inquisición
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- inquisición
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- https://fromthepage.com/1762archive/a-digital-repatriation-of-a-lost-archive-of-the-spanish-pacific-the-library-of-the-convent-of-san-pablo-manila-1762/article/32085237
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- 32085237
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- inquisition
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Found 11 Instances of "inquisición" on 8 Pages
Carta del P. Carlos Turcotti de la Compania de Jesús en Cantón para el comisario de San Francisco

renunciando antes: y allí [quantum est ex me] doy gracias a vuestros padres (a quienes después de Dios juzgue hacer un buen servicio con
tal título de vicario) de serme librado de él. Y [folgaré] mucho que el señor obispo no envíe más otro, o si le enviará [...]
con más prudencia y paciencia que yo, y no sea tan o más valiente (por tener más razón) del señor Basset, cuyo juicio y rep[...]
que tiene dado contra la jurisdicción y autoridad del señor Macaense y también contra el patronato, y decoro del [serenísimo]
rey de Portugal sepa vuestro padre que por hombres píos y doctos han sido juzgadas por descompuestas etc. y también dignas
de [ser en] remetidas al supremo juicio de la inquisición de Roma. Pues algunas de sus proposiciones son directamente [opuestas] a [las]
clausulas de la bulla del papa para el señor obispo macaense, no solo limitándola, mas totalmente frustrando la
misma bulla, y mente de su santidad; con otras cosas, y casos reservados in bulla [cena]. Y aún por esto mucho
más quedó admirado, que misioneros españoles tan prudentes y píos como vuestros padres se remitan a sí mismos, y a [...]
y también al mismo señor obispo, al juicio y respuestas (según dice vuestro padre más acertadas, que las suyas, y muy conformes
a la necesidad de las misiones, y gusto de Dios nuestro señor) de un clérigo francés y [intruso] etc.
Pero me parece que dirá vuestro padre, que no niega su jurisdicción ordinaria al señor obispo, mas solamente remite a los
vicarios apostólicos la respuesta si le toca o no al señor obispo el dispensar los ayunos. Con todo yo digo, que no vale este m[...]
termino, por 20 razones en contrario, que dejo por brevedad y la principal es porque es cierto que el papa dio la
jurisdicción total ordinaria sobre estos neófitos al señor Don Joao de Casal obispo macaense, y no tienen autoridad
los vicarios apostólicos, ni los mismos nuncios y legados del papa sobre los ordinarios sobre lo tocante a la
jurisdicción ordinaria. Y mucho menos la tienen para juzgar, limitar, [irritar] las bullas de su santidad, y lo
que los mismos les dan a los obispos. Y por eso los regulares no pueden ni deben recurrir, o remitirse a los vicarios
apostólicos y por esso para negar a los señores obispos lo que el papa, y los sagrados cánones les dan y no [...]
contra sus privilegios. Pues como escribió el señor obispo en una suya; [os ordinarios en todos seus bispados
tem jus pera mandar les pastrorais, dispensasoés jesuns, impedimentos matrimoniais publicar indulgecias e jubileos
não so em as paroquias mas ainda nos conventos i sentos etc.] cuanto más, que en este caso por vicarios apostólicos
no pueden ser jueces por ser también parte y tan dudosa su jurisdicción. Pues lo más cierto es, que ya acabó, antes
nunca la tuvo aquí el señor Maigrot etc. y por eso dejarlo incierto [por lo] incierto parece voluntariamente ser
amar o peligro, qui amat periculus etc.
Otra razón más breve y clara es del mismo señor obispo, el cual dice así: [O papa no enganou ao serenísimo rey de
Portugal concedendolhe seu jus patronato, eos bispos de China etc.] Ni engañó al señor obispo de Macao dándole tal
jurisdicción ordinaria en este Cantón etc. Luego si el papa revocó a los vicarios apostólicos o al menos no limitó su jurisdicción, mas[...]
la dejó toda entera como antes de enviar los obispos según siente vuestro padre [talmente] que, no pueda el señor obispo ejercitar
su jurisdicción en cosa alguna ni poner aquí vicario para el mismo fin sin ser juzgado, y amenazado el mismo [...]
señor Basset, y el reverendo Padre Fray Bernardino de las Llasas juzgaron, y amenazaron en sus respuestas. Claramente
se sigue que su santidad tendría engañado al serenísimo rey de Portugal y al señor obispo de Macao. Pues según la
opinión de vuestro padre no les concedió in [praxi] cosa alguna, más todo lo dejó como antes a los vicarios apostólicos.
Todo esto muy reverendo padre comisario supuesta la renuncia del oficio, y título de vicario, que dije al principio
de estas, hice. No es más entre nos que disputa, y cuestión [mera] especulación; y así non obstante ser los
de contraria opinión, yo soy como siempre.
De vuestro padre muy amigo y siervo
Fray Tomás Ortiz escribe desde China, 1702.

Padre nuestro
El barco de Macao llegó con todo nuestro socorro y con el cumplimiento de
las limosnas que vuestra reverencia a mi y a los demás padres hace, de que rindo muchas gracias.
Las novedades de por acá las tengo ya escritas por vía del Fukien en dos de sobre
dos veces y así en esta hay poca materia de moler, de [ruinas] que es de adonde vuestra reverencia
podía esperar algunas buenas nuevas y gustosas no he tenido carta alguna y menos del
colegial de San Gabriel y predicador de [Cubillas.] Con que por todas vías estoy [negado demás]
obligado a ser breve. Y si hubiere alguna novedad por acá vuestra reverencia la podrá ver en la
carta que escribo al señor gobernador vago de esas islas. Diceme vuestra reverencia que me envía
el testamento de nuestro rey y otros papeles mas no los he visto ni espero ya verlos
sé adonde vienen a que se hicieron. Los padres vagos trajeron solo un socorro, no dos
como se juzga por allá. Ítem en las memorias que ahora vienen hay además 30 pesos
para el padre Fray Juan de San Augustin que le envía el padre provincial de los recoletos. Ítem 25
pesos que envía Quintero al señor arzobispo, y un tibor de chocolate que envía nuestro padre
provincial a dicho señor obispo todo lo qual no [parece] no obstante que el capitán entregó todo lo
que traía según el reconocimiento que hizo en Manila. Y así vuestra reverencia se sirva de
examinar si se olvidó el padre procurador general de remitirlo o si acaso fue yerro de pluma
etcétera. Lo que vino el año pasado en la bolsa solo fueron 842 pesos y un real
no 1142 y un real como ahora dicen algunos. Los padres de la compañía me pidieron
respuesta a unas dificultades sínicas o por mejor decir teológicas acerca de las praxis
sínicas. Dilas con aprobación del Padre [Señor] Rubio y consejo del señor obispo, pero por qué
en ellas decimos que los padres franciscanos permitían las praxis de la compañía an han [dado]
dichos padres [franciscanos] muchas quejas contra nosotros y hicieron una protesta [intentada]
que nuestro testimonio fuese nulo. Yo, luego que lo supe, hice mi contra protesta, probando
las con testimonios suyos ser mucha verdad lo que teníamos dicho en nuestras respuestas.
Con que así respuestas como contra protesta está ya camino de Roma, adonde la llevan
dos padres de la compañía que van a litigar las [inquisiciones] de este reyno y defender sus praxis
ante la sagrada congregación de propaganda contra los señores clérigos [Franceses]. Hemos comprado
casa en Kiangsi a expensas [qua si] del señor obispo pero para nosotros, es verdad
que también le ayude en algo la misión. La de [Geichiu] está y también comprado
Inventarium Generale Omnium Librorum huius Bibliothecae Conventus Divi Pauli Manilensis Ord. Ermitarum S.P.S. August. in hac Provintia SS Nominis JESU Philipinarume.

Estante 4
Minsingeri, in Lib. 2, Decret: 1 tomo
Remigio, de Immunitat. ecclesia.: 1
Palafox, Allegationes: 1
Ayeta, Crisol de la Verdad: 1
Definiciones del Orden y Caballería de Calatrava: 1
Ordenanzas del Orden de Santiago: 1
Mendo, Ordenanzas de las Órdenes militares: 1
Margz, Thesauro, Militar de caballería: 1
Pérez, de Aniversariis capellan: 1
Riccio, Praxis fori eclesiastici: 2
Solórzano, Opera: 4
Thorre, Blanca epítome delictorum: 1
Alexander Raudensis, de Alanog. univoc. et equivoc.: 1
Scobar, de Utroque foro: 2
Tapia, de Triplici bono: 1
Rota, Decisiones nove et antique: 1
Faxinacii, Declarat. sacri concilii: 1
Molina, de Ritu nuptiarum: 1
Pastrana, Silva rational: 1
Constitut. Collegij conchenssis: 1
Salcedo, Practica canonica: 1
Jimenez, Concordant. Utriusq. juris: 2
Directorium inquisitorum: 1
Paramo, de Officio inquisiciones: 1
Repertorium inquisitorum: 1

Padilla, Comentario. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 5}
Paez, Comentaría. {2 Tomos. Cajón 2 (1), estante 5 (4)}
Pagnino, Mística sentencia. {1 Tomo. Cajón 3, estante 3 (2)}
Payo, Explicatio Apologet. {1 Tomo. Cajón 4 (9), estante 4}
Payva, Cuaresma. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 5 (3)}
Palacios. {2 Tomos. Cajón 2, estante 5}
Palacios, in Cap. repetit. rubrica. {1, Cajón 10 (7), estante 3 (4)}
Palaez, Tractatus Mayorazgo. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 5}
Palafox, Alegaciones. {1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 4}
Palafox, sus Obras. {9 Tomos. Cajón 12 (4), estante 3 (2)}
Palanco, Curs. Philoph.s. {4 Tomos. Cajón 6 (13), estante 3}
Palanco, Opera. {8 Tomos. Cajón 4 (9), estante 2 (1)}
Paleoto, in saigmatibus Christi. {1 Tomo. Cajón 3, estante 6 (5)}
Panaphilo, Crónica Santo Padre Augustini. {1 Tomo. Cajón 13 (12), estante 6 (4)}
Paolletto, Contiones varie. {4 Tomos. Cajón 3, estante 5}
Paramo, de Oficio inquisiciones. {1 Tomo. Cajón 10 (1), estante 4}
Paredes, Adviento y Cuaresma. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 3 (1)}
Parladorio, Rerum quotid. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 6 (5)}
Parra, Abusos de la misa. {1 Tomo. Cajón 10 (1), estante 5 (4)}
Parra, Compendio de las Historias de España. {1 Tomo. Cajón 7 (5), estante 4 (3)}
Parra, Luz de verdades católicas. {1 Tomo. Cajón 9 (11), estante 1}
Parra, de Sacramentis. {2 Tomos. Cajón 4 (9), estante 5 (4)}
Pascutius, Compendium pignatelli. {2 Tomos. Cajón 10 (7), estante 2}
Passerino, Opera. {10 Tomos. Cajón 10 (7), estante 3}
Pastrana, Camino de la Ciudad de Dios. {1 Tomo. Cajón 13 (12), estante 6 (4)}
Pastrana, Silva rational. { 1 Tomo. Cajón 10 (7), estante 4}
Passore, Lexicon Greco-Latin. {1 Tomo. Cajón 6 (13), estante 6 (5) (3)}
Patius, de Contractibus. {1 Tomo. Cajón 11 (6), estante 3}
Paulus, a Conceptione Theologica. {5 Tomos. Cajón 4 (9), estante 4 (3)}
Paz, Consultas y respuestas. {2 Tomos. Cajón 5 (8), estante 4 (2)}
Paz, Vida de Santa Rita de Casia en comp. {1 Tomo. Cajón 13 (12), estante 6 (3)}
Peguera, Decisiones aureae et criminal. {2 Tomos. Cajón 11 (6), estante 3}
Copia de una carta que Fray Rodrigo de Cárdenas, el Obispo de Nueva Segovia, escribió al oidor Don Salvador Gómez de Espinosa.1650s/1698

Copia de una carta que el señor obispo de Segovia escribió al
oidor Don Salvador Gómez de Espinosa su discurso
parenético
Después de haber escrito a vuestra merced dos cartas y un modesto papel de apuntamiento y escolios
o [escrúpulos] sobre algunos puntos del gran escrito de vuestra merced, cerrado todo y entregado en la forma
que [parecera], me llegaron dos de vuestra merced, e impreso el discurso parenético, leí el encomio del señor
catedrático de prima de la Universidad de la Compañía de Jesús. Y hallo por mi cuenta que yo quiero más
a vuestra merced y le soy más amigo por qué le digo la verdad y le hablo claro. No quiero más apoyo que al
mismo que la devoción que vuestra merced tiene. A decir la, me da y no me niega el autor del elogio. He ponderado
cuanto vuestra merced me dice en ambas cartas. Y fiado en la doctrina de los santos sagrados padres de la
iglesia y grado de [profecía] vaticinador o adivino en que me hallo graduado, estándolo los
senadores, como afirma y exorna muy bien y doctamente el encomiasta, profetizo a vuestra merced desde
luego, que su papel ha de llegar todas las religiones sagradas; que llegaren, [a verle] de la [ronch ]
tengo ya bastantes premisas y aun ciencia. Pero toda esta desprecia [vin] generosa y voluntariamente
anteponiendo la gloria de decir la [verdad] a la pena que aquellas quejas le pueden dar
no sé qué sea valor el padecerlas cuando siendo de todas las religiones no puede dudarse el ser [justas].
Pronostico también que se ha de recoger su papel por quien pueda mandarlo, por qué me lo [en nan]
los ejemplares que tengo, de que otros menos pesados sean mandado recoger, y no ha muchos
días. Pues tengo en mi poder los edictos de la santa inquisición en que se prohibieron, no por qué contengan
mala doctrina, sino infamias a personas religiosas de cuyo crédito y fama pende la
reformación de tantos. Mucho estima leyera vuestra merced a Santo Tomás en el opúsculo contra [impugnantes]
religionem contra Guillermo de Santo Amor [parisiense] que casi con los mismos místicos
de vuestra merced, y no en muy diferentes materias, sacó a luz un escrito que fue condenado en Roma y
quemado por blasfemo contra el estado religioso. No en visto de flecha al estado pero [por ]
el lado de algunos vicios de los que le profesan, acometió a su celsitud sagrada. Entendió se le
el intento y se remedió a sudores de Santo Tomás que los descubrió y piedad materna de la iglesia
y le atajó. No digo yo que el de vuestra merced es el mismo. Ni lo dirá nadie. Pero supongamos que Dios
le hubiese dejado de su mano y que intentase destruirlas religiones. Pregunto siendo vuestra merced
tan entendido y prudente ¿por dónde comenzaría? Claro es que no sacándola cara contra
la perfección del estado, ni contra los observantes, que es lo que protesta en el principio del
párrafo segundo sacara le pues, y declararase contra los vicios, excesos, y demasías
de los que no le observan. Por aquí les hiciera el tiro para llegarle poco a poco con arte
al [corazón]. Harto trabajo es. Pues que hay de caminar el celo por el camino que caminará la
emulación. Y sea ya de dar lugar a que equivoque el juicio el que no conoce la cristiandad
de él de vuestra merced. En todo caso lea vuestra merced a Santo Tomás en el lugar citado y haga escrúpulo de
Guía para el Padre Comisario que fuere a procurar agustinos para las misiones en Filipinas

publicar lo que lleva.
Ya en Acapulco por los encomenderos, sabrá si el presidente
del hospicio está en él, o quien cuida de él. Y desde allí le escribirá
por delante si en las petacas lleva algo que
no convenga parecer en la aduana, para que el presidente
negocie, pasen sin abrirse las petacas.
Aunque el frío de México luego molesta no añada
mucha más ropa sobre sí. Basta la que lleva de acá,
y su manto o capote. El vino es dañoso, porque el frío
es externo y el calor está reconcentrado.
Cuando sea tiempo de pasar a España, pide el procurador
licencia al señor virrey para ir en los navíos de próximo
presentando con el memorial la licencia de la religión
y la del gobernador de Filipinas. Cuesta el sacarla
cuatro o cinco pesos, y sacada se presenta a la inquisición,
que la firma también.
Yendo por misión conviene reconocer en la contaduría
de México los autos de la misión antecedente
y ver si se dio la limosna a todos los sujetos que el
rey concedió en la tal misión verbi gratia la cedula concede
pasen 40 pero en México no se presentaron, ni
cobraron sino 30. Pídese pues allí certificación de
esto para que conste que aún no está cumplida la concesión,
y como se hará esto lo dirá cualquier oficial
de la contaduría. Y la certificación sirve para pedir
en Madrid despacho para los que faltan con los
que
Carta apologética, probablemente de Francisco Combés sobre la controversia sobre el sermón de Francisco Solier en el que acusa a los frailes de maltratar de los indígenas

con remedio, que tiene más de veneno que de salud, no sea
que destemplado mate.
Dirán que la defensa es natural, pero también han
de entender que ha de ser cum moderamine inculpate
tutela. Y así que ha de ser por los modos lícitos y estatuidos
por derecho. ¿Tiene el papel del señor Don Salvador Gómez de
Espinosa otra calidad que la de una proposición a su
presidente y gobernador, de lo que pide remedio como
a quién lo puede remediar, o con su poder o con su autoridad?
¿Tenía más el reverendo padre, si le parecía damnificado
el estado, que oponer en el mismo tribunal otro escrito,
probando o que las tales cosas no se hacían, o que lo que se condenaba
en el escrito se hacía lícitamente[? ¿]Fuera bueno
al que me pone pleito en algo a cometerlo en la calle
a cuchilladas o ultrajar su fama públicamente a título
de defensa? [No] qué caminos tiene el derecho para todo
y nadie se ha de tomar la justicia por su mano y
más en un púlpito donde se autoriza con el evangelio
el derecho, ¿qué mayor rigor podía usar la Inquisición
con un reo convencido que leer su causa y condenar
su memoria en una iglesia con la publicidad de sus
concursos? Pues mayor fue el que usó el reverendo padre predicador
y el que usan los predicadores que condenar
personas en particular se atreven para que la Inquisición
midiera las palabras y las tasara con su escrito para que
no excedieran más de lo justo. Y en un púlpito
con un celo aprendido y más si la retórica no es muy
culta se pasa sin sentir a lastimar más de lo justo y con
exceso tal que fuera sobrado contra un heresiarca
pero no le debía de estar bien por ese camino la defensa
que quién tiene mal pleito todo lo reduce a voces y echó
por el atajo haciendo de hecho pues advierta que el que
obra de hecho siempre da indicios de su poco derecho,
y que al que obra de hecho, de hecho se le puede resistir.
Y si la real audiencia de hecho lo enviara a
predicar a Caraga, que se lo tendría bien merecido.
El 2.º sentimiento que tengo es que un religioso
franciscano se haya señalado en impugnar el papel
del señor Don Salvador Gómez de Espinosa, porque o es dar
indicio de que lo prohibido en el papel se hace en su
orden, o pretender que lo que allí se nota sea lícito en
todas. En lo 1.º ofende mucho a su religión, pues
diciendo el señor Don Salvador Gómez de Espinosa que esas quejas
no son contra todas las religiones de esta región, ni de todos
los regulares o clérigos, sino de algunos que son muy pocos,
y no desacreditan a una religión ni provincias enteras
[ss] 2, número 2, ¿porque quiere que sea suyo el agravio, dando indicios
de que es suyo el hecho? Cuanto más cuerda anduvo
la compañía de Jesús en subscribir con su elogio, pues
Levantamiento de Ilocos y Pangasinan

el padre visitador lo hubiere partido entre algunas personas a quienes
debía el sangley, cuyo oro era y murió por él. Hoy en día tiene
el padre comisario el [tejo en ser]. Me dijo, «Si lo manifestaría». Le respondí [que]
lo retuviese hasta que hiciese el padre dominico la declaración.
Bien pudo ser [que] cargase el padre visitador con algunos ornamentos,
platos y aun caballos de la estancia conocidos y vacas, si es que
fue así. Pues en ello no pecaría en la carta, que atrás queda referida.
No hay más culpa que la que quieren atribuirle. Se quedó
el padre visitador para conducir gente y reforzar las tropas que
sacó. El alcalde mayor de Ilocos supo el mal suceso y la carta
que yo había escrito de lo que informaban los mismos zambales
sin saber nada de cierto. Vio que el remedio de esta provincia dependa
de Cagayan. Procuró el socorro y enviaba al padre Fray Lorenzo
por él, se escribía lo que quisiese. Fue accidente el abrir
la carta Magsanop. Si un capitán apretado en una fuerza pidiera
socorro y por coger al aviso el enemigo la perdiera, ¿tuviera culpa?
[Le oí más] que si hubiera sucedido bien el despacho del padre visitador
le habían de alabar de prudente. Pues no le echen la culpa
si ha sucedido mal, ni al padre Fray Lorenzo por haber entregado la carta
a Magsanop sin orden. Pues viéndole hincar de rodillas
pidiéndole [que] no pasase, que le habían de matar, no había de entender
[que] era el enemigo. La carta del padre Fray Gonzalo, me asegura,
era buena. Y así lo tiene declarado Don Alonso Solibuen
de su letra, que fue quien la escribió (aunque dicen [que] afirma
lo contrario por detrás). Y en fin el padre Fray Gonzalo había metido
al maese de campo Don Joseph de Mercado. Que para librar a
su pueblo Laoag y a su hermano Don Gaspar de la calumnia de alzados,
sería bueno [que] matasen a Magsanop, pues le tenían allí.
Luego no pudo escribirle; se fue. Además que esta carta no me
parece [que] la recibió Magsanop, porque un cagayan a quien
se entregó me dijo a mí en Bacarrá [que] la había dejado a Don Pedro
Almazán en Magsingal. Y delante mí hizo inquisición el
padre Fray Gonzalo con los indios de Bacarrá acerca de esta carta.
Y ninguno supo dar noticia de ella. Y el mismo tiempo dice