Convento de San Agustín
- Title
- Convento de San Agustín
- category
- Places -- Philippines
- isBasedOnUrl
- https://fromthepage.com/1762archive/a-digital-repatriation-of-a-lost-archive-of-the-spanish-pacific-the-library-of-the-convent-of-san-pablo-manila-1762/article/32114626
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- Convento de San Agustín
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Breve relación de las violencias que tiene padecidas el Convento de la orden de San Agustín de la Ciudad de Macao por la obediencias a la silla apostólica en su legado.

serenissino Rey. Rey de Portugal contra las operaciones de macao. En uno
de ellos, Su Santidad despues de referir la procella que el Legado Apostolico habia pa-
decido en China dice que mucho mayor procella ha sido necesitado a padecer
en Macao y que la corona del martirio, que no consiguio de los gentiles en China
la puede esperar en Macao, reprueba y reprende a los que le impidieron el
ejercicio de su Jurisdiccion y tan infuriosamente maltrataron, a los cuales
7 supone ligados con las censuras eclesiasticas y en carga a muchos al sere-
nisimo Rey , haga tal castigo en los que son de su Jurisdiccion que baste
a quitar la afrenta que tienen puesta a la nacion lusitana. Tmabien
llegaron cartas del Reverendisimo Padre General de san Agustin que daba parte a sus
religiosos como Su Santidad tenia aprobada su obediencia al Legado Apostolico
y les exhortaba en la perseverancia en ella.
En principio de Enero de (1)711, el Capitan General, en cumplimiento de los ordenes
que tenia del Virrey de Goa, hizo que el Reverendo Padre Prior del Convento de San Agustin Fray
Juan de Santa Rosa se embarcase para Goa; la causa fue, porque habia recono-
cido la Jurisdiccion del Legado y hospedado a los misioneros desterrados de
China en el Convento y en la Casa de Nuestra Senora de la Pena. Tmabine remitio para
1Goa al Muy Reverendo Padre Fray Pedro de Amaral, dominicano por la obediencia del legado
Apostólico después de cuatro meses que lo tuvieron preso en una fuerza. Por este
Carta de Juan Bautista de Olarte desde Macau al gobernador de Philipinas. 1709.

fuercilla en la isla de Puricondol desierta. Y habiéndose vuelto sus
navíos a Europa, [quedó] alguna gente en dicha fuercilla. Y los de
Camboya o Cochinchina fueron allá, destruyeron la, y echaron
toda la gente fuera. Y así quedó desierta como antes.
[Guarde] Dios a vuestra señoría [majestad] y felices años como desea de
este Convento de San Agustín nuestro padre de Macabebe
en 10 de junio, de 1709 años.
Besa la mano de vuestra señoría su siervo y capellán
Fray Juan Bautista de Olarte
[R.or] Provincial de San Agustín
Muy ilustre señor maestro de campo don Domingo
[Zabálburu Echávarri], gobernador y capitán general
de estas Islas Filipinas.
Índice de todas las escrituras que se hallan en este libro de las tierras comprehendidas con el nombre de San Isidro pertenecientes al Convento de San Agustín

Índice de todas las escrituras que se hallan en este
libro de las tierras nombradas Potag, Socong, Mabilog,
Paquita, Majayjay, Pedrera Amaya,
Estero de Ventura, Pangpang
y Manibo en los términos y altos
de Dongalo comprendidos
con el nombre de San
Isidro, pertenecientes
al Convento
de San Agustín.
En siete de agosto de mil seiscientos y veintitrés,
Don Agustín Sungab, indio del pueblo de
Dongalo vendió a Francisco Coro un pedazo de tierra
nombrada Potag en términos del pueblo
de Dongalo, cuya escritura pasó ante Sebastián
Zambrano, escribano de su majestad y se halla
en este libro, desde hojas 2 a 4.
En nueve de enero de mil seiscientos y
veinticuatro, Francisco Coro presentó escrito ante
la real justicia, pidiendo que en virtud
de dicha venta le metiera en posesión en nombre
de la real justicia de las tierras que había
comprado con citación de los linderos. Dichas
diligencias se hallan desde hojas 4 vuelta
hasta 8 vuelta.
En veinticinco de enero de mil seiscientos
veinticuatro, Francisco Coro ofrece informaciones
que no le es de utilidad el tener las
dichas tierras sino venderlas, para lo cual
presentó cuatro testigos. Y en virtud de las declaraciones
de ellos, pidió [que] les concediese licencia
para otorgar la venta de dichas tierras. Concedió

se le licencia con tal que fuese con
intervención del señor fiscal de su majestad
como protector de los naturales. Todas las
diligencias se hallan en este libro desde
hoja 8 vuelta hasta 15 de él.
{Al margen izquierdo: 325 pesos}
En tres de febrero de mil seiscientos y veinticuatro,
Francisco Coro vendió dichas tierras
al Convento de San Agustín, cuya escritura
está desde hojas 15 de este libro hasta
17, ante Pedro de Valdés, escribano público.
{Al margen izquierdo: Putac}
En cinco de febrero de mil seiscientos y veinticuatro,
pide la parte de San Agustín
a la real justicia [que] le meta en posesión de
las dichas tierras en virtud de dicha escritura
con citación de los linderos. Las diligencias
se hallan en este libro desde hoja
17 vuelta hasta 20 de él.
En ocho de marzo de mil seiscientos y veinticuatro,
Don Alonso Datal y demás consortes
presentaron escrito ante la real justicia,
diciendo que como tenían unas tierras altas
nombradas Socong [y] Mabilog en términos de
dicho pueblo de Dongalo, ofreciendo información
de que no les era de provecho. Y así [que]
les concediera licencia para venderlas. Recibió se
la información en cuya virtud la justicia
ordinaria remitió al señor fiscal de su
majestad para que les concediera licencia.
Y habiéndola concedido, se mandó por
dicha justicia ordinaria [que] se otorgase la
venta. Todas estas diligencias se hallan en
este libro desde hoja 20 vuelta hasta 26 de él.

{Al margen derecho: 250 pesos}
En diecisiete de marzo de mil seiscientos
y veinticuatro el dicho Don Alonso Datal
y demás consortes otorgaron escritura en virtud
de las diligencias arriba citadas de las
dichas tierras a favor del señor San Agustín
ante Pedro de Valdés, escribano público, cuya
escritura se hallan [sic] en este libro desde hoja 26
vuelta hasta 29 de él.
{Al margen derecho: Socong Mabilog}
En dieciocho de marzo de dicho año de
mil seiscientos veinticuatro, la parte de dicho
Convento de San Agustín, en virtud de
dicha escritura de venta, pidió [que] le metiera
en posesión de dichas tierras con citación de los
linderos ante la real justicia, quien mandó
por su auto [que] le metiera en posesión por cualquier
teniente de alguacil mayor, las cuales diligencias
se hallan en este libro desde hoja 29 vuelta
hasta 33 de él.
{Al margen izquierdo: Sipit}
{Al margen derecho: 30 pesos}
En ocho de enero de mil seiscientos veintiséis
la parte del convento del pueblo de Parañaque
otorgó escritura de venta en forma
a favor del Convento de San Pablo de un pedazo
de tierra que está en una isleta junto
a la pedrera ante Pedro de Valdés, escribano
público. Está en este libro desde hoja 33 a 34 de él.
En siete de junio de mil seiscientos y veintisiete
Fray Francisco Bonifacio, provincial,
concedió licencia a Fray Diego de
Águila, prior del pueblo de Parañaque para
que pueda hacer donación de un pedazo de
tierra que posee al Convento de San Pablo en
cuya virtud el dicho Fray Diego de Águila
y otros padres conventuales hicieron donación

de dicho pedazo de tierra. Y está en
este libro desde hoja 34 vuelta a 35 de él.
En ocho de enero de mil seiscientos
y veintiséis Fray Luis Brito, prior de dicho
Convento de Parañaque, vendió dos pedazos
de tierra al Convento de San Pablo que
en términos de dicho pueblo ante Pedro de
Valdés, escribano público, cuya escritura
se halla en este libro desde hoja 35 vuelta
hasta 38 de él.
En veintisiete de enero de mil seiscientos
y veintiséis Don Salvador Martín presentó
escrito, diciendo que como poseía un
pedazo de tierra en los altos de Dongalo
nombrada Amaya, y por ser altas
y montuosas no le era de provecho. De lo cual
ofreció información y las hubo de Don Agustín
Sungab y demás consortes, según consta
de escritura que presentó con dicho escrito
el dicho Don Salvador Martín. Su fecha
a los ocho de enero de mil seiscientos y
veintiséis ante Pedro de Valdés, escribano
público. Y habiendo dado las informaciones
y dado algunos pregones, la real
justicia ordinaria, habiendo visto todas
las diligencias, las remitió al señor fiscal
de su majestad como protector de
los naturales, quien concedió licencia
para otorgar la venta de dichas tierras, las
cuales diligencias se hallan en este libro
desde hoja 38 vuelta hasta 50 de él.
{Al margen izquierdo: Amaya}
En cinco de febrero de mil seiscientos y
veintiocho años la parte del Convento de San Agustín