provincia de Filipinas
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- provincia de Filipinas
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- Places -- Philippines -- Places
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Relación de la muerte y honorífico entierro del Ilustrísimo y Reverentísimo Señor M.B. F. Álvaro de Benavente, Obispo Ascalonense y Vicario Apostólico de la Provincia de Kiangsi [Jiangxi]. 17 de abril del 1709.

devota pausa el miserere. Tomaron el féretro en sus hombres quatro Venera-
bles sacerdotes, que ocuparon el intermedio de toda la clerecía: Siguio por ultimo a esta
magnifica Pompa y Majestuoso concurso el tercio militar de la infanteria a son tris-
tede tambores destemplados : sin cesar aun por breve tiempo los dolorosos y penetrantes
clamores de las campanas, como tampoco el estruendo de la artillería. El orden, el
concierto , el silencio , la compassion , el dolor de ver que tan presto les faltaba a quien
tanto amaban , fue el mayor que se puede hallar en otro semejante acompañamiento.
La gente que por los balcones, y bocas calles miraba era muchísima especialmente de
Chinos infieles que no satisfechos de ver lo en una calle daban la vuelta por otra para
volverlo [aminar] y aun admirar ; sin duda con mucho exemplo de todos asi Europeos
como Chinos, y asi Cristianos, como gentiles : con esta magnificencia y aparato tan lucido
entro la procesión en la Iglesia del Gran Padre San Agustin y puesto el cadaver sobre una alta
resplandeciente y rica tumba, el [Dean] y Cabildo entornó el responso, que
acabado se despidió con la demás clerecía. Luego comenzo La Misa el Joan
de Rosa Prior de dicho Convento de ; acabada que fue la Misa, que
oficio, la musica en tono compasivo y doloroso, y dichos los demás oficios fue sepultado
a que vecina por muchos siglos en el corazon de los suyos en el mejor y mas principal lu-
gar de la Capilla mayor Dio fin a todo el escuadrón disparando sus mosquetes.
Concluida esta función luego el
estado que estaban antes morir , que todas eran de la Orden y muchas mas que tubie-
ra también lo fueran ; pero que si sobre ellas habia de haber después el mas mínimo
embarazo, las renunciaba todas desde luego ; que si su excelencia tenia alguna disposi-
ción, que hacer sobre ellas, solo le restaba obedecer ; pero sino que con su licencia dis-
pondría de ellos. Respondió dicho señor Patriarca nombrando o señalado un Misi-
onario de la por Notario, para que hiciese inventario de ellas, como de
echo se hizo con poco trabajo por ser tan corto el numero de sus cosas y de tan pobre
calidad, cual competía, no aun obispo sino aun Religioso muy pobre ; y porque no
le faltase a lo real y físico las formalidad de pobre, nada era suyo y todo era de la Or-
den, y por eso nunca pudo (como algunos juzgaron) hacer testamento, verificandose de
dicho señor, lo que se dice de el Gran testamentum nullum fecit; quia Unde
faceret Cristi pauper non habuit: hizo solo na Ultima declaración que segun dicho se
ñor Así había dicho al Vicario se reduzca a decir que todo lo que tenia era de Or-
den de ; quien como todos saben le entrego [ad Ulcim]todas las alaja, que siendo Provincial
de la Provincia de Filipinas tenia a su uso y otras mas y le asistió no solo con lo necesario para
venir a China y consagrarse sino también con el sustento de algunos años hasta que las
Traslado de la consulta que los agustinos hicieron sobre salir de Macao y volver a Filipinas. 1710

[...] Traslado de la consulta que los Reverendos Padres Misioneros
[...]Agustinos hicieron sobre salir de Macao
[...] y volver a las islas Filipinas
En este Convento de Nuestra Señora de Gracia del Orden de los Ermitaños de Nuestro Padre San Agustin
en . el Thomas Hortiz Vicario de la Mision de es-
te Imperio de China del mismo Orden , Junto la consulta en que asistieron los Padres Misioner-
os de dicha Misión que al presente se hallan desterrados en esta Ciudad de Macao , Lector Fray Fran-
cisco Fontanilla. Joan de Rivera, Joan Barruelo, y Joan Nuñez, y juntos, y congre-
gados dicho Thomas Hortiz les propuso el miserable estado a que habían llegado
las cosas de la Mision, y Cristiandad de dicho Imperio, y que no obstante los muchos trabajos y
aflicciones, que tenían padecidas por espacio de cuatro años solo por la esperenza de no perder la Mi-
sion , nada tenían conseguido antes por el contrario las dificultades que el día de hoy se hallaban pa-
ra entrar un dicho Imperio a cuidar de sus Cristiandades e Iglesias sino eran mayores , que an-
tes por lo menos eran las mismas y que así era necesario, que con maduro consejo se eligiese, y
determinase sobre este punito, lo que mas pareciese convenir para honra y Gloria de la Majestad
Divina. La cual propuesta oída por dichos Padres y controvertidas las dificultades y inconvenien-
tes de una y otra parte y encomendado a Dios negocio de tanta importancia; el día siguiente 1 de
Noviembre todos Unánimes y conformes dijeron que atenta la decision de la sagrada congrega-
ción sobre los ritos cínicos aprobada y mandaba poner en ejecución por [Nuestro Majestad] Santo Papa Clemen-
te XI. en Junto con las circunstancias de tiempo, y estado de las co-
sas de dicho imperio de China. Juzgaban no era posible la entrada en el, la cual no solo se
dificultaba por la obediencia , que toda esta Misión Agustiniana tenia dada y ofrecía siem-
pre dar a los mandados de la Silla Apostólica sino también por la interpretación , con que algu-
nos (según tenemos noticia) iludiendo dicha decision de la Sagrada Congregación se deter-
minan ir a la Corte a tomar diploma , protestando como antiguamente seguirlas prajes del Matheo
Riccio ; con cuyo ejemplar que dara mas establecida la ley de tomar diploma y seguir los ritos
cínicos y los Misioneros mas desengañados en cuanto año poder entraren China sino solo con
dicha condición que totalmente se opuesta a la obediencia , que profesan a la Silla Apostólica de la
cual no juzgamos licito apartarnos aunque sea acosta depender nuestra Misión: porque la ca-
ridad que es la que mas nos podia obligar en esta ocasión para ser bien Ordenado es necesario que
comience de nosotros mismos, procurando primero por nuestra Salvación que por la del proximo
como nos lo enseña la Majestad divina por aquellas palabras : quid pro dest homini sitotum mun-
dum lucretur anime acetem sue detrimentum paliatur? En cuanto a permanecer en esta cui-
dad de Macao [Ultra] de faltar el fin de entrar en China y recuperar la Mision, que es la U-
nica y total causa que nos ha tenido aquí tanto tiempo , se hallan algunos inconvenientes y en-
tre otros uno es el peligro con que vivirnos en ella y a de ser obligados a salir de ella para tierras
estranas , y a de ser encartados en los pleitos, que se suelen fomentar en dicha Ciudad, la cual co-
múnmente goza de poca paz y abunda de perturbaciones , y alborotos , y el día de hoy no se halla
poco perturbada por haberse encontrado las jurisdicciones del santo oficio y real en la causa
de un rebelde a la justicia , de que se [teme] se han de originar muchos males a esta republica.
A todo esto se llego, que supuesto no hay esperanza de poder entrar en China y no ser necessa-
ria licencia de alguno para salir de aquí , por ser ya muerto el Excelentísimo Señor Cardenal de
[Jovernon] a la Provincia de Filipinas. Por estas y otras causas determinamos que se procu-
re sacar licencia del Virrey de Canton para podernos embarcar en la chalupa de Miguel
Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

Muy ilustre señor.
Mandó me vuestra señoría [que] le noticiase el estado de las
misiones del Imperio de China y moradores
en él, extranjeros de Holanda, Inglaterra, con
lo demás que de su ruego y encargo que se me hizo
notorio en cuatro del corriente mes y año. Parece [que]
diferí mi obedecimiento a él, con no pequeña mortificación
por faltarme noticias para el más pleno informe
que pide negocio de tamaña entidad. Pues aunque
en dicho imperio mi religión de San Agustín
mantiene sus religiosos hijos de esta provincia de
Filipinas, como el principal y único empleo es la
propagación de nuestra santa fe, se contentan con participar
a sus superiores lo que anualmente en el
particular dicho [adelantan]. Y sobre qué pudiera informar
a vuestra señoría y desde los años de 1680 con evidentes
testimonios de que fue del agrado de la majestad divina
la manutención de religiosos de mi orden en dicho
imperio, favoreciéndolos su majestad tanto, que por su
predicación llegaron a la fuente del santo bautismo
gran número de Chinas en diecisiete iglesias que en
diversas ciudades y villas de dicho imperio administraban
los santos sacramentos y predicaban la palabra
divina. Pero éstas ya hoy desamparadas de sus ministros
en fuerza de un decreto del señor patriarca de
Antioquia en orden a las praxis, contrario a la mente
Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

y ahorro. Y si es menester aprovecharse de algún
regalo. El tiempo lo dice. Mas no cargue de cacao si no
vale muy barato, como a tres reales. Y entonces puede
tomar dos o tres tercios para labrar en Cádiz chocolate
y en disparando pieza irse al navío sin pereza, pena
de no hallar quizá después en qué ir. Y aviso aquí que
en [] las naos de Filipinas no parece muy bien un
religioso con un tabaco en la boca, pero peor en las de
España. Y así en unas y otras procure ocultarse a chupar
con moderación, y pidiendo licencia al capitán para
ello, y en esto ha menester mucha prudencia por no
ocasionar muchos disgustos. Mejor es que comience
a mortificar esta pasión, que en España no ha de hallar
que chupar tabaco bueno.
En llegando a Cádiz para sacar la ropa
es menester licencia, pedirla y sacarla con paciencia,
aposentándose en el convento y no en otra parte y para
llevarla a Sevilla.
§.4 Cádiz hasta Madrid
Procure visto el prior saber quiénes son provinciales
en Andalucía y Castilla, y prior en Sevilla
y Madrid, y escríbales por el correo dándoles parte
que viene a España a negocios de su provincia de Filipinas,
y que se pone a su obediencia y servicio. Y escriba
a las demás personas que le pareciere.
Procure

suele ser no sacarla, sino dejarla en su poder, pero con
nuevo resguardo, sin cancelar la escritura. Las conveniencias
de esto el tiempo las avisa, y los sujetos con
quienes trata: y allí verá cómo ha de conducir a Madrid
la necesaria yo digo que por letra de cambio, si
la halla, o con la conducta del rey, y en fin según
viere es lo más seguro, con que con llevar a Madrid mil
y quinientos pesos lleva sobrado, y si faltare, para
menores cantidades no faltaran letras.
También cuando escriba al provincial de Castilla y procurador
de San Felipe ha de escribir al religioso que en Madrid
es correspondiente de nuestra provincia de Filipinas a su
procurador y si desde Cádiz no lo hizo no lo omita desde
Sevilla, y entonces conviene escribir al padre general
y asistente de España con estos puntos. Primero darle parte
urbanamente de su llegada. Segundo remitirle una vía de
la provincia en que van las actas del capítulo (si salió
de Filipinas por capítulo). Tercero decirle que tiene orden
de remitirle las coletas, que su reverendísima [ven]
si gusta las remita y y por qué vía. Cuarto que le envíe
la autoridad para sacar misión de las provincias de España
y las facultades de vicario general tan amplias como
se las comunicó el Reverendísimo Travolloni a Fray Álvaro
el año de 1688 por abril (y para esto será {bueno}

tiene padrino que le conduzca a otra hora, y también
al secretario se puede ver a las tres. La [arenga] estudiada
para estos y todo las demás del concejo sea
en esta sustancia: Que su provincia de Filipinas le ha enviado
a esta corte, por su procurador a todos sus negocios,
y en especial para pedir a su majestad una
misión de religiosos para la continuación de las muchas
doctrinas que están a su cargo, que se pone a los pies de
su excelencia (o señoría) para que le ampare y favorezca,
en esta causa como tan del servicio de Dios.
Visitados presidente y secretario visitará
a los señores del consejo de Indias y su cámara, sin
reparar en que este sea antes o después sino como pudiere,
mas tómelos por lista y donde vive cada uno:
y si tiene señoría, o excelencia que algunos de la cámara
suelen tener excelencia y otros señoría ilustrísima
y habiéndolos visitado todos, o casi todos se
puede presentar con su memorial y poderes en esta
forma.
Hará el memorial, que se escribirá a la postre
con título de presentación en el consejo, y con este
juntará las licencias de la orden, y del gobernador de Filipinas
y virrey de la Nueva España y sus poderes.
Y todo esto lo entregará en su mano al secretario del consejo
suplicándole se sirva de presentarlo: y no presentará
otras instrucciones, ni patentes de [definición]

por la presente me ofrezco y obligo espontánea y libremente
a pasar a la dicha provincia de Filipinas, en la misión
que está congregando el reverendo padre Fray Fulano
vicario general y procurador de la dicha provincia y ruego
y pido al dicho reverendo padre que me admita e incorpore
en la dicha misión para pasar a las dichas islas: y desde
ahora doy la obediencia al dicho reverendo padre como a vicario
general de la dicha misión; y para que con este hice está
firmada de mi nombre en este convento de tal
parte y en tantos de tal mes y año Fray Fulano de tal."
Y en la carta dirá el procurador "Remito la fórmula
de la firma para que [vuestra paternidad] la traslade de su letra y me
la remita, no para ejecutar a [vuestra paternidad] por ella, que
mientras [vuestra paternidad] no saliere de su provincia siempre
tiene libertad de hacerse atrás con muy buena
conciencia porque no quiero sacar a ninguno contra
su gusto, mas pídola para que conste los que tengo
en la misión, y poder hacer presentación de ellos
al rey nuestro señor."
Si remitida la firma y admitido el religioso
pide licencia para llegarse verbi gratia a su tierra, habiendo de él
buenos informes se puede conceder la [firmala]
será como las licencias de los provinciales comenzando "Fray
Fulano vicario general de la misión del orden de nuestro

los dichos cinco años, o por lo menos no están en
edad y disposición, y con ánimo de estudiarlos,
que no son a propósito para la provincia, ni servirán
más que de hacer gasto y embarazo. Y creo [que] pecará
el comisario en admitirlos si no que sean
muy santos, y quieran pasar llenando el número
de los legos, que todo lo que el lego hace, mejor
lo hará acá el sacerdote en haciendas. Y otros
oficios con esta advertencia avisará a los religiosos
que admitiere que saquen certificaciones de los años que
tienen de estudios, ya sean los cinco, o menos, para
conocer lo que les falta de estudiar para que acá los estudien.
Y la certificación ha de ser del prior y depositarios
donde cursaron. Y si no puede el religioso
sacarla, pídala el comisario al dicho prior. Y si aun esto
no puede conseguirse, reciba cuanto antes después
de incorporado informaciones de tres testigos
que les consta de haberle visto cursar, jurándolo
ante el comisario. Y estas certificaciones, e informaciones
las ha de traer el comisario o remitir a esta
provincia de Filipinas.
Raro ha sido de los nuestros y ajenos procuradores
el que no ha dado hábitos, y así supongo los

haga más aprecio de los que son de diferente provincia de la
suya, si son virtuosos, clamando siempre: “Aquí todos
somos de la provincia de Filipinas, y no de otra.” Así ataje
toda competencia de provincias, alabándolas a todas y
diciendo la verdad, que hay tiempos en que unas florecen
más que otras, y que todas las costumbres de cada
una, si no son contra constitución, son santas. Más
que todas se deben posponer a la constitución. Contaré
un cuento: mientras Fray Álvaro estaba en la Veracruz,
el que hacía oficio de superior en México
riñó con un hermano porque no comulgó un domingo.
Y fue imprudencia porque había comulgado el viernes,
y este y otros solían comulgar cada semana dos
veces. Alegó el superior que en su provincia los hermanos
comulgaban todos los domingos. Vino Fray
Álvaro y compuso la riña, que pudo pasar muy adelante,
diciendo: “Aquí no somos de esa provincia ni estamos
en ella, sino somos de Filipinas. La constitución
señala los días de comunión. En estos no falten los hermanos
los domingos. O no comulguen, o comulguen si lo
aprobare su confesor, que aquí estamos sólo obligados
a la constitución, y no a los usos de las provincias
que ya dejamos.” Y a todos pareció bien.
En la Casa de la Contratación se presentan los despachos

toman bien enseñados a lo de España y si él
comisario tiene limosinas es alguna ayuda, y si no
las aplica por cargos de la provincia de Filipinas ---
Despedidos los religiosos de la Veracruz, el comisario
se queda allí con un religioso compañero a sus despachos,
ya cuando se hizo la reseña, o poco después, el
escribano de la contaduría le dirige en sus cosas
y lo primero da una certificación, que contiene cuatro
cosas. Primera de los gastos del desembarque de los religiosos
y su [fato] tocante a la misión. Segunda del gasto que
ha hecho con los enfermos en tierra; y puede encajar
los de la mar. Tercera de los gastos en lavar la ropa
sucia de los religiosos y puede meterlos de lavar en
Puerto Rico. Cuarta de los arrobas que pesa la ropa de la
misión esto es los arcos de libros y demás cosas:
especificando que en tal cosa se gastó tanto, o pesa
tanto; y es certificación jurada: y con ella ajustan
los oficiales reales lo que para cada cosa
le han de dar, y ajustan los días que allí están
y los que tardan hasta México sobre las mulas,
que el rey paga aunque los muleros gruñan,
negocie con los oficiales reales que antes de salir
efectivamente los religiosos, hagan la postura

se obliga a dar cada día tantas botijas, y que por cualquiera
que no diere, por cualquiera causa que se pueda ofrecer,
se descuenten ocho o diez pesos de lo concertado lo cual parece
puesto un razón, y con esto el capitán abrirá los ojos
para embarcar agua suficiente y para no hacer agravios
fiado de la paciencia que deben tenerlos religiosos. México
y febrero 12 de 1643
Papel para el procurador de esta provincia de Filipinas.
Por el papel que hice para el Padre Andrés Pérez procurador a Roma,
de la provincia de Nueva España, verá vuestra reverencia los puntos generales
que me pareció advertir. Ahora en este añadiré los
particulares, que para procurador de esta provincia se me ofrecen;
pondrélos por orden de Roma, España, México, y Acapulco.
{1. No ordenan a todos }
Cuantos vienen de las partes ultramontanas, aunque
sean artistas, en siendo señalados para Indias, pretenden
ser ordenados de misa. Esto juzgo, que tiene
inconvenientes, porque no se crían con la sinceridad, y
humildad, que conviene, y parece que el verse sacerdotes
tan temprano no cría la sangre que conviene y no hay quien
acuda en el viaje a oficios humildes propios de
hermanos y así yo trate con nuestro padre general que solo se ordenasen,
los que estuviesen en tercera año de teología, y que yo
haría lo mismo con las españoles, mas después no fue así
sino que artistas de tercera año me enviaren ordenados de Italia
de donde quisieron tomar ejemplo los de España
pero yo no lo consentí. Verdad es, que si estando en
Año de 1640—Información sobre el milagro que Nuestra Señora de Caysasay usó con Juan Ynbin, sangley cristiano.

En la ciudad de Manila, a prime-
ro de febrero de mil
seiscientos cuarenta
años, ante el Ilustrísimo Señor don
fray Hernando Guerrero, arzo-
bispo metropolitano de estas
islas Filipinas del Consejo de
Su Majestad, se leyó esta petición que
esto es el contenido:
Fray Alonso de Lara, religioso de la orden de nuestro padre San Agustín,
procurador general en esta provincia de Filipinas, digo que:
habiendo mandado Vuestra Señoría Ilustrísima por comisión particular
al maestro Joseph Cabral, beneficiado del partido de Balayan,
hiciese información de un milagro que la imagen de Nuestra
Señora de Casaysay obró con un sangley cristiano llamado
Juan Imbin, por haber tenido Vuestra Señoría Ilustrísima noticia del dicho
milagro por carta y testimonio del escribano público de la
jurisdicción y provincia de Balayan, que a Vuestra Señoría Ilustrísima remitió
el padre fray Alonso Rodríguez, religioso de mi orden y prior
del convento de Taal, en cuyo distrito y ministerio está el
pueblo de Casaysay e iglesia de la dicha imagen de Nuestra
Señora. Habiendo hecho la dicha información y estando
conclusa la remitió el dicho maestro Joseph Cabral a Vuestra Señoría.
Y de ella, y todos los autos contenidos en ella se dio trasla-
do al licenciado Francisco de la Roca, promotor fiscal para que
por parte de la iglesia alegase y pidiese todo aquello
que le pareciese convenir. Y por estar la dicha in-
formación jurídica y el milagro patentemente probado,
el dicho promotor fiscal respondió no tener qué alegar.
Y habiéndoseme dado traslado de todo por mandado de Vuestra Señoría
como a parte que soy, como procurador general de la orden
de Nuestro Padre Señor San Agustín en estas islas Filipinas, en cuyo distrito
y cargo de ministerio cae y está la iglesia e imagen de Nuestra
Señora de Casaysay.
Ante Vuestra Señoría Ilustrísima parezco y digo que la dicha información
de dicho milagro está conclusa y hecha conforme
a derecho, y así Vuestra Señoría debe llevar a debida ejecución