galeón
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- galeón
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Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

pasos, se pueden regatear los derechos ad titulum paupertatis.
Y solo con los dichos oficial mayor y escribano
es menester abrir más la mano, mas no tanto que se le
vaya todo de entre los dedos. Por último se saca del
escribano de la caja un tanto de los despachos,
y orden de pagar los días que faltaron de pagar hasta
salir el galeón. Los cuales despachos se presentan
a los oficiales reales de Acapulco y estos si
gustan hacen su reseña como se les antoja, o no la
hacen con la bulla. Y si el comisario tiene días que
le paguen. Insta por la paga, y si no tiene días, como
a Fray Álvaro sucedió después de haberles entregado
a uno de ellos, que luego dicen a quién toca los papeles
con mucha cortesía, no los volvió a ver más. Porque si quieres reseñar ellos buscan al comisario para
esto, por este dice a los suyos, que alerta con recorrer
los papeleros de Sevilla tantas veces mencionados.
Y con esto no se dirá aquí más de despachos: pues
en México se cobra todo, y solo habrá algo de cobranza
en Acapulco por detenerse la nao, más de
los días, que en México ajustaron, que como
digo suele ser hasta 25 de marzo. Si queda
algún enfermo se dirá después.-

se lo anoten "quedado por enfermo" con dichas
certificaciones, que esto sirve para que después el presidente
del hospicio pida en la casa el sustento
cotidiano hasta que el año siguiente se embarque.
Y como dije si aún faltan días que ajustar, los ajusten
y paguen los oficiales reales hasta el día de
la partida del galeón. Y si nada de esto hay, no cuide
más de dichos despachos.
Vaya luego cuanto antes al galeón y vea qué
lugar de rancho le señalan. Y si es corto pida
más con cortesías instancias más al general de la
nao (a quien antes visitara) [que] a oficiales reales
porque este manda más en la nao. Y así lo hizo
Fray Álvaro, y el general le alargó una [lata, o chasa
más]. Y el buen modo lo consigue todo, que esto ni
se compra ni se saca por fuerza. Ítem vea qué
camarote le señalan arriba, y cual abajo, y tantee
si cabe el matalotaje y fato. Y si no haga con
el general toda diligencia y aun en caso forzoso alquile
camarote al contramaestre, o a otro oficial. Fray
Álvaro con diligencia negoció sin comprar camarote
alguno. Nuestro Padre Fray Manuel compró más. Fue por
enviar muchas cosas a la provincia y dice el mismo

siempre conviene usar más de persuasiones que de imperio,
mas ya en el mar del Sur, los tiene en razón era,
y puede hablar algo más recio, y conviene porque no se
desacredite su misión, pues lo bueno o malo todo se cuenta
luego en Filipinas.
Ordinariamente el galeón sale por semana santa
o antes, para tal tiempo tenga el comisario prevenidas cuatro
o cinco pláticas en los sujetos más fervorosos, que traten
del modo de confesarse y de la pasión de Cristo
[ni] señor aunque no sean muy estudiadas. Y si el general
gustare las hagan unas junto al altar, y otras junto
al trinquete, y a los confesores que confiesen, que suele
haber que hacer bien. Y no solo por semana santa sino una
dos veces en la semana enseñe uno la doctrina
aproa. Fray Álvaro no lo hizo aquí como en el mar del Norte,
porque un padre jesuita tomó esto por su cuenta. Pero
en las demás fiestas si no sale del mismo general el pedirlo,
no se meta en más sermones que interrumpen el juego,
y por esto son mal oídos, mas puedese convidar con ellos,
basta como dijze las pláticas aproa explicando la doctrina
cristiana dos veces en la semana, que entra
la chusma de forzados y soldados son más útiles y
con fruto palpable.
Si va otra religión con la nuestra es menester
en el comisario gran prudencia, y a veces riña
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

que se fatiga y desvela sin provecho, le añades nueva
aflicción. No le basta padecer los males y ser donde
de lleno descarga el cielo sus rigores, sino que les has de atribuir
la causa para que, viéndose imposibilitados a los
contrarios efectos, mueran de sentimiento. El señor gobernador,
con el celo del bien común, ha procurado abrir con todos los reinos
del comercio. Lo ha conseguido su agasajo y generoso trato. Ha
alentado a los vecinos para que gocen los efectos, dando licencia
a esos viajes. Si Dios se opone a su santo celo, si la mar se
traga los navíos, si ninguno llega a salvamiento ¿qué culpa tiene el gobierno?
¿Ha de perder el mérito su santo celo? ¿Sus deseos han de degenerar
en la ejecución? ¿Por qué maligna la fortuna, la [intoliza]?
¿Por qué le niegas este consuelo cruel, ya que su valor
y constancia sufre esos golpes con tanta conformidad que ni
por eso desiste de sus deseos ni deja desengañado dormir su solicitud?
¿Quieres que, desesperadas las diligencias, las desprecie y que se deje
en manos de la fortuna, que su ocio se haga de parte de
nuestros daños? Desde que llegó, ¿no ha fomentado las fábricas de galeones
y con peligrosa asistencia acudido a su avío? ¿No ha
promovido a los que tenían algún nombre en el ejercicio de la
mar, dando honrosos títulos y gruesas encomiendas a los que tenían
alguna excelencia en el arte y dicha en los viajes; prefiriendo
a todos los méritos los de la necesidad, precio de sus deseos las
honras para su buen logro; quien jamás [vido] su habilidad
en más estimación, apreciando para la república no ya
lo más honroso sino la más útil; y arrimando todos los resplandores
del honor a lo útil para hacerlos a todos más
atentos a su consecución, más cuidados en el ejercicio,
de que depende el bien de las islas? ¿Ha visto que en este
tiempo, como se acostumbraba en los antiguos, se haya dado
la placa de piloto mayor por favor ni a fuerza de méritos conseguidos
en otros empleos? ¿No ya habrá visto aun en los honrosos
empleos de generales y almirantes guardar esta atención y
preferir aun en esos cargos los de alguna experiencia en la
mar, para que con más ojos se atienda a la salud y al cierto
de los viajes? Pues, si sobre estas diligencias se pierden las naos,
si en cinco años no ha llegado socorro sin descalabro, si en el
suceso que no depende de humana industria esta nuestra desgracia,
y ¿qué ha de hacer un gobernador sino sentir nuestra desdicha?
¿Y qué han de hacer los prudentes sino aplacar su sentimiento
con la compasión? Las flotas se despachan con mejores tiempos
que jamás y tan desgraciadamente se pierde la nao por
mayo como por agosto a las puertas de casa, que en los
laberintos del embocadero la que hibernó como la que
acabó su viaje. ¿Qué causas puede haber de esto sino la voluntad
de Dios? Cuando las tormentas las causaban hombres
y llegaban las olas a las puertas de casa y se tragaban caudales
honras y reputación y vidas, no se hablaba palabra. Y ahora
¿se dan voces cuando las envía inmediatamente Dios? Entonces
cuando la culpa era la crueldad, cuando el remedio estaba
en la mano, nadie se atrevía a hablar. Y ahora

de donde sacar el arroz para el socorro de las fuerzas
campo de Ternate y de Manila que las de sus vasallos.
Y así necesariamente lo ha de embargar o comprar. Y que
la bandala es el más suave medio porque se reparte
en todos con igualdad. Y supuesto también que las
fábricas son forzosas porque ni vienen de Castilla naos
ni se hallan a comprar. Y prescindiendo de lo que en otros
gobiernos se ha hecho y la razón que tuvieron cuando las
dejaron de pagar —las compras digo, que las fábricas
siempre se han pagado— que sería la cortedad del
socorro, que nunca viene tan cumplido, que alcance
a la satisfacción de las necesidades. Digo lo 1.º, que las culpas
de los pasados no las ha de pagar el señor Don Sabiniano. Y
que si en la abundancia de los socorros pasados se hallaron
necesitados los gobernadores a tomar las bandalas, en fiado mal
¿podrá hoy el señor Don Sabiniano—cuando los socorros vienen tan escasos
y las pérdidas han sido casi continuas—pagar lo presente y lo pasado
de lo presente? Sólo pudiera hablar un hombre que no supiera que
ha dos años que no viene socorro. Y que el último se menoscabó en
la pérdida de Borongan, donde dio al través el galeón y [obli]
para fondear la plata y conducir a tantos gastos. Atraviesan
la isla a hombros de indios que todos quedaron generosamente
pagados. Y pasándola al continente de Manila en champanes y de
Tayabas a la ciudad, otra vez a hombros, cuando tenía la caja plata, ¿quién ha
pagado con más larguera? Testigos son los que asistieron a los dos galeones
que oí esperamos de Castilla donde se le daba a cada indio
cada día una ganta de arroz y un real. ¿Cuándo servido en estas islas
paga tan generosa? Aun en los tiempos más felices, ¿cuándo los socorros
venían más llenos? Entonces se le daba a un indio de
arrastre un tostón y al oficial un peso. Y el señor Don Sabiniano,
hallando ese ejemplar en la contaduría, de lo cual nadie
se atreviera a exceder por la fuerza que tiene para el estilo el
ejemplar, lo ajustó a su nobleza para facilitar el servicio de
su majestad. Los efectos declararon bien la calidad del beneficio.
Pues en esto y el cuidado que puso en el buen tratamiento
de los naturales, se quitó el aborrecimiento que tenían a los
astilleros, que los miraban como infiernos. Y por no caer en su
rigor, redimían el mes que les tocaba a 20 pesos pagando esa
cantidad al que libremente quería ir en su lugar. Y en los
astilleros se venían a ofrecer al trabajo de su voluntad
suceso que no tiene ejemplar y último aplauso de su
benignidad, que así consiguió fácil el servicio de su rey.
Y excusó el que los galeones saliesen más costosos a los naturales que a su
majestad, como sucedía en otros gobiernos. Que por esas redenciones o rescates
a 20 pesos del trabajo, acabado el galeón si a su majestad le estaba en cincuenta
mil a los naturales les venía a costar, ¿ochenta mil se pudo
hacer mayor servicio a su majestad, más grato a Dios, útil a los
naturales? Lo mismo digo de las bandalas. Cuando faltó el socorro,
¿no llamó a los principales de la Pampanga? ¿No se contentó con
lo que liberalmente le quisieron ofrecer? ¿No se valió de las mismas
súplicas, procurando hacer voluntario lo que era necesidad
Index for Libro número 16 de cédulas reales recibidas por Don Fausto Cruzat y Góngora, desde el año de 1694 hasta 1696.

que hicieron los navíos de Inglaterra a los puertos y costas
del mar del sur. Hoja 276 a 277.
-Otra de la exclusión que se hizo de dos galeones y otro que se
fabricó de nuevo. Hoja 279 a 280.
-Otra de la remisión de azogues de estas Islas a la Nueva
España. Hoja 283 a 284.
-Otra de que se ejecute lo dispuesto en la cédula en ella in-
serta en cuanto a la parte donde se han de hacer los ava-
lúos de las mercaderías que entran y salen de estas
Islas. Hoja 285.
-Otra con una certificación de los oficiales reales de la compra
de hierro y otros géneros para los reales almacenes. Hoja 288.
-Otra aprobando la paga en g-eneros de 90 y más pesos
que paraban en esta casa pertenecientes al situado de
Marianas. Hoja 300.
-Copia de real cédula presentada por el Padre Procurador
de San Nicolás en que se hace [merced] a su convento de esta ciudad
de 250 [p] y 250 cavanes de arroz para el [sustento] de cuatro
operarios por término de diez [años]. Hoja 302 a 303.
-Otra copia de real cédula presentada por la parte de la
mesa de la Santa Misericordia para que los que fueron
deudores a dicha Santa Messa no se les permita retardar
las deudas con el motivo del fuero militar y nobleza.
Hoja 304 a 306.
-Otra copia de la comisión que Don Bernardino de Valdés
dió al señor oidor Don Juan de Sierra [Osorio] para la
composición de tierras. De hoja 307 a 312.

-Otra sobre el despojo que hizo el Virrey de la Nueva
España del Generalato de la Nao a Don Francisco Arcocha.
Hoja 317.
-Otra aprobado haber echado al traves al galeón Santo Niño.
Hoja 320.
-Otra para que los Presidentes, Audiencias, fiscales, Gobernadores
y Corregidores cumplan las cédulas insertas sobre la libertad
[alivio] y buen tratamiento de los Indios. Hoja 323 a 326.
-Otra avisando la resolución que se ha tomado de descontar la
tercera parte de[ viajes] a todos los Ministros a lo que sobre
esto se ordena a Virrey de la Nueva España. Hoja 332.
-Otra para que pide un donativo gracioso a los vasallos de estas
Islas para socorro de las urgentes necesidades. Hoja 353 a 354.
-Otra encargándola que del primero de enero de 1692
se haga enterar a los encomenderos lo procedido a sus ventas
sin descuento alguno. Hoja 365 a 366.
-Otra dando gracias por la fundación de dos piezas de artillería
y fábrica de arcabuces. Hoja 369.
-Otra para que se observe la práctica de [asistir] la audiencia
solamente a los fiestas de tabla sin introducirse a otras que
no lo son. Hoja 372.
-Otra respuesta de carta sobre la ejecución de la cédula a-cerca
de las doctrinas de los Sambales. Hoja 375.
-Otra respondiendo a nueve cartas y aprobando lo que en ellas
se avisó haber ejecutado. Hoja 377 a 378.
-Otra respuesta a una carta sobre el estado de la [cristiandad]
de la China. Hoja 382.
-Otra aprobando lo obrado para ocurrir a los recelos que se [tuvo]
de querer los enemigos introducir comercio en Mindanao. Hoja 389.

-Otra aprobando lo obrado en fábrica de un galeón.
Hoja 388 a 389.
-Otra avisando el recibo de nueve cartas encaminadas
por vía del norte. Hoja 390.
-Otra aprobando la posesión que se dio a Francisco [S ] -a-
mudio del pueblo [de Finalmot] y que se ejecute lo que a-
cerca de ello se ordena. Hoja 393 a 395.
-Otra dando gracias por haber enviado al puerto de Batavia
por anclas de hierro para los galeones que van a la Nueva Es
paña. Hoja 401.
-Otra para que los Virreyes, Presidente, Gobernadores y O-
ficiales reales dispongan el cumplimiento de lo que se ha re-
suelto acerca de no abonar a los provistos en empleos de
Indias el salario para el viaje. Hoja 404.
-Otra para que no se impida el curso de los negocios tocantes a
lo que el fisco de la Santa Cruzada hubiere de haber. Hoja 406.
-Otra ordenando se descuente el año de 95 a todos los Ministros
que gozaren de casa de aposento. Hoja 407.
Copia de la real cédula presentada por parte del Monasterio
de Santa Clara en que se encarga se les socorro con alguna li-
mosnas de los que estuvieren a [disposición] de este gobierno.
Hoja 412.
-Otra copia de dos reales cédulas en que Señor Ministro reserva [de ]
polos y servicios personales a los indios [síndicos ]de San
Francisco y a los celadores que dicha religion tuviere du-
rante sus oficios los cuales [presenta] el Procurador General
de dicha religion. De hoja 413 a 421.
-Otra para que en todas las Indias se pueda pedir limosnas
por tiempo de seis años para la beatifacación y canonización
Index for Cedulario número 31 de los años de 1750, 51 y 52.

demás que incluye. Hoja 192 a 207.
-Reales Cédulas sobre el establecimiento de la adminis-
tración en estas Islas de la Bula de la santa
cruzada areglado a los pontificios que incluye
y otros despachos inclusos varios expedientes
anexos seguidos por el tesorero y [otros admi]-
nistros de cruzada. De hoja 208 a 350.
-Real Cédula fecha en Aranjuez a 12 de mayo de 1751
en que se previene al Gobernador de estas Islas que si algun
comisario de cruzada [se escusase o anduviese] [omiso]
en el cumplimento de su encargo lo avise a el Virrey
de México. Hoja 351 a 353.
-Otra fecha en Buen Retiro a primero de septiembre de 1751 sobre el repartimiento de bole-
tas con las [razones ] [intruetivas] y fundamientos tales [se redis]-
tribuyeron. Hoja 354 a 358.
-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de septiembre de 1751 en que aprueba la
determinación tomada en junta de hacienda sobre admi-
tir al bachiller Magestad de la Torre la proposición que hizo sobre el
Hospital Real de dar las medicinas al galeón. Hoja 359 a 360.
-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de septiembre de1751 en que ordena se
observe lo que esta mandado [modernamente] acerca de los
privilegios que [acuengozan] en las Indias los sujetos ejer-
cen los oficiales de tesoreros de cruzada. Hoja 361: a 363:
-Otra fecha en Buen Retiro a 16 de septiembre de 1751 en que
avisa haberse recibido la carta que dió cuenta es-
te gobierno de los Indios infieles que [quedaran] y a

-Otra fecha en Buen Retiro a 15 de diciembre de 1751 en
que participa la licenciado [al Excelentísimo] Señor Arzobispo de es-
ta ciudad para empezar breve de su santidad a
fin de que los principales de varios [censos] tocantes a
fundaciónes de capellanías se empleen en el tráfico
y comercio de estas Islas. Hoja 399 a 402.
-Otra fecha en Buen Retiro a 30 de diciembre de 1751 en que
ordena se observe lo dispuesto sobre que los fiscales de
la Audiencia no tengan voto en las juntas de repar-
timiento del buque del galeón. Hoja 403 a 407.
-Otra fecha en Buen Retiro a 30 de diciembre de 1751 en que
previene lo reparable que ha sido el mal modo con que
el obispo de Nueva Segovia Gobernador de estas Islas
se ha portado con esta ciudad y sus capitulares y que
con ella [dicho] el buen trato urbanidad y política. Hoja 408
a 412.
-Otra fecha en Buen Retiro a 30 de diciembre de 1751 en que manda
se observe el reglamento del año de 1734 estableci-
do por el comercio de estas Islas con lo demás. Hoja 413
a 430.
-Otra fecha en el Pardo a 20 de enero de 1737 en que
manda se informe sobre las [diez familias] que pide
el Gobernador de Marianas. Hojas 431 a 443.
-Otra fecha en Buen Retiro a 30 de diciembre de 1751
en que ordena que con el mayor celo evoque las di-
ligencias prevenidas por la real cédula que se cita
sobre la remisión de familias a las islas Ma-
rianas. Hojas 444 a 470.

-Otra fecha en Buen Retiro a 30 de diciembre de 1751 en
que ordena se remita en la primera ocasión la cuenta
del galeón mandado fabricar en el astillero de Bagatao.
Hoja 471 a 484.
-Otra fecha en Buen Retiro a 18 de enero de 1752 en que orde-
na se evoquen las diligencias mandadas practi-
car en la cédula que se cita sobre el nuevo rumbo de los
galeones de esta carrera. Hoja 485 a 487.
-Otra fecha en Buen Retiro a 18 de enero de 1752
en que noticia haberse aprobado la creación del
nuevo curato en el Puerto de Bacoor jurisdicción de
Cavite. Hoja 488 a 491.
-Otra fecha en Buen Retiro a 18 de enero de 1752 en que
manda se informe los efectos que ha producido la
separación de partido de Zambales de la Provincia
de Pangasinan. Hoja 492 a 496.
-Otra fecha en Buen Retiro a 22 de enero de 1752
sobre que el Gobernador de estas islas de asiento igual al
suyo a su mano izquierda al Señor Arzobispo en las con-
currencias que se le ofrecieren y se le hagan los
honores militares. Hojas 497 a 502.
-Otra fecha en Buen Retiro a 5 de marzo de 1752 en que se dis-
ponga qu los oficiales reales interinos [retribuyan] a la
caja la mitad del sueldo que han percibido. Hoja 503 a 507.
-Otra fecha en Buen Retiro a 5 de marzo de 1752 en que par-
ticipa haberse aprobado las provincias dadas a
fin de salir bien armados los [navíos] que hacen

Índice de los expedientes, que contiene este legajo
[dimandoes] de reales cédulas, y con que se dío cuenta
á Su Majestad en el Real y Supremo Consejo de Indias -
este año de 1753. Con duplicados testimonios
en el galeón la Santísima Trinidad y Nuestra Señora del Buen
Fin del cargo del Marques de Villamediana su comandante
que se entregaron a Don Juan de Aristoarena y
[Lars Maestre] de Plata de él.--
[Margen izquierda] {n. A} -Diligencias practicadas en virtud de real cédula sobre que previene
a este Gobierno se celebrase en demonstraciónes de alegría y haci-
miento de gracias el casamiento de la Serenísima Infanta
de España Doña María Antonia con el Serenísimo Duque
de Saboya. En siete hojas utiles.
[Margen izquierda] {n. B}-Diligencias practicadas en virtud de real cédula sobre que no
se de posesión de prevendas eclesiásticas sin las reales presentaciónes.
En 3 hojas utiles.
[Margen izquierda] {n. C}-Diligencias practicadas en virtud de real cédula, sobre
que se guarden inviolablemente las leyes que trata del tiempo
deben permanecer en las Indias los mercaderes
casado y factores que vienen a ellas. En [7] hojas utiles.
[Margen izquierda] {n. D}-Diligencias practicadas en virtud de real rescripto sobre
que los negros esclavos que vengan [huyados] de las colonias
inglesas, y, holandesas con el fin de abrazar nuestra santa fe
sean libres. En 6 hojas utiles.

censos tocantes a fundaciones de capellani-
as que de hallan depositados se empleen en
el tráfico y comercio de aquellas Islas y orde-
nándole vigile a su tiempo para que no se
experimente la menor usura. Hojas 4 de hoha 41 a 44.
[Margen izquierda] {Principal 13}-Otro del mismo mes y año, orde-
nándole observe lo dispuesto sobre que los
fiscales de la Audiencia no tengan voto
en las juntas del repartimiento del buque
del galeón [anual]. Hojas 5 de hojas 45 a 49.
[Margen izquierda] {Principal 14}-Otro de la referida fecha, previniéndo-
le lo reparable que ha sido el mal modo,
con que el obispo de la Nueva Segovia Go-
bernador interino, que fue de aquellas Islas
se porto con la ciudad de Manila, y sus ca-
pitulares y que use con ella el buen trato y
urbanidad, y política, que esta mandado
observan por las cédulas, que se citan. Hojas 5 de hoja 50 a 54.
[Margen izquierda] {Principal 15}-Otro de la propria fecha, ordenándole
observe y guarde el reglamento del año de
mil setecientos y treinta y cuatro, estable-
cido para el comercio de aquellas Islas. Hojas 18 de hoja 54 a 72.
[Margen izquierda] {Principal 16}-Otro de la expresada fecha; odernán-

dole, que con el mayor celo, y aplicación eva-
cue las diligencias, que estan prevenidas por
la real cédula, que se cita, sobre la remisión
de familias a las Islas Marianas. Hojas 40 de hoja 73 a 112.
[Margen izquierda] {Principal 17}-Otro de la citada fecha, ordenándole que
en la primera ocasión remita la cuenta del
galeón, mandado fabricar en el Puerto de
Bagatao en aquellas Islas. Hojas 14 de hoja 113 a 126.
[Margen izquierda] {Principal 18}-Otro de 18 de enero de 1752 ordenándo-
le evacue prontamente las diligencias,
mandadas prácticar por la cédula que se
cita sobre el nuevo rumbo de los galeones
de aquellas Islas, y que de cuenta de sus
resultas. Hojas 3 de hoja 127 a 129.
[Margen izquierda] {Principal 19}-Otro de la misma fecha, previniéndo-
le haberse aprobado lo que practico su ante-
cesor en la erreción del nuevo curato en el
pueblo de Bacoor, jurisdicción del de Cavite. Hojas 14 de hoja 130 a 133.
[Margen izquierda] {Principal 20 Hojas 5}-Otro de la propria fecha, ordenándole
informe los efectos que hubiere producido
la separación que hizo su antecesor el
Partido de Zambales de la Provincia de Pangasinan. De hoja 134 a 138.
Documents pertaining to Bandalas issued in the Bikol region (1707-1713)

Certifico yo Fr. Joseph Gómez ministro de los pueblos
de Camarines y Guinobatan como hoy dia treinta de
noviembre de mil setecientos y quatro se publicó un orden
del superior gobierno fecha en Manila en veinte y tres de
agosto de dicho año de 1704 en que manda el señor
gobernador se haga la compra de dos mil gantas de aciete
de coco a medio real la ganta; y de quatro mil chinantas
de abacá a dos reales la chinanta para el avío del
galeón que ha de salir para los reynos de nueva españa
y habiéndose publicado dicho orden y fijado en los tribunales
de dichos pueblos dí esta certificación en dicho dia mes y año
etcétera.