Ignacio Álvarez
- Title
- Ignacio Álvarez
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- Ignacio Álvarez
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- 32140277
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Al Virrey de Nueva España que ponga todo cuidado en que las naos de Filipinas al puerto de Acapulco se despachen con brevedad y sin retardasen en su retorno: por que no pierdan el tiempo de su viaje. 1669, 1707.

Al pie de esta real cédula están cuatro rúbricas,
que al parecer son de los señores del supremo
Consejo de las Indias.
Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy actual de las reales
galeras, que su majestad (que Dios guarde) tiene en estas
islas para su guardia y custodia, y escribano mayor en propiedad
del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima ciudad
de Manila y su diputación con voz y voto de privilegio
en él, en virtud de un acuerdo celebrado el día trece
de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco, por
los muy ilustres señores de ciudad que se halla a fojas
sesenta y cuatro a sesenta y cinco de libro número
treinta y siete, hice sacar y saqué este traslado
de la real cédula arriba inserta que está en el libro tercero
de cédulas reales en el archivo de mi cargo, y
va cierto y verdadero, corregido y concertado con su
original en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo
testigos Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado
y Pascual Casinag, presentes a ocho de enero de este
presente año de mil y setecientos y siete.
Al Virrey de la Nueva España que dé las órdenes que convengan para que vengan a estas islas médicos, letrados y escribanos. 1660, 1705

actual de las reales galeras que su majestad
(que Dios guarde) tiene en estas islas para su
guardia y custodia, escribano mayor en propiedad
del cabildo y ayuntamiento de esta nobilísima
ciudad de Manila y su diputación con voz y
voto de privilegió en él, en virtud de un acuerdo
celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores
de ciudad que se halla a fojas sesenta
y cuatro a sesenta y cinco de libro número treinta
y siete, hice sacar y saque este traslado de la real
cédula arriba inserta que está en el libro tercero
de cédulas reales en el archivo de mi cargo. Y
va cierto y verdadero corregido y concertado con
su original en virtud del mandato de dicha ciudad,
siendo testigos Ignacio Álvarez, Simeón
de Mercado, y Pascual Casinag, presentes a ocho
de enero de este presente año de mil setecientos
y siete.
Al gobernador de Filipinas: sobre que los indios que fueren por grumetes en las naos del comercio, que todos sean de la costa de aquellas islas enseñados a navegar, y que lleven vestidos para la defensa del frío. 1620, 1707.

en virtud de un acuerdo celebrado el día trece
de agosto del año pasado de mil setecientos y cinco
por los muy ilustres señores de ciudad que
se halla a fojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco
de libro número treinta y siete, hice sacar y saque
este traslado de la real cédula arriba inserta
que está en el libro tercero de cédulas reales en
el archivo de mi cargo. Y va cierto y verdadero
corregido y concertado con su original en virtud
del mandato de dicha ciudad, siendo testigos
Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado, y Pascual
Casinag, presentes a ocho de enero de este
presente año de mil setecientos y siete.
Al gobernador de Filipinas para que observe en los nombramientos de generales y demás cabos. 1670, 1707.

sesenta y cuatro a sesenta y cinco de libro número
treinta y siete hice sacar y saqué este traslado
de la real cédula arriba inserta, que está en el libro
tercero de cédulas reales en el archivo de mi cargo,
y va cierto y verdadero, corregido y concertado con
su original en virtud del mandato de dicha ciudad.
Siendo testigos Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado
y Pascual Casinag, presentes a ocho de enero
de este presente año de mil setecientos y
siete.
[acordada]
Al gobernador de Filipinas, que guarde y ejecute precisamente las cédulas aquí insertas acerca del repartimiento de las toneladas de los vecinos de aquellas islas. 1604, 1707.

130
día trece de Agosto de año pasado de mil setecientos y cinco
por los muy ilustres señores de
ciudad, que se halla a forjar sesenta y cuatro
a sesenta y cinco de libro de número treinta y siete
hice sacar y saque este traslado de la Real Cédula
arriba inserta, que esta en el libro tercero de
cédulas reales en el archivo de mí cargo, y va
cierto y verdadero corregido y consertado con su
original en virtud del mandato de dicha ciudad;
siendo testigos Ignacio Alvarez, Simeon de Mercado,
y Pascual Casinag presentes a
ocho de enero de este presente año de mil setecientos y siete.
Al gobernador de Filipinas encargándole la ejecución y cumplimiento de las cédulas que están dadas sobre el repartimiento y carga de los navíos entre los vecinos, para que se haga con igualdad. 1620, 1707.

él, en virtud de un acuerdo celebrado el día
trece de agosto del año pasado de mil setecientos
y cinco por los muy ilustres señores de ciudad que
se halla a fojas sesenta y cuatro a sesenta y cinco;
por los muy ilustres señores (digo de libro número
treinta y siete) hice sacar y saqué este traslado de la
real cédula arriba inserta, que está en el libro
tercero de cédulas reales en el archivo de mi
cargo y va cierto y verdadero, corregido y concertado,
con su original en virtud del mandato
de dicha ciudad. Siendo testigos Ignacio Álvarez,
Simeón de Mercado, y Pascual Casinag, presentes
a ocho de enero de este presente año de mil setecientos
y siete.
Al gobernador de Filipinas sobre que informe acerca de la merced que se ha hecho a los vecinos de Manila en cuanto a la carga de las naos porque la gente de mar participa en el daño de dichos vecinos. 1632, 1707.

de mil seiscientos y treinta y dos años.
Yo el rey. Por mandado del rey
nuestro señor, Don Fernando Ruiz de
Contreras. Al pie de esta real cédula
están seis rúbricas. Al parecer son
de los señores del supremo consejo de
las Indias.
Yo, el General Don Benito Carrasco, que lo soy actual
de las reales galeras que su majestad (que Dios guarde)
tiene en estas islas para su guardia y custodia, y escribano
mayor en propiedad del cabildo y ayuntamiento
de esta nobilísima ciudad de Manila y su diputación con
voz y voto de privilegio en él, en virtud de un acuerdo
celebrado el día trece de agosto del año pasado
de mil setecientos y cinco por los muy ilustres señores
de ciudad, que se halla a fojas sesenta y cuatro
a sesenta y cinco de libro número treinta y siete,
hice sacar y saqué este traslado de la real
cédula arriba inserta (hice sacar y saqué
este traslado digo) que está en el libro tercero de cédulas
reales en el archivo de mi cargo, y va cierto y
verdadero, corregido y concertado con su original
en virtud del mandato de dicha ciudad. Siendo testigos
Ignacio Álvarez, Simeón de Mercado y Pascual
Casinag, presentes a ocho de enero de este presente año de mil
setecientos y siete.