condenado en las
cédulas de su majestad, que el señor Don Salvador Gómez
de Espinosa propone pidiendo su observancia. Y
la materia [está] prohibida de la razón que
están de sobra las leyes para el que usare de ella. No
quiero hacer inducción de cada una para que no salgan
apagando candelas contra mí por infamador del
estado eclesiástico. Porque en opinión del reverendo padre
predicador, lo mismo es decir lo que es lícito a un estado y
señalar los tropiezos de él, y lo en que se suele faltar por el
desorden de alguno que informar aquel estado. Pues si
ni su religión aprueba el hecho con su doctrina, ni
con su ejemplo, ¿sobre qué son las voces si no decir
que es justo lo que se propone y digno del cuidado de
todos los eclesiásticos? Y que por tal lo cela su orden y
vela en la ejecución y no hacerse delincuentes
de lo que no han hecho.
Hasta aquí mis sentimientos. Ya es tiempo de acudir
a las satisfacciones, recurriendo las calumnias que
impuso el reverendo padre predicador, examinando la verdad
de ellas y la razón, si la hubo. Llama «papel infamatorio»
el del señor Don Salvador Gómez de Espinosa. Yo
le quisiera preguntar si sabe qué cosa sea libelo infamatorio.
Porque por lo que dice, me hace pensar que no lo
sabe. Sepa, pues, que ni rastro de libelo contiene el papel, porque
lo 1.º, el papel va firmado. Y nunca el derecho civil
presume del que firma un papel que lo hizo con ánimo
de infamar, sino usando del derecho que todos tienen
a favor de la república de pedir enmienda de algunos
delitos. Y así solamente se presume ser libelo
infamatorio cuando se publica sin autor. Y estos, si se hallan,
pueden ser castigados a instancias de la parte ofendida

[la] única [c.] defamosis libel y la [l.] 3, título 9, parte 7. Lo 2.º ha
de constar de la siniestra intención de infamar. Porque
si se expresa otra cosa y consta que es para impedir algún
daño, si es de los gravísimos, aunque vaya sin nombre,
no es libelo. Y por él está obligado el juez a cautelar, aunque
no podrá proceder judicialmente contra el infamado.
Y de los otros que no son nocivos a la república, [yasa] poniendo
el nombre, ya ocultándolo solamente será celo indiscreto.
Y no será libelo toda esta doctrina de Molina
de [just. tract. 4. d. 35.] Y a favor de lo último,
pondré sus palabras número 3. [Si vero illas obtulit bono
zelo, prelato ac. judici ut malum caverent ac impedirent in
futurum pendens sane neq ineo peccavit neq ulla pena
ea de caussa erit puniendus.] Y sea lo que fuere en el derecho
canónico, solamente se juzga por libelo infamatorio y se castiga
como tal cuando él que lo hizo no sale a probar lo que en él se
contiene. [Ejemplo, capítulo 1, q. 1.] Vea, el reverendo padre predicador, si quiere
que se liquide esta condición.
Otra condición es que lo que contiene el libelo no sea
público, sino oculto. Y el libelo se ordena a hacerlo notorio, que
todo lo contiene sea público. No hay duda ni es materia
la que contiene el libro que se pueda ejecutar sin testigos, que siempre
lo ha de ser todo el pueblo. Y si no es público, como hay tantas cédulas
que condenan esas cosas, todas a instancias de los señores gobernadores,
oidores y arzobispos, como hay tantas provisiones reales
a instancia de los señores fiscales de su majestad, la duda no puede caer
sobre el hecho sino sobre los agresores. Y de eso no determina
el papel del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, antes anda tan
templado que dice que son los menos. Pues ¿qué infamia añade
el papel cuando la templa con su cordura, suprimiendo los nombres
de los más infamados, cuando en algunas cédulas los expresa
su majestad, porque la notoriedad fue tan grande que allá alcanzaron
sus voces? ¿Qué infamia añadiría a la contraída cuando expresara
lo que [está] de contado en el real consejo de Indias y
en esta real audiencia? Si quiere el reverendo padre predicador [que] se
llegue a la prueba, pida las cédulas y no sea tan ingrato
a la cordura del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que para
su abono en lo obrado le obligue a imprimir las cédulas
por donde conste lo omitido. Vea, el reverendo padre predicador,
a su General Sousa sobre la bula de [clem del argitio
nibus], y verá lo que se puede y lo que se excede. Y pese con ese
exceso los estipendios y sabrá de dónde sale aquella
superfluidad.
Lo otro, ¿no puede ser papel infamatorio una proposición
de parte legítima, en legítimo tribunal, ordenada
a obviar inconvenientes y quejas de los naturales y mucho
menos, del modo que el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
la propone, que es proponiendo las cédulas y pidiendo la observancia?
Pues además que eso, ¿le compete a un ministro y más consejero
por el mismo título que le compete a su majestad el
hacer las leyes? Si estas no son injuriosas, tampoco lo

ha de ser la pretensión de su ejecución, y aun menos se
requiere para este. Porque para pedir su cumplimiento, basta sospecha
mayor conveniencia, y para la ley constante razón para
hacerla. Y como no infama la ley y provisión real contra eclesiásticos,
menos podrá la acción de pedirlo, que no tiene fuerza hasta
que el decreto aprueba la razón. Y no siendo justo, se deniega.
Y si es dudoso, se pide (aunque sea el señor fiscal de su
majestad el que lo hace) que lo verifique. Y así, el pedirlo, como
no supone aun la averiguación del hecho, no puede infamar.
Tanto como el decreto, que en virtud de la verdad se
hace que esto les competa a los ministros. Bien se ve por las
cédulas de su majestad en que semejantes desordenes, y expresamente
algunos de los que propone el papel [que] encarga a los
señores de la real audiencia los obvien. Y eso no se puede
hacer si no hay quien los proponga [que] se recorran las cédulas
que cita el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, cartas
y órdenes de su voluntad, remitiendo a los gobernadores
y audiencia su ejecución. [Vide] número 35, 36, 48, 53, 54, 58. Véase
en el número 57 la doctrina de Solórzano y Bovadilla, que les
toca a los ministros de su majestad (los que, como sus consejeros,
inmediatamente lo representan) prohibir los inconvenientes
conteniendo a los eclesiásticos en lo que no pareciere
convenir al buen gobierno de los vasallos de su majestad. Véase
número 6, donde reprende su majestad la omisión que en esta
parte tienen sus ministros, y manda [que] se publiquen de
nuevo las cédulas para que mediante su noticia velen
a la observancia. Véanse número 1.º la cédula de 11 de diciembre
de 1613, en que la majestad de Felipe 3.º, tan católico
y [santo] rey, dice que constan estos excesos por informaciones
que se han hecho. Y habiéndose hecho algunas
en diferentes partes, se halla hacerse las dichas derramas
con mucha libertad y exorbitancia, dice la
cédula. Y declara después que es lícito hacer dichas informaciones,
no para conocer de la causa, sino para informar
con verdad a su majestad para que provea el remedio. Si es lícito
para el remedio averiguar el mal también, será lícito
el proponerlo. Pues el fin de la enmienda no se
puede conseguir sin esos medios, y más con los términos
que usa el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que
no llegan los más rigurosos a los más templados de
las cédulas y provisiones reales. No ha tratado de hacer
información el señor Don Salvador Gómez de Espinosa como
podía, que si la hiciera ahí fuera ello el publicarlo
por descomulgado, enemigo capital de la iglesia
y religiones, pues sin eso le llaman su perseguidor
y enemigo que [in testinamente] las aborrece. Pero tanto
puede hurgar que le obligue su verdad y decoro
a ese desempeño.
Finalmente, si este papel fuera infamatorio,
lo serían tantas cédulas de su majestad, tantas

provisiones de esta real audiencia, tantas peticiones de los
señores fiscales que si no fuera prolijidad, pusiera aquí a la
letra. Porque viera, el reverendo padre predicador, con cuán diferentes
términos ha tratado la materia el señor Don Salvador
Gómez de Espinosa. Y para que esta que llama «persecución» (comenzada
por el señor Don Sebastián Hurtado de Corcuera)
sepa qué es más antigua, tocaré algunas que contienen
la materia y verá cuán antigua es la queja. A 4
de febrero de 1699, expidió una provisión esta real
audiencia para que no se echen derramas a títulos de las
fiestas, procesiones y misas nuevas. El mismo día, se despachó
otra para que los religiosos ministros guarden en los derechos
el arancel del señor don Fray Domingo de Salazar. A 8 del mismo,
provisión para que no se consienta [que] se valgan los religiosos de
los indios sin paga. A 12 de octubre de 1600, otra provisión para
que los religiosos y clérigos paguen las hamacas, equipaciones,
pescado, huevos ―todas a instancia del señor fiscal de su majestad,
el licenciado Jerónimo de Salazar y Salcedo―. Y después acá
se han despachado tantas que sería nunca acabar quererlas
referir. Y llamarían a este mi sentimiento papel infamatorio.
Luego no comenzó el señor Don Sebastián esta persecución,
sino que las quejas de los naturales la excitaron. Y siempre
se ha ido continuando, porque nunca se ha alcanzado la enmienda
que se desea.
Además que el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
no ha pretendido en este papel más que hacer presentes
las cédulas. Y a los ignorantes, su obligación. Y decir
las cosas en que los ministros pueden tropezar, para
que nadie se ofusque cuando viere algún ejemplar,
entendiendo que porque lo hace el eclesiástico, ya
está justificado. Que para los ignorantes, es el mayor
derecho el del ejemplar, que es la teología de los
alcaldes mayores, «así lo usó mi antecesor» etc. Así
puede ser que diga algún padre [doctrincente] «yo lo
hallé asentado en este pueblo», se usa dar al reverendo padre
esto y esto, hacer esto, esto otro, con que él parece que va seguro.
Y como en estas islas puede haber algunos que administren
sin letras, aunque haya sucedido raras veces,
el caso es bien lo vean definido para que ignorantemente no suceda
otra vez. Y así, cuando fuera verdad lo que el reverendo padre predicador dijo,
que por uno u otro no se había de hacer ley, se engañó. Porque
aunque fuese uno u otro (aunque en esto le ruego [que] no apure
mucho, que no le saldrá bien), en estas partes conviene prevenirlo
para lo venidero, además que siendo las cosas muy dañosas.
Un accidente basta para que la ley lo prevenga y el ministro
solicite la prevención y cautela de la ley. Para estos es conveniente [que]
se imprima lo que es lícito y lo que no claramente. Porque si lo
ven impreso, creerán que es así. Que si no, aunque diez teólogos
lo persuadan, no alcanzarán más que ser despreciados. Dirán [que]
les miren, «qué saben de esto», «ni qué experiencia tienen de indios».
Y con esto se quedan muy consolados. Y aun a los doctos les
importa para poder convencer a los alcaldes mayores, que

con los pareceres de los tales les parece que se van sin tropezar
al cielo. Consultó un alcalde mayor a un buen
teólogo, que le dijo lo que debía hacer. Pero como él no buscaba
lo que le convenía, sino lo que quería, se fue a otra tienda y topó
un eclesiástico, que luego, sin dificultad, aprobó lo que deseaba.
Con que triunfaba el alcalde. Y decía [piezan] los
padres, que sólo ellos saben lástimas, que cada día se ven porque
como la presunción está igualmente para los ignorantes y los
doctos, no han de ser tan descorteses que descubran su ignorancia.
Se queda con avilantez para dar semejantes sentencias.
Y si proponer a un estado en general lo que debe hacer y lo que
debe evitar es infamar el estado, serán papeles infamatorios
todos los doctores morales, que escriben de regularibus, porque
les proponen lo lícito y lo ilícito. Y así, serán libros infamatorios
los tomos de Suárez, de [religione lozana de statu regulari]
y otros muchos.
Dirán que eso se ha de tratar con quien lo puede castigar.
Y que, siendo tres o cuatro los que eso hacen o han hecho, no se
ha de hablar con esa generalidad. A lo 1.º digo que tendría mucha
razón si se tratara en aquel papel del castigo, que entonces
se debía acudir al juez privativo de la causa. Y el
tenor del papel bastantemente declara el intento, pues habla
en general sin individuación de personas ni del hecho,
que no es lenguaje proporcionado al intento del castigo. No
trata el señor Don Salvador sino de prevenir los accidentes que
pueden agravar la miseria de los naturales. Y para ese
fin es lícito proponer los medios o pedirlos a quien, como
protector de la fe, ejecutor del Concilio tridentino y
cánones padre extraordinario de la república, le compete
el dictarlos. Que es al rey nuestro señor a quien, además de esos
títulos, en primer lugar le toca la corrección fraterna (común a
todos los fieles), el ubicar los escándalos y la defensa de los vasallos
injustamente vejados. Y más en materias que están in fieri, en que
se trata de impedir el mal y no de castigar el hecho. Y todo lo que
a este fin puede obrar su majestad [solicitando] sus ministros. Y que «el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa no trate de cosas pasadas sino de
obviar males venideros»: se saca de la conclusión que cierra
todos sus discursos, que no remata pidiendo satisfacción de
excesos determinados, sino remedio para otros, que amenazan
venideros si los malos ejemplares —con la tolerancia—
cobrasen fuerza. Y si cita ejemplares de lo pasado en general,
es para que se entienda que se pueden temer en lo venidero.
Que de lo una vez sucedido, prudente se infiere un recelo
para lo venidero. Pues el mundo siempre es el mismo, y lo
que sucede hoy es lo que sucedió ayer. Y unos tiempos son
retratos de los otros, sin que las crónicas —después de prolijas
narraciones— nos den otra cosa de nuevo. Que los hombres,
y en orden confundidos, solamente al cabo nos demuestran
unos mismos sucesos. Vitia erunt donec homines, escribió
el gran Tácito.
Que a su majestad le pertenezca el título y derecho
de protector de la iglesia y sacros cánones

de los eclesiásticos, cuya voz siguen. Salgado, [De protect regi,
t. 1,] parte 1, capítulo 1, preludio 3. Simancas, [De catholicis instit],
título 45, número 35. No necesario valerse de esas razones cuando
el derecho natural es tan notorio y en la escritura tan
favorecido, como se saca de Jeremías 21: Eruite vi oppressum de
manu calumniantis ne forte egrediatur ut ignis indignatio
mea et succendatur. Salmos 81: Eripite pauperem et egenum
de manu peccatoris liberate. Eclesiastés 4: Libera eum
qui injuriam patitur de manu superbi. [Llare c.] subvenite
oppresso. De todo lo cual saca una legítima consecuencia
el angélico doctor [opuse 19], capítulo 15, que es de varones
perfectos y oficio de la caridad el librar de la opresión
a los afligidos y deshacer o resistir a los agravios
que les amenazan. Ex quo patet quod perfecti viri
debeant se ultro ingerere ad aliorum injurias repellendas,
etiam non provocati. Ad officium caritatis
pertinet quod aliquis oppressos ab opprimentibus
liberet. Esto, pues, pretende el papel, pues casi todos
los puntos que contiene son manifiestas injusticias
y se funda la inmunidad de los indios de las tales
cosas. En principios [per se nota] de la ley natural esto
en rigor a todos compete cum moderamine
inculpate tutelae; y en los príncipes con especial
obligación por su poder, al cual es tan fácil y suave la ejecución;
y por ser parte legítima en las causas de sus vasallos como cabeza del
cuerpo de la república, y por la misma razón a sus ministros, y más
en partes tan remotas, donde son sus ojos para el cuidado y sus
manos para la ejecución. Esto ostenta su celo, y esto conseguirá en
los malos la vergüenza, y en los buenos la doctrina. Con que o no se
afectará la ignorancia, o no se atreverá a tanto la insolencia. No
importa que allí muerdan los dientes y aun la presa. Y como se
{Al margen izquierdo: que allí dejaran}
consiga esto, no hay que hacer caso del estrago que les promete la
indignación a los otros. Satisfaga el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
a la injusticia y a su celo con Job, que decía capítulo 29: Conterebam
molas iniqui, et dentibus illius auferebam predam. Que esos bocados
los sufrirá el papel, y dolerán en las manos del que rabioso
se arroja. No importa que ladren, que a la verdad nadie
la puede morder. Aunque todos se cieguen contra se entereza,
son saetas de niños que no pasan el sayo.
A lo 2.º digo que quisiera saber a quién se ha de recurrir.
Dirán que «a los prelados y superiores». A eso digo yo: Lo
1.º, que los prelados y superiores no pueden estar en todas
partes. Y que por más celoso que sea, conseguirá la observancia
en los puestos vecinos a su asistencia, pero en los remotos
será lo que los ministros quisieren. Porque no les alcanza

la visita o porque cuando el ministro la teme, le es
fácil gratificándose con los principales [y] enmudecer a los
demás. Con que no hay quien hable palabra y las cosas se quedan
como de antes. Ello es que se ha de reducir a escrito y a
pruebas. Y no habiendo quién deponga, importa poco la noticia
del prelado para la corrección. Y así siempre importará
más esta noticia. Porque patente a todos como no se podrá
negar unos, se corregirán a otros. Y el ministro por temor
del alcalde mayor, y el alcalde mayor por temor del
ministro, se irán a la mano en todo. Este es el intento
del papel: dar a entender todas aquellas cosas son ilícitas.
Y como en esto convenga el reverendo padre predicador y
este mundo de Filipinas, poco se le dará al señor Don Salvador
Gómez de Espinosa de quemar el papel. Que en él, para su
justificación, se ha de prescindir de si se platica o no lo que
contiene. Pues no pone en eso el esfuerzo y asentar qué es ilícito,
qué es lo que se lleva el estudio y el conato. Y así se le
puede aconsejar al padre predicador, que de los gritos
a compás y con orden diga muy enhorabuena. Que
«eso no lo hacen los frailes», que «es imposición», que «no reñiremos
por eso»; pero de otras tantas voces diciendo que
aquello es ilícito e indigno de que religiosos lo apoyen,
y si hay algo dudoso de a cada cosa la calificación que
hallaré en conciencia, si es que tiene letras para hacerlo.
Pero a carga cerrada dar gritos contra el papel es
destruir las costumbres, ensanchar los tragaderos
de la codicia. Porque el plebeyo, el pobre ignorante y el
ministro sin letras, oyendo sus excandecencias, entenderá
que el libro contiene doctrina falsa y herética, y que es lícito cuanto
allí se condena. Con que se confirmarán en su doctrina, y el
que tuvo ingenio para dudar a quién reportaba el recelo
de ofender con esa definición —que les parecerá de concilio— le parecerá
que no hay que dudar en cosa. Y se quedará más asentado
el error y más imposible el conocimiento. Diga, pues, que
ello es malo por impreso. Que el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
dirá por impreso que nadie lo hace, o recogerá su papel
para que ni en duda conste.
También me queda un escrúpulo acerca de los superiores.
Y para mi quietud quisiera preguntarle al padre predicador.
¿Qué se ha de hacer si los tales superiores apoyan
los mismos abusos y piensan que defienden su jurisdicción en
sustentarlos? Entonces, ¿a quién se ha de recurrir? Dirá
que «al señor arzobispo». Pobre arzobispo. Si en eso se metiese, tan
lejos quedaría de salir con ello, que antes acabaría la
vida. ¿Que de pesadumbres habría de sufrir, que desaires
padecer, que de calumnias había de tragar? Pregúnteselo
a su ilustrísima y yo apostaré que elige antes pasar por
las pruebas de la persecución del Japón que por las de la
contradicción de los religiosos. Que aquellas honran con la
aflicción, y estas afligen con el descrédito. Pues faltando

los ordinarios medios, no sólo son lícitos sino necesarios los extraordinarios
cuando estos lo fueran. Que no lo son sino muy aprobados
del uso y práctica de toda la monarquía, a dirección de los hombres más
sabios y más justos de toda ella, cuales son los que residen en sus
consejos, de donde la dirección y la ejecución emana para todo
lo hacedero y para obstar a todo lo ilícito cuando los vasallos de su
majestad son interesados. Además que, como este papel mira a la
instrucción y a desterrar la ignorancia, haciendo manifiesto lo que se
puede oponer a la justicia y no a la corrección judicial mal
castigo, tanto necesitan y más del remedio los superiores que los
súbditos, cuanto están más obligados los que han de guiar a otros
a vivir a la luz de la sabiduría, para que un ciego no guíe a otros
ciegos a la común ruina. Y más en el estado regular, cuyo
conato es la perfección. Del cual no se debe presumir que a sabiendas
se quiera nadie perder. Y como es más fácil de persuadir el sabio
—porque entiende fácilmente la razón y sus obligaciones— así es también
más pronto para la enmienda.
De la otra parte, que contiene la respuesta si son pocos o
muchos los que en esta parte han faltado, contraviniendo
a la justicia y cédulas de su majestad, no quiero disputar. Porque
no son todos los puntos que contiene el papel tan generales
que la falta sea igual, sino que hay más y menos. Y en algunos el uso
o abuso ha hecho a los muchos descuidados, y en otros su exorbitancia
a pocos atrevidos. Y porque el dicho papel no tanto lamenta lo pasado
cuanto previene lo venidero. Que lo primero, hartos deseos
y aun suspiros le han sacado a su majestad, y hartos desvelos
a sus consejeros. Y lo que tan noble empleo halló la compasión
real, no lo pueden engrandecer nuestras voces.
De donde claramente se infiere que ni este papel
infama, sino que advierte y previene. Que no desacredita,
pues añade, señala y de lo indeterminado lo reduce
a tan pocos, que no pueden desacreditar a los muchos de los
buenos. Habla con tanto decoro y latitud que no puede
sentir menoscabo. La estimación de los primeros reduce
el número a cuatro o seis, número 2, [ss] 2, las excelencias de los muchos
que dice son los más las encarece. En el número 12 del mismo
[ss], en el número 5 del [ss] 3 y en otras muchas partes del tratado,
se hace panegirista de sus virtudes. Pero la malicia no tiene
ojo para lo bueno, y sólo sabe dar visos de su condición a la dudosa
mira. Más honra, pues, que desacredita. Y en lo que reprende,
solamente pide atención a las santas leyes que su majestad
ha mandado ejecutar sobre los mismos puntos. Y se ve la mala
consecuencia que el reverendo padre predicador infiere de que si se le antoja
a un señor oidor infamar y castigar a un sacerdote y desterrarlo,
que ha de tener poder para ello. Pues ni el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
pretende el castigo sino el aviso de sus obligaciones, ni en estas islas
tenemos ejemplar que oidor alguno se haya tomado tal poder.
Y así, ni a posteriori se sigue tal consecuencia, pues esta infiere
de los efectos de las causas. Y no hay antecedente de donde tal
poder se deduzca, pues no nos propone efectos de su ejercicio.
El cuidado le atormenta de que se publique en
todo el mundo el papel para el desprecio de los ministros

lo puede deponer, considerando la templanza con que
habla después de modificar las faltas que las atribuye
a pocos con tal indeterminación que se queda él todo con su
entereza. Y cuando pudiera resultar algún dudoso
concepto de la pureza del estado, será efecto de imprudente
arrojo o resolución inconsiderada. Pues nadie puede extrañar
que en comunidades de hombres ―y no de ángeles― haya
algunos que como tales tengan algunos accidentales defectos
introducidos de la ignorancia. Además que el papel
no se ha destinado a la publicación, sino al informe que
como ministro debe hacer a su rey de lo conveniente.
Y si la calumnia no hubiera hecho tanto ruido, ni aún
en Manila ―con ser pueblo tan corto― llegara a tanta publicidad.
Pero los encarecimientos de la engañosa aprensión
y el alboroto de la malicia ha movido con el estruendo
la curiosidad del vulgo. Con que todos han deseado leer
el papel. Y después del sermón, a gran precio lo deseaban
hallar. Y no teniendo acá precio los libros, la oposición le ha dado
a este más estimación. Si el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
hubiera pretendido la publicidad y no el remedio, se contentara
con 140 cuerpos, que apenas podrán satisfacer a la
curiosidad de Manila. ¿Qué ha de hacer en el golfo del
mundo tan corto, número que ―aun para el informe de los
ministros que deben atender el examen de las materias
que se proponen― no ha de alcanzar?
Vamos individuando más en particular
las impiedades de que acusa a este papel. Exclamó
el reverendo padre predicador ―muy estirado de cejas― «Ay,
desdicha como esta de los sacerdotes y religiosos de
Cristo que se haga de mal aun una palabra de cortesía
que se da a cualquier seglar. ¡Que el estado más alto
delante de Dios y sus ángeles ha de andar tan
ultrajado de los hombres!» Cuando me contaron estas palabras,
entendí que trataba de vos a los eclesiásticos o con
otros términos de menos decoro. Y recurrí al papel
de donde hallé que a los provinciales llama «venerables
y devotos provinciales», título honroso que les da
su majestad. Y de que aun nosotros ―que los miramos
de menos altura y con más aproximación― no
usamos ni en el ordinario lenguaje de otros equivalentes.
Pues con un reverendo padre provincial pagamos al
más estirado y los religiosos con un padrenuestro. A los
demás llama «padres». Que no sé que haya otro más
honroso, pues los más ilustres emperadores se honraron
con él. Jenofonte llamó «padre» al rey. [L. 8 De padia
cyri]. Con el mismo título lo honró Platón. Libro 16, De
regno. La misma dignidad le dio el sabio judío
Filón [l. decreat.e princ.] de donde se ve la verdad
de la calumnia. Y qué más atendió a espantar
con alharacas que a convencer verdades. Y si el mismo fundamento
tienen los demás sentimientos, fácil será aliviar

su santo celo de esos dolores. Lo que veo del estilo del reverendo padre predicador
es que pecó más feamente en lo mismo que reprendió.
Y que así, no miró a la corrección, sino al agravio. Pues para
esta se ha de anticipar el ejemplo para que no desmientan las obras
la doctrina de las palabras. Y que castigó Dios su murmuración mal fundada
con el defecto manifiesto. Y que pudo decir sin bajarse del púlpito
lo que el otro monje en todo lo que murmure de mi hermano he incurrido.
Pues tan descortésmente trata a los ministros de su majestad. Que llama
a un consejero «ese hombre», y a un gobernador tan ilustre como el señor
Don Sebastián Hurtado de Corcuera con sólo el apellido «de Corcuera», como si
fuera un cochero, siendo cierto que no sólo de cortesía sino de justicia se le
debe un señor al lado del nombre a cualquier consejero. Y si no alcanzó
esta política, recurra a la de Bobadilla y hallará que ese honroso título
se les debe aun en ausencia, y de la práctica lo podía haber aprendido.
Pues los señores virreyes ―con ser superiores― y presidente los
llaman «señores». Y toda la real audiencia representa la majestad
del rey. Nombrándolos en particular, los llama con el mismo estilo.
Y no reduzca a religión su grosería cuando falta a la justicia, que
antes desacredita más su estado el descomedimiento cuanto el
desprecio arguye menos humildad y mucha soberbia. Y
la buena crianza, que en las religiones se enseña, le acusa
y advierta que ni es más celoso que San Pablo, ni entendió más
la doctrina cristiana que el maestro de ella y doctor de las gentes.
Y le enseñó con su ejemplo este mismo comedimiento. Pues llamó
«óptimo» a Festo, siendo perverso y gentil, [Act.] 26. Lo cual dice el
Cardenal Baronio, no fue guiado de la adulación, sino obligado
de la justicia por ser aquel título cortesía que se guardaba con
los magistrados. [Non id adulationis caussa facit sed quodes set
titulus in magistrat constitutis dari solitus Baronio an 59, 2.]
{Al margen izquierdo: [vointine]}
Pues el título de señor es la cortesía de vida al respeto de la dignidad
de consejero, no le diera cosa de su casa el reverendo padre llamándole señor.
Y faltó a la justicia, negándoselo y dándole el título que dan
a un sentenciado: «ese hombre». Y advierta, si no lo sabe, que la descortesía
que ofende a un consejero tiene el mismo orden de desacato respeto
de su majestad como la que se hace de obra que por el mismo caso.
Y por la misma razón es crimen lesa majestatis, como doctamente
lo infiere Sixtino de Vega, libro [l.] 2, capítulo 2, número 24 del contexto del
ley. [quisquis c. Ad leg. sul. majest.] Véase lo que con especiosa erudición
exornó en este punto el mismo señor Don Salvador Gómez de Espinosa
en el discurso jurídico histórico y político sobre la restitución
del gobierno a la real audiencia. [Punt, bex.n, 62 et seqq.]
{Al margen izquierdo: [s ^]}
Aprenda, pues, cortesanía antes de subir al púlpito. Y no se arroje
inconsiderado contra la majestad y tan en ofensa de ella. Y más
contra un gobernador. Que aunque no tuviera más que el serlo sin otra
excelencia de virtudes, por los resplandores del cargo merece
superior respeto, pues es la imagen más viva de su majestad,
y en partes tan remotas con toda su autoridad sin otra limitación
que la dependencia. Que aunque hoy se halle ausente en los
reinos donde ejerció el cargo, queda con las mismas obligaciones
el respeto. Pues así, [como es] el desacato, son relativos al cargo
{Al margen izquierdo: ^ como es}
y a las acciones que con esa autoridad ejerció. Cuanto y más
con caballero tan ejemplar, que en tanta autoridad puso el sagrado
culto, que con tal pureza de costumbres vivió. Que, con haber
su mucha autoridad dado tanto licencia a las lenguas, nunca

hubo tan atrevida que manchase el decoro de su pureza; el
que con su valor dio tanto lustre a las armas y ―a costa de
fatigas y peligros increíbles― libró a Manila de tan grandes
peligros y a las islas del rigor de los enemigos, cuando más
insolentes los tenía su seguridad y refreno, castigada su
crueldad con escarmiento que hasta ahora ha sustentado
el temor, frutos [de] la dilatada paz de su valiente resolución
y trofeos de su piedad, tantos ornamentos y vasos sagrados
rescatados del ultraje impío y destruidos a lo honroso de su
ministerio. A este, pues, llama «Corcuera», como pudiera a un criado
suyo. ¿Esta es religión, este es celo, esto es predicar? No es
sino insolencia, agravio y furor. Yo sé que no le dirían esto
en la celda si no es que le hablara el ángel de las tinieblas.
La 2.ª impiedad de que acusa al papel del señor Don
Salvador Gómez de Espinosa es por la guerra que rompe contra
los ministros. «Toda su batería es», dijo, «contra los ministros
de las almas fundando la libertad de los indios en que no obedezcan
más a sus padres espirituales, con que no hagan ya caso
de ellos. Con que respeten más a un seglar que a un sacerdote
de Cristo y predicador del evangelio, más que a los que les
administran los sacramentos». Yo no sé de qué antecedentes
saca tan grandes consecuencias. Gran lógico debe de ser el reverendo padre,
pues tan concertadamente arguye [que] decir en general a un estado lo que es
ilícito no es decir que no se le guarde el respeto debido. Esto pretende el
papel y esto prueban sus leyes y doctrina. Pues ¿de dónde se infiere lo demás
si es porque encarga que se estorbe la ejecución de lo ilícito? Y
esto es desobedecer y esto es dar autoridad a un seglar. Bien se ve
que la obediencia ha de ser de cosas lícitas y que el obedecer en cosas ilícitas
no es virtud de obediencia sino afectada malicia. Y si esto es dar
autoridad, no la da el papel porque cualquiera la tiene para resistir
a lo ilícito con el respeto debido. Y no se espante que le falte esa autoridad,
ni llore tan lastimero su privación, pues la misma tuviera aunque fuera
obispo. Pruebe 1.º que es lícito la compulsión de lo contenido en el papel ―y entonces
sacará un título de vicario del ordinario y podrá mandarlo―
y al que no obedeciere compelerlo a ello. Y el que en contrario enseñare
algo, ese se dirá que hace guerra y persuade la desobediencia y desacato.
Con ser la obediencia que profesa el religioso más rigurosa, no sólo
no está obligado a obedecer al superior en lo ilícito manifiestamente,
pero ni en lo dudoso si no es deponiendo antes la duda. Consta de Lessio,
[De virtute religionis, libro 2, capítulo 41, dub 9, número 76. Y de Adrián quod, libro 2 a 2 lit 0]. Y
no sólo en lo dudoso de malicia pero ni en lo que excede al rigor de su
regla, aunque en sí sea bueno, como lo puede ver en Córdoba, que es de su
religión sobre la regla de su orden. [Capítulo 10, q 2, en San Bernardo libro 1,
De precepto et dispensatione col 4. Y se colige de Santo Tomás quod libro 1 0
artículo 10] con aplauso de todos los doctores. Y aunque depuesta la
duda ―lo cual debe hacer el súbdito si puede― estará obligado a obedecer
según la mejor opinión con San Buenaventura [in 2 dist 39 artículo
1 q 3 Santo Tomás 1 2 q 96 artículo 6 in corpore Cayetán Medina, Ángel
Silvestre y Fumo.] Pero cuando la cosa cede en daño propio o
de tercero en honra y hacienda, mientras no constare con
certidumbre moral que el precepto y la materia son lícitas
hic et nunc, no estará obligado a obedecer. Porque en
duda no se ha de presumir que la autoridad del superior
quiera obligar en prejuicio de tercero. Es sentencia de Soto,

Medina y López, a quienes sigue Lessio, citado que sólo tiene limitación
cuando de lo contrario se siguiese grave daño al común o a la República. Porque
como este es daño mayor, ha de preponderar al particular. Y guarde
esta doctrina para cuando respondamos al punto de los tributos y
cargas a que atribuye la destrucción de los indios. Como quiere, pues,
el reverendo padre predicador tanto rendimiento en los indios que, en
materias —las más evidentemente ilícitas, otras muy dudosas y
otras por lo menos cargosas— obedezca el indio aun a los que no tienen
jurisdicción, si aun contra sus legítimos superiores les dan la razón
y leyes inmunidad. Y qué agravio se le haría al ministro en
enseñar a los tristes indios que estas cosas no tienen obligación de
obedecer siquiera para que no sientan la ejecución reconociendo
que solamente pende de la voluntad. Doctísimo padre, vuelva los ojos
a los curas de España, que muchos son hombres nobilísimos en calidad
y letras doctorados en las mejores universidades de España. Y vea
la jurisdicción que ejercen y considere el ruido que harían
si intentasen obligar a sus feligreses a las menores cosas que
contiene el papel, aunque me los ponga en el más desdichado
pueblo de Galicia. Pues ¿cómo pretende tanto de nuevos cristianos? ¿Han
de merecer menos por más rendidos, o puede su poca resistencia
justificar nuestro arbitrio? ¿Cómo quiere en el estado de la humildad
más autoridad de la que un clérigo secular pretende
en su parroquia? ¿Hay otras leyes acá, o es otra la teología?
¿No se lee acá también a Santo Tomás? Esto es lo que espantó al
señor Conde de Lemos y que no acabó de entender, como lo declara
en su carta. No aparta esta noticia a los indios de la fe. Ni de las iglesias;
antes les hace más amable la religión cuanto la ven más suave y
nada cargosa. Hartos casos podía sacar en prueba de esta verdad
pero omito. Porque por bien que lo oculte, diciéndole en general cada
cual, se querrá dar por entendido por acusar esta mi carta
de infamatoria.
Tampoco que me eche a discurrir el motivo de esta exclamación.
Me parece que di en el punto, todo este sentimiento
es porque este papel les quita el azote de la mano, el poder castigar a los indios,
sin lo cual le parece que no puede haber obediencia ni ministerio.
No creo que es juicio temerario porque esto es lo que más se ha
murmurado y lo primero que en las conversaciones se individua como absurdo
y tolerable. Y de la exclamación que hace contra el señor Don Sebastián
Hurtado de Corcuera, se colige por tratar de eso el auto que cita
el papel [ss] 2, número 69, mandando a los alcaldes mayores [que] no consientan
cárceles, cepos ni otros actos de jurisdicción. Aquí está el
punto del sentimiento. Esta [llamada] autoridad a un seglar
contra los religiosos, esta es la batería esta es la persecución que
comenzó el señor Don Sebastián. Y si esa es la persecución, batería y
desacato, diga que lo hace el rey que lo manda, y no el ministro que
la ejecuta. Lea el número 63, 64, 65, 68 y verá expresamente prohibido esto por
su majestad y mandado a sus ministros que no lo consientan; y mucho
de ello como lo relatan las cédulas a instancia de los señores arzobispos.
Diga, pues, que estos comenzaron la persecución que su majestad,
la autorizó y roboró con sus reales cédulas, y que el señor Don Sebastián
Hurtado de Corcuera obedeció como ministro en cosa con tal autoridad
justificada, pues su majestad no despacha esas cédulas sin
consulta de su real al consejo de Indias, donde hay varones
tan doctos y tan cristianos. Y en cosa que la instancia de

los prelados la asegura que defienden en esto su jurisdicción
y recurren por no tener fuerzas para conservarla
indemne a la clemencia paternal de su majestad, con menos
razón puede atribuir esta que llama «persecución» al señor Don
Salvador Gómez de Espinosa, que con tanta moderación y templanza
{Al margen izquierdo: habla,}
[habla,] que no excluye la paternal corrección que en los
indios bozales ha de ser como de niños con una o dos docenas
de azotes. Que ya se sabe que la gente común —en particular
en provincias no tan cultivadas— necesita de alguna
compulsión. Así lo declara en el número 101 del [ss] citado. Y
así lo ha confirmado, respondiendo en varias ocasiones
a los que tan rigurosamente han interpretado su dicho,
que se ha de entender cum grano salis, acomodándolo
a la necesidad del tiempo y lugares que bien se echa de
ver. Que en los pueblos vecinos a Manila se necesita menos
de estos medios por estar en más presunción los naturales
y que ahí puede haber otros más acomodados
y menos ruidosos. Y aun en las provincias de afuera
se ha experimentado, que sin eso hay modos bien
eficaces. Pues el que es mal oidor de misas siente
más que le hagan que una semana acuda a oírla
cada día que no los azotes, y escogería si le diesen elección
antes 40 y 50 azotes que esa vejación. A otros se les
ocupa en las cosas precisas de la iglesia, haciéndoles
limpiar el cementerio o el pueblo, dándoles alguna
vejación conforme a sus defectos que si son tales que
requieran más castigo. Bien se ve que no es decente que el
reverendo padre sea juez y el que se precia de defensor de los
indios sea verdugo si más autoridad pretende. Además
que será usurpada, será para afear su santo empleo, que
ha de ser de piedad, compasión y misericordia. Esto
quiere reprimir el señor Don Salvador Gómez de Espinosa:
los abusos en el castigar —que siendo en materia
de rigor luego suenan a crueldad con infamia de la
religión—. Y me espanto que de esto haya hecho tanto sentimiento
cuando vemos lo que cada día pasa y lo que cuando
más se combatía el papel. Por este punto sucedió que
si cuando importaba con la moderación desmentir
este artículo, sucede lo que todos saben, a vista
de las partes y de toda Manila, ¿qué se puede esperar
de una pasión con absoluto poder donde pueda obrar
sin este recelo que la reporte? Para lo lícito y conveniente
no son menester cárceles ni cepos, que esos sirven a la
seguridad del delincuente para el castigo. Y cuando
el castigo ha de ser leve, basta para prisión la reverencia,
la vergüenza y la razón.
Pero oponen una dificultad, que es la condición
que pone el señor Don Salvador Gómez de Espinosa de que haya de ser
por medio de los fiscales de los señores obispos. Que es
lo mismo que darles a ellos la autoridad, dejando
desnudos de ellas a los ministros aun para lo preciso
al cargo de curas para cuyo ejercicio en la esfera
a que se extiende es necesaria la compulsión. A eso

digo que para esos moderados castigos, como no necesitan de
autoridad judicial, tampoco necesitan de ministros.
Sino que, al modo que el padre de familia, por mano de
cualquier criado o hijo, castiga a los demás hijos y criados,
así lo puede hacer el ministro, por medio de los que asisten al servicio de la
iglesia: cantores, sacristanes, maestrillos de doctrina y criados suyos. Y
aunque concedamos fiscales y se les cometa la autoridad de castigar,
siempre es con subordinación a los ministros. Y así siempre cede
en más autoridad suya y nunca en menos respeto. Bien sabido es
del poco aliento del indio y mucha remisión, el poco brío que tiene
para con sus semejantes. Y que si no es a influjos del padre ministro
no tiene ánimo para ninguna ejecución rigurosa, temeroso
de incurrir en el odio y refrenado de su natural frío y
pusilánime. Y que para todo lo que han de hacer recurren al
padre para servirse del escudo de su autoridad y dando
su nombre a lo que hacen [y] eximirse de la indignación. Y siendo
así, más sirve el fiscal de un instrumento obligado a los
efectos de su prudencia que de estorbo a su obligación. Y más
cuando los tales fiscales siempre son los que el mismo religioso
señala para el tal oficio, sin que los señores obispos promuevan
a esos cargos, sino a los que llevan la aprobación
de su gusto y siempre a instancias de sus diligencias y con
determinado fin de fiscales de la doctrina para coadjutores
y ayudantes del padre ministro. Y si les pareciere desautoridad
que los nombres del señor arzobispo lo mismo podían alegar
en los gobernadorcillos, alguaciles mayores y demás oficios
que dan los alcaldes mayores. Pues también pueden alegar
que es desautoridad que un indio mande, castigue
y tenga más autoridad que religioso docto y santo. Y
como nadie alega eso porque la autoridad de jurisdicción
sin agravio la da el alcalde mayor a quien quiere, sin
derogar un punto. La de ministro, nadie se queja
de eso. Y si no, se siente ese inconveniente en lo secular porque
lo ha de haber en lo eclesiástico. Que no se experimente
es claro aun en lo secular, porque el indio [de suyo] humilde
y sin brío —por más gobernador que sea— no obra sin dar parte
al padre ministro, ni hace castigo contra su voluntad.
Y aunque de Mariveles para dentro no sea tanta la sujeción
por ser los naturales más despiertos, pero de Mariveles
para fuera no hay más gobernador que el padre. Porque
no se muere sin su voluntad, ni los alcaldes mayores
eligen sino al que los ministros quieren. Así por guardarles esa cortesía, como
porque saben muy bien que si el padre no influye con su autoridad ni el
gobernadorcillo ha de tener brío para cosa, ni los demás han de hacer
caso de lo que el ordenare. Porque en las provincias remotas, como
no han llegado por su dureza a entender la fuerza de la jurisdicción,
no hacen caso sino del que entre ellos es principal. Y sobre todos
del padre, que lo conciben superior a toda potestad porque ellos miden
el poder por la autoridad personal. Y esto no es usurpar la jurisdicción

como algunos ignorantes claman, sino darle alma
y cosa que se ha de hacer de necesidad; pena de que no habría
gobierno en el pueblo ni se entenderían para cosa ninguna
del servicio de Dios ni del rey. Pues si tienen tan sujetos
a los gobernadores y fiscales —como si ellos los criaran y les dieran
las varas— ¿qué importa que otro haga la ceremonia de la entrega?
Y más cuando es con tanta atención a su gusto, que no
se da sino al que el ministro señala, por lo menos en
las provincias de afuera donde los naturales no codician esos
cargos. Antes de ordinario los ejercen forzados por ser tan
cargosos y de ningún provecho. Y si no importa en los gobernadores,
¿porque ha de importar en los fiscales, que tienen de los
ministros más dependencia? Y si los padres ministros
son tan celosos de su jurisdicción y tan vidriosos en sus privilegios
que alborotan el mundo en tocándoles en ellos y
eligen sus jueces conservadores contra los mismos señores
arzobispos y obispos, como sienten tanto que los señores
arzobispos usen de la suya, y de que se espanta; si recurren
a su majestad a no poder más, y de que sus ministros
ya que hasta ahora no les hayan dado auxilio que haya
tenido ejecución en este punto, siendo cosa tan encargada por tantas
cédulas insten en ello cuando su majestad les encarga la ejecución,
¿no les basta sustentar exenta las personas siendo curas, sino que
también quieren que lo esté el pueblo de su prelado y las ovejas
de su pastor? Pues no permitiéndoles a los señores obispos poner
ministros para la justicia eclesiástica, viene a faltar la subordinación
que como fieles deben tener y el influjo que necesariamente
ha de dar la cabeza a los demás miembros. Del todo la
cual se hace y sustenta por los ministros mediatos que en
los pueblos ponen, puesto que los señores obispos no pueden influir
inmediatamente en todos. Guarden, pues, los religiosos
si quiera lo que es justifica, pues les concede tanto la cortesía de los
señores obispos. Y no se les haga de mal un tan pequeño reconocimiento
a la dignidad siquiera para que conste en los pueblos
que tienen obispo en esas pequeñas muestras de su poder, que
como he dicho en nada disminuyen el suyo sino que antes
la autorizan.
La 3.ª impiedad se la manda de esta suerte. «Que más»,
ya dice, «que no se barran las iglesias, que se dejen criar zacatales
en ellas para establo de bestias», ya dice, «que no se lave la ropa de
los altares y sacristía para el santísimo sacrificio. Padres míos,
que dejemos las iglesias y nos vamos, que ya no vengamos
más que se acabe y a la cristiandad de por acá. Que ya no
puede sufrir más duración de ella el demonio por medio
de ministros de justicias y cristianos». Este santo religioso
debió de pensar que hablaba con gente de las batuecas que sin
otras noticias que las de su sentimiento creerían cuando les dijese
fiados de la verdad. ¿Qué promete aquel hábito? Padre
reverendo, ¿no ve que habla en una ciudad donde los más de los
oyentes han sido alcaldes mayores, que no les ha de

dar a tragar todo lo que mal digerido vomitare? ¿No ve que los
más han leído el papel del señor Don Salvador Gómez de Espinosa?
¿No ve que le tenemos aún en las manos? Pues como se arroja a encarecimientos
tan disformes, ¿no ve que se reirá el auditorio? Y
en virtud de lo que ahí dice sin verdad, hará cuanto dijere sospechoso
pobre caballero si no se hubiera impreso el papel. Pues por no
desmentir a un religioso todos habían de decir que era verdad. Y
cuando hallaran otra cosa —la que realmente contiene el papel— habían
de decir que era corrección y que de miedo lo había ya enmendado
su autor. ¿Dónde dice el señor Don Salvador Gómez de Espinosa que no se barran
las iglesias? ¿Dónde que no se lave la ropa? ¿Dónde que se dejen las iglesias?
¿Por qué yo no lo hallo en todo el escrito? ¿Que sean eriazos
y pasto de brutos? ¿Así le enseñaron a interpretar las intenciones de sus
prójimos en la celda? No, que Dios no enseña malicias sino juicios
sencillos y verdaderos. Le debió de arrebatar tanto la pasión que hizo rapto
y se le olvidó el discurso. Pero es cierto que no lo arrebató Dios. Es
porque el señor Don Salvador Gómez de Espinosa dice en el número 29 del
[ss] citado que «no es bien que las doncellas y mozas casaderas se ocupen
en desherbar los patios, regar las huertas y traer ramas para las
enramadas fiestas». ¿Esto es dejar las iglesias? ¿Esto es que no se
lave su ropa? ¿Esto es que se vayan [pluviera] a Dios las iglesias?
¿Tuvieran tanta ropa que lavar que un día al mes necesitara de
esa ávida [pluviera] a Dios? ¿Hubiera tanta limpieza en su culto
que cada semana tuvieran las dalagas qué hacer en ese ejercicio?
Debía mirar que mucho de estas islas han visto las iglesias y saben
la ropa que tienen. No lo quiero yo individuar porque acá nadie
lo ignora, pero le ruego al reverendo padre predicador [que] no hable hasta
que haya discurrido por las provincias. Y dará mil gracias a Dios. Pero
al fin de esto no habla el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que es propio
ejercicio de mujeres. Y mucha razón que de limosna
acudan en eso al servicio del templo no sólo las muchachas
sino las matronas más honradas. Pero si del desherbar y regar,
¿por qué no es necesario que lo hagan mujeres ni decente? ¿No les
da el rey 13 personas reservadas en 500 tributos, que las aplican
como quieren? ¿No hay muchos partidos que tienen mil tributos donde
tienen la reserva doblada y muchos que pasan de mil y cuatrocientos
tienen más que una capilla en su cabecera? Fuera de los padres de la
compañía [que] no usan de ese modo de cabeceras, sino que igualmente
asisten según los tributos en cada pueblo. Y en todos tienen capillas
y sacristanes. Pues ¿qué hacen esos reservados? ¿Por qué no los ocupan en el
servicio de la iglesia? ¿Ítem no entran gruesas limosnas que gastan
de ellas en servicio de la iglesia? Y si gastan y no se lo lleva cada
particular, que es lo ordinario, ¿cómo no aplican algo para asalariar gente
que limpie los cementerios cuando fuere necesario? Ítem ¿no hacen faltas
los indios que ellos castigan ya de amancebamientos? Ya ve
omisiones a la doctrina. Pues déjense de penar en dinero,
que es sacarle la sangre al triste indio, y de azotes, que es hacerse
odiosos a sus hijos y los condene a limpiar ese cementerio que a tantos
da qué hacer. Ítem ¿no tiene el sábado a su disposición los baguntaos?
Pues ¿no bastarán esos para conservar limpio el cementerio? Ítem
los que tienen visitas, ¿no les obligan a los pueblos de las visitas todo
el año a contribuir baguntaos semaneros? Cuando hay algo que hacer

en las cabeceras —y muchos sin que haya que hacer sino por
tener ese servicio más— pues como ha de ser necesario que a eso
acudan las dalagas. Y más con el rigor que eso se ejecuta,
que aún no lo explicó el señor Don Salvador Gómez de Espinosa.
Que no es solamente los sábados sino que lo ordinario es y
asentado en las provincias de Mariveles para afuera. Que
todo el año asistan las dalagas en el pueblo sin que se pueda
ausentar alguna sin licencia del ministro. Grandes deben
de ser los cementerios, que todo el año dan qué hacer a tantos
que no sea decente andar mezcladas dalagas y jóvenes
o baguntaos en un mismo ejercicio en el campo o en
la calle. Ello se lo dice, pues ¿a qué se quedan esas mozas
en el pueblo para sólo barrer y lavar? No es posible. Fácilmente
se hallará la razón y se desharán esas
sombras con que nos pretenden confundir.
O con cuanta razón alaba el señor Solórzano el
ministerio de los padres de la compañía y encargase
[que] les entreguen cuantos ministerios fueren posibles.
O quien pudiera llevar y pasar al reverendo padre predicador
por sus doctrinas, viera como la escuela de niños se
compone de los pequeñuelos y niñas menores. Y sin
malicia, como en sabiendo la doctrina las separan
y desobligan a unos y a otras de la doctrina y escuela
cotidiana, y solamente les obligan a baguntaos y dalagas
a que acudan a repasarla el sábado. En ese día les platican
y los doctrinan. Y si hay que remendar en la iglesia,
lo remiendan. Y si hay que lavar, lavan ese día, recogiéndole
a casa de la maestra donde se reparte de suerte,
que no se ocupan una hora, por más ropa que haya. Con
ser así que la ensucian más porque dicen todos los
días misa. Y tienen más porque las limosnas las emplean
en eso. Entonces los jóvenes limpian el cementerio
si es cosa fácil de hacer. Y si no, se reparte para otro sábado,
de manera que no les sea cargoso. Pueblo hay que tiene
cien dalagas. ¿Qué ha de servir en el pueblo esa chusma?
¿De qué la maestra tenga en su casa una carnicería de
carne humana? ¿De qué los sacristanes y cantores y criados
tengan la ocasión a los ojos? ¿De qué el pasajero halle en llegando
la comodidad aparejada? De esto sirve el detener esas mozas en el
pueblo y de dar trabajo a sus pobres padres que en los pueblos donde la
asistencia es en la sementera. Como son los más de estas islas,
les es forzoso enviarles el sustento, privarle de su servicio
y gastar con ellas sin provecho. ¿De esto se sigue que las iglesias
sean zacatales acogidas de brutos y que las hayan de dejar
los ministros? Con menos comodidades tienen en mejor
tierra los curas limpian las iglesias. Y si quieren tener huerta,
asalarian un hortelano. Pero acá han de ser más señores
los curas porque son religiosos. Concluyo este punto con rogarle
al reverendo padre predicador que no se meta en consecuencias,
que no tiene buenos dedos para organista. Porque
como no sabe de formalidades, es desgraciado en

ellas. Glose lo que contiene el papel y no infiera, porque se echa
a perder. Que viéndole sacar tan primo diversas las proposiciones,
dirán que no oyó buena lógica, y otros que ni mala ni buena.
Estas son las exclamaciones, este el verbigracia
de los escándalos. Yo cuando oí el aparato de sus sentimientos
y las montañas de sus encarecimientos, entendí que era algo.
Cuando vi que parturiunt montes, nascetur ridiculus mus.
Si tan execrable es el papel, ¿cómo hace la prueba en lo
que contiene de menos consideración? Envían de
desherbar o no la huerta las dalagas cuando hay puntos
de tanto tomo. Y como ya que se hace juez, no administra
con igualdad la justicia. Y ya que condena
el asunto de las dalagas, no alaba y aprueba los
demás tan santos y bien advertidos. Porque esos
gritos no les dio proporcionados a la materia y en las
[dejomo] alzó más la voz para darlos a compás. Como no exclamo, que diga
ese hombre que se llevan derechos excesivos, que se tasa la limosna,
que esa se la lleva el ministro sin emplearla en el ornato. Que los religiosos
se sirven de los indios como quieren, que les compran por fuerza
cuanto quieren, que les paguen como quieren. Esos, si eran puntos
de consideración, grite sobre eso, bien que al mismo tono le responderemos
sí padre, eso se hace, eso se reprende, eso se desea enmendar.
Eso encarga su majestad, eso hasta ahora no se ha conseguido, eso deben
procurar sus ministros y aplicar todos los medios, eso solicita
el señor Don Salvador Gómez de Espinosa con su papel. Y eso debe hacer
como cristiano y fiel ministro. Clame ahora que está [inabsoluble],
que se condena su alma que a lo 1.º. Diremos sí padre, si el confesor
no tuviere más letras que vuestra paternidad que de los tales es hacer las leyes
de su imaginación e ignorar las de la obligación que bien previno
contra esa instancia la solución. El reverendísimo padre ministro Fray Joseph Lainez
en su privado cristiano, capítulo 32, [ss. 1.] por ser ese uno de los vanos temores
con que recurren para hacer de su parte al confesor del príncipe
y ministro, «tenga brío», dice, «para decir almas pintado esa no
es materia de confesión». No le dé, pues, padre, cuidado. Que está muy
lejos lo que ha hecho el señor Don Salvador Gómez de Espinosa de ser materia
de confesión. No le aflija, pues, la absolución del señor Don Salvador
Gómez de Espinosa. Mire por la suya, que harto peor se condena su alma
si no restituye públicamente la fama al señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
si no deshace el daño que ha causado en los ignorantes que, juzgando
por el hábito, la ciencia y la prudencia, les parezca que es injusto
cuánto propone el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, ilícito. Lo contrario de que
se seguirá tanto mal para los padres ministros eclesiásticos con
perdición de sus almas, de las de los alcaldes mayores, obrando
en fe de lo que dijo el reverendo padre predicador injustamente y en tanto
daño de los naturales justificando sus agravios.
Otra exclamación hizo fuera ya de la materia prorrumpió
de la temeridad con que se arroja a juzgar aventajándose a la
intención, que es reservada a Dios dándole la calidad de su
maligna intención o soberbia. Y vana presunción escribir papeles
públicos para acreditarse, para que se sepa que sabe

si este fuera el intento del libro, mal medio viniera
el señor Don Salvador Gómez de Espinosa tomado
para su consecución. Y sin disculpa quedará la prudencia
que lo dictó, conociendo su ineptitud. Y bien consta que la
previó, pues en el [ss]1, número 37, se traga inconvenientes
bien contrarios a los intentos. Que el reverendo padre predicador
le atribuye diciendo no es posible dejar de romper
este embarazo. Con que me expongo a calumnias
criminalísimas y a la ira sangrientas de los interesantes.
Pero quién obrar por acertar y no por contemplar
ha de despreciar estas cosas y proponer la verdad,
aunque sea a costa de persecuciones. Ocasiones hay
en que es gloria o deuda el peligrar porque es necesario
dejar el oficio o tolerar las propiedades de su
ejercicio. Pues si tan verdadero previno los peligros,
y lo que la inconsideración, la ambición y la avaricia hoy
intenta en su desdoro y se resuelve, incitado de su obligación
y fidelidad, a pasar por todos sus efectos, muy lejos
estuvo de destinar este escrito a su aplauso y alabanza, consagrándolo
todo a su celo. El que obra con esta consideración
prueba real hace de virtuoso y se purga generosamente
de la nota de soberbio. Porque la virtud, dijo Séneca,
apetece generosa los peligros y mira al fin, sin hacer
caso de los riesgos, porque aun el padecer es gloria.
En esa ocasión, avida est periculi virtus, et quo tendat,
non quid passura sit cogitat quoniam et quod
passura est gloriae pars est. Seneca. [De providentia], capítulo 4. Si no
reparó en sus peligros, si no le atemorizaron los agravios
bien ciertos en la libertad que en casos de su interés
usan algunos religiosos, ¿cómo sobornó sus aplausos?
¿Cómo lisonjeó sus elogios? Cierto o anduvo impróvido
en los medios o imprudente en su elección,
lo contrario consta de su ejército, luego no fue
la que el reverendo padre dijo su intención.
Sobrada disculpa es de las obras la conciencia
propia y las obras son de la conciencia la mejor
satisfacción. Y como dijo el gran germánico apud facit
sat est conscientia factis. Y aunque esta le bastaba
al señor Don Salvador Gómez de Espinosa, pero aunque no
entremos a lo interior donde reside la verdad
y nos acomodemos a juzgar con el vulgo las
cosas por lo que parece en ellas y por el semblante
que hacen a la humana; prudencia no sé
como pudo colegir del señor Don Salvador Gómez de
Espinosa tal intención. Porque los que escriben a la
vanidad y a la ambición poco estudian en ajenos
intereses sino en propios aplausos. Todo lo conceden
a la ostentación, ya de la elocuencia, ya de la sabiduría.
Con que de ordinario paran en especulaciones
inútiles a la vida humana del señor Don Salvador Gómez de Espinosa

se deben presumir más altos intentos. No sólo por
lo que se ve en este papel, que a costa de sus agravios y desprecios,
solicita el bien de los naturales, de quienes ni puede
aguardar agradecimiento ni apetecer aplauso de los que pueden
dar alabanza. Soborno adrede el vituperio por conseguir
en ellos la enmienda y en los otros el alivio. Pero
de cuánto ha escrito se colige el mismo intento. Y los unos escritos
pueden ser interpretación de los otros, pues todos son
de cosas prácticas y convenientes al gobierno y al bien de la
tierra. Todos doctrinales y no discursos vanos que para en
ser relámpagos del ingenio sin servir de luz a la prudencia
sino luces que siempre estarán facilitando el camino
para el acierto. En el memorial histórico político
vuelve por el crédito de la real audiencia en que satisface
a su obligación y al decoro de su majestad en su
calificación. Antes que sacaran el discurso militar sabían
los capitanes a guerra lo que en derecho competía a su
oficio y el estilo. ¿Qué habían de guardar en administrar
en los casos tocantes a la guerra la justicia? ¿Qué desórdenes
no ha excusado? ¿Cómo la inocencia quedó libre de
las precipitaciones de algunos temerarios disculpados
en el rigor de ese título? ¿En el parecer del comercio,
no se desveló para la felicidad de esta república que
consiste en los caudales sustentados del trato y comercio?
En el dictamen de Lampón ¿no mostró el deseo
de librar a esta tierra de las miseras que le acarrean
tantas pérdidas de navíos, quitándole a la fortuna
la ocasión de sus crueldades en el discurso peligroso
que hace el socorro de Castilla para tomar el embocadero
y conseguir el puerto de Cavite? En este de que
hablamos, ¿no está bien declarado el celo del alivio
de los naturales, en todo lo que padecen de los ministros
religiosos eclesiásticos? Pues ¿qué tiene para la vanidad esta
obra, o de que otra se puede colegir tal intención? No
se le puede pedir más al hombre más virtuoso que
vivir a todos provechoso, y en ministros las acciones
que a esos se encaminan son muy honrosas. Hoc nempe
ab homine exigitur, dijo elegante Séneca, De vita beata
capítulo 30. Ut prossit omnibus si fieri potest, multis, sin minuipancis
sin minus proximus. Nam cum se utilem
ceteris efficit commune agit negotium. Porque el
que con esa atención vive y con esa luz dirige sus
acciones hace las partes de todos. Siendo, pues, los escritos
del señor Don Salvador dedicados al provecho de todos
y ninguno a su interés, antes este costoso a su respeto
y decoro, ¿cómo dice el reverendo padre predicador que escribe papeles
para su estimación? ¿Que a las acciones y obras
buenas se siga la complacencia y el gusto propio y en
los otros la estimación? No concluye que sea esa la causa
sino natural efecto, dice Séneca, De vita beata, capítulo 8.
Voluptas non est merces nec causa virtutis

sed accessio, nec, quia delectat, placet, sed, quia placet
delectat. Y cuando se mezclase algún fin menos
noble con la intención superior, no por eso se había
de depravar el principal motivo, ni por eso
desistir de la acción. Que si eso valiera cada día,
el demonio burlaría de nuestras virtuosas determinaciones,
acobardando la resolución con la oposición.
Depravada razón, entonces, ha de pasar
adelante el varón constante. Y decir lo que Bernardo:
Ni por sí lo comencé, ni por sí lo dejaré. No haga
caso, pues, padre, de ese fin. Que no puede hacer prevaricar
del principal cuando le demos de limosna su intervención. Y entienda
lo que dijo un sabio cortesano, que los ánimos que ejercitan
de su natural. Como el señor Don Salvador Gómez de Espinosa,
las virtudes no buscan gracias por ellas. Enmiéndese lo que
advierte el señor Don Salvador Gómez de Espinosa, que su merced sufrirá
que le escupan a la cara.
Aquí se sigue naturalmente la exclamación contra
el elogio que a tan docto y pio escrito hizo el reverendo Padre Francisco
Combés de la compañía de Jesús. Dice, pues, y lo que más es que
haya quien apoye con adulación y apruebe con lisonja
tal papel o adulación, que tienes destruido el buen gobierno
o trazas del demonio. Con que tan de veras trata de arruinar
la iglesia y cristianos de las islas que halla. Diga
que se acerque a lisonja el alabar el celo del señor Don Salvador.
Ese ni el más ciego enemigo lo puede negar. Para que constara
eso, eran necesarias alabanzas. No son cuando el intento está declarado,
el señalarlo alabanzas sino reconocimientos. Plus est in eo
se puede decir con [Ambr.] libro 1, [exam], capítulo 9. Quod laudetur aspectu,
quam quod Sermoni laudari possit; suo enim utitur testimonio,
non suffragio alieno. Si a prima faz descubre tanto celo,
tanta fidelidad, tanta justicia que le añade la alabanza cuando
en sí contiene los testimonios de su abono, sin mendigarlos
de la aprobación, dirá que se valió de encarecimientos.
Siempre hizo mal estómago la alabanza ajena al ánimo.
Mal afecto, pesada dolencia, la llamó San Crisol, incendio
insufrible. Est enim grave illis malum incendium non ferendum
[sex] 122. Todo le parece que excede a los merecimientos
de su enemigo y ninguna alabanza puede sanar
su presunción. Pues sepa que cuando se dijo no se excedió un punto
de la verdad. Todo consta auténticamente por testimonios de Salamanca.
Y acá hay contemporáneos que son buenos testigos de los
méritos y aclamaciones que adquirió con sus letras el señor
Don Salvador Gómez de Espinosa en Salamanca. Pues ¿cómo se arroja
sin averiguar primero la verdad, cuando en materias del honor
ajeno siempre se ha de estar por el interesado hasta la evidencia
en contrario de la razón? Y supuesto que sea así ¿cómo la evidencia
lo hace ver que el celo es manifiesto, y en cada línea declarado
que los elogios son propios méritos y no ficciones de la
lisonja? ¿En qué halló la lisonja del elogio será en la
intención? Como tan gran juez de intenciones que se ha mostrado

privativo de ellas en este sermón. Pero yo digo que la halló en los senos
de su malicia. Que él de cándidos ojos no se adelante un paso hacia
ella. Antes, topando los ojos con ellas, hace reparo la sanidad de la
intención. Sepa, pues, que no es imperfección permitir la propia alabanza
cuando es en recomendación de la doctrina. Porque entonces el fin principal
es juntarla con los buenos efectos en ellas pretendidos. Y
todo viene a parar en el provecho ajeno que a ese intento desea
Dios las suyas. Y hasta el imperfecto y balbuciente lenguaje
de los niños lo perfecciona para sus elogios. Dijo San Agustín in Salmos 102:
Laudari se vult Deus; et hoc, ut proficias, non ut ille sublimetur.
A ese fin permitió sus alabanzas el señor Don Salvador Gómez de Espinosa porque
a veces sirven de dar eficacia a la doctrina, y con el vulgo puede
mucho la aprobación del que la enseña. Y si es lícito en este caso
desearla, será muy justo el rendirla. Pues lo que añadiere la aprobación
de eficacia a la doctrina tendrá de parte el encomista
en su buen logro. Esto supuesto, porque no había de alabar
el reverendo Padre Francisco Combés la obra y el intento por temor de los
hazañerías de los padres regulares. Pues quien había de pensar que
habían de proceder tan imprudentes, que lleguen con la pasión a manifestar
el delito. Que poniendo el señor Don Salvador Gómez de Espinosa
las causas todas de la ruina de los indios, atribuyendo unos
a la mala disposición. Conque se ejecutan las órdenes del
gobierno en sus forzosas necesidades de fábricas y bandalas, otras
de la codicia de los ministros de justicia, otras de la ignorancia de
algunos eclesiásticos, hayan querido tomar todo el daño por su cuenta
la ruina de los indios, su cautiverio y todo lo demás que deplora
el reverendo padre predicador. No pudo prevenirlo porque, como en su orden
se ignoran esas cosas, no pudo pensar que era tecla, que haría hablar
tantas flautas. Y ¿quién había de franquear las prensas y solicitar
su aprobación sino una religión que tan rendida se muestra
a las cédulas de su majestad tan desinteresada con sus vasallos,
tan prudente con sus ministros, y donde apenas le toca sino lo
que los demás para consuelo de sus excesos le aplican? Enfrene,
pues, su destemplado ardimiento. Que ya declarado el ánimo,
acudiremos con el agua como a incendio que amenaza
con su ruina a la república. Pues, como sintió agudamente
Eusebio, el que persigue envidioso al bueno no tanto envidia
su dicha como la propia y la común de la república. Y todos
son interesados en el bien del que estudia en su felicidad.
[Si quis in videt viro fortunato is etiam patrie ac toti res
publica deniq sebi ipsi invidet nam virbonus feliciter agens
communis est prosperitas et civitatis et unius cuius que qui
felicitatis eun particeps fers potest]. Muerda, pues, que en
sangre de indios sacara teñidos los dientes muerte que en
su reputación hallará manchados los colmillos. Muerda que
el bien de todo el reino despedaza que consiste en la paz
y en la justicia.
Ya que le faltaron exclamaciones, dio en afectar
desprecios recreando la plebe con irrisiones. Y muy satisfecho
de su discurso, ¿dijo qué más? Dice que nos ha venido a la
tierra otro Joseph, otro salvador de las islas. Y hace mofa

de sus diligencias, atribuyéndole las desgracias. Cuando oí estas
palabras, me acordé de las que los judíos dijeron en desprecio
de Saúl cuando lo presentó para su principado. Nunquid
poterit nos salvare iste? 1.º Regum 10, 27. Miren ¿qué
traza de salvador de este podemos esperar la salud? Que fue
principio de motín et despererunt eum, despreciando
su autoridad. Pero generoso Saúl [dissimulabat se
audire] desprecio su reconocimiento y adoración, que hace
poco al caso el de los malos para desdorar a los buenos. Y más,
considerando que eran gente mala, hijos de Belial, filii vero Belial
dixerunt. Propias palabras de hijos de Belial que suena confusión,
porque tales razones en desprecio de la autoridad real siempre
son palabras de hijos de confusión, discursos de ánimos turbulentos
que no pretenden otra cosa que alterar el pueblo, turbar la república.
Porque en llegando a hollar este sagrado respeto, queda llano el
camino para esas temeridades, palabras de gente de Belial aparecen
porque yo no sé qué otro provecho pudo sacar de ellas sino confusión.
Y para hacerle más poderosa le atribuye las lástimas de las islas.
«Miren», dijo, «como van las cosas desde que vino con tantas desdichas,
que no se pone en cosa mano que luzca». Prosigue con tanto los
destrozos que causa el Mindanao reverendo padre para que un consejero
se llame salvador. Debe, más que atender a ejercer su cargo
en bien de la república, aconsejar lo recto, lo justo y según
la prudencia humana, lo que pareciere más conveniente. ¿El suceso
y la dicha no lo ha de dar Dios? El hombre ha de hacer más, que
como hombre ha de poder atar las manos a la justicia de Dios.
Si Joseph hubiera dado los consejos a Faraón y él no los hubiera
ejecutado, ¿dejará de ser en su celo salvador? Y
si puestos por el príncipe en ejecución los frustrara Dios, ¿serían
culpa de su prudencia las desgracias? Si puesto el trigo en los
graneros, lo hubiera tragado una desgracia de fuego o se lo [hubiera] llevado
una avenida, ni fuera culpa de sus consejeros ni de la omisión
del príncipe sino oculta prudencia de los vasallos,
algún ignorante la hiciera pero no Dios, ni los que miran
las lástimas como castigo de Dios, pues ¿cómo traes a consecuencia
lo que es castigo de Dios? ¿Quiere que los hombres contrasten
su providencia, que se sujete la del cielo a la de la tierra, que ate
las manos a Dios un gobernador? En cuenta de consolar al pueblo,
proponiéndole la voluntad de Dios y disponiéndolo para
merecerla más favorable, lo enfureces contra las causas humanas
para que se ocupe en solicitar las que de suyo son
inútiles y se divierta de las que le han de dar la salud. En
cuenta de exasperado contra sus culpas que son las que le
fabrican la miseria. En cuenta de persuadirle el recurso
a los templos la frecuencia a los sacramentos para que
aplaquen la ira de Dios, o contritos la toleren como
a satisfacción de sus deméritos lo induces a la desesperación.
En cuenta de consolar al señor gobernador ya
sus consejeros que con tanto desuelo las solicitan, viéndolos
afligidos por lo que no comieron ni bebieron. Viendo

que se fatiga y desvela sin provecho, le añades nueva
aflicción. No le basta padecer los males y ser donde
de lleno descarga el cielo sus rigores, sino que les has de atribuir
la causa para que, viéndose imposibilitados a los
contrarios efectos, mueran de sentimiento. El señor gobernador,
con el celo del bien común, ha procurado abrir con todos los reinos
del comercio. Lo ha conseguido su agasajo y generoso trato. Ha
alentado a los vecinos para que gocen los efectos, dando licencia
a esos viajes. Si Dios se opone a su santo celo, si la mar se
traga los navíos, si ninguno llega a salvamiento ¿qué culpa tiene el gobierno?
¿Ha de perder el mérito su santo celo? ¿Sus deseos han de degenerar
en la ejecución? ¿Por qué maligna la fortuna, la [intoliza]?
¿Por qué le niegas este consuelo cruel, ya que su valor
y constancia sufre esos golpes con tanta conformidad que ni
por eso desiste de sus deseos ni deja desengañado dormir su solicitud?
¿Quieres que, desesperadas las diligencias, las desprecie y que se deje
en manos de la fortuna, que su ocio se haga de parte de
nuestros daños? Desde que llegó, ¿no ha fomentado las fábricas de galeones
y con peligrosa asistencia acudido a su avío? ¿No ha
promovido a los que tenían algún nombre en el ejercicio de la
mar, dando honrosos títulos y gruesas encomiendas a los que tenían
alguna excelencia en el arte y dicha en los viajes; prefiriendo
a todos los méritos los de la necesidad, precio de sus deseos las
honras para su buen logro; quien jamás [vido] su habilidad
en más estimación, apreciando para la república no ya
lo más honroso sino la más útil; y arrimando todos los resplandores
del honor a lo útil para hacerlos a todos más
atentos a su consecución, más cuidados en el ejercicio,
de que depende el bien de las islas? ¿Ha visto que en este
tiempo, como se acostumbraba en los antiguos, se haya dado
la placa de piloto mayor por favor ni a fuerza de méritos conseguidos
en otros empleos? ¿No ya habrá visto aun en los honrosos
empleos de generales y almirantes guardar esta atención y
preferir aun en esos cargos los de alguna experiencia en la
mar, para que con más ojos se atienda a la salud y al cierto
de los viajes? Pues, si sobre estas diligencias se pierden las naos,
si en cinco años no ha llegado socorro sin descalabro, si en el
suceso que no depende de humana industria esta nuestra desgracia,
y ¿qué ha de hacer un gobernador sino sentir nuestra desdicha?
¿Y qué han de hacer los prudentes sino aplacar su sentimiento
con la compasión? Las flotas se despachan con mejores tiempos
que jamás y tan desgraciadamente se pierde la nao por
mayo como por agosto a las puertas de casa, que en los
laberintos del embocadero la que hibernó como la que
acabó su viaje. ¿Qué causas puede haber de esto sino la voluntad
de Dios? Cuando las tormentas las causaban hombres
y llegaban las olas a las puertas de casa y se tragaban caudales
honras y reputación y vidas, no se hablaba palabra. Y ahora
¿se dan voces cuando las envía inmediatamente Dios? Entonces
cuando la culpa era la crueldad, cuando el remedio estaba
en la mano, nadie se atrevía a hablar. Y ahora

todos cargan sobre el gobernador. Es que aquellos eran clamores
contra el hombre y estos son quejas descorteses
contra Dios. Y siempre obra entre nosotros más el temor
de los hombres, que vemos que el de Dios escondido
a nuestra ciega inconsideración. Salvador, pues, es padre
el príncipe que bien provee y ejecuta. Y salvador el ministro,
que bien aconseja. Y con mucha razón el señor Don Salvador Gómez
de Espinosa, que todos sus estudios los ha dedicado a la justicia
y a la conveniencia ajena. Y más este, en que más prácticamente
enseña a guardar justicia en lo más riguroso de su obligación.
Que por sólo ese le compete la propiedad del nombre de
salvador. Y por sólo ese les atribuye a los particulares tal vez
de la iglesia. Agustino, el nombre de ángeles, [hom] 2. [Apoc]
quia angelus nuncius interpretatur quicunque Episcopus
aut Presbiter autetiam. Laicus quomodo advitam eternam
perveniatur nunciat merito angelus dicitur. No
sólo merece la honra del nombre que tiene, sino la de ángel.
Pues enseña a los ignorantes la luz para caminar a la
rectitud. Les propone los medios para desterrar las tinieblas de la
ambición y codicia que la estorban. Y propone otros para enmendar
a los que porfiadamente se quieren perder, pidiendo
que su escrito sea instrucción para las justicias y pueblos, que es
lo que le pica. No que vaya a Madrid, que es risa eso que ya
se sabe que de allá. A lo sumo podrá venir una cédula —de
que hay tantas— a docenadas en la secretaria, sin que haya
tenido ejecución. El que se dé a los alcaldes mayores es lo que
temen. Eso les parece que es dar a un secular jurisdicción. Pues
dígame padre, si en España intentase un cura a lo menos
que contiene el papel, fuera menester cédula para que
lo estorbaba un corregidor, ¿escandalizaría la resistencia
justa de lo ilícito? ¿Debía aguardar para estorbarlo a su
prelado? ¿Hiciera mal que para impedir el mal que amenaza
todos tienen poder y aun obligación según la doctrina
que propuse al principio estorbarlo para el castigo solamente
recurriera a su superior pues aquí de Dios como quieren porque
estamos en Indias que sea más la autoridad de los curas
y menos la de la justicia? Vayan consecuentes. Y ya que quieren
tenerla mayor en todo, concedan les a las justicias siquiera
la que se tiene allá, ya que con la suya no guarden la proporción.
No importa que el remedio cause algún dolor y que tenga algunos
inconvenientes cuando de la omisión se siguen otros mayores.
Que aun los medicamentos para la vida llevan consigo ese inconveniente
inseparable a su condición. Nullum medicamentis
est quid adio provit quid ali quantulum non obsit, dijo Hipócrates
en sus aforismos. «No hay medicamento de tanto provecho
que no cause algún daño». Pero como sería necesidad en un
médico por ese pequeño daño dejar correr al último la vida,
así en los males de la república rehusar el remedio
de un grave accidente por la resultancia de otro menor,
hace de cerrar con el más nocivo, que este vencido presto.
Se rendirán los que no son de tanta consideración.

Deje el papel, padre. Deje en paz al que lo aprobó. Que el autor
tiene letras y autoridad para su abono. Y el que hizo el elogio, letras
y experiencias para su justificación. Mire que es mucha
presunción pagarse tanto de su juicio con experiencia de 4 años
de tierra, mirando por tronera los sucesos. Que, satisfecho de su
acierto, lo prefiera a los que tocan las materias con las manos a un
religioso tan docto en la teología escolástica, como en la
moral tan versado en las divinas y humanas letras, de tantas
experiencias de la tierra, de tanto celo de su aumento. Y de todo
lo que puede hacer a su felicidad y aumento, tiene hecho largo
estudio y curiosos tratados. Mire que no tiene más celo ni más
deseos del bien de la república que él. Que ese que ostenta
por indiscreto no es celo sino temeridad, no es ciencia sino aprensión.
Siga el consejo de Séneca, De vita beata, capítulo 2 y acertará. Non
tam bene cum rebus humanis agitur, ut meliora pluribus placeant;
argumentum pessimi turba est. Aquí entra como ilación el consejo. Quaeramus,
quid optimum factum sit, non quid usitatissimum:
et quid in possessione felicitatis aeternae constituat, non quid vulgo,
veritatis pessimo interpreti, probatum sit. Vulgum autem tam chlamydatos
quam coronam voco. Tome el trabajo de construir
y advierta lo último para que sepa a quiénes ha de atender para
juzgar las cosas para el acierto de la elección. Que dice Séneca
que dondequiera hay vulgo. Entre nobles hay vulgo, en el senado
hay vulgo. Y hay vulgo en la religión, hombres que hablan sin
consideración, sin averiguar la verdad, que siguen las voces que hacen
más ruido, no las que tienen más razón. Esto es vulgo. Guárdese de él
si quiere usar de razón.
Concluyó el reverendo padre predicador su invectiva con señalar
las razones de la aflicción de los indios, cargando toda la culpa a la clemencia
de su majestad y a la prudencia de su gobernador y disculpando a los párrocos
{Al margen izquierdo: ^ y alcaldes mayores}
o padres doctrinantes religiosos ^. Que dice que, aunque haya en ellos lo que
dice el papel, son charquillos. Y discurrir por ellos es andar por las ramas.
Y se olvidó que pocas razones antes, alegando méritos por los padres
doctrinantes, llamó lobos a los alcaldes mayores que quieren tragar
a los indios. Se dice «porque los defendemos de agravios e injusticias
de ministros de justicia, que como lobos se los van a comer». Los charquillos
no se tragan los hombres, sino los ríos arrebatados y furiosos.
No serán, pues, tan charquillos. Pero ahora le importó disminuir el
mal porque trataba de él que reconoce común y hacía su causa
en la defensa. Pero de esto diremos luego. Respondamos 1.º a la
defensa, que como vasallos debemos a su majestad. Y quisiera
preguntarle como se olvidó de las obligaciones de vasallo, declarándose
tan enemigo de su majestad. Que contra lo que tantos consejos,
tantos teólogos han aprobado y tantas necesidades (como padece la
monarquía) lo han justificado, quiere su presunción con tanta
resolución condenar sus más que irreligiosas injurias. [Son]
queréis señores que diga en que está el cautiverio de estos naturales,
no está. No en los ministros religiosos ni en los
alcaldes mayores. Que esos son charquillos y andar por las
ramas. Aunque haya algo de lo que dice, todo eso es nada. Y no
es por lo que los indios claman libertad sino las dos cosas
y causas que tienen destruida a toda España y Nueva España,

y sayas, vistiendo el suelo tan a su costa para sólo un
agasajo y una demostración de su reconocimiento. Por
eso Samuel, publicando el derecho del rey de parte
de Dios, leyó uno tan riguroso que ninguno ha habido
tan tirano que lo haya pretendido en todo. No para que de él usasen
los reyes sino para que entendiesen los vasallos que para todo
tenía derecho obligado de la necesidad. Y no [para que] atasen a una ley o
pacto su obligación, sino que dejasen siempre libre el de la
necesidad.
Lo mismo se ha de decir del gobernador del príncipe,
y más en partes tan remotas que esfuerza depositar en su
prudencia todo su arbitrio. Y así se ha de gobernar por
las mismas leyes y disponer aconsejado con la necesidad.
Veamos, pues, de qué le acusa este celoso y reverendo padre predicador.
Fuera de estas, dice hay otras dos tan grandes que cargan sobre
estos pobres que son tantas sacas de bandalas de tantos
años sin paga, tantos títulos de oficios por fuerza, que a unos
les cuestan 20 pesos, a otros 12, y al que menos a 4 pesos. ¿Qué
más? Cautiverio es el estar tantos en servicio del rey
sin paga ni socorro, tan desnudos y tan esclavos, que si no
es a costa de sus vidas, no salen de cautiverio. Dejó los encarecimientos,
de que se vale para hacer más aborrecible el
gobierno los oficios que representa por carga. Y que dice se dan
por fuerza, hablando de los que suelen costar hasta 20 pesos.
Son los de la guerra, porque los más superiores llegan a pagar
por derechos de la media anata esa cantidad. Son tan pretendidos
que vienen de muy lejos por ellos y echan
intercesores. Y con todo eso su señoría remite los memoriales
a personas experimentadas para que le informen
de los servicios del pretendiente. Y aún sobre eso suele
hacer reparo en la merced y tal vez la suele negar.
Los de justicia, donde se pagan esos derechos, son tan
pretendidos que suelen sobornar con 200 pesos al alcalde
mayor para conseguir la elección. Que es señal
que de ellos esperan más provecho y por lo menos que
no los reciben contra su voluntad y los derechos que
se les piden de obligación. Son los de la media anata
de que el señor gobernador no es juez, porque para [él] hay
privativo acá. Y donde son los oficios de poco provecho,
como en las provincias de afuera, se ha procedido con
tanta suavidad que no los han querido obligar a pagarlos.
Véase si se puede usar de más benignidad, pues siendo
ley tan establecida la de la media anata,
los ministros intérpretes de la voluntad clementísima
de su majestad no le ejecutan donde hallan dificultad.
Véase, pues, la verdad con que el reverendo padre predicador
habló, y como no atendió más que a infamar el gobierno
y hacerlo odioso a los vasallos fieles de su majestad.
Hablando de las otras dos cargas, bandalas
y astilleros, y supuesto lo que es cierto —que no se pueden
excusar—. Porque el rey no tiene otras sementeras

de donde sacar el arroz para el socorro de las fuerzas
campo de Ternate y de Manila que las de sus vasallos.
Y así necesariamente lo ha de embargar o comprar. Y que
la bandala es el más suave medio porque se reparte
en todos con igualdad. Y supuesto también que las
fábricas son forzosas porque ni vienen de Castilla naos
ni se hallan a comprar. Y prescindiendo de lo que en otros
gobiernos se ha hecho y la razón que tuvieron cuando las
dejaron de pagar —las compras digo, que las fábricas
siempre se han pagado— que sería la cortedad del
socorro, que nunca viene tan cumplido, que alcance
a la satisfacción de las necesidades. Digo lo 1.º, que las culpas
de los pasados no las ha de pagar el señor Don Sabiniano. Y
que si en la abundancia de los socorros pasados se hallaron
necesitados los gobernadores a tomar las bandalas, en fiado mal
¿podrá hoy el señor Don Sabiniano—cuando los socorros vienen tan escasos
y las pérdidas han sido casi continuas—pagar lo presente y lo pasado
de lo presente? Sólo pudiera hablar un hombre que no supiera que
ha dos años que no viene socorro. Y que el último se menoscabó en
la pérdida de Borongan, donde dio al través el galeón y [obli]
para fondear la plata y conducir a tantos gastos. Atraviesan
la isla a hombros de indios que todos quedaron generosamente
pagados. Y pasándola al continente de Manila en champanes y de
Tayabas a la ciudad, otra vez a hombros, cuando tenía la caja plata, ¿quién ha
pagado con más larguera? Testigos son los que asistieron a los dos galeones
que oí esperamos de Castilla donde se le daba a cada indio
cada día una ganta de arroz y un real. ¿Cuándo servido en estas islas
paga tan generosa? Aun en los tiempos más felices, ¿cuándo los socorros
venían más llenos? Entonces se le daba a un indio de
arrastre un tostón y al oficial un peso. Y el señor Don Sabiniano,
hallando ese ejemplar en la contaduría, de lo cual nadie
se atreviera a exceder por la fuerza que tiene para el estilo el
ejemplar, lo ajustó a su nobleza para facilitar el servicio de
su majestad. Los efectos declararon bien la calidad del beneficio.
Pues en esto y el cuidado que puso en el buen tratamiento
de los naturales, se quitó el aborrecimiento que tenían a los
astilleros, que los miraban como infiernos. Y por no caer en su
rigor, redimían el mes que les tocaba a 20 pesos pagando esa
cantidad al que libremente quería ir en su lugar. Y en los
astilleros se venían a ofrecer al trabajo de su voluntad
suceso que no tiene ejemplar y último aplauso de su
benignidad, que así consiguió fácil el servicio de su rey.
Y excusó el que los galeones saliesen más costosos a los naturales que a su
majestad, como sucedía en otros gobiernos. Que por esas redenciones o rescates
a 20 pesos del trabajo, acabado el galeón si a su majestad le estaba en cincuenta
mil a los naturales les venía a costar, ¿ochenta mil se pudo
hacer mayor servicio a su majestad, más grato a Dios, útil a los
naturales? Lo mismo digo de las bandalas. Cuando faltó el socorro,
¿no llamó a los principales de la Pampanga? ¿No se contentó con
lo que liberalmente le quisieron ofrecer? ¿No se valió de las mismas
súplicas, procurando hacer voluntario lo que era necesidad

y excusando la violencia cuando se hallaba tan violentado de la
necesidad? ¿Que ahora no pague es culpa suya? ¿No pasan
todos por la misma necesidad, socorriese a los señores arzobispos
y obispos, a los señores oidores, a los del cabildo
prebendados y canónigos al maestre de campo y a los
demás oficiales de guerra? ¿No se sabe la estrechez con que
todos pasan con tan diferentes obligaciones? Pues que
mucho que ahora se den en libranza las pagas si las
asegura en el socorro su generosidad si hemos llegado
con los infortunios a tiempo en que parece, fuera lícito
valerse de la plata de las iglesias (como se valió otro
y bien cristiano gobernador de las campanas para fundir
artillería) para el socorro de tantas necesidades que
mucho que alcancen a todos y las experimenten. Y si en tan las graves
necesidades borran los privilegios y quitan las inmunidades sin
distinción de eclesiásticos ni seglares, porque como en ellas se arriesga
la república de que unos y otros son partes, los hace iguales la
obligación de su conservación, que se arriesga en el todo. No son
menester para esto alegar razones ni leyes cuando los más bárbaros
conocen esta verdad o se la hace el aprieto conocer. Pero si lo quisieren
ver con erudición y todo ornato de doctrina [o] tratado,
véase a Bobadilla in Política libro 2, capítulo 18 número 138; Solórzano, libro 1 de
[indiar gubernat] capítulo 13, número 27 et in Política libro 2 capítulo 28, número 318, folio
1126; al venerable Beda [in Lucam] libro 2, capítulo 24, referido en el
[c, quod non est de regulis] juris in antiquis ibi: quod non est
licitum in lege, necessitas facit licitum nam et sabbatum
custodiri praeceptum est; Maccabei tamen sine culpa sua
in sabbato pugnabant. A Santo Tomás, 2, 2 [quest bo] artículo 4 ^ No
{Al margen izquierdo: ^ 9.}
hay axioma más sabido que el que favorece a la necesidad,
porque a su fuerza la pierden todas las leyes como a ley superior,
a que todas se subordenan. Ubi necessitas urget ibi legis dispositio
dissoluitur [cap sicut de consecre distinc]. 1. Por esto decía
el invencible Mario que al ruido de las armas no percibía el
de las leyes. Negabat instrepitu armorum se leges exaudire
potuisse. Y es que hace callar su obligación otra más poderosa,
que es la de la necesidad que siempre acompaña a las leyes. Por
eso los romanos, necesitando del valor de Cipión para sus
empresas y no teniendo la edad que las leyes prescribían
para el consulado, dijeron que para aquella
elección hicieron dormir las leyes, porque quedan o
difuntas o dormidas en despertando la necesidad. Pues si alguna
vez se le ha dado tanto poder a la necesidad, y oí de suyo la
reconocemos tan poderosa, concedamos le algo, ya que no podemos
más. Y si nunca en estas islas se ha reconocido más
apretada, que mucho fuera que se dejara por ella gobernar
y ha sido al contrario, que no sólo fe ha resistido sino
que parece que ha llegado a triunfar. Sin estos aprietos
otros gobernadores no han entrado el sacro depósito
de la santa misericordia. ¿No se han valido del caudal
de los vecinos echando bandalas de partidas como pudieran
de cabanes de arroz? ¿Ha intentado jamás esto el señor

Don Sabiniano? ¿Ha llegado como otros hicieron a repartir la infantería por
las casas de los poderosos para que la sustentaran a su costa?
¿No, pues, todo se ha hecho en mejores tiempos en Manila?
¿Su afabilidad no ha suplido la falta de los caudales, sustentando
mayor el comercio que jamás? ¿Cuándo se han visto más número
de naciones en Manila? ¿Cuándo a todas las había de desviar
nuestra necesidad pero enriquece mucho los caudales
la nobleza del trato? ¿No se hallan en Manila embajadores
de las dos potencias de China sin que la guerra que los dos
bandos allá sustentan les embarace para nuestra amistad?
¿No han concurrido con ellos embajador de Cochinchina otro
de Camboya solicitando y engrandeciendo el trato? ¿Qué nación de este archipiélago
de las poderosas no han concurrido en Manila? Tonkines,
macasares y hasta de Japón; a pesar de las puertas, que hecho de bronce
su obstinación, tenemos en el puerto un champán.
{Al margen izquierdo: ^ para el socorro del Maluco? ¿Les habrá tocado a cesto}
Dirá que no había de cargar todo sobre los indios. Y ¿qué es
lo que carga el arroz que se tomó ^ por indio? Eso es lo más, pues, que carga.
¿Es que en tan grande aprieto, cuando la caja está sin dinero y la langosta
frustró la cosecha de Panay, donde su tributo le da bastante
arroz a su majestad y que cuando todos padecemos tanta pobreza nos
ayuden los naturales con esa poquedad? ¿Qué quiere, que se echara
mano de la plata? ¿Qué pretenden los vecinos ahí fuera, el clamar
que destruyan la tierra, imposibilitando el trato, cortándoles las
alas a los vecinos con tanto menoscabo del reino? Pues, ¿qué ha de
hacer este señor gobernador? ¿No halló otro medio sino poner en sus
manos el gobierno, a si esto fuera practicable, que presto hallará
su desengaño la temeridad o padre quien le pudiera dar el
bastón por un año, que embarazando se hallará y que de necesidades
{Al margen izquierdo: ^ nocivos}
hiciera cuyos ^ efectos nos hicieran a todos llorar?
Dirá que son ya muchas las cargas de los indios. Excusen
los padres ministros y los alcaldes mayores y cobradores
los voluntarios e ilícitos y verán cuán llenados son los forzosos
ilícitos. Pero advierta que nunca es excesivo el tributo, servicio
que se mide con la necesidad. Por esto las cargas de un república
no se pueden de la prudencia tasar porque las ha de pesar el tiempo
y la necesidad. Preguntado Archidamo de sus gentes cuanto dinero bastaría
para la guerra y suplicándole que determinase la cantidad
con que le habían de servir, no se atrevió a hacerlo por no
atarse las manos para mayor necesidad. Antes, respondió una sentencia
que había de quedar grabada en las láminas de oro. Bellum
statuta nonquerit. «No sufre leyes la guerra». Ni se puede establecer
cosa para sus sucesos, porque siendo tan varios ninguna prudencia
los puede abarcar. [apud Plutarch in apopli teg mat.] No
le busquemos, pues, otra tasa que la que el tiempo prescribiere y
consolemos nuestros males, con que se toleran para mayores bienes
o por lo menos para estorbar males de peor calidad. Claro
está que no querrá el reverendo padre predicador que se deje sin socorro
el Maluco y Zamboanga, pues si allí nos hallasen flaco
¿se acercarían a nuestras causas para mayor mal? Bien ve que no nace
en los almacenes reales el arroz. Bien sabe que en la provincia
que lo afianzaba lo agostó en flor la langosta. Pues

sufra que una mano ayude a otra. Y que se valga un
gobernador, ya de esta provincia, ya de estotra, donde hallare
mejor comodidad. Y persuada a los vasallos esta obligación
para que, cuando llegue la necesidad, no la haga irremediable
la rebeldía que sirve ese arroz para el sustento de
su majestad, cuyos gastos debe proveer su gobernador. Y reconozca
con San Crisóstomo esta obligación para que, entendida
si como vasallo no la favoreciere en sus sermones, como
enemigo no la llegue a impugnar príncipes. A nobis sustentari
debere visum est obid quod sua ipsorum negligentes communes
res curant universum que suum otium adeo impendunt
quibus non solum ipsi sed et quae nostra sunt salvantur.
In Paul ad Romanos 13. [Vea avaz que opuse derest
capítulo 6, ss 1, dub 1 et ss 3, dub 2 número 18 lefio l 2 devist capítulo 33 dub
2 et 6.]
Otra queja publicó contra el gobierno: que vino el
Mindanao y se llevó mil almas y que siempre está cautivando
sin que se ponga remedio a que están obligados
sus ministros con rigor y derecho de justicia. O
gruta de la tierra salió para predicar en Manila, ¿qué
tan inadvertido se muestra de las cosas? ¿Qué mayor
remedio pudo poner Cipión ni Aníbal, que en tanta
falta de gente antes de tener noticias del enemigo,
antes noticias en contrario haber echado una armada
de 7 navíos bien guarnecidos y municionados, que elegir
una persona de calidad que, celosa de su reputación, mirase
por el servicio de su majestad? Quedarle soldados viejos
y de experimentados valor por cabos de cada navío y
una instrucción en que previno cuantos accidentes se
podían ofrecer véalo por su vida, y dirá que se había
de estampar para ejemplar. Y coteje el suceso con
la instrucción y hallará que no tuvo la prudencia muy
favorecida de luz de cielo. Mas ¿qué añadir si sobre eso
falta la ejecución o la dicha? ¿Qué remedio tiene
sino el de la paciencia? Pues ¿qué culpa tuvo el señor
gobernador en el daño que hizo el enemigo? Si fuera
experimentado en las islas, ¿supiera otros mayores?
¿Y qué otros gobernadores con más gente y más número
de capitanes desengañaron a las provincias de poderles
dar socorro, y les mandaron que cada cual guardase
lo que le tocaba y se guardasen los indios? Y hasta hoy
ningún gobernador ha hallado medio para guardar
tan confuso laberinto de islas con tantas
entradas. ¿Y cuántos medios se han dado? Los ha desengañado
la experiencia. Y más con naturales
tan flojos y confiados. Frustran nuestro celo y han dado
viniendo y navegando tan descuidados con las nuevas
del enemigo como en la más segura paz.
Dirá que se había de haber ido a su tierra
para refrenarlo con el castigo. ¿Y no sabe padre

que así estaba resuelto y determinado y señalado el
día y todas las provincias prevenidas con navíos? ¿Y no sabe
que a esto sobrevino la difusión del Maluco con la muerte del
rey de Tidore, Cachil Zayde? ¿Y que al rey heredero de la
facción de España se le reveló la mitad del reino que alzó otro? ¿Y a este
le dio favor el holandés y con su potencia rompió la guerra y tenía
en peligroso estado el Maluco? ¿Se había de dejar lo que más
importa por lo que menos y que se perdiera el Maluco para que
el Ternate nos hiciera la guerra acá, aliado como moro con el
Mindanao? ¿Qué poder habría entonces para defender
las islas?
Con que se ha de ir contra el Mindanao? ¿De
dónde sacaremos mil hombres que llevó el señor Don Sebastián?
¿De dónde cincuenta mil pesos para los gastos de la jornada?
Dinero no lo hay. El campo de Manila no tendrá 800 plazos hoy,
pues ¿con qué se ha de hacer la guerra? Con oraciones, padre, y con
hombres y dinero. Pídalos a Dios. En estas islas no se aumentan
los españoles. En 5 años se ha tragado la mar y otras desgracias
500 de Castilla. No vienen, y los que han venido han entrado a la
parte de los ahogados en fe del socorro. Se prevenía la jornada,
no lo envió Dios. Dejaremos a sus aventuras a Manila,
y más con las voces del vulgo temeroso apoyadas de varones
religiosos. Cada día nos afligen de [daca], que viene el chino con 300
navíos que se ha de perder Manila. Será bueno que los convidemos
con su desamparo.
Ya que le hemos quitado al reverendo padre predicador los escrúpulos,
quiero ponerle uno que procura desechar. Y le importa mucho
que haga del mucho caso este. Son las cargas referidas de
ministros eclesiásticos y de justicia, alcaldes mayores
y corregidores que dice que son charquillos para que no se haga
caso no importa aquí averiguar el peso de sus cargas,
pero poco o mucho quiero que sepa que sólo ese el el intolerable.
Ya veo que [se cala la visera] por no oír tan escandalosa
proposición. Porque como le toca, esfuerza [que] la condene luego y la [anate].
Maticé lo 1.º porque la sobrecarga es la que mata. Y más cuando
la echa quien está obligado a solicitar el alivio y con atención
a lo forzoso quitar lo posible de lo que no es necesario. Lo 2.º, porque
las cargas que echa el rey, como son forzosas para la defensa de la
fe y de sus vasallos y obligación, sería el servir a ellas. Ningún
prudente las desecha, aunque las sienta, porque hace su causa
que está envuelta en la del rey y reino. Pero las que echa
el particular, como no hay obligación a ellas, se sienten más
que nadie está obligado a servir con su hacienda a los intereses
particulares de otro. Aunque sea muy estirado que la
caridad, bien ordenado comienza por sí. Y primero es uno
deudor a su necesidad que a la ajena. Nadie siente
pagar mil ducados si los debe, y sentirá mucho si no los debe,
que le quiten cien ducados. Lo que se da al rey es deuda, lo que
se da al particular ha de ser voluntario. Que por esto ponderó
agudamente el Crisóstomo, citado que cuando Cristo mandó pagar el tributo al
César, no dijo: «Dad a César lo que es de César. Si no, volved rectitud

al César lo que es del César». Reddite quae sunt Caesaris, Caesari.
Mateo 22. Porque lo que se tributa al príncipe ―lo que pide para sus
necesidades― no es don sino paga. Pues pide entonces lo que es
suyo, porque como carga las obligaciones de todos, para ellos
son suyos los caudales de todos. Et non dixit date sed
reddite et adiecit quod debetur nihil enim gratuito
dat qui haec fecerit. Debitum quidem est res
ista quod si non feceris perfidi penas dabis. No sé si el
presidente de Castilla pudiera hablar más en estilo de ministro.
Nadie en estas ocasiones y casos da al rey sino que le paga
deuda. Es esta obligación. E infiel el que la niega y desleal
el que la disuade y enemigo el que la condena. No se
traiga, pues, a consecuencia la obligación, aunque sea mayor a lo
que no es obligación, aunque sea en poca cantidad. Que sobre pocas
cantidades y cortos intereses suele haber muy buenas cuchilladas
y quebrase muchas cabezas, que a cada uno le es lícito sacar
la espada para defender su hacienda del que sin título
la pide. Y siendo deuda, cada cual puede llevar al deudor
a la cárcel. No quiera igualar el derecho de los alcaldes
y ministros al del rey y así no lo traiga en consecuencia.
Que no son tan bárbaros los indios que no hagan
esa distinción y reconozca la necesidad. Y no hay alguno
tan bárbaro que conocida se indigne contra ella. El
fuego suele acabar en un día el caudal y una avenida
roba muchos intereses. Y ningún cuerdo se indigna
porque los acarrea la necesidad y los hace inevitable
el suceso. Pues si la fortuna roba el caudal de la
república en los socorros, los malos años, los frutos, ¿quién
será tan necio que se indigne contra esa necesidad?
A que le reducen las desgracias comunes que esfuerza [que] repartan
sus efectos y daños en los particulares. Estas necesidades
nunca vienen a favor de los alcaldes mayores para justificar
sus excesos ni de los padres ministros para los suyos.
Y así los que ellos inducen como violentas al que las padece y
voluntarias en el que las induce irritan la paciencia y mueven
más la compasión. Conozca esta diferencia y persuádala
al auditorio. Y hará más fruto, pues conseguirá la conformidad
con la voluntad de Dios, dándoles a entender
que estos trabajos vienen de su mano, que los hombres
obran a no poder más. Que esa consideración será alivio,
que hará suave la carga y llevadera. Y así obrará como fiel
vasallo y como cristiano orador pues no llevando ese
intento sus razones, no puede seguirse otro fruto que
la turbación. No se ponga en materias de estado
―que es discurso siempre odioso y muy amargo― si no
se sabe sazonar pena y gloria, padre mío, pecado e infierno,
y dejar al gobierno, y prelados y ministros.
Que eso es escandalizar la república y cierto, nunca
con menos razón, pues no lo hemos tenido. Mejor es
un señor gobernador tan benigno y piadoso, un señor
arzobispo que no lo ha tenido esta iglesia ni más docto,

ni más santo, ni más apacible, ni más celoso. Unos señores
oidores tan limpios que es mi edad contra sí mismos.
Su rigor tan llanos que es consuelo. Tan doctos que
es de la justicia cumplida. Satisfacción tan cristianos
que es de la misma justicia perfecta seguridad. Y si hallare algo que pide [que]
enmienda en los tales y digno de reprensión, pues tiene atrevimiento
para decirlo en público, imprudente. Tenga valor para
avisar lo cuerdo [que] se llegue. Que nunca ha habido ministros más llanos,
más dóciles. Apriételes con razones en secreto, no los infame con
invectivas en público, que lo 1.º sana y lo 2.º exaspera. Tome
por ejemplar al mejor predicador de la ley de gracia, aprobado
por el mismo Cristo: el Bautista, de quien ponderá el concilio [caloniens],
citado capítulo 17. Que con ser el pecado de Herodes tan público y tan
nocivo a la república, nunca hizo mención de él en los conventículos
y concursos donde predicaba, con ser que aparte no cesaba de afearle
el caso. Dicebat Joannes, Herodi non populo, concluye el concilio
a Herodes, se lo decía no al pueblo. Y su paternidad reverenda
no habla donde ha de aprovechar y da voces donde ha de causar escándalo.
Trate de ir a Japón a ser mártir o de serlo con la mortificación de sus
pasiones en la celda y no entre ministros de justicias. Como dice,
que harto más mártires. Son los tales, pues sufren del vulgo y de los
que siguen su corriente semejantes desacatos. Mire que los ministros
no infaman el estado, que antes alaban su purísimo instituto y
perfección de sus reglas. No es contra el estado lo que ha escrito el
señor Don Salvador Gómez de Espinosa, sino contra lo que destruye el estado,
contra lo que pervierte la observancia contra lo que los celosos de él
aborrecen. Y los valerosos prelados castigan y solamente les [ayuda] con caridad
y justicia a las obligaciones del mismo estado. Y rinda mil gracias
a la magnanimidad del señor Don Sabiniano porque si hiciera caso de su
atrevimiento a ley de fiel ministro y por la obligación que tiene a la
paz de la república, fuera poco darlo por extraño de los reinos.
Y si su paternidad reverenda dudare de la autoridad, lea en
la política indiana del señor Don Juan de Solórzano, el capítulo 27
del libro 4; y la ley 43 y 55 del título 5 de la partida 1; y al sagrado
Concilio tridentino [sess 5, De reformationis], capítulo 1; y al grande Agustín
Barbosa in [Pastorali 3 parte allegat] 76 número 48 y 49. Y la bula
de Eugenio 2, que está original en el archivo del consejo
supremo de Castilla, la cual concede facultad a los reyes a sus
consejos y lugartenientes de castigar a los predicadores. Que con
ocasión de su oficio apostólico ―del cual debieran usar sincera
y santamente― hablan de ellos con descompostura, desacato
e injuria, o esparcen al vulgo proposiciones escandalosas
con que contristan los pueblos, los turban e inducen a sediciones.
Deje de morder predicadores, que todos cumplen
con su obligación según el talento que Dios les dio. Y no
ha de querer medir la gracia por su natural, que fuera necedad
querer que rebuznara el pájaro y que cantara el
pollino, clame cada cual con su voz que a su majestad y decencia
del evangelio. Conviene en los discursos algún resplandor
que este no quita en la eficacia de la doctrina

Imperet tibi Dominus. La [ca a] deducida de San Gregorio,
San Tomás y Cornelio a Lapide refiere el grande orador Fray Diego
Niceno en su cuadragésima [1 p die reneris] 6, asunto, 6.
El demonio con quien competía Michael era [Lucifer], que antes
que se precipitase de su trono era de jerarquía superior
y el corifeo de los espíritus celestiales. Y conociendo
que en algún tiempo fue ministro superior, no se atrevió
el arcángel a notarle con injurias ni ultrajarle con
desprecios, aunque estaba ya en estado de privación, apagadas
las luces y extinguidos los resplandores del magistrado que
ocupó en la chancillería gloriosa de Dios, enseñándonos que
aunque el ministro sea un Lucifer, ni con detracciones se ha de
afrentar, ni contumelias vituperar. Esta, padre reverendo, es doctrina
del cielo. Esta es la que se ha de imitar, seguir y practicar, y no hacer
sátiras las oraciones evangélicas para ofender y deshonrar
a quien pretendió defender la causa de Dios, del rey, de los indios
y la ejecución de las cédulas de su majestad, que prueban y comprueban
las proposiciones del discurso, corrompiéndolas e interpretándolas
a su inteligencia para concitar e irritar el pueblo.
Y para mejor disponerlo y captar las benevolencias, le estrujó a la
memoria, adulterando las palabras otro papel que con
ingenuidad generosa reformó el señor Don Salvador Gómez de
Espinosa luego que entendió era de disgusto a algunos. ¿Cómo olvidó
vuestra paternidad reverenda esta segunda parte laudable y sólo se acordó
de proclamar la primera parte reprensible? ¿Pues un varón
docto y tan espiritual —como dicen que es vuestra paternidad reverenda, y yo lo creo—
cita los odios cuando había de declamar contra ellos?
¿Violento entraba aquí el diligite inimicos vestros, que
en su sermón a un ministro tan grande hace vuestra paternidad reverenda
ecce homo de su pasión, repitiendo con desordenada multiplicidad
ese hombre? Y cuando vuestra paternidad reverenda se quisiere introducir a
materias extrañas de su profesión, consulte para el acierto
a personas peritas en ella, y no se arroje a navegar
piélagos que no ha cursado. Y sírvase de advertir que no lo mismo
el gobierno que la justicia, como distinto gobernar
de juzgar. Y tenga por cierto que no se escribe esta para
entristecerle ni por el dolor de las injurias, sino por
la defensa de la razón, de la causa y de la dignidad,
y por cumplir con el consejo del Espíritu Santo en los
Proverbios capítulo 26, donde enseña que se responda al que
no tiene razón conforme a ella. Ne sibi sapiens esse videretur
Levantamiento de Ilocos y Pangasinan

Levantamiento de Ilocos y Pangasinan
[a vuestro] santísimo sacramento
Padre nuestro
Necesario es se arme [vuestro señor] padre nuestro de paciencia
porque va de [contó] y [como la gracia es de que alegó]
esfuerza [en fade], aunque se puede tener por
evangelio chiquito. Alzados los zambales que
dicen fue de repente y por el consejo de un mal
viejo que se lo persuadió a Malong. Aunque entiendo
ha sido concierto y trato muy antiguo cuya
disposición se atribuye a la desvergüenza de los
pampangos. Fueron a matar a Campos y alcalde
mayor. En esta ocasión había enviado el
padre prior Fray Luis de la Fuente unos indios a Lingayen.
Y de vuelta [que] vinieron huyendo, nos dieron la
nueva que encontró el padre Fray Luis en este
río de Bauang. Y cuando se iba a Agoo y me
trajo el papel muy afligido, yo le dije podía
ser mentira. Apenas llegó a Aringay cuando se
volvió con deseos de irse a la [amianan]. Procuré
detenerle, persuadiéndole decía asistir a sus ovejas.
{Al margen izquierdo: español llamado Fray Campos
Don Pedro Hidalgo muerto
por los zambales en Pangasinan
Avisó de esto Fray Luis al alcalde mayor de
Ilocos, y a la noche traté de que se volviese
a su partido con Don Pedro Hidalgo y una carta
para los principales de Agoo para que tratásemos
de defendernos de los zambales. Por
la mañana pasó [la un] del Malong con que

[nasaba] a las provincias de Ilocos y Cagayan sino se alzaban y
mataban a los españoles, sus enemigos como lo había hecho él
en su [provincia]. Con que Don Pedro Hidalgo dijo no quería ir al partido de
Agoo con el padre prior, sino que iría solo a saber lo que había porque
no quería le echasen la culpa ni sucedía alguna desgracia. Me pareció
bien. Y después de esto di licencia al padre Fray Luis para que se
fuese a la Amianan con el cobrador del colegio que era un mestizo
que había venido huyendo desde Lingayen de la furia de los
alzados. Salió de aquí a [27 de diciembre de 60] a mediodía. Y
cuando entendí [estaba] ya en [Bacnotan] a la noche, recibí un papelito
suyo pidiendo vino y hostias para decir misa por la mañana sábado
día de la expectación de nuestra señora en Bulanao, adonde le había
detenido por haber enviado por una petaca y [escrivanir] a
{al margen izquierdo: [ojo]}
Aringay donde tenía el santo niño (con quien se abrazaba después
aquella niña cuñada de Pulido cuando Malong la
quería violar). Si bien le costó al padre prior Fray Luis muy caro, pues
fue causa de que Gumapos le pudiese dar alcance y matar al
español nombrado, se llegó la mañana que era la tercera misa
de aguinaldo. Y estando reconciliando unas indias que habían de
comulgar, comenzó a gritar en la iglesia esta vieja [inan] da
risas. Acabé de confesar a las indias y comencé a reñir a la
vieja que me había inquietado. Y muy triste respondió "Estaban
ya los zambales en el río. Me fui a la puerta de la iglesia
e inquirí quienes habían llegado que era un principal de Aringay
llamado Don Juan Cabangon y otro indio de aquí que había ido
con Don Pedro Hidalgo que no nos pudo avisar porque los zambales
de Gumapos guardaban el camino y se vino con ellos.
El de Aringay me dijo "había venido [cuando] que hacían los
enemigos con nosotros con deseos de morir antes que dejarnos
hacer mal". Me fui a decir misa con la mayor devoción
que pude. Y acabada vino Hidalgo y el de Aringay
y la vieja con ellos a besarme la mano. Y preguntándoles
qué había de nuevo, respondió que [hubo luz cabar] los zambales
al mestizo. Y que si tenía armas en el convento

las mandase esconder porque las quitaban. Estando en esto, llegó
Doña Maria Banglas, que tenía aquí el señor obispo (que Dios haya), retirada
con sus hijos, toda desgreñada, para valerse del convento y esconderlos
en él. A que salió Don Pedro Hidalgo y advirtió [que] estarían más seguros
en alguna casa pequeña en el pueblo. Y fue buen [aviso]
porque por mestizos hubieran parecido. Hasta [sazón] a los zambales
con su cabeza o caudillo Gumapos estaban en dos hileras
en frente del convento. Pero no por esto dejó [Jinan Darisay de]
venirse conmigo hasta la escalera de casa. Y me dijo [ledi]
algún [tejo] de los que tenía, que lo escondería. Le di todo [el]
que había que era cantidad aunque ajena. Y en fin se escapó
acabando de [nevar] chocolate. Me dijo un fiscal que cuando [los
gupamuy] y que oyó tocar a santas se le saltaron las [lap
mas]. Y que dijo había de venir a besarme las manos las
nueva [me dio] cuidado. De allí a un rato vino el indio de
Aringay, Don Juan Cabangon, con un capitán de Gumapos, y que
con mi licencia buscaron al español que estaba escondido
en el convento. Mandé a los muchachos [que] le franqueasen todo el convento.
Se volvieron despidiéndose de mí. Desde esto era que hacia las
ocho hasta las dos de la tarde. Dispuso Gumapos el enviar a matar
al español y traer al padre Fray Luis sin saberlo nada. Hasta
que cuando vino a verme me lo dijo porque aunque se había
encargado [aún perdona] luego que acaba de decir misa. Y su
padre [buscaban] al castillo que le [enviste] a avisar. No lo hizo
o de miedo, o que no pudo o que no quiso. Vele aquí señor padre nuestro [co] Fray
Bernardino confuso y cuidadoso de las lágrimas de Gumapos
porque nunca me parecieron bien. En fin, estando en el
coro rezando vísperas, me envió el [conde] Gumapos con
recaudo. Y que en acabando de rezar, me vendría a besar la mano.
Respondí que cuando quisiese me hallaría en el convento. Le vi
luego entrar por la iglesia acompañado de más de veinte indios
de los suyos, sin arcos pero con sus [catanas y vara laos]
Salí a recibirle a la puerta de la escalera. Y habiéndome

acabar con las costillas, no podría llegar a Dios que nos había
de juzgar a todos, mandó al gobernador nos guardasen y no nos dejasen
salir ni al pueblo. Luego que pude, di aviso al padre Fray Juan
de Isla como [a visitador]. Y le pedí procurase con el alcalde mayor de
Ilocos enviar socorro a estos dos partidos porque estaban de buen
talante; y en la audiencia del rey nuestro señor si los socorrían. El padre
visitador lo hizo muy bien como se verá hasta lo último. El
domingo que Gumapos estuvo aquí y se fue no hubo a mediodía gallina
que comer. Pero después mientras estuvimos encerrados, hubo
sobra de gallinas y huevos todo de limosna. Y casi todo el pueblo,
en particular las mujeres, confesó y comulgó, y hasta los que fueron
cómplices o en compañía de los que mataron al español en Balanac
confesaron, o todos por mejor decir. Y algunos hicieron
penitencia pública arrepentidos de no haber [descorrido] y haberse
huido a la provincia de Ilocos. Y pero como Gumapos amenazó el gobernadorcillo
de muerte (y que nuestras cabezas y pueblos e iglesia
había todo de perecer) se ofuscó tanto juntamente con el miedo de que
no la matase Gumapos a su mujer que fue a ejecutar la muerte
siendo así que él solo, y por [ser] natural, no hará mal a una mujer.
Grande confusión teníamos el padre Fray Luis y yo en
no saber lo que pasaba con los padres en Pangasinan ni en Ilocos y Cagayan.
Porque de los de Pangasinan, sólo nos decían que estaban ya
todos en Lingayen, ya en sus conventos. De las dos provincias no teníamos
noticia de cosa ninguna. El padre Fray Luis trató de ir a ver lo que pasaba
por allá arriba, dejando el riesgo más cercano y me persuadió a
mí lo mismo,
{Al margen izquierdo: La víspera de
pascua en respuesta
[di] unas candelas que
me envió el señor
obispo, le avisé
de lo que pasaba y
al padre visitador y
alcalde mayor, la
cual carta remitió
su señoría al
gobierno.}
le deje salir la noche después que le llevó el
principal de Aringay Don Dionisio [Maricdem], que cierto se puso
a gran riesgo y fue gran fineza, y la mayor que a este indio en este
alzamiento, porque obrar contra orden expresa de Malong y
en favor de padre [ya se verá]. Al llegar a la barra de
Purao, encontró con el Alférez Lorenzo Arqueros alguacil

[jarro] como dicen. A la oración pedí una [vaca], que fue bien mala la
que me dieron por la prisa. Y fue forzoso mudarla [en Dalangdang]
y con seis indios con armas. Fui en busca del alguacil mayor que
encontré justo [a Dalangdang] hacia a la Amianan que venía
hacia acá. Llegamos a Bauang antes de amanecer y no hallamos
más del gobernadorcillo porque todo el pueblo [se mudó]. Luego
que yo salí, trataron de esconderse. Se tocaron las cajas y se pobló
otra vez el pueblo y se dio aviso a los de Agoo de la
llegada del socorro tan desgraciado como este fue. Y todos los principales
de aquel partido podían [llegasen] hasta Agoo por el miedo
que tenían del zambal. Hasta [Dalangdang] llegó el padre prior de Agoo
Fray Luis y yo le mandé [que] se volviese, que yo iría a Agoo. No se fue ocasión
de algún disgusto. Y dijo el alguacil mayor que bueno fuera también
que el padre Fray Gonzalo y padre Fray Joseph Polanco no pasasen, pues
bastaba yo para confesarlos a ellos y que menos tendrían los
indios que cargar. Y así le di un recaudo al padre Fray Luis para
los dos padres en esta forma porque no sabía yo [que] venía por
segundo visitador, y con consulta de guerra que decía [que] habían
hecho en que salió que el padre Fray Gonzalo viniese con el alcalde
y el señor obispo y padre visitador se quedasen allá para la
disposición de todo. Y así después de haber escrito el padre Fray Gonzalo
una exhortación a los indios, me escribió a mí que él venía
por la audiencia y que si yo no gustaba, se volvería pues en todas
partes. [era yo vecino pl]. Aunque en su opinión era muy al contrario, pues
se tenía por segundo visitador, y aunque parece [que] importa poco recibir
de esto, es de tanta importancia que todos los disgustos pasados se han forjado
de estos principios. Porque toda la provincia sintió mucho el que
queriendo el padre Fray Juan de Ysla acabar su visita al principio
del alzamiento. Salió el padre Fray Gonzalo dando voces en Bantay,
que «no hiciese tal», que «en tal ocasión era menester [que] gobernase
la provincia un hombre tal», dando a entender que su vuelto de

[vuestro reverendo] padre nuestro no era para nada, sino es [ya que] el gustillo de
segundo visitador le moviese o de visitador [primero]. Pues él lo gobernaba
todo. Que queriendo el padre Fray Lorenzo pasar a su priorato porque
el Padre Medina le pedía por [comp.o] (como si se pudiera hacer
sin agraviarle) y no queriendo serlo, el padre Fray Lorenzo le
trató de inobediente delante el visitador sin que hablase
palabra. Por cuya causa estuvo Purao cerca de un mes
sin ministro o más. Y al venir aquí encontró entre Bacnotan
y Namacpacan al padre Fray Joseph de Sotomayor y le
puso audiencia para que volviera puesto. Y en fin me mostró
a mí una carta del padre visitador en que le daba toda su autoridad
que ya le tenía dado [esto e] in nomine patris. & Y
todos los padres mozos están [a estos] de esto de padres mozos.
Y hasta yo no me [escapé]. Pues en Santa Catalina cuando
veníamos a Narvacan porque había juntado unos indios
de [Dalangdang] para cargarme, y sólo tenía uno
más que él, dijo que tenía tantos años de hábito, tantos
que el señor obispo me pidió [atenderlo]. Era yo su prelado que le
sufriese y metiese aquella entre las de los zambales.
Y en fin por hablar de paporreta dijo al padre delante
sus capitanes que los padres mozos le habían robado [todos] por
[su si en vez y] que ni vaca les daban cuando estaban en
Batac, cuando andaban huyendo de una parte a otra. En lo de
la guerra, cierto trabajó más que todos porque este
evangelio chiquito no ha de dejar lo bueno &.) Volviendo
a la guerra, supimos venían ya cerca los zambales y en esta
ocasión todos los principales del partido de Agoo enviaron
a Don Marcos Macasiam que murió ya ahorcado,
pidiendo al Alférez Lorenzo Arqueros que estaba en
Bauang con su gente que enviase a prender al padre de
Gumapas Don Miguel Carreño que daba aviso al enemigo.
Envió pues al maese de campo Don Lorenzo
Peding que murió en la batalla y después por ser

más temerario o valiente que prudente. Al llegar a Aringay
con cien soldados halló el pueblo sin gente y sólo los principales
que le siguieron a buscar el enemigo que decían estaba ya cerca. Apenas
pasaron el río cuando dieron con el zambal. Y estando hablando
de entrambas partes por las espaldas del Maese de campo Peding,
le apareció Don Miguel Carreño armado con otros seis o siete
indios. Le prendió y entonces exhibió un tejo del oro del padre Fray Luis y
nuestro que había dejado su hijo a su madre o abuela. Y preso le
remitió el maese de campo Don Lorenzo Peding a Bauang. Y por no haber
peleado con los zambales que, por ser pocos, pues sólo eran 102, se
huyeron. Llegando la noche, fue en su seguimiento hasta Agoo. Esta
retirada de los Zambales nos hizo mucho daño. Avisó el Alférez
Lorenzo Arqueros a su [Capitán Tore] por la provincia de Ilocos. Pudo
haber envidia o emulación de parte del superior o deseos de establecer
más su casa. Y dándole aviso después que venían muchos
enemigos, y que le viniese a socorrer, aunque el padre Fray Gonzalo
dicen le persuadió al alcalde mayor no saliese de su jurisdicción que
es Namacpacan donde estaban. Como le apretaba el alguacil
mayor sin esperar las demás gente que venía de arriba, se vino con
el padre Fray Gonzalo y sus [medios castillos]. Y llegando aquí envió
a Agoo a su teniente o alguacil mayor a socorrer al maese
de campo Peding porque los enemigos se llegaban y eran
muchos. Domingo 2 de enero de este año de 61. Después de comer,
llegó [Nicolás Medrano] a toda carrera, pidiendo socorro. Tenía
yo dos tibores de pólvora y me los pidió el alcalde mayor, asegurándome
el de Batac no me faltaría después. Aunque no la
veré [in die bues vita mea], los dice porque aunque quería quedarme
con el uno, apretaron tanto que me rendí. [No traba] decir yo que bastaba
a mí parecer el segundo visitador pero a la pregunta no
viene [vuestra padre]. Respondí con el ["señor sí"]. Llegamos a Agoo tarde
y hallamos a nuestro Lorenzo Arqueros muy ufano y animoso.
En fin dijo que los zambales estaban en Manacleo y que él

Llegados a Namacpacan, los indios estaban temblando los unos,
los otros, deseosos de no ver al enemigo que nos fue siguiendo.
Entre nosotros todos éramos votos consultivos y ninguno decisivo.
Digo que todo era hablar sin que se ejecutase cosa
por la poca confianza que se tenía de los indios, o poca disposición
de guerra. + En esto trataba yo de volverme a mi partido aunque
{Al margen izquierdo: + (Con mi carta de Bauang y otras nuevas que envió desde aquí el padre Fray Gonzalo al padre visitador, le obligó a hacer aquel despacho a Cagayan con el padre Fray Lorenzo que no pudo pasar; que esta carta que quieren haya sido causa de declararse por alzado Don Juan Magsanop. De esta carta trataré en otro lugar, dando razones bastantes en contrario.)}
había gran miedo cuando llegó una audiencia del padre
visitador para que nos retiráramos, pues no se obraba nada.
Pero venía condicional con que nos pareció: no dejar
al alcalde mayor ^ porque se había de quedar solo. Los demás
{Al margen izquierdo: ^ Don Alonso de Peralta}
religiosos, decía el padre Fray Gonzalo de la Palma que se retirasen. Y así
escribió al padre prior de Narvacan. Que, habiendo sido el portador
y se quedó en Tagudin, que si no había [audiencia] para el [señor viejo]
para que se retirase, que se la pusiese el que bien podía. Porque
el [padre] segundo visitador le daba autoridad y no [pudo].
Y ha sufrido. Y le dije que no podía.) Llegaron nuevas que
estaban los zambales ya en Bacnotan y que eran 7000,
con que viendo la poca disposición y gran miedo de los indios
venimos en que nos fuésemos. Llevamos de camino al
padre prior Fray Pedro Dasmariñas que llegó hasta Candon porque no
tuvo mucha gana de pasar adelante ni gente. En fin Fray
Gonzalo de la Palma pasó hasta Bantay. Y juzgo [que] diría al padre visitador
que yo les había insinuado; que había hecho muy mal
mandar retirar a los religiosos sin consulta del señor obispo[.]
El padre Fray Cosme de [Ayz], Fray Joseph Polanco, Fray Joseph de Sotomayor
prior de Narvacan y yo nos detuvimos allí. El de Tagudin
se volvía a su casa y encontró los zambales en Santa
Cruz que le hicieron buen pasaje y le pidieron [que] escribiese
al padre visitador que se volviesen los religiosos a sus conventos
para que los pueblos
